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TRATA DE PERSONAS DIFERENCIA ENTRE LA TRATA Y TRAFICO DE PERSONAS 1

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TRATA DE PERSONAS DIFERENCIA ENTRE LA TRATA Y TRAFICO DE PERSONAS

NDICE

INTRODUCCIN3DESARROLLO DEL TEMA41.1.FUNDAMENTACIN DEL PROBLEMA41.2.FORMULACIN DEL PROBLEMA71.3.MARCO TERICO71.PROTOCOLO PARA REPRIMIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS72.EL DELITO DE TRATA EN NUESTRO ORDENAMIENTO JURDICO123.DIFERENCIA DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS CON EL DELITO DE TRFICO ILCITO DE MIGRANTES164.IMPORTANCIA DE REGULAR LA TRATA DE PERSONAS185.CAUSALES196.CLASES DE TRATA DE PERSONAS216.1.LA TRATA CON FINES DE EXPLOTACIN SEXUAL216.2.LA TRATA CON FINES DE EXPLOTACIN LABORAL226.3.LA TRATA CON FINES DE TRFICO DE RGANOS246.4.OTRAS FORMAS DE TRATA247. LAS CONSECUENCIAS DE LA TRATA DE PERSONAS EN LOS DISTINTOS GRUPOS GENERACIONALES257.1. LA TRATA EN NIOS Y NIAS257.2. LA TRATA EN LOS ADOLESCENTES277.3. LA TRATA EN LAS MUJERES277.4. LA TRATA EN LOS VARONES298. MARCO JURDICO308.1. EL MARCO JURDICO NACIONAL308.2. MARCO JURDICO INTERNACIONAL339. LA TRATA DE PERSONAS EN EL PER3510. LA TRATA DE PERSONAS A NIVEL INTERNACIONAL3711. LABORES REALIZADAS CONTRA LA TRATA DE PERSONAS POR ORGANISMOS INTERNACIONALES3812. LABORES REALIZADAS CONTRA LA TRATA DE PERSONAS POR EL ESTADO PERUANO3913. LABORES REALIZADAS POR LA DEFENSORA DEL PUEBLO PARA CONTRARRESTAR EL DELITO DE LA TRATA DE PERSONAS411.4.ANLISIS E INTERPRETACIN DE INFORMACIN421.5.CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS44CONCLUSIONES44RECOMENDACIONES46BIBLIOGRAFA48

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INTRODUCCIN

Estetrabajo, tiene por finalidad dar a conocer la diferencia del trafico de personas y la trata de personas. Hemos visto la necesidad de desarrollarlo de esta manera y no centrarnos necesariamente solamente en la trata de nios y nias as como en la explotacin sexual, una de las formas de actuacin de estedelito.

La trata es un delito que se encuentra presente en todo el mundo, no hay lugar donde ladelincuenciadedicada a este ilegal negocio deje de operar. Esta es la razn por la que miles de personas alrededor del globo son explotadas anualmente, motivo que explica porque la delincuencia puede tener ganancias dinerarias importantes, convirtindose en el tercer delito ms difundido del planeta despus del narcotrfico y laventailegal dearmas.

Por ello, se explica que hombres, mujeres, nias y nios de todas las edades y nacionalidades, sean desligadas de sus hogares[2]para pasar a engrosar la lista de explotaciones que tiene el delito, entre las que se incluyen: la explotacin con fines sexuales (considerada la actividad ms comn), seguida de la explotacinlaboral, la exposicin de personas a peligros (es el caso de la mendicidad),el trabajodomstico y los matrimonios forzados, por mencionar algunos formas de operacin de este ilegal negocio.

En el caso del Per, se ha detectado que nuestro pas tambin se encuentra infectada por lasredesde la trata, siendo un lugar de transito, captacin de vctimas y establecimiento de delito, incrementndose en los ltimos aos su actividad, lo que ha merecido una mayor atencin de las autoridades.En el Per la trata de personas, es cada vez ms evidente y se devela como una problemtica de carcter nacional, que no solamente afecta a sus ciudadanos, sino que adems pone enriesgola propiaseguridaddel pas, por sus vinculaciones con otrosdelitoscomo el narcotrfico o el lavado deactivos.DESARROLLO DEL TEMA

1.1. FUNDAMENTACIN DEL PROBLEMA Con frecuencia se confunden el trfico y la trata de personas, debido a que aunque el primero puede incluir a la trata, ambas figuras delictivas, tiene sus propias caractersticas, por lo que desde la Comunicad internacional, las leyes penales y la doctrina se han precisado los elementos comunes que las caracterizan y tambin los que marcan las diferencias.Como pone de manifiesto Garca Vzquez siempre se han separado por una ambigua lnea sombreada, la trata de personas y el trfico ilcito de migrantes son delitos distintos, pero representan problemas, en parte, coincidentes, y es por ello que sus definiciones jurdicas contienen elementos comunes. No obstante, hay que delimitar el concepto de trfico de personas, distinguiendo entre: trata de personas y trfico ilcito de personas.El trfico ilcito de migrantes es definido en el artculo tres del Protocolo contra el trfico ilcito de migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Trasnacional,como la facilitacin de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente, con el fin de obtener, directa o indirectamente un beneficio financiero u otro beneficio de orden material. Por entrada ilegal se entender, conforme al propio artculo: el paso de fronteras sin haber cumplido los requisitos necesarios para entrar legalmente en el Estado receptor.El artculo tres del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y nios, define la trata de personas como: la captacin, transporte, traslado, acogida o recepcin de personas, recurriendo a la amenaza, o al uso de la fuerza u otras formas de coaccin, al rapto, al fraude, al engao, al abuso de poder o de una situacin de vulnerabilidad o a la concesin o recepcin de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotacin.Con el nombre de trata de seres humanos, nos dice MUOZ CONDE, se denomina una actividad criminal, universal, que se caracteriza por el abuso de una situacin de superioridad y de la necesidad econmica que padecen personas cuya pobreza genera el trfico y el transporte a otros pases distintos al de origen, para aprovecharse de ellas como mano de obra barata, en condiciones muy parecidas a la esclavitud; para explotarlas sexualmente o extraerles sus rganos corporales.En ambas modalidades va a estar presente el movimiento de seres humanos para obtener algn beneficio, en el trfico siempre se incluye el elemento de ayuda para el cruce de fronteras y la entrada ilegal de personas indocumentadas al territorio de un determinado pas, lo que lo relaciona con elementos de carcter transnacional, con la entrada y residencia de personas y la fuente principal de ingresos de los traficantes es el precio pagado por el inmigrante5; mientras que en la trata lo fundamental es la intencin de explotar a la vctima, con independencia de la forma en que arriba al lugar de destino, que puede ser legal o ilegal y la fuente principal de los ingresos es producto de su explotacin posterior.Los trminos "trata de seres humanos" y "trfico de migrantes" han sido usados como sinnimos pero se refieren a conceptos diferentes.El objetivo de la trataes la explotacin de la persona, en cambioelfin del trfico es la entrada ilegal de migrantes. En el caso de la trata no es indispensable que las vctimas crucen las fronteras para que se configure el hecho delictivo, mientras que ste es un elemento necesario para la comisin del trfico. La vctima de la trata puede ser nacional. Una persona puede ser trasladada de una regin a otra para ser explotada, dentro del mismo pas.MARTOS NUEZ, considera a la trata como una modalidad del trfico de personas, al referir que el trfico de mujeres con fines de explotacin sexual es un fenmeno criminolgico relacionado con el incremento de la inmigracin ilegal y una variante del trfico de seres humanos (TSH). Es un proceso que empieza con el reclutamiento de las personas en sus pases de origen y acaba en los pases de destino con la obtencin de importantes beneficios econmicos por la exploracin sexual de las personas objeto de trfico; el trabajo ilegal; la adopcin de menores (como fuerza de trabajo para su venta); la pornografa infantil; el trfico de rganos u otros, etc.El trfico de inmigrantes es objeto de polticas migratorias y de inmigracin clandestina, no as la trata de personas que es una violacin de los derechos del hombre.El trfico ilcito de personas puede contener elementos de la trata, pero con un alcance ms amplio, que presupone la libre voluntad de los traficados y el consentimiento de los emigrantes va a resultar evidente, con la finalidad de cruzar las fronteras sin cumplir los trmites migratorios correspondientes, mientras que en la trata las vctimas o nunca lo han dado o si lo hicieron carece de valor jurdico por la presencia del engao, el uso de la fuerza, la violencia u otras formas de coaccin, que se ejerce sobre ellas con fines de explotacin.

