Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

30
Servicio del Derecho para el Desarrollo Oficina Juridica LEGN IV Foro Regional Frente Parlamentario contra el Hambre de América Latina y el Caribe Componente Legal Proyecto GCP/RLA/160/SPA Proyecto de Apoyo a la Iniciativa América Latina y el Caribe Sin Hambre 04 y 05 de septiembre de 2013 – Santa Cruz de la Sierra, Bolivia Sesión 4: Políticas públicas y legislación que contribuyen a la realización del derecho a la alimentación Hallazgos preliminares del Estudio Regional Marcos jurídicos en materia de alimentación escolar Avances en la región en materia de alimentación escolar

Transcript of Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

Page 1: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

Servicio del Derecho para el Desarrollo

Oficina Juridica LEGN

IV Foro Regional Frente Parlamentario contra el Hambre de América Latina y el Caribe

Componente Legal Proyecto GCP/RLA/160/SPA

Proyecto de Apoyo a la Iniciativa América Latina y el Caribe Sin Hambre

04 y 05 de septiembre de 2013 – Santa Cruz de la Sierra, Bolivia

Sesión 4: Políticas públicas y legislación que contribuyen a

la realización del derecho a la alimentación

Hallazgos preliminares del Estudio Regional

Marcos jurídicos en materia de alimentación escolar

Avances en la región en materia de alimentación escolar

Page 2: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

2 LEGN

Oficina Jurídica

Contenido

1. Componente Legal del Proyecto de Apoyo a la

Iniciativa América Latina y Caribe Sin Hambre 2. Estudio Jurídico Regional en materia de Alimentación

Escolar 3. Países participantes del estudio 4. Presentación de los hallazgos preliminares del estudio

comparado 5. Marco Constitucional 6. Elementos de un Marco Jurídico AE 7. Conclusiones

Page 3: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

3 LEGN

Oficina Jurídica

1. Componente legal proyecto de apoyo a la

IALCSH Países

- 4 países en CA: Honduras, El Salvador, Nicaragua, Guatemala - 2 países Región Andina: Ecuador y Perú

Nivel - Regional (instancias e iniciativas regionales) - Nacional (apoyo especifico a países)

Objetivos

1. La realización efectiva del derecho a la alimentación y otros derechos humanos como el derecho a la salud y el derecho a la educación.

2. La regulación de los programas de alimentación escolar en todos sus elementos

3. El apoyo a la agricultura familiar favoreciendo el acceso de los agricultores a los mercados (compras públicas) y favoreciendo relaciones contractuales equitativas.

Page 5: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

5 LEGN

Oficina Jurídica

4. Contenidos Estudio Jurídico Regional AE

1. Marco constitucional: derechos fundamentales y obligaciones del Estado

2. Identificación de elementos que deberían regularse en un marco jurídico de alimentación escolar (compras públicas, menús escolares, huertos, publicidad, expendio…)

3. Cómo se regulan estos elementos en cada país: Ley, Reglamento, Acuerdo, Norma Técnica, Guía o Manual Administrativo

4. Identificación y análisis de las responsabilidades institucionales. ¿Qué rol para otros actores?

Page 8: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

Vinculación Derecho a la Alimentación, Derecho Educación y

Derecho a la Salud en la Constitución

El Salvador: El art. 65 señala que la salud es un “bien público”. Art. 56 establece la gratuidad de la educación parvularia y básica, El art. 102 dicta que el orden económico y social debe responder esencialmente a principios de justicia social. El art. 69 dispone que el Estado controle la calidad de los productos alimenticios y establezca condiciones ambientales que puedan afectar la salud humana.

Guatemala: “Artículo 51.- Protección a menores y ancianos. El Estado protegerá la salud física, mental y moral de los menores de edad y de los ancianos. (…); Artículo 71.- Derecho a la educación. (…) Es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna…” “Artículo 93.- Derecho a la salud. El goce de la salud es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna.”; Artículo 95.- La salud, bien público. La salud de los habitantes de la Nación es un bien público.(…)

Honduras: “Todo niño deberá gozar de los beneficios de la seguridad social y la educación. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud, Para lo cual deberá proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales desde el período prenatal, teniendo derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, educación, recreo, deportes y servicios médicos adecuados.” (Art. 123)

Nicaragua: Derecho a la Educación (arto. 58) y el Derecho a la Salud. (arto. 59) El Derecho al Trabajo (Arto. 57), Derecho de habitar en un ambiente saludable (Arto. 60)

