Tema 5 Racionalidad Social
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1. INTRODUCCIÓN: LA VIDA SOCIAL
Los temas anteriores nos han descubierto tres elementos esenciales de la
existencia humana: la cultura, como “segunda naturaleza” que nos permite superar la
vida puramente instintiva de los animales; la racionalidad, que desde la ciencia y la
filosofía amplían nuestros conocimientos y, consecuentemente nuestros horizontes
vitales; la libertad que dirige nuestras decisiones en la búsqueda de una vida digna y
feliz. Sin embargo estos tres elementos han de situarse dentro de lo que será el objeto
de este tema: la sociedad.
Las sociedades humanas son realidades complejas que no se pueden
entender como la simple suma de
individuos que actúan de manera
caótica. Las acciones individuales, por
tanto libres, están condicionadas por
nuestro aprendizaje social estableciendo
pautas de conducta previsibles. Por
ejemplo, si entramos en una clase
sabemos que el profesor ocupará un sitiodiferente del de los alumnos; si subimos en el autobús no nos sentaremos encima del
conductor; si nos encontramos con un amigo realizaremos un gesto de saludo que
deberá ser correspondido por el otro; si vamos a un concierto de rock, intentaremos
reproducir los gestos que realizan la multitud que nos acompaña y no nos pondremos
a hacer, por ejemplo, punto de cruz. En estas diferentes situaciones sociales no solo
hay personas relacionándose, hay personas que se relacionan siguiendo unas
reglas, unas pautas de conducta colectiva.
Ahora bien, ¿por qué nos comportamos de acuerdo a esas normas? La
complejidad de la vida social es el objetivo de investigación de las ciencias sociales
(antropología, economía, geografía, sociología…). No obstante estas ciencias por
causa del método científico solo pueden ofrecer una visión parcial de la complejidad
de las relaciones humanas. Desde la filosofía pretendemos realizar una comprensión
que sea lo más integradora posible de estos conocimientos.
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2. LAS NORMAS SOCIALES.
2.1. La necesidad de normas.
La vida en sociedad es una necesidad humana. Mediante nuestra relación con
los demás aprendemos las habilidades y conocimientos imprescindibles para
sobrevivir. Este aprendizaje incluye la adquisición de competencias sociales: los
conocimientos y aptitudes que nos permiten relacionarnos con los demás. Dentro de
estas competencias podemos incluir el lenguaje, las ideas y creencias comunes y las
normas de comportamiento social.
Las normas de comportamiento social o normas sociales son las pautas de
conducta previsibles de los individuos en sus relaciones sociales. Cuando una
sociedad establece estas pautas de acción está definiendo como tiene que ser la
conducta que se espera por parte de sus miembros tanto de manera individual como
colectiva.
Individualmente, las normas regulan la conducta estableciendo de forma
positiva o negativa como tienen que ser nuestro comportamiento. En sentido
positivo, recomiendan o promueven ciertas acciones (por ejemplo, “respeta a tus
semejantes”). En sentido negativo prohíben o limitan conductas consideradas
dañinas para el grupo (por ejemplo, “no debes matar” o “solo en defensa propia es
justificable la violencia”)
Colectivamente las normas sociales
favorecen la convivencia y la estabilidad de
nuestras vidas porque nos permiten establecer cuálesson los comportamientos que podemos esperar de los
demás miembros de la sociedad (determinan las
expectativas sociales como cuando prevemos cual
será el comportamiento de un profesor o de un ama de
casa). Y, por la misma razón previenen y solucionan
conflictos porque al regular los comportamientos
establecen cuales han de ser considerados “normales”
y cuales perturban el orden social (como cuando, por
ejemplo, gritamos y amenazamos a otras personas).
