TRANSPARENCIA EN EL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES “INFORMACIÓN AL PÚBLICO”
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TRANSPARENCIA EN EL SISTEMA PRIVADO DE
PENSIONES
“INFORMACIÓN AL PÚBLICO”
Información como insumo para tomar mejores decisiones por parte de los afiliados.
Canales diversos: directa vía agencias y promotores de AFP; folletos, información en web site de las AFP.
Mayor prioridad a las variables que tienen un efecto directo en el fondo acumulado y la futura pensión: rentabilidad real del fondo y comisiones por administración.
Información debe ser brindada por las AFP sin contravenir las disposiciones normativas establecidas por la Superintendencia.
La Superintendencia, de modo complementario a las AFP, difunde información para que pueda ser usada por los afiliados y público en general.
DIFUSION DE INFORMACION RELEVANTE
Toma de decisiones deben sustentarse en análisis de información veraz, periódica, oportuna y completa
CANALES DE INFORMACIÓN
AFILIADO
Estado de cuenta
AFP
Folletos informativos
Boletines
Normas publicadas
SBS
Personalizado
Información generalInte
rnet
Promotores
INFORMACIÓN SOBRE AFILIACION Y APORTES
Las AFP informan sobre los derechos y deberes que tiene un afiliado por pertenecer a una AFP
Los afiliados son informados obligatoriamente por las AFP cada cuatro meses sobre su estado de cuentas
Información principalmente sobre:
- Derechos y obligaciones como afiliado a la AFP;
- Estado de sus aportes al fondo de pensiones (montos pagados);
- Alcance del seguro previsional como aportante a la AFP;
- Comisiones y primas de seguros aportados;
- Opciones de elegir fondo tipo de su preferencia (multifondos).
INFORMACIÓN SOBRE INVERSIONES
En el esquema de fondos múltiples deben tener a disposición de los afiliados prospectos informativos que describan su política de inversiones y los indicadores de rentabilidad de referencia para evaluar su desempeño.
El carácter variable de la rentabilidad obtenida por los fondos de las AFP debe ser permanentemente mencionado en los anuncios publicitarios que realicen las AFP
Información principalmente sobre:
- Rentabilidad real y nominal de los fondos de pensiones, del período y acumulada;
- Composición de las carteras de los fondos de pensiones (por moneda, por emisor, por tipo de instrumento, por riesgo, por actividad económica);
- Valores cuota de los fondos de pensiones.
INFORMACIÓN SOBRE PENSIONES
Las AFP informan a aquellos afiliados próximos a jubilarse, sobre la situación de sus CIC, sus derechos como jubilados, asi como las modalidades de pensión que puede escoger.
Los afiliados pueden solicitar en cualquier momento proyecciones de pensión. Las proyecciones se rigen por los procedimientos establecidos por la Superintendencia.
Empresas de seguros asumen un rol activo, alcanzando escenarios de proyecciones de pensión por rentas vitalicias a potenciales jubilados.
Información principalmente sobre:
- Pensiones esperadas (proyecciones) en función a trayectoria de ingresos y
saldo CIC que disponga el afiliado
- Características básicas de las modalidades de pensión que se ofrecen.
REFERENCIAS LEGALES1. TUO de la Ley del SPP: Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de
Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF y modificatorias.
2. Reglamento del TUO: Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 004-98-EF y modificatorias.
3. Título IV del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Información al afiliado y al público en general, aprobado por Resolución SBS N° 355-2005.
4. Título V del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Afiliación y Aportes, aprobado por Resolución Nº 080-98-EF/SAFP.
5. Título VI del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Inversiones, aprobado por Resolución Nº 052-98-EF/SAFP.
6. Título VII del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del SPP, referido a Prestaciones, aprobado por Resolución N° 232-98-EF/SAFP y modificatorias.