Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

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Escuela Académico Profesional de Derecho TEORIA GENERAL DE PROCESO 2013-I Docente: Dr. Arturo Sotelo Vargas Nota: Ciclo: IV Módulo II Datos del alumno: FECHA DE ENVIO: Hasta el DOMINGO 11 DE AGOSTO 2013 Hasta las 23.59 PM Apellidos y nombres: VASQUEZ CUBAS, OSCAR JAVIER FORMA DE ENVIO: Comprimir el archivo original de su trabajo académico en WINZIP y publicarlo en el CAMPUS VIRTUAL, mediante la opción: Código de matrícula: 2012200481 TAMAÑO DEL ARCHIVO: Capacidad Máxima del archivo comprimido: 4 MB Uded de matrícula: UDED - LIMA Recomendaciones: 1. Recuerde verificar la correcta publicación de su Trabajo Académico en el Campus Virtual. Revisar la opción: No se aceptará el Trabajo Académico después de la fecha programada en la webb. 2. Las actividades que se encuentran en el libro servirán para su autoaprendizaje mas no para la calificación, por lo que no deberán ser remitidas. Usted sólo deberá realizar y remitir obligatoriamente el Trabajo Académico que adjuntamos aquí. Guía del Trabajo Académico 3. Recuerde: NO DEBE COPIAR DEL INTERNET, el Internet es únicamente una fuente de consulta. Los trabajos copias de internet serán calificados con “00” (cero). 4. Estimado alumno: El presente trabajo académico tiene por finalidad medir los logros alcanzados en el desarrollo del curso. Para el examen parcial Ud. debe haber logrado desarrollar hasta la pregunta Nº II . y para el examen final debe haber desarrollado el trabajo completo. Criterios de evaluación del trabajo académico: 1 Presentación adecuada del trabajo Considera la evaluación de la redacción, ortografía, y presentación del trabajo en este formato. Valor: 2 ptos 2 Investigación bibliográfica: Considera la consulta de libros virtuales, a través de

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Page 1: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

Escuela Académico Profesional de Derecho

TEORIA GENERAL DE PROCESO

2013-IDocente: Dr. Arturo Sotelo Vargas

Nota:Ciclo: IV Módulo II

Datos del alumno: FECHA DE ENVIO:

Hasta el DOMINGO 11 DE AGOSTO 2013 Hasta las 23.59 PMApellidos y nombres: VASQUEZ CUBAS,

OSCAR JAVIERFORMA DE ENVIO:

Comprimir el archivo original de su trabajo académico en WINZIP y publicarlo en el CAMPUS VIRTUAL, mediante la opción:

Código de matrícula: 2012200481 TAMAÑO DEL ARCHIVO:

Capacidad Máxima del archivo comprimido: 4 MBUded de matrícula: UDED - LIMA

Recomendaciones:1. Recuerde verificar la correcta publicación de su Trabajo Académico en

el Campus Virtual.Revisar la opción:

No se aceptará el Trabajo Académico después de la fecha programada en la webb.

2. Las actividades que se encuentran en el libro servirán para su autoaprendizaje mas no para la calificación, por lo que no deberán ser remitidas. Usted sólo deberá realizar y remitir obligatoriamente el Trabajo Académico que adjuntamos aquí.

Guía delTrabajo Académico

3. Recuerde: NO DEBE COPIAR DEL INTERNET, el Internet es únicamente una fuente de consulta. Los trabajos copias de internet serán calificados con “00” (cero).

4. Estimado alumno:El presente trabajo académico tiene por finalidad medir los logros alcanzados en el desarrollo del curso.Para el examen parcial Ud. debe haber logrado desarrollar hasta la pregunta Nº II. y para el examen final debe haber desarrollado el trabajo completo.

Criterios de evaluación del trabajo académico:

1 Presentación adecuada del trabajo

Considera la evaluación de la redacción, ortografía, y presentación del trabajo en este formato. Valor: 2 ptos

2 Investigación bibliográfica:Considera la consulta de libros virtuales, a través de la Biblioteca virtual DUED UAP, entre otras fuentes. Valor: 3 ptos

3 Situación problemática o caso práctico:

Considera el análisis de casos o la solución de situaciones problematizadoras por parte del alumno. Valor: 5 ptos

4Otros contenidos considerando los niveles cognitivos de orden superior:

Valor: 10 ptos

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I. DESARROLLE A TRAVES DE UN MAPA CONCEPTUAL DETALLADO, COMO SE DESARROLLA EL PROCESO EN GENERAL: (10 puntos)

Como se regula su composición.

