Tema 1 la crisis del antiguo régimen
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TEMA 1: LA CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN (1788-1833)
Carmen Tejera
Escuela de Arte de Algeciras
Eugenio Álvarez Dumont: Malasaña y
su hija (Museo Municipal, Madrid)
Esquema
1. El reinado de Carlos IV y la crisis del Antiguo Régimen
1.1. Reinado de Carlos IV (1788-1808)1.1.1. Impacto de la Revolución Francesa
1.1.2. Guerra contra Francia
1.1.3. Alianza con Francia
1.2. La crisis del Antiguo Régimen
2. La Guerra de la Independencia (1808-1814)2.1. Precedentes2.2. Inicios2.3. Fases de la guerra2.4. Consecuencias
3. Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812 (1810-1814)
3.1. Reunión
3.2. Componentes
Reformas3.3. Reformas
4. Reinado de Fernando VII (1814-1833)
4.1. El sexenio absolutista
4.2. El trienio liberal
4.3. La década ominosa
4.4. La emancipación de las colonias americanas
1. El reinado de Carlos IV y la crisis del Antiguo Régimen (1788 -1808)
1.1. Reinado de Carlos IV (1788-1808)
� Carlos IV
Goya: La familia de Carlos IV (Museo
del Prado)
Vídeo: La familia de Carlos IV
http://www.youtube.com/watch?v=tAJ6JWhzUn8&
feature=fvsr
1.1. Reinado de Carlos IV (1788-1808)
� Carlos IV
Dª Mª Josefa
Goya
Infanta Mª Isabel
Reina Mª Luisa
Carlos IV
Don Antonio
Dª Carlota Joaquina
D. Luis de Parma
Carlos Luis
Goya
Carlos Mª Isidro
Infanta Mª Luisa
Futura esposa de Fernando
Fernando
Infante Francisco de Paula
Árbol genealógico de Los Borbones
Alianza con Francia ���� Pactos de familia (hasta 1793)• Revolución francesa (1789)• Pánico de Floridablanca ���� Cordón sanitario
1.1. Reinado de Carlos IV (1788-1808)
Guerra contra Francia ���� Guerra contra la Convención (1793-1795)• Invasión francesa ���� Norte del Ebro • Paz de Basilea (1795) ���� pérdida de Santo Domingo
Alianza con Francia ���� 1º y 2º Tratado de San Ildefonso (1796 -1808)• Guerra contra Inglaterra ���� Batalla de Trafalgar
(1805)
� Conde de Floridablanca� Carlos III (1759-1788)
1.1. Reinado de Carlos IV (1788-1808)
Goya: Carlos III cazador
Goya: José Moñino,
conde de Floridablanca
1.1.1. Impacto de la Revolución Francesa
Informe de 1791
El incendio de Francia va creciendo y puedepropagarse como la peste, hallando dispuesta la materiaen los pueblos de la frontera […] La necesidad de formarun cordón contra esta peste estrecha más y más cada día,y es preciso arrimar a ciertos puntos de la Raya, todas lastropas posibles en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya,tropas posibles en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya,reinos de Navarra y Aragón y principado de Cataluña […]El mando principal del cordón deberá estar a cargo de loscapitanes generales […] El pretexto legítimo para estecordón será, sin entrar a nombrar nada de lo que toque ala Revolución Francesa y su nueva Constitución, divulgardesde luego los avisos y temores que tenemos de que losmalhechores franceses y los que se les hayan unido de losnuestros meditan pasar la Raya y venir a robar, saquear ymaltratar a las gentes de nuestros pueblos.
