Trabajo de Investigacion Pnp. Masacre de La Cantuta

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POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN ETS-PNP-SB Y DOCTRINA POLICIAL ASIGNATURA : DERECHOS HUMANOS TEMA : TRABAJO DE INVESTIGACIÓN - MASACRE DE LA CANTUTA DOCENTE : INTEGRANTES : N° DE ORDEN APELLIDOS Y NOMBRES NOTA ELAB. SUST. PROMEDIO

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LA MASACRE DE LA CANTUTA

Transcript of Trabajo de Investigacion Pnp. Masacre de La Cantuta

Ao de la Diversificacin Productiva y del Fortalecimiento de la EducacinPOLICA NACIONAL DEL PER

DIRECCIN DE EDUCACINETS-PNP-SB Y DOCTRINA POLICIAL

ASIGNATURA:DERECHOS HUMANOS

TEMA:TRABAJO DE INVESTIGACIN - MASACRE DE LA CANTUTA

DOCENTE:

INTEGRANTES:

N DEORDENAPELLIDOS Y NOMBRESNOTA

ELAB.SUST.PROMEDIO

PROMOCIN EFICIENCIA

LIMA PER2015

"Dedicamos el presente Trabajo monogrfico a toda nuestra familia, por el valor y apoyo que nos brindan, para capacitarnos en esta loable Institucin Policial y a todos nuestros mrtires que con su sacrificio labran nuestro destino el de servir a la ciudadana.

NDICE

PortadaDedicatoriandiceIntroduccin 4

CAPTULO I: PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMAA.-DESCRIPCIN DE LA PROBLEMTICA 5 B.-FORMULACIN DEL PROBLEMA 6C.-OBJETIVOS 6D.-LIMITACIONES 7E.-JUSTIFICACIN E IMPORTANCIA 7

CAPTULO II: MARCO TERICOA.-ANTECEDENTES 8B.-BASES TERICAS 9C.-SITUACIN ACTUAL20D.-BASE LEGAL21E.-DEFINICIN DE TRMINOS22

CAPITULO III: Conclusiones23Recomendaciones24Bibliografa25Anexos26

INTRODUCCIN

El texto que entregamos a continuacin constituye una sntesis de la investigacin realizada respecto a los acontecimientos relativos al Caso de la Cantuta consistente en desapariciones forzadas y homicidio en agravio de estudiantes y un profesor de esa Universidad.Fundamentalmente nos hemos basado para esta recopilacinen la diversidad de la fuente periodstica a todo nivel que se ha presentado en el pas sobre este caso. Hemos ordenado los acontecimientos tratando de conservar la secuencia cronolgica y en base a un criterio de clasificacin quedistingue: los hechos mismos, los antecedentes, las acciones legales, los hechos posteriores y los pronunciamientos internacionales.El objetivo de esta presentacin es dar a conocer la violacin de los derechos humanos y abuso de autoridad que se cometi en la masacre de la Cantuta, denuncia que fue elevada ante los organismos internacionales de Defensa de los Derechos Humanos.El Per ha realizado esfuerzos significativos en materia de rendicin de cuentas por violaciones de derechos humanos, especialmente a travs de la Comisin de la Verdad. Sin embargo, ha habido morosidad en la atencin a las recomendaciones de la Comisin, incluyendo la reparacin del dao a las vctimas.

Esperamos contribuir a complementar el conocimiento sobre este tema que es de mucha importancia no solo para los estudiantes de la PNP, sino tambin para la ciudadana en general.