Atribuciones del Poder Judicial.

Regulación de actos procesales: Forma, contenido, eficacia, deberes y

derechos de las Partes y del Juez.

II.- La empresa transnacional constructora “JUIMPORT” S.A.C. al estar por

terminar de construir un edificio de dos pisos celebro 2 contratos de

compraventa con los hermanos Miguel y Gabino transfiriendo el primer y

el segundo piso del inmueble, respectivamente. En dichos contrato se

pactó que el precio se debería pagar íntegramente al mes de haberse

celebrado cada contrato.

Pasado un mes desde la celebración de los contratos, Miguel y Gabino

se niegan a pagar el momento pactado, pues alegan que el edificio y los

inmuebles materia del contrato han sido más edificados. Por ello, la

empresa constructora demanda a Miguel y Gabino conjuntamente, a fin

de que cada uno de los hermanos cumpla con pagar lo adeudado.

Señale la afirmación correcta. (3 puntos).

a) La acumulación de pretensiones es improcedente por no existir

conexidad.

b) La acumulación de pretensiones es procedente por existir

conexidad

c) La demanda es inadmisible por petitorio incumplimiento o

impreciso

d) Las opciones a y c son correctas.

Page 3: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

IIII.- ELABORE A NIVEL DE INVESTIGACION LA ABOGACIA Y EL

PROCESO, DESARROLLANDO LO SIGUIENTE: (4 puntos)

Etimología, antecedentes históricos, definición, ciencia y

ética del Abogado, funciones.

Abogado patrocinante, derechos, su intervención en el

proceso civil, temeridad mala fe en el proceso, sanciones

por conducta dolosa en el proceso, responsabilidad de los

abogados.

IV.- REALICE UN MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS

MANDAMIENTOS DEL ABOGADO, OCUPESE DE CADA UNA DE

SUS CARACTERISTICAS.

SEÑORES ALUMNOS USTEDES A ESTA FECHA YA ESTAN CAPACITADOS PARA RESOLVER TRABAJOS INVESTIGATIVOS ESPERANDO QUE VUESTRA

CALIFICACIÓN SEA DE 20, CUIDAR LA ORTOGRAFÍA Y REDACCIÓN

Page 4: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

“AÑO DE LA INVERSION PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA”

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLÍTICA

CURSO : TEORIA GENERAL DEL PROCESO

TRABAJO ACADEMICO: TEORIA GENERAL DEL PROCESO

DOCENTE : Dr. ARTURO SOTELO VARGAS

ALUMNO : OSCAR JAVIER VASQUEZ CUBAS

CICLO : IV

2013

Page 5: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

DESARROLLO DEL TRABAJO ACADEMICO

1.- DESARROLLE A TRAVES DE UN MAPA CONCEPTUAL DETALLADO, COMO SE DESARROLLA EL PROCESO EN GENERAL

Como se regula su composición.

Page 6: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

Atribuciones del Poder Judicial.

ATRIBUCIONES DEL PODER JUDICIAL

ATRIBUCIONES DEL PODER JUDICIAL

Representa al Poder Judicial y preside la Sala Plena. Representa al Poder Judicial y preside la Sala Plena.

Supervisa la asistencia de los Vocales de la Corte Suprema. Supervisa la asistencia de los Vocales de la Corte Suprema.

Dispone la ejecución de los acuerdos adoptados por la Sala Plena.

Dispone la ejecución de los acuerdos adoptados por la Sala Plena.

Suscribe los Reglamentos Internos, Acuerdos, Despacho y correspondencia oficial.

Suscribe los Reglamentos Internos, Acuerdos, Despacho y correspondencia oficial.

Designa a los integrantes de las Salas Especializadas, respetando su especialidad y concurre al Congreso para sustentar los Proyectos de Ley del Poder Judicial y su Presupuesto.

Designa a los integrantes de las Salas Especializadas, respetando su especialidad y concurre al Congreso para sustentar los Proyectos de Ley del Poder Judicial y su Presupuesto.

Sanciona administrativamente las irregularidades flagrantes en que incurran los magistrados y trabajadores del Poder Judicial.

Sanciona administrativamente las irregularidades flagrantes en que incurran los magistrados y trabajadores del Poder Judicial.

Da lectura a la Memoria Judicial Anual en la ceremonia de inicio del Año Judicial.

Da lectura a la Memoria Judicial Anual en la ceremonia de inicio del Año Judicial.

