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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO LA ADOPCIÓN COMO APLICACIÓN DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA Proyecto Innovador de Investigación previo a la obtención del Título de: ABOGADO AUTOR: Carrillo León Carlos Henry E-mail: [email protected] TUTOR: Dr. Andrade Maldonado Julio Alberto Quito, Febrero 2016

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

CARÁTULA

LA ADOPCIÓN COMO APLICACIÓN DEL INTERÉS SUPERIOR

DEL NIÑO EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA

Proyecto Innovador de Investigación previo a la obtención del Título de:

ABOGADO

AUTOR: Carrillo León Carlos Henry

E-mail: [email protected]

TUTOR: Dr. Andrade Maldonado Julio Alberto

Quito, Febrero 2016

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DEDICATORIA

Dedico este proyecto a Dios por tenerme con vida y haber hecho posible que yo llegue a

estas instancias académicas.

A mi madre que siempre me apoyo a pesar de los tropiezos siempre estuvo ahí para

apoyarme a lo largo de mi carrera.

A mi abuelita que aunque ya no está aquí conmigo siempre me apoyó económica y

moralmente cuando aún vivía.

De corazón.

Carlos Henry Carrillo León

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AGRADECIMIENTO

Agradezco de manera infinita a mi madre que me ha brindado todo su apoyo en mi

carrera universitaria, ella es un ejemplo de lucha de perseverancia que me ha motivado a

seguir adelante y no desmayar nunca a pesar de las adversidades.

Al Dr. Julio Andrade por su paciencia su responsabilidad, enseñanzas y rigor académico

que han hecho posible que yo pueda concluir este proyecto de investigación.

A mi querida y prestigiosa Universidad Central del Ecuador cuna de grandes pensadores

misma que me brindó la oportunidad de aprender y ser una mejor persona, un abrazo a

mis profesores agradezco todos los conocimientos que me brindaron.

Carlos Henry Carrillo León

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DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD

Quito, Febrero de 2016

Yo, Carlos Henry Carrillo León, autor de la investigación, con cédula de ciudadanía Nº

172372003-1, libre y voluntariamente DECLARO que le trabajo de Grado titulado: LA

ADOPCIÓN COMO APLICACIÓN DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO EN LA

LEGISLACIÓN ECUATORIANA. Es de mi plena tutoría, original y no constituye

plagio o copia alguna, constituyéndose en documento único, como mandan los

principios de la investigación científica, de ser comprobado lo contrario me someto a

las disposiciones legales pertinentes.

Es todo cuanto puedo decir en honor a la verdad.

Atentamente,

Carrillo León Carlos Henry

CI. 172372003-1

Telf: 0987010244

E-mail: [email protected]

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AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL

Yo, Carlos Henry Carrillo León, en calidad de autor del Trabajo de Investigación o tesis

realizada sobre: “La adopción como aplicación del interés superior del niño en la

legislación ecuatoriana”, por la presente autorizo a la UNIVERSIDAD CENTRAL DEL

ECUADOR”, a hacer uso de todos los contenidos que me pertenecen o de parte de los

que contienen esta obra, con fines estrictamente académicos o de investigación.

Los derechos que como autor me corresponden, con excepción de la presente

autorización, seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los

artículos 5, 6, 8, 19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su

Reglamento.

Quito, Febrero de 2016

Carlos Henry Carrillo León

CI. 172372003-1

Telf: 0987010244

E-mail: [email protected]

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APROBACIÓN DEL TUTOR

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APROBACIÓN DEL JURADO O TRIBUNAL

Nosotros, en calidad de miembros del Jurado o Tribunal de la presente Investigación,

previa a la obtención del título de Abogado de los Tribunales y Juzgados de la

República del Ecuador, cuyo tema es: LA ADOPCIÓN COMO APLICACIÓN DEL

INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA,

realizada por la Señor CARRILLO LEÓN CARLOS HENRY, aprobamos el presente

trabajo, pues ha sido desarrollado en su totalidad por el antes indicado estudiante y

reúne los requisitos pertinentes; por tanto, puede continuar con el trámite legal

pertinente.

Quito, Febrero de 2015

……………………………….. ……………………………..

FIRMA FIRMA

C.C. ………………………….. C.C …………………………..

………………………………..

FIRMA

C.C. …………………………..

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ÍNDICE DE CONTENIDOS

DEDICATORIA ............................................................................................................... ii

AGRADECIMIENTO ..................................................................................................... iii

DECLARATORIA DE ORIGINALIDAD ..................................................................... iv

AUTORIZACIÓN DE LA AUTORÍA INTELECTUAL ................................................ v

APROBACIÓN DEL JURADO O TRIBUNAL ........................................................... vii

ÍNDICE DE CONTENIDOS ........................................................................................... ix

ÍNDICE DE CUADROS ................................................................................................ xii

ÍNDICE DE TABLAS ................................................................................................... xiii

ÍNDICE DE GRÁFICOS .............................................................................................. xiv

RESUMEN EJECUTIVO .............................................................................................. xv

ABSTRACT .................................................................................................................. xvi

INTRODUCCIÓN ............................................................................................................ 1

JUSTIFICACIÓN ............................................................................................................. 3

CAPÍTULO I .................................................................................................................... 4

DETERMINACIÓN DEL PROBLEMA ......................................................................... 4

1.1 Diagnóstico de la situación actual........................................................................... 4

1.2 Identificación de los nudos críticos, elementos a ser resueltos ............................... 5

1.3 Preguntas directrices .............................................................................................. 5

1.4 Identificación del problema .................................................................................... 6

1.5 Objetivos ................................................................................................................. 6

1.5.1 Objetivo general ............................................................................................... 6

1.5.2 Objetivos específicos........................................................................................ 6

CAPÍTULO II ................................................................................................................... 7

MARCO TEÓRICO ......................................................................................................... 7

2.1 Fundamentación Teórica ......................................................................................... 7

2.1.1 Antecedentes investigativos ............................................................................. 8

2.1.2 Antecedentes Históricos ................................................................................... 8

2.1.2.1 La Adopción en Grecia ............................................................................... 10

2.1.2.2 La Adopción en el Derecho Romano .......................................................... 13

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x

2.1.2.3 La Adopción en el Antiguo Derecho Europeo ............................................ 16

2.1.2.4 La Adopción en el Derecho Francés ........................................................... 17

2.1.2.5 Evolución de la Adopción hasta la modernidad .......................................... 20

2.2 Fundamentación Legal .......................................................................................... 22

2.2.1 Fases de la adopción. ...................................................................................... 22

2.2.2 Prohibiciones de la adopción ......................................................................... 24

2.2.3 Quienes pueden adoptar ................................................................................. 25

2.2.4 Que menores son aptos para la adopción ....................................................... 26

2.2.5 Procedimiento de la adopción ........................................................................ 28

2.2.6 Documentos a presentar para poder realizar el trámite de adopción .............. 29

2.2.7 Cuáles son los requisitos para Adoptar a un menor ....................................... 30

2.2.8 Tipos de adopción .......................................................................................... 32

2.3 Planteamiento ideológico a defender ................................................................... 33

2.4 Determinación de las variables ............................................................................ 33

2.4.1 Variables independientes................................................................................ 33

2.4.2 Variables dependientes ................................................................................... 33

2.4.3 Matriz de operacionalización de las variables ................................................ 34

2.5 Definiciones de términos básicos.......................................................................... 34

TITULO I .................................................................................................................... 39

2.6 Introducción del tema y definiciones o conceptos de la adopción, términos más

referentes a utilizar. ..................................................................................................... 39

2.6.1 Introducción ................................................................................................... 39

2.6.2.1 En la Legislación Ecuatoriana ..................................................................... 42

2.6.2.2 En la Legislación Internacional ...................................................................... 43

TITULO II .................................................................................................................. 45

2.7 La adopción en el Ecuador ................................................................................... 45

2.7.1 Regulación y control normativo ..................................................................... 45

2.7.1.1 En El Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia .................................. 46

2.7.1.2 En el Código Civil ....................................................................................... 47

2.7.1.3 Convención Sobre los Derechos Del Niño ................................................ 47

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TÍTULO III ................................................................................................................. 49

2.8 Análisis normativo de la adopción y el Interés Superior del Niño ....................... 49

2.8.1 En la Constitución De La República del Ecuador .......................................... 49

2.8.2 Análisis de la adopción en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia 51

2.8.3 Análisis en el Código Civil ............................................................................ 51

CAPÍTULO III ............................................................................................................ 53

MARCO METODOLÓGICO ..................................................................................... 53

3.1 Determinación de las unidades de observación .................................................... 53

3.2 Población .............................................................................................................. 53

3.3 Muestra ................................................................................................................. 53

3.4 Definición de los métodos .................................................................................... 54

3.5 Definición de las técnicas ..................................................................................... 54

3.6 Definición de los instrumentos ............................................................................. 55

CAPÍTULO IV ............................................................................................................... 56

INVESTIGACIÓN DE CAMPO ................................................................................... 56

4.1 Formulario N.1 Encuestas ..................................................................................... 56

4.2 Análisis e interpretación de las Encuestas ............................................................ 57

4.3 Modelo de Encuestas ............................................................................................ 68

4.4 Formulario N.2 Entrevistas ................................................................................... 71

4.5 Análisis de las entrevistas ..................................................................................... 75

4.6 Formulario N.3 Caso Practico .............................................................................. 76

4.7 Comentario al Caso Practico ................................................................................. 86

CONCLUSIONES .......................................................................................................... 87

RECOMENDACIONES ................................................................................................ 88

BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................ 89

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ÍNDICE DE CUADROS

Cuadro 1 MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES ............... 34

Cuadro 2 POBLACIÓN Y MUESTRA ......................................................................... 54

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xiii

ÍNDICE DE TABLAS

Tabla 1 Pregunta 1 .......................................................................................................... 58

Tabla 2 Pregunta 2 .......................................................................................................... 59

Tabla 3 Pregunta 3 .......................................................................................................... 60

Tabla 4 Pregunta 4 .......................................................................................................... 61

Tabla 5 Pregunta 5 .......................................................................................................... 62

Tabla 6 Pregunta 6 .......................................................................................................... 63

Tabla 7 Pregunta 7 .......................................................................................................... 64

Tabla 8 Pregunta 8 .......................................................................................................... 65

Tabla 9 Pregunta 9 .......................................................................................................... 66

Tabla 10 Pregunta 10 ...................................................................................................... 67

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xiv

ÍNDICE DE GRÁFICOS

Gráfico 1 Pregunta 1 ....................................................................................................... 58

Gráfico 2 Pregunta 2 ....................................................................................................... 59

Gráfico 3 Pregunta 3 ....................................................................................................... 60

Gráfico 4 Pregunta 4 ....................................................................................................... 61

Gráfico 5 Pregunta 5 ....................................................................................................... 62

Gráfico 6 Pregunta 6 ....................................................................................................... 63

Gráfico 7 Pregunta 7 ....................................................................................................... 64

Gráfico 8 Pregunta 8 ....................................................................................................... 65

Gráfico 9 Pregunta 9 ....................................................................................................... 66

Gráfico 10 Pregunta 10 .................................................................................................. 67

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TEMA: “La adopción como aplicación del interés superior del niño en la legislación

ecuatoriana”

Autor: Carlos Henry Carrillo León

Tutor: Dr. Julio Alberto Andrade Maldonado

RESUMEN

En este trabajo se abarca un estudio de carácter jurídico social dentro del cual

relacionamos a personas como lo son: los adoptantes, los adoptados y por supuesto el

Estado, hablamos de la adopción y el inconveniente que se da tanto en el ámbito

Judicial como en el ámbito Administrativo, por lo cual este trabajo se propone una

mejora que pueda complementar estas fallas existentes con respecto a esta institución

jurídica para honrar el interés superior del niño, se observa que no existe un acto ni

garantía de eficaz cumplimiento que proteja los derechos de los menores mismos que

son afectados.

PALABRAS CLAVE: PROBLEMA SOCIAL / JURÍDICO Y FAMILIAR

/ADOPCIÓN Y GARANTÍAS / MEJORA EN EL PROCESO / DERECHOS DEL

MENOR / INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO.

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TITLE: “Adoption as a children´s higher interest application in the Ecuadorian

legislation”

Author: Carlos Henry Carrillo León

Tutor: Dr. Julio Alberto Andrade Maldonado

ABSTRACT

The current investigation work is a legal-social study addressed to adopting parties,

adopted parties and, of course, the State. Several judicial and administrative

inconveniences have been noticed around the adoption process, which ought to be

enhanced. Hence, this investigation work was intended to propose a reform to introduce

an improvement to complement the existent failures in respect to the adoption juridical

institution and addressed to honor the children´s higher interest, which in certain

circumstances become affected.

