U.n.e.f.a. monografia

87
U.N.E.F.A. UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS FUERZA ARMADA Autores: Hernandez A. Cesaúl O. C.I.: V- 19.901.901 Yesenia del C. Varela M. C.I.: V- 15.594.727 Lisbeth del C. Ortega P. C.I.: V- 18.498.622 1

Transcript of U.n.e.f.a. monografia

Page 1: U.n.e.f.a. monografia

U.N.E.F.A.

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS FUERZA ARMADA

Autores:

Hernandez A. Cesaúl O. C.I.: V-19.901.901

Yesenia del C. Varela M. C.I.: V-15.594.727

Lisbeth del C. Ortega P. C.I.: V-18.498.622

Daniel G. Camargo N. C.I.: V-16.305.608

José Leonardo Velazco D. C.I.: V-18.902.837

Carlos A. Pérez C. C.I.: V-17.028.459

Sección D-01 Ing. Telecomunicaciones

Fecha de entrega: sábado 08 de diciembre 2012

1

Page 2: U.n.e.f.a. monografia

Republica Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior y Min. P.P. para la

Defensa y Soberanía de la Nación

Universidad Nacional Experimental De Las Fuerzas Armadas

Extensión El Vigía

U.N.E.F.A.

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS FUERZA ARMADA

Autores:

Hernandez A. Cesaúl O. C.I.: V-19.901.901

Yesenia del C. Varela M. C.I.: V-15.594.727

Lisbeth del C. Ortega P. C.I.: V-18.498.622

Daniel G. Camargo N. C.I.: V-16.305.608

José Leonardo Velazco D. C.I.: V-18.902.837

Carlos A. Pérez C. C.I.: V-17.028.459

Fecha de entrega: sábado 08 de diciembre 2012

2

Page 3: U.n.e.f.a. monografia

ÍNDICE DE CONTENIDO Pág.

3

Page 4: U.n.e.f.a. monografia

Introducción…………………………………………………………………….. 04

CAPITULO I: LA UNEFA

1.1 Perspectiva y Desarrollo Nacional………………………………………. 06

1.2 Evolución Histórica………………………………………………………... 07

1.3 expansión e innovación…………………………………………………... 10

1.4 Misión, Visión y Objetivos de la UNEFA……………………………...… 14

1.5 Autoridades de la UNEFA………………………………………………... 15

1.5.1 Áreas de formación de la UNEFA………………………………. 16

1.5.2 Núcleos y extensiones…………………………………………… 18

1.5.3 Curso integral de Nivelación Universitaria…………………….. 20

CAPITULO II: Reglamentos Internos de la UNEFA

2.1 De Admisión Permanencia y Egreso de la UNEFA…………………... 21

2.2 De Evaluación y Control de estudios………………………………….... 35

2.3 De Transición……………………………………………………………… 37

2.4 Disciplinario………………………………………………………………... 34

CAPITULO III: Normas de Comportamiento

3.1 Normas de Comportamiento en el Aula………………………………… 45

CAPITULO IV: Valores Unefistas:

4.1 Código de Ética de la UNEFA…………………………………………… 50

CAPITULO V: Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio

Comunitario del Estudiante de Educación Comunitaria.

5.1 Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio Comunitario

del Estudiante de Educación Comunitaria……………………………….… 52

Conclusiones…………………………………………………………………… 57

Referencias Bibliográficas……………………………………………………. 58

ÍNDICES DE TABLAS Pág.

Tabla 01………………………………………………………………………… 16

INTRODUCCIÓN:

4

Page 5: U.n.e.f.a. monografia

A lo largo de 30 las instituciones castrenses han contado con una casa

de estudios exclusiva para ellos como lo fue el IUPFAN; pero luego de la

llegada Tcnel. Hugo Chávez a la presidencia de la República llegaron muchas

transformaciones a esa realidad, la primera fue el cambio de nombre el cual

paso a ser UNEFA (UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LAS

FUERZAS ARMADAS) pero con esta transformación también llego otra que

definitivamente le cambió el rumbo   a esta institución y al pueblo venezolano;

la UNEFA ahora abría su excelencia educativa al pueblo venezolano.

Este cambio ha beneficiado a muchos jóvenes y adultos que habían sido

excluidos del sistema de educación superior a lo largo de los años, la

matricula estudiantil a nivel nacional superado sus más altos límites con

creces, además abrió la posibilidad de estudiar carreras que son poco

ofertadas y con gratuidad para el beneficio de todo aquel que desee entrar y

adherirse a las reglas y normas que esta casa de estudio tiene; ser un

UNEFISTA significa tener un alto grado de responsabilidad moral y

académica, es por ello que es de vital importancia el estudio y conocimiento

de todas normas y reglamentos para un eficaz aprendizaje y correcto

comportamiento dentro de la institución.

Dicha investigación está compuesta por cinco capítulos los cuales se

describen a continuación:

Capítulo I. Da a conocer una descripción general sobre la perspectiva y

desarrollo nacional, su evolución histórica, expansión e innovación, misión y

objetivos de la UNEFA; sus autoridades, sus núcleos y el curso integral de

nivelación universitaria.

Capítulo II. Se explica la Contextualización de sus reglamentos

internos: de admisión, permanencia y egresados, reglamentos de evaluación

y control de estudios así como su reglamento disciplinario.

Capítulo III. Explica los procedimientos a seguir para poner en funcionamiento

las Normas dentro de la UNEFA.

5

Page 6: U.n.e.f.a. monografia

Capítulo IV. Relata los valores Unefistas, el código de ética de la UNEFA:

Principios Generales y Fundamentales.

Capítulo V. su participación en proyectos de índole social enmarcada en la

Lay de Servicio Comunitario.

CAPITULO I: LA UNEFA

6

Page 7: U.n.e.f.a. monografia

La Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada

Nacional (UNEFA) es una institución Universitaria de la Fuerza

Armada de Venezuela que forma profesionales civiles universitarios a nivel

superior. También da formación educativa de Postgrados y Doctorados, que

consta con más de 240.000 estudiantes y se convierte en la primera

universidad con más estudiantes de Venezuela.

1.1 Perspectiva y Desarrollo Nacional

Es una institución dedicada principalmente a formar profesionales y las

especializaciones en las distintas ramas, siempre cubriendo las necesidades

tanto de las personas como las del mercado laboral. Categorizándose por ser

una Universidad con gran prestigio a nivel Nacional, por ser formadora de gran

disciplina, ética y valores para sus egresados y trabajadores, además se

adapta al desarrollo profesional que requiere el país en la actualidad, con una

visión abierta de no excluir a las personas pertenecientes a las diferentes

clases sociales. Considero que una de las labores de UNEFA, es la

integración de sus alumnos, profesionales, entre otros, en los Proyectos

Sociales dirigidos a las Comunidades, con el fin de mejorar la calidad de vida

de las personas, así como hasta ahora lo ha hecho la Fuerza Armada

Nacional Bolivariana, integrada a la sociedad prestando toda la ayuda posible

a la Nación. .

Mis expectativas sobre el Sistema AAA, esta orientado a los Principios del

Holismo, la Educación a Distancia y el Paradigma Emergente de los cuales

aprenderemos con las experiencias de acuerdo a los conocimientos recibidos

dentro de esta institución. De ello dependerá desarrollar actitudes positivas

para alcanzar el triunfo en la UNEFA y en la Sociedad.

1.2 Evolución Histórica

7

Page 8: U.n.e.f.a. monografia

Para conocer la UNEFA desde su perspectiva histórica, nos

enmontaremos un poco al pasado. El 3 de febrero de 1.974 se decretó la

creación el Instituto Universitario Politécnico de las Fuerzas Armadas

Nacionales (IUPFAN), con sede principal en Caracas y núcleos en los lugares

del país que fueran requeridos por las Fuerzas Armadas Nacionales.

Luego de 25 años continuos de fructífera labor educativa, considerando

que el Instituto había sido una alternativa válida para la educación superior de

la Institución Castrense y de la comunidad venezolana en general, y cumplidos

los requisitos de Ley, el IUPFAN, por decreto del Ciudadano Presidente de la

República, Teniente Coronel HUGO RAFAEL CHÁVEZ FRÍAS, fue

transformado en la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la

Fuerza Armada (UNEFA), el 26 de abril de 1.999.

El 5 de octubre del 2007 el primer mandatario HUGO RAFAEL CHÁVEZ

FRÍAS presidió en el Teatro Teresa Carreño la graduación conjunta de 2074

profesionales de pregrado y postgrado que egresaron de la UNEFA, en este

acto anunció que la UNEFA cambiará de nombre a Universidad Nacional

Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana, junto a otros

acuerdos de gran significación para el desarrollo de la educación superior en

el país, bajo el esquema del socialismo del siglo XXI, tales como: la

incorporación de los profesionales que egresan de la universidad a los

proyectos y programas del Estado a fin de garantizarles la inserción en el

campo laboral para que puedan aportar sus conocimientos en función del

desarrollo nacional.

Desde la creación del IUPFAN y su transformación en UNEFA han

pasado más de treinta años en los que nuestra institución, se ha destacado en

el campo de la formación y capacitación universitaria, y no solamente lo

apreciamos en el área académica, también lo observamos en la capacidad de

establecer puntos de encuentro entre la Universidad y la realidad que vive

nuestro país en la actualidad, así como en la consolidación de una verdadera

vocación de servicio que aporte a la construcción de una mejor sociedad.

8

Page 9: U.n.e.f.a. monografia

La UNESCO, Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la

Ciencia y la Cultura, en el preámbulo de la Declaración Mundial sobre la

Educación Superior en el Siglo XXI, dictada en París, el 09 de octubre de

1998, resalta que:

"... el nuevo siglo demandará de una educación superior sin precedentes,

acompañada de una gran diversificación de la misma, y una mayor toma de

conciencia de la importancia fundamental que este tipo de educación reviste

para el desarrollo sociocultural y económico y para la construcción del

futuro, de cara al cual las nuevas generaciones deberán estar preparadas

con nuevas competencias y nuevos conocimientos e ideales..."

Animados por el espíritu de relación entre la educación y el futuro, que

subyace en la declaración de la UNESCO, y por las necesidades propias de

nuestra patria, la UNEFA es actualmente una institución de educación

superior, comprometida e involucrada de modo muy activo y protagónico en el

desarrollo económico, social y cultural del país.

Para dar cumplimiento a esta misión social, la UNEFA planifica acciones

en función de la expansión, desarrollo y promoción de la educación en el

sentido más amplio, al incorporar sin exclusión a la población de todos los

estratos sociales del país.

La función de expansión se concreta en la ejecución interrelacionada de

los procesos universitarios: docencia, investigación y extensión, y responde a

las exigencias del objetivo social de la política del Estado, en lo referente al

alcance de la justicia social, por cuanto cumple con la necesidad de alcanzar

la equidad como nuevo orden de justicia social y base material de la sociedad

venezolana. Este objetivo exige transformar las condiciones materiales y

sociales de la mayoría de la población venezolana, separada y distanciada

históricamente del acceso equitativo a la riqueza y al bienestar, y construir una

nueva condición de ciudadanía, basada en el reconocimiento pleno y el

ejercicio garantizado de los derechos.

9

Page 10: U.n.e.f.a. monografia

La UNEFA juega un papel principal en este objetivo, pues garantiza el

más amplio y dinámico vínculo social, lo que propicia la identificación, la

comunicación y la actividad conjunta de la universidad y la sociedad, y

estrecha la imprescindible unidad de sus miembros con la comunidad.

Nuestra universidad está comprometida con la nueva realidad social y ha

hecho grandes esfuerzos para incorporar la participación de las comunidades

en sus objetivos, avanzando a la par de los requerimientos de la sociedad, al

ofrecer con calidad, planes de estudio en las áreas de pregrado, postgrado y

extensión ajustados a sus requerimientos.

