Total Plata 33-13b

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www.banmédica.cl En , a de de se ha convenido el siguiente Plan de Salud Complementario entre Isapre Banmédica S.A., Institución de Salud Previsional, registrada bajo el código de operación número 99, representada por su Gerente General, don Fernando Matthews Cádiz, Rut Nº 8.773.661-K, ambos con domicilio en Santiago, Avenida Apoquindo Nro. 3.600 piso 3ro, comuna de Las Condes, por una parte, y por la otra el afiliado(a): Sr(a): Cédula de Identidad Nº: Domiciliado en: calle número comuna ciudad que se regirá por las condiciones generales aprobadas por la Superintendencia de Salud: PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO FUN N° Tipo de Plan: Individual x Grupal Las notas explicativas se encuentran en las siguientes páginas de este Plan de Salud TOTAL PLATA 33 /13B TAG13B33 - Línea Plata Línea Plata s Tope General Anual por Beneficiario UF 3.500 (m) s Atención Dental con descuento en Centros en Convenio con la Isapre (Excluye PAD dentales) (p) s Cobertura Internacional (q) PRESTACIONES HOSPITALARIAS, CIRUGÍAS AMBULATORIAS (a) Y URGENCIAS HOSPITALARIAS (c) 90% (Sólo con Médicos Staff ) (b) Sin Tope Clínica Dávila (Hab. Individual simple) Clínica Vespucio (Hab. Individual simple) Sin Tope 90% (b) Habitación Individual Simple en: Clínica Dávila Clínica Vespucio Clínica Bicentenario DÍA CAMA 5 UF SALA CUNA 1,8 UF INCUBADORA 3,6 UF DÍA CAMA CUIDADO INTENSIVO, INTERMEDIO O CORONARIO 10 UF DÍA CAMA TRANSITORIO, OBSERVACIÓN 3 UF EXÁMENES DE LABORATORIO 2,0 veces AB2 IMAGENOLOGÍA 2,4 veces AB2 DERECHO PABELLÓN 9 veces AB2 KINESIOLOGÍA, MEDICINA FÍSICA Y FISIOTERAPIA 2,6 veces AB2 PROCEDIMIENTOS 5,5 veces AB2 HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS 7,5 veces AB2 MEDICAMENTOS (d) (r) 28 UF MATERIALES CLÍNICOS (d) (r) 25 UF 50 UF Sólo Libre Elección PRÓTESIS Y ÓRTESIS 18 UF 36 UF CONSULTA MÉDICA HOSPITALARIA 0,72 UF Sin Tope PRESTACIONES AMBULATORIAS 70% Sin Tope CONSULTA MÉDICA 0,6 UF 70% Clínica Dávila, Clínica Vespucio, Clínica Bicentenario, Vidaintegra, Integramédica Sin Tope Clínica Dávila Clínica Vespucio Vidaintegra EXÁMENES DE LABORATORIO 1,4 veces AB2 70% Clínica Dávila, Clínica Vespucio, Clínica Bicentenario 80% Vidaintegra, Integramédica IMAGENOLOGÍA 1,6 veces AB2 PROCEDIMIENTOS Y HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS (r) 2,5 veces AB2 Sólo Libre Elección DERECHO PABELLÓN AMBULATORIO 4,5 veces AB2 FONOAUDIOLOGÍA 2 veces AB2 3,5 UF KINESIOLOGÍA, MEDICINA FÍSICA Y FISIOTERAPIA 1,8 veces AB2 4 UF PRÓTESIS Y ÓRTESIS (e) 0,9 veces AB2 10 UF ATENCIÓN INTEGRAL DE NUTRICIONISTA (f) 1,3 veces AB2 1,5 UF PRESTACIONES DENTALES (PAD) (s) 40% 1 vez AB2 2 UF DROGAS ANTINEOPLÁSICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL CÁNCER (g) (r) 90% 8 UF 80 UF Sólo Libre Elección PRESTACIONES RESTRINGIDAS PRESTACIONES HOSPITALARIAS DE PSIQUIATRÍA, CIRUGÍA DE PRESBICIA Y CIRUGÍA BARIÁTRICA O DE OBESIDAD (h) 25% de la Cobertura Genérica Sin Tope Sólo Libre Elección PRESTACIONES HOSPITALARIAS DE CIRUGÍA REFRACTIVA (h) 50% de la Cobertura Genérica 50% Clínica Dávila, Clínica Vespucio Sin Tope Clínica Dávila Clínica Vespucio CONSULTA, TRATAMIENTO PSIQUIATRÍA Y PSICOLOGÍA 70% 0,6 UF 2,5 UF Sólo Libre Elección OTRAS PRESTACIONES TRASLADOS (i) 70% 0,9 veces AB2 Sin Tope Sólo Libre Elección MARCOS Y CRISTALES ÓPTICOS (j) 0,7 UF 0,7 UF MEDICAMENTOS TRATAMIENTO ESCLEROSIS MÚLTIPLE (k) (r) 16 UF 190 UF COBERTURA URGENCIA AMBULATORIA EN PRESTADOR (ES) PREFERENTE (S) PRESTACIONES AMBULATORIAS DE URGENCIA (l) CLÍNICA DÁVILA - CLÍNICA VESPUCIO - CLÍNICA BICENTENARIO MONTOS MÁXIMOS Usuario/Año (m) PRESTADORES DERIVADOS (n) % Bonificación Tope Bonificación CONSULTA MÉDICA DE URGENCIA 60% Sin Tope Sin Tope Clínica Dávila - Clínica Vespucio - Clínica Bicentenario EXÁMENES DE LABORATORIO, IMAGENOLOGÍA, DERECHO PABELLÓN Y PROCEDIMIENTOS DE URGENCIA TAG13B La cobertura mínima del plan de salud para cada prestación, corresponderá al mayor valor entre la cobertura genérica del plan de salud y la cobertura mínima Fonasa (o) PRESTACIONES LIBRE ELECCIÓN (a) MONTOS MÁXIMOS Usuario/Año (m) OFERTA PREFERENTE (b) (**) MONTOS MÁXIMOS Usuario/Año (m) PRESTADORES DERIVADOS (n) Bonificación Bonificación % Tope % Tope