KEYWORDS: SOCIAL PROBLEM / LEGAL AND FAMILY / ADOPTION AND

GUARANTEES / IMPROVED PROCESS / RIGHTS OF CHILD / BEST INTERESTS

OF THE CHILD.

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INTRODUCCIÓN

En este trabajo titulado: LA ADOPCIÓN COMO APLICACIÓN DEL INTERÉS

SUPERIOR DEL NIÑO EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA utilizaré el método

científico mismo que trata de obtener conocimientos que sean comprobados

científicamente,

También emplearé técnicas como la observación fenomenológica y análisis

documental, por lo cual mi trabajo se encuentra desarrollado de la siguiente manera:

CAPÍTULO I: en este capítulo hablaremos de la determinación del fenómeno y del

diagnóstico de la situación actual en quito, cuales son las causas de la adopción y

porque se da y como ayuda está a los niños que no tienen una familia, a más de ello

presentaremos los objetivos: general y específicos.

CAPÍTULO II: marco teórico: en este capítulo vamos a plantear antecedentes de la

investigación, tanto históricos como doctrinarios para saber cómo fue la adopción en

anteriores épocas a la nuestra, fundamentación teórico – doctrinaria, fundamentación

legal, planteamiento ideológico a defender, determinación de las variables

independientes y dependientes y matriz de operacionalización de las variables.

CAPÍTULO III: En este capítulo vamos a encontrar el marco metodológico:

determinación de las unidades de observación, definición de los métodos, definición de

las técnicas, definición de los instrumentos.

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CAPÍTULO IV: En este capítulo encontraremos la investigación de campo: los análisis

y tabulaciones respectivas a las encuestas realizadas, las entrevistas realizadas a

funcionarios afines al tema y sus respectivos análisis, un caso práctico con su debido

cometario, a más de ello conclusiones y recomendaciones y también consigno la

bibliografía.

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JUSTIFICACIÓN

La infancia es la etapa de nuestras vidas en la que el ser humano desarrolla sus

capacidades tanto como de aprender, obtener conocimientos de la vida y otras

capacidades propias de la niñez, de igual manera en esta etapa pueden verse retardada

de manera física, psicológica, etc.

Es por ello que este trabajo se enfoca en una parte vulnerable de la sociedad como lo

son los menores, mismos que necesitan el amparo del resto de la sociedad especialmente

de la población que no es considerada de vulnerable como son los adultos.

En nuestro país existe muchísimo abandono de menores por lo cual la institución

jurídica de la adopción adquiere una gran importancia puesto a que con la misma se

puede dar una segunda oportunidad a un menor que fue abandonado ya sea por la

irresponsabilidad de los padres biológicos o por la misma pobreza que afecta a muchas

familias ecuatorianas por lo que primordial que la adopción haga honor al interés

superior del niño.

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CAPÍTULO I

DETERMINACIÓN DEL PROBLEMA

1.1 Diagnóstico de la situación actual

La adopción ha sido de suma importancia en nuestro país ya que la misma salva de las

calles y de la pobreza a muchos menores,

Los menores en su mayoría han sido abandonados por la situación económica de sus

padres biológicos quedando así desamparados haciendo que exista la mendicidad y

muchas veces delincuencia que es derivada de la misma, otras veces los padres

biológicos, se podría hablar específicamente de la madre que no quiere a su hijo por

aspectos sociales y de índole moral y lo deja desamparado.

En algunos casos los niños son separados de sus padres biológicos por la delincuencia lo

que ocasiona tráfico de niños.

Es por ello la importancia de la adopción ya que la misma como lo manifiesta la

Constitución de la República del Ecuador en su artículo 44, promueve el desarrollo

integral de los menores.

También mencionaremos que la Constitución de la República del Ecuador en su art 45,

promueve los derechos y el bienestar del menor.

El presente trabajo se realizará en la ciudad de Quito en La Unidad Judicial Tercera de

la Mujer, Niñez y Adolescencia.

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1.2 Identificación de los nudos críticos, elementos a ser resueltos

En nuestro país el proceso se adopción siempre se ha caracterizado por ser muy tedioso,

cansado y extenso es por ello que muchas veces las personas que buscan adoptar un

menor no lo hacen o se demoran años en hacerlo.

Asegurar que la adopción sea encaminada específicamente al bienestar del menor.

Si el menor fue adoptado se deben respetar los derechos que la ley le otorga, y asegurar

que el menor tenga la misma atención y los mismos derechos que aquel hijo concebido

por reproducción natural.

1.3 Preguntas directrices

¿Cómo se define la adopción?

¿Cuáles son las causas por las cuales existen niños sin hogar?

¿Cuáles son las causas del problema?

¿Cuáles son las responsabilidades de los adoptantes?

¿Cuáles son los problemas jurídicos del problema?

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1.4 Identificación del problema

El siguiente problema se enmarca en el ámbito jurídico y social debido a que la

adopción lleva consigo derechos tanto para el adoptante como para el adoptado y a más

de ello responsabilidad del estado de velar por el interés superior del niño ya que si

estos derechos se ven vulnerados afecta directamente al adoptado.

1.5 Objetivos

1.5.1 Objetivo general

Garantizar la integridad del niño, niña y adolescente creando métodos que puedan

impulsar la adopción para proteger el interés superior del niño.

1.5.2 Objetivos específicos

Conocer a ciencia cierta cuáles son los obstáculos que se dan en esta institución jurídica

en nuestro país.

Desarrollar planes que garanticen la inserción plena del menor a un núcleo familiar.

Realizar un comentario a un proceso de adopción y poder relacionarlo con el

cumplimiento del interés superior del niño.

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CAPÍTULO II

MARCO TEÓRICO

2.1 Fundamentación Teórica

Existe una concepción de que el Ecuador hay una gran cantidad de niños abandonados y

explotados, a diario observamos a niños deambulando por la calles, hay que establecer

que existen dos aspectos los cuales son el interés superior del niño y el segundo que el

menor que va a ser adoptado tiene una especial situación de vulnerabilidad es así que

podemos considerar a la adopción como una institución jurídica que establece derechos

entre personas que no tienen relación consanguínea pero la adopción es para tener un

hijo como si fuera propio de la naturaleza del hombre, la adopción puede ser muy

importante para el interés superior del niño ya que mediante ella el niño puede tener una

mejor vida y así alejarse de ciertos problemas sociales propios de nuestro país y en el

resto del mundo como son la drogadicción, la delincuencia, la mendicidad, el

analfabetismo es así que la adopción puede ser un método de reinserción del menor.

La adopción surge para asegurar un mejor estilo de vida al menor.

Es un vínculo jurídico para proteger al niño por lo cual la relación es de manera

irrevocable.

Después de realizar todos los trámites de manera legal el adoptado ya no pertenece más

a su familia consanguínea y pasa a ser parte de la familia adoptante.

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2.1.1 Antecedentes investigativos

Los Estados se han preocupado por el bienestar del menor desde hace mucho tiempo

atrás esto para que el mismo pueda crecer en un entorno familiar digno, tenga una vida

digna y no padezca de hambre y necesidad puesto a que existen muchos niños en las

calles ya sean niños que son explotados o niños que han sido abandonados

El menor por el mismo hecho de ser menor necesita cuidado y protecciones especiales

es así que el Estado ecuatoriano reconoce en la Constitución de la Republica reconoce

en su artículo 44:

“El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el

desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el

ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés

superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas. Las

niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral,

entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su

intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un

entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad.

Este entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo-

emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales

nacionales y locales.” (Constitución de la República del Ecuador, 2008)

2.1.2 Antecedentes Históricos

La adopción es una institución sumamente antigua ya que se hablaba de ella incluso se

dice que se hablaba de ella en el código de hammurabi que es uno de los códigos más

antiguos que se han encontrado, es decir se habla de la adopción alrededor de 2000 años

antes de cristo.

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Sin embargo la adopción en la antigüedad se la realizaba en beneficio de la persona que

adopta es decir el adoptante porque este debía tener antecesores, también en los

antecedentes decimos que el código napoleónico de 1904 se hablaba de la adopción.

Algunos juristas mencionan que la adopción surge como una especie de consuelo para

aquellas personas que no pudieron concebir un hijo de manera natural, se practicaba la

adopción con el ánimo de asegurar un mejor estilo de vida tanto para el adoptante como

para el adoptado.

“Los antecedentes más remotos de la adopción como institución jurídica, a

través de la cual se establecen entre dos personas extrañas, relaciones civiles

de paternidad y filiación, semejantes a las que tienen lugar en la filiación

legítima, se remontan hasta la antigua India, de donde había sido transmitida,

juntamente con las creencias religiosas, a otros pueblos vecinos.

Seguramente de ahí la tomaron los hebreos, los que a su vez la llevaron, con

su migración, a Egipto.”(Segovia, 2006)

El autor Alfredo Ibáñez Segovia hace referencia a que fue en la India donde se

encuentran los antecedentes más remotos de la adopción pero hay que tomar en cuenta

que nos menciona antecedentes de adopción pero ya como una institución jurídica es

decir que los adoptantes contraen derechos para con los adoptados y de igual manera el

adoptado, de la misma fue llevada a otros lugares como lo son Egipto entre otros.

La adopción ha sido recogida por distintas sociedades con el afán de resolver los

problemas de orfandad que se han dado durante muchos años y de igual manera

pretende brindarle la oportunidad de brindarle a una pareja que no puede tener hijos la

protección de uno.

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En las civilizaciones más antiguas la adopción como lo mencionamos antes tenía por

objeto la prolongación de dicha familia y esto se lo realizaba prácticamente en las

familias de alta clase, por ello a menudo adoptaban a varones quienes eran mayores de

edad, esto se lo realizaba en Europa tango en Roma como en Grecia, en conclusión

podemos decir que en aquel entonces la adopción se la utilizaba con el propósito de

extender la continuidad de dicha familia ya que varias veces esto extendía su poder.

A partir del siglo XIX se empieza a tomar la adopción para beneficiar a los niños

mismos que por ser huérfanos o abandonados no podían satisfacer sus necesidades

básicas, de igual manera es una forma de poder ser padre y madre y crear vínculos

iguales a los de un hijo procreado biológicamente con el fin de proveer el bienestar que

el niño necesita.

2.1.2.1 La Adopción en Grecia

Se dice que en la antigüedad en Grecia ii un padre quería dar en adopción a su hijo lo

abandonaba en una especie de vasija en un camino y de esta manera las personas sabían

que se podían llevar al menor, para este niño era como una nueva oportunidad de vida

ya que varios niños que fueron dejados en vasijas murieron ya sea por hambre o porque

eran devorados por los animales.

Grecia estaba conformada por varias ciudades las mismas que gozaban de autonomía

tanto política como jurídica, pero de aquí las ciudades que más resaltan son Esparta y

Atenas.

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ESPARTA

La adopción como institución jurídica en aquel entonces era cuestión de dura puesto que

no había un texto verídico que la confirme como tal, esto ha hecho que tratadistas a lo

largo del tiempo lo tomen como una polémica permanente.

En Esparta para que el niño pueda ser adoptado debía nacer en plenas condiciones

físicas, es decir este al nacer era revisado y evaluado por una comisión misma que

verificaba como mencionamos antes su condición, si el niño presentaba alguna especie

de malformación o era débil este era arrojado para así poder culminar con su existencia.

“Si esta comisión le consideraba fuerte y sano, era entregado para su crianza

a sus progenitores. Quienes lo conservaban hasta la edad de 7 años. Cumpli-

da ésta, el estado se hacía cargo de él, proporcionándole educación y

adiestramiento militar. Al llegar a los 20 años, ingresaba al ejército,

institución de fundamental importancia, pues no debemos olvidar que este

estado mantenía un régimen oligárquico y militarista. En el ejército se le

reunía con otros 14 jóvenes, formando grupos de 15 hombres que debían

llevar una vida en común y compartir una permanente solidaridad”. (Larrain

A., 1991)

ATENAS

“Atenas imperaba la democracia y tanto para los ciudadanos como para el

desenvolvimiento de la vida pública y social, la familia revestía especial

importancia. En esta segunda ciudad de Grecia sometida a estudio existía la

institución jurídica de la adopción, la cual llegó a un alto grado de

perfeccionamiento”. (Larrain A., 1991)

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En Atenas se decía que todo ciudadano que tuviera bienes mas no tuviera hijos podía ser

considerado como adoptante, el menor adoptado no podría regresar a su familia de

origen es decir a su familia biológica esto se lo realizaba bajo la creencia religiosa de

mantener el hogar de manera culta

Podemos decir entonces que la adopción en Atenas tomo una trascendental importancia

ya que vinculaba a niños huérfanos con padres que no podían tenerlos.