Uno de los ejes orientadores del proceso educativo de la UNEFA está

dado por la calidad o excelencia educativa, la cual abarca, además de las tres

funciones clásicas: docencia, investigación y extensión, la calidad de sus

estudiantes, lo relacionado a su infraestructura y entorno académico.

Estos aspectos que tienen que ver con la calidad, determinan el

funcionamiento de la Universidad y la "imagen institucional" que proyecta a la

sociedad.

La calidad de la educación que ella ofrece está estrechamente

relacionada con la pertinencia, y su capacidad de dar respuesta a las

demandas de la sociedad en general, además, ésta incide en varios factores,

entre ellos: la adecuada selección y perfeccionamiento de su personal

académico y administrativo, el diseño y rediseño de planes y programas de

estudio, congruentes con las necesidades reales detectadas en la sociedad, el

desarrollo de procesos instrucciones basados en técnicas de vanguardia,

rescatando los que aún funcionan, el desarrollo de investigación para la

solución de problemas detectados en el ámbito pedagógico, el uso de las

nuevas tecnologías de información y comunicación, la puesta en práctica de

nuevas modalidades de evaluación y el fortalecimiento de los vínculos entre

estudiantes, profesores y la comunidad en general.

10

Page 11: U.n.e.f.a. monografia

Por todas estas razones la UNEFA ha pasado a ser una institución muy

compleja que aspira abarcar, prácticamente, los espacios que requiere la

sociedad. La UNEFA es educación, entendemos que de forma general, los

seres humanos al igual que las organizaciones educativas, modifican su

comportamiento a medida que las sociedades se transforman, por tal motivo

debemos estar al día con los avances científicos y tecnológicos, porque

nuestra misión fundamental es la de preparar ciudadanos y ciudadanas para

ser individuos útiles en una sociedad muy cambiante, la cual nos demandará

actuar al mismo paso que las futuras generaciones.

1.3 Expansión e innovación

La UNEFA a tono con las exigencias del país, ha emprendido en la

actualidad, un proceso de expansión y renovación curricular sin precedentes,

cuyos resultados son ya palpables, ejemplo de ello son los ofrecimientos de

nuevas carreras en función de necesidades nacionales y regionales

detectadas. Desde el punto de vista curricular, se ha ampliado

significativamente la oferta académica con nuevas carreras en pregrado,

resaltando la apertura de carreras con finalidad social, nuevos programas de

postgrado con el inicio de doctorados y postdoctorados y diferentes cursos de

mejoramiento profesional, de desarrollo comunitario y de idiomas propuestos

por la Dirección Académica de la Dirección Nacional de Extensión.

A través del Vicerrectorado de Asuntos Sociales, único en el país, se

llevan a cabo proyecto de envergadura como son:

UNEFA va a la Escuela: El Proyecto la UNEFA va a la Escuela nace

como piloto en septiembre de 2008 con una programación de 340 horas

académicas en dos colegios de la región central del país. Nace ante la

necesidad de sembrar valores y conocimientos necesarios desde temprana

edad a nuestras ciudadanas y ciudadanos en materia de organización y poder

11

Page 12: U.n.e.f.a. monografia

popular, tomando como referencia para ello los centros de educación primaria

y educación básica.

Objetivos

Mejorar la calidad y la eficacia del sistema de educación y formación

Unefista.

Facilitar el acceso de todas y todos a la educación y la formación.

Crear espacios propicios para la interacción entre la comunidad intra y

extra universitaria.

UNEFA va a la Comunidad:

Objetivos

Formar integralmente a los miembros de las fuerzas vivas comunitarias,

para que éstos sirvan de canalizadores y multiplicadores al hacer

práctico el conocimiento adquirido durante el proceso.

Fortalecer la estructura de las fuerzas vivas comunitarias para que éstas

tengan participación activa e integral con las fuerzas populares.

Subir los niveles de conciencia social de la comunidad para coadyuvar

en el fortalecimiento de su calidad de vida.

UNEFA va al Centro Penitenciario:

Este proyecto tiene como objetivo principal coadyuvar en la reinserción

social de los internos, residentes y destacamentarios a través de procesos de

formación y capacitación orientados al desarrollo de sus capacidades tecno-

políticas y el afianzamiento de las relaciones de estos con la sociedad,

mediante la interacción y cooperación de nuestra comunidad universitaria, los

consejos comunales y los funcionarios penitenciarios. Entre sus objetivos

específicos se encuentran:

12

Page 13: U.n.e.f.a. monografia

Promover la participación de la comunidad universitaria en actividades de

formación, capacitación y acercamiento en los establecimientos

penitenciarios con el objeto de fortalecer la relación de estos con las

comunidades circundantes.

Ejecutar actividades de formación y capacitación dirigidas a los internos,

destacamentarios, residentes y sus familiares con el objeto de desarrollar

sus capacidades socio productivas.

Desarrollar las competencias del personal penitenciario en el manejo de las

técnicas gerenciales para la actuación eficiente en las actividades de

dirección, coordinación y supervisión del recurso humano a su cargo a los

fines de optimizar el proceso de reinserción.

Dotar al personal de custodia externa e interna de las competencias, que

les permitan ejercer sus labores de manera optima y eficiente, para brindar

un trato digno a las personas privadas de libertad.

La UNEFA ha colaborado y colabora con las Misiones implementadas por

el Gobierno Nacional, especialmente con aquellas vinculadas a la realidad

educativa del país. Así mismo, con acentuado espíritu de servicio a la

Patria, en nuestra institución se imparte con disciplina y calidad académica

el Programa de Defensa Integral con miras al resguardo nuestra

soberanía. En resumen, las características que definen a esta casa de

estudios, se pueden agrupar en las siguientes partes: La UNEFA, se

posesiona como oferente de espacios académicos, de investigación y

extensión, donde la población venezolana encuentra oportunidades que

favorecerán el desarrollo humano y el capital social.

Acceso de estudiantes provenientes de estratos socioeconómicos

tradicionalmente excluidos.

Participación activa en programas de desarrollo comunitario.

Desarrollo de programas de investigación orientados a solucionar

problemas sociales comunitarios, tecnológicos y académicos.

Orientación vocacional de los estudiantes.

13

Page 14: U.n.e.f.a. monografia

Establecimiento de una plataforma técnica necesaria para posibilitar el

apoyo a las clases presenciales, a través de las Tecnologías de

Información y Comunicación.

Innovación educativa mediante la creación del Curso integral de

Nivelación UNIDAD 1: Bolivariana (UNEFA)

Universitaria (CINU), con el fin de aplicar adecuadamente herramientas de

aprendizaje que fortalezcan en el estudiante su capacidad de autogestión

personal, académica y comunitaria, en función de las pautas de identidad

social, nacional y ciudadana, reglamentos disciplinarios, de ceremonial y

académicos de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la

Fuerza Armada Bolivariana (UNEFA).

Para finalizar esta visión histórica de nuestra institución y de su rol

protagónico en la Venezuela del siglo XXI, te invitamos a hacer una

reflexión que te lleve al análisis del siguiente pensamiento de Simón

Bolívar, uno de los héroes venezolanos más destacados en la historia

universal:

“Hombres virtuosos, hombres patriotas, hombres ilustrados”

Simón Bolívar

1.4 Misión, Visión y Objetivos

Misión

Formar ciudadanas y ciudadanos forjando competencias y valores socialistas,

14

Page 15: U.n.e.f.a. monografia

mediante la docencia, la investigación y la extensión, para la transformación

social, la defensa integral, el desarrollo sostenible y sustentable del país.

Visión

Ser la mejor Universidad pública, abierta al pueblo, productora de

conocimiento, de referencia nacional e internacional, forjadora de ciudadanos

y ciudadanas con excelencia académica, comprometidos con los valores

socialistas, la defensa y el desarrollo integral de la nación, inspirados en el

pensamiento bolivariano.

Visión

Ser la mejor Universidad pública, abierta al pueblo, productora de

conocimiento, de referencia nacional e internacional, forjadora de ciudadanos

y ciudadanas con excelencia académica, comprometidos con los valores

socialistas, la defensa y el desarrollo integral de la nación, inspirados en el

pensamiento bolivariano.

Objetivos

Formar profesionales universitarios mediante programas intensivos y

adecuados al desarrollo integral del país.

Desarrollar estudios avanzados y demás actividades educativas para

graduados universitarios.

Apoyar el desarrollo de la Fuerza Armada Bolivariana dentro del

contexto integral del país, mediante el fomento y realización de

programas de investigación científica y tecnológica que sean de interés

común para la institución armada y otros sectores de la vida nacional,

con énfasis en las áreas del conocimiento directamente vinculadas con

las especialidades que se cursen en la Universidad.

Contribuir, a través de programas especiales, a la formación de recursos

humanos para atender exigencias propias de la seguridad y defensa

nacional.

15

Page 16: U.n.e.f.a. monografia

Asesorar a la Fuerza Armada Bolivariana y a los órganos de los poderes

públicos en las áreas relacionadas con la investigación científica y

tecnológica que desarrolle la Universidad.

Optimizar la utilización de los recursos humanos, financieros y

materiales administrados por la universidad, en función de las variables

que intervienen en el proceso educativo.

Asegurar el sostenimiento del nivel deseable de funcionamiento y

desarrollo, propiciando la cooperación recíproca entre la Universidad y

los organismos afines o equivalentes de los sectores relacionados con la

producción, la educación, el deporte, la investigación, la ciencia y la

cultura.

Realizar actividades de extensión que proyecten la imagen y consoliden

la presencia y prestigio de la Universidad en la comunidad, a través de

programas que fortalezcan la formación integral del ciudadano y

contribuyan al arraigo y conservación de los valores auténticos de la

identidad nacional.

Establecer vínculos con otras instituciones educacionales y científicas,

regionales, nacionales y extranjeras.

1.5 Autoridades

G/J Jesús Gonzales Gonzales (Rector)

G/D Viviam Antonio Duran García (Vicerrector Administrativo)

Prof. Ronald Blanco La Cruz (Vicerrector de Asuntos Sociales y

Participación Ciudadana)

G/D Jesús del Valle Morao Gardona (Vicerrector Académico)

Dra. María José Torres (Secretaria General)

CN. Ariane Adrián Arriaz

1.5.1 Áreas de Formación de la U.N.E.F.A.

16

Page 17: U.n.e.f.a. monografia

La UNEFA ofrece una amplia oferta de carreras de pregrado y postgrado, a continuación te  presentamos las diversas áreas de formación.

Pregrado

Tabla Nº 01

AREA NIVEL ACADEMICO CARRERA

CIENCIAS SOCIALES Y DE LA SALUD

LICENCIATURA

• ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN MUNICIPAL

• ADMINISTRACIÓN DE DESASTR ES (GESTIÓN DE RIESGO)

• CONTADURÍA PÚBLICA

• ECONOMÍA SOCIAL

• ENFERMERÍA

• EDUCACIÓN INTEGRAL

• TURISMO

TSU

•ENFERMERÍA

• HOTELERÍA

• MECÁNICA DENTAL

• TURISMO

 INGENIERIA

INGENIERIA

• AERONÁUTICA

• AGROINDUSTRIAL

• AGRÓNOMA

•  CIVIL

• ELÉCTRICA

• ELECTRÓNICA

• GAS

17

Page 18: U.n.e.f.a. monografia

• MECÁNICA

• NAVAL

• QUÍMICA

• SISTEMAS

• TELECOMUNICACIONES

• PETRÓLEO

• PETROQUÍMICA

TSU

• AGRONOMÍA

• ANÁLISIS Y DISEÑO DE SISTEMAS

• COMUNICACIONES Y ELECTRÓNICA

NOTA La UNEFA también CUENTA con 32 programas de postgrados

entre los cuales están especializaciones, maestrías, doctorados y

postdoctorado.

