Tributario Final

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Diplomado de Derecho Tributario con Mención en Política Fiscal

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Diplomado de Derecho Tributario con Mención en Política Fiscal

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La Política Fiscal

Es considerada como parte de la política económica

que usa el gasto público y los impuestos

como variables de control para asegurar y mantener la estabilidad económica

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La Política Fiscal

Keynes consideraba que:

« la inestabilidad de la demanda agregada era el origen de problemas de diferentes tipos y

concibió la política fiscal como el instrumento universal capaz de resolverlos todos.

La inflación sería así la consecuencia de un exceso de demanda que podría ser resuelto detrayendo mediante

impuestos parte de las rentas familiares.

Pero la preocupación principal en los años treinta no era la inflación sino la deflación y el desempleo.

Fue aquí donde Keynes puso el acento, recomendando el aumento de los gastos públicos,

aunque fuese en trabajos inútiles»

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La Política Fiscal

Keynes: Hay 3 formas de financiar el aumento de los gastos públicos

1.1. MEDIANTE IMPUESTOS. MEDIANTE IMPUESTOS.

Aunque los impuestos cubran totalmente el aumento de los gastos, se seguirá percibiendo un cierto efecto expansivo como consecuencia de

la contracción del ahorro agregado, pero ese efecto resultaría insuficiente y aparecerían fuertes distorsiones.

El mejor efecto expansivo se consigue mediante el déficit fiscal,

es decir, aumentando la diferencia entre los gastos y los ingresos públicos.

En ese sentido también resultaría expansiva la reducción de los impuestos.

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La Política Fiscal

2.2. MEDIANTE MEDIANTE LA EMISIÓN DE DINERO.LA EMISIÓN DE DINERO.

Es facultativo del Estado imprimir billetes en cualquier cantidad y de cualquier valor.

Debemos tener presente que la emisión incontrolada de dinero puede provocar inflación

por lo que actualmente se limita legalmente la capacidad de los gobiernos de emitir dinero, dejando esa función en manos de los bancos

centrales.

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La Política Fiscal

3.3. MEDIANTE MEDIANTE LALA EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA. EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA.

Sería incorrecto pensar que la financiación de los gastos mediante deuda pública implica beneficiar a la generación

presente con cargo a la generación futura que deberá amortizar la deuda.

De hecho siempre es posible amortizar deuda con nuevas emisiones, como efectivamente suele hacerse.

La transferencia de renta se realiza al pagar los intereses, de los contribuyentes a los poseedores de títulos, y se produce por tanto dentro de la misma generación.

El efecto será simplemente redistributivo mientras que la carga de la deuda en proporción a los gastos del Estado

se mantenga dentro de ciertos límites.

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La Política Fiscal

El uso continuado de las recetas fiscales keynesianas provocó con el paso del tiempo

el aumento del peso del Estado en las economías occidentales

con pérdida de posiciones relativas para la empresa privada.

Además, la política fiscal resultó inerme ante las peculiaridades de la crisis de los 70 y 80, en

nuestro país,

por la coexistencia de desempleo e inflación.

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Tipos de política fiscal

1. Política fiscal expansiva:

El objetivo es estimular la demanda agregada,

especialmente cuando la economía está atravesando un período de recesión y necesita un impulso para expandirse.

Como resultado se tiende al déficit o incluso puede provocar inflación.

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Tipos de política fiscal

Que es la demanda agregada,

Es la que representa la cantidad de bienes y servicios

que los habitantes, las empresas, las entidades públicas y el resto del mundo desean y pueden consumir o demandar

para obtener un determinado nivel de precio.

Por lo tanto,

sí suben los precios, la gente querrá comprar menos y si bajan, querrán comprar más.

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Tipos de política fiscal

Los mecanismos a usar son:

Aumentar el gasto públicopara aumentar la producción y reducir el paro.

Bajar los impuestospara aumentar la renta disponible de las personas físicas,

lo que provocará un mayor consumo y una mayor inversión de las empresas,

Por lo Tanto al haber mayor gasto público, y menores impuestos,

el presupuesto del Estado, genera el déficit.