Floridablanca
1.1.1. Impacto de la Revolución Francesa
� Manuel Godoy� Conde de Aranda
José María Galván: Retrato del conde de Aranda
Antonio Carnicero: Retrato de Manuel Godoy
Directorio (1795-1799)
Convención (1792-1795)Convención Girandina (1792-1793) ���� abolición
de la monarquía y ejecución de Luis XVI. Proclamación de la República
Convención Jacobina (1792-1794) ���� el terror Convención Thermidor (1794-1795) ���� terror blanco
Orígenes (1789-1792)
Estados Generales ���� Voto por estamento/ individuo
Asamblea Nacional ���� Juramento del Juego de Pelota
Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789)
Constitución de 1791 ���� Monarquía Constitucional
Imperio (1804-1815)
Gran Imperio Napoleónico (1804-1812) Final del Imperio (1812-1814) Los Cien Días ���� Derrota de Waterloo (Bélgica, 1815)
Consulado (1799-1804)
Napoleón ���� 1º Cónsul (1799-1802) Napoleón ���� Cónsul vitalicio (1802-1804)
República conservadora Gran Nación Napoleón ���� Golpe de Estado del 18 brumario (1799)
1.1.2. Guerra contra Francia � Guerra de la Convención (1792-1795)
� Ejecución de Luis XVI
� Mapa de la Guerra de la Convención
� Paz de Basilea (1795)
1.1.2. Guerra contra Francia � Guerra de la Convención (1792-1795)
LA GUERRA DE LA CONVENCIÓN (1739-1795)
Territorios ocupados por los españoles
Territorios ocupados por los franceses
Ofensiva española (1793)
Contraofensiva francesa (1794-1795)
Primer Tratado de San Ildefonso (1796)
Su Majestad Católica el rey de España y el Directorio Executivo de la Republica Francesa, animados del deseo de estrechar los lazos de amistad y buena inteligencia que restableció felizmente entre España y Francia el Tratado de Paz concluido en Basilea el 22 de julio de l795 (4 termidor año III de la República), han resuelto hacer un Tratado de Alianza ofensiva y defensiva, comprehensivo de todo lo que interesa a las ventajas y defensa común de las dos naciones y han encargado esta negociación importante, y dado sus plenos poderes para ella, a saber: S.M. Católica, el Rey de España al excelentísimo Señor D. Manuel Godoy y Álvarez de Faria, Ríos Sánchez, Zarzosa; Príncipe de la Paz; Duque de Alcudia, etc... y el Directorio Executivo de la República Príncipe de la Paz; Duque de Alcudia, etc... y el Directorio Executivo de la República Francesa al Ciudadano Domingo Catalina Perignon, su embajador cerca de S.M. Católica el Rey de España:
Artículo primero : Habrá perpetuamente una Alianza ofensiva y defensiva, entre su Majestad Católica el Rey de España y la República Francesa.
Artículo segundo : Las dos Potencias Contratantes se garantizarán mutuamente sin reserva ni excepción alguna, y en la forma más auténtica y absoluta, todos los Estados, territorios, islas y plazas que poseen y poseerán recíprocamente y si una de las dos en lo sucesivo se viese amenazada o atacada bajo cualquier pretexto que sea, la otra promete, se empeña y obliga a auxiliarla con sus buenos oficios, y a socorrerla, según se estipula en los Artículos siguientes.
Artículo decimoctavo : Siendo la Inglaterra la única Potencia de quien la España ha recibido agravios directos, la presente Alianza sólo tendrá efecto contra ella en la guerra actual, y la España permanecerá neutral respecto a las demás Potencias que estén en guerra con la República.
� Jovellanos � Urquijo
1.1.3. Alianza con Francia
� Saavedra
Goya: Retrato de Baltasar Melchor Gaspar de Jovellanos
Goya: Retrato de Mariano Luis de Urquijo
Goya: Retrato de Francisco de Saavedra
� Secretarios de Estado
1.1.3. Alianza con Francia
Floridablanca(1788-1792)
Aranda(Febrero-noviembre
1792)
Godoy (1792-1797)
Saavedra(1798)
Urquijo(1799-1800
� Napoleón � Golpe del 18 Brumario (1799)
1.1.3. Alianza con Francia
� Godoy � Generalísimo
2º Tratado de San Ildefonso (1800)
David: Napoleón cruzando los Alpes por el gran San Bernardo
Goya: Retrato de Manuel Godoy
