Trabajos Verticales

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Seguridad Laboral

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Trabajos VerticalesDOCUMENTOS TÉCNICOS

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AUTOR:

Francisco Medina DomínguezCoordinador del Programa de Formación

y Reacción al Fuego.Instituto Canario de Seguridad Laboral.

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Instituto Canariode Seguridad Laboral

Presentación

La Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo,Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, a través de suórgano técnico en materia preventiva, el Instituto Canario deSeguridad Laboral, realiza una política donde se entiende quela Prevención de los Riesgos Laborales no puede descansarexclusi vamente en la exigencia de las obligaciones y responsabili -dades de los actores directamente relacionados con el hecholaboral, como son los empresarios y los trabajadores.

Por ello, el propósito de la Dirección General de Trabajo es el defomentar una auténtica cultura preventiva que ayude a que todoslos actores sociales implicados puedan cumplir con las exigen -cias preventivas que la sociedad nos demanda, mediante lapromoción de la mejora de la formación técnica en dicha materia,la documen tación, la divulgación, etc. destinada a todos aquellosque deben aplicar la legislación, las técnicas preventivas, etc.

En este sentido, la Dirección General de Trabajo publicó en sumomento un manual específico sobre las técnicas de acceso yposicionamiento mediante cuerdas denominado “TrabajosVertica les”, como consecuencia de lo descrito en la Directiva2001/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 dejunio de 2001, Directiva que fue traspuesta a nuestro derechointerno mediante el Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviem -bre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18

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de julio, por el que se establecen las disposiciones míni mas deseguridad y salud para la utilización por los trabajadores de losequipos de trabajo en materia de trabajos en altura.

Por esta razón, y dado el éxito obtenido con el manual citado,que ha servido como un documento de referencia y consulta paratodos los actores sociales, esta Dirección General de Trabajo hadecidido apoyar la publicación de la 5ª edición, para dar continui -dad a la información, la divulgación, la formación y la Investiga -ción en materia preventiva.

Pedro Tomás Pino PérezDirector General de Trabajo

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Introducción

Como consecuencia de la evolución experimentada en lastécnicas utilizadas en la edificación, la ingeniería civil y la indus-tria, ha aparecido una relación de nuevas tareas a realizar porlos trabajadores (bien, en fase de ejecución o en fase de mante-nimiento), que ha propiciado que en muchos casos no sepuedan utilizar los medios auxiliares tradicionales para realizarlas citadas tareas, tales como los andamios fijos, las plataformasde nivel variable, etc. Por ello, estos trabajos se están realizandocon las técnicas de acceso denominadas “Trabajos Verticales”que no es sino una variante de los trabajos temporales en altura.

Los trabajos verticales están extendidos por todos los países queconforman la Unión Europea, no existiendo hasta el momen touna legislación clara y adecuada que regule las condiciones ylos procedimientos de trabajo que deben tener en cuenta lasempresas y los trabajadores para prevenir el riesgo de caída dealtura proveniente de este tipo de trabajos, con la finalidad dedisminuir los daños que se puedan producir a los trabajadores.

No obstante hay que reconocer que existe un acervo jurídicoEuropeo sobre la protección de la salud de los trabajadores enel trabajo, entre los que cabe destacar la Directiva 89/391/CEE,relativa o la aplicación de las medidas para promover la mejorade la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo(Directiva Marco), la Directiva 89/656/CEE, relativa a las dispo-

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siciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización porlos trabajadores en el trabajo de equipos de protección individual(3ª Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16de la Directiva 89/391/CEE), la Directiva 89/655/CEE relativa alas disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utili-zación por los trabajadores de los equipos de trabajo (2ª Directivaespecíica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva89/391/CEE), Directiva 92/57/CEE, de 24 de junio, relativa a lasdisposiciones mínimas de seguridad y salud que deben aplicarseen las obras de construcción temporales o móviles, que han sidotraspuestas al Derecho interno español como:

–Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de RiesgosLaborales (BOE nº 269, de 10-11-95).

–Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposicionesmínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por lostrabajadores de equipos de protección individual (EPIs) (BOEnº 140, de 12-06-97)

–Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se esta-blecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud parala utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo(BOE nº 188, de 07-08-97).

–Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se esta-blecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en lasobras de construcción (BOE nº 256, de 25-10-97).

El enfoque planteado por La Ley 31/1995, de 8 de noviembre,de prevención de riesgos laborales, no se limita a un conjuntode deberes de obligado cumplimiento empresarial o a la subsa-nación de situaciones de riesgo, sino que la prevención debe

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ser integrada en el conjunto de actividades y decisiones de laempresa, desde el comienzo mismo del proyecto empresarial,

La prevención se articula en torno a la planificación de la mismaa partir de la evaluación inicial de los riesgos inherentes altrabajo, y la consiguiente adopción de las medidas adecuadasa la naturaleza de los riesgos detectados; por todo ello se haprocedido mediante el:

–Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se apruebael Reglamento de los Servicios de Prevención, (B.O.E. nº 27de 31/01/97).

A la regulación de los procedimientos de evaluación de losriesgos para la salud de los trabajadores y de las modalidadesde organización, funcionamiento y control de los Servicios dePrevención, así como de las capacidades y aptitudes que hande reunir dichos Servicios y los trabajadores designados paradesarrollar la actividad preventiva.

Como complemento y apoyo a todo el acervo jurídico expuesto,la Unión Europea ha publicado la:

–Directiva 2001/45/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DELCONSEJO, de 27 de junio de 2001, por la que se modifica laDirectiva 89/655/CEE del Consejo relativa a las disposicionesmínimas de seguridad y de salud para la utilización por lostrabajadores en el trabajo de los equipos de trabajo (2ª Direc-tiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de laDirectiva 89/391/CEE). (Ver Anejo 1).

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Donde se establecen regulaciones complementarias a la norma-tiva ya citada sobre la utilización de escaleras de mano, los anda-mias y las cuerdas en los trabajos temporales en altura, con lafinalidad de garantizar un mayor nivel de salud y seguridad enla utilización de los equipos de trabajo puestos a disposiciónpara los citados trabajos, donde entre los considerandos de lacitada Directiva se hace mención de forma general que:

–“Las medidas de protección colectiva contra caídas ofrecenuna mayor protección que las medidas de protección indivi-dual”.

–“La selección y utilización del equipo adecuado para cadalugar específico con el fin de prevenir y eliminar riesgos debeacompañarse, en su caso, de una formación específica yadecuada de los trabajadores”.

Por lo tanto, cuando los empresarios vayan a realizar trabajostemporales en altura deben tener en cuenta como mínimo losiguiente:

–Disponer de una evaluación inicial de riesgos, para cada lugarespecífico, donde debe justificarse, en su caso, de forma feha-ciente la imposibilidad de utilizar un procedimiento de trabajoque contemple un sistema de protección colectivo, basado enel riesgo de la tarea y la medida preventiva a adoptar.

–Planificación de la actividad preventiva.–Elección de equipos de trabajo que ofrezcan una pro tección

suficiente contra el riesgo de caída.–Formación específica de los trabajadores, para lugares de

trabajo específicos, donde debe acreditarse cómo podránutilizar los trabajadores los equipos de trabajo en las condi-

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ciones más seguras para las operaciones previstas y en parti-cular sobre técnicas de salvamento.

–Persona competente para verificar antes del comienzo de lostrabajos, la idoneidad, la correcta instalación de los equiposde trabajo y la formación específica de los trabajadores.

Como consecuencia de ello, el 13 de noviembre de 2004 elMinisterio de la Presidencia traspone la citada Directiva2001/45/CE en el Boletín Oficial del Estado nº 274, medianteel Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que semodifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el quese establecen las disposiciones mínimas de seguridad y saludpara la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajoen materia de trabajos temporales en altura (Ver Anejo 1).

Por primera vez en España se establecen los criterios a tener encuenta en las evaluaciones de riesgos cuando los trabaja doresrealicen tareas en las que es necesaria la utilización de técnicasde acceso y posicionamiento mediante cuerdas, estableciendoque el uso de este tipo de técnicas se limitará a circunstanciasen las que la evaluación del riesgo indique que el trabajo puedeejecutarse de manera segura y en las que, además, la utilizaciónde otro equipo de trabajo más seguro no está justificada.

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1. Campo de Aplicación.-

Obras de construcción o de ingeniería civil (relación no exhaus-tiva) que implican riesgos especiales para la seguridad y la saludde los trabajadores donde generalmente no se puede establecerningún procedimiento de trabajo que conlleve la proteccióncolectiva y en contrapartida se aplican las técnicas de posicio-namiento y acceso mediante cuerdas es decir, TRABAJOS VERTI-CALES, y son las siguientes:

–Fijaciones en chimeneas, antenas, estructuras, etc.–Tejados y planos inclinados, etc.–Rehabilitación de edificios, pinturas de fachadas, etc.–Mantenimiento y equipamientos industriales.–Monumentos artísticos.–Obra civil y pública.–Taludes y frentes rocosos.–Limpieza.– Instalaciones de gas y fontanería.–Líneas eléctricas aéreas.–Presas y centrales hidráulicas.–Poda.–Espacios confinados– Instalación de barreras dinámicas.– Instalación de sistemas de protección colectiva.–Etc.

Los trabajos temporales en altura están descritos en la Directiva2001/45/CE, y en el Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviem -bre, y entre éstos se deben destacar los denomi nados trabajos

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verticales, que se basan en la utilización por los trabajadoresde técnicas de acceso y posicionamiento y de equipos de trabajopara trabajar en altura; dado que el campo de aplicación deestos trabajos es muy variado, los trabajadores además deberántener conocimientos sobre albañilería, fontanería, soldadura,pintura, etc.

La norma UNE EN 363:08 define que el sistema de accesomedian te cuerdas es un sistema de protección individual contracaída, que permite al usuario acceder y salir del lugar de trabajode forma que se previene o detiene una caída libre, mediante eluso de una línea de trabajo y una línea de seguridad, conectadaspor separado a puntos de anclajes fiables, que pueden utilizarsepara sujeción en posición de trabajo o de salvamento.

Los equipos de trabajo utilizados en los trabajos verticalesconsisten en:

–cuerdas.–anclajes.–aparatos de progresión para el ascenso/descenso.–etc.

Las empresas de trabajo vertical deben disponer de un controly mantenimiento exhaustivo de los equipos de trabajo que utili-zarán en sus actividades, así como de:

–evaluación de riesgos y planificación preventiva de todos ycada uno de los puestos de trabajo.

–control de la vigilancia de la salud de los trabajadores.– impartición de formación específica de los trabajadores.– la especialización de la empresa.

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La filosofía de trabajo de las técnicas de acceso y posiciona-miento se basa en la utilización de:

DOS CADENAS INDEPENDIENTES

SUSPENSIÓN Y SEGURIDAD

Una cadena está formada por una serie de elementos conec-tados entre sí que permiten a los operarios acceder y posicio-narse en la zona de trabajo. En los Trabajos Verticales se debedistinguir entre la cadena de SUSPENSIÓN o de TRABAJO y lacadena de PROTECCIÓN o de SEGURIDAD. En circunstanciasexcepcionales en las que, habida cuenta de la evaluación deriesgos, la utilización de una segunda cuerda haga más peli-groso el trabajo, podrá admitirse la utilización de un sola cuerda,siempre que se hayan tomado las medidas adecuadas paragarantizar la seguridad de los trabajadores.

1.1. La Cadena de Suspensión o de Trabajo.-

En la cadena de SUSPENSIÓN o de TRABAJO, un extremo de lamisma está conectado al lugar de soporte y el otro extremo aloperario.

El operario está suspendido porque cada elemento inter mediode la cadena se encuentra conectado al elemento anterior y alposterior.

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Ejemplo:

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Un extremo de la cadena es el soporte que forma parte de laestructura, que hemos elegido como suficientemente resistentey que está fuertemente conectado al anclaje químico parasostener:

–el peso del trabajador.–su equipo.–una fuerza de choque imprevista.

Por lo tanto es necesario planificar, analizar y realizar el trabajocon el concepto de cadena como base, analizando cada uno delos componentes de la misma con la finalidad que todos tenganlas mismas garantías de seguridad e incorporar una segundacadena de protección o seguridad durante las tareas en suspen-sión, y tener en cuenta que:

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1.2. La Cadena de Protección o Seguridad.-

Cuando un trabajador está suspendido de una cadena deTRABAJO, todos los elementos que la componen entran entensión (soporte, anclaje químico, etc.), mientras que loselementos de la denominada cadena de PROTECCIÓN o deSEGURIDAD están sin carga.

En el caso de fallo de un elemento de la cadena de TRABAJO,se producirá un descenso brusco del trabajador antes de quela cadena de PROTECCIÓN o de SEGURIDAD se ponga en tensión,deteniendo la caída del mismo.

La cuerda que forma parte de la cadena de PROTECCIÓN o deSEGURIDAD soporta la fuerza de choque desarrollada por lo quese denomina el FACTOR DE CAÍDA, minimizando los daños quepuedan acaecer al trabajador.

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UNA CADENA SÓLO TIENE LA RESISTENCIADE SU ESLABÓN MÁS DÉBIL

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1.3. Cadenas Independientes.-

Desde un extremo de cada una de las cadenas (el soporte) hastael otro (el operario suspendido), éstas no compartirán ningúnelemento.

Cabe una excepción a esta regla en el equipamiento de cabe-ceras:

–Cuando el elemento estructural de soporte cumple con lassuficientes garantías de solidez y resistencia (por ejemplo:casetón de ascensores, etc.), éste es válido para el anclajeinicial de las dos cadenas.

–Los elementos de anclaje de las dos cadenas al elementoestructural no deberán ser comunes (anclajes, cuerdas, etc.).

En cualquier caso se deberá comprobar por persona competentela idoneidad del elemento estructural de soporte.

Con la utilización de dos cadenas independientes, disminuyenlas consecuencias de la caída de un trabajador por fallo mecá-nico (el punto de anclaje, la cuerda de suspensión, un mosque -tón, el maillón, etc.) o por una aplicación incorrecta de los proce-dimientos de trabajo (no conectar correctamente un bloqueadora la cuerda, etc.).

Lo importante es tener siempre una cadena independiente dePROTECCIÓN o de SEGURIDAD, que solamente entrará en funcio-namiento en el caso de ruptura de la cadena de SUSPENSIÓNo de TRABAJO.

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2. Equipo para Trabajos Verticales.-

El equipo destinado para trabajos verticales está compuesto pordos grupos de elementos que cumplen funciones totalmentediferenciadas, como son:

• Equipo de Trabajo o de Acceso:

Los elementos de este equipo una vez montados correcta mentenos permiten acceder al lugar de trabajo y aban donar el mismo,así como posicionar al operario en el punto de trabajo.

• Equipo de Protección o de Seguridad:

Protege al operario contra el riesgo de caída de altura.

Cada equipo está compuesto por elementos independientesdestinados a una función específica, que deben estar certifi-cados cuando así sea exigible.

2.1. Equipo de Trabajo o de Acceso.-

El equipo de trabajo está constituido por todos aquelloselementos que conectados en cadena nos permiten acceder,mantener o abandonar el lugar de trabajo:

– Arnés de suspensión.– Anclaje.– Cabo de anclaje.– Mosquetón con seguro.– Descendedor autoblocante.

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– Bloqueadores de ascenso.– Cuerda de suspensión.– Etc.

2.2. Equipo de Protección o de Seguridad.-

El equipo de protección o de seguridad protege al trabajadorcontra el riesgo de caída de altura y se llevará en todo momentodurante la ejecución de los trabajos verticales y consta de:

– Arnés anticaídas.– Cuerda de seguridad.– Bloqueador anticaídas.– Mosquetón con seguro automático.– Cabo de anclaje.– Casco– Etc.

2.3. Equipos de Protección Individual (EPI).-

Algunos de los elementos que forman parte del equipo detrabajo o del equipo de seguridad están constituidos porequipos de protección individual, en concreto, aquellos desti-nados a controlar el riesgo de caída de altura de los trabaja-dores. Por ello los empresarios, de acuerdo con los criterios esta-blecidos en el Real Decreto 773/1997 de 30 de mayo, sobredisposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utili-zación por los trabajadores de equipos de protección individualy en la Guía Técnica del Instituto Nacional de Seguridad e

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Higiene en el Trabajo sobre la materia, tienen obligaciones espe-cíficas para la selección, la utilización y el mantenimiento de losEquipos de Protección Individual, así como deberán asegurarla formación, información y consulta a los trabajadores, encumplimiento de los preceptos de carácter general contenidosen la Ley 31/1995.

2.3.1. Definición de Equipo de Protección Individual.-

Se entenderá por “equipo de protección Individual”, cualquierequipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador paraque le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar suseguridad o su salud, así como cualquier complemento o acce-sorio destinado a tal fin.

Según la definición y para tener la condición de EPI, los elemen -tos que forman parte del equipo de trabajo o del equipo deseguridad, es necesario que cumplan con las siguientes consi-deraciones:

a) El EPI no tiene por finalidad realizar una tarea o una actividadsino protegernos de los riesgos que la tarea representa. Portanto no tendrán la consideración de EPI, las herramientas oútiles, aunque las mismas estén diseñadas para protegercontra un determinado riesgo (herramientas eléctricas aislan -tes, etc.).

b) El EPI debe ser llevado y sujetado por el trabajador y utilizadode la forma prevista por el fabricante. Según este criterio nopuede ser considerado un EPI, por ejemplo, una banquetaaislante.

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c) El EPI debe ser elemento de protección para el que lo utiliza,no para la protección de productos o personas ajenas.

d) Los complementos o accesorios cuya utilización sea indis-pensable para el correcto funcionamiento del conjunto ycontribuyan a asegurar la eficacia protectora del mismo,también tienen la consideración de EPI.

En el caso de los trabajos verticales donde se presenta el riesgode caída de altura, es necesario disponer de un arnés anti -caí das.

No obstante, para que este equipo ofrezca una protecciónadecuada, es necesario complementarlo con un elemento deamarre adecuado e, incluso, si es el caso, con un absor bedorde energía. Estos dispositivos complementarios también sonEPI y tanto el arnés anticaídas como los elementos de amarredeberán utilizarse conjuntamente.

Por tanto, cuando se utilizan accesorios o complementos, siestos son indispensables para el funcionamiento eficaz del EPI,se procederá de igual forma que si se tratara de un EPI.

Todos los EPI deben cumplir los requisitos establecidos para sucomercialización.

2.3.2. Obligaciones Generales del Empresario.-

El empresario estará obligado a:

a) Determinar los puestos de trabajo en los que deba recurrirsea la protección individual, cuando existan riesgos que no

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hayan podido evitarse o limitarse suficientemente por mediostécnicos de protección colectiva o mediante medidas, méto -dos o procedimientos de organización del trabajo, y precisarpara cada uno de estos puestos el riesgo o riesgos frente alos que debe ofrecerse protección, las partes del cuerpo aproteger y el tipo de equipo o equipos de protección indivi-dual que deberán utilizarse.

El análisis de las diversas situaciones siempre parte de la“Evaluación de riesgos”, entendiéndose ésta como un mediopara llevar a cabo acciones que permitan su control y nuncacomo un fin, por ello, una vez implantadas dichas medidas,se deberá comprobar el grado de eficacia de las mismas.

b) Elegir los equipos de protección individual, manteniendodisponible en la empresa o centro de trabajo la informaciónsobre cada equipo de trabajo.

c) Proporcionar gratuitamente a los trabajadores los equiposde protección individual que deban utilizar, reponiéndoloscuando resulte necesario.

d) Velar por la correcta utilización de los equipos.

e) Asegurar el mantenimiento de los equipos.

2.3.3. Utilización y Mantenimiento de los EPI.-

La eficacia de un EPI frente al riesgo, depende del uso correctoy del adecuado mantenimiento. Por ello, resulta imprescindibleexigir, consultar y seguir puntualmente las recomendaciones

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del fabricante contenidas en el folleto informativo y de la forma-ción e información que ha de recibir el destinatario.

Antes de utilizar un EPI hay que asegurarse que es adecuadofrente al riesgo y sus consecuencias.

El control de los EPI debe recaer en el Servicio de Prevención oen las personas designadas por el empresario para las funcionesde Prevención, las cuales seguirán las instrucciones del fabri-cante respecto al uso y mantenimiento del EPI.

2.3.4. Diseño, Fabricación y Comercialización de los EPI.-

Los EPI deberán cumplir con la reglamentación que sobre comer-cialización, diseño y fabricación les afecta, a fin de garantizarlas exigencias técnicas que de los mismos se requiere. A los EPIles es de aplicación la siguiente legislación:

– R. D. 1407/1992 de 20 de noviembre, (B.O.E. de 28.12.92).– O.M. de 16.05.94 (B.O.E. de 01.06.94).– R.D. 159/1995 de 3 de febrero, (B.O.E. de 08.03.95).– O.M. de 20/02/1997, (B.O.E. de 06.03.97).

Para poder ser comercializados en el seno de la Unión Europea,el fabricante de los Equipos de Protección Individual ha deconseguir que sus productos satisfagan una serie de requisitosque garanticen la seguridad y salud del usuario. Dichos requisitosse denominan “exigencias esenciales de salud y seguridad”.

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De cara a asegurar el cumplimiento de las “exigencias esen-ciales de salud y seguridad”, los equipos se clasifican en trescategorías, siguiendo procedimientos diferentes;

• Categoría I.-

Equipos destinados a proteger contra riesgos mínimos. Perte-necen a esta Categoría, única y exclusivamente, los EPI quetengan por finalidad proteger al usuario de:

a) Agresiones mecánicas cuyos efectos sean superficiales(guantes de jardinería, dedales, etc.).

b) Los productos de mantenimiento poco nocivos cuyos efectossean fácilmente reversibles (guantes de protección contrasoluciones detergentes diluidas, etc.).

c) Los riesgos en que se incurra durante tareas de manipulaciónde tareas calientes que no expongan al usuario a tempera-turas superiores a 50° C ni a choques peligrosos (guantes,delantales de uso profesional etc.).

d) Los agentes atmosféricos que no sean ni excepcionales niextremos (gorros, ropas de temporada, zapatos y botas, etc.).

e) Los pequeños choques y vibraciones que no afecten a laspartes vitales del cuerpo y que no puedan provocar lesionesirreversibles (cascos ligeros de protección del cuero cabe-lludo, guantes, calzado ligero, etc.)

f) La radiación solar (gafas de sol).

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En el caso de los EPI de Categoría I, el fabricante puede certificardirectamente el cumplimiento de las “exigencias esenciales desalud y seguridad”.

• Categoría II.-

Equipos destinados a proteger contra riesgos de grado medioo elevado, pero no de consecuencias mortales o irreversibles.

Previamente a certificar el cumplimiento de las “exigencias esen-ciales de salud y seguridad”, el fabricante debe someter unprototipo del equipo al control de una tercera parte con compe-tencia en la materia (denominada “organismo notificado”), quemediante la realización de pruebas preestablecidas determinao no el cumplimiento de dichas exigencias. La superación deeste control se denomina “superación del examen CE de tipo”.

• Categoría III.-

Equipos destinados a proteger contra riesgos de consecuenciasmortales o irreversibles.

Pertenecen a esta categoría exclusivamente los equipos siguien -tes:

a) Los equipos de protección respiratoria filtrantes que protejancontra los aerosoles sólidos y líquidos o contra los gases irri-tantes, peligrosos, tóxicos o radiotóxicos.

b) Los equipos de protección respiratoria completamente aislantesde la atmósfera, incluidos los destinados a la inmersión.

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c) Los EPI que sólo brinden una protección limitada en el tiempocontra las agresiones químicas o contra las radiaciones ioni-zantes.

d) Los equipos de intervención en ambientes cálidos, cuyosefectos sean comparables a los de una temperatura ambienteigual o superior a 100° C, con o sin radiación de infrarrojos,llamas o grandes proyecciones de materiales en fusión.

e) Los equipos de intervención en ambientes fríos, cuyos efectossean comparables a los de una temperatura ambiental iguala –50° C.

f) Los EPI destinados a proteger contra las caídas desde deter-minada altura.

g) Los EPI destinados a proteger contra los riesgos eléctricospara los trabajos realizados bajo tensiones peligrosas o losque se utilicen como aislantes de alta tensión.

El proceso de certificación de las “exigencias esenciales de saludy seguridad” es análogo al descrito para los equipos de Cate-goría II, pero en este caso el fabricante ha de someterse ademása uno de los procedimientos de “aseguramiento de la calidadde su producción” descritos en el R.D. 1407/1992. El control deeste procedimiento de aseguramiento de la calidad, será igual-mente llevado a cabo por un organismo notificado de la U.E.

Una vez asegurado el cumplimiento de las “exigencias esen-ciales de salud y seguridad” el fabricante está en condiciones

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de poner el producto en el mercado. Para ello procederá de lasiguiente forma:

–Estampará en su producto una “marca” que signifique queéste es conforme con las “exigencias esenciales de salud yseguridad”. Este marcado se compone de los siguienteselementos:

–Las siglas “CE” para los equipos de las Categorías I y II.

–Las siglas “CE” seguidas de un número de cuatro dígitos paralos equipos de la Categoría III. El número de cuatro dígitos esun código identificativo, en el ámbito de la Unión Europea, delorganismo que lleva a cabo el control del procedimiento deaseguramiento de la calidad de la producción seleccionadopor el fabricante.

–“Elaborará una declaración” en la que certifique que el EPIcomercializado cumple con lo dispuesto en la legislaciónvigente sobre diseño, fabricación y comercialización de losEPI, a fin de presentarla ante la administración competente.

–Suministrará conjuntamente con el equipo un “folleto Infor-mativo” en el que se referenciarán y explicarán claramente losniveles de protección ofrecidos por el equipo, el manteni-miento y, en su caso, las sustituciones necesarias, etc. Estedocumento será de gran importancia de cara a seleccionar elequipo y desarrollar todas las tareas de mantenimiento durantela vida útil del mismo.

Esquemáticamente se pueden resumir estas obligaciones enlos cuadros de los Anejos 2 y 4.

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2.3.5. Organización del Control y Mantenimiento de los EPI.-

Para facilitar el correcto mantenimiento y, en su caso, reposiciónde los EPI, es conveniente crear y mantener un archivo dondese conserva la ficha técnica de todos los EPI y en el que serecojan datos tales como:

– fecha de fabricación,– fecha de adquisición,– fecha de primera utilización,– condiciones de uso,– número de serie,– número de utilizaciones (en caso necesario),– fecha de caducidad,– fechas en las que se ha utilizado,– fecha del próximo control a realizar,– nombre del usuario,– nombre del controlador,– distribuidor autorizado,– etc.

Se adjunta modelo orientativo en el Anejo 3, para la confecciónde la citada ficha, así como la ficha del equipo establecida enla norma EN 365:04.

La finalidad de esta operación es que se efectúen de formacorrecta los controles de todos los EPI antes de su utilizaciónasí como, aquellos controles periódicos, previstos por el fabri-cante en la fecha adecuada.

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3. Descripción del Equipo de Trabajo.-

3.1. Cuerdas.-

La cuerda es el elemento característico que diferencia a lostrabajos verticales del resto de medios auxiliares para el accesoa zonas de altura.

Para los trabajos verticales generalmente se utilizan aquellasfabricadas con alma y funda trenzada y bajo coeficiente de alar-gamiento compuestas por fibras de poliamida (nylon) o poliésterque deben tener acreditado un punto de fusión > 195° C. Latemperatura que se puede alcanzar por fricción con el descen-dedor es de unos 40° C.

Las cuerdas están fabricadas por miles de fibras, que son lasque conforman las dos partes fundamentales de la misma:

–El interior, o alma o núcleo, está formado por un grupo decuerdas menores trenzadas entre sí, soporta entre 1/2 y los2/3 de la resistencia total de la cuerda, siendo el componentebásico de la misma.

–El exterior, funda o camisa, diseñada para proteger el almade la abrasión externa, formando una especie de tubo ocamisa sobre ella. Soporta entre 1/3 y 1/2 de la resistenciatotal de la cuerda. Suele ser de diferentes colores.

–A estos dos elementos principales que componen la cuerdahay que añadir otro que va situado en el centro del alma.

Se trata de una FIBRA PLANA, de color, que recorre toda lalongitud de la cuerda. Su función es la de marcaje de la misma

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(fabricación, año de fabricación, número de serie, norma quecumple, etc.) y sirve también en algunos modelos de limitadorde elasticidad (cuerdas semiestáticas), siendo éste un disposi-tivo que reduce el efecto YO-YO. Este limitador se rompe en casode caída y transforma la cuerda en dinámica, sin afectar a laresistencia de la misma.

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Fuente Beal (1)

Según el tipo de trenzado que se realice durante la fabricaciónde las cuerdas éstas podrán ser de dos tipos:

a) Cuerdas semiestáticas:

Diseñadas específicamente para la suspensión de personas.Tienen un coeficiente de alargamiento que oscila entre el1,5% y el 3%. Suelen ser de colores apagados. Son lascuerdas estandarizadas para trabajos verticales.

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b) Cuerdas dinámicas:

Diseñadas para soportar fuerzas de choque provenientes decaídas (tipo ascenso mediante técnicas de escalada). Su elas-ticidad oscila del 5% al 10%. Suelen ser de colores vivos yson idénticas a las utilizadas por los deportistas.Las cuerdas semiestáticas son las que más se utilizan en lostrabajos verticales, bien formando parte del equipo de trabajoo de acceso o del equipo de protección o de seguridad.

3.2. Propiedades y Características de las Cuerdas.-

Las propiedades que se reseñan son las correspondientes a lascuerdas semiestáticas, ya que las dinámicas se suelen utilizaren los ascensos mediante técnicas de escalada:

3.2.1. Resistencia Estática a la Rotura(sin Terminales Preparados).-

Es la fuerza bajo la cual la cuerda de alma y funda trenzada ybajo coeficiente de alargamiento, de 8,5 a 16 mm. de diámetro,se rompe cuando es sometida a una carga estática de tracciónlenta. La cuerda debe resistir una fuerza al menos de 2200 daNen caso de cuerdas de tipo A y de, al menos 1800 daN en casode cuerdas tipo B.

3.2.2. Resistencia Estática a la Rotura(con Terminales Preparados).-

Es la fuerza bajo la cual la cuerda de alma y funda trenzada ybajo coeficiente de alargamiento acabada con un nudo en ocho

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en un extremo, de 8,5 a 16 mm. de diámetro, se rompe cuandoes sometida a una carga estática de tracción lenta. La cuerdadebe resistir una fuerza de 1500 daN para cuerdas de tipo A yde 1200 daN para cuerdas de tipo B durante 3 minutos.

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Fuente Beal (1)

3.2.3. Número de Caídas.-

Con un factor de caída 1, la cuerda se somete a choques, a inter-valos de 3 minutos, y debe resistir como mínimo 5 caídas suce-sivas, desde 2 metros de altura, con una masa de 100 kg.

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3.2.4. Factor de Caída.-

Es la relación entre la longitud de la caída y la longitud de lacuerda que la retiene, es decir:

FC = L caída / L cuerda

Donde:

FC = Factor de caída.

L caída = Longitud de la caída.

L cuerda = Longitud de la cuerda utilizada.

FC = O, estando suspendido de una cuerda no existe factor decaída.