Al vivir en sociedad las normas llegan a formar parte de nuestra conducta
en todos los aspectos de nuestra vida. Incluso en los aspectos que creemos más
íntimos podemos encontrarnos normas como pueden ser, por ejemplo, la regulación
de nuestra conducta amorosa o el trato que tenemos con nuestros familiares. Están
tan presentes en nuestra vida diaria que muchas veces no nos damos cuenta que
existen. Por eso hay que distinguir entre distintos tipos de normas
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Normas implícitas. Son aquellas que no se formulan explícitamente ni
tienen que ser expuestas públicamente porque se da por supuesto que todo el
mundo las conoce. Son las reglas de trato social que establecen como son los
diferentes usos sociales: la forma de vestir, el protocolo social, la manera de hablar…
Normas explícitas. Son las que se formulan de
manera precisa y elaborada. Constituyen las llamadas
normas legales o leyes que componen el conjunto de
derechos y deberes de una sociedad. No surgen
espontáneamente como en el caso de los usos sociales sino
que se establecen por la autoridad política.
2.2. ¿Cómo se establecen las normas?
Sea de manera implícita o explícita para vivir en sociedad necesitamos normas
que regulen nuestro comportamiento y el de los demás. Pero la pregunta que siempre
nos hacemos al reflexionar sobre las normas es ¿Cómo se establecen? ¿Cómo se
decide que debemos saludar a los amigos o circular por la derecha o estudiar hasta
los dieciséis años?
Para establecer las normas los seres humanos tenemos básicamente dos
medios. Por un lado, tratar de imponer una decisión, una voluntad por encima de las
demás mediante el recurso a la fuerza, la violencia o la manipulación. Por otro lado,
podemos intentar convencer a los demás de que nuestra decisión es la más adecuada
mediante el recurso al diálogo, la racionalidad o la justicia. Evidentemente, la segunda opción sería la más deseable. Sin embargo, en
sociedad resulta muy difícil llegar a convencer a todo el mundo. De ahí que la manera
de establecer las normas sea una mezcla más o menos armoniosa de ambas
posibilidades a la que llamamos política. La política consiste en la acción mediante
la que imponemos unas normas de conducta al conjunto de la sociedad.
Se trata de una imposición, por lo que se puede interpretar que la política
depende solo de la fuerza. Sin embargo, si esta imposición no cuenta con el
convencimiento o el apoyo de la sociedad a la que pretende regular resultaría
imposible el mantenimiento continuado de las normas. Tarde o temprano la sociedad
se rebelaría contra aquellas normas que no contaran con el acuerdo de una parte
importante de la sociedad.
En cualquier caso, si las normas constituyen una parte importante de nuestra
conducta, la política como medio de establecimiento de las normas se ha entender
como una parte fundamental de nuestra vida social. Por eso, aunque la política se
nos presente como una actividad de la que nos queremos desentender ya que
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introduce en nuestra existencia un componente de conflicto y división , resulta
irresponsable desentendernos de ella. Es imprescindible, por tanto, si queremos
entender cómo se desarrolla nuestra vida social realizar una reflexión sobre en qué
consiste y cómo se desarrolla la actividad política.
3. LA POLÍTICA
3.1. El poder político
Como acabamos de ver, el objetivo de la política consiste en el establecimiento
de las normas que han de regular nuestra vida social. La capacidad para imponer a
los demás, ya sea por consenso o mediante la violencia, las normas que han de
cumplirse es lo que se conoce como poder.
Mediante el ejercicio del poder, los individuos establecen una relación en la
que uno de los elementos queda controlado, condicionado o determinado por elotro componente de la relación. Habitualmente pensamos que el poder político se
ejerce solo en la vida pública. Sin embargo, el ejercicio del poder se puede encontrar
en todos los ámbitos de nuestras relaciones sociales. Allí donde existe un grupo
humano se puede encontrar alguna forma de poder, pues donde hay más de una
voluntad, alguna tiende a imponerse a las otras. De esta forma podemos establecer
que, dependiendo del grupo humano en el que se ejerce podemos establecer
distintas formas de poder.