� Guerra de las Naranjas (1801)
1.1.3. Alianza con Francia
Goya: Godoy en la Guerra de las Naranjas
� Batalla de Trafalgar (1805)
1.1.3. Alianza con Francia
� Batalla de Trafalgar (1805)
1.1.3. Alianza con Francia
Vídeo: La batalla de Trafalgarhttp://www.youtube.com/watch?v=3fcKfyER5jo
� Batalla de Trafalgar (1805)
1.1.3. Alianza con Francia
Cosme de Churruca
Panteón de los Marinos
Ilustres (San Fernando,
Cádiz)
Federico Gravina
Dionisio Alcalá
GalianoEugenio Álvarez Dumont: Muerte de Churruca
� Batalla de Trafalgar � Nelson
1.1.3. Alianza con Francia
Trafalgar Square(Londres)
Estatua de Nelson en Trafalgar Square
(Londres)
Horacio Nelson
Arthur William Devis: Momento de la muerte de Nelson a bordo del Victory
� Partido fernandino � Conjura de El Escorial
1.1.3. Alianza con Francia
Juan EscóiquizFernando VII
Palacio de El Escorial (Madrid)
1.2. La crisis del Antiguo Régimen
Independencia de Estados
Unidos (1776-1783)
Revolución francesa
Revolución española
Emancipación de las colonias
Revolución de 1820
Revolución de 1830
Revolución de 1848
Revolución francesa
(1789)
Emancipación de las colonias
hispanoamericanas
Revolución de 1830
Guerra de la Independencia
(1808-1814)
Trienio liberal (1820-1823)
Reinado de Isabel II (1833-1868)
ECONOMÍA
SOCIEDAD
ANTIGUO RÉGIMEN
Agricultura ���� señoríosArtesanía ���� gremiosComercio ���� monopolio
Estamental ���� nobleza, clero y estado llano
NUEVO RÉGIMEN
Agricultura ����
desamortizaciónLibertad de producción y comercioSistema capitalista
Clases sociales ���� burguesía y proletariadoSOCIEDAD
POLÍTICA
Estamental ���� nobleza, clero y estado llanoSurgimiento de la burguesía
Monarquía absoluta:- Derecho divino- Unidad de poder- Censura ���� inquisición- Arbitrariedad- ValidoDespotismo ilustrado
y proletariadoDesaparición de los privilegios
Liberalismo :- Sufragio censitario ����
burguesía- Libertades y derechos- Imperio de la ley- Partidos políticos
2. La Guerra de la Independencia
2.1. Precedentes
Tratado de Fontainebleau (octubre de 1807)
Alianza con Francia Invasión de Portugal ���� reparto Permiso para cruzar España ����
invasión francesa
Abdicaciones de Bayona (mayo de 1808)
Napoleón ���� árbitro Carlos IV abdica en Napoleón
Fernando VII ���� abdica en Carlos IV
Napoleón proclama rey a su hermano José I
Motín de Aranjuez (marzo de1808)
Partido fernandino Renuncia de Carlos IV y destitución de Godoy Fernando VII se proclama rey
Tratado de Fontainebleau (27-octubre-1807)
Art. 1. La provincia de Entre-Duero y Miño con la ciudad de Oporto se dará en toda propiedady soberanía de S.M. el rey de Etruria con el título de Rey de la Lusitania Septentrional.
Art.2. La provincia de Alentejo y el reino de los Algarbes, se darán en toda propiedad ysoberanía al Príncipe de la Paz, para que las disfrute con el título de Príncipe de los Algarbes.
Art. 3. Las provincias de Beira, Tras-los-Montes y Extremadura portuguesa quedarán endepósito hasta la paz general, para disponer de ellas según las circunstancias y conforme a lodepósito hasta la paz general, para disponer de ellas según las circunstancias y conforme a loque se convenga entre las dos altas partes contratantes.
Art. 11. S.M. el emperador de los franceses sale garante a S.M. el rey de España de laposesión de sus estados del continente de Europa situados a mediodía de los Pirineos.
Convención secreta anexaArt. I. Un cuerpo de tropas imperiales francesas de veinte y cinco mil hombres de infantería, y
de tres mil hombres de caballería entrará en España y marchará en derechura a Lisboa: sereunirá a este cuerpo otro de ocho mil hombres de infantería y de tres mil de caballería detropas españolas con treinta piezas de artillería.Art.III. Las tropas francesas serán alimentadas y mantenidas por la España, y sus sueldos
pagados por la Francia durante todo el tiempo de su tránsito por España.
