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Universidad Centroamericana Facultad de Ciencias y Tecnología La descentralización en la Gestión Ambiental Nacional hasta el 2006 Sistematización de Práctica Profesionalizante para obtener el título de Ingeniería en Calidad Ambiental Autores: Br. Diana Castillo Herrera Br. Samar Rimawi Bolt Tutora: Msc. Xiomara Rocha Managua, Nicaragua 14 de Diciembre del 2007

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Sistematización de Práctica Profesionalizante para obtener el título de Ingeniería en Calidad Ambiental

Autores:

Br. Diana Castillo Herrera Br. Samar Rimawi Bolt

Tutora: Msc. Xiomara Rocha

Managua, Nicaragua

14 de Diciembre del 2007

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Dedicatoria Este logro de mi vida, que marca la finalización y comienzo de una nueva etapa, se lo dedico a mi madre que siempre ha estado ahí, a Faluya y a mis amigos, profesores y hermanos más cercanos que nos brindaron su apoyo.

Diana Castillo Herrera Le dedico este logro de mi vida a mis padres, a Mary, Adelita y a todos los involucrados que nos apoyaron.

Samar Rimawi Bolt

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INDICE

Resumen II. Introducción

III. Objetivos IV. Marco Teórico V. Metodología VI. Resultados

6.1 Análisis de la Gestión ambiental y Recursos Naturales a nivel nacional 6.2 Diagnóstico del marco legal nacional dirigido al desarrollo de la

descentralización de la Gestión ambiental y Recursos Naturales

6.2.1 Análisis de la Legislación Nacional

6.2.1.1 Legislación General del Medio Ambiente 6.2.1.2 Legislación del Recurso Biodiversidad 6.2.1.3 Legislación del Recurso Forestal 6.2.1.4 Legislación de Áreas Protegidas (AP 6.2.1.5 Legislación del Recurso Hidrocarburo 6.2.1.6 Legislación del Recurso Pesca 6.2.1.7 Legislación Especial

6.2.2 Estudio de las competencias de diferentes entidades gubernamentales sobre la descentralización de la gestión ambiental y recursos naturales en Nicaragua

6.3 Determinación de los instrumentos de Gestión Ambiental

6.3.1 Instrumentos de Gestión ambiental establecidos por la Ley 217

6.3.2 Otros

6.4 Diagnóstico de la situación actual de las instituciones ante los procesos de

descentralización 6.4.1 Asociación de Municipios de Nicaragua (AMUNIC)

6.4.2 Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA)

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6.4.3 Ministerio de Fomento Industria y Comercio (MIFIC)

6.4.4 Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR

6.4.5 Instituto Nacional Forestal (INAFOR)

6.4.6 Ministerio de Salud (MINSA)

6.4.7 Fondo de Inversión social de Emergencia (FISE)

6.5 Análisis de la situación actual de los municipios ante los procesos de descentralización en la gestión ambiental

6.5.1 Análisis de la situación actual de los municipios ante los procesos de

descentralización 6.5.2 Unidades Ambientales Municipales (UAM) 6.5.3 Análisis de experiencias de gestión ambiental en los departamentos

de Chinandega, León, Nueva Segovia y Matagalpa 6.5.4 Determinar la efectividad y los obstáculos de la aplicación de los

instrumentos de Gestión ambiental impulsados en los proyectos de descentralización a nivel municipal proyectados a la realidad nacional

VII. Conclusiones VIII. Recomendaciones IX. Bibliografía X. ANEXOS

ANEXO 1. Propuesta sobre mejoramiento de la Descentralización de la Gestión Ambiental y Recursos Naturales en Nicaragua dentro Estrategia Nacional de Descentralización y Desarrollo Local ANEXO 2. Formato de Entevista a funcionarios de municipios ANEXO 3. Formato de Entrevista a funcionarios de instituciones gubernamentales ANEXO 4. Consulta nacional de la Estrategia Nacional de descentralización y desarrollo local (ENDDL). Guía metodológica y preguntas

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CUADROS

Cuadro No. 1. Matriz resumen del Análisis de la Legislación Nacional competente al manejo de los Recurso Naturales Cuadro No 2. Organigrama de instancias descentralizadas en diferentes instancias a nivel gubernamental, municipal y de la sociedad civil Cuadro No.3. Matriz resumen de los Instrumentos de Gestión Ambiental establecidos en la Ley 21 Cuadro No.4 Matriz del FODA de la situación de la gestión ambiental en las Municipalidades ante los procesos de descentralización Cuadro No. 5 Experiencias sistematizadas sobre la aplicación de diversos instrumentos de Gestión Ambiental en diferentes niveles políticos-administrativos

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Resumen Nicaragua atraviesa un proceso de modernización del Estado donde la descentralización es la tendencia guía. Este trabajo expone cuál ha sido el comportamiento de la Gestión Ambiental ante esta nueva directriz político-administrativa. Para tal fin se realizó un análisis de la aplicabilidad de los instrumentos de gestión ambiental bajo el proceso de descentralización, identificando la situación actual de las instituciones con competencia en el tema, y conociendo algunas experiencias a nivel municipal y de asociaciones de municipios en la aplicación de los mismos. Con lo que se determinó que el mayor obstáculo para la descentralización en la Gestión Ambiental es el poco financiamiento dirigido hacia el control y monitoreo de la gestión de los recursos y la escasez de procesos administrativos para la implementación de las leyes. Resume Nicaragua is going through a modernization process where the de-centralization statement has been the guiding tendency. This work exposes the behaviour of Environmental Management within this new political administrative trend For this purpose, the institutional current situation and some local experiences have been analyzed. It was found that the main problems of the decentralization process are the management of the financial resources oriented to monitor and control, and the lack of administrative support to implement the law

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II. Introducción El presente trabajo es fruto de la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la carrera de Ingeniería en Calidad Ambiental en la práctica profesionalizante. Se trabajo en coordinación con un equipo consultor interdisciplinario, en una Propuesta de mejoramiento de la Gestión Ambiental, dentro del marco de la Estrategia Nacional de Descentralización y Desarrollo Local, que es parte de la política nacional de Descentralización. A partir del presente estudio se tuvo la oportunidad de analizar y valorar la gestión ambiental desde perspectiva de las realidades locales y no desde las instituciones centrales e industrias enfocadas y ubicadas solo dentro de la realidad capitalina. Partiendo de que la gestión ambiental es un componente indispensable para el desarrollo sostenible, entendiendo éste como el desarrollo que no compromete el estado de los recursos naturales para las próximas generaciones y desde una perspectiva de equidad social y de oportunidades, se consideró interesante valorar la conducción de la misma en los municipios. Para la consecución del presente estudio, se realizaron esfuerzos por encontrar experiencias de gestión ambiental descentralizadas y en la identificación de datos que demostraran que fueron o siguen siendo experiencias exitosas. La materia de descentralización no es un tema nuevo en Nicaragua, ya que hasta ahora se ha seguido una política de modernización del Estado encaminada hacia la Descentralización. Este proceso pretende hacer más eficiente la gestión del gobierno, mediante la reducción de los procedimientos burocráticos, del manejo centralizado de los recursos financieros y humanos con el fin de lograr mayor cobertura estatal en todo el territorio nacional, para lograr una mayor autonomía municipal. No obstante, la realidad económica que atraviesa el país, dificulta reforzar las capacidades locales para hacer frente a esta nueva corriente político- administrativa.

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Existe la idea que para alcanzar la descentralización se debe pasar primero por un proceso de desconcentración, proceso que no es del todo necesario. Cabe destacar que la desconcentración, “es considerada la forma más débil de descentralización”1 sin embargo, algunos especialistas la catalogan como un mecanismo remanente de un estado centralista, ya que se abstiene de transferir recursos financieros y mayor autonomía a los entes “desconcentrados”. Instituciones del Estado actualmente implementan la desconcentración como paso previo a la descentralización, hecho que puede ser interpretado como una falta de convencimiento por parte de la entidad, quedando la mayoría de los recursos financieros y las decisiones importantes en la administración central, donde se delegan únicamente más funciones y tareas a los niveles inferiores. La descentralización no es una transformación estatal corto-placista, es un proceso a largo plazo que requiere asegurar un marco jurídico y una estabilidad económica-administrativa. Sin embargo, no puede seguirse relegando en acciones que se corresponden con la modalidad de desconcentración que retrasan el proceso. La experiencia indica que la desconcentración puede ser un mecanismo eficiente cuando se toma como un mecanismo adiestrador previo a la descentralización, es decir, que éste funcione como una fórmula que permita a los municipios asumir poco a poco mayores responsabilidades, sabiendo que asumirán mayores recursos además de responsabilidades. No obstante, la desconcentración, no ha sido implementada eficientemente, dado que ha pasado tiempo suficiente en el que tanto los entes descentralizados, como las alcaldías y los gobiernos Regionales, urgen de mayor traspaso de recursos, capacitación y asesoría técnica, que les permita obtener un mejor desempeño en sus funciones. Como con todo nuevo mecanismo, la descentralización no puede ser considerada una panacea, ya que siempre existen riesgos al tomar nuevas direcciones, todo nuevo proceso debe ser llevado con precaución, para no originar un debilitamiento innecesario del Estado de tal magnitud que éste pierda potestad en sus funciones como ente regulador y facilitador. De igual manera este proceso no debe ser tomado como una oportunidad para deslindar responsabilidades de competencia estatal y cederlas al sector privado y a niveles político-administrativos inferiores que no cuentan con el asesoramiento ni los recursos necesarios; por tanto, se considera un reto necesario desarrollar una visión y conciencia sobre la importancia que tiene el procedimiento descentralizador en todos los niveles gubernamentales y no gubernamentales.

1 Montenegro y Cuadra. “La Descentralización en Nicaragua: Diagnóstico del Proceso.”

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Dentro de este nuevo proceso de gestión pública, uno de los ejes más críticos es la gestión ambiental ya que, el manejo de ésta incide en la vulnerabilidad de la población, la calidad de vida, y el desarrollo económico. Éste último está íntimamente ligado a la calidad ambiental, dado que los niveles de pobreza y degradación ambiental actúan en círculos recíprocamente reforzantes. La población más pobre es la más vulnerable ante desastres naturales y es la más afectada con la degradación ambiental, dado su dependencia directa en los recursos y ecosistemas naturales. La gestión ambiental, tiene la capacidad de conglomerar la calidad ambiental con la calidad de vida de las personas, por tanto no puede abordarse de manera separada de otras preocupaciones de desarrollo, cuando ésta constituye un componente esencial del desarrollo sostenible. Más bien ha de considerarse como un elemento necesario para alcanzar un desarrollo integral exitoso, dado que existen muchas oportunidades para reducir la pobreza mejorando el ambiente, aún cuando hay barreras políticas e institucionales que hasta el momento han obstaculizado el buen manejo de los recursos naturales. La gestión del medio ambiente se ha basado en la aplicación de instrumentos normativos reguladores, que sancionan el uso y aprovechamiento de los recursos naturales, sin ofrecer alternativas y oportunidades que promuevan el desarrollo de una conciencia ambiental. Ejemplo de esto es promover un proteccionismo absoluto sobre un proteccionismo que considera la compensación económica o de algún recurso que enmiende ciertas necesidades de la población, lo que genera una percepción equivocada en cuanto a la gestión ambiental y el manejo de los recursos naturales. Las instituciones que coordinan y administran el aprovechamiento de los recursos naturales, han trabajado desde siempre con el modelo centralizado, lo que ha provocado altos índices de desconfianza en la población. Se han dado muchos casos donde las instituciones encargadas de coordinar el manejo de los recursos naturales, son las beneficiadas y no las zonas locales donde se encuentran estos recursos. Por esta misma razón es que la descentralización no ha sido un proceso fácil a desarrollar en las instituciones estatales, que operan con un presupuesto limitado, ya que se encuentran de por medio, muchos intereses, lo cual denota el requerimiento de una inversión del Estado para mejorar las capacidades de los gobiernos locales y mayor promoción de integridad en las entidades gubernamentales.

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En materia de gestión ambiental, Nicaragua cuenta con una amplia gama de instrumentos, fomentándose principalmente los tipo normativo-legales. Sin embargo, con este impulso los instrumentos normativos-legales no son implementados con eficiencia, ya que precisan mecanismos de incentivos para lograr su factibilidad (costo-beneficio) en el territorio. Un factor determinante, para valorar si la gestión ambiental bajo lineamientos descentralizados es lo más óptimo para el sector, es la escasa sistematización de experiencias. Por ende se considera primordial, como primer paso, realizar un diagnóstico general a nivel nacional sobre estas experiencias que actualmente se encuentran desarticuladas. Así como el estado de las instituciones con competencia en la gestión de los recursos naturales y el marco jurídico ante estas transformaciones. Dando paso a la siguiente interrogante ¿Que tan efectiva es la aplicabilidad de los instrumentos de gestión ambiental bajo el proceso de descentralización llevados a cabo por las instituciones pertinentes, en diversas experiencias locales y dentro del orden jurídico nacional?

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III. Objetivos

Objetivo General

Valorar la aplicabilidad de los instrumentos de gestión ambiental bajo el proceso de descentralización implementado por las instituciones pertinentes, en diversas experiencias locales y dentro del orden jurídico nacional.

Objetivos Específicos

1. Identificar la situación actual de las instituciones con competencia en la gestión ambiental y los recursos naturales en su proceso de descentralización

2. Analizar los instrumentos establecidos en el orden jurídico nacional y otros de carácter no jurídico que sirven para implementar gestión ambiental de forma descentralizada.

3. Conocer la experiencia de aplicación de los instrumentos de gestión ambiental en los municipios de Achuapa, Chichigalpa, Dipilto, El Cuá, El Sauce, El Viejo, León, San Pedro del Norte, Somoto y Asociaciones de Municipios de Nueva Segovia y León.

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IV. Marco Teórico La descentralización es un proceso que se plantea desde los años setenta. Hasta ese entonces, los Estados estaban organizados de manera centralizada, es decir, que toda su actividad se concentraba y realizaba en y desde las instancias del gobierno central. Existen muchas concepciones del término descentralización. Para mayor claridad en el diagnóstico, se presentan diferentes acepciones del término para poder abordar un análisis más profundo de lo que se ha dado de gestión ambiental descentralizada en Nicaragua. Descentralización: En el diccionario de la Lengua Española, la descentralización significa: "Transferir a diversas corporaciones u oficios parte de la autoridad que antes ejercía el gobierno supremo del Estado”.2

O bien “ Es el proceso mediante el cual se transfieren competencias, recursos y poder político desde el gobierno central a instancias del Estado, cercanas a la población, dotadas de independencia administrativa y legitimidad política propia, a fin de que, con la participación de la población y en su beneficio, se mejore la producción de bienes y servicios”.3

Este impulso de reestructuración del Estado, tiene sus cimientos en varios factores, como la presión que ha ejercido la globalización, la influencia de la cooperación internacional y la necesidad de atender por parte del gobierno central a aquellas poblaciones más alejadas. Aunque de años anteriores existían instituciones que trabajaban bajo un marco descentralizado, como las municipalidades y los gobiernos locales, en la práctica éstas entidades gozan de muy poca autonomía en la toma de decisiones, el manejo de recursos y capacidad técnica. En el caso de América Latina, el primer país en reorganizar el Estado de forma descentralizada fue Chile, aunque el modelo no pasó más allá de experimentar con la desconcentración; la idea se fue extendiendo en otros países latinoamericanos formando ya parte de la agenda de la mayoría. Sin embargo, dado el contexto 2 Ricardo Córdobas Macias, Manuel Ortega Hegg- Centroamérica: Gobierno Local y participación ciudadana Nicaragua.FLACSO Programa El Salvador, San Salvador, 1996, págs 85-86. 3 Manuel Ortega Hegg “Descentralización y Asocianismo Municipal” 2000

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socioeconómico y cultural, las experiencias y resultados en la implementación de este modelo varían mucho de país a país. Existen países en los que la descentralización ha dado buenos resultados y otros que aunque no hayan profundizado la práctica de la misma, gozan de buenos niveles de gobernación, más bien de autogobernación, como es el caso de Costa Rica. Por esto, hacemos hincapié en resaltar que los resultados dependen mucho de la idiosincrasia de cada pueblo. Vale también recalcar, que alcanzar un estado de descentralización satisfactorio, en el que los gobiernos municipales y regionales gocen de mayor independencia administrativa y legitimidad política a fin de mejorar la producción de bienes y servicios para el bienestar de la población, requiere todo un proceso de experimentación y autoconciencia de su práctica, es decir que no se puede llegar al feliz término de la praxis, sin que todos los actores de la sociedad se involucren. Se entiende por desconcentración “el proceso mediante el cual, la administración central, confía poderes de decisión y atribuciones a algunos órganos de la misma administración, quienes se encuentran supeditados a órganos superiores en materia financiera, legal y toma de decisiones que vayan más allá de los previamente delegados ”, diferenciándose fundamentalmente en la facultad de toma de decisiones, de la descentralización. Siguiendo textualmente el significado del término desconcentración, ésta representa una prolongación de la centralización, que se ha desarrollado como un mecanismo de respuesta a las necesidades de los territorios. No obstante, varios especialistas identifican la desconcentración como una de las fases más débiles de la descentralización. Ya que administrativamente, ésta tiene, el propósito de aproximar los entes del Estado a los ciudadanos, permitiendo cierto grado de participación y mayor congregación con la misma, más la toma de decisiones queda supeditada fuera de la zona en dificultad, ya que los entes territoriales están bajo la supervisión de los ministerios del gobierno central. Para Centroamérica, el tema de la descentralización se ha desarrollado a partir de la década de los años ochenta, con el proceso de regionalización; experiencia que parte de los procesos de pacificación y estabilidad en el área. El interés creciente en este tema surge “del interés de democratizar el Estado” 4buscando una reestructuración de gobiernos centralistas por gobiernos más cercanos a la población. Parte del principio de incrementar responsabilidad pública

4 Montenegro y Cuadra. “La Descentralización en Nicaragua: Diagnóstico del Proceso.”

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y participación ciudadana para incidir en la toma de decisiones sobre el uso de los recursos públicos, naturales y la disposición a pagar por los mismos. A juicio de diferentes especialistas, el tema de la descentralización nicaragüense, no es reciente. Al igual que para el resto de América Latina, ubican los orígenes en la década de los años setenta, con una profundización en los años ochenta. Sin embargo, fue con el Huracán Mitch que resaltó mayor necesidad de un canal directo de comunicación entre la población y las entidades estatales. Se puso de manifiesto la importancia de las municipalidades, para ser receptoras directas de demandas e impulsoras del desarrollo local, a fin de en el caso particular del huracán Mitch, éstas junto a las instituciones estatales con presencia en los territorios, fueron protagonistas en el rol de prevenir y mitigar las afectaciones del fenómeno. De tal manera que, la importancia de la descentralización radica en que se deslinda responsabilidades y recursos a los territorios para fortalecer y propiciar la administración pública en y para beneficio de la ciudadanía en general. Se identifica entonces a la descentralización como un factor clave para desarrollar un vínculo más cercano con la población, principio para propulsar una nueva dinámica que conlleve a una mayor democratización de abajo hacia arriba, ya que de esta manera se fomenta la participación ciudadana, que origina una mayor apertura de canales informativos, incrementa el nivel de incidencia en las decisiones políticas de los intereses ciudadanos, mayor credibilidad de los entes estatales locales y un mejor manejo de los recursos económicos y naturales. Una acepción necesaria a definir en este estudio es el término “gestión ambiental”. Se entiende por gestión ambiental la “administración del uso y manejo de los recursos ambientales por medio de acciones y medidas económicas, inversiones, procedimientos institucionales y legales para mantener o recuperar y mejorar la calidad del medio ambiente, disminuir la vulnerabilidad, asegurar la productividad de los recursos y el desarrollo sostenible”5. Constituye una de las áreas más sensibles dentro del proceso de descentralización, que traslada dicha administración a los gobiernos locales o municipales y los Concejos Autónomos de la Costa Caribe nicaragüense. Para efecto de administrar sosteniblemente los recursos naturales existen instrumentos de gestión ambiental, conformados por el conjunto de políticas,

5 Según el Decreto Nº 68-2001 sobre la Creación de las Unidades de Gestión ambiental

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directrices, normas técnicas y legales, actividades, programas, proyectos e instituciones que permiten la aplicación de los principios generales ambientales y la consecución de los objetivos ambientales del país. Sin embargo, la eficiencia de la aplicación de estos instrumentos, de manera descentralizada es un proceso no garantizado, producto de su reciente implementación y su poca sistematización.

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V. Metodología Para efectuar este estudio se realizó una investigación analítica bajo una metodología de correlación basada en la observación, es decir se aprovechó situaciones dadas sin alterar las condiciones del fenómeno6. Se establecieron como variables de análisis la Gestión ambiental eficiente y la Tendencia de descentralización. Como herramientas investigativas se utilizó la revisión bibliográfica y la elaboración de entrevistas a actores involucrados en la ejecución de la gestión ambiental principalmente dentro de instituciones como Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA), Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR), Instituto Nacional Forestal (INAFOR), Asociación de Municipios de Nicaragua (AMUNIC) y gobiernos locales. El informe se dividió en dos etapas: § En la primera etapa se llevó a cabo un análisis de la gestión ambiental y recursos naturales a nivel nacional para tener un mejor entendimiento del objeto en estudio. Para el diagnóstico del marco legal nacional dirigido al desarrollo de la descentralización y la evaluación de la aplicación de instrumentos de gestión ambiental y el manejo sostenible de los recursos naturales, se realizó una subdivisión de la legislación pertinente según el tópico. Así mismo se realizó un estudio de las competencias de entidades gubernamentales relacionadas con el tema y se identificaron los instrumentos de gestión ambiental determinados en la legislación nacional. § En la segunda etapa se realizó un diagnóstico de la situación actual de las instituciones y los municipios ante los procesos de descentralización producto de:

- Recolecta de información y entrevistas a informantes claves gubernamentales y no gubernamentales, previamente seleccionados por consenso del grupo interdisciplinario. - Sesiones de trabajo interna con personal del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA) y entes que tienen competencias en el sector para efectuar un diagnostico.

6 López Julio Piura, “introducción a la metodología de la investigación científica” cuarta edición, 2000.

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- Elaboración de instrumentos de análisis (matrices) y gráficos que permitieran una mejor organización de la información recolectada.

Para el análisis del contexto actual de la gestión ambiental en los municipios ante los proceso de descentralización, se seleccionó el Análisis FODA, herramienta que permite crear un diagnóstico y recopilar insumos necesarios para la planeación y/o evaluación de la situación. Este tipo de Análisis permite obtener una visión más amplia de la realidad de la organización en estudio, en este caso las municipalidades, dando lugar a proponer acciones y medidas correctivas. Dado que este estudio fue producto de un trabajo hecho en conjunto con un equipo consultor interdisciplinario para realizar una “Propuesta de mejoramiento a la Gestión Ambiental dentro de la Estrategia Nacional de Descentralización y Desarrollo Local”, las entrevistas se realizaron bajo la dirección de dicha propuesta. No obstante, el proceso investigativo del marco legal aplicado al manejo de los recursos naturales, la descentralización y las competencias de las entidades gubernamentales y el ajuste de las experiencias en las que se implementa Gestión Ambiental de manera descentralizada fue realizada para el presente diagnóstico.

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VI. Resultados 6.2 Análisis de la Gestión ambiental y Recursos Naturales a nivel

nacional. Nicaragua tiene establecido dentro de sus normas legislativas y políticas de Estado, abundantes instrumentos normativos-reguladores que tienen como fin favorecer la gestión sostenible de sus recursos naturales, no obstante, uno de los mayores obstáculos que enfrenta el sector ambiente es la poca aplicación de los mismos, ya que los recursos económicos que se destinan tan solo dan abasto para subsanar las responsabilidades administrativas. Aún cuando existen instrumentos destinados a mitigar y prevenir, como son las medidas de monitoreo y vigilancia, se ha ido considerando incluir en el sistema legal instrumentos económicos financieros que reviertan la carga de los recursos naturales y a la vez sean un incentivo económico que refuerce la situación de la población. Las herramientas normativas representan un factor base para asegurar un proceso efectivo de la gestión ambiental, sin embargo, la implementación de las mismas, requiere abundantes recursos financieros y una suficiente conciencia a cerca de la necesidad de administrar de manera sostenible los recursos naturales. Así se han identificado tres factores claves que obstaculizan una buena gestión ambiental descentralizada: 1. La baja educación y conciencia ambiental que existe en toda la población

2. Los escasos recursos financieros que se disponen para el tema en cuestión 3. El desequilibrio que existe en cuanto a la aplicación de instrumentos basados en los incentivos

Por tanto, la combinación a) de pocos instrumentos basados en incentivos económico-financieros, b) la Falta de mecanismos para cumplir con el esquema de control y vigilancia, c) la carencia de una articulación para evitar diversos traslapes y vacíos, y d)un enfoque de facilitación de la gestión ambiental que poco toma en cuenta la perspectiva de los usuarios, ha contribuido a los débiles resultados observados en la implementación de la normativa en materia ambiental. Situación que, si se examina detenidamente, está generando agotamiento y pérdida de credibilidad de la población para con las entidades gubernamentales.

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En cuanto a experiencias, el sector privado ha asumido el auto-control de la gestión ambiental en el tema de calidad ambiental, gracias a una concientización lograda por los beneficios económicos a recibir a cambio. 7 La aplicación de los instrumentos normativos en las regiones autónomas de la Costa Caribe requiere de una atención especial dentro del marco de la división de trabajo entre las SERENAs y las delegaciones de otros entes gubernamentales. Aunque la relación entre SERENA, la delegación del MARENA y la Unidad Ambiental Municipal, de ahora en adelante UAM, se ha dado de forma participativa en cuanto a la ejecución de inspecciones técnicas en coordinación con las instancias sectoriales como es el caso de i) MARENA e INAFOR en el tema de bosques y áreas protegidas y ii) con el MIFIC en el tema de pesca; no obstante es necesario fortalecer sus acciones en el área de control y vigilancia a lo largo de regiones tan extensas como la RAAS y la RAAN En las estrategias y planes de implementación propuestos por MARENA se hace un énfasis en el tema de competencias destinadas a cada instancia de dicho ministerio; sin embargo, las responsabilidades delegadas en los niveles territoriales, tanto municipales, regionales como delegaciones son bastante amplias. Fortalecer las capacidades de cada una de estos niveles para ejecutar las funciones asignadas y brindar asesoría técnica y capacitaciones a los usuarios, son de los primeros pasos que se deben tomar para alcanzar una descentralización efectiva. Se estima que el proceso de descentralización puede influir positivamente en la Gestión ambiental, sin embargo, actualmente factores como el crecimiento acelerado de la población, la explotación desordenada e irracional de los recursos, producto de la falta de un plan de ordenamiento territorial y la poca implementación de la Política Ambiental son factores que inciden y no se pueden obviar, a tal punto que relacionándolo con los altos índices de pobreza son catalizadores del deterioro progresivo del ambiente. El deficiente manejo de los recursos ambientales en el país se refleja en el desorden de la actividad productiva, por falta de planificación, así como en el déficit del suministro y baja calidad del agua potable, afectando a grandes sectores poblacionales. La defectuosa gestión ambiental puesta de manifiesto en poca cobertura en cuanto al servicio de alcantarillado sanitario de la zona urbana a nivel

7 Esto se describe en la sub sección de los instrumentos económico-financieros

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nacional genera una situación alarmante en cuanto a contaminación del manto acuífero por efecto de las aguas servidas. Es meritorio destacar que Nicaragua carece de un inventario y control sistemático de los residuos generados en el sector industrial; así mismo, no existe sistema o programa de evaluación ambiental sobre la contaminación atmosférica, tanto de focos puntuales y difusos. Los remanentes y residuos peligrosos no son adecuadamente tratados, así tenemos que el sector hospitalario es una de las áreas emblemáticas en tal sentido en el ámbito municipal. Existe un registro bastante completo de los plaguicidas que existen en el país, sin embargo, el inadecuado manejo de los mismos, desde su traslado hasta su aplicación han sido objeto de preocupación y foco de contaminación puntual, principalmente en las áreas rurales. En las regiones Región Autónomas del Atlántico Norte-RAAN y la Región Autónoma del Atlántico Sur-RAAS se observa un ritmo acelerado de deforestación producto de la actividad ganadera, el comercio ilegal de madera y la producción de granos básicos en zonas protegidas lo cual está provocando una presión directa sobre el medio ambiente. Se estima que anualmente se despaldan unas 130 mil hectáreas de bosque a un ritmo entre 300 y 400 hectáreas por día, lo cual permite predecir que en 17 años se habrá perdido el 27 % de cobertura de bosques, lo que significa aproximadamente 2.5 millones de hectáreas, generando una mayor vulnerabilidad en la zona, variaciones en los ciclos hidrológicos e incremento de los índices de pobreza. 8 Se ha descontinuado el monitoreo e investigación de los recursos pesqueros que más se consumen y explotan en el país. Los estudios sobre comercialización, industrialización y mercado de los productos pesqueros tradicionales y no tradicionales son inexistentes, lo cual limita las posibilidades de diversificación pesquera hacia otros recursos y reduce las posibilidades de disminuir la presión sobre los recursos ya establecidos en el mercado. Tal irresponsabilidad y despreocupación pone en peligro la estabilidad biológica de los recursos acuáticos ya que, si no se crea y desarrolla una base de datos de los mismos se ignora el estado del recurso.