33

Fuente Beal (1)

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FC = , se produce cuando la longitud de la cuerda desplegadaes igual a la longitud de la caída.

FC = 0,5, se produce cuando la longitud de la cuerda desplegadaes el doble a la longitud de caída,

FC = , se produce cuando la longitud de la cuerda desplegadaes la mitad de la longitud de caída.

En trabajos verticales nunca se debe dar un factor de caída supe-rior a , ya que se parte de una posición de suspensión.

1

2

1

34

Fuente Beal (1)

FC = 1 FC = 2

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3.2.5. Fuerza de Choque.-

Es la fuerza transmitida a la persona, mosquetón y punto deanclaje por causa de una caída.

Se calcula a partir de un FC = 0,3 con una masa de 100 kg. Lafuerza de choque debe ser inferior a 600 daN. (1 daN=1 Kg)(1KN=100Kg).

35

Fuente Beal (1)

3.2.6. Alargamiento.-

También llamado coeficiente de elasticidad. Se mide medianteel sometimiento de la cuerda a una carga de 50 kg. durante 1minuto y una carga de 150 kg. durante 1 minuto. El alargamientodebe ser inferior al 5%.

Page 36: Trabajos Verticales

La elasticidad de la cuerda produce el efecto YO-YO, que serámás acusado cuanto más lejos nos hallemos del punto deanclaje de la cuerda (> 50 m.).

En algunos casos, se produce riesgo de deterioro de la cuerda, siesta está sometida a rozamiento y acusa un fuerte efecto YO-YO.

3.2.7. Masa de la Funda.-

Debe estar comprendida entre el 30% y el 50% de masa totalde la cuerda. Su función es proteger de la abrasión exterior elcuerpo o alma de la cuerda.

3.2.8. Deslizamiento de la Funda.-

El deslizamiento longitudinal S, de la funda respecto del alma,para las cuerdas de tipo A, no debe sobrepasar los 20 mm. +10 (D – 9 mm.), si el diámetro de la cuerda es menor o igual a

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12 mm. y de 20 mm. + 5 (D – 12 mm.), si el diámetro estácomprendido entre 12,1 mm. y 16 mm. Para las cuerdas de tipoB el deslizamiento de la funda no debe sobrepasar los 15 mm.

3.2.9. Encogimiento.-

Con el fin de evitar que en cuerdas semiestáticas nuevas seproduzca una acumulación de la camisa en el final de la cuerdatras varias bajadas con descendedores, éstas deben sometersea una inmersión en agua dulce durante 24 horas antes de suprimer uso, por lo que la camisa se adhiere perfectamente alcuerpo.

Como efecto secundario se produce la reducción de la longitudde la cuerda, que se acerca al porcentaje de elasticidad de lamisma, lo que nos puede servir de referencia para medir esteúltimo.

3.2.10. Flexibilidad del Nudo.-

La cuerda anudada con un nudo simple, se carga con un pesode 10 kg. durante 1 minuto, y después con un peso de 1 kg. ensu extremo, se mide el diámetro interior del nudo. El resultadodel coeficiente de anudabilidad (flexibilidad) debe ser K < 1,2.

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3.3. Marcado de Cuerdas.-

Los dos extremos de las cuerdas de alma y funda trenzada ybajo coeficiente de alargamiento deben estar dotados de unasbandas externas sobre la que figure, de manera indeleble ypermanente, el siguiente marcado:

a) la letra A para las cuerdas de tipo A o la letra B para lascuerdas de tipo B, seguida de la indicación de su diámetroen milímetros; por ejemplo, A11, B9,2;

b) el número de la norma europea de aplicación; es decir,EN 1891:1998.

Además deben contar con el marcado interno siguiente, repetidocada 1000 mm. como mínimo, a lo largo de toda su longitud:

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Fuente Beal (1)

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a) el nombre o marca comercial del fabricante, el importador oel suministrador.

b) el número de la norma europea de aplicación y el tipo decuerda, A o B.

c) el año de fabricación.

d) el nombre de los materiales que la constituyen o bien un colorque represente a estos materiales, según se establece en lanorma EN 701.

El material empleado como soporte de los marcados, no tieneporqué ser el mismo que constituye la cuerda de alma y fundatrenzada.

3.4. Información sobre las Cuerdas que debe ser Suministradapor el Fabricante, incluidas las Instrucciones de Uso.-

Las indicaciones del fabricante deben incluir la informaciónsiguiente:

a) el nombre (la designación del modelo), si es el caso, y el tipo(A o B), de la cuerda de alma y funda trenzada y bajo coefi-ciente de alargamiento,

b) el diámetro D de la cuerda,

c) el deslizamiento de la funda S,

d) el alargamiento E,

e) la masa de la funda exterior Sp,

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f) la masa del material del alma C,

g) la masa por unidad de longitud M,

h) la contracción R,

i) las resistencias estáticas,

j) los materiales que constituyen la cuerda de alma y funda tren-zada y bajo coeficiente de alargamiento.

k) el número de la norma europea de aplicación, es decir,EN 1891.

l) que, si se eligen las cuerdas de tipo B, es conveniente quelos usuarios sean conscientes de que los resultados quepueden proporcionar serán Interiores a los de tipo A; queserá preciso mayor cuidado para protegerla contra los efectosde la abrasión, cortes, deterioro normal por el uso, etc., y que,durante su utilización, es conveniente prestar una gran aten-ción para minimizar las posibilidades de caída.

Esta advertencia debe ser presentada de manera que llamela atención del lector, por ejemplo, mediante el uso de tipode letra destacado o en color;

m)que las cuerdas de tipo A son más adecuadas, para las opera-ciones de acceso mediante cuerdas y para la sujeción en eltrabajo, que las cuerdas de tipo B;

n) que el producto sólo debería ser utilizado por personas entre-nadas y competentes o que el usuario esté supervisado direc-tamente por una persona entrenada y competente;

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o) que, antes y durante su utilización, deben tenerse en cuentalas medidas a tomar para que, dado el caso, cualquier salva-mento pueda llevarse a cabo de manera segura y eficaz;

p) sobre cómo asegurar la compatibilidad con cualquier otrocomponente a utilizar junto con la cuerda de alma y fundatrenzada y bajo coeficiente de alargamiento, por ejemplo:

–Que el dispositivo de regulación elegido sea adecuado parael diámetro de la cuerda.

–Mediante referencias de otras normas europeas;

q) las limitaciones de los materiales del producto o los riesgosque puedan afectar a su comportamiento, por ejemplo, latemperatura, el efecto de las aristas vivas, productos quími -cos, cortes, abrasión, anudamiento, degradación por radia-ciones UV;

r) instrucciones relativas a la desinfección del producto sinefectos adversos.

s) la duración prevista del producto o cómo puede el usuariodeterminar esa duración;

t) recomendaciones relativas a la protección del productodurante su transporte;

u) el significado de los marcados puestos sobre el producto (porejemplo, A10,5 significa que se trata de una cuerda de almay funda trenzada y bajo coeficiente de alargamiento de tipoA y la cifra que la sigue corresponde al diámetro en milímetrosdeterminado mediante el ensayo correspondiente incluidoen la norma europea de aplicación);

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v) sobre los métodos recomendados para realizar los termi nalesde la cuerda de alma y funda trenzada y bajo coeficiente dealargamiento.

w) que es conveniente prever un punto de anclaje seguro parael sistema, situado por encima del usuario, y que es reco-mendable evitar toda cuerda no tensa conectando al usuariocon el punto de anclaje seguro;

x) consejos para que, en el caso de utilización de cuerdas deprotección de escalada libre en el acceso mediante cuerdas,en salvamento o en espeleología, deban ser tomadas encuenta, por ejemplo la Norma EN 892 “Equipos de monta-ñismo. Cuerdas dinámicas. Requisitos de seguridad y méto -dos de ensayo”;

y) consejos para que los largos de cuerda de alma y funda tren-zada y bajo coeficiente de alargamiento, sean marcados;

3.5. Recomendaciones para la Inspección, Mantenimiento yCuidado durante su Uso de las Cuerdas de Alma y FundaTrenzada y Bajo Coeficiente de Alargamiento (Norma EN1891, anexo A informativo).-

3.5.1. Generalidades.-

Las recomendaciones están pensadas para los materiales quesuelen utilizarse en la fabricación de las cuerdas de alma y fundatrenzada y bajo coeficiente de alargamiento, en concreto, en lapoliamida y en el poliéster. Sin embargo, salvo que la referencia

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a la poliamida y el poliéster sea específica, las recomendacionesson aplicables a las cuerdas de alma y funda trenzada y bajocoeficiente de alargamiento fabricada a partir de cualquier mate-rial permitido.

Las cuerdas, cualquiera que sea el material de que estén fabri-cadas, son sensibles al desgaste por el uso y al deterioro mecá-nico y pueden, en consecuencia, tornarse más frágiles bajo laacción de determinados agentes, tales como productos quími -cos, calor, luz, etc. Por ello es esencial efectuar inspeccionesregulares de que las cuerdas pueden seguir siendo empleadas.

Cualquiera que sea el agente que origine el deterioro, los efectosserán más importantes sobre cuerdas más delgadas que sobreaquellas de mayor espesor. Es conveniente, en consecuencia,tener en cuenta la relación que existe entre la superficie y lasección transversal de la cuerda.

Puede resultar conveniente examinar la cuerda en trozos de 300mm. y girarla para examinar toda su superficie antes de conti-nuar con el segmento siguiente. Los hilos o cordon cillos sesuelen destorcer ligeramente para permitir el examen de laszonas internas en los mismos.

Es más difícil establecer un criterio de aceptación o de rechazoque describir el método de control. Puede que no exista unafrontera bien definida entre cuerdas seguras y cuerdas que nolo son, ya que ésto depende de las prestaciones que se requie -ran a una cuerda en una emergencia. En la práctica, la decisiónde continuar usando o no una cuerda debería estar fundada enla evaluación de su estado general. Muchos de los factores que

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podrían guiar al usuario no pueden ser descritos exactamente,sólo establecidos en términos generales.

Si después del examen subsiste la duda en cuanto a la segu-ridad de la cuerda, ésta debe ser descartada. De nuevo se insisteen que los efectos del desgaste por el uso y el deterioro mecá-nico son comparativamente mayores en las cuerdas másdelgadas por lo que, en estos casos, se requieren criterios deaceptación más rigurosos.

3.5.2 Causas Físicas del Deterioro.-

3.5.2.1. Desgaste Externo por el Uso.-

El desgaste externo debido al roce de las cuerdas sobre super-ficies rugosas provoca rozaduras o deshilachado en la superficiede la cuerda. Esta causa es la que provoca, en mayor medida,la pérdida de resistencia respecto a la de la cuerda nueva. Ensituaciones extremas, los cordones se desgastan de tal maneraque sus superficies exteriores se aplanan y los hilos externosse rompen. En condiciones normales de usos, es inevitable quelas fibras del exterior de la cuerda se destuerzan o se rompan,lo que no es peligroso en tanto su extensión no sea muy amplia.Las cuerdas formadas a partir de filamentos de poliamida opoliéster tienen muy buena resistencia a la abrasión.

3.5.2.2. Abrasión Local.-

Una abrasión localizada, al contrario que el desgaste general,puede estar provocada por el roce de la cuerda, cuando está

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tensa, contra aristas vivas y puede dar lugar a pérdidas impor-tantes de su resistencia.

Cuando las fibras exteriores están dañadas ligeramente o cuandose rompe algún hilo, puede considerarse que no existe riesgo;no obstante, una disminución importante de la sección transversalde uno de sus cabos o, incluso, un deterioro algo menos impor-tante que afecte a varios cabos, debería hacer que se rechazarala cuerda. Puede resultar económico proteger aquellos puntosdonde es previsible que se produzca una abrasión excesiva.

3.5.2.3. Cortes, Golpes, etc.-

Los cortes, los golpes o un uso descuidado, pueden dar lugara deterioros internos o externos que pueden manifestarse comorotura o aflojamiento excesivo de los hilos o cabos.

3.5.2.4. Desgaste Interno.-

Un desgaste interno, provocado por la flexión repetida de lacuerda, en especial cuando está húmeda, o por la acumulaciónde arena que se haya introducido en su interior, puede mani-festarse por un aflojamiento excesivo de los cabos o hilos o porla presencia de fibras reducidas a polvo.

3.5.2.5. Carga Repetida.-

La resistencia de los filamentos de poliamida al deterioro provo-cado por la repetición de la carga de la cuerda es bastante satis-factoria, pero puede producirse un alargamiento, lo que dismi-nuye su extensión potencial en caso de emergencia.

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Si la longitud inicial de la cuerda es conocida con precisión, unamedida de verificación, en condiciones idénticas, indicará suextensión total, aunque no la extensión de sus diversas partes.La medida de la distancia entre marcas indelebles hechas aintervalos regulares sobre la cuerda, puede poner de manifiestola existencia de alargamientos locales permanentes, lo quepuede causar la rotura cuando se cargue posteriormente.

4. Causas Exteriores del Deterioro.-

4.1. Moho.-

Las cuerdas de poliéster y de poliamida no se ven afectadas porel moho.

4.2. Calor.-

En casos extremos, el calor puede fundir la cuerda. Ante lamenor señal de fusión, la cuerda debe ser rechazada. Sinembargo, la cuerda también puede verse afectada por el calorsin mostrar señales de ello, El mejor medio de evitarlo es su usoy almacenamiento adecuado. No debe secarse una cuerda porexposición al fuego directo ni ser almace nada cerca de unaestufa u otra fuente de calor.

4.3. Luz Solar Intensa.-

La luz solar intensa puede reducir la resistencia de las fibras queconforman la cuerda, aunque no es probable que penetre bajo susuperficie. Es conveniente evitar las exposiciones innecesarias.

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Para verificar el deterioro debido al sol, se frotará la superficiede la cuerda con la uña del pulgar. Si existe deterioro el materialse desprenderá en forma de polvo. Igualmente, la superficie dela cuerda presentará un aspecto seco, áspero y resinoso.

Mientras estos efectos pueden ser importantes sobre las cuerdasde pequeño diámetro, es decir, inferiores a 20 mm, no es proba -ble que afecten sensiblemente a cuerdas más gruesas durantesu período previsto de vida útil.

5. Causas Químicas del Deterioro.-

5.1. Generalidades.-

Existe una gran variedad de contaminantes químicos de lascuerdas; la información que se incluye en los puntos 5.1.1 y5.1.2 sólo tiene un carácter general. En caso de duda acerca dela naturaleza del contaminante y del remedio a aplicar es conve-niente consultar a un experto. Los ataques pueden ser másgraves si la cuerda está más seca de lo normal.

5.1.1. Cuerdas de Poliamida.-

Los ataques químicos de mayor importancia pueden manifes-tarse por un ablandamiento o pérdida local de resistencia, deforma que las fibras del exterior pueden ser desprendidas o, encasos extremos, eliminadas en forma de polvo sólo con frotar.La resistencia química de los filamentos de poliamida es, en

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general, muy buena, pero la acción de ácidos minerales disuel -tos dan lugar a una perdida rápida de resistencia. Se recomiendapor lo tanto, evitar la inmersión de la cuerda en solucionesácidas, ya sean frías o calientes.

Los filamentos de poliamida no se ven afectados por los álcalisa temperatura normal, tampoco por numerosos tipos de aceites,aunque se hincha al contacto con ciertos disolventes orgánicos.Es, igualmente importante evitar la exposición a humos, nieblas,vapores ácidos y disolventes orgánicos. En caso de riesgo decontaminación, conviene lavar bien con agua fría. Si, despuésde un examen minucioso, subsiste la menor duda, se rechazarála cuerda.

Las cuerdas de poliamida absorben una cantidad limitada deagua cuando se humedecen, lo que puede provocar una peque -ña pérdida de su resistencia mientras esté húmeda.

5.1.2. Cuerdas de Poliéster.-

Los ataques químicos de mayor importancia pueden manifes-tarse por un ablandamiento o pérdida local de resistencia, deforma que las fibras del exterior pueden ser desprendidas o, encasos extremos, eliminadas en forma de polvo con sólo frotar.La resistencia química de los filamentos de poliéster es, en gene -ral, muy buena, pero la acción de soluciones alcalinas concen-tradas y calientes pueden disolver, poco a poco, las fibras yprovocar una pérdida progresiva de masa así como la correspon-diente pérdida de resistencia a la rotura. Se recomienda, portanto, evitar la exposición de la cuerda a condiciones alcalinas.

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La resistencia a los ácidos y, en particular, al ácido sulfúrico, esbuena, aunque para concentraciones no superiores al 80%. Porello, no es conveniente dejar que las soluciones de ácido sulfú-rico, incluso diluidas, se sequen sobre estas cuerdas. En casode riesgo de contaminación conviene lavar bien la cuerda enagua fría. Si, después de un examen minucioso, subsiste lamenor duda, se rechazará la cuerda.

La resistencia a los aceites de hidrocarburos y a disolventesorgánicos normales, es buena, aunque los filamentos depoliéster pueden expandirse al contacto con ciertos disolventesclorados. Como quiera que los fenoles concen trados atacansobremanera a estos materiales, debería evitarse todo contactocon ellos.

6. Cordinos.-

El cordino es una cuerda o soga auxiliar que consta de un almay una camisa, de diámetro nominal de 4 mm. a 8 mm. y desti-nada a soportar fuerzas, pero no destinada a absorber energía.

Los cordinos sirven como cuerdas auxiliares para suspensiónde herramientas o maquinaria, o para asegurar objetos peque -ños que se utilizan en los trabajos verticales, que se sujetaránal arnés del operario o a una cuerda auxiliar, al objeto de evitarsu caída.

La resistencia mínima a la tracción de los cordinos será de:

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Diámetro Nominal y Resistencia Mínima a la Tracción.-

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Diámetro nominal dnommm.

Resistencia mínima a latracción FBmin

KN

45678

3,25,07,29,8

12,8

6.1. Información a Suministrar por el Fabricante.-

Los cordinos sirven como cuerdas auxiliares para suspensión deherramientas o maquinaria, o para asegurar objetos pequeños.

a) El nombre o marca comercial del fabricante, importador osuministrador, así como su dirección.

b) El número de la Norma Europea correspondiente: EN 564,

c) El diámetro de la cuerda auxiliar,

d) La masa por unidad de longitud de la cuerda auxiliar,

e) La resistencia a tensión que el fabricante declara en elmomen to de su fabricación,

f) La utilización del producto,

g) Como elegir otros componentes para usar con el sistema,

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h) Como efectuar el mantenimiento y la revisión del producto,los efectos de los agentes químicos y como desinfectar elproducto sin efectos negativos.

i) La vida media del producto o cómo calcularla y que despuésde una caída seria de la cuerda auxiliar debería retirarse deuso lo antes posible,

j) La influencia de condiciones de humedad y hielo,

k) El riesgo engendrado por bordes afilados,

I) Influencia del almacenamiento y envejecimiento debido aluso,

6.2. Marcado de los Cordinos.-

La bobina o el envoltorio en que se comercialice la cuerda auxi-liar deberá llevar marcada la siguiente información comomínimo;

a) la palabra “cuerda auxiliar” y el número de la Norma Europeacorrespondiente, esto es, EN 564,

b) el nombre o marca del fabricante, importador o suministrador,

c) el diámetro nominal de la cuerda auxiliar,

d) la resistencia a la tensión que el fabricante declara en elmomento de su fabricación,

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7. Bagas.-

Las bagas son anillas de cinta de estructura textil, destinadas asoportar fuerzas que las reparten a través de su superficie, perono destinadas a soportar energías, utilizadas en las instalacionesde cabecera (unión entre el lugar de trabajo y las cuerdas),cuando las fijaciones se obtengan mediante anillos alrededorde chimeneas, casetón de ascensor, etc. En este caso la cinta obaga debe tener una resistencia a la rotura como mínimo iguala la exigida a las cuerdas de SUSPENSIÓN o de TRABAJO, esdecir, 2200 daN.

Las bagas pueden ser de anilla de cinta cosida, de medidasestándar facilitadas por los fabricantes que debe cumplir con laNorma EN 565, o bien, de cinta que debe cumplir con la NormaEN 566. El instalador las puede fabricar con cinta textil tubularuniendo los extremos o cabos con nudo de cinta o nudo plano,permitiendo que los cabos sobre salgan lo suficiente del nudopara que se puedan realizar los aprietes necesarios en cualquiermomento. En cualquier caso deberemos conseguir una resis-tencia mínima de 2200 daN.

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El nudo plano, es el único que se debe utilizar en la confecciónde bagas, porque la cinta tiene tendencia a deslizarse sobre símisma, fenómeno éste que aumenta con otros tipos de nudos.

Con las bagas, al estar constituidas por elementos textiles, sedebe tener cuidado en lo referente a su limpieza y mantenimiento.

7.1. Información a Suministrar por el Fabricante.-

a) el nombre o marca comercial del fabricante, importador osuministrador, así como su dirección,

b) el número de la Norma Europea correspondiente, es decir,EN 565 o EN 566,

c) el significado de cualquier marca que lleve el producto,

d) la masa por unidad de longitud de la cinta,

e) la resistencia a la tensión que el fabricante declara en elmomento de la fabricación,

f) el uso del producto,

g) cómo elegir otros componentes para usar con el sistema,

h) cómo efectuar el mantenimiento y la revisión del producto,los efectos de los agentes químicos y cómo desinfectar elproducto sin efectos negativos,

i) la vida media del producto o cómo calcularla y que despuésde una caída seria, la cinta debería retirarse de uso lo antesposible,

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Page 54: Trabajos Verticales

J) la influencia de condiciones de humedad y hielo,

k) el riesgo engendrado por bordes afilados,

I) influencia del almacenamiento y envejecimiento debido al uso,

7.2. Marcado de las Bagas Constituidas por Cintas.-

La bobina o el envoltorio en que se comercialice la cinta debellevar marcada la siguiente información como mínimo:

a) la palabra “cinta” y el número de la Norma Europea corres-pondiente, es decir, EN 565,

b) el nombre o marca comercial del fabricante,

c) la resistencia a la tensión que el fabricante declara en elmomento de su fabricación,

La cinta debe marcarse mediante hilos para permitir que seconozca su resistencia mínima a la tensión de modo directo,como se indica a continuación:

a) un hilo de color por cada 5 kN de resistencia a la tensión,

b) el color del (de los) hilo (s) debe ser uniforme y contrastarcon el color de la cinta,

c) el marcado debe hacerse sólo en una cara de la cinta, en elcentro de la misma,

d) el espacio entre hilos de colores debe ser claramente visiblea ojo,

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7.3. Marcado de las Bagas Constituidas por Anillas de Cinta.-

El anillo de cinta deberá llevar marcada la siguiente información:

a) El nombre comercial del fabricante, importador o suminis -trador,

b) La resistencia a la tensión que el fabricante declara en elmomento de su fabricación.

8. Tendidos de Trabajo.-

Son todas aquellas instalaciones y equipamientos necesariospara colocar las cuerdas y demás elementos auxiliares para suuso mediante las técnicas de acceso y posicionamiento.

En los tendidos de trabajo hay que diferenciar:

–Las instalaciones de cabecera y–Las instalaciones verticales.

Las instalaciones de cabecera comprenden los nexos de uniónentre el lugar de trabajo (normalmente un edificio, un talud, unaestructura, etc.) y las cuerdas de acceso a la vertical, tanto la deSUSPENSIÓN o de TRABAJO como la cuerda de PROTECCIÓN ode SEGURIDAD.

Las instalaciones verticales comprenden tanto la cuerda deSUSPENSIÓN o de TRABAJO como la cuerda de PROTECCIÓN ode SEGURIDAD, que permiten el acceso y posicionamiento alpunto de trabajo, donde se conectarán los elementos del equipode trabajo y del equipo de seguridad.

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Las instalaciones de cabecera deben adaptarse a los anclajesque ofrece cada lugar de trabajo, y se ha de tener en cuenta quecada uno de los anclajes es diferente, y que para realizar eltrabajo hay que suspenderse, lo cual conlleva tener presente elriesgo de caída de altura, por ello es necesario que por personacompetente se apliquen conocimientos de mecánica y de resis-tencia de materiales para evitar sobrecargar una instalación ypoder determinar la solución más segura.

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Instalaciones de cabecera e instalaciones deverticales en un tendido de trabajo sencillo.

En los tendidos de trabajo se ha de tener en cuenta como míni -mo las siguientes reglas:

a) Instalar las cuerdas perpendicularmente,

b) Evitar los rozamientos de las cuerdas, bien sea por el alarga-miento de las mismas, bien por entrar en contacto con aristascortantes,

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c) Controlar el factor de caída de tal manera que éste sea siem -pre el menor posible, es decir, por debajo de uno (< 1),

d) Limitar la fuerza de choque utilizando cuerdas semi-estáticascuyo coeficiente de fuerza de choque sea el menor posible(6 kN),

e) Limitar el efecto YO-YO producido por la elasticidad de lacuerda, que se acentúa cuando la cuerda supera los 50 m.

9. Instalaciones de Cabecera.-

Para las instalaciones de cabecera se pueden utilizar dos siste -mas de anclado de las cuerdas a la parte superior del lugar detrabajo:–Anclajes pertenecientes a la propia estructura.–Anclajes que se instalan en la estructura.

9.1. Anclajes Pertenecientes a la Propia Estructura.-

Se entiende por anclajes pertenecientes a la propia estructura,aquellos elementos resistentes del lugar de trabajo que sonválidos para el anclaje de las cuerdas de SUSPENSIÓN o deTRABAJO y de la cuerda de PROTECCIÓN o de SEGURIDAD. Entreestos elementos resistentes se puede considerar a modo deejemplo en un edificio urbano, el casetón de ascensores, la cajade la escalera, pilares, vigas metálicas, chimeneas, ganchos deandamiaje, etc.

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No obstante por persona competente se debe realizar una inspec-ción técnica de los elementos citados, para que bajo su expe-riencia y el conocimiento de la resistencia de los materiales, deter-mine si éstos puedan considerarse como idóneos para larealiza ción de una instalación de cabecera. La inspección esimprescindible para averiguar que no estén dañados o debilitadospor grietas u otras patologías los elementos estructurales. Antesdel comienzo de los trabajos, se deben realizar pruebas de cargaa pie de suelo aplicando un coeficiente de seguridad 3.

Cuando se rodea un elemento constructivo con un anillo de cuerdauna baga o cinta etc. y le añadimos una cuerda destinada para lasuspensión, el ángulo que se crea en la instalación de cabeceratiene gran importancia, ya que cuanto más abierto sea éste, mayorserá la fuerza transmitida a la cuerda, baga o cinta, etc.

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Elementos constructivos habituales parainstalaciones de cabecera en un edificio urbano.

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Si en el punto de anclaje, la cuerda crea un ángulo de 90°, alaplicar una carga de 100 Kg., se transmite una fuerza de cargaen cada ramal de la otra cuerda o puntos de anclaje equivalentea 70 Kg. (70% de la carga), es decir un total de 140 Kg.

Si el ángulo formado es de 120°, la fuerza producida en cadaramal es de 100 Kg. (100% de la carga), es decir un total de 200Kg. Para ángulos más abiertos de 120° la fuerza generada encada ramal aumenta rápidamente, originando un riesgo deposible rotura de los mismos.

Como regla general se debe tomar un ángulo inferior a 120°,para que la carga soportada por los ramales sea siempre inferioral peso suspendido.

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Aumento de la carga sobre los puntos de anclajes dependiendodel ángulo formado por la cuerda de unión del anclaje.

Page 60: Trabajos Verticales

9.2. Anclajes que se Instalan sobre la Estructura.-

Los anclajes que se instalan sobre la estructura, representanuna parte muy importante de los equipos de trabajo utilizadosen los trabajos verticales, pues son necesarios para instalar unalínea de vida o un sistema de seguridad vertical de donde lostrabajadores quedarán colgados.

Este tipo de anclajes, son elementos que disponen de caracte-rísticas mecánicas suficientes, que permiten solventar las máscomplejas situaciones de fijación de estos elementos en losdistintos elementos en la construcción y en la industria.

Los anclajes que se instalan sobre la estructura a los cuales esposible sujetar un dispositivo de anclaje o un equipo de protec-ción individual son los siguientes:

–Clase A:clase A1clase A2

–Clase B.–Clase C.–Clase D.–Clase E.

• Clase A1.-

La clase A1 incluye a los anclajes estructurales proyectados paraser fijados sobre superficies verticales, horizontales e inclinadas,tales como paredes, columnas, dinteles, etc.

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Page 61: Trabajos Verticales

1. Anclaje estructural.2. Punto de anclaje.

Anclajes estructurales de la clase A1 proyectados para serfijados a superficies verticales, horizontales o inclinadas.

1. Anclaje estructural.2. Punto de anclaje.

Anclajes estructurales de la clase A2 proyectados para serfijados sobre tejados inclinados.

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• Clase A2.-

La clase A2 incluye a los anclajes estructurales proyectados paraser fijados sobre tejados inclinados.

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• Clase B.-

La clase B incluye a los dispositivos de anclaje provisionalestransportables.

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• Clase C.-

La clase C incluye a los dispositivos de anclaje equipados conlíneas de anclaje flexibles horizontales. Se entiende por líneade anclaje horizontal aquella que no se desvía de la horizontalmás de 15°.

2. Punto de anclaje.

Dispositivos de anclajes provisionales transportables.

Dispositivo de anclaje sobre un tejado.

1. Anclaje estructural terminal. 2. Anclaje estructural intermedio.3. Punto de anclaje móvil. 4. Línea de anclaje.

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• Clase D.-

La clase D incluye a los dispositivos de anclaje equipados conrieles de anclaje rígidos horizontales.

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1. Riel de anclaje.2. Punto de anclaje móvil.

1. Punto de anclaje.

• Clase E.-

La clase E incluye a los anclajes de peso muerto utilizables sobresuperficies horizontales. Para la utilización de un peso muerto,se entiende por superficie horizontal, aquella superficie que nose desvía de la horizontal más de 5°.

Los anclajes de peso muerto no deben ser utilizados cuando ladistancia al borde del forjado sea menor de 2500 mm.

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Los anclajes de peso muerto no serán utilizados cuando hayahielo o riesgo de helada.

9.3. Instrucciones de Uso y Marcado.-

El marcado debe satisfacer lo establecido en la norma EN 365,debiendo estar todo el texto escrito en la(s) lengua(s) del paísde destino. Además de satisfacer lo establecido en la normaEN 365, el marcado debe incluir lo siguiente:

Para los dispositivos de anclaje de las clases C y E, el fabricanteo el instalador deben marcar claramente sobre el dispositivo deanclaje o en su proximidad, los parámetros siguientes:

a) el número máximo de trabajadores que pueden conec tarse,b) la necesidad del uso de absorbedores de energía,c) la altura libre mínima requerida,

Para los dispositivos de anclaje de la clase E, deberá marcarsede forma permanente, sobre el anclaje de peso muerto, los tiposde material de construcción y las condiciones de utilizacióndeclaradas por el fabricante.