Grupos primarios. Son aquellos en que la unión
entre los miembros del grupo se establece por el afecto ola afinidad que existe entre sus miembros, como en una
familia o en un grupo de amigos.
En estos grupos el poder se ejerce como
influencia, es decir, la fuerza moral que tienen ciertos
individuos del grupo para establecer las normas de
conducta. Por ejemplo, hacemos caso a nuestros padres en la medida en que
sentimos cariño por ellos, o bien, los amigos nos hacen conocer y apreciar
determinado tipo de música o formas de vestir.
Grupos secundarios. En estos grupos las relaciones de sus miembros vienen
definidas por la consecución de unos objetivos, como ocurre, por ejemplo en un
aula o en una empresa. Conseguir los objetivos que el grupo se ha propuesto
determina las relaciones entre sus miembros y, aunque pueden existir relaciones de
afecto entre ellos no es imprescindible, incluso, en ocasiones, es una desventaja.
En estos grupos el poder es entendido como eficacia, la capacidad de hacer
que los miembros del grupo cumplan con su tarea para conseguir los objetivos.
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Así, por ejemplo, el profesor tiene poder en una clase
en la medida en que los alumnos sean capaces de
aprender la materia o un empresario manda sobre sus
empleados en la medida en que sus empleados
realicen su trabajo de forma satisfactoria y consigan
beneficios para la empresa.
3.2. La autoridad
Evidentemente, el poder no es solo capacidad
para influir o mandar sobre los demás. También tiene un componente de exigencia.
Por eso un elemento importante del ejercicio del poder consiste en la capacidad para
sancionar, es decir para premiar o castigar a aquellos que cumplan o incumplan las
órdenes.
En este sentido el poder es fácil de entender porque se ejerce para conseguir
un premio o evitar el castigo. Sin embargo, en la mayoría de las ocasiones el poder de
establecer las normas es aceptado de buena gana por parte del individuo, sin sentirse
amenazados o coaccionados de ninguna manera.
Cuando esto ocurre se considera que quien ejerce
el poder además de capacidad de mando tiene
autoridad
Tener autoridad es tener derecho ejercer
el poder. Alguien que tiene autoridad consigue quelo obedezcan porque reconocen la capacidad que
tiene para ejercer el mando. Por ejemplo, si un
atracador nos obliga a darle su dinero
amenazándonos con una pistola, probablemente le
obedeceremos pero sabemos que está realizando un uso ilegítimo del poder; en
cambio cuando el estado nos obliga a pagar impuestos lo haremos sabiendo que está
justificado, es decir, está de acuerdo a las leyes. Por tanto, podemos decir que la
autoridad consiste en ejercer el poder de manera legítima.
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3.3. Formas de legitimación del poder
Prácticamente todos los que ejercen el poder reconocen la necesidad de
justificarlo, es decir, de legitimarlo. Es una simple cuestión de eficacia: las normas se
cumplen de manera más efectiva si cuentan con el apoyo de aquellos que tienen que
cumplirlas. Lo que varía son las razones que se emplean para establecer esa
autoridad. Según el sociólogo Max Weber son básicamente tres las formas en que se
ha legitimado el ejercicio del poder
Tradición.Es propio de monarquías e imperios en el que determinadas familias
detentan el poder basando en el cumplimiento de las costumbres y tradiciones. Su
justificación se establece en que el poder es algo que solo está reservado a los
elegidos por la herencia o por la gracia divina.
Carisma. El ejercicio del poder es un derecho que le corresponde a ciertas
personas porque tienen un don o una capacidad que les
hace ser mejores que los demás. Es una justificación similar
a la anterior pero se diferencia en que este don no es
hereditario sino una capacidad natural. El que estas
personas tengan o no esa capacidad de mandar es
secundario, lo importante es que quienes les obedezcan
perciban que es así. Es decir, el poder carismático depende
de las emociones o sentimientos que suscitan entre
quienes ejerce su influencia, como ocurre con líderes
revolucionarios como Mussolini o Fidel Castro.Racionalidad. El poder se legitima por el recuso a la ley. La ley, a su vez el
fruto de un convenio o acuerdo racionalmente aceptado por aquellos a quienes
gobierna. En este caso el poder al ser fruto de un acuerdo requiere diálogo
razonamiento. Por eso las decisiones que se toman son decisiones colectivas: es,
entonces una solución democrática.