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    a.c

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    En , a de de se ha convenido el siguiente Plan de Salud Complementario entre Isapre Banmdica S.A., Institucin de Salud Previsional, registrada bajo el cdigo de operacin nmero 99, representada por su Gerente General, don Fernando Matthews Cdiz, Rut N 8.773.661-K, ambos con domicilio en Santiago, Avenida Apoquindo Nro. 3.600 piso 3ro, comuna de Las Condes, por una parte, y por la otra el a liado(a):

    Sr(a): Cdula de Identidad N: Domiciliado en: calle nmero comuna ciudad

    que se regir por las condiciones generales aprobadas por la Superintendencia de Salud:

    PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIOFUN N

    Tipo de Plan: Individual x Grupal

    Las notas explicativas se encuentran en las siguientes pginas de este Plan de Salud

    TOTAL PLATA 33 /13BTAG13B33 -

    Lnea PlataLnea Plata

    s Tope General Anual por Beneficiario UF 3.500 (m) s Atencin Dental con descuento en Centros en Convenio con la Isapre (Excluye PAD dentales) (p)

    s Cobertura Internacional (q)

    PRESTACIONES HOSPITALARIAS, CIRUGAS AMBULATORIAS (a) Y URGENCIAS HOSPITALARIAS (c)

    90%

    (Slo con Mdicos Staff ) (b)

    Sin Tope

    Clnica Dvila(Hab. Individual

    simple)

    Clnica Vespucio

    (Hab. Individual simple)

    Sin Tope

    90% (b)Habitacin Individual Simple en:

    Clnica DvilaClnica Vespucio

    Clnica Bicentenario

    DA CAMA 5 UFSALA CUNA 1,8 UFINCUBADORA 3,6 UFDA CAMA CUIDADO INTENSIVO, INTERMEDIO O CORONARIO 10 UF

    DA CAMA TRANSITORIO, OBSERVACIN 3 UFEXMENES DE LABORATORIO 2,0 veces AB2IMAGENOLOGA 2,4 veces AB2DERECHO PABELLN 9 veces AB2KINESIOLOGA, MEDICINA FSICA Y FISIOTERAPIA 2,6 veces AB2PROCEDIMIENTOS 5,5 veces AB2HONORARIOS MDICOS QUIRRGICOS 7,5 veces AB2MEDICAMENTOS (d) (r) 28 UFMATERIALES CLNICOS (d) (r) 25 UF 50 UF

    Slo Libre EleccinPRTESIS Y RTESIS 18 UF 36 UFCONSULTA MDICA HOSPITALARIA 0,72 UF Sin Tope

    PRESTACIONES AMBULATORIAS

    70%Sin Tope

    CONSULTA MDICA 0,6 UF 70% Clnica Dvila, Clnica Vespucio, Clnica Bicentenario, Vidaintegra, IntegramdicaSin Tope

    Clnica Dvila

    Clnica Vespucio

    Vidaintegra

    EXMENES DE LABORATORIO 1,4 veces AB2 70% Clnica Dvila, Clnica Vespucio, Clnica Bicentenario

    80%Vidaintegra, Integramdica

    IMAGENOLOGA 1,6 veces AB2

    PROCEDIMIENTOS Y HONORARIOS MDICOS QUIRRGICOS (r) 2,5 veces AB2

    Slo Libre Eleccin

    DERECHO PABELLN AMBULATORIO 4,5 veces AB2FONOAUDIOLOGA 2 veces AB2 3,5 UFKINESIOLOGA, MEDICINA FSICA Y FISIOTERAPIA 1,8 veces AB2 4 UFPRTESIS Y RTESIS (e) 0,9 veces AB2 10 UFATENCIN INTEGRAL DE NUTRICIONISTA (f) 1,3 veces AB2 1,5 UFPRESTACIONES DENTALES (PAD) (s) 40% 1 vez AB2 2 UF

    DROGAS ANTINEOPLSICAS PARA EL TRATAMIENTO DEL CNCER (g) (r) 90% 8 UF 80 UF Slo Libre EleccinPRESTACIONES RESTRINGIDASPRESTACIONES HOSPITALARIAS DE PSIQUIATRA, CIRUGA DE PRESBICIA Y CIRUGA BARITRICA O DE OBESIDAD (h)

    25% de la Cobertura GenricaSin Tope

    Slo Libre Eleccin

    PRESTACIONES HOSPITALARIAS DE CIRUGA REFRACTIVA (h) 50% de la Cobertura Genrica 50% Clnica Dvila, Clnica Vespucio Sin Tope Clnica DvilaClnica VespucioCONSULTA, TRATAMIENTO PSIQUIATRA Y PSICOLOGA 70% 0,6 UF 2,5 UF Slo Libre Eleccin

    OTRAS PRESTACIONESTRASLADOS (i)

    70%0,9 veces AB2 Sin Tope

    Slo Libre EleccinMARCOS Y CRISTALES PTICOS (j) 0,7 UF 0,7 UF

    MEDICAMENTOS TRATAMIENTO ESCLEROSIS MLTIPLE (k) (r) 16 UF 190 UF

    COBERTURA URGENCIA AMBULATORIA EN PRESTADOR (ES) PREFERENTE (S)PRESTACIONES AMBULATORIAS DE URGENCIA (l)

    CLNICA DVILA - CLNICA VESPUCIO - CLNICA BICENTENARIO MONTOSMXIMOSUsuario/Ao (m)