A continuación se expondrán las características consultadas de la institución de la

adopción en aquel entonces:

a) “La adopción era patrimonio exclusivo de los ciudadanos, sólo ellos

podían adoptar. Asimismo, el adoptado también debía ser ciudadano

para acceder a ella.

b) Se permitía adoptar al ciudadano soltero; sin embargo, aquel que

adoptase en este estado, debía obtener del magistrado un permiso

especial para contraer matrimonio.

c) La adopción era revocable, por cuanto, señala Dalloz, la ingratitud del

adoptado se consideraba causal suficiente para efectos de la

revocación de la adopción.

d) Era un acto esencialmente formal, exigiéndose para su realización la

intervención de un magistrado, intervención que presentaba

características diferentes a las planteadas en el derecho romano, en el

que la solemnidad exigida a los actos jurídicos revestía mayor

rigurosidad”.(Larrain A., 1991)

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2.1.2.2 La Adopción en el Derecho Romano

A lo largo de los años el derecho romano ha influenciado a varias instituciones jurídicas

de los diferentes países es así que las raíces en cuanto hablamos de la institución

jurídica de la familia desciende del derecho romano.

En Roma en la antigüedad era muy importante la extensión de la familia, la manera por

la cual se hacía posible que un niño sea reconocido como hijo legitimo era mediante la

unión conyugal es decir el matrimonio, de igual manera se reconocían a los hijos que

fueren concebidos previo a la celebración del mismo, para poder reconocer a un hijo de

padres que no tenían relación conyugal se lo realizaba de una manera muy estricta y es

ahí donde nacen aquellos denominados en aquel entonces hijos spurii, estos son los que

no conocían a su padre.

Se puede decir que la historia reconocía a la adopción como un mecanismo para crear

vínculos jurídicos de tal manera que al hijo adoptado se lo podía colocar en la misma

posición que un hijo legítimo, esto se lo realizaba se dice para poder mantener el culto

domestico es decir por principios.

La adopción se basaba en que la persona que adopta es aquella que no pudo tener hijos

y que si los pudo tener no lo hizo en su momento, es así que la adopción se da conocer

como aquella institución que ayuda a llenar aquel vacío de la persona que no puede

procrear y así poderle dar a esta persona la responsabilidad propia de un padre mediante

este vínculo de adoptante y adoptado.

Gracias a la adopción se permitía al adoptado tener relación con la familia que por

naturaleza no tenía ningún parentesco natural es decir la familia del adoptante que en

adelante seria familia del adoptado.

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“La relevancia de la adopción en una sociedad de corte aristocrático, radica,

sin embargo, en la necesidad indispensable de mantener el culto doméstico y

de contribuir a la perpetuidad del grupo, para impedir, de este modo, la

deshonra que ello podía significar en una época en la que cada uno tenía un

papel político en el Estado. Para la subsistencia de la composición solidaria

del núcleo familiar, era indispensable la custodia de los dioses privados, por

lo que al morir uno de los miembros de la familia, debían mantenerse sus

deidades y la reverencia que se les profesaba, a fin de propiciar la protección

de los antepasados difuntos, a quienes se atribuía el carácter de dioses

manes, como medio de garantizar la trascendencia temporal de ese culto.”

(Segovia, 2006)

Cuando la persona que era dueña de los bienes fallecía era una deshonra si el mismo no

contaba con un heredero, para poder ser considerado heredero debía cumplir un

requisito y este mismo es que el hijo debía ser varón de igual manera la responsabilidad

de subsistir estaba a cargo de los hijos varones, la adopción se crea como un mecanismo

para poder dar cumplimiento a dichos requisitos tanto de herencia como de subsistencia.

“La incorporación a la familia de una persona extraña a ella, y la sumisión a

la autoridad del pater, tenía su expresión primaria en la adrogación, que co-

mo consecuencia de la ley, hacía que una persona jefe de una familia, pasara

con todos sus miembros a quedar sometido a la potestad de otro, exigiéndose

el voto de los comicios y la participación de los pontífices, dado que tenían

que acompañarle las deidades domésticas. El padre arrogador expresaba su

voluntad de tener a uno por hijo, si éste daba su anuencia, era consultado el

colegio de pontífices y a continuación el pueblo emitía su sufragio. El nuevo

hijo, como consecuencia de tal acto, pasaba a la familia del adoptante, con

todos sus bienes y todas las personas que habían estado bajo su

potestad.”(Segovia, 2006)

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La adrogación es el género más antiguo de la adopción que apareció en Roma este acto

era muy importante en aquella época tanto política, religiosa, y socialmente porque la

familia del adrogado tendía a desaparecer de manera completa.

“Al lado de la adrogación, operaba en Roma la adopción propiamente dicha,

mediante la celebración de un procedimiento igualmente formal, pero de

menor solemnidad. Por la adopción, a diferencia de lo que ocurría con la

adrogación, se incorporaba a la potestad del adoptante una persona que se

encontraba sujeta a la potestad de otra, razón por la cual no era necesaria la

concurrencia del pueblo, ni de los pontífices, en vista de que no implicaba la

desaparición de una familia ni la extinción de su culto. La adopción era

resultado del imperium magistratus, a quien correspondía otorgar la

aprobación, y tenía una doble consecuencia: la extinción de la potestad del

padre que lo había engendrado y el sometimiento a la potestad paterna del

adoptante.” (Segovia, 2006)

Al considerar al adoptado como hijo de naturaleza plena era necesario que el

adoptante tenga la mayoría de edad que en ese caso de adquiría a los dieciocho años,

edad misma que fue considerada como mínima para poder considerar una relación

natural de igual manera a la mujer no se la tomaba en cuenta para adoptar es decir no

tenía la capacidad ya que se alegaba que ella no tenía la potestad sobre sus vástagos.

“Justiniano establece dos clases de adopción: la “adopción plena", que es tal

y como había sido conocida en el derecho romano antiguo: el adoptado de

una manera completa ingresaba como nuevo miembro del grupo familiar

encabezado por el pater familias adoptante, con todos los derechos ejercidos

por el pater familias y obligaciones de todos los que se hallaban sometidos a

la potestad del jefe, adquirían nombre, tomaban parte en las solemnidades

del culto doméstico, se consideraba aunado en el nuevo grupo de la familia;

por otro lado la “menosplena

” , que no desvincula al adoptado de su propia

familia, ni lo sustrae de la patria potestad del pater familias del grupo al que

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naturalmente pertenece, ésta subroga al adoptado el derecho de suceder en el

patrimonio del adoptante extraño. Esta adopción sólo tenía efectos

patrimoniales y limitados al derecho de heredar al pater familias adoptante.”

(Segovia, 2006)

El autor menciona que en Roma se ha podido reconocer dos tipos de adopción como

lo son la adopción plena y la adopción menos plena, en la primera de ellas el adoptado

obtiene la calidad de hijo propio y características mismas como su nombre y apellido y

demás obligaciones que tenía para con el padre de familia o pater familias, era tomado

en cuenta como un miembro más de la familia, por otro lado está la adopción menos

plena misma que menciona que el adoptado no deja de pertenecer a su entorno familiar

natural sino que solamente tenía efectos patrimoniales en cuestión de heredar bienes.

2.1.2.3 La Adopción en el Antiguo Derecho Europeo

En Europa se acoge la adopción y se menciona que existen varias dificultades sobre

ella, en el Libro del Dr. Alfredo Ibáñez hace referencia a un Autor cuyo nombre es

Lemhann Heindrich el mismo que toca el tema y nos manifiesta lo siguiente:

“La principal dificultad que presenta la reglamentación legal de la adopción

reside en los intereses contrapuestos que existen entre los parientes naturales,

con los que el adoptado está unido por vínculos de sangre, y los nuevos pa-

rientes, que entran por contrato en lugar de aquellos. El BGB (Código Civil

Alemán) no se ha decidido a separar radicalmente al adoptado de su familia

natural -como acontecía en la 'adoptio plena’ ni tampoco ha mantenido el

centro de gravedad de las relaciones en la familia natural, según el modelo

francés y austríaco. Ha seguido un criterio intermedio, buscando la

compensación o equilibrio de los intereses en juego. Reconoce la doble

posición del adoptado. Por un lado, conserva éste, en principio, derechos y

deberes que derivan de su pertenencia a la familia natural, y únicamente

retira a los padres la patria potestad. De otro lado, no hace entrar totalmente

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al adoptado en la familia del adoptante, a quien atribuye, en lo fundamental,

los derechos de educación, pero negándole el derecho sucesorio. Las

imperfecciones que de ello derivan son preferibles a una solución

radical.”(Segovia, 2006)

Este autor menciona que el mayor problema existente es el de las familias naturales con

los cuales el adoptado tiene vínculos sanguíneos y la familia adoptiva esto se debe a los

intereses de cada una de ellas, puesto que no se ha decidido separar de forma total al

adoptado de su familia biológica como acontecía en Roma con respecto a la adopción

plena puesto a que se ha buscado un equilibrio esto se refiere al adoptado ya que este

aún conserva los derechos con respecto a su familia biológica ya que lo único que

pierden los padres biológicos es la patria potestad.

En España la adopción fue influenciada por Roma ya que de esa manera se consideraba

una forma de adquirir la patria potestad del adoptado, no se han registrado nuevas

disposiciones sobre aquello hasta el siglo XIX en que se menciona que los adoptados

por la mujer no constituyen en patria potestad esto debido a que en aquel entonces la

mujer era declarada como incapaz de tener dicha patria potestad.

2.1.2.4 La Adopción en el Derecho Francés

Varios se han influenciado en el derecho Francés se ya que este ha servido de

inspiración para redactar códigos con respecto a la familia, en el derecho Francés han

existido varios debates mismos que trataban sobre la relación que deben tener el

adoptante con el adoptado ya que estos antes de la institución son personas extrañas, sin

embargo esta figura de la adopción solo quedo en el pasado es decir quedo olvidada en

la antigua Francia, y es hasta cuando se piensa en promulgar un Código Civil que

vuelve la necesidad de incorporar esta figura de la adopción ya que esta regula la

relación entre particulares.

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Podemos apreciar posteriormente que la adopción tuvo un debate o discusión que sería

muy importante ya que tipificaría dentro de la figura nuevos elementos:

“Planiol se refiere a las discusiones que se suscitaron sobre los efectos de la

adopción, como una lucha muy viva que se inició en 1802, en el Consejo de

Estado, al determinar los efectos de la adopción. Según el proyecto, ésta

hacía entrar totalmente al hijo en su nueva familia y rompía todo lazo con la

antigua, salvo la obligación recíproca de proporcionarsealimentos en caso de

necesidad. “El Primer Cónsul estaba muy interesado en que se volviese a las

reglas del antiguo derecho romano, y en que no se estableciese ninguna

diferencia entre el hijo adoptivo y los verdaderos hijos. La adopción, decía,

debe ‘imitar' a la naturaleza. ‘Es una especie de nuevo sacramento...; el hijo

de la carne y la sangre pasa, por la voluntad de la sociedad, a la carne y

sangre de otro’. Bona- parte sabía muy bien lo que hacía al insistir para que

la adopción tuviese efectos tan enérgicos como fuera posible: se reservaba

así un nuevo medio de fundar una dinastía, si su matrimonio continuaba

siendo estéril”(Segovia, 2006)

Podemos ver asegún la cita anterior que desde aquel entonces en Francia ya se

planteaba que los adoptados pierdan toda relación con la familia biológica es decir que

el adoptado pase a ser parte de la familia adoptiva, además se planteaba que no debe

haber diferencia entre un hijo concebido por naturaleza y un hijo adoptivo, hay que

mencionar además que aunque perdía los lazos con la familia biológica este tenía una

obligación reciproca siempre y cuando la familia biológica sufriera necesidad este

podría proporcionar alimentos.

Pese a todo esto puesto que se interrumpió aquella discusión sobre la adopción

posteriormente cuando se la volvió a tratar esta institución fue tachada de inmoral

porque se mencionaba que no puede cortarse la relación con la familia biológica, es

decir esta figura de la adopción se limitó, tales efectos que se limitaron fueron

posteriormente modificados en 1923 en los siguientes puntos:

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“1. La adopción no hace salir al hijo de su familia natural. Los lazos que

unen al adoptado con sus padres, no se rompen. Queda sujeto a todas las

obligaciones que le incumben respecto a sus padres y demás parientes y,

recíprocamente, conserva ante ellos, todos sus derechos, principalmente el

hereditario.2. Siendo la adopción un contrato, sólo crea relaciones jurídicas

entre el adoptante y el adoptado y en principio, sus efectos no se extienden

más allá. Sólo en algunos puntos particulares los efectos de la adopción

afectan a otras personas distintas de los contratantes”(Segovia, 2006)

Estos puntos son muy importantes puesto que en la una se refiere a los lazos del

adoptado con su familia biológica mencionando que estos no se cortarán y lo principal

es que se mantendrá su derecho a la herencia, también es importante mencionar que

aquí ya se da la figura de un contrato a la adopción puesto que esta traerá obligaciones

entre adoptante y adoptado y no afectaran a terceras personas que no sean las que

celebran el contrato.