Page 9: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

9 LEGN

Oficina Jurídica

7. Elementos de un marco jurídico de AE

Responsabilidades institucionales

1. Adquisición de productos (compras)

2. Producción en las escuelas

(huertos escolares)

3. Preparación y manipulación de

alimentos (almacenaje, transporte)

desde un punto de vista de inocuidad

4. Menús escolares

nutricionalmente adecuados

5. Venta de alimentos en las

escuelas

6. Publicidad de alimentos en las

escuelas

Enfoque de derecho a la alimentación y los derechos de la infancia

( suficiente, inocuo, nutricionalmente adecuado, culturalmente adaptado)

Page 10: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

El S

alva

do

r

• Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo

• Decreto Ejecutivo N° 24, Diario Oficial 70, Tomo 303, fecha de publicación 18/04/1989

• Arto 38 - competencias del Ministerio de Educación

• Programa de Alimentación y Salud Escolar (PASE).

Gu

atem

ala

• Acuerdo Gubernativo 225-2008 Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Educación.

• Programa de apoyo del Ministerio de Educación, y es administrado por la Dirección General de Participación Comunitaria y Servicios de Apoyo (DIGEPSA), implementación descentralizada- Organizaciones de Padres de Familia o los Consejos Educativo.

• Programa de Alimentación Escolar (PAE)

Ho

nd

ura

s

• Decreto Ejecutivo PCM--002-2010.

• La Secretaría de Desarrollo Social, es la instancia coordinadora del sector social. Responsable de planificación, administración y ejecución del Programa de Vaso de Leche, en coordinación con los Proyectos de la “Merienda Escolar fortalecida por el Programa de Vaso de Leche” y la Secretaria de Educación.

• Programa de Merienda Escolar (PME)

Nic

arag

ua

• Ley N° 290 Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, en su artículo 23, funciones del Ministerio de Educación.

• El PINE funciona como un programa de apoyo desde 1998, actualmente se encuentra bajo la rectoría de la Secretaria de Programas Educativos del MINE

• Programa Integral de Nutrición Escolar

1) Responsabilidades institucionales

Page 11: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

11 LEGN

Oficina Jurídica

2) Adquisición de alimentos

• Los 4 países cuentan con una ley de contrataciones públicas. Sólo en 2 de ellos se aplican directamente los procedimientos de la ley para la compra de productos de la AE (Nicaragua y El Salvador).

• Los requisitos para participar en la compra (licitación pública/contratación simplificada) son formalidades administrativas que debe presentar los proveedores y requisitos técnicos ligados al producto: deben responder a los estándares de calidad y a la regulación en materia de inocuidad, presentando las certificaciones pertinentes: sistema de control y verificación. Competencia de Min. Agricultura, Min. Salud.

• En Honduras: Excepción a la ley de adquisiciones, se aplica el Convenio con el PMA en donde el PMA realiza un proceso de licitación pública. El PMA tiene la responsabilidad de exigir al productor dichos requisitos y presentar los controles antela autoridad competente.

• En Guatemala se transfieren los recursos a las OPF quienes realizan la compra directa a los proveedores locales. Se aplica el Reglamento para Transferencias a los Consejos Educativos, Acuerdo Ministerial por medio del que se delega responsabilidad de gestión a los Consejos Educativos u OPF. Instructivo sobre las transferencias: allí se establece la responsabilidad de la OPF de realizar como mínimo 2 cotizaciones para elegir al proveedor que ofrezca mejor precio y calidad (Ciertos requisitos mínimos).

Page 12: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar
Page 13: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

Guatemala: Proceso de transferencias de fondos a los centros escolares (OPF) para la

adquisición de alimentos

Page 14: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

Flujo de proceso de transporte, de las bodegas centrales hacia los municipios, y traslado a los centros

escolares.

Page 15: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

15 LEGN

Oficina Jurídica

3) Producción en las escuelas (huertos escolares)

• Las recomendaciones y lineamientos en materia de huertos escolares se encuentran definidos a través de Guías y Manuales Internos del Ministerio de Educación.

• Los huertos escolares promueven y desarrollan prácticas de producción orgánica (abono orgánico, fertilizantes foliares, repelentes orgánicos).

• ¿Qué disposiciones resultarían aplicables a los huertos escolares? ¿Qué controles y certificación para la producción de alimentos en los huertos escolares?

