Sumario - Web corporativa de Diputación de Sevilla · transporte de mercancÍas desde barcelona a...

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Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958 Número 92 S u m a r i o Martes 23 de abril de 2013 JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Fomento y Vivienda: Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Co- mercio de Sevilla: Notificaciones expedientes sancionadores en materia de transporte 3 Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente: Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de Sevilla: Vías Pecuarias—Expediente VP/00175/2013 5 DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.— SEVILLA: Gerencia Regional del Catastro: Notificaciones 5 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL MIÑO-SIL: Secretaría General: Notificación expediente sancionador 6 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA: Área de Concertación: Bases reguladoras para la concesión de ayudas 6 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Juzgados de lo Social: Sevilla—Número 2: autos 47/13; número 4: autos 1012/12; número 6: autos 1256/12; número 11: autos 80/13 y 53/13 19 Madrid—Número 3: autos 1163/11; número 4: autos 795/12; número 12: autos 1085/12 y 67/13; número 34: autos 289/12; número 36: autos 1371/12 y 1459/12; número 38: autos 104/12 22 Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas)—Número 2: autos 991/12 26 Santa Cruz de Tenerife—Número 3: autos 809/11 26 Tarragona—Número 3: autos 553/12 y 552/12 26 Valencia—Número 7: autos 267/12 27

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Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE-1-1958

Número 92

S u m a r i o

Martes 23 de abril de 2013

JUNTA DE ANDALUCÍA:— Consejería de Fomento y Vivienda: Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Co-

mercio de Sevilla: Notificaciones expedientes sancionadores en materia de

transporte 3— Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente: Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

de Sevilla: Vías Pecuarias —Expediente VP/00175/2013 5 DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.— SEVILLA:— Gerencia Regional del Catastro: Notificaciones 5 CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL MIÑO-SIL:— Secretaría General: Notificación expediente sancionador 6 DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA:— Área de Concertación: Bases reguladoras para la concesión de ayudas 6 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social: Sevilla —Número 2: autos 47/13; número 4: autos 1012/12;

número 6: autos 1256/12; número 11: autos 80/13 y 53/13 19 Madrid —Número 3: autos 1163/11; número 4: autos 795/12;

número 12: autos 1085/12 y 67/13; número 34: autos 289/12; número 36: autos 1371/12 y 1459/12; número 38: autos 104/12 22

Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas) —Número 2: autos 991/12 26

Santa Cruz de Tenerife —Número 3: autos 809/11 26 Tarragona —Número 3: autos 553/12 y 552/12 26 Valencia —Número 7: autos 267/12 27

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— Juzgados de Instrucción: Dos Hermanas —Número 3: autos 932/11; número 5: autos

116/12; número 6: autos 369/12 27 Utrera —Número 3: autos 308/11 29— Juzgados de Primera Instancia: Sevilla —Número 26: autos 1223/11-C 30 Estepa —Número 1: autos 226/10 30 AYUNTAMIENTOS:— Aznalcóllar: Convenio urbanístico de planeamiento 31— Camas: Expediente de modificación 31— Mairena del Aljarafe: Anuncio de licitación 31

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Martes 23 de abril de 2013 Número 92

JUNTA DE ANDALUCÍA————

Consejería de Fomento y Vivienda————

Delegación Territorial Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de Sevilla

Ignorándose el actual domicilio de los Sres relacionados, contra los que se tramita expediente sancionador por infracción a la normativa de transportes terrestres, o siendo desconocidos en las direcciones que figuran en los archivos de esta Delegación, se notifica por el presente anuncio lo siguiente:

Notificaciones:Expediente: SE-00151/2013; matrícula: 97-93FLZ; titular: TRANS DOMEG 2507, S L ; domicilio: C DE LA CREU 11; código postal: 08253; munici-

pio: SANT SALVADOR DE GUARDIOLA; provincia: Barcelona; fecha de denuncia: 12 de abril de 2012; vía: A92; punto kilométrico: 42; hora: 11:00; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE BARCELONA A SEVILLA EN REPARTO CON PLÁSTICOS, CARECIENDO DE HOJAS DE REGISTRO DEL APARATO DE CONTROL DE TIEMPOS, CARECE DE CERTIFICADO DE ACTIVIDADES EMPRESA, NO JUSTIFICA ACTIVIDADES DESDE 15:43H 05/04/12 A 05:56H 10/04/12; normas infringidas: 140 24 LOTT 197 24 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 2 001,00 euros

Expediente: SE-00189/2013; matrícula: 48-91DWS; titular: GÓMEZ FRANCO ALFREDO; domicilio: C/ CASTILLO ALANÍS, 100; código postal: 41510; municipio: MAIRENA DEL ALCOR; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 18 de Abril de 2012; vía: RECINTO FERIAL, MAIRENA D; hora: 12:06; hechos: DURANTE EL TRANSCURSO DEL SERVICIO SE PROCEDE A LA INSPECCIÓN EN EL RECINTO FERIAL DE MAIRENA DEL ALCOR, A UN VEHÍCULO ISOTERMO, EL CUAL TRANSPORTA HIELO SE LE SOLICITA AL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO QUE PRESENTE EL CERTIFICADO PARA EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PERECEDERAS, PRESENTANDO UNO CADUCADO DE FECHA 2-2012; normas infringidas: 140 26 2 LOTT 197 26 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 2 001,00 euros

Expediente: SE-00204/2013; matrícula: 01-98CMX; titular: ANDAFRIO CUATRO,, S L ; domicilio: CALLE SEVILLA 1 1 B; código postal: 04760; municipio: BERJA; provincia: Almería; fecha de denuncia: 30 de Abril de 2012; vía: A3206; punto kilométrico: 2; hora: 18:34; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE PAÍSES BAJOS HASTA DOS HERMANAS NO HABIENDO REALIZADO EL CONDUCTOR LAS ANOTACIONES EN LAS HOJAS DE REGISTRO DEL APARATO TACÓGRAFO, CONSISTENTES EN EL DESPLAZAMIENTO AL INICIO DE SUS JORNADAS DE TRABAJO DIARIO,CON BLOQUES DE TIEMPOS DE OTROS TRABAJOS A MANO EN EL DORSO DE LAS HOJAS O POR OTROS MEDIOS LEGIBLES, EL PERIODO QUE SE HA ENCONTRADO ALEJADO DEL APARATO DE CONTROL INSTALADO CONFORME ANEXO I REGT 3821-85 PARA HACER-SE CARGO DEL VEHÍCULO PROVISTO DEL CITADO APARATO CONTROL DÍA 19-04-12 Y 21-04-12 FINALIZA EN CHIPIONA,INICIO EN LAS BALBASES -VA-,Y DÍA 26-04-12 Y 28-04-12 FINALIZA EN ARE DE HAURINCONRT, INICIO EN MINDERHOUT; normas infringidas: 141 8 LOTT 198 8 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 401,00 euros