No obstante, en la práctica los poderes democráticas no siempre se ejercen
mediante el recuso al diálogo y al acuerdo sino que en muchas ocasiones se establece
en una combinación con las otras formas de autoridad. Por ejemplo, España es una
sociedad democrática en la que la máxima autoridad del Estado es el rey que recibe
su poder por vía hereditaria; por otro lado a los líderes democráticos para que
alcancen el poder tienen que hacer sentir mediante las campañas políticas que son los
que merecen mayor confianza para ostentar el mando. Ahora bien, aunque el
democrático no es un sistema perfecto es que se presenta como el más racional y
eficaz.
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3.4. La democracia
La democracia, se entiende como la posibilidad de tomar decisiones
colectivas por parte de todos los miembros del grupo o la
sociedad. La idea de que las decisiones pueden tomarse de
manera colectiva se fundamenta en dos principios: la
libertad y la igualdad de todos los ciudadanos. Así, por una
parte, para que la decisión sea colectiva se debe establecer
que todos los miembros del grupo social son capaces de
decidir por sí mismos, es decir, son libres. Y, por otra, se
considera que para llegar a un acuerdo todas las opiniones
han de tener el mismo valor en los asuntos públicos, es
decir, son considerados como iguales.
Al aplicar estos dos principios de forma estricta (todos tenemos el mismo valor
y capacidad para tomar decisiones) se establece una democracia directa. En este
caso quienes tienen que decidir forman parte de una asamblea en la que cualquiera
puede participar para expresar su opinión y legitimar con su voto las decisiones que
tome la mayoría. Este sería el sistema democrático más puro pero también el que
más dificultades conlleva: solo se podría aplicar en grupos reducidos en los que se
puede garantizar que todos los que participan han podido intervenir y emitido su voto
de manera consciente sin ningún tipo de fraude o manipulación.
Para evitar este y otros problemas de las democracias directas, las
democracias en la actualidad han derivado hasta convertirse en democraciasrepresentativas. En este caso los que toman las decisiones (hacen las normas y
toman las decisiones) no es la ciudadanía directamente sino sus representantes. Estos
representantes, menores en número, resuelven los problemas ciudadanos en
asambleas con un número significativo de miembros que se conocen como
parlamentos.
Las democracias representativas aún conservan algunos procedimientos de
decisión directa de los ciudadanos como los referéndums, en el que se decide
mediante el voto sobre algún asunto de especial importancia (por ejemplo, el
referéndum sobre la constitución en España) y el jurado popular por el que
ciudadanos escogidos al azar participan en la administración de justicia.
Sin embargo, la mayor parte de las decisiones se toman por parte de los
representantes escogidos. El problema es que los elegidos para el parlamento
pueden tomar decisiones que no interesan o que pueden ir en contra de los
intereses del pueblo al que representan. Por esto motivo las democracias
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representativas se tienen que organizar estableciendo las siguientes garantías
ciudadanas:
Sufragio universal. Para preservar el principio de igualdad de la democracia
se debe garantizar que todas las personas adultas, independientemente de su
situación económica, sexo o condición social tienen derecho a elegir con su
voto o ser elegidos.
Sistema de partidos. Es otra consecuencia del principio de igualdad. Tiene
que existir en democracia una diversidad de opciones para elegir, es decir, un
pluralismo político. Se garantiza así que todas las opiniones aunque sean
minoritarias estén
representadas.