8 Mordí Matilde, Pobreza y Ambiente de Nicaragua. Documento Temático-Embajada de Suecia en Nicaragua, Septiembre 2006

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La explotación indiscriminada de los yacimientos por parte de las diferentes empresas mineras a lo largo de los últimos 100 años, ha provocado impactos ambientales de consecuencias irreversibles, tanto para los cuerpos de agua, biosfera y litosfera, al punto que, en la actualidad la zona de las minas constituye el segundo problema crítico de contaminación a nivel nacional después del Lago Xolotlán. La actual ley de minas y canteras no tiene una normativa definida. Lo que permite que la actividad minera no metálica y la pequeña minería se desarrollen de manera informal y hagan un aprovechamiento irracional del recurso provocando impactos ambientales negativos. Asimismo, se identifica que la falta de fondos para los programas de investigación en este sector, es otro factor que agudiza la problemática ambiental, ya que no se cuenta con un inventario actualizado del recurso ni con un diagnóstico nacional como base para su racional aprovechamiento. Se puede afirmar que el proceso de descentralización del Estado puede ser una oportunidad para que se tomen medidas locales que permitan disminuir la situación problemática que enfrenta el país en cuanto al uso y explotación de sus recursos naturales.

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6.2 Diagnóstico del marco legal nacional dirigido al desarrollo de la descentralización de la Gestión ambiental y Recursos Naturales 6.2.1 Análisis de la Legislación Nacional

6.2.1.1 Legislación General del Medio Ambiente Paradójicamente en cuanto al marco legal ambiental, se puede afirmar que Nicaragua es uno de los países más adelantados en el istmo Centroamericano; hasta la fecha cuenta con leyes, políticas, planes y normas técnicas destinadas a una gestión adecuada del medio ambiente. Dentro de los ejes estratégicos de toda la legislación nacional se puede apreciar que la participación ciudadana y la descentralización son bases fundamentales para la implementación de ésta, sin embargo la falta de procedimientos administrativos detallados para su ejecución provoca ciertas fisuras que obstaculizan estos procesos. -Política Ambiental A inicios del 2001 fue emitido el Decreto No. 25-2001 como instrumento jurídico regulador de la Política que regiría la Gestión ambiental del país, donde se incluye como complemento fundamental para tal fin, el Plan Ambiental Nacional. Dentro de los lineamientos de la Política Ambiental se especifica la necesidad de participación de la sociedad civil en un papel de aliado del Estado para la protección del medio ambiente. En el Arto.3 del Decreto en mención se establece la descentralización como necesidad de la modernización del Estado y el desarrollo de las capacidades locales, dejando en claro que la política ambiental debe de ser asumida y apropiada por los gobiernos locales, para lograr materializar su implementación. -Ley 217 En mayo de 1996 se puso en vigencia la Ley general del medio ambiente y los recursos naturales, Ley 217, la cual tiene por objeto establecer la regulación que

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garantice la conservación, protección, mejoramiento y restauración del medio ambiente y los recursos naturales, asegurando su uso racional y sostenible, de acuerdo a lo señalado en la Constitución Política. Quedando establecidos dentro de este instrumento jurídico legal los indicadores y parámetros para la formulación del resto del marco legal ambiental. La ley 217 presenta ciertas contradicciones que no deja muy clara la importancia del papel o rol de la sociedad civil en el marco de la gestión ambiental nacional, ejemplo de ello es que en el Arto.13 de la Ley 217 se destaca la necesidad de la coordinación interinstitucional y la concertación con la sociedad civil para ejecutar con eficiencia las acciones ambientales, sin embargo ésta participación ciudadana queda al margen en la integración de la Comisión Ambiental que es determinada en el Artículo 7, donde se deja en situación de desventaja al establecer que será invitada la sociedad civil a participar en dicha comisión sólo cuando la temática amerite, ya que queda a discreción de los integrantes de la misma dejando sentada la posibilidad de una exclusión por intereses. En cuanto a las Regiones Autónomas la administración de los recursos se hará en coordinación con los Consejos Regionales Autónomos quedando indefinido el papel de los municipios en esta gestión. A las autoridades municipales se les ha delegado, a partir del Arto.16 la elaboración y ejecución de los Planes de Ordenamiento del Territorio-POT, sin embargo se da un traslape en el caso de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica donde la competencia es asumida por los Consejos Regionales Autónomos debido a su mayor rango jerárquico, aminorando potestad a los municipios de esta zona. Existen funciones claramente desconcentradas para las autoridades municipales que son nuevamente mencionadas en la Ley de Municipios como el establecimiento de patrones de volúmenes anuales de extracción máxima de agua, así como sus controles y aplicación según el Arto. 83. En el Arto. 129 es delegada a las alcaldías la función de operar los sistemas de recolección, tratamiento y disposición final de los desechos sólidos no peligrosos del municipio, observando las normas oficiales emitidas por el Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA) y el Ministerio de Salud (MINSA), para la protección del ambiente y la salud.

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En cuanto a los procesos de Permisología y Evaluación de Impacto Ambiental la administración por parte de MARENA tiene un mecanismo centralizado, ya que los municipios se encuentran relegados a ser actores de consulta y no de decisión, según Artículo 27. El MARENA alega que esta limitante impuesta a las municipalidades es causado por la poca la capacidad técnica o financiera para llevar el trámite por parte de las alcaldías. En cuanto al tema de las concesiones, tópico altamente controversial, se establece que tanto el MARENA como el MAGFOR según corresponda deberán consultar los planes de desarrollo municipal, para dar las autorizaciones, ya que el Arto. 55 establece que para el uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables deben tomarse en cuenta, entre otros criterios los planes y prioridades del país, municipio o región autónoma y comunidad indígena donde se encuentren los recursos y por tanto los beneficios de su aprovechamiento serán destinado a las comunidades. Sin embargo, no se tienen datos oficiales ni locales que sistematicen su implementación, tal y como lo preceptúa la legislación. El cruce de funciones entre los Ministerios abre espacios para la confusión de procedimientos y una inadecuada coordinación interinstitucional, lo que dificulta la relación de estas Instituciones con los gobiernos locales. Ejemplo de esto es que en el Arto, 6 de la Ley 217 se faculta al MARENA del monitoreo, control de calidad y el uso adecuado de los recursos naturales renovables y no renovables y en el Arto. 60 se delega al Ministerio de Economía y Desarrollo-MEDE (actualmente el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio-MIFIC), la administración y uso de los recursos naturales del dominio del Estado, en consecuencia esto da lugar a que actores de la sociedad civil o representantes municipales realicen trámites burocráticos y dobles esfuerzos, así como desentendimiento por parte de las Autoridades en asumir ciertas responsabilidades. En cuanto al manejo de las Áreas Protegidas, se podría decir que existe actualmente un mecanismo desconcentrados en la gestión de éstas, ya que se establece en el Artículo 22 que la Normación y Control de las Áreas Protegidas estará a cargo del MARENA, quien podrá autorizar la construcción de estaciones de servicios e investigación, así como dar en administración las áreas protegidas propiedad del Estado a terceros, siempre que sean personas jurídicas nicaragüenses sin fines de lucro, bajo las condiciones y normas que sobre la materia se establezca en el respectivo plan de manejo, sin embargo como se planteó anteriormente son tendencias desconcentradas y no descentralizadas, ya que hay procesos, como el de establecer las áreas que se destinarán a área protegida en la

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cuál no se establece como obligación la participación de las alcaldías municipales, sino que se da sólo entre instituciones centrales del estado. La Ley General presenta dos debilidades fundamentales que dificultan el proceso de desconcentración y descentralización que son los traslapes o cruce de funciones en los Ministerio y un mínimo respaldo por parte de la Ley Tributaria a los incentivos económicos que la Ley 217 ofrece.

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6.2.1.2 Legislación del Recurso Biodiversidad

En el año 1998 fue emitido el Decreto No. 8-98, sobre normas y procedimientos para la exportación e importación de especies de flora y fauna silvestre en Nicaragua, donde se manifiesta la necesidad de una relación interinstitucional, destacando las alianzas entre MARENA, MAGFOR, Aduanas y el Convenio sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre (CITES) dejando claro que para la adecuada gestión de los recursos naturales no es sólo necesaria la reestructuración vertical sino una mayor coordinación horizontal. Actualmente se ha avanzado en la elaboración de el anteproyecto de Ley de Biodiversidad donde la participación ciudadana se vuelve un instrumento de gestión priorizado, sin embargo carece de procedimientos administrativos para ello, e inclusive se observa inexistencia o inaplicabilidad del reglamento respectivo; no obstante se han dados avances en el proceso de descentralización más concretos como lo es la creación de un ente descentralizado en el MARENA cuya gestión se enfoca específicamente en el Área de Biodiversidad, creándose el Instituto Nacional de Biodiversidad (INABIO), según el Arto 17 del anteproyecto. Así mismo se creo, según el Arto.22 de la Ley Nº 217 la Comisión Nacional de Diversidad Biológica (CONADIBIO) que sirve de instancia asesora de INABIO, a su vez como instancia de consulta y concertación entre las instituciones del gobierno y los distintos sectores de la sociedad en materia de diversidad biológica. El CONADIBIO esta integrado por operadores o actores de diferentes instituciones y representaciones de gobiernos locales, regionales, ONG´s y universidades. En este anteproyecto así como en otras leyes que competen a otros recursos naturales se observa que se debilita a los municipios al dejarlos sólo como emisores de opinión, en este caso en los contratos de acceso a los recursos genéticos y biológico. Así mismo al igual que la Ley 217, se ofrecen incentivos que no se respaldan en la Ley Tributaria, como en el Arto 105 donde se ofrecen incentivos a la conservación de la diversidad biológica en sus condiciones naturales así como los servicios ambientales que de ellos se derivan.

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6.2.1.3 Legislación del Recurso Forestal El recurso forestal es uno de los temas más sensibles en lo que respecta a Gestión ambiental, ya que esta vinculado directamente a actividades económicas de gran envergadura, sin embargo la legislación correspondiente a este tema no esta exenta a sufrir de traslapes, contradicciones y vacíos en lo que corresponde a mecanismos de implementación como los tópicos anteriormente analizados. En el Decreto No. 37-98, instrumento que establece medidas para prevenir incendios forestales se delega en el Arto 3 la aplicación del mismo, MAGFOR, las Autoridades Departamentales y a la Policía Nacional, sin embargo no se especifican los procedimientos de coordinación entre los mismos, provocando desorden e incluso doble esfuerzo por las autoridades mencionadas en la gestión y aplicación del Decreto. Las Aduanas fronterizas juegan un papel crucial en las políticas regulatorias de la explotación forestal, estás deben estar aliadas al MARENA y MAGFOR para poder dar cumplimiento a las leyes vinculadas con esta área, ejemplo de esto es el Arto 5 del Decreto No. 30-97 donde se indica que las aduanas fronterizas deberán dar estricto cumplimiento a este decreto que pretende regular la explotación de las especies de caoba y cedro. En el 2003 se puso en vigencia la Ley de conservación, fomento y desarrollo sostenible del sector forestal , Ley 462 , en donde se establece la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR) como instancia de más alto nivel y foro para la concertación social del sector forestal. Esta comisión tiene dentro de sus funciones la participación en la formulación, seguimiento, control y aprobación de la política, la estrategia y demás normativas que se aprueben en materia forestal. Dentro de la comisión se encuentra representado según el Arto.5 AMUNIC y los Consejos Regionales Autónomos (CRA) lo que permite una relación ínterinstitucional. En dicha ley, también se establece la conformación de comisiones forestales municipales y regionales con el objetivo de coordinar con la CONAFOR la ejecución, seguimiento y control de las actividades de conservación, fomento y desarrollo en sus respectivos territorios, en el cual hay un miembro del Consejo Municipal, y un miembro del Consejo Regional, lo que permite descentralizar las acciones desde el ente central.

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Por otro lado se establece además, que todas las actividades que competen a INAFOR deben ser coordinadas con las autoridades municipales, lo cuál es manifestado en el inciso 5 del Arto. 7 donde se determina que INAFOR, bajo la rectoría sectorial del MAGFOR, debe suscribir convenios con los gobiernos municipales o con organismos públicos o privados, delegando funciones de vigilancia, control o fomento, y trasladando los recursos necesarios en el caso que el convenio se establezca con un gobierno municipal. Así mismo se establece que el INAFOR desarrollará sus actividades en el territorio a través de distritos forestales desconcentrados en los cuales deben participar las alcaldías, Consejos Regionales entre otras instituciones, dentro de estas actividades se encuentra el monitoreo, fiscalización y control de las normas técnicas forestales y Planes de Manejo Forestales según lo indica en el Arto 12. Las autoridades municipales y gobiernos regionales deben ser tomados en cuenta como actores decisivos en el caso de la aprobación o denegación de los planes de manejo forestal acorde al Artículo 22. En cuanto a funciones desconcentrada se encuentra la protección de áreas forestales que según el Artículo 27 se delega a los municipios, donde se describe las características requeridas de las mismas. Las actividades forestales que se desarrollen en Áreas Protegidas estarán sujetas a las regulaciones establecidas en la legislación vigente sobre esta materia, quedando bajo la administración del MARENA, y estableciéndose claramente una división de competencias entre este ministerio y el MAGFOR en el artículo 26. Este tema será mayormente detallado a continuación.

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6.2.1.4 Legislación de Áreas Protegidas (AP) El Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales- MARENA es la institución encargada de coordinar la administración de las áreas protegidas (AP), del país. Actualmente el Ministerio trabaja en equipo con INETER, MIFIC, y MAGFOR para el Co- manejo de las áreas protegidas así como en coordinación con Municipalidades, grupos civiles y ONG´s. En la ley General del medio ambiente y los recursos naturales, Ley 217, queda legalmente establecida la creación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP). En ese mismo cuerpo de normas se manda a la promoción y participación ciudadana en actividades de manejo, extensión, educación ambiental, y desarrollo sostenible en comunidades locales. En caso particular de las regiones autónomas de la Costa Caribe, en el Arto. 7 se estipula que el manejo y administración de las AP, se establece una coordinación de los consejos regionales con el SINAP, disposición que fortalece el proceso de descentralización; no obstante, ha sido difícil obtener estadísticas de los efectos y avances en tal sentido debido a la ausencia de sistematización de experiencias vinculadas al tema. Todas las categorías relativas al manejo de áreas del SINAP, pueden ser cedidas en administración a gobiernos locales, universidades u ONG´s, dándose así un proceso de descentralización; siempre y cuando estas entidades se sometan a las normas de manejo que dictamina el MARENA, teniendo presente leyes, términos de referencia (TDR), normas técnicas, y en tal orden MARENA es responsable de fomentar y apoyar el desarrollo de programas o proyectos con los comanejantes, colaborar en la recaudación de fondos, brindar capacitación y entrenamiento de personal involucrado en la administración, entre otras cosas. El Arto. 16 establece la elaboración de un Plan de monitoreo seguimiento y evaluación, la indicación de los mecanismos de comunicación con los comanejantes, el establecimiento de la unidad encargada del monitoreo y la aplicación de sanciones establecidas en las normas de no cumplirse con lo establecido. Los períodos de co manejo pueden extenderse hasta el plazo de diez años y renovarse por períodos iguales o mayores, todo esto de acuerdo a la evaluación y cumplimiento de los requerimientos del manejo pero reservándose las facultades establecidas en la ley 290, en cuanto a formación y monitoreo.

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Conforme al Arto. 9, el Estado se auto declara administrador de Áreas Protegidas con altos valores de biodiversidad natural y cultural, de interés nacional e internacional, así se crea el decreto 71-2000 donde se estipula la creación de la comisión interinstitucional para la conservación, protección y vigilancia de las reserva de biosfera Bosawás y del Sureste de Nicaragua. La comisión es integrada por MARENA, Ministerio de Defensa, Minigob, Jefe del Ejército Nacional y Director de la Policía Nacional. La comisión debe elaborar el Plan Operativo Anual (POA) para cumplir los estatutos previstos en el decreto. El manejo y administración de las Áreas Protegidas por parte de las alcaldías o gobiernos regionales deberá ser apoyado técnica y administrativamente por otras organizaciones y deberá ser mencionado en el convenio. De igual manera se estipula el Co-manejo de Áreas Protegidas por dos o más organizaciones. En ambos casos se creará un Comité Local de Co-manejo (CLC), que estará integrado por un representante de la Alcaldía correspondiente, delegados de MARENA, Instituto de Turismo (INTUR), INAFOR, así como representantes de comunidades organizadas y cualquier persona que tenga incidencia en el territorio. Las alcaldías están facultadas para descentralizar algunas actividades mediante convenios con organizaciones, universidades o asociaciones científicas. Para dotar de facultades a los gobiernos locales se toma en consideración características específicas de los mismos para descentralizar la administración de algunas áreas como:

§ Áreas productoras de agua. § Áreas que contribuyen a la estabilidad directa o indirecta del clima § Áreas que contribuyen con la educación ambiental de los pobladores § Áreas especiales de reservas genéticas § Otros servicios inmediatos a la población y a la municipalidad

En cuanto a incentivos, el Arto. 63 establece que MARENA en coordinación con las instancias correspondientes, establecerá el tipo de incentivo que se aplicará a las diferentes actividades de conservación que realicen propietarios privados, cuando éstos estén en AP o Zonas de Amortiguamiento (ZA), sin embargo estas disposic iones relativa a incentivos quedan en el vacío legal que en la actualidad MARENA y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público-MHCP no han solucionado.

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6.2.1.5 Legislación del Recurso Hidrocarburo El Estado Nicaragüense creo el Instituto Nicaragüense de Energía -INE como ente descentralizado para la gestión del Recurso Hidrocarburo, abarcando así los procesos de administración, regulación y fiscalización del recurso. El Arto 49 de la ley 286 involucra a los gobiernos locales y diversos sectores implicados, en la realización de los estudios requeridos para las autorizaciones, permisos o concesiones sobre exploración y explotación de estos recursos, sin embargo la centralización que ejerce este ente descentralizado INE, se manifiesta al ser ellos los únicos tomadores de decisiones obviando a los gobiernos locales; excepto para el de la Costa Atlántica donde el Consejo Regional Autónomo goza de mejor estabilidad legal, al ser necesaria su aprobación y no sólo su opinión en cuanto a temas de exploración y explotación del recurso. 7 Legislación del Recurso Minas En cuanto a la gestión de recursos de minas, el Estado conformó la Comisión Nacional de Minería como órgano constitutivo y asesor del MIFIC en el Arto. 10 de la Ley Especial sobre exploración y explotación de Minas Ley 387, establece o integra actores de diversos ministerios, y representantes de las alcaldías correspondientes. Una deficiencia en la gestión del recurso minas es que igual que el recurso de hidrocarburo, los Consejos Municipales sólo son agentes de opinión ante la solicitudes de concesiones según el Arto. 21, y no ejercen como actores de decisión, lo cuál debilita la autoridad de las alcaldías afectadas. Sin embargo esta problemática se reitera aún a nivel ministerial ya que según el Reglamento de la Ley 387, emitido en el decreto 119-2001 preceptúa que el MIFIC consulta a MARENA para otorgar concesiones a la extracción de materiales de lechos de los ríos según el Artículo 7, sin embargo esto no elimina la opción de que MIFIC tome una decisión que no sea abalada por MARENA.

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6.2.1.6 Legislación del Recurso Pesca La actividad pesquera la regula la Ley 489 de pesca y acuicultura, y en la misma se establece claramente el deber de la coordinación entre MIFIC, MARENA, Consejos Regionales Autónomos y gobiernos municipales, sin embargo el poder de decisión es destinado al MIFIC, prestándose esto a posibles anomalías al no ser necesario un consenso entre todas las instituciones involucradas. En cuanto a entidades desconcentradas pero controladas por el MIFIC se crea AdPesca como instancia encargada de la administración pesquera y de acuicultura en el país, para la aplicación de la presente Ley y su reglamento según el Arto. 13. Con tales disposiciones se practica una descentralización horizontal a nivel ministerial al delegar a MARENA la actividad pesquera y de acuicultura en Áreas Protegidas y sus zonas de amortiguamiento, según el Arto. 9 de la Ley 489. Así mismo se establece en el Arto. 29 que MARENA a través de una resolución ministerial tiene la potestad de declarar las vedas para los recursos hidrobiológicos. Como se determinó anteriormente la coordinación entre MARENA y MIFIC es fundamental para poder llevar a cabo lo dispuesto por la ley, ejemplo de esto es el Arto 23 donde se instituye que el MIFIC, en coordinación con MARENA, deberá elaborar los reglamentos específicos que sean necesarios para la explotación de cada especie de pesca y acuicultura En cuanto a la explotación de los recursos hidrobiológicos del mar Caribe se establece en el Arto 4 de la Ley 489 el reconocimiento de los derechos establecidos para las Regiones Autónomas en la Constitución Política, el Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica y demás regulaciones vigentes, delegando así autoridad del gobierno central a los gobiernos Regionales. Estos gobiernos Regionales gozan de mayor autoridad que la administración municipal de la zona o del resto del país al ser actores directos en la toma de decisiones en cuanto a la aprobación de pescas según el Arto. 70 y las concesiones acuícola según el Arto 99. No obstante el MIFIC tiene la potestad de delegar según el Arto. 78 el otorgamiento de los permisos de pesca artesanal a las alcaldías respectivas por medio de un convenio de delegación de atribuciones firmado entre ambas partes. Para los pescadores artesanales de la Costa Atlántica y Río San Juan, este permiso de pesca artesanal será otorgado por el MIFIC, Consejos Regionales o la respectiva alcaldía, sin ningún costo económico.

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Este mecanismo descentralizado está constituido legalmente sólo para la pesca artesanal excluyendo la pesca industrial, debido a que las instituciones se encuentran más preparadas tecnológicas y administrativamente para delegar los permisos al sector industrial, siendo el MIFIC el ente más adecuado, pero no se recomienda que se omita de forma tan tajante el poder de decisión de MARENA, Consejos Regionales, Municipalidades y otros actores involucrados en la actividad acuícola. Los aspectos de vigilancia y control son delegados en las Regiones Autónomas en el Arto 10 a los Consejos Regionales donde se establece que estos deberán consolidar un sistema de inspectoría con auxilio de la Fuerza Naval, de la Policía Nacional, de la Dirección General de Servicios Aduaneros, de los Municipios y demás instituciones del Estado que fueren necesarias.

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6.2.1.7 Legislación Especial

-De los Municipios En cuanto a las municipalidades el proceso de descentralización se podría afirmar que inició desde que se creo la Ley No.40, Ley de Municipios, en donde se establecen las competencias de las Alcaldías. Se da una descentralización y desconcentración por parte del Estado a las municipalidades en los ámbitos socio-económicos y jurídicos enmarcados en la jurisdicción correspondiente del municipio. Sin embargo en cuanto a la gestión ambiental, se dan ciertos obstáculos, principalmente en el tema de concesiones forestales, pesca, y minería donde se le deja como un actor de opinión (literal 8 del Arto. 7) y no de decisión aunque el Arto. 2 de la presente Ley indique que cualquier materia que incida en el desarrollo socio-económico de la circunscripción territorial de cada municipio, y cualquier función que pueda ser cumplida de manera eficiente dentro de su jurisdicción o que requiera para su cumplimiento de una relación estrecha con su propia comunidad, debe de estar reservada para el ámbito de competencias de los mismos municipios En el Arto. 6 se establece la responsabilidad que tienen los gobiernos municipales en cuanto a la conservación del ambiente y los recursos naturales de su circunscripción lo que refleja la necesidad de alianzas intra-Institucionales, principalmente con MARENA, MIFIC e INAFOR para poder llevar a cabo esto. En esta ley también se establece la importancia de la participación ciudadana en la gestión local, base fundamental para que se logre desarrollar los procesos de descentralización. Uno de los mecanismos más recomendados por la ley según el Arto. 36 es el de los Cabildos Municipales, que son asambleas que convocan la participación de los pobladores. Así mismo se brindan alternativas de gestión pública como es el de la creación de empresas municipales para la prestación de los servicios públicos que le competen a la municipalidad según el Arto. 58, las que pueden ser mixtas con participación de capital privado según el decreto 52-97. En este mismo decreto (52-97) se estipula la posibilidad de la creación de consorcios con entidades privadas, esta medida viene amortiguar la descentralización de funciones sin descentralización financiera.

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En lo que corresponde a la situación de autonomía de las regiones de la Costa Atlántica se establece que se deberán crear relaciones de coordinación y cooperación entre los gobiernos municipales y los gobiernos regionales. -De la administración gubernamental en las Regiones Autónomas del Atlántico La Costa Atlántica desde 1987 cuenta con el Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica, Ley Nº 28, que descentraliza funciones del Estado central a esta zona. Como mecanismo de administración se crearon los Consejos Regionales Autónomos (CRA) que junto al Coordinador Regional serán, en sus respectivas esferas, las autoridades superiores de la Región Autónoma correspondiente. Dentro de las atribuciones que se determinan para los CRA se encuentra el establecer las regulaciones adecuadas para promover el uso racional de sus Recursos Naturales en coordinación con los Ministerios pertinentes, Así mismo dicha relación deberá encargarse según el Arto. 6 de la Ley 28 y el Reglamento 35-84 de los aspectos relacionados a la administración de los programas de salud, cultura y abastecimiento, transporte, salud, servicios comunales y otros, así como las gestiones requeridas para la descentralización El sistema educativo es un sistema autónomo establecido en el Arto. 8, denominado Sistema Educativo Autónomo Regional (SEAR), donde se deberán incluir todos los componentes socio-culturales específicos de la zona. Los CRA tienen un alto nivel legislativo-administrativo, y tienen la potestad de pedir informes periódicamente e interpelar, según el caso lo amerite, a los delegados de los ministerios y otros entes gubernamentales y a los funcionarios regionales, conforme el procedimiento establecido en el reglamento interno de los mismos. En cuanto a las relaciones del CRA y los municipios, el reglamento dicta las directrices a seguirse, los municipios quedan en nivel inferior a los CRA, en lo que corresponde al ordenamiento jerárquico. Además los municipios deberán rendir, así como también los ministerios, informes cada seis meses a los CRA.

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Las comunidades indígenas y étnicas junto a los municipios, tienen derecho a participar por medio de sus representantes en la elaboración, ejecución, seguimiento, control y evaluación de los planes y programas de desarrollo regional en la forma que se establezca en el reglamento interno del CRA. -De la creación de las Unidades de Gestión ambiental (UGA) Como un medio para dar seguimiento y control a la Gestión ambiental en todo el territorio nacional, se crearon en el año 2001, las Unidades de Gestión ambiental (UGA) en los entes del Poder Ejecutivo y de Administración Pública, mediante el Decreto 68-2001. Las UGA´s se desarrollaron con diferentes niveles de organización, capacidades y apoyo institucional, dependiendo de la institución por lo que se establecieron cuatro niveles: para el gobierno central, para los Entes gubernamentales sectoriales, para las Unidades Municipales y finalmente para los Entes sin mandato regulador para programas, proyectos gubernamentales y no gubernamentales, empresas y demás instancias organizativas. Por precepto de ley tienen destinado incorporar el componente ambiental en la planificación y políticas del sector, monitorear y darle seguimiento al cumplimiento de las normativas y leyes ambientales, velar y evaluar el cumplimiento de las normas y regulaciones ambientales del sector e informar al MARENA, entre otras cosas. Así mismo dentro las funciones de estas Unidades se encuentra el de proporcionar información y contribuir al desarrollo del Sistema Nacional de Información Ambiental(SINIA), facilitando la participación ciudadana. No obstante, la abundancia de estás Unidades el entramado de UGA’s dificulta la coordinación entre ellas, lo que favorece los procesos burocráticos. Previendo esto, se creó el Comité Nacional de Gestión ambiental (CNGA), para crear una propuesta de mecanismos, procedimientos e instrumentos para la coordinación, el cual es por mandato, dirigido por el MARENA. Este hecho deja entrever, de igual manera, otro vestigio de control y coordinación centralizado.

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-De la Participación Ciudadana Para finales del 2003 entró en vigencia, la ley 475 que se refiere a la participación ciudadana, teniendo por objeto promover el ejercicio pleno de la ciudadanía en el ámbito político, social, económico y cultural, mediante la creación y operación de mecanismos institucionales que permitieran una interacción fluida entre el Estado y la sociedad nicaragüense que promuevan así el cumplimiento de los Arto. 1, 7 y 50 de la Constitución Política. Se crearon por tanto dentro de la ley las siguientes instancias de participación ciudadana:

§ Los Cabildos Abiertos Municipales; § Los Comités de Desarrollo Municipal y Departamental; § Petición y denuncia ciudadana.