1.2. FORMULACIN DEL PROBLEMACUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE LA TRATA DE Y EL TRAFICO TRAFICO DE PERSONAS EN EL ORDENAMIENTO JURDICO DE NUESTRO PAS?

1.3. MARCO TERICO

1. PROTOCOLO PARA REPRIMIR Y SANCIONAR LA TRATA DE PERSONAS El mundo entero ha sido testigo, a travs de la historia, de intensas movilizaciones de hombres, mujeres y nios con fines de explotacin laboral, sexual, servidumbre, etc.. En la actualidad el panorama no ha mejorado; al contrario con el avance de la tecnologa y la implantacin de un nuevo sistema denominado globalizacin, las violaciones a los Derechos Humanos ha alcanzado un nivel crtico y se estima que cada ao entre 800.000 y 900.000 personas son objeto de trata en todo el mundo.

Este delito pluri-ofensivo es considerado como uno de los negocios ilcitos ms lucrativos de la historia, pues se afirma que las ganancias de los tratantes (sujetos activos del delito de trata) oscilan entre 7 y 10 millones de dlares anuales.

Ante estas graves violaciones de los Derechos Humanos, los Estados miembros de las Naciones Unidas plantearon la redaccin de un nuevo instrumento internacional que ponga fin al delito de trata de personas, resaltando la vulnerabilidad de las mujeres y nios; es as como nace el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y nios, que complementa la Convencin de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, celebrada en la cuidad de Palermo, Italia, los das 12 al 15 de noviembre del ao 2000. El Protocolo de Palermo establece, entre su fines, lo siguiente: Prevenir y combatir la trata de personas, especialmente la que se produce contra mujeres y nios; proteger y ayudar a las vctimas del delito de trata; y promover la cooperacin entre los Estados Partes.

La labor de prevencin prevista en el Protocolo comprende la informacin y educacin a las vctimas, as como a la sociedad civil y a los funcionarios y servidores pblicos.

En muchos casos, la voluntad de las vctimas de abandonar su pas es aprovechada por los delincuentes, que presentan una imagen engaosa de s mismos y de sus actividades.

Por ello, resulta decisivo educar a las posibles vctimas. Permitiendo que conozcan y ejerzan sus derechos por medio de la educacin se ayuda a los organismos de aplicacin de la ley en sus investigaciones y a llevar a los responsables de la trata ante la justicia.

La tarea de prevencin debe partir de una clara definicin del delito de trata de personas. Es por ello que el Protocolo define al delito de trata de personas en el Artculo 3 de manera siguiente:

a) Por trata de personas se entender la captacin, el transporte, el traslado, la acogida o la recepcin de personas, recurriendo a la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coaccin, al rapto, al fraude, al engao al abuso de poder o de una situacin de vulnerabilidad o a la concesin o recepcin de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotacin.

b) Esa explotacin incluir, como mnimo, la explotacin de la prostitucin ajena u otras formas de explotacin sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las practicas anlogas a la esclavitud, la servidumbre o la extraccin de rganos;

c) El consentimiento dado por la vctima de la Trata de Personas o toda forma de explotacin que se tenga la intencin de realizar descrita en el apartado a) del presente artculo no se tendr en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados en dicho apartado.

d) La captacin, el transporte, el traslado, la acogida o la recepcin de un nio se considerar trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado a) del presente artculo; e) Por nio se entender toda persona menor de 18 aos3. Por su parte, el artculo 5, del referido instrumento internacional, prescribe que cada Estado-Parte adoptar las medidas legislativas necesarias para tipificar como delito en su derecho interno, las conductas descritas en el artculo 3.

Lamentablemente, la gran mayora de pases latinoamericanos, si bien han suscrito y ratificado el Protocolo de Palermo, no han cumplido con lo prescrito por el artculo 5 del Protocolo, es decir, no han tipificado el delito de trata de personas en su legislacin interna, y si lo han hecho ha sido de manera muy escueta, como es el caso peruano.

En lo que respecta a la ayuda y proteccin a la vctima del delito de trata, el Protocolo establece las siguientes obligaciones para los Estados-Partes:

- Proteger la privacidad y la identidad de las vctimas de la trata de personas. - Confidencialidad de las actuaciones judiciales. - Rehabilitacin fsica, psicolgica y social. - Seguridad fsica de las vctimas. - Repatriacin de las vctimas con las medidas de seguridad adecuadas.

Por ltimo, la cooperacin entre los Estados Partes, proceder, segn el Protocolo, intercambiando informacin, de conformidad con su derecho interno, a fin de poder determinar lo siguiente:

- Si las personas que cruzan o intentan cruzar una frontera internacional son autores o vctimas de la trata de personas. - Los tipos de documentos de viaje que utilizan o intentan utilizar para cruzar una frontera con fines de trata de personas. - Los medios y mtodos utilizados por grupos delictivos organizados para los fines de trata de personas. - Reforzar los controles fronterizos.

2. EL DELITO DE TRATA EN NUESTRO ORDENAMIENTO JURDICO El Per suscribi la Convencin de Palermo el 14 diciembre del ao 2000 y, mediante Resolucin Legislativa N 27527 del 4 de octubre del ao 2001, aprueba la Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos Protocolos. Dicho acto obliga a nuestro pas, en virtud del artculo 5 del tan referido instrumento internacional, a modificar su legislacin interna y adecuarla a la definicin otorgada por el Protocolo de Palermo.

Mediante Ley N 28251 de junio del 2004, se modifica el artculo 182 (Ttulo IV Delitos contra la Libertad; Captulo X Proxenetismo) del Cdigo Penal referente al delito de trata de personas, dicho artculo prescribe: El que promueve o facilita la captacin para la salida o entrada del pas o el traslado dentro del territorio de la Repblica de una persona para que ejerza la prostitucin, someterla a esclavitud sexual, pornografa u otras formas de explotacin sexual, ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de cinco ni mayor de diez aos...

De lo expuesto, en el prrafo precedente, se infiere que el bien jurdico protegido por el delito de trata de personas es la moral sexual social (Luis Bramont-Arias Torres), la referida moral est en contra de todo trfico de personas que tengan por objeto destinarlas a la prostitucin u otras formas de explotacin sexual. No obstante, tampoco puede negarse que se protege la libertad sexual individual.

