Tao, tributo y gabo, charla anafinet 16 12-2013 aspectos al cierre del ejercicio
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Tao, Tributo y Gabo
Tips para el cierre fiscal 2013
Charla Anafinet 16-12-2013
Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López, prohibida su reproducción total o parcial 1
En materia de ingresos
Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López 2Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López, prohibida su reproducción total o parcial
En materia de ingresos
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Mejoras que pasan a poder del arrendador
Art. 20 Fracción IV LISR
• El ingreso se determina altermino del contrato.
• El monto en función alavalúo que tengan lasinversiones a esa fecha.
• Avalúo realizado porpersonas autorizadas por lasautoridades fiscales.
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Recuperación de cantidades de créditosincobrables (deducidos previamente)
Art. 20 Fracción VI LISR
• Recuperación de créditospreviamente deducidos porincobrables.
Correlación:
• Artículo 29 Fracción VI LISR
• Artículo 31 fracción XVI LISR
• (deducciones y requisitos deellas).
• Créditos menores a 30,000Udis
• Avisos a sociedades deinformación crediticia.
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Estímulo fiscal de casetas (transportistas)
Art. 16 fracción V LIF 2013
• Acumulación de l estímulo alperiodo siguiente deaplicación del mismo.
• Máximo un 50% en tramoscarreteros autorizados.
• Forma oficial que al efectopublique el SAT en RM.
• Pérdida de derecho en casode no aplicarlo.
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Viáticos no comprobados (Personas Físicas)
Artículo 109 fracción XIII LISR
• Se considera ingreso lacantidad no comprobada porel trabajador de lascantidades erogadas a favordel patrón por este concepto.
• Acumulan para ISR en laanual del trabajador.
• Información en la constanciade percepciones y anual desueldos y salarios.
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Ajuste anual por inflación acumulable
Artículos 46 al 48 LISR 2013
• Comparación de ciertos activosvs todos los pasivos.
• Incluyendo las aportacionespara futuros aumentos decapital (no protocolizadas).
• Excepción de los impuestosdirectos y retenidos a terceros(ISR, IDE, IETU).
• Cuidado especial decrecimiento de pasivos en lasempresas o acumularan unefecto meramente fiscal en losingresos.
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En materia de deducciones
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Costo fiscal de anticipos (la deducciónolvidada)
Regla I.3.2.4 RM 2013
• Como opción se acumulanlos ingresos en función alsaldo de la cuenta anticiposde clientes.
• Aplica únicamente para elinciso c) fracción I del artículo18 de la LISR (ref. 2013)
• Se permite considerar uncosto fiscal de dichos anticipostomando como referencia el% de costo de ventas quetenga determinado elcontribuyente.
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