TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORAL REPÚBLICA DOMINICANA Día:...
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TRIBUNAL SUPERIOR ELECTORALREPÚBLICA DOMINICANA
Acta Contenciosa Núm. 017-2012.
Día: 11 de septiembre de 2012Lugar: Salón de sesiones. TSE.Hora: 11:00A.M.
ACTA CONTENCIOSA NUM. 017-2012
En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana,
hoy día once (11) del mes de septiembre del año dos mil doce (2012), siendo las once de la
mañana (11:00 A. M.), sesiona el Pleno del Tribunal Superior Electoral, integrado por
los magistrados, Dr. Mariano Américo Rodríguez Rijo, presidente. Dra. Mabel Ybelca
Feliz Báez, Dr. John Newton Guiliani Valenzuela. Dr. José Manuel Hernández
Peguero, Dr. Fausto Marino Mendoza Rodríguez, asistidos por la Dra. Zeneida
Severino Marte, secretaria general, en el Salón de Sesiones del Tribunal, situado en el 5to.
piso del edificio ubicado en la Av. Enrique Jiménez Moya, esq. Juan de Dios Ventura Simó,
Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo de Guzmán,
Distrito Nacional, para conocer y decidir lo siguiente:
Comprobado el quorum reglamentario el Presidente, Dr. Mariano Américo Rodríguez
Rijo, declaró abierta la sesión para conocer de la siguiente agenda:
Único. Partido Reformista Social Cristiano (PRSC).
Expediente TSE-No. 040-2012.
Objeto de la demanda:
Demandantes:
Abogado:
Demanda en Nulidad Exclusión de la Condición de
Miembro y Dirigente del Partido Reformista Social
Cristiano (PRSC).
Daniel Perdomo, Ramón Antonio Pérez Fermín y
Eddy Antonio Alcántara Castillo.
Lie. Natanael Santana Ramírez.
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Demandado:
Abogados:
Fecha de la demanda:
Recibido en el TSE:
Acta Contenciosa Núm. 017-2012.
Día: 11 de septiembre de 2012Lugar: Salón de sesiones, TSE.Hora: ÍLOOA.M.
Partido Reformista Social Cristiano (PRSC).
Dr.Marino Berigüete, Lie. Manuel A. Olivero, Lie.
Stalin Rafael Ciprian Arriaga, Lie. Ruddy Nelson
Frías Ángeles, Lie. Edison Joel Peña, Lie. Rudis
Antonio Liriano y Lie. Fredermido Ferreras.
17 de julio del año 2012.
17 de julio del año 2012.
Después de examinar, debatir y ponderar el expediente precedentemente enunciado, el
Pleno del Tribunal Superior Electoral, a unanimidad de votos, decide:
Única Resolución:
Emitir la Sentencia TSE 027-2012, la cual trata sobre la Demanda en
Nulidad de Exclusión de la Condición de Miembros y Dirigentes del
Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), incoada el 17 de julio de
2012, por Daniel Perdomo, dominicano, mayor de edad, domiciliado y
residente en esta ciudad, Cédula de Identidad y Electoral Núm. 001-
0154151-4; Ramón Antonio Pérez Fermín, dominicano, mayor de edad,
domiciliado y residente en esta ciudad, Cédula de Identidad y Electoral
Núm. 001-1375170-5; y Eddy Antonio Alcántara Castillo, dominicano,
mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad, Cédula de Identidad
y Electoral Núm. 001-1036782-8; quienes tienen como abogado constituido
y apoderado especial al Lie. Natanael Santana Ramírez, dominicano,
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Acta Contenciosa Núm. 017-2012.
Día: 11 de septiembre de 2012Lugar: Salón de sesiones, TSE.Hora: 11:00 A.M.
mayor de edad, Cédula de Identidad y Electoral Núm. 001-1091832-3, con
estudio profesional abierto en la calle José Contreras, Núm. 98, Edificio
Santa María, Suite 206, sector La Julia, Zona Universitaria, Santo Domingo,
Distrito Nacional; contra: El Partido Reformista Social Cristiano
(PRSC); cuya parte dispositiva copiada textualmente dice de la manera
siguiente:
Rechaza por improcedentes, mal fundados y carentes de sustento legal, los
medios de inadmisión planteados por los accionados, alegando falta de
calidad para actuar enjusticia y porser notoriamente improcedente en virtud
del artículo 70, numeral 3 de la Ley 137-11, en virtud de los motivos
expuestos en el cuerpo de esta sentencia.
Acoge, en cuanto a la forma y al fondo, la presente acción de amparo,
incoada por Pedro Reynoso Valdez, Luis Manuel Castillo, Rafael Nivar
Bonilla, Emmanuel Rivera Ortiz, Héctor Darío López Duran, Frank
Félix Abreu, Ricardo Reyes Núñez, Maritza Tejada, Alexis Ramírez,
Reyes Charles de la Rosa, Alejandrina Polanco, Manuel Polanco
Santos, Reina Turbi, Víctor Manuel Pineda, Carolina Valerio Ramírez
y José Alberto Guzmán, contra el Partido Demócrata Popular (PDP).
porhaber sido interpuesto conforme a la Ley; en consecuencia, Declara no
conforme con la Constitución de la República y, por tanto, nulo e
inaplicable al presente caso, las disposiciones del artículo 6, inciso b), de los
Estatutos Generales del Partido Demócrata Popular (PDP), modificado en
la Décima Segunda (XII) Asamblea, celebrada el 26 de febrero de 2012, porimperio de los artículos 188 de la Constitución de la República y 51 de la
Ley Núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, por ser el mismo violatorio a las
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Acta Contenciosa Núm. 017-2012.
Día: 11 de septiembre de 2012Lugar: Salón de sesiones. TSE.Hora: 11:00 A.M.
disposiciones del artículo 69 de nuestro Pacto Fundamental, que consagra
como garantías a los derechos fundamentales la tutela judicial efectiva y el
debido proceso.
Ordena la notificación de la presente decisión a la Junta Central Electoral
(JCE), a los fines de garantizar su total ejecución.
Declara el proceso libre de costas por tratarse de una acción de amparo, de
conformidad con el artículo 66 de la Ley Núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
Siendo las doce y treinta minutos del mediodía (12:30 P.M.) y no habiendo otro expediente
que conocer, el Presidente declaró cerrada la Sesión, en fe de lo cual se levanta la presente
acta en la fecha y lugar indicados, la cual firma el Presidente y los Jueces presentes junto
con la Secretaria.
Dr. JoséfManuel Hernández PegueroJuez Titular
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