El sujeto activo puede ser cualquier persona; en la realidad son varios los agentes que actan organizadamente, cumpliendo una serie de labores como de reclutamiento, de la documentacin ilegal, acompaamiento a la vctima, entre otras acciones propias de las organizaciones criminales. El sujeto pasivo puede ser cualquier persona, varn o mujer.

Con relacin a la tipicidad subjetiva es necesario la existencia del dolo, quiere decir que dicha accin se realiza con conciencia y voluntad. Es este caso la tentativa es admitida.

Las modalidades de trata de personas que se presentan en nuestro pas son las ms diversas, que van desde las promesas de trabajo, estudios, intercambio cultural hasta el modelaje y cyber-novios. Los pases de destino son principalmente Italia, Inglaterra, Japn, Francia, Estados Unidos, etc., siendo los pases de trnsito Ecuador, Venezuela y otros.

Luego de analizar el tipo penal dela trata, segn el artculo 182, resulta evidente que la definicin del delito de trata de personas otorgado por nuestro Cdigo Penal tiene un alcance muy reducido, pues slo abarca a la explotacin o esclavitud sexual, y este no es el verdadero sentido del Protocolo de Palermo, pues como hemos apreciado lneas arriba, el delito de trata de personas comprende el traslado -y otros- de personas mediante el uso de la amenaza u otras formas de coaccin con la finalidad de obtener el consentimiento de la vctima con fines de explotacin, sea sexual, laboral, esclavitud, servidumbre e incluso el trfico de rganos.

Esta definicin no cumple con los tres elementos esenciales del delito de trata de personas segn el Protocolo: el engao, el traslado y la explotacin. Esto demuestra que el Per al igual que la mayora de pases latinoamericanos- no han definido este delito conforme lo refiere el Protocolo de Palermo, con lo cual resulta muy difcil combatir estos delitos, que como ya los hemos mencionado anteriormente, constituye la tercera actividad ms lucrativa del mundo, luego del trfico ilcito de drogas y el trfico de armas.

Hasta la fecha existen aproximadamente tres proyectos de Ley para tipificar el delito de trata, adecundolo a la definicin otorgado por el Protocolo de Palermo. Uno de estos proyectos fue presentado por la ex Fiscal de la Nacin, Dra. Nelly Caldern Navarro; dicho Proyecto se denomina Ley sobre la Trata de Personas y el Trfico Ilcito de Migrantes. En dicho documento se define, en el artculo 1, al delito de trata de personas de modo siguiente: El que promueva, induzca, constria, financie, facilite o colabore en cualquier actividad para captar, trasladar, acoger o receptar personas dentro del territorio nacional o al exterior recurriendo a la violencia, amenaza, fraude, engao, abuso de poder o a la concesin o recepcin de pagos de beneficios para obtener el consentimiento de una persona con fines de explotacin destinados a que sta ejerza la mendicidad, cualquier forma de explotacin sexual, pornografa, trabajo o servicio forzado, servidumbre por deudas, matrimonio servil, adopcin irregular, esclavitud o sus prcticas anlogas o la extraccin de rganos, con el propsito de obtener directa o indirectamente un beneficio econmico o cualquier otro beneficio, para s mismo o para terceros, ser reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince aos....

Creemos que, en pro de una mayor proteccin de la dignidad de la persona humana en el Per, debera modificarse el artculo 182 de Cdigo Penal y adecuarlo insistimos- a lo prescrito por el Protocolo; pues el Per tiene la insana costumbre de suscribir Tratados Internacionales y no adecuar la legislacin interna a ellos, pues para muestra tenemos el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y el tan mencionado Protocolo de Palermo.

3. DIFERENCIA DEL DELITO DE TRATA DE PERSONAS CON EL DELITO DE TRFICO ILCITO DE MIGRANTES

El delito de trata de personas suele confundirse con los delitos de trfico ilcito de migrantes. En las siguientes lneas abordaremos algunas diferencias entre estos tres ilcitos penales.

El trfico ilcito de migrantes es entendido como la facilitacin de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material.

Una diferencia esencial entre el delito de trata de personas y el delito de trfico ilcito de migrantes es que, en el primer caso puede ocurrir tanto en el mbito nacional como internacional; en cambio, el segundo es siempre internacional, pues requiere de la entrada ilegal de una persona a un pas del cual no es nacional ni residente.

En los delitos de trata de personas, el sujeto pasivo es siempre una persona, quien es vctima de los tratantes (sujetos activos) y, como hemos apreciado lneas precedentes, el bien jurdico protegido es la moral sexual social; en cambio en los delitos de trfico ilcito de migrantes, el sujeto pasivo es el Estado al haber sido burlado su sistema migratorio y el bien jurdico protegido por este delito es la soberana estatal.

El momento de la consumacin de los delitos tambin es diverso. En el caso del trfico ilcito de migrantes, la consumacin se da cuando la persona migrante es ingresada o egresada del territorio de manera irregular. Para el delito de trata de personas, la consumacin se da cuando se lesiona el bien jurdico tutelado y se prolonga en el tiempo en que dure esta lesin.

El delito de trfico ilcito de migrantes es un delito instantneo, por cuanto se da en el momento en que se consuma el cruce irregular de fronteras. El delito de trata de personas es un delito permanente que subsiste mientras dure la explotacin.

4. IMPORTANCIA DE REGULAR LA TRATA DE PERSONASEn esta instancia es donde cabe preguntarse: cul es la importancia de la regulacin de la trata de personas?. Existen muchas perspectivas sobre ello. Sin embargo, para ser lo msobjetivosposibles, podemos decir que el hecho que se utilicen a los seres humanos como objetos de mercadera y a travs de ello obtener un lucro, es motivo suficiente para hacer un llamado deatencina las autoridades para que estn vigilantes y normar esta peligrosa actividad, puesto que si no se detectase atiempo, destruye la vida de las personas y lo que es peor, como se ha comprobado en muchos casos termina por acabar con su vida (es lo que enDerecho Penalse conoce como el bien jurdico fundamental).

Con las mercancas ilcitas ocurre que al ser transadas, es decir, compradas y vendidas una y otra vez enmercadospreexistentes, nuevos o mejorados, stas generan lucro a los criminales por el slo hecho de poseerlas. Todo lo que necesitan los criminales es disponer de la cosa y comerciarla despus. En la Trata de Personas el objeto del delito es una persona; es decir, unhombre, unamujer, un nio, nia o adolescentePara extraerle suvalor, la persona es tratada como un objeto, explotada en su humanidad, e introducida a mercados humanos que arrojan riqueza.

5. CAUSALESEste delito puede realizarse debindose a las diversas circunstancias en que viven las personas, y que empujarn a que estas futuras vctimas se involucren con las redes dedelincuencia.Es as como encontramos a la situacin de desigualdad social como un importante lugar el impulso de las personas para involucrarse con la trata de personas. Como sabemos, en los pases en vas dedesarrolloexiste una fragmentacin entre las diferentes clases sociales, que cada vez es mayor.

Si a ello le sumamos la exigencia diaria de una carga familiar, donde losingresosde las personas que mantienen el hogar es inferior al promedio, no pudiendo cumplir con las necesidades bsicas o apenas alcanzando para ello, es como encontramos un claro motivo para que las personas hagan cualquier cosa para cambiar esta situacin. Muchas veces, la forma ms fcil de hacerlo es a travs de oficios que forman parte de la trata, como son la prostitucin, mendicidad, trfico de rganos, entre otros.Losconflictosarmados entre pases o situaciones de violencia interna en los pases es otra manera que las personas caigan en las redes de la trata. Las mujeres y nios quienes son los ms afectados en este tema, porque no tienen muchas posibilidades de escapar fcilmente de esteambientey es a travs de los engaos que son atrados en este delito.