Page 16: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

16 LEGN

Oficina Jurídica

4) Preparación y manipulación de alimentos

• Los países cuentan con Normas Técnicas NTON que establecen requisitos

de almacenaje en bodega seca y bodega fría, transporte (requisitos que aplican también para restaurantes y otros establecimientos). Honduras cuenta con un Reglamento del Servicio de Alimentación Escolar que establece algunas disposiciones especificas en la materia.

• En general se abordan estos aspectos en el ámbito del PAE en las Guías, Manuales, y Lineamientos Administrativos que establecen recomendaciones generales para las escuelas.

• La inocuidad de los alimentos debe garantizarse desde la producción hasta el consumo. En todos los países se cuenta con legislación que regula la inocuidad de los alimentos en la etapa de producción, contemplando los controles y certificaciones correspondientes. La inocuidad en la escuela requiere un estudio más profundo para determinar si la legislación que existe es o no suficiente para garantizar la salud de los niños y niñas.

Page 17: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

Preparación y manipulación de alimentos desde un punto de vista de inocuidad (almacenaje, transporte)

Page 18: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

18 LEGN

Oficina Jurídica

5) Menús Escolares

• Los países han desarrollado Guías, Manuales, Lineamientos, Recomendaciones en la materia pero no hemos identificado legislación contundente que establezcan estándares nutricionales que regulen ampliamente los menús.

• No se identificaron mecanismos de control que puedan determinar sanciones por incumplimiento.

Page 20: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

20 LEGN

Oficina Jurídica

6) Expendio y publicidad de alimentos en las escuelas

Nicaragua (NTON de Kioscos y Cafetines de los Centros Educativos la NTON 03 085-09)

Honduras (Reglamento de Venta de Alimentos en Casetas/Tiendas Escolares. Acuerdo Número 15, 368-SE-2012. 2012)

El Salvador tiene una normativa del sector educativo (Manual de Tiendas Escolares)

Guatemala (Reglamento de Tiendas Escolares: Acuerdo Ministerial N° 1088 de 1966); una normativa para 2 departamentos del país.

• Los PAE han emitido normas sobre el tema de expendios, pero la aplicación de estas normativas de regulación de expendios de alimentos en los centros escolares, se convierte en una tarea que demanda mucha atención de las autoridades educativas para implementarla, pero que también por atribuciones legales, le corresponden contribuir al sector salud.

• Publicidad de alimentos en las escuelas Existe muy poca regulación. Aplica la legislación de publicidad no engañosa de Protección al Consumidor.

Page 21: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

EXPENDIO DE ALIMENTOS Y PUBLICIDAD EN LAS ESCUELAS

Actividad El Salvador Guatemala Honduras Nicaragua

Expendio Manual de Tiendas

Escolares (El Salvador,

MINED 2007, con la

asistencia técnica de

FAO)

Lineamientos MINED

Reglamento de Tiendas

Escolares: Acuerdo

Ministerial N° 1088 de

fecha 30 de septiembre de

1966. Artículo 4°. Incisos

del a al d y artículos 7°, 8°,

9°, 10°, 18°, 20°, 21° y 22°

Iniciativas de Normativa

de Tiendas Escolares

Saludable Departamental

Huehuetenango y Alta

Verapaz 2012-2013.

Reglamento de Venta

de Alimentos en

Casetas/Tiendas

Escolares. Acuerdo

Número 15, 368-SE-

2012. Diario Oficial La

Gaceta Nº 32, 949

Norma Técnica

Obligatoria

Nicaragüense de

Kioscos y Cafetines

de los Centros

Educativos la NTON

03 085-09, (abril del

2010).

Publicidad No existe legislación

especial para prohibir

publicidad de ciertos

alimentos en recintos

escolares. Únicamente

Código de Salud artículo

86 letra d)

Existe muy poca

reglamentación sobre

publicidad de alimentos en

las escuelas.

Reglamento de Venta

de Alimentos en

Casetas/Tiendas

Escolares de

Honduras, en el arto.

11.

Existe muy poca

reglamentación

sobre publicidad de

alimentos en las

escuelas

Page 23: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

7. Normas sobre Participación y Rendición de Cuentas

Elementos de

análisis

El Salvador Guatemala Honduras Nicaragua

¿Qué

estructuras y

mecanismos

están

previstos para

el control en la

ejecución del

PAE?

Lineamientos del PASE,

"La colaboración de la

comunidad es

fundamental para el

éxito del programa. El

PASE no puede

desarrollarse sin la

decisiva participación

de los docentes,

directores y padres de

familia".