Fontainebleau, a 27de octubre de 1807. Duroc-Izquierdo
2.1. Precedentes
� Motín de Aranjuez
2.1. Precedentes
� Motín de Aranjuez
Goya: Retrato de Fernando VIIDetención de Godoy
2.1. Precedentes
� Abdicaciones de Bayona
Carlos IV abdica en Napoleón
Gerard: Retrato de José I Bonaparte
Fernando VII abdica en Carlos
IV
Napoleón abdica en José I
2.1. Precedentes
José I Bonaparte
Abdicaciones de Bayona (5 mayo1808)
De Fernando VII en Carlos IV.Mi venerado padre y señor: Para dar a Vuestra Majestad una prueba de mi amor, de miobediencia y de mi sumisión, y para acceder a los deseos que Vuestra Majestad me hamanifestado reiteradas veces, renuncio mi corona en favor de Vuestra Majestad,deseando que Vuestra Majestad pueda gozarla por muchos años. Recomiendo aVuestra Majestad las personas que me han servido desde el 19 de marzo.De Carlos IV en Napoleón Bonaparte.Su Majestad el rey Carlos, que no ha tenido en toda su vida otra mira que la felicidad deSu Majestad el rey Carlos, que no ha tenido en toda su vida otra mira que la felicidad desus vasallos, constante en la idea de que todos los actos de un soberano debenúnicamente dirigirse a este fin [...] ha resuelto ceder, como cede por el presente, todossus derechos al trono de España y de las Indias a Su Majestad el emperador Napoleón,como el único que, en el estado a que han llegado las cosas, puede restablecer elorden; entendiéndose que dicha cesión sólo ha de tener efecto para hacer gozar a susvasallos de las condiciones siguientes:1º. La integridad del reino será mantenida: el príncipe que el emperador Napoleónjuzgue debe colocar en el trono de España será independiente y los límites de laEspaña no sufrirán alteración alguna.2º. La religión católica, apostólica y romana será la única en España. No se tolerará ensu territorio religión alguna reformada y mucho menos infiel, según el uso establecidoactualmente.
2.2. Inicios
� Levantamiento del 2 de mayo
¡Que nos lo llevan!
Murat, gran duque de Berg
Goya: Infante Francisco de Paula
2.2. Inicios
� Levantamiento del 2 de mayo
Palacio Real (Madrid)
2.2. Inicios
� Levantamiento del 2 de mayo � levantamiento popular
Eugenio Álvarez Dumont: Malasaña y su hija Manuela Malasaña
2.2. Inicios
� Levantamiento del 2 de mayo �levantamiento popular
El 2 de mayo de 1808/ La lucha con los
mamelucosVídeo: El 2 de mayo de 1808 en Madrid
http://www.youtube.com/watch?v=-NE6wRBI5NQ
2.2. Inicios
� Levantamiento del 2 de mayo �levantamiento militar
Monumento al 2 de mayo (Madrid)
Solá: Daoíz y Velarde
2.2. Inicios
� Levantamiento del 2 de mayo �levantamiento militar
Juan
Sorolla: Defensa del parque de Monteleón
Juan Daóiz
Pedro Velarde
2.2. Inicios
� Levantamiento del 2 de mayo �levantamiento militar
Monumentos a la Guerra de la Independencia
Monumento al teniente Ruiz (Ceuta)Monumento a Daóiz (Sevilla)Monumento a Velarde
(Santander)
2.2. Inicios
� Fusilamientos del 3 de mayo
Vídeo: Los fusilamientos del 3 de mayo por Goyahttp://www.youtube.com/watch?v=TylGuoEN5x4
El 3 de mayo de 1808/ Los fusilamientos de la montaña de Príncipe Pío/ Los fusilamientos de la Moncloa
2.2. Inicios
� Bando del alcalde de Móstoles � Levantamiento de las Juntas
Andrés Torrejón
2.3. Fases de la guerra
• Batalla del Bruch• Batalla de Bailén• Sitios de Zaragoza y Gerona
1ª FASE (mayo-
noviembre 1808)
• Grande Armée• Batallas de Somosierra y Ocaña• Sitios de Cádiz y Tarifa• Alianza hispano-inglesa• Guerrilla
2ª FASE (1808-1812)
• Ofensiva hispano-inglesa• Batallas de la Albuera y Arapiles• Batallas de Vitoria y San Marcial• Tratado de Valençay
3ª FASE (1812-1814)
2.3. Fases de la guerra
� 1ª fase � Batalla del Bruch
Desfiladero del Bruch
Ignacio F. Iquino: El tambor del Bruch (1948)