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9.4. Información a Suministrar por el Fabricante.-

Las instrucciones de uso deben ser suministradas por el fabri-cante en la(s) lengua(s) del país de destino; debiendo satisfacerlo establecido en la Norma EN 365. El fabricante también debeincluir una declaración manifestando que los dispositivos deanclaje han sido sometidos a ensayos conformes con lo esta-blecido en la Norma EN 795 y que, a menos que se indique locontrario, están previstos para su empleo por una sola personadotada de un absorbedor de energía que satisfaga lo estable-cido en la Norma EN 355. Además:

a) Para los dispositivos de anclaje de clase C (dispositivos deanclaje dotados de líneas de anclaje flexibles horizontales),las instrucciones de uso deben incluir la fuerza máxima admi-sible sobre los anclajes estructurales extremos e intermedios.

b) Para los dispositivos de anclaje de la clase E (anclajes depeso muerto), las instrucciones de uso deben contener lassiguientes advertencias:

–Que los anclajes de peso muerto no deben emplearsecuando exista hielo o riesgo de helada,

–Acerca del empleo de anclajes de peso muerto cuando lasuperficie de la cubierta o tejado o del dispositivo deanclaje estén sucias de aceites, grasas o por la presenciade verdina,

–Acerca del tipo de superficie de la cubierta en el que puedeutilizarse (es decir, las superficies sobre las que se ha ensa-yado satisfactoriamente),

–Que es conveniente colocar el anclaje de peso muertoevitando zonas donde se acumule el agua,

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–Que si el anclaje de peso muerto debe emplearse sobre untejado cubierto de gravilla ésta deberá retirarse antes delmontaje del dispositivo de anclaje,

c) Para los dispositivos de anclaje de clase E (anclajes de pesomuerto), las instrucciones deberán contener las advertenciassiguientes:

–Los peligros potenciales que se originan cuando los ancla -jes de peso muerto se combinan con dispositivos anticaídasretráctiles (EN 360) que no han sido ensayados en conjunto,como un sistema anticaídas completo,

–Los peligros potenciales que se originan cuando los ancla -jes de peso muerto se combinan con absorbedores deenergía (EN 355) que no han sido ensayados en conjunto,como un sistema anticaídas completo,

–Que es conveniente que los usuarios que tengan intenciónde combinar cualquier equipo de protección contra caídascon anclajes de peso muerto, consulten previamente conel fabricante del EPI anticaídas.

9.5. Instrucciones de Instalación de Anclajes.-

El fabricante debe proporcionar las instrucciones de instalación.

Los instaladores deben asegurarse de que son adecuados losmateriales del soporte a los que van a ser fijados los dispositivosde anclaje estructural.

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9.6. Recomendaciones Relativas a la Instalación de Anclajes.-

9.6.1. General.-

Cuando un dispositivo de anclaje está destinado exclusiva mentea conectar un dispositivo de protección individual, se reco-mienda que sea marcado claramente mediante un pictograma,o por otro marcado visible y comprensible, colocado sobre eldispositivo de anclaje o en su proximidad, indicando claramenteque el dispositivo está destinado exclusivamente a ser utilizadopor un equipo de protección individual.

Los dispositivos de anclaje no deben utilizarse más que consistemas anticaídas marcados con el marcado CE, que no provo -can, en el dispositivo de anclaje, fuerzas superiores a los 6 kN.

9.6.2. Clase A1. Dispositivo de Anclaje Destinado a ser Fijadosobre Superficies Verticales, Horizontales e Inclinadas.-

En caso de fijación en acero o madera, es conveniente que uningeniero cualificado verifique mediante cálculo que el proyectoy montaje garantizan la adecuada resistencia a la fuerza aplicadadurante el ensayo del tipo.

En caso de fijación sobre otros materiales, es conveniente queel instalador verifique su adecuación sometiendo cada anclajeestructural individual, después del montaje sobre este material,a una fuerza de tracción axial de 5 kN con el fin de verificar lasolidez de la fijación. Es conveniente que el anclaje estructuralsoporte la fuerza durante al menos 15 seg.

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9.6.3. Clase A2. Dispositivo de Anclaje Destinado a ser Fijadosobre Tejados Inclinados.-

En caso de fijación en acero o madera, es conveniente que uningeniero cualificado verifique mediante cálculo que el proyectoy montaje garantizan la adecuada resistencia a la fuerza aplicadadurante el ensayo de tipo.

En caso de fijación sobre otros materiales, es conveniente queel instalador verifique la adecuación de los materiales estructu-rales realizando un ensayo sobre una muestra del material consi-derado. Es conveniente que esta muestra satisfaga los requisitosdel ensayo de tipo.

9.6.4. Clase B. Dispositivos de Anclaje Provisionales Transpor-tables.-

Conviene tomar las precauciones necesarias para evaluar laadecuación de un dispositivo de anclaje provisional transpor-table y de sus correspondientes fijaciones, a la aplicación a queestán destinados. Es necesario que la viabilidad de la instalaciónpueda ser verificada por un ingeniero cualificado.

9.6.5. Clase C. Dispositivos de Anclaje Equipados con Líneas deAnclaje Flexibles Horizontales.-

Para los sistemas equipados con líneas de anclaje horizontalesde cuerda, banda o cable, conviene que la resistencia mínimaa la rotura de la cuerda, de la banda o del cable, sea el doblede la fuerza máxima aplicada a dicha cuerda, banda o cable en

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caso de retención de la caída prevista para este dispositivo yque sea determinada por ensayo o por cálculo. Tales dispositivosdeben ser proyectados utilizando los criterios y métodos dediseño del fabricante. Estos métodos y criterios deberían estarde acuerdo con el ensayo de tipo.

Siempre que sea posible, el dispositivo debería instalarse sobreestructuras que permitan su ensayo. Cuando no sea posiblesometer la estructura portante principal a las fuerzas de ensayo,es conveniente que todos los anclajes estructurales extremos eintermedios utilizados en el dispositivo puedan soportar el doblede la fuerza máxima prevista. Es conveniente verificar, mediantecálculos realizados por un ingeniero cualificado, que la estruc-tura portante principal equipada con anclajes estructuralesextremos e intermedios soportará dichas fuerzas.

En las aplicaciones en donde no sea posible la verificaciónmediante cálculo, por ejemplo en aquellas en donde las propie-dades mecánicas de los materiales de la instalación son desco-nocidas, el instalador debería verificar la adecuación mediantela instalación de un sistema sobre el material del sitio y asegurarque se cumplen los requisitos del ensayo.

Para cualquier tipo de fijación, independientemente del materialconsiderado, cada anclaje estructural intermedio o extremodebería ser sometido, tras su instalación, a un ensayo de trac-ción para confirmar la resistencia de la fijación. La fuerza deensayo sería de 5 kN. El anclaje estructural debería soportar lafuerza durante un mínimo de 15 seg.

En el caso de que una instalación contenga secciones de líneade anclajes que formen con la horizontal ángulos mayores de

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15°, el instalador debería asegurar que el anclaje estructuralestá proyectado para resistir las fuerzas que pueden apareceren la línea si se produce la detención de una caída, también esconveniente que la distancia de caída sea mínima.

El instalador debería asegurar igualmente que la distancia reque-rida para detener la caída de un trabajador que pudiera caer,no es superior a la distancia disponible en ese sitio.

9.6.6. Clase D. Dispositivos de Anclaje Equipados con Líneas deAnclaje Rígidas Horizontales.-

En caso de fijación en acero o madera, es conveniente que uningeniero cualificado verifique mediante cálculo, que el proyectoy montaje garantizan la adecuada resistencia a la fuerza aplicadadurante el ensayo de tipo.

En caso de fijación sobre otros materiales, es conveniente queel instalador verifique la adecuación de los materiales estructu-rales realizando un ensayo sobre una muestra del material consi-derado. Es conveniente que esta muestra satisfaga los requisitosdel ensayo de tipo. Además, se recomienda someter cada ancla -je estructural una vez que se haya fijado sobre el material consi-derado, a una fuerza de tracción de 5 kN con el fin de controlarla solidez de la fijación. Conviene que el anclaje estructuralsoporte la fuerza durante al menos 15 seg.

El instalador debería asegurar que la distancia requerida o nece-saria para detener la caída de un trabajador que pudiera caerno es superior a la distancia disponible en ese sitio.

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9.6.7. Clase E. Dispositivos de Anclaje de Peso Muerto.-

Los dispositivos de anclaje de peso muerto del tipo de masa deagua deberían ser desechados si se produce cualquier fuga.

Por lo expuesto anteriormente, en las empresas de trabajovertical una persona competente con conocimientos técnicossobre la resistencia de los materiales debe determinar el tipode anclaje a instalar en función de la calidad del material desoporte, debiendo dejar constancia por escrito de la soluciónadoptada y de las medidas a observar por los trabajadores parael mantenimiento y uso de los mismos.

9.7. Anclajes para Roca.-

En algunos trabajos será necesario instalar el soporte en la roca.En esos casos, el anclaje para roca deberá estar fabricado enmaterial resistente a la corrosión con propiedades equivalentesal menos al material número 1.4307 indicado en la Norma EN10088–3 o, en lo referente a la resistencia a la corrosión, unmaterial equivalente, exceptuando el número 1.4305.

Todos los componentes del anclaje para roca deberán ser mate-riales entre los cuales no pueda darse la corrosión electrolítica.

La tabla siguiente proporciona ejemplos de tipos de materialesadecuados.

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Tipos de acero según AISI.-

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Oganización deNormalización

Tipos deAcero

AISI (1) 301, 304, 304H, 304L, 303LN, 305, 308,403, 410, 416, 420, 431. 440C*

* El acero número 303 no debería utilizarse.(1) AISI= American Iron and Steel Institute.

a) Agujero pasante del anclaje.b) Placa de fijación.c) Bloque de hormigón.L) Profundidad del emplazamiento.

a) Agujero pasante del anclaje.L) Profundidad del emplazamiento.

9.8. Capacidad de Soporte de Carga de los Anclajes de Roca.-

El anclaje de roca deberá soportar una carga axial de 15 kN, sinresultar extraído del bloque de hormigón y sin romperse.

El anclaje de roca deberá soportar una carga radial de 25 kN,sin resultar extraído del bloque de hormigón y sin romperse.

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9.9. Información a Suministrar por el Fabricante.-

a) El nombre o marca comercial del fabricante, importador osuministrador.

b) El número de la Norma Europea correspondiente, es decir,EN 959.

c) El nombre del modelo (si existe más de uno).

d) La talla (si existe más de uno).

e) El significado de cualquier marca que haya en el producto.

f) Los elementos que constituyen el anclaje de roca completo.

g) Indicaciones sobre el uso del anclaje.

h) Cómo insertar el anclaje.

j) Cómo elegir otros componentes para utilizar por otro sistema.

j) Una advertencia de que el anclaje puede tener una duraciónmenor si se ve afectado por el agua del mar.

9.10. Marcado de los Anclajes de Roca.-

Los anclajes para roca deberán llevar marcada de forma clara,indeleble y duradera, al menos la siguiente información:

a) El nombre o marca comercial del fabricante, importador osuministrador.

b) El nombre del modelo (si el fabricante tiene comercializadomás de un modelo).

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9.11. Anclajes Comerciales.-

En el mercado existe una gama importante de anclajes tales como:–Anclajes metálicos de expansión,–Anclajes químicos de adhesión,–Anclajes embebidos,–Anclajes metálicos para aplicaciones especiales.

9.12. Descripción de los Anclajes.-

Desde hace décadas, las denominadas “Clavijas de anclaje* seemplean para la fijación de elementos auxiliares de la construc-ción, que son los diversos sistemas de anclaje metálicos utili-zados en la actualidad.

Estos son unos dispositivos que aprovechan en su mayor parte,la fuerza que es capaz de desarrollar un tornillo, espiga o tuerca,para ejercer una presión lateral en el interior de un hueco efec-tuado mediante taladro en el hormigón u otro material empleadoen construcción, comprimiendo y ejerciendo una gran fuerza decompresión y rozamiento lateral que sustenta al anclaje y su carga.

La base de aplicación de los anclajes, puede ser cualquier mate-rial resistente de los empleados en las obras de construcción,si bien por sus características, el hormigón es el material quepredomina en la utilización de este tipo de elemento de fijación.

Cualquier otro material distinto del hormigón, tales como obramaciza u obra hueca, acepta el sistema de anclaje mecánico o elquímico, solucionando de este modo los problemas de fijación.

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9.12.1. Anclajes Metálicos de Expansión.-

Se basa en la expansión de unas zonas del anclaje, que ejercenunas fuerzas simétricas de compresión, sobre los laterales delmaterial taladrado. Por lo tanto, éste debe ser macizo y compac -to. Los materiales que cumplen estos requisitos son normal-mente el hormigón en masa, el hormigón armado, y la piedracompacta.

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9.12.2. Anclajes Químicos de Adhesión.-

Los anclajes químicos son sistemas de fijación en los que seemplean resinas epoxi o de poliéster como adhesivos, biencomo resina líquida o en pasta. Este sistema de fijación no ejer -ce, por sí sólo, ninguna fuerza de Importancia sobre las paredesde la perforación realizada. Por ello, la capacidad de fijación esproporcional a la capacidad de adhesión de la resina polimeri-zada, entre ella misma con la superficie del material taladradoy con la espiga o varilla empleada. Su uso es recomendable enmateriales como el hormigón o piedra poco compactos y en losladrillos macizos o perforados.

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9.12.3. Anclajes Embebidos.-

Los anclajes embebidos son elementos que se colocan en elencofrado de piezas de hormigón prefabricado, enhe brado alas barras de acero, antes de rellenar con hormigón el encofrado.Posteriormente al fraguado del hormigón, se utilizan para fijarganchos y eslingas de transporte y montaje.

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Fuente Anclaje Desa (2)

Fuente Anclaje Desa (2)

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Debe tenerse presente el posible esfuerzo de desmoldeo, el cualnunca debe ser superior a la carga de rotura por tracción o ciza-lladura.

9.12.4. Anclajes Metálicos para Aplicaciones Especiales.-

Los anclajes metálicos para aplicaciones especiales, son elemen - tos de diseño especial y específico para solucionar diferentesproblemas que pueden surgir en la construcción, en la industria,etc.

9.12.4.1. Anclajes para Estructuras Metálica.-

Existen anclajes para la aplicación específica sobre perfiles deacero, que permiten su colocación desde un solo lado, comoconsecuencia de que la parte posterior del perfil de acero es dedifícil acceso.

9.13. Sistema de Trabajo de los Anclajes.-

El sistema de trabajo más habitual de los anclajes es el deejercer una fuerza de compresión en el hormigón. Esta fuerzade compresión responde a un diagrama espacial en forma decono embebido, con base en el fondo del anclaje y vértice sobreel centro del taladro, con un ángulo que varía en función del tipode anclaje, desde 85° a 130° en el vértice del mismo.

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Por ello los anclajes de apertura o expansión mecánica, son losmás utilizados.

Por el contrario, el sistema de trabajo de los anclajes químicoses por adhesión; con la resina polimerizada se consigue un resis-tente anclaje entre el material de soporte y la espiga o varillaempleada.

Otro aspecto importante a considerar es la distancia entre loscentros de los anclajes, o su proximidad al borde o a la esquinadel hormigón. Si esta dimensión no es suficiente, puede llegara darse el caso que, el trabajo realizado sobre una zona dehormigón, sea compartido con el que ejerce el anclaje vecino,creándose una sobrecarga en esa zona que debilita su resis-tencia.

Siempre se debe tener en cuenta que debe limitarse el par deapriete aplicado sobre la cabeza del tornillo o tuerca, para quepermaneciendo dentro de un determinado límite elástico, seproduzca sobre el hormigón una compresión que fije el elemento

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Fuente Anclaje Desa (2)

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mecánico, y que este responda con el correspondiente valor decarga sobre el mismo, ya sea a extracción o a cizalladura o corte.

Normalmente los anclajes responden sobradamente a las cargasque se indican por los fabricantes, pues el cálculo de los mismosse realiza en todos los casos sobredimensionado, por imperativode aplicación de Carga Mejorada, o la aplicación de un Coefi-ciente de Seguridad.

Como se podrá observar la decisión del sistema de anclaje autilizar, está en función de las características del material desoporte, y ésta debe ser tomada por una persona competente,con conocimientos técnicos para determinar la idoneidad de losmismos, donde presenta una gran relevancia el sistema detrabajo del anclaje.

9.14. Conceptos a tener en Cuenta en la Instalación de losAnclajes.-

9.14.1. Resistencia Específica del Hormigón (Rk).-

Los hormigones presentan resistencias variadas por lo que enfunción de las mismas será el resultado de la fuerza de extrac-ción del anclaje instalado. A mayor resistencia del hormigón,mayor fuerza de extracción del anclaje, pero no debe conside-rarse que existe una proporción lineal entre la resistencia delhormigón y la resistencia a la extracción del hormigón ya queresponde a una curva distinta en cada caso.

La resistencia específica del hormigón Rk guarda una relacióndirectamente proporcional con la “Carga admisible recomen-

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dada” de cada tipo de anclaje. En función de Rk, el mismo ancla -je puede soportar una carga muy superior, si éste se ha fijadoen un hormigón de alta resistencia.

Por otro lado hay que considerar la carga de extracción perpen-dicular al plano de anclaje (F1), y la carga de cizalladura a 90°de éste (F2), así como una infinidad de esfuerzos descomponi-bles de éstos dos que son el resultado del ángulo de aplicaciónde la fuerza sobre el anclaje (F3, F4, F5, etc.).

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Fuente Anclaje Desa (2)

9.14.2. Distancia entre Ejes de los Anclajes (E).-

Un mismo elemento constructivo de hormigón puede presentarposibles desigualdades de calidad a lo largo del mismo, por loque se hace necesario respetar, para cada tipo y modelo deanclaje, las distancias mínimas a establecer entre ejes facilitadaspor el fabricante de los anclajes, para evitar las posibles super-posiciones de los conos de rotura del hormigón debida a laescasa separación entre anclajes.

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Para todos los anclajes de elevado nivel de compromiso, inclusopara cargas medias o ligeras, no se debe disminuir las distanciasmínimas a establecer entre ejes.

Los fabricantes facilitan la información técnica de cada productodonde se indican los coeficientes de disminución de carga enfunción de la variación de esta dimensión.

9.14.3. Distancia al Borde del Hormigón (B) y Distancia al Borde(C) en caso de Esquina del Hormigón.-

Otro aspecto muy importante a tener en cuenta, es la distanciamínima a respetar bien entre el anclaje y el borde del hormigón,o bien en el caso de esquina por las razones citadas en el apar-tado “Sistema de trabajo de los anclajes“.

Los fabricantes facilitan la información técnica de cada anclajedonde se indican los coeficientes de disminución de carga enfunción de la variación de esta dimensión.

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Fuente Anclaje Desa (2)

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9.14.4. Cargas Admisibles Recomendadas a la Extracción (Ce)y por Cizalladura (Cc) de los Anclajes Instalados enHormigón.-

A partir de las cargas de rotura y para todos los anclajes decompromiso, se han determinado o se han de determinar, enfunción de las fórmulas de cálculo, las “Cargas admisibles detrabajo” ya sea a extracción o a cizalladura debiéndose tomarun coeficiente de seguridad Cs de 3 como mínimo. Los fabri-cantes suelen facilitar estos datos para los anclajes de expan-sión.

En el caso de la utilización de anclajes químicos, el fabricanteno suele facilitar las “Cargas admisibles de trabajo”, por lo queéstas se han de determinar mediante cálculo, para ello es reco-mendable la utilización del coeficiente de seguridad Cs, quedebe aplicarse a la carga de rotura, obteniendo así la “Cargaadmisible de trabajo”.

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Fuente Anclaje Desa (2)

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En el caso de la utilización de anclajes químicos, el fabricanteno suele facilitar las “cargas admisibles de trabajo”, por lo queéstas se han de determinar mediante cálculo. Para ello es reco-mendable la utilización del coeficiente de seguridad Cs con unvalor de 4, como mínimo, que debe aplicarse a la carga de rotura,obteniendo así la “Carga admisible de trabajo”.

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Fuente Anclaje Desa (2)

EXTRACCIÓNCe = Xe x R / Cs > CCA

CIZALLADURACe = Xc x R / Cs > CCA

Siendo:

• CCA = Carga de cálculo arquitectónico (Kp).• Xe = Carga de rotura del anclaje a extracción (Kp).• Ce = Carga admisible de trabajo del anclaje a extracción (Kp).• Xc = Carga de rotura del anclaje a cizalladura (Kp).• Cc = Carga admisible de trabajo del anclaje a cizalladura

(kp).

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• Rk = Resistencia del hormigón (Kg /cm2).• Cs = Coeficiente de seguridad.• Kh = Coeficiente de reducción por disminución de la calidad

del hormigón.• Ke = Coeficiente de reducción por disminución de las distan-

cias entre los centros de los anclajes.• Kb = Coeficiente de reducción por disminución de las distan-

cias entre los centros de los anclajes y el borde delhormigón.

Conociendo todos estos datos se pueden aplicar las fórmulasindicadas para determinar la “Cargo admisible de trabajo” delanclaje, ya sea a extracción o a cizalladura. En cualquier caso lacarga admisible de trabajo ha de ser mayor a la carga de cálculoarquitectónico.

9.14.5. Cargas de Rotura a la Extracción (Xe) y a Cizalladura (Xc)de los Anclajes Instalados en Hormigón.-

Las cargas de rotura a la extracción (Xe) y a la cizalladura (Xc)son facilitadas por los fabricantes de los anclajes, los cualesdeben estar avalados por ensayos realizados por laboratoriosoficiales.

A partir de ellos y para todos los anclajes de compromiso, sedetermina por el fabricante de anclajes las “Tablas de cargasrecomendadas o admisibles” utilizando para ello las fórmulasde cálculo de las “Cargas admisibles de trabajo recomendadas”.

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9.15. Criterios para la Colocación de Anclajes.-

En las instalaciones de los tendidos de trabajo se pueden utilizartanto anclajes pertenecientes a la propia estructura, comoanclajes que se instalan en la estructura. Normalmente losanclajes pertenecientes a lo propia estructura se deben utilizarcomo elementos de seguro y reaseguro de las instalaciones decabecera, dejando la función de acceso a la vertical y colocaciónde las cuerdas en las zonas de trabajo a los anclajes que seinstalan en la estructura.

Hay que tener en cuenta que los anclajes pertenecientes a lapropia estructura suelen ser insuficientes para cubrir todo elárea de trabajo, por lo que habrá que recurrir en estos casos alos anclajes que se instalan en la estructura.

Para la instalación de anclajes metálicos de expansión o anclajesquímicos de adhesión en la estructura, se requiere conocimientosde la estructura interna y resistencia de los materiales de cons-trucción, a modo orientativo los materiales de construcción en loscuales se instalan los citados anclajes se indican a continuación:

a) Hormigón: anclaje metálico de expansión o anclaje químicode cápsula con resina líquida o con resina de pasta.

b) Ladrillo macizo: anclaje químico con resina de pasta.

c) Ladrillo perforado: anclaje químico.

En ningún caso se colocarán anclajes de cabecera en paredeso elementos de bloques o ladrillos huecos, ya que éstos noestán fabricados para soportar las cargas producidas en lostrabajos verticales.

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Existe una diferenciación entre ladrillo hueco y ladrillo perforadoconsistente en el tamaño y disposición de los huecos interiores.En los ladrillos huecos éstos están situados horizontalmente ysu diámetro es mayor de 20 mm.; sin embargo en los ladrillosperforados, los huecos están dispuestos verticalmente y sudiámetro es menor de 20 mm.

En la instalación de anclajes se deben adoptar las medidas deprevención y protección oportunas, obtenidas de la evaluación delos riesgos específicos de la tarea a realizar por los trabajadores.

En el caso de la utilización e instalación de anclajes químicosel empresario debe requerir al fabricante la FICHA DE DATOS DESEGURIDAD de las resinas, que se destinará para cumplir conel deber que tienen de facilitar la FORMACIÓN e INFORMACIÓNa los trabajadores. La citada FICHA DE DATOS DE SEGURIDADestará de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 255/2003,de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobreclasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrososy deberá incluir obligatoriamente lo previsto en su artículo 13,es decir:

a) Identificación del preparado y del responsable de su comer-cialización.

b) Composición/información sobre los componentes.

c) Identificación de los peligros.

d) Primeros auxilios.

e) Medidas de lucha contra incendios.

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f) Medidas a tomar en caso de vertido accidental.

g) Manipulación y almacenamiento.

h) Controles de exposición/protección personal.

i) Propiedades físicas y químicas.

j) Estabilidad y reactividad.

k) Información toxicológica.

l) Información ecológica.

m)Consideraciones relativas a la eliminación.

n) Informaciones relativas al transporte.

o) Información reglamentaria (etiqueta).

p) Otra información.

El responsable de la comercialización del preparado deberáproporcionar las informaciones correspondientes a estosepígrafes, redactándolas conforme a las notas explicativas quefiguran en el Anexo VIII del citado Reglamento sobre clasifica-ción, envasado y etiquetado de preparados peligrosos.

9.16. Materiales Auxiliares para Anclajes.-

Tanto los anclajes metálicos de expansión como los anclajesquímicos necesitan piezas auxiliares con las que conectar elmosquetón o el maillón a los mismos como podrá ser unaplaque ta o chapa, o un cáncamo.

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Una plaqueta o chapa es una pieza metálica diseñada para hacerde unión entre un anclaje y un mosquetón o un maillón. Tienedos orificios, uno para fijarla al anclaje mediante tuerca o pernoy otro preparado para recibir el mosquetón o maillón.

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Se deben elegir aquellos diseños de plaqueta o chapa o cánca -mo que puedan soportar cargas de tracción en distintas direc-ciones. Normalmente la indicación de resistencia (1800 daNcomo mínimo) y los ángulos en que se puede aplicar una fuerzadebe venir grabada en la misma plaqueta o chapa, en casocontrario se debe consultar al fabricante.

Para reasegurar los anclajes metálicos de expansión o los ancla -jes químicos, se debe utilizar un conjunto de cadena de aceroy dos plaquetas o chapas.

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Ejemplo: Instalación de anclaje metálico de expansión conplaque ta o placa en la que se han considerado las distintas posi-ciones de trabajo con sus correspondientes fuerzas a tracción,que deben venir grabadas en la plaqueta.

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La plaqueta debe quedar totalmente apoyada de forma planaen el paramento vertical.

Procedimiento de Trabajo para la Colocación de AnclajeMetálico de Expansión con Plaqueta o Chapa.-

Fuente Anclaje Desa (2)

1) Se efectúa un taladro en el punto deseado del material desoporte, con el diámetro de broca y profundidad adecuada.

2) Una vez realizado el agujero, se limpia con aire a presión.

3) Se introduce el anclaje con la plaqueta o chapa en el agujero,mediante ligeros golpes de martillo, hasta que haga tope conla superficie del material soporte.

4) Se efectúa la expansión, aplicando el par de apriete indicadopor el fabricante.

Page 91: Trabajos Verticales

Procedimiento de Trabajo para la Colocación de Anclaje Químico.-

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Fuente Anclaje Desa (2)

1) Se efectúa un taladro en el punto deseado del material desoporte, con el diámetro de broca y profundidad adecuada.

2) Una vez realizado el agujero, se limpia con aire a presión.

3) Se introduce la cápsula en el agujero, hasta que haga topecon la superficie del material soporte.

4) Con el taladro introducir el espárrago, rompiendo la cápsulay efectuando la mezcla.

5) Para la utilización del espárrago, hay que esperar hasta quepase el tiempo de endurecimiento indicado por el fabricante.Antes de este tiempo evitar mover o someter a carga al espá-rrago.

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10. Instalaciones Verticales.-

Una vez se ha realizado la instalación de cabecera, que nosasegura la sujeción del tendido de trabajo, se procederá a instalarla zona vertical que posibilitará el acceso y posicionamiento alos diferentes puntos de trabajo.

Los trabajadores que realicen maniobras en esta zona estaránasegurados mediante los dispositivos anticaídas pertinentes.

En la instalación de verticales se debe evitar cualquier roza-miento de las cuerdas con la estructura, lo cual se conseguirárealizando o utilizando fraccionamientos, protectores antirroceo desviaciones.

11. Fraccionamientos.-

Por definición un fraccionamiento es un punto de anclaje inter-medio en una cuerda instalada.

La cuerda descendente estará provista de un bucle antes delfraccionamiento. Es recomendable fraccionar las cuerdas en elpunto de entrada de las mismas, evitando de esta forma que elpeso del trabajador presione la cuerda de suspensión contra laarista de entrada a la zona vertical.

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Aparte de la entrada en vertical y la evasión del contacto de lacuerda contra la arista de entrada, cuando las verticales son degran longitud estas se deberán fraccionar, anclando la cuerdaa instalaciones intermedias, con la finalidad de evitar los posi-bles rozamientos intermedios y el efecto YO-YO.

Los puntos de anclaje de los fraccionamientos suelen realizarsecon anclajes metálicos de expansión o con anclajes químicos,aunque en algunos casos, cuando existan elementos construc-tivos resistentes en la vertical, también podrían utilizarse parala realización de fraccionamientos.

12. Protectores Antirroce.-

Cuando una cuerda entra en tensión en contacto con una arista,recibe una fuerza de aplastamiento, por lo que es necesariodisponer de una protección adicional que consiga controlar elrozamiento o posible corte, contrarrestar la concentración detensión en un solo punto, ayudando a distribuir el esfuerzo.

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Los puntos de presión se encuentran no sólo donde la cuerdasalva una arista y entra en la vertical, sino también en los ancla -jes constructivos elegidos para realizar las instalaciones, por loque también deberán ser protegidos.

En el mercado existen diferentes tipos de protectores de cuerda,unos envuelven la cuerda y otros simplemente cubren el áreade potencial roce.

Existen protectores antirroce a base de una cadena de elementosmetálicos con rodillos que evitan el contacto de la cuerda conla arista y suavizan el ángulo de contacto.

Las cuerdas al entrar en carga se alargan, por lo que es necesariosujetar los protectores antirroce a la cuerda.

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Fuente Petzl (1)

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13. Desviaciones.-

Una desviación es una modificación de la vertical de bajada deuna cuerda; las desviaciones se utilizan para:

–Evitar rozamientos.

–Alcanzar puntos de trabajo sin necesidad de realizar nuevasinstalaciones.

Esto se consigue cambiando el largo de la cuerda de la desvia-ción para cada descenso, de tal manera que una instalaciónsirve para realizar otras bajadas a izquierda y derecha de lamisma.

Es importante tener en cuenta cómo aumenta la fuerza en elpunto de anclaje dependiendo de los ángulos creados en ladesviación.

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Las desviaciones se realizarán teniendo en cuenta que en caso defallo de éstas, el ángulo de las mismas no produzcan un FC > 1.

14. Aparatos de Progresión.-

En los trabajos verticales se utilizan aparatos de progresión(bloqueadores), que es un dispositivo mecánico que cuando seune a una cuerda del diámetro apropiado, se cerrará cuando sesomete a carga en un sentido y deslizará libremente en sentidocontrario, por lo que permiten realizar maniobras sobre lascuerdas de suspensión o de trabajo y progresar en cualquierdirección.

Los aparatos de progresión utilizados en el ascenso se deno-minan bloqueadores de ascenso y los utilizados para descenderse denominan bloqueadores descendedores.