CAPTULO IPLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

A.-DESCRIPCIN DE LA PROBLEMTICAHace 20 aos el gobierno dictatorial deAlberto Fujimorise vio remecido por el hallazgo de los restos de diez personas,nueve alumnos y un profesorde laUniversidad Enrique Guzmn y Valle, La Cantuta.Los10 haban desaparecidos de los pasillos de dicha casa de estudiosun ao antes,el 18 de julio del 1992. Ese da integrantes delgrupo paramilitar Colina ingresaron a la fuerza alas residencias de laCantutay luego de obligar a todos los estudiantes asalir de sus habitaciones secuestraron a nueve de ellos: Bertilia Lozano Torres,Dora Oyague,Luis Ortz,Armando Amaro Cndor, Robert Teodoro Espinoza,Herclides Pablo Meza,Felipe Flores,Marcelino RosalesyJuan Mariosfueronconducidos a un descampado. Junto a ellos estaba el profesor Hugo Muoz Snchez. Todos ellos eran acusados de estar conectados con el coche bomba que das atrs haba dejado 25 muertos y 200 heridos en Tarata.Luego que sus familiares denunciaran la desaparicin,pas cerca de un ao sin que se supiera nada de ellos. Hasta que el8 de julio de 1993en undescampado en Cieneguillaseencontraron los restos de los estudiantes y el profesor.FueJulio Arizapana Vicente, un reciclador,quien dio a conocer el lugar donde se encontraban los cadveresy luego de publicarse en medios oblig a lafiscalaa ir al lugar donde se hallaron las cuatro fosas que contenan los restos.Luego de lapruebas de ADNse comproblos restos pertenecan a los estudiantes y alprofesor desaparecido. Sin embargo la confirmacin lleg cuandoel manojo de llaves encontradoen una de las fosasabri la puerta de la casa de Armando Amaro Condor, ante el dolor de su madre,Raida Condor.Los autores de esto hechofueron sentenciados a prisin en 1994, sin embargo luego fueronamnistiados al ao siguiente debidoa que, segn la ley dada por Fujimori, haban sido asesinados dentro de la lucha antiterrorista .Durante el juicio a Alberto Fujimori, se presentara evidencia de que al menos uno de los estudiantes fue identificado como miembro de Sendero Luminoso. Sin embargo, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia finalmente determin que ninguno de los estudiantes ni el profesor del caso La Cantuta tenan vnculos con algn grupo subversivo. Es as que el 7 de abril de 2009 Fujimori recibi una pena de 25 aos de prisin efectiva al considerrsele involucrado en estos delitos de lesa humanidad.Es importante terminar destacando el importante papel de los sobrevivientes y los familiares de las vctimas, los organismos de derechos humanos, y los organismos internacionales que se han comprometido con la causa de los derechos humanos en este proceso - quienes han dedicado aos de lucha y de compromiso para llegar a conocer y alcanzar la verdad y la justicia en el Per. Su compromiso ha sido fundamental no slo para recuperar la democracia, sino tambin para que en el Per se vaya abriendo paso a la verdad - cuyo primer paso importante fue la importantsima labor realizada por la Comisin de la Verdad y la Reconciliacin - y finalmente a los procesos en curso de la justicia y la reparacin.

B.-FORMULACIN DEL PROBLEMAHubo violacin de los derechos humanos y abuso de autoridad en el caso de la Cantuta?Qu derechos fueron vulnerados en la masacre de la Cantuta?

C.-OBJETIVOS Determinar la existencia de violacin a los derechos humanos y abuso de autoridad en el caso de la Cantuta.

Conocer los derechos que fueron vulnerados en la masacre de la Cantuta.D.-LIMITACIONESAl desarrollar el presente trabajo se tuvo las siguientes limitaciones:

De Tiempo: Debido al internamiento en la Escuela Tcnica PNP San Bartolo, no nos es posible realizar una buena investigacin del tema, sin embargo, hemos hecho lo posible por cumplir con el objetivo del trabajo.

E.-JUSTIFICACIN E IMPORTANCIA

La justificacin se basa en que el tema de la Cantuta, fue un episodio oscuro y cruel que marc al pueblo peruano en particular a las familias implicadas, por ello es necesario realizar una investigacin profunda incidiendo en la violacin de los derechos humanos, porque de hecho s hubo abuso de autoridad por parte del Estado y de las Fuerzas Armadas que participaron en este hecho.El desarrollo de la presente investigacin es importante porque nos permite experimentar en la realizacin de este tipo de trabajos, sobre todo en la profundidad de investigacin que demanda el tema.

CAPTULO IIMARCO TERICO

A.-ANTECEDENTESLa Universidad Nacional de Educacin Enrique Guzmn y Valle -ms conocida como La Cantuta- fue, desde su reapertura, en los aos 80 un espacio en donde se presuman ciertas vinculaciones con grupos radicales como Sendero Luminoso o el MRTA; hecho que incentiv la formacin de un prejuicio contra miles de universitarios que, por pertenecer a una universidad nacional, eran usualmente detenidos como sospechosos de subversin a la par que las universidades a las que pertenecan eran intervenidas acadmica y administrativamente por los gobiernos de turno.Durante 1991, las Fuerzas Armadas ingresaron a las universidades nacionales estableciendo bases de control militar, primero de facto y luego amparados en una modificacin a la Ley Universitaria efectuada por el gobierno del ex presidente Alberto Fujimori. En ese contexto de intervencin y control militar se produjeron graves violaciones a los derechos humanos en perjuicio de centenares de universitarios, principalmente en la Universidad Nacional del Centro de Huancayo.A la par, se difundi por la televisin local un video que mostraba un acto poltico-cultural en la universidad "La Cantuta" que invit a especular acerca del grado de control que tena Sendero Luminoso en la universidad. Es as que el 21 de mayo de 1991 el ex Presidente Alberto Fujimori visit la universidad provocando una reaccin violenta de los estudiantes que lo oblig a retirarse humillado del campus.Al da siguiente tropas militares tomaron el control de la Universidad Mayor de San Marcos y de la Universidad "La Cantuta", donde fueron detenidos 56 estudiantes.Entre los intervenidos estaban tres de los nueve estudiantes que posteriormente seran ejecutados extrajudicialmente. Ese mismo da, el Ejrcito estableci en "La Cantuta" un destacamento militar dependiente de la Divisin de las Fuerzas Especiales (DIFE) que se denomin Base de Accin Cvica e impuso en la universidad un toque de queda y un control militar de entrada y salida de los estudiantes. Asimismo, y segn documentos oficiales, el Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) destac agentes operativos en diferentes universidades nacionales y academias entre ellas, la Universidad La Cantuta-quienes informaban sobre las actividades de estudiantes y docentes, as como sus orientaciones polticas e ideolgicas.