Estatua del tamborilero del Bruch
(Barcelona)
del Bruch (1948)
Daniel Benmayor: Bruc. El desafío (2010)
2.3. Fases de la guerra
� 1ª fase � Batalla de Bailén (19 julio 1808)
Casado del Alisal: La
rendición de Bailén
2.3. Fases de la guerra
� 1ª fase � Sitio de Zaragoza
Juan Gálvez: Agustina de
Aragón
Goya: Los desastres de la guerraGoya: Retrato del general Palafox
Aragón
2.3. Fases de la guerra
� 2ª fase � Grande Armée
Ingres: Napoleón en
su trono imperial
Grande Armée
2.3. Fases de la guerra
� 2ª fase � Alianza hispano-inglesa
Cánovas: Napoleón
Duque de Wellington
Wellington Museum(Apsley House)
Velázquez: El aguador de Sevilla
2.3. Fases de la guerra
� 2ª fase � Militares franceses
Mariscal Murat Mariscal Víctor
General Junot
Murillo: Inmaculada
de los Venerables/ Inmaculada
de Soult(Museo del
Prado)Mariscal Soult
2.3. Fases de la guerra
� 2ª fase � Sitios de Cádiz y Tarifa
Joaquín Franco: Logotipo del
bicentenario del Sitio de Tarifa
2.3. Fases de la guerra
� 2ª fase � Guerrilla
Goya: Juan Martín, el Empecinado
Espoz y Mina
Cura Merino
2.3. Fases de la guerra
� 3ª fase � Ofensiva hispano-inglesa
Batalla de los Arapiles
2.3. Fases de la guerra
� 3ª fase � Tratado de Valençay(diciembre 1813)
Goya: Retrato de
Fernando VII
2.4. Consecuencias
DEMOGRÁFICAS
• 1 millón (población de 12
SOCIOECONÓMICAS
• Destrucción de:• 1 millón (población de 12 millones)
• Tifus• Disentería• Crisis de subsistencia
• Destrucción de:• Ciudades• Comunicaciones• Agricultura• Ganadería
• Auge del catolicismo
2.4. Consecuencias
Goya: Autorretrato
Goya: Los desastres de la guerra (82)
España durante la Guerra de la Independencia
El despliegue francés en la Península, 1807-1808
3. Las Cortes de Cádiz
3.1. Reunión
Juntas locales y provinciales
(mayo-septiembre 1808)
Junta central (25 septiembre 1808 -(25 septiembre 1808 -
2 febrero 1810)
Regencia (2 febrero 1810-
24 septiembre 1810)
Cortes de Cádiz (24 septiembre 1810-
septiembre 1813)
Junta Central Suprema Gubernativa de España e Indias ���� Aranjuez
Suprema Regencia/ Consejo de Regencia de España e Indias ���� Sevilla
3.1. Reunión35 5
Goya: Retrato de Conde de Floridablanca
Vicente López: General Castaños
3.1. Reunión
� Cortes de Cádiz � 24 septiembre 1810- septiembre 1813)
Diego Muñoz Torrero
Agustín Argüelles
Casado del Alisal: El juramento de los diputados
Oratorio de San Felipe Neri (Cádiz)
Declaración de la Junta Suprema de Sevilla
Don Fernando VII, Rey de España y de las Indias y en su nombre la Suprema Junta.La Francia, o más bien su emperador Napoleón I, ha violado con España los pactos mássagrados; le ha arrebatado sus monarcas y ha obligado a éstos a abdicaciones yrenuncias violentas y nulas manifiestamente; se ha hecho con la misma violencia dar elseñorío de España para lo que nadie tiene poder; ha declarado que ha elegido rey deEspaña, atentado el más horrible de que habla la historia; ha hecho entrar sus ejércitosen España apoderándose de sus fortalezas y capital y ha cometido con los españolesen España apoderándose de sus fortalezas y capital y ha cometido con los españolestodo género de asesinatos, robos y crueldades inauditas; y para todo estos se ha validono de la fuerza de las armas sino del pretexto de nuestra felicidad, ingratitud la másenorme a los servicios que la Nación Española le ha hecho; de la amistad en queestábamos, del engaño, de la traición, de la perfidia más horrible (...) Ha declaradoúltimamente que va a trastornar la Monarquía y sus leyes fundamentales y amenaza laruina de nuestra Religión Católica, que desde el gran Recaredo conservamos losespañoles y nos ha forzado a que para el remedio único de tan graves males, losmanifestemos a toda la Europa y le declaremos la guerra.