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Todos ellos necesitan la manipulación del trabajador para ascen -der o descender, y en el caso de dejar de actuar, se bloqueanautomáticamente evitando el riesgo de un descenso incontro-lado en la cuerda de trabajo.

14.1. Bloqueador Descendedor.-

En los trabajos verticales, el acceso al lugar de trabajo por arribaes el más utilizado, por ello los bloqueadores descendedoresestán diseñados para permitir, un descenso controlado a lo largode una cuerda.

Un descendedor autoblocante, sin la intervención del trabajadorse bloquea en la cuerda de trabajo automáti camente y necesitauna nueva acción del mismo para continuar el descenso; sontambién conocidos descendedores STOP.

En los trabajos verticales no están indicados los descendedoresno autoblocantes.

La velocidad de descenso óptima es de 2 metros por segundocomo máximo.

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Fuente Petzl (1)

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14.2. Requisitos de Seguridad.-

Los bloqueadores tendrán un dispositivo de cierre o mecanismosimilar para evitar que se salga fuera del mismo una cuerda dediámetro dentro del rango marcado en el bloqueados y deberánestar diseñados para cerrarse automáticamente sobre una cuerdaen un sentido y para deslizarse libremente en sentido contrario.

Todos los bordes de un bloqueador que puedan entrar en contac -to con los dedos del usuario deben estar libres de rebabas.

Los bloqueadores deberán tener una abertura para la colocaciónde cuerdas de al menos 13 mm.

Los bloqueadores deberán tener una resistencia mínima de 4 kN.

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Fuente Petzl (1)

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14.3. Información que debe Suministrar el Fabricante.-

a) el nombre o marca comercial del fabricante, importador osuministrador, así como su dirección,

b) el número de la Norma Europea correspondiente, es decir,EN 567,

c) el significado de cualquier marca que lleve el producto,

d) el uso del producto,

e) cómo insertar y extraer la cuerda,

f) cómo funciona el dispositivo de cierre,

g) dónde y cómo sujetar el bloqueador,

h) cómo elegir otros componentes para usar con el sistema,

i) cómo efectuar el mantenimiento y la revisión del producto,

j) la vida media del producto,

k) los efectos de los agentes químicos y la temperatura en elproducto.

14.4. Marcado de los Bloqueadores.-

Los bloqueadores deberán llevar marcada la siguiente informa-ción como mínimo:

a) el nombre o marca comercial del fabricante, importador osuministrador,

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Fuente Petzl (1)

b) el rango de diámetros de la cuerda con las cuales se puedeusar el bloqueador, en milímetros, redondeado al númeroentero más próximo. El símbolo ø debe usarse como prefijopara indicar el diámetro, por ejemplo, ø 7 mm. a 11 mm.,

c) un pictograma indicando el sentido de uso.

15. Bloqueadores de Ascenso.-

Para ascender o progresar por una cuerda de trabajo se necesitaun mínimo de dos ascendedores bloqueadores, que pueden serde tipo puño o bien, uno de puño y el otro tipo ventral.

15.1. Aparatos de Progresión Tipo Jumar.-

El puño de progresión bloqueador denominado JUMAR, es unode los aparatos más utilizados en los trabajos verticales.

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Fuente Petzl (1)

Este aparato nos permite progresar por la cuerda de suspensióno de trabajo.

El aparato de progresión debe ir sujeto por mosquetón de cierreautomático de seguridad al extremo más largo del cabo deanclaje (Enérgica).

Este aparato sirve básicamente para ascender por la cuerda.

Si ocasionalmente, fuera necesario utilizarlo en el descenso, sedebe utilizar con precaución, pues se corre el riesgo de que seabra y libere la cuerda.

16. Silla.-

No es conveniente que el trabajador esté suspendido de lasbandas acolchadas del arnés de cintura, pues le podría generarlesiones importantes. Sólo en los casos de progresión (períodoscortos) puede estar suspendido del arnés.

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Fuente Petzl (1)

Por ello es necesario que para los trabajos en suspensión dispon -ga de una silla conectada al equipo descendedor autoblocante.

La silla no pertenece a la cadena de suspensión, sino que es unelemento de confort para el trabajador, cuando éste realicetareas en suspensión durante largos periodos de tiempo.

17. Pedal Regulable de Cinta.-

El pedal regulable de cinta está diseñado para utilizarlo con unpuño bloqueador durante el ascenso por la cuerda de suspen-sión o de trabajo.

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18. Bloqueador Ventral Tipo Croll.-

Este aparato nos sirve básicamente para ascender por la cuerdade SUSPENSIÓN o de TRABAJO.

El Croll o bloqueador ventral es un aparato que debido a suforma plana permite que se adapte al cuerpo perfec tamente,asciende sin apenas rozamiento cuando no se carga peso enél, pero se bloquea en el momento que se pone en carga.

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Fuente Petzl (1)

Se ancla al maillón del arnés de pecho y se fija sobre la cuerdade suspensión o de trabajo mediante un cabo de anclaje (EN 354),con lo que el único movimiento que se puede realizar es laprogresión.

Utilizado como complemento del puño de ascensión, el Crollpermite al trabajador mantenerse en posición vertical en lacuerda de SUSPENSIÓN o de TRABAJO.

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1) Punto de anclaje. 5) Dispositivo anticaídas deslizante.2) Arnés anticaídas. 6) Línea de anclaje flexible.3) Absorbedor de energía. 7) Tope final, lastre o terminal4) Elemento de amarre. 7) manufacturado interior fijo.

19. Dispositivos Anticaídas.-

En los trabajos verticales se utilizan dispositivos anticaídas desli-zante sobre línea de anclaje flexible, que está formado por unalínea de anclaje flexible, un dispositivo anticaídas deslizantecon bloqueo automático unido a la línea de anclaje flexible y unconector o un elemento de amarre terminado en un conector.Puede instalarse un medio de disipación de energía entre eldispositivo anticaídas deslizante y la línea de anclaje, o puedeincorporarse un absorbedor de energía a la línea de anclaje oal elemento de amarre.

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Los dispositivos anticaídas se instalan en la cuerda de segu-ridad, unidos al arnés mediante un cabo de anclaje y que sebloquea en caso de caída a distinto nivel, interrum piendo lacaída del trabajador.

El dispositivo anticaídas es el primer aparato que se debe insta -lar y el último en retirar en la cuerda de seguridad, con la fina-lidad de proteger el descenso incontrolado en cualquier tareao maniobra de trabajo.

19.1. Requisitos de los Dispositivos Anticaídas.-

Una línea de anclaje flexible debe estar constituida por unacuerda de fibras sintéticas o un cable metálico.

Las cuerdas de fibra, las bandas y los hilos de la costura de loselementos de amarre deben estar fabricados a partir de fibrassintéticas vírgenes mono o multifilamento, adecuadas para eluso previsto. La tenacidad a la rotura de las fibras sintéticasdebe ser, al menos, de 0,6 N/tex.

Los cables metálicos para elementos de amarre deben ser deacero, los casquillos embutidos de los terminales manufactu-rados deben ser de un material dúctil.

La línea de anclaje flexible debe estar fijada en un punto deanclaje superior y debe estar dotada de un tope final o ser capazde ajustarse a un tope final, para evitar que el dispositivo anti-caídas deslizante se separe, de modo involuntario de la líneade anclaje.

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Un dispositivo anticaídas deslizante debe estar equipado conun conector o con un elemento de amarre terminado en unconector, con una longitud máxima Lt de 1 m., incluyendo elabsorbedor de energía y conectores.

El dispositivo anticaídas deslizante puede estar dotado de unmecanismo para su apertura. Si es éste el caso, tal mecanismodebe estar diseñado de forma que sólo pueda abrirse o cerrarsemediante, al menos, dos acciones manuales consecutivas yvoluntarias.

19.2. Bloqueo.-

El dispositivo anticaídas deslizante debe, en todos los casos,bloquearse y permanecer bloqueado hasta que sea soltado, porla acción de una fuerza de 5 Kg.

El aparato debe acompañar al trabajador durante los desplaza-mientos, sin requerir intervención manual, por lo que es conve-niente anclar o lastrar el cabo suelto de la cuerda en su extremoinferior.

19.3. Resistencia Estática.-

Los dispositivos anticaídas deslizantes que incluyen elementosde amarre y conector deben soportar una fuerza de 15 kN comomínimo.

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19.4. Comportamiento Dinámico.-

La fuerza máxima de frenado no debe sobrepasar los 6 kN y ladistancia de parada debe ser H < 2L + 1m, donde H es la distan -cia vertical expresada en metros, comprendida entre la posicióninicial (comienzo de la caída libre) y la posición final (equilibriodespués de la parada) del punto móvil del subsistema de conexiónque soporta la carga, sin contar los alargamientos del arnés anti-caídas y de sus elementos de enganche y donde L es la longitudpara el elemento de amarre más el absorbedor de energía.

Debe establecerse una altura mínima libre de seguridad de 3metros sin obstáculos por debajo del trabajador expuesto a unacaída.

19.5. Marcado.-

Cada componente separable del dispositivo anticaídas deslizantey la línea de anclaje flexible, debe marcarse de forma clara indelebley permanente. El marcado contendrá la siguiente información:

–Las dos últimas cifras del año de fabricación, por ejemplo, 92para 1992.

–El nombre, la marca comercial o cualquier otro medio de iden-tificación del fabricante o suministrador.

–El número de lote del fabricante o el número de serie delcomponente.

El texto debe estar escrito en las lenguas del país de destino.Además, el marcado debe incluir lo siguiente:

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a) Sobre el dispositivo anticaídas deslizante, un pictograma queindique que los usuarios deben leer la información suminis-trada por el fabricante;

b) Sobre el dispositivo anticaídas deslizante, una indicaciónsobre la orientación del equipo durante su empleo;

c) Una indicación, por ejemplo “Utilice solamente la línea deanclaje correcta”, indica que el dispositivo anticaídas desli-zante debe emplearse sólo con la línea de anclaje flexibleespecificada por el fabricante;

d) La identificación del modelo o tipo del dispositivo anticaídasdeslizante o del dispositivo anticaídas deslizante sobre líneade anclaje flexible.

19.6. Información que debe Suministrar el Fabricante.-

La información que debe suministrar el fabricante ha de propor-cionarse en las lenguas del país de destino, y, además, comomínimo, debe incluir orientaciones o información sobre losiguiente:

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a) Cómo conectar al equipo un arnés anticaídas conforme conla Norma EN 361, que incluye un punto de enganche situadoadecuadamente respecto del dispositivo anticaídas, así comouna recomendación para el empleo de un elemento deengan che frontal;

b) Instrucciones para la correcta instalación de la línea de anclajeflexible con el dispositivo anticaídas deslizante a un punto deanclaje fiable, así como el modo de conectar el dispositivoanticaídas a los otros componentes de un sistema anticaídas.

c) La longitud del elemento de amarre y las condiciones espe-cíficas bajo la que el dispositivo anticaídas deslizante sobrelínea de anclaje flexible puede utilizarse.

d) Las características requeridas para un punto de anclaje fiable.

e) Cómo asegurar la compatibilidad de cualquiera de los compo-nentes a emplear junto con el dispositivo anticaídas desli-zante sobre la línea de anclaje flexible, por ejemplo, mediantereferencia a otras normas europeas;

f) El diámetro y el modelo o tipo de línea de anclaje a emplearcon el dispositivo anticaídas deslizante, así como que sólopueden utilizarse las líneas de anclaje establecidas;

g) Si se suministra el sistema completo, que sus componentesno deben sustituirse por otros distintos;

h) El modo correcto de manejar el dispositivo anticaídas desli-zante sobre línea de anclaje flexible;

i) Si el dispositivo anticaídas deslizante puede separarse de lalínea de anclaje flexible, cómo se engancha y desengancha;

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j) El espacio mínimo libre por debajo de los pies del usuario,con objeto de evitar choques con la estructura o con el suelotras una caída de altura. Se debería, para ello, tener en cuentala distancia de parada H, el alargamiento de la línea deanclaje, la deformación del arnés y una longitud adicionalde 1 m.;

k) Los materiales con que está fabricada la línea de anclajeflexible;

I) Las limitaciones de los materiales de los productos o losriesgos que puedan afectar a sus prestaciones, por ejemplo,la temperatura, el efecto de los filos o aristas agudas, losagentes químicos, la conductividad eléctrica, los cortes yabrasiones, la degradación por radiación UV, otras condi-ciones climáticas;

m)Que antes y durante su utilización debería prestarse aten-ción a cómo podría efectuarse cualquier rescate de formasegura y eficiente;

n) Que el producto debería utilizarse sólo por personas compe-tentes y/o entrenadas o que el usuario debería estar bajo lasupervisión directa de tales personas;

o) Cómo limpiar el producto, incluida su desinfección, sinefectos adversos;

p) La duración prevista del equipo (obsolescencia), si se disponede esa información, o la manera en que puede determinarse.

q) Cómo proteger el producto durante el transporte;

r) El significado de cualquier marcado que lleve el producto;

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s) La identificación del modelo o tipo del dispositivo anticaídasdeslizante sobre línea de anclaje flexible;

f) El número de la correspondiente Norma Europea, es decir,EN 353–2.

20. EPI de Protección Individual para Sujeción enPosición de Trabajo y Prevención de Caídas de Altura.-

Cuando los trabajos efectuados en altura son de corta duracióno cuando, por razones técnicas, no es posible disponer de plata-formas de trabajo, barreras adecuadas u otros dispositivos simi-lares, la prevención de las caídas de altura, durante la ejecucióncorrecta de la actividad profesional correspondiente, puede obte-nerse mediante el empleo de equipos de protección individual.

Los equipos fabricados conforme a la Norma Europea (EN 358)están destinados a mantener al usuario en posición en su puntode trabajo, con plena seguridad (sujeción) o a impedir quealcance un punto desde donde pueda producirse una caída(retención). Es esencial tener en cuenta que un equipo de protec-ción individual de estas características no esta previsto parasatisfacer los requisitos exigidos para la parada de caídas; quepuede ser necesario complementarlo con medios colectivos oindividuales de protección contra caídas de altura y, que en lapractica, su utilización con total seguridad depende de laadecuada formación y adiestramiento del usuario.

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20.1. Requisitos de Diseño y Construcción de un Cinturón.-

Un cinturón es un dispositivo de prensión del cuerpo que lorodea por la cintura y que debe permitir al usuario efectuar sutrabajo sin molestia y protegerlo del riesgo de caída de altura.

La anchura de la banda del cinturón no debe ser inferior a 43mm. y debe poder adaptarse a la talla del usuario, debiendotener previsto, como mínimo, un elemento de enganche paraconectar los componentes que soportan la carga, debiendosoportar una fuerza de 15 kN.

Una vez ajustados correctamente los componentes de ajuste ycierre de un cinturón, no debe ser posible que éstos se abran ose aflojen de manera fortuita.

Los cinturones con apoyo dorsal proporcionarán al usuario elapoyo necesario sin que le estorbe el movimiento de brazos ypiernas. El apoyo dorsal debe tener una longitud mínima de 50mm. superior a la mitad del perímetro del cinturón, ajustado enla posición máxima especificada por el fabricante. Su anchuramínima debe ser de 100 mm. en un tramo de 200 mm. con centroen la columna vertebral del usuario, y de 60 mm. en el resto.

Cuando el cinturón deba estar dotado de tirantes y perneras,éstos no deben estorbar el uso del cinturón en ningún caso ytampoco debe conectarse a estas piezas elemento de enganchealguno.

Los cinturones pueden disponer de un componente de amarrede sujeción que puede ser:

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a) Componente de amarre de longitud fija;

b) Componente de amarre de sujeción dotado de un elementoregulador de longitud.

b.1) Incorporado permanentemente al cinturón por un extre -mo y disponer, en el otro extremo, de un conector com -pa tible con el elemento enganche del que esté previstoel cinturón.

b.2) Ser separable, en cuyo caso cada extremo debe disponerde un conector compatible con los elementos de engan -che del cinturón de sujeción;

b.3) Ser separable e independiente; en este caso, un extremodel componente de amarre de sujeción, al menos, debepoder ser enganchado a un punto de anclaje adecuadomientras que el elemento regulador de longitud debepoder ser conectado a un elemento de enganche delcinturón, directa mente o mediante un componente deamarre separable de 0,5 m. de longitud máxima.

Los componentes de amarre de sujeción de longitud fija y loscomponentes de sujeción dotados de un elemento reguladorde longitud descritos en a), b.1) y b.2) deben tener una longitudmáxima de 2 m. incluyendo en su caso, un absorbedor de ener -gía y los terminales (conectares y gazas) y el descrito en b.3) nodebe tener definida una longitud máxima, a menos que así loindique el fabricante.

Un componente de amarre de sujeción, conectado a un cinturóndel tipo con el que esté previsto utilizarlo, debe soportar unafuerza de 15 kN.

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20.2. Materiales de un Cinturón.-

Las bandas y los hilos utilizados para la fabricación de uncinturón deben ser de fibra sintética virgen, mono o multifila-mento. La fibra sintética empleada debe acreditar una resistenciamínima a la rotura de 0,6N/tex.

Los hilos empleados en las costuras deben ser físicamentecompatibles con las bandas y sus calidades comparables conlas de éstas. Su color debe presentar contraste para facilitar suexamen visual.

El material empleado para la fabricación de un componente deamarre de sujeción debe acreditar una carga de rotura mínimade 22 kN.

Los conectores deben ser conformes con la Norma EN 362.

20.3. Información que debe Suministrar el Fabricante.-

La información suministrada por el fabricante debe contenercomo mínimo lo siguiente:

a) Detalles referentes a la talla e instrucciones para su colo ca -ción y ajuste óptimos;

b) Forma correcta de colocarse el cinturón;

c) La absoluta necesidad de verificar habitualmente los elemen -tos de regulación y de fijación durante el uso;

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d) La identificación de los elementos de enganche, el métodocorrecto para conectarlos y una indicación clara y precisa quemuestre la aplicación de cada elemento;

e) Especificación de la aplicación y limitaciones de cada equipo;

f) La advertencia de que el equipo no debe emplearse para pararlas caídas y de que puede ser necesario completar los sistemasde sujeción o de retención con dispositivos de protec cióncolectiva contra caídas de altura (por ejemplo, redes de segu-ridad que se correspondan con la Norma EN 1263) o individual(por ejemplo, equipos de protección individual contra caídasde altura. Sistemas anticaídas. Norma EN 363);

g) Instrucciones referentes a la colocación y/o regulación delcomponente de amarre de sujeción, de manera que el puntode anclaje esté situado al mismo nivel o por encima de lacintura del usuario; a que el componente de amarre debemantenerse tenso y a que el movimiento libre está restringidoa un máximo de 0,6 m.

h) Indicación, acerca de que el uso del equipo está reser vadoa personas competentes y que hayan recibido una formaciónadecuada o bien que se emplee bajo la supervisión de unsuperior competente para ello.

i) Indicación acerca de que, con anterioridad al uso del equipo,se hayan tomado las disposiciones adecuadas para rescataral usuario, de forma segura, si es necesario;

j) Indicaciones relativas a las limitaciones que presenten losmateriales componentes del equipo o a los riesgos que puedanafectar el comportamiento de estos materiales, como, por

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ejemplo, la temperatura, los productos químicos, las aristasvivas, la abrasión, los cortes, la radiación ultravioleta, etc.;

k) Instrucciones para la limpieza y desinfección del equipo;

I) Indicaciones referentes a la vida útil prevista para el equipoo cómo ésta puede determinarse;

m)Indicaciones relativas a la protección del equipo durante sutransporte;

n) Interpretación de los marcados;

o) La necesidad de proceder a verificaciones regulares delcinturón y del (de los) componente (s) de amarre asociado(s) antes de su empleo, para detectar cualquier signo dedesgaste o deterioro,

20.4. Marcado.-

El marcado de los cinturones y de los componentes de amarrede sujeción debe ser conforme a la Norma EN 365, es decir, cadacomponente separable del sistema debe marcarse de formaclara, indeleble y permanente mediante cualquier métodoadecuado que no tenga efecto perjudicial alguno sobre los mate-riales. El marcado debe proporcionar la siguiente información:

–Las dos últimas cifras del año de fabricación;

–El nombre, la marca comercial o cualquier otro medio de iden-tificación del fabricante o del suministrador;

–El número del lote del fabricante o el número de serie delcomponente; debiendo comprender, además, la desig nación

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o referencia del fabricante para ese modelo y el número de laNorma Europea correspondiente, es decir, EN 358.

21. Arneses.-

Para seleccionar un arnés que responda correctamente a lasnecesidades específicas de las tareas a realizar en los trabajosverticales, es necesario determinar previamente si debe ser utili-zado con un arnés de sujeción (dispositivo de prensión delcuerpo que rodea al mismo por lo cintura, definido por la NormaEN 358) o como un arnés anticaídas (componente de un sistemaanticaídas constituido por un dispositivo de prensión del cuerpodestinado a detener las caídas, definido por la Norma EN 361).

En los trabajos verticales existe el riesgo de caída de altura, porlo que es necesario que los trabajadores dispongan de unaarnés anticaídas que cumpla con la Norma EN 361. También sepodría utilizar un arnés de sujeción que cumpla la norma EN358 y complementarlo con un arnés de pecho que cumpla laNorma EN 12277; con lo cual, se transforma el arnés de cinturaen un arnés integral.

En los trabajos verticales se suele utilizar el arnés Tipo C, arnéscon la forma de un cinturón con soportes sub-pélvicos dispues -tos de manera adecuada para sostener a una persona cons-ciente en posición sedente, siempre que las tareas a realizar porlos trabajadores requieran solamente la sujeción de los mismos.En el caso que exista riesgo de caída de altura, es necesariocomplementarlo con un arnés de pecho, con lo que se convierte

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en un arnés integral de Tipo A (arnés que se ajusta como mínimoa la parte superior del cuerpo y a los muslos) que es capaz desostener a una persona inconsciente con la cabeza erguida.

El arnés está constituido por un conjunto de bandas de tejidostextiles; ajustadores, hebillas, dispositivos de ajuste u otroselementos que se ajusten al cuerpo para sostener al trabajadordurante las maniobras y tareas realizadas en los trabajos verti-cales.

La Norma EN 12277, define a los arneses de la forma siguiente:

• TIPO A:

Arnés de cuerpo completo, que se ajusta como mínimo a laparte superior del cuerpo y a los muslos. Este tipo de arnéssostendría a una persona inconsciente con la cabeza erguida.

Fuente Petzl (1)

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• TIPO B:

Pequeño arnés de cuerpo completo, destinado a personas dehasta 40 kg. Este tipo de arnés es especialmente adecuadopara personas con una cintura por desarrollar o mal definida.

• TIPO C:

Arnés pélvico, con la forma de un cinturón con soportes subpél -vi cos, dispuestos de manera adecuada para sostener a unapersona consciente en posición sedente.

Fuente Petzl (1)

• TIPO D:

Arnés torácico, que se ajusta a la parte superior del cuerpoalrededor del pecho y por debajo de las axilas. Este tipo dearnés no puede sostener a una persona en posición colgantesin lesión permanente en menos de un minuto.

Nota:El arnés tipo D sólo debería utilizarse en combinación con elarnés tipo C.

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22. Arnés Anticaídas.-

El arnés anticaídas es un componente de un sistema anticaídasconstituido por un dispositivo de prensión del cuerpo destinadoa detener las caídas. El arnés anticaídas puede estar constituidopor bandas, ajustadores, hebillas y otros elementos dispuestosy acomodados de forma adecuada sobre el cuerpo de una perso -na para sostenerla durante una caída y después de la detenciónde ésta.

22.1. Requisitos del Arnés Anticaídas.-

22.1.1. Materiales y Construcción.-

Las bandas y los hilos utilizados para la fabricación de un arnésanticaídas deben estar fabricados a partir de fibra sintética virgenmono o multifilamento. La fibra sintética empleada debe acre-ditar una resistencia mínima a la rotura de 0,6 N/tex.

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Los hilos empleados en las costuras deben ser, físicamente yen cuanto a su calidad, compatibles con las bandas. Deben, noobstante, tener un color o un tono que contraste, para facilitarla inspección visual.

Arnés anticaídas con enganche dorsal para la detención de la caíday enganches para situación en posición de trabajo (sujeción).

1) Tirante.2) Banda secundaria.3) Banda subglútea (banda principal).4) Banda de muslo.5) Apoyo dorsal para sujeción.6) Elemento de ajuste.7) Elemento de enganche anticaídas.8) Hebilla.9) Elemento de enganche para sujeción.

a) Marcado.b) Marcado con la letra A mayúscula.

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Un arnés anticaídas debe constar de bandas o de elementossimilares situados en la región pelviana y sobre los hombros. Elarnés anticaídas debe adaptarse a su portador. Para ello debedisponer de medios de ajuste.

La anchura mínima de las bandas principales debe ser de40 mm. y las de las bandas secundarias de 20 mm. Éstas nodeben separarse de su posición prevista y no deben aflojarsepor sí solas.

Los elementos de enganche del arnés anticaídas pueden estarsituados de forma que, durante la utilización del equipo seencuentren por encima del centro de gravedad del cuerpo, enel pecho y/o en la espalda y/o en ambos hombros del usuario.

Los accesorios metálicos deben cumplir los requisitos de protec-ción contra la corrosión especificados en el apartado 4.4 de laNorma EN 362.

22.1.2. Resistencia Estática.-

Cada uno de los elementos de enganche del arnés anticaídasdebe ser capaz de soportar una fuerza de 15 kN.

22.1.3. Comportamiento Dinámico.-

Cada uno de los elementos de enganche del arnés anticaídas,debe resistir dos caídas sucesivas, con una distancia de caídalibre ajustada a 4 m.

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Después de una caída el cuerpo del trabajador debe pararse conla cabeza hacia arriba, siendo el ángulo formado por el eje longi-tudinal de su plano dorsal y la vertical de 50°, como máximo.

22.1.4. Marcado del Arnés Anticaídas.-

El marcado sobre el arnés anticaídas debe ser conforme a loestablecido en el apartado 2.2 de la Norma EN 365, y su textodebe estar escrito en las lenguas del país de destino. Ademásel marcado debe incluir lo siguiente:

a) Sobre el arnés anticaídas, un pictograma que indique quelos usuarios deben leer la información suministrada por elfabricante.

b) Una letra “A” mayúscula en cada elemento de enganche anti-caídas del arnés.

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c) La identificación del modelo o tipo de arnés anticaídas.

d) El número de la norma europea, es decir, EN 361.

22.1.5. Información que Debe Suministrar el Fabricante.-

El fabricante del arnés debe suministrar información en laslenguas del país de destino e incluir orientaciones sobre:

a) La forma correcta de colocarse el arnés anticaídas;

1) Tirante. 5) Enganche dorsal.2) Enganche frontal. 6) Hebilla.3) Banda de muslo a) Marcado (véase el capítulo 6).

(banda principal), b) Marcado con la letra A mayúscula.4) Elemento de ajuste.

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b) Las condiciones específicas en las que el arnés anticaídaspuede ser empleado;

c) Las características requeridas para un punto de anclaje fiable;

d) Cómo conectar el arnés anticaídas a un punto de anclajefiable, a un subsistema de conexión, por ejemplo, un absor-bedor de energía, un elemento de amarre y un conector, y aotros componentes de un sistema anticaídas;

e) Qué elementos de enganche del arnés anticaídas debenemplearse como parte de un sistema anticaídas y/o comoparte de un sistema de sujeción;

f) Cómo asegurar la compatibilidad de cualquiera de los compo-nentes a emplear junto con el arnés anticaídas, por ejemplo,mediante referencia a otras normas europeas;

g) Que se debería prestar atención al espacio libre mínimo nece-sario por debajo de los pies del usuario, con el objeto de evitarel choque contra la estructura o el suelo si tiene lugar unacaída de altura, así como las orientaciones específicas propor-cionadas junto con el subsistema de conexión, por ejemplo,el absorbedor de energía o el dispositivo anticaídas;

h) Los materiales con los que está fabricado el arnés anticaídas;

i) Las limitaciones de los materiales del producto o los riesgosque puedan afectar a sus prestaciones, por ejemplo, latempera tura, el efecto de los filos o aristas agudas, los agen -tes químicos, la conductividad eléctrica, los cortes y abra-siones, la degradación por radiación UV, otras condicionesclimáticas;

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j) Que antes y durante su utilización debería prestarse atencióna cómo podría efectuarse cualquier rescate de forma seguray eficiente;

k) Que el producto debería utilizarse sólo por personas compe-tentes y/o entrenadas o que el usuario debería estar bajo lasupervisión directa de tales personas;

l) Cómo limpiar el producto, incluida su desinfección, sin efec -tos adversos;

m)La duración prevista del equipo (obsolescencia), si se disponede esa información, o la manera en que puede determinarse;

n) Cómo proteger el producto durante su transporte;

o) La identificación del modelo o tipo de arnés anticaídas;

p) El significado de cualquier marcado que lleve el producto;

q) El número de la norma europea correspondiente, es decir,EN 361.

22.1.6. Marcado para Arneses (EN 12277).-

Los arneses deberán llevar una etiqueta en la que aparezca demodo claro e indeleble y duradero la siguiente infor mación comomínimo:

a) El nombre o marca del fabricante, importador o sumi nistrador;

b) El tipo de arnés (A, B, C, D);

c) La designación del modelo (si el fabricante dispone de variosmodelos en el mercado);

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d) La talla, si es el caso;

e) Un pictograma que indique cómo abrochar y asegurar cual-quier hebilla o dispositivo de ajuste;

f) Rangos máximos de peso y talla; sólo para arneses Tipo B;

g) Una etiqueta o pictograma; sólo para arneses de Tipo D enel que se indique que no deben usarse solos.

23. Arnés de Asiento.-

El arnés de asiento está destinado para ser utilizado en lossistemas de sujeción y retención cuando se requiera un puntode enganche bajo. Los arneses de asiento no deben ser utili-zados para la detención de caídas.

El arnés de asiento está constituido por un conjunto de bandas,herrajes, hebillas u otros elementos que, formando un cinturóncon un punto de enganche bajo, unido a sendos soportes querodean a cada pierna, permite sostener el cuerpo de unapersona consciente en posición sentada. Los arneses de asientopueden estar dotados de tirantes o integrados en un traje.

El arnés de asiento dispone de partes que no están destinadasa transmitir la carga; por ejemplo, los tirantes, los accesorios yel traje, sin embargo el arnés de asiento dispone de partes desti-nadas a transmitir la carga; por ejemplo, los elementos deenganche, perneras, cinturones.

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23.1. Requisitos del Arnés de Asiento.-

23.1.1. Ergonomía.-

El arnés de asiento debe estar diseñado de tal forma que:

–En las condiciones de uso previstas, el usuario pueda desarro-llar normalmente la actividad que le expone a riesgos, dispo-niendo de una protección adecuada y de un nivel tan altocomo sea posible.

–No genere riesgos ni otros factores de molestia, en las condi-ciones de uso previstas;

–Pueda colocarse lo más fácilmente posible sobre el usuarioen la posición adecuada y mantenerse en ella durante el tiem -po de uso previsto, teniendo en cuenta los factores ambien -tales, los movimientos a realizar y las posturas a adop tar. Paraello, el arnés de asiento debe poder adap tarse lo mejor posiblea la morfología del usuario mediante cualquier medio adecua -do, tales como elementos de ajuste y fijación o una variedadsuficiente de tallas.