Derechos
fundamentales. La
libertad de la
democracia exige que
se establezca cuando
y como los individuos
pueden decidir sobre
asuntos que afectan a
su vida personal o colectiva. Se establece así una carta de derechos en los
que se reconoce, entre otros, la libertad de asociación, de residencia, a la
intimidad… y especialmente el derecho a la libertad de expresión por el que se
pueden emitir públicamente todas las opiniones que se cran convenientes
aunque estas vayan en contra del gobierno o del sistema.
4. EL ESTADO
4.1. Definición y características
Las sociedades son grupos secundarios. Están formadas por individuos que se
unen y organizan para conseguir objetivos comunes. Para conseguir esos objetivos
seleccionas de entre sus miembros a aquellos que aseguran establecer la
organización más eficiente para obtener esos objetivos. Ahora bien, históricamente,las sociedades humanas que se han distinguido por su eficacia son aquellas en las
que la organización ha mantenido una cierta estabilidad. Se han constituido así los
estados: organizaciones eficientes bajo la autoridad de un poder estable.
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Los estados existen desde las
primeras civilizaciones humanas. A lo
largo de este tiempo, hasta llegar a los
estados modernos han ido adquiriendo
las siguientes características:
Poder territorial. Todos los
estados señalan el territorio sobre el
que ejercen su poder. Este territorio lo
habita una población que comparten
rasgos comunes (tradiciones, lengua,
historia…) al que denominamos nación.
El poder del estado es, por tanto, un
poder nacional y se extiende por todo
el territorio que delimitan sus fronteras. Dentro de los márgenes que estas señalan,
nada ni nadie escapa a su poder: cualquier persona u organización está
automáticamente sometida a sus normas. Así, por ejemplo, si un extranjero visita el
estado español estará sometido durante su estancia a la legislación nacional y puede
ser castigado si no la cumple
Soberanía. En el territorio no puede existir un individuo, grupo o institución
cuyo poder sea superior al del Estado. Este poder superior es lo que se conoce como
soberanía. . Los individuos y grupos dentro de esa comunidad (empresas, partidos
políticos, O.N.G.´s…) han de funcionar de acuerdo a lo que se ha establecidoestatalmente, de lo contrario pueden ser sancionadas o anuladas.
Ahora bien, en la actualidad, esta concepción de soberanía del estado como
poder superior posiblemente necesite una redefinición. La importancia y relieve que
están adquiriendo las organizaciones supraestatales (UE, ONU, OTAN…)
cuestionan el que los estados puedan y deban regirse con independencia de las
decisiones que se toman en esos organismos.
Funciones. Los estados, para ser eficientes deben organizar las sociedades
para que se cumplan al menos tres objetivos fundamentales
La promoción del bien común. Todos los individuos y grupos tienen objetivos
propios que quieren imponer al resto de la sociedad. Para evitar el consiguiente
conflicto el estado tienen que intervenir estableciendo aquellos objetivos
que sean de interés general. La construcción de obras públicas, la protección
del medio ambiente, la ayuda a los más desfavorecidos, la educación… son
algunos de los objetivos generales que hacen necesaria la existencia de un
poder político estable que no se deje llevar por los intereses particulares.
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El mantenimiento del orden. Todos los
estados tienen que proteger a los
miembros de la sociedad de las amenazas
interiores y exteriores. Así, internamente,
debe hacer que se cumplan las leyes para
garantizar el orden y la paz social.
Externamente, debe proteger a los
ciudadanos de los peligros extranjeros
mediante las relaciones internacionales y la
fuerza militar. Para asegurar el orden y la
defensa el estado ha de tener el monopolio
de la fuerza y la violencia. Solo las instituciones estatales pueden ejercer la
violencia de manera legítima.
Garantizar la legalidad. Los estados no solo deben establecer las normas sino
hacer que estas normas que organizan las relaciones entre las personas se
cumplan. Solo mediante el cumplimiento de las leyes, especialmente las
que se refieren a los derechos individuales y colectivos se puede defender a
los miembros de la sociedad de cualquier abuso de poder.