Dado en el Real Palacio del Alcázar de Sevilla, 6 de junio de 1808
Primer Decreto de las Cortes reunidas en la Isla de León (Cádiz)
Los diputados que componen este Congreso, y que representan la Naciónespañola, se declaran legítimamente constituidos en Cortes generales y extraordinarias,y que reside en ellas la soberanía nacional.
Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, congregadas en lareal isla de León, conformes en todo con la voluntad general, pronunciada del modomás enérgico y patente, reconocen, proclaman y juran de nuevo por su único y legítimorey al Señor D. Fernando VII de Borbón; y declaran nula y de ningún valor ni efecto larey al Señor D. Fernando VII de Borbón; y declaran nula y de ningún valor ni efecto lacesión de la corona que se dice hecha a favor de Napoleón, no sólo por la violencia queintervino en aquellos actos injustos e ilegales, sino principalmente por fallarle elconsentimiento de la nación.
No conviniendo queden reunidos el Poder legislativo, el ejecutivo y el judiciario,declaran las Cortes generales y extraordinarias que se reservan el ejercicio del poderlegislativo en toda su extensión.
Real Isla de León, 24 septiembre de 1810.
3.2. Composición
3.2. Composición
3.3. Reformas
Deseando las Cortes generales y extraordinarias remover los obstáculos que hayan podido oponerse al buenrégimen, aumento de población y prosperidad de la Monarquía española, decretan:
I Desde ahora quedan incorporados a la Nación todos los señoríos jurisdiccionales de cualquiera clase y condiciónque sean.
II. Se procederá al nombramiento de todas las Justicias y demás funcionarios públicos por el mismo orden y segúnse verifica en los pueblos de realengo (…)
IV. Quedan abolidos los dictados de vasallo y vasallaje y las prestaciones así reales como personales, que debansu origen a título jurisdiccionales, a excepción de las que procedan de contrato libre en uso del sagrado de propiedad.
Decreto de abolición de los señoríos
V. Los señoríos territoriales y solariegos quedan desde ahora en la clase de los demás derechos de propiedadparticular, si no son de aquellos que por su naturaleza deban incorporarse a la nación, o de los en que no se hayancumplido las condiciones con que se concedieron, lo que resultará de los títulos de adquisición
VI Por lo mismo los contratos, pactos o convenios que se hayan Hecho en razón de aprovechamiento, arriendos deterrenos, censo, u otros de esta especie, celebrados entre los llamados señores y vasallos, se deberán considerardesde ahora como contratos de particular a particular.
VII Quedan abolidos los privilegios llamados exclusivos, privativos y prohibitivos que tengan el mismo origen deseñorío, como son los de caza, pesca, hornos, molinos, aprovechamientos de aguas, montes y demás; quedando allibre uso de los pueblos con arreglo al derecho común, y a las reglas municipales establecidas en cada pueblo.
XIV En adelante nadie podrá llamarse Señor de vasallos, ejercer jurisdicción, nombrar jueces, ni usar de losprivilegios y derechos comprendidos en este decreto; y el qué lo hiciere perderá el derecho al reintegro en los quedanindicados.
Lo tendrá entendido el Consejo de Regencia, y dispondrá lo necesario a su cumplimiento, haciéndolo imprimir,publicar y circular.
Dado en Cádiz, a 6 de agosto de 1811
3.3. Reformas
Pintura mural titulada “Constitución de 1812 en Cádiz”, que representa el momento de la promulgación de la Constitución. Obra de Salvador Viniegra.
Museo Histórico Municipal de Cádiz, España
Constitución de Cádiz de 1812
DON FERNANDO SEPTIMO, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Rey delas Españas, y en su ausencia y cautividad la Regencia del reino, nombrada por las Cortes generales yextraordinarias, a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que las mismas Cortes handecretado y sancionado la siguiente
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA MONARQUÍA ESPAÑOLAEn el nombre de Dios todopoderoso, Padre, Hijo y Espíritu Santo autor y supremo legislador de lasociedad.Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, bien convencidas, después del más
3.3. Reformas
Las Cortes generales y extraordinarias de la Nación española, bien convencidas, después del másdetenido examen y madura deliberación, de que las antiguas leyes fundamentales de esta Monarquía,acompañadas de las oportunas providencias y precauciones, que aseguren de un modo estable ypermanente su entero cumplimiento, podrán llenar debidamente el grande objeto de promover la gloria,la prosperidad y el bien de toda la Nación, decretan la siguienteConstitución política para el buen gobierno y recta administración del Estado.