1.5.2 Núcleos y Extensiones

Núcleos de la UNEFA

En cuanto al crecimiento en infraestructura y matrícula, a los núcleos

tradicionales de  Caracas, Maracay y Puerto Cabello, se han agregado en este

último año, nuevos núcleos, como  sedes o extensiones. En el siguiente

cuadro se muestran los núcleos y extensiones con que  cuenta la Universidad

18

Page 19: U.n.e.f.a. monografia

para atender toda la demanda estudiantil (ver Cuadro Nº 1: Núcleos,  Sedes y

Extensiones de la UNEFA).

A estos nuevos núcleos: San Tomé en Anzoátegui, Puerto Ayacucho en

Amazonas, San  Fernando de Apure en Apure, Cagua, Colonia Tovar y San

Casimiro en Aragua, Barquisimeto en  Lara, Cumaná y Carúpano en Sucre,

San Cristóbal en Táchira, Maracaibo en el Zulia, San  Felipe, Nirgua y

Chivacoa en Yaracuy, Acarigua, Guanare y Turén en Portuguesa, Valencia,

Guacara y Bejuma en Carabobo, Catia La Mar en Vargas, Los Teques y Santa

Teresa del Tuy en  Miranda, Coro y Punto Fijo en Falcón, Tinaquillo en

Cojedes, Tucupita en Delta Amacuro,  Tucupido y Zaraza en Guárico,

Betijoque en Trujillo, Mérida en Mérida, próximamente se unirán  otros.

Agréguese la participación de la UNEFA en las Aldeas Universitarias (con

énfasis en la  atención al indígena) y de otras prometedoras experiencias

como el Restaurante-Escuela de  Pampatar y las casas-hogar para niños y

niñas en situación de riesgo de calle.

De igual forma, en nuestra Universidad, se está atendiendo a la

disposición constitucional de  gratuidad de la enseñanza, lo cual se refleja en

el ofrecimiento de carreras de pregrado en forma  completamente gratuita,

esto ha traído como consecuencia, un aumento exponencial en la  matrícula

estudiantil, que ha ido de aproximadamente dos mil (2000) a 200 mil

estudiantes para  el semestre del 2007, cifra que continua aumentando, como

respuesta a las políticas  gubernamentales en materia de educación superior.

Es importante destacar entre dichas  políticas, la atención a la población

estudiantil de menores recursos, pues la misma había sido  excluida por

décadas en el pasado reciente, hecho que augura una universidad

verdaderamente  nacional, es decir, con presencia real en las diferentes

regiones del país y abierta a todo el  pueblo venezolano.

NOTA ACTUALIZADA agosto 2011: La UNEFA tiene una matrícula de

más de 200.000 estudiantes, unos 11.000 alumnos de postgrado, 20.000

docentes y 12.000 trabajadores. Cuenta con 87 sedes en todo el territorio

19

Page 20: U.n.e.f.a. monografia

nacional para el  2009, informó el rector de esta institución educativa, Wilmer

Barrientos. 

La Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada

Nacional Bolivariana (UNEFA), es pionera en el proceso de inclusión

universitaria, promovida por el Gobierno Bolivariano. Muestra de ello es el

aumento de su matrícula, que se elevó de 3.500, en épocas de la cuarta

república, a los 208.000 mil alumnos que tiene hoy en día, gracias a la

Revolución encabezada por el presidente Hugo Chávez.

La UNEFA, cuenta con 25 núcleos, 25 extensiones y 37 ampliaciones

que, en total, conforman 87 sedes en todo el territorio nacional. 

La UNEFA también CUENTA con 32 programas de postgrados entre los

cuales están especializaciones, maestrías, doctorados y postdoctorado. 

 En resumen, las características que definen a esta casa de estudios, se

pueden agrupar en las  siguientes partes:

La UNEFA, se posesiona como oferente de espacios académicos, de

investigación y  extensión, donde la población venezolana encuentra

oportunidades que favorecerán el  desarrollo humano y el capital social.

Acceso de estudiantes provenientes de estratos socioeconómicos

tradicionalmente excluidos.

Participación activa en programas de desarrollo comunitario.

Desarrollo de programas de investigación orientados a solucionar

problemas sociales  comunitarios, tecnológicos y académicos.

Orientación vocacional de los estudiantes.

Establecimiento de una plataforma técnica necesaria para posibilitar el

apoyo a las clases  presenciales, a través de las Tecnologías de Información y

Comunicación.

Innovación educativa mediante la creación de la modalidad de estudios

denominada Sistema  de Aprendizaje Auto gestionado Asistido, con el fin de

aplicar adecuadamente  herramientas de aprendizaje que fortalezcan en el

estudiante su capacidad de autogestión  personal, académica y comunitaria,

20

Page 21: U.n.e.f.a. monografia

en función de las pautas de identidad social, nacional y  ciudadana,

reglamentos disciplinarios, de ceremonial y académicos de la Universidad 

Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana (UNEFA).

1.5.3 Curso Integral de Nivelación Universitaria (C.I.N.U.)

Debido a las realidades educativas y a los procesos de cambios

generados en la institución se propone la creación del Curso Integral de

Nivelación Universitaria (CINU) diseñado con la finalidad de ofrecer a los

estudiantes de nuevo ingreso diversas estrategias de aprendizaje.

Dichas estrategias han sido creadas para fortalecer el afianzamiento,

desarrollar conocimientos y habilidades en el área de matemática, el manejo

funcional del lenguaje como instrumento para el desarrollo del pensamiento, la

imaginación, la comunicación y el aprendizaje en el contexto de la cultura e

identidad venezolana, conforme a los fundamentos éticos y normas

académicas propias de esta Universidad.

El CINU es de carácter aprobatorio como requisito de ingreso al primer

semestre y su asistencia a las actividades presenciales son de carácter

obligatorio y tendrá una duración de 14 semanas.

CAPITULO II: Reglamentos Internos:

2.1 De Admisión, Permanencia y Egreso de la UNEFA:

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas que

regirán la  admisión, permanencia, cancelación, reingreso y egreso de los

estudiantes de pregrado de la  Universidad Nacional Experimental Politécnica

de la Fuerza Armada Nacional (UNEFA).

21

Page 22: U.n.e.f.a. monografia

Artículo 2.Son alumnos regulares de la UNEFA los estudiantes militares o

civiles que, después  de haber cumplido los requisitos de admisión

establecidos en la Ley y los Reglamentos, estén  debidamente inscritos y

cumplan a cabalidad todos los deberes inherentes a su condición de  alumnos,

conforme a la Ley, los Reglamentos y los planes regulares de estudio, a los

fines de  obtener los títulos que confiere la Universidad.

Artículo 3.Para ingresar como alumno en los cursos universitarios regulares y

optar a los  títulos que la UNEFA confiera, se requiere ser venezolano y

poseer el título de bachiller o  convalidado en el país si hubiera sido obtenido

en el extranjero.

PARÁGRAFO UNICO. Podrán ser admitidos alumnos militares extranjeros

previa autorización del Ministro de la Defensa.

ARTÍCULO 4. Podrán ingresar como alumnos en los cursos universitarios

regulares de la UNEFA, los alumnos procedentes de Instituciones de

Educación Superior mediante el procedimiento de equivalencia de estudios,

conforme a la reglamentación interna respectiva y demás normas legales

aplicables.

PARÁGRAFO UNICO. Los egresados titulares de Instituciones de Educación

Superior podrán ingresar por el procedimiento que se establece en este

Artículo, a los fines de cursar estudios y optar a cualquiera de los Títulos de

pregrado que otorga la UNEFA.

ARTÍCULO 5. Los aspirantes admitidos para iniciar sus estudios universitarios

en la UNEFA, sólo podrán inscribirse en una Carrera.

ARTÍCULO 6. La matrícula de nuevos ingresos será establecida anualmente

por el Rectorado, previa recomendación del Consejo Directivo.

ARTÍCULO 7. Los cursos regulares del Régimen Nocturno serán

autofinanciados y para el ingreso a estos cursos, tendrán prioridad aquellos

aspirantes militares o civiles que por las actividades que realicen estén

imposibilitados para cursar estudios en el Régimen Diurno

22

Page 23: U.n.e.f.a. monografia

CAPÍTULO II

DE LA ADMISIÓN

SECCIÓN PRIMERA

DE LA NATURALEZA DE LA ADMISIÓN

ARTÍCULO 8. La admisión en la UNEFA se realizará por cualquier de los

cuatro (4) modalidades siguientes:

a) Por designación

b) Por procese de selección

c) Por equivalencia de estudios

d) Por reingreso.

ARTÍCULO 9. Será admitido directamente en la UNEFA el personal militar de

las Fuerzas Armadas Nacionales en servicio activo que sea designado por sus

respectivas Fueras, mediante Resolución del Ministerio de la Defensa, para

realizar estudios en la UNEFA.

PARÁGRAFO UNICO. Ingresarán por la modalidad que se establece en este

Artículo, previa autorización del Ministro de la Defensa de Venezuela, los

Oficiales, Sub-Oficiales u otro personal militar de las Fuerzas Armadas

extranjeras designados por sus respectivos países.

ARTÍCULO 10. Serán admitidos por proceso de admisión los aspirantes que,

habiendo cumplido dicho procese, sean seleccionados en función del orden de

mérito por Carrera y del cupo de ingreso establecido para cada una.

ARTÍCULO 11. Serán admitidos por equivalencia de estudios, los aspirantes

provenientes de Instituciones de Educación Superior venezolanas o

extranjeras de reconocido prestigio, que habiendo solicitado equivalencia de

estudios en la 1JNEFA se les reconozca un mínimo de cuarenta (40) unidades

crédito correspondientes a os planes de estudio de la Carrera a nivel de

Licenciatura o un mínimo de veinte (20) unidades crédito a nivel de Técnico

23

Page 24: U.n.e.f.a. monografia

Superior y cumplan con los demás requisitos establecidos en el Reglamento

de Equivalencia de Estudios de la UNEFA.

PARÁGRAFO UNICO. El personal profesional militar en situación de actividad,

disponibilidad o retiro que no haya sido designado para cursar estudios en la

UNEFA pero tenga estudios universitarios aprobados, será admitido por

equivalencia aún cuando no alcance unidades crédito exigidas en el presente

Artículo.

ARTÍCULO 12. Aquellos alumnos a quienes se les haya cancelado la

matrícula en la UNEFA, sólo podrán ser admitidos por la modalidad de

reingreso, previo voto favorable del Consejo Académico, y de acuerdo a lo

establecido en el Capítulo V de este Reglamento.

PARÁGRAFO UNICO. Los alumnos militares extranjeros no requerirán de una

nueva autorización del Ministro de la Defensa para optar al reingreso a la

UNEFA.

ARTÍCULO 13. La División de Servicios Académicos elaborará anualmente el

prospecto de admisión de la UNEFA, a los fines de informar al público sobre

las oportunidades y régimen de estudios de la Universidad, previo el visto

bueno del Vicerrectorado Académico y aprobación del Rectorado.

SECCIÓN SEGUNDA

DE LA ADMISIÓN POR DESIGNACIÓN

ARTÍCULO 14. El personal militar venezolano o extranjero, que ingresa por

designación deberá formalizar su inscripción en la División de Control de

Estudios del Vicerrectorado Académico en las fechas que al efecto fije el

Rectorado.

ARTÍCULO 15. Para formalizar la inscripción, el personal militar venezolano

designado deberá consignar los siguientes documentos:

24

Page 25: U.n.e.f.a. monografia

a) Copia en fondo negro del Titulo de Bachiller a vista del original; o en su

defecto comprobante de tramitación del mismo.

b) Original de las calificaciones de bachillerato certificadas por el Ministerio de

Educación.

c) Fotocopia de la Cédula de identidad vigente, a vista del original.

d) Original de la partida de nacimiento.

e) Fotocopia de la Resolución Ministerial de designación.

f) Cuatro (4) fotografías de frente tamaño carné.