Dentro de los derechos establecidos dentro en esta Ley se encuentra la potestad que tiene el ciudadano de solic itar y recibir información oportuna y veraz de las diferentes instancias del Estado y de la administración pública según el Arto 8 de dicha ley. En cuanto a nuevos proyectos de ley, es un derecho ciudadano presentar iniciativas de ley, de conformidad con el artículo 140, cumpliendo con requisitos y previa consulta ciudadana. Asimismo el presentar iniciativas de resolución y ordenanzas ante los municipios o Consejos Regionales si es el caso de la Costa Atlántica, siempre y cuando sean ciudadanos de las regiones y sigan los requerimientos establecidos. Del mismo modo, se reconoce el derecho de participación de la población de los municipios para presentar iniciativas de ordenanzas y resoluciones ante el Consejo Municipal respectivo, siguiendo y cumpliendo con los requisitos legales, entre ellos procedimientos para la normativa local. El Consejo Regional en las dos Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, mediante resolución, procederá a la creación del Consejo Regional de Planificación Económica y Soc ial, que también será conocido como CORPES, el que tendrá carácter consultivo, participativo y podrá servir de apoyo para la redacción de propuestas, así como evaluar las políticas económicas y sociales de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica. También para las Regiones Autónomas de la

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Costa Atlántica, el presidente de la República creará el Consejo de Desarrollo Departamental. Según lo establecido en el artículo 28, de la Ley de Municipios, se deberá integrar en cada uno de ellos, un Comité de Desarrollo Municipal (CDM), para cooperar en la gestión y planificación del desarrollo económico y social local, con representantes de las instancias más importantes de la región. Los cuales contribuirán a la creación del Plan de Desarrollo Municipal y entre otras cosas, a SEGUIR y evaluar los resultados e impactos de las políticas públicas en el desarrollo municipal. Para la elaboración del Plan de Desarrollo Municipal, se elaborarán consultas y convocatorias con la población y entes pertinentes. El Arto.37 de la Ley Nº 475 garantiza el derecho a la asociación de pobladores para facilitar la participación en la gestión local, con el fin de promover el desarrollo sostenible, teniendo que registrarse en la municipalidad donde vaya a funcionar. Estipula el Arto.65, que podrán integrarse y funcionar organizaciones sectoriales, culturales, gremiales, deportivas, profesionales y de otra naturaleza, según los intereses de los diferentes sectores. El Arto. 68 establece las consultas populares, en tomas de decisiones de importancia que se adopten por las autoridades locales sobre temas que resulten importantes para la comunidad. Asimismo, se debe pronunciar la participación de la ciudadanía en los cabildos. Según el Arto. 79 y para efectos de elaborar con plena participación de la comunidad la Estrategia, el Plan de Desarrollo y el Plan de Inversión, deberá ser consultado en cada municipalidad la opinión del Comité de Desarrollo Municipal. Se reconoce el derecho de todo ciudadano, a presentar de forma escrita, de manera individual o colectiva, solicitudes para realizar determinadas diligencias en virtud del cargo, siempre y cuando la petición esté vinculada directamente con sus funciones. De igual forma hay derecho a presentar denuncia ante superiores jerárquicos, de irregularidades realizadas por funcionarios. Siguiendo siempre, requisitos formales y brindando las pruebas pertinentes.

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-Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo La ley de Organización, competencia y procedimientos del Poder ejecutivo, establece los lineamientos y responsabilidades de las Secretarías de la Presidencia y de cada uno de los ministerios, con un enfoque descentralizado. § Secretaría de la Presidencia: De entre todas las secretarías, la Secretaría de la Presidencia es la coordinadora general de gabinete y tiene a su cargo dirigir y coordinar los mecanismos de comunicación permanente entre el presidente de la República y Los gobiernos de las Regiones Autónomas, de conformidad con el Arto. 6 y 11 de la Ley No. 290. Así mismo le corresponde promover la congruencia de las políticas interministeriales procurando su consistencia y complementación, análisis y conciliación de las propuestas de políticas sectoriales preparadas, en cada caso, por las entidades responsables. Evitando así que se den situaciones de traslapes y mejorando las relaciones horizontales entre ministerios. § Secretaría de Asuntos de la Costa Atlántica Este órgano tiene entre sus atribuciones:

ü Promover y organizar la comunicación y la interacción entre el gobierno, las Autoridades Regionales y los líderes de las comunidades indígenas de la Costa Atlántica de Nicaragua, así como con sus distintos sectores sociales.

ü Organizar las acciones del gobierno que permitan fortalecer la institucionalidad regional y promuevan el desarrollo en las regiones autónomas y comunidades indígenas de la Costa Atlántica.

ü Actuar como enlace de la presidencia de la República con los restantes poderes del Estado, en los temas relativos a las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica.

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§ Entidades desconcentradas: Las entidades desconcentradas de cada uno de los ministerios, tendrán las funciones de:

ü Promocionar la actividad y todas las acciones de fomento de investigación, asistencia técnica, capacitación, simplificación administrativa, consecución de financiamiento y proyectos demostrativos incluidos en sus planes y presupuestos anuales autorizados.

ü Presentar a la Dirección General de recursos naturales los dictámenes técnicos requeridos dentro del proceso de solicitud de trámites de concesiones.

ü Realizar monitoreo, vigilancia y control del sector y velar porque los usuarios cumplan con sus obligaciones y las leyes respectivas.

§ Estructuras orgánicas en los territorios: Cada uno de los ministerios con presencia institucional en los territorios contarán con estructuras orgánicas, conformada por una Dirección de monitoreo, vigilancia y control, una Dirección de fomento y promoción y un Centro de investigación. § Direcciones de descentralización: Existirán Direcciones de Descentralización para cada uno de los Ministerios, los cuales serán los encargados de asesorar a las delegaciones regionales, departamentales y municipales en los procesos de descentralización y reorganización administrativa asegurando la aplicación y ejercicio de las leyes que rigen cada una de las instituciones. Con el fin de coordinar con las delegaciones regionales, departamentales y municipales el fortalecimiento y profundización del proceso de descentralización. § Educación en Materia de Descentralización: Las direcciones de descentralización también deberán promover e impulsar en las diferentes alcaldías de los municipios del país, programas de descentralización territorial con el propósito de compartir el quehacer educativo con base al Plan nacional de desarrollo y políticas de descentralización educativa y organizar ante las alcaldías la firma de convenios de descentralización entre el Ministerio y las municipalidades. Por tanto tienen las siguientes funciones:

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ü Coordinar y dar seguimiento a los acuerdos tomados en la Comisión Bipartita MECD – Alcaldía, sobre el avance de las actividades establecidas en la calendarización e inicio de la implementación del proceso de descentralización educativa.

ü Evaluar sistemáticamente el funcionamiento de las STEM en los diferentes municipios, para conocer situaciones que ameriten impulsar programas de fortalecimiento municipal en lo que respecta a la descentralización de la educación.

ü Coordinar con organizaciones privadas la participación en el ejercicio de la función administrativa y técnica de delegaciones departamentales y municipales de educación

§ De la red territorial: “Delegaciones regionales, departamentales y municipales” Según el Arto. 181 es competencia de los órganos de red territorial las funciones de:

ü Promover la gestión descentralizada de las delegaciones municipales. ü Asistir y participar en las reuniones que convoque la Secretaría

Departamental de gobierno. ü Facilitar la labor de los delegados municipales, sin intervenir en la toma de

decisiones administrativas y financieras. ü Canalizar las rendiciones de fondos de los municipios hacia la sede central. ü Brindar apoyo a los proyectos que se ejecutan en el departamento. ü Apoyar a las delegaciones municipa les en la solución de conflictos, cuando

estos así lo requieran. ü Garantizar el cumplimiento de las políticas, planes y programas de

educación nacional en el municipio. ü Asesorar en materia técnica-pedagógica y administrativa a los centros

escolares de todo el municipio. ü Asesorar a los directores de los centros en la elaboración y ejecución de los

planes de desarrollo escolar. ü Consolidar las estadísticas educativas de los centros educativos

enmarcados en su territorio. ü Administrar el presupuesto de la delegación de manera descentralizada. ü Asesorar a los miembros de los Consejos directivos escolares en gerencia

educativa y promover la incorporación de los centros que aún no están incorporados a la autonomía escolar.

ü Velar por el buen funcionamiento de los Consejos Educativos Municipales.

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ü Administrar los fondos para la capacitación de los maestros de sus centros escolares.

ü Apoyar todas las actividades extra curriculares del departamento y promover su divulgación.

ü Apoyar las rendiciones de los fondos de las delegaciones municipales por parte de la delegación cabecera departamental.

ü Establecer comunicación y coordinación con el departamento de quejas y delegados departamentales, a fin de resolver de manera eficiente y eficaz casos de denuncias presentados por la ciudadanía en general.

§ De la Dirección Coordinación de Delegación Departamental: Es competencia de esta delegación asegurar que las delegaciones departamentales tengan una administración y controles administrativos homogéneos en todos los departamentos del país en correspondencia con las recomendaciones de control interno. Las Delegaciones Departamentales tienen las funciones de:

ü Evaluar, investigar y dar seguimiento a quejas o denuncias interpuestas ante la Delegación por la ciudadanía, referidas a abusos de autoridad y/o incumplimiento por parte de los funcionarios de los órganos sustantivos del Ministerio con presencia en el Departamento.

ü Organizar, elaborar y presentar periódicamente, informe ejecutivo sobre la problemática política, económica y social de los diferentes Departamentos.

ü Co-liderear con el MAGFOR, INAFOR, MARENA, MIFIC (AdFoRest), el proceso de formulación y ejecución de la estrategia y políticas de tierras a nivel nacional en el sector reformado, urbano y rural.

§ Ministerio de Salud La División de Planificación de este ministerio le corresponde coordinar el proceso de descentralización de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica.

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§ MIFIC Con el fin de apoyar al MIFIC a promover el uso adecuado de los recursos naturales del dominio del Estado, éste debe auxiliarse en entidades desconcentradas, para dar una administración sectorial apropiada a los recursos naturales (Arto. 4 y 49). Así se estructura en las siguientes entidades desconcentradas.

- Administración Nacional de Recursos Geológicos (ADGEO) - Administración Nacional de Pesca y Acuicultura (ADPESCA) - Administración Forestal Estatal (ADFOREST) - Administración Nacional de Aguas (ADAGUAS)

-Del Ordenamiento Territorial En el 2001 el Poder Ejecutivo emitió se aprobó el Decreto No.90-2001, que establece la Política General para el Ordenamiento Territorial, disposición que espera contribuir al proceso de descentralización, administrativa, política, económica y social, fortaleciendo la estructura política y administrativa territorial, así como la participación ciudadana, dejando también como eje estratégico el reforzamiento de las capacidades locales de las regiones Autónomas del Atlántico. En el Arto. 1 de esta normativa se establece la necesidad de fortalecer la gestión administrativa del Estado en el territorio, la coordinación interinstitucional y la gestión de los gobiernos regionales autónomos, municipales y la sociedad civil en función del desarrollo territorial de forma sostenible. Dentro de los lineamientos que signa el Decreto en su Arto. 5, se destacan:

ü Impulsar la organización de los gobiernos regionales autónomos y municipales y la sociedad civil, bajo la conducción técnica y normativa del INETER y en el ámbito de la gestión ambiental el MARENA.

ü Promover la activa participación de los principales actores de la sociedad civil que demuestren interés en los municipios,

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ü Impulsar la creación de los bancos de datos para el ordenamiento territorial, lo que permite un sistema más organizado y accesible para obtener la información necesaria para la toma de decisiones.

ü Fortalecer la coordinación inter-institucional de conformidad con lo previsto en la Ley 290, su reglamento y demás disposiciones legales; en función de la búsqueda del ordenamiento territorial, y con el fin de evitar la duplicidad de esfuerzos, recursos económicos y funciones; lo cual debilita la gestión del gobierno ante los actores locales, la credibilidad ante los organismos donantes y limitan el desarrollo integral.

La elaboración de los Estudios de Ordenamiento Territorial Municipal (EOTM) les corresponde a las alcaldías quienes contarán con la asesoría y apoyo técnico de INETER, MARENA, MAGFOR, MTI e INIFOM según el decreto 78-2002 que dicta las normas, pautas y criterios para el ordenamiento territorial. Dichos estudios serán la base para los Planes de ordenamiento territorial municipal (POT) y/o Plan de desarrollo municipal (PDM), los cuales deben ser tomados en cuenta para inversiones o estrategias de desarrollo que se quieran implementar en la zona. La creación del plan de ordenamiento territorial de cada municipio se establece en fases según el Arto. 68 que son:

1) Instalación del proceso del plan de ordenamiento territorial como instrumento rector del plan de desarrollo municipal. Esta instalación se hace mediante acuerdo del Consejo Municipal. 2) Formulación del plan de ordenamiento territorial. Se realiza de conformidad con las disposiciones técnicas de la metodología para la elaboración de los Planes de Ordenamiento Territorial Municipal, la cual lleva implícita la concertación entre actores. 3) Aprobación técnica del plan de ordenamiento territorial del municipio. La realiza la comisión técnica establecida en el Arto. 69 a solicitud del Consejo Municipal y de los Consejos Regionales en el caso de la Costa Atlántica, mediante dictamen técnico sustentado y remitido al Consejo Municipal o Regional que lo solicitó. 4) Concertación del plan de ordenamiento territorial, validación y aprobación por el Consejo Municipal mediante ordenanza municipal y que sirve de insumo sustantivo al plan de desarrollo municipal.

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5) Implementación de los objetivos y líneas estratégicas en los diferentes plazos identificados y diseño de las herramientas e instrumentos técnicos para alcanzar los objetivos y estrategias del plan.

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Cuadro No. 1 Matriz resumen del Análisis de la Legislación Nacional competente al manejo de los Recursos Naturales.

ÁREA INSTRUMENTO GENERALIDADES OBSERVACIONES

Política Ambiental

-Especifica la necesidad de participación de la sociedad civil como aliado del Estado

-Establece la descentralización como necesidad de la modernización del Estado y el desarrollo de las capacidades locales

-Emite el Decreto No.25 - 2001 donde incluye Plan Ambiental Nacional.

Legislación General del Medio Ambiente

Ley No. 217

-Establece la regulación para la gestión del medio ambiente y los recursos naturales,

-Destaca la necesidad de la coordinación interinstitucional y la concertación con la sociedad civil

-Para la gestión de los recursos naturales deben tomarse en cuenta criterios, planes y prioridades del país, municipio o región autónoma y comunidad indígena donde se encuentren los

-El Arto. 7 deja al margen la participación ciudadana

-

- Queda indefinido el papel de los municipios en la Región Atlántica

-En los procesos de Permisología y EIA los municipios se encuentran relegados a ser actores de consulta

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recursos

-Cruce de funciones entre los ministerios

-Mínimo respaldo por parte de la Ley Tributaria a los incentivos económicos que la Ley 217 ofrece.

Decreto No. 8-98

-Normas y procedimientos para la exportación e importación de especies de flora y fauna establecen la necesidad de una relación interinstitucional

Legislación del Recurso Biodiversidad Anteproyecto de Ley de

Biodiversidad

-la participación ciudadana se vuelve un instrumento de gestión priorizado

- Se debilita la función de los municipios al dejarlos como emisores de opinión

-Incentivos que no se respaldan con la Ley Tributaria

Decreto No. 37-98

-Delega funciones de aplicación al MAGFOR, autoridades departamentales y a Policía Nacional

-No se especifican los procedimientos de coordinación

Legislación del Recurso Forestal Ley No. 462

-Crea distritos forestales desconcentrados

-Municipalidad y gob.regional actores de decisión en planes forestales

-Protección de áreas forestales es función desconcetrada

Legislación de Áreas Protegidas (AP)

La ley 217

- Establece la creación del SINAP

-Establece coordinación entre el SINAP y los Consejos regionales

-Incentivos no cuentan con respaldo legal.

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-Las AP pueden ser cedidas en administración a terceros

Legislación del Recurso Hidrocarburo

ley No. 286

-Involucra a los gobiernos locales y diversos sectores implicados, en la realización de los estudios

-Sólo el Consejo Regional Autónomo goza de estabilidad legal, al requerirse su aprobación

Legislación del Recurso Minas

Ley 387

-Conformó la Comisión Nacional de Minería -Los Consejos Municipales son agentes de opinión

Legislación del Recurso Pesca

Ley 489

-Crea AdPesca

-Delega al MARENA la actividad pesquera y de acuicultura en AP

-Explotación de los recursos hidrobiológicos del mar Caribe a los gobiernos Regionales de la Costa Atlántica

-Convenio de delegación de atribuciones con municipaildades

Legislación Especial

Ley No.40, Ley de los Municipios

-Descentralización y desconcentración del Estado

-Responsabilidad que tienen los gobiernos municipales en cuanto a la Conservación del ambiente y los recursos naturales

-Necesidad de alianzas intra-Institucionales

-Importancia de la participación ciudadana

- De la administración gubernamental en las Regiones Autónomas del Atlántico

-Se crean los Consejos Regionales Autónomos

-Potestad de pedir informes e interpelar, a los ministerios y otros entes gubernamentales

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De la creación de las Unidades de Gestión ambiental (UGA

-Incorporar el componente ambiental en la planificación y políticas del sector

-canales de información al MARENA

-Proporcionar información y contribuir al SINIA

Ley 475, De la Participación Ciudadana

-Instancias de participación ciudadana:

-Los Cabildos Abiertos Municipales;

-Los Comités de Desarrollo Municipal y Departamental;

-Petición y denuncia ciudadana.

Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo

v Secretaría de la Presidencia

v Secretaría de Asuntos de la Costa Atlántica

v Entidades desconcentradas

v Estructuras orgánicas en los territorios

v Direcciones de descentralización

v De la red territorial: “Delegaciones regionales, departamentales y municipales”

v De la Dirección Coordinación de Delegación Departamental

v Ministerio de Salud

v MIFIC

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UAM CAM

CONSEJOS REGIONALES AUTÓNOMOS

MUNICIPIOS DE LA CA

CORPES

MUNICIPIO

SOCIEDAD CIVIL

CAC

CMAC

UGA

INABI

CNGA

SINIA

SINAP

MINISTERIO

MARENMAGFOMIFIC MINSA

CONADIBI UGA

ADPESC

CNM

ADGEO

UGA

INAFOR

CONAGR

CONAFO

SILAI

ADFORE

ADAGUA

ESTADO

Cuadro No 2.

Organigrama de instancias descentralizadas en diferentes instancias a nivel gubernamental, municipal y de la sociedad civil.

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6.2.2 Estudio de las competencias de diferentes entidades gubernamentales sobre la descentralización de la gestión ambiental y recursos naturales en Nicaragua. Conforme a una revisión exhaustiva del marco legal ambiental y leyes competentes a la descentralización y desarrollo local, como son la Ley 290, Ley de Organización competencias y procedimientos del poder ejecutivo, la Ley de Autonomía de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica nicaragüense, la Ley de municipios y la Ley de participación ciudadana, entre otras, se observa como se ha promovido el desarrollo un nuevo enfoque que fomente la creación y operación de mecanismos institucionales que permitan una interacción fluida entre el Estado y la sociedad nicaragüense, sin embargo, se identifica que dentro de las mismas leyes y normas institucionales, se dan traslapes en las competencias, desacelerando el impulso del desarrollo local y descentralización de la gestión ambiental. Así mismo se observa que en las instituciones gubernamentales con competencia en la gestión ambiental y de recursos naturales como MARENA, MIFIC, MAGFOR, MINSA, MTI y los gobiernos regionales y municipales, tienen competencias concurrentes, en los cuales existen vacíos de procedimientos. En cuanto a la vigilancia y control de la gestión ambiental, la Ley 40 de municipios establece que estos procedimientos se realicen mediante sistemas de coordinación entre MARENA, MIFIC y MAGFOR según corresponda, pero los pocos recursos financieros que se destinan a los municipios para estas funciones por parte del gobierno central dificultan que sean ejecutables. Los municipios o Consejos Regionales según la zona geográfica del país están por mandato de ley responsables por velar y promover el uso racional de los recursos naturales, sin embargo la relegación de la que son víctimas por parte del gobierno central al ser actores de consulta simplemente para las Evaluaciones de Impacto Ambiental como determinación de las concesiones obstaculiza su función. Del mismo modo las Alcaldías, se identifica junto al MARENA y el MINSA como los entes responsables del manejo de desechos sólidos, sin embargo no se especifica los procedimientos de relación entre estas instituciones y municipalidades, faltando armonización y jerarquización de las actividades destinadas para cada sector.

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Cabe aclarar que dentro de las políticas de los municipios o las instituciones responsables de la gestión ambiental se encuentra insertado el proceso de descentralización, ubicándose dentro de los Programas Operativos Anuales (POA) de estas instancias o de planes de trabajo según sea el caso, sin embargo esto queda paralizado en esta etapa ya que no se cuenta con los recursos financieros para desempeñar las actividades o no se tienen los mecanismos administrativos necesario para ello, lo que deja un escenario bastante complejo. Por lo mismo, los municipios se quejan de tener una sobresaturación de atribuciones y no contar con los recursos necesarios para desarrollar las responsabilidades asignadas. Nuestro marco legal ha creado mecanismos descentralizadores, dentro de los cuales se encuentran las Secretaria de la Presidencia, establecidas para facilitar la comunicación del ejecutivo en el territorio y la creación de todo un entramado de instancias y administraciones representativas de cada uno de los Ministerios, delegadas para facilitar asistencia técnica en materia ambiental a las municipalidades. Sin embargo no existen suficientes procedimientos esquematizados que indiquen a las instituciones como ejecutar sus planes, ni tampoco una sistematización de experiencias que permita valorar los éxitos y fracasos de los procesos a través de un sistema de información. Esto, aunado a la falta de coordinación y armonización entre las instituciones concernientes, provoca mayor dificultad para la implementación, entendimiento y apropiación de la sociedad local para con el desarrollo de la gestión ambiental. La ley 290 ha desarrollado de manera integral el enfoque de desarrollo local y de igual manera ha vinculado el alcance y competencias de Instituciones como MARENA, MIFIC, INAFOR, MINSA, con las municipalidades y los gobiernos Regionales, lo que de manera alterna, ha traído consigo poca claridez en los lineamientos interinstitucionales. De igual manera, como en las mismas leyes se dictamina la acción a efectuar, pero no se especifica cómo ha de desarrollarse, así, tal vez sea menester establecer procesos a seguir, que unifique a cada una de las instituciones a funcionar de manera consensuada y en vista de un norte común, donde tomar como punto de partida la inclusión de la sociedad civil, como eje para fomentar de manera integral la autosostenibilidad de las funciones en el territorio.

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A nivel municipal, quizás por la naturaleza misma de ser una menor unidad administrativa, existe una mayor coordinación entre todos los actores de la gestión ambiental, conformado células especializadas en el tema como son las las Comisiones Ambientales Municipales, donde se realiza una buena concertación y coordinación, tanto de la sociedad civil como de las delegaciones territoriales. No obstante, la gestión ambiental, se fundamenta en el seguimiento, monitoreo y control que se requiere dar a cada una de las actividades que se desarrollan en los territorios, pero éstas herramientas son relegadas a un segundo plano por carencia de recursos y por no estar dentro de las prioridades de las instituciones. Del mismo modo, la Ley de Participación Ciudadana y de Autonomía de las Regiones del Caribe Nicaragüense, establece la inclusión de la sociedad en las tomas de decisiones en cuanto al manejo de los recursos naturales, lo que se limita en la práctica producto de la ausencia en la Ley 217 y la Ley 462 de mecanismos de inclusión, afectando temas como la concesión de hectáreas para aprovechamiento forestal, o bien para los casos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) que se dan en las Regiones autónomas y Municipalidades. De modo que se puede inferir que la Gestión ambiental, es un proceso que está en desarrollo, que cuenta con un Marco Legal bastante completo, donde se integra a los ejes centrales para su puesta en marcha pero es altamente deficiente en mecanismos y procesos de ejecución causando ciertos tropiezos.

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6.4 Determinación de los instrumentos de Gestión Ambiental

6.3.1 Instrumentos de Gestión ambiental establecidos por la Ley 217

La Ley General de Medio Ambiente, Ley 217, establece en el Arto. 11 los instrumentos a utilizarse para la gestión ambiental, como el conjunto de políticas, directrices, normas técnicas y legales, actividades, programas, proyectos e instituciones que permiten la aplicación de los principios generales. A continuación se realiza una breve descripción de cada uno de ellos para un mejor entendimiento de las experiencias a analizarse en el siguiente acápite: 11)) DDee llaa PPllaannii ffiiccaacciióónn yy LLeeggiissllaacciióónn Los recursos naturales son un potencial de desarrollo económico, por ende la gestión adecuada de los mismos debe ser fundamental en las fases de planificación del Programa de Desarrollo Nacional. En cuanto a la legislación se puede afirmar que Nicaragua cuenta con un compendio de leyes ambientales bastante amplio en relación con el resto de Centro América. Sin embargo aún se encuentran profundas debilidades en cuanto a los procesos administrativos para su implementación.

Según la ley 217 Se establece en el Arto. 12 que para los procesos de planificación del desarrollo nacional, regional y municipal, se debe integrar elementos ambientales. Dentro del ámbito de su competencia, todos los organismos de la administración pública, entes descentralizados y autoridades municipales deben prever y planificar la no afectación irreversible y la protección y recuperación del ambiente y los recursos naturales para evitar su deterioro y extinción.

22)) DDeell OOrrddeennaammiieennttoo AAmmbbiieennttaall ddeell TTeerrrrii ttoorriioo El Ordenamiento Ambiental del Territorio es una herramienta que ha sido puesta en función dentro de lo que es el ordenamiento territorial, necesario para la toma de decisiones y planificación de cualquier programa o proyecto que se desee implementar ya se de carácter público o privado.

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Según la ley 217 El ordenamiento ambiental del territorio es una herramienta esencial para la planificación de los planes de desarrollo municipal, regional o nacional, que tiene como objetivo alcanzar la máxima armonía posible en las interrelaciones de la sociedad con su medio ambiente. Los planes de ordenamiento territorial según el artículo 16 deberán ser elaborados y ejecutados por las autoridades municipales, y en el caso de las regiones autónomas de la Costa Atlántica le compete a los Consejos Regionales.

33)) DDee llaass ÁÁrreeaass PPrrootteeggiiddaass El instrumento de Áreas Protegidas se puede afirmar que es el que goza de mayor definición jurídica, además la variedad de experiencias bajo esta categoría es altamente palpable. Y es definido según el Congreso Mundial de Parques Nacionales y Áreas Protegidas como “Una superficie de tierra y/o mar especialmente consagrada a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, así como de los recursos naturales y los recursos culturales asociados, y manejada a través de medios jurídicos u otros medios eficaces”.

El utilizar el manejo de una zona como área protegida implica cambios económico-sociales que deben ser tomados en cuenta y a los cuales deben dársele un acompañamiento estricto para lograr una adecuada interacción. Actualmente la presencia de organismos no gubernamentales que se involucran dentro de los procesos de co manejos de áreas Protegidas es altamente representativa, lo que permite mayor flujo de capital para su administración, ejemplo Centro de Acción y Apoyo al Desarrollo Rural (CENADE).

Según la ley 217 El declarar una zona área natural protegida tiene como fin, el preservar los ecosistemas naturales de la zona, entre otros objetivos que se especifican en el Decreto 14-99, y el Decreto 66-99. Para una mejor gest ión de las Áreas Protegidas el Estado ha creado a través del Arto. 18 el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

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Es necesario agregar que la participación de los habitantes dentro de la ejecución de este instrumento es crucial, lo cual se establece en el Arto. 19 de la Ley.

44)) DDee PPeerrmmiissooss yy EEvvaalluuaacciioonneess ddee IImmppaaccttoo AAmmbbiieennttaall Las Evaluaciones de Impacto Ambiental son uno de los instrumentos de Gestión Ambiental más discutidos en cuanto a su proceso de descentralización, actualmente existe el Decreto No.45-94 donde se especifican los procedimientos a seguir por parte del MARENA para otorgar el permiso ambiental. Éste descentraliza a las municipalidades el otorgar permisos ambientales a aquellas actividades que no salen descritas en la tasa taxativa de la misma. Sin embargo deja como actor de opinión a las alcaldías en proyectos de gran magnitud que ejercen una influencia directa dentro de su jurisdicción.

Según la ley 217 Los permisos ambientales son un instrumento de control para aquellas actividades que por sus características puedan causar deterioro al medio ambiente. Estos se dividen según el artículo 25, en dos categorías, los que otorga el MARENA, que se estima sean los de mayor impacto ambiental, para los cuales se requiere un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) previo, y los que otorgan las municipalidades que son basados en un formulario ambiental establecido por MARENA y son de menor magnitud.

55)) DDeell SSiisstteemmaa NNaacciioonnaall ddee IInnffoorrmmaacciióónn AAmmbbiieennttaall ((SSIINNIIAA)) El SINIA es un sistema de información que pretende articular actores nacionales, regionales y municipales que trabajan por lograr que el proceso nacional de desarrollo se fortalezca con una Gestión Ambiental eficiente. Este sistema utiliza como mecanismo la creación de Nodos Regionales para que se de una descentralización que lleve a lo largo del territorio la información. Este instrumento es altamente funcional para la toma de decisiones ya sea a nivel local o nacional.