TÍTULO 1. DE LA NACIÓN ESPAÑOLA Y DE LOS ESPAÑOLES. CAPÍTULO IDe la Nación Española
Art.1. La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios.Art.2. La Nación española es libre e independiente, y no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia nipersona.Art.3. La soberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamenteel derecho de establecer sus leyes fundamentales.Art.4. La Nación está obligada a conservar y proteger por leyes sabias y justas la libertad civil, lapropiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen.
3.3. ReformasConstitución de Cádiz de 1812
3.3. Reformas
Monumento a las Cortes de Cádiz
(Cádiz)
http://www.juntadeandalucia.es/averroes/gabinetecadiz/portal.htm
4. Reinado de Fernando VII
4.1. Sexenio absolutista (1814-1820)
SEÑOR1. Era costumbre de los antiguos persas pasar cinco días de anarquía después del fallecimiento de
su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias les obligase a ser másfieles a su sucesor. Para serlo España a V. M. no necesitaba igual ensayo en los seis años de sucautividad. Del número de los españoles que se complacen al ver restituido a V. M. al trono de susmayores, son los que firman esta reverente exposición con el carácter de representantes de España(...).
7. (...) se proponían algunos borrar del todo nuestras leyes, impelidos tal vez de un espíritu de
Manifiesto de los Persas
General Elío
7. (...) se proponían algunos borrar del todo nuestras leyes, impelidos tal vez de un espíritu deimitación de la Revolución francesa, o imbuidos de las máximas abstractas que habían acarreado eltrastorno universal en toda Europa (...)
8. Querían otros excluir el nombre y representación de los tres brazos, reduciéndolos a una solamasa, o lo que es lo mismo, a una sola y general representación popular.
134. La monarquía absoluta es obra de la razón y de la inteligencia: está subordinada a la leydivina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado (...)
143. No pudiendo dejar de cerrar este respetuoso Manifiesto, en cuanto protesta de que se estimesiempre sin valor esa Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V. M., ni por las provincias(...)
Manifiesto de los Persas. Madrid, 12 de abril de 1814
Mosaico de Issos (Pompeya)
4.1. Sexenio absolutista (1814-1820)Decreto de Valencia/ Decreto del 4 de mayo
Declarar aquella
Constitución y tales decretos
nulos y sin valor y efecto
Absolutismo Liberalismo
4.1. Sexenio Absolutista (1814-1820)
� Pronunciamientos liberales
4.2. Trienio liberal (1820-1823)
� Pronunciamiento de Riego Rafael de Riego
4.2. Trienio liberal (1820-1823)
[...] Cuando vuestros heroicos esfuerzos lograron poner término al cautiverio en que me retuvo lamás inaudita perfidia, todo cuanto vi y escuché apenas pisé el suelo patrio, se reunió parapersuadirme de que la Nación deseaba ver resucitar la an-terior forma de gobierno; [...] Peromientras yo meditaba maduramente con la solicitud propia de mi paternal corazón las variacionesde nuestro régimen fundamental que parecían más adaptadas al carácter nacional y al estadopresente de las diversas porciones de la Monarquía española, así como más análogas a laorganización de los pueblos ilustrados, me habéis hecho entender vuestro anhelo de que serestableciese aquella Constitución que, entre el estruendo de las armas hostiles, fue promulga-da
Manifiesto regio de Fernando VII (marzo 1820)
restableciese aquella Constitución que, entre el estruendo de las armas hostiles, fue promulga-daen Cádiz el año 1812 [...] He jurado esta Constitución por la cual suspirabais y seré siempre sumás firme apoyo [...] Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda constitucional.