B.-BASES TERICAS1.-Secuestro y muerte de 10 personasEl da 18 de Julio de 1992, tan solo a diez das de cumplirse el segundo aniversario de gobierno de Alberto Fujimori Fujimori, un grupo militar denominado Colina, ingres a las Ciudad Universitaria de la Universidad Enrique Guzmn y Valle, La Cantuta y secuestr a nueve estudiantes y a un profesor. Los padres de los alumnos y las autoridades universitarias denunciaron el hecho ante el Poder Judicial con las respectivas peticiones de Habeas Corpus pero la autoridad judicial se pronunci en contra de tales recursos argumentando que los denunciantes tenan que probar la existencia de las vctimas antes de los hechos. La investigacin de la causa se vio frustrada por el tecnicismo planteado. Los padres de las vctimas y las autoridades universitarias, irritados, insistieron y acusaron a los miembros de las fuerzas armadas como autores de esa conspiracin, pero estos negaron su participacin, aun cuando el mencionado centro de estudios estaba bajo estricto control militar. Aun as la autoridad judicial permaneci sin pronunciamiento.Ante la presin del pueblo, el periodismo, los padres de los afectados, las autoridades de La Cantuta y los estudiantes de dicho centro, el Comandante General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, general Nicols Hermoza Ros, al quedar sin escapatoria, admiti que el 18 de Julio de 1992 las fuerzas armadas llevaron a cabo una incursin en la Universidad La Cantuta por orden del Alto Comando porque "haban sospechas fundadas que en ese lugar se ocultaban terroristas". La admisin de la responsabilidad de los cuerpos armados por parte de Hermoza Ros no fue suficiente pues en ningn momento este militar dio razn del paradero de los afectados por la mencionada incursin ni, tampoco, de los miembros de las fuerzas armadas causantes de las desapariciones. Cnicamente enfatiz que no haban detenidos. Las declaraciones de Nicols Hermoza Ros generaron el repudio general y provocaron una divisin marcada de opiniones en el seno de las fuerzas armadas, hasta el punto que dichas opiniones se filtraron hacia el conocimiento pblico.