Según la Ley 217 El SINIA se establece en el Arto. 31 y será conformado por los organismos e instituciones públicas y privadas dedicadas a generar información técnica y

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científica sobre el estado del ambiente y los recursos naturales, bajo la responsabilidad del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales. La consulta de la información que este sistema maneje será de libre consulta, salvo aquella que esté restringida por leyes específicas.

66)) DDee llaa EEdduuccaacciióónn,, DDiivvuullggaacciióónn yy DDeessaarrrrooll lloo CCiieenntt ííff iiccoo yy TTeeccnnoollóóggiiccoo.. La educación ambiental es un instrumento de gestión ambiental indispensable para poder llevar a cabo cualquier estrategia de desarrollo sustentable, la necesidad de crear una plataforma social sólida en la que la gestión ambiental sea un lineamiento, demanda que dentro de los sistemas educativos, la educación ambiental empiece a ser una de las prioridades. Se pueden establecer dos tipos de educación: la formal, que se imparte dentro del sistema de educación público o privado; y la no formal, que no se encuentra dentro del marco de carácter escolar. Sin embargo este instrumento aún se encuentra desvalorizado dentro de la legislación nacional. Los medios de divulgación más utilizados en Nicaragua son el medio radial y televisivo. En cuanto al desarrollo científico y tecnológico el sector universitario es el que lleva la vanguardia.

Según la Ley 217 La educación ambiental se le ha delegado al Sistema Educativo Nacional y los medios de comunicación social, a través del Arto. 34 y 35 la responsabilidad de promover la Educación Ambiental ya sea por la educación formal como la no formal. En cuanto a la divulgación no se especifica nada, quedando este instrumento con un alto vacío institucional, y reflejado sólo dentro de la educación ambiental que será reproducida a través de los medios de comunicación. Lo que respecta al desarrollo científico y tecnológico se encuentra reducido su descripción y funcionamiento en la ley y se especifica sobre los actores que ejecutaran un programa nacional de ciencia y tecnología ambiental para el desarrollo sostenible en el Arto. 37.

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Se puede afirmar que en este acápite se encuentran juntos tres instrumentos de gestión ambiental, los cuales al estar organizado de esta forma pierden relevancia y exactitud en cuanto a su forma de implementación.

77)) DDee llooss IInn cceenntt iivvooss Tradicionalmente la gestión ambiental se ha visto implementada sólo a base de instrumentos de regulación y control, quedando un poco olvidados los instrumentos basados en incentivos. Sin embargo, el marco legal nacional estipula dichos instrumentos, aunque no se tomen de forma representativa, factor fundamental por falta de la ejecución de políticas que estimulen este sector, así como de procedimientos claros dentro de la Ley Tributaria. Los incentivos como instrumentos de Gestión Ambiental son una estrategia viable y con mejor cabida en los sectores económicos que las sanciones y regulaciones tradicionales.

Según la Ley 217 La Ley establece diferentes mecanismos de incentivos económicos con los que se beneficiaran tanto a personas naturales como jurídicas que se destaquen en la protección de los recursos naturales y del ambiente. Aunque se especifican beneficios económicos dentro de la Ley no se establece claramente los actores del Estado que aplicaran los procesos para el otorgamiento de dichos beneficios, lo que crea incertidumbre bajo el término de Estado (ej: Arto. 38 y 39) lo que puede provocar un vacío en la legislación que permita que no se asuman estas responsabilidades por ninguna institución Estatal. Así mismo, según el Arto. 40 y 44, el Estado garantizará facilidades a aquellas empresas que una vez agotadas las opciones y alternativas tecnológicas factibles para resolver la contaminación y la afectación a la salud y seguridad pública que provocan, deban ser reubicadas en un sitio menos riesgoso y fomentará mediante incentivos fiscales las inversiones para el reciclaje de desechos domésticos y comerciales para su industrialización y reutilización, acorde a los procedimientos técnicos y sanitarios que aprueben las autoridades competentes. Sin embargo actualmente existe una visión estrecha en el sector privado que no ha permitido que se obtenga el máximo provecho de esta oportunidad.

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88)) DDee llaass IInnvveerrssiioonneess PPúúbbll iiccaass Dentro de las inversiones públicas el gobierno debe de contemplar que se invierta en obras destinadas a la gestión ambiental.

Según la Ley 217 Dentro de la Ley, los instrumentos de gestión ambiental correspondiente a las inversiones públicas no estipula ninguna inversión que sea directa a la gestión ambiental, sino que dentro de las obras públicas se requiere de inversiones destinadas al mejoramiento de la calidad de vida, así como asegurar la planeación y ejecución de los estudios de impacto ambiental cuando lo demande el caso.

99)) DDeell FFoonnddoo NNaacciioonnaall ddeell AAmmbbiieennttee El estado debe crear mecanismos que le permitan financiar iniciativas de Gestión Ambiental. La única institución que se ha creado con este fin es el Fondo Nacional del Ambiente, la cuál es alimentada financieramente por lo obtenido de las multas según el Arto. 50 de la ley 559.

Según la Ley 217 Se crea el Fondo Nacional del Ambiente (FNA) para desarrollar y financiar programas y proyectos de protección, conservación, restauración del ambiente y desarrollo sostenible, según el Arto. 48, el cuál se puede asignar como principal aliado de los incentivos anteriormente descritos. Dicho fondo será obtenido de recursos financieros provenientes del otorgamiento de licencias ambientales, multas y decomisos por infracciones a esta Ley. Así como donaciones nacionales e internacionales.

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1100)) DDee llaa DDeeccllaarraacciióónn ddee ÁÁrreeaass ccoonnttaammiinnaaddaass yy ddee llaass EEmmeerrggeenncciiaass AAmmbbiieennttaalleess Este instrumento se enfoca en la acción y en las consecuencias de una gestión ambiental ineficiente. La ley sólo describe la potestad de poder declarar un área de emergencia pero no se especifican las acciones que se llevaran a cabo en el sitio.

Según la Ley 217 Las áreas contaminadas y de emergencia ambiental pueden ser declaradas como tales ya sea por la presidencia de la república a propuesta del MARENA, por los Consejos Regionales Autónomos de la Costa Atlántica como los Consejos Municipales.

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Cuadro No. 3 Matriz resumen de los Instrumentos de Gestión Ambiental establecidos en la Ley 21

INSTRUMENTO LEY 217 OBSERVACIONES

1) De la Planificación y Legislación

-Todos los organismos de la administración pública, entes descentralizados y autoridades municipales deben prever y planificar la no afectación irreversible y la protección y recuperación del ambiente y los recursos naturales para evitar su deterioro y extinción.

-Nicaragua cuenta con un compendio de leyes ambientales bastante amplio en relación con el resto de Centro América.

2) Del Ordenamiento Ambiental del Territorio

-El ordenamiento ambiental del territorio es una herramienta esencial para la planificación de los planes de desarrollo municipal, regional o nacional.

-Función dentro de lo que es el ordenamiento territorial, necesario para la toma de decisiones y planificación de cualquier programa o proyecto que se desee implementar ya se de carácter público o privado.

3) De las Áreas Protegidas

-El declarar una zona área natural protegida tiene como fin, el preservar los ecosistemas naturales de la zona, entre otros objetivos que se especifican en el Decreto 14-99, y el Decreto 66-99.

-Goza de mayor definición jurídica

-Variedad de experiencias

4) De Permisos y Evaluaciones de Impacto Ambiental

-Los permisos ambientales son un instrumento de control para actividades que puedan deteriorar el medio ambiente.

-Son uno de los instrumentos de gestión Ambiental más discutidos.

-Descentraliza a las municipalidades el otorgar permisos ambientales a aquellas actividades que no aparecen en la lista

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taxativa de la misma.

-Deja como actor de opinión a las alcaldías en proyectos de gran magnitud que ejercen una influencia directa dentro de su jurisdicción.

5) Del Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA)

-Será conformado por organismos e instituciones públicas y privadas dedicadas a generar información técnica y científica sobre el estado del ambiente y los recursos naturales, bajo la responsabilidad del MARENA.

-Es un sistema cuyo objetivo es articular actores nacionales, regionales y municipales que trabajan por lograr que el proceso nacional de desarrollo se fortalezca con una Gestión Ambiental eficiente.

6) De la Educación, Divulgación y Desarrollo Científico y Tecnológico

-Delegan al Sistema Educativo Nacional y los medios de comunicación, la promoción de la educación ambiental de manera formal y no formal.

-El instrumento de divulgación no es especificado dentro de la ley y se establece dentro de la educación ambiental su reproducción a través de los medios de comunicación.

-El desarrollo científico y tecnológico se encuentra reducido su descripción y funcionamiento en la ley y se especifica sobre los actores que ejecutaran un programa nacional de ciencia y tecnología ambiental para el desarrollo sostenible.

-Este acápite reúne tres instrumentos importantes para la gestión ambiental, los cuales al estar organizado de esta forma pierden relevancia y exactitud en cuanto a su forma de implementación.

7) De los Incentivos

-Establece diferentes mecanismos de incentivos económicos con los que se beneficiaran tanto a personas naturales como jurídicas que se destaquen en la protección de los recursos naturales y del ambiente.

-Aunque se especifican beneficios económicos dentro de la Ley no se establecen los actores del Estado que aplicaran los procesos para el otorgamiento de los mismos.

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8) De las Inversiones Públicas

-Mandata inversiones destinadas al mejoramiento de la calidad de vida, así como asegurar la planeación y ejecución de los estudios de impacto ambiental cuando lo demande el caso.

-Las inversiones públicas del gobierno deben contemplar invertir en obras destinadas a la gestión ambiental.

9) Del Fondo Nacional del Ambiente (FNA)

-El estado debe crear mecanismos que le permitan financiar iniciativas de Gestión Ambiental. El Fondo Nacional del Ambiente, fue creada con este fin, éste se alimenta financieramente de lo obtenido de las multas según el Arto. 50 de la ley 559.

10) De la Declaración de Áreas contaminadas y de las Emergencias Ambientales

-Las áreas contaminadas y de emergencia ambiental pueden ser declaradas como tales ya sea por la presidencia de la república a propuesta del MARENA, los Consejos Regionales Autónomos de la Costa Atlántica y los Consejos Municipales.

-La ley describe la potestad de declarar un área de emergencia mas no especifica las acciones a desarrollarse en el sitio.

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6.3.3 Otros

Se ha constatado en la práctica, que aún cuando las leyes y normas contemplan instrumentos destinados a manejar, proteger y conservar los recursos naturales, existe una gran discordancia en la implementación y éxito de los mismos. La mayoría de los instrumentos que el marco legal ambiental propone, se enfocan en la conservación y protección de los recursos, y relegan la interacción social económica, ambiental, que el resguardo de los recursos naturales debería tener para ser viable. Es así, que se exponen a continuación mecanismos con un enfoque que además de fomentar prácticas de manejo sostenible de suelo y agua, generan fuentes de ingresos adicionales, contribuyendo al mejoramiento de la calidad de vida de las personas.

� Pago por Servicios Ambientales (PSA)

Los ecosistemas naturales proveen una serie de servicios ambientales que en nuestro país sufren escasa valoración y reconocimiento por parte de los consumidores o usuarios. Dentro de los cuales se encuentran, el secuestro de carbono, regulación del clima, servicios hidrológicos e hidroeléctricos, belleza escénica y la prevención de desastres. El mecanismo de Pago por Servicios Ambientales (PSA), parte de la premisa que los proveedores de servicios ambientales, se verán compensados por los mismos, mientras que los beneficiarios de los servicios han de pagar por ellos. Dentro de los requisitos del PSA, se debe establecer un Fondo de Servicios Ambientales con un marco institucional sólido que lo respalde y los pagos de los mismos tienen que ser continuos y dirigidos a sus productores.

� Producción Más Limpia

Como respuesta preventiva ante la contaminación generada, principalmente en el sector industrial surge el instrumento de Producción Más Limpia (PML). Este mecanismo concentra su atención en las mejoras de procesos productivos y no solo en los residuos que ya han sido generados por los mismos como se da en las comunes prácticas de “final del tubo”. Así mismo el cumplimento de la legislación

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ambiental genera beneficios económicos para el empresario que son notables a mediano plazo, lo que despierta el interés por parte del sector a este instrumento.

La producción limpia se lleva a acabo en tres áreas: Procesos: Consiste en la conservación y ahorro de materias primas, insumos, agua y energía; reducción y minimización de la cantidad y toxicidad de emisiones y residuos y eliminación de materias primas tóxicas; el reciclaje de la máxima proporción de residuos en la planta o bien fuera de ella. Productos: Se busca la reducción de los impactos negativos que acompañan el ciclo de vida del producto, desde la extracción de las materias primas hasta su disposición final. Servicios: Es la incorporación de la dimensión ambiental, tanto en el diseño como en la prestación de los mismos.

Actualmente existe en el país un Centro de fomento a la Producción Más Limpia (CPML), que nació en el año 1998, como una iniciativa de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), con la cooperación financiera del gobierno de Austria. Así mismo el Estado también ha presentado interés en esta área, estableciendo la Política de Producción Más Limpia en el Decreto No. 22-2006-07-04 a inicios del 2006.

� Seguros de responsabilidad Los seguros de responsabilidad consisten en un resguardo económico por si se dieran daños ambientales, de tal forma se podrían cubrir los efectos producidos y los gastos que se incurran para la estabilización de la zona afectada. Son un mecanismo que puede considerarse preventivo, la empresa aseguradora en este caso, también sirve como instancia de monitoreo hacia su cliente, para velar el cumplimiento de las condicionantes establecidas. Estas aseguradoras deben de crear alianzas con el MARENA, para recibir por parte de la institución las normas y las directrices a seguir según las políticas del Estado. Una ventaja de este mecanismo es que se garantiza la indemnización inmediata, evitando los gastos que implica la participación del Estado, ya sea mediante el sistema judicial o la vía administrativa. Sin embargo para esto es necesario

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establecer un marco jurídico en el cual se asegure que los responsables de los daños ambientales sean siempre forzados a pagar las indemnizaciones. La introducción dentro de las compañías de seguro de este nuevo modelo representan una necesidad, y pueden ser considerados de obligatoriedad adquisición si el estado lo cree pertinente. Así mismo dichas compañías deben crear un sistema que mida el nivel de riesgo de cada empresa y cuantifique el daño con el fin de establecer un límite para la póliza. � Tasas retributivas: Con este instrumento las instituciones estatales competentes cobran un cargo a las fuentes contaminantes o usuarios individuales según la contaminación que generan. Es decir que los usuarios pagan más cuotas si generan mayores desechos que deberán ser manejados. Dentro de la contaminación hídrica se contempla como el cobro de los vertimientos puntuales de carga contaminante medida en kilogramos por semestre de Demanda Bioquímica de Oxígeno (DBO) y de Sólidos Suspendidos Totales (SST) Este instrumento pretende inducir al actor contaminante a desarrollar alternativas de manejo de residuos que sean menos costosas que las tasas, incentivando así la innovación tecnológica con opciones de mínimo costo. Esto se logra con más frecuencia cuando los cargos son lo suficientemente altos para generar iniciativas en el sector privado y público.

� Impuestos ambientales Los impuestos ambientales consisten en añadir un cobro a aquellos servicios y bienes que se beneficien por la protección y conservación del medio ambiente. Es decir, generan ganancias financieras dándole valor agregado a la protección y buen manejo de los recursos naturales. Los impuestos se clasifican en directos e indirectos, y los criterios que los distingue pueden ser atendiendo al momento de la recaudación. Este instrumento es altamente debatible sobre su aplicación en países de tercer mundo debido a la situación económica que enfrentan dichos países, sin embargo existen ejemplos cercanos de su exitosa implementación como es el caso de Costa Rica.

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� Planes Graduales Integrales de Reducción de la Contaminación Industrial (PGIRCI). Según el Arto. 3 de dicha resolución es competencia de la Dirección General de Calidad Ambiental (DGCA), dirección del MARENA como la autoridad de aplicación. Los PGIRCI son instrumentos de planificación de alta prioridad, establecidos dentro de la Resolución Ministerial 04- 2000, que tienen por objeto determinar acciones especificas en tiempo y forma para la reducción de la contaminación industrial proveniente de los vertidos líquidos, desechos sólidos no peligrosos, residuos peligrosos y emisiones atmosféricas. Se encuentran integrados por los siguientes componentes según el Arto 4:

ü Reducción de la contaminación proveniente de los vertidos líquidos. Este componente incluye el Plan gradual de descontaminación de los vertidos líquidos de acuerdo a lo establecido en el Decreto 33-95, y el Plan para la Reducción del Uso del Agua que se elabore para el sector industrial.

ü Reducción de la contaminación proveniente de los desechos sólidos no peligrosos y residuos peligrosos.

ü Reducción de la contaminación proveniente de las emisiones atmosféricas que correspondan.

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6.5 Diagnóstico de la situación actual de las instituciones ante los procesos de descentralización

6.4.1 Asociación de Municipios de Nicaragua (AMUNIC)

La Asociación de Municipios de Nicaragua (AMUNIC), es uno de los principales actores dentro del proceso de descentralización, ya que es el representante formal de las alcaldías del país. Es una asociación sin fines de lucro, que surge en 1993 y está integrada por los 153 municipios del país, constituidos como órgano de gobierno conformado por los alcaldes. Dentro de los valores que rigen dicha institución destaca el compromiso a la autonomía, la descentralización y el desarrollo integral de los municipios. La asociación pretende a que los municipios alcanzen:

- Un sistema de planificación municipal participativo - Mejoren sus niveles de organización interna y sistemas de información - Aumente sus niveles de recaudación tributaria y realicen una eficiente

ejecución presupuestaria - Cumplimiento de las normas de control interno.

Dentro de sus ejes se encuentra la promulgación de la política nacional de descentralización y desarrollo local, ya que en la misma se definan roles y competencias de los diferentes niveles del gobierno y los recursos que le corresponden a cada uno. De manera integral, la asociación vela porque los municipios sean los facilitadores del desarrollo económico sostenible, centrado en el desarrollo humano con equidad de género, generacional y étnica. Dentro de las metas del Plan Estratégico Institucional 2005-2009 de AMUNIC se espera que las municipalidades se fortalezcan con la transferencia de competencias, recursos financieros-técnicos y metodologías desde los sectores nacionales, en la medida que avanza el proceso de descentralización en Nicaragua. Actualmente los esfuerzos realizados por la institución a favor de la descentralización son palpables. Ejemplo de esto es el programa de “Simplificación de trámites municipales” auspiciado por la Secretaría de Asuntos Económico del Gobierno de Suiza (SECO), donde se pretende reducir aspectos de regulación al sector privado a través del fortalecimiento de las capacidades institucionales de las

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municipalidades intermedias de Nicaragua. El Proyecto tiene como objetivo dotar a los municipios de capacidades para contribuir al establecimiento de mecanismos efectivos de desarrollo económico local, teniendo como grupo meta de atención las PyMES por su alto volumen lo que representa más impuestos locales y más inversión formalizada en las distintas localidades. Como mecanismo de ayuda, la asociación desarrolló el sistema de planificación municipal, como el principal instrumento que define la orientación del desarrollo y las inversiones para el mismo. Para la articulación del mismo, ha contado con el apoyo del FISE, parte del sistema de financiamiento descentralizado del gobierno, con el que se pueden crear convenios a través de funciones de planificación y seguimiento de la inversión de los recursos.

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6.4.2 Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (MARENA)

El MARENA enfrenta un proceso de reestructuración orientado por el principio fundamental del programa de gobierno que es el desarrollo de un gobierno facilitador. De manera que la desconcentración y la descentralización son procesos priorizados. MARENA ha avanzado considerablemente en ambos procesos, ya que dentro de sus lineamientos cuenta con una estrategia de descentralización y otra de desconcentración con sus planes de acción respectivamente. Como parte de la desconcentración el MARENA dentro de un proceso interno a dividido funciones, el nivel central ha quedado como el encargado de definir políticas, estrategias y normas, y las Delegaciones Territoriales (DTs) coordinadas por la División General de Coordinación Territorial y Operaciones Centrales (DGCTOC) son las responsables de darle seguimiento a lo dictaminado por el nivel central. Un paso para avanzar en la desconcentración es que actualmente el MARENA enfoca su plan operativo anual en el fortalecimiento de la red territorial obteniendo como uno de los principales logros el fortalecimiento y creación de nuevas Comisiones Ambientales Municipales (CAMs).

El desarrollo de las CAMs surgió en el año 2000, de acuerdo a lo establecido en la Ley 217 y la Ley 40 que posteriormente fue ratificada por ordenanzas. Vale destacar que este es medular para impulsar la integración de la sociedad civil, la cual, en coordinación con los gobiernos locales ha efectuado el abordaje y análisis de la problemática ambiental, propiciando el desarrollo de propuestas sostenibles. Las Comisiones Ambientales Municipales, son instancias de consulta, coordinación y participación en la gestión ambiental municipal, altamente eficientes, en las cuales se puede tener un mecanismo de comunicación entre las instituciones y los actores locales de forma más directa y eficaz. Así mismo han sido el canal en el cual se expresan las demandas de distintos sectores hacia las autoridades locales y centrales en materia ambiental. Las CAMs se han desempeñado eficientemente como órgano consultivo y asesor de las alcaldías en relación a la formulación de políticas, estrategia, diseño y ejecución de programas ambientales. Así mismo favorecen la promoción y gestión de la búsqueda de apoyo financiero externo e interno para implementación de

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programas de desarrollo sostenible en los municipios. Sin embargo el apoyo al monitoreo y seguimiento del cumplimiento de las ordenanzas municipales y/o los programas ambientales son responsabilidades en las que se requiere mayor esfuerzo com por parte de los actores involucrados. Para establecer las bases en las cuales las CAMs puedan tener un óptimo desempeño es necesario un reconocimiento por parte de las alcaldías municipales. Actualmente las CAMs gozan de un reconocimiento institucional abalado por ordenanzas municipales. Las delegaciones territoriales de MARENA son un aliado crucial de las CAMs, y su papel como acompañamiento y asesores es también necesario para el desempeño de las Comisiones Ambientales. Otros aliados con los cuales las CAMs presentan relaciones fructuosas son la Policía Nacional. Las CAMs se encuentran integradas por representantes de la Alcaldía, MARENA, MAGFOR, INTA, INAFOR, MINSA, MECD, ENACAL, Juzgados Locales, ONGs locales, Comisión de Energía, Consejo Municipal, Policía Nacional, Defensa Civil, Iglesia, Ejercito Nacional, CSE y otros actores locales. La conformación de las CAMs varía en el número de participantes según el municipio pero siempre se encuentran dentro las instituciones u organizaciones anteriormente mencionadas. De esta forma cabe destacar que la participación de las CAMs en las instancias del desarrollo local es alta en cuanto a los cabildos municipales y las asambleas comarcales. Dentro de sus múltiples funciones, las CAMs también juegan un papel de auditor social de la gestión ambiental municipal, agencias del estado y ONG´s permitiendo así reflejar las debilidades y fortalezas de la alcaldía Dentro del plan estratégico del MARENA para el 200-2007 se estipula dentro de los retos el “Funcionar en forma desconcentrada y rectorar activamente la gestión ambiental descentralizada” para lo cual se han establecido líneas de acción de las cuales destaca:

P Fortalecer la Dirección General de Regulación Ambiental con personal técnico para orientar y prestar asistencia técnica a la red territorial. P Establecer medidas y mecanismos de planificación, monitoreo, control y evaluación de las actividades de regulación ambiental en el territorio.

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P Delegar responsabilidades administrativas, financieras y técnicas hacia las Delegaciones Territoriales para agilizar la gestión institucional en el territorio. P Definir una estrategia de comunicación institucional para mejorar las relaciones entre las delegaciones territoriales y los actores locales. P Firmar con las autoridades regionales y municipales el convenio para la implementación del proceso de organización de la gestión ambiental descentralizada, en base a los principios y criterios del marco conceptual para la modernización de la gestión ambiental. P Acordar entre los 3 niveles de gobierno las competencias propias y concurrentes para la normación y regulación ambiental descentralizada. P Elaborar instrumentos de gestión ambiental que faciliten el proceso de descentralización de la gestión ambiental.

En cuanto a la descentralización el MARENA pretende realizarla de forma horizontal y vertical, viéndola como una meta a mediano plazo que se ira realizando de forma gradual. Para esto MARENA sabe que existe un Marco institucional que permite la descentralización y que la debilidad que enfrentan es su aplicación, siendo en la mayoría de los casos por falta de recursos financieros y ausencia de procedimientos detallados. Dentro de los obstáculos que se encuentran dentro de la institución para llevar a cabo el proceso de descentralización es que la mayoría del recurso humano calificado se encuentra concentración en las oficinas centrales del MARENA. Así mismo los equipos de las delegaciones territoriales muchas veces no logran cubrir las extensiones de áreas que les competen debido al poco personal y a la falta de recursos financieros que le permitan ejecutar adecuadamente sus funciones. Además cabe destacar que por la falta de recursos financieros o la mala distribución de los mismos, la gestión ha quedado limitada a la fase de planeación, y no se llega a ejecutar lo programado, llenándose la institución de planes archivados que nunca se implementan. Así mismo se han desarrollado como indicadores de eficiencia el número de planes o convenios en lugar de la calidad o efectividad de los mismos.

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6.4.3 Ministerio de Fomento Industria y Comercio (MIFIC)

El Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) lleva un proceso de descentralización bastante avanzado en comparación a los otros ministerios e instituciones. A través del Arto. 13 en la Ley 489 y en el Arto. 77 de la Ley 387 se establece AdPesca como entidad desconcentrada encargada de la administración pesquera y de acuicultura en el país, y AdGeo en lo que corresponde al recurso de la minería. De esta forma se inicia un proceso de descentralización y desconcentración horizontal y vertical de forma evidente.

Así mismo MIFIC ha realizado alianzas con las municipalidades para delegar ciertas funciones en lo que respecta a la minería y pesca, entre las que destacan las relacionadas con vigiliancia-control y permisología.

Entre los logros más importantes alcanzados por el MIFIC en cuanto al proceso de descentralización son los convenios llevado a cabo con las alcaldías municipales, en lo relativo con la administración de la minería y la pesca artesanal. Hasta la fecha se han llevado a cabo 19 convenios en lo que cuenta a la pesca artesanal entre los que están los municipios de Diriamba, Prinzapolka, San Juan del Sur, Altagracia, Granada, Acoyapa entre otros. En la Costa Atlántica, MIFIC es de los entes gubernamentales con más presencia seguido por el MINSA, firmando convenios con las alcaldías de Waspam, Bonanza, Rosita y Siuna; con el Programa RAAN Asdi RAAS referente a la descentralización de la permisología de la minería artesanal y convenios con las Alcaldías de Corn Island, Puerto Cabezas, Bluefields y Laguna de Perlas en lo concerniente a la descentralización de la permisología de la pesca artesanal. Cabe destacar, que una debilidad presentada en estos procesos es la vulnerabilidad económica de las municipalidades para llevar a cabo con efectividad estos convenios o alianzas, los instrumentos de logística con los que cuenta la alcaldía para hacerse cargo de las funciones que le dan los convenios son insuficientes, lo que provoca que muchas veces ni siquiera se alcance el objetivo de crear una oficina destinada a la administración del recurso pesquero o mineral dentro de las municipalidades. Así mismo el MIFIC no cuenta mecanismos para darle un seguimiento a la adecuada ejecución de todos estos acuerdos.

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6.4.4 Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR)

Es responsabilidad del Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR), la función de institución rectora en materia política forestal y agropecuaria. Como parte de la desconcentración que se viene impulsando desde hace unos años, a este Ministerio ha sido adscrito el Instituto Nacional Forestal INAFOR, como ejecutor de la política forestal y en materia agropecuaria, se estructura dentro del Ministerio el Consejo Nacional Agropecuario (CONAGRO). Las delegaciones territoriales se han propuesto crear las condiciones técnicas y logísticas para que de manera conjunta con las Delegaciones departamentales, alcaldías municipales, instituciones, ONGs , productores y empresa privada se pueda crear una agenda rural de desarrollo, involucrando a los principales actores del sector. El proyecto que hasta el momento recibe más ayuda externa es PRORURAL el cual subsiste por un fondo común de cooperación internacional. En materia de descentralización, se ha abierto una mayor vinculación horizontal y vertical (agro industrialización y aglomeración) de las actividades económicas agro productivas en los diversos territorios rurales. Asimismo, se viene creando mayor concertación de la gestión de la política de tierras, y planes para el manejo forestal y la reducción de la vulnerabilidad ambiental dada por el uso inadecuado de los recursos (disminución de la contaminación ambiental, manejo de residuos de café, lácteos, agua de arroz y otros). Sin embargo, aún faltan muchas tareas por hacer, dado que el Ministerio, no cuenta con los recursos suficientes para establecer un buen monitoreo y control en la materia ambiental, así como falta presencia y recursos para impulsar y apoyar aún más el sector agropecuario.