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Tipos de política fiscal

2. Política fiscal restrictiva:

El objetivo es frenar la demanda agregada,

Por ejemplo: cuando la economía está en un período de excesiva expansión y

tiene necesidad de frenarse por la excesiva inflación que está creando.

Como resultado se tiende al superávit.

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Tipos de política fiscal

Los mecanismos a usar son:

Reducir el gasto públicopara bajar la producción.

Subir los impuestospara que la gente no gaste tanto y

las empresas puedan invertir menos

Por lo tanto

al haber menor gasto público, y mayores impuestos,

el presupuesto del Estado, genera un superávit.

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Críticas a la política fiscal

La política fiscal dejó de ser efectiva desde los años 70,

porque no pudo explicar la estanflación,

alta tasa de inflación y a la vez alta tasa de desempleo.

La causa fue la crisis del petróleo de 1973

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Críticas a la política fiscal

Efecto expulsión o efecto desplazamiento

En caso de recesión se aplica una política expansiva:

se aumenta el gasto público o se bajan los impuestos.

Para poder financiarse el Estado necesita dinero,

y lo encuentra en el mercado privado: vendiendo títulos de deuda pública.

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Críticas a la política fiscal

Efecto expulsión o efecto desplazamiento

Al vender tantos, el precio de los títulos baja, y la gente compra más ya que parecen rentables.

Al final, la gente está invirtiendo mucho en el Estado,

pero no en el mercado privado, que era lo que se pretendía.

Por lo tanto puede bajar la demanda de inversión

cuando lo que se esperaba era que aumentara.

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Críticas a la política fiscal

Provoca déficit comercial

En el caso anterior se emite Deuda pública para financiarse, si los títulos los compran los extranjeros,

la moneda propia subirá de valor.

Eso hará que bajen las exportaciones porque a los de fuera les sale más caro comprar,

y no es bueno que pase eso en una fase de recesión.

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Conclusiones

La financiación del déficit público mediante deuda pública tiene consecuencias no deseadas

EL CROWDING OUT O EFECTO DESPLAZAMIENTO.

La colocación de los títulos de deuda pública

en los mercados financieros

hace aumentar la demanda sobre los fondos disponibles.

Al competir con la empresa privada para conseguir medios de financiarse, el Estado provoca la subida de los tipos de interés y por tanto la disminución de la inversión privada.

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Conclusiones

Todo ello supone en la práctica

desplazar o substituir

la iniciativa privada por la iniciativa pública.

El mantenimiento de políticas fiscales expansivas

en los países occidentales por largos períodos

hizo crecer el peso relativo de la intervención económica

del Estado en comparación con el de la iniciativa privada.

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Conclusiones

El final definitivo a la consideración del modelo

keynesiano y la política fiscal

como panacea de todos los males económicos se produjo al aparecer simultáneamente

fuertes tasas de paro e inflación.

Esa situación resultaba inexplicable y

no podía ser resuelta exclusivamente

mediante medidas fiscales.

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REGÍMENES ADUANEROSREGÍMENES ADUANEROS

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PERFECCIONAMIENTO

DEFINITIVOS TEMPORALES SUSPENSIVOS

TRANSBORDO DRAWBACK

REPOSICIÓN DE

MERCANCÍAS EN

FRANQUICIA

ADMISIÓN TEMPORAL

EXPORTACIÓN

REEMBARQUE

DEPÓSITO DE ADUANAS

TRÁNSITOIMPORTACIÓN

EXPORTACIÓN

IMPORTACIÓN

OPERACIONES ADUANERAS

REGÍMENES ADUANEROS

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Exportaciones

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Tratamiento de las Exportaciones

La exportación es el régimen aduanero que permite la salida legal de las mercancías del territorio aduanero

para su uso o consumo en el mercado exterior.

La institución encargada de autorizar la salida de las mercancías del país es

la Superintendencia Nacional de Aduanas, la que sólo podrá cumplirse por

los puertos marítimos, fluviales y lacustres, aeropuertos y fronteras aduaneras habilitadas.