Marchemos francamente, y yo el primero, por la senda
constitucional
4.2. Trienio liberal (1820-1823)
� Pronunciamientos liberales
El enfermo de Constitución no
Exaltados/ Veinteañistas Moderados/
Doceañistas
Muerte a los serviles
Constitución no pudo tragársela, no hay remedio
http://www.altavozdelfrente.org/index.php?option=com_content&task=view&id=49&Itemid=30
4.2. Trienio liberal (1820-1823)
� Cien mil hijos de San Luis
Ejecución de Riego en la plaza de la
Liberación de Fernando VII en El Puerto de Santa
María por las tropas del duque de Angulema
Ejecución de Riego en la plaza de la Cebada (Madrid)
SECRETARÍASCONSEJO DE MINISTROS
4.3. Década Ominosa (1823-1833)
� Consejo de ministros
Presidente
Estado
Gracia y justicia
Hacienda
Guerra
Marina Francisco Tadeo Calomarde
4.3. Década Ominosa (1823-1833)
� Pronunciamientos liberales y realistas
Ultrarrealistas Liberales
4.3. Década Ominosa (1823-1833)
� Pronunciamientos liberales �Mariana Pineda
Juan Antonio Vera Calvo: Mariana Pineda en capilla
Centro Europeo de las Mujeres Mariana Pineda (Granada)http://www.granada.org/inet/wmujer.nsf/link/zcce
4.3. Década Ominosa (1823-1833)
� Pronunciamientos liberales � José María Torrijos
Antonio Gisbert: Fusilamiento de
Torrijos en la playa de San Andrés,
Málaga
4.3. Década Ominosa (1823-1833)
A la muerte de Torrijos y sus compañeros
Helos allí: junto a la mar bravíacadáveres están, ¡ay!, los que fueron
honra del libre, y con su muerte dieronalmas al cielo, a España nombradía.
Ansia de patria y libertad henchía
Monumento a Torrijos (Málaga)
Ansia de patria y libertad henchíasus nobles pechos que jamás temieron,
y las costas de Málaga los vieroncual sol de gloria en desdichado día.
Españoles, llorad; mas vuestro llantolágrimas de dolor y sangre sean,
sangre que ahogue a siervos y opresores,
Y los viles tiranos, con espanto,siempre delante amenazando veanalzarse sus espectros vengadores.
José de Espronceda
4.3. Década Ominosa (1823-1833)
� Emancipación de las colonias hispanoamericanas
Simón Bolívar
Vídeo: Independencia de las colonias americanashttp://www.youtube.com/watch?v=db36E0UMHgU
4.3. Década Ominosa (1823-1833)
� Cuestión sucesoria
Pragmática sanción
Manos blancas no
ofenden
Esquivel: Retrato de Isabel II Vicente López: Retrato de Carlos María Isidro de Borbón
Vicente López: Retrato de María Luisa Carlota
Pregunta 1: La Guerra de la Independencia y los com ienzos de la revolución liberal. La Constitución de 1812
1. Introducción1.1. Contexto: 1788-1833. Reinado de Carlos
IV, Guerra de la Independencia, reinado de Fernando VII.
Antecedentes: 1.2. Antecedentes: A. Reinado de Carlos IVB. Crisis del Antiguo Régimen
1.3. Documento 1: clasificación
1.4. Documento 2: clasificación
2. Desarrollo2.1. Apartados del tema
2.1.1. Guerra de la Independencia
A. PrecedentesB. IniciosB. IniciosC. FasesD. Consecuencias
2.1.2. Las Cortes de Cádiz y la Constitución de 1812
A. ReuniónB. ComponentesC. Reformas: La Constitución de 1812
2.2. Documento 1: análisis y comentario
2.3. Documento 2: análisis y comentario
3. Conclusión3.1. Consecuencias: Reinado de Fernando VII.
3.2. Recapitulación: Fases de la Revolución liberal e implantación del liberalismo en España.España.
http://www.historiasiglo20.org/HE/9.htm
Webgrafía
http://www.1808-1814.org/
http://www.artehistoria.jcyl.es/histesp/contextos/6893.htm
http://www.sbhac.net/Republica/Imagenes/EntreRep/ImEntreRep.htm
Vídeo: El Museo de las Cortes de Cádiz http://www.youtube.com/watch?v=xQ5f3NcGaUM
http://www.cadiz2012.es/
http://www.bicentenario1812.com/
Bicentenario de La Pepa (1812-2012)
Estas presentaciones se han elaborado con una finalidadexclusivamente didáctica, para ser utilizadas como apoyovisual en las materias de Historia del Arte y de Historia deEspaña de 2º de Bachillerato de Artes de la Escuela de Artede Algeciras (Cádiz).de Algeciras (Cádiz).
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