Page 7: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

Regulación de actos procesales: Forma, contenido, eficacia, deberes y

derechos de las Partes y del Juez.

FORMA Y CONTENIDO DEL ACTO PROCESAL

Page 8: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

EFICACIA DEL ACTO PROCESAL

Page 9: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

DEBERES Y DERECHOS DE LAS PARTES Y EL JUEZ

Page 10: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

II.- La empresa transnacional constructora “JUIMPORT” S.A.C. al estar por

terminar de construir un edificio de dos pisos celebro 2 contratos de

compraventa con los hermanos Miguel y Gabino transfiriendo el primer y

el segundo piso del inmueble, respectivamente. En dichos contrato se

pactó que el precio se debería pagar íntegramente al mes de haberse

celebrado cada contrato.

Pasado un mes desde la celebración de los contratos, Miguel y Gabino

se niegan a pagar el momento pactado, pues alegan que el edificio y los

inmuebles materia del contrato han sido más edificados. Por ello, la

empresa constructora demanda a Miguel y Gabino conjuntamente, a fin

de que cada uno de los hermanos cumpla con pagar lo adeudado.

Señale la afirmación correcta.

a) La acumulación de pretensiones es improcedente por no existir

conexidad.

b) La acumulación de pretensiones es procedente por existir

conexidad

c) La demanda es inadmisible por petitorio incumplimiento o impreciso

d) Las opciones a y c son correctas.

La afirmación correcta en mi opinión personal es la respuesta b) ya que de

conformidad con el art. 16 del Código Procesal Civil, y en concordancia con

los arts. 83, 84 y 86 del Código Procesal Civil procede la acumulación

subjetiva por existir conexidad, vale decir existe elementos comunes

referidos a un mismo objeto.

En efecto, al tratarse del contrato de compra venta de un mismo título, suscritos

por Miguel y Gabino con la empresa constructora “JUIMPORT SAC”, siendo

además el objeto el mismo, resulta procedente la acumulación, estimándose

además que el Código Procesal Civil adopta el concepto de conexidad propia

Page 11: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

como el de conexidad impropia, exigiendo el primero la identidad de los

elementos de las pretensiones relacionadas y el segundo únicamente la

afinidad de los mismos.

IIII.- ELABORE A NIVEL DE INVESTIGACION LA ABOGACIA Y EL

PROCESO, DESARROLLANDO LO SIGUIENTE:

Etimología, antecedentes históricos, definición, ciencia y ética del

Abogado, funciones.

ETIMOLOGIA

El diccionario de la Real Academia Española, define abogar como “la

defensa en juicio, por escrito o de palabra” la abogacía es “perito en el

derecho que se dedica a defender en juicio los derechos o intereses de

los litigantes, también a dar dictamen sobre las cuestiones que se le

consulten”. En consecuencia de abogar derivan las formas de defensa y

de abogacía deriva la función que se debe cumplir.

El abogado dice el digesto “el papel de un abogado es exponer ante el

juez competente su deseo o la demanda de un amigo, o bien combatir la

pretensión de otro” es la persona quien debe realizar la función de la

abogacía. Dalloz dice, el abogado, designado también en muchos textos

legales con el nombre de defensor, es quien, después, de haber

obtenido grado de licenciado en derecho, se encarga de defender ante

los tribunales oralmente o por escrito el honor, la vida y la fortuna de los

ciudadanos.

Etimológicamente la palabra abogado proviene del latín “ad vocatus,

avocare” que significa “llamado”, porque los romanos acostumbraban

llamar en los asuntos difíciles para que auxiliasen a las personas que

tenían un conocimiento profundo del Derecho

Page 12: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

ANTECEDENTES HISTORICOS

Para abordar este tema, es importante distinguir entre el hecho de

abogar y la profesión de abogar.

El hecho de abogar consiste en defender a los demás por honor y

gratitud; jamás se busco retribución económica alguna. El hecho de

abogar lo encontramos en las legislaciones antiguas como: Babilonia,

Israel, Grecia y otras.

La profesión de abogar aparece cuando las personas con conocimientos

en derecho buscan una retribución económica.

En las legislaciones de Oriente e Israel, no encontramos todavía al

abogado propiamente dicho, sino tan sólo a defensores caritativos

encargados de ayudar a los demás.

Es en Roma en donde el Derecho adquiere autonomía y el ejercicio de

la profesión se va institucionalizando.