Esta ltima causal, est involucrada con los temas dediscriminacindegnero, porque los tratantes ven ms fcil a ellos como futuras vctimas en sus delitos, para dedicarse a travs de ello a su explotacin sexual,laboralo para casamientos forzados.

Otro factor a considerarse, es lo correspondiente a las prcticas culturales. En el caso de laculturaoccidental encontramos que la trata se produce a travs de los matrimonios forzados, por el padrinazgo o madrinazgo, donde los nios, nias, adolescentes o personas adultas son entregadas a la voluntad de las personas a quienes se entrega, estos son familiares o amigos cercanos a lafamilia.Solo para hacer deconocimiento, es importante mencionar que en otras culturas, se ha detectado que existe una explotacin de las personas a travs de sus creencias, que no es especficamente trata de personas pero que puede ser una forma de vinculacin. Por tanto, encontramos que en pases africanos, existe una costumbre de explotacin de las personas principalmente mujeres-, en base a sus creencias religiosas. Es el caso del trokosi[18]en Ghana. Por otro lado, enAsiauno de esos casos es laIndia- donde encontramos la figura del devadasi, figura por la que las mujeres ofrecen su vida a un sacerdote hind, el que puede disponer de ellas en cualquier momento.

Lo importante, es anotar que dichas prcticas han sido declaradas como violaciones flagrantes de losderechoshumanos.

6. CLASES DE TRATA DE PERSONASDe lo explicado, podemos sostener que existen diferentes formas de explotacin en las personas y que utilizan los tratantes para cometer con sus ilegales actos. Vivimos en un contexto mundial, donde las exigencias son cada vez mayores y por tanto los delitos a cometerse tambin sufren similares cambios.

6.1. LA TRATA CON FINES DE EXPLOTACIN SEXUAL

Es la principal forma de violar los derechos de las personas a travs de este delito. Ello, por existir unmercadoamplio de consumidores alrededor del mundo que desean tener relaciones sexuales con nios, nias, adolescentes, hombres y mujeres.Los tratantes al saber que estas exclusividades que buscan susclientesdevienen en mayores ingresos econmicos, se encargan de hacer nexos con mafias locales de pases donde es sencillo reclutar personas, teniendo algunas veces trabajar en colaboracin con las autoridades.Es as como anualmente miles de personas son trasladadas desde sus comunidades a otras urbes ms importantes, donde existe mayordemanda, o cruzando fronteras, donde sern involucrados en trabajar en este negocio.

El creciente mercado turstico, que cada vez ofrecen mayores servicios y que tiene su presencia ms degradante por elturismosexual, sirve tambin como especialmotivacinpara la captacin de las personas en este ilegal negocio, lo que origina que las redes de delincuencia orienten sus actividades para estos fines, conocen que es una fuente segura de ingresos. Cabe preguntarnos aqu si las autoridades estn haciendo efectivamente sus labores, pues muchas veces son ellas las que permiten que se concrete este negocio ilegal, al igual que lasempresasdedicadas al negocio.

Esta creciente ola de internacionalizacin del delito en la explotacin sexual, a lo que se aade las necesidades de las futuras vctimas de querer lograr uncambioen sus vidas, aadindose la exclusividad que buscan los clientes para satisfacer sus deseos sexuales, es como encontramos una espiral constante de continuidad de este problema.

Se ha detectado que es en los pases en vas de desarrollo, en el que se incluyen a los latinoamericanos, es donde primordialmente se obtiene la creciente mano de obra sexual, para los pases desarrollados llmese a los pases del Hemisferio Norte integrados porEstados Unidos, Canad, Europa Occidental, as comoJapn, Australia, entre otros-, y as seguir perpetundose en la exclusividad de este delito.

6.2. LA TRATA CON FINES DE EXPLOTACIN LABORAL

Otra situacin que merece unaobservacin, es la trata con fines laborales. Aqu las personas que son vctimas de las redes de tratantes son buscadas para realizar una actividad laboral ajena a la explotacin sexual. Encontramos aqu a los trabajos que se realizan en las minas, en laagricultura, pidiendo limosna en las calles o en labores dentro de lasindustrias.

La forma de captar a estegrupode gente, es por la publicacin de ofertas laborales en diarios importantes, boletines, revistas y otros medios decomunicacin, con ofertas de trabajo asombrosas. En estos anuncios se puede indicar que no es necesaria experiencia laboral anterior o estudios, lo que termina por seducir a lapoblacin.

Esta situacin, hace que la vctima acuda a ese llamado e intente lograr obtener esaofertaque semuestracomo una gran oportunidad para finalizar con susproblemaseconmicos que vienen afectando el normal desenvolvimiento de su vida.

Si bien existen pocos estudios referidos al tema, la trata con fines de explotacin laboral, se encuentra difundida en todo el planeta, alcanzando incluso a los pases desarrollados, los que muchas veces son los destinos para este delito, por tener amplias posibilidades de explotacin en diferentes actividades. Ello, porque las personas que viven en esassociedades ya no quieren realizar trabajos determinados por ejemplo en laconstruccin, limpieza, atencin en restaurantes y otros servicios-.

Est comprobado que los delincuentes piden algn tipo de dinero a las vctimas para ayudarles a obtenerel trabajo, esto con el fin de falsificardocumentos, ayudarles con el traslado, con la obtencin del permiso de trabajo y la visa, debiendo endeudarse las personas con fuertes sumas de dinero, que nunca recuperan y por el que tendrn que trabajar para pagarlo, as como de los servicios de los tratantes, convirtindose en una deuda eterna.Son dos factores los que distinguen a la explotacin laboral de otras formas de explotacin a travs de la trata: en primer lugar, porque la forma de lucrar de los delincuentes es a travs de los sueldos de las vctimas, quienes reciben un pago menor. En segundo lugar, por la presencia del intermediario, es el que tiene los contactos con los empresarios que llevarn a cabo de forma efectiva la explotacin laboral de la vctima.

6.3. LA TRATA CON FINES DE TRFICO DE RGANOS

Otra manera de obtener un lucro con las personas a travs de este acto ilegal, es por el llamado trfico de rganos. Aqu son utilizados desde nios, nias, adolescentes hasta adultos. Ellos son algunas veces coaccionados o por una relacin de abuso de poder obligados a que se les retire de sus cuerpos algunos rganos que pueden ser vitales para su subsistencia, causndoles en el peor de los casos lamuerte.

Actualmente, vivimos en unas sociedades donde ladesigualdad socialy la cultura del consumismo es cada vez mayor. El deseo de sobrevivir lleva a que muchas personas tengan que recurrir a otras a ofrecer sus rganos. Es justamente en ese medio en el que se encuentran los tratantes, quienes por las circunstancias que tienen las personas, consiguen convencer fcilmente a las vctimas que se dediquen a este negocio.

6.4. OTRAS FORMAS DE TRATA

Como hemos venido explicando, existen otras formas de trata, las que se originan, dependiendo de la realidad de cada sociedad. Es el caso del padrinazgo, madrinazgo o matrimonios forzados. En algunos pases los casos sern mayores los casos, en otros no.Merece especial atencin la situacin de la limosna, por el que gran cantidad de nios, nias, adolescentes e inclusive adultos son obligados por sus explotadores para obtener un lucro. Existen mafias que controlan dicha actividad.