    PRESTADORESDERIVADOS (n)% Bonificacin Tope Bonificacin

    CONSULTA MDICA DE URGENCIA

    60% Sin Tope Sin Tope Clnica Dvila - Clnica Vespucio - Clnica Bicentenario

    EXMENES DE LABORATORIO, IMAGENOLOGA, DERECHO PABELLN Y PROCEDIMIENTOS DE URGENCIA TA

    G13

    B

    La cobertura mnima del plan de salud para cada prestacin, corresponder al mayor valor entre la cobertura genrica del plan de salud y la cobertura mnima Fonasa (o)

    PRESTACIONESLIBRE ELECCIN (a) MONTOS

    MXIMOSUsuario/Ao

    (m)

    OFERTA PREFERENTE (b) (**) MONTOSMXIMOSUsuario/Ao

    (m)

    PRESTADORESDERIVADOS (n)Bonificacin Bonificacin

    % Tope % Tope

  • Nombre ArancelAB2 (*)

    Unidad ArancelPesos

    TABLA DE FACTORES DE PRECIO (CDIGO 1149)

    TAG

    13B

    Notas Explicativas del Plan de Salud:

    a) Las prestaciones hospitalarias son aquellas en que la persona requiere indubitadamente infraestructura hospitalaria, cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias:La hospitalizacin ha ocurrido por indicacin escrita, precisa y espec ca del mdico tratante del paciente de que se trate o el prestador ha facturado la utilizacin de, a lo menos, un da cama, cualquiera sea el tipo de ste conforme el arancel vigente en la Isapre.Las cirugas ambulatorias asociadas a un cdigo de pabelln 5 o superior tendrn boni cacin como cobertura hospitalaria.La cobertura hospitalaria de libre eleccin se otorgar de acuerdo a los porcentajes y topes de boni cacin, y montos mximos indicados en el plan complementario de salud.

    b) La cobertura preferente se realizar slo con presentacin de bonos con los prestadores indicados en el plan de salud.La oferta preferente hospitalaria comprende slo las prestaciones que indica el plan de salud. La oferta preferente, tanto ambulatoria como hospitalaria, depender de si existe disponibilidad fsica y tcnica en el establecimiento indicado en el plan, en caso contrario, el bene ciario deber comunicarse con la Isapre, quien derivar a un prestador, de entre los indicados en la columna Prestadores Derivados. La cobertura hospitalaria de la oferta preferente para da cama habitacin individual simple se aplica hasta el valor de la habitacin individual simple con bao privado de menor valor del establecimiento hospitalario. En el caso de uso de una habitacin de mayor valor tendr como boni cacin mxima la anterior y cualquier diferencia por el uso de una habitacin superior a la indicada, ser de cargo del bene ciario. Los Honorarios Mdicos Quirrgicos de la oferta preferente, sern sin tope, slo con mdicos staff del establecimiento, en convenio con la Isapre y utilizando bonos, en caso contrario, se boni car de acuerdo a los topes indicados en la libre eleccin del plan de salud, para ese tem. Mdico Staff es el mdico que tiene relacin contractual vigente con el prestador de la Oferta Preferente y se acoge al Arancel Mdico pactado entre dicho prestador y la Isapre.

    c) En caso de urgencia hospitalaria con o sin riesgo vital o secuela funcional grave, para tener acceso a la cobertura preferente deber acudir al prestador indicado en el Plan de Salud. En caso de no poder dirigirse al prestador indicado en la cobertura preferente, se deber acudir a cualquier servicio de urgencia y dar aviso a la Isapre, personalmente o por medio de familiar u otro, dentro de las 48 horas siguientes al evento. Si el plazo de 48 horas se cumple un da sbado, domingo o festivo, se prorrogar dicho plazo al da hbil siguiente.Para obtener la Cobertura de la Oferta Preferente del Plan, adems de aviso en el plazo antes referido, el bene ciario debe ingresar efectivamente al prestador prefe-rente y en el tipo de habitacin que indica el cuadro de bene cios de la oferta preferente, fecha a contar de la cual tendr acceso a esta cobertura. Tanto el bene ciario como la Isapre estn facultados para disponer el traslado del paciente hospitalizado al prestador preferente cuando su estado de salud lo permita. En todo caso, la cobertura en un prestador ajeno a la oferta preferente ser siempre por libre eleccin al igual que los correspondientes gastos de traslado.