Los historiadores afirman que en Grecia fue donde la abogacía se

convirtió en una verdadera profesión, y que Pericles fue el primer

abogado profesional. Solón reglamento aquella, atribuyéndole carácter

religioso y la institución se desarrollo ampliamente por la oportunidad

que daba el Aréopago para que los defensores cultivaran sus dotes

oratorias e hicieran gala de sus conocimientos.

En el Derecho Romano los patronos eran los abogados naturales de sus

clientes. Grande fue el prestigio como se infiere de algunas leyes que se

expidieron durante la república y que ordenaron que los Pontífices

fuesen elegidos entre los abogados.

Los abogados romanos se constituyeron en Corporación, acaso de un

modo parecido a los industriales, a manera de los actuales Colegios de

Abogados en la época de Teodosio y sus sucesores. Los nombres de

Page 13: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

los abogados autorizados para ejercer la abogacía se inscribían en una

tabla por el orden correlativo a su admisión, y si cometían falta en el

desempeño de su cargo, se les suspendía en el ejercicio de sus

funciones durante un determinado plazo llegando a veces hasta

privárseles del título.

En los primeros tiempos, los abogados debían ser buenos oradores y

eran elegidos por el pretor del pueblo, quien escogía a quienes debían

actuar como defensores en el proceso que se desarrollaba en el fórum.

De allí nace la palabra: ad-vocatus: el llamado a defender a otro.

Al intensificarse la vida jurídica se comenzó a exigir estudios específicos

para ser abogado, surgiendo las denominaciones de advocati, patroni o

causiadici.

Existían ya en esa época los defensores de oficio; y los abogados

debían inscribirse en el Collegium Togatorum, (uso de la toga blanca),

siendo su número reducido e inamovible.

En esta legislación encontramos importantes normas deontológicas,

como: no ultrajar a la contra parte, no alargar el pleito innecesariamente,

no hacer pacto cuota de Litis, etc., normas que hasta hoy día las

debemos tomar en cuenta para el ejercicio de la profesión.

En España se destacaron las leyes de las Siete Partidas, de donde

surgen los requisitos para ser Abogado: debían tener 17 años de edad,

no poseer defectos físicos, ser varones y conocedores del derecho. Se

exigía la inscripción en la matrícula y juramento de desempeñar fiel y

rectamente el mandato, debiendo además rendir examen en las

audiencias orales. Se castigaba el prevaricato, y se prohibía el pacto de

cuota litis, según la Novísima Recopilación. Constituían faltas graves

descubrir secretos a la parte contraria o a terceros en favor del letrado,

aconsejar a dos parte contrarias en un mismo asunto o ayudar a una

parte en primera instancia y a otra en segunda, alegar cosas maliciosas,

pedir pruebas innecesarias, alegar sobre falsas leyes a sabiendas, o

abogar contra disposiciones expresadas en las leyes.

Page 14: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

En la vida colonial se aplicaron, en orden de prelación, las siguientes

leyes: la recopilación castellana de 1680, las leyes del Fuero Real y los

fueros municipales, las Siete Partidas, el Fuero Juzgo, y

subsidiariamente el Derecho Romano. En cuanto al aspecto que

estamos considerando, los Abogados debían matricularse, siendo su

deber primordial el de guardar el secreto profesional, que no podían

revelar de ninguna manera, no teniendo derecho ninguna autoridad para

solicitar tal revelación.- Las apelaciones debían interponerse con decoro,

pues de lo contrario serían penados por injuria y multados por los

excesos. El respeto entre abogados y jueces debía ser mutuo.

A partir del siglo XIX la abogacía alcanzó jerarquía de profesión liberal,

cuyo ejercicio podían realizar solamente las personas que tuvieran

conocimientos y prácticas suficientes como para garantizar, de alguna

manera, los trabajos confiados a ellos.

CIENCIA Y ETICA DEL ABOGADO

CIENCIA

Cuando se habla de “ciencia” hacemos referencia a la ciencia propia

profesional; no solamente desde su aspecto teórico sino también

práctico.

La ciencia propia del abogado es, esencialmente, una ciencia jurídica

comprensiva no sólo de la normativa en rigor, sino además de su

aplicación jurisprudencial y, comprende, el conocimiento de la doctrina y

de los principios jurídico-filosóficos en que se basa la doctrina

ETICA

La ética y la responsabilidad profesional son sin duda temas que se

conjuntan para formar un todo, un todo que engloba felicidad, justicia,

justicia social, el ser profesional, profesionalismo etc. La justicia es en

primer lugar, una característica posible mas no necesaria del orden

social, ¿Pero cuando se es profesional o Justo? Se es profesional o

justo cuando rige la conducta de los hombres de tal modo que da

satisfacción a todos y a todos les permite lograr o buscar la felicidad.