7. LAS CONSECUENCIAS DE LA TRATA DE PERSONAS EN LOS DISTINTOS GRUPOS GENERACIONALES

Como hemos visto, este delito tiene repercusiones en los diferentes grupos generacionales. Esto significa, que tanto hombres, como mujeres, adolescentes, nios y nias son vctimas de este negocio, muchas veces con una finalidad de explotacin distinta.

7.1. LA TRATA EN NIOS Y NIAS

Generalmente, los infantes son utilizados para labores agrcolas, mineras, labores domsticas y finalmente, las labores sexuales.Es debido a la falta de oportunidades en sus comunidades, que los nios, nias, se ven impulsados en abandonar sus hogares y la vida comn que tienen, siendo sus propios padres y familiares, quienes no ganan lo suficiente para mantener laeconomadel hogar y hacen que se dediquen a trabajar.

Los infantes entonces, tienen que dejar un lado sus actividades de estudio y ocio, para trasladarse junto con su familia y en algunos casos solos, dedicndose a trabajar en actividades que le ayuden a sobrevivir y contribuir en la economa de sus familias.

Es justamente ante esta situacin, que los nios y nias son presa fcil de las redes delictivas dedicadas a la trata: presentndose como la forma ms sencilla de obtener ingresos y mejorar sus condiciones de vida. Los tratantes logran convencerlos a ellos y a sus padres o tutores para ser parte de este ilegal negocio que puede tener consecuencias nefastas en sus vidas, como es la explotacin sexual, la explotacin laboral, la donacin de rganos, elmatrimonioforzoso, por mencionar algunas actividades.

En los pases latinoamericanos existe la figura del padrinazgo: aquella por la cual, por una cuestin de confianza, los padres de familia ceden a otros parientes o amigos cercanos ala familiaa sus hijos, para as ayudarles en sus labores domsticas o trabajos varios. El problema se origina cuando detrs de esta figura de confianza existen personas que lucran con este otorgamiento detutelade los menores de edad, explotndolos, sometindolos a una situacin de esclavitud y no pudiendo escapar de ello.

Toda esta realidad debe ser observada, por el que nios y nias no son obviados por las redes de trata. La explotacin en nios y nias tiene un fin exclusivo, hacerse de sus servicios y as cumplir con los requerimientos de sus clientes, quienes muchas veces prefieren hacerse de la explotacin de un(a) pequeo(a) que a un adolescente o mayor de edad.

7.2. LA TRATA EN LOS ADOLESCENTES

En el caso de los adolescentes, ellos tambin pueden ser atrados a este ilegal negocio, quienes al igual que los nios y nias, por el deseo de contribuir con la economa de sus familias y de ganar un dinero extra, sienten que muchas veces que lo mejor que les puede suceder es ser parte de este peligrososistemade delincuencia.

Los adolescentes, al igual que los nios, nias y adultos pueden ser parte en cualquiera de las labores comunes de explotacin: en la agricultura, en laminera, en laindustria, en labores domsticos y sexuales. Los delincuentes se encargan en caso sea necesario, de arreglar los documentos personales de estas personas y as esconder la actividad a la que realmente se van a dedicar.

7.3. LA TRATA EN LAS MUJERES

Este grupo de gnero, al igual que la niez, es el que sufre las mayores consecuencias de la explotacin por la trata. Por ello es el grupo de gnero que ha sufrido mayores estudios por su involucramiento con esta situacin.

Hemos sido testigos que desde la antigedad, diversas culturas han visto en la utilizacin dela mujerdestinada en actividades ilegales, un negocio lucrativo que atenta contra sudignidade integridad.

Es a travs del engao, contcnicascada vez mejor elaboradas, que la delincuencia opera para atraer a las damas a este negocio ilegal, con consecuencias nefastas en sus vidas.

En ese sentido, se ha detectado que es a travs de anuncios publicados en peridicos y revistas, as como en elinternet, que se convoca a trabajos ficticios que atraen a estas personas de gnero, prometindoles importantes sumas de dinero, as como una mejorcalidadde vida. Toda esta expectativa termina por convencer a las mujeres de intentar ser elegidas para esta "excelente" oferta laboral.

Sin embargo, una vez hecho los contactos con los tratantes lo cual desconocen- son trasladadas a otro lugares, lejos de su familia y amigos, donde se encuentran con una triste realidad: todo lo prometido es falso, nunca existieron las condiciones de trabajo mencionadas y el nico fin es quedar reclutado en el ilegal negocio.

Tampoco debemos obviar el sentido que para que exista este delito, es necesario que exista un mercado de consumidores. Muy poco se ha tocado este tema, pero es justamente a travs de las exigencias que tienen los clientes, lo que lleva a que las redes internacionales hagan lo imposible para captar a personas del sexo femenino de diferentes orgenes tnicos. Es en ese momento que los delincuentes conocen que esta es una muy actividad lucrativa y que recibirn una mejor paga en la medida que capten a mujeres de distintas razas.

Otro factor a considerarse, es el hecho que malas autoridades tambin se encuentran inmersas en este delito. Porestadsticasde diversasorganizacionesinternacionales, es conocido el granmovimientoque existen de la trata de personas a nivel mundial. Diversos autores indican que el traspaso ilegal de migrantes que finalmente son explotados en diversas actividades econmicas, solo es posible porque las autoridades nacionales estn permitiendo su traslado en forma irregular.

7.4. LA TRATA EN LOS VARONES

Al contrario de lo que se piensa, existen tambin varones que han sido parte de este negocio ilegal y continan sindolo.

Debido a su difcil situacin econmica, social ypersonal, que estas personas tienen que buscar nuevas formas de ganarse la vida. Las oportunidades falsas que otorga la trata deberan de colaborar con ello, abrindoles nuevas oportunidades.

Pero, al igual que las mujeres, una vez que son dirigidas con engaos estas personas a sus nuevos centros de labores, se encuentran con otra realidad que no esperaban. Son explotados variando las condiciones estimadas.

Los varones pueden estar expuestos a todo tipo de explotaciones: en actividades agrcolas, mineras, sexuales y de otra ndole.

8. MARCO JURDICOEl marco jurdico de la trata de personas, actualmente abarca tanto el mbito del derecho nacional como internacional. En el caso del derecho interno, se tiene un conjunto denormasy medidas especializadas que han surgido desde la dacin de la Convencin de lasNaciones Unidascontra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos Protocolos (uno de ellos referido exclusivamente a la trata de personas), en el ao 2000.Respecto al marco jurdico internacional, encontramos que sus orgenes se obtienen desde el siglo XX, cuando empez la preocupacin de la trata de blancas -prostitucin de mujeres blancas-, que llev a que los organismos internacionales como la Liga de las Naciones y laOrganizacinInternacional del Trabajo (OIT) se pronuncien sobre el tema. Pero, es a partir de la fundacin dela Organizacinde las Naciones Unidas en el ao 1945 y todas lasinstitucionesque engloba en materia de derechos humanos, que se tuvo un pronunciamiento msobjetivosobre este problema, recordemos que antiguamente se ligaba a la trata con la explotacin sexual a travs de la prostitucin nicamente.

8.1. EL MARCO JURDICO NACIONALEn primer lugar, debemos mencionar a laConstitucinPolticadel Per, que a partir de su artculo.2 inciso 24, establece el derecho de toda persona a la libertad yseguridadpersonales. Por lo tanto prohbe todo tipo de restricciones a la libertad personal, como son la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos.