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6.4.5 Instituto Nacional Forestal (INAFOR)

El INAFOR es una institución de carácter descentralizado que surge en el año 1998, bajo la rectoría sectorial del Ministerio Agropecuario y Forestal MAGFOR. Según su ley procreadora, Ley 462 dicho instituto tiene por objeto velar por el cumplimiento del régimen forestal en todo el territorio nacional. Es a través de sus delegaciones territoriales que regula y controla los recursos naturales velando que el aprovechamiento del recurso forestal se dé de manera adecuada, eficiente y legal. En el año 2003 surgió el reglamento de la Ley 462, con el cual se empiezan a dar pautas para la desconcentración, ya que en este mandato se estipula la creación de las delegaciones en los distritos forestales desconcentrados que son los entes encargados de darle seguimiento y monitoreo al recurso forestal en los diferentes territorios de la nación. Para todo el país existe una división de 10 Distritos Forestales Desconcentrados, los que pueden abarcar uno o más municipios según las similitudes ecológicas, extensión de los territorios, el uso de los suelos, potencial y actividades forestales que tengan en común. Sin embargo, el número de delegados varía independientemente de la extensión del distrito. De manera general, la institución cuenta con muy poco personal para dar seguimiento y control en todo el territorio nacional. Casos concretos son el distrito 10 compuesto por Nueva Segovia, Madriz y Estelí, el cual es atendido por 12 delegados, que se encargan de darle seguimiento a 20 municipios. Otro caso esclarecedor es el de Waspan, que siendo el municipio más grande y con mayor territorio forestal, solamente cuenta con 2 delegados, los cuales deben hacer monitoreo, vigilancia y control a alrededor 10,000 km2 . Esta debilidad, hace hincapié en el bajo presupuesto suministrado a la Institución, lo cual dificulta poder llevar a cabo la inspección y monitoreo que todo control y vigilancia requiere. INAFOR a diferencia de MARENA no desarrolla una gran gama de proyectos que ayuden a solventar el estado financiero de la institución. Si bien es cierto, cuentan con cooperantes como Japón y los Pueblos Nórdicos, se de manera muy aislada. En materia de descentralización, el Decreto 73-2003 mandata que en cada municipio debe estar conformado un CONAFOR (Comisión Nacional Forestal) formada por la sociedad civil, la alcaldía, el sector privado, los gobiernos

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regionales, SERENA (las Regiones Autónomas), los Consejos Regionales (las Regiones Autónomas), MARENA y demás instituciones que tengan representación legal en el territorio. Entre una de las funciones de CONAFOR, está la coordinación de las decisiones municipales en los convenios y concesiones sobre recurso forestal, donde MARENA debe dar el último dictamen. Las concesiones de tierras para aprovechamiento forestal, pasan por un proceso, definido que convoca entes e instituciones legales y se hacen audiencias públicas donde la alcaldía puede alegar no estar de acuerdo. Más éste no es un aval que obligue a negar la concesión, ya que las alcaldías por ley, son actores de opinión. No obstante, en tales casos, se les aconseja a los delegados de distrito lograr por consenso la venia de las concesiones con la Municipalidad. En cuanto a las evaluaciones de los planes de manejo, se dan por un equipo interinstitucional conformado por la Policía Nacional, el Ejército de Nicaragua, INAFOR y la Procuraduría General del Ambiente, los que para verificar el grado de cumplimiento se basan en requerimientos técnicos establecidos en una guía de manejo. Para esta institución la descentralización no ha sido fácil a nivel territorial, presentando obstáculos culturales, económicos y políticos. Los delegados de los distritos tienen dificultades para establecer órdenes de jerarquía, y en la toma de decisiones tienen al tendencia de acudir a INAFOR central. La poca calidez en la ley de Transferencia de responsabilidades y los pocos recursos financieros asignados, son dos debilidades que van en detrimento del monitoreo, vigilancia y control de los recursos. El que la Institución desde su creación, no recibiera un monto financiero del gobierno, como cada uno de los Entes del Estado, y se atribuyera la recaudación de recursos a través de las actividades que atiende, desarrolló un enfoque basado en priorizar actividades que generen ingresos y reducir el monto en aquellas que representan gastos, de manera que los mecanismos de monitoreo y control se relegaron a un segundo plano por requerir recursos económicos, humanos y logísticos. Además, según mandato, la Institución debería proporcionar asesoría técnica y análisis técnico al sector de las Regiones Autónomas, pero con el bajo monto recaudado, solo hay capacidad para la administración, siendo las inspecciones casi una actividad suspendida.

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Se puede inferir conforme a entrevistas, que en los municipios donde se ha dado un buen trabajo del INAFOR, un factor de éxito determinante, ha sido el buen grado de organización y apropiación de los planes de manejo del los recursos, ejemplo de esto son los planes que se trabajan con la Asociación de Municipios de las Segovias.

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6.4.6 Ministerio de Salud (MINSA)

El ministerio de Salud (MINSA), es el ministerio que actualmente se encuentra más avanzado en el proceso de descentralización. Los Sistemas Locales de Atención Integral de Salud (SILAIS) son los representantes más descentralizados por parte del MINSA y se encuentran altamente desconcentrados en el territorio nacional. Junto con ellos también se encuentran los Inspectores Sanitarios desplazados en todo el país y quienes han empezado a formar parte del equipo técnico de los niveles departamentales. Dentro de la estructura organizativa de la institución existe un proceso que fomenta la organización horizontal, reduciendo los niveles jerárquicos dándole mayor eficiencia en la capacidad de respuesta a las necesidades de la población usuaria. Dentro de los Planes Operativos Anuales de MINSA para el año 2005 destaca la necesidad de profundizar el proceso de desconcentración y de desarrollar la estrategia de descentralización en las regiones autónomas. Entre sus acciones inmediatas se plantea el fortalecer la capacidad de gestión de recursos y la desconcentración en el nivel central y unidades ejecutoras del MINSA por lo que se pretende implementar el proceso de capacitación al nivel central y los niveles locales acerca de las competencias delegadas. Así como contratar asistencia técnica para acompañar el proceso de desconcentración (implantación y monitorización). En cuanto a la estrategia de descentralización en las Regiones Autónomas se planean como acciones inmediatas divulgar el marco legal en el que se sustenta la estrategia de extensión de cobertura y la descentralización mediante la traducción a lengua miskita e inglés criollo de la Ley General de Salud (LGS) y su reglamento. Así como elaborar e implementar el programa de descentralización para la habilitación de establecimientos de salud. También se estipula realizar monitoreo, seguimiento y evaluación a la descentralización del presupuesto a las regiones autónomas y presentar informe del avance en esta acción estratégica.

Sin embargo el MINSA no es ajeno a la situación económica nacional, por lo que muchas veces los recursos presupuestados no los abastece el poder ejecutivo, quedando altamente vulnerable el cumplimiento de sus planes de trabajo. Además es frecuente que el fortalecimiento de las capacidades sea relegado a un segundo plano, y la cooperación internacional se convierte un pilar de sostenibilidad para dicha institución.

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6.4.7 Fondo de Inversión social de Emergencia (FISE)

El FISE por su naturaleza como institución destinada a atender los sitios de mayor emergencia social trabaja con mecanismo de bastante presencia territorial, sin embargo a partir del 2002 empezó un proceso de descentralización más profundo en cuando al traspaso de responsabilidades en la administración y ejecución de proyectos alas municipalices o comunidades según la naturaleza del mismo. Entre los objetivos específicos que el FISE estableció dentro del proceso de descentralización destaca la instalación y consolidación de las Unidades Técnicas Municipales-UTM, con capacidad para el manejo y la administración del ciclo de proyecto descentralizado, transfiriendo la tecnología necesaria y capacitando a los actores locales. Así mismo pretende institucionalizar el esquema de coordinación y participación de los actores locales en todo el ciclo de proyecto. Cabe destacar que para el 2003 el FISE había descentralizado en diecinueve municipios todos los proyectos que le correspondían y en treinta y seis municipios los proyectos iguales o menos a cien mil dólares. Uno de los pilares en cuanto a funcionamiento organizativo del FISE son las alianzas desarrolladas con los gobiernos municipales, esto ha permitido facilitar los procesos de desconcentración y descentralización. La alta desconcentración de dicha institución en la Costa Atlántica, ayuda al establecimiento de un vínculo adecuado entre el gobierno central, los gobiernos regionales y los municipios. Entre otros aliados del FISE, se destaca el INIFOM, con el cuál presenta una relación estrecha ya que INIFOM fomenta el fortalecimiento municipal.

Sin embargo, el FISE por más voluntad política que presente para el proceso de descentralización se debe tener una contraparte sólida para que los proyectos sean exitosos, por lo que las alcaldías requieren cumplir ciertos parámetros de estabilidad financiera y técnica. El FISE necesita asegurar que los municipios a los que descentraliza cuenten con la capacidad técnica de manejo de proyectos, la capacidad financiera y de sostenibilidad, capacidad gerencial, capacidad administrativa y capacidad de fomento de la participación ciudadana.

Según el Plan Estratégico 2004-2006, el FISE ha definido dos ejes programáticos en que enfocará sus acciones relacionadas con el desarrollo: un programa de inversión pública a nivel territorial; y un Programa de desarrollo y fortalecimiento de capacidades locales para la gestión y manejo de la inversión pública. Por ende la estrategia de asistencia técnica y capacitación a los actores locales en planificación,

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gestión y manejo del ciclo de proyectos que asegure la calidad y el monitoreo de la inversión pública en el territorio es de prioridad para la institución.

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6.5 Análisis de la situación actual de los municipios ante los procesos de descentralización en la gestión ambiental 6.5.1 Análisis de la situación actual de los municipios ante los procesos de descentralización

Para el Análisis de la situación actual de los municipios en el ámbito de la gestión ambiental ante los procesos de descentralización se utilizó como herramienta analítica el mecanismo FODA, que consiste en una matriz que se completa a través de la consulta de los actores involucrados.

El término FODA es una sigla conformada por las primeras letras de las palabras Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas. De entre estas cuatro variables, tanto fortalezas como debilidades son internas de la organización, por lo que es posible actuar directamente sobre ellas. En cambio las oportunidades y las amenazas son externas, por lo que en general resulta muy difícil poder modificarlas.

Permitiéndose así construir la siguiente matriz:

Positivas Negativas

Exterior Oportunidades Amenazas

Interior Fortalezas Debilidades

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Fortalezas: Capacidades especiales con que cuentan las municipalidades, así como recursos que se controlan y actividades que se desarrollan positivamente, etc.

Oportunidades: Factores que resultan positivos, favorables, explotables, que se deben descubrir en el entorno en el que actúa la municipalidad, y que permiten obtener ventajas competitivas.

Debilidades: Factores que provocan una posición desfavorable. Recursos de los que se carece, habilidades que no se poseen, actividades que no se desarrollan positivamente, etc

Amenazas: Situaciones que provienen del entorno y que pueden llegar a atentar incluso contra la permanencia de la municipalidad.

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Cuadro No.4 Matriz del FODA de la situación de la gestión ambiental en las Municipalidades ante los procesos de descentralización Fortalezas Oportunidades

Las diferentes asociaciones de municipios confieren a las municipalidades mayor reconocimiento legal. El marco jurídico nacional actual, propicia el fortalecimiento y preservación de la autonomía política, administrativa y financiera, para implementar mejor la Gestión ambiental desde los municipios. Las municipalidades se ven fortalecidas con la transferencia de competencias, recursos financieros-técnicos. Tienen la facultad jurídica para gestionar la preservación del medio ambiente y los RRNN, de su circunscripción territorial, con participación ciudadana. La Ley de Carrera Administrativa Municipal, permite el fortalecimiento y consolidación de las estructuras técnicas y administrativas de la Municipalidad. La Ley de Municipios establece mayor participación ciudadana y racionaliza la gestión pública. La cooperación externa, esta empezando a ver en las municipalidades el nuevo enlace para desarrollar proyectos.

La sostenibilidad financiera como prioridad dentro de los lineamientos de los municipios, el aumento y mejora de la recaudación tributaria y la eficiencia ejecución presupuestaria, potencializan solventar las necesidades de la municipalidad.

La transparencia y eficiencia, está en el marco de oportunidades de cada uno de los entes del país, ya que parte de cambios internos y manera de proceder en cuanto a principios éticos.

Los gobiernos locales tienen capacidades para crear normativas, planes de desarrollo o bien proponer leyes en la Asamblea Nacional.

Los municipios tienen la facultad de constituir asociaciones de carácter territorial (mancomunidades, consorcios u otros) para alcanzar objetivos de desarrollo de sus territorios.

Podrían desarrollarse mejores relaciones con las delegaciones de cada uno de los ministerios, para fortalecer y ejercer mejor la gestión ambiental.

Se puede crear un vínculo más cercano con la población y partiendo de las necesidades más apremiantes, crear planes de desarrollo que enlacen el desarrollo social, económico y ambiental..

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Debilidades Amenazas

- Falta de entendimiento de lo que implica la gestión ambiental dentro de la

gestión municipal causan una desvalorización de esta área, por lo que no se destinan recursos financieros dentro de los presupuestos municipales.

- Poca capacidad técnica de los recursos humanos establecidos para la gestión

ambiental. - Baja renumeración económica a los gestores del sector ambiental, lo que provoca

una alta rotación del personal. - Falta de instrumentos de monitoreo y vigilancia que permitan crear una base de

datos que indique a la municipalidad los efectos de la gestión que esta siendo llevada a cabo.

- Bajas transferencias municipales y poca capacidad de recaudación de impuestos

por parte de las alcaldías. - Inestabilidad y falta de seguimiento en los proyectos auspiciados por

cooperantes internacionales ya sea por parte de los beneficiados como los donantes.

- Las municipalidades son visto solo como actores de opinión, en situaciones que

se incluye los recursos naturales internos de jurisprudencia. - Falta de comunicación entre las autoridades fiscales y las ambientales para

llevar a cabo una gestión ambiental relacionada.

- Inestabilidad política, principalmente con la rotación de personal por los cambios de gobiernos.

- Que el gobierno central no reconozca la autoridad municipal por intereses propios. - El poco presupuesto destinado por las instituciones de estado a sus entes

descentralizados que son los que trabajan con las municipalidades puede perjudicar el buen desempeño de la gestión ambiental local.

- Relación ineficiente con los entes descentralizados de MARENA, INAFOR y MIFIC. - Resistencia por parte de las Instituciones a descentralizar. - Que no se logre una buena relación con la ciudadanía. - Desinterés por parte de la ciudadanía en participar en las asambleas y en los

proyectos que ejecuta la municipalidad. - Baja asistencia técnica por parte de las instituciones nacionales. - Desligamiento de los donantes en los proyectos una vez que se culmina el proceso

de planeación, quedando nulo el seguimiento y control a la ejecución del mismo.

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- Poca participación ciudadana en la mayoría de los proyectos desde la fase de planeación hasta ejecución.

- Generalmente los proyectos no son asistidos por técnicos locales, pues se

considera a estos incapaces técnicamente, sin embargo , es importante mencionar que no se asignan fondos para capacitaciones ocasionando un desligue y desapropiación de las comunidades a los proyectos ejecutados.

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6.5.5 Unidades Ambientales Municipales (UAM) En el año 2004 se da el inicio de la formulación del proyecto “Creación y Fortalecimiento de las unidades ambientales y gestión de recursos del MARENA”, logrando concretar en el año siguiente la creación de las Unidades Ambientales Municipales (UAM) gracias al convenio firmado entre las Alcaldías y MARENA, producto del Segundo Proyecto de Desarrollo de Municipios Rurales impulsado por el Banco Mundial, donde se incluyó una componente de apoyo directo a las Alcaldías municipales conocido como Facilidad Ambiental Municipal FAM.. Con la creación de las Unidades Ambientales Municipales (UAMs) se han obtenidos logros como el fortalecimiento de la Comisión Ambiental Municipal (CAM) y el respaldo a la organización en las comunidades, conformando los Comité Ambientales Comarcales (CAC) que definen su trabajo en micro regiones . Estas estructuras han sido capacitadas en diferentes temáticas, de tal manera que se desempeñan como promotores ambientales en las comunidades y permiten el enlace entre las UAM y las diferentes Instituciones de competencia ambiental. El marco legal actual en Nicaragua, presta las condiciones optimas para el desarrollo de la Gestión ambiental a nivel municipal, sin embargo la conformación de las UAM en muchas Alcaldías se ha desarrollado de manera lenta por factores determinantes como la escasez de recursos financieros, por no estar establecido dentro de un orden de prioridades y más importante aún, por desconocimiento de los beneficios que generarían estas estructuras en cuanto a operatividad y manejo equitativo de los recursos ambientales municipales, de modo que, por los factores socioeconómico y cultural inherente a cada municipalidad, las UAM se desempeñan de forma desigual por cada municipio por lo que no existe una estandarización para la correcta conformación de estas estructuras. No obstante, en la práctica, se encontraron algunos municipios en los que se destaca el funcionamiento de sus UAM, destacándose las experiencias de los municipios de Boaco y Matagalpa, que se presentan a continuación:

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Para Boaco: Este municipio se destaca en cuando a la conformación de las UAM ya que los costos que genera esta estructura están incluidos dentro del presupuesto municipal anual. Contrastando con la realidad de muchas alcaldías, donde se considera este tipo de asesoramiento como una actividad secundaria, para la cual no se asignan fondos de la alcaldía. En estos casos la promoción y avance de la unidad recae en proyectos auspiciados por cooperantes, por ende al terminar dichos proyectos, cesa el funcionamiento de la Unidad por falta de recursos. En el caso de Boaco, esta unidad está conformada por un coordinador que tiene como función el seguimiento de todas las actividades concernientes al manejo de la calidad ambiental y recursos naturales del municipio. Con la conformación de la UAM se creó la Comisión Ambiental Municipal (CAM), la cual cuenta con la presencia de MARENA, INAFOR, MAGFOR, la Iglesia Católica y Evangélica, MINSA, Sociedad Civil, entre otros. La Unidad Ambiental coordina la CAM, y a la vez forma parte de la Comisión de Medio Ambiente y Ciudadanía, hecho que ha contribuido a la creación de los planes ambientales municipales del departamento. El primero fue creado en el año 2001, el segundo fue desarrollado en el 2003 y el último se realizó en el año 2006; sin embargo, los primeros planes nunca fueron implementados por falta de recursos y material logístico. Existen mayores expectativas de implementar el Plan Ambiental Municipal (PAM) 2006, gracias a la coordinación de diferentes entes involucrados, la participación ciudadana y el monto recibido en experiencias como la del reciclaje, mencionada anteriormente. El municipio también cuenta con un plan de ordenamiento territorial, que se ha utilizado de guía e insumo para la creación de los Planes Ambientales Municipales, sin embargo, no se ha efectuado su implementación por la escasez de recursos financieros. En cuanto a presencia institucional en materia de Gestión ambiental, MARENA, carece de un plan de manejo de Áreas Protegidas y existe debilidad en el seguimiento y control de los recursos naturales por la insuficiencia de un basto equipo técnico. Actualmente el personal de esta delegación está conformado por cuatro personas encargadas de asistir a todo el departamento. No obstante, ha sido positiva la coordinación existente entre la UAM y el Delegado principal de MARENA, siendo un punto medular para alcanzar los niveles actuales de

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eficiencia en materia ambiental, lo que ha contribuido al fortalecimiento institucional de la Unidad Ambiental de la Municipalidad. La UAM de Boaco, aún cuando es constituida por una persona, da seguimiento a todas las actividades concernientes a la calidad ambiental, entre las que se encuentran la supervisión del rastro municipal, del mercado y el manejo de los desechos entre otros. En este último la Municipalidad se ha destacado, ya que desde hace unos años, todas las Alcaldías formaron parte del programa desarrollado por AMUNIC, “La Basura es un Tesoro” programa en el cual se les brindó capacitación para un mejor manejo de desechos en los municipios, donde sobresalió la gestión de este municipio. Para Matagalpa: La Unidad Ambiental de Matagalpa está constituida de igual manera por una sola persona y ha destacado el trabajo mancomunado con el delegado del MARENA y la Comisión Ambiental Municipal. Este departamento también ha puesto en práctica lo asimilado en el programa “La Basura es un Tesoro”, del cual ha obtenido beneficios en ingresos, concientización y un mejor fin para los desechos, disminuyendo así la contaminación ambiental y la exposición a enfermedades de los pobladores. Según estadísticas de AMUNIC Matagalpa, Somoto, Boaco, Jinotega, El Rosario, Corinto y Mateare obtuvieron en el primer trimestre del 2006 la suma de C$ 35.426,00 , por vena de abono orgánico, purina y lombrices y C$ 8.031,20 en concepto de venta de material inorgánico. Dicha experiencia es un buen ejemplo que demuestra que existen muchas oportunidades para complementar las necesidades económicas mejorando el ambiente. Gracias a la Unidad Ambiental, se han abierto canales de comunicación con otras municipalidades para dar un manejo eficiente a diversos proyectos, como el manejo de cuencas hidrográficas. Así se obtuvo información acerca de impulsos de proyectos supramunicipales para dar un manejo integrado a diferentes fuentes que abastecen de agua potable a municipios aledaños a la cabecera departamental. La percepción en cuanto a la descentralización, fue semejante a la obtenida en el municipio de Boaco. En ambas municipalidades no poseían información suficiente acerca de la “Consulta pública sobre la descentralización”, aduciendo que se les

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había convocado a reuniones para firmar la venia a última hora sin previa capacitación sobre este tema.

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6.5.6 Análisis de experiencias de gestión ambiental en los

departamentos de Chinandega, León, Nueva Segovia y Matagalpa.

En Nicaragua, la Ley 217 especifica instrumentos globales a aplicar para la Ggstión ambiental. Esto es un logro importante para el país en términos de avances en la administración de la misma. Sin embargo, debido a su novedad relativa y la ausencia de un sistema de monitoreo que pueda asistir y evaluar la efectividad de la implementación de estos instrumentos, no se ha logrado frenar las presiones y amenazas a la integridad del medioambiente.

Es importante mencionar que las presiones que amenazan la integridad de los diversos ecosistemas, son de carácter social y económica. Por lo cual se requieren instrumentos que brinden una respuesta integral tanto a la problemática ambiental, social y económica. Para una mejor organización y sistematización del análisis de experiencias, se dividieron las mismas según los instrumentos de gestión ambiental aplicados en cada una de ellas. Se agrupan los instrumentos establecidos por la Ley 217 en cinco categorías, y una sexta categoría para aquellos instrumentos que no están estipuladas en la normativa legal vigente, pero que consideramos interesante de proponer, por el orden social y económico del país. Los instrumentos son:

1) Legales-Normadores: Legislación, Áreas protegidas, Permisos y EIA 2) Planificadores: Planificación, Ordenamiento territorial, SINIA 3) Socio-culturales: Divulgación, Educación y Organización Social 4) Incentivos económico-financieros: Incentivos, Fondo Nacional del Ambiente 5) Obras físicas y tecnológicas: Desarrollo científico y tecnológico e inversiones

públicas. 6) Otros: Predominan mecanismos con un enfoque de incentivo o trueque de

servicios. Como un mecanismo para analizar la gestión ambiental en diferentes territorios del país, se recurrió a hacer una investigación de experiencias que se han desarrollado y/o se siguen ejecutando en la actualidad. La recopilación se hizo mediante revisión de documentos, planes, acuerdos y convenios, además de entrevistas a actores claves.

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En la misma se descartó información que no tuviera resultados e indicadores que afirmaran la implementación de los proyectos. De manera que fue un arduo trabajo encontrar documentos (como Planes Ambientales Municipales) que se hubieran o estén ejecutándose. Fue evidente corroborar, que no existe una sistematización que organice cada una de estas experiencias, y menos que haya un mecanismo de comunicación que las de a conocer. En consecuencia se elaboró una matriz de aquellas experiencias que se recopilaron para una adecuada sistematización y análisis de las mismas, que se presenta a continuación:

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DDeessccrriippcciióónn Instrumento

SSuupprraammuunniicciippaall MMuunniicciippaall CCoommaarrccaass // ccoommuunniiddaaddeess

Legislación Convenio en Nueva Segovia Resolución de Achuapa

De las áreas protegidas Reserva natural volcán Cosiguina

1. Legales- Normadores

Declaración de áreas contaminadas y de las emergencias ambientales

Declaración de veda para Tortugas marínas (León)

2. Planificación Planificación Plan estratégico de los municipios de norte de León

Gestión de microcuencas como estrategias de planificación del desarrollo municipal. Somoto-Nicaragua

Educación Divulgación Multiplicación de radio Ecológica como sistema

informativo (Nueva Segovia)

3. Socio-culturales

Organización social Fortalecimiento de capacidades locales ADEPROFOCA

Comités de desarrollo urbano y rural en el municipio de El Sauce

Restauración del parque municipal Ocotal 4. Obras físicas y tecnología

Administración y sostenimiento central fotovoltaica para cargar baterías (Nueva Segovia)

5. Económico-financiero

Pago por reciclaje “La Basura es un tesoro” Pago por servicios ambientales (PSA) San Pedro del Norte

Creación de microempresas para la administración del agua potable en la Pavona Arriba, El Cuá.

Cuadro No. 5 Experiencias sistematizadas sobre la aplicación de diversos instrumentos de Gestión Ambiental en diferentes niveles políticos-administrativos

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1. Legales-Normativos Los instrumentos legales normativos son las herramientas mas promovidas para la gestión de los recursos naturales y el ambiente, en la realidad nicaragüense. Sin embargo, su éxito depende directamente de la participación ciudadana, principalmente en las áreas de control y monitoreo, ejemplo de esto es el caso de la Isla Juan Venado municipio de León, donde se establecieron y respetaron los periodos de veda, ya que la población local se involucró en todo el proceso. No obstante, en diversas experiencias el factor clave es la complementación con herramientas económico financiero y/o socioculturales. Como es el caso de la reserva natural Cosiguina, que a través del Decreto No. 13-20, se declara reserva natural protegida reforzándose con instrumentos socios financieros y culturales como el ecoturismo y la producción de miel de jicote. Otro caso interesante por vincular la participación ciudadana y la organización local, factores elementales para la descentralización, es la ordenanza municipal ambiental dada en Achuapa, que vela por controlar la explotación y transporte de la madera de pino del municipio. Esta experiencia manifiesta la importancia de la organización ciudadana, para velar y promover el resguardo de sus recursos naturales, haciendo uso de los comités comarcales. § Resolución de Achuapa Achuapa, municipio ubicado en el departamento de León, al occidente del el país, fue una de las zonas mas afectada por el Huracán Mitch. Dada la poca presencia de las instituciones del gobierno en esta zona, la asistencia tardó mucho en llegar a la población, ante el desastre natural. Tales circunstancias, urgieron a los pobladores a establecer mecanismos de organización, para facilitar la comunicación con el gobierno municipal, creándose así los Comités Comarcales, que son escogidos mediante voto secreto. La frontera norte de este municipio colinda con el departamento de Estelí, frontera en la cual, se estaban sobreexplotando los bosques madereros por gente ajenos al Municipio. Los pobladores de la región no contaban con los medios legales para evitar la explotación del recurso, de manera que, gracias a la coordinación y organización de la población, la municipalidad en conjunto con los Comités Comarcales, creó una “Resolución sobre la explotación y transporte de la madera

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de pino”, así como una “Ordenanza Municipal Ambiental” en la que se reglamenta y vela por la conservación de los recursos naturales de la región. § Reserva Natural Volcán Cosigüina La reserva natural “Volcán Cosiguina” es un área protegida del SINAP ubicada en el municipio de El Viejo, en el departamento de Chinandega. Fue declarada como reserva natural protegida en el Arto. 2 del Decreto No. 13-20. Actualmente se encuentra bajo la administración de la Fundación Luchadores Integrados al Desarrollo de la Región (LIDER), a través de un convenio de co-manejo con MARENA, para la conservación de su biodiversidad. Esta Fundación ha recibido apoyo del Fondo Mundial para el Medio Ambiente GEF/PNUD, para realizar actividades que generen ganancias económicas en la comunidad. Entre las actividades que pretende fomentar a través de la tecnificación de los campesinos es la producción de miel de jicote, mejores instalaciones para el turismo, entre otras. Otros aliados cooperantes de esta fundación son la Inter American Fundation (IAF), Fundación Interamericana que en el año 2005 destino fondos a esta zona dentro de su plan de desarrollo de las organizaciones de sociedad civil en América Latina y el Caribe. La zona de amortiguamiento del área protegida del volcán Cosiguina, esta conformada por tres comunidades, las Piscinas llamado así por sus aguas termales, la comunidad de El Rosario y Potosí. Las actividades económicas principales en la zona son la caza, producción agrícola y la extracción de miel de jicote, todas estas implementan las quemas en algún periodo del año La ONG LIDER que comaneja el área protegida, implementó un programa de reforestación donde no se integro de forma adecuada a la comunidad, lo que provocó que no disminuyera los factores antropogénicos, causantes de los incendios forestales. Este hecho urgió un cambio de modelo que vinculara a los pobladores locales, lo que propulso el involucramiento de cada uno de los sectores productivos, en el manejo de las laderas del volcán. A los acopiadores de miel se les brindo capacitaciones para tecnificarlos en apicultores más notificados y actualmente se encuentran conformando una cooperativa, la que tiene como meta exportar su

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primer contenedor de producto a Estados Unidos para el primer semestre del 2007. A los cazadores se les incorporó en el programa de ecoturismo, vinculándolos como apoyo en las actividades de vigilancia y monitoreo que desarrollan el ejército y la policía. Al sector agrícola local se les permite quemas después de las 4:00 pm y bajo supervisión de un guardabosque. En la comunidad de la Piscina se ha fomentado el ecoturismo. Se construyo un hotel que consta de 8 cabañas, 1 centro de capacitación y un comedor. El cual es administrado por la comunidad, a través de una cooperativa, que cuenta con la asesoria en materia de administración de la ONG LIDER que tiene la función de enlace facilitador entre la comunidad y la cooperación. El programa ecoturístico esta dividido entre las tres comunidades. La comunidad de la Piscina es la encargada de las visita a las aguas termales, dado que son los propietarios de la misma. Los pobladores de la comunidad El Rosario brinda el servicio de expediciones al Volcán, y un grupo de pescadores de la comunidad de Potosí desarrollan las visitas a los Islotes de Cosiguina. A pesar de la alta capacidad en los técnicos, infraestructura y buena organización de las comunidades, el desarrollo eco turístico se ha visto afectado por las malas vías de acceso de la zona. Esto demuestra que aún promoviendo la descrentralización, el estado debe prestar las condiciones que permita que los proyectos sean sostenibles. El gobierno es responsable de brindar las condiciones para que las alcaldías se desarrollen, ya que se han dado casos en que la municipalidad promueve programas que se ven limitados por factores externos a su jurisdicción como es el estado de las carreteras, tópico que le corresponde al Ministerio de Transporte e infraestructura (MTI).