Page 15: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

FUNCIONES DEL ABOGADO

El abogado es el encargado de defender los intereses de una de las

partes en litigio.

Al ser el abogado un profesional específicamente preparado y

especializado en cuestiones jurídicas, es la única persona que puede

ofrecer un enfoque adecuado del problema que tiene el ciudadano o

“justiciable”.

Debe destacarse que además de su intervención en el juicio una función

básica del abogado es la preventiva.

Con su asesoramiento y una correcta redacción de los contratos y

documentos pueden evitarse conflictos sociales, de forma que el

abogado, más que para los pleitos o juicios, sirve para no llegar a ellos,

sirviendo en muchos casos como mediador extrajudicial.

Tanto es así que en la mayoría de los procedimientos judiciales es

obligatorio comparecer ante los tribunales asesorado por un abogado, lo

cual le garantiza un debido ejercicio del derecho a la defensa durante el

proceso.

La actuación profesional del abogado se basa en los principios de

confianza y de buena fe presiden las relaciones entre el cliente y el

abogado, qué esta sujeto al secreto profesional.

El abogado se debe a su cliente, en primer lugar, y debe litigar de

manera consciente respecto a la responsabilidad social en la que se

halla, con un actuar critico y equilibrado al servicio de la paz social, en la

que colabora con los juzgados y tribunales dentro del sistema judicial de

cada país.

A modo de resumen y de un modo global, las funciones de un abogado

serían las siguientes:

1) Defensa de los intereses de su cliente en todo tipo de procedimientos judiciales, en el ámbito de cualquier jurisdicción.

Page 16: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

2) Negociación y redacción de cualquier tipo de contratos, ya sean públicos o privados.

3) Defensa de sus intereses en materia urbanística, actuando en caso

que sea preciso ante las distintas administraciones.

4

4) Asesoramiento y actuación en todo tipo de operaciones inmobiliarias,

especialmente en caso de compraventa y arrendamiento de

inmuebles o fincas, mediante la redacción legar de los documentos y

contratos necesarios para llevar a cabo la operación legal.

5

5) Asesoramiento fiscal y preparación de todo tipo de declaraciones y

obligaciones fiscales y tributarias.

6

6) Actuación en materia testamentaria, mediante la redacción de

testamentos, particiones hereditarias, declaraciones de herederos sin

testamento, y los procedimientos judiciales que se puedan dar en esta

materia.

7

7) Redacción de capitulaciones matrimoniales.

8

8) Asesoramiento gestión de derechos en materia de propiedad

intelectual e industrial.

9

9) Reclamación de todo tipo de deudas y obligaciones contractuales.

10

10) Intervención en todo tipo de negociaciones laborales.

11

11) Redacción de escritos y recursos que deban presentarse ante las

distintas administraciones en materia administrativa, así como

defensa ente imposiciones de sanciones o multas por parte de

cualquier organismo.

12

12) Mediación en cualquier tipo de conflicto, ya sea laboral,

empresarial, vecinal, familiar, etc.

Page 17: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

13

13) Constitución, gestión y disolución de cualquier tipo de sociedad

mercantil o civil, así como asesoramiento en materia de derecho

empresarial.

14

14) Intervención en calidad de árbitro en cualquier disputa o conflicto

entre empresas o personas.

15

15) Reclamaciones a las compañías aseguradoras en el caso de

accidentes, ya sea a los responsables o a las administraciones.

16

16) Reclamación y gestión de derechos y pensiones a la Seguridad

Social, en materia de desempleo, maternidad, incapacidades,

jubilación, etc.

Abogado patrocinante, derechos, su intervención en el proceso civil,

temeridad mala fe en el proceso, sanciones por conducta dolosa en el

proceso, responsabilidad de los abogados.

Abogado patrocinante

Dícese del letrado que se encarga de la defensa del honor, los bienes y el

patrimonio de un cliente

La Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Procesal Civil, son una serie de

normas que regulan la actividad de defensa ante el Poder Judicial de los

abogados patrocinantes.

Las normas que regulan la defensa de los abogados ante los Tribunales,

establecen que “La abogacía es una función social al servicio de la Justicia y el

Derecho”.

Según el artículo 285 de la L.O.P.J. para patrocinar se requiere:

Tener título de abogado.