En elCdigoPenal, encontramos que el delito de trata de personas, se encuentra regulado en los artculos del Ttulo IV, Captulo I (Violacin de la Libertad Personal), Captulo IX (Violacin de la Libertad Sexual) y el Captulo X (Proxenetismo).Es justamente en su Captulo I, Artculo 153 donde se regula el delito contra la trata de personas[24]Se desprende que para su composicin, se ha tomado en cuenta la definicin del marco jurdico delProtocolointernacional de Trata de personas que regula la Convencin contra la Delincuencia Organizada Transnacional.Es interesante mencionar, que tambin se encuentra normado el trfico de rganos (Artculo 318-A)[25], delito que tiene proximidad con la trata, por ser tambin una de sus causas.La explotacin laboral, tambin se encuentra comprendida en el artculo 168. En este artculo se tipifica la violacin a la libertad de trabajo o coaccin laboral.

Tambin encontramos que en este Cdigo Sustantivo laexposicina personas al peligro a travs de trabajos de explotacin llmese trabajos excesivos, o el obligar a mendigar a una persona sea nio, nia, adolescente o persona adulta es causal de pena privativa de libertad[26]Finalmente, debe mencionarse que a travs de laLeyN 28950[27]cuyo ttulo es "Ley contra la trata de personas y el trfico ilegal de migrantes", se pretende regular toda la actividad correspondiente a estos delitos. En esta norma, adems de la modificatoria de diversos artculos del Cdigo Penal relacionados a la trata de personas y al trfico ilegal de migrantes, se debe observar que se incluyen penas ms severas y se otorga un beneficio para las colaboraciones eficaces, queel EstadoPeruano se compromete a realizar. Asimismo, elEstadose compromete en cooperacin con organizaciones internacionales, a adoptar todas las medidas que fueran necesarias para proteger a las vctimas y prevenir estosnegociosilegales.

Otras normas que debemos mencionar que engloban el marco jurdico nacional sobre este tema, tenemos a la Resolucin Ministerial N 2570-2006-IN-0105, de diciembre de 2006 que institucionaliza el Sistema deRegistroyEstadsticadel Delito de Trata de Personas y Afines (RETA). El Decreto Supremo N 007-2008-IN, de noviembre de 2008, que aprueba el Reglamento de la Ley N 28950[28]la Resolucin del Ministerio Pblico N 1558-2008-MP-FN de noviembre 2008,mediante la cual aprob el reglamento delprogramade asistencia de vctimas y testigos.Desde laSociedad Civil, se ha aprobado elPlanNacional de Accin contra la Trata de Personas 2007-2013 el que an se encuentra pendiente de aprobacin.

8.2. MARCO JURDICO INTERNACIONAL

La trata en el ordenamiento jurdico internacional, es un tema que tiene una regulacin general y especial a travs de los diferentes grupos generacionales.

Es as, como encontramos al Convenio 29 de la OIT sobre Trabajo forzoso. (1930), una de las primeras normas sobre el tema. En seguida, encontramos a la Declaracin Universal de los Derechos Humanos. (1948) donde en su artculo.4 establece que la trata de personas es una violacin de los Derechos Humanos aunque se refera a la esclavitud-:

"Nadie estar sometido a esclavitud ni a servidumbre; la esclavitud y la trata de esclavos estn prohibidos en todas sus formas".

Es recin con el Protocolo de Palermo (2000), conocido como la Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos que se define a este delito.

Cuando nos referimos al delito de trata especficamente en mujeres, debemos prestar atencin al Convenio Interamericano para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer conocido como la Convencin de Belem do Par (1994), menciona en su parte considerativa, la obligacin del Estado de erradicar las diferentes formas de violencia sobre las vctimas de trata de personas.En el caso de la implicacin de la trata en nios y nias, podemos mencionar a la Convencin sobre los Derechos del Nio. (1989), que en su artculo. 35 establece que el Estado debe tomar medidas para impedir elsecuestro, venta o trata de nios para cualquier fin y en cualquier forma.

El Convenio 182 de la OIT sobre la prohibicin de las peores formas de trabajo infantil (1999), establece que en su articulado tercero, que las peores formas detrabajo infantil, abarca toda forma de esclavitud o prcticas anlogas, trabajo forzado, obligatorio, incluido el reclutamiento forzado de nios para conflictos armados, as como la utilizacin, reclutamiento, oferta de nios para la prostitucin,pornografa, o actuaciones pornogrficas. Con lo que se estara sealando como trata no solamente la explotacin sexual sino en general, en sus diversas formas.En el Protocolo facultativo de la Convencin sobre losDerechos del Niorelativo a la venta de nios, laprostitucin infantily la utilizacin de nios en la pornografa (2000), tambin ha considerado importante el delito de trata, por lo que ha preferido regularlo en los fines de venta de nios, prostitucin y utilizacin en la pornografa.

De la misma forma, el Protocolo facultativo de la Convencin sobre los Derechos del Nio relativo a la participacin de nios en conflictos armados (2000) consider la necesidad de fortalecer la cooperacin internacional en la aplicacin de este documento, por la gravedad fsica y psicolgica que le causa a los nios ser vctimas de conflictos armados, a expensa de la explotacin de autoridades y de grupos de guerrilla.

9. LA TRATA DE PERSONAS EN EL PEREn nuestro pas, las redes de delincuencia dedicadas a este problema social se encuentran presentes ms de lo que uno se imagina. Se han detectado que en todo el territorio nacional se encuentran operando, con una estructura organizada y con la complicidad de las autoridades.

La explotacin de personas se inicia desde muy temprana edad: desde el nacimiento de los nios, hasta la madurez. Recae en hombre y mujeres por igual.

Las modalidades de trata comunes en el Per son: la explotacin sexual, explotacin laboral[30]a travs de la compra venta de menores, por un matrimonio servil, por la mendicidad, por el trfico de rganos y finalmente y por el reclutamiento forzoso.

Una de las causas para que este problema haya logrado expandirse tan fcil, es por la desinformacin. Existen familias e individuos que se dejan seducir por estos actores ilegales, quienes se dirigen con engaos, asegurndoles mejores condiciones de vida y de trabajo, que finalmente nunca llegan.

La mixtura cultural tambin cumple un rol para explicar el desarrollo de la trata: el desarraigo de los hogares, para hacer trabajo domstico en ciudades grandes contina la costumbre del padrinazgo o madrinazgo. En l, los nios, nias, adolescentes, mujeres y hombres son trasladados a nuevos hogares pues piensan que trabajar a travs de los parientes o amigos cercanos de sus familias es una oportunidad para su desarrollo personal. Pero, pasado el tiempo se encuentran con otra realidad: siempre que caigan en las redes de la trata, las personas son explotadas indeterminadamente, reducindose sus derechos, coaccionndolos, negndoseles toda posibilidad de comunicacin.En ocasiones, la persona sometida a esta clase de explotacin, prefiere mentir porque considera una vergenza regresar a sus casas sin cumplir con los encargos de sus familiares, quienes lo pueden tildar de ocioso o lo que es peor lo estigmatizan al comprobar que ha estado dedicndose a actividades ilegales como la prostitucin-, volvindose su vida en un infierno del que nunca puede escapar, lo nico que le queda es dedicarse a la misma actividad.

