Unidad N° 11. 1. SUCESIÓN “Cambio o sustitución de uno o más sujetos de una relación...
-
Upload
javier-salto -
Category
Documents
-
view
224 -
download
1
Transcript of Unidad N° 11. 1. SUCESIÓN “Cambio o sustitución de uno o más sujetos de una relación...
Unidad N° 11
1. SUCESIÓN
“Cambio o sustitución de uno o más sujetos de una relación jurídica en virtud de una transferencia o transmisión”
SUCESORES (ART. 3262 cc)
EN LA MISMA POSICIÓN NI MEJOR NI MÁS EXTENSO (3270)
FUENTE DE LAS SUCESIONESFUENTE DE LAS SUCESIONES
ENTRE VIVOS POR CAUSA DE MUERTE (ART. 3279)
LEGÍTIMA O INTESTADA TESTAMENTARIA
HEREDEROINSTITUCIÓN HEREDERO
LEGATARIO
TITULAR
SEGÚN EL OBJETO DE LA SUCESIÓN
SINGULAR O PARTICULAR
UNIVERSAL (3263)
TRANSMISIÓN DE RELACIONES
SINGULARMENTE CONSIDERADAS (OBJETO
PARTICULAR)
CONJUNTO DE TITULARIDADES (TODO O
UNA PARTE ALÍCUOTA)
Sucesión Universal“Es la transmisión del TODO o una PARTE ALÍCUOTA del patrimonio de
una persona que muere, a una o varias personas que le sobreviven (3263)”
ELEMENTOS
1. Una persona fallecida: causante
2. Una persona a quien se transmite la herencia: (heredero o sucesor universal)
3. Un patrimonio: La herencia
RELACIÓN JURÍDICO HEREDITARIARELACIÓN JURÍDICO HEREDITARIA
Elementos restringidos
Objeto: patrimonio del causante
Sujetos: herederos, causante, legatarios
Causa: vocación hereditaria
Elementos amplios
Muerte
Ley
2. Sucesión por causa de muerte
SISTEMAS SUCESORIOS
SUCESIÓN EN LAS PERSONAS SUCESIÓN EN LOS BIENES
Continúa la persona del Activo líquido causante (confusión)
Aceptación con Beneficio de
Inventario sin resp. “ultra vires”
SISTEMASSISTEMAS
ROMANO• Unidad abstracta de
A y P: universalidad• Subroga en posición
jdica del causante• Cuestión de personas
• Sucesión en las personas
GERMÁNICO• Suma material de
bienes• Deudas no forman
parte de herencia• Cuestión de bienes
• Sucesión en los bienes
Sucesión en Dcho ArgentinoSucesión en Dcho ArgentinoSUCESIÓN EN LA PERSONA
• Continuador de la persona del causante por el heredero: Propietario, Acreedor y Deudor (3417)
• Derecho de Opción: aceptar o renunciar (3316)
• Confusión de Patrimonios (3342): aceptación
• Responsabilidad “ultra vires” (3343): pago de las deudas y cargas de la sucesión con los bienes hereditario y con los propios
• Presunción de aceptación bajo beneficio de inventario (3363)
Por causa de muerte
• No hay propiamente una transmisión sino una atribución
• Muerte, apertura y transmisión: mismo instante
HEREDERO (3313)
ACEPTAR (3344)
RENUNCIAR (3353)
Por causa de muerte
LEGITIMA: SOLO ES DEFERIDA POR LA LEY: llamado de la ley
TESTAMENTARIA: DEFERIDA POR LA VOLUNTAD DEL HOMBRE MANIFESTADA EN TESTAMENTO VÁLIDO
CONTRACTUAL (1175): Pactos sucesorios Acuerdo de voluntades entre causante y heredero
Excepciones: Donación (3514) Anticipo de Herencia (3604)
Sucesión legítimaSucesión legítima
Llamamiento imperativo: herederos forzosos o legitimarios
Llamamiento supletorio: a falta de herederos forzosos, herederos legítimos
PORCIÓN LEGÍTIMA
5. Transmisión Hereditaria
La ley organiza la sucesión en base a órdenes hereditarios
1° DESCENDIENTES (3565/6)
2° ASCENDIENTES (3567/8/9)
3° CÓNYUGE SUPÉRSTITE (3570/1/2)
NUERA VIUDA SIN HIJOS
4° COLATERALES (3585)
FORZOSOS
LEGÍTIMO
5. Transmisión Hereditaria
Orden de preferencia: heredero de orden preferente excluye a orden posterior
