Universidad Central de Venezuela Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas

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Universidad Central de Venezuela Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Centro de Estudios de Postgrado Especialización en Derechos Humanos Cátedra: Ambiente y Derechos Humanos El Derecho a la Información y el Derecho al Ambient Autoras Pineda, Trina Jaspe, Marí Parra, Rin Febrero, 2012 Comunicadora Social/ Lcda. en Artes

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Universidad Central de VenezuelaFacultad de Ciencias Jurdicas y PolticasCentro de Estudios de PostgradoEspecializacin en Derechos HumanosCtedra: Ambiente y Derechos Humanos

El Derecho a la Informacin y el Derecho al Ambiente

Autoras:Pineda, TrinaJaspe, MaraParra, Rina

Febrero, 2012

Comunicadora Social/ Lcda. en Artes

Para qu hace falta la informacin para el gozo del derecho al ambiente?

I. El Derecho a la InformacinLa InformacinEl Derecho a la InformacinDerecho a la informacin en los instrumentos internacionalesEl Derecho a la informacin en el ordenamiento jurdico venezolanoEl Derecho a la informacin en el ordenamiento jurdico venezolanoEl Derecho a la Informacin concerniente al AmbienteLey Orgnica del AmbienteEn el art. 64 con respecto al derecho a informacin seala que: debe ser reconocido a cada persona. El Estado es el garante de su ejercicio, de la confiabilidad de la informacin y de su difusin. Este derecho ser ejercido segn las modalidades definidas en esta Ley y en los dems instrumentos normativos que al efecto se dicten.A fin de cumplir con lo previsto en el articulo anterior, el Estado promover el intercambio de informacin sobre los conocimientos vinculado con el ambiente y el desarrollo sustentable. Art. 65La Autoridad Nacional Ambiental establecer y mantendr un Registro de Informacin Ambiental, el cual deber contener los datos biofsicos econmicos y sociales, as como la informacin legal, relacionados con e ambiente. Los datos del registro son de libre consulta y se debern difundir peridicamente por medios eficaces cuando fueren de inters general. Art. 66Materias que deben estar en la informacin ambiental pblica. Art. 67Los inventarios de sistemas ambientales.Los inventarios de recursos hdricos.Los inventarios del recurso suelo.Los inventarios de diversidad biolgica y sus componentes.Los inventarios forestales.Los inventarios de cuencas hidrogrficas.El inventario de fuentes de emisin y contaminacin de suelos, aire yagua.La informacin sobre reas bajo rgimen de administracin especial.La informacin hidrometeorolgica e hidrogeolgica.La informacin jurdica de leyes, decretos y resoluciones vigentes en materia ambiental.Informacin cartogrfica.La informacin sobre el hbitat y tierras de los pueblos y comunidades indgenas debidamente demarcadas.Cualesquiera otras, de inters para la gestin del ambiente y el desarrolle sustentable.

CONCLUSIONES

La informacin es un conjunto de datos que tienen un significado y que estn ordenados de forma tal que responden a un propsito especfico, que produce la reduccin de la incertidumbre o el aumento del conocimiento de algo.

Ahora bien para el sistema internacional de Derechos Humanos se maneja el derecho a la informacin y ste se orienta a obtener informacin en poder del sector pblico, no importando el formato en el que se disponga de la misma, bajo la consigna de que ese contenido del conocimiento pertenece a la colectividad de un Estado, asimismo, el acceso a la informacin es la herramienta para que se construya la ciudadana y se fortalezca la democracia. Pero no se remite slo a la bsqueda sino tambin de la divulgacin de la misma, donde entran los medios de comunicacin de todo tipo.A nivel nacional existen diversas disposiciones que van orientadas a la publicacin de la informacin por parte de los rganos de la Administracin Pblica as como para garantizar el acceso a los archivos y registros administrativos con ciertas limitaciones que se refieren ms a materias relativas a seguridad interior y exterior como a investigacin criminal y a la intimida de la vida privada.En cuanto a la informacin sobre el ambiente, en el ordenamiento interno, se sealan varias disposiciones como la de la Ley Orgnica del Ambiente, as como en la Constitucin que hacen de la informacin ambiental una de las premisas para la promocin de intercambio informativo relacionados con el ambiente y con el desarrollo sustentable.