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§ Protección de Tortugas Marinas en León En la isla Juan Venado en el municipio de León se llevo a cabo un programa de protección a tortugas marinas que se baso en determinar períodos de veda y crear dos viveros. Para consumar este programa, se necesito la coordinación de las instituciones involucradas con el tema y la participación de la población local. En esta experiencia, se utilizó como instrumento de gestión ambiental la legislación, para declarar un estado de veda. Así mismo la participación ciudadana fue base en el éxito obtenido ya que formaron parte de las brigadas de control. Cabe destacar que la creación de viveros, puede calificarse como un instrumento económico-financiero, ya que crea ingresos económicos a la comunidad, permitiéndoles así hacer sostenible el proyecto. También con esto se dan los primeros pasos para crear un ambiente atractivo al turismo, rubro económico incipiente aún en la zona. Como resultado se obtuvo la determinación de períodos de veda con aval de la municipalidad, la disminución de la extracción de huevos de tortuga para el comercio, y la liberación al mar desde 1992 de un total de 166, 107 tortugas crías. La experiencia demuestra que para realizar programas de protección se debe contar con el apoyo de la población para desistir de la concepción que son un impedimento y por el contrario, hacerlos participes desde un principio, para obtener un proyecto sostenible, que además les brinde estabilidad económica. § Convenio en Nueva Segovia

Ocho alcaldías (Ocotal, Macuelizo, San Fernando, Santa María, Ciudad Antigua, Wiwilí, Jalapa y Dipilto) del departamento de Nueva Segovia el día 12 de julio del 2006, firmaron un convenio con INAFOR referente a la delegación de atribuciones, con el fin de establecer mecanismos que conllevaran a los gobiernos municipales a ejercer mayor autonomía en la administración de los recursos forestales, basados en sus capacidades técnicas y de organización.

Mediante este convenio las alcaldías podrán realizar inspecciones, monitoreo, control y seguimiento a toda la cadena de aprovechamiento forestal (bosques, aserraderos, vía publica, etc.), retención de recursos forestales y medios de transporte en caso de incumplimiento de la legislación forestal vigente. También

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los gobiernos locales inspeccionaran los planes de manejo forestal, promoverán la rehabilitación de los ecosistemas forestales y fortalecerán la creación, reglamentación y funcionamiento del fondo ambiental municipal.

Se espera que el convenio firmado entre el INAFOR y los alcaldes segovianos fomente la transformación de los recursos forestales en beneficio de la población local de conformidad al Arto. 36 de la Ley 462. Asimismo que mejore las coordinaciones entre ambas instituciones, para generar en el municipio un acceso a los recursos financieros que por efecto de la Ley 462 le corresponde, en cuanto a impuestos forestales.

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2. Planificación

La planificación es el instrumento con más auge actualmente ya que esta recibiendo un gran impulso económico por la cooperación externa, principalmente la planificación en las Alcaldías. Para llevar a cabo los planes estratégicos municipales, es necesario realizar alianzas con la población y otras instituciones para permitir mayor eficiencia, ya que es dicha comunidad quien implementará el plan en cuestión. Tal fue la experiencia del Plan estratégico de Desarrollo para León Norte y el Plan de Gestión de micro cuencas en el municipio de Somoto. Para ambos se efectuaron en base a consultas a la población, entrevistas, talleres con los alcaldes y ex alcaldes, concejales, líderes comunitarios, equipo técnico de las municipalidades, representantes de ministerios estatales y ONG´s locales y nacionales; permitiendo así que se concretaran lineamientos de acción para las municipalidades, más concretas y enmarcadas a la realidad local, contribuyendo a la creación de proyectos de mayor magnitud en los que se requiere de una coordinación intramunicipal. Así mismo, “los estados de emergencia son una paradójica oportunidad” para realizar planes supramunicipales, como el caso en Nueva Segovia donde se dio una plaga de gorgojo que forzó a realizar un plan Estratégico para el control de la plaga del gorgojo descortezador. Esto permitió que las instituciones relevantes pudieran coordinar las acciones y se evitaran así esfuerzos dobles, lográndose que los mecanismos de coordinación fueran institucionalizados. § Plan Estratégico de los Municipios de Norte de León En el año 2002 la Asociación de Municipios de León Norte (AMULEON), en conjunto con Ibis Dinamarca y Catholic Relief Service (CRS), se propuso la elaboración de un plan estratégico de desarrollo para León Norte como una sub-región que abarca los municipios de San José de Achuapa, Santa Rosa del Peñón, El Sauce y el Jicaral. El plan se hizo en base a consultas a la población , entrevistas , talleres con los alcaldes y ex alcaldes, concejales, líderes comunitarios, equipo técnico de las municipalidades, representantes de ministerios estatales, ONG´s locales y nacionales

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Dentro del análisis de dicha experiencia, se destacan los siguientes escenarios: el desarrollo desordenado de municipios basándose en proyectos no integrados, el área en declive con programas paliativos o de compensación y el desarrollo sostenible equitativo. De tal forma se establecieron cuatro ejes en los que se define el plan: la producción, la infraestructura social y económica, medio ambiente y proyección exterior. Aunque la mayoría de las acciones son puntuales para cada alcaldía, se proponen la creación de convenios de cooperación y desarrollo entre las municipalidades, abriendo las puertas para la integración intra-municipal que permita fortalecer las capacidades locales individuales. § Plan Estratégico para el control de la plaga del gorgojo descortezador. La comisión sectorial de medio ambiente del Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastre (SINAPRED), en base a las recomendaciones del Estudio de Impacto Ambiental y los aportes de los distintos actores a nivel local (todos los municipios de Nueva Segovia, a través de AMUNSE y nacional (MAGFOR, INAFOR, INTA, IDR, MIDEF, MTI, INETER, Gobernación, INIFOM, Centro Humbolt, Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) y Ayuda en acción) creó el plan estratégico para el control de la plaga del gorgojo descortezador. El plan estratégico (definido en períodos a corto, mediano y largo plazo,) tiene como objetivo general facilitar la coordinación interinstitucional y el apoyo técnico-material a los distintos actores involucrados con especial atención a los “Comités municipales de prevención, mitigación y atención de desastres” para la restauración forestal, el desarrollo ambiental y la mitigación de impactos socio-económicos en la población del departamento. La estructuración del plan estratégico se dividió en tres componentes, que basan sus acciones principalmente en herramientas como el monitoreo, capacitaciones, puestos de control y entrega de equipos en las áreas de: control de plaga, salvamento forestal y Gestión ambiental. De los municipios que forman parte del departamento de Nueva Segovia, Jalapa fue el más afectado por la plaga del gorgojo descortezador, estimándose 17,000 ha de bosque afectadas de un total de 20,000, quedando 3,000 ha de bosque de pino remanente (INAFOR, 2002 citado por Flores y Gutiérrez), por lo cual a parte del Plan Estratégico que vinculó a todo el departamento, se promulgó una ordenanza municipal que prohibió rotundamente la quema de bosque y ordenó la reactivación de comité municipal de prevención, mitigación y atención de

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desastres, actividad reproducida por los demás municipios, los cuales trabajaron conjuntamente en el control de la plaga del gorgojo. Aún cuando los actores implicados no contaban con suficientes recursos para asistir tal desastre, ha surgido interés en identificar las causas por las cuales la magnitud de esta plaga fue mayor y desarrollar mecanismos para aprender a convivir con éste insecto para evitar que continúe su labor destructiva en el remanente del bosque aún en pie. § Gestión de micro cuencas como estrategia de Planificación del Desarrollo

municipal. Somoto, Nicaragua.

En el municipio de Somoto, Nueva Segovia se realizó la Estrategia de planificación del desarrollo municipal, en el período Abril 2000 a Mayo 2001. Ésta se basó en el manejo y conservación de la sub-cuenca Coco-Somoto. Esta cuenca es substancial porque provee de agua potable al centro urbano más importante del municipio. Esta experiencia usó instrumentos de planificación, educación (concientización) y divulgación, para propiciar un mejor conocimiento y empoderamiento del proyecto en la comunidad, lo que proporcionó mayor sostenibilidad y viabilidad a largo plazo. El proceso de planificación incluyó alianzas institucionales en diversos niveles y se dio en varias etapas participativas. Para la ejecución del proceso se contó con el liderazgo político del gobierno municipal de Somoto, el apoyo técnico metodológico de la Facultad de Recursos Naturales y del Ambiente de la Universidad Nacional Agraria y del financiamiento del Programa de Capitalización de los Pequeños Productores del Trópico Seco (TROPISEC). El proceso se dividió en 9 etapas: formulación del proyecto, asambleas comunitarias, asamblea interinstitucionales, conformación del equipo facilitador, talleres de reflexión e inducción comunitaria, talleres de diagnóstico participativo, talleres de selección de alternativas, divulgación para generar consensos y por último un taller de concertación institucional. Actualmente el “Plan Recto”, como es conocido por los pobladores, es asumido por los diferentes actores locales, la comunidad y las instituciones pertinentes, ya que su elaboración esta basada en un largo proceso de concertación institucional y comunitaria.

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3. Socio-Culturales Los instrumentos socio-culturales como la educación, la divulgación y el fortalecimiento de las organizaciones sociales son indispensables para llevar a cabo una gestión ambiental exitosa, ya que permiten asentar una base de interés y responsabilidad en la población en cuanto al tema de la protección y el uso sostenible de los recursos naturales. A nivel supramunicipal existe el ejemplo de la Radio Ecológica, cuya señal abarca a 13 municipios de Estelí y Nueva Segovia. Esta experiencia ha sido replicada en San Lucas, Somoto, departamento de Madriz. Consiste en un sistema informativo directo con los campesinos, que promueve la protección y conservación de los recursos naturales, brindando información sobre el manejo integrado de cuencas hidrográficas. Los logros obtenidos, han sido los cambios de hábito alcanzados después de un año de incidencia. De esta manera se abordan problemas locales con un lenguaje accesible a la población, iniciativa que nació gracias a la capacitación y organización de una red de comunicadores/as ambientales. También es indispensable integrar la divulgación en planes estratégicos supramunicipales de respuesta ante alguna amenaza ambiental, que despliegue un sistema de gestión ambiental en toda una región, para unificar esfuerzos de municipios circundantes ante una emergencia ambiental, como el caso del gorgojo descortezador en los pinares de Nueva Segovia. Para que los proyectos de conservación ambiental sean auto sostenibles debe haber paralelo mecanismos de beneficio económico inmediato. Igualmente, se debe enfatizar dentro de los proyectos, calificar recursos humanos locales para que ellos mismos puedan formular y administrar sus proyectos, de manera que al ausentarse los organismos cooperantes, subsistan conocimientos sólidos. La Asociación para el desarrollo forestal campesino de Dipilto (ADEPROFOCA) está conformada por productores, cooperativas y campesinos independientes dueños de bosques que buscan alternativas para un mejor aprovechamiento de su recurso forestal.

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Esta asociación realizó alianza con el Proyecto de Conservación y Desarrollo Forestal PROCADEFOR y TROPISEC, recibiendo así asesoría técnica y financiamiento, lo cual permitió capacitar recursos humanos locales para desarrollar un programa de aprovechamiento de los desechos de la madera y su comercialización, con proyección autosostenible. § Educación Ambiental Radio Ecológica Radio Ecológica es un proyecto que lleva en marcha más de 13 años en diferentes municipios de la zona norte de nuestro país (Estelí y Nueva Segovia). Actualmente se multiplica la experiencia en San Lucas, Somoto. Esta radio constituye un sistema informativo directo con los campesinos que promueve la protección y conservación de los recursos naturales, brinda información sobre el manejo integrado de cuencas hidrográficas, aborda problemas locales en un lenguaje accesible y ha incidido sistemáticamente durante un año, obteniendo como mayor logro cambio de hábitos en los pobladores. Esta iniciativa nació con la capacitación y organización de una red de comunicadores /as ambientales. Dentro de estos actores se cuenta con los Comités Comunales de Cuencas, Comité municipal Somoto – San Lucas, FOCUENCAS, II/CATIE y ASDI. § Fortalecimiento de capacidades locales ADEPROFOCA ADEPROFOCA, es la Asociación para el desarrollo forestal campesino de Dipilto, que se ubica en el Municipio de Dipilto, Departamento de Nueva Segovia. Esta asociación está conformada por productores, cooperativas y campesinos independientes, dueños de bosques que buscan alternativas para un mejor aprovechamiento de su recurso forestal. Han unido esfuerzos a través de alianzas con PROCAFOR y TROPISEC, para implementar un programa de aprovechamiento de los desechos de la madera y su comercialización. La asociación recibió asesoría técnica y financiamiento lo que permitió la capacitación del recurso humano local y la autosostenibilidad del proyecto. La comunidad obtuvo beneficios económicos a corto plazo y adquirió bases sólidas para realizar otras actividades de gestión ambiental. Se identifica a ADEPROFOCA como una organización fortalecida, que se puede considerar como una experiencia exitosa en el desarrollo rural. Además por la incidencia que la asociación ha tenido en el desarrollo del municipio, ya forman

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parte del Comité de Desarrollo Municipal (CDM) y del Comité de Desarrollo Departamental (CDD). § Comités de Desarrollo Urbano y Rural en el Municipio de El Sauce El proyecto “Manuel López” sobre organización comunitaria que se desarrolla en El Sauce, municipio del departamento de León, tiene el objetivo de impulsar la participación ciudadana a través de la gestión de desarrollo municipal, con la conformación de los comités de desarrollo urbano y rural, con los que se pretende promover una estructura organizativa que dé respuesta a las demandas y necesidades de la población. Las actividades a promover para tal fin son: reforestación, conservación del suelo, planificación de huertos, asistencia del manejo orgánico de huertos, asistencia del manejo de gallinas de forma semi tecnificada, preparación de alimentación de verano para ganado mayor, construcción de pozos y otras obras entre las que destacan la mejora del estado de salud de la población así como la alfabetización de la misma. El proyecto empezó con una estructura organizativa para ejecutar las actividades en beneficio del nivel familiar y comunitario, asimismo se estableció un manejo de fondos revolventes en nueve comarcas. Como resultados tangibles se crearon los Comités de Desarrollo Municipal (CDM), coordinadores de todo el proceso. Se a elaboración e implementación de una planificación estratégica municipal así como el mejoramiento de la comunicación entre la alcaldía y la comunidad. Como logros sobresalen la preservación y conservación del medio ambiente a través de conformación de brigadas ecológicas y creación del “Área de capacitación y organización comunitaria” para garantizar la participación de la población dentro de todo el proceso de planificación, toma de decisiones, ejecución, seguimiento y evaluación de trabajo.

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4. Incentivos económico-financieros

El Pago por Servicios Ambientales, que en adelante será conocido como PSA, es una herramienta relativamente nueva en Nicaragua, la cual contribuye al desarrollo económico local y a la incidencia de políticas locales en el manejo de los recursos naturales. Ésta podría solventar de manera sostenible, la situación de muchas comunidades alejadas y empobrecidas y así, crear conciencia y mejor manejo de los recursos naturales. En cuanto a iniciativas económica-financieras municipales, se ejecutó una iniciativa de PSA impulsado por el Programa de Agricultura Sostenible en Laderas Centroamérica (PASOLAC) en Nueva Segovia donde las municipalidades escogidas han contribuido a fortalecer la descentralización de los Fondos de Servicios Ambientales. Mediante la experiencia del municipio de San Pedro del Norte, Chinandega, se ha logrado determinar que el PSA contribuye financieramente y aporta conocimiento y valoración de los recursos naturales, por medio de los instrumentos metodológicos, económicos y sociales que facilitan el mismo. Con la experiencia, se fortalecieron los canales comunicativos con la población, se fortaleció la protección al recurso hídrico y se logró establecer el Fondo de Servicios Ambientales a cargo de una asociación de actores locales. Entre otros mecanismos factibles en la gestión ambiental, se identificó el suministrar incentivos a la población para realizar actividades que son de correspondencia de la alcaldía como es el caso del macizo de Peñas Blancas, donde la población protege el medio ambiente y gestiona el recurso agua potable con un respaldo económico de la municipalidad. Esto demuestra la formación de una empresa comunitaria, que además de prestar un servicio a la municipalidad, desarrolla en los pobladores mayor conciencia por preservar sus recursos, tanto por la necesidad financiera como por el beneficio directo que constituye el acceso al recurso hídrico. Asociaciones como AMUNIC han invertido en las municipalidades con el fin de optimizar capacidades técnicas que les permitan tener un mejor desempeño. Tal ha sido el caso del programa de reciclaje “La Basura es un Tesoro”. Este programa además de facilitar un mejor fin para la basura, permite desarrollar con eficiencia uno de los servicios correspondientes a la municipalidad y genera beneficios económicos para el ente municipal, convirtiendo la iniciativa en una opción más viable.

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§ Pago por Servicios Ambientales (PSA) San Pedro del Norte

Por medio de la experiencia del municipio de San Pedro del Norte, Chinandega, se ha logrado determinar que el mecanismo de PSA ha sido efectivo para contribuir a la conservación de fuentes de agua y protección de suelo, reduciendo la vulnerabilidad ambiental. Un estudio sobre la recuperación de la microcuenca indica que hubo una recuperación significativa en las fuentes de agua. Ocho de las quince fuentes de agua existentes eran permanentes, quedando siete temporales. Ahora, 14 fuentes de agua tienen caudal permanente todo el año y solamente una es temporal. Es decir que ha habido una ganancia de seis fuentes que producen agua en los meses de la estación seca. Mediante estudios técnicos, se estimó el potencial hídrico de la microcuenca. Se logró valorar, que con prácticas de agroforestería, no quema y obras de retención, del 40 % de agua que se pierde por escorrentía, se lograría captar un 10% de ese volumen, con lo que se obtendría 29,000 metros cúbicos por año, lo cual sería suficiente para abastecer a la población local. Asimismo, la cobertura del bosque es otro indicador que ha mejorado, más en un plazo de 10 años el plan se propone como meta elevarla a un 72%. El mecanismo contempla técnicas de manejo de suelo y agua que los finqueros deben introducir para recuperar poco a poco el recurso. Así se establecieron planes de finca para cada uno de los 40 productores involucrados aplicándose independientemente del tamaño de los mismos, abarcando a todos los actores y beneficiándolos por igual. Este mecanismo ha contribuido en conocimiento, mediante los instrumentos metodológicos, económicos y sociales que facilitan el mismo. Asimismo, ha desarrollado la iniciativa de organización y/o asociación, ya que se creo un Comité de Agua a través de una resolución del Concejo Municipal, y ya se prevé la creación de una asociación para el servicio de agua de San Pedro, la cual será la encargada de administrar y prestar el servicio de agua potable, implementar el mecanismo de PSA de la microcuenca Paso de los Caballos y manejar el Fondo de Servicios Ambientales. En materia legal, la municipalidad ha oficializado instancias para la gestión local del agua, por medio de ordenanzas y resoluciones municipales, así como la ordenanza para el manejo de los recursos naturales y el medio ambiente del municipio, creación de un consorcio integrado por la alcaldía, comité de agua y

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comité ambiental municipal, el fondo del PSA y su reglamento y la creación del sistema de PSA. En cuanto a manejo y gestión, ha habido una incidencia directa en el desarrollo de mayor conciencia en la población, ya que se ha creado un canal directo de manejo de los recursos y pago por el cuido del mismo, siendo un aporte al desarrollo económico local del área de manera sostenible. § Pago por Reciclaje “La Basura es un tesoro” El área de gestión ambiental de la AMUNIC, implementó en el año 2001, el proyecto “La Basura es un Tesoro” en todas las alcaldías del país, de las cuales 35 cuentan con un plan de manejo de desechos, siguiendo las líneas del proyecto. En la búsqueda de fortalecer a los gobiernos locales con modelos de gestión integral de residuos sólidos no peligrosos y fomentar a la vez su aprovechamiento económico y lograr disminuir la contaminación ambiental, se impulsó este plan que ha obtenido mayor éxito en unos municipios que en otros. Las alcaldías de han obtenido frutos de la implementación del programa son; Somoto, Matagalpa, Jinotega, El Rosario de la circunscripción de Jinotepe, Corinto, Mateares y Boaco. Las cuales han llegado a obtener en el primer trimestre del año 2006, la cantidad de 35,416 córdobas en concepto de venta de abono orgánico, purina y lombrices. En cuanto a la venta de material inorgánico, como vidrio, plástico, metales, entre otros, se ha obtenido una suma de 8,031 córdobas con 20 centavos, sumas que para fin de año, podrían aumentar en un 90% con el buen aprovechamiento de los desechos generados. Gracias a la asesoría técnica brindada en capacitaciones a los funcionarios locales y a la población en general que brindó AMUNIC, se desarrolló esta experiencia. Sin embargo, el triunfo se ha logrado gracias a la perseverancia e importancia que las municipalidades han prestado al manejo de sus desechos, mediante la UAM de cada municipio y la coordinación con la sociedad civil por medio de la Comisión Ambiental Municipal.

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§ Caso de Macizo de Peñas Blancas La gestión ambiental que se realiza desde los focos locales es altamente eficiente, esto lo demuestra la experiencia de la cooperativa “Guardianes del Bosque” en la comunidad la Pavona de Arriba ubicada en el departamento de Jinotega, esta cooperativa trabaja sobre el macizo de Peñas Blancas, formación geológica que forma parte de las cinco áreas núcleo de la Reserva de Biosfera de Bosawás. Esta área fue declarada reserva natural bajo el Decreto No 42- 91. Sin embargo, la experiencia no se basa en la aplicación de este instrumento legal sino en un instrumento económico cimentado en una organización de la comunidad. El proceder de esta la misma ha sido tan efectivo que la alcaldía del Cuá da fondos a la cooperativa para la preservación de los bosques montañosos. Y actualmente está gestionando el traspaso de la administración de la distribución de agua a potable a manos de la cooperativa. Un factor determinante para el desempeño de la misma, es la solidez de la estructura comunitaria del cuál se ha conformado un Comité Comunal, así mismo el financiamiento acogido por parte de la comunidad internacional de la Unión Europea y la Casa Canadiense. La cooperativa “Guardianes del Bosque” cuenta hoy con un proyecto turístico-rural, la diversificación de sus actividades agro pastoriles, taller de carpintería y planes de conservación de los bosques del macizo.

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5. Obras físicas y tecnológicas

La inversión pública de la municipalidad puede contribuir de manera integral no solamente al desarrollo urbano social de la población, sino que tambien puede obtener un enfoque sostenible al integrar una visión ambiental. Tal es el caso del parque de Ocotal, que fue restaurado con ayuda comunitaria, lo que ha generado fuentes de empleo, conciencia ecológica y aporte al desarrollo turístico. La asistencia y fomento de desarrollo de las poblaciones, parte del suministro de los servicios básicos elementales. Se puede hacer uso de los diversos recursos que existen en el territorio nacional, para abrir puertas al desarrollo a comunidades apartadas que carecen de energía eléctrica. Tal es el caso de la comunidad de Icalupe (Somoto), donde la Universidad de Ingeniería instaló una central fotovoltáica. Cabe destacar que la comunidad cuenta con una organización y coordinación exitosa que se encarga de mantener y administrar la pequeña central, lo que ha contribuido a mejorar la salud y condiciones de vida de la población y el disminuido las emisiones de gases tóxicos. § Inversión Pública en el municipio de Ocotal Como parte del Plan estratégico municipal de Ocotal, que tiene dentro de sus ejes “El Ocotal Verde” se dio la restauración del parque central 19 de Julio. Con recursos de la alcaldía, se diseñó un plano para la remodelación, se adquirió tierra agrícola y plantas ornamentales para sembrar y personal para el mantenimiento diario. Hoy en día, el parque cuenta con una infraestructura atractiva, recipientes de basura, limpieza permanente, mantenimiento de las plantas, riego y vigilancia, convirtiéndose en un atractivo turístico de la región y un modelo para la educación ambiental. Cabe destacar que el mantenimiento implacable ha sido producto en su mayoría por el cuido de la población quien se identifica plenamente con el centro de recreación. § Participación de las Universidades caso central fotovoltaica Icalupe El programa Fuentes alternas de energía de la Universidad Nacional de Ingeniería -UNI, desarrolló en la comunidad de Icalupe, municipio de Somoto, una central fotovoltaica de 1.2 Kw en la cual los pobladores, pueden cargar de manera simultánea 8 baterías. La central fue instalada en la casa comunitaria, ubicada en el

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centro de Icalupe y provee de energía eléctrica a 45 viviendas, lo que ha mejorado la salud de los pobladores, los cuales ya no se encuentran expuestos a kerosén, candil, olote, ni se emiten gases tóxicos al medio ambiente. El éxito del programa se debe a que la comunidad cuenta una organización sólida que administra y crea fondos para el mantenimiento de la central. Para el manejo y administración se dieron capacitaciones en: el mantenimiento de las centrales (para técnicos comunitarios), capacitación técnica para los beneficiarios (uso y mantenimiento) y capacitación administrativa y organizacional para los comités, además de talleres participativos (en energía solar) con todos los beneficiarios.

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6. Otros

Otros mecanismos que se han desarrollado sin estar institucionalizados y sin embargo, han sido altamente efectivos, se presentan a continuación. § Brigadas campesinas contra incendios forestales En base a la línea legal ambiental que ha predominado en el país, muchas alcaldías fundamentan su gestión ambiental en la regulación y prohibición de la explotación de los recursos naturales. De manera que se formaliza una línea enérgica de control en la municipalidad, que establece puestos de control, seguimiento a denuncias y presiones para que instituciones como INAFOR y MARENA mejoren sus controles. Contradictoriamente, no se ha dado una respuesta satisfactoria en la protección de los recursos naturales, de manera que se sigue implementando el modelo de reprimendas, prohibiciones y controles. No obstante, no todas las alcaldías siguen este modelo. Un hecho interesante se dio en la municipalidad de Chichigalpa, la cual conforme a acciones fomentadas por el proyecto Pikín Guerrero, desarrollo brigadas campesinas contra incendios que protegen el bosque secundario de las faldas del volcán San Cristóbal. La estrategia consistió en involucrar a los pobladores de las áreas aledañas al volcán, que poseen pleno conocimiento de las especies que crecen en el bosque y a la vez hacerlos partícipe de beneficios con ciertas especies maderables para construir y reparar sus casas, leña y el beneficio inmediato y a largo plazo que es la mejora local que se obtiene con la preservación de bosque. El logro alcanzado es la integración de la población de la zona en la protección del recurso bosque e ir creando un espacio de retribución y concientización en la comunidad local. Además se logró crear una “célula de enlace” entre la autoridad municipal y los pobladores de la región. Se constata con experiencias como ésta, que la conservación y el aprovechamiento pueden ir de la mano. Sobre todo si se incluye, reconoce y da oportunidades a los pobladores locales, apoyando a la organización comunal, y creando mayor conciencia para el manejo de sus recursos naturales. El éxito de toda conservación está íntimamente vinculado al diálogo con los pobladores que habitan los alrededores del área bajo protección, mientras que el control basado en la imposición de autoridad, sin brindar otras oportunidades, tiene poco impacto positivo.

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6.5.7 Determinar la efectividad y los obstáculos de la aplicación de los instrumentos de Gestión ambiental impulsados en los proyectos de descentralización a nivel municipal proyectados a la realidad nacional.

v Instrumentos Legales y Normativos :

1. Los gobiernos locales deben trabajar en conjunto con las comunidades para lograr la implementación de este tipo de instrumentos, (Legales, Normativos) ya que son los pobladores los mejores aliados para el monitoreo del cumplimiento de los mismos, como actores de incidencia y ejecución.