PARÁGRAFO PRIMERO. El Personal Militar egresado de los Institutos

Militares Universitarios Venezolanos deberá consignar fotocopia de las

calificaciones y de los planes de estudio del Instituto, debidamente certificados

por la Autoridad competente de cada Instituto, a los efectos de la equivalencia

de estudios.

PARÁGRAFO SEGUNDO. Los Oficiales venezolanos graduados en institutos

de Formación de Oficiales en el extranjero deberán consignar fotocopia de las

calificaciones y planes de estudio de esos Institutos, traducidos al español, de

ser necesario, por un intérprete público y certificados por la Autoridad

competente de su respectiva Fuerza, a los efectos de equivalencia de

estudios.

ARTÍCULO 16. Para formalizar la inscripción, el personal militar extranjero

designado deberá consignar los siguientes documentos:

a) Copia en fondo negro del Título o Certificado de los estudios de Educación

Media o su equivalente del país donde los cursó, a vista del original,

debidamente legalizado en el Consulado Venezolano en el país

correspondiente.

b) Original de las calificaciones de los estudios de Educación Media o su

equivalente.

c) Fotocopia del pasaporte vigente, a vista del original.

d) Original de la partida de nacimiento.

25

Page 26: U.n.e.f.a. monografia

e) Fotocopia de la Resolución Ministerial de designación.

f) Cuatro (4) fotografías de frente tamaño carné.

g) Comprobante de cancelación del arancel correspondiente

ARTÍCULO 17. El personal militar venezolano y extranjero admitido en la

UNEFA será incluido en la orden administrativa de ingreso y en los listados

respectivos según lo establecido en los Artículos treinta y siete (37) y treinta y

ocho (38) de este Reglamento.

PARÁGRAFO UNICO. El personal militar ingresará en el término que indique

e[ plan de nivelación elaborado, de acuerdo a los resultados del análisis de

equivalencia.

ARTÍCULO 18. El Rectorado de la Universidad informará por escrito

(anualmente) a las Fuerzas sobre las oportunidades de estudio en la UNEFA,

a los efectos de la designación del personal militar venezolano. Asimismo

informará al Ministro de la Defensa para la posible invitación y designación de

militares extranjeros.

SECCIÓN TERCERA

DE LA ADMISIÓN POR PROCESO DE SELECCIÓN

ARTÍCULO 19. El Vicerrectorado Académico a través de la División de

Servicios Académicos será la Dependencia responsable de conducir el

proceso de selección.

ARTÍCULO 20. Los aspirantes a ingresar a la UNEFA mediante el proceso de

selección, deberán preinscribirse en el lapso y lugares que establezca

anualmente el Rectorado, previa recomendación del Consejo Directivo.

PARÁGRAFO UNICO: No podrán preinscribirse para participar en el proceso

de selección aquellos bachilleres a quienes se les haya cancelado la matrícula

a partir del segundo término en la UNEFA.

ARTÍCULO 21. Para preinscribirse en la Universidad, el aspirante deberá

presentar los siguientes documentos:

26

Page 27: U.n.e.f.a. monografia

a) Fotocopia de las calificaciones de bachillerato certificadas por el

Ministerio de Educación a vista de los originales, si finalizó los estudios de

Educación Media. En caso de ser cursante del último año de bachillerato,

presentará fotocopia de las calificaciones certificadas hasta cuarto año

inclusive.

b) Fotocopia de la cédula de identidad vigente, a vista del original.

c) Comprobante de cancelación del arancel de preinscripción.

d) Dos fotografías recientes tamaño carné.

e) Las planillas de preinscripción debidamente llenadas.

f) Constancia original del promedio de notas expedido por la Unidad

Educativa de procedencia.

PARÁGRAFO PRIMERO. La preinscripción es requisito indispensable para

presentar el Examen de Admisión; a tal efecto, se entregará un comprobante

de preinscripción, donde se indica lugar, fecha, aula y hora para la

presentación del mismo.

PARÁGRAFO SEGUNDO. El comprobante de preinscripción con la fotografía

anexa, debidamente sellado, conjuntamente con la cédula de identidad

deberán ser presentados el día del Examen de Admisión y serán las únicas

credenciales que permitirán al aspirante ser admitido a dicho Examen.

ARTÍCULO 22. El aspirante se preinscribirá en la Carrera de su preferencia

como primera opción y seleccionará dos Carreras adicionales como segunda y

tercera opción a los fines únicos de ayudar al proceso de admisión de los

aspirantes.

ARTÍCULO 23. El Vicerrectorado Académico a través de la División de

Servicios Académicos preparará anualmente los instrumentos de evaluación a

ser aplicados a los aspirantes y fijará la ponderación de cada instrumento a los

efectos de obtener la calificación definitiva del Examen de Admisión.

Igualmente mantendrá archivo de esos instrumentos a los efectos de su

optimización y del mejoramiento del proceso de selección.

27

Page 28: U.n.e.f.a. monografia

ARTÍCULO 24. El Examen de Admisión estará orientado a medir aptitudes y

conocimiento, en los aspirantes.

ARTÍCULO 25. Los aspirantes preinscritos presentarán el Examen de

Admisión únicamente en la fecha y lugar que al efecto establezca el

Rectorado.

PARÁGRAFO PRIMERO: El aspirante preinscrito que no presente el examen

de Admisión en la fecha y lugar fijados perderá la oportunidad de ingreso a la

Universidad, en ese año y podrá, si así lo desea, preinscribirse en próximos

años.

PARÁGRAFO SEGUNDO: No podrán presentar Examen de Admisión los

bachilleres que no hayan formalizado su preinscripción en la UNEFA en las

fechas fijadas al efecto.

ARTÍCULO 26. Los resultados de la evaluación del Examen de Admisión

serán obtenidos en general y la calificación para el orden de mérito de cada

aspirante se obtendrá comparando su calificación con las calificaciones del

grupo evaluado, otorgando a la. Mejor calificación absoluta la máxima

calificación relativa y al resto de las calificaciones absolutas los valores

porcentuales correspondientes en la escala de calificación relativa.

ARTÍCULO 27. El Examen de Admisión será evaluado utilizando la escala del

uno (1) alejen (100) puntos.

PARÁGRAFO UNICO. La nota definitiva del Examen de Admisión será la

suma del 85% de la prueba de Admisión más el 1 5% del promedio de notas

obtenido del primero al cuarto año de Educación Media.

ARTÍCULO 28. Una vez aplicado el Examen de Admisión a los aspirantes, los

resultados de dicho Examen se obtendrán mediante un sistema

computarizado.

ARTÍCULO 29. La División de Servicios Académicos será responsable de:

a) Elaborar el instructivo para la ejecución del Examen de Admisión, de

acuerdo a las normas establecidas al efecto por el Rectorado.

28

Page 29: U.n.e.f.a. monografia

b) Velas por la seguridad de los instrumentos de evaluación a ser

aplicados en el Examen de Admisión.

c) Elaborar el instructivo que orientará al sistema computarizado para la

corrección de los Exámenes de Admisión y la edición de modelos y formatos

requeridos por el Rectorado en la toma de decisiones para el ingreso de los

aspirantes y futura optimización del sistema de admisión.

ARTÍCULO 30. El ingreso a la UNEFA por la modalidad de proceso de

selección, se realizará atendiendo al Orden de Mérito por Carrera, ingresando

los aspirantes que ocupen los mejores lugares hasta completar el cupo

establecido por el Consejo Directivo.

ARTÍCULO 31. El Vicerrectorado Académico de acuerdo a los resultados del

proceso de selección y a lo pautado en los Artículos veintiséis (26), veintiocho

(28) y treinta (30) de este Reglamento, preparará el listado final de aspirantes

preseleccionados a ingresar a la UNEFA para la aprobación por parte del

Consejo Directivo de la Universidad y el Rectorado publicará el listado en la

Prensa Nacional.

ARTÍCULO 32. Los resultados del proceso de selección son inapelables y sólo

darán oportunidad al aspirante para ingresar en el año en el cual concursó, en

la Carrera y régimen que seleccionó en la preinscripción

ARTÍCULO 33. El Vicerrectorado Académico será el único responsable de

distribuir por Núcleo a los aspirantes admitidos. Los aspirantes seleccionados

para ingresar como alumnos regulares deberán formalizar su inscripción en los

Núcleos en las fechas que al efecto fije el Rectorado de la Universidad.

PARÁGRAFO UNICO. Una vez finalizado el proceso de inscripción en los

Núcleos, éstos deberán remitir al Vicerrectorado Académico los listados

definitivos de los nuevos ingresos como alumnos regulares a la UNEFA

ARTÍCULO 34. Para formalizar la inscripción, los aspirantes seleccionados

deberán consignar los siguientes documentos:

29

Page 30: U.n.e.f.a. monografia

a) Una copia en fondo negro y dos fotocopias del Titulo de Bachiller, a

vista del original.

b) Original y dos fotocopias de las calificaciones de bachillerato

certificadas por el Ministerio de Educación.

c) Fotocopia del comprobante de presentación de la prueba de aptitud

académica del Consejo Nacional de Universidades, a vista del original, vigente

para el momento de la inscripción.

d) Fotocopia de la inscripción del Registro Militar, en caso de ser mayor

de edad, a vista del original.

e) Fotocopia de la Cédula de Identidad vigente, a vista del original.

f) Original de la partida de nacimiento.

g) Certificado médico vigente, expedido por el M.S.A.S.

h) Cuatro (4) fotografías de frente tamaño carné.

i) Comprobante del pago de los aranceles de inscripción.

PARÁGRAFO PRIMERO. El aspirante estará formalmente inscrito y admitido

en la UNEFA como alumno regular sólo cuando consigne toda la

documentación exigida en este Artículo, en el plazo y lugar que al efecto se

establezcan.

PARÁGRAFO SEGUNDO. El Vicerrectorado Académico a través de la

División de Control de Estudios, deberá verificar ante el Ministerio de

Educación la autenticidad de las notas certificadas y de los títulos que los

alumnos presenten en el momento de la inscripción.

ARTÍCULO 35. Los aspirantes seleccionados que no formalicen su inscripción

en las fechas fijadas perderán la oportunidad de ingreso a la Universidad en

ese año y silo desearen, podrán inscribirse para participar nuevamente en el

proceso de admisión en próximos años.

ARTÍCULO 36. El Vicerrectorado Académico elaborará los listados definitivos

de nuevos ingresos como alumnos regulares de la Universidad para ser

30

Page 31: U.n.e.f.a. monografia

enviados por parte del Rectorado al Consejo Nacional de Universidades y a la

Dirección de Inteligencia Militar, a los fines de control.

ARTÍCULO 37. El Rectorado de la UNEFA emitirá la Orden Administrativa de

ingreso correspondiente admitiendo a los nuevos alumnos.

SECCIÓN CUARTA

DE LA ADMISIÓN POR EOUIVALENCIA DE ESTUDIOS

ARTÍCULO 38. El Vicerrectorado Académico a través de la División de

Servicios Académicos, será la Dependencia responsable del proceso de

ingreso por equivalencia de estudios.

ARTÍCULO 39. Los aspirantes dirigirán por escrito al Vicerrector Académico,

en cualquier fecha del año, una petición de Ingreso por Equivalencia a los

fines de optar al ingreso a la UNEFA por esta modalidad. Dicha solicitud debe

contener:

a) Nombres, apellidos, edad, lugar de nacimiento y nacionalidad del

solicitante.

b) Nombres de las Instituciones donde cursé los estudios universitarios.,

ciudad donde funcionan y motivos por los cuales no continuó sus estudios.

c) Constancia de buena conducta expedida por la última Institución

donde cursé estudios universitarios.

d) Calificaciones certificadas, en las cuales estén enumeradas todas las

asignaturas cursadas (aprobadas o no) por el solicitante, con especificación de

las calificaciones definitivas, lapsos de estudios y escala de evaluación con

indicación de la nota mínima aprobatoria y número de unidades de crédito.

e) Los programas de las asignaturas cursadas y aprobadas, firmados y

sellados por la autoridad correspondiente, con indicación de lapsos lectivos de

estudio.

f) En caso de tener estudios a nivel de Técnico Superior Universitario y

querer estudiar Ingeniería debe añadir, además de lo anteriormente

enumerado:

- Copia en fondo negro, del Título de T.S.U.