Hallarse en el ejercicio de sus derechos civiles.

Tener inscrito el título profesional en la Corete Superior de Justicia

correspondiente, y si no lo hubiere, en la Corte Superior de Justicia mas

cercana, y,

Page 18: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

Estar inscrito en el Colegio de Abogados del Distrito Judicial correspondiente, y

si no lo hubiere, en la Corte Superior de Justicia mas cercano.

IMPEDIMENTOS PARA PATROCINAR: Art. 286 L.O.P.J., no puede

patrocinar el abogado que:

-Haber sido suspendido en el ejercicio de abogacía por resolución judicial firme.

-Haber sido suspendido en el ejercicio por medida disciplinaria del Colegio de --

Abogados en donde se encuentra inscrito, o no se halle hábil conforme al

estatuto respectivo del colegio.

-Haber sido inhabilitado para ejercer la abogacía por sentencia judicial firme.

-Haber sufrido destitución de cargo judicial o público, en los cinco años

siguientes a la aplicación de la sanción.

Son derechos del Abogado Patrocinante

Según articulo N°289 de la Ley Orgánica del Poder Judicial

1.-Defender con independencia a quienes se lo soliciten en cualquier etapa del

Proceso

2.-Concertar libremente sus honorarios profesionales;

3.-Renunciar o negarse a prestar defensa por criterio de conciencia;

4.-Exigir el cumplimiento de la defensa cautiva;

5.-Informar verbalmente o por escrito en todo proceso judicial, antes que se

ponga fin a la instancia.

6.-Exigir el cumplimiento del horario del Despacho Judicial y de las diligencias o

actos procesales.

7.- Ser atendido personalmente por los Magistrados, cuando así lo requiera el

Ejercicio de su patrocinio y,

8.- Recibir de toda autoridad el trato que corresponde a su función.

Abogado patrocinante y su intervención en el proceso civil

La misión fundamental del abogado patrocinante consiste en defender y

aconsejar a sus clientes con diligencia y en sostener el derecho y la justicia.

Debe mantener incólumes el honor y la dignidad profesional. Debe actuar con

prudencia, honestidad y buena fe; no puede, por lo tanto, la comisión de actos

dolosos, afirmar o negar con falsedad, hacer citas inexactas, incompletas o

Page 19: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

maliciosas, ni realizar acto alguno que estorbe o distorsione la recta

administración de justicia.

El abogado debe estar en condiciones de ilustrar al Juez y hacer valer

correctamente las pretensiones que le son confiadas. La sabiduría no se

confunde con la verborrea fácil y superficial o los excesivos discursos. El

derecho es un arte, una ciencia y una técnica y hay que preocuparse por

dominar su secreto. La ligereza es imperdonable en el abogado, no solo porque

desnaturaliza su deber, sino porque perjudica a la justicia. Esto precisa que él

aporta las razones útiles y los argumentos esclarecedores que evita errores

formales que impidan al Juez acceder a la justicia que vislumbra y que le

muestra en cambio, en la contradicción de la disputa jurídica las alternativas de

la solución.

La misión del abogado es recuperar esa fe en la justicia, afirmar al Poder

Judicial como auténtico Poder, que obre sin prevenciones ni temores, que

cumpla un rol orientador, que sea un control eficaz de la Administración y el

custodio supremo de la Constitución y el Derecho.

Los actos procesales de parte los confecciona y redacta especialmente los

actos postulatorios al proceso, a base de su estudio analista y consciente, de

su capacidad de análisis y sobre todo de su conducta procesal depende del

éxito de las pretensiones de su defendido y por consiguiente su propio prestigio

profesional.

El abogado interviene en el proceso como apoderado judicial, la parte

interesada le confiere facultades generales, en el primer escrito que presenta la

parte o su representante al proceso, otorga o delega al abogado que autoriza

las facultades generales de representación, cumpliendo con las formalidades

de señalar el domicilio personal del otorgante y la declaración de estar instruido

de los alcances de la delegación que otorga conforme al art. 80 del C.P.C.

Conforme al art.61 de la norma adjetiva, el abogado en ejercicio es nombrado

por el Juez como curador procesal a pedido de parte y en los casos que

establece la ley.