Al ser reintroducida la adopción en el derecho francés esta acarrea consigo varias

consecuencias positivas puesto que esta figura ayudaría tanto a adoptantes como a

adoptados, por una parte se encuentran los adoptantes que por lo general suelen ser

parejas estériles que gracias a esta institución su matrimonio no se vería vulnerado ya

que ahora estaban en capacidad de adoptar a un hijo que la naturaleza les negó, y por

otra parte se encuentran los adoptados que en su mayoría son niños que han sufrido

males como lo son el abandono, la pobreza, etc. A más de ello en este punto el derecho

francés nos menciona algo que es de suma importancia refiriéndose a que una persona

extranjera que adoptara un menor podría obtener derechos de ciudadanía, antiguamente

se daba preferencia a los niños de soldados que quedaban huérfanos y a estos se los

llamaba hijos de la nación ahí se permite la adopción por parte de la mujer a más de ello

un punto importante es que se permitía adoptar tanto a solteros como a casados y a los

sacerdotes estos debían ser católicos para lo cual había dos requisitos:

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“1.- Que el adoptante hubiere llegado a la edad de cincuenta años cumplidos en la que

ya no esperara tener hijos; y 2.- Que el día de la adopción no tuviere hijo o

descendiente alguno” (Segovia, 2006)

2.1.2.5 Evolución de la Adopción hasta la modernidad

Con los antecedentes mencionados podemos decir que la evolución ha tenido una

gran evolución la misma que se ha ido dando época tras época hasta llegar a la

actualidad de los días.

Me mencionábamos que en la antigüedad tener descendientes era un signo de honor

puesto que ellos podrían tanto seguir con el legado como realizar las diferentes

solemnidades cuando el adoptante falleciera, la adopción no nace como ese acto que

pudiere solucionar el problema el gran problema que conllevaba no tener hijos a más de

ello se solucionaría ese estado de soledad en la que la persona podía entrar pero

ciertamente sino que más bien lo que se buscaba era poder mantener la descendencia y

con ello el apellido además de poder dejar los bienes patrimoniales en manos de un

familiar descendiente.

Poco a poco la sociedad ha ido tomando conciencia acerca del niño reconociendo

que estos son seres humanos y son una etapa de todo ser humano por lo cual en el siglo

XIX se empieza a dar al menor mayores cuidados, y atención puesto a que se les

considera un sector vulnerable de la sociedad la cual merece desarrollar óptimamente

por lo cual se trata de garantizar ese desarrollo, con el pasar de los días se ha dado

protección a aquellos niños que han sufrido abandono, maltrato y mendicidad , con este

interés de las personas por el menor se consigue que el niño se haga merecedor de

protecciones de índole jurídico.

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En este punto decimos entonces que la adopción es una manera de ofrecer una vida

digna a aquel niño que ha carecido de la misma brindándole una segunda oportunidad

para que este pueda crecer en un entorno adecuado para su óptimo desarrollo.

La concepción moderna de la adopción busca pues la reintegración del menor y esto

se consigue brindándole al mismo un nuevo hogar y una nueva oportunidad de vida para

que este pueda tener lo que no tuvo y además se sienta bien tanto física, psicológica

como emocionalmente.

Es así que la adopción evoluciona para transformarse en una institución de interés de

las personas, y ahora tiene suma importancia ya que la constante evolución y relaciones

entre distintos países ha hecho que se lleve a cabo incluso la adopción internacional

misma que debe respetar el interés superior del niño para así evitar la comercialización

de menores o el tráfico de los mismos por ello la Convención sobre los Derechos el

Niño en su artículo 21 nos manifiesta lo siguiente:

“Los Estados parte que reconocen o permiten el sistema de adopción cuidaran de que

el interés superior del niño sea la consideración primordial” (Convencion sobre los

Derechos del Niño, 1989)

Este artículo de la Convención sobre los Derechos el Niño es una muestra del

desarrollo de la sociedad con respecto a la institución de la adopción ya que menciona

que se debe priorizar el interés superior del niño mismo que es el desarrollo pleno y la

vida digna del menor de igual manera se menciona en el artículo 3 del mismo cuerpo

legal que:

“En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones

públicas o privadas de bienestar social, las autoridades administrativas o los

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órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el

interés superior del niño” (Convención sobre los Derechos del Niño, 1989)

En resumen podemos decir que la adopción ha sufrido varios cambios al pasar de los

años ya que primero se la hacía con ánimos políticos tanto como de religión luego de

ello se la realizaba solo para que la persona quien adopta pueda conservar sus bienes y

su patrimonio posteriormente se veía a la adopción como un mecanismo el cual pueda

reparar ese vacío que hay en los matrimonios que no pueden concebir hijos para que de

esa manera puedan encontrar la felicidad, hoy en día la adopción se enfoca más en el

bienestar del niño en poderle brindar un hogar digno para que pueda desarrollarse en un

entorno adecuado es así que hoy en día la adopción es a favor del adoptado claro y

también sigue siendo en beneficio del interés del adoptante ya que este puede tener el

niño que nunca pudo.

2.2 Fundamentación Legal

2.2.1 Fases de la adopción.

Dentro de la adopción existen etapas las cuales cuentan con varios requisitos y

procedimientos a seguir para que la adopción sea de manera legal a continuación

veremos las fases como lo son la administrativa, judicial y el seguimiento post-adoptivo

según Ecuador Legal Online y el Código de la Niñez y Adolescencia

1. Fase Administrativa:

“Está bajo la responsabilidad de la Dirección de Adopciones del MIES.

Las Unidades de Adopción, ubicadas en las 9 zonas del país, y los Comités

de Asignación Familiar (CAF) son los responsables del proceso.

Esta fase administrativa tiene por objeto:

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Estudiar e informar sobre la situación física, psicológica, legal, familiar y

social, de la persona que va a adoptarse (niña, niño o adolescente);

Declarar la idoneidad de los candidatos a adoptantes (parejas o personas

solas);

Asignar mediante resolución administrativa a una familia, una niña, niño o

adolescente. Esta facultad es privativa del Comité de Asignación Familiar.”

Procedimiento:

a) Acercarse o contactarse con una de las Unidades Técnicas de Adopción

Zonales (dependiendo del domicilio), donde se recibe orientación, se registra

información básica y se obtiene una cita para una entrevista preliminar.

b) Entrevista preliminar con la persona o pareja solicitante de adopción.

c) Participación en los círculos de formación de padres adoptivos.

d) Presentación de la solicitud y requisitos médicos legales.

e) Declaración de la idoneidad o no de los solicitantes a adopción.

f) Asignación del niño, niña o adolescente.

g) Aceptación o no de la familia.

h) Proceso de emparentamiento, éste se da una vez que existe la aceptación de

la familia, si el proceso de emparentamiento es exitoso, el niño, niña o

adolescente pasa a vivir con su familia.”(Ecuador legal online, 2013)

2. Fase Judicial:

De acuerdo a lo descrito en el artículo 175 del Código de la Niñez y

Adolescencia, el juicio de adopción se iniciará una vez concluida la fase

administrativa; procedimiento a través del cual, por sentencia judicial se

declara la calidad de hija o hijo y padres adoptivos y se ordena la inscripción

en el Registro Civil.(Código de la Niñez y Adolescencia, 2003)

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Esta fase es responsabilidad de los Juzgados Civiles, Juzgados Multicompetentes,

Juzgados de la Niñez y Adolescencia y de las Unidades Judiciales de la Familia, Mujer,

Niñez y Adolescencia de la Función Judicial a nivel nacional.

3. Seguimiento Post-adoptivo:

“Durante los dos años subsiguientes a la adopción, los adoptantes nacionales

y los niños, niñas y adolescentes adoptados recibirán asesoría y orientación

por parte de los profesionales de las Unidades Técnicas, quienes

acompañarán el proceso de adaptación y fortalecimiento de los vínculos

familiares que crea la adopción, asegurando el ejercicio pleno de los

derechos del adoptado.” (Ecuador legal online, 2013)

Confidencialidad y reserva de la información.

“La información sobre la familia, el niño, niña y/o adolescente adoptados es reservada.

Cuando adoptas no importa su rostro, edad, etnia o condición de salud” (Ecuador legal

online, 2013)

2.2.2 Prohibiciones de la adopción

Dentro del artículo 163 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia existen ciertas

prohibiciones las cuales se mencionan:

“Art. 163.- Adopciones prohibidas.- Se prohíbe la adopción De la criatura

que está por nacer, y

por parte de candidatos predeterminados, salvo cuando el niño, niña o

adolescente a adoptarse sea pariente, dentro del cuarto grado de

consanguinidad, o hijo del cónyuge o conviviente en los casos de unión de

hecho que reúna los requisitos legales.”

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Art. 166. Prohibiciones relativas: “La pre-asignación de una familia a un

niño, niña o adolescente, excepto en los casos de difícil adopción.

El emparentamiento de un niño, niña o adolescente antes de la declaratoria

legal de adoptabilidad, y de la declaratoria de idoneidad del

adoptante.”(Código de la Niñez y Adolescencia, 2003)

Para que se realice la adopción se debe tener ciertos consentimientos que se detallan en el

Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia en su artículo 161, los cuales se rezan en el cuerpo

legal de la siguiente manera:

“1. Del adolescente que va ser adoptado;

2. Del padre y la madre del niño, niña o adolescente que se va a adoptar, que

no hayan sido privados de la patria potestad;

3. Del tutor del niño, niña o adolescente;

4. Del cónyuge o conviviente del adoptante, en los casos de matrimonio o

unión de hecho que reúna los requisitos legales; y,

5. Los progenitores del padre o madre adolescente que consienta para la

adopción de su hijo.

El Juez tiene la obligación de constatar personalmente, en la audiencia

correspondiente, que el consentimiento se ha otorgado en forma libre y

espontánea; y que la Unidad Técnica de Adopciones del Ministerio de

Bienestar Social ha cumplido con las obligaciones señaladas en el artículo

siguiente.” (Código de la Niñez y Adolescencia, 2003)

2.2.3 Quienes pueden adoptar

De acuerdo con el Ministerio de Inclusión Económica y Social pueden

adoptar:

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“Familias o personas solas, capacitadas, idóneas, sensibles, comprometidas,

con una visión de derechos para aceptar el rol de madres y padres

adoptivas/os.

Quienes estén dispuestos a asumir apropiadamente: la crianza, protección,

cariño, educación, salud, buen trato, contribuyendo con amor al buen vivir y

a la garantía de derechos.”(MIES)

Es decir todas aquellas personas que tengan la capacidad para adoptar siempre y cuando

estas estén dispuestas a asumir su rol como padres adoptivos mismos que tienen la

responsabilidad de dar al niño, niña o adolescente adoptado una adecuada protección,

educación, buen trato y lo más importante que es garantizar sus derechos y ser tratado

como hijo legítimo, que se pueda brindar al menor la idoneidad física, la idoneidad

moral, es decir que pueda brindarle un ambiente familiar.

2.2.4 Que menores son aptos para la adopción

Nuestro Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia nos menciona que:

“El Juez sólo podrá declarar que un niño, niña o adolescente está en aptitud

legal para ser adoptado, cuando de las investigaciones realizadas se

establezca sin lugar a dudas que se encuentra en cualquiera de los siguientes

casos:

1. Orfandad respecto de ambos progenitores;

2. Imposibilidad de determinar quiénes son sus progenitores o, en su caso,

sus parientes hasta el tercer grado de consanguinidad;

3. Privación de la patria potestad a ambos progenitores; y,

4. Consentimiento del padre, la madre, o de ambos progenitores, según

corresponda, que no hubieren sido privados de la patria potestad.

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En los casos de los numerales 1, 3 y 4 el Juez declarará la adoptabilidad

siempre que, además de las circunstancias allí descritas, el niño, niña o

adolescente carezca de otros parientes hasta el tercer grado de

consanguinidad, o éstos se encuentren imposibilitados para asumir de

manera permanente y estable su cuidado y protección.

El Juez que declare la adoptabilidad de un niño, niña o adolescente, deberá

notificarlo a la Unidad Técnica de Adopciones de la respectiva jurisdicción,

en el plazo máximo de diez días contados desde que la sentencia quedó

ejecutoriada.”(Código de la Niñez y Adolescencia, 2003)

A continuación procederemos a analizar lo que está estipulado en nuestra legislación

con respecto a los menores que son aptos para la adopción en Ecuador:

Las instituciones del estado acogen a menores los cuales en un momento de su vida se

quedaron solos, esto debido a varios factores como lo son que sus padres consanguíneos

tuvieron una serie de problemas muchos que pueden variar como por una discusión o

por problemas económicos dentro del hogar o inclusive la muerte esto es lo que

desencadena el abandono del niño, niña y adolescente y ahí es donde interviene el

estado que tiene la responsabilidad de velar por los derechos del menor quien después

de una investigación se le declara en total abandono, para después de esto se le pueda

entregar en adopción.