2.-El general Rodolfo Robles y el grupo "Leon Dormido".Da a da circulaban comentarios que causaban dolor y pena en unos y la repulsa de otros y se murmuraba con insistencia la oposicin de un grupo de generales a Hermoza Ros. Cuando ello suceda, el 3 de abril de ese ao, apareci en escena un grupo llamado "Len Dormido" cuyos miembros hicieron llegar informes detallados a varios representantes del Congreso Constituyente Democrtico en los que se consignaba el rapto o ilegal detencin, asesinato y, tambin, ilegal sepultura de la diez personas de la Universidad Enrique Guzmn y Valle, La Cantuta, todo ello ejecutado por el escuadrn de la muerte llamado grupo Colina. El congresista Henry Pease se encarg de formular la denuncia que di lugar a la formacin de una comisin investigadora salida de la Comisin de Derechos Humanos del propio Congreso Constituyente Democrtico.La cpula militar rest importancia a las informaciones provedas por el denominado grupo "Len Dormido", aduciendo que se trataba de annimos que no ofrecan garanta alguna en la investigacin. Descalificada esta fuente de bsqueda, la Comandancia de las Fuerzas Armadas propal una serie de mensajes y comunicados entorno a este doloroso caso insistiendo que no haban detenidos. La actitud indiferente, cnica y mentirosa de dicha comandancia puso en tela de juicio la ya escasa idoneidad de los oficiales de las fuerzas armadas y se grit a voz en cuello la ausencia de un mnimo sentido de consideracin humana y sentimiento cristiano. Pero hubo una sorpresa y esta la dio el general Rodolfo Robles Espinoza quien, con fecha 06 de Mayo de 1993, envi cartas al Congreso y a diferentes medios de comunicacin para confirmar las sospechas contra las fuerzas armadas y acus tanto a Vladimiro Montesinos Torres, Jefe del Servicio de Inteligencia Nacional y asesor del Presidente de la Repblica Alberto Fujimori Fujimori, as como al general Nicols de Bari Hermoza Ros, a otros generales y oficiales superiores y a los integrantes del tenebroso grupo Colina, de las desapariciones de 10 personas de La Cantuta. El general Rodolfo Robles describi con lujo de detalles la operacin del grupo Colina en La Cantuta, descripcin muy aproximada a las proporcionadas por el denominado grupo "Len Dormido", lo que indicara que Robles perteneca a un grupo dentro de las fuerzas armadas dispuesto a terminar con la aterradora represin militar.3.-Los implicados: acorralados, maniobreros pero impunesLos altos mandos castrenses reaccionaron de inmediato ante las evidencias mostradas por Robles y los annimos del grupo "Len Dormido", resolviendo llevar a cabo su propia investigacin, constituyndose -de paso- en jueces y partes del conflicto. Con la formacin de una comisin paralela a la del Congreso de la Repblica se buscaba entorpecer la labor de esta ltima. Para ello, adicionalmente, se recurri a la intimidacin verbal descarada y a la amenaza pblica contra los congresistas de la oposicin que bregaban por el esclarecimiento de la muerte de diez peruanos. Hermoza Ros haciendo gala de poder dijo que no permitira que el Congreso llevara a cabo una investigacin que era competencia del fuero castrense ignorando las facultades del Poder Legislativo plasmadas en la Constitucin del Estado. Su amenazante perorata estuvo aderezada con un comunicado que pretenda restarle credibilidad a la comisin investigadora del Congreso y con un despliegue generoso de tanques de guerra y otros vehculos blindados que ocuparon las vas cntricas de Lima por ms de 48 horas. Uno de los miembros de la comisin investigadora retruc al militar sealando que en el momento del secuestro de las vctimas, la universidad estaba intervenida por el ejrcito el que tena absoluto control de la Ciudad Universitaria y que, adems, nada se poda hacer en ese centro de estudios sin el consentimiento de esa institucin. Por ello se tiene que afirmar que el ejrcito conoci las actividades del grupo secuestrador y autoriz su ingreso a las instalaciones universitarias, por lo que result, tambin, ser uno de los implicados principales en el masivo crimen.Todo esto dio origen en el Congreso Nacional a las detestables legislaciones de los fujimoristas que culminaron en la dacin de la Ley La Cantuta. Primeramente la mayora parlamentaria constituida por Cambio 90, partido del presidente Alberto Fujimori Fujimori, aprob un proyecto de ley que restringa el campo de investigacin de la Comisin Investigadora del Congreso. Dicho instrumento prohiba tomar testimonios a aquel personal subalterno de las fuerzas armadas bajo sospecha de haber participado en la ejecucin del secuestro y muerte de diez personas vinculadas a la Universidad Enrique Guzmn y Valle en La Cantuta y solamente los oficiales del alto comando castrense quedaban autorizados para ello. As, la oficialidad superior evit que algn subalterno implicado hiciera declaraciones comprometedoras como aquellas del subteniente Hurtado en relacin con la masacre de Accomarca. Estas fueron disposiciones que serviran de proteccin en la comisin de futuros delitos contra los derechos humanos.Dentro de las limitaciones impuestas por la mayora parlamentaria, la Comisin del Congreso encargada de la investigacin continu sus funciones y el 24 de Junio de 1993 la mayora de sus integrantes presentaron un informe al Congreso de la Repblica en el que acusaron a: Nicols Hermoza Ros, Comandante General del Comando Conjunto de la Fuerza Armada; Vladimiro Montesinos Torres, asesor del Presidente de la Repblica; Luis Prez Documet, Jefe de la Divisin de Fuerzas Especiales del Ejrcito (DIFE);Jun Rivero Lazo, Jefe del Servicio de Inteligencia del Ejrcito (DINTE); Luis Salazar Monroe, Comandante de la Segunda Regin Militar; Julio Salazar Monroe, Jefe del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN);Luis Martn Rivas, jefe del escuadrn de la muerte denominado "Grupo Colina" sindicado como responsable de la ejecucin de la operacin; y, otros.En respuesta a esta acusacin y haciendo eco de las declaraciones de Hermosa Ros de que no haban detenidos, la mayora del Congreso (Cambio 90) aprob el informe de los miembros de la comisin presentado en minora que relevaba la teora del "autosecuestro" que un tiempo despus utilizara la congresista fujimorista Martha Chvez para justificar la tortura contra la ex agente Leonor La Rosa. La bancada oficialista del Congreso, finalmente, rechaz la mocin que presentaron la mayora de los integrantes de la comisin investigadora.