    d) Se proceder a la boni cacin de los Medicamentos y Materiales Clnicos slo en prestaciones que requieran hospitalizacin y en las prestaciones asociadas a Cirugas Ambulatorias (cdigo de pabelln 5 o superior). Esta cobertura se aplica por evento/bene ciario. Se entiende por evento/bene ciario una misma hospitali-zacin con independencia del lugar de la misma (establecimiento asistencial y/o hospitalizacin domiciliaria). Se excluyen drogas antineoplsicas para el tratamiento del cncer, las cuales se boni carn en sus porcentajes y topes espec cos del cuadro de bene cios del plan complementario de salud. Asimismo, se excluye la boni cacin de medicamentos y materiales clnicos para diagnsticos o tratamientos ambulatorios.

    e) En el caso de los audfonos, slo se contempla cobertura a los mayores de 55 aos de acuerdo al arancel. f) Las prestaciones asociadas a la Atencin Integral de Enfermera slo tendrn boni cacin de acuerdo a los topes y montos mximos indicados en el plan de salud,

    conforme al arancel Fonasa modalidad libre eleccin.

    g) El tope se aplica por ciclo de quimioterapia e incluye slo drogas antineoplsicas para el tratamiento del cncer. Se entiende por ciclo de quimioterapia el perodo de tiempo que comprende el nmero de das empleados en la secuencia de un determinado tratamiento antineoplsico.

    h) Prestaciones con Cobertura Reducida indicadas en el plan, slo con cobertura libre eleccin en Prestaciones Hospitalarias de Psiquiatra, Ciruga de Presbicia y Ciruga Baritrica o de Obesidad.La cobertura reducida de las prestaciones hospitalarias de Psiquiatra, Ciruga de Presbicia y Ciruga Baritrica o de Obesidad, ser la de mayor valor entre el 25% de la cobertura del plan de salud para la prestacin genrica correspondiente y la cobertura nanciera mnima que establece el Arancel Fonasa modalidad libre eleccin. Las prestaciones hospitalarias de Ciruga Refractiva tendrn cobertura reducida en Libre Eleccin y Oferta Preferente, y ser a de mayor valor entre el 50% de la cobertura del plan de salud para la prestacin genrica correspondiente y la cobertura nanciera mnima que establece el Arancel Fonasa modalidad libre eleccin. Esta prestacin tendr cobertura preferente slo cuando sea efectuada en Clnica Dvila o Clnica Vespucio, por mdicos staff de estos establecimientos.

    i) Esta boni cacin regir slo para traslados solicitados por el mdico tratante y originados por hospitalizaciones, salvo casos de urgencia, y su pago deber ser autorizado siempre y en forma previa por la contralora mdica de la Isapre. Esta boni cacin incluye y se extiende solamente al paciente.

    j) Corresponder la boni cacin de los marcos y cristales pticos slo con la presentacin de la receta mdica respectiva. Los anteojos para presbicia no requieren de receta mdica para los mayores de 40 aos.

    k) Los medicamentos asociados al tratamiento de esclerosis mltiple remitente recurrente, slo tendrn boni cacin de libre eleccin, conforme al arancel Fonasa modalidad libre eleccin y la cobertura se otorgar slo contra presentacin de programa mdico.