4.2. La justificación del Estado
Las tres funciones fundamentales asignadas al estado muchas veces
entran en conflicto. Por ejemplo, el mantenimiento del orden y la seguridad puede
obligar al estado a practicar intromisiones en la vida privada de los individuos
considerado sospechosos o la libertad de expresión puede perjudicar a la seguridad o
a los intereses generales del estado. En cualquier caso, la realización eficaz de
estas funciones puede hacer caer al estado en contradicciones y conflictos
algunas veces tan graves que han llevado a plantear si realmente es necesario un
poder como el estatal. Al tratar de contestar esta pregunta en la filosofía del derecho
y la política se han elaborado tres respuestas básicas.
El estado es necesario porque es la forma natural de organización de los
seres humanos. Esta idea se basa en el siguiente argumento: los sereshumanos necesitamos, por naturaleza, vivir dentro de una sociedad y la
sociedad no puede organizarse sin que exista un poder estable que la organice
adecuadamente; por tanto, el poder estatal es un hecho natural. Por
supuesto, si el estado es un hecho natural, es igualmente natural que unos
individuos tengan la capacidad natural para gobernar a los demás ya sea
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por nacimiento o por designación divina. Por ser algo natural no está en las
manos humanas la posibilidad de corregirlo o modificarlo.
El estado no es necesario. Esta postura ha sido defendida por el movimiento
político conocido como anarquismo. Para los anarquistas los estados no solo
no son necesarios sino indeseables. La historia, argumentan, nos ofrece
abundantes pruebas de que los estados han sido instrumentos de opresión
en manos de los poderosos. Por la existencia de los estados se han generado
los peores males de la humanidad: ambición, odio, abusos, esclavitud,
guerras… que solo se acabarán si se elimina el
dominio del poder supremo constituido por los
estados. Para los anarquistas, la sociedad ha de
tomar decisiones sobre el bien común, la legalidad
o la seguridad pero no es necesario que el podersea ejercido de una manera estable sino que
puede y debe ser compartido por todos los
miembros de la sociedad por igual.
El estado es un contrato social. Según estas teorías los estados son
necesarios pero no son hechos natrales. Las leyes, las instituciones y los
órganos de poder son creaciones humanas, no son naturales y, por tanto,
pueden ser organizadas, desechadas o modificadas. Para hacerlo los
miembros de la sociedad de manera consciente y libre han de establecer
un pacto o contrato que solucione los problemas a los que se enfrenten.
4.3. Modelos de Estado
Las ideas naturalistas y contractualistas han predominado en la fundación de
los estados. Y estas ideas se han concretado en las diversas formas de
organización que se han desarrollado históricamente. Han sido muchas las formas en
que los estados se han organizado aunque, en síntesis, podemos resumirlas en las
siguientes
A. Estado autoritario
Parte de la idea de que el estado, como la sociedad es un hecho natural. Se
caracteriza por el hecho de que su autoridad esabsoluta, es decir, no está sometida a ningún tipo de
control ni disputa. No reconoce, por tanto, que exista
ningún individuo, grupo o institución que,
legítimamente, pueda criticarse, oponerse o controlarlo.
En consecuencia, el estado tiene el monopolio de la
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autoridad y los individuos no pueden intervenir en los asuntos de estado: no pueden
elegir a sus gobernantes, no pueden expresar su disconformidad, no existen garantías
que puedan controlar los abusos de poder… En definitiva, los individuos que están
sometidos al poder del estado son considerados súbditos y sus derechos
dependerán de lo que cada estado o gobernante crea necesario
Podemos distinguir dos tipos de estado autoritario
Estado absolutista.
En este caso el poder soberano del estado se identifica con
un individuo o una casta dominante. Las personas que
detentan el poder no están elegidas por sus súbditos ni tienen
forma de oponerse. De esta manera su poder es
prácticamente ilimitado y no está sujeto a ningún tipo de
restricciones dentro de las fronteras de su dominio.