2. Un mecanismo dinamizador de la participación local ha sido la

conformación de los Comités Comarcales, siendo un arreglo institucional importante para desarrollar las ordenanzas municipales de manera más consensuada, permitiendo así a las alcaldías hacer lineamientos conforme a las necesidades más apremiantes que sobrellevan.

3. Cualquier ordenanza municipal deberá ser acatada con la misma

rigurosidad que la legislación nacional, además de poner condiciones más exigentes y apropiadas a la realidad local. El consejo puede aprobar ordenanzas siempre y cuando no sobrepase mandatos que la legislación nacional no le otorga. Esto debe estar vinculado con el “Manual de Funciones Operativos de la Municipalidad”.

4. El EIA representa los lineamientos integrales que abarca las propuestas de

medidas de mitigación necesarias para la actividad que se esta realizando, incluyendo el monitoreo y evaluación de la efectividad de las medidas adoptadas, sin embargo actualmente es bastante común que queden solamente como documentos necesarios para la permisología legal y no se lleguen a ejecutar dentro de los proyectos.

5. La debilidad por parte de las instituciones correspondientes para

monitorear y evaluar la efectividad de las medidas de mitigación ha relegado la función de los EIA a ser simple instrumentos de planificación obligatoria para tramitología.

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v Instrumentos de Planificación

1. La integración de la población en los procesos de planificación permite establecer lineamientos de ejecución más acordes con la realidad local y de mayor prioridad. Esto promueve que los Planes de Ordenamiento Territorial se adecúen a las demandas de las municipalidades de acuerdo a las realidades, necesidades y cambios locales.

2. Los municipios deben exigir que cualquier plan de desarrollo y de ordenamiento, especialmente los elaborados por consultores externos, sean consultados con la sociedad civil, el sector privado y otros actores locales, que puedan ser afectados de una manera u otra por el plan.

3. La creación de los Comités Municipales de prevención, mitigación y atención de desastres para la restauración forestal, el desarrollo ambiental y la mitigación de impactos socio-económicos han sido calificados como buenos mecanismos de respuesta ante emergencias ambientales.

4. Los planes estratégicos realizados a niveles de asociaciones municipales, en los cuales se incluye la participación ciudadana como uno de los ejes de su creación promueve planes más eficientes y con más capacidad de realizar proyectos de mayor magnitud en los que se requiere de una coordinación intra-municipal.

v Instrumentos socio-culturales

1. Las mejores estrategias de capacitación son aquellas en las cuales se abren canales directos de comunicación con la población y se aborda la problemática local.

2. Los programas de educación ambiental son más exitosos cuando se

refuerzan las capacidades técnicas y administrativas locales, lo que promueve Promoviendo la apropiación de instrumentos de gestión para el manejo ambiental del territorio.

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3. La divulgación de experiencias puede ser un mecanismo utilizado para

concientizar sobre el manejo de los recursos naturales, promoviendo así el uso sostenible de los mismos. Además el desplazamiento de los aprendices a otras localidades donde se lleven mecanismos diferentes es altamente eficiente para el aprendizaje de los actores visitantes. (Ej. Programa Campesino a Campesino).

4. Toda información debe suministrarse de manera asequible según el nivel

cultural al que se destine para ser asimilado. 5. El monitoreo y evaluación participativa de la efectividad de las medidas de

gestión ambiental son una herramienta útil para promover el aprendizaje de los co-gestores, reducir los costos de proceso de monitoreo y catalizar los procesos de gestión ambiental local.

g Instrumentos Económico-Financieros

1. Los incentivos que se obtienen con los instrumentos económico-financieros aportan un balance viable, comparado con el enfoque de sanción y control que predomina en Nicaragua.

2. El mayor obstáculo que enfrenta la implementación de los instrumentos

económicos-financieros, son los vacíos legales, para la creación de procesos de administración y ejecución de los mismos.

3. El pago por servicios ambientales, es una herramienta relativamente nueva

en Nicaragua, que contribuye al desarrollo económico local y a la incidencia de políticas locales en el manejo de los recursos naturales, crea conciencia y fortalece un manejo sostenible de los mismos.

4. La creación de microempresas municipales y la contratación de las mismas

por parte de las alcaldías, constituye una alternativa innovadora para desarrollar la economía local y la conciencia del valor de los recursos naturales.

5. Los proyectos de conservación ambiental son autosostenibles siempre y

cuando existan mecanismos paralelos de beneficio económico inmediato

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para la comunidad. Esto debe ir asociado con un asesoramiento técnico calificado, que promueva el desarrollo de capacidades locales en la formulación, manejo y administración de proyectos.

g Instrumento de obras físicas y tecnológicas

1. Uno de los mayores obstáculos para el manejo sostenible de las obras físicas y

tecnológicas ejecutadas, es la falta de vinculación de responsabilidades y de apoderamiento local, por la ausencia de una concertación económica, social y ambiental, donde se involucre a la comunidad con el gobierno municipal.

2. Brindar servic ios básicos a través de innovaciones tecnológicas es una manera

factible de asistir a comunidades alejadas, sin embargo, es clave lograr a través de una buena organización y apropiación de la comunidad, para que los proyectos sean autosuficientes.

3. El desarrollo de un enfoque de fomento y asistencia a las comunidades dentro

de las universidades y el sector privado ayudaría a dar alternativas económicas y sociales a las poblaciones más necesitadas.

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VVIIII.. CCoonncclluussiioonneess � La limitante de la descentralización de la gestión ambiental es la poca implementación de leyes y normas establecidas. Dado el limitado recurso financiero destinado para la implementación de las herramientas promulgadas en estos estatutos, el proceso queda suspendido en la fase de planificación, limitando las acciones operativas. � Como medida para fortalecer el área de gestión ambiental en las alcaldías, éstas pueden incurrir, tomando en cuenta la realidad de la comunidad, en la condonación del cobro de impuestos a ciertos pobladores a cambio de que éstos presten un servicio a la municipalidad. Este mecanismo es una alternativa viable para muchos municipios, ya que se puede desarrollar consensuadamente un medio para solventar sus necesidades. � La creación de las UAM, son un mecanismo adecuado para incorporar el componente ambiental en la planificación, políticas, monitoreo, seguimiento y control del cumplimiento de leyes en los territorios. Sin embargo, su funcionalidad no ha sido aprovechada al máximo, debido a escasos recursos financieros y falta de voluntad política de los gobiernos municipales dado por una falta de concientización del tema. Así algunas UAM se encuentran desarticuladas de la alcaldía (operan en infraestructura separadas), no cuentan con información digitalizada y carecen de equipos de trabajo como computadoras y teléfono. � Cabe destacar que el recurso humano dentro de las UAM en su mayoría trabaja con máximo esfuerzo, en condiciones adversas como las antes mencionadas.

� Las delegaciones departamentales comúnmente están ubicadas en la cabecera departamental y no cubren la mayor parte del área por falta de personal y transporte. Éstas deben tener una mejor relación con las municipalidades y hacer énfasis en brindar asesoría técnica a las UGA´s y CAM`s. � Se percibe la gestión ambiental de manera negativa, ya que siempre ha sido implementada a costa de prohibiciones e impedimentos para que los campesinos y pobladores desarrollen sus actividades diarias. Se ha seguido el patrón de exclusión y aislamiento, viendo a los pobladores locales como un sector obstaculizante y no como un grupo factor de oportunidades.

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� Actualmente la gestión ambiental implementada por el estado, se centra en la aplicación de instrumentos legales normativos y reguladores, ambos prohibitivos, olvidando que se pueden ejecutar instrumentos económicos financieros innovadores. A través de las experiencias se ha constatado lo inviable de estos mecanismos, ya que si los habitantes no cuentan con incentivos financieros palpables, las intenciones de protección y manejo sostenible de los recursos que se intente llevar a cabo dentro de las áreas protegidas se vuelven un fracaso. � Para lograr un apoyo de la comunidad en la gestión adecuada de los recursos naturales es necesario tomar en cuenta las normas socio-culturales, las diferentes formas de concebir el medioambiente y fortalecer mediante un intercambio cultural, las prácticas sostenibles de la gestión local. � No existe un mecanismo que permita evaluar si los proyectos de descentralización de la gestión ambiental han sido efectivos o no, por la falta de planes que los monitoreen. Lo que dificulta, por ende el proceso de eliminar lo que no ha sido exitoso y multiplicar aquellas experiencias eficientes. La ausencia de una base de datos sistematizada de seguimiento a los proyectos de gestión ambiental, impide percibir el desarrollo y la eficiencia de los mismos. � Es necesaria la participación ciudadana en los arreglos institucionales para asegurar un mayor apoderamiento por parte de la comunidad en las acciones o dictámenes convenidos. Esto fortalece el desarrollo de una gestión ambiental más efectiva. � Los acuerdos institucionales con las alcaldías deben de ir en paralelo a un incremento en las transferencias presupuestarias municipales para evitar delegar más competencias, que las municipalidades no puedan manejar por falta de recursos financieros ni asesoría técnica.

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VVIIIIII.. RReeccoommeennddaacciioonneess § Se considera indispensable crear mecanismos económicos, financieros que se

adapten a la realidad local. Aún cuando éstos no están determinados en la legislación nacional han resultado ser además de un aliciente económico que subsana la situación de los pobladores, un mecanismo gestor de conciencia ambiental local.

§ Es necesario que las municipalidades cumplan un papel decisivo en cuanto a

permisología de los recursos naturales locales y no como simples actores de opinión, para lo cual debe haber previa capacitación técnica de personal de la alcaldía. Esta actitud fomentaría el rol que MARENA, INAFOR, y MIFIC deben tener como instituciones fiscalizadoras y reguladoras.

§ Es indispensable que los proyectos de gestión ambiental vayan paralelo al

mejoramiento económico de los pobladores de la zona para crear un clima más estable e instituir mayor interés por parte de los pobladores para mantener una ejecución eficiente de programas y proyectos.

§ Es recomendable que las instituciones prioricen la implementación de los

planes y estudios existentes, y disminuyan los recursos financieros a más procesos de planeación. De igual manera, enfatizar a los cooperantes internacionales la ayuda en proyectos existentes.

§ Es necesario que las municipalidades fortalezcan sus relaciones con la

comunidad para mejorar los mecanismos de participación ciudadana. La alcaldía puede crear estrategias respaldadas en la población para realizar algunas de sus funciones, ya que se ha comprobado que la implementación de proyectos, es más eficiente entre mayor es la organización comunitaria y el tendido territorial de la municipalidad.

§ Es necesario capacitar y tecnificar los actores locales para que éstos puedan ser

ejecutores de los proyectos y no simples beneficiarios. De esta forma se garantiza la sostenibilidad de los mismos.

§ Es recomendable que las Unidades Ambientales Munic ipales coordinen

programas supramunicipales que permitan organizar acciones y realizar proyectos de gran envergadura.

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§ Se deben sistematizar las buenas y malas experiencias que incluyan el uso de instrumentos económico-financieros y divulgar sus méritos, desméritos y aplicabilidad, permitiendo así obtener los mejores mecanismos funcionales.

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IX. Bibliografía - Análisis de país, pobreza y ambiente en Nicaragua. Versión final. Embajada de

Suecia en Nicaragua Matilde Mordt. Septiembre, 2006. - Decreto No. 45-2006 Política Nacional de Descentralización Orientada al

Desarrollo Local - Decreto N° 1320. Creación de Reservas Naturales en el Pacífico de Nicaragua - Decreto. No. 35’ 84. Reglamento a la ley no. 28 "Estatuto de Autonomía de las

Regiones de la Costa Atlántica de Nicaragua" . - Descentralización y Desarrollo Local. SETEC. 2006. - Descentralización en acción estrategia nacional de descentralización y

desarrollo local. SETEC. 2006 - Documento base para la construcción participativa de la estrategia nacional de

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- Documento “Pagos por Servicios Ambientales al nivel municipal en Honduras, El Salvador y Nicaragua” : “La contribución del PASOLAC al desarrollo de un enfoque innovador que contribuye a la agricultura sostenible en laderas” Informe Anual Regional 2003-2004

- El papel de los gobiernos municipales en la gestión de los recursos naturales. Chinandega “El manejo de una reserva natural en un mundo de agricultores.”

- Experiencia exitosa del municipio El sauce con Comités de desarrollo urbano y rural. AMUNIC. 2006.

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Naturales - Ley No. 28 Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Atlántica de

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- Manual de funciones ambientales de la alcaldía de Ciudad Sandino. Complemento al Manual de Organización y Funciones de la Alcaldía de Ciudad Sandino. Julio 2006.

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- Resolución Ministerial No. 04-2000, Aprobado el 22 de Mayo del 2001 - Revista Envío año 22, Número 252 Marzo 2003. Pág 23

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- Revista Envío año 21, Número 246 Septiembre 2002.Pág 27 - Revista Envío año 22, Número 256 Julio 2003.pág 9 - Segundo proyecto de desarrollo de municipios rurales SPDMR.MARENA

(2005) - ”Sistematización de experiencias locales en gestión ambiental”. Ministerio del

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Guadalupe Wallace S. Managua, Junio 2005. - Descentralización, http://es.wikipedia.org/wiki/Descentralización [Consulta:

Martes, 26 de Septiembre del 2006] Entrevistas: P Yanny González, Martín Cuadra, Erick Blandón, Anielka Reyes. INAFOR P Roberto StuArto. Coordinador SIMAS. P Miguel Obando. Coordinador Nacional de PASOLAC P Roberto Araquistán. Coordinador del II Proyecto de Desarrollo de Municipios

Rurales. MARENA. P Carlos Rivas Leclair. Oficina de Desarrollo Limpio-MARENA P Lic. Roberto García, Lic. Fernando de la Llana. AMUNIC P Silvia Molina Cruz. División General de Coordinación Territorial. MARENA

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X. ANEXOS

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ANEXO 1 Propuesta sobre mejoramiento de la Descentralización de la Gestión Ambiental y Recursos Naturales en Nicaragua dentro Estrategia Nacional de Descentralización y Desarrollo Local.

Este acápite fue realizado como parte del apoyo técnico de la consultora ambiental CABAL, S.A

Propuesta final de texto sobre gestión ambiental, END&DL.

16 de noviembre 2006.

Textos introductorios: se sugiere incorporar los siguientes textos en las páginas indicadas de la END&DL: p. 9, bajo el punto “descentralizando para resolver problemas”: El uso del concepto de desarrollo sostenible da una visión integral de los problemas, que abarca, además de la pobreza, la situación social y ambiental, áreas en las cuales se está avanzando en el proceso de descentralización. Por esta razón, se sugiere sustituir el punto a), por: “a) la falta de desarrollo sostenible, caracterizada por altos niveles de pobreza, degradación ambiental y una situación social apremiante.” p. 16, insertar un párrafo después del primer párrafo bajo 2.2: “Los modelos de desarrollo y sistemas productivos y tecnológicos en vigencia ocasionan procesos de degradación ambiental que han llevado a algunos territorios a situaciones críticas de agotamiento de recursos y desequilibrio ambiental. En este contexto, la población pobre recibe los mayores costos, por su alta dependencia en recursos naturales para su sobrevivencia, es más vulnerable ante desastres y sufre una mayor afectación de un medio ambiente insalubre. La atención a la gestión ambiental es, por lo tanto, una prioridad en el marco de una estrategia de reducción de pobreza y su abordaje debe responder a las necesidades de cada territorio.” SITUACIÓN ACTUAL DEL SECTOR AMBIENTAL Y LAS PRINCIPALES RESTRICCIONES DEL PROCESO Contexto - La gestión ambiental ha tenido un desarrollo importante en el país en la última década. Existe

una Política Ambiental, el Plan Ambiental Nacional (Decreto 25-2001) y otros documentos estratégicos que han sido elaborados sobre plataformas de diálogo y consulta con actores públicos y de la sociedad civil, tanto en el nivel central como territorial. Se encuentra también en elaboración un programa de acción, PROAMBIENTAL, que bajo la perspectiva sectorial integra el quehacer de diferentes instituciones. En conjunto, estas políticas y planes apuntan a una política ambiental que retoma las demandas de los diferentes actores en el territorio y en

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el nivel central. La mayoría de estos documentos establecen prioridades relacionadas a facilitar el desarrollo productivo sostenible y promueven la desconcentración y descentralización de la gestión ambiental.

- Avances significativos se han mostrado en la institucionalización de la gestión ambiental, incorporando de manera transversal la participación de diferentes actores en el proceso. La normativa jurídica – institucional del sector ambiental, cubre aproximadamente una década de trabajo desde la aprobación de la Ley General del Medio Ambiente (1996), y se registra desde esta fecha una producción vertiginosa de instrumentalización del marco jurídico en materia ambiental y de recursos naturales

- Los principales instrumentos de política y planificación ambiental son la Política Ambiental y el Plan Ambiental Nacional, PAANIC. Bajo la rectoría del PAANIC se elaboran versiones operativas de Planes Ambientales Municipales. En la actualidad se está elaborando la tercera generación de Plan Ambiental Nacional.

- MARENA ha planteado en su visión la gestión ambiental descentralizada y ha elaborado desde hace una década, políticas, estrategias y planes de acción para la gestión ambiental institucional, el fortalecimiento de sus delegaciones territoriales en el marco de la desconcentración y más recientemente, la descentralización hacia niveles territoriales más bajos. El proceso de desconcentración se realiza también de manera horizontal a través de la articulación con el Sistema Nacional de Inversiones Públicas y el diseño de estrategias para operacionalizar la transversalidad del ambiente en otros Ministerios y entes autónomos.

- En este proceso, el MARENA ha avanzado a través del fortalecimiento de su red de

delegaciones territoriales y la ampliación de las funciones ejecutadas por estas; el apoyo a los municipios en su quehacer ambiental (planes ambientales, ordenanzas, instrumentos de gestión ambiental, etc.); firmas de convenios de co-manejo de áreas protegidas; y la apertura de canales de comunicación con diferentes actores en el nivel local, entre otros.

- En cuanto al Sistema de Información Ambiental, el SINIA ha avanzado con la instalación de los nodos regionales y departamentales y la creación de los Consejos de Información Ambiental Regional, CIAR, en las cuales participan otros actores sectoriales. El funcionamiento de estos nodos en el territorio es desigual; en algunos son consultados por las instituciones y el público en general, proveyendo asistencia técnica para diversas temáticas, en otros están débilmente desarrollados.

- El MIFIC ha avanzado en la delegación de algunas competencias administrativas hacia las alcaldías y regiones autónomas a través de convenios, para los sectores de pesca artesanal y minería artesanal. Cabe mencionar que muchos de estos son recientes y que los gobiernos municipales todavía no han logrado estructurarse según lo establecen dichos convenios (ordenanzas, personal, logística, registros, etc.).

- INAFOR ha comenzado su proceso de delegación a través de convenios con los gobiernos municipales que establecen mecanismos para que estos ejerzan una mayor autonomía en la administración de los recursos forestales. Estos otorgan a los municipios la potestad de realizar inspecciones, monitoreo, control y seguimiento a toda la cadena de aprovechamiento forestal, retener los recursos forestales y medios de transporte en caso de incumplimiento de la legislación forestal vigente, inspeccionar los planes de manejo forestal y remitir la información recabada a INAFOR, así como la respectiva denuncia para su procesamiento administrativo, controlar el funcionamiento de los regentes forestales, otorgar permisos de

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aprovechamiento forestal de forma mancomunada (Alcaldía -INAFOR) y otorgar permisos de aprovechamiento forestal no comercial. Sin embargo, todos los convenios son de reciente data y falta avanzar en sus aspectos operativos.

- El FISE ha hecho avances importantes en la gestión ambiental a través de la aplicación de instrumentos de análisis ambiental para las obras que financia y ejecuta (evaluación de emplazamiento, análisis ambiental, autodiagnóstico ambiental comunitario, etc.). El sistema de graduación de los municipios ha permitido que estos asuman la implementación de estos instrumentos de manera diferenciada, según sus capacidades.

- Los procesos administrativos y penales en el ámbito ambiental son promovidos por la

Procuraduría Ambiental, la cual representa al Estado en los juicios entablados por delitos ambientales ante el Ministerio Público (Fiscalía de la República) y promueve acciones en representación del Estado.

- Las Regiones Autónomas han avanzado con la creación de las Secretarías de Recursos

Naturales (SERENAs), adscritas a los Gobiernos Regionales y que actúan como el brazo técnico de los Consejos Regionales en el área ambiental. Son las encargadas de implementar las resoluciones ambientales que emite el Consejo Regional y han asumido funciones de gestión ambiental en las áreas de administración del Sistema de Permisos y Evaluación de Impacto Ambiental, emiten los dictámenes técnicos para la opinión sobre concesiones de minas, forestal e hidrocarburos, y planes de manejo de bosques, asimismo, realizan actividades de control y seguimiento de la gestión ambiental y de recursos naturales. En el sector forestal, la SERENA de la Región Autónoma del Atlántico Norte (RAAN), coordina todo el proceso de consulta de los planes de manejo de aprovechamiento forestal con el INAFOR. Asimismo, coordina la estrategia forestal regional, comunitaria y municipal.

- Así mismo, otras entidades realizan gestión ambiental que tiene una relación con el nivel territorial. Para darle un adecuado seguimiento a estas actividades, en el nivel central se han creado Unidades de Gestión ambiental (UGAs) en la mayoría de las instituciones sectoriales (MTI, MAGFOR, INTA, IDR, MINSA, INTUR, FISE, CNE, INAA, ENACAL, INE etc.). En el caso del MINSA, existen UGAs en cada SILAIS, y cuenta con inspectores sanitarios en todo el país.

- En relación a los gobiernos municipales, de acuerdo al marco normativo vigente se espera que las alcaldías realicen una amplia gama de labores técnicas y sustantivas de relevancia para la calidad ambiental de los territorios. Las Alcaldías realizan una gran cantidad de actividades ambientales compartidas con otras instituciones del gobierno central. En adición a esto, cumplen con funciones ambientales propias y tiene el reto de integrar la dimensión ambiental en el sistema de obras públicas, planificación y servicios municipales que impulsan los gobiernos municipales. En total, los gobiernos municipales, según la legislación ambiental vigente, tienen alrededor de 100 funciones en las áreas de manejo de recursos naturales, análisis ambiental, ordenamiento territorial, gestión de riesgos, áreas protegidas, contaminación, manejo de desechos sólidos y sensibilización, entre otros.

- La articulación de los planes municipales con la planificación nacional se hace por medio del Sistema Nacional de Inversiones Públicas dado que las principales acciones que contienen los Planes Ambientales Municipales son proyectos que se integran en los Planes de Desarrollo Municipal. Sin embargo, en los planes de inversión municipal todavía no se refleja claramente la totalidad de las inversiones que tienen un carácter ambiental.

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- Por otro lado, las municipalidades han tenido avances en la conformación de unidades ambientales municipales (UAM), muchas de los cuales ocupan un lugar estratégico a lo interno de las Alcaldías. Así mismo, ha habido avances en la conformación de Comisiones Ambientales Municipales (CAM) que fungen en algunos casos como mesas ambientales dentro de los Consejos de Desarrollo Municipal (CDM) y como tal, inciden en los Planes de Desarrollo Municipal. Por otro lado, hay un desarrollo considerable en la aprobación de ordenanzas e instrumentos técnicos que permiten la gestión ambiental en el territorio.

- Algunos gobiernos municipales han logrado considerar la gestión ambiental de manera

transversal en sus esquemas organizativos. De esta manera, el quehacer ambiental no es responsabilidad exclusiva de las unidades ambientales, sino es ejecutada también por otras áreas, tales como servicios municipales (por ejemplo, en el manejo de los desechos sólidos), planificación territorial y urbanismo (en los planes de ordenamiento territorial y los diferentes reglamentos de desarrollo y control urbano), obras municipales (en la consideración de los impactos ambientales de las obras del municipio). En estos modelos, la gestión ambiental es también considerada en dos ámbitos: la interna (obras ejecutadas por las alcaldías, servicios municipales), y la externa que regula, controla y fomenta el sector privado y público en general.

- A través de las CAM se han logrado llevar a cabo acciones coordinadas entre instituciones gubernamentales sectoriales y locales y la sociedad civil, en áreas como la educación ambiental, control de incendios, creación de parques ecológicos, entre otros. Algunas CAM han desarrollado planes de gestión ambiental municipal y han fungido también como órganos de consulta para ordenanzas ambientales de los municipios. Es importante resaltar que las CAM tienen funciones consultivas y de coordinación y no pueden ser normadoras ni ejecutoras, por lo que la columna regulatoria y de aplicabilidad del marco legal descansa en el funcionamiento de las instituciones públicas. Otro mecanismo de participación se da a través de la conformación de las Comisiones Forestales a nivel nacional, regional y municipal, estas últimas de reciente creación en algunos municipios.

- La participación ciudadana se ha promovido también dentro del marco de la Ley de Participación Ciudadana, que posibilita la participación en la definición de políticas públicas y la iniciativa de ordenanzas y leyes por parte de la ciudadanía. Por otro lado se incorpora también la participación ciudadana en la formulación, evaluación y seguimiento de políticas públicas en el ámbito nacional, regional y local a través de una serie de comisiones y comités sectoriales y territoriales.

- El sector privado ha participado de manera directa en la gestión ambiental, entre otros, en la

administración compartida de áreas protegidas, en la cual interactúan las comunidades, los propietarios privados y las entidades encargadas de su manejo y administración. Otras áreas de acción del sector privado son en la puesta en práctica de sistemas de producción más limpia y la prestación de diferentes servicios, principalmente brindados a los municipios. El sector universitario participa en investigación y monitoreo de los recursos naturales y planificación y ejecución de proyectos.

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La Problemática sectorial

- El crecimiento acelerado de la población nicaragüense y el aprovechamiento desordenado e irracional de los recursos, estrechamente vinculados a los modelos de desarrollo extractivos y la pobreza, han causado un deterioro progresivo del ambiente.

- Los procesos de degradación ambiental han llevado a algunos territorios a situaciones críticas de agotamiento de recursos y desequilibrio ambiental, debido al desgaste de la capacidad de regeneración y asimilación de los ecosistemas y a que la racionalidad económica de los modelos de desarrollo dominante en las últimas décadas, ha originado unos patrones de

transformación del medio natural que no se corresponde con las capacidades y potenciales de la base de los recursos naturales.

- Estos modelos de desarrollo y sistemas productivos y tecnológicos adoptados desde el siglo pasado, han ocasionado un deterioro de la naturaleza, evidenciado por los siguientes problemas ambientales9:

P Deforestación: En 300 años ha desaparecido en Nicaragua el 85 por ciento de los bosques tropicales secos y el 65 por ciento de los bosques húmedos10. Actualmente, el país pierde cerca de 70 mil hectáreas de bosque cada año por deforestación.

ü Deterioro y agotamiento de importantes regiones agrícolas del Pacífico, atribuidos a un modelo extractivista y de explotación intensiva de la tierra, con abuso de agroquímicos que han causado salinización, contaminación y lixiviación de los suelos, afectado los cuerpos de agua y generando erosión.

ü Acelerada ampliación de la frontera agrícola en dirección al Atlántico, debida al progresivo agotamiento ecológico en la región Pacífico y la Zona Central Norte. La invasión humana impulsada por la pobreza, que avanza incluso sobre áreas protegidas, está destruyendo y fragmentando ecosistemas irrecuperables y ya ha causado la extinción de varias especies o su migración definitiva a países limítrofes.

ü Contaminación de los cuerpos de agua por vertidos directos y/o con componentes peligrosos, e incluso por desechos sólidos. Contaminación biológica y por sustancias químicas como mercurio, cloro, plomo, cromo, cianuro y plaguicidas, con impacto sobre la salud de la población.

ü Crecimiento urbano desordenado, en espacios no planificados, que expone a riesgos más altos a la población más pobre en episodios de desastres y que supone un reto en cuanto a la gestión ambiental.

ü Carencia de un plan de ordenamiento territorial que establezca relaciones claras entre la actividad humana y los recursos naturales.

9 Adaptado de PROAMBIENTAL, septiembre 2006. 10 Informe del Estado Ambiental de Nicaragua, 2001.

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ü Carencia de un plan estratégico nacional que transcienda las administraciones y que vincule el crecimiento económico y social con la dimensión ambiental: la falta de un planeamiento sostenible que asegure en el largo plazo una estrategia de uso y protección del medio natural. Restricciones del proceso de descentralización

- A pesar que Nicaragua cuenta con una abundancia de bienes y servicios ambientales que pueden contribuir a la reducción de la pobreza y el desarrollo económico, hay un deterioro relevante del medio ambiente y una débil gobernabilidad ambiental. Adicionalmente, la producción y las ventajas comparativas que tenemos en sectores como la pesca, agricultura, turismo y la industria forestal, son altamente dependientes de la disponibilidad de estos recursos.

- Para países como Nicaragua, donde la gran mayoría de los pobres dependen de estos bienes

naturales como principal fuente de riqueza para mejorar el ingreso y bienestar, es imperante contar políticas de desarrollo que consideren de una manera adecuada los asuntos ambientales. En adición, los pobres sufren los mayores riesgos por desastres naturales y por la degradación ambiental causada por actividades antrópicas (contaminación del suelo, agua y aire).