    l) Atencin de Urgencia Ambulatoria en prestador preferente incluye: consulta mdica, exmenes de laboratorio, exmenes de imagenologa, derecho pabelln y procedimientos de urgencia, que requiera el bene ciario durante esta atencin. Esto no se extiende a las prescripciones y prestaciones posteriores, derivadas de la consulta de urgencia ambulatoria, aunque tenga relacin con ella, las que tendrn las coberturas del plan de salud segn corresponda. Esta cobertura rige slo con presentacin de bonos, en el prestador preferente indicado en el plan de salud o en el prestador derivado en el caso de que los prestadores anteriores no tengan disponibilidad fsica o se encuentren imposibilitados de otorgar algunas de las prestaciones contempladas en este tem. Si el a liado acude a un prestador distinto a los anteriores, la cobertura ser la indicada para prestaciones ambulatorias de Libre Eleccin del plan.

    m) Los montos mximos por usuario/ao son nicos y comprenden las boni caciones de las prestaciones de que se trate, por libre eleccin y por la oferta preferente. El valor indicado rige individualmente para cada bene ciario por ao de vigencia de bene cios. La boni cacin corresponde a la diferencia entre el precio de la prestacin menos el copago del a liado. Cuando la suma de las boni caciones en un ao sea superior al monto mximo anual, se otorgar la cobertura mnima que establece la ley, determinndose de esta forma el nuevo copago del a liado.Para los Pagos Asociados a Diagnstico (PAD) de Prestaciones Dentales, el monto mximo, para cada uno de los cdigos, por bene ciario y por ao-contrato, ser la cobertura indicada para la respectiva prestacin en el Arancel de Modalidad Libre Eleccin de Fonasa.

    Tipo de Bene ciarioEdad Cotizantes Cargas

    Para calcular la equivalencia del

    precio en moneda nacional se utilizar el valor que tenga

    la UF el ltimo da del mes en

    que se pagaron o debieron pagarse las remuneraciones del

    cotizante.

    (Aos) Hombre Mujer Hombre Mujer0 a menos de 2 1.80 1.80 1.80 1.802 a menos de 5 0.80 0.80 0.60 0.60

    5 a menos de 10 0.70 0.70 0.50 0.5010 a menos de 15 0.70 0.70 0.50 0.5015 a menos de 20 0.70 0.70 0.50 0.5020 a menos de 25 0.80 2.00 0.50 0.8025 a menos de 30 0.90 2.35 0.70 1.5030 a menos de 35 1.00 3.30 1.00 1.8535 a menos de 40 1.00 3.30 1.00 1.7540 a menos de 45 1.20 2.40 1.20 1.6045 a menos de 50 1.30 2.40 1.30 1.8050 a menos de 55 1.60 2.45 1.60 1.8555 a menos de 60 2.10 2.55 2.10 2.1060 a menos de 65 2.70 2.70 2.70 2.7065 a menos de 70 3.20 3.20 3.20 3.2070 a menos de 75 3.80 3.80 3.80 3.8075 a menos de 80 4.50 3.90 4.50 3.90

    80 y ms 4.70 4.50 4.70 4.50

    - Los tiempos se cuentan desde el da siguiente, al da en que el paciente solicite la prestacin.

    - En el caso que un prestador no pueda cumplir con los tiempos mximos de espera, el paciente ser derivado a otro prestador por la Isapre.

    TIEMPOS MXIMOS DE ESPERA EN DAS CORRIDOS EN LOSPRESTADORES IDENTIFICADOS EN LA COBERTURA PREFERENTE

    (mientras sea mdicamente aconsejable)

    PRESTACIN N DIASConsulta Mdica 10 dasExmenes de Laboratorio 4 dasImagenologa 4 dasProcedimientos Diagnsticos y Teraputicos 5 dasIntervenciones Quirrgicas Programadas 9 das

    Precio BaseUF

    Precio Total PlanUF

  • TAG

    13B

    El tope general anual por bene ciario es nico y comprende todas las boni caciones otorgadas por la Isapre, tanto por libre eleccin y por oferta preferente, en el periodo anual de vigencia de bene cios. Alcanzado este tope general anual, se otorgar la cobertura mnima que establece la ley.