31

Page 32: U.n.e.f.a. monografia

- Orden de Mérito, promedio de calificaciones, promedio de la promoción.

g) Constancia de haber cancelado los aranceles correspondientes.

ARTÍCULO 40. La solicitud del Ingreso por Equivalencia será analizada por la

Comisión de Equivalencia de la Universidad. El Vicerrector Académico

notificará, por escrito al aspirante, el resultado de la solicitud. De ser

aprobada, el solicitante deberá formalizar su inscripción en el Departamento

de Apoyo Académico en la fecha que le sea indicada. La negación de

cualquier solicitud de Ingreso por Equivalencia es facultad de la Universidad y

por tanto es inapelable.

ARTÍCULO 41. El proceso de análisis de equivalencia se regirá conforme a lo

establecido en el Reglamento de Equivalencia de Estudio de la UNEFA.

ARTÍCULO 42. El ingreso a la UNEFA por equivalencia de estudios se

realizará cuando el aspirante cumpla con lo establecido en el Artículo once

(11) de este Reglamento, previa elaboración de un plan de nivelación de

estudios que permita su ubicación en un término académico de la Carrera

solicitada.

PARÁGRAFO PRIMERO. El ingreso por equivalencia como alumno regular de

la UNEFA, sólo se realizará al inicio del termino académico que indique el

respectivo plan de nivelación y atendiendo a las disponibilidades de cupo de la

Carrera solicitada. El plan de nivelación deberá cumplirse estrictamente y no

se podrá modificar sin la aprobación del Consejo Académico.

PARÁGRAFO SEGUNDO. La concesión de equivalencia sólo se hará efectiva

si el aspirante ingresa como alumno regular.

ARTÍCULO 43. La División de Servicios Académicos procederá abrir el

expediente del nuevo alumno admitido por equivalencia para su envío al

Núcleo respectivo.

ARTÍCULO 44. El Rectorado emitirá la Orden Administrativa de ingreso

admitiendo al nuevo alumno e informará al Consejo Nacional de Universidades

y a la Dirección de Inteligencia Militar, en el caso de estudiantes civiles, para

los efectos de control.

32

Page 33: U.n.e.f.a. monografia

ARTÍCULO 45. Cuando al aspirante le sea negado el ingreso por equivalencia

de estudios por no cumplir con lo establecido en el Artículo (11) de este

Reglamento podrá ingresar mediante la modalidad del proceso de selección y

de ser admitido, solicitará equivalencia de los estudios universitarios

realizados conforme a lo establecido en el Reglamento de equivalencia de los

estudios universitarios realizados conforme a lo establecido en el Reglamento

de Equivalencia de Estudios de la UNEFA para sus alumnos regulares.

ARTÍCULO 46. Los resultados obtenidos en el análisis de equivalencia de

estudios, así como la decisión de ingreso o no a la UNEFA, son inapelables.

ARTÍCULO 47. La Universidad se reserva el derecho de informar los

resultados del análisis de equivalencia, únicamente a los aspirantes admitidos

por esta modalidad.

CAPÍTULO III

DE LA PERMANENCIA EN LA UNIVERSIDAD

SECCIÓN PRIMERA

DE LA NATURALEZA DE LA PERMANENCIA

ARTÍCULO 48. Se entiende por permanencia en la UNEFA el derecho que

tienen los alumnos regulares para cumplir con todas las actividades

programadas a los fines de obtener los títulos que confiere la Universidad.

Esta permanencia estará ¡imitada por lo estipulado en los artículos cincuenta y

uno (51) y cincuenta y dos (52) del presente Reglamente.

ARTÍCULO 49. Para poder permanecer en la UNEFA los alumnos regulares

deben:

a) Estar formalmente inscritos en el término que cursan.

b) Cumplir las normativas de permanencia establecidas en la

Reglamentación interna te que rige en la Universidad.

ARTÍCULO 50. No podrán disfrutar el derecho de permanencia en la

Universidad los alumnos a quienes se les haya cancelado la matrícula por lo

establecido en el Capítulo IV de este Reglamento.

33

Page 34: U.n.e.f.a. monografia

ARTÍCULO 51. La permanencia máxima permitida para culminar la carga

académica será de dieciocho (18) términos académicos para los estudiantes

de las Carreras de Ingeniería Régimen Diurno, diez (10) términos académicos

para los estudiantes de las Carreras de Técnico Superior Régimen Diurno,

veintiún (21) términos académicos para los estudiantes de las Carreras de

Ingeniería Régimen Nocturno y catorce (14) términos académicos para los

estudiantes de las Carreras de Técnico Superior Régimen Nocturno

PARÁGRAFO UNICO. A los efectos de la aplicación del presente Artículo, se

considerará que el estudiante ha cursado un término académico cuando

realice actividades académicas durante cualquier fracción o la totalidad del

número de semanas que conforman el término, independientemente del

número de asignaturas que curse y de los resultados académicos que obtenga

en el término. Quedan exceptuados los alumnos tesistas de acuerdo a lo

estipulado en el Artículo sesenta y dos (62) de este Reglamento y alumnos no

tesistas contemplados en el literal b del Artículo 81

ARTÍCULO 52. A los efectos de reingresos, desfasamientos de estudios y

tiempo para realización de Trabajos Especiales de Grado, los estudiantes no

podrán extender su permanencia por más de ocho (8) años continuos para

Ingeniería en Régimen Diurno, nueve (9) años continuos para Ingeniería en

Régimen Nocturno, cuatro (4) años continuos para Técnico Superior en

Régimen Diurno y cinco (5) años continuos para Técnico Superior en Régimen

Nocturno, contados a partir de la fecha de inicio de sus estudios en la UNEFA.

ARTÍCULO 53. Para el cómputo de los términos académicos a que se refiere

el artículo cincuenta y uno (51), se considerarán únicamente los términos

cursados en la UNEFA en condición de alumnos regulares y en ningún caso

se considerará el tiempo que el estudiante pase fuera de la Institución sin ser

alumno regular. Sin embargo, este tiempo hiera de la Universidad será

considerado para el cómputo de los años continuos establecidos en el articulo

52 del presente Reglamento.

34

Page 35: U.n.e.f.a. monografia

ARTÍCULO 54. No podrán permanecer en la UNEFA y le será cancelada la

matrícula a los alumnos que

a) No formalicen su inscripción de acuerdo a lo establecido en los

Artículos cuarenta y nueve (49), sesenta (60) y sesenta y dos (62) del

presente Reglamento.

b) No tengan oportunidad de culminar su Carrera en el número máximo

de términos estipulados en el Artículo cincuenta y uno (51) de este

Reglamento.

c) No tengan oportunidad de culminar su Carrera en el tiempo máximo

establecido en el Articulo cincuenta y dos (52) de este Reglamento.

ARTÍCULO 55. Los alumnos regulares de otras Instituciones de Educación

Superior, podrán realizar actividades en las instalaciones de la Universidad,

sólo previa autorización del Rector de la UNEFA

ARTÍCULO 56. Las actividades académicas cumplidas sin ser alumno regular

no tendrán valor académico para la UNEFA.

ARTÍCULO 57. Los alumnos regulares de la UNEFA tendrán el derecho de

asistir con autorización del Profesor de la asignatura, a cualquier otra actividad

académica no contemplada en la carga académica del término, siempre y

cuando existan las disponibilidades de tiempo y espacio para cumplir dicha

actividad.

PARÁGRAFO UNICO. Las actividades académicas a las que se refiere el

presente Artículo no tendrán ningún tipo de control de evaluación ni de

reconocimiento académico.

2.2 Evaluación y control de estudios de la UNEFA:

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas

que regirán el proceso de evaluación del rendimiento y progreso académico o

estudiantil a nivel de pregrado en la UNEFA, así como aquellas normas que

35

Page 36: U.n.e.f.a. monografia

regulan la permanencia del alumno en la Universidad, en función de su

rendimiento académico.

CAPÍTULO II

DE LA NATURALEZA Y FUNCIONES DE LA EVALUACIÓN

ARTÍCULO 2. La evaluación del rendimiento estudiantil, es un proceso

continuo, acumulativo, integral, racional, cooperativo y científico de valoración

de los resultados alcanzados en función de los objetivos del proceso de

enseñanza-aprendizaje y en consideración a las condiciones en las cuales se

produjo la actividad educativa.

ARTÍCULO 3. Los resultados del proceso de evaluación estudiantil se

utilizarán para:

a) Diagnosticar las dificultades del proceso enseñanza-aprendizaje.

b) Detectar y cuantificar con fines de orientación, las potencialidades e

intereses de los alumnos.

c) Ubicar el rendimiento estudiantil dentro de una escala de valoración.

d) Determinar en base al rendimiento, la permanencia de los alumnos

dentro de la Universidad.

ARTÍCULO 4. El rendimiento académico del alumno y los juicios que sobre

sus otras manifestaciones de conducta emita el profesor de acuerdo con los

criterios establecidos en el ARTÍCULO 6 del presente Reglamento, conforman

el rendimiento estudiantil.

ARTÍCULO 5. En la evaluación del rendimiento académico, el profesor

valorará la actuación del alumno mediante procedimientos que se

establecerán en el programa de su asignatura, con el propósito de determinar

la medida en que es capaz de:

a) Identificar datos específicos, principios y generalizaciones, métodos y

procedimientos, criterios y clasificaciones.

b) Procesar informaciones, transferirlas, interpretarlas y extrapolarlas.

c) Aplicar principios y generalizaciones, normas y leyes.

36

Page 37: U.n.e.f.a. monografia

d) Analizar elementos, relaciones, estructuras y organizaciones.

e) Sintetizar conceptos, procesos y relaciones. Producir planes,

proyectos e informes.

f) Valorar conceptos, procesos y relaciones, hipótesis y teorías, métodos

y técnicas, materiales y resultados de trabajo.

g) Realizar investigaciones y experimentos.

h) Demostrar habilidades y destrezas en el manejo de simbologías,

instrumentos, materiales y equipos, así como la ejecución de órdenes y

trabajos.

ARTÍCULO 6. La evaluación de otros conceptos se hará en base a juicios que

para cada uno de ellos emita el profesor en su respectiva asignatura y serán

utilizados únicamente con fines de orientación. En tal sentido el profesor

apreciará en el alumno:

a) Sus hábitos de trabajo individual y cooperativo, en la utilización de métodos,

técnicas, instrumentos y recursos, para la realización de tareas.

b) Su creatividad e iniciativa para el logro de las metas trazadas.

ARTÍCULO 7. Los juicios a que se refiere el ARTÍCULO anterior, serán

formulados periódicamente e irán acompañados de recomendaciones que

orienten al alumno hacia el mejoramiento de su actuación y a la Universidad

acerca de las medidas a tomar para contribuir con ese mejoramiento.

2.3 De Transición

Reglamento Transición desde el 2009 hasta el 2015

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. El presente Reglamento establece las disposiciones que regirán

para los estudiantes regulares que estén cursando estudios en el sistema de

semestre, durante el proceso de reestructuración curricular de la oferta

37

Page 38: U.n.e.f.a. monografia

académica de la UNEFA y de la transición del sistema de términos a

semestres, a objeto de resolver y darle celeridad a los trámites académicos y

administrativos que se derivan de la implementación simultánea de los

mismos.