Dentro de los

mecanismos de

control. Apartado VII

Informes Periódicos,

que según se describe

es un informe mensual

que es elaborado por

cada director(a) de

escuela al municipio y

luego al

departamento.

Acuerdo Gubernativo

202-2010 Reglamento

para la aprobación de los

estatutos,

reconocimiento de la

personería jurídica y

funcionamiento de los

consejos de los centros

educativos públicos, arto

1, 5, 6, 7, 8 9 y 10.

Objeto: regular la

organización, integración,

obligaciones, legalización,

aprobación de estatutos,

el reconocimiento de la

personalidad jurídica y el

funcionamiento de los

Consejos Educativos, y

bajo los principios de

participación y

responsabilidad.

En el Reglamento del

Servicio de Alimentación

Escolar de Honduras

Acuerdo Número 15509-

SE-2012.

Acuerdo de Cooperación

para el Programa de La

Merienda Escolar 2012-

2014. Regula algunos

controles como: Sistema

de Información de

Merienda Escolar,

Informes, monitoreo,

hojas de remisión, que se

deben implementar en las

actividades del PME de

manera que se realicen

satisfactoriamente.

Participando en estos

controles SE, PES/SDS,

PMA.

Guía de Creación y

funcionamiento de los

Comité de Alimentación

Escolar (2002): requisitos de

los centros escolares para el

ingreso al PAE, incluye tener

conformado el Comité de

Alimentación Escolar con un

Coordinador

(Directos/responsable del

centro), un docente, un

padre de familia (encargado

de cocina) y un padre de

Familia (tesorero) y un

representante de la

comunidad (Fiscal).

Page 24: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

7. Normas sobre Participación y Rendición de Cuentas

El Salvador Guatemala Honduras Nicaragua ¿Quien

participa en

dicho control?

¿Cómo se

define dicha

participación?

¿A qué

niveles?

Para realizar este control

(informe periódico), los

directores de centros

escolares se lo envían a

los delegados

municipales y luego a los

departamentales.

El Manual no explica

una retroalimentación

con el resto de la

comunidad educativa,

sin embargo es causal

de suspensión si no se

logra realizar este

informe.

La Asamblea General de

las OPF tiene la facultad

de exigir la rendición de

cuentas. Puede solicitar

convocatoria a asamblea

extraordinaria en que la

Junta Directiva de la OPF

puede ser requerida

para dar a conocer los

fondos del saldo de caja,

bajo control en el libro

correspondiente (…)

Para participar en la

ejecución del PAE se

debe ser parte de la

Asamblea General y

para ser integrante de la

Junta Directiva deben

observarse los requisitos

establecidos.

Acuerdo de Cooperación PMA

–Gbno, condición

Responsabilidades de las

partes que: Los Directores

Educativos en conjunto con

PES son responsables de

organizar a los padres y

madres de familia, (…)

Y en el PVL la Asociación de

Padres de Familia en conjunto

con la SDS y SE tienen la

responsabilidad de supervisar

la entrega y coordinación de la

distribución de la leche para el

uso de la merienda escolar.

Artículo 7 de la Ley del Vaso de

Leche para el Fortalecimiento

a la Merienda Escolar. Decreto

Legislativo 54-2010 publicado

en el Diario Oficial La Gaceta

N. 32,239

Esta misma Guía de

Creación y

funcionamiento de los

Comité de Alimentación

Escolar (2002) pp 22, 23,

•Convocar a los padres de

familia con el fin de

evaluar la ejecución del

PAE en la comunidad.

Dicho informe debe de

realizar en cada

distribución, por los

centros que estén

beneficiados.

• Que los CAE se

comprometan a organizar

el almacenamiento y

llevar el control de los

alimentos en cada centro

escolar beneficiado.

Page 25: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

8. Rendición de Cuentas

El Salvador Guatemala Honduras Nicaragua 1.Derecho de petición ciudadana, art. 18

de la Constitución, ante una Dirección

departamental del MINED u oficinas

centrales en San Salvador, por escrito. Si no

hay respuesta en 60 días hábiles, se puede

interponer un recurso anta la Sala de lo

Contencioso Administrativo de la CSJ.

2. Recurso de amparo ante la Sala de lo

Constitucional de la CSJ.

3. Puede interponerse denuncia verbal

ante el MINED en Oficina de Información y

Respuesta (Transparencia): 22 81 02 74.