–Sea lo más ligero posible, sin perjuicio de la solidez de suconstrucción y de su eficacia;

–Después de haberse ajustado, no pueda desajustarse inde-pendientemente de la voluntad del usuario en las condicionesde uso previstas.

23.1.2. Materiales.-

Las cinchas e hilos utilizados para la fabricación de un arnés deasiento deben estar fabricados a partir de fibra sintética virgen,

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mono o multifilamento. La fibra sintética empleada debe acre-ditar una resistencia mínima a la rotura de 0.6 N/tex.

El hilo empleado en las costuras debe ser físicamente compa-tible, en cuanto a las propiedades mecánicas, con las cinchas.El color del hilo debe contrastar con el de las cinchas, para faci-litar la inspección visual.

23.1.3. Elemento de Enganche.-

El arnés de asiento debe tener al menos un elemento de engan -che que deberá estar situado en el centro de la parte delanteradel mismo.

Si el arnés de asiento está provisto de elementos de enganchelaterales adicionales, éstos deben ser conformes con las NormasEN 358 y EN 813.

Si el arnés de asiento no forma parte de un arnés anticaídas yestá provisto de tirantes, los elementos de enganche no debenestar situados en estos enganches.

23.1.4. Elementos de Fijación.-

Las partes metálicas no deben presentar rebabas que puedanocasionar heridas y deben ser conformes con los requisitos deprotección contra la corrosión especificados en el apartado 4.4de la Norma EN 362.

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23.1.5. Resistencia Estática.-

Cada uno de los elementos de enganche del arnés anticaídasdeben ser capaces de soportar una fuerza de 15 kN.

23.1.6. Comportamiento Dinámico.-

Después de una caída libre con un peso de 100 kg., desde apro-ximadamente 2 m. de altura, antes de que el elemento de amarrese tense, el arnés de asiento no debe soltarse y los elementosque soportan carga no deben desprenderse.

23.1.7. Marcado.-

El marcado sobre el arnés de asiento debe ser conforme a loestablecido en el apartado 2.2 de la Norma EN 365, y su texto

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debe estar escrito en las lenguas del país de destino. Ademásel marcado debe incluir lo siguiente:–Las dos últimas cifras del año de fabricación;–El nombre, la marca comercial o cualquier otro medio de iden-

tificación del fabricante o del suministrador;–El número del lote del fabricante o el número de serie del

componente;

Debiendo comprender, además, la designación o referencia delfabricante para ese modelo y el número de la Norma Europeacorrespondiente, es decir, EN 813.

El marcado debe realizarse de forma clara, indeleble y perma-nente, por cualquier método adecuado, con la informaciónsiguiente:

a) El número de la Norma Europea correspondiente, es decir,EN 813;

b) La denominación del tipo;

c) La talla;

d) El método correcto para fijar o ajustar los elementos de fija-ción y ajuste del arnés de asiento (por ejemplo, mediantepictogramas).

23.1.8. Información que Debe Suministrar el Fabricante,Incluidas las Instrucciones de Uso.-

Las instrucciones de uso deben contener al menos consejos oinformación sobre lo siguiente:

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a) Las tallas y la forma de conseguir un ajuste óptimo;

b) El modo adecuado de colocarse el arnés de asiento;

c) La importancia de revisar regularmente las hebillas y losdispositivos de ajuste (elementos de fijación y ajuste);

d) La identificación de los elementos de enganche y la formade conectarlos;

e) Advertencia destacando que el arnés de asiento no esadecuado para la detención de caídas.

La información proporcionada por el fabricante debe conteneral menos consejos e información sobre lo siguiente:

a) Que antes de la primera utilización, el usuario debería realizarun ensayo de suspensión en un lugar seguro para cerciorarsede que el arnés de asiento es de la talla correcta, de que elajuste es suficiente y de que propor ciona un nivel de como-didad aceptable para las condi ciones de uso previstas.

b) Que el arnés de asiento y el equipo asociado debería ser utili-zado sólo por personas competentes y entrenadas o que elusuario debería estar bajo la supervisión directa de unapersona con estas características.

c) Que antes de la utilización es conveniente prestar atencióna la forma en que podría realizarse un rescate o salva mentoseguro y eficaz.

d) Indicación sobre las limitaciones en cuanto a temperatura delos materiales empleados en la fabricación del arnés deasiento.

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e) Indicación sobre los efectos de los agentes químicos.

f) Instrucciones para la limpieza y desinfección del arnés deasiento.

g) Indicación sobre la duración prevista del arnés de asiento(caducidad), o, si es posible, cómo puede ser determinadapor el usuario.

Fuente Petzl (1)

Tabla de selección de los arneses

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h) Cómo proteger el arnés de asiento durante su transporte.

i) El significado de todos los marcados que aparecen en elarnés de asiento.

j) La importancia de revisar regularmente el arnés de asientopara verificar la ausencia de cualquier deterioro.

24. Cabos de Anclajes.-

Los cabos de anclaje son elementos que conectan el arnés conlos aparatos de ascenso, descenso o directamente a una estruc-tura o elementos resistentes.

Los cabos de anclaje con forma de Y, son conocidos como tipoEnérgica.

Para las maniobras sobre cuerdas se dispondrá de un cabo deanclaje doble y para su utilización junto al dispositivo anticaídasse utilizará un cabo de anclaje simple.

Cuando se realizan trabajos utilizando técnicas de acceso y posi-cionamiento con dos cuerdas, lo habitual, es disponer de uncabo de anclaje doble, compuesto por los siguientes elementos:

(A) Cuerda dinámica o cinta (plana o tubular).

(B) Un mosquetón o maillón en un extremo de la cuerda que loune al arnés.

(C) Otros dos mosquetones, que sirven para unir cada extremode la cuerda con el aparato o elemento resistente elegido.

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El cabo largo se conectará al bloqueador con empuñadura yllegará como máximo desde el arnés a la muñeca incluido elmosquetón.

El cabo corto, habitualmente se conectará al aparato de des -censo.

25. Conectores.-

Los conectores son pequeñas piezas de metal con forma deanillo que dispone de sistema de apertura, que se utilizan parala conexión de elementos del equipo de trabajo vertical.

Existen dos tipos principales de conectores:

– los mosquetones

– los maillones

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25.1. Mosquetón.-

25.1.1. Definición.-

Dispositivo con apertura, que permite engancharse directa oindirectamente a un anclaje, el cierre se puede mover pivotandosobre un gozne (cierre de bisagra) o mediante un movimientode deslizamiento (cierre de muelle) o mediante un cierre derosca.

Los mosquetones son los cierres de unión, conectores, entre lossistemas de sujeción personal y los de trabajo. En los trabajosverticales los mosquetones a utilizar deben disponer de cierreautomático.

Los materiales más empleados en la fabricación de mosque-tones son el acero y el aluminio, dependiendo si prima la resis-tencia o la ligereza respectivamente.

En los trabajos verticales se utilizan los mosquetones de acerocon seguro.

Los mosquetones se fabrican de acuerdo con la Norma EN12275 y son los siguientes:

• Mosquetón básico (tipo B).-

Mosquetón con cierre automático con resistencia adecuadapara ser usado en cualquier punto de un sistema de amarradoy deberán tener:

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–una apertura de cierre de al menos 15 mm.–poder acomodar en la zona A dos cuerdas de diámetro

nominal de 11 mm., sin estorbar el movimiento de aperturade cierre en las posiciones de abierto y cerrado.

• Mosquetón HMS (tipo H).-

Mosquetón con cierre automático, generalmente en forma depera, destinado a ser usado en primera instancia para acor-dado dinámico, por ejemplo, en amarrado italiano.

Los mosquetones de tipo H deberán tener:

–un dispositivo de cierre automático, pero no deberán tenerun seguro de apertura del cierre.

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–una apertura de cierre de al menos 15 mm.

–poder acomodar en la zona A dos cuerdas de diámetronominal de 11 mm., sin estorbar el movimiento de aperturade cierre en las posiciones de abierto y cerrado.

• Mosquetón para Vía Ferrata (tipo K).-

Mosquetón con cierre automático, destinado a ser usado paraenganchar al montañero a un sistema de anclaje vía ferrata.

Los mosquetones del Tipo K deberán tener una apertura decierre de al menos 21 mm.

Los mosquetones de Tipo K deberán poder acomodar unapolea de metal de diámetro nominal de 21 mm., sin estorbar

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el movimiento de apertura del cierre en las posiciones deabierto y cerrado.

• Mosquetón Direccional (tipo D).-

Mosquetón con cierre automático, o una combinación de unoo más mosquetones y eslingas, diseñado para asegurar lacarga en una dirección determinada.

Los mosquetones de Tipo D, deberán estar diseñados demanera que la línea de aplicación de la carga al mosquetónesté definido de modo único.

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Los mosquetones de Tipo D, deberán tener:

–una apertura de cierre de al menos 15 mm.

–poder acomodar en la zona A dos cuerdas de diámetronominal de 11 mm., sin estorbar el movimiento de aperturade cierre en las posiciones de abierto y cerrado.

• Mosquetón para Anclaje Específico (tipo A).-

Mosquetón con cierre automático, diseñado exclusivamentepara ser unido directamente a un tipo específico de anclaje.

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Los mosquetones de Tipo A, deberán estar diseñados demanera que la línea de aplicación de la carga al mosquetónesté definido de modo único.

• Mosquetón de Cierre de Rosca (Quicklink, tipo Q).-

Mosquetón que se cierra mediante un cierre de rosca, que esla parte del mosquetón que soporta la carga cuando seenrosca totalmente.

Los mosquetones de Tipo Q deberán precisar de al menoscuatro giros completos del cierre de rosca desde la posiciónde totalmente enroscado hasta la posición de desenros cado,

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por ejemplo, visibilidad de los extremos o visibilidad de unazona de color contrastado.

• Mosquetón Ovalado (tipo X).-

Mosquetón de cierre automático diseñado para baja carga,que no está diseñado para dar protección total en caso decaída.

Los mosquetones de Tipo X deberán ser aproximadamentesimétricos en el diseño con respecto a la línea central longi-tudinal. Deberán tener una curvatura mínima de radio de 12mm. en la superficie interior del extremo mayor.

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Los mosquetones de Tipo X deberán tener:

–una apertura de cierre de al menos 15 mm.

–poder acomodar en la zona A dos cuerdas de diámetronominal de 11 mm., sin estorbar el movimiento de aperturade cierre en las posiciones de abierto y cerrado.

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• Zona A, para los mosquetones tipo B, D, H y X.-

• Zona A, para el mosquetón tipo K.-

1) Zona A

1) Zona A

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25.1.2. Requisitos Generales de Seguridad de los Mosquetones.-

Todos los bordes del mosquetón que puedan entrar en contactocon las manos del usuario y/o con componentes accesorioscomo cuerdas, eslingas, cuerdas accesorias y arneses deberánestar libres de rebabas.

Todo cierre de bisagra deberá abrirse únicamente hacia adentro,hacia el cuerpo del mosquetón, pero el cierre podrá abrirse hasta20° desde el plano del mosquetón.

Un seguro de apertura deberá diseñarse para bloquear el cierreabierto, sólo en la posición de totalmente abierto.

El seguro deberá liberar el cierre automáticamente bien median -te conexión del mosquetón a un anclaje, bien mediante la apli-cación de una carga al mosquetón.

Es preciso realizar una acción deliberada para cerrar el cierre enel caso de dispositivos de cierre manuales, y deberá ser precisoque se realicen al menos dos acciones diferentes para abrirlo.

Un dispositivo de cierre automático deberá asegurar el cierreautomáticamente cuando éste se cierre y deberán ser precisasal menos dos acciones diferentes para abrirlo.

25.1.3. Prestaciones. Resistencia Estática.-

Debido a su diseño, los mosquetones resisten más en unasdirecciones que en otras. Soportan más tensión en sentido longi-tudinal, y menos cuando la carga es aplicada sobre el dispositivode cierre.

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Los mosquetones deben soportar los cargas establecidas en latabla siguiente sin romperse:

Requisitos Mínimos de Resistencia Estática para Mosquetones.-

*No es necesario este requisito si incorpora un cierre automático.

EJEMENOR

kN

EJE MAYORABIERTO

kN

EJE MAYORCIERRE

CERRADO kNTIPO DESCRIPCIÓN

Mosquetón básico 20 7* 7B

Mosquetón HMS 20 6* 7H

Mosquetón para vía ferrata 25 – 7K

Mosquetón anclaje específico 20 7* –A

Mosquetón direccional 20 7* –D

Mosquetón cierre rosca 25 – 10Q

Mosquetón ovalado 18 5* 7X

Para los mosquetones con dispositivos de cierre automático ypara los mosquetones de cierre roscado tipo Q, no existen requi-sitos para este ensayo.

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25.1.4. Información a Suministrar por el Fabricante.-

a) El nombre o marca del fabricante, importador o distri buidor.

b) El número de la Norma Europea correspondiente, es decir,EN 12275.

c) El significado de las marcas que aparezcan sobre el pro ducto.

d) Sobre el uso del producto.

e) Si el mosquetón no puede ser abierto cuando se ajuste a undispositivo destinado a asegurar el cierre bajo carga.

f) Sobre cómo elegir otros componentes para usar el sistema.

g) Sobre cómo efectuar el mantenimiento del producto.

h) Sobre la vida útil del producto y cómo determinarla.

i) Sobre los efectos de los agentes químicos y la temperaturasobre el producto.

j) Sobre la influencia del almacenamiento y el envejecimiento.

25.1.5. Marcado.-

Los mosquetones deberán llevar marcada de modo claro, inde-leble y duradero la siguiente información como mínimo:

a) el nombre o marca del fabricante, importador o distri buidor,

b) la letra del tipo de mosquetón, rodeada con un círculo, paralos mosquetones de los Tipo H, K y X,

c) los valores de resistencia mínima en kN redondeados alentero inmediatamente inferior garantizados por el fabricante,

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para los siguientes modelos de carga (en los que hay requi-sitos de ensayo);

–eje mayor con el cierre cerrado,

–eje mayor con el cierre abierto,

–eje menor.

El marcado deberá tener la forma que se indica en la figurasiguiente, junto con la marca “kN” bien al principio o al final.La resistencia marcada debe ser un número entero de kN.

26. Maillones.-

Los maillones son anillos de metal donde su apertura y cierrese consigue mediante el roscado y desenroscado de una piezasobre el aro metálico. Su dispositivo de apertura es mucho máslento que el de un mosquetón, por lo que sólo se deberá utilizaren aquellas uniones de elementos de la cadena que no nece-sitan conectarse y desconectarse frecuentemente. Su diferenciaprincipal con los mosquetones es, la ausencia de bisagras.

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El maillón debe utilizarse para conectar diferentes elementosdel equipo de acceso o de las instalaciones.

27. Casco de Protección.-

Prenda para cubrir la cabeza, destinada esencialmente a protegerla parte superior de la cabeza del usuario contra heridas produ-cidas por objetos que caigan sobre el mismo. El casco puedellevar elementos adicionales para utilidades especiales talescomo, barboquejo, protector del cuello, cordón de ajuste y dispo-sitivos de fijación para la lámpara, cable, protección facial yprotección auditiva.

27.1. Exigencias Obligatorias.-

27.1.1. Absorción de Impactos.-

La fuerza transmitida a la cabeza por una masa de 5 kg. desdeuna altura de 1000 mm. no debe exceder de los 5 kN (esto secorresponde con una energía de impacto de 49 J).

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27.1.2. Resistencia a la Perforación.-

Una masa de 3 Kg. dejada caer desde una altura de 1000 mm.no debe tocar la cabeza.

Fuente Petzl (1)

27.1.3. Resistencia a la Llama.-

Los materiales que componen el casco, no deben arder conemisión de llama después de transcurrido un período de 5 seg.desde que se le retira la llama.

27.1.4. Puntos de Anclaje del Barboquejo.-

La ruptura de los puntos de anclaje, se realizará por una fuerzade tracción no inferior a 150 kN y no mayor de 250 kN.

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27.1.5. Exigencias Adicionales.-

En función de las tareas a realizar por los trabajadores puedeser necesario que el casco disponga de exigencias adicionalestales como:

–Para baja temperatura (–20° C o –30° C),–Para alta temperatura (+150° C),–Aislamiento eléctrico (corriente de fuga ≤ 1,2 mA.),–Deformación lateral máxima de 40 mm. y deformación lateral

residual no debe exceder los 15 mm.–Salpicaduras de metal fundido (no debe ser perforado por el

metal fundido, mostrar cualquier deformación mayor de 10mm. y arder con emisión de llama más de 5 seg. transcurridos,después de haber cesado el vertido del metal fundido.

27.2. Marcado sobre el Casco.-

Cualquier casco debe llevar moldeado o impreso un marcadocon la siguiente información:

a) número de la norma europea correspondiente, EN 397,

b) nombre o marca de identificación del fabricante,

c) año y trimestre de fabricación,

d) tipo de casco (designación del fabricante). Esto debe marcar -se tanto sobre el casquete como sobre el arnés.

e) talla o rango de talla (en centímetros). Esto debe marcarsetanto sobre el casquete como sobre el arnés.

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28. Nudos.-

Los nudos son elementos fundamentales en las instalacionesque componen los tendidos de trabajo, uniendo los diferenteselementos de los mismos.

En los trabajos verticales es necesario conocer los nudos másutilizados en este tipo de trabajos.

Los nudos representan el punto más débil de una cuerda, de talforma que en una cuerda nueva, donde el fabricante garantizasu resistencia, con cualquier nudo realizado sobre ella, si lesomete a una fuerza de tracción constante, lo normal es querompa por la zona de mayor estrangulamiento del nudo.

Los nudos reducen la resistencia de una cuerda entre un 30%y un 60% de la misma.

Resistencia Residual de una Cuerda con Nudos.-

TIPO DE USORESISTENCIA

RESIDUALNUDO RUPTURA EN KG.

1.640 70% AnclajeNueve

1.290 55% AnclajeOcho

1.205 51% AmortiguadorMariposa

1.175 50% AmortiguadorSimple

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Cuadro resumen de nudos y resistencias residuales. Ensayosrealizados sobre una cuerda nueva con una resistencia a laruptura de 2.350 kg.

Cualquier nudo debe poseer las siguientes características:

–Estar adaptado al uso que se le va a dar,–Ser resistente y seguro,–Ser fácil de realizar, que resulte fácil verificar su realización,–Ser fácil de deshacer.

Ejemplo:

Para realizar el nudo denominado “simple” es necesario pasaruna parte de la cuerda a través de un anillo hecho con la mismacuerda.

28.1. Clases de Nudos.-

Los nudos utilizados en los trabajos verticales, se puedenagrupar en varias clases o tipos en función del uso para el queestén destinados:

–Nudos de anclajes,–Nudos de encordamiento,

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–Nudos amortiguadores,–Nudos de unión de cuerdas,–Nudos especiales.

28.1.1. Nudos de Anclajes.-

Los nudos de anclaje, o de instalaciones, son todos aquellosnudos cuya función fundamental será la realización de lostendidos de trabajo y la unión de las cuerdas al lugar de trabajo.

El nudo de ocho es el nudo que más se utiliza en los trabajosverticales.

En el nudo de ocho la fuerza se realiza en un solo cabo (el largo)de los dos que salen del nudo.

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Por ejemplo; el nudo de ocho se utiliza para conectar una insta-lación de la vertical a la instalación de cabecera. En los cabosde anclaje se emplea para conectar los mosquetones.

El nudo de ocho, resta un 45% de la resistencia garantizada porel fabricante a la cuerda.

Cuando se pretende rodear una estructura con la cuerda yemplea mos el nudo de ocho, éste se debe realizar con la cuerdasimple, dejando en un extremo la suficiente cuerda para rodearel lugar de anclaje y seguir posteriormente el nudo en sentidocontrario; es la opción más apropiada si no se dispone de unacinta y un mosquetón.

El nudo de nueve, es el que resta menos resistencia a la cuerda,sólo un 30%, su realización es similar a la del nudo de ocho, ysolamente aumenta un 10% su volumen.

Se empieza como el nudo de ocho, pero se da una media vueltamás antes de pasar el cabo doblado por el anillo.

En ocasiones es necesario utilizar dos cabos para realizar untendido de trabajo, para este fin se usará un nudo de ocho con

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dos cabos, permitiendo repartir la fuerza de carga entre los dospuntos de anclaje.

28.1.2. Nudos de Encordamiento.-

Los nudos de encordamiento se utilizan para unir una cuerdaal arnés del trabajador, al objeto de permanecer asegurados enmaniobras de progresión en ascenso: para esta función es válidoel nudo de ocho.

28.1.3. Nudos Amortiguadores.-

Los nudos amortiguadores están destinados a limitar y reducirla fuerza de choque de una potencial caída en instalaciones detendidos de trabajo que así lo requieran, tales como el nudo demariposa y el nudo simple.

Cuando se quiere realizar un nudo en mitad de la cuerda el úniconudo adecuado es el nudo de mariposa.

(1) (2) (3)

Para realizar un nudo de mariposa, primero se hacen dos anillos,cuidando que los cabos de la cuerda estén al mismo lado de la

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comba (1). Luego se sitúa un anillo encima del otro y se pasa lacuerda de la comba a través de los anillos (2). Finalmente seaprieta el anillo (3).

28.1.4. Nudos de Unión de Cuerdas.-

La función principal de los nudos de unión de cuerdas, es launión de dos cuerdas garantizando que ambas no se suelten.

Los nudos más utilizados para realizar esta función son el nudode ocho y el nudo de pescador.

Cuando se realice un nudo que una dos cuerdas, es necesariorealizar un nudo en el final de la cuerda superior al objeto deasegurarse a él con el cabo de anclaje.

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28.1.5. Nudos Especiales.-

Entre los nudos especiales se destaca el realizado en las cintas,tanto planas como en las cintas tubulares, consistente en unnudo simple o plano.

29. Herramientas y Materiales.-

En las tareas de trabajos verticales, los trabajadores dispondránde las herramientas y materiales necesarios para la realizaciónde las mismas, en el punto o lugar donde se hace necesaria suintervención.

En todos los casos se deberá crear un sistema independientede suspensión, eficaz y seguro para cualquiera de las herra-mientas o materiales que vayan a ser utilizados.

Las herramientas más pequeñas tales como, llave inglesa,alicate, destornillador, martillo, etc. así como los materiales auxi-liares más pequeños como, clavos, tornillos, tuercas, etc. sellevarán en una cesta, una bolsa de trabajo, etc.

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Las herramientas de pequeño tamaño se deben asegurarmedian te cordinos a las anillas del arnés o al asiento del traba-jador, sin embargo los materiales auxiliares más pequeños,quedan bajo el control manual del propio trabajador, con lo queexiste el riesgo de que los mismos caigan a niveles inferiores,por lo que la cesta, la bolsa de trabajo, etc. se deberá situardebajo mismo del punto de instalación del objeto, con la fina-lidad de que ante una eventual caída de los mismos, ésta seproduzca en el interior de la cesta.

Las herramientas y los materiales que estén suspendidas delarnés, o del asiento del trabajador, en el que resulte incómodosu utilización por su volumen o por su peso (aproximadamentede 5 Kg.) tales como el taladro, la amoladora angular, etc. debenanclarse directamente a una cuerda auxiliar (cordino) previstapara este fin.

Como norma general en las tareas en que se hace necesarioutilizar las técnicas de acceso y posicionamiento, es necesarioel izado y el descenso de herramientas y de piezas cuyo pesocondiciona los esfuerzos que debe realizar el trabajador, por loque hace necesario la utilización de poleas.

29.1. Poleas.-

Como ya se ha citado, dependiendo del peso o del volumen delas herramientas o de los materiales que tenemos que emplear,se hará necesario la utilización de poleas para que el trabajoresulte lo más cómodo posible.

Usaremos dos tipos de poleas: la polea simple, o la polea doble.

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La elección del tipo de polea, así como su instalación, depen-derá fundamentalmente del peso que tengamos que izar.

El sistema de poleas deberá estar provisto de un medio de unióna un conector lo suficientemente grande para albergar un ejede 12 mm. de diámetro.

La rueda acanalada de la polea debe poder albergar una cuerdaauxiliar del diámetro indicado por el fabricante. Todos los bordesde la polea que puedan entrar en contacto con los dedos de lamano, deberán estar libres de rebabas.

Si el eje de una polea se sujeta mediante tuercas o tornillos, sedebe cumplir que aplicando un momento de fuerza de losprevistos en la Tabla I en la dirección de desatornillado, éstasno se desatornillan más de una vuelta.

Fuente: Petzl (1)

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Tabla I

MOMENTO (Nm)DIMENSIONES DEL TORNILLO

4

8

13

33

65

110

M4

M5

M6

M7

M10

M12

Para el izado de pequeñas herramientas o materiales, se puedeutilizar la polea simple, y su instalación se puede realizar en lapropia cuerda de protección o de seguridad.

Cuando el peso de las herramientas o de los materiales a izarsea superior a 3 Kg. y hasta 15 Kg., la instalación de la poleasimple se realizará con un sistema de seguridad vertical propiocon seguro y reaseguro.

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Cuando el peso de las herramientas o de los materiales a izarsea superior a 15 Kg. se debe utilizar una polea doble con unsistema de seguridad vertical propio unido a dos anclajes.

29.1.1. Resistencia.-

Las poleas deberán ser capaces de soportar de forma individualuna fuerza estática de al menos 12 kN.

29.1.2. Polea Simple.-

La polea simple u oscilante dispone de dos placas lateralesjuntas donde se puede instalar cualquier tipo de conector.

Fuente Petzl (1)

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Antes de su utilización se deberá comprobar la carga de roturay la carga de trabajo, así como el diámetro de la cuerda quedebe utilizarse, datos que serán facilitados por el fabricante.

29.1.3. Polea Doble.-

La polea doble dispone de dos placas laterales separadas, porlo que no puede ser utilizada con cualquier tipo de conector. Elmás conveniente es el ovalado tipo X.

Fuente: Petzl (1)

Antes de su utilización se deberá comprobar la carga de roturay la carga de trabajo, así como el diámetro de la cuerda quedebe utilizarse, datos que serán facilitados por el fabricante.

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29.1.4. Información a Suministrar por el Fabricante.-

a) Nombre o marca del fabricante, importador o sumi nistrador.

b) El número de la norma EN de aplicación, es decir, EN 12278.

c) El modelo (si hay más de un modelo disponible).

d) El significado de cualquier marca que aparezca sobre elproducto.

e) Sobre el uso del producto, especialmente el diámetro máximode la cuerda con la que puede ser usada la polea, sobre cómopasar la cuerda por la polea.

f) La resistencia máxima en kN garantizada por el fabricante.

g) La carga máxima mientras la polea está en movimiento.

h) Sobre cómo elegir otros componentes adecuados para usarcon este sistema.

i) Sobre cómo realizar el mantenimiento del producto, sobrelos efectos de los agentes químicos.

j) Sobre la vida útil del producto y cómo determinarla y quedespués de un daño considerable el producto debería reti-rarse del uso lo antes posible.

k) Sobre las condiciones de humedad y hielo.

I) Sobre los efectos del almacenamiento y el envejecimiento.

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29.1.5. Marcado de las Poleas.-

Las poleas deberán llevar marcadas de modo claro, indeleble yduradero la siguiente información como mínimo:

a) El nombre del fabricante, importador o suministrador.

b) El diámetro máximo, en mm., de la cuerda con la que puedeusarse la polea.

c) Un pictograma que muestre las cargas máximas en kN quepueden ser aplicadas entre una polea y un punto de sujeción,tal como asegure el fabricante. La resistencia marcada deberáser un número entero de kN.

30. Herramientas Eléctricas.-

Las herramientas eléctricas pueden estar alimentadas por tomaseléctricas de red o por baterías recargables.

Siempre que se pueda, las herramientas eléctricas deben estaralimentadas por baterías recargables, con lo cual se evita laintroducción de una fuente permanente de alimentación a travésde cableados eléctricos y su dependencia de tomas de corriente,situadas en el suelo o en la zona superior de trabajo, lo cualcomporta incomo didad en la organización del trabajo.

Si la herramienta eléctrica a utilizar es para la realización decortes, se empleará como cabo de anclaje una cadena metálica.

Las herramientas eléctricas deben sujetarse mediante un cordinoa la cuerda auxiliar, y no se permitirá que la misma cuelgue

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directamente de su cable de alimentación. No obstante, esimportante que la conexión entre el cable de la máquina y elcable de alimentación permanente, no se pueda desenchufarde forma accidental (un tirón) o por el propio peso del cable dealimentación; para evitar este riesgo, se realizará un nudo simplecon ambos cables, de tal manera que el punto de conexión nosufra ninguna tensión.

Se deberá extremar las precauciones en el uso de herramientaseléctricas portátiles, en aquellos lugares y recintos que tenganla consideración de muy conductores o mojados, que en todoslos casos se tendrá en cuenta lo previsto en el vigente Regla-mento Electrotécnico para Baja Tensión.

31. Herramientas que Generen Calor.-

Todas aquellas herramientas que generen calor, tales como,equipo de oxicorte, soldadura eléctrica, etc. o cualquier otraherramienta que utilice el calor como elemento de trabajo,originan un riesgo para las cuerdas de suspensión o de trabajoo para la cuerda auxiliar o de seguridad, sobre todo cuando lasmismas están en carga (tensas), por lo que se deben tomarmedidas adicionales para que éstas no puedan ser dañadas, obien, sustituirlas por cables de acero o cadenas metálicas,situados unos 2 m. por encima del trabajador.

La instalación se realizará, colocando un bloqueador en lacuerda de suspensión o de trabajo, del cual se sujeta el cableo la cadena, estando el trabajador al final de este elemento.

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Se deberán extremar las precauciones en el uso de herramientasque generen calor, y en todos los casos se tendrá en cuenta loprevisto en las normas y reglamentos vigentes para las mismas.

32. Herramientas Cortantes.-

Las herramientas que dispongan de útiles que se utilicen parael corte de materiales o bien para tareas de limpieza medianteraspado, deben tener la zona correspondiente destinada paracortar o para raspar protegida mediante elementos retráctiles,tal es el caso de la sierra circular, las rasquetas empleadas enla limpieza de cristales, etc.

33. Aspectos Ergonómicos a Consideraren los Trabajos Verticales.-

En los trabajos donde se emplean las técnicas de acceso y deposicionamiento mediante cuerdas, conocidos como trabajosverticales se utilizan algunos equipos cuyo diseño y fabricaciónse ha realizado sin el apoyo de la norma técnica europea o espa-ñola que defina las características técnicas de los mismos, comoes el caso de la silla o asiento de suspensión utilizada por lostrabajadores.

También se debe considerar la inexistencia de herramientas ymétodos específicos para la evaluación de riesgos de los pues -tos de trabajo desde el punto de vista ergonómico, así como de

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los correspondientes protocolos médicos específicos aprobadospor el Ministerio competente en Salud Laboral.

No obstante, los fabricantes de los equipos de protección indi-vidual (EPIs), en su diseño y fabricación deben tener en cuentala norma UNE EN 13921. Equipos de protección individual. Prin-cipios ergonómicos.