    n) Cuando se con gura una insu ciencia de alguno de los prestadores indicados en la oferta preferente, es decir que se encuentra imposibilitado de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la oferta preferente, el bene ciario o familiar deber solicitar a la Isapre la derivacin a algn prestador indicado en la columna Prestadores Derivados. En caso que este prestador corresponda a Vidaintegra, la derivacin se efectuar a un Vidaintegra de otra comuna, que tenga en esa opor-tunidad la capacidad tcnica y fsica correspondiente. La solicitud de derivacin podr realizarse en cualquier sucursal de la Isapre. El monto del copago, la cobertura y tope de boni cacin ser el que hubiese correspondido al bene ciario de haberse mantenido en el prestador preferente.

    o) La cobertura mnima del plan de salud para cada prestacin no podr ser inferior al 25% de la cobertura del plan para la prestacin genrica correspondiente y ser siempre la que resulte mayor entre sta y la cobertura Nivel 1 del Arancel Fonasa Libre Eleccin. En el evento, que la cobertura estipulada resultare inferior a la cobertura Fonasa antes indicada, la Isapre otorgar sta ltima de acuerdo al artculo 190 del Decreto con Fuerza de Ley N 1, de 2005, del Ministerio de Salud.

    p) La atencin dental proceder slo respecto de aquellas atenciones que se otorguen a travs de centros o profesionales en convenio con la Isapre. Este bene cio rige por medio de descuentos acordados entre la Isapre y dichos centros o profesionales en convenio. Se excluye de estos descuentos, los Pagos Asociados a Diagnstico (PAD).

    q) La Isapre otorgar cobertura internacional de acuerdo a los siguientes criterios:El a liado y los bene ciarios del contrato tendrn derecho a boni cacin por las prestaciones otorgadas en el extranjero. La cobertura internacional ambulatoria y hospitalizada rige por los porcentajes de boni cacin, topes y montos mximos usuario/ao indicados en la columna Libre Eleccin del Plan de Salud. Los tems que no tengan topes expresados en ella, tendrn un tope de boni cacin de un 90% del arancel de Clnica Dvila, con un tope nico y total en medicamentos y materiales clnicos de 100 UF anuales . Para requerir esta cobertura, el a liado deber atenerse a lo indicado en el artculo 10 letra b) de las Condiciones Generales del Contrato de Salud. La boni cacin correspondiente se pagar en moneda nacional al cambio o cial vigente de la moneda con que se efectu el pago, el ltimo da del mes anterior a la fecha de la prestacin. Con todo, el bene ciario deber requerir el reembolso de las prestaciones mdicas presentando los documentos originales legalizados traducidos al espaol, que identi quen y detallen las prestaciones mdicas y su valor cuya boni cacin se solicita y dentro del plazo de 180 das contados desde la fecha de facturacin, transcurrido dicho plazo la Isapre no estar obligada a otorgar bene cio alguno.

    r) Todos los medicamentos, materiales clnicos e insumos, incluidas las drogas antineoplsicas y los medicamentos para el tratamiento de la esclerosis mltiple, se boni carn nicamente en la medida que estn registrados por el Instituto de Salud Pblica (I.S.P.) con nes curativos (por lo que se exceptan, en consecuencia, los medicamentos con nes de investigacin y experimentacin).

    s) Los Pagos Asociados a Diagnstico (PAD) de Prestaciones Dentales slo tendrn boni cacin en modalidad de libre eleccin, sujeto a los mismos trminos, topes y condiciones aplicables bajo el arancel Fonasa modalidad libre eleccin, por lo que la cobertura se otorgar slo a los bene ciarios que tengan entre 12 aos y 17 aos 11 meses 29 das.