La exportación no se encuentra afecta a tributo alguno.

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Tratamiento de las Exportaciones

Un empresario o productor puede tomar la decisión de exportar considerando las oportunidades que ofrecen

los mercados externos, o la necesidad de incursionar en mercados de mayor tamaño, o bien, debido a

situaciones provocadas por la crisis económica interna.

Para desarrollar un proyecto de exportación, es indispensable que la empresa esté en condiciones de exportar y

que tenga capacidad de producción y técnica suficiente para asumir los compromisos en

los mercados internacionales.

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Tratamiento de las Exportaciones

La empresa debe precisar la finalidad de una política exportadora,

conociendo aspectos tales como:

los objetivos de crecimiento, los tipos de mercados,

la estructura de la organización, los objetivos financieros, etc.

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Requisitos para Exportar

Contar de preferencia con una empresa debidamente constituida y habilitada para

exportar para lo cual,

se debe inscribir en el Registro Único de Contribuyentes (RUC).

Y, obtener la autorización para la impresión y emisión de facturas

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Proceso de una Exportación

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Flujo documentario de una exportación

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Importaciones

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Importación Definitiva

Es el régimen mediante el cual ADUANAS

autoriza el ingreso legal de las mercancías provenientes del

exterior, para ser destinadas al consumo en el país.

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Identificación del Importador, Dueño o Consignatario

El importador, dueño o consignatario requiere contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) para la importación de mercancías.

Los sujetos no obligados a inscribirse en el RUC pueden solicitar la destinación aduanera al régimen de importación utilizando su Documento Nacional de Identidad (DNI) en el caso de peruanos, o

C.E., Pasaporte o Salvoconducto (extranjeros)

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Identificación del Importador, Dueño o Consignatario

considerándose entre éstos:

a) Las personas naturales que por única vez, en un año calendario, importen mercancías cuyo valor FOB exceda los un mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 1000,00) y siempre que no supere los tres mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 3000,00).

b) Los miembros del servicio diplomático nacional o extranjero, que en el ejercicio de sus funciones, importen sus vehículos y menaje de casa.

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Plazos para destinar las mercancías

Dentro de los treinta (30) días hábiles computados a partir del día siguiente al término de la descarga, excepto en los despachos anticipados y urgentes.

Dentro del plazo concedido a las mercancías sometidas a los regímenes de Depósito de Aduana, Importación Temporal y Admisión Temporal.

Hasta antes del remate o adjudicación, tratándose de mercancías en situación de abandono legal.

Dentro del plazo concedido a las mercancías ingresadas a CETICOS y ZOFRATACNA.

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Mercancías de importación prohibida y/o restringida

Se puede importar todo tipo de mercancías, con excepción de aquéllas que se encuentren prohibidas, cuya relación referencial se encuentra en el portal de la SUNAT en Internet

Las mercancías restringidas pueden ser objeto de importación, siempre que cumplan con los requisitos exigidos por la normatividad legal específica para su internamiento al país. La relación referencial de mercancías restringidas puede ser consultada en el portal de la SUNAT en Internet

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Tributos

Ad Valorem (según partida arancelaria) Derechos específicos. IGV, IPM. ISC (tasas variables según partida

arancelaria) Además se aplican los derechos antidumping,

salvaguardias, sobretasas según producto y país de origen.

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Tasa de despacho aduanero

La tasa de despacho aduanero es aplicable a la tramitación de la Declaración Única de Aduanas destinada al régimen de Importación Definitiva, para aquellas mercancías cuyo valor en aduanas declarado sea superior a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigente a la fecha de numeración de la DUA.

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Potestad Aduanera

Toda mercancía que ingrese a cualquier puerto, aeropuerto o terminal terrestre deberá ser presentada y puesta a disposición de SUNAT.

Queda sometida a su potestad hasta que se autorice el levante de la mercancía.

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Documentos exigidos

1. Para el Despacho Normal:

Declaración Única de Aduanas de importación debidamente cancelada.

Factura comercial.

Documento de transporte (Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta Porte, según el medio de transporte utilizado)

Otros documentos que la naturaleza del régimen requiera, conforme a las disposiciones especificas de la materia.

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2. Para el Sistema Anticipado de Despacho

Aduanero o Despachos Urgentes: Declaración Única de Aduanas de importación

debidamente cancelada. Copia de Factura comercial. Autorización para el despacho urgente, en los

casos de mercancías que requieran calificación por el intendente.

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Etapas del Procedimiento de Importación

Canal Verde

Las mercancías no requerirán de revisión documentaria ni física y serán de libre disponibilidad una vez cancelada los derechos arancelarios y demás tributos a la importación.

Canal Naranja

Las mercancías serán sometidas únicamente a revisión documentaria.

Canal Rojo

Las mercancías estarán sujetas a revisión documentaria y reconocimiento físico.

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2. Cancelación El despachador de aduana, cancelará el adeudo

de la DUA en los bancos autorizados dentro de los tres días siguientes a la fecha de numeración de la DUA. Vencido dicho plazo, se liquidará los intereses moratorios por mes o fracción de mes.

Deberá presentar las declaraciones seleccionadas en los canales naranja y rojos adjuntando los documentos ya mencionados anteriormente.

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Son aquellas mercancías que únicamente tienen por finalidad demostrar sus características, carecen de valor comercial y no se pueden comercializar.

Dichas mercancías sin valor comercial están libres de derechos de aduanas.

Importación de Muestra sin Valor Comercial

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Importación de Envíos de Urgencia

Comprende mercancías que por su naturaleza requieran de un tratamiento especial.

Los despachos de importación de estos envíos se deberán regularizar dentro de un plazo máximo de 10 días contados a partir del termino de la descarga.

Constituyen envíos de urgencia: Órganos, sangre y plasma sanguíneo de origen humano, mercancías y materias perecederas, materiales radioactivos, animales vivos, explosivos, combustibles y mercancías inflamables, diarios, revistas y publicaciones periódicas, medicamentos y vacunas, Piedras y metales preciosos, billetes, cuños y monedas, etc.

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Importación de Envíos de Socorro

Comprende mercancías destinadas a ayudar a las victimas de catástrofes naturales, de epidemias y siniestros.

Constituyen envíos de Socorro: vehículos u otros medios de transporte, alimentos, medicamentos, vacunas, ropa y calzado, tiendas de campaña, hospitales de campaña, etc.

Nota: Esta modalidad de despacho sólo está sujeta a control documentario.

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Importación de envíos postales para Embajadas

SUNAT autoriza el despacho de valijas diplomáticas que contengan pequeños paquetes, estos deberán tener signos exteriores visibles y solo contendrán documentos diplomáticos y objetos de uso oficial.

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Importación de mercancías para el Cuerpo Diplomático y Organismos

Internacionales

Al término de sus funciones en el exterior, los representantes del cuerpo diplomático y organismos internacionales podrán internar libre del pago de derechos Ad-Valorem, IGV, ISC, sus muebles, enseres, efectos personales y un auto, los que deberán guardar proporción con el cargo establecido.

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Importación de Vehículos Especiales y Prótesis para Uso de Minusválidos

Comprende el despacho de vehículos especiales y prótesis para uso de minusválidos inafectos de derechos arancelarios y cancelando el IGV, ISC e IPM mediante Documentos Cancelatorios.

Los vehículos podrán tener un valor máximo de US$ 10 000 CIF.

Para acogerse deberá adjuntarse a la Declaración de Importación la Resolución Ministerial que acredite la condición de Minusválido.

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Importación Temporal

Régimen aduanero que permite el ingreso al país de determinados bienes con la suspensión del pago de los derechos arancelarios de importación, debidamente garantizados por un plazo máximo de 12 meses desde la fecha en que se numera la solicitud de importación temporal.

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Importación Temporal

Para ser reexportadas las mercancías no deberán haber sufrido modificación alguna, con excepción de la depreciación normal como consecuencia del uso.

Este régimen, puede ser solicitado por cualquier persona natural o jurídica a través de una agencia de aduanas.

El plazo para la Importación Temporal es de máximo doce meses, improrrogables, a excepción del material de embalaje de productos de exportación, que en casos debidamente justificados pueden ampliarse por seis meses.

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Mercaderías Permitidas

Material profesional, técnico, científico o pedagógico, sus repuestos y accesorios, destinados a ser utilizados en un trabajo específico.

Aparatos y materiales para laboratorio y los destinados a investigación.

Mercancías ingresadas para su exhibición en eventos oficiales debidamente autorizados por la entidad competente.

Mercancías que en calidad de muestras son destinadas a la demostración de un producto para su venta en el país.

Material de propaganda.

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Mercaderías Permitidas Animales vivos destinados a participar en demostraciones,

competencias o eventos deportivos, así como los de raza pura para reproducción.

Instrumentos musicales, equipos, material técnico, trajes y accesorios de escena a ser utilizados por artistas, orquestas, grupos de teatro o danza, circos y similares.

Vehículos destinados a tomar parte en competencias deportivas.

Vehículos acondicionados y equipados para efectuar investigaciones científicas, análisis y exploración de suelo y superficies.

Diques y embarcaciones tales como dragas, remolques y otras similares destinadas a prestar un servicio auxiliar.

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Mercaderías permitidas Embarcaciones pesqueras que contraten en el extranjero

empresas nacionales para incremento de su propia flota.

Vehículos, embarcaciones y aeronaves que ingresan con fines turísticos.

Vehículos que transporten por vía terrestre carga o pasajeros en tránsito y que ingresen por las fronteras aduaneras, no sometidos a Tratados y Convenios Internacionales suscritos por el país.

Moldes, matrices, clisés y material de reproducción para uso industrial y artes gráficas.

Naves o aeronaves de bandera extranjera, sus materiales y repuestos, para reparación, mantenimiento o para su montaje en las mismas, incluyendo, de ser el caso, accesorios y aparejos de pesca.

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Mercaderías permitidas Aparatos e instrumentos de utilización directa en la

prestación de servicios.

Maquinarias, motores, herramientas, instrumentos, aparatos y sus elementos o accesorios averiados para ser reparados en el país.

Equipos, maquinarias, aparatos e instrumentos de utilización directa en el proceso productivo, con excepción de vehículos automóviles para el transporte de carga y pasajeros.

Artículos que no sufran modificación ni transformación al ser incorporados a bienes destinados a la exportación y que son necesarios para su presentación, conservación y acondicionamiento.

Material de embalaje, continentes, paletas y similares.

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Se pueden acoger a este Régimen

Productos Fabricados por los usuarios de CETICOS.

Mercancías provenientes de Ferias Internacionales.

Los envíos de Urgencia.

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Documentos que exige ADUANAS

Declaración Única de Aduanas (DUA) de Importación, consignando el código correspondiente al régimen.

Factura comercial o Contrato de Arrendamiento.

Documento de transporte (Conocimiento de Embarque, Guía Aérea, Aviso Postal o Carta Porte, según el medio de transporte utilizado).

Garantía.

Declaración Jurada del Importador.

Otros que el Régimen requiera (autorizaciones)

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Sobre la Garantía

Tener en cuenta que el monto de la garantía es por el 100% de los tributos de importación suspendidos. El plazo de vigencia de la garantía podrá cubrir los 12 meses o plazo menor, debiendo ser renovada de requerirlo el beneficiario del régimen.

Dicha garantía podrá ser otorgada, renovada o canjeada por un tercero a nombre del solicitante y a favor de Aduanas.

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Tipos de Despachos

Despacho normal.

Sistema Anticipado de Despacho.

Despacho de Urgencia.

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Regularización del Régimen

Mediante la Reexportación de la mercancía, solicitada mediante formulario de Reexportación/Reimportación de mercancías

Mediante la exportación de la mercancía a través de la Declaración de Exportación Definitiva (DUA).

Mediante la Reexportación de envases del sistema de corte y vaciado.

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Regularización del Régimen

Excepcionalmente:

Mediante la Nacionalización, con la DUA de Importación Definitiva y la aplicación del interés compensatorio.

Mediante la destrucción total o parcial de la mercancía, hecho debidamente comprobado.

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Incumplimiento del Régimen

Por el incumplimiento en la regularización del Régimen dentro de su vigencia, el beneficiario comete infracción administrativa, sancionada con una multa equivalente al 100% de los tributos de la importación suspendidos, para lo cual se ejecuta la garantía, debiendo indicarse que la cancelación de la multa no exime al beneficiario de la regularización ya sea a través de la Reexportación o Nacionalización de la mercancía.

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Infracciones, sanciones y delitos

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Infracciones, Sanciones y Delitos

1. Se sanciona con multa a los despachadores de aduana, cuando cometan las siguientes infracciones:

Gestionen la destinación a un régimen, operación, destino aduanero especial o de excepción o bajo una modalidad o tipo de despacho que no corresponda a la mercancía declarada.

Gestionen el despacho sin contar con los documentos exigibles según el régimen, operación o destino aduanero especial o de excepción, o que éstos

no se encuentren vigentes o carezcan de los requisitos legales. Formulen declaración incorrecta o proporcionen información incompleta de las mercancías respecto a: valor, marca comercial, modelo, número de serie, en

los casos que establezca la SUNAT, descripciones mínimas que establezca la

SUNAT o el sector competente, estado, cantidad comercial, calidad, origen, país de adquisición o embarque, condiciones de la transacción u otros datos que incidan en la determinación de los tributos.

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Infracciones, Sanciones y Delitos

1. Se sanciona con multa a los despachadores de aduana, cuando cometan las siguientes infracciones:

No consignen o consignen erróneamente en la declaración, los códigos aprobados por la autoridad aduanera a efectos de determinar la correcta liquidación de los tributos y de los derechos antidumping o compensatorios cuando correspondan.

Asignen una subpartida nacional incorrecta por cada mercancía declarada.

No consignen o consignen erróneamente en cada serie de la declaración, los datos del régimen u operación precedente.

Numeren más de una (1) declaración, para una misma mercancía, sin que previamente haya sido dejada sin efecto la anterior.

Page 64: Tributario Final

Infracciones, Sanciones y Delitos

2. Se sanciona con multa a los dueños, consignatarios o consignantes, cuando cometan las siguientes infracciones:

Formulen declaración incorrecta o proporcione información incompleta de las mercancías en los casos que no guarde conformidad con los documentos presentados para el despacho, respecto a: valor, marca comercial, modelo, número de serie en los casos que establezca la SUNAT; descripciones mínimas que establezca la SUNAT o el sector competente, estado, cantidad comercial, calidad, origen, país de adquisición o de embarque, condiciones de la transacción u otros datos que incidan en la determinación de los tributos.

No regularicen dentro del plazo establecido, los despachos urgentes o los del sistema anticipado de despacho aduanero.

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Infracciones, Sanciones y Delitos

2. Se sanciona con multa a los dueños, consignatarios o consignantes, cuando cometan las siguientes infracciones:

Efectúen el retiro de las mercancías de los almacenes aduaneros cuando no se haya concedido el levante, se encuentren inmovilizadas por la autoridad aduanera o no se haya autorizado su salida en caso de despacho anticipado.

Se detecte la existencia de mercancía no declarada.

Page 66: Tributario Final

Infracciones, Sanciones y Delitos

3. Se sanciona con multa a los operadores de comercio exterior, cuando cometan las siguientes infracciones:

Violen las medidas de seguridad colocadas por la autoridad aduanera o permitan su violación, sin perjuicio de la denuncia correspondiente.

Impidan, obstaculicen o no presten la logística necesaria para las labores de reconocimiento, inspección y fiscalización dispuestas por la autoridad aduanera.

No proporcionen, exhiban o entreguen información o documentación requerida, dentro del plazo establecido legalmente u otorgado por la autoridad aduanera.