Parágrafo Único. Los estudiantes regulares que estén cursando estudios en el

sistema de términos, se regirán por la normativa vigente y lo previsto en los

artículos 5, 6 y 9 del presente reglamento, quedando derogada toda

disposición que colida con lo expresado en los referidos artículos.

Artículo 2. A partir de la entrada en vigencia del presente reglamento, todo

ingreso a la Institución, bien sea por proceso de ingreso, admisión por

reingreso, o admisión por equivalencia, se realizará bajo el sistema semestral

y de conformidad con la normativa vigente.

Articulo 3. El estudiante podrá inscribir hasta un máximo de treinta (30)

unidades de crédito por período académico y tendrá un plazo máximo de tres

(3) semanas, contado a partir de la fecha de inicio del período académico,

para formalizar ante la División de Secretaría de cada Núcleo, el retiro de las

asignaturas inscritas.

Articulo 4. El estudiante podrá inscribir asignaturas para avanzar en su carrera

siempre que se cumplan las condiciones previstas en el artículo 8 del presente

reglamento.

Artículo 5.- El estudiante para inscribir una asignatura que no tiene

prelaciones, antes, deberá tener aprobadas, todas las asignaturas sin

prelaciones que contemple el plan de estudios en semestres anteriores.

Articulo 6. El estudiante podrá cursar para su aprobación, hasta por un

máximo de tres (3) oportunidades, cualquiera de la (s) asignatura (s)

contempladas en su plan de estudio. Aquellos estudiantes que reprueben por

primera vez una asignatura, les será asignado un orientador, a efectos ejercer

las acciones de seguimiento para el mejoramiento de los desempeños de los

estudiantes al momento cursar la asignatura en repitencia. El término

seguimiento debiera ser entendido en este contexto como el acompañamiento,

38

Page 39: U.n.e.f.a. monografia

mediante el cual el docente genera confianza en el estudiante, fortalece su

autoestima, lo motiva y le da la seguridad requerida para continuar su proceso

de aprendizaje.

Articulo 7.El estudiante que repruebe alguna asignatura después de haberla

cursado en tres (3) oportunidades, será suspendido por el lapso de un (1)

semestre, a cuyo término podrá solicitar el reingreso al semestre en el cual se

encuentre(n) la(s) asignatura(s) pendiente(s), de menor orden en la cadena de

prelaciones.

Articulo 8. El estudiante podrá inscribir en cada período académico, hasta un

máximo de dos (2) asignaturas reprobadas, además de las asignaturas

regulares que correspondan según el plan de estudio, siempre que concurran

las siguientes condiciones:

No se cursen las asignaturas reprobadas, conjuntamente con asignaturas que

las prelen, aún cuando se oferten regularmente en el semestre.

Exista un mínimo de quince (15) estudiantes que soliciten la inscripción

correspondiente.

Disponibilidad del personal docente para dictar la (s) asignatura (s).

Disponibilidad de planta física.

Disponibilidad por parte de las instituciones u organizaciones ajenas a la

Universidad, para el desarrollo de clases prácticas o de laboratorio, en caso de

ser requerido para la implementación de la asignatura.

En caso contrario, el estudiante deberá esperar para inscribir la(s)

asignatura(s) cuando sean ofertadas para la siguiente cohorte.

Articulo 9. El alumno perderá la inscripción en cualquiera de las asignaturas

que curse, si el número de horas de inasistencia en proporción al total de

horas que corresponda a la asignatura durante el período académico es

superior o igual al veinticinco (25%), siempre y cuando no presente motivos

suficientemente válidos de acuerdo con la opinión del Consejo de Núcleo.

39

Page 40: U.n.e.f.a. monografia

Parágrafo Primero. Cuando las asignaturas contemplen clases teóricas,

prácticas y/o laboratorios, a efectos del presente artículo, a la suma de las

horas señaladas corresponderá al total de horas de la asignatura.

Parágrafo Segundo. La totalidad de inasistencias a las actividades prácticas o

de laboratorio no puede ser superior a dos (2) sesiones por asignatura en

cada período académico, justificadas o no. Esto incluye los Internados

Rotatorios de las carreras de Enfermería, prácticas educativas de la carrera de

Educación Integral, y las Pasantías de las distintas carreras. El incumplimiento

de éste parágrafo ocasionará la perdida de la inscripción, debiendo cursar la

asignatura en una siguiente oportunidad.

DISPOSICIONES FINALES

Artículo 10. Los casos no previstos en este reglamento, serán resueltos por el

Consejo de Núcleo.

Artículo 11. Se derogan todas las disposiciones internas que colidan con lo

expuesto en el presente Reglamento.

2.4 Disciplinario:

REGLAMENTO DISCIPLINARIO PARA LOS ALUMNOS DE LA UNEFA

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1. El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas

que regirán el comportamiento y la disciplina del personal de alumnos de la

Universidad.

PARÁGRAFO ÚNICO. Se consideran alumnos de la Universidad:

a) Los alumnos regulares de pre y postgrado.

b) Los alumnos que realicen cursos de nivelación, propedéuticas y/o de

extensión.

ARTÍCULO 2. La Universidad Nacional Experimental Politécnica de las

Fuerzas Armadas Nacionales (UNEFA), es una Institución de Educación

Superior adscrita al Ministerio de la Defensa, con un régimen especial de

estudios, cuya misión primordial es la de formar profesionales a todos los

40

Page 41: U.n.e.f.a. monografia

niveles y ciclos de la Educación Superior en las ramas de la Ciencia, la

Industria y la Tecnología, para contribuir al desarrollo del País y de sus

Fuerzas Armadas, desarrollando modernos sistemas de aprendizaje, que

permitan realizar investigaciones científicas predominantemente aplicadas.

ARTÍCULO 3. Por su carácter de Institución Superior adscrita al Ministerio de

la Defensa, la UNEFA tiene como principios fundamentales los preceptos

constitucionales de apoliticismo, obediencia y no deliberación.

ARTÍCULO 4. La función de los lineamientos contenidos en los artículos

precedentes, la UNEFA requiere:

a) Propiciar en todos los miembros de la Institución un comportamiento que se

corresponda con los fines que se propone la Universidad en el campo de la

formación de recursos humanos. Comportamiento que debe reflejar la

educación y buenos modales de sus miembros, un espíritu de sana

camaradería entre los alumnos y la correspondencia entre las actividades que

se realizan con las áreas apropiadas.

b) Crear y mantener un ambiente académico de orden, armonía y pulcritud,

que induzca a la reflexión y a la investigación científica y tecnológica.

ARTÍCULO 5. Las disposiciones de este Reglamento se aplicarán siempre que

los hechos que constituyen una falta no estén clasificados y penados por el

Código de Justicia Militar o las Leyes Penales de la República, en cuya

circunstancia se pasará el caso a la Jurisdicción correspondiente.

CAPÍTULO II

DE LOS NIVELES DE AUTORIDAD

ARTÍCULO 6. La UNEFA es una comunidad cuya vida refleja las interacciones

que se producen en las relaciones humanas entre personas que

momentáneamente ocupan roles y status diversos, para garantizar el

funcionamiento de la Institución hacia el logro de su misión.

ARTÍCULO 7. Los miembros del personal Directivo, Docente, Administrativo y

de alumnos están unidos en el interés de lograr los fines de la Universidad,

para lo cual se ubican organizacionalmente en diferentes niveles de autoridad.

41

Page 42: U.n.e.f.a. monografia

ARTÍCULOS 8. Los miembros integrantes del Consejo Directivo de la

Universidad son:

El Rector

El Vice-Rector Académico

El Vice-Rector Administrativo

Los Decanos

Los que sean designados por el Consejo Directivo.

ARTÍCULO 9. Los niveles de Autoridad en la UNEFA, en orden descendente,

son los que se indican:

El Rector

El Vice-Rector Académico

El Vice-Rector Administrativo

Los Decanos

Los Jefes de División

Los Jefes de Depártame

Los Profesores.

ARTÍCULO 10. Cada curso tendrá un Jefe (de Curso), responsable de vigilar

el cumplimiento de los reglamentos, directivas, programas, órdenes e

instrucciones vigentes por parte de los integrantes de su curso y servirá como

primer escalón del órgano o conducto regular ante las autoridades de la

Universidad.

PARÁGRAFO ÚNICO. En aquellos cursos donde exista personal militar, el

Jefe de curso será el alumno militar activo de mayor jerarquía. En el caso de

que no existan miembros activos de las Fuerzas Armadas, el Jefe de Curso

será seleccionado por el Decanato de Núcleo de acuerdo a los siguientes

criterios:

Durante el primer término se designarán aquellos alumnos que, dentro

de su curso, hayan obtenido el mejor orden de mérito de ingreso.

42

Page 43: U.n.e.f.a. monografia

A partir del segundo término académico, será seleccionado entre

aquellos alumnos que tengan mejor índice y posean acentuado rasgo de

liderazgo.

ARTÍCULO 11. Cualquier alumno que desee dirigirse ante una Autoridad de la

Universidad, verbalmente o por escrito, para presentarle cualquier novedad o

solicitud, deberá hacerlo individualmente, utilizando siempre su conducto u

órgano regular por intermedio del Jefe de Curso, quien la elevará ante la

próxima Autoridad competente y así sucesivamente hasta la Autoridad

solicitada.

PARÁGRAFO ÚNICO. Tanto el Jefe de Curso como cualquier otro nivel de

autoridad, están en la obligación de procesar a través del órgano regular

cualquier solicitud por parte de un alumno, quien en iodo caso deberá recibir

respuesta de la Autoridad competente.

CAPÍTULO III

LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS

SECCIÓN PREVIERA

DE LOS ASPECTOS DISCIPLINARIOS GENERALES

ARTÍCULO 12. El alumno de la UNEFA debe caracterizarse en todo momento,

dentro y fuera de la Universidad, por una actitud serena y comedida, de orden

y buena educación, de cortés deferencia hacia las personas y de respeto por

las Autoridades de la Universidad.

ARTÍCULO 13. Los alumnos manifestarán con sus actos un gran aprecio,

consideración y cuidado por el personal y bienes materiales de la Universidad,

los cuales protegerán en todo momento y tratarán de mejorar con

observaciones, recomendaciones y sugerencias.

ARTÍCULO 14. Los alumnos deben caracterizarse por vestir en forma ser: a y

acorde con el espíritu que anima a la Institución. Deben ser pulcros en su

presentación y portar los documentos de identificación que expide la

Universidad.

SECCIÓN SEGUNDA

43

Page 44: U.n.e.f.a. monografia

DE LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO EN LA

UNIVERSIDAD

ARTÍCULO 15. El comportamiento en la Universidad se regirá por una norma

que consiste en hacer corresponder la conducta del personal con las áreas de

actividades que se desarrollen en la Universidad. En consecuencia, en las

aulas, laboratorios y bibliotecas se mantendrá una actitud de estudio y

reflexión; y en las áreas de deporte o de recreación, actitudes expansivas,

acordes con las instalaciones existentes.

ARTÍCULO 16. Para permitir un mejor cumplimiento de !as actividades

docentes:

1. La enseñanza se regirá por un horario y programa de actividades los

cuales serán colocados en lugares visibles a todo el personal de la

Universidad y deberán ser cumplidos estrictamente y sin retardos.

2. En las conferencias y ciases magistrales queda prohibido hablar sin

autorización del profesor.

3. Los alumnos solicitarán permiso al profesor levantando la mano, para

intervenir en clase y una vez concedida la autorización del profesor, el alumno

se pondrá de pie y hará la pregunta en voz clara a fin de que todos sus

compañeros puedan beneficiarse del intercambio de ideas entre profesor y

alumno.

4. Durante las evaluaciones, los alumnos mantendrán una actitud acorde

con la ética que imponen las Leyes y Reglamentos vigentes.

