Tachas contra la designacion de miembros de mesa

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Objetivos de aprendizaje• Reconocer el concepto de tacha, requisitos y los

momentos para su aplicabilidad.

• Analizar y aplicar los procedimientos en los casos fundados de tacha contra la designación de los miembros de mesa

• Evaluar la importancia de este recurso impugnatorio que permite prever situaciones de parcialidad, de la actuación de autoridades en la mesa de no garantizaría neutralidad en las decisiones de la mesa, por tener evidente interés en el resultado del proceso. en el desarrollo del rol de los miembros de mesa asignados a cada mesa de sufragio.

Abreviaturas oCPP - Constitución Política del PerúoJEE -Jurado Electoral Especial oJNE - Jurado Nacional de Elecciones oLOE - Ley Orgánica de EleccionesoLOJNE - Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones oLONPE - Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos ElectoralesoLORENIEC – Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado CiviloMM - Miembros de MesaoODPE - Oficina Descentralizada de Procesos ElectoralesoONPE - Oficina Nacional de Procesos ElectoralesoUIT - Unidad Impositiva Tributaria

Recurso ciudadano para impedir la participación de:

Definición de tacha

CIUDADANO CIUDADANO a un cargo público

La tacha o impugnación debe ser sustentada con prueba instrumental

Definición de tacha a los MM

Presidente de mesa Secretario Tercer

miembroPrimer

SuplenteSegundoSuplente

Tercer Suplente

Es una impugnación para impedir la designación de un ciudadano(a) como miembro de mesa, en cualquier cargo resultado del Sorteo de los

MM

Para la selección se prefiere a los ciudadanos

con mayor grado de instrucción de la Mesa correspondiente o a los que aún no hayan realizado dicha

labor.

Los MM son ciudadanos

Responsables para conducir el desarrollo

de la votación

Elegidos por un sorteo en

cada ODPE

Quiénes son los miembros de mesa

Actividades electorales en referencia a las tachas de los MM

Sorteo de Miembros de Mesa Cronograma electoral

Debemos recordar que…La publicación de la relación de los miembros designados para integrar las mesas de sufragio, con indicación de sus nombres, número de DNI y local de votación, se hace por una sola vez en el Diario Oficial “El Peruano” o en el diario de mayor circulación, en separatas especiales proporcionadas por la ONPE lo que no excluye la entrega de estas nóminas a las dependencias públicas para que contribuyan a su difusión. (Art. 63. LOE).

Fundamentos para tachar a los ciudadanos asignados como miembros de mesa

Los candidatos y personeros de los partidos políticos,

agrupaciones independientes y

alianzas.

Los funcionarios y empleados de los organismos que

conforman el SEP (JNE, ONPE,

RENIEC).

Las autoridades políticas y los

miembros de los concejos

municipales.

Los ciudadanos que integren los comités

directivos de los partidos políticos,

agrupaciones independientes y

alianzas inscritos en el JNE.

Los cónyuges y parientes dentro del

segundo grado de consanguinidad o afinidad entre los miembros de una

misma mesa.

Los electores temporalmente ausentes de la

República, de acuerdo con las relaciones

correspondientes que remita el RENIEC.

Quiénes pueden formular tachas en contra de la conformación de las mesas de sufragio

Tachante

Ciudadano inscrito en

RENIEC

Miembros del JEEPersonero(a)

Tiene conocimiento de algún impedimento en el que se encuentre alguno de los ciudadanos seleccionados, puede disponer su exclusión, aun si no se hubiera presentado tacha, como consecuencia de la función fiscalizadora de la legalidad proceso electoral.

Atribución de los JEE en periodo de tacha a los MM

Jurado Electoral EspecialDe…

Requisitos de procedencia:

Copia del DNI del tachante

Señalar domicilio en la ciudad sede del JEE

Comprobante de pago (5% de la UIT) Prueba que sustente la

tacha

Tachas de impugnación deben estar sustentadasLa tacha que no esté sustentada simultáneamente con prueba

instrumental no es admitida a trámite por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales.

(Art. 60. LOE).

Procedimientos para las tachas

Sorte

o de

los

MM

– 1

6 de

ag

osto

17 d

e ag

osto

18 d

e ag

osto

19

de

agos

to

Fund

ada

la

tach

a 3

días

de

perio

do d

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desp

ués d

el

acto

de

notifi

cació

n

Procedimiento del JEE sobre la tacha

JEE resuelve sobre los

miembros de mesa

Se registra en el SIPE-SG

Se publica en el panel del JEE

Procedimiento del JEE sobre la tacha

Tachante TachadoODPE

Que tomará las providencias necesarias en

relación a los MM del distrito electoral

a su cargo

Se notifica al:

Caso de las tachas fundadas a varios MM

Nuevo sorteo de MM

La ODPE realiza el sorteo en un

plazo máximo de 3 días

Publicación de la lista

de los MM

Tachas fundadas

contra los 3 titulares y 1

o más suplentes

Contra lo que resuelva el JEE,

cabe recurso de apelación

dentro de los 3 días hábiles

siguientes a la notificación de la resolución.

Recurso de apelación

Escrito con firma de abogado hábil

Señalar domicilio procesal en la ciudad de Lima, dentro del radio urbano del JNE.

Pago de la tasa por apelación (10% de la UIT)

Requisitos para el recurso de apelación

Jurado Electoral EspecialDe…

Jurado Electoral EspecialDe…

JNE resuelve en instancia definitiva

Remite la resolución el mismo día al

JNE

Tiene 3 días para resolver

Lo envía al JEE el día en que

resolvió la apelación