    (*) REAJUSTE DEL ARANCEL:El Arancel o catlogo valorizado de prestaciones se reajustar el primero de Abril de cada ao hasta en un 100% de la variacin experimentada por el ndice de Precios del Consumidor (IPC) entre el 1 de Enero y 31 de Diciembre del ao anterior, con un mnimo de 1% de la referida variacin. Para el caso que desaparezca o reemplace dicho ndice, se sustituir por el que la autoridad competente disponga en lugar de aqul.

    (**) CONDICIONES Y CARACTERSTICAS DE LA OFERTA PREFERENTE:Atencin de Urgencia y Traslado: Incorporadas en letras c), i) y l) de las Notas Explicativas del plan de salud, precedentes.Trmino o Modi cacin del Convenio: El trmino del convenio entre la Isapre y alguno de los prestadores preferentes o cualquier modi cacin que stos le introduz-can no afectar la oferta preferente con dicho prestador, hasta la anualidad que corresponda al cotizante.

    Trmino de la Existencia Legal del Prestador u Otros: Si durante la vigencia de este plan terminase la existencia legal de alguno o algunos de los prestadores prefe-rentes o experimentare una prdida total o parcial y permanente de su infraestructura o una paralizacin permanente de sus actividades, la Isapre comunicar por escrito dicho evento a cada uno de los cotizantes, junto con la o las alternativas de planes que dispone para ellos, o el o los nuevos prestadores preferentes, si procediere.

    Modi cacin de Contrato: En caso de que el A liado modi que su domicilio acreditando de que dicho cambio di culta signi cativamente el acceso de los bene ciarios al prestador individualizado en el plan, o si se produce una falta de otorgamiento de la atencin de salud al cotizante o bene ciario que se ha ceido a los procedimien-tos de acceso y derivacin de nidos, la Isapre deber ofrecer un nuevo plan si ste es requerido por el a liado fundamentndose en algunas de estas circunstancias. Dicha oferta deber contemplar, como mnimo, un plan de salud entre los en comercializacin, que tenga el precio que ms se ajuste al monto de la cotizacin legal que corresponda a la remuneracin del a liado al momento de modi carse el contrato.

    Segunda Opinin Mdica: Esta se podr obtener con otro profesional del mismo prestador preferente, un profesional de otro prestador preferente y, si no hubiera un prestador preferente distinto, con un profesional del o los prestadores derivados.

    Opiniones Mdicas Divergentes: Frente a divergencias entre las opiniones mdicas que se produzcan como consecuencia del ejercicio del derecho a solicitar una segunda opinin mdica, le asiste al cotizante y/o a los bene ciarios del plan de salud el derecho de requerir del Director Mdico o Jefe del Servicio del prestador indivi-dualizado en la oferta preferente del plan de Salud, en un plazo mximo de 30 das, un pronunciamiento escrito donde consten los fundamentos de la decisin adoptada y la identi cacin y rma de quien lo emita.

    NORMAS DE BONIFICACINOrden Mdica: Toda prestacin ambulatoria, excepto la consulta mdica y los anteojos para presbicia para mayores de 40 aos, requerir tanto para obtener el reem-bolso como la orden de atencin, acompaar la indicacin mdica que lo origin con su correspondiente diagnstico o hiptesis diagnstico.

    La cobertura del plan se determina sobre el valor factura o boleta, aplicando el porcentaje o el tope de boni cacin, cuando corresponda. Los topes de boni cacin se expresan en Unidades de Fomento o UF o en veces arancel. Los topes en UF indicados en las columnas Topes de Boni cacin y Montos Mximos Usuario/Ao, se calcularn de acuerdo al valor que tenga la UF el ltimo da del mes anterior a la fecha de la prestacin al igual que para el clculo de la cotizacin.

    Este Plan de Salud se rma en dos ejemplares, quedando uno en poder del a liado.

    FIRMA Y TIMBRE ISAPRE FIRMA DE AFILIADO Huella dactilar A liado