5. Al terminar la clase los alumnos de la Universidad en señal de aprecio

y consideración hacia su profesor, esperarán a que éste se retire o autorice la

salida del aula.

6. Ningún alumno podrá entrar o salir de una actividad académica sin

previa autorización.

ARTÍCULO 17. Para un control apropiado del curso, el alumno Jefe de

Curso llevará una hoja de control diario, donde se anotarán las novedades

ocurridas en el curso, tilles como inasistencias de profesores y alumnos,

44

Page 45: U.n.e.f.a. monografia

solicitudes y permisos, así como cualquier otro hecho de significación. Estas

hojas deberán ser entregadas de acuerdo a lo establecido en el Procedimiento

Administrativo Vigente (P.A.V.) al finalizar !a última clase del día.

SECCIÓN TERCERA

DE LAS REGLAS DE COMPORTAMIENTO FUERA

DE LA UNIVERSIDAD

ARTÍCULO 18. Fuera de la Universidad, el comportamiento de un

alumno compromete no sólo el buen nombre de su persona, sino también el

de la UNEFA; en consecuencia debe tratar de mantener una actitud y un

desenvolvimiento que refleje las normas de conducta que la Universidad exige

a sus alumnos.

SECCIÓN CUARTA

DEL ACATAMIENTO DE ÓRDENES E INSTRUCCIONES

ARTÍCULO 19. Todos los integrantes de la Universidad están en el deber

de cumplir y hacer cumplir los reglamentos, directivas, órdenes e instrucciones

vigentes.

ARTÍCULO 20. Los alumnos deberán respetar y obedecer a las

autoridades de ¡a Universidad de acuerdo con lo establecido en los Artículos

ocho (8) y nueve (9), igualmente deberán respeto, consideración y la máxima

colaboración para con el Jefe de Curso de acuerdo con lo establecido en el

Artículo diez (10) del presente Reglamento.

ARTÍCULO 21. En las actividades de carácter militar, los alumnos se

regirán, para el acatamiento de órdenes e instrucciones, por las normas que al

efecto establezca el Decano del Núcleo de acuerdo con las leyes y

reglamentos militares vigentes.

ARTÍCULO 22. Todo alumno estará en la obligación de exhortar a otro a

cumplir la Reglamentación de la Universidad y lo hará en forma cortes y

comedida.

ARTÍCULO 23. Los alumnos que no oyeren el llamado a la corrección

serán merecedores de las sanciones que establece este Reglamento.

45

Page 46: U.n.e.f.a. monografia

Capitulo III: Normas de comportamiento de la UNEFA3.1 Normas de Comportamiento en el Aula A. CEREMONIAL DE AULA EN LA UNEFA.

1.- Los estudiantes deberán llegar como mínimo cinco (05) minutos antes

de dar el inicio a clase.

2.- Al ingresar el Docente al aula, todos los estudiantes se pondrán de

pie con las manos empuñadas a los costados y los tacones pegados (Posición

de canto), colocando la silla dentro del pupitre (mesa).

3.- Luego el Delegado de sección, se acercará al Docente y adoptando la

misma posición de sus compañeros, lo pondrá al tanto de cuantos estudiantes

se encuentran presentes y ausentes, finalizado esto, se retira con un paso

hacia atrás y se dirige a su pupitre.

4.- El Docente se dirigirá a los estudiantes dando los (las) “Buenos: días”,

“tardes” o “noches”, inmediatamente los estudiantes, manteniendo la misma

posición en que se encuentran, responderán en forma enérgica, el lema:

“Excelencia Educativa Abierta Al Pueblo”, “Buenos: días”, “tardes” o “noches”

profesor(a). Seguidamente el Docente les indicará a los estudiantes ocupar los

asientos.

5.- Finalizado este evento, el Docente, tomará el control del aula y dará

el inicio al desarrollo de la clase, indicando a su vez que firmen la asistencia.

6.- Una vez concluida la clase, el Docente llenará el reporte de

instrucción e indicará que la misma ha concluido, permaneciendo en el aula el

personal de estudiantes, hasta que el Docente se retire de la misma, solo

podrán salir antes, si el Docente los autoriza.

B. DEL DELEGADO DE SECCIÓN.

1.- El Delegado de sección será escogido democráticamente, en aquellas

secciones donde no exista un efectivo militar, en caso de que este Delegado

designado por el voto popular no cumpla sus funciones, será relevado a través

del mismo sistema de elección. Incluye reforma de artículos aprobados por el

Rector en Enero de 2011 Página 4 de 10

46

Page 47: U.n.e.f.a. monografia

2.- El Delegado de sección, contará con un estudiante adjunto o suplente

(Sub-delegado), quien será elegido también a través del voto, solo en aquellas

secciones donde no haya un segundo efectivo militar que ejerza esta función.

C. DEBERES DEL DELEGADO DE SECCIÓN.

1.- El Delegado de sección, velará por el mantenimiento, orden y

disciplina de su sección de clase, antes, durante y después de la actividad

académica, para esto, contará con la participación y colaboración de sus

compañeros de clase.

2.- El Delegado de sección, contará con un semanero, quien será rotado

en forma secuencial del listado, y tendrá la responsabilidad de prestarle ayuda

al Docente en todo lo referente al material de apoyo a la instrucción (Pizarra,

Marcadores, Video Beam, Proyectores, entre otros). También deberá tener, al

finalizar la actividad académica el aula de clase lista para el mantenimiento

(sillas sobre las mesas).

3.- En caso de la ausencia del Docente a la actividad académica, el

Delegado de sección mantendrá los estudiantes dentro del recinto por un

espacio mínimo de veinte (20) minutos, transcurrido este espacio, levantará la

asistencia por escrito de los estudiantes y tramitará la ausencia del Docente

ante la coordinación de su carrera.

4.- Queda prohibido, durante la actividad académica, recibir o hacer

llamadas telefónicas, mucho menos, enviar o recibir mensajes desde teléfonos

celulares, por lo tanto, deberán mantener el teléfono apagado para que no sea

interrumpida el desarrollo de la clase.

5.- Durante la impartición de clase no se podrá estar escuchando música

del celular, MP3 u otro aparato electrónico con o sin audífonos.

6.- Deberá evitar la interrupción del Docente con la salida y entrada de

alumnos.

7.- El trato Docente-Estudiante como Estudiante-Docente, debe estar

enmarcado dentro de las normas de respeto y educación, tomando en cuenta

47

Page 48: U.n.e.f.a. monografia

la consideración correspondiente. Incluye reforma de artículos aprobados por

el Rector en Enero de 2011 Página 5 de 10.

8.- Durante el acto académico, los estudiantes se colocarán de pie para

responder o hacer alguna pregunta al Docente, a menos que éste indique lo

contrario.

9.- No se permitirá ingresar ningún tipo de alimentos o bebidas al aula de

clase, con la excepción de un envase de agua.

10.- El Delegado de sección deberá tratar los intereses colectivos de su

sección en lo atinente a los aspectos académicos, administrativos y

disciplinarios con el Oficial encargado del piso.

11.- El Delegado de sección deberá exigir cooperación a sus

compañeros de clase, en la preservación y conservación de los bienes

muebles e inmuebles de esta casa de estudios.

12.- El Delegado de sección estará pendiente de cualquier disposición

que imparta el Docente con el fin de ser comunicadas al resto de la sección.

13.- El Delegado de sección velará por el estricto cumplimiento del

uniforme y la adecuada presentación del estudiante.

D.- DEL UNIFORME Y SU CORRECTO USO

1.- El uniforme diario para asistir a clase será el siguiente: pantalón blue

jeans, chemisse blanca con logotipo UNEFA por dentro del pantalón, correa y

zapatos deportivos o casuales cerrados.

2.-. Los estudiantes del Curso Introductorio Universitario, cumplirán con

este uniforme con la excepción de la chemisse blanca con logotipo UNEFA,

solo podrán usar; camisa, chemisse o franela blanca sin logotipo.

48

Page 49: U.n.e.f.a. monografia

3.- Los estudiantes del primer semestre deberán utilizar chemisse o

franela roja con logotipo UNEFA.

4. El uso del mono deportivo y gorra de la UNEFA será opcional y se

utilizará únicamente en las actividades del programa de Defensa Integral de la

Nación, actividades comunitarias, deportivas o culturales. Incluye reforma de

artículos aprobados por el Rector en Enero de 2011 Página 6 de 10

4.- En caso de que algún estudiante presente problemas de deterioro

momentáneo con la chemisse, se le permitirá la entrada a la institución

portando camisa o franela roja, por un lapso no muy prolongado, hasta que

solvente dicha situación.

5.- Queda restringido el uso de la chemisse UNEFA en otro color que no

sea el establecido, con excepción de los estudiantes próximos a graduarse,

quienes podrán cambiarle a la chemisse original blanca, el color del cuello y

los bordes de las mangas de acuerdo a la carrera, pudiendo adicionar en la

parte frontal derecha el nombre del estudiante en el mismo color y en la parte

trasera el logo y nombre de la promoción.

6.- Se deberá portar el carnet que lo identifica como estudiante, en un

lugar visible.

7.- No se permitirá el uso de: escotes, minifaldas, sandalias, piercing,

gelatinas en el cabello, zarcillos en los caballeros u otro tipo de accesorio que

altere el correcto uso del uniforme.

8.- Los estudiantes podrán hacer uso de chaquetas o suéteres de tela

unicolor, con cierre o botones delanteros (abierta adelante) sin capucha, que

le permitan mostrar el escudo de la chemisse, únicamente en los colores:

blanco, negro, gris, marrón, verde oscuro, azul oscuro o rojo.

E.- DEBERES DEL JEFE DE PISO O ÁREA

1.- El Jefe de piso o área será un Oficial designado por el Decano del

respectivo Núcleo o en su defecto un Docente en aquellos Núcleos que no

posean profesionales militares.

49

Page 50: U.n.e.f.a. monografia

2.- El Jefe de piso o área, deberá tener el parte de cuantos pupitres

(mesa-silla) se encuentran en cada aula y no permitirá que estas

permanezcan dañadas en las secciones de clase ni en los pasillos, por lo que

deberá evacuarlas al sector destinado para su reparación, previa coordinación

con el departamento encargado.

3.- No permitirá que en los pasillos de su piso o área haya algún tipo de

perturbación a la actividad académica. Incluye reforma de artículos aprobados

por el Rector en Enero de 2011 Página 7 de 10

4.- Efectuará una reunión mensual con los Delegados de sección, con el

fin de emprender acciones en cuanto a mantenimiento, disciplina y mejoras en

el piso o área.

5.- El Jefe de piso o área, conformará una base de datos de los

Delegado de sección, indicando: nombres, apellidos, cedula de identidad,

numero de celular, correo electrónico.

6.- Recopilará todos los horarios actualizados de las secciones que

reciben clase en su piso.

7.- El Jefe de piso o área, efectuará reuniones periódicas con los

coordinadores de carreras del piso, con el propósito de buscar la integración,

trabajo en equipo y establecimiento de metas.

8.- El Jefe de piso o área, a través de las reuniones con los Delegados

de sección, deberá crear conciencia en los estudiantes, en cuanto a: sentido

de pertenencia, preservación, conservación y mantenimiento de las

instalaciones, tanto en las aulas como en pasillos, escaleras y otras áreas

comunes de esta casa de estudios.

9.- Supervisará que los estudiantes se encuentren uniformados

correctamente y con la presentación adecuada (Hombres: rasurados, con el

corte de cabello rebajado arriba y en las caídas, sin ningún tipo de tintes o

peinado estrafalarios. Mujeres: cabellos recogido y cortes que no sean

extravagantes).

50

Page 51: U.n.e.f.a. monografia

10.- El Jefe de piso o área, deberá coordinar con los entes encargados

para que se dicten charlas y prácticas en relación a los planes de evacuación

y seguridad física a todo el estudiantado en caso de una emergencia.