- La falta de implementación, monitoreo y seguimiento del marco jurídico vigente esta contribuyendo al deterioro del medio ambiente y ha producido una pérdida de credibilidad de la institucionalidad ante la opinión pública.

- Sumado a lo anterior y propio del proceso de introducción rápida del tema ambiental, la

producción de normativa ha carecido de una articulación para evitar algunos traslapes y vacíos, así como una orientación para una efectiva desconcentración y descentralización de la gestión ambiental y un enfoque de corresponsabilidad social por parte de los usuarios.

- Se puede apreciar que la formación de las instancias de gestión ambiental a nivel de cada Ministerio no guarda una lógica estratégica de funcionamiento. Se crean con base en las necesidades que se van identificando sean estas en base a temas, convenios, (CITES; cambio climático, ozono etc.), o por procesos, por ejemplo, el comercio interno y externo de la flora y fauna. Esta situación encarece los costos operativos de algunos Ministerios, dificulta el proceso de descentralización y al usuario la identificación de la autoridad reguladora.

- Los instrumentos de gestión ambiental se han centrado en la legislación y planificación; con un fuerte énfasis en reglas y control. Por otro lado, se muestra un desarrollo insuficiente de otros instrumentos, tales como los incentivos económicos o sociales, donde los arreglos en el nivel local se encuentran adaptados a la realidad territorial y por lo general son más sencillos para administrar que esquemas centralizados.

- La falta de definición de competencias descentralizadas de los instrumentos de la gestión ambiental, es un factor de roce entre las delegaciones territoriales, regiones autónomas y las municipalidades. Existen vacíos de procedimientos y criterios necesarios para el actuar de las alcaldías en algunos mandatos, y ha faltado voluntad política para explicitarlos, por ejemplo en la aplicación del formulario de permiso ambiental para actividades no regidas por los Estudios de Impacto Ambiental, que MARENA debería haber emitido para que las alcaldías puedan ejercer funciones en este área.

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- En este sentido, es urgente que MARENA defina la aplicación de los instrumentos existentes en cada nivel (central, desconcentrado a nivel departamental y descentralizado a nivel de las regiones autónomas y los municipios), que valide en conjunto con las alcaldías los que vayan a ser aplicados en este nivel y que acompañe su puesta en marcha a través de capacitación y asistencia técnica. Esto implica que MARENA continue profundizando el proceso de desconcentración y descentralización y asuma cada vez más un rol de facilitador y servidor, lo que implica mostrar una mayor voluntad política para llevar adelante estos proceso.

- En el tema forestal, el proceso de permisos para aprovechamiento doméstico y comercial, vigilancia y control descansa en las estructuras de INAFOR, siendo el papel de los Gobiernos Municipales mínimo, exceptuando los casos que exista un convenio de delegación de funciones con INAFOR. Las capacidades del ente central han mostrado ser insuficientes para el adecuado manejo del sector, lo cual ha llevado en junio del 2006 a la promulgación de una Ley de Veda para el corte, aprovechamiento y comercialización del recurso forestal (Ley no. 585), en un intento para controlar la ingobernabilidad del sector.

- La capacidad de seguimiento y apoyo a los convenios firmados con los gobiernos regionales y

municipales por parte del MIFIC es débil. El proceso de capacitación y asistencia técnica por parte de MIFIC debe ser reforzado para abordar las áreas mencionadas, en particular los aspectos de vigilancia y control. Por otro lado, algunas alcaldías han mostrado interés en establecer convenios en otras áreas, como por ejemplo el control de la minería industrial, demanda que merece ser analizada en mayor detalle. En cuanto a aguas y bosques del Estado, todavía falta establecer las respectivas administraciones, así como definir su relación con el nivel territorial.

- Las Delegaciones Territoriales del MARENA, no han logrado desarrollar un manejo estratégico de los asuntos públicos de la gestión ambiental y las funciones que realizan hacia los municipios carecen de una estrategia que potencie el actuar de estas delegaciones para alcanzar arreglos de coordinación interinstitucional y alianzas con los gobiernos municipales y regionales. Actualmente, la falta de coordinación en los territorios influye negativamente en la ejecución de las acciones estratégicas territoriales. Por lo general, las delegaciones no tienen un sistema de seguimiento a los procesos y permisos que otorga el Ministerio, ni mecanismos para medir la efectividad de la gestión ambiental en el territorio. Las actividades de control y vigilancia son muy débiles o nulas.

- En cuanto a los procesos administrativos y penales en el ámbito ambiental, el accionar de la

Procuraduría Ambiental, se ve limitada debido a que está en dependencia de la gestión de las instituciones del Estado por la vía administrativa y la fiscalía como parte encargada de la apertura de procesos por la vía penal. Los mecanismos de penalización son todavía incipientes y tienen un débil funcionamiento.

- Aunque las leyes de autonomía confieren competencias de la gestión ambiental y Recursos

Naturales a las autoridades regionales de la Costa Atlántica, en armonía con las leyes nacionales, al momento de instrumentalizar el mandato legal las normas superan en algunos casos el mandato conferido en las leyes nacionales. Un ejemplo de esto es la administración de áreas protegidas, que se atribuye a MARENA en la ley 290; mientras que a nivel regional lo confiere el reglamento de la Ley 28.

- Así mismo, en las regiones autónomas se requiere de una atención especial a la división de trabajo entre las SERENAs y las delegaciones de otros entes. En la práctica, las SERENAs realizan inspecciones técnicas en coordinación con las instancias sectoriales como es el caso

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de MARENA e INAFOR, sin embargo, todavía falta fortalecer sus acciones en el área de control y vigilancia.

- Entre las debilidades que se encuentran en los municipios están el desconocimiento sobre las competencias que deben ejercer, la falta de recursos en cuanto a personal y para operaciones, la alta rotación de personal, y la poca importancia de proyectos de carácter ambiental en los planes de inversión municipales (PIM). También hay una falta de instrumentos técnicos y procedimientos de ejecución que puedan brindar un marco unificado para el actuar de las alcaldías. La débil capacidad para el control y la vigilancia en el territorio se relaciona también con debilidades en las inspectorías municipales, que podrían complementar el trabajo de inspectoría de entes centrales.

- En el marco del Sistema de Planificación Municipal ha habido un escaso seguimiento a los planes ambientales, con una falta de atención a las fases de ejecución de los mismos. Un ejemplo de esto se encuentra en los 150 Planes Ambiental Municipales, formulados para el período 2001-2005, los cuales no han tenido un seguimiento posterior en cuanto a ejecución.

- Otra problemática encontrada es que muchas veces, los instrumentos legales generados por

las alcaldías no guardan el fiel respeto a las leyes nacionales (siendo que las ordenanzas se sobreponen a las leyes), lo que va en detrimento de la población por la duplicidad de regulaciones.

- En el tema de la retribución financiera (pago de multas por imposición de sanciones) para ejercer la función de vigilancia y control por parte de las Alcaldías es un tema que esta pendiente de definirse dado que existen traslapes entre los diferentes niveles. En varios casos, los ingresos percibidos por la imposición de sanciones van al tesoro con destino especifico, como en el caso de la Ley de Delitos Ambientales y la Ley General del Medio Ambiente, que define que los fondos se depositan al Fondo de MARENA o al Tesoro, es decir que no es rentable ni atractivo para las alcaldías participar en esta función donde no participan de la retribución financiera. Algunas de estas sanciones eran cobradas por los gobiernos municipales con anterioridad a la Ley de delitos Ambientales, ingresos que actualmente dejarían de percibir.

- Por otro lado, todavía falta reforzar la participación ciudadana, como en los casos de Estudios de Impacto Ambiental y la administración de áreas protegidas. La falta de información disponible y relevante para los actores locales muchas veces impide la participación real en la toma de decisiones, y es también un impedimento para el aprendizaje colectivo que pudiera mejorar la gobernabilidad ambiental. Otro problema se da en relación a la representatividad de los actores que participan en las consultas, dado que por lo general provienen de estratos sociales con mayor nivel educativo y de manejo de información. Finalmente, se debe asegurar la participación de los pueblos indígenas y rescatar las tradiciones del buen manejo comunitario de la gestión ambiental como una fortaleza institucional, así como la de grupos marginados en las diferentes instancias de participación, dado que una participación genérica no garantiza que estos sean tomados en cuenta o benefic iados.

- Se requiere fomentar una mayor participación del sector privado en su participación en las

CAM, la prestación de servicios, co-manejo de áreas protegidas, y promover la corresponsabilidad social. Otra problemática es el débil cumplimiento de las normas técnicas y buenas prácticas ambientales de los sectores productivos.

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- En resumen, el país ha mostrado avances significativos en el desarrollo de la normativa ambiental y la institucionalización de la gestión ambiental. Sin embargo, se ha carecido de una gestión articulada provocada por traslapes y vacíos, así como por la falta de una orientación efectiva para avanzar en la desconcentración y la descentralización que facilite la aplicación del marco jurídico y de una efectiva gestión ambiental desde la perspectiva de la población. OBJETIVOS DE LA ESTRATEGIA SECTORIAL DE AMBIENTE Objetivo Superior.

- Contribuir al bienestar y el desarrollo integral del ser humano, aprovechando de manera sostenible los recursos naturales y contando con un ambiente saludable, a través de una gestión ambiental que armonice el desarrollo económico y social; y orientar el accionar coherente institucional e intersectorial de las instituciones del Estado, organizaciones civiles, organismos no gubernamentales y población de Nicaragua. (Política Ambiental de Nicaragua, Decreto 25-2001). Objetivos Específicos para la Descentralización del Sector.

- Realizar el proceso de desconcentración, descentralización y delegación de la gestión

ambiental bajo los principios y lineamientos de la Política Nacional de Descentralización orientada al desarrollo local y del proceso de modernización del Estado.

- Fortalecer las capacidades en las delegaciones territoriales de los ministerios e instituciones

centrales, regiones autónomas y municipios para asumir sus competencias ambientales, lo que incluye contar con recursos financieros adecuados, recursos humanos calificados y modelos e instrumentos de gestión ambiental acordes a las realidades institucionales y locales.

- Consolidar un cuerpo de instrumentos legales y técnicos para la realización de la gestión

ambiental pública descentralizada, con una clara definición de competencias y funciones entre los actores involucrados, a fin de una permitir una adecuada ejecución de la gestión ambiental, transparencia e imputabilidad.

- Fomentar la participación ciudadana y del sector privado en los arreglos institucionales a

escala nacional, regional, departamental, municipal y comunitaria, tomando en cuenta aspectos de equidad social, socio-culturales de los pueblos y gobiernos étnicos e indígenas.

EJES ESTRATÉGICOS SEGUNDO EJE ESTRATÉGICO: 8.2 Definición de Políticas Sectoriales de descentralización 8.2.2 Sector Ambiental - El sector ambiental cuenta con una serie de políticas que promueven la gestión ambiental

desconcentrada y descentralizada en diferentes niveles de gobierno , tales como la Política Ambiental, el Plan Ambiental de Nicaragua 2001-2005, y el Programa Sectorial para el

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Medio Ambiente y los Recursos Naturales (PROAMBIENTAL). La Estrategia de Descentralización de la Gestión ambiental de MARENA, identifica los siguientes campos de acción principales de la gestión ambiental:

- La elaboración de instrumentos de gestión ambiental (con funciones de legislación, normación, formulación de políticas y estrategias, definición de planes de acción). El Estado (Gobierno Central, Regiones y Municipios) asume el liderazgo de este subproceso en forma concurrente y bajo el principio de jerarquía normativa.

- La aplicación de instrumentos de gestión ambiental (con funciones de regulación, monitoreo, seguimiento y evaluación) es igualmente un campo de acción Estatal, que involucra actores públicos (Ministerios de Estado, Gobiernos Regionales y Municipales, Procuraduría, Policía, Poder Judicial, entre otros) complementarios en términos de competencias.

- La implementación de acciones para un desarrollo sostenible (programas y proyectos de producción limpia, de manejo de cuencas, etc.) que deben ser facilitadas por las autoridades estatales competentes pero asumidas principalmente por la Sociedad Civil.

- El fortalecimiento de la conciencia ciudadana y cultura ambiental (con funciones de educación, sensibilización, información, divulgación, investigación, sanción). Es un subproceso que debe ser normado por las autoridades públicas, y debe involucrar a una gran variedad de interventores públicos y de la Sociedad Civil. Los principios de la END&DL y la Estrategia de Descentralización de la Gestión ambiental

- Los principios de la Política Nacional de Descentralización Orientada al Desarrollo Local y retomados en la END&DL y la Estrategia de Descentralización de la Gestión ambiental son coincidentes. En este último documento se identifican varios principios de la descentralización de la gestión ambiental, los cuales son estrechamente interrelacionados: de subsidiariedad, de superioridad, de coordinación, de concurrencia, de gradualidad, de complementariedad y de transparencia .

- El principio de superioridad está estrechamente relacionado con la jerarquía normativa de los instrumentos de gestión ambiental. La descentralización de competencias en materia de gestión ambiental obedece a factores, como la extraterritorialidad, que exigen que la autoridad sea conferida a niveles apropiados por ser los asuntos de interés nacional, regional, departamental y/o municipal. No existe coincidencia entre las unidades biogeofísicas de ordenamiento ambiental y las unidades político-administrativas existentes en el ámbito territorial, debido a lo cual las acciones deben ser coordinadas y las competencias recentralizadas hacia una instancia compartida (mancomunidad) para garantizar la coordinación requerida.

- El principio de gradualidad está relacionado a la necesidad de lograr capacidades adecuadas de autogestión y/o autorregulación a niveles territoriales apropiados para asumir funciones específicas. La descentralización debe realizarse gradualmente, basándose en las capacidades técnicas y financieras efectivas. La descentralización de la gestión ambiental debe tomar en cuenta la capacidad real de las instancias hacia los cuales el principio de superioridad oriente el proceso de descentralización de competencias y funciones, por existir factores limitantes

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que podrían generar vacíos y por ende afectar la calidad ambiental y la sostenibilidad del uso de los recursos naturales.

- El requerimiento de complementariedad de las competencias es una característica predominante para instaurar una gestión ambiental pública eficiente y eficaz. Muchas competencias son concurrentes y asumidas simultáneamente en los espacios político-administrativos. Por otro lado, la cohesión del sistema requiere una concertación y coordinación de las competencias propias de los diferentes interventores. Reviste una gran importancia la clara definición del papel de cada instancia y mecanismos para garantizar la cohesión requerida para alcanzar los objetivos comunes, generando rendición de cuentas de las instancias públicas y transparencia en su actuar. La gestión ambiental debe fundamentarse en una adecuada distribución de competencias, entre los distintos niveles de gobierno, de acuerdo con sus características y misión.

Pautas para la gestión ambiental descentralizada

- A partir del análisis sobre la gestión ambiental pública, se derivan las siguientes conclusiones:

ü Ya existe un cuerpo legal amplio que atribuye funciones a diferentes niveles de gobierno (central, regional y municipal). Se dan algunos vacíos y traslapes (como por ejemplo, en las áreas de ordenamiento territorial, agua y biodiversidad), pero en términos globales, estos no son un impedimento a la ejecución de competencias dadas en la legislación vigente.

ü De la misma manera, existen una serie de modelos e instrumentos de gestión, que incluyen

esquemas de desconcentración, delegación y descentralización, los cuales se consideran viables y que deben ser profundizados.

ü El principal problema de la gestión ambiental pública descentralizada se relaciona a la falta de

capacidades para asumir las competencias dadas por ley, lo que incluye un desconocimiento de las competencias actuales, el enfasis excesivo en instrumentos de planificación en detrimento de otros instrumentos (financieros, socio-culturales), y una gran debilidad para la vigilancia y el control de la normativa existente.

ü Por otro lado, las experiencias relacionadas con la participación ciudadana dentro del marco

institucional de la gestión ambiental descentralizada son débiles y requieren ser fortalecidas. - En este contexto, se establecen las siguientes pautas (prioridades) para la gestión ambiental

pública desconcentrada y descentralizada: ü En primer lugar, dar a conocer las competencias y funciones actuales dadas por ley a los

diferentes niveles de gobierno. Antes de transferir competencias adicionales, se deberá asegurar un cumplimiento de estas competencias. En el caso de traslapes, se deberá estudiar cuidadosamente la capacidad de gestión de cada nivel de ejecución para definir el nivel más indicado de gestión.

ü Dado que los modelos de gestión son muy diversos para el sector ambiental y muchas veces

están compartidos por varias instituciones, estos deberán integrar tanto particularidades sectoriales (forestal, impacto ambiental, recursos hídrics, etc.) y al mismo tiempo estár articualdos entre sí.

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ü Se debe centrar el trabajo en el fortalecimiento de capacidades, incluyendo la asignación de prespuestos adecuados en cada nivel, la capacitación de personal técnico, y la ampliación y desarrollo de instrumentos y modelos de gestión existentes. Deberán priorizarse esquemas de desconcentración, delegación y descentralización ya existentes.

ü Se fomentará la participación ciudadana y del sector privado en los arreglos institucionales

para que promuevan la implementación efectiva de la gestión ambiental pública a escala nacional, regional, departamental, municipal y comunitaria, tomando en cuenta aspectos de equidad social, socio-culturales de los pueblos y gobiernos étnicos e indígenas, fortaleciendo el rol del usuario como co-gestor ambiental y desarrollando herramientas que provean un proceso de aprendizaje para todos los actores, lo cual incluye el acceso a la información, la auditoría social y mecanismos de monitoreo y evaluación participativa.

Líneas de acción

- En el debate sobre la desconcentración y descentralización, es necesario reflexionar sobre la capacidad existente de aplicación de competencias tanto al nivel central, como departamental, regional y municipal, y valorar posibles escenarios de cambio, con criterios de viabilidad y eficacia. Tomando en cuenta los adelantos hacia la desconcentración y descentralización experimentados hasta la fecha, la Estrategia propone avanzar en los siguientes aspectos:

- Como se ha mencionado, las competencias y funciones actuales descentralizadas son amplias y se deberá brindar atención a la divulgación de las mismas y la asunción de estas por parte de los gobiernos locales. Paralelamente, se realizará un análisis global de atribuciones, competencias y funciones municipales y de las regiones autónomas, a fin de armonizar las competencias institucionales centrales y locales y fortalecer las potestades municipales y regionales.

- De acuerdo al principio de gradualidad, se deberá ser cuidadoso en la transferencia de

competencias, para no adicionar funciones nuevas al nivel territorial cuando no se están cumpliendo las dadas por la legislación actual. A partir del diagnóstico, se consolidarán, armonizarán y desarrollarán los instrumentos de gestión ambiental pública concertadamente, respetando los principios de superioridad, subsidiariedad y extraterritorialidad. Esto incluye la coordinación del monitoreo y control de la aplicación de la normativa ambiental y de las denuncias públicas con los diferentes Ministerios de Estado y a nivel territorial con los gobiernos regionales y municipales.

- Están en proceso reformas a la Ley General del Medio Ambiente, el Decreto que regula los

Permisos de Evaluación de Impacto Ambiental y el Decreto de Áreas Protegidas. En proceso de aprobación se encuentra la Ley de Biodiversidad, la Ley de Aguas, la Ley de Ordenamiento Territorial, la Ley de Zonas Costeras. Se promoverá la pronta aprobación de este conjunto de iniciativas, las cuales constituyen un importante oportunidad para superar vacíos existentes y contradicciones en los distintos niveles de gobierno.

- Paralelamente, se fortalecerán las capacidades en los territorios para ejecutar las competencias actuales de este nivel. Tanto las delegaciones territoriales de los entes centrales como los gobiernos de las regiones autónomas y los municipios requieren mayores recursos y capacidades técnicas para ejecutar las funciones otorgadas según la legislación actual. En el

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caso de los entes centrales, esto implica consolidar los actuales procesos de desconcentración hacia las instancias territoriales, incluyendo el traslado de funciones, recursos y financiamiento a los territorios, y poner a disposición asistencia técnica especializada para la creación de capacidades técnicas y jurídicas en el personal del territorio.

- En el caso de los gobiernos regionales y municipales, estos deben destinar presupuestos

adecuados a sus unidades ambientales, asumir la gestión ambiental de manera transversal a lo interno de sus instituciones, aplicar los diferentes instrumentos de gestión ambiental disponibles, y fortalecer los sistemas de control y vigilancia.

- A fin de que los actores involucrados en la gestión ambiental pública cuenten con los recursos humanos calificados para asumir sus competencias y/o funciones, se realizará un diagnóstico en los diferentes niveles institucionales para identificar la capacidades y necesidades actuales, en base al cual se formulará un plan de fortalecimiento para incrementar las capacidades profesionales, incluyendo la gestión de fondos, privilegiando inicialmente a los niveles locales para disminuir las brechas respecto al nivel público central. En este ámbito, se concertarán planes con los entes receptores de competencias y funciones en los que se disponga asistencia técnica y asesoría puntual en materia de gestión ambiental sectorial y territorial.

- Se dará atención al fortalecimiento y desarrollo de modelos e instrumentos de gestión en el nivel central y local, que apunten a una disminución de la dependencia externa a fin de aumentar la sostenibilidad de la gestión ambiental en el país. La Estrategia, construyendo sobre modelos existentes de gestión ambiental en el país, profundizará en las relaciones entre instituciones del estado y fomentará la conformación de entes públicos y privados, asociaciones de municipios, y asociaciones con la sociedad civil (gestión comunitaria, con universidades, ONGs y sector privado).

- El Gobierno Central, como facilitador, proveedor de asistencia técnica y normador de la

gestión ambiental y no implementador, incentivará nuevos modelos que estimulen la verdadera y activa participación de relevantes co-gestores enmarcados por las instituciones no formales (comunidades locales, gremios, empresa privada, etc.) en la planificación e implementación de la gestión ambiental. Esto incluirá el fortalecimiento de la capacidad tanto de estos co-gestores informales, como las instituciones formales involucrados en la gestión ambiental.

- El Gobierno fortalecerá la capacidad administrativa, gerencial y de coordinación entre las

instituciones que facilitan la gestión ambiental de forma descentralizada y/o desconcentrada (MARENA, MIFIC, MAGFOR, INETER). Esto incluye la armonización de sus actividades para que estén conformes con los Planes de desarrollo municipales y departamentales, Planes Ambientales Municipales y planes de ordenamiento territorial en distintos niveles territoriales.

- MARENA definirá la aplicación de los instrumentos de gestión ambiental existentes en cada nivel (central, desconcentrado a nivel departamental y descentralizado a nivel de las regiones autónomas y los municipios), con los gobiernos locales y acompañará su puesta en marcha a través de capacitación y asistencia técnica. Esto incluye el sistema de evaluación ambiental, para lo cual se actualizará el Decreto 35-94.

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- Se continuará fortaleciendo el mecanismo de delegación por medio de convenios, iniciado por el MIFIC y el INAFOR, profundizando en los compromisos relacionados a las actividades de monitoreo y control que se hagan desde el territorio.

- Los instrumentos de planificación se encuentran ampliamente desarrollados, se deberá otorgar

atención a la implementación de los mismos a través de los presupuestos regionales y municipales y la consecución de fondos externos, asegurando la coherencia de los planes con las actividades de los sectores económicos locales.

- Se sistematizarán las experiencias existentes de los instrumentos económico-financieros y se

promocionarán esquemas viables para los niveles locales de gobierno de pago por servicios ambientales e incentivos tributarios, calificando los recursos humanos locales para que ellos mismos sean los administradores de los proyectos.

- En el área de tecnologías limpias y producción mas limpia; el Estado deberá asumir un rol de

promoción y facilitación para que las empresas privadas asuman esta actividad. Se impulsarán esquemas de certificación para quienes usen tecnologías limpias.

- En relación a los instrumentos socio-culturales, se promocionará la participación ciudadana,

de Universidades y ONGs en la educación ambiental, divulgación e investigación. Se profundizarán arreglos con la universidades para el monitoreo de los recursos naturales.

- La consulta a la END&DL realizada en los territorios revela un interés particular por parte de los gobiernos municipales en la descentralización del manejo ambiental y sus diferentes modalidades de gestión. Entre estas, se denota el interés en un manejo a través de asociaciones municipales de las temáticas de manejo de desechos sólidos y gestión de cuencas. Otra temática de interés es el manejo del sector forestal. Se fomentarán actividades relacionadas a estas materias, sin perjuicio de otras prioridades que se identifiquen en el nivel local.

- En cuanto a los esquemas de financiación, a fin de que los actores involucrados en la gestión ambiental pública dispongan de los recursos financieros requeridos para asumir sus competencias, se definirán y tramitarán necesidades presupuestarias institucionales actuales y futuras, resaltando la importancia de soportar con mayores recursos las entidades territoriales participando en la gestión ambiental descentralizada.

- En este contexto, se promoverán alternativas de financiamiento para los gobiernos regionales y locales para la gestión ambiental, incluida la modalidad de asociación de gobiernos locales, a través de transferencias de recursos estatales centrales, la recaudación de ingresos a nivel local y fondos externos. Así mismo, se desarrollarán instrumentos para el control, seguimiento e implementación del Fondo Nacional del Ambiente (FNA), incluyendo la consideración de crear un sistema de subcuentas territoriales, con funcionamiento descentralizado, a las cuales se efectuarán los pagos de las multas, derechos y regalías de exploración, explotación o licencias sobre los recursos naturales, recursos que quedarán a disposición de las autoridades territoriales para financiar la gestión ambiental.

- Se fortalecerán los mecanismos de participación ciudadana en los diferentes aspectos de la gestión ambiental, fomentándose metodologías y medidas concretas para garantizar que se tomen en cuenta variables de equidad social (de género, étnica, socio-económica) en el

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proceso de toma de decisiones en la gestión ambiental pública. Se promoverán alianzas con grupos ambientalistas y actores locales directamente afectados de la degradación ambiental y se fortalecerá el rol de l usuario como co-gestor ambiental en los procesos de planificación, implementación y control dentro el marco de la gestión ambiental. Se contemplará de forma explícita el abordaje del desarrollo de las comunidades y de los pueblos indígenas.

- Para asegurar la transparencia en el nivel local, el Gobierno priorizará el desarrollo de herramientas que provean el acceso a la información (al nivel popular, político y técnico-científico) requerida para asegurar la participación activa de una sociedad civil en la planificación y toma de decisiones en los asuntos ambientales. Estas herramientas complementarán y fortalecerán los sistemas de información existentes de tal manera que la información esté más accesible a la sociedad civil, el sector privado y diferentes entidades del gobierno. Se desarrollarán instancias de fiscalización por medio de la auditoria social sobre la aplicación de instrumentos de gestión ambiental descentralizados.

- Las instituciones que facilitan la gestión ambiental tomaran en consideración los aspectos socio-culturales y socio-políticos de los pueblos y gobiernos étnicos e indígenas en las políticas e intervenciones que se realicen. Esto deberá incluir el rescate de las buenas tradiciones y costumbres de los modelos de gestión comunitaria.

Derechos Reservados del Servicio Técnico Holandés- SNV

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ANEXO 2. Formato del FODA a los funcionarios municipales

MEJORA DE LA ESTRATEGIA DE DESCENTRALIZACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL

HERRAMIENTA DE ANÁLISIS

FODA Nombre: ___________________________________________________ Municipalidad / Asociación: ____________________________ Cargo: __________________________ ¿Quien es la Agencia rectora en el proceso de la gestión ambiental a nivel municipal? ______________________________________________________________________ ¿ Que hacen con la información relacionada con las inspecciones y la cuantificación de las acciones preventivas y de control? ______________________________________________________________________ ¿Cuál es el marco/relación que existe entre UGA´s , UAM y CAM?

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Fortalezas Oportunidades

Debilidades

Amenazas

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ANEXO 3. Formato de Entrevista a funcionarios gubernamentales de instituciones involucradas a la gestión ambiental.

MEJORA DE LA ESTRATEGIA DE DESCENTRALIZACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL

ENTREVISTA

Nombre: ____________________________________________________________ Institución a la que pertenece: __________________________________________ Cargo: ___________________________________________ ¿Considera que la institución implementa la descentralización dentro de su política general? Sí, No, Por qué? ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ ¿Como considera usted es la partida presupuestaria para implementar La descentralización dentro de los procesos de la institución donde labora?

Suficiente ________________ Insuficiente ________________ No responde _________________

Enumere en orden ascendente las actividades o niveles que reciben mayor presupuesto

Proceso de Monitoreo y Vigilancia ___________ Proceso de Planeación ___________ Procesos de Evaluación ___________

¿Cómo considera suficiente el apoyo en recursos financieros y técnicos hacia las Delegaciones Territoriales?

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Suficiente ________________ Insuficiente ________________ No responde _________________

Enumere en orden ascendentes los instrumentos de mayor aplicación para la Gestión Ambiental.

Instrumentos Legales y Normativos ___________________ Instrumentos de Planificación ___________________ Instrumentos Económico-Financieros ___________________ Instrumento de obras físicas y tecnológicas __________________

¿En materia de manejo ambiental que es lo que se debería descentralizar al nivel municipal o al nivel regional (este último para el caso de las regios autónomas del Atlántico)? ______________________________________________________________________ ¿Cómo puede la ciudadanía mejorar su representatividad y participación en los espacios de concertación público privado?