A más de ello también esto suele darse por la ignorancia de los padres, los estándares de

cuidado, situaciones de pobreza y necesidades mismas que no permiten criar a un hijo,

la discapacidad de los responsables, incluso muchas veces puede abandonarse a un niño

por alcoholismo o drogadicción , También los problemas en la salud física y mental o

los embarazos no deseados manifiestan dicho abandono y negligencia, muchas veces

estas y otro tipo de causas desencadenan en que los progenitores entreguen a sus hijos

para que una familia pueda darles todo lo que ellos no pudieron darles, esto mediante la

adopción

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2.2.5 Procedimiento de la adopción

Para poder adoptar un menor debemos cumplir un procedimiento que podemos decir de

cierta forma que es algo largo, a continuación veremos los pasos que debemos llevar a

cabo para adoptar según nos menciona el MIES en su página web.

a) Acercarse o contactarse con una de las Unidades Técnicas de

Adopción Zonales (dependiendo del domicilio), donde se recibe orientación,

se registra información básica y se obtiene una cita para una entrevista

preliminar.

b) Entrevista preliminar con la persona o pareja solicitante de adopción.

c) Participación en los círculos de formación de padres adoptivos 2

sesiones de 8 horas para desarrollo de 5 módulos.

d) Presentación de la solicitud y los medios de verificación completos.

e) Evaluación psico-social individual y de pareja de ser el caso.

f) Estudio de hogar.

g) Declaración de la idoneidad o no de los solicitantes a adopción.

h) Asignación del niño, niña o adolescente.

i) Aceptación o no de la familia.

j) Proceso de emparentamiento, éste se da una vez que existe la

aceptación de la familia, si el proceso de emparentamiento es exitoso,

el niño, niña o adolescente pasa a vivir con su familia.

k) Seguimientos post-adoptivos durante 2 años. (MIES)

Podemos decir entonces que para adoptar el primer paso es acercarse a una oficina de

adopciones del MIES, donde hacen una pre calificación para que los solicitantes

participen en un proceso de capacitación la misma que deben aprobar para que reciban

un certificado, después de ello llenar una solicitud misma que debe estar acompañada

por los documentos que la ley exija como lo son informes psicológicos, médicos,

sociales, disponibilidad económica para adoptar, etc.

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Una vez realizado estos pasos la unidad técnica realiza un informe e inclusive una visita

para conocer la familia realizando una percepción de la misma, posteriormente el juez

califica la demanda si cumple con todos los requisitos legales y llama a una audiencia,

uno de los requisitos indispensables es que los adoptantes declaren su voluntad de que

desean adoptar al niño, otro aspecto importante es que el niño sea escuchado si el niño

está en condición de expresar su opinión sea escuchado.

Finalmente el juez dentro de cinco días resuelve ya como padres adoptivos, esta es

una decisión definitiva ya que en nuestro país solo existe la adopción total es decir que

el parentesco que el hijo adoptado asume es igual al de un hijo consanguíneo.

Los trámites de adopción no deberían tardar más de seis meses sin embargo podría

haber un proceso de demora por diferentes aspectos, la adopción se hace con el objetivo

de brindar un hogar a un niño, niña y adolecente que lo necesite.

2.2.6 Documentos a presentar para poder realizar el trámite de adopción

Para poder realizar el trámite debemos presentar una serie de documentos requeridos

para así empezar el proceso respectivo a la adopción mismos documentos que son:

a) Partida de nacimiento de los solicitantes;

b) Partida de matrimonio, si se tratare de cónyuges, o la prueba

correspondiente a la unión de hecho legalmente reconocida;

c) Antecedentes policiales del solicitante;

d) Certificado de que goza de buena salud física y mental, otorgado por un

centro de salud pública;

e) Certificado de ingresos económicos;

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f) Fotografías (4) actuales de los solicitantes;

g) Informe del servicio social del centro o institución autorizada que respalda

la adopción sobre la personalidad del solicitante o solicitantes, consignando

el criterio sobre la idoneidad de aquéllos. (Torres, 2003)

2.2.7 Cuáles son los requisitos para Adoptar a un menor

Refiriéndonos a los requisitos para poder adoptar a un menor el Código de la Niñez y

Adolescencia nos hace referencia en su artículo 159 que veremos a continuación:

1. Las personas que van a adoptar en este caso los llamados adoptantes

deben estar domiciliados en el Ecuador o en uno de los estados con los

cuales el Ecuador haya suscrito convenios de adopción;

2. Ser legalmente capaces, es decir que no estén impedidos legalmente para

adoptar.

3. Que las personas candidatas a ser adoptantes deben estar en pleno

ejercicio de los derechos políticos para poder hacerlo.

4. Que los adoptantes al momento de presentarse para tratar de adoptar

deben ser mayores de veinticinco años.

5. Los aspirantes a adoptar deben tener una diferencia de edad no menor de

catorce ni mayor de cuarenta y cinco años con el adoptado.

Con la diferencia de que en caso de que se trate de adoptar al hijo del

cónyuge o conviviente la edad mínima se reducirá a diez años en los casos

de unión de hecho siempre y cuando cumpla con los requisitos legales.

6. Aquí un tema muy interesante y que ha estado en discusión por mucho

tiempo el cual nos menciona que la pareja de adoptantes debe ser

heterosexual y estar unida por más de tres años, en matrimonio o en unión de

hecho que cumpla los requisitos de la ley;

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7. Los aspirantes a adoptar un menor deben gozar de salud física y mental

adecuada para cumplir con las responsabilidades parentales;

8. las personas que quieran adoptar deben disponer de recursos económicos

indispensables para garantizar al adoptado la satisfacción de sus necesidades

básicas; y,

9. Por ultimo pero no menos importante los adoptantes no deben registrar

antecedentes penales por delitos sancionados con penas de reclusión.

(Código de la Niñez y Adolescencia, 2003)

Para poder brindar información adecuada el Ministerio de Inclusión Económica y Social

cuenta con Unidades Técnicas de Adopción Zonales las cuales se detallara su ubicación

por cobertura según sus provincias y su dirección y teléfono, este cuadro fue tomado de

la página web del MIES

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32

2.2.8 Tipos de adopción

Adopción simple.- Cabe primero mencionar que esta adopción no está reconocida en

nuestra legislación, se trata de una adopción en la cual no se crean vínculos de

parentesco entre el adoptante y el adoptado.

Es decir que como no tienen vínculos jurídicos el menor no tendrá derecho a una

herencia

Adopción plena.- Esta adopción es la que está reconocida por nuestra legislación

puesto a que genera y garantiza los derechos del niño, niña o adolecente, esta se la

realiza después de realizar el respectivo tramite pero genera vínculos jurídicos entre el

adoptante y el adoptado mismos de una familia consanguínea.

Nuestro Código de la Niñez y Adolescencia reconoce a la adopción plena en su artículo

152:

“La ley admite solamente la adopción plena, en virtud de la cual se

establecen entre el o los adoptantes y el adoptado todos los derechos,

atributos, deberes, responsabilidades, prohibiciones, inhabilidades e

impedimentos propios de la relación parento filial.

En consecuencia, jurídicamente el hijo adoptivo se asimila en todo al hijo

consanguíneo.

La adopción extingue el parentesco entre el adoptado y los miembros de su

familia de origen” (Código de la Niñez y Adolescencia, 2003)

Entonces decimos que nuestra legislación reconoce solamente un tipo de adopción

como es la plena ya que esta le brinda al adoptado todos los derechos, deberes y

responsabilidades que puede tener un hijo consanguíneo, esto con el fin de garantizar el

interés superior del niño es todos sus aspectos, y por otra parte también genera derechos

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para el adoptante mismo que de igual manera adquiere las obligaciones de un padre

parento filial.

2.3 Planteamiento ideológico a defender

En el Ecuador la adopción debe ser aplicada como interés superior del niño para que los

adoptantes los niños puedan tener una familia en un tiempo oportuno y que los

adoptantes sepan la responsabilidad que conlleva adoptar, y de esa manera el niño pueda

crecer en un entorno adecuado y de modo idóneo con la finalidad de garantizar sus

derechos.

2.4 Determinación de las variables

Las variables son datos o hechos en los cuales vamos a demostrar aspectos

cuantitativos, en este caso haremos uso de las siguientes.

2.4.1 Variables independientes

Plazos y efectos jurídicos que conllevan una adopción, mejora para que así el menor

pueda crecer de una manera íntegra en su nuevo hogar.

2.4.2 Variables dependientes

Responsabilidad del estado y efectos jurídicos que conlleva la adopción del menor.

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34

2.4.3 Matriz de operacionalización de las variables

Cuadro 1 MATRIZ DE OPERACIONALIZACIÓN DE LAS VARIABLES

VARIABLES

INDEPENDIENTES

DIMENSIÓN INDICADOR NÚMERO DE ÍTEM TÉCNICA

O

INSTRUM

ENTO

Variable independiente

Ámbito social

Plazos y efectos

jurídicos que

conllevan una

adopción, mejora

para que así el menor

pueda crecer de una

manera íntegra en su

nuevo hogar.

1 Juez de la Niñez y

Adolescencia

2 Funcionarios de la

Unidad Judicial de la

Niñez y

Adolescencia

3 Usuarios; y,

3 Abogados afines al

tema.

Entrevista

y

Encuesta

VARIABLES

DEPENDIENTES

DIMENSIÓN INDICADOR NÚMERO DE

ITEM

TÉCNICA

O

INSTRUM

ENTO

Variable dependiente

Ámbito social

Responsabilidad del

estado y efectos

jurídicos que

conlleva la adopción

del menor.

2 Funcionarios de la

Unidad Judicial de la

Niñez y

Adolescencia

Entrevista

y

Encuesta

Autor: CARRILLO LEÓN CARLOS HENRY

2.5 Definiciones de términos básicos

Abandono.- Desamparo de una persona a quien se debía cuidar, de una cosa que nos

pertenece. Desistimiento o renuncia de una acción entablada en justicia.

Adopción.- “Tanto quiere decir como prohijamiento; que es una manera que

establecieron las leyes por la cual pueden los hombres ser hijos de otros, aunque no lo

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sean naturalmente”. La adopción es, pues, el acto por el cual se recibe como hijo

nuestro, con autoridad real o judicial, a quien lo es de otro por naturaleza.

Adoptar.- Prohijar, aceptar como hijo a quien no lo es naturalmente, con arreglo a los

requisitos de fondo y forma de las leyes, allí donde se admite. Aceptar, aprobar una

doctrina, un dictamen, una opinión. Tomar medidas, resoluciones, acuerdos.

Afinidad.- El parentesco que se contrae por el matrimonio consumado, o por cópula

ilícita, entre el varón y los parientes consanguíneos de la mujer, y entre ésta y la familia

consanguínea de aquél.

Alimentos.- Las asistencias que por ley, contrato o testamento se dan a algunas

personas para su manutención y subsistencia; esto es, para comida, bebida, vestido,

habitación y recuperación de la salud, además de la educación cuando el alimentado es

menor de edad.

Aptitud.- Idoneidad, disposición, suficiencia. En ciertos casos, la capacidad de obrar,

de efectuar por sí determinados actos, desempeñar un cargo o realizar alguna cosa.

Consanguíneo.- El que con otro tiene parentesco de consanguinidad, por descender de

un tronco común, relativamente cercano.

Consanguinidad.- Unión o proximidad de las personas que tienen un ascendiente

común cercano, o que derivan unas de otras; es decir, las emparentadas por la

comunidad de sangre, según la directa etimología de la palabra.

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Cónyuges.- El marido o su mujer unidos por legítimo matrimonio.

Derecho.- Conjunto de leyes que posibilitan y hacen efectivo el ejercicio regular de las

relaciones jurídicas de una sociedad.

Descendiente.- Hijo, nieto, bisnieto, tataranieto, o persona de ulterior generación y de

uno u otro sexo que, por natural propagación, procede de un tronco común o cabeza de

familia.

Hijo.- Descendiente en primer grado de una persona; el vínculo familiar entre un ser

humano y su padre o madre.

Huérfano.- Menor de edad que carece de padre y madre, o de uno de ellos, por muerte

de sus progenitores o por serle desconocidos.

Incapacidad.- Defecto o falta total de capacidad, de aptitud legal para ejercer derechos

y contraer obligaciones.

Impúber.- Quien no ha alcanzado la edad de la pubertad, aquella en que se adquiere la

capacidad o facultad de procrear o concebir, presunta a los doce años en las hembras y a

los catorce en los varones.

Infancia.- Es el período inicial de la vida, comprendido desde el nacimiento hasta los

siete años, en el cual se adquiere, más o menos realmente, el llamado uso de razón.