11.- Incentivará a los estudiantes, en conjunto con los coordinadores,

para crear un espíritu competitivo que permita tener las aulas y los ambientes

en perfecto estado de presentación, aseo y cuidado.

12.- Al Jefe de piso o área que le notifiquen el no cumplimiento de las

responsabilidades de algún Delegado de sección en específico, organizará

una nueva elección del mismo. Incluye reforma de artículos aprobados por el

Rector en Enero de 2011.

CAPITULO IV: Valores Unefistas:

4.1 Código de Ética de la UNEFA

PRIMERA PARTE

Principios Fundamentales Generales

SEGUNDA PARTE

De las Normas del Código de Ética

CAPÍTULO I

De las Normas o Deberes a Cumplir por todos los Miembros de la

Comunidad Unefista

CAPÍTULO II

De las Normas o Deberes a cumplir por el Personal Académico de la

Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada

Bolivariana.

TÍTULO I

De las Normas o Deberes que rigen las Relaciones del Personal

Académico con la Comunidad Unefista en General.

TÍTULO II

De las Normas o Deberes a cumplir por el Personal Académico.

Derivados de su Función Docente, con los Estudiantes de la Unefa.

CAPÍTULO III

51

Page 52: U.n.e.f.a. monografia

De las Normas o Deberes a cumplir por el Personal Administrativo,

Técnico y de Servicios de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de

la Fuerza Armada Bolivariana.

CAPÍTULO IV

De las Normas o Deberes a cumplir por los Estudiantes de la Universidad

Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada.

TERCERA PARTE

Disposiciones Finales

PRIMERA PARTE

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES GENERALES

PRIMERO: El presente Código de Ética establece las normas de carácter

general que orientan la conducta de todos los integrantes de la Universidad

Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana, en el

desarrollo de las actividades inherentes a sus funciones respectivas.

SEGUNDO: Este Código de Ética se aplica al Personal Académico,

entendido como tal el que ejerce funciones de docencia, investigación y

extensión y/o realiza actividades de planificación, experimentación,

orientación, evaluación, dirección y supervisión en el campo educativo y

científico, al Personal Administrativo, Técnico y de Servicios, y a los

Estudiantes de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza

Armada Bolivariana.

TERCERO: En la elaboración de este Código de Ética se tomaron en

cuenta las directrices y orientaciones emanadas de la Ley de Universidades, la

Ley Orgánica de Educación, el Reglamento General de la Universidad

Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Bolivariana y el

Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, entre otros, así como

algunos lineamientos esenciales que definen la misión, la visión y los objetivos

de esta Casa de Estudios.

CUARTO: Este Código de Ética propugna como valores trascendentales

y normativos de la conducta de quienes integran la comunidad Unefista: la

52

Page 53: U.n.e.f.a. monografia

vida, la libertad, la igualdad, la verdad, la justicia, la paz, la solidaridad, la

tolerancia, el respeto, el diálogo, la convivencia, la honestidad, la disciplina, la

responsabilidad ciudadana, la defensa de los Derechos Humanos y el cultivo

de los valores espirituales del hombre.

QUINTO: El presente Código de Ética tiene como fines esenciales los

siguientes:

El respeto ineludible a la dignidad de la Persona así como la defensa de

su pleno desarrollo corporal, psicológico, intelectual y espiritual.

El afianzamiento de principios de sólida base moral que sirvan de guía

en el ejercicio de funciones y actividades, mediante la inserción de la propia

vida en un sistema de valores cónsonos con la elevada misión de la

Universidad.

La presentación de pautas éticas orientadoras que contribuyan de

manera eficaz a erradicar conductas no cónsonas con los fundamentos

morales que deben regir la conducta de los integrantes de esta comunidad

universitaria.

El cultivo y mantenimiento de un êthos o modo de vida universitario en el

que todos sus miembros puedan convivir en armonía, solidaridad, respeto, paz

y trabajo creador.

CAPITULO V: Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio

Comunitario del Estudiante de Educación Comunitaria.

5.1 Participación en Proyectos Sociales y Ley del Servicio Comunitario del

Estudiante de Educación Comunitaria.

La UNEFA es pionera en el desarrollo de servicios y proyectos

comunitarios, más ahora cuando existe una Ley de Servicio Comunitario del

Estudiante de Educación

Superior.

La ley tiene como fin vincular al estudiante universitario con su entorno

socioeconómico, y de esta manera prepararlo para dar respuestas efectivas a

53

Page 54: U.n.e.f.a. monografia

los problemas que hoy día presentan las comunidades. La idea central es

establecer vínculos recíprocos entre las comunidades y las instituciones de

Educación Superior que faciliten de alguna forma que el estudiante retribuya

los conocimientos y el tiempo invertido a la sociedad a la cual pertenece. Del

mismo modo, que el estudiante pueda poner en práctica los conocimientos y

competencias adquiridas a problemas reales, haciendo aportes sustanciales a

su realidad social.

Es de suma importancia que todos los estudiantes del sector universitario

se familiaricen con la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de

Educación Superior con el fin de iniciar un proceso de reflexión sobre los

problemas sociales propios de su país, y despertar sentimientos de

responsabilidad social ante los problemas que aquejan su entorno.

A continuación presentamos la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de

Educación Superior, a fin de que te vayas familiarizando con los

contenidos de la misma y conozcas, entre otras cosas, que prestar servicio

comunitario, es un requisito que debes cumplir para obtener tu título en un

área determinada.

Fragmentos tomados de la Ley de Servicio

Comunitario del Estudiante de Educación Superior.

Gaceta Oficial N° 38.272. Extraordinaria de fecha

Caracas, 14 de Septiembre de 2005

LEY DE SERVICIO COMUNITARIO DEL ESTUDIANTE

DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Disposiciones Generales

Objeto

Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto normar la prestación del servicio

Comunitario del estudiante de educación superior, que a nivel de pregrado

aspire al ejercicio de cualquier profesión.

Principios

Artículo 2. Esta Ley se regirá por los principios constitucionales de solidaridad,

54

Page 55: U.n.e.f.a. monografia

Responsabilidad social, igualdad, cooperación, corresponsabilidad,

participación ciudadana, asistencia humanitaria y alteridad.

Ámbito de aplicación

Artículo 3. La prestación del servicio comunitario, tendrá su ámbito de

aplicación en el área geográfica del territorio nacional que determine la

Institución de Educación

Superior correspondiente.

Capítulo II

Del Servicio Comunitario

Definición

Artículo 4. A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la

actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de

educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando

los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos

adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad,

para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar

social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República

Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.

Comunidad

Artículo 5. A los efectos de esta Ley, la comunidad es el ámbito social de

alcance nacional, estadal o municipal, donde se proyecta la actuación de las

instituciones de educación superior para la prestación del servicio comunitario.

Requisito para la obtención del título

Artículo 6. El servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de

educación superior, no creará derechos u obligaciones de carácter laboral y

debe prestarse sin remuneración alguna.

Fines del servicio comunitario

Artículo 7. El servicio comunitario tiene como fines:

Fomentar en el estudiante la solidaridad y el compromiso con la

comunidad como

55

Page 56: U.n.e.f.a. monografia

norma ética y ciudadana.

Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.

Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje

en servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la

formación académica, artística, cultural y deportiva.

Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para

contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana.

Formar, a través del aprendizaje en servicio, el capital social en el país.

Duración del servicio comunitario.

Artículo 8. El servicio comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte

horas académicas, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres

meses. Las instituciones de educación superior adaptarán la duración del

servicio comunitario a su régimen académico.

Condiciones

Artículo 9. No se permitirá realizar actividades de proselitismo político

partidistas, durante la prestación del servicio comunitario.

De los recursos

Artículo 10. Las instituciones de educación superior, incluirán los recursos

necesarios para la realización del servicio comunitario en el plan operativo

anual, sin menoscabo de los que puedan obtenerse, a través de los

convenios.

TÍTULO II

DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

De las instituciones de educación superior

Artículo 11. A los fines de esta Ley, son instituciones de educación superior

aquellas establecidas por la Ley Orgánica de Educación.

De la capacitación

Artículo 12. El Ministerio de Educación Superior y las instituciones de

educación superior en coordinación, deben programar seminarios, cursos o

talleres sobre la realidad comunitaria, a fin de capacitar al personal académico

56

Page 57: U.n.e.f.a. monografia

y estudiantil para la ejecución del servicio comunitario, a fin de preparar a los

coordinadores, asesores y estudiantes en sus responsabilidades, metas y

propósitos para la realización del servicio comunitario.

De la función

Artículo 13. Las instituciones de educación superior facilitarán las condiciones

necesarias para el cumplimiento del servicio comunitario, ofertando al

estudiante los proyectos para su participación.

Convenios

Artículo 14. A los efectos de esta Ley, los convenios serán las alianzas

realizadas entre el Ministerio de Educación Superior, las instituciones de

educación superior, las instituciones y organizaciones del sector público,

privado, las comunidades organizadas y las asociaciones gremiales entre

otros, para la ejecución el servicio comunitario.

Atribuciones

Artículo 15. Las instituciones de educación superior tendrán como

atribuciones:

1 Garantizar que los proyectos aprobados por la institución, estén orientados a

satisfacer las necesidades de la comunidad.

2 Ofertar a los estudiantes de educación superior los proyectos existentes,

según su perfil académico.

3 Celebrar convenios para la prestación del servicio comunitario, con el sector

público, privado y las comunidades.

4 Expedir la constancia de culminación de prestación del servicio comunitario.

5 Elaborar los proyectos de acuerdo al perfil académico de cada disciplina y a

las necesidades de las comunidades.

6 Brindar al estudiante la asesoría necesaria para el cumplimiento del servicio

Comunitario.

7 Elaborar su reglamento interno para el funcionamiento del servicio

comunitario.

57

Page 58: U.n.e.f.a. monografia

8 Ofrecer al estudiante reconocimientos o incentivos académicos, previa

evaluación del servicio ejecutado.

9 Determinar el momento de inicio, la duración, el lugar y las condiciones para

la prestación del servicio comunitario.

10 Adaptar la duración del servicio comunitario a su régimen académico.

11 Establecer convenios con los Consejos Locales de Planificación Pública,

Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas,

instituciones y organizaciones públicas o privadas y comunidades

organizadas, entre otros.

12 Evaluar los proyectos presentados por los sectores con iniciativa, a objeto

de ser considerada su aprobación.

CONCLUSCION:

La realización de esta monografía, permitió comprender a fondo lo

que en realidad esta compuesta la UNEFA en la cual nos estaremos

desarrollando como futuros profesionales, con un alto sentido de pertenencia

útiles a la patria y a esta revolución, donde es estos 5 años en la carrera de

ingeniería tendremos que regirnos sobre una seria de normativas y

58

Page 59: U.n.e.f.a. monografia

reglamentos internos los cuales a parte de mantener el orden interno dentro

del cuerpo de alumnos de la UNEFA dentro de las aulas nos formara física,

moral y mentalmente.

De tal menara que cuando egresemos nos sintamos orgullosos de

habernos formado en la mejor universidad del país la Universidad Nacional

Experimental de las Fuerzas Armadas.

“Independencia y patria socialista” “viviéremos y venceremos”

HUGO RAFAEL CHAVEZ FRIAS

REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS:

1. http://www.buenastareas.com/ensayos/Evolucion-Historica-De-La-

Unefa/4401440.html

2. http://www.unefa.edu.ve/vac/images/pdf/CINU/FiloEtiValores/

unidad1/lectura%20n%201.pdf

59

Page 60: U.n.e.f.a. monografia

3. http://ramon-unefa.blogspot.com/2008/04/sistema-de-aprendizaje-

autogestionado.html

4. http://www.unefa.edu.ve/index.php/universidad/reglamentos

5. http://www.unefa.edu.ve/index.php/universidad/autoridades

60