4.-Hallazgo de los cuerpos y un fiscal de la nacin. Ley La Cantuta o del abuso.Seguido a la aprobacin de las disposiciones que limitaban los mbitos de pesquisa de la Comisin Investigadora del Congreso, apareci en escena una de las evidencias ms contundentes contra los implicados en las desapariciones y contra los autores de la ridcula "teora del auto-secuestro" en el Congreso de la Repblica. En Julio de 1993 se hizo pblico el hallazgo de los cuerpos de algunas de las vctimas de La Cantuta y por investigaciones periodsticas se lleg a descubrir otros lugares de sepultura. El hecho de que las pertenenciashallados con los cuerpos fueran reconocidas por los parientes, motiv la exasperacin contra el gobierno y contra los aparatos militares que haban ocultado la verdad.La Fiscala de la Nacin, que se mostr vacilante y parcializada en todo momento, orden el retiro de todas las personas (familiares, amigos y autoridades de organizaciones de derechos humanos) que se encontraban en las cercanas de aquel lugar donde haban sido hallados los restos de los universitarios y del profesor a fin de iniciar sus pesquisas. El fiscal a cargo de la investigacin gener una dilacin de una semana aproximadamente y en el interin desaparecieron algunas prendas identificadas durante el descubrimiento de las tumbas. Sin embargo, las evidencias mostraron que dichos cuerpos pertenecan a los desaparecidos de La Cantuta y que no se auto-secuestraron como lo afirm la mayora oficialista del Congreso de la Repblica. El "grupo Colina", jefaturado por el mayor del ejrcito Luis Martn Rivas, fue sealado como el responsable de esta atrocidad.El encubrimiento era descarado y hasta los jueces civiles se prestaron para facilitar la impunidad de los supuestos autores de los crmenes. A la sazn el Poder Judicial estaba bajo absoluto control del Poder Ejecutivo y los jueces eran forzados a seguir las indicaciones gubernamentales o simplemente las seguan con sumisin en compensacin por sus nombramientos emanados desde el Ejecutivo. As, cuando el sistema judicial haba entrado en su perodo de receso, el Juez de Turno (reemplazante) en ilegal procedimiento, deriv lo actuado hacia la competencia judicial miltar y, con ello, puso fin a la responsabilidad de la justicia civil de hacerse cargo de los delitos comunes. La justicia militar decidi conducir sus investigaciones en secreto. El Ministerio Publico, sin embargo, reabri la investigacin presionado por la visible presin peruana e internacional y en Diciembre de 1993 acus a once subalternos de las fuerzas armadas, dejando establecido que Hermoza Ros, Montesinos Torres slo compareceran en calidad de testigos para proporcionar pblica informacin de los hechos.Simultneamente la Corte Suprema de Justicia tambin haba decidido estudiar el problema jurisdiccional generado en torno a los acontecimientos de La Cantuta, aun cuando era conocida la posicin de la Corte de derivar casi todos los casos hacia el fuero castrense, pero sorpresivamente el Congreso Constituyente Democrtico -el 6 de Febrero de 1994- aprob la Ley 26291 mediante la cual la jurisdiccin militar se haca cargo de la investigacin de los crmenes de La Cantuta, as como del respectivo juicio a los que resultaren responsables de la masacre.Fujimori rubric la ley tres das despus y con ello promulg la consumacin de la injusticia. Fujimori, asimismo, fue la pieza principal que promovi en el Parlamento todas las demandas de los militares para que el fuero castrense reemplazara a la Corte Suprema del Per en las funciones de investigacin de los hechos que causaron pena e ira a la Nacin y del juicio de los responsables. Con ello los culpables directos jams fueron sancionados y la impunidad de los delincuentes quedo institucionalizada.Posteriormente, el 26 de noviembre de 1996, el general Rodolfo Robles fue secuestrado por un grupo de ocho personas pertenecientes al servicio de inteligencia y encarcelado en el Cuartel "Real Felipe" de El Callao. Los altos mandos de las fuerzas armadas lo acusaron ante el fuero militar de "ultraje a la fuerza armada", "insubordinacin", "insulto al superior" y "oposicin a la ley de amnista" entre otros cargos. Durante el seguimiento de la causa, el abogado de Robles, Heriberto Bentez Rivas, fue suspendido por tres meses por la autoridad judicial militar por supuestas ofensas "a la honorabilidad y la majestad del Fuero Privativo Militar", sancin que luego fue extendida a cinco meses. Con esta medida se pretenda dejar a Robles Espinoza sin el derecho de defensa para obligarlo a aceptar la dudosa asesora de un defensor de oficio.Como se sabe Rodolfo Robles Espinoza apareci en escena al hacer pblica su protesta contra las violaciones de los derechos humanos. Por medio de Robles se lleg a saber la verdad de las masacres de Barrios Altos y La Cantuta, el atentado contra Global Televisin en Puno llevado a cabo para encubrir actividades de trfico de drogas, as como el atentado contra la vida del Presidente del Tribunal Constitucional; actividades delictivas llevadas a cabo por el escuadrn de la muerte "grupo Colina", dirigido por Vladimiro Montesinos Torres asesor del Presidente de la Republica Alberto Fujimori Fujimori y por el Comandante General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas general Nicols de Bari Hermoza Ros.Los asesinos de los nueve estudiantes y del profesor de la Universidad Enrique Guzmn y Valle, La Cantuta, an gozan de impunidad y muchos de ellos se encuentran en otros pases.