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Jurisdicción.- Conjunto de atribuciones que corresponden en una materia y en cierta

esfera territorial. Poder para gobernar y para aplicar las leyes.

Maternidad.- Condición de madre. Estado natural o jurídico de la madre.

Matrimonio.- Es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el

fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente.

Menor.- Persona que no ha cumplido todavía la edad que la ley establece para gozar de

la plena capacidad jurídica normal, determinada por la mayoría de edad.

Niño, Niña y Adolescente.- Niño o niña es la persona que no ha cumplido doce años de

edad. Adolescente es la persona de ambos sexos entre doce y dieciocho años de edad.

Padres.- El padre y la madre de un ser. Todos los hombres que tienen hijos.

Patria Potestad.- Es un conjunto de derechos que tienen los padres sobre los hijos no

emancipados.

Reinserción.- Capacidad del ser humano de integrase a la sociedad. Este es un término

muy utilizado dentro de proceso de adopción, puesto la adopción no significa solo

proveerle del carácter de padre o madre al menor, sino de integrarlo tanto física come

sicológicamente dentro del rol social.

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Relación Filial.-Es una filiación artificial por medio de un acto condición, en el cual se

hace de un hijo biológicamente ajeno, un hijo propio. Paterno — filial entre personas que no la tiene por naturaleza.

Relación Paternal.- Propio del afecto o cariño del padre. 1. a relación paternal, tiene un

papel determinante dentro de la adopción, por lo que resulta de suma importancia

establecer el vínculo existente entre el adoptante y el adoptado.

Tutelas Curadurías. Las Tutelas y las Curadurías son cargos impuestos a ciertas

personas, a favor de aquellos que no pueden gobernarse por sí mismos, o administrar

competentemente sus negocios, y que no se hallan bajo potestad del padre o de la

madre, que puedan darles la protección debida.

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39

TITULO I

2.6 Introducción del tema y definiciones o conceptos de la adopción, términos más

referentes a utilizar.

2.6.1 Introducción

En nuestro país desde hace mucho tiempo atrás existen familias que toman la

decisión de adoptar a más de ello también por muchos años han existido niños sin hogar

ni familia que han sido adoptados tanto por adoptantes nacionales como internacionales

claro esto previamente a cumplir una serie de requisitos mismos que están estipulados

en la legislación ecuatoriana, este vínculo se da entre los niños, niñas y adolescentes

mismos que hayan sido declarados por un juez competente como aptos para ser

adoptados y los adoptantes que también deben ser declarados idóneos para adoptar por

la autoridad competente.

La adopción es un proceso en el cual el adoptante llega con una idea de adoptar un niño,

pero mucho más allá de ello el adoptante debe estar completamente preparado para

asumir la crianza de un niño que ha pasado por situaciones complejas como pueden ser:

de abandono, soledad, falta de afecto, entre otras, lo primero que hay que tomar en

cuenta es que la pareja este de acuerdo de que van a ser padres por adopción, lo segundo

es que la adopción es un camino para ser padres, no quiere decir que sea un efecto de

salvar un niño o a la vez salvarse ellos como pareja, existen varias parejas que creen que

la adopción puede reparar la dificultad que tienen como pareja, entonces en este proceso

ser debe ver que la pareja tenga estabilidad no necesariamente alta sino se trata de darle

oportunidades al niño, muchas veces se tiene la idea de que la adopción es para

adoptantes y no es así, la adopción es una institución que existe para el niño que se

quedó sin padres y al cual hay que establecerle ese derecho a tener una familia y los

demás derechos que son intrínsecos a un niño.

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2.6.2 Definición o conceptos

La palabra Adopción proviene del latín “Adoptĭo” que tiene el significado de

prohijamiento, mismo que podemos decir que se trata de recibir como hijo propio, a los

efectos legales

A continuación veremos una serie conceptos mismos que se han venido dando a lo

largo de la historia.

Planeo la define la adopción como “un contrato solemne, sometido a la aprobación de

la justicia, que crea entre dos personas relaciones análogas a las que resultarían de la

filiación legítima”. (Larrain A., 1991)

Este autor nos menciona que la adopción debe ser sometida a la justicia ya que al ser un

contrato solemne como tal crea obligaciones y en este caso las mismas son para las dos

partes es decir tanto para el hombre como para la mujer que serán los padres adoptivos

del menor

A su vez, Humberto Pinto Rogers deslinda la institución, consignando que

“es un contrato familiar solemne, sometido para su eficacia a aprobación

judicial, que crea entre dos personas, llamadas respectivamente adoptante y

adoptado, vínculos ficticios de filiación y parentesco análogos, en cierta

medida, a los que resultan de la filiación legítima”. (Larrain A., 1991)

Este autor menciona que la adopción es un contrato familiar es decir que conlleva

responsabilidad familiar por lo cual esto implica que haya un entorno adecuado para que

pueda vivir plenamente el adoptado mismo que también tiene responsabilidades,

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además de ello sé que crean vínculos entre ambos, mismos vínculos que son ficticios

pero son totalmente validos ante la ley por ello menciona que la filiación es legítima.

Meza Barros la define grosso modo como “un acto judicial por el cual se

confiere a una persona extraña la calidad de hijo legítimo de los adoptantes,

desligándole de todo vínculo con la familia de origen”(Larrain A., 1991)

Este autor nos menciona que se le confiere derechos de hijo legitimo a una

persona extraña mismo concepto en el cual se puede discrepar ya que se puede

adoptar a una persona es decir a un menor que no precisamente sea extraño

puesto que para que este adoptado contraiga los derechos de un hijo natural no

debe ser necesariamente un extraño.

El diccionario jurídico elemental de Guillermo Cabanellas define a la adopción de la

siguiente forma:

“La adopción es, pues, el acto por el cual se recibe como hijo nuestro, con

autoridad real o judicial, a quien lo es de otro por naturaleza.

La adopción constituye un sistema de crear artificialmente la patria

potestad.” (Cabanellas de las Cuevas, 2001)

En este concepto Guillermo Cabanellas es breve al mencionar a la adopción como un

acto, es decir una acción que realiza una determinada persona, pero esto debe ir mas allá

de un acto ya que el niño, niña o adolescente que va a ser adoptado va a adquirir

derechos propios de un hijo de familia, nos menciona además que en este acto el

adoptante recibirá como su hijo a quien por naturaleza no lo es, es decir que por

naturaleza se refiere a que aquellas personas que van a ser adoptantes del niño niña o

adolescente no lo engendraron, pero estos tendrán autoridad real o judicial que nos

menciona que los adoptantes tendrán la misma autoridad que un padre que engendro a

su hijo pero más allá de la autoridad este tiene los mismos derechos y obligaciones para

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con los adoptados, estos dictados por la ley al momento de realizar todo el proceso de

adopción.

A más de ello el mismo diccionario jurídico elemental de Guillermo Cabanellas nos

hace referencia a adoptar y nos da un concepto el cual es: “Adoptar es aceptar como hijo

a quien no lo es naturalmente, con arreglo a los requisitos de fondo y forma de las leyes, allí

donde se admite.” (Cabanellas de las Cuevas, 2001)

Aquí Guillermo Cabanellas menciona que adoptar es aceptar como hijo al niño, niña

o adolescente que no lo es lo que quiere decirnos desde mi punto de vista es que el

adoptante va a tener todos los derechos de padre del menor después de haber cumplido

con todos los requisitos correspondientes al proceso de adopción, claro siempre y

cuando esto se cumpla como la ley lo estipula.

2.6.2.1 En la Legislación Ecuatoriana

En nuestro país se reconoce a la adopción en distintas legislaciones de las cuales

procederemos a mencionar:

Nuestro Código Civil nos da un concepto a cerca de la adopción el mismo que se

encuentra previsto en el artículo 314 haciendo referencia a la adopción como una

institución en virtud de la cual una persona misma que será llamada adoptante, adquiere

los derechos y contrae las obligaciones de padre o madre es decir los mismos derechos

que se tiene con un hijo biológico, respecto de un menor de edad que se llama adoptado.

A más de ello nos hace una excepción y nos menciona que solo en el caso de adopción

se tendrá como menor de edad a una persona que no cumple 21 años.

Page 59: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR - …€¦ · jurídica para honrar el interés superior del niño, se observa que no existe un acto ni

43

2.6.2.2 En la Legislación Internacional

En la legislación chilena

En la ley 19620 de la legislación de Chile nos menciona lo siguiente

“Artículo 1º.- La adopción tiene por objeto velar por el interés superior del

adoptado, y amparar su derecho a vivir y desarrollarse en el seno de una

familia que le brinde el afecto y le procure los cuidados tendientes a

satisfacer sus necesidades espirituales y materiales, cuando ello no le pueda

ser proporcionado por su familia de origen. La adopción confiere al

adoptado el estado civil de hijo respecto del o los adoptantes en los casos y

con los requisitos que la presente ley establece.”

La ley chilena es muy específica en cuanto a la adopción y al interés superior del niño y

los relaciona muy bien al mencionar que el objeto de la adopción es amparar por el

interés superior del niño y esto está muy bien ya que el niño tiene derecho a vivir y

desarrollarse en el interior de una familia que lo cobije le brinde su apoyo afecto pueda

satisfacer sus necesidades propias de un ser humano, este es un vínculo por el cual el

niño puede obtener derechos aun cuando este no tenga una familia de origen cerca

puesto a que a esto se refiere el tema de este proyecto innovador.

En la Legislación Peruana

El código civil peruano en su capítulo segundo en el artículo 377 nos da un corto

concepto el cual es:

“Por la adopción el adoptado adquiere la calidad de hijo del adoptante y deja de

pertenecer a su familia consanguínea”

Page 60: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR - …€¦ · jurídica para honrar el interés superior del niño, se observa que no existe un acto ni

44

En este artículo se puede apreciar un concepto mucho más corto pero a la vez que

dice mucho es decir que el código civil peruano nos menciona que al ser adoptado esta

persona la cual es llamada adoptante adquiere la calidad del hijo de la persona que lo va

a adoptar es decir del adoptante y por ello deja de pertenecer a la familia consanguínea

pero más allá de ello para poder adoptar al menor creo que se debe agotar todas las

posibilidades de que otra persona de su familia consanguínea pueda adoptarlo o hacerse

legalmente responsable del menor es ahí donde se aplica el verdadero interés superior

del niño en la adopción.

Hemos realizado un análisis de las legislaciones de estos países previamente

mencionados y comparado con la legislación de nuestro país y podemos apreciar que

sea cual sea el país y la legislación internacional que leamos, todos los países tienen

algo en común y es que buscan el interés superior del niño ya que todas las legislaciones

incluyen a la infancia como población sensible ya que el estado debe proteger

especialmente al niño, niña y adolescente, ya que este esta viabilizado a garantizar un

desarrollo pleno y una vida digna así como las condiciones afectivas y materias que

permitan vivir plenamente y alcanzar el máximo bienestar a los menores ya que antes de

tomar una medida de ellos se debe adoptar aquellas que los protejan

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45

TITULO II

2.7 La adopción en el Ecuador

2.7.1 Regulación y control normativo

El tema de la adopción es un tema complejo tiene muchas cosas que se deben tener

en cuenta, la situación legal de la adopción en ecuador ha cambiado bastante desde el

punto de vista administrativo desde el año 2011 era el INNFA el que se encargaba del

proceso pre adoptivo, en la actualidad lo realiza el MIES esta etapa es la más larga y

luego tenemos el proceso judicial de adopción, la situación básicamente un niño es

declarado en situación de riesgo, se decreta una medida que solo la puede decretar un

juez de niñez y adolescencia que es una medida de protección temporal que puede ser el

acogimiento de acuerdo al código institucional o familiar el cual es una medida de

protección temporal para que el menor sea acogido hasta que se ordene la medida

judicial de adopción, muchas personas en el ámbito popular piensa que cuando no tiene

hijos pecan de ingenuidad legal y piensan ir a adoptar a un niño directamente en las

instituciones donde están los niños, muchas veces generan un laso con los niños que

ellos ven en ese instante pero la realidad legal es completamente diferente ya que tienen

que cumplir todo el proceso de calificación como familia adoptante, ante el MIES tienen

que pasar pruebas psicológicas, de entorno familiar, sociales y luego de que son

calificados como familia adoptante idónea también el niño debe pasar por una

declaratoria de adoptabilidad es decir debe pasar por un proceso para que el niño pueda

ser declarado como adoptable es decir en aptitud de ser adoptado, luego de esta decisión

judicial viene el proceso de emparentamiento en el cual los adoptantes conocen al

candidato a ser adoptado y en ese proceso pueden los adoptantes como el adoptado

decidir si están de acuerdo o no con esta adopción, uno de los mayores problemas que

se conocen es el de los plazos en la fase administrativa es decir la espera que tienen los

padres adoptantes, por otra parte está el niño que necesita vincularse a una familia de

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46

forma inmediata es decir pasar a tener los mismos derechos e igualdad de condiciones

que un hijo biológico, pero pese a que este proceso es demoroso debe respetarse para así

poder evitar las entregas directas y así en el futuro evitar complicaciones ya sean legales

como de carácter social.