Estadsticamente, segn el Sistema de Registro y Estadstica del delito de trata de personas y afines (RETA-PNP), desde su implementacin al mes de mayo del 2009, se han detectado los siguientes casos de trata en el Per.

198 casos, comprenden a 490 vctimas (319 menores de edad). Del total de casos, 165 con fines de explotacin sexual. 62% de los casos se iniciaron con falsas ofertas de trabajo y tuvieron como fin la explotacin sexual. 350 personas investigadas, 202 mujeres. Slo hay un total de 80 detenidos, la mayora mujeres.Toda esta situacin nos indica que las actividades de este ilegal negocio se encuentran activas y en aumento por lo que merece una especial atencin. Se ha comprobado por diversos estudios, que nuestro pas es objeto de trnsito y destino de este peligroso delito.

10. LA TRATA DE PERSONAS A NIVEL INTERNACIONAL

A nivel internacional, este delito se encuentra establecido principalmente en aquellos lugares donde sea fcil captar a sus vctimas, es decir pases en vas de desarrollo.

Est claro que este negocio, ataca primordialmente a las zonas afectadas porla pobrezaen los continentes, por tanto no conoce de fronteras. En Amrica Latina, opera en el Caribe, Centro y Sudamrica llevando a las vctimas a las grandes urbes o a las naciones desarrolladas como son los Estados Unidos y Canad-.

Enfrica, las personas son trasladadas a Europa quienes son introducidas con documentos falsos a este continente. En Asia, hay un mercado grande de trata en la India y enChina, as como en las Filipinas. Muchas veces se hace uso de matrimonios forzados para explotar a las personas.

De la misma forma cada ao, miles de personas son trasladadas desde Europa Oriental a la zona occidental.

En general, debemos decir que este negocio es globalizado pues las redes se encuentran en todas las latitudes del planeta, sin que exista algn territorio en el que no le sea posible operar.

Las redes internacionales trabajan con redes locales con lo que existe un beneficio entre ambas, es el caso de la Yakuza Japonesa, los Crteles deDroga, aquellos dedicados a la venta de armas, entre otros.

11. LABORES REALIZADAS CONTRA LA TRATA DE PERSONAS POR ORGANISMOS INTERNACIONALES

Dado el incremento de casos de la trata, es como diversas organizaciones internacionales y los gobiernos de los pases vienen haciendo denodados esfuerzos para contrarrestarla.

Merecen especial atencin, los pronunciamientos realizados por los distintos organismos que comprenden el Sistema Internacional de las Naciones Unidas.Al respecto, en elInformedel Secretario General de laONUa la Asamblea General sobre la Trata de Mujeres y de Nias (2002), mencion que adems de los esfuerzos realizados en los fueros internos de cada pas, el programa de Accin aprobado por laConferenciaMundial contra elRacismo, la Discriminacin Racial, laXenofobiay las Formas Conexas de Intolerancia reafirm la urgente necesidad de prevenir y combatir todas las formas de trata de personas en particular de mujeres y nios. Tambin recomend a la Asamblea General considera la posibilidad e proclamar un ao o decenio de las Naciones Unidas contra eltrfico de personas, especialmente mujeres, jvenes y nios a fin de proteger su dignidad y derechos humanos.

En el mismo documento inform que el Comit de los Derechos del Nio, as como el Comit para la Eliminacin de la Discriminacin contra la Mujer, el Comit de Derechos Humanos, el Comit de Derecho Econmicos, Sociales y Culturales, el Comit contra la Discriminacin Racial y el Comit contra la Tortura se haban pronunciado en sus observaciones finales sobre la trata de personas, en relacin a los derechos que son de sucompetencia[34]Asimismo, felicita a las labores de la Organizacin Internacional para las Migraciones con su importante campaa en el tema[35]as como de la inclusin del tema de trata de mujeres y nios en el Programa Internacional para la Erradicacin del Trabajo Infantil, realizado por la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT)[.

Es interesante conocer que los organismos regionales tambin se han encargado del tema. Merece atencin los realizados en este hemisferio por la Organizacin de los Estados Americanos y este a su vez por sus diversas departamentos: Comisin Interamericana de Mujeres, Comisin Interamericana de Derechos Humanos, entre otros dedicados a la defensa de los derechos humanos.

12. LABORES REALIZADAS CONTRA LA TRATA DE PERSONAS POR EL ESTADO PERUANOLa Defensora del Pueblo, as como otras instituciones del Estado Peruano, se encuentran trabajando para contrarrestar las consecuencias de este delito, hacindolo en forma coordinada.

El Estado Peruano como cumplidor delrespetode los derechos humanos, a partir de la aprobacin y ratificacin de diversos documentos internacionales para eliminar este delito, es que se anima a crear un marco jurdico interno que lo regule.

Es as como durante el ao 2007 se public la Ley N 28950, cuyo ttulo es "Ley contra la Trata de Personas y Trfico Ilcito de Migrantes". Al ao siguiente publica el Decreto Supremo N 007-2008-IN con el que aprueba el Reglamento de la Ley contra la Trata de Personas.

Previamente, el ao 2004 se haba instalado un Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas. En esas circunstancias, la Polica Nacional del Per cre unaoficinapara estudiar la Trata de Personas, conocida como la DIVINTRAP-PNP, con competencia nacional.

El Cdigo Penal tambin tiene en su contenido la regulacin de este delito, a travs de la explotacin sexual, explotacin laboral, el trfico de rganos y exposicin de personas al peligro.

Finalmente es necesario mencionar el Plan Nacional de Accin contra la Trata de Personas 2007-2013. Este documento tiene la caracterstica que establece una serie de actividades entornoa tres ejes principales: la Prevencin del delito, la Persecucin de los criminales con la implementacin de la Ley 28950, "Ley contra la Trata de Personas y el Trfico Ilcito de Migrantes", y la Proteccin de las Vctimas, consiste en brindarles una correspondiente asesora y cobijo a connacionales que son vctimas de este delito en territorio nacional o en el extranjero, as como a forneos que se encuentran en el pas.

Dicho documento establece tareas en comn para la Sociedad Civil, instituciones del Estado Peruano, Gobiernos Regionales y Locales. Hasta el momento, solamente se han podido cumplir algunas de las Metas.

13. LABORES REALIZADAS POR LA DEFENSORA DEL PUEBLO PARA CONTRARRESTAR EL DELITO DE LA TRATA DE PERSONAS

En el caso particular de la Defensora del Pueblo, la actual Defensora del Pueblo, la Dra. Beatriz Merino, ha expresado su deseo que este tema sea uno de los principales objetivos de sugestin, dentro del marco de la poltica de proteccin de los derechos humanos.

Con el trabajo que inicie esta institucin, se quiere crear un espacio de discusin y difusin en la sociedad civil, de las terribles consecuencias que tiene el introducirse las personas en este invisible problema.

Hace poco, las Adjuntas de Derechos Humanos, Mujer y de la Niez yAdolescencia, han sostenido reuniones con la finalidad de sumar esfuerzos y as iniciaraccionesconjuntas[39]para conocer ms de cerca las consecuencias de este delito, investigando sobre el tema y evaluando la posibilidad de instalacin de mesas de trabajos con otras instituciones gubernamentales y organizaciones civiles, comprometidas con el tema[40]En lasfuncionescorrespondientes a las Oficinas Defensoriales y Mdulos de Atencin Defensorial sobre el tema, podemos mencionar que la deteccin del delito se encuentra en sus labores cotidianas, recibiendo denuncias de laciudadana. Ante ello, se hacen supervisiones de oficio en conjunto con la Polica Nacional y el Ministerio Pblico, para: a) ubicar los lugares donde se encuentren recluidas las posibles vctimas de explotacin; b) desbaratar las redes de delincuencia dedicadas a este ilegal negocio. Nuestros comisionados entienden que con estas situaciones se estn vulnerando los derechos de las personas.