Page 20: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

Abogado que actúa con temeridad mala fe en el proceso

Muchos litigantes y abogados amparados en estas disposiciones, actuando

con temeridad y manifiesta mala fe procesal, abusan de estos derechos, con el

deliberado propósito de inducir a error al juzgador o dilatar el proceso para

lograr la prescripción, olvidando lo citado por el Código adjetivo en el sentido de

que son deberes de las partes, abogados y apoderados, entre otros:

a) proceder con veracidad, probidad, lealtad y buena fe en todos sus actos e

intervenciones en el proceso; y,

b) no actuar temerariamente en el ejercicio de sus derechos procesales.

Asimismo El abogado que a sabiendas o por negligencia actúa en contra del

interés de su cliente, vulnera la primera regla moral de su oficio y hace el peor

servicio a la justicia.

Se considera que existió temeridad o mala fe en la conducta procesal, cuando

está referido a la conducta dolosa que tiene un variado contenido.

CARENCIA DE FUNDAMENTO JURIDICO: Cuando sea manifiesta la carencia

de fundamento jurídico de la demanda, como temeridad procesal, está referida

al acto procesal, que no tiene razón, o sea, que no tiene sustento legal. Esta

norma protege los derechos procesales de la parte, con el fin que se

promuevan procesos, con demandas que tengan contenido jurídico. Es el Juez

quien en su condición de director del proceso, hace efectiva esta norma

procesal.

ALEGACION DE HECHOS FALSOS: En el debido proceso, veracidad, buena

fe dentro de estos principios, no tiene cabida alegar hechos falsos. Quien a

sabiendas alega hechos falsos, incurre en temeridad procesal.

SUSTRACCION O MUTILACION DE EXPEDIENTE: La seguridad de los

expedientes está a cargo de los auxiliares jurisdiccionales. La norma procesal

regula como temeridad procesal, la sustracción o mutilación o inutilización de

expedientes cuando su propósito es ilegal, doloso o fraudulento. Esta norma

esta referida al que es parte en el proceso o al abogado que patrocina, incurre

Page 21: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

en esta conducta para fines ilícitos o dolosos y en perjuicio de la parte

contraria.

UTILIZACION DE PROCESO PARA FINES ILEGALES: Quien utiliza el

proceso o acto procesal para fines ilegales y con propósitos dolosos o

fraudulentos incurre en temeridad procesal.

OBSTRUCCION DE ACTUACION DE MEDIOS PROBATORIOS: Si se trata

de obstruir la actuación de los medios probatorios, se atenta contra la finalidad

misma de los medios probatorios y la justicia. Los medios probatorios cumplen

en el proceso la finalidad de acreditar los hechos expuestos por las partes,

produciendo certeza en el Juez para que pueda otorgar una correcta

administración de justicia.

ENTORPECIMIENTO DEL TRAMITE PROCESAL: El proceso se promueve

por iniciativa de las partes, salvo en algunos casos, por el Ministerio Público.

Una vez promovido el proceso es responsabilidad del Juez, velar por su rápida

solución y conclusión dentro del principio de celeridad procesal. Cuando el

abogado reiteradamente entorpece el proceso, está considerado como

temeridad procesal.

Sanciones por conducta dolosa del Abogado en el proceso

Es conocido por todos nosotros, que para ser investido del titulo de abogado el

postulante debe prestar juramento de desempeñar “leal y honradamente la

profesión.

Los Magistrados sancionan a los abogados que formulen pedidos maliciosos

manifiestamente ilegales y falseen a sabiendas la verdad de los hechos, son

acreedores de las siguientes sanciones.

Cuando en el proceso aparezca la prueba de tal conducta dolosa o fraudulenta,

el Juez le impone una multa no menor de 5 ni mayor de 20 URP.

Cuando el juez considere que el abogado actúa o ha actuado con temeridad o

mala fe, remitirá copias de las actuaciones respectivas a la Presidencia de la

Corte Superior, para que se abra investigación y se imponga la sanción

correspondiente.

Page 22: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

Se remite copia de lo actuado al Ministerio Público, para que denuncie e inicie

el proceso penal e imponga la sanción penal que corresponda por el delito

cometido.

El pago de las costas y costos procesales por ejercicio irregular y arbitrario del

derecho.

Terminado el proceso la parte vencida no solo pagará los costos y costas, sino

también la indemnización correspondiente.

El código de ética del Colegio de abogados, en su artículo primero, luego de

reconocer que estos son servidores de la justicia y colaboradores de su

administración, les obliga en su articulo tercero a “obrar con honradez y buena

fe.