Por todo lo expuesto, y para el caso concreto de la silla o asientode suspensión, se recomienda tener en cuenta lo propuestosobre esta materia en el extracto de la NTP 789. Ergonomía enlos trabajos verticales; el asiento, publicada por el InstitutoNacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. (Anejo 5).

34. Medidas de Emergencia.-

El empresario deberá analizar las posibles situaciones de emer-gencia, y adoptar las medidas necesarias en materia de primerosauxilios, rescate y evacuación de los trabajadores, designandopara ello al personal encargado de poner en práctica estasmedidas y comprobando periódicamente su correcto funciona-miento; el cual, dispondrá de la formación necesaria y del mate-rial adecuado en función de las circunstancias antes señaladas.

Aspecto éste, recogido en el artículo 20, medidas de emer-gencia, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevenciónde Riesgos Laborales, en su apartado f, del punto 4.4.1 del RealDecreto 2177/2004, donde se especifica la necesidad de forma-

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ción en las técnicas de salvamento de personas accidentadasen suspensión.

34.1. Sistema de Salvamento.-

La norma UNE EN 363:09, define que un sistema de salvamentoes un sistema de protección individual contra caídas, medianteel cual, una persona puede salvarse a sí misma o a otraspersonas, de forma que se impide la caída, con las siguientescaracterísticas:

–Previene una caída libre de ambos, el rescatador y el rescatadodurante el proceso de salvamento.

–Permite la elevación o descenso del rescatado a un lugarseguro.

El sistema de salvamento puede disponer de dispositivo desalvamento mediante izado de clase A o dispositivo de salva-mento de clase B. (UNE EN 1496:07. Equipos de protección indi-vidual contra caídas. Dispositivos de salvamento medianteizado).

El dispositivo de salvamento de clase A, faculta el izado de unapersona, por sí misma o con la ayuda de otra persona, desdeuna posición más baja a otra situada más arriba.

El dispositivo de salvamento de clase B, es un dispositivo desalvamento mediante izado de clase A provisto de una funciónsuplementaria de descenso con accionamiento manual, quefaculta el descenso de una persona a una distancia limitada de

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2 metros. Por ejemplo; en determinadas circunstancias, puedeser necesario descender a una persona una corta distanciadurante una operación de salvamento mediante izado, paraevitar un obstáculo.

Para un salvamento mediante descenso, debe utilizarse undispositivo de descenso que reúna los requisitos establecidosen la norma UNE EN 341:1997. Equipos de protección individualcontra caída de altura. Dispositivo de descenso.

34.1.1. Generalidades.-

Si el dispositivo de salvamento mediante izado está fijado deforma permanente o está destinado a ser fijado a un trípode oa un dispositivo de anclaje similar, se debe incluir una declara-ción manifestando que los mismos han sido sometido a ensayos

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conformes a lo establecido en la norma UNE EN 795. Proteccióncontra caídas de altura. Dispositivos de anclaje. Requisitos yensayos, y además, por una persona competente con conoci-mientos técnicos sobre la resistencia de los materiales, deter-minando el tipo de anclaje a instalar en función de la calidaddel material de soporte, y dejando constancia por escrito de lasolución adoptada y de las medidas a observar por los trabaja-dores en el uso de los mismos.

Los conectores utilizados deben cumplir la norma UNE EN362:08. Equipos de protección individual contra caídas de altura.Conectores.

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34.1.2. Utilización.-

Si hay más de una persona conectada al sistema, la carga nomi -nal debe corresponder al menos a la masa total de la persona(o personas) que se encuentran en el sistema incluidas las herra-mientas y el material, expresados en kilogramos.

El sistema puede emplear componentes ya utilizados en otrossistemas de protección individual contra caídas, por ejemplo unarnés anticaídas que lleve puesto la persona a salvar despuésde la detención de una caída.

El sistema de salvamento debe ensamblarse de forma que nosea necesario cortar las líneas para efectuar el mismo.

En el salvamento se puede utilizar un arnés o un lazo de salva-mento.

34.1.3. Marcado.-

El marcado del dispositivo de salvamento mediante izado debeincluir lo siguiente:

a) La clase del dispositivo de salvamento mediante izado;

b)La carga nominal máxima del dispositivo de salvamentomedian te izado;

c) La distancia de izado máxima;

d)Si la línea de izado no forma parte integrante del dispositivode salvamento mediante izado, el tipo, el modelo y el rangode diámetro de las líneas de izado a utilizar con el dispositivode salvamento mediante izado.

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35. Arneses de Salvamento. (UNE EN 1497).-

Un arnés de salvamento es un soporte del cuerpo par el propó-sito de salvamento que incluye bandas, ajustadores, hebillas uotros elementos, convenientemente dispuestos y montados parasoportar el cuerpo completo de una persona en una posiciónadecuada durante la operación de salvamento.

35.1. Ergonomía.-

El arnés de salvamento debe estar diseñado de forma que enlas condiciones de uso prevista por el fabricante, debe propor-cionar un grado aceptable de comodidad, y la persona objetode salvamento no corra peligro y la seguridad no sea perjudi-cada por un desplazamiento de las bandas.

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Debe tener al menos un punto de enganche que esté situadopor encima del centro de gravedad del usuario, y los conectoresutilizados deben cumplir la norma UNE EN 362. Equipos deprotección individual contra caídas de altura. Conectores.

35.2. Marcado.-

El arnés debe estar marcado por el fabricante de forma clara,indeleble y permanente en la lengua oficial del país de destino,y debe incluir al menos:

a)Nombre del fabricante, nombre del suministrador o marcacomercial.

b)Número de serie o de lote de producción del fabricante u otromedio de trazabilidad.

c) Modelo y tipo/identificación.

d)Número y año del documento respecto al que el equipo esconforme.

e) Pictograma u otro método para indicar la necesidad de quelos usuarios lean las instrucciones de uso.

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f) La carga nominal máxima del arnés de salvamento.

g)Los caracteres en los marcados deben ser legibles e inequí-vocos.

36. Lazos de Salvamento. (UNE EN 1498).-

Un lazo de salvamento es un dispositivo de prensión del cuerpodiseñado y construido como componente de un sistema desalvamento, constituido por elementos diseñados y construidosde forma que sostienen y mantienen a la persona objeto desalvamento en una posición determinada durante la operaciónde salvamento, y se clasifican en lazo de salvamento de:

n Clase A.n Clase B.n Clase C.

El lazo de salvamento debe de tener al menos un punto deenganche y los conectores utilizados deben cumplir la normaUNE EN 362. Equipos de protección individual contra caídas dealtura. Conectores.

36.1. Lazo de Salvamento de Clase A.-

Lazo de salvamento diseñado y construido de forma que durantela operación de salvamento, sostiene a la persona mediante lasbandas del lazo de salvamento que pasan alrededor de laespalda y por debajo de los brazos.

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36.2. Lazo de Salvamento de Clase B.-

Lazo de salvamento diseñado y construido de forma que, duran -te la operación de salvamento, sostiene a la persona en posiciónsentada mediante las bandas del lazo de salvamento.

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36.3. Lazo de Salvamento de Clase C.-

Lazo de salvamento diseñado y construido de forma que, duran -te la operación de salvamento, sostiene a la persona en posiciónde cabeza hacia abajo y con las bandas del lazo de salvamentoseguidas alrededor de los tobillos.

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36.4. Marcado.-

El arnés debe estar marcado por el fabricante de forma clara,indeleble y permanente en la lengua oficial del país de destino,y debe incluir al menos:

a)Nombre del fabricante, nombre del suministrador o marcacomercial.

b)Número de serie o de lote de producción del fabricante u otromedio de trazabilidad.

c) Modelo y tipo/identificación.

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d)Número y año del documento respecto al que el equipo esconforme.

e) Pictograma u otro método para indicar la necesidad de quelos usuarios lean las instrucciones de uso.

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f) La carga nominal máxima del arnés de salvamento.

g)Los caracteres en los marcados deben ser legibles e inequí-vocos.

37. Formación e Información de los Trabajadores.-

La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgoslaborales en su artículo 19, establece, que en cumplimiento deldeber de protección, el empresario deberá garantizar que cadatrabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente yadecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de sucontratación, cualquiera que sea la modalidad o duración deésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones quedesempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios enlos equipos de trabajo.

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La formación debe estar centrada específicamente en el puestode trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evoluciónde los riesgos y a la aparición de otros nuevos, y repetirse perió-dicamente si fuera necesario.

Esta formación también debe adecuarse a los riesgos derivadosde la utilización de los equipos de trabajo.

El empresario además, deberá suministrar información a lostraba ja dores, preferentemente por escrito, que deberá contenercomo mínimo, las indicaciones relativas a:

a) Las condiciones y forma correcta de utilización de los equiposde trabajo, teniendo en cuenta las instrucciones del fabri-cante, así como las situaciones o formas de utilización anor-males y peligrosas que puedan preservarse.

b) Las conclusiones, que en su caso, se puedan obtener de laexperiencia adquirida en la utilización de los equipos detrabajo.

Cualquier otra información de utilidad preventiva.

Por otra parte la DIRECTIVA 2001/45/CE DEL PARLAMENTOEUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 de junio de 2001, por la que semodifica la Directiva 89/655/CE del Consejo, relativa a las dispo-siciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización porlos trabajadores en el trabajo de los equipos de trabajo estableceen sus disposiciones específicas sobre la utilización de lastécnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas quese debe impartir una formación adecuada y específica para lasoperaciones previstas, en particular sobre técnicas de salvamento.

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El Real Decreto 2177/2004, de 12 de junio, explícita los criteriosque sobre formación de los trabajadores había establecido lacitada Directiva 2001/45/CE estableciendo como obliga torio quelos trabajadores que en sus tareas utilicen técnicas de acceso yposicionamiento deben recibir una formación adecuada y espe-cífica para las operaciones previstas destinada en particular a:

1) Las técnicas para la progresión mediante cuerdas y sobreestructuras.

2) Los sistemas de sujeción.

3) Los sistemas anticaídas.

4) Las normas sobre el cuidado, mantenimiento y verificacióndel equipo de trabajo y seguridad.

5) Las técnicas de salvamento de personas accidentadas ensuspensión.

6) Las medidas de seguridad ante condiciones meteoroló gicasque puedan afectar a la seguridad.

7) Las técnicas seguras de manipulación de cargas en altura.

A la vista de lo expuesto, es fácil deducir que la formación teóricay práctica de los trabajadores, es el factor más importante en eluso de las técnicas de acceso mediante cuerdas, por lo que nose debe permitir por los empresarios que sus trabajadoresacometan tareas con este sistema de trabajo si los mismos nohan recibido la formación citada.

La proliferación de empresas que utilizan las técnicas de accesomediante cuerdas es muy importante en número y variada en

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el tamaño de las plantillas, lo cual dificulta el contenido teóricopráctico de los programas formativos a impartir bajo la respon-sabilidad y el criterio de cada empresario.

Es conveniente que el contenido del programa formativo sea elmismo para todas las empresas que utilicen las técnicas deacceso y posicionamiento mediante cuerdas.

Sobre este extremo y a titulo orientativo se debe mencionar quela Asociación Nacional de Empresa de Trabajos Verticales, hadesarrollado un programa formativo teórico y práctico de tresniveles de cualificación, destinado para la habilitación de lostrabajadores en este tipo de tareas, donde se pretende queéstos dispongan de un carnet profesional de técnico en trabajosverticales.

Los niveles de cualificación son los siguientes:

• Nivel de formación básico (I):

Habilitación: Técnico sin experiencia previa que está capaci-tado para realizar un rango limitado de trabajos verticalessiempre bajo la supervisión de un Técnico de Nivel 3. El traba-jador durante el período de permanencia en esta categoría seentenderá que está en prácticas.

• Requerimientos previos:

No es necesario experiencia previa.

• Conocimientos exigidos:

–Progresión personal en todo equipo de maniobras.

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–Instalación de cuerdas en los tendidos de trabajo.–Uso de elementos y sistemas de protección anticaídas.–Rescate básico: descenso con víctima.–Mantenimiento, inspección y verificación del equipo.–Conocimientos legislativos y normativos básicos.

• Nivel de formación II:

Habilitación: Técnico con experiencia capacitado para realizartodo tipo de trabajos verticales y de instalaciones de tendidosde trabajo, conocedor de sistemas de rescate y técnicas deacceso especiales. Actuará bajo supervisión de un Técnico deNivel III.

• Requerimientos previos:

Experiencia de 600 horas y 6 meses de trabajo en suspensiónsobre cuerdas como técnico de Nivel I en diferentes tipos detrabajo y utilizando técnicas variadas.

• Conocimientos exigidos:

–Todos los contenidos del Nivel I.– Instalación de tendidos de trabajo.–Técnicas de acceso especiales.–Técnicas de rescate.–Mantenimiento, inspección y verificación del equipo de traba -

jo personal y colectivo.–Conocimientos legislativos y normativos.–Organización del trabajo.

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• Nivel de formación III:

Habilitación: Técnico y supervisor con plena responsabilidaden todas las materias que componen un proyecto de trabajo,conocedor de materias legislativas y de técnicas de rescateavanzadas.

• Requerimientos previos:

Experiencia de 600 horas y 6 meses de trabajo en suspensiónsobre cuerdas como técnico de Nivel II en diferentes tipos detrabajo y utilizando técnicas variadas.

• Conocimientos exigidos:

–Todos los contenidos del Nivel I y II.– Instalación de tendidos de trabajo especiales.–Técnicas de rescate avanzado.–Mantenimiento, inspección y verificación del equipo de traba -

jo personal y colectivo.–Amplios conocimientos legislativos y normativos.–Organización del trabajo.

37.1. Impartición de la Formación.-

La formación se podrá impartir por la empresa mediante mediospropios o concertándola con servicios ajenos.

Es conveniente en todos los casos que la formación teórica ypráctica sea realizada por expertos en la utilización de lastécnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas.

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1Anejo

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REAL DECRETO 2177/2004 DE 12 DE NOVIEMBRE.-

Por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 dejulio, por el que se establecen las disposiciones mínimas deseguridad y salud para la utilización por los trabajadores de losequipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

La Directiva 89/655/CEE del Consejo, de 30 de noviembre de1989, modificada por la Directiva 95/63/CE del Consejo, de 5de diciembre de 1995, estableció las disposiciones mínimas deseguridad y de salud para la utilización por los trabajadores enel trabajo de los equipos de trabajo. Ambas directivas fueronincorporadas al derecho español mediante el Real Decreto1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las dispo-siciones mínimas de seguridad y salud para la utilización porlos trabajadores de los equipos de trabajo.

Posteriormente, fue aprobada la Directiva 2001/45/CE del Parla-mento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, por laque se modifica la Directiva 89/655/CEE.

Mediante este Real Decreto se procede a la incorporación alderecho español del contenido de la Directiva 2001 /45/CE,para lo que resulta necesario modificar el Real Decreto1215/1997, de 18 de julio.

En su artículo único se presentan las modificaciones que seintroducen en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio.

La primera modificación, mediante la que se da nueva redacciónal punto 6 del apartado 1 del anexo I tiene por objeto introducir

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disposiciones específicas aplicables a las escaleras de mano,los andamias y los sistemas utilizados en las técnicas de accesoy posicionamiento mediante cuerdas, comúnmente conocidoscomo “trabajos verticales”.

Mediante la segunda modificación, se introduce un nuevo apar-tado 4 en el anexo II, en el que se incluyen disposiciones rela-tivas a la utilización de los equipos de trabajo para la realizaciónde trabajos temporales en altura.

Mediante la tercera modificación, se añade un nuevo párrafo ala disposición derogatoria única, de manera que resultan expre-samente derogadas determinadas disposiciones incluidas envarias normas y referidas fundamentalmente a los andamios.

Por medio de la disposición adicional única se especifica queel Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo modi-ficará la guía técnica relativa a equipos de trabajo y desarrollarálos criterios técnicos adecuados para el montaje, utilización ydesmontaje de andamios.

Las disposiciones finales primera y segunda modifican dosnormas, el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril por el que seestablecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en loslugares de trabajo, y el Real Decreto 1627/1997, de 24 deoctubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas deseguridad y salud en las obras de construcción, con objeto deajustar su contenido a lo dispuesto por este real decreto. Porúltimo, la disposición final tercera reconoce el carácter de legis-lación laboral y de norma básica de la regulación contenida enel Real Decreto.

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En la elaboración de este Real Decreto se ha consultado a lasorganizaciones empresariales y sindicales más represen tativasy se ha oído a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en elTrabajo.

Este Real Decreto se dicta de conformidad con el artículo ó dela Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de RiesgosLaborales.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Trabajo y AsuntosSociales y de Industria, Turismo y Comercio, de acuerdo con elConsejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministrosen su reunión del día 12 de noviembre de 2004,

Dispongo:

Artículo único.– Modificación del Real Decreto 1215/1997, de18 de julio, sobre disposiciones mínimas de seguridad y saludpara la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, sobre disposicionesmínimas de seguridad y salud para la utilización por los traba-jadores de los equipos de trabajo, se modifica en los siguientestérminos:

Uno.– El apartado 1.6 del anexo I, “Disposiciones mínimas apli-cables a los equipos de trabajo”, queda redactado del siguientemodo:

«6.– Si fuera necesario para la seguridad o salud de los traba-jadores, los equipos de trabajo y sus elementos deberán estar

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estabilizados por fijación o por otros medios. Los equipos detrabajo cuya utilización prevista requiera que los trabajadores sesitúen sobre ellos, deberán disponer de los medios adecuadospara garantizar que el acceso y permanencia en esos equiposno suponga un riesgo para su seguridad y salud. En particular,salvo en el caso de las escaleras de mano y de los sistemas utili-zados en las técnicas de acceso y posicionamiento mediantecuerdas, cuando exista un riesgo de caída de altura de más dedos metros, los equipos de trabajo deberán disponer de baran-dillas o de cualquier otro sistema de protección colectiva queproporcione una seguridad equivalente. Las barandillas deberánser resistentes, de una altura mínima de 90 centímetros y,cuando sea necesario para impedir el paso o deslizamiento delos trabajadores o para evitar la caída de objetos, dispondrán,respectivamente, de una protección intermedia y de un rodapiés.

Las escaleras de mano, los andamios y los sistemas utilizadosen las técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas,deberán tener la resistencia y los elementos necesarios de apoyoo sujeción, o ambos, para que su utilización en las condicionespara las que han sido diseñados no suponga un riesgo de caídapor rotura o desplazamiento. En particular, las escaleras de tijeradispondrán de elementos de seguridad que impidan su aperturaal ser utilizada».

Dos.– Se introduce un nuevo apartado 4 en el anexo II, «Dispo-siciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo», cuyotexto se inserta como anexo de este Real Decreto, en el que seincluyen disposiciones relativas a la utilización de los equiposde trabajo para la realización de trabajos temporales en altura.

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Tres.– Se añade un nuevo párrafo a la disposición derogatoriaúnica, con la siguiente redacción:

«Asimismo, quedan derogados expresamente:

a) El capítulo Vil del Reglamento de Seguridad e Higiene en elTrabajo, aprobado por la Orden de 31 de enero de 1940.

b) El capítulo III del Reglamento de Seguridad del Trabajo en laIndustria de la Construcción y Obras Públicas, aprobado porla Orden de 20 de mayo de 1952».

Disposición adicional única.– Guía técnica.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo incluirálas modificaciones precisas en la Guía técnica para la evaluacióny prevención de los riesgos relativos a la utilización de losequipos de trabajo, con objeto de adaptarla a las modificacionesintroducidas por este Real Decreto y mantenerla actualizada. Enparticular, el citado Instituto incluirá los criterios técnicos adecua -dos tanto para el montaje, utilización y desmontaje de anda-mios, como para la realización de las técnicas de acceso y posi-cionamiento mediante cuerdas.

Disposición final primera.– Modificación del Real Decreto486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposi-ciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.

Se modifica el apartado A.9 del anexo I del Real Decreto486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposi-ciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo,que queda redactado del siguiente modo:

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«9. Las escaleras de mano de los lugares de trabajo deberánajustarse a lo establecido en su normativa específica».

Disposición final segunda.– Modificación del Real Decreto1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen dispo-siciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construc-ción.

Se modifica el apartado C.5 del anexo IV del Real Decreto1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen dispo-siciones mínimas de seguridad y salud en las obras de cons-trucción, que queda redactado de la siguiente forma:

«5. Andamios y escaleras.

a) Los andamios, así como sus plataformas, pasarelas y esca-leras, deberán ajustarse a lo establecido en su normativaespecífica.

b) Las escaleras de mano de los lugares de trabajo deberánajustarse a lo establecido en su normativa específica».

Disposición final tercera.– Fundamento constitucional.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 de la Disposi-ción Adicional Tercera de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre,de Prevención de Riesgos Laborales, este Real Decreto cons-tituye legislación laboral, dictada al amparo del artículo149,1.7ª. de la Constitución.

2. De acuerdo con lo previsto en el apartado 2 de la disposiciónadicional tercera de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre,

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de Prevención de Riesgos Laborales, este Real Decreto cons-tituye norma básica respecto del personal civil con relaciónde carácter administrativo o estatutario al servicio de lasAdministraciones Públicas, dictada al amparo del artículo149.1.18ª. de la Constitución.

Dado en Madrid, el 12 de noviembre de 2004

JUAN CARLOS R.

La Vicepresidenta Primera del Gobiernoy Ministra de la Presidencia

MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ

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ANEXO.-

«4. Disposiciones relativas a la utilización de los equipos detrabajo para la realización de trabajos temporales en altura.

4.1. Disposiciones Generales.-

4.1.1. Si, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 31/1995, de8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales,en concreto, en sus artículos 15, 16 y 17, y en el artículo3 de este Real Decreto, no pueden efectuarse trabajostemporales en altura de manera segura y en condicionesergonómicas aceptables desde una superficie adecuada,se elegirán los equipos de trabajo más apropiados paragarantizar y mantener unas condiciones de trabajoseguras, teniendo en cuenta, en particular, que deberádarse prioridad a las medidas de protección colectivafrente a las medidas de protección individual y que laelección no podrá subordinarse a criterios econó micos.Las dimensiones de los equipos de trabajo deberán estaradaptadas a la naturaleza del trabajo y a las dificultadesprevisibles y deberán permitir una circulación sin peligro.

La elección del tipo más conveniente de medio deacceso a los puestos de trabajo temporal en alturadeberá efectuarse en función de la frecuencia de circu-lación, la altura a la que se deba subir y la duración dela utilización. La elección efectuada deberá permitir laevacuación en caso de peligro inminente. El paso en

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ambas direcciones entre el medio de acceso y las plata-formas, tableros o pasarelas no deberá aumentar elriesgo de caída.

4.1.2. La utilización de una escalera de mano como puesto detrabajo en altura deberá limitarse a las circunstanciasen que, habida cuenta de lo dispuesto en el apartado4.1.1, la utilización de otros equipos de trabajo másseguros no esté justificada por el bajo nivel de riesgo ypor las características de los emplaza mientos que elempresario no pueda modificar.

4.1.3. La utilización de las técnicas de acceso y de posiciona-miento mediante cuerdas se limitará a circuns tancias enlas que la evaluación del riesgo indique que el trabajopuede ejecutarse de manera segura y en las que, ade -más, la utilización de otro equipo de trabajo más segurono esté justificada.

Teniendo en cuenta la evaluación del riesgo y, especial-mente, en función de la duración del trabajo y de lasexigencias de carácter ergonómico, deberá facilitarse unasiento provisto de los accesorios apropiados.

4.1.4. Dependiendo del tipo de equipo de trabajo elegido conarreglo a los apartados anteriores, se determi narán lasmedidas adecuadas para reducir al máximo los riesgosinherentes a este tipo de equipo para los trabajadores.En caso necesario, se deberá prever la instalación deunos dispositivos de protección contra caídas. Dichosdispositivos deberán tener una configuración y una resis-

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tencia adecuadas para prevenir o detener las caídas dealtura y, en la medida de lo posible, evitar las lesionesde los trabajadores. Los dispositivos de protección colec-tiva contra caídas sólo podrán interrumpirse en lospuntos de acceso a una escalera o a una escalera demano.

4.1.5. Cuando el acceso al equipo de trabajo o la ejecución deuna tarea particular exija la retirada temporal de undispositivo de protección colectiva contra caídas, debe -rán preverse medidas compensatorias y eficaces deseguridad, que se especificarán en la planificación dela actividad preventiva. No podrá ejecutarse el trabajosin la adopción previa de dichas medidas. Una vezconcluido este trabajo particular, ya sea de forma defi-nitiva o temporal, se volverán a colocar en su lugar losdispositivos de protección colectiva contra caídas.

4.1.6. Los trabajos temporales en altura sólo podrán efec tuarsecuando las condiciones meteorológicas no pongan enpeligro la salud y la seguridad de los trabajadores.

4.2.Disposiciones Específicas sobre la Utilizaciónde Escaleras de Mano.-

4.2.1. Las escaleras de mano se colocarán de forma que suestabilidad durante su utilización esté asegurada. Lospuntos de apoyo de las escaleras de mano deberánasentarse sólidamente sobre un soporte de dimensionesadecuadas y estable, resistente e inmóvil de forma que

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los travesaños queden en posición horizontal. Las esca-leras suspendidas se fijarán de forma segura y, exceptolas de cuerda, de manera que no puedan desplazarse yse eviten los movi mientos de balanceo.

4.2.2. Se impedirá el deslizamiento de los pies de las escalerasde mano durante su utilización ya sea mediante la fija-ción de la parte superior o inferior de los largueros, yasea mediante cualquier dispositivo antideslizante o cual-quier otra solución de eficacia equivalente. Las escalerasde mano para fines de acceso deberán tener la longitudnecesaria para sobresalir al menos un metro del planode trabajo al que se accede. Las escaleras compuestasde varios elementos adaptables o extensibles deberánutilizarse de forma que la inmovilización recíproca delos distintos elementos esté asegurada. Las escalerascon ruedas deberán haberse inmovilizado antes deacceder a ellas. Las escaleras de mano simples se colo-carán, en la medida de lo posible, formando un ánguloaproximado de 75 grados con la horizontal.

4.2.3. El ascenso, el descenso y los trabajos desde escalerasse efectuarán de frente a éstas. Las escaleras de manodeberán utilizarse de forma que los trabajadores puedantener en todo momento un punto de apoyo y de sujeciónseguros. Los trabajos a más de 3,5 metros de altura,desde el punto de operación al suelo, que requieranmovimientos o esfuerzos peligrosos para la estabilidaddel trabajador, sólo se efectuarán si se utiliza un equipode protección individual anticaídas o se adoptan otras

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medidas de protección alterna tivas. El transporte a manode una carga por una escalera de mano se hará de modoque ello no impida una sujeción segura. Se prohibe eltransporte y manipulación de cargas por o desde esca-leras de mano cuando por su peso o dimensionespuedan comprometer la seguridad del trabajador. Lasesca leras de mano no se utilizarán por dos o más perso -nas simultáneamente.

4.2.4. No se emplearán escaleras de mano y, en particular, esca-leras de más de cinco metros de longitud, sobre cuyaresistencia no se tengan garantías. Queda prohibido eluso de escaleras de mano de construc ción improvisada.

4.2.5. Las escaleras de mano se revisarán periódicamente. Seprohibe la utilización de escaleras de madera pintadas,por la dificultad que ello supone para la detección desus posibles defectos.

4.3.Disposiciones Específicas Relativas a la Utilizaciónde los Andamios.-

4.3.1. Los andamios deberán proyectarse, montarse y mante-nerse convenientemente de manera que se evite que sedesplomen o se desplacen accidentalmente. Las plata-formas de trabajo, las pasarelas y las escaleras de losandamios deberán construirse, dimensionarse, prote-gerse y utilizarse de forma que se evite que las personascaigan o estén expuestas a caídas de objetos. A tal efec -

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to, sus medidas se ajustarán al número de trabajadoresque vayan a utilizarlos.

4.3.2. Cuando no se disponga de la nota de cálculo del anda -mio elegido, o cuando las configuraciones estructuralesprevistas no estén contempladas en ella, deberá efec-tuarse un cálculo de resistencia y estabi lidad, a menosque el andamio esté montado según una configuracióntipo generalmente reconocida.

4.3.3. En función de la complejidad del andamio elegido, debe -rá elaborarse un plan de montaje, de utilización y dedesmontaje. Este plan y el cálculo a que se refiere elapar ta do anterior deberán ser realizados por una perso -na con una formación universitaria que lo habilite parala realización de estas actividades. Este plan podráadoptar la forma de un plan de aplicación generalizada,completado con elementos correspondientes a los deta-lles específicos del andamio de que se trate.

A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, elplan de montaje, de utilización y de desmontaje seráobligatorio en los siguientes tipos de andamios:

a) Plataformas suspendidas de nivel variable (de accio-namiento manual o motorizadas), instaladas tempo-ralmente sobre un edificio o una estructura para tareasespecíficas, y plataformas elevadoras sobre mástil.

b) Andamios constituidos con elementos prefabri cadosapoyados sobre terreno natural, soleras de hormigón,

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forjados, voladizos u otros elementos cuya altura,desde el nivel inferior de apoyo hasta la coronaciónde la andamiada, exceda de seis metros o dispongande elementos horizontales que salven vuelos y distan-cias superiores entre apoyos de más de ocho metros.Se exceptúan los andamios de caballetes o borri-quetas.

c) Andamios instalados en el exterior, sobre azoteas,cúpulas, tejados o estructuras superiores cuya distan -cia entre el nivel de apoyo y el nivel del terreno o delsuelo exceda de 24 metros de altura.

d) Torres de acceso y torres de trabajo móviles en lasque los trabajos se efectúen a más de seis metros dealtura desde el punto de operación hasta el suelo.

Sin embargo, cuando se trate de andamios que, a pesarde estar incluidos entre los anteriormente citados,dispongan del marcado “CE”, por serles de aplicaciónuna normativa específica en materia de comercialización,el citado plan podrá ser sustituido por las instruccionesespecíficas del fabricante, proveedor o suministrador,sobre el montaje, la utilización y el desmontaje de losequipos, salvo que estas operaciones se realicen deforma o en condiciones o circunstancias no previstas endichas instrucciones.

4.3.4. Los elementos de apoyo de un andamio deberán estarprotegidos contra el riesgo de deslizamiento, ya seamediante sujeción en la superficie de apoyo, ya sea

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mediante un dispositivo antideslizante, o bien mediantecualquier otra solución de eficacia equiva lente, y lasuperficie portante deberá tener una capacidad sufi-ciente. Se deberá garantizar la estabilidad del andamio.Deberá impedirse mediante dispositivos adecuados eldesplazamiento inesperado de los andamios móvilesdurante los trabajos en altura.

4.3.5. Las dimensiones, la forma y la disposición de las plata -formas de un andamio deberán ser apropiadas para eltipo de trabajo que se va a realizar, ser adecuadas a lascargas que hayan de soportar y permitir que se trabajey circule en ellas con seguridad. Las plata formas de losandamios se montarán de tal forma que sus compo-nentes no se desplacen en una utilización normal deellos. No deberá existir ningún vacío peligroso entre loscomponentes de las plataformas y los dispositivos verti-cales de protección colectiva contra caídas.