Expediente: SE-00209/2013; matrícula: 52-04DBN; titular: GRÚAS EXPRESS S L ; domicilio: LOPE DE VEGA, 34 ; código postal: 41800; munici-pio: SANLÚCAR LA MAYOR; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 24 de Abril de 2012; vía: SE020; punto kilométrico: 9; hora: 10:16; hechos: TRANSPOR-TE DE MERCANCÍAS DESDE SANLÚCAR LA MAYOR HASTA RINCONADA (LA) REALIZANDO UN SERVICIO DISCRECIONAL DE MERCAN-CÍAS CARECIENDO DEL CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL CAP $@$ FECHA EXPEDICIÓN PERMISO CONDUCCIÓN CLASE C1,C, EL 19-03-2012; normas infringidas: 141 19 LOTT 198 19 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00230/2013; matrícula: B4-2617V; titular: VERTAPI, S L ,; domicilio: TALGO, PARCELA 196; código postal: 34200; municipio: VENTA DE BAÑOS; provincia: Palencia; fecha de denuncia: 20 de Abril de 2012; vía: A66; punto kilométrico: 799; hora: 08:30; hechos: REALIZA TRANS-PORTE PRIVADO DE MERCANCÍAS DESDE SEVILLA HASTA PALENCIA CARECIENDO DE HOJAS DE REGISTRO DEL APARATO DE CONTROL O CERTIFICADO DE ACTIVIDADES NORMALIZADO; normas infringidas: 141 11 LOTT 198 11 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00232/2013; matrícula: 07-18GCX; titular: PEDRO MIGUEL FERNÁNDEZ MÁRQUEZ; domicilio: ELVIRITA 15, APT SAN VI-CENTE; código postal: 41500; municipio: ALCALÁ DE GUADAÍRA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 20 de Abril de 2012; vía: NIV; punto kilométrico: 614; hora: 11:11; hechos: INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL CONDUCTOR LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR POR SI MISMO DETERMINADAS AC-TIVIDADES MANUALES O ANOTACIONES EN EL APARATO DE CONTROL DE LOS TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO NO JUSTIFICA PERIODO DE 0 37 A 8 10 H UTC DÍA 20/04/12; normas infringidas: 141 8 LOTT 198 8 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 401,00 euros

Expediente: SE-00240/2013; matrícula: 07-18GCX; titular: PEDRO MIGUEL FERNÁNDEZ MÁRQUEZ; domicilio: ELVIRITA 15, APT SAN VI-CENTE; código postal: 41500; municipio: ALCALÁ DE GUADAÍRA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 20 de Abril de 2012; vía: NIV; punto kilométrico: 614; hora: 11:11; hechos: CARENCIA DE PAPEL PARA LA IMPRESIÓN DE LAS ACTIVIDADES DEL CONDUCTOR; normas infringidas: 141.5 LOTT 198 5 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00247/2013; matrícula: 05-94GLR; titular: MIGUEL TAPIA S L ; domicilio: CTRA TORRE DE LA REINA, 58; código postal: 41210; municipio: GUILLENA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 23 de Abril de 2012; vía: URB. GLORIETA JUAN PABLO; hora: 10:10; hechos: REALIZAR TRANSPORTE DE MERCANCÍA DE PRODUCTOS PERECEDEROS FRESCOS O CONGELADOS EN UN VEHÍCULO QUE NO TIENE LAS CONDI-CIONES TÉCNICAS PARA DICHO TRANSPORTE NO LLEVANDO LA TEMPERATURA ADECUADA; normas infringidas: 140 26 1 LOTT; pliego de descargo; no; sanción: 2 001,00 euros

Expediente: SE-00260/2013; matrícula: 00-78CTN; titular: H T SPAIN, S L ; domicilio: AUTOMOCIÓN 38 P I CALONGE; código postal: 41000; municipio: SEVILLA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 9 de Abril de 2012; vía: SE30; punto kilométrico: 12; hora: 09:24; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE SEVILLA HASTA BORMUJOS SIN LLEVAR A BORDO DEL VEHÍCULO ARRENDADO EL CONTRATO DE ARRENDAMIEN-TO O COPIA DEL MISMO TRANSPORTA MATERIAL PARA CENTROS HOSPITALARIOS; normas infringidas: 141 22 LOTT 198 22 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00267/2013; matrícula: 35-44GDR; titular: GARCÍA MAYA MARÍA PAZ; domicilio: ESCULTOR SEBASTIÁN SANTOS 8 BQ 1 1º C; código postal: 41013; municipio: SEVILLA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 13 de Abril de 2012; vía: A-92; punto kilométrico: ,5; hora: 12:25; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE SEVILLA HASTA SEVILLA EN VEHÍCULO LIGERO, CARECIENDO DE AUTORIZACIÓN DE TRANSPOR-TE; normas infringidas: 140 1 9 LOTT 197 1 9 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 501,00 euros

Expediente: SE-00275/2013; matrícula: 55-18FHL ; titular: RODRÍGUEZ TRINIDAD ISRAEL CESAR; domicilio: MORERA NÚCLEO HIDALGO 2 2 B; código postal: 41000; municipio: SEVILLA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 18 de Abril de 2012; vía: SE3206; punto kilométrico: 2,8; hora: 08:25; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE DOS HERMANAS HASTA SEVILLA SIN APORTAR 12 DISCO/S DESDE LA FECHA 05/04/2012 HASTA LA FECHA 16/04/2012 AMBAS FECHAS INCLUSIVE CONDUCE VEHÍCULO DOTADO DE APARATO TACÓGRAFO DIGITAL MANIFIESTA ALTA LABORAL NO PORTA CONTRATO TRABAJO NO PORTA CERTIFICADO NORMALIZADO DE ACTIVIDADES TRANSPORTA PRODUCTOS DE ALIMENTACIÓN; normas infringidas: 141 5 LOTT 198 5 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 501,00 euros

Expediente: SE-00298/2013; matrícula: -; titular: PORTILLO MARÍA JOSÉ MANUEL ; domicilio: C/ CHUCENA, 30 - 1 D; código postal: 41006; municipio: SEVILLA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 2 de Abril de 2012; vía: SE-30; punto kilométrico: 15,5; hora: 15:30; hechos: REALIZAR SERVI-CIO PUBLICO EN VEHÍCULO PESADO DE 9 PLAZAS INCLUIDO SU CONDUCTOR TRANSPORTANDO 8 VIAJEROS EN RÉGIMEN DE ALQUILER CON CONDUCTOR CARECIENDO DE AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE SERVICIO REALIZADO ENTRE SEVILLA Y SANLÚCAR LA MAYOR SEGUN TERMINAL TRAFICO VEHÍCULO FIGURA COMO DESTINO DE ALQUILER SIN CONDUCTOR NO PRESENTA CONTRATO ALQUILER; normas infringidas: 140 1 9 LOTT 197 1 9 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 501,00 euros

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4 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

Expediente: SE-00300/2013; matrícula: 86-43DHK; titular: CORLARA S L ; domicilio: POL IND EL CÁÑAMO NAVE 52; código postal: 41300; mu-nicipio: SAN JOSÉ DE LA RINCONADA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 25 de Abril de 2012; vía:; hora: 10:20; hechos: REALIZAR UN TRANSPORTE DE PRODUCTOS PERECEDEROS FRESCOS (POLLO) JUNTO A PRODUCTOS CONGELADOS (CARNE) EN UN VEHÍCULO QUE NO REÚNE LAS CONDICIONES TÉCNICAS PARA ESTE TRANSPORTE; normas infringidas: 140 26 1 LOTT; pliego de descargo; no; sanción: 2 001,00 euros

Expediente: SE-00321/2013; matrícula: 82-81CYP; titular: DE MÁRQUEZ S C; domicilio: AV CIENCIAS, ENTREPARQUES 6 4ºB; código postal: 41020; municipio: SEVILLA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 21 de Marzo de 2012; vía: URB. CALLE IMAGEN; hora: 11:20; hechos: EFECTUAR TRANSPORTE DE PRODUCTOS LIMPIEZA, EN CANTIDAD TOTAL DE 34 KG , EN REPARTO A ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA, CARE-CIENDO DE CARTA DE PORTE TRANSPORTA 24 KG DE DETERGENTE ( N º ONU 3266) Y 10 LITROS DE ABRILLANTADOR (N º ONU 1993); normas infringidas: 140 25 4 LOTT 197 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 2 001,00 euros

Expediente: SE-00344/2013; matrícula: 76-60GGX; titular: TORAL & WONEMBURGER,, S L ; domicilio: DOCTOR RICO, 6 ESC 4 5º B; código postal: 03005; municipio: ALICANTE/ALACANT; provincia: Alicante; fecha de denuncia: 28 de Abril de 2012; vía: URB. PLAZA DE CUBA; hora: 22:00; hechos: CARECER DE TARJETA DE TRANSPORTES. REALIZA TRANSPORTE PUBLICO DISCRECIONAL DE VIAJEROS, QUEDANDO A DISPOSI-CIÓN DE LA CONTRATANTE POR UNA HORA DE DURACIÓN EL SERVICIO LO REALIZA EN LA MODALIDAD DE ALQUILER CON CONDUC-TOR EL VEHÍCULO (LIMUSINA) ESTA DESTINADO A SERVICIO DE ASCC; normas infringidas: 140 1 9 LOTT 197 1 9 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 501,00 euros

Expediente: SE-00365/2013; matrícula: 14-09BFS; titular: SALAS FERNÁNDEZ RAFAEL ; domicilio: DOLORES LEON, 26 1; código postal: 41010; municipio: SEVILLA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 15 de Mayo de 2012; vía: A-92; punto kilométrico: ,3; hora: 10:25; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE RINCONADA (LA) HASTA SEVILLA REALIZANDO TRANSPORTE PRIVADO DE MERCANCÍAS EN VEHÍCULO LIGE-RO DE MMA>3,5 TNS SIN AUTORIZACIÓN POR NO HABER REALIZADO EL VISADO REGLAMENTARIO TRANSPORTA SAL PRESENTA SOLI-CITUD REHABILITACIÓN DE FECHA 12/04/2012 EN CONSEJERÍA DE SEVILLA; normas infringidas: 140 1 6 LOTT 197 1 6 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 501,00 euros

Expediente: SE-00372/2013; matrícula: 82-93FZD; titular: TRANLISILOS, S L ; domicilio: C/ BOBY DEGLANE, 5; código postal: 41001; munici-pio: SEVILLA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 22 de Mayo de 2012; vía: A375; punto kilométrico: 41; hora: 09:40; hechos: TRANSPORTE DE MER-CANCÍAS DESDE MORÓN DE LA FRONTERA HASTA ALGECIRAS SIN APORTAR 12 DISCO/S DESDE LA FECHA 24/04/2012 HASTA LA FECHA 02/05/2012 Y DEL 03/05/2012 AL 09/05/2012 SE ADJUNTAN TIKETS DEL TACÓGRAFO; normas infringidas: 141 11 LOTT 198 11 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00463/2013; matrícula: 58-92FMT; titular: OSVEAM FIRMES Y CONSTRUCCIONES; domicilio: GÓMEZ LAMA, 30 L C 5; código postal: 41900; municipio: CAMAS; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 8 de Mayo de 2012; vía: A8003; punto kilométrico: 1; hora: 12:20; hechos: TRANS-PORTE DE MERCANCÍAS DESDE RINCONADA (LA) HASTA MAIRENA DEL ALJARAFE CARECIENDO DEL DOCUMENTO DE CONTROL QUE DEBE ACOMPAÑAR A LA MERCANCÍA DEL/DE LOS SIGUIENTE/S DATOS OBLIGATORIOS: CARECE DE DOCUMENTO DE CONTROL DE LA MERCANCÍA; normas infringidas: 141 19 LOTT 198 19 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00464/2013; matrícula: 58-92FMT; titular: OSVEAM FIRMES Y CONSTRUCCIONES S L ; domicilio: GÓMEZ LAMA, 30; código postal: 41900; municipio: CAMAS; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 8 de Mayo de 2012; vía: A-8003; punto kilométrico: 1; hora: 12:15; hechos: TRANS-PORTE DE MERCANCÍAS DESDE RINCONADA (LA) HASTA MAIRENA DEL ALJARAFE EN VEHÍCULO PESADO, CARECIENDO DE AUTORIZA-CIÓN DE TRANSPORTE TRANSPORTA ZAHORRA -; normas infringidas: 140 1 6 LOTT 197 1 6 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00465/2013; matrícula: 42-47CWR; titular: TRANSPORTES EL DERECHAZO, S L ; domicilio: C/ CIPRÉS, N º 17; código postal: 41400; municipio: ÉCIJA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 8 de Mayo de 2012; vía: SE020; punto kilométrico: 8,5; hora: 18:20; hechos: INCUMPLIMIEN-TO POR PARTE DEL CONDUCTOR DE LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR DETERMINADAS ANOTACIONES MANUALES EN HOJAS DE REGISTRO REALIZA DESPLAZAMIENTO DESDE BAILEN HASTA HUEVAR, ENTRE LAS 22:45 04/05/12 Y LAS 16:10 05/05/12 VEHÍCULO 3781-DGK; normas infringidas: 141 8 LOTT 198 8 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 401,00 euros

Expediente: SE-00466/2013; matrícula: 42-47CWR; titular: TRANSPORTES EL DERECHAZO, S L ; domicilio: C) CIPRÉS, N º 17; código postal: 41400; municipio: ÉCIJA; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 8 de Mayo de 2012; vía: SE020; punto kilométrico: 8,5; hora: 18:20; hechos: LA CARENCIA DE HOJAS DE REGISTRO DEL APARATO DE CONTROL, DE LA TARJETA DE CONDUCTOR O DE LOS DOCUMENTOS IMPRESOS QUE EXISTE OBLIGACIÓN DE LLEVAR EN EL VEHÍCULO UNICAMENTE PRESENTA HOJAS DE REGISTRO DESDE 30/04/12 AL 08/05/12; normas infringidas: 141 11 LOTT 198 11 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00554/2013; matrícula: 21-65FNW; titular: OSVEAM FIRMES Y CONSTRUCCIONES, S L ; domicilio: AVDA BOLLULLOS PQ EMPRESARIAL 3 D; código postal: 41110; municipio: BOLLULLOS DE LA MITACIÓN; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 17 de Mayo de 2012; vía: A8059; punto kilométrico: 5; hora: 18:03; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE BOLLULLOS DE LA MITACIÓN HASTA ALMENSILLA CARECIENDO DE LA CARTA DE PORTE PRECEPTIVA PARA MM PP TRANSPORTA UNA CISTERNA MOVIL-GRG- CAPACIDAD HASTA 500 LTS CONFORME AL 6 5 ADR, EN CANTIDADES PARCIALES SEGÚN 1 1 3 6 ADR EN RÉGIMEN DE APROVISIONAMIENTO A LA MAQUINARIAS DE LA EMPRESA CON UN CONTENIDO DE 500 LTS DE MATERIA DE LA CLASE 3 GEIII GASÓLEO UN 1202; normas infringidas: 140 25 4 LOTT 197 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 2 001,00 euros

Expediente: SE-00555/2013; matrícula: 21-65FNW; titular: OSVEAM FIRMES Y CONSTRUCCIONES, S L ; domicilio: AVD BOLLULLOS PQ EM-PRESARIAL 3D; código postal: 41110; municipio: BOLLULLOS DE LA MITACIÓN; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 17 de Mayo de 2012; vía: A8059; punto kilométrico: 5; hora: 18:01; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE BOLLULLOS DE LA MITACIÓN HASTA ALMENSILLA TRANS-PORTANDO MM PP SIN LAS CORRESPONDIENTES MARCAS PARA MATERIAS PELIGROSAS PARA EL MEDIO AMBIENTE TRANSPORTA UNA CISTERNA MÓVIL -GRG- CAPACIDAD HASTA 500 LTS CONFORME AL 6 5 ADR,EN CANTIDADES PARCIALES SEGÚN 1 1 3 6 ADR EN RÉGIMEN DE APROVISIONAMIENTO A LAS MAQUINARIAS DE LA EMPRESA,CONTENIENDO 500 LTS DE MATERIA DE LA CLASE 3 GE III, GASÓLEO UN 1202; normas infringidas: 140 25 6 LOTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00558/2013; matrícula: 21-65FNW; titular: OSVEAM FIRMES Y CONSTRUCCIONES, S L ; domicilio: AVD BOLLULLOS PQ EMPRESARIAL 3D; código postal: 41110; municipio: BOLLULLOS DE LA MITACIÓN; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 17 de Mayo de 2012; vía: A8059; punto kilométrico: 5; hora: 18:04; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE BOLLULLOS DE LA MITACIÓN HASTA ALMENSILLA CARECIENDO DE LOS EXTINTORES OBLIGATORIOS TRANSPORTA UNA CISTERNA MÓVIL -GRG- CAPACIDAD 500 LTS CONFORME AL 6 5 ADR, EN CANTIDADES PARCIALES SEGÚN 1 1 3 6 ADR EN RÉGIMEN DE APROVISIONAMIENTO A LAS MAQUINARIAS DE LA EMPRESA CONTENIENDO 500 LTS DE MATERIA DE LA CLASE 3 GE III, GASÓLEO UN 1202; normas infringidas: 141 24 7 LOTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00559/2013; matrícula: 21-65FNW; titular: 0SVEAM FIRMES Y CONSTRUCCIONES, S L ; domicilio: AV BOLLULLOS PQ EMPR 3 D; código postal: 41110; municipio: BOLLULLOS DE LA MITACIÓN; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 17 de Mayo de 2012; vía: SE-020; punto kilométrico: 10; hora: 09:22; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE BOLLULLOS DE LA MITACIÓN HASTA SEVILLA LLEVANDO LOS EXTINTORES OBLIGATORIOS RESPECTO AL VEHÍCULO Y/O CARGA CON LA REVISIÓN CADUCADA; normas infringidas: 141 24 7 LOTT; pliego de descargo; no; sanción: 1 001,00 euros

Expediente: SE-00570/2013; matrícula: 21-65FNW; titular: 0SVEAM FIRMES Y CONSTRUCCIONES, S L ; domicilio: AV BOLLULLOS PQ EMPR 3 D; código postal: 41110; municipio: BOLLULLOS DE LA MITACIÓN; provincia: Sevilla; fecha de denuncia: 17 de Mayo de 2012; vía: SE-020; punto kilo-métrico: 10; hora: 09:17; hechos: TRANSPORTE DE MERCANCÍAS DESDE BOLLULLOS DE LA MITACIÓN HASTA SEVILLA CARECIENDO DE LA CARTA DE PORTE PRECEPTIVA PARA MM PP PRESENTA CARTA DE PORTE DE FECHA 12/03/12, CANTIDAD DE MERCANCÍA DISTINTA A LA MINIFIESTA POR EL CONDUCTOR (CONSTA 500 L, TRANSPORTANDO 100 L), DATOS DEL EXPEDIDOR NO FIABLES DADO A QUE EL DOCU-MENTO NO CONCUERDA EN FECHA; normas infringidas: 140 25 4 LOTT 197 ROTT; pliego de descargo; no; sanción: 2 001,00 euros

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 5

Lo que se notifica a efectos de que, si lo estima oportuno, cada interesado alegue por escrito a esta Delegación, sita en Plaza de San Andrés, 2 y 4 41071 Sevilla, lo que a su derecho convenga, con aportación o proposición de pruebas en el plazo de 15 días hábiles siguientes al de la publicación del presente anuncio. Igualmente se le notifica que, conforme establece el artículo 146.3 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, el importe de la sanción inicialmente propuesta se reducirá en un 25% si realiza su ingreso antes de que transcurran los quince días siguientes a la publicación de la presente notificación.

Sevilla a 6 de marzo de 2013 —La Instructora, Luz María Romero García 2W-3345

————Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

————Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente: VP/00175/2013Don Francisco Losada García, ha solicitado la ocupación por un plazo de 10 años renovables de los terrenos de la Vía Pecuaria

siguiente:Provincia: Sevilla Término Municipal: Utrera.Vía Pecuaria: «Cañada Real de Montellano y Morón» Tramo 1.ºSuperficie: 360 m2 Con destino: Ocupacion temporal regularizar instalaciones de la venta El Frenazo Lo que se hace público para que aquellos que se consideren interesados, puedan formular las alegaciones oportunas en las

oficinas de esta Delegación Territorial, sita en Avda. de la Innovacion s/n.º Edificio Minister, en Sevilla, durante un plazo de veinte días, a contar desde la finalización del mes de exposición e información pública.

Sevilla a 18 de marzo de 2013 —El Secretario General Provincial, Fernando Rodríguez Reyes 25W-4391-P

DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.—SEVILLA————

Gerencia Regional del CatastroDe conformidad con lo establecido en el artículo 26 2 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto

refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, por el presente anuncio se pone en conocimiento de los titulares catastrales la apertura del trámite de audiencia correspondiente a los Procedimientos Simplificados de Valoración Colectiva del municipio de Huévar del Aljarafe, por haberse aprobado definitivamente las modificaciones del planeamiento que se señalan en el siguiente cuadro, con indicación de las fechas de aprobación definitiva, la causa que origina el procedimiento y las zonas afectadas por el mismo.

Causa del procedimiento: Aprobación de planeamiento urbanístico de desarrollo Sector Emplazamiento Aprobación Uso global

PP R-1 Perimetral casco urbano Modificación NNSS A.D. CPOTU 24/11/2006 (BOJA núm. 123 de 22/06/07) Residencial PP T-1 Perimetral casco urbano Modificación NNSS A.D. CPOTU 24/11/2006 (BOJA núm. 123 de 22/06/07) Terciario SG V Perimetral casco urbano Modificación NNSS A.D. CPOTU 24/11/2006 (BOJA núm. 123 de 22/06/07) Sistema General SG EL-2 Perimetral casco urbano Modificación NNSS A.D. CPOTU 24/11/2006 (BOJA núm. 123 de 22/06/07) Sistema General SG DOC Perimetral casco urbano Modificación NNSS A.D. CPOTU 24/11/2006 (BOJA núm. 123 de 22/06/07) Sistema General PP I-4 Margen Autovía A-49 Sevilla-Huelva Modificación NNSS A.D. CPOTU 19/05/2008 (BOJA núm. 35 de 20/02/09) Industrial SG-EL-3 Margen Autovía A-49 Sevilla-Huelva Modificación NNSS A.D. CPOTU 19/05/2008 (BOJA núm. 35 de 20/02/09) Sistema General

El plazo de audiencia será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, en la Geren-cia Regional del Catastro de Andalucía, sita en Sevilla, avda Innovación s/n, a fin de que puedan formular alegaciones y presentar las pruebas que se estimen pertinentes

Sevilla a 27 de marzo de 2013.—La Gerente Regional, M.ª José Pérez Pérez.————

De conformidad con lo establecido en el artículo 26 2 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, por el presente anuncio se pone en conocimiento de los titulares catastrales la apertura del trámite de audiencia correspondiente a los Procedimientos Simplificados de Valoración Colectiva del municipio de Valencina de la Concepción, por haberse aprobado definitivamente las modificaciones del planeamiento que se señalan en el siguiente cuadro, con indicación de las fechas de aprobación definitiva, la causa que origina el procedimiento y las zonas afectadas por el mismo.

Causa del procedimiento: Aprobación de planeamiento urbanístico de desarrollo Sector Emplazamiento Aprobación Uso global

Finca «Las Cabezas» Noroeste núcleo de Valencina de la Concepción Modificación NNSS A.D. CPOTU 25/01/2007 (BOJA núm. 77 de 19/04/07) RESIDENCIALEl plazo de audiencia será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, en la Geren-

cia Regional del Catastro de Andalucía, sita en Sevilla, avda Innovación s/n, a fin de que puedan formular alegaciones y presentar las pruebas que se estimen pertinentes

Sevilla a 27 de marzo de 2013.— La Gerente Regional, M.ª José Pérez Pérez

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6 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

De conformidad con lo establecido en el artículo 26 2 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, por el presente anuncio se pone en conocimiento de los titulares catastrales la apertura del trámite de audiencia correspondiente a los Procedimientos Simplificados de Valoración Colectiva del municipio de Villanueva del Río y Minas, por haberse aprobado definitivamente las modificaciones del planeamiento que se señalan en el siguiente cuadro, con indicación de las fechas de aprobación definitiva, la causa que origina el procedimiento y las zonas afectadas por el mismo.

Causa del procedimiento: Aprobación de planeamiento urbanístico de desarrollo Sector Emplazamiento Aprobación Uso global

SUS-4 «La Poza» Sureste del T.M. Modificación NNSS AD CPOTU 23/12/2008 BOJA NÚM. 140 de 21/07/2009

Residencial SG-EL Espacios libres

El plazo de audiencia será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, en la Ge-rencia Regional del Catastro de Andalucía, sita en Sevilla, avda. Innovación s/n, a fin de que puedan formular alegaciones y presentar las pruebas que se estimen pertinentes

Sevilla a 27 de marzo de 2013.—La Gerente Regional, M.ª José Pérez Pérez.3W-4628

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL MIÑO-SIL————

Secretaría GeneralDe conformidad con lo establecido en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública notificación de la resolución del expediente sancionador que se indica, instruido por esta Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, a las personas o entidades que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar.

El correspondiente expediente obra en el Servicio de Gestión de Usuarios y Apoyo Administrativo de la Confederación Hi-drográfica del Miño-Sil, Progreso 6, de Ourense, ante la cual le asiste el derecho de presentar recurso potestativo de reposición ante el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Galicia o el correspondiente a la circunscripción del domicilio del denunciado, en el plazo de un mes o dos meses respectivamente, contados desde el siguiente al de la publicación del presente en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Expediente: S/32/0170/11. Sancionado: Pablo Campos Castillo. Término municipal infractor: Sevilla. Acuerdo de incoación: 30/12/2011 Artículo Ley de Aguas: 116 a) Artículo Reglamento Dominio Público Hidráulico: 316 a)

Ourense 28 de febrero de 2013 —El Secretario General, Manuel González Torres 2W-3420

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA————

Área de ConcertaciónDe conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-

ministraciones Públicas y Procedimiento Común, se hace público, el extracto de la Resolución de la Presidencia de la Diputación de Sevilla nº 1.169 de fecha 14 de abril de 2013 referente a la “Aprobación de las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la cofinanciación de proyectos a realizar en países en vías de desarrollo dirigidas a Organizaciones No Gubernamentales (ONGDs) para 2013”

Visto el dictamen favorable del Consejo Asesor de Cooperación al Desarrollo, en su sesión del 5 de febrero de 2013, sobre la aprobación de las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas para la cofinanciación de proyectos a realizar en países en vías de desarrollo dirigidas a Organizaciones no gubernamentales (ONGDs) para 2013, incluida en la línea de actuación 6 del Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Concertación para 2012, aprobado por resolución de la Presidencia nº 936/2013 Vistos, asimismo, los informes emitidos por el Secretario General y el Interventor, vengo en resolver:

Primero.—Aprobar las siguientes Base Reguladoras para la concesión de ayudas para la cofinanciación de proyectos a reali-zar en países en vías de desarrollo dirigidas a Organizaciones no gubernamentales (ONGDs) para 2013, ascendiendo su presupuesto a 300 000,00 €: 100 000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 2404/232 00/480 00, y 200 000,00 € con cargo a la aplicación 2404/232 00/780 00 (gfa 131gg025), del vigente presupuesto 2013

Segundo- Ordenar su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia a efectos de darlas a conocer a los posibles interesados.

Bases reguladoras para la concesión de ayudas para la cofinanciación de proyectos a realizar en países en vías de desarrollo dirigidas a organizaciones no guBernamentales (ongds) para 2013.

Primero —Objeto Las presentes Bases tienen por objeto regular en régimen de concurrencia competitiva las ayudas de la Diputación Provin-

cial de Sevilla a Organizaciones No Gubernamentales (ONGDs) para la cofinanciación de Proyectos, en la modalidad de Cooperación Indirecta, a países en vías de desarrollo (Art 6 3 del Reglamento por el que se regulan las actividades y se establecen las normas en materia de distribución de Fondos destinados a Proyectos de Cooperación al Desarrollo y Ayuda Humanitaria en la Diputación Provin-cial de Sevilla)

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 7

Las ayudas se concederán en concepto de subvenciones, valorándose las solicitudes en base a los criterios establecidos en las presentes Bases y demás legislación aplicable

Segundo —Destinatarios y Requisitos generales.La presente convocatoria va dirigida a ONGDs legalmente constituidas, con capacidad jurídica de obrar que deberán cumplir

los siguientes requisitos:1 Tener como fines institucionales específicos la realización de actividades de Cooperación Internacional para el Desarrollo,

que integren en sus acciones los enfoques transversales de género y defensa del Medio Ambiente, y en general, el fomento de la solidaridad entre los pueblos con el fin de mejorar las condiciones de vida de su población.

2 Carecer de fines de lucro.3 Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social 4 Tener Sede Social o Delegación permanente en la provincia de Sevilla, de cuya constancia se deberá dar crédito en la

inscripción registral correspondiente 5 Tener capacidad para sostener las acciones subvencionadas Las organizaciones deberán adjuntar un informe y un organi-

grama de los recursos humanos con que cuentan, especificando las características de su vinculación y dedicación, así como las relaciones más significativas que mantienen con otras organizaciones locales, estatales o internacionales, sobre todo en lo referido a la delegación provincial de Sevilla

6 Haber justificado adecuadamente las ayudas económicas recibidas de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla en ejer-cicios anteriores para proyectos análogos que hayan cumplido su plazo de ejecución.

7 Acreditar haber efectuado el correspondiente ingreso, en los casos en los que sobre los beneficiarios de subvenciones haya recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro.

8 Solamente se podrá presentar un proyecto por ONGD a la presente convocatoria Tercero —Prioridades.1.—Prioridades específicas para proyectos a realizar e países en vías de desarrollo.— Prioridades geográficas: • Los países latinoamericanos especialmente en Haití, los países Árabes del norte de África y Oriente Medio, los países

del África Subsahariana. • Dentro de estas áreas geográficas, son prioritarios los países con menor índice de desarrollo humano, de conformidad

con lo previsto por el programa de Naciones Unidas para el Desarrollo — Prioridades horizontales: • La lucha contra la pobreza. • La promoción de la igualdad entre géneros.— Prioridades sectoriales: • Atención a las necesidades sociales básicas (educación, salud, vivienda, infraestructuras básicas y seguridad alimen-

taría) • Estructura y promoción del tejido económico cuyos beneficiarios directos sean los colectivos más desfavorecidos.Cuarto 1 —Documentación a presentar 1 1 —Las entidades deberán presentar la siguiente documentación: 1.1.a. Instancia-formulario, dirigida al Excelentísimo señor Presidente de la Diputación de Sevilla, suscrita por

la persona que ostente la representación legal de la entidad La Instancia-Formulario deberá presentarse en papel y en soporte digital obligatoriamente

1 1 b Autorización suscrita por la persona que ostente la representación legal de la ONGD para la obtención de información tributaria y con la seguridad social por parte de la Diputación de Sevilla, caso de no presentar el certificado correspon-diente

1 1 c Copia compulsada del título o poder a favor de la persona que formule la solicitud como representante legal de la entidad solicitante. En caso de que el firmante de la solicitud sea el Presidente de la entidad y tenga conferida por estatutos la representación de la misma será suficiente la presentación de un certificado expedido por el secretario de la organización acreditando la composición actual de la Junta Directiva o Patronato de la misma

1.1.d. Copia compulsada del DNI o del NIE (Número de Identificación de extranjeros)en vigor de la persona que formule la solicitud como representante legal de la entidad

1.1.e. Copia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal de la ONGD. 1 1 f Copia compulsada de los estatutos de la organización en los que deberá constar expresamente la inexis-

tencia de ánimo de lucro, así como tener como fines institucionales expresos, según sus estatutos, la realización de actividades de cooperación internacional al desarrollo o el fomento de la solidaridad entre los pueblos a fin de mejorar las condiciones de vida de su población en general, acompañando también, relación de socios/as debiendo tener como mínimo 30

1.1.g. Copia compulsada del certificado de inscripción de la entidad en el registro correspondiente, en el que deberá constar expresamente la antigüedad de la misma y la apertura de la Delegación de Sevilla en caso de que no figure en los estatutos.

1.1.h. Declaración del representante legal que indique la ausencia de cambios en los estatutos presentados o, en su caso, la fecha de la última modificación. En este último caso deberá presentar dicha modificación acompañada de la inscripción registrada de la misma.

1.1.i. Declaración responsable de no hallarse el representante legal o la entidad en algunos de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario de la subvención contemplado en el art 13 de la Ley General de Subvenciones

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8 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

1 1 j Memoria de actividades de la entidad o, en su caso, informe de actividades correspondiente al año an-terior de la presentación del presente proyecto. En dicha memoria deberá incluirse información sobre los proyectos desarrollados, fuentes de financiación, cuentas anuales, número de socios, nombre de los directivos, organigrama, sedes y relación del personal laboral si lo hubiere. La entidad deberá aportar además información específica sobre los extremos anteriormente indicados referidos a la Diputación de Sevilla

1.1.k. Copia de resolución/es de aportación del resto de cofinanciadores. En el caso de que dichas aportaciones estén solicitadas y no concedidas adjuntar copia de dicha solicitud y, en cualquier caso, certificado del re-presentante legal de la entidad comprometiéndose a aportar, directamente o con financiación de terceros, la diferencia entre el coste total del proyecto y la subvención que se obtenga de la Diputación de Sevilla

1.1.l. Declaración responsable del representante legal, de que las actuaciones a financiar por la Diputación de Sevilla no han comenzado a ejecutarse con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la subvención

1 1 m Para los proyectos de cooperación al desarrollo, declaración del responsable de la Contraparte Local en la que se acredite el conocimiento del proyecto presentado a Diputación de Sevilla, así como el compro-miso de participar en su desarrollo en los términos establecidos en el mismo. En el caso de que el pro-yecto lo requiera, acreditación documental de las solicitudes de intervención, autorizaciones o acuerdos necesarios por parte de las autoridades o colaboradores del país receptor de la ayuda para la ejecución del proyecto

1 1 n Declaración responsable del representante legal de que la entidad que representa existe legalmente en la actualidad y que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria y de aceptación de las presentes bases

1.1.ñ Certificado de entidad bancaria donde se acredite nº de Cuenta a nombre de la ONGD, donde se realizará ingreso caso de que sea beneficiario de la subvención. (Anexo III)

1 2 — Toda la documentación será original o fotocopia debidamente compulsada de acuerdo con la normativa vigente sobre la materia Sólo los documentos indicados en el apartado 1 1 n se admitirán en soporte fax (declaración del responsable de la contraparte local)

1.3.— En el caso de que la ONGD hubiera presentado en anteriores convocatorias la documentación requerida en los apar-tados 1.1.c, 1.1.d,1.1.e, 1.1.f, 1.1.g, no tendrá que volver a presentarla, salvo que hayan pasado más de cinco años desde que se presentó o se haya producido alguna modificación, lo cual deberá acreditarse mediante certificación del representante de la entidad en la que deberá detallarse los documentos presentados y la convocatoria a que co-rresponde, de conformidad con el art 23 3 de la LGS

1 4 — Si la solicitud se presenta por dos o más entidades, la documentación anteriormente relacionada deberá presentarse por cada una de ellas, además de incluir un convenio (con firmas originales) suscrito por todas en el que establezcan los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos y quien ostenta la representación ante la Diputación Sevilla

2 Forma de presentación Los documentos deberán presentarse agrupados mediante cualquier sistema de encuadernación; ordenados, numerados y con

índice Se presentarán en la siguiente forma: Volumen 1: Documentación administrativa Contendrá la documentación administrativa indicada anteriormente en el apartado

primero de la presente Base (documentos 1.1.b a 1.1.j.). Se indicará en la portada el nombre de la entidad solicitante y el año de la Convocatoria

Volumen 2: Instancia-formulario de identificación del proyecto. Contendrá la información relativa al proyecto, según el mode-lo de Instancia – formulario y los documentos del 1.1.k al 1.1.ñ indicados en el apartado 1 de la presente Base, junto con la documen-tación complementaria del proyecto que la entidad estime presentar Se indicará en la portada el título del proyecto, el nombre de la ONGD y el año de la convocatoria.

Se presentará un solo ejemplar del volumen 1 Se presentarán un solo ejemplar del volumen 2 junto con una copia de la instancia – formulario en soporte digital Los documentos deberán estar redactados en castellano No se considerarán los documentos redactados en otros idiomas salvo

que se aporte su correspondiente traducción validada por el representante legal de la entidad Los textos se escribirán en letras de tamaño fácilmente legibles (igual o superior a arial 12).Quinto —Definición del Proyecto.La definición del proyecto se hará en la Instancia-formulario, de acuerdo con los siguientes requisitos: • Identificación y formulación precisas, con objetivos y resultados claros y realistas. Descripción detallada de las activida-

des previstas y de la estrategia de intervención • Detallado calendario de acciones y riguroso desglose presupuestario con indicación del destino que se dará, en su caso, a

las aportaciones de las distintas fuentes de financiación. En el caso de proyectos plurianuales se deberá incluir un desglose presupuestario por cada año de ejecución.

• Inclusión de indicadores y fuentes de verificación que permitan medir el grado de consecución de los objetivos previstos. Definición de los mecanismos de seguimiento y control.

• En los proyectos de cooperación al desarrollo, estudio de su viabilidad económica, social y técnica al finalizar la ayuda externa

• Definición del grado de implicación de los beneficiarios, las autoridades locales, las organizaciones sociales, empleo de recursos locales

• Impacto de proyecto con especial atención al impacto de género y al impacto medioambiental. En cualquier caso, la Diputación de Sevilla se reserva el derecho de exigir cuanta información o documentación estime necesa-

ria para cada caso concreto, tanto de la ONGD solicitante como de las entidades que aparecen implicadas en la ejecución del proyecto

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 9

Sexto —Criterios de valoración y selección de los proyectos.En la valoración y selección de los proyectos de Cooperación Internacional al Desarrollo a ejecutar en terceros países, se ten-

drán en consideración los siguientes criterios:1 En relación a la ONGD solicitante: la experiencia en la ejecución de proyectos de desarrollo, su capacidad organizativa, la

solidez e implantación de la entidad en la provincia de Sevilla, la experiencia previa en la zona de ejecución del proyecto y en el sector de actuación del mismo, la implicación financiera en el presupuesto total del proyecto y la experiencia previa con la Diputación de Sevilla

2 En relación a la Contraparte local: su ámbito de actuación y especialización, la experiencia en proyectos de desarrollo, su capacidad organizativa, la presencia y experiencia en la zona de ejecución del proyecto, la experiencia de trabajo con agentes de desarrollo y cooperación internacional, especialmente con la ONGD solicitante, y la implicación financiera de la Contraparte en el presupuesto total del proyecto

3 En relación al Proyecto: la adecuación a las prioridades de la convocatoria, la descripción del contexto y justificación del proyecto, la adecuación de la intervención con la problemática descrita, la coherencia interna del proyecto y la descripción de las actividades, la coherencia entre las partidas presupuestarias los objetivos del proyecto, el grado de desglose presu-puestario, la identificación de los beneficiarios y la viabilidad del proyecto e impacto del mismo.

Séptimo.—Presentación de solicitudes. Lugar y plazo de presentación.Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Excma Diputación Provincial de Sevilla (entrada principal puerta

izquierda), sita en Avda. Menéndez y Pelayo, nº 32, de 9:00 h. a 14:00 h., sin perjuicio de lo establecido en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de 16 de noviembre que regula el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, y en el plazo de treinta días naturales a partir del día siguiente a la publicación de las presentes Bases en el «Boletín Oficial» de la provincial. A fin de garantizar la suficiente difusión de la convocatoria, se publicará la misma en la página Web de Diputación.

De acuerdo con el artículo 35 f)de la mencionada Ley 30/1992, no es necesaria la presentación por parte del interesado de aquella documentación que se hubiese aportado con anterioridad ante la Diputación de Sevilla, siempre que la misma se encuentre en plena vigencia, lo que se acreditará mediante la oportuna certificación del Secretario de la Entidad.

Octavo —Subsanación de la solicitud.Si la solicitud de subvención no reúne los requisitos previstos o no acompaña la documentación correcta, se requerirá a la en-

tidad peticionaria para que en el plazo de diez días hábiles subsane los defectos o aporte los documentos preceptivos, con indicación de que si no lo hiciera se dictará resolución declarando el desistimiento de la solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

Se establece el fax o documento escaneado vía correo electrónico como medio para realizar comunicaciones, notificaciones, citaciones y demás actos. Por esta razón las ONGD solicitantes deberán indicar su número en la instancia-formulario, a dicho número se remitirán las actuaciones, considerándose válidas y produciendo los efectos determinados en las presentes Bases y en la legislación vigente de procedimiento administrativo, si la recepción del mismo resulta conforme

Noveno —Gastos subvencionables. Las subvenciones de Diputación de Sevilla podrán destinarse a la financiación tanto de gastos directos como indirectos.1 Gastos Directos Aquellos que son propios del proyecto y que financian la consecución inmediata de los objetivos. Habrán de estar comprendi-dos en las siguientes partidas presupuestarias:1 1 Terrenos o inmuebles Sólo podrán imputarse a esta partida los gastos relativos al arrendamiento de inmuebles afectos completamente al proyecto

a excepción del arrendamiento de la oficina permanente de la contraparte local. Para la admisión de terrenos o inmuebles como aporte valorizado será necesario que la ONGD solicitante acredite docu-

mentalmente la propiedad de los mismos e incluya una descripción física, su localización exacta y su valor catastral En caso de que se valorice el alquiler y no la adquisición deberá aportar contrato de arrendamiento

1 2 Construcción y/o reformas de inmuebles Se podrán imputar con cargo a esta partida los gastos correspondientes a la mano de obra, dirección de obra, material de

construcción, transporte de dicho material, licencias de obras y tasas. Será necesaria la aportación de una copia del presu-puesto de la obra

Para la inclusión de este tipo de gastos será necesario especificar el régimen de propiedad y la titularidad de la misma, aportándose documentación probatoria suficiente.

Los inmuebles que se construyan o reformen con financiación de la Diputación de Sevilla deberán quedar formalmente vinculados al proyecto durante un período no inferior a 25 años, sin que puedan disponer libremente de ellos ni la ONGD española ni la contraparte local.

1 3 Equipos y suministros Se incluyen en esta partida los gastos por adquisición y/o arrendamiento de maquinaria, herramientas, mobiliario, vehí-

culos, materiales didácticos, equipos informáticos, material sanitario, utillaje e insumos directamente relacionados con el proyecto Deberá adjuntarse presupuesto o factura proforma de los equipos, cuyo presupuesto sea más de 1 000,00 €

Los vehículos y demás equipos que se adquieran con financiación de la Diputación de Sevilla deberán quedar formalmente vinculados al proyecto durante un período no inferior a 10 años, sin que puedan disponer libremente de ellos ni la ONGD española ni la contraparte local.

1 4 Personal local Se incluyen los gastos correspondientes a salarios y seguros sociales del personal de la ONGD española o de la contraparte

local sometido a la legislación del país donde se desarrolle el proyecto Se presentará documento en que se constate el salario medio del país para este tipo de contrato

No se podrán incluir los gastos laborales o de prestación de servicios de las personas que realicen la formulación, segui-miento y evaluación del proyecto ya que éstos se incluyen en el apartado de costes indirectos

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10 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

1 5 Personal expatriado Gastos correspondientes a salarios y seguros sociales del personal de la ONGD española sometido a la legislación española

y que participe activamente en el desarrollo del proyecto. La ONGD debe, en la medida de lo posible, hacer uso de los recursos humanos locales. El envío de personal expatriado es aceptable si la ONGD justifica su valor añadido, la cualifi-cación profesional del mismo y las funciones a desempeñar y justifique porque no puede utilizar personal local cualificado.

No se podrán incluir los gastos laborales o de prestación de servicios de las personas que realicen la formulación, segui-miento y evaluación del proyecto ya que éstos se incluyen en el apartado de costes indirectos.

1 6 Viajes y estancias Se incluirán los gastos de desplazamientos derivados de las actividades programadas en el proyecto (por ejemplo dietas

para asistir a cursos, desplazamientos de los beneficiarios, viajes del personal local y expatriado, etc....). Se imputarán en esta partida los gastos menores de locomoción y manutención (recibos de taxis, billetes de autobús, facturas de restauran-tes, etc )

No se incluirán los gastos de desplazamiento de las personas vinculadas a la formulación, seguimiento y evaluación del proyecto que se incluirán como gastos indirectos

1 7 Gastos de funcionamiento Se entenderán como gastos de funcionamiento los vinculados al desarrollo directo del proyecto que no se puedan incluir

en otro concepto, así como los gastos bancarios de las transferencias monetarias derivadas del proyecto 1 8 Fondo rotatorio Lo constituyen los fondos que se destinan única y exclusivamente a la concesión de créditos, monetarios o en especie, a

los beneficiarios. Créditos que deberán ser devueltos a la OL (organización local) con sus intereses correspondientes para la concesión de nuevos créditos.

En la instancia-formulario debe establecerse: objetivo, tipo (monetario o en especie), valor global e individualizado del préstamo previsto, tipo de interés, plazo de carencia, garantías y otras condiciones exigidas a los beneficiarios, órgano gestor, cronograma de devolución, control de incobrables, ingresos previstos con el retorno y tasa de retorno prevista Se incluirán los gastos de gestión y de administración del propio fondo

1 9 Imprevistos Se podrá incluir en concepto de imprevistos una cantidad inferior al 1% del presupuesto destinado a costes directos Los imprevistos deberán ser valorados en función de los riesgos señalados en el momento de la planificación y pueden

proceder de: La inflación, un riesgo que afecta a la capacidad de compra de los medios. En caso de incluirla se deberá justificar que

dicha inflación no ha sido ya tenida en cuenta en el momento de realizar el presupuesto de cada año. Es necesario tener en cuenta que en muchos casos mayoría de los casos la inflación local se ve compensada por la apreciación del US$ moneda que reciben de los cofinanciadores externos.

La depreciación del Euro frente al US$ o de la moneda local frente al US$ En estos casos se deberá presentar documento demostrativo del valor de cambio al día de la ejecución del gasto afectado por la depreciación

2 —Gastos indirectos Se entenderán como gastos indirectos los gastos corrientes de personal, de los locales, suministros y material de oficina, viajes

y desplazamientos derivados exclusiva y directamente de la formulación, seguimiento, evaluación y actividades de sensibilización del proyecto imputables a la ONGD española o a su contraparte local. No podrán superar el 8 % de la subvención solicitada.

3 —ValorizacionesSe aceptarán valorizaciones únicamente de las aportaciones locales y en los conceptos de adquisición y utilización de terrenos

e instalaciones, personal local y autoconstrucción de viviendas. La justificación de los costes de adquisición o utilización de terrenos e instalaciones se justificará mediante la presentación en Anexo de la correspondiente tasación, escritura, valor de mercado, etc...Los gastos de personal local se justificarán con el contrato de trabajo y nóminas firmadas por el trabajador, contrato de arrendamiento, facturas o recibos, según proceda

4.—Ingresos financierosLos ingresos financieros generados por el proyecto, tanto en España como en el país de ejecución, deberán ser destinados

íntegramente a la financiación de costes directos del proyecto, dentro del plazo de ejecución previsto. En todo caso para su aplicación será necesaria la autorización expresa de la Diputación de Sevilla

Décimo.—Financiación.La cantidad destinada a financiar esta Convocatoria asciende a un total de 300.000,00 €, con cargo a las siguientes aplicaciones

presupuestarias del vigente presupuesto de esta Corporación:• Aplicación 2404/232 00/480 00 100 000,00 € Financiará proyectos cuyos gastos mayoritarios sean en material no

inventariable: material fungible educativo, sanitario, divulgativo, alimentación, gastos en desplazamientos, dietas, etc )• Aplicación 2404/232 00/780 00 (gfa 131gg025)200 000,00 € Financiará proyectos cuyos gastos mayoritariamente sean

en material inventariable: construcción, equipamientos, compra de vehículos, inmuebles, etc.a) La contribución de la Diputación de Sevilla se materializará con carácter general mediante subvenciones de un máximo de

40.000,00 € a fondo perdido hasta un máximo del 80 % del coste total del Proyecto.b) La concesión de una subvención de la Diputación de Sevilla para un Proyecto específico es compatible con las obtenidas

de cualquier otro tipo de Institución Pública o Privada, aunque los recursos obtenidos no podrán superar el total del pro-yecto

c) Se podrá considerar como aportación de la entidad solicitante los recursos humanos y materiales con los que se contribuye para la ejecución de la acción a subvencionar, y que son susceptibles de valoración

d) El porcentaje máximo destinado a sufragar los costes indirectos del proyecto, imputables a la financiación de Diputación de Sevilla, no podrá exceder del 8 % de los costes directos en efectivo del proyecto

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 11

e) En el caso de programas plurianuales, se especificarán los presupuestos de cada año y se hará constar si el proyecto ha re-cibido aportaciones anteriores de la Diputación de Sevilla, con el importe concedido Debe tenerse presente que la solicitud de financiación, presentada a la Diputación, afecta sólo al ejercicio presupuestario en curso. Aunque el proyecto global en el cual se enmarca la actividad subvencionada tenga una duración de ejecución superior a un año, la concesión de la subvención no compromete, en ningún caso, a la Diputación de Sevilla respecto a la financiación del mismo proyecto en siguientes ejercicios

f) No se considerarán para su financiación aquellos proyectos que hayan obtenido subvención, de la Excma. Diputación de Sevilla, en convocatorias anteriores y de los que no se disponga, a la fecha de presentación de la nueva solicitud, de los res-pectivos informes de seguimiento o justificación, en su caso, que permitan conocer el grado de ejecución y cumplimiento de los objetivos fijados en su día.

Undécimo.—Valoración y propuesta de resolución.Aceptadas las solicitudes y proyectos y previo informe técnico de la Oficina de Cooperación Internacional al Desarrollo, el

Consejo Asesor de Cooperación procederá a la valoración y selección de los mismos de acuerdo con los criterios establecidos en la base sexta de la presente Convocatoria, comunicándose a los titulares de proyectos seleccionados el importe de subvención acordado

En el plazo de diez días a contar desde esta comunicación, los beneficiarios de la subvención deberán aceptar expresamente la subvención y las condiciones y compromisos a los que se obliga, haciendo hincapié en la Base Octava. Asimismo deberá aportar cer-tificación, del órgano competente para ello, justificativo y acreditativo de que cuentan con los medios suficientes para sufragar el resto del coste del proyecto o programa a realizar u optar por la reformulación del mismo, adaptándolo a los fondos disponibles

Tras este periodo se procederá a la aprobación de los proyectos seleccionados, reformulados, en su caso, que hayan sido acepta-dos por sus titulares Las resolución de aprobación de proyectos y concesión de las ayudas corresponde al Presidente de la Corporación Provincial, a propuesta del Consejo Asesor de Cooperación al Desarrollo. Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Ilmo Sr Presidente de esta Corporación, en el plazo de 1 mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución a los interesados, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y sin perjuicio de utilizar cualquier otro que estime procedente

El plazo máximo para dictar la resolución será de cuatro meses a partir de la fecha de terminación del plazo de solicitudes. De conformidad con el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el transcurso de dicho plazo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención

Duodécimo.—Abono de la subvención.El abono del 100% de la subvención se realizará con la resolución de la presidencia debiendo los beneficiarios cumplir, en

cuanto a la ejecución del proyecto aprobado, con los requisitos establecidos en el art 31 del Reglamento por el que se regulan las acti-vidades y se establecen las normas en materia de distribución de Fondos destinados a Proyectos de Cooperación al Desarrollo y Ayuda Humanitaria en la Diputación Provincial de Sevilla

Decimotercero —Inicio del proyecto.Las ONGDs deberán iniciar la ejecución del proyecto en el plazo máximo de treinta días, contados a partir de la fecha de la

transferencia bancaria de la subvención concedida. En todo caso, podrá darse comienzo a la ejecución del mismo a partir de la fecha de resolución aprobatoria de la subvención

Las ONGDs beneficiarias deberán comunicar por escrito el comienzo de las actividades, especificando la fecha en que se ini-cian, así como las partidas presupuestarias correspondientes a las actividades que vayan a ser financiadas con cargo a la subvención obtenida de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, igualmente, comunicarán la fecha prevista de finalización, teniendo en cuenta los plazos señalados en la solicitud de subvención.

En el caso de que el proyecto, por causas no imputables a la entidad beneficiaria, no se iniciara en el plazo máximo indicado, las ONGDs deberán remitir una justificación de tal circunstancia para su aprobación, si procede, por el Consejo Asesor.

Decimocuarto —Finalización del proyecto e informe final.1. Las ONGDs beneficiarias quedan obligadas a finalizar las actuaciones, en lo que concierne a la parte subvencionada por la

Excma. Diputación Provincial de Sevilla, dentro de los plazos señalados en el proyecto aprobado. A tal efecto, se computará como pla-zo de finalización el comprendido desde la fecha de inicio indicada por las ONGDs y el periodo de ejecución señalado en los proyectos aprobados o fase financiada de los mismos.

2. Con carácter general, los proyectos que obtengan una financiación superior a los 25.000,00 € deberán presentar un informe semestral de seguimiento técnico y económico del proyecto, los inferiores a esta cantidad presentarán un informe anual con el segui-miento técnico del proyecto y un seguimiento económico.

3. En el plazo máximo de tres meses desde la finalización del proyecto subvencionado, se presentará un informe final que incluirá un resumen de carácter técnico y una valoración general cualitativa de los objetivos, las actividades y resultados alcanzados a través de sus indicadores y fuentes de verificación expresados en la formulación del proyecto y las incidencias surgidas en el desarrollo del mismo

Decimoquinto.—Justificación económica y de realización del proyecto.Las ONGDs quedan obligadas a aportar, en el plazo máximo de tres meses, contados a partir del fin de la ejecución del proyec-

to, los siguientes documentos que acrediten dicha ejecución:1. Informe económico de evaