Tratado de limites de Peru y Brasil

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UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS Facultad de Ingenieras y Arquitectura Escuela Profesional de Arquitectura Año de la Promoción de la Industria Responsable y Compromiso Climático” Curso: DEFENSA NACIONAL, DESASTRES NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL Docente: Dr. Cavero Tema: Tratado de Limites de Brasil y Perú Tratado de Limites de Brasil y Perú Grupo: Conqui Gonzales, Juancarlos. De la Cruz Altez, giuliana. Minaya Suarez, Anthony. Saba Apaza, Karen. 2014-I 2014-I

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Tratado de limites de Peru y Brasil

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UNIVERSIDAD ALAS PERUANASFacultad de Ingenieras y ArquitecturaEscuela Profesional de Arquitectura

“Año de la Promoción de la Industria Responsable y Compromiso Climático”

Curso: DEFENSA NACIONAL, DESASTRES NATURALES Y EDUCACIÓN AMBIENTAL

Docente: Dr. Cavero

Tema:Tratado de Limites de Brasil y PerúTratado de Limites de Brasil y Perú

Grupo:Conqui Gonzales, Juancarlos.

De la Cruz Altez, giuliana.Minaya Suarez, Anthony.

Saba Apaza, Karen.

2014-I2014-I

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CAPITULO 1

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TRATADO DE LIMITES DE BRASIL Y PERU

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La ultima demarcación territorial convenida entre España y Portugal, sobre sus posesiones de América fue el tratado de San Ildefonso de 1777 que fijo claramente la línea divisoria entre ambas colonias.

TRATADO DE LÍMITES DE PERÚ Y BRASIL

1.-ANTECEDENTES:

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Fue un acuerdo firmado entre España y Portugal el 1º de octubre de 1777, por el que se establecían las fronteras entre ambos países en Sudamérica. Los portugueses cedían la mitad sur del actual Uruguay (incluyendo Colonia del Sacramento), a España, más las islas de Annobón y Fernando Poo en aguas de la Guinea, a cambio de la retirada española de la isla de Santa Catalina, en la costa de Brasil.

El conde de Floridablanca en representación de Carlos III de España y Francisco Inocencio de Souza Coutinho en nombre de la reina María I de Portugal firman el Tratado que establece los límites de las colonias españolas y portuguesas de América. España se queda con el dominio del Río de la Plata, y devuelve la isla de Santa Catalina.

TRATADO DE LÍMITES DE PERÚ Y BRASIL

1.-ANTECEDENTES:

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- Habría paz entre ambos países.

- Ratificación de los tratados de Lisboa (1668), Utrecht (1715) y París (1763).

- Liberación de los prisioneros de ambos bandos. Restitución mutua de las presas hechas desde 1763.

- La frontera entre ambos países quedaba delimitada por una línea trazada siguiendo el curso de los ríos relacionados a continuación; en las zonas montañosas se fijó en los puntos más altos de las cordilleras que separasen las cabeceras de los ríos: arroyo de Chuy, laguna Merín, la cabecera del río Negro, río Uruguay hacia el norte, río Pepirí Guazú hasta su cabecera y de allí a la del río San Antonio, río Iguazú, Paraná e Igure y aguas arriba hasta su nacimiento. Desde allí hasta la cabecera del rio Corrientes y siguiendo el curso de éste por el río Paraguay hasta la desembocadura en él del Yaurú. De allí en línea recta hacia el oeste hasta el río Guaporé, bajando el río Madeira; desde el punto equidistante entre la desembocadura del Mamoré en el Madera y el río Amazonas la frontera iría en línea recta hacia el este hasta el río Yabarí; bajando por el Amazonas hasta el Yapurá, río Negro y Orinoco hasta su desembocadura en el Océano Atlántico.

TRATADO DE LÍMITES DE PERÚ Y BRASIL Las principales condiciones del tratado fueron las siguientes:

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- La navegación por los ríos mencionados en los tramos en los que éstos formasen frontera sería libre para ambos países. - Formación de una comisión mixta para fijar sobre el terreno los límites.

- España evacuaría la isla de Santa Catalina; Portugal debería negar la entrada en este puerto a barcos que no fueran españoles o portugueses.

- Negación de los puertos de ambos países firmantes a los navíos de países enemigos de cualquiera de ellos, y a cualquier navío de cualquier bandera que llevase contrabando. - Cesión de las islas de Annobón y Fernando Poo, en la costa occidental africana, a España. - Renuncia de ambas partes a los derechos sobre los territorios de la otra parte firmante establecidos mediante este acuerdo. Renuncia de Portugal a los posibles derechos sobre las islas Filipinas y Marianas.

TRATADO DE LÍMITES DE PERÚ Y BRASIL Las principales condiciones del tratado fueron las siguientes:

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1.2 TRATADO DE PAZ, AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACION.

En los primeros tiempos de la Republica (1826) el Perú gestiono con el Imperio del Brasil un tratado de límites, propuesta que no tuvo acogida.El 8 de julio de 1841 se firmó en Lima un tratado de paz, amistad, navegación y comercio entre da Ponte Ribeyro ministro brasileño y el canciller peruano don Manuel Ferreiro.

Da Ponte Ribeyro ministro brasileño Canciller peruano don Manuel Ferreiro.

El tratado establecía los principios generales de vinculación entre las naciones (representación diplomática y consular, reglas para el uso de la bandera, extradición, etc.) y reconocía el derecho de libre tránsito para los ciudadanos de una nación en el territorio de la otra, así como también la exención de derechos de importación y exportación para los productos de cada uno de los países controlantes. Se comprometían también ambos países a celebrar un convenio de comercio y a hacer la demarcación de sus límites conforme el principio del uti possidetis de 1821.

TRATADO DE LÍMITES DE PERÚ Y BRASIL

Este tratado no se llevó a cabo por falta de los canjes respectivos.

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2.1 Contexto Histórico

Perú y Brasil lograron su independencia casi simultáneamente, el primero en 1821 producto de una sucesión de guerras, y el segundo en 1822, de manera más bien pacífica. Sin embargo, mientras que el nacimiento del Estado peruano se produjo conjuntamente con el de la república, en el caso del  Brasil  continuó  el  sistema  monárquico  hasta  1889 —con  don  Pedro  I  como  emperador  y  la archiduquesa Leopoldina como nueva emperatriz, hija del Emperador de Austria Francisco I, lo que despertó  cierto  temor  en  algunos  sectores  de  las  antiguas  colonias  españolas,  que  no  veían  al Brasil como un país comprometido con la consolidación de las repúblicas americanas. 

Independencia de Perú Independencia de Brasil

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

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Estos recelos felizmente no calaron en las autoridades  peruanas  encargadas  de  la conducción  de  la  política  exterior.  Por  el contrario,  afirmada  la  independencia nacional,  el Perú se avocó a  la búsqueda de  reconocimiento  respecto  de  la existencia  del  Estado,  como  también  a  la definición de sus límites geográficos con el Brasil,  así  como  a  la  regulación  de  la navegación por el Amazonas.El  4  de  julio  de  1826  se  produce  el nombramiento  del  primer  agente diplomático  peruano  en  Brasil,  José Domingo  Cáceres,  quien  fue  designado como cónsul general en Río de Janeiro, en ese entonces capital del Estado brasileño, siendo  Canciller  del  Perú,  José  María Pando. 

 

2.1 Contexto Histórico

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

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Este último, consideraba fundamental el establecimiento de relaciones consulares y diplomáticas con el Imperio del Brasil por tres razones: 

- Como una forma de defenderse de posibles acciones de la Santa Alianza, con la cual Pedro I mantenía estrecho vínculo; - Como una  forma de acercarse a  Inglaterra y obtener  su apoyo a  la  independencia, dada  también  la vinculación del imperio británico con el brasileño;- Por el prestigio que implicaría para el Perú el reconocimiento y establecimiento derelaciones con un país tan importante como Brasil.

José María Pando (1787-1840) José Domingo Cáceres

 

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

2.1 Contexto Histórico

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EN EL NOMBRE DE LA SANTISIMA E INDIVISIBLE TRINIDAD

La  República  del  Perú  y  S.M.  el  Emperador  del  Brasil,  igualmente  animados  del  deseo  de  facilitar  el comercio  y  navegación  fluvial  por  la  frontera  y  ríos  de  uno  y  otro  Estado,  han  resuelto  fijar,  por  una Convención especial, los principios y el modo de hacer un ensayo que dé a conocer mejor sobre qué bases y  condiciones  deberá  estipularse  después  definitivamente  ese  comercio  y  navegación,  y  con  tal  fin  han nombrado sus respectivas Plenipotenciarios, a saber  S.E. el Presidente de la República del Perú al Señor Don Bartolomé Herrera, Ministro de  Estado en el Despacho de Gobierno y Encargado interinamente del de Relaciones Exteriores; Y S.M. el Emperador del Brasil, al Señor Duarte da Ponte Ribeiro, de su Consejo, Comendador  de  la  Orden  de  Cristo  y  Enviado  Extraordinario  y  Ministro  Plenipotenciario  cerca  de  las Repúblicas  del  Pacífico:  los  cuales,  después  de  haber  canjeado  sus  plenos  poderes,  que  hallaron  en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes: 

Duarte da Ponte Ribeiro. Don Bartolomé Herrera

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

TRANSCRIPCION 

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ARTICULO I. La República del Perú y el Emperador del Brasil, deseando  promover  respectivamente  la navegación del río Amazonas y sus confluentes por  barcos  de  vapor,  que,  asegurando  la exportación de los inmensos, productos de esas vastas  regiones,  contribuyan  á  aumentar  el número de sus habitantes y á civilizar las tribus salvajes,  convienen  ,  en,  que  las mercaderías, productos  y  embarcaciones  que  pasaren  del Perú al Brasil ó del Brasil al Perú por la frontera y  ríos  de  uno  y  otro  Estado,  estén  exentos  de todo y cualquier derecho, impuesto ó alcabala, á que no estuvieren sujetos los mismos productos del  territorio  propio,  con  los  cuales  quedan  del todo igualados.

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

TRANSCRIPCION 

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ARTICULO II.

Conociendo las Altas Partes Contratantes cuan dispendiosas son  las  empresas  de  navegación  por  vapor,  y  que  ninguna utilidad podrá dar en los primeros años á los empresarios la destinada  á  navegar  en  el  Amazonas  desde  su desembocadura  hasta  el  litoral  del  Perú,  que  debe pertenecer  exclusivamente  á  los  respectivos  Estados ribereños, convienen en auxiliar durante cinco años con una cantidad pecuniaria la primera empresa que se establezca; la cual cantidad no bajará de veinte mil pesos anuales por cada una de las altas partes contratantes; pudiendo uno aumentar dicha suma, si así conviniere á sus intereses particulares, sin que  la  otra  parte  esté  obligada  á  contribuir  con  igual aumento.En artículos separados se declararán  las condiciones á que deberán  sujetarse  los Empresarios  por  las  ventajas  que  se les conceden. Los demás Estados ribereños que, adoptando los mismos principios,  quisieren  tomar parte  en  la  empresa bajo las mismas condiciones, contribuirán también á ella con alguna cuota pecuniaria

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

TRANSCRIPCION 

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ARTICULO III. Las  dos  Altas  Partes  Contratantes  se  obligan  á entregarse  mútuamente  los  incendiarios,  piratas, asesinos  alevosos,  falsificadores  de  letras  de cambio,  escrituras  o  monedas,  quebrados fraudulentos,  tesoreros  ó  depositarios  públicos  y otros  reos  de  crímenes  atroces,  cuando  sean reclamados por el Gobierno de una Nación al de la otra, con copia certificada de la sentencia definitiva, dada  contra  los  reos  por  el  Tribunal  ó  Juez competente.  Sin  embargo,  aun  antes  de pronunciarse  la sentencia definitiva, una de  las dos altas  partes  contratantes  podrá  pedir  á  la  otra  la prisión  de  cualquiera  de  los  reos  de  los  indicados delitos, y se accederá á este requerimiento, siempre que se presenten pruebas tales que, á  juicio de los Tribunales de la Nación.

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

TRANSCRIPCION 

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ARTICULO IV. Atendiendo  las  altas  partes contratantes  á  la  peculiar circunstancia  de  ser  limítrofes  por una  larga  y  desierta  frontera  donde tienen  guarniciones  militares, convienen en que los desertores del ejército ó de la marina, que pasaren del Perú al Brasil o del Brasil al Perú sean  mutuamente  entregados  a  los respectivos  comandantes  o  a  las autoridades  de  la  frontera  que  lo reclamaren.  Mas  a  los  desertores así  restituidos  se  les  aplicará siempre  la  pena  inmediata  más, suave,  señalada  en  las  respectivas ordenanzas al delito de deserción.

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

TRANSCRIPCION 

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ARTICULO V. No  se  permitirá  la  introducción  de  negros esclavos del Perú al Brasil, ni del Brasil al Perú. Los que pasaren de uno á otro Estado fugados, ó  conducidos  furtivamente,  serán  devueltos  al Estado de donde hayan salido.

ARTICULO VI. La  dos  altas  partes  contratantes  se  obligan respectivamente á no permitir que los indígenas sean arrebatados y conducidos del territorio de la República del Perú al Imperio del Brasil, o del territorio de éste á  la República del Perú; y  los que  fueren  llevados  de  este  modo  violento, serán  restituidos  á  las  respectivas  autoridades de la frontera luego que sean reclamados.

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

TRANSCRIPCION 

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ARTICULO VII. Para  precaver  dudas  respecto  de  la  Frontera mencionada, en  las estipulaciones de  la presente Convención; aceptan las altas partes contratantes el  principio  uti  possidetis  conforme  al  cual  serán arreglados  los  límites entre  la República del Perú y  el  Imperio  del  Brasil;  por  consiguiente reconocen,  respectivamente,  como  frontera  de  la población de Tabatinga, y de ésta para el Norte la línea  recta  que  va  a  encontrar  de  frente  al  río Yapurá  en  su  confluencia  con  el  Apaporis,  y  de Tabatinga  para  el  Sur  el  río  Yavary,  desde  su confluencia con el Amazonas.Una  comisión  mixta  nombrada  por  ambos Gobiernos  reconocerá  conforme  al  principio  uti possidetis,  la  frontera  y  propondrá,  sin  embargo, los  cambios  de  territorio  que  creyere  oportunos para  fijar  los  límites  que  sean  más  naturales  y convenientes á una y otra Nación.

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

TRANSCRIPCION 

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ARTICULO VIII. Las  altas  partes  contratantes estipulan  que  los  artículos  1°  2°,  3°, 4°  y  5°  de  esta  Convención,  tengan vigor  por  espacio  de  seis  años,  que principiarán  á  correr  desde  el  canje de  las  ratificaciones;  y  pasado  este término  subsistirá  durante  las negociaciones  para  su  renovación  ó modificación, ó hasta que una de las Altas Partes Contratantes notifique á la  otra  la  cesación  de  dichos artículos.

ARTICULO IX. La presente Convención será ratificada por las  altas  partes  contratantes,  y  las ratificaciones  serán  canjeadas  en  Río  de Janeiro  en  el  plazo  de  un  año,  ó  antes  si fuere posible.En  fe  de  los  cual  Nos,  el  Plenipotenciario de  la  República  del  Perú  y  el  de  S.M.  el Emperador del Brasil, en virtud de nuestros plenos  poderes,  firmamos  la  presente Convención,  poniendo  en  ella  nuestros sellos.  Hecha  en  la  ciudad  de  Lima  a  los veinte  y  tres  días  del  mes  de  octubre  del año del Señor de mil ochocientos cincuenta y uno.BARTOLOME HERRERA. (L.S.)DUARTE DA PONTE RIBEIRO (L.S.)

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851

TRANSCRIPCION 

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Rio Japurá

Mapa de los Ríos de Perú y Brasil

Mapa de la cuestión con Brasil

Rio Amazonas

Por la Convención Fluvial (1851), el Perú reconoce al Brasil 56,607 Km2, de territorio comprendido entre la línea Tabatinga-Apaporis y los ríos Amazonas-Japurá y Teffé

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851OBSERVACION

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Desde 1826 se  inicia el proceso de acreditación de representantes diplomáticos entre el Perú  y  Brasil,  la  relación  bilateral  carecería  de  contenido  por  casi  un  par  de  décadas. Asimismo, si bien el Perú y Brasil mostrarían un mutuo interés por fortalecer su relación, surgirían  acontecimientos  ajenos  a  su  voluntad  (la  Guerra  del  Chaco,  la  tensión  entre Brasil  y  Argentina,  etc.)  que  obstaculizarían  el  logro  de  este  objetivo.  En  todo  caso,  el interés de estos países por la definición de sus límites y el del Perú por asegurar su libre navegación  por  el  Amazonas  serían  dos  factores  favorables  y  motivadores  que impulsarían la relación y los contactos entre estos.

LA CONVENCION FLUVIAL DE 1851COMENTARIO

Page 22: Tratado de limites de Peru y Brasil

INTERVENCION DE BOLIVIA EN EL LITIGIO PERU-BRASILERO

El Brasil celebro con Bolivia un tratado de  límites sobre las regiones peruanas que habían quedado sin delimitar en el tratado de 1851.

TRATADO DE MUÑOZ-NETO (27 DE MARZO DE 1867)

Para asegurar su aceptación en el último  litigio.  Bolivia,  gobernaba entonces  por  el  tirano Melgarejo, celebro  el  Tratado  de  Muñoz-Neto, por el cual se desconoció el tratado  de  San Ildefonso y se aceptó el uti possidetis sostenido por el Brasil

Tirano Melgarejo

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INTERVENCION DE BOLIVIA EN EL LITIGIO PERU-BRASILERO

Según  los  astrónomos  brasileros  declaran  que en la  semidistancia  del  Madera  no  había  accidente geográfico que pudiera servir de señal para que de allí partiera la línea divisoria hacia las nacientes del Yavarí, el  tratado de 1867 resolvió  transportar ese punto  de  partida  a  la  confluencia  del  Beni  con  el Madera en el punto llamado Villa Bella. 

El Ministro de RR. EE del Perú, Don José Antonio Barrenechea,  protesto  ese  mismo  año  de  la suscripción  de  ese  tratado  que  atacaba  los derechos territoriales del Perú.

Don José Antonio Barrenechea

En  este  tratado se  perdió  222 703 km2

Beni

El Madera

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TRATADO DE LÍMITES, COMERCIO Y NAVEGACIÓN EN LA CUENCA DEL AMAZONAS-1909

Contexto histórico

Principios del siglo XX el Perú se debatió en una severa crisis internacional, pues se agravaron los litigios limítrofes con prácticamente todos sus vecinos.

Perú

Ecuador

BoliviaChile

Colombia

El problema más álgido era con Chile, por la llamada cuestión de Tacna y Arica

Los problemas limítrofes con Ecuador y Bolivia con los que se intentó recurrir a la fórmula del arbitraje, llegando al borde del conflicto bélico, se soluciono en abril y en diciembre de 1910, respectivamente, amenazas que felizmente fueron superadas de manera pacífica.

Con Colombia también existían desacuerdos por la región situada entre el río Putumayo y el río Caquetá, los mismos que en 1911 adquirieron un matiz violento (combate de La Pedrera).

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TRATADO DE LÍMITES, COMERCIO Y NAVEGACIÓN EN LA CUENCA DEL AMAZONAS-1909

El Perú y Brasil llegan a una solución definitiva de sus problemas limítrofes con el Tratado de Límites, Comercio y Navegación en la Cuenca del Amazonas, del 8 de setiembre de 1909, conocido como el Tratado Velarde-Río Branco.

Este tratado continuaba completaba la frontera que el Tratado de 1851(Convención Fluvial sobre Comercio y Navegación) había dejado inconclusa.

plenipotenciario Hernán Velarde

(peru)

el canciller José Maria da Silva

Paranhos de Rio Branco (Brasil)

Page 26: Tratado de limites de Peru y Brasil

TRATADO DE LÍMITES, COMERCIO Y NAVEGACIÓN EN LA CUENCA DEL AMAZONAS-1909

Este tratado específicamente señala:

[…] a partir de las nacientes del Yavarí, en que aquella línea se detuvo, debía seguirse con dirección al sur por la línea divisoria de las aguas que van para el Ucayali de las que corren para el Yurúa hasta encontrar, el paralelo de los 9º24´36” que es el de la boca del Breu. Continúa en la dirección del Este por el indicado paralelo hasta la confluencia del Breu y subirá por él álveo de este río hasta su cabecera principal, de donde proseguirá rumbo al Sur por la línea divisoria de las aguas que van al Alto Yurúa al Oeste, de las que van por el mismo río al Norte y pasando entre las cabeceras del Tarahuacá y el Envira del lado del Brasil y las del Piqueyaco y Toroyuc del lado del Perú seguirá cortando esos ríos por la línea del paralelo de los 10º hasta encontrar el divortium aquarum entre el Envira y el Curanja; irá a encontrar las nacientes del río Santa Rosa, bajará por el álveo de este río hasta su confluencia con el Purús, seguirá ese río hasta la boca del Shambuyacu que surcará hasta su origen y luego por medio del meridiano de esta naciente hasta encontrar el paralelo de los 11º y de allí a las nacientes del Acre. Seguirá el curso de este río hasta la boca del Yaverija en donde comienza el límite con Bolivia.

Page 27: Tratado de limites de Peru y Brasil

El tratado estableció una Comisión Mixta Demarcadora de Límites y algunas normas para su funcionamiento.

•También ratificó el principio de la más amplia libertad de tránsito terrestre y navegación fluvial para ambas naciones en todo el curso de los ríos que nacen o corren dentro o en las extremidades de la región atravesada por dichas líneas.

•Finalmente, también señala normas para impedir el contrabando.

TRATADO DE LÍMITES, COMERCIO Y NAVEGACIÓN EN LA CUENCA DEL AMAZONAS-1909

Presidente José Pardo

Este sector opositor estuvo encabezado por el ex Presidente José Pardo, quien manifestó su rechazo por diversas razones. Pardo consideraba que en virtud de este acuerdo el Perú cedía al Brasil todas sus expectativas sin ninguna compensación, creía que al ceder con Brasil, el Perú se debilitaba frente a Chile, pues se daba la imagen de un país que estaba dispuesto a conceder territorio. Finalmente, estaba convencido de que la intervención brasileña en la aduana de Iquitos era perjudicial a nuestras finanzas.

Este acuerdo fue duramente criticado en el Perú.

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Canciller Melitón Porras

La defensa del tratado fue asumida en su época por el canciller Melitón Porras quien en cartas publicadas en el Diario El Comercio el 22 de octubre de 1919 y el 12 de enero de 1920, sostuvo lo siguiente:

El Perú tenía la condición de país débil y el Brasil las características del país fuerte. Como el Perú se enfrentaba entonces a una grave situación internacional por el peligro de que fuese víctima de una agresión simultánea efectuada pos sus vecinos azuzados por Chile, es decir, de lo que entonces se llamó un “cuadrillazo”, la amistad con el Brasil era útil y conveniente, como lo demostró su mediación de 1910 con Argentina y Estados Unidos en el conflicto con el Ecuador. Aparte de ello, dicha amistad sirvió para suministrar facilidades en la navegación de los ríos, en las actividades comerciales y en las relaciones de vecindad.

TRATADO DE LÍMITES, COMERCIO Y NAVEGACIÓN EN LA CUENCA DEL AMAZONAS-1909

COMENTARIOSi bien el Tratado de 1909 fue doloroso pues implicó la renuncia a ciertas expectativas legítimas que el Perú mantenía basado en el Tratado de San Ildefonso, lo cierto es que fue el mejor arreglo que se pudo obtener dada las circunstancias, en particular, la posesión brasileña de las zonas en disputa y la difícil situación política interna e internacional del Perú.

Page 29: Tratado de limites de Peru y Brasil

Se debe añadir que el 7 de diciembre de 1909 fue firmado en Petrópolis el Tratado de arbitraje sobre controversias que no afectaran intereses vitales, integridad territorial, soberanía u honor nacional. Mediante este Tratado las partes se obligaban a someter a arbitraje las controversias que surjan entre ellas y que no habían podido resolver por negociaciones directas o por alguno de los otros medios de solución amigable de litigios internacionales, y integridad territorial, soberanía o la honra de uno de los dos Estados.

TRATADO DE LÍMITES, COMERCIO Y NAVEGACIÓN EN LA CUENCA DEL AMAZONAS-1909

El julio de 1927 se da oficialmente por terminados los trabajos de demarcación de la frontera peruanobrasileña, celebrándose el 12 de setiembre de dicho año el Acta Final de la Comisión Mixta Peruano-Brasileña Demarcadora de Límites Fronterizos entre el Yavarí y el Yavarija.

Mapa de los terrenos cedidos a Brasil Mapa Actual del Perú

Aproximadamente se cedió 449.282 km2 de terreno a Brasil