La adopción en el Ecuador ha aumentado últimamente y mediante ella se le da la

oportunidad a un niño abandonado a vivir en un ambiente familiar de igual manera se

les da la oportunidad a quien no pueden tener hijos, casi la mayoría de veces esto se da

por situaciones bilógicas, cuando se hace la adopción por lo general la pareja debe

reflexionar sobre la decisión que va a tomar ya que ambos deben desear ser padres

adoptivos para que así el niño en un futuro no tenga inconvenientes dentro del entorno

familiar, la adopción debe ser tomada como un deseo y mas no como una necesidad ya

que algunas personas solo deciden adoptar por la frustración de no haber podido

engendrar un hijo, lo que hay que tener en cuenta es pensar en el beneficio del menor

por ello el adoptante debe tener el deseo de ser un buen padre de vivir en un entorno

familiar pleno lleno de afecto y querer criar a un hijo transmitiendo valores y demás

responsabilidades que conllevan el ser padre

2.7.1.1 En El Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia

Vamos a referirnos al Código de la niñez y adolescencia en el cual específicamente en su

artículo 151 nos menciona cual es la finalidad de la adopción mismo que dice: “La adopción

tiene por objeto garantizar una familia idónea, permanente y definitiva al niño, niña o

adolescente que se encuentren en aptitud social y legal para ser adoptados.” (Código de la Niñez

y Adolescencia, 2003)

Cabe recalcar que la regulación y control normativo en este cuerpo legal es muy

amplio y cuenta con una variedad de artículos muchos de ellos citados en este proyecto

de investigación estos artículos se dan para así poder hacer respetar ese a prioridad que

se le debe dar al niño según la constitución.

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2.7.1.2 En el Código Civil

El Código Civil Ecuatoriano nos habla acerca de la adopción en su artículo 314

mencionando que:

“La adopción es una institución en virtud de la cual una persona, llamada ad

optante, adquiere los derechos y contrae las obligaciones de padre o madre, s

eñalados en este Título, respecto de un menor de edad que se llama

adoptado.”

“Sólo para los efectos de la adopción se tendrá como menor de edad al que n

o cumple 21 años”(Codigo Civil , 2005)

2.7.1.3 Convención Sobre los Derechos Del Niño

La Convención sobre los Derechos del Niño nos menciona en su artículo 21 que:

“Los Estados Partes que reconocen o permiten el sistema de adopción

cuidarán de que el interés superior del niño sea la consideración primordial

y:

a) Velarán por que la adopción del niño sólo sea autorizada por las

autoridades competentes, las que determinarán, con arreglo a las leyes y a

los procedimientos aplicables y sobre la base de toda la información

pertinente y fidedigna, que la adopción es admisible en vista de la situación

jurídica del niño en relación con sus padres, parientes y representantes

legales y que, cuando así se requiera, las personas interesadas hayan dado

con conocimiento de causa su consentimiento a la adopción sobre la base del

asesoramiento que pueda ser necesario;

Page 64: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR - …€¦ · jurídica para honrar el interés superior del niño, se observa que no existe un acto ni

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b) Reconocerán que la adopción en otro país puede ser considerada como

otro medio de cuidar del niño, en el caso de que éste no pueda ser colocado

en un hogar de guarda o entregado a una familia adoptiva o no pueda ser

atendido de manera adecuada en el país de origen;

c) Velarán por que el niño que haya de ser adoptado en otro país goce de

salvaguardias y normas equivalentes a las existentes respecto de la adopción

en el país de origen;

d) Adoptarán todas las medidas apropiadas para garantizar que, en el caso de

adopción en otro país, la colocación no dé lugar a beneficios financieros

indebidos para quienes participan en ella;

e) Promoverán, cuando corresponda, los objetivos del presente artículo

mediante la concertación de arreglos o acuerdos bilaterales o multilaterales y

se esforzarán, dentro de este marco, por garantizar que la colocación del niño

en otro país se efectúe por medio de las autoridades u organismos

competentes.” (Convención sobre los Derechos del Niño, 1989)

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TÍTULO III

2.8 Análisis normativo de la adopción y el Interés Superior del Niño

2.8.1 En la Constitución De La República del Ecuador

Con respecto al interés superior del niño nuestra legislación específicamente en la

Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 44 y 45 se dispone:

“El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el

desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el

ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés

superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas.

Las niñas, niños y adolescentes tendrán derecho a su desarrollo integral,

entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de su

intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno

familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad. Este

entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales, afectivo-

emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales

nacionales y locales.”

“Art. 45.- Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos

comunes del ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado

reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la

concepción. Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad

física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y

nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad

social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y

comunitaria; a la participación social; al respeto de su libertad y dignidad; a

ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera

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50

prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos

y nacionalidades; y a recibir información acerca de sus progenitores o

familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.”

“El Estado garantizará su libertad de expresión y asociación, el

funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y demás formas

asociativas.” (Constitución de la República del Ecuador, 2008)

El interés superior del niño en los últimos tiempos ha ido utilizándose cada vez más

pese a que este principio ya se contemplaba en la Convención sobre los Derechos del

Niño de 1989, este principio es reconocido plenamente en la Constitución de la

República del Ecuador, el principio del interés superior del niño se refiere a la

satisfacción plena de todos los derechos del menor, con el reconocimiento

constitucional podemos mencionar que el interés superior del niño tiene mucha mayor

fuerza y también las autoridades tienen mayor exigencia con respecto a las decisiones

que se tomen que tenga que ver con los derechos de los niños, niñas y adolescentes, es

decir no existe declaración, ni documento que trate de generar algún cambio en la

sociedad que no incluya a los niños como población sensible, en este sentido el interés

superior del niño es un recurso legal orientado a garantizar un desarrollo integral, una

vida digna, así como las condiciones tanto materiales como afectivas que permitan vivir

plenamente y alcanzar el máximo de bienestar posible, como nuestra constitución es

garantista podemos decir que se trata de una garantía a la que los niños tienen derecho,

misma que consiste que en que antes de tomar una medida respecto de ellos se adopten

aquellas que los protejan,

Podríamos decir que el interés superior del niño implica la obligación de la familia,

sociedad y el estado de otorgar prevalencia al ejercicio de sus derechos es decir es una

garantizar al niño la protección y cuidado por parte de los demás para su pleno

desarrollo tanto físico como mental tal como lo menciona la Constitución de la

Republica de Ecuador en sus artículos antes mencionados

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2.8.2 Análisis de la adopción en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia

Nuestro Código de la Niñez y Adolescencia pretende brindarle al adoptado una familia

idónea y apta para que el menor pueda crecer en un ambiente pleno, es decir que el

menor pueda tener todos los derechos, responsabilidades y mas que tiene un hijo

consanguíneo, esto debido a que todo niño merece crecer en el interior de una familia

que lo rodee de cariño, es decir se trata de recuperar el derecho que tiene el niño a vivir

en familia, para ello no solamente los adoptantes deben ser aptos sino también el menor

que va a ser adoptado, nuestra ley prioriza la adopción nacional es decir entre parejas

Ecuatorianas sin embargo también existe la adopción internacional la cual puede

realizarse conforme a este cuerpo legal.

2.8.3 Análisis en el Código Civil

El código civil ecuatoriano hace referencia a la adopción como una institución, es

decir que adquiere derechos y obligaciones aquella persona que va a adoptar a un menor

es decir la persona que en adelante se la denominara adoptante mismo que tendrá estos

derechos frente al menor que en adelante se lo denominara adoptado, en la parte final

del artículo en su último párrafo nos menciona que solo para los efectos de adopción se

considerara como menor de edad a aquella persona que no haya cumplido 21 años esto

es algo en lo cual desde mi punto de vista discrepo ya que una persona de esa edad se

encuentra casi siempre emancipada puesto que nuestra legislación nos menciona que se

emancipan cuando la persona cumple la mayoría de edad es decir dieciocho años de

edad, por ello podemos decir que una persona de veintiún años de edad no puede ser

tratado como un menos ya que él o ella está en su total derecho de tomar sus decisiones

más allá de si se tratare o no de una adopción, pero en nuestro código orgánico de la

niñez y adolescencia en su artículo 157 literal de reza:

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“Art. 157.- Edad del adoptado.- Sólo pueden ser adoptadas personas

menores de dieciocho años. Por excepción se admite la adopción de adultos

en los siguientes casos:

d) Cuando se trata de adoptar al hijo del cónyuge.

En ningún caso se podrá adoptar a personas mayores de veintiún

años.”(Código de la Niñez y Adolescencia, 2003)

Es decir nuestra legislación tanto en el código civil como en el Código Orgánico de la

niñez y adolescencia.

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53

CAPÍTULO III

MARCO METODOLÓGICO

3.1 Determinación de las unidades de observación

Unidad Judicial tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito,

caso práctico, población en general.

3.2 Población

Escogeremos la parte de la población que tenga alguna relación, trámite o conocimiento

sobre la adopción y estudiaremos un caso que se obtendrá en la Unidad Judicial tercera

de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito.

3.3 Muestra

La muestra de la cual recolectaremos información será específicamente aquella que está

inmersa en procesos de adopción, y personas que tengan conocimiento del tema.

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54

Cuadro 2 POBLACIÓN Y MUESTRA

Autor: CARLOS HENRY CARRILLO LEON

3.4 Definición de los métodos

El presente proyecto es de carácter descriptivo ya que en él daremos a conocer cuál

es el proceso de adopción, de igual manera emplearemos el método científico mismo

que trata de obtener conocimientos que sean comprobados científicamente.

3.5 Definición de las técnicas

En el proyecto que daré a conocer se va a utilizar la técnica denominada,

investigación de campo, ya que con ella vamos a observar lo referente a la adopción y

sus efectos jurídicos. Para lo cual utilizaremos entrevistas y encuestas para de esta

manera poder obtener información de personas que estén inmersas en el tema.

1 • Juez de la Niñez y Adolescencia

2 • Funcionarios de la Unidad Judicial tercera de la Familia, Mujer, Niñez y

Adolescencia del cantón Quito

3 • Usuarios

4 • Abogados afines al tema

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Entrevistas: son aquellas que se realizan de manera oral mediante preguntas que las

hace la persona que investiga.

Encuestas: estas se las hace a un grupo determinado de personas inmersas en el tema

para poder obtener información, se las hace con preguntas.

3.6 Definición de los instrumentos

El Cuestionario: es aquel que se ejecuta para poder desarrollar la técnica de la

entrevista el mismo que se realiza de manera directa con personas afines al tema por

ello lo podemos considerar fuente de información primaria.

Fichas bibliográficas: estas registran los datos de libros y de un catálogo de

biblioteca incluyendo en la parte inferior una descripción del tema del libro. (Espinoza

& Herrera. 2006)

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CAPÍTULO IV

INVESTIGACIÓN DE CAMPO

4.1 Formulario N.1 Encuestas

1 ¿Conoce usted cuál es la finalidad de la adopción?

2 ¿Sabe usted quiénes pueden adoptar?

3 ¿Conoce usted quién declara al niño, niña y adolecente apto para ser adoptado?

4 ¿Sabe usted a qué Institución del gobierno dirigirse si desea adoptar un niño?

5 ¿Conoce usted quiénes no son aptos para adoptar?

6 ¿Sabe usted de qué se encarga el Comité de Asignación Familiar?

7 ¿Conoce usted cuales son los requisitos que deben cumplirse para adoptar a un

menor?

8 ¿Conoce usted por cuánto tiempo y para que se realiza el seguimiento post-adoptivo?

9 ¿Sabe usted que es el Interés Superior del Niño?

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10 ¿Sabe usted cual es la responsabilidad de los padres adoptivos para con los niños

adoptados?

4.2 Análisis e interpretación de las Encuestas

Para poder realizar este proyecto de investigación vamos a proceder a dar

cumplimiento al ámbito metodológico y así realizar la investigación de campo para

poder determinar cuánto conocimiento tienen las personas sobre la adopción y sobre el

interés superior del niño y su vulneración para lo cual hemos realizado una encuesta a

100 personas para obtener los datos respectivos al tema, mismos que serán detallados a

continuación en los gráficos y cuadros respectivos.

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PREGUNTA 1

¿Conoce usted cuál es la finalidad de la adopción?