Su acción de gobierno se justifica desde el paternalismo en
el que el soberano absolutista se considera un padre para sus
súbditos a los cuales considera incapaces de gobernarse por sí mismos.
Estados totalitarios.
En estos casos los estados y sus gobiernos no solamente se consideran
necesarios sino que su mantenimiento se impone por encima de cualquier
otro valor. El propósito es mantener en el poder a una casta dominante que
encarnaría todos los valores del estado.
Para que los ciudadanos sacrifiquen su libertad por la defensa del estado tiene
que haber una total identificación entre los intereses de la casta gobernante y
los gobernados. Por este motivo los estados totalitarios buscan la uniformidad
social en el que cualquier diferencia es vista como una amenaza a la
estabilidad. Para conseguir esa uniformidad se limitan drásticamente los
derechos y se ejerce el control sobre todos los aspectos de la vida social
y personal: los medios de comunicación, la educación, la educación, las
creencias religiosas, la familia… son vigilados por el estado para evitar
cualquier oposición al poder del estado.
B. Estado de derecho
A diferencia de lo que ocurre en el Estado autoritario, en un Estado de derecho
la autoridad estatal está sometida al dominio de la ley. Este “imperio de la ley” se
concreta en dos características concretas
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La constitución: es la ley máxima que regula y
estructura el funcionamiento de un Estado de derecho. Por
ello, podemos afirmar que los Estados de derecho son Estados
constitucionales. La Constitución es un documento en el que se
fijan por escrito las normas generales, los órganos y
procedimientos para el ejercicio del poder y la relación que
estos órganos tienen con los individuos y sus derechos. Es, en
definitiva, un texto en el que se recogen los principios
fundamentales en los que se basa el Estado. Entre otros
casos, señala de forma explícita los derechos individuales y colectivos que
deben ser protegidos.
El poder político, por tanto, no puede ejercerse arbitrariamente, sino que
debe realizarse dentro de los límites del ordenamiento legal. Esto significa que
las personas que ostentan los cargos estatales e intervienen directamente en
las decisiones de estado no pueden hacer lo que se les antoje, sino que han de
tomar sus decisiones dentro de lo que marca la ley. El objetivo es proteger
los derechos individuales frente a los abusos que pueda cometer el
propio Estado.
División de poderes: uno de los elementos que debe recoger la constitución
es una división entre los distintos poderes del Estado. Ideado por el filósofo
francés Montesquieu, la división de poderes garantiza que en un estado de
derecho no se puedan cometer abusos de poder. El mecanismo para
hacerlo consiste en hacer recaer los tres tipos de
poder que posee (legislativo, ejecutivo y judicial)
en instituciones distintas e independientes.
El poder legislativo elabora las leyes y
controla que el ejecutiva actúa conforme a
estas leyes
El poder ejecutivo aplica las leyes y dirige
la administración y defensa del Estado.
El poder judicial sanciona elincumplimiento de las leyes y vigila que los
anteriores poderes se ejerzan dentro de la
constitución
De esta forma, se imposibilita la aparición de un poder demasiado
unitario y global que no encuentre límites a su dominio de tal manera que se
protegen los derechos individuales al evitar que mediante la coacción, la
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violencia o cualquier forma de abuso un grupo se imponga ilegalmente por
encima de la ley.
C. Estado social de derecho
Esta forma de Estado, se basa en la convicción de que el reconocimiento legal
de las libertades individuales es indispensable, pero insuficiente. Para que el Estado
sea justo y satisfactorio para sus ciudadanos, no solo debe ajustarse al derecho, sino
que también debe subsanar las deficiencias y desigualdades que genera el propio
sistema.