5.-Juicio a Fujimori: Las vctimas no eran terroristasDurante el juicio al expresidenteAlberto Fujimori, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia finalmente determin que ninguno de los estudiantes, ni el profesor del caso La Cantuta, tenan vnculos con algn grupo subversivo.Fujimori recibi el 7 de abril de 2009 una pena de 25 aos de prisin efectiva, por considerarse estos asesinatos selectivos como delitos de lesa humanidad.El da 02 de enero del 2010, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema confirm la sentencia de 25 aos de prisin a Alberto Fujimori por los casos La Cantuta y Barrios Altos, y el secuestro de Gustavo Gorriti y Samuel Dyer.6.-Violacin a los Derechos Humanos y Abuso de AutoridadLa Corte Interamericana de Derechos Humanos, al investigar y analizar todos los hechos que ocurrieron en la masacre de la Cantuta, llegaron a la conclusin de que este caso reviste una particular gravedad por el contexto histrico en que ocurrieron: un contexto de prctica sistemtica de detenciones ilegales y arbitrarias, torturas, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas, perpetrada por las fuerzas de seguridad e inteligencia estatales, cuyas caractersticas y dinmica han sido esbozadas en los hechos probados. Es decir, los graves hechos se enmarcan en el carcter sistemtico de la represin a que fueron sometidos determinados sectores de la poblacin designados como subversivos o de alguna manera contrarios u opositores al gobierno, con pleno conocimiento e incluso rdenes de los ms altos mandos de las fuerzas armadas, de los servicios de inteligencia y del poder ejecutivo de ese entonces, mediante las estructuras de seguridad estatales, las operaciones del denominado Grupo Colina y el contexto de impunidad que favoreca esas violaciones.La particular gravedad de los hechos se revela en la existencia de toda una estructura de poder organizado y de procedimientos codificados mediante los cuales operaba la prctica de ejecuciones extrajudiciales y desapariciones forzadas. Estos no constituan hechos aislados o espordicos, sino que llegaron a configurar un patrn de conducta durante la poca en que ocurrieron los hechos, como mtodo de eliminacin de miembros o sospechosos de pertenecer a organizaciones subversivas, empleada en forma sistemtica y generalizada por agentes estatales, la mayora de las veces por miembros de las Fuerzas Armadas.Por su determinante papel en este caso, es preciso hacer notar la participacin del denominado Grupo Colina, que en el seno de las fuerzas armadas haca parte preponderante de una poltica gubernamental consistente en la identificacin, el control y la eliminacin de aquellas personas de quienes se sospechaba pertenecan a los grupos insurgentes, mediante acciones sistemticas de ejecuciones extrajudiciales indiscriminadas, asesinatos selectivos, desapariciones forzadas y torturas. El grupo fue organizado directamente dentro de la estructura jerrquica del Ejrcito peruano y sus actividades y operaciones fueron desarrolladas, segn diferentes fuentes, con conocimiento de la Presidencia de la Repblica y del Comando del Ejrcito.Los hechos de La Cantuta y esa prctica sistemtica se vieron adems favorecidas por la situacin generalizada de impunidad de las graves violaciones a los derechos humanos que exista entonces, propiciada y tolerada por la ausencia de garantas judiciales e ineficacia de las instituciones judiciales para afrontar las sistemticas violaciones de derechos humanos. Fue verificada por la CVR una suspensin de la institucionalidad democrtica del pas a travs de la abierta intervencin en el Poder Judicial, en el Tribunal Constitucional, en el Ministerio Pblico y en otros rganos constitucionales, en el cual las acciones del denominado Gobierno de Emergencia y Reconstruccin Nacional neutralizaban en la prctica el control poltico y judicial sobre sus actos. Asimismo, se comprob que diversos dispositivos legales y situaciones de hecho se conjugaban para obstaculizar las investigaciones y propiciar o reproducir esa impunidad, tales como la derivacin de investigaciones por hechos de este tipo al fuero militar; las destituciones de varios jueces y fiscales de todos los niveles llevadas a cabo por el poder ejecutivo; y la promulgacin y aplicacin de las leyes de amnista. Esto tiene estrecha relacin con la obligacin de investigar los casos de ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas y otras graves violaciones a los derechos humanos.