Tabla 1 Pregunta 1

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 80 80%

NO 20 20%

Total 100 100%

Autor: Carlos Henry Carrillo León

Gráfico 1 Pregunta 1

Autor: Carlos Henry Carrillo León

ANALISIS

En la primera pregunta vemos que un ochenta por ciento de los encuestados sabe cuál es

la finalidad de la adopción es decir la mayoría de personas está informada sobre este

tema y esto es muy fructífero de cierto modo ya que con esa información se puede dar

comienzo a un proceso de adopción, mientras que el veinte por ciento de los

encuestados no conocen esta finalidad lo cual nos lleva a pensar que se debe informar

un poco más a las personas sobre la adopción.

Si No

Pregunta 1 80 20

80%

20%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%Pregunta 1

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PREGUNTA 2

¿Sabe usted quiénes pueden adoptar?

Tabla 2 Pregunta 2

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 80 80%

NO 20 20%

TOTAL 100 100%

Autor: Carlos Henry Carrillo León

Gráfico 2 Pregunta 2

Autor: Carlos Henry Carrillo León

ANALISIS

En esta pregunta vemos que la mayoría de personas es decir el ochenta por ciento tiene

conocimiento de quienes son las personas que pueden adoptar esto nos da una esperanza

de que algunas personas que deseen adoptar puedan acercarse a la institución respectiva

para hacerlo, mientras el veinte por ciento no tiene conocimiento de este tema y pienso

que se debería capacitar más a estas personas ya que puede ser que varias de ellas

deseen adoptar.

Si No

Pregunta 2 80 20

80%

20%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%Pregunta 2

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PREGUNTA 3

¿Conoce usted quién declara al niño, niña y adolecente apto para ser adoptado?

Tabla 3 Pregunta 3

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 45 45%

NO 55 55%

Total 100 100%

Autor: Carlos Henry Carrillo León

Gráfico 3 Pregunta 3

Autor: Carlos Henry Carrillo León

ANALISIS

En este ítem podemos apreciar que existe una mayoría de desconocimiento pues el

cuarenta y cinco por ciento sabe quién es el que declara la aptitud legal del menor para

poder ser adoptado mientras que el cincuenta y cinco por ciento no conoce sobre este

tema esto muchas veces afecta al momento de adoptar por la falta de conocimiento de

las personas.

Si No

Pregunta 3 45 55

45% 55%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%Pregunta 3

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PREGUNTA 4

¿Sabe usted a qué Institución del gobierno dirigirse si desea adoptar un niño?

Tabla 4 Pregunta 4

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 45 45%

NO 55 55%

Total 100 100%

Autor: Carlos Henry Carrillo León

Gráfico 4 Pregunta 4

Autor: Carlos Henry Carrillo León

ANALISIS

En esta pregunta podemos apreciar que la mayoría de personas no sabe a dónde dirigirse

si desea adoptar un niño es decir el cincuenta y cinco por ciento y esto hace que nos

preocupemos puesto que de esa manera puede quebrantarse el interés superior del niño

por la falta de conocimiento de las personas, el estado debería brindar más información

a la gente ya que eso también forma parte de fomentar el interés superior de esos niños.

Si No

Pregunta 4 45 55

45% 55%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%Pregunta 4

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PREGUNTA 5

¿Conoce usted quiénes no son aptos para adoptar?

Tabla 5 Pregunta 5

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 80 80%

NO 20 20%

Total 100 100%

Autor: Carlos Henry Carrillo León

Gráfico 5 Pregunta 5

Autor: Carlos Henry Carrillo León

ANALISIS

En este ítem a diferencia del anterior podemos ver que un ochenta por ciento de las

personas tiene conocimiento de quieres son aptos para adoptar y la mayoría respondió

que deben ser legalmente capaces y tener solvencia económica esto nos brinda una

concepción de información sobre las capacidades de las personas para que puedan

adoptar a un menor.

Si No

Pregunta 5 80 20

80%

20%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%Pregunta 5

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PREGUNTA 6

¿Sabe usted de qué se encarga el Comité de Asignación Familiar?

Tabla 6 Pregunta 6

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 40 40%

NO 60 60%

Total 100 100%

Autor: Carlos Henry Carrillo León Autor:

Gráfico 6 Pregunta 6

Autor: Carlos Henry Carrillo León

ANALISIS

En este ítem apreciamos que una gran mayoría de personas es decir el sesenta por ciento

no tiene conocimiento de la función de este comité de asignación familiar, aquí vemos

nuevamente la falta de concientización de parte del estado para que las personas estén

informadas de una manera óptima a cerca de la adopción para así hacer prevalecer el

interés superior del niño.

Si No

Pregunta 6 40 60

40%

60%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%Pregunta 6

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PREGUNTA 7

¿Conoce usted cuales son los requisitos que deben cumplirse para adoptar a un

menor?

Tabla 7 Pregunta 7

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 40 40%

NO 60 60%

Total 100 100%

Autor: Carlos Henry Carrillo León

Gráfico 7 Pregunta 7

Autor: Carlos Henry Carrillo León

ANALISIS

En la presente pregunta podemos apreciar mediante el grafico que más de la mitad de

las personas encuestadas es decir el sesenta por ciento no tienen idea de cuáles son los

requisitos que deben cumplirse para adoptar a un menor por lo que se debería impulsar

las adopciones para que las personas tengan conocimiento y así puedan tomar esta

iniciativa.

Si No

Pregunta 7 40 60

40%

60%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%Pregunta 7

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PREGUNTA 8

¿Conoce usted por cuánto tiempo y para que se realiza el seguimiento post-

adoptivo?

Tabla 8 Pregunta 8

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 40 40%

NO 60 60%

Total 100 100%

Autor: Carlos Henry Carrillo León

Gráfico 8 Pregunta 8

Autor: Carlos Henry Carrillo León

ANALISIS

Este grafico nos muestra que un porcentaje menor de personas es decir apenas el 40%

de los encuestados tiene conocimiento de por cuánto tiempo se realiza el seguimiento

post-adoptivo es decir este ítem deberían saberlo más personas ya que el sesenta por

ciento desconoce de algo tan importante puesto que a partir de ese plazo puede

irrespetarse el interés superior del niño por ello se debe crear más conciencia y brindar

más información sobre este tema que es muy importante.

Si No

Pregunta 8 40 60

40%

60%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%Pregunta 8

Page 82: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR - …€¦ · jurídica para honrar el interés superior del niño, se observa que no existe un acto ni

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PREGUNTA 9

¿Sabe usted que es el Interés Superior del Niño?

Tabla 9 Pregunta 9

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 50 50%

NO 50 50%

Total 100 100%

Autor: Carlos Henry Carrillo León

Gráfico 9 Pregunta 9

Autor: Carlos Henry Carrillo León

ANALISIS

En este ítem podemos ver que la mitad de las personas que han sido encuestadas no

tiene conocimiento de que es el interés superior del niño y a pesar de que la otra mitad si

sabe lo que es este tema podemos decir que esta es una cifra que nos da intranquilidad

puesto que los niños son parte del grupo de atención prioritaria y deben ser respetados

pero muchas personas no lo hacen y de esta manera se incumple este interés superior del

menor.

Si No

Pregunta 9 50 50

50% 50%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%Pregunta 9

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PREGUNTA 10

¿Sabe usted cual es la responsabilidad de los padres adoptivos para con los niños

adoptados?

Tabla 10 Pregunta 10

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 70 70%

NO 30 30%

Total 100 100%

Autor: Carlos Henry Carrillo León

Gráfico 10 Pregunta 10

Autor: Carlos Henry Carrillo León

ANALISIS

En este ítem podemos ver que una gran mayoría como es el setenta por ciento de las

personas que han sido encuestadas tiene conocimiento acerca de la responsabilidad que

tienen los adoptantes para con los adoptados y esto hace que en un futuro no se llegue a

irrespetar el interés superior del niño y así este pueda crecer en un entorno adecuado y

tener una vida digna y un desarrollo óptimo.

Si No

Pregunta 10 70 30

70%

30%

0%

10%

20%

30%

40%

50%

60%

70%

80%

90%

100%Pregunta 10

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4.3 Modelo de Encuestas

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4.4 Formulario N.2 Entrevistas

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4.5 Análisis de las entrevistas

En las entrevistas podemos observar que la respuesta de las juezas a quien se las realizó

coincide con el motivo de este proyecto de investigación puesto que ambas mencionan

que el proceso de adopción en nuestro país es demasiado extenso y que se necesita

impulsar más el mismo ya que los tiempos no favorecen para el interés superior del niño

a pesar de que nuestras normas garantizan ese derecho, de esta manera podemos decir

que el interés superior del niño no se cumple a cabalidad puesto que muchas veces

pasan años hasta que el niño pueda tener un entorno familiar acorde lo dicta la ley.

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4.6 Formulario N.3 Caso Práctico

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4.7 Comentario al Caso Práctico

En este caso se puede apreciar claramente una amplia demora en el proceso de adopción

puesto que los cónyuges Juan Jose Quito Vasquez y Silvana Franco Guerrero acudieron

a una entrevista para poder adoptar un niño en diciembre de 2012, ellos presentaron su

solicitud de adopción en 2013 y es hasta 2014 que el Comité de Asignación Familiar

asigna al niño Jostin Jesús Espinoza Lopez, como podemos ver la fase administrativa se

ha tardado más de un año para declarar la idoneidad tanto de adoptantes como de

adoptados lo cual afecta directamente al interés superior del niño puesto que se le priva

de un núcleo familiar, la fase judicial culmina un poco antes que la administrativa

durando así un tiempo aproximado de 5 meses, pero a más de ello se puede apreciar que

existen conflictos entre el equipo técnico de la unidad de adopciones zona 9 es decir se

menciona que el menor no vive en condiciones adecuadas pero la madre adoptiva dice

que el niño se encuentra muy bien y que los padres permanecen con el todo el día en el

hogar, podemos ver claramente que todos estos conflictos conllevan a retrasar el

desarrollo del niño puesto que no está creciendo de una manera plena ya sea porque los

adoptantes no saben los efectos jurídicos que conlleva una adopción o el proceso

demoroso de dicha institución jurídica se vulnera el interés superior del niño que es lo

más importante para que el menor pueda crecer de una forma óptima y con toda la

protección y cariño que a su edad merece.

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CONCLUSIONES

La Adopción al pasar del tiempo ha sido aceptada con mayor fuerza es decir ha habido

una mejora en la conducta social de las personas debido a que antes la adopción solo se

la consideraba una forma de seguir con el legado de las personas, también solo ciertas

personas podían adoptar es así que en ese tiempo no se velaba por lo que hoy

conocemos por el interés superior del niño.

El proceso de adopción en nuestro país toma demasiado tiempo es decir muchas veces

transcurre años para que un niño pueda darse en adopción pues la fase administrativa

conlleva a una demora y de igual manera la fase judicial haciendo que el interés

superior del niño de una manera u otra sea quebrantado.

Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a crecer en un entorno familiar pleno,

educación, cuidados básicos, eso es lo que representa el interés superior del niño por lo

que los tramites no deberían demorar tanto ya que este tiempo el niño puede estar en un

entorno familiar que le brinde todo lo antes mencionado y así honrar el interés superior

del niño.

La adopción reinserta a los niños a una familia es decir darles una segunda oportunidad

para su óptimo desarrollo, de igual manera se le devuelve la ilusión y oportunidad de ser

padres a quienes la naturaleza les negó serlo, estos deben brindar todo el cuidado y amor

al menor para que este pueda crecer en un buen entorno social.

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RECOMENDACIONES

Tomar en cuenta la concepción del interés superior del niño puesto que debe ser visto

desde una óptica más moderna en el cual lo más importante sea tener una familia que

ayude al menor a desarrollarse y que a este no le falte nada ya que así se podría hacer

honor al nombre que se les da de grupo de atención prioritaria.

Concientizar y capacitar a los funcionarios públicos que realizan el proceso de adopción

sobre todo en la fase administrativa para que se pueda obtener un proceso más rápido

puesto que el tramite puede tardar años y de esa manera no se respeta al interés superior

del niño que como mencione lo importante de este es que el niño, niña y adolescente

tenga una familia.

Implementar políticas dentro de los organismos encargados de la adopción para el

bienestar del niño puesto que en la demora tan larga de trámites el menor puede ser

afectado psicológicamente y esto no cumple con la figura importante que es el interés

superior del niño.

De igual manera sugiero que haya más capacitaciones para las personas que deseen

adoptar para que estos puedan culminar el trámite de manera plena sepan a donde

acercarse y de la misma forma sepan cómo criar al adoptado de una manera adecuada y

así no quebranten de ninguna manera las leyes ni el interés superior del niño que

respalda al menor.

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BIBLIOGRAFÍA

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Espinoza, S. &. (2006). Lenguaje y expresión1. México: Pearson Educación de México

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Loja, Ecuador: Universidad Tecnica Particular de Loja.

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NORMATIVA LEGAL:

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Codigo Civil . (2005). Quito: R.O.-S No. 46.

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tener-un-hijao/ (Consultado el 10 de Enero del 2016)