Luego les prohíbe “aconsejar actos fraudulentos, afirmar o negar con falsedad,

hacer citas inexactas o tendenciosas, ni realizar acto alguno que estorbe la

buena y expedita administración de justicia“ más adelante entre los artículos

4°,5° y 6°, reprueban el cohecho, los abusos de procedimientos, dan reglas

sobre las relaciones con los clientes y colegas e impone defender

gratuitamente a los pobres.

Debemos tener en cuenta que el juramento o promesa de ingreso al Colegio

de Abogados recae en el respeto de las normas estatuarias y reglamentarias y

en los principios de ética y los deberes de la profesión del abogado.

Las transgresiones a las obligaciones señaladas en los párrafos anteriores

puede ser sancionada por el colegio de abogados con diversas medidas

disciplinarias de acuerdo con la gravedad de la infracción.

La sanción máxima que es la expulsión del Colegio, puede aplicarse cuando el

colegiado haya realizado un hecho que fuere calificado de infracción grave a la

ética profesional.

Así lo reconocen los estatutos vigentes

Page 23: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

Responsabilidad civil del Abogado.

La responsabilidad por daños del abogado puede existir, ante todo, con

relación a las personas con que se hallase él vinculado jurídicamente con

anterioridad en virtud de un contrato, y como consecuencia del incumplimiento

de las obligaciones nacidas del mismo; en cuyo caso se tratará de la

responsabilidad contractual.

Es responsabilidad del abogado, de las partes, sus apoderados y terceros

legitimados son responsables solidarios:

Las partes, sus abogados, sus apoderados y terceros legitimados, responden

por los perjuicios que causen con sus actuaciones procesales temerarias o de

mala fe.

Una vez concluido el proceso, con resolución que desestima la demanda, si el

demandado considera que el ejercicio de su derecho de acción fue irregular o

arbitrario, puede demandar el resarcimiento de los daños y perjuicios que haya

sufrido.

La responsabilidad por los actos procesales es solidaria entre la parte y su

abogado, siempre que actúe con temeridad procesal, dolo o fraude.

Cuando se demanda indebidamente la nulidad de un proceso terminado, el

actor deberá pagar la multa correspondiente.

Otras veces el acto lesivo puede producirse al margen de toda relación

contractual, y entonces la responsabilidad habrá de ser extracontractual.

El distingo conserva interés en razón de las diferencias de régimen entre uno y

otro tipo de responsabilidad que aún existen, y que fueron estudiados en el

capítulo introductorio al presente.

Sin embargo, la responsabilidad profesional del abogado habitualmente será

contractual, ya que en general entre él y su cliente se ha celebrado un contrato

anterior.

Page 24: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

IV.- REALICE UN MAPA CONCEPTUAL SOBRE LOS MANDAMIENTOS DEL ABOGADO, OCUPESE DE CADA UNA DE SUS CARACTERISTICAS.

Page 25: Trabajo Academico Teoria General Del Proceso

BIBLIOGRAFIA

FUENTES BIBLIOGRAFICAS:

1.-ASOCIACION PERUANA DE INVESTIGACION DE CIENCIAS JURIDICAS.

Editora y Distribuidora Ediciones legales E.I.R.L. Primera Edición – 2010 – Lima-Perú.

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2. BULNES TARAZONA, Carlos. Guía Didáctica – Teoría General del Proceso IV

Ciclo -Universidad Alas Peruanas –DUED- Lima- Perú

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3.- MENDEZ MAURTUA, Miguel Ángel, Teoría del Proceso. – Fondo Editorial UIGV –

Cuaderno de Derecho y Ciencias Políticas. Lima-Perú.

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4.-.GARCIA ROMERO, Lucila. Teoría General del Proceso – Editorial RED TERCER

MILENIO. Primera Edición, Estado de México DF. 2012.

FUENTES ELECTRONICAS:

1.- http://www.monografias.com/trabajos87/etica-del-abogado/etica-del- abogado.shtml#ixzz2bJc21qFu

2.- http://www.buenastareas.com/ensayos/Derecho-Civil-y-Penal/5484836.html

3.- http://www.uhu.es/43115/cont_mat/tema1.html

4.- http://www.justiciaviva.org.pe/reforma_implementacion/flujogramas/05.pdf

5.- http://blogjuridico.jimdo.com/2012/10/29/teoria-general-del-proceso/

6.- http://www.castilloabogados.com/tareasdelabogado.html

7.- http://laweblegal.com/blog/en-que-puede-ayudarme-un-abogado/

8.- http://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/CorteSuprema/s_cortes_suprema _home/as_Inicio/