7.-Violencia de la PNP y FF. AA.La estrategia de lucha contrasubversiva que las FFAA haban realizado a fines de los ochenta tuvo repercusiones de diferente envergadura. Polticamente, implic que las FFAA se atribuyeran el derecho a definir las polticas de Estado de acuerdo a las necesidades de la guerra, concibiendo la "contrasubversin" como un proyecto poltico superior o prioritario al proceso democrtico en curso. La nueva estrategia "integral", que enfatizaba las operaciones psicosociales y, sobre todo, las de inteligencia y contemplaba la comisin de violaciones a los derechos humanos menos numerosas pero ms premeditadas, requera un acondicionamiento institucional-estatal funcional a sus planes.Si bien es cierto que en muchos casos, las Fuerzas Policiales y las Fuerzas Armadas, lucharon incansablemente por repeler y eliminar las fauces terroristas; tambin es cierto que en muchos casos actuaron con violencia y crueldad, como es el caso de la Cantuta, donde El 18 de julio de 1992, miembros del Grupo Colina secuestraron a un profesor y 9 estudiantes de la Universidad La Cantuta en Lima, como presunta represalia a atentados de Sendero Luminoso. La fiscala encontr fosas clandestinas con los restos calcinados de algunas de las vctimas.

8.-Qu derechos fueron vulnerados en la masacre de la CantutaFueron vulnerados los siguientes derechos: El derecho a la vida; ya que el profesor y los nueve estudiantes se encontraban con vida en el momento de su detencin por efectivos de las fuerzas armadas, y luego fueron encontrados muertos y enterrados en fosas clandestinas, adems de que cuatro de ellos continan desaparecidos. El derecho a la integridad psquica y fsica, que se materializ a travs de las circunstancias en que se llevaron a cabo las detenciones de las presuntas vctimas, as como durante su traslado y durante el tiempo en que permanecieron detenidas.En la poca de los hechos exista una prctica sistemtica y generalizada por parte del Ejrcito en virtud de la cual las personas sospechosas de pertenecer a grupos subversivos, eran retenidas clandestinamente sin dar noticia a la autoridad competente, se les someta a torturas o malos tratos y, finalmente, se decida si se les liberaba, se les ejecutaba arbitrariamente o se les desapareca.Hubo falta de debida diligencia por parte del Estado, ya que no realiz a partir de las denuncias presentadas una investigacin conforme a los principios del debido proceso para esclarecer los hechos e identificar y sancionar a los autores materiales e intelectuales de los mismosLos familiares fueron afectados en su integridad psquica y moral como consecuencia directa de la supuesta privacin ilegal y arbitraria de las presuntas vctimas, del desconocimiento de su paradero, de su desaparicin, y en algunos casos posterior muerte en manos de agentes estatales y de la falta de investigacin de lo ocurrido. Derecho a la libertad y a la seguridad personales de los familiares y de las vctimas. Nadie puede ser privado de su libertad fsica, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por las Constituciones Polticas de los Estados partes o por las leyes dictadas conforme a ellas.

C.-SITUACIN ACTUALLas evidencias y los indicios existentes apuntan a la responsabilidad estatal en la muerte de las presuntas vctimas.En efecto, las pruebas obtenidas en las investigaciones parlamentarias, judiciales y periodsticas; las circunstancias en que se produjo la detencin; la ausencia de pesquisas expeditas y razonables dan conviccin (para la poblacin en general) de responsabilidad. Es necesario resaltar que recae en el Estado la obligacin de proveer una explicacin satisfactoria y convincente de lo ocurrido mediante elementos probatorios vlidos.Efectivamente, el Estado debe garantizar los derechos del individuo bajo su custodia, as como proveer informacin y las pruebas que se relacionan con lo que suceda con al detenido.Se ha abierto una investigacin contra el ex presidente Alberto Fujimori Fujimori, cuyo trmite se encuentra pendiente del pedido de extradicin formulado por el Estado peruano.La Corte Interamericanade Derechos Humanos emiti el 14 de marzo de 2001 sentencia en el caso Barrios Altos, declarando, entre otros puntos, que las leyes de amnista N 26479 y N 26492 son incompatibles con la Convencin Americana sobre Derechos Humanos y, en consecuencia, carecen de efectos jurdicos. Esto quiere decir que en mrito a la citada sentencia ya no es necesario derogar las citadas leyes, puesto que ello causara confusin, dado que el Per, al ser parte de la Convencin Americana de Derechos Humanos, interioriza las decisiones del rgano contencioso supranacional americano, puesto que los tratados y convenciones son leyes para los Estados parte.A nivel de reparaciones, se deben hallar los mecanismos de solucin ms adecuados a efectos de cumplir con dicha obligacin, toda vez que el 14 de noviembre de 2005 la CIDH emiti su Informe N 95/05 de conformidad con el artculo 50 de la Convencin Americana, concluyendo que el Estado debe reparar adecuadamente a los familiares de las vctimas, incluyendo tanto el aspecto moral como el material, por las violaciones de sus derechos humanos.