4.3.6. Cuando algunas partes de un andamio no estén listaspara su utilización, en particular durante el montaje, eldesmontaje o las transformaciones, dichas partes debe -rán contar con señales de advertencia de peligro general,con arreglo al Real Decreto 485/1997, de 14 de abril,sobre señalización de seguridad y salud en el centro detrabajo, y delimitadas convenientemente medianteelemen tos físicos que impidan el acceso a la zona depeligro.

4.3.7. Los andamios sólo podrán ser montados, desmontadoso modificados sustancialmente bajo la dirección de una

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persona con una formación universitaria o profesionalque lo habilite para ello, y por trabajadores que hayanrecibido una formación adecuada y específica para lasoperaciones previstas, que les permita enfrentarse ariesgos específicos de confor midad con las disposi-ciones del artículo 5, destinada en particular a:

a) La comprensión del plan de montaje, desmontaje otransformación del andamio de que se trate.

b) La seguridad durante el montaje, el desmontaje o latransformación del andamio de que se trate.

c) Las medidas de prevención de riesgos de caída depersonas o de objetos.

d) Las medidas de seguridad en caso de cambio de lascondiciones meteorológicas que pudiesen afectarnegativamente a la seguridad del andamio de quese trate.

e) Las condiciones de carga admisible.

f) Cualquier otro riesgo que entrañen las mencio nadasoperaciones de montaje, desmontaje y transforma-ción.

Tanto los trabajadores afectados como la persona quesupervise dispondrán del plan de montaje y desmontajemencionado en el apartado 4.3.3, incluyendo cualquierinstrucción que pudiera contener.

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Cuando, de conformidad con el apartado 4.3.3, no seanecesaria la elaboración de un plan de montaje, utiliza-ción y desmontaje, las operaciones previstas en esteapartado podrán también ser dirigidas por una personaque disponga de una experiencia certificada por elempresario en esta materia de más de dos años y cuentecon la formación preventiva correspondiente, comomínimo, a las funciones de nivel básico, conforme a loprevisto en el apartado 1 del artículo 35 del Reglamentode los Servicios de Prevención, aprobado por el RealDecreto 39/1997, de 17 de enero.

4.3.8. Los andamios deberán ser inspeccionados por unapersona con una formación universitaria o profesionalque lo habilite para ello.

a) Antes de su puesta en servicio.

b) A continuación, periódicamente.

c) Tras cualquier modificación, período de no utili zación,exposición a la intemperie, sacudidas sísmi cas, ocualquier otra circunstancia que hubiera podi do afec -tar a su resistencia o d su estabilidad.

Cuando, de conformidad con el apartado 4.3.3, no seanecesaria la elaboración de un plan de montaje, utiliza-ción y desmontaje, las operaciones previstas en esteapartado podrán también ser dirigidas por una personaque disponga de una experiencia certificada por elempresario en esta materia de más de dos años y cuentecon la formación preventiva correspondiente, como

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mínimo, a las funciones de nivel básico, conforme a loprevisto en el apartado 1 del artículo 35 del Reglamentode los Servicios de Prevención, aprobado por el RealDecreto 39/1997, de 17 de enero.

4.4.Disposiciones Específicas sobre la Utilizaciónde las Técnicas de Acceso y de PosicionamientoMediante Cuerdas.-

4.4.1. La utilización de las técnicas de acceso y de posicio -namiento mediante cuerdas cumplirá las siguientescondiciones:

a) El sistema constará como mínimo de dos cuerdas consujeción independiente, una como medio de acceso,de descenso y de apoyo (cuerda de trabajo) y la otracomo medio de emergencia (cuerda de seguridad).

b) Se facilitará a los trabajadores unos arneses adecua -dos, que deberán utilizar y conectar a la cuerda deseguridad.

c) La cuerda de trabajo estará equipada con un meca-nismo seguro de ascenso y descenso y dispondrá deun sistema de bloqueo automático con el fin de impe -dir la caída en caso de que el usuario pierda el controlde su movimiento. La cuerda de seguridad estaráequipada con un dispositivo móvil contra caídas quesiga los despla zamientos del trabajador.

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d) Las herramientas y demás accesorios que deba utili -zar el trabajador deberán estar sujetos al arnés o alasiento del trabajador o sujetos por otros mediosadecuados.

e) El trabajo deberá planificarse y supervisarse correc-tamente, de manera que, en caso de emergencia, sepueda socorrer inmediatamente al trabajador.

f) De acuerdo con las disposiciones del artículo 5, seimpartirá a los trabajadores afectados una formaciónadecuada y específica para las opera ciones previstas,destinada, en particular, a:

1°. Las técnicas para la progresión mediante cuerdasy sobre estructuras.

2°. Los sistemas de sujeción.

3°. Los sistemas anticaídas.

4°. Las normas sobre el cuidado, mantenimiento yverificación del equipo de trabajo y de seguridad.

5°. Las técnicas de salvamento de personas acci -dentadas en suspensión.

6°. Las medidas de seguridad ante condiciones mete-orológicas que puedan afectar a la seguridad.

7°. Las técnicas seguras de manipulación de cargasen altura.

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4.4.2. En circunstancias excepcionales en las que, habidacuenta de la evaluación del riesgo, la utilización de unasegunda cuerda haga más peligroso el trabajo, podráadmitirse la utilización de una sola cuerda, siempre quese justifiquen las razones técnicas que lo motiven y setomen las medidas adecuadas para garantizar la segu-ridad».

Directiva 2001/45/CE del Parlamento Europeoy del Consejo de 27 de junio de 2001.-

Por la que se modifica la Directiva 89/655/CE del Consejo rela-tiva a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud parala utilización por los trabajadores en el trabajo de los equiposde trabajo.

(2ª Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva

89/391/CE).

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea.-

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en parti-cular, el apartado 2 de su artículo 137,

Vista la propuesta de la Comisión, presentada previa consultaal Comité consultivo para la Seguridad, la Higiene y la Protecciónde la Salud en el Lugar de Trabajo,

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Visto el dictamen del Comité Económico y Social Previa consultaal Comité de Regiones,

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo251 del Tratado,

Considerando lo siguiente:

(1) El apartado 2 del artículo 137 del Tratado dispone que elConsejo puede adoptar, mediante directivas, disposicionesmínimas con vistas a promover la mejora, en concreto, delentorno de trabajo, para garantizar un mayor nivel de protec-ción de la seguridad y la salud de los trabajadores.

(2) Con arreglo al citado artículo, dichas directivas evitarán esta-blecer trabas de carácter administrativo, financiero y jurídicoque obstaculicen la creación y el desarrollo de pequeñas ymedianas empresas.

(3) La mejora de la seguridad, de la higiene y de la salud de lostrabajadores en el trabajo constituye un objetivo que nopuede subordinarse a consideraciones de carácter pura-mente económico.

(4) El cumplimiento de los requisitos mínimos destinados agarantizar un mayor nivel de salud y de seguridad en la utili-zación de los equipos de trabajo puestos a disposición paratrabajos temporales en altura es esencial para garantizar lasalud y seguridad de los trabajadores.

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(5) Las disposiciones adoptadas en virtud del apartado 2 delartículo 137 del Tratado no impiden a los Estados miembrosmantener o adoptar medidas más estrictas de protección delas condiciones de trabajo, compatibles con el Tratado.

(6) Los trabajos en altura pueden exponer a los trabajadores ariesgos particularmente importantes para su seguridad y susalud, en particular a riesgos de caída de altura y a otrosacci dentes de trabajo graves, que representan un alto por -cen taje del número de siniestros, y en particular de los acci-dentes mortales.

(7) Los trabajadores autónomos y los empresarios pueden,cuando ejercen ellos mismos una actividad profesional yutilizan personalmente equipos de trabajo destinados a larealización de trabajos temporales en altura, poner en peligrola seguridad y la salud de los empleados.

(8) La Directiva 92/57/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1992,relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y lo nece-sario para lograrlos.

(13) La presente Directiva constituye un elemento concreto parala realización de la dimensión social del mercado interior.

(14) Es preciso ofrecer a los Estados miembros la posibilidadde disponer de un período transitorio para tener en cuentalos problemas específicos a los que deben hacer frente laspequeñas y medianas empresas.

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HAN ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1:

El texto que figura en el anexo de la presente Directiva se añadeen el anexo II de la Directiva 89/655/CEE.

Artículo 2:

1. Los Estados miembros adoptarán y publicarán las dispo -siciones legales, reglamentarias y administrativas necesariaspara dar cumplimiento a lo establecido en la presente Direc-tiva a más tardar el 19 de julio de 2004. Informarán de elloinmediatamente a la Comisión.Respecto a la aplicación de la sección 4 del anexo, los Estadosmiembros podrán disponer de un período transitorio de dosaños como máximo, a partir de la fecha mencionada en elpárrafo primero, a fin de tener en cuenta los distintos aspectosvinculados a la aplicación práctica de la presente Directiva, enparticular por las pequeñas y medianas empresas.

2. Cuando los Estados miembros adopten dichas disposi ciones,estas incluirán una referencia a la presente Directiva, o iránacompañadas de dicha referencia en su publicación oficial.Los Estados miembros establecerán las modalidades de lamencionada referencia.

3. Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el textode las Disposiciones de Derecho interno ya adoptadas o queadopten en el ámbito de la presente Directiva.

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Artículo 3:

La presente Directiva entrará en vigor el día de su publicaciónen el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Artículo 4:

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estadosmiembros.

Hecho en Luxemburgo, el 27 de junio de 2001

Por el Parlamento Europeo Por el Consejo

La Presidenta El Presidente

N. FONTAINE A. BOURGEOIS

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ANEXO.-

DISPOSICIONES RELATIVAS A LA UTILIZACIÓN DELOS EQUIPOS DE TRABAJO PARA LA REALIZACIÓN

DE TRABAJOS TEMPORALES EN ALTURA

4.1. Disposiciones Generales.-

4.1.1. Si no pueden efectuarse trabajos temporales en altu rade manera segura y en condiciones ergonómicas acep-tables desde una superficie adecuada, se elegirán losequipos de trabajo más apropiados para garantizar ymantener unas condiciones de trabajo seguras. Deberádarse prioridad a las medidas de protección colectiva alas medidas de protección individual. Las dimensionesde los equipos de trabajo deberán estar adaptadas a lanaturaleza del trabajo y a las dificultades previsibles ydeberán permitir una circulación sin peligro.

La elección del tipo más conveniente de medio de acce -so a los puestos de trabajo temporal en altura deberáefectuarse en función de la frecuencia de circulación, laaltura a que se deba subir y la duración de la utilización.La elección efectuada deberá permitir la evacuación encaso de peligro inminente. El paso en ambas direccionesentre el medio de acceso y las plataformas, tableros opasarelas no deberá aumentar el riesgo de caída.

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4.1.2. La utilización de una escalera de mano como puesto detrabajo en altura debe limitarse a las circunstancias enque, habida cuenta de lo dispuesto en el punto 4.1.1,la utilización de otros equipos de trabajo más segurosno esté justificada por el bajo de nivel de riesgo y, bienpor el corto período de utilización, o bien por caracterís-ticas de los emplazamientos que el empresario no puedemodificar.

4.1.3. La utilización de las técnicas de acceso y posiciona-miento mediante cuerdas se limitará a circunstancias enlas que la evaluación del riesgo indique que el trabajopuede ejecutarse de manera segura y en las que, ade -más, la utilización de otro equipo de trabajo más segurono está justificada. Teniendo en cuenta la evaluación delriesgo y, especialmente, en función de la duración deltrabajo y de las exigencias de carácter ergonómicodeberá facilitarse un asiento provisto de los acce so riosadecuados.

4.1.4. Dependiendo del tipo de equipo de trabajo elegido conarreglo a los puntos anteriores, se determinarán lasmedidas adecuadas para reducir al máximo los riesgosinherentes a este tipo de equipo para los trabajadores.En caso necesario, se deberá prever la instalación deunos dispositivos de protección contra caídas. Dichosdispositivos deberán tener una configuración y una resis-tencia adecuadas para prevenir o detener las caídas dealtura y, en la medida de lo posible, evitar las lesionesde los trabajadores. Los dispositivos de protección colec-

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tiva contra caídas sólo podrán interrumpirse en lospuntos de acceso a una escalera o a una escalera demano.

4.1.5. Cuando la ejecución de un trabajo particular exija la reti-rada temporal de un dispositivo de protección colectivacontra caídas, deberán adoptarse medidas compensa-torias y eficaces de seguridad. No podrá ejecutarse eltrabajo sin la adopción previa de dichas medidas. Unavez concluido este trabajo particular, ya sea de formadefinitiva o temporal, se volverán a colocar en su lugarlos dispositivos de protección colectiva contra caídas.

4.1.6. Los trabajos temporales en altura sólo podrán efec tuarsecuando las condiciones meteorológicas no pongan enpeligro la seguridad y la salud de los trabajadores.

4.2. Disposiciones Específicas sobre la Utilizaciónde Escaleras de Mano.-

4.2.1. Las escaleras de mano se colocarán de forma que suestabilidad durante su utilización este asegurada. Lospuntos de apoyo de las escaleras de mano deberánasentarse sobre un soporte de dimensiones adecuadasy estable, resistente e inmóvil, de forma que los trave-saños queden en posición horizontal. Las escalerassuspendidas se atarán de forma segura y, excepto lasde cuerda, de manera que no puedan desplazarse y seeviten los movimientos de balanceo.

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4.2.2. Se impedirá el deslizamiento de los pies de las escalerasde mano durante su utilización, ya sea mediante la fija-ción de la parte superior o inferior de los largueros, obien mediante cualquier dispositivo antideslizante ocualquier otra solución de eficacia equivalente. Las esca-leras de mano para fines de acceso deberán tener lalongitud necesaria para sobresalir suficien temente delplano de trabajo al que se accede, a no ser que existanotros medios que permitan una sujeción estable. Lasescaleras compuestas de varios elementos adaptableso extensibles deberán utilizarse de forma que la inmo-vilización recíproca de los distintos elementos estéasegurada. Las escaleras con ruedas deberán haberseinmovilizado antes de acceder a ellas.

4.2.3. Las escaleras de mano deberán utilizarse de forma quelos trabajadores puedan tener en todo momento unpunto de apoyo y de sujeción seguros. En concreto, eltransporte de una carga por una escalera de mano sehará de modo que ello no impida una sujeción segura.

4.3 Disposiciones Específicas sobre la Utilizaciónde Andamios.-

4.3.1. Cuando no se disponga de la nota de cálculo del anda -mio elegido, o cuando las configuraciones estructuralesprevistas no estén contempladas en ella deberá efec-tuarse un cálculo de resistencia y estabilidad, a menosque el andamio este montado según una configuracióntipo generalmente reconocida.

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4.3.2. En función de la complejidad del andamio elegido,deberá elaborase un plan de montaje, de utilización yde desmontaje por una persona competente. Este planpodrá adoptar la forma de un plan de aplicación gene-ralizada, completado con elementos correspondientesa los detalles específicos del andamio de que se trate.

4.3.3. Los elementos de apoyo de un andamio deberán estarprotegidos contra el riesgo de deslizamiento, ya seamediante sujeción en la superficie de apoyo, ya median -te un dispositivo antideslizante, o bien mediante cual-quier otra solución de eficacia equivalente, y la superficieportante deberá tener una capacidad suficiente. Sedeberá garantizar la estabilidad del andamio. Deberáimpedirse mediante dispositivos adecuados el despla-zamiento inesperado de los andamios móviles durantelos trabajos en altura.

4.3.4. Las dimensiones, la forma y la disposición de las plata-formas de un andamio deberán ser apropiadas para eltipo de trabajo que se va a realizar, ser adecuadas a lascargas que hayan de soportar y permitir que se trabajey circule en ellas con seguridad. Las plataformas de losandamios se montarán de tal forma que sus compo-nentes no se desplacen en una utilización normal de losmismos. No deberá existir ningún vacío peligroso entrelos componentes de las plataformas y los dispositivosverticales de protección colectiva contra caídas.

4.3.5. Cuando algunas partes de un andamio no estén listaspara su utilización, en particular durante el montaje, el

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desmontaje o las transformaciones, dichas partes debe -rán contar con señales de advertencia de peligro general,con arreglo a las normas nacionales de transposición dela Directiva 92/58/CE y delimitadas convenientementemediante elementos físicos que impidan el acceso a lazona de peligro.

4.3.6. Los andamios sólo podrán ser montados, desmontadoso modificados sustancialmente bajo la dirección de unapersona competente y por trabajadores que hayan reci-bido una formación adecuada y específica para lasoperaciones previstas, que les permita enfrentarse ariesgos específicos de conformidad con las disposi-ciones del artículo 7, destinada en particular a:

a) la comprensión del plan de montaje, desmontaje otransformación del andamio de que se trate.

b) la seguridad durante el montaje, el desmontaje o latransformación del andamio de que se trate.

c) las medidas de prevención de riesgos de caída depersonas o de objetos.

d) las medidas de seguridad en caso de cambio de lascondiciones meteorológicas que pudieran afectarnegativamente a la seguridad del andamio de quese trate.

e) las condiciones de carga admisible.

f) cualquier otro riesgo que entrañen las mencionadasoperaciones de montaje, desmontaje y transfor -mación.

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Tanto los trabajadores afectados como la persona que supervisedispondrán del plan de montaje y desmontaje mencionado enel punto 4.3.2 del presente anexo, incluyendo cualquier instruc-ción que pudiera contener.

4.4. Disposiciones Específicas sobre la Utilizaciónde las Técnicas de Acceso y de PosicionamientoMediante Cuerdas.-

La utilización de las técnicas de acceso y de posicionamientomediante cuerdas cumplirá las siguientes condiciones:

a) El sistema constará como mínimo de 2 cuerdas con sujeciónindependiente, una como medio de acceso, de descenso yde apoyo (cuerda de trabajo) y la otra como medio de emer-gencia (cuerda de seguridad).

b) Se facilitará a los trabajadores unos arneses adecuados, quedeberán utilizar y enganchar a la cuerda de seguridad.

c) La cuerda de trabajo estará equipada con un mecanismoseguro de ascenso y descenso y dispondrá de un sistema debloqueo automático con el fin de impedir la caída en caso deque el usuario pierda el control de su movimiento. La cuerdade seguridad estará equipada con un dispositivo móvil contracaídas que siga los desplazamientos del trabajador.

d) Las herramientas y demás accesorios que deba utilizar eltrabajador deberán estar sujetos al arnés o al asiento deltrabajador o sujetos por otros medios adecuados.

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e) El trabajo deberá planificarse y supervisarse correc tamente,de manera que, en caso de emergencia, se pueda socorrerinmediatamente al trabajador.

f) De acuerdo con las disposiciones del artículo 1, se impar tiráa los trabajadores afectados una formación adecuada y espe-cífica para las operaciones previstas, en particular sobretécnicas de salvamento.

En circunstancias excepcionales en las que habida cuenta de laevaluación del riesgo, la utilización de una segunda cuerda hagamás peligroso el trabajo, podrá admitirse la utilización de unasola cuerda, siempre que se hayan tomado las medidasadecuadas para garantizar la seguridad, de conformidad con lalegislación y/o prácticas nacionales.

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IV Convenio Colectivo General del Sectorde la Construcción.-

Artículo 198. Técnicas de Acceso y de Posicionamiento MedianteCuerdas.-

1. La utilización de las técnicas de acceso y de posicionamientomediante cuerdas se limitará a circunstancias en las que laevaluación del riesgo indique que el trabajo puede ejecutarsede manera segura y en las que, además, la utilización de otroequipo de trabajo más seguro no esté justificada.

2. Teniendo en cuenta la evaluación del riesgo y especial menteen función de la duración del trabajo y de las exigencias decarácter ergonómico, deberá facilitarse un asiento provistode los accesorios apropiados. Esta silla debe tener unaanchura mínima de 45 centímetros y debe estar provista deun cinturón de anchura mínima de 50 milímetros para queel trabajador se ate.

3. Los trabajos con técnicas verticales o sistemas de acceso yposicionamiento mediante cuerdas deberán tener la resis-tencia y los elementos necesarios de apoyo o sujeción, oambos, para que su utilización en las condiciones para lasque han sido diseñados no suponga un riesgo de caída porrotura o desplazamiento.

4. La utilización de las técnicas de acceso y de posicionamientomediante cuerdas cumplirá las siguientes condiciones:

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a) El sistema constará como mínimo de dos cuerdas con suje-ción independiente, una como medio de acceso, dedescen so y de apoyo (cuerda de trabajo), y la otra comomedio de emergencia (cuerda de seguridad).

b) Se facilitará a los trabajadores unos arneses ade cuados,que deberán utilizar y conectar a la cuerda de seguridad.

c) La cuerda de trabajo estará equipada con un mecanismoseguro de ascenso y descenso y dispondrá de un sistemade bloqueo automático con el fin de impedir la caída encaso de que el usuario pierda el control de su movimiento.La cuerda de seguridad estará equipada con un disposi-tivo móvil contra caídas que siga los desplazamientos deltrabajador.

d) Las herramientas y demás accesorios que deba utilizar eltrabajador deberán estar sujetos al arnés o al asiento deltrabajador o sujetos por otros medios adecuados.

5. Con respecto a la comercialización de los elementos que seemplean en las técnicas de acceso y de posicionamientomediante cuerdas, y de acuerdo con lo dispuesto en el RealDecreto 1801/2003 de seguridad general de los productos,se considera que los elementos son seguros cuando cumplanlas disposiciones normativas de obligado cumplimiento quefijen los requisitos de seguridad y salud.

6. En los aspectos de dichas disposiciones normativas reguladospor normas técnicas que sean transposición de una normaeuropea armonizada, se presumirá que también estos elemen -tos son seguros cuando sean conformes a tales normas.

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7. Cuando no exista disposición normativa de obligado cumpli-miento aplicable, o ésta no cubra todos los riesgos o cate-gorías de riesgos de estas técnicas, para evaluar su seguridadgarantizando siempre el nivel de seguridad, se tendrán encuenta los siguientes elementos:

–Normas técnicas nacionales que sean transposición denormas europeas no armonizadas.

–Normas UNE.–Códigos de buenas prácticas.–Estado actual de los conocimientos y de la técnica.

A todos los elementos que conforman estas técnicas, exceptoa la propia cuerda o cuerdas y a sus sistemas de amarre, leses de aplicación el Real Decreto 1407/1992 y, en conse-cuencia, les es exigible que dispongan de «marcado CE»,declaración «CE» de conformidad y manual de instrucciones,conforme a dicha norma.

Artículo 199. Requisitos para la Utilización de las Técnicas deAcceso y de Posicionamiento Mediante Cuerdas.-

1. Por lo que se refiere a la utilización de las técnicas de accesoy de posicionamiento mediante cuerdas, se atenderá a lodispuesto en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, modi -ficado por el Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre.

2. Los trabajadores que utilicen estas técnicas de acceso y deposicionamiento deberán poseer la información y formaciónadecuada y específica para las operaciones previstas. Dichainformación y formación se referirá a los siguientes aspectos:

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–Las técnicas para la progresión mediante cuerdas y sobreestructuras.

–Los sistemas de sujeción.–Los sistemas anticaídas.–Las normas sobre el cuidado, mantenimiento y verifi cación

del equipo de trabajo y de seguridad.–Las técnicas de salvamento de personas accidentadas en

suspensión.–Las medidas de seguridad ante condiciones meteoro lógicas

que puedan afectar a la seguridad.–Las técnicas seguras de manipulación de cargas en altura.

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2Anejo

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Anejo 2

ELEMENTOS OBLIGATORIOS A FACILITAR AL USUARIO

1. MARCADO “CE”

2. FOLLETO INFORMATIVO

a) Instrucciones de almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento, revisióny desinfección.

b) Rendimientos técnicos alcanzados en los exámenes técnicos dirigidos ala verificación de los grados o clases de protección de los EPI.

c) Accesorios que se pueden utilizar en los EPI y características de las piezasde repuesto adecuadas.

d) Clases de protección adecuadas a los diferentes niveles de riesgo y límitesde uso correspondientes.

e) Fecha o plazo de caducidad de los EPI o de alguno de sus componentes.

f) Tipo de embalaje adecuado para transportar los EPI.

g) Explicación de las marcas, si las hubiere.

h) En su caso, las referencias de las disposiciones aplicadas para la estam-pación del marcado “CE” cuando al EPI le son aplicables. además, dispo-siciones referentes a otros aspectos y que conlleven la estampación delreferido marcado.

i) Nombre, dirección y número de identificación de los organismos de controlnotificados que intervienen en la fase de diseño de los EPI.

A B

CE + XXXX

A = EPI categorías I y II. A + B = EPI categoría III.B = Código de cuatro dígitos identificativos, en el ámbito de la UE,del organismo que lleva a cabo el control del aseguramiento de lacalidad de la producción.

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3Anejo

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Anejo 3

FICHA DEL EQUIPO

Producto:

Modelo y tipo/identificación Marca comercial Número de identificación

Fabricante Dirección Teléfono, fax, correoelectrónico, dirección URL

Año de fabricación/ Fecha de compra Fecha de primera puestafecha de caducidad en marcha

Otra información pertinente (por ejemplo número de documento)

HISTÓRICO DE REVISIONES PERIÓDICAS Y REPARACIONES

Fecha Motivo Defectos Nombre y firma Fecha(revisión observados, de la persona prevista de la

periódica o reparaciones competente revisiónreparación) realizadas y periódica

otra informaciónpertinente

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MODELO ORIENTATIVO DE FICHA DE CONTROL DE LOS EPI

1.2.3.4.5.

Operación Realizada

Control de mantenimiento

Firma ResponsableFecha

1.2.3.4.5.

Descripción Operación

Datos relativos al uso del equipo

ResponsablePlazo

Condiciones de uso:Vida útil / Fecha de caducidad:

Datos relativos al uso del equipo

Marca:Modelo:Nº de serie:Distribuidor:

Datos comerciales del equipo

Nombre yApellidos

Nº Matrícula /Registro

Antigüedaden el puestoEdad Tarea

Datos del trabajador

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4Anejo

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Anejo 4

HOJA DE CARACTERÍSTICAS

Guantes de protección mecánica ytérmica, para soldadores.

Niveles de protección según normas europeas

Mecánica según EN388 Térmica según EN407

CEORGANISMO NOTIFICADO Nº XXXX

Descripción y composición:– Guante de 5 dedos.– Cuero serraje crupón curtido al cromo, de

aproximadamente 1,5 mm., extraflexible.– Protección en costuras.– Totalmente forrado.– Manga larga, con el dorso de una sola

pieza.

Talla:– Única.

Mantenimiento:– Cuando su estado lo aconseje, el guante

puede lavarse industrialmente en seco.

(*)Evitar suficientemente por medidas de protección colectivas.(**)Medidas. métodos o procedimientos de organización del trabajo.

Este guante está especial-mente indicado para ser uti -lizado en los tra ba jos ti posoldador o simi lar, don dese requiera una bue na pro -tección me cáni co/tér mi ca,man tenien do un buen nivelde confort.

NO DEBE USARSE:Este tipo de guantes enpuestos de trabajo donde elriesgo a cubrir supere losniveles de prestacio nes al -can zados según EN388 yEN407, o cuan do se tratede riesgos no me cánicos otérmicos (p.e. químicos,eléctricos, etc.).

A– Inflamabilidad: Nivel X.B– Calor por contacto: xx seg.

(xxx°C) Nivel X.C– Calor colectivo: HT1 xx seg.

Nivel X.D– Calor radiante: t2xxx seg.

Nivel X.E– Salpicaduras de metal fun -

dido: xx gotas. Nivel X.F– Gran proyección de metal

fundido no adecuado fren -te a este riesgo.

A– Resistencia a la abrasiónXXXX ciclos. Nivel X.

B– Resistenda al corte FactorXXXX. Nivel X.

C– Resistencia al DesgarroXXXX Newton. Nivel X.

D– Resistencia a la pene tra -ción XXXX Newton. Nivel X.

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5Anejo

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Extracto NTP:789Ergonomía en trabajos verticales: el asiento

María Gómez-Cano AlfaroDoctora en Ciencias QuímicasPablo Orofino VegaIngeniero de Montes

Centro Nacional de Nuevas Tecnologías

El objeto de esta NTP es dar una serie de indicaciones a la horade seleccionar y utilizar un asiento para realizar trabajos verti-cales.

4. Descripción de los Asientos Existentes en Trabajos Verticales.-

Al no contar con normas técnicas europeas de aplicación a estetipo de equipo, la tipología existente del mismo en los lugaresde trabajo es muy amplia. A continuación se citan los principalestipos de asiento con los que se podría contar para la realizaciónde trabajos verticales.

• En función del tipo de fabricación:

–Asientos fabricados por el propio usuario: Son los más exten-didos en nuestro país. Lo más común es que estén consti-tuidos por una tabla de contrachapado y una cuerda queactúa como elemento de sujeción y conexión con el puntode anclaje.

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–Asientos comercializados por distintos fabricantes.

• En función de la consistencia del asiento:

–Asientos de base rígida: Lo más usual en el ámbito de lostrabajos verticales.

–Asientos de base dúctil: Utilizados de forma amplia en elmundo de la navegación.

• En función de la fuerza motriz de accionamiento:

–Asientos sin sistema de elevación/descenso: El asiento sefija a la cuerda de trabajo a través del conector apropiado ysu ascenso o descenso dependerá de un sistema indepen-diente al asiento. En la actualidad, y en el marco de los traba -jos verticales, es el utilizado en la mayoría de los casos.

–Asientos con sistema de elevación/descenso: Este sistemapuede ser mecánico o a través de un motor. En este caso lassillas estarían consideradas plataformas suspendidas denivel variable (UNE-EN 1808)1.

Por otro lado, hay dos accesorios del asiento que pueden teneruna importancia relevante desde el punto de vista ergonómico:

• Respaldo o apoyo lumbar.

• Estribo para el apoyo de los pies.

1. UNE-EN 1808:2000. Requisitos de seguridad para plataformas suspendidas denivel variable.

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5. Recomendaciones para la Selección del Asiento en TrabajosVerticales.-

• Dado que el asiento es considerado equipo de trabajo, sedeberá cumplir con las disposiciones mínimas establecidasen el RD 1215/97.

• El asiento de trabajo debe ser adecuado para la labor que sevaya a desempeñar (Art. 3.2, RD 1215/97). Se recuerda que,según el RD 2177/04, la elección de los equipos de trabajono podrá subordinarse a criterios económicos.

• El asiento de trabajo debe poseer una forma anatómica querespete las medidas antropométricas de las personas que loutilizan.

• La profundidad del asiento debe ser ligeramente inferior a lalongitud poplítea-nalga del trabajador.

• La anchura debería ser la adecuada para que el trabajador sepueda mover libremente en la realización de su tarea. No debeser excesiva para evitar un desplazamiento del centro degravedad que llevaría consigo un balanceo del asiento o elposicionamiento del trabajador en una postura incómoda.

• El borde frontal del asiento debe ser redondeado.

• Se recomienda que el asiento sea lo más ligero posible.

• Al estar expuesto a la intemperie, el material del asiento debeser resistente a las condiciones ambientales. El asiento estaráconfeccionado con material confortable, transpirable, ser de

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fácil limpieza y tener un color que minimice la absorción decalor.