4. Puede interponerse denuncia ante la

PPDH, en cualquier delegación

departamental, por violación a derecho a

la salud, educación, alimentación.

5. Si hay agravio civil como daños y

perjuicios se puede interponer denuncia

de conciliación o querella ante un Juzgado

de Paz, que existe en cada Municipalidad

del país.

Decreto Legislativo 57-2008, Ley de

Acceso a la Información Pública.

En base a la Ley de Acceso a la

Información Pública, la Dirección de

Servicios Administrativos -DISERSA-

del Ministerio de Educación,

implementó el Sistema de Atención

a Quejas, Comentarios y

Sugerencias, que aunque no es

exclusivo para el PAE, se hace

mención de este programa en las

opciones.

Para su funcionamiento existen dos

normas administrativas, el Manual

para la Administración de Quejas,

Comentarios y Sugerencias dirigido

a enlaces y directores; y el

Procedimiento Atención a Quejas,

Denuncias y Solicitud de

Información.

Derecho constitucional

de petición de todo

ciudadano a exigir

cuentas a los servidores

públicos, (art. 80)

Ley de Transparencia y

Acceso a la Información

Pública Decreto No. 170-

2006.

Art. 33 de la Ley

No. 693, Ley de

Soberanía y

Seguridad

Alimentaria y

Nutricional, y el

art. 52 de su

Reglamento que

establecen

sanciones por el

incumplimiento

de dichas

normativas.

Page 26: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

26 LEGN

Oficina Jurídica

8. Conclusiones

Los Marcos Jurídicos AE deben…

1. Establecer las responsabilidades institucionales para la implementación del PAE, desde el nivel central hasta la escuela.

2. Facilitar y no obstaculizar la vinculación de los pequeños productores a los programas de alimentación escolar.

3. Regular los menús escolares asegurando su contenido nutricional y la aceptabilidad cultural.

4. Regular la publicidad y el expendio de los alimentos en las escuelas de acuerdo a parámetros nutricionales específicos que establezcan límites a altos contenidos de azúcar, y grasas.

Page 27: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

27 LEGN

Oficina Jurídica

5. Es importante contar con mecanismos de control para que la institución competente sea responsable de garantizar la calidad y la inocuidad de los alimentos tanto al momento de la adquisición como al momento del consumo en las escuelas.

6. Los controles deben garantizar que la inocuidad no está comprometida en las diferentes fases de producción y manipulación de los alimentos. La salud es un derecho fundamental irrenunciable y una obligación que debe garantizar el Estado.

7. Los comunidad educativa –incluidos los padres de familia- deben contar con la suficiente capacitación para hacer efectivos los controles que prevé la legislación. Es obligación de la institución competente asegurarse de que el personal esté en la capacidad de conservar, preparar, manipular, y servir los alimentos en la escuela.

8. Es importante contar con mecanismos de participación y rendición de cuentas que garanticen el enfoque de DH en la implementación del PAE.

8. Conclusiones

Page 28: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

28 LEGN

Oficina Jurídica

8. Conclusiones

Distintas opciones legislativas…

• Existen distintas opciones legislativas para regular los elementos de la alimentación escolar de acuerdo a la legislación y el contexto de cada país.

• Resulta indispensable identificar previamente los aspectos que ya están regulados para: i) evitar regular áreas que ya tienen un marco jurídico propio, ii) evitar contradicciones en la legislación.

• Las leyes SAN brindan un marco jurídico importante en materia de obligaciones, principios, institucionalidad, responsabilidades, y establece mecanismos de participación y rendición de cuentas a ser tomados en

consideración en la implementación de los PAE.

Page 29: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

29 LEGN

Oficina Jurídica

8. Conclusiones: AE desde un EDH

Vinculación de la alimentación escolar y la agricultura familiar Reducción de absentismo escolar

Realización del derecho a la

alimentación, la educación, el trabajo y la

salud

Participación en las instancias de adopción de decisiones en todos los niveles.

Marco jurídico Políticas públicas Institucionalidad

Presupuesto Justiciabilidad

Alimentación adecuada (menú escolar nutricional)

Inocuidad

Acceso físico en áreas con poco acceso a mercados

Page 30: Ulises Gonzalez - Avances en la región en materia de alimentación escolar

MUCHAS GRACIAS

Luisa Cruz/Oficial Jurista

[email protected]

Jorge Ulises Gonzalez/Consultor Regional Jurista

[email protected]

Oficina Jurídica Servicio del Derecho para el Desarrollo