1.4. ANLISIS E INTERPRETACIN DE INFORMACIN

La trata de personas es algo que a menudo ocurre en nuestro pas, pero no se denuncia ante las autoridades competentes por el desconocimiento de la vctima en el sentido de no saber ante queautoridadrecurrir por la comisin de un hecho como ste, siendo las vctimas en su mayora menores de edad, casos en los que sus padres se limitan a denunciar la desaparicin de sus menores hijos.No obstante tambin debemos sealar que el trmino "trata de personas" no es de comnconocimientoenel lenguajede las personas en general y menos que con ese nombre se conozca a los actos de explotacin sexual olaboralque ejercen determinados sujetos que actan al margen de laley. De tal situacin hemos tomado conocimiento en las diversas campaas sociales que viene ejecutando la institucin del Ministerio Pblico, en las que se ha preguntado a los encuestados si tienen conocimiento deldelitode trata de personas, as como de la existencia de una ley que la regula, y un gran porcentaje de lapoblacinencuestada desconoca al respecto; lo cual conlleva la necesidad de publicitar la norma y su contenido, a fin de lograr que las personas conozcan susderechosa fin de hacerlos respetar.

ElProtocolopara prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres ynios, que complementa la convencin de lasnaciones unidascontra ladelincuenciaorganizada transnacional, define en su art. 3 la "trata de personas", como: La captacin, el traslado, la acogida o la recepcin de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de lafuerza u otras formas de coaccin, al rapto, al engao, al abuso depodero de una situacin de vulnerabilidad o a la concesin o recepcin de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de unapersonaque tenga autoridad sobre otra, con fines de explotacin.

Esa explotacin incluir, la explotacin de laprostitucinajena u otras formas de explotacin sexual, los trabajos oserviciosforzados, laesclavitudo las prcticas anlogas a la esclavitud, la servidumbre o la extraccin de rganos.

El consentimiento dado por la vctima de la trata de personas a toda forma de explotacin intencional descrita precedentemente no se tendr en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de losmediosantes enunciados.

La captacin, eltransporte, el traslado, la acogida o la recepcin de un nio con fines de explotacin se considerar trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados precedentemente; debiendo entenderse por nio para los fines del protocolo, toda persona menor de 18 aos.

1.5. CONCLUSIONES Y SUGERENCIAS

CONCLUSIONES

El delito de trata de personas es considerado como uno de los ms graves atentados contra la dignidad de la persona humana y por ende constituye una violacin de los Derechos Humanos.

La pobreza es un factor determinante en el alto ndice de vctimas del delito de trata de personas que se presentan a nivel mundial. Las modalidades utilizadas por los tratantes son de las ms diversas: promesa de trabajo, intercambio cultural, modelaje, cyber-novios, etc., siendo los lugares de destino principalmente Italia, Estados Unidos Espaa e Inglaterra.

El Per ha incumplido con su obligacin de Estado-Parte, al no tipificar el delito de trata de personas en el derecho interno, conforme al delito otorgado en el artculo 3 del Protocolo de Palermo.

Creemos que resulta necesario tipificar el delito de trata de personas en el ttulo correspondiente a los Delitos Contra la Humanidad, pues su ubicacin actual es inadecuada.

El Estado peruano deber de iniciar campaas de prevencin del delito de trata de personas, la misma que debe dirigirse a los servidores y funcionarios pblicos, as como a la sociedad civil organizada.

La cooperacin entre los Estados-Parte es un aspecto importante para combatir el delito de trata, sobre todo en los pases que son considerados de origen y trnsito. El delito de trata de personas suele confundirse constantemente con el delito de trfico ilegal de migrantes.

RECOMENDACIONES

Este es un delito que afecta tanto a nios, nias, adolescentes, mujeres y hombres por igual. Estas personas son captadas a travs del engao, y una vez inmersos en el negocio es a travs de la coaccin o una posicin de poder que los retienen en esta actividad ilegal. Es as como los tratantes obtienen sus ganancias.

El reclutamiento de nias y mujeres, es preferida por los delincuentes dedicados a este ilegal negocio, para utilizarlas en la mayora de casos para fines de explotacin sexual. La trata es una actividad que anualmente genera ingresos millonarios, siendo el tercer delito ms lucrativo a nivel mundial, despus del narcotrfico y la venta ilegal de armas. En tal virtud, es como entendemos porque la delincuencia tiene tanto inters en dedicarse a este delito, en particular a la explotacin sexual.

La trata muchas veces es confundida con el trfico ilegal de migrantes, incluso con la prostitucin, en este ltimo caso se debe a que existe una confusin al asimilar la trata nicamente para fines sexuales y sin embargo es una situacin que involucra otras formas de explotacin: laboral, el trfico de rganos, el padrinazgo, el madrinazgo, la exposicin de personas al peligro a travs de la mendicidad, los casamientos forzosos, como otros casos ms conocidos.

Las causales de este delito, varan dependiendo de las realidades de las circunstancias donde surgen. Entre las ms importantes encontramos a la desigualdad social, la falta de oportunidades laborales y de estudios y la discriminacin de gnero.

En el caso del Per, la trata ha sufrido un repentino impulso para regularla, lo que se origina desde la aprobacin y ratificacin del Estado Peruano de la Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus dos Protocolos, uno de ellos referido a la Trata de Personas y el otro referido al Trfico Ilcito de Migrantes. Actualmente existe un marco jurdico interno, cuya norma ms relevante ha sido la aprobacin de la Ley 28950 Ley contra la trata de personas y el trfico ilcito de migrantes- y su Reglamento.

Los varones tampoco son ajenos al delito de la trata. Generalmente son explotados a travs de la modalidad laboral, lo que consiste en realizar diversos trabajos forzados, lucrando a travs de sus honorarios.

La trata tiene victimas de 600 000 a 800 000 personas anualmente, segn estadsticas del Departamento de Estado de los Estados Unidos. Si a ello le sumamos, el hecho que nuestro pas ha sido detectado como un lugar de transito , establecimiento y recojo de victimas de este delito, demuestran que este es un problema que continua en ascenso por lo que es necesario estar atentos y realizar todos las acciones para reducirlo y erradicarlo.

BIBLIOGRAFACdigo Penal Peruano 2. El nuevo Protocolo sobre Trata de Personas. En: http://www.unodc.org/palermo/traffS.doc3. MENDOZA LPEZ, Mirna. Trata de personas, particularmente de mujeres, en Centroamrica y Repblica Dominicana: Una demanda para las instituciones policiales. En: http//:http://www.apramp.org/4. ORTIZ DE ZEVALLOS ROEDLE, Gonzalo. El Delito de Trata de Personas Material de Trabajo N 06. Taller organizado por la Escuela del Ministerio Pblico los das 28, 29 y 30 de septiembre del 2005. Lima. 5. Protegindoles. Concepto de Trata de Personas. Disponible En: http://www.protegiendoles.org6. Protocolo contra el Trfico Ilcito de Migrantes por tierra, mar y aire, que complementa la Convencin de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional. 7. Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y nios, que complementa la Convencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.