Por influencia de los movimientos socialistas del siglo XIX, se reconoce que,
para hacer efectivas muchas de las libertades individuales, es preciso asegurar
también una mínima igualdad social entre los ciudadanos. No es suficiente con que
todos seamos iguales ante la ley, pues las libertades fundamentales (de expresión, de
profesión, de asociación) pueden quedarse en puras formalidades si no se asegura
una igualdad mínima de vida. Por esta razón, el Estado debe intervenir
directamente en la consecución de derechos como el derecho a una vivienda y a
un trabajo digno, a una buena educación y a una atención sanitaria adecuada.
La función principal del Estado ya no se reduce, por tanto, a proteger y velar
por los derechos individuales, sino que se le reconoce, además, una labor fundamental
en el ámbito social. Así, pues, se entiende que entre sus funciones esta tambiénpromover el bienestar material y la seguridad económica de sus ciudadanos. En
concreto, se consideran responsabilidad suya: la organización de la sanidad y la
educación gratuitas, la protección a la vejez, la constitución de servicios personales y
sociales para hacerse cargo de los sectores menos favorecidos y la creación de
seguros de desempleo. El Estado se ha convertido en las sociedades democráticas en
un Estado del bienestar.
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5. LA JUSTICIA
Ya hemos visto que solo en el seno de una sociedad parece posible desarrollar
nuestras capacidades. Ahora bien, solo una sociedad justa puede garantizar la
máxima felicidad para el mayor número de personas. Por esta razón, analizaremos en
este apartado el concepto de justicia y todo aquello que contribuye a hacer justas las
instituciones y las normas sociales, es decir, reflexionaremos acerca de la legitimidad
de las leyes.
1.1. Concepto de justicia.
EI concepto de justicia, además de ser uno de los que mayor interés ha
suscitado, es, también, uno de los más complejos. Esta complejidad se debe a los
varios usos que tiene. Veamos dos de ellos:
Justicia como conjunto de órganos judiciales. En este caso, justicia se
refiere a todas las instituciones, profesionales y
pautas de actuación encargados de hacer efectivo
el ordenamiento legal de un Estado. Así, usamos
este termino cuando, por ejemplo, amenazamos a
alguien con «ya te las veras con la justicia» o cuando
nos lamentamos de que «en este país la justicia es
lenta y mala». En estos dos casos, justicia se usa como
término general que agrupa a tribunales, jueces,
magistrados, leyes, procedimientos, juicios,
apelaciones..., es decir, todos aquellos elementos
encargados de aplicar y hacer respetar el Derecho y el
orden establecido por él.
Justicia como cualidad atribuible a personas,
acciones y normas. En este sentido, decimos cosas como: «este profesor es
justo» o «esta empresa es justa con sus trabajadores, les paga lo que
determina la ley», o también, «la pena de muerte es injusta porque viola el
derecho a la vida». En estos tres ejemplos, la justicia no se refiere al conjunto
de órganos jurídicos de un Estado, sino a un requisito que deben cumplir el
profesor, la empresa o una determinada ley. Sin embargo, en estos tres casos
esta cualidad es interpretada o entendida de distinta manera, pues los tres
ejemplos reflejan tres modos distintos de concebir la justicia:
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o Legalidad: algo es justo cuando está de acuerdo con las leyes o el
derecho. En este caso justicia equivale sometimiento al derecho
positivo. Por ejemplo: una empresa es justa si respeta las leyes y no
las incumple
o Equidad e imparcialidad: se considera que algo es justo cuando
responde a una actitud imparcial e igualitaria, tanto en el trato de las
personas como en el reparto de bienes. Por ejemplo, el profesor es
justo si es imparcial (no privilegia a los alumnos) y si es equitativo (trata
a todos los alumnos por igual)
o Ética: algo es justo cuando resulta acorde a los principios o valores
éticos. En este sentido hablamos de justicia, en sentido moral, como
respeto a los valores morales. Por ejemplo: la reclusión de una persona
es justa si respeta los derechos humanos de esa persona y no se la
somete a vejaciones o torturas
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