D.-BASE LEGAL- Constitucin Poltica del Per de 1993- Declaracin Internacional de los Derechos Humanos- Sentencia del Tribunal Constitucional- Derecho Penal Parte Especial - Cdigo Penal Peruano- Jurisprudencia Latinoamericana- Sentencia del 29/11/2006 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

E.-DEFINICIN DE TRMINOS

1. Evidencias: Certeza clara y manifiesta de una cosa, de tal forma que nadie puede dudar de ella ni negarla.2. Exasperacin: Ira o enfado.3. Impunidad: Falta de castigo.4. Intimidacin: Causar o infundir miedo.5. Insurgente: Sublevado o insurrecto6. Masivo: Que es muy numeroso o se realiza en gran cantidad. 7. Paramilitar: Organizacin civil con estructura o disciplina de tipo militar. 8. Pesquisas: Investigacin o indagacin encaminadas a descubrir alguna cosa.9. Pronunciamiento: Manifiesto pblico a favor o en contra de alguna cosa.10. Represalia: Medida o trato de rigor que adopta un Estado contra otro para responder a los actos o las determinaciones adversos de este.11. Repudio: Rechazaralgoporrazonesmorales. 12. Tecnicismo: Cualidaddeloqueesestrelacionadoconlatcnica. 13. Violacin: Trasgresin que sufre una persona.

CAPTULO III

CONCLUSIONES

A. Resaltamos que se trata de la primera vez que un ex jefe de Estado es procesado y sentenciado en su pas por violaciones de los derechos humanos; se concluye que el encausado Fujimori con su entorno, utilizaron los servicios secretos (de inteligencia) del Estado, sus rganos o unidades, para preparar los hechos criminales, habiendo la subordinacin jerrquica de su estructuras, el secreto y la clandestinidad de sus agentes y acciones. B. Las estrategias generales, y las rdenes de ejecucin fueron dispuestas o transmitidas por el acusado y retransmitidas por los dems estamentos del aparato de poder organizado de muy diversas formas, plenamente compatibles con los esquemas informales o para formales que caracterizan a los cdigos de comunicacin y manuales de actuacin propios del sistema de inteligencia. C. Los delitos de asesinato y lesiones graves ocurridos en La Cantuta fueron acciones ejecutivas de los objetivos, estrategia y patrn tctico de operaciones especiales de inteligencia contra la subversin terrorista, de notoria ilegalidad y clandestinidad. As tambin queda probado que no hay evidencia suficiente que rompa la presuncin de inocencia, por lo que las vctimas no son consideradas terroristas.D. En otros procesos penales las cortes peruanas han determinado que el Servicio de Inteligencia Nacional controlaba al Grupo Colina como un escuadrn de la muerte, en el marco de una estrategia antiterrorista clandestina aprobada por Fujimori. Tras la condena en una corte militar de algunos miembros del Grupo Colina por su participacin en la masacre de La Cantuta, y con investigaciones judiciales en curso sobre la masacre de Barrios Altos, Fujimori y el Congreso otorgaron una amnista que cubra todas las violaciones de derechos humanos cometidas por fuerzas estatales y prohibieron al Poder Judicial revisar esta decisin.

RECOMENDACIONES

La violacin de los derechos humanos no puede olvidarse ni mucho menos quedar en la impunidad.

De ah la importancia de tener a la mano una ayuda memoria de este execrable hecho que, sin duda alguna, constituye delito de lesa humanidad, por lo que sus autores, tanto intelectuales como materiales, deben ser condenados; asimismo las autoridades, que conocedoras del crimen o no lo dejaron pasar o que en connivencia con sus autores dispusieron acciones de reconocimiento y felicitacin para stos, con el pretexto de apoyar y respaldar a las fuerzas del orden en la lucha contra el terrorismo.

El presente caso, por la gravedad e injusticia que encierra, debe quedar grabado en la memoria de todos los peruanos con el fin de evitar que se produzcan violaciones de los derechos humanos.

BIBLIOGRAFA

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http://www.wola.org/es/informes/el_juicio_a_fujimori_2do_reportaje_de_la_observadora_de_wola

http://fujimoriontrial.org/?page_id=42

ANEXOS

VCTIMAS DE LA MASACRE DE LA CANTUTA

CUERPOS DE LAS VCTIMAS DE LA MASACREDE LA CANTUTA

CADENA DE MANDO DEL GRUPO COLINA

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