• La base del asiento será rígida, aunque acolchada, para evitarpresiones del mismo sobre las tuberosidades isquiáticas. Losasientos dúctiles provocan una presión sobre los muslos delas piernas y nervios femorocutáneos, que puede provocardesde una simple molestia hasta patologías más específicas.

• Su diseño debe permitir la colocación de un reposo lumbarajustable e independiente del asiento. Los materiales delrespaldo serán cómodos, dúctiles, transpirables, de fácillimpieza y de colores que minimicen la absorción de calor. Laaltura del respaldo varía con respecto a los requerimientos dela tarea, para labores donde se utilicen los brazos levantadosdurante mucho tiempo se recomienda utilizar un respaldomayor que proteja la zona lumbar y dorsal.

• Los sistemas de sujeción del asiento (bandas textiles, cuerdas,etc.) deben ser de material de baja conductividad térmica,además de ser fáciles de cortar en caso de actuación rápidade rescate. La longitud de las bandas o cuerdas deben poderseregular para facilitar la adaptación al usuario y evitar:

a. Holgura excesiva que pueda provocar un balanceo.

b. Una presión inadecuada sobre la cadera y muslos del traba-jador que restrinja sus movimientos.

• En caso de asientos fabricados a base de contrachapado concuatro perforaciones para el paso de las cuerdas, se reco-mienda que la disposición de las mismas permita la regulación

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del asiento. Para ello, al menos dos de los cuatro puntos,deben permanecer libres de nudos para permitir el desliza-miento de uno de los dos cordinos.

• Se recomienda que el descensor sea capaz de permitir el reco-rrido inverso de la cuerda a través del mismo para poder reali -zar ascensos en pequeñas distancias al lugar de trabajo demanera que el trabajador se posicione correctamente pararealizar su tarea.

6. Recomendaciones para la Utilización del Asiento en TrabajosVerticales.-

En cuanto al asiento y accesorios:

• Antes y después de realizar un trabajo vertical hay que revisarel estado de los equipos.

• Realizar un mantenimiento correcto y periódico (Art. 3.5, R.D.1215/97).

• Ajustar el asiento antes del posicionamiento simulando lascondiciones reales de trabajo. Teniendo en cuenta:

a. Es importante siempre anclar primero el arnés a la cuerdade seguridad y luego el asiento.

b. Los anclajes del asiento deberán ser completamente inde-pendientes de los que usa la persona de trabajos verticalespara las cuerdas de seguridad (Art. 4.4.1.a, del anexo R.D.2177/04).

c. La manera de conectar el asiento a la cuerda de trabajodeberá elegirse de tal manera que permita la regulación

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del resto de los accesorios del asiento de la manera máscómoda posible. Las dos formas más habituales de cone-xión son:–Silla y arnés conectados directamente al descensor a

través de un conector. –Silla anclada al conector del cabo corto de un cabo en

“y”, y éste al descensor. Cabo en “y” conectado al arnésmediante conector.

d. La regulación del asiento se realiza a través de las bandaso cuerdas. El sistema de regulación del asiento es especial-mente importante que sea fácilmente manipulable por eltrabajador puesto que éste se encuentra en condicionesespeciales de trabajo (lleva guantes de seguridad y seencuentra suspendido en altura con movimientos y postu -ras forzadas). Otra condición del sistema de regulación esque debe ser tal que permanezca fijo cuando el trabajadorestá posicionado y realizando su tarea.

e. Se recomienda que el asiento tenga una ligera inclinaciónhacia delante para mejorar la postura de trabajo.

En cuanto a las herramientas:

• Se recomiendan que sean adecuadas para la tarea. A esterespecto el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en elTrabajo ha editado las notas técnicas de prevención nº 3912,

2. Nota técnica de prevención nº 391 Herramientas manuales (I): condiciones generalesde seguridad. INSHT.

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3923 y 3934, así como la Guía para la selección de herra-mientas manuales5.

• Se sujetarán adecuadamente al arnés, directamente al asientoo por otros medios como una tercera cuerda.

• Siempre que sea posible se recomienda que las herramientasse faciliten al trabajador cuando ya esté posicionado.

• Se colocarán de tal manera que el peso de las herramientasse distribuya simétricamente.

• Serán lo más ligeras posibles y adaptadas al usuario (fácilagarre, sistemas antivibratorios etc.).

• Se tendrá especial atención en la accesibilidad del trabajadora la herramienta que debe evitar que se produzcan movi-mientos bruscos o accidentes.

• En relación a la manipulación manual de cargas se tendrá encuenta el R.D. 487/97 y la Guía del INSHT.

3. Nota técnica de prevención nº 392 Herramientas manuales (II): condicionesgenerales de seguridad. INSHT.4. Nota técnica de prevención nº 393 Herramientas manuales (III): condicionesgenerales de seguridad. INSHT.5. Documentos divulgativos. Guía para la selección de herramientas manuales, 2006.INSHT.

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En cuanto a la realización de la tarea (posturas):

• Se debe evaluar cada tarea de manera específica fijándose,sobre todo, en posturas forzadas, manipulación manual decargas y movimientos repetitivos (Art. 16.2, LPRL).

• El ascenso/descenso del trabajador deberá hacerse a ritmopausado, de manera uniforme, para evitar resbalones, fallosen la coordinación y fatiga.

• La tarea siempre se realizará con la participación de, al menos,2 operarios. (Art. 22 bis, RD 604/06).

• En cuanto a las posturas, la posición correcta es aquella en laque la persona está sentada frente al trabajo que tiene querealizar o cerca de él. La espalda debe estar recta y los hom -bros relajados. El trabajador tiene que poder llegar a toda lazona de trabajo sin alargar ni levantar excesivamente losbrazos ni girarse innecesariamente. El posicionamiento frentea la tarea debe ser tal que evite la visualización por encima dela línea horizontal porque se produce un rápido cansancio enlos músculos de los hombros y el cuello, así como fatiga visual.

Se recomienda:

a. Evitar giros del tronco. b. Que la postura sea simétrica.c. Evitar ángulos articulares excesivos, brazos levantados por

encima de la cabeza.d. Evitar movimientos bruscos al cambiar de posición que

lleven a golpes contra la pared u otros accidentes.

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e. Regular el asiento según la tarea que se va a realizarf. Realizar micropausas que consistirán en relajar extremi-

dades (sobre todo las inferiores) cambiando (sin soltarseen ningún momento) la posición. Es importante moverpiernas y pies de vez en cuando para favorecer el retornovenoso.

g. Apoyar los pies en algún momento de la tarea sobre estruc-turas salientes (apoyando toda la planta del pie). En casode no tener esta posibilidad se recomienda utilizar unestribo (ver figura 4) para favorecer las micropausas.

h. No dudar en descansar en cuanto se noten alguno de estossíntomas: náuseas, sudoración, incremento del ritmocardía co, dificultades respiratorias, parestesias (sensaciónde hormigueo) en las extremidades, etc.6

i. Organización de la tarea: variación de tareas combinandotrabajos en piso firme y en suspensión, ritmos adecuadosde trabajo y dotación de periodos de descanso. Para losperiodos de descanso, aparte de los necesarios para comer,se recomienda seguir las indicaciones para trabajos seden-tarios y no superar bajo ningún concepto las indicacionesque en esos casos se dan. Según el Centro canadiensepara la seguridad y salud en el trabajo (CCOHS)7, se reco-mienda realizar descansos (cambio de actividad) de cincominutos por cada 40-50 minutos de trabajo sedentario.

6. ORZECH, M.A., et al. Test program to evaluate human response to prolongedmotionless suspension in three types of fall protection harnesses, 1987. Harry GArmstrong Aerospace Medical Research Laboratory, Wright Patterson Air Force Base,Ohio, USA.7.Canada�s National Occupational Health and Safety Resource.http://www.ccohs.ca.

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• La vestimenta del trabajador debe ser adecuada para la tareay además se deben tener en cuenta las condiciones termohi-grométricas (trabajo al aire libre). La ropa debe ser cómoda,hecha con material transpirable y elástica sin que produzcapresión a ninguna parte del cuerpo (teniendo especial cuidadoen la columna y en los miembros inferiores).

En cuanto al individuo:

Se hace especial hincapié en la importancia del factor humanodado que el mayor número de accidentes laborales mortalesestán relacionados con la organización del trabajo8.

• Se debe formar e informar al trabajador sobre los riesgos alos que está expuesto, las consecuencias derivadas de estosriesgos y las medidas de prevención y control de los riesgos(Art. 18 y 19, LPRL). A este respecto, el R.D. 2177/04, estableceel contenido mínimo de la formación con la que debe contarel personal dedicado a los trabajos verticales (Art. 4.4, delanexo del R.D. 2177/04).

• El trabajador debe estar especialmente entrenado para la reali-zación de su trabajo (Art. 5.4, R.D. 1215/97).

• El trabajador debe estar capacitado para su trabajo. El médicoevaluará si un trabajador está capacitado o no en función delos protocolos de vigilancia sanitaria (Ministerio de Sanidad yConsumo) relacionados con este tipo de trabajo. Prestará espe-

8. Análisis cualitativo de la mortalidad por accidente de trabajo en España, 2003-2004. INSHT.

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cial atención a aquellos aspectos que señalan los protocolosdedicados a movimientos repetitivos, neuropatías por presión,posturas forzadas y manipulación manual de cargas (Art. 22LRPL).

• Es importante la consulta y la participación de los trabajadoresen todas las cuestiones que afecten a su seguridad y salud(Art. 18.2, LPRL).

• Es importante la autonomía del trabajador a la hora de orga-nizar la tarea.

• El trabajador debe tener una actitud adecuada para la realiza-ción de su trabajo. Dada la naturaleza del trabajo vertical, esde especial relevancia evitar conductas temerarias. A esterespecto, hay que hacer mención de que técnicas y procedi-mientos válidos en el ámbito deportivo no lo son en el ámbitolaboral.

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LEGISLACIÓN

• Ley 31/95 (y mod.), Ley de prevención de riesgos laborales.

• RD 604/06, de 19 de mayo, por el que se modifican el RealDecreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba elReglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen lasdisposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras deconstrucción.

• RD 1215/97, de 18 de julio, por el que se establecen las dispo-siciones mínimas de seguridad y salud para la utilización porlos trabajadores de los equipos de trabajo, y Guía del INSHT.

• RD 2177/04, de 12 de noviembre, por el que se modifica elReal Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se esta-blecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud parala utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo,en materia de trabajos temporales en altura

• RD 487/97, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas deseguridad y salud relativas a la manipulación manual decargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, paralos trabajadores, y Guía del INSHT.

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Bibliografía

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Bibliografía

• Manual de seguridad en trabajos verticales(Manuales desnivel).

• Manual de trabajos verticales (ANETVA).

• Guía técnica para la utilización por los trabajadores en eltrabajo de los equipos de protección individual,

• Guía de seguridad para trabajos en altura (OSALAN).

• PETZL* profesional.

• BEAL* (cuerdas profesionales).

Nota: Todas las fotografías y dibujos correspondientes acuerdas, cascos de seguridad y arneses son un extracto delcatálogo o de la ficha técnica correspondiente de BEAL* o dePETZL*, y por tanto, no se trata de una infor mación exhaustiva.Para mayor información, consulte las fichas de utilización decada producto.

• DESA** (anclajes).

Nota: Todas las fotografías y dibujos correspondientes aanclajes son un extracto del catálogo o de la ficha técnicacorrespondiente de DESA**, y por tanto, no se trata de unainformación exhaustiva. Para mayor información, consulte lasfichas de utilización de cada producto.

• NTP–789: Ergonomía en Trabajos Verticales: El Asiento (INSHT).

** (1) BEAL y PETZL (Nota).** (2) DESA (Nota).

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Legislación

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Legislación

• Ley de prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995, de 8 denoviembre. BOE nº 269 de 10 de noviembre).

• Reglamento de los Servicios de Prevención (Real Decreto39/1997, de 17 de enero. BOE nº 27 de 31 de enero).

• Reglamento sobre la utilización de Equipos de Protección Indi-vidual (Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo. BOE nº 140de 12 de junio).

• Reglamento sobre comercialización de Equipos de ProtecciónIndividual (Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre. BOEnº 311 de 28 de diciembre, modificado por el Real Decreto159/1995, de 2 de febrero. BOE nº 57 de 8 de marzo y por laOrden de 20 de febrero de 1997. BOE nº 56 de 6 de marzo),

• Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, (BOE 5.6.95). Regla-mento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación,envasado y etiquetado de sustancias peligrosas.

• Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre. (BOE 11.12.92)relativo a la aproximación de las legislaciones de los Estadosmiembros sobre máquinas.

• Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se esta-blecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud parala utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.BOE nº 188 de 07 de agosto de 1997.

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• Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se esta-blecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en lasobras de construcción. BOE nº 256, de 25 de octubre de 1997.

• DIRECTIVA 2001/45/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DELCONSEJO de 27 de junio de 2001 por la que se modifica laDirectiva 89/655/CEE del Consejo relativa a las disposicionesmínimas de seguridad y de salud para la utilización por lostrabajadores en el trabajo de los equipos de trabajo (2ª Direc-tiva específica con arreglo al apartado 1 del articulo 16 de laDirectiva 89/391/CEE).

• Real Decreto 225/2003, de 28 de febrero, por el que se aprue -ba el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetadode preparados peligrosos.

• Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que semodifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el quese establecen las disposiciones mínimas de seguridad y saludpara la utilización por los trabajadores de los equipos detrabajo, en materia de trabajos temporales en altura.

• RESOLUCIÓN de 1 de agosto de 2007, de la Dirección Generalde Trabajo, por la que se inscribe en el registro y publica el IVConvenio Colectivo General del Sector de la Construcción.

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Normas UNE–EN

• UNE–EN 341:97 – Equipos de protección individual contracaídas de altura. Dispositivo de descenso.

• UNE–EN 353–1:02 – Equipos de protección individual contracaídas de altura. Parte 1: dispositivos anticaídas deslizantessobre línea de anclaje rígida.

• UNE–EN 353–2:02 – Equipos de protección individual contracaídas de altura. Parte 2: dispositivos anticaídas deslizantessobre línea de anclaje flexible.

• UNE–EN 354:02 – Equipos de protección individual contracaídas de altura. Elementos de amarre.

• UNE–EN 355:02 – Equipos de protección individual contracaídas de altura. Absorbedores de energía.

• UNE–EN 358:00 – Equipo de protección individual para suje-ción en posición de trabajo y prevención de caídas de altura.Cinturones para sujeción y retención y componente de amarrede sujeción.

• UNE–EN 360:02 – Equipos de protección individual contracaídas de altura. Dispositivos anticaídas retráctiles.

• UNE–EN 361:02 – Equipos de protección individual contra lacaída de altura. Arneses anticaídas.

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• UNE–EN 362:08 – Equipos de protección individual contra lacaída de altura. Conectores.

• UNE–EN 363:09 – Equipos de protección individual contra lacaída de altura. Sistemas de protección anticaídas.

• UNE–EN 364:93 + AC:94 – Equipos de protección individualcontra la caída de altura. Métodos de ensayo.

• UNE–EN 365:05 + ERRATUM: 2006 – Equipos de protecciónindividual contra las caídas de altura. Requisitos generalespara instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica,reparación, marcado y embalaje.

• UNE–EN 795:97 + A1:01 – Protección contra caídas de altura.Dispositivos de anclaje. Requisitos y ensayos.

• UNE–EN 813:97 – Equipos de protección individual para laprevención de las caídas de altura. Arneses de asiento.

• UNE–EN 12841:2007 – Equipos de protección individualcontra caídas. Sistemas de acceso mediante cuerda. Disposi-tivos de regulación de cuerda.

• UNE–EN 1868:97 – Equipos de protección individual contracaídas de altura. Lista de términos equivalentes.

• UNE–EN 1891:1999 / UNE–EN 1891:2000 / ERRATUM – Equi -pos de protección individual para la prevención de caídas desdeuna altura. Cuerdas trenzadas con fundas, semiestáticas.

• UNE–EN 1497:07 – Equipos de protección individual contracaídas. Arneses de salvamento.

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Instituto Canariode Seguridad Laboral

259

• UNE–EN 363:09 – Equipos de protección individual contracaídas. Sistemas de protección individual contra caídas.

• UNE–EN 1496:07 – Equipos de protección individual contracaídas. Dispositivos de salvamento mediante izado.

• UNE–EN 1498:07 – Equipos de protección individual contracaídas. Lazos de salvamento.

• UNE–EN 397:95 /+ ERRATUM: 96 + A1:00 – Cascos de protec -ción para la industria.

• UNE–EN 564:2007 – Equipos de alpinismo y escalada. Cuerdaauxiliar. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• UNE–EN 565:2007 – Equipos de alpinismo y escalada. Cintas,Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• UNE–EN 566:2007 – Equipos de alpinismo y escalada. Anillosde cinta. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• UNE–EN 567:1997 – Equipos de alpinismo y escalada. Bloquea -dores. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• UNE–EN 959:2007 – Equi pos de alpinismo y escalada. Ancla -jes para rocas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• UNE–EN 892:2005 – Equipos de montañismo. Cuerdas diná -micas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• UNE–EN 701:1996 – Anulada por UNE–EN ISO 9554:2005 –Cuerdas de fibras. Especificaciones generales.

Page 260: Trabajos Verticales

• UNE–EN 12275:1999 – Equipos de alpinismo y escalada.Mosquetones. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• UNE–EN 12277:1999 – Equipos de alpinismo y escalada.Arneses. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• UNE–EN 12278:2007 – Equipos de alpinismo y escalada.Poleas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo.

• UNE–EN 13921:2007 – Equipos de protección individual. Prin-cipios ergonómicos.

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Índice

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Instituto Canariode Seguridad Laboral

263

índice

• Presentación ...................................................................................................................................... 5

• Introducción ........................................................................................................................................ 7

• 1. Campo de aplicación ........................................................................................................ 12

• 1.1. La cadena de suspensión o de trabajo ............................................. 14• 1.2. La cadena de protección o seguridad ................................................ 16• 1.3. Cadenas independientes .................................................................................. 17

• 2. Equipo para trabajos verticales ............................................................................ 18

• 2.1. Equipo de trabajo o de acceso ................................................................... 18• 2.2. Equipo de protección o de seguridad ................................................ 19• 2.3. Equipos de protección individual (EPI) ............................................. 19

– 2.3.1. Definición de equipo de protección individual ............. 20–2.3.2. Obligaciones generales del empresario ............................... 21– 2.3.3. Utilización y mantenimiento de los EPI .................................. 22– 2.3.4. Diseño, fabricación y comercialización

de los EPI .................................................................................................................. 23– 2.3.5. Organización del control y mantenimiento

de los EPI .................................................................................................................. 28

• 3. Descripción del equipo de trabajo .................................................................... 29

• 3.1. Cuerdas .................................................................................................................................. 29• 3.2. Propiedades y características de las cuerdas ............................ 31

– 3.2.1. Resistencia estática a la rotura(sin terminales preparados) ................................................................ 31

– 3.2.2. Resistencia estática a la rotura(con terminales preparados) .............................................................. 31

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264

– 3.2.3. Número de caídas .......................................................................................... 32– 3.2.4. Factor de caída .................................................................................................. 33– 3.2.5. Fuerza de choque ........................................................................................... 35– 3.2.6. Alargamiento ........................................................................................................ 35– 3.2.7. Masa de la funda ............................................................................................ 36– 3.2.8. Deslizamiento de la funda ................................................................... 36– 3.2.9. Encogimiento ...................................................................................................... 37– 3.2.10. Flexibilidad del nudo .............................................................................. 37

• 3.3. Marcado de cuerdas ............................................................................................... 38• 3.4. Información sobre las cuerdas que debe ser

suminis trada por el fabricante, incluidas lasinstrucciones de uso .............................................................................................. 39

• 3.5. Recomendaciones para la inspección,mantenimiento y cuidado durante su usode las cuerdas de alma y funda trenzaday bajo coeficiente de alargamiento(Norma EN 1891, Anexo A Informativo) ........................................... 42

– 3.5.1. Generalidades .................................................................................................... 42– 3.5.2. Causas físicas del deterioro ................................................................ 44

– 3.5.2.1. Desgaste externo por el uso ................................................... 44– 3.5.2.2. Abrasión local .......................................................................................... 44– 3.5.2.3. Cortes, golpes, etc. ............................................................................ 45– 3.5.2.4. Desgaste Interno .................................................................................. 45– 3.5.2.5. Carga repetida ......................................................................................... 45

• 4. Causas exteriores del deterioro ........................................................................... 46

• 4.1. Moho ........................................................................................................................................ 46• 4.2. Calor .......................................................................................................................................... 46• 4.3. Luz solar intensa ......................................................................................................... 46

• 5. Causas químicas del deterioro .............................................................................. 47

• 5.1. Generalidades ................................................................................................................ 47

Page 265: Trabajos Verticales

Instituto Canariode Seguridad Laboral

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– 5.1.1. Cuerdas de poliamida ............................................................................... 47– 5.1.2. Cuerdas de poliéster ................................................................................... 48

• 6. Cordinos .......................................................................................................................................... 49

• 6.1. Información a suministrar por el fabricante ................................. 50• 6.2. Marcado de los cordinos ................................................................................... 51

• 7. Bagas .................................................................................................................................................. 52

• 7.1. Información a suministrar por el fabricante ................................. 53• 7.2. Marcado de las bagas constituidas por cintas ......................... 54• 7.3. Marcado de las bagas constituidas por anillas

de cinta ................................................................................................................................. 55

• 8. Tendidos de trabajo ........................................................................................................... 55

• 9. Instalaciones de cabecera .......................................................................................... 57

• 9.1. Anclajes pertenecientes a la propia estructura ....................... 57• 9.2. Anclajes que se instalan sobre la estructura .............................. 60• 9.3. Instrucciones de uso y marcado ............................................................... 64• 9.4. Información a suministrar por el fabricante ................................. 65• 9.5. Instrucciones de instalación de anclajes ........................................ 66• 9.6. Recomendaciones relativas a la instalación

de anclajes ........................................................................................................................ 67– 9.6.1. General ........................................................................................................................ 67– 9.6.2. Clase A 1. Dispositivo de anclaje destinado

a ser fijado sobre superficies verticales,horizontales e inclinadas ....................................................................... 67

– 9.6.3. Clase A 2. Dispositivo de anclaje destinadoa ser fijado sobre tejados inclinados ....................................... 68

– 9.6.4. Clase B. Dispositivos de anclaje provisionalestransportables ..................................................................................................... 68

– 9.6.5. Clase C. Dispositivos de anclaje equipados conlíneas de anclaje flexibles horizontales ................................. 68

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266

– 9.6.6. Clase D. Dispositivos de anclaje equipados conlíneas de anclaje rígidas horizontales ..................................... 70

– 9.6.7. Clase E. Dispositivos de anclajede peso muerto ................................................................................................. 71

• 9.7. Anclajes para roca ..................................................................................................... 71• 9.8. Capacidad de soporte de carga

de los anclajes de roca ....................................................................................... 72• 9.9. Información a suministrar por el fabricante ................................. 73• 9.10. Marcado de los anclajes de roca .......................................................... 73• 9.11. Anclajes comerciales .......................................................................................... 74• 9.12. Descripción de los anclajes ........................................................................ 74

– 9.12.1. Anclajes metálicos de expansión ............................................. 75– 9.12.2. Anclajes químicos de adhesión .................................................. 75– 9.12.3. Anclajes embebidos ................................................................................. 76– 9.12.4. Anclajes metálicos para aplicaciones especiales .. 77

– 9.12.4.1. Anclajes para estructuras metálicas ........................... 77• 9.13. Sistema de trabajo de los anclajes .................................................... 77• 9.14. Datos a tener en cuenta en la instalación

de los anclajes .......................................................................................................... 79– 9.14.1. Resistencia específica del hormigón (Rk) ....................... 79– 9.14.2. Distancia entre ejes de los anclajes (E) ............................. 80– 9.14.3. Distancia al borde del hormigón (B) y

distancia al borde (C) en caso deesquina del hormigón ............................................................................ 81

– 9.14.4. Cargas admisibles recomendadas a laextrac ción (Ce) y por cizalladura (Ce)de los anclajes instalados en hormigón ........................... 82

– 9.14.5. Cargas de rotura a la extracción (Xe) ya cizalladura (Xc) de los anclajesinstalados en hormigón ....................................................................... 84

• 9.15. Criterios para la colocación de anclajes ....................................... 85• 9.16. Materiales auxiliares para anclajes ................................................... 87

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• 10. Instalaciones verticales ............................................................................................. 92

• 11. Fraccionamientos .............................................................................................................. 92

• 12. Protectores antirroce .................................................................................................... 93

• 13. Desviaciones .......................................................................................................................... 95

• 14. Aparatos de progresión ............................................................................................. 96

• 14.1. Bloqueador descendedor .............................................................................. 97• 14.2. Requisitos de seguridad ................................................................................. 98• 14.3. Información que debe suministrar el fabricante ................. 99• 14.4. Marcado de los bloqueadores ................................................................. 99

• 15. Bloqueadores de ascenso ....................................................................................... 100

• 15.1. Aparatos de progresión tipo Jumar (EN 567) .......................... 100

• 16. Silla .................................................................................................................................................... 101

• 17. Pedal regulable de cinta ........................................................................................... 102

• 18. Bloqueador ventral tipo Croll (EN 567) .................................................... 103

• 19. Dispositivos anticaídas (EN 353–2) ............................................................ 104

• 19.1. Requisitos de los dispositivos anticaídas ................................... 105• 19.2. Bloqueo ............................................................................................................................. 106• 19.3. Resistencia estática ............................................................................................. 106• 19.4. Comportamiento dinámico .......................................................................... 107• 19.5. Marcado ............................................................................................................................. 107• 19.6. Información que debe suministrar el fabricante ................. 108

• 20. EPI de protección individual poro sujeción en posiciónde trabajo y prevención de caídas de altura ..................................... 111

• 20.1. Requisitos de diseño y construcciónde un cinturón ............................................................................................................ 112

Page 268: Trabajos Verticales

268

• 20.2. Materiales de un cinturón ............................................................................. 114• 20.3. Información que debe suministrar el fabricante ................. 114• 20.4. Marcado ............................................................................................................................. 116

• 21. Arneses ......................................................................................................................................... 117

• 22. Arnés anticaídas ................................................................................................................. 120

• 22.1. Requisitos del arnés anticaídas ............................................................. 120– 22.1.1. Materiales y construcción .................................................................. 120– 22.1.2. Resistencia estática .................................................................................. 122– 22.1.3. Comportamiento dinámico ............................................................... 122– 22.1.4. Marcado del arnés anticaídas ....................................................... 123– 22.1.5. Información que debe suministrar

el fabricante ....................................................................................................... 124– 22.1.6. Marcado para arneses (EN 12277) ......................................... 126

• 23 Arnés (EN 813) ....................................................................................................................... 127

• 23.1. Requisitos del arnés de asiento ............................................................. 128– 23.1.1. Ergonomía ........................................................................................................... 128– 23.1.2. Materiales ............................................................................................................ 128– 23.1.3. Elemento de enganche ......................................................................... 129– 23.1.4. Elementos de fijación ............................................................................. 129– 23.1.5. Resistencia estática .................................................................................. 130– 23.1.6. Comportamiento dinámico ............................................................... 130– 23.1.7. Marcado ................................................................................................................. 130– 23.1.8. Información que debe suministrar el fabricante,

incluidas las instrucciones de uso ........................................... 131

• 24. Cabos de anclajes ............................................................................................................ 134

• 25. Conectores ................................................................................................................................ 135

• 25.1. Mosquetón ..................................................................................................................... 136– 25.1.1. Definición ............................................................................................................. 136

Page 269: Trabajos Verticales

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– 25.1.2. Requisitos generales de seguridadde los mosquetones ................................................................................ 145

– 25.1.3. Prestaciones. Resistencia estática ........................................... 145– 25.1.4. Información a suministrar por el fabricante .................. 147– 25.1.5. Marcado ................................................................................................................. 147

• 26. Maillones .................................................................................................................................... 148

• 27. Casco de protección ....................................................................................................... 149

• 27.1. Exigencias obligatorias .................................................................................... 149– 27.1.1. Absorción de impactos ......................................................................... 149– 27.1.2. Resistencia a la perforación ............................................................ 150– 27.1.3. Resistencia a la llama ............................................................................. 150– 27.1.4. Puntos de anclaje del barboquejo ........................................... 150– 27.1.5. Exigencias adicionales .......................................................................... 151

• 27.2. Marcado sobre el casco ................................................................................... 151

• 28. Nudos .............................................................................................................................................. 152

• 28.1. Clases de nudos ....................................................................................................... 153– 28.1.1. Nudos de anclajes ...................................................................................... 154– 28.1.2. Nudos de encordamiento .................................................................. 156– 28.1.3. Nudos amortiguadores ......................................................................... 156– 28.1.4. Nudos de unión de cuerdas ............................................................ 157– 28.1.5. Nudos especiales ........................................................................................ 158

• 29. Herramientas y materiales ..................................................................................... 158

• 29.1. Poleas ................................................................................................................................... 159– 29.1.1. Resistencia .......................................................................................................... 162– 29.1.2. Polea simple ...................................................................................................... 162– 29.1.3. Polea doble ......................................................................................................... 163– 29.1.4. Información a suministrar por el fabricante .................. 164– 29.1.5. Marcado de las poleas .......................................................................... 165

Page 270: Trabajos Verticales

• 30. Herramientas eléctricas ............................................................................................. 165

• 31. Herramientas que generan calor .................................................................... 166

• 32. Herramientas cortantes ............................................................................................. 167

• 33. Aspectos Ergonómicos relacionadoscon los Trabajos Verticales .................................................................................... 167

• 34. Medidas de emergencia ............................................................................................ 168

• 34.1. Sistemas de salvamento ................................................................................ 169– 34.1.1. Generalidades ................................................................................................. 170– 34.1.2. Utilización ............................................................................................................ 172– 34.1.3. Marcado ................................................................................................................. 172

• 35. Arneses de salvamento (UNE EN 1497) .................................................. 173

• 35.1. Ergonomía ....................................................................................................................... 173

• 35.2. Marcado ............................................................................................................................. 174

• 36. Lazos de salvamento (UNE EN 1498) ......................................................... 175

• 36.1. Lazo de salvamento de clase A .............................................................. 175

• 36.2. Lazo de salvamento de clase B .............................................................. 176

• 36.3. Lazo de salvamento de clase C .............................................................. 177

• 36.4. Marcado ............................................................................................................................. 177

• 37. Formación e información de los trabajadores ................................. 178

• 37.1. Impartición de la formación ....................................................................... 183

• Anejo 1 ..................................................................................................................................................... 185

• Anejo 2 ..................................................................................................................................................... 223

• Anejo 3 ..................................................................................................................................................... 227

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Page 271: Trabajos Verticales

Instituto Canariode Seguridad Laboral

• Anejo 4 ..................................................................................................................................................... 231

• Anejo 5 ..................................................................................................................................................... 235

• Bibliografía .......................................................................................................................................... 249

• Legislación ........................................................................................................................................... 253

• Normas UNE–EN ............................................................................................................................ 257

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