Prelación de grados: En c/orden el pariente más cercano excluye al más remoto, salvo el Derecho de Representación (3546)
Origen de los bienes: no se atiende al origen de los bienes que compone la herencia (3547) (excepto gananciales
El llamado en 1er lugar tiene una vocación actual que le otorga el derecho de aceptar (Delación)
Llamados en 2º o ulterior grado: vocación eventual
OCACIÓN SUCESORIAOCACIÓN SUCESORIA
VOCACIÓN SUCESORIAVOCACIÓN SUCESORIA
HEREDERO: llamado a recibir la herencia Continúa personalidad del causante (3417) Llamamiento universal con vocación al todoPluralidad de herederos y de bienes: Comunidad
hereditaria: cotitularidad de la herencia, participa en el todo (3503)
Indivisibilidad del título hereditario (3416)Indivisibilidad de la gestión (3451): unanimidad
– Legítimo: llamamiento por la ley– Testamentario: llamamiento por el testamento
VOCACIÓN SUCESORIA
HEREDEROS LEGATARIOS
TESTAMENTARIOSLEGÍTIMOS PARTICULAR CUOTA
LEGÍTIMOSFORZOSOS
PORCIÓN LEGÍTIMA
Contenido del testamento
• Institución de heredero: es sucesor universal. Tiene derecho a acrecer. 3279. Nza del llamamiento. Extensión del llamamiento
• Legado: sucesor particular. No continua persona del causante. Recibe objeto determinado (o parte determinada 1/3). Responde por valor de la cosa. Es acreedor del causante
LegatarioLegatario
• Aceptación y adquisición desde la muerte
• No ostenta posesión hereditaria
• Se presume la aceptación mientras no haya sido repudiado (3804)
• Llamamiento limitado: liberalidad del caus.
• Clases
De cuota o parte
particular
Legado de cuotaLegado de cuota• El testador realiza una disposición testamentaria
por la cual deja al legatario una cuota o una parte proporcional en la herencia. ( Por ejem. 1/3, ¼ de la herencia)
• Es llamado a heredar una parte alícuota
• No continua la persona del causante
• Carece de derecho a acrecer
• Responsabilidad INTRA VIRES (No va más allá de la cuota recibida)
HERENCIA Y CAUDAL RELICTOHERENCIA Y CAUDAL RELICTO
4. 4. HERENCIA O CAUDAL RELICTOHERENCIA O CAUDAL RELICTO
• Caudal relicto: unidad patrimonial transmisible
• Ppio gral: transmisibilidad– universalidad de los dchos patrimoniales del causante
3417: H es propietario, acreedor y deudor de todo lo que el causante era propietario, acreedor y deudor
• Excepción: inherentes a la persona del causante (intuito personae). 1445
4. 4. HERENCIA Y CAUDAL RELICTO
Derechos reales (3418)
• Transmisibles: – Dominio y condominio– Posesión– Usucapión
• Intransmisibles: – Usufructo (2920, 2921)– Uso y habitación (2969)– Servidumbres personales (2972)
4. 4. HERENCIA Y CAUDAL RELICTOHERENCIA Y CAUDAL RELICTO
Derechos personales• Efectos se extienden activa y pasivamente a los
herederos (1195)
• Excepto:– Inherentes a la persona (1445)– Intransmisibles por disposición de ley o contrato– Por la propia naturaleza
– Mandato (1963 inc. 3)
– Locación de obra (1641)
– Contrato de trabajo
DERECHOS “NO” TRANSMISIBLES POR SUCESION
• 1.- Principio de autonomía de la voluntad (1195 – 1197)
• 2.- Derechos extra patrimoniales: - Estado civil - Estado de familia - Derechos individuales, civiles y políticos
• 3.- Por disposición expresa de la ley: - Acción por indemnización daño moral (1078)
DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN A LA MUERTE DEL CAUSANTE
DERECHOS VINCULADOS AL LLAMAMIENTO – Petición de herencia (3421-2)– Exclusión del cónyuge supérstite separado de hecho ( 3575)– Acciones por indignidad ( 3304)– Colación ( 3478)– Partición (3452)
OBLIGACIONES VINCULADAS AL LLAMAMIENTO– Responder por las cargas de la herencia ( 3431)– Pagar los legados (3767)– Confección de inventario (3366)
DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DESVINCULADOS – Seguros de Vida– Seguros de ART– Pensiones– Derecho real de habitación (3573 bis)
5. Transmisión Hereditaria
• APERTURA DE LA SUCESIÓN
(3282-nota – 3415 – 3420)
• Muerte, apertura y transmisión: mismo instante
HEREDERO (3313)
ACEPTAR (3344)
RENUNCIAR (3353)
TITULAR DESDE LA MUERTE
COMO SI NUNCA HUBIESE SIDO
5. Transmisión Hereditaria
• Muerte natural (ley 24193)– Conmoriencia (109)
No se produce transmisión hereditaria entre conmorientes Se acepta el D. Representación haciendo jugar el 3550 y 3554
• Ausencia con presunción de fallecimiento (ley 14394)– Arts 22/23 - Presunción: 3 años de ausencia. Catástrofe: 2 años
(guerra)/ 6meses (buque, aeronave)– Art 24: Pueden pedirla todos los que tuvieren derechos– Art 26: El Juez declara el fallecimiento presunto del ausente– Art 28/29/30: Período de Prenotación (5 años desde día presuntivo –
80 años de nacimiento)– Dominio revocable (2663)
• Ausencia por la desaparición forzada de personas (ley 24321)
6. 6. Capacidad para suceder (3288)Capacidad para suceder (3288)
Pueden suceder
• Que exista al momento del fallecimiento
• Debe ostentarse la capacidad al momento en que se defiere la sucesión (muerte) (3287)
• Capacidad de derecho
FÍSICAS
JURÍDICAS
6. 6. Capacidad para sucederCapacidad para suceder
• Personas por nacer: sucede si está concebido, supeditada al nacimiento con vida (70- 3290)
• Fundaciones o asociaciones no constituidas legalmente: no suceden salvo disposición testamentaria que constituya la fundación (3734/5)
• Art. 3664 CC: Escribano y testigos, esposas y parientes (testamento por acto publico)
• Art. 3686 CC: Oficiales del buque (testamento marítimo)
• Art. 3736 CC: Tutores (3737 – salvo sus ascendientes)
• Art. 3739/40 CC: Confesores en su última enfermedad
L
IM
I
T
EE
S
6. 6. Capacidad para sucederCapacidad para suceder
Causas de exclusión
• Renuncia (3353)
• Matrimonio in extremis (si fallece dentro de los 30 días) (3573)
• Divorcio vincular y
• Separación personal
• Indignidad
• Desheredación
CAPACIDAD PARA SUCEDER (3288)
A continuación analizaremos dos supuestos de Ineficacia que resuelven la vocación
quedando a salvo el Derecho de Representación
INDIGNIDAD (3291)
• Exclusión de herencia declarada judicialmente c/ heredero o legatario por causa legal
• No es incapacidad xq el indigno recibe la herencia hasta que se declare judicial
• Leg Activa y Pasiva: sucesores legítimos y/o testamentarios
• Causales (3291/96)
• Extinción: – Perdón (testamento posterior al hecho) – Purga por posesión por más de tres años (3297/8)
DESHEREDACION (3744-5)
• Exclusión de HF hecha por el causante en el testamento en virtud de causa legal y decretada por sentencia (3745)
• Excepción a la regla del llamamiento imperativo• Leg Activa: sucesores legítimos, testamentarios,
legatarios, acreedores• Leg. Pasiva: herederos forzosos • Causales (3747/8)• Extinción: Reconciliación (3750)• Los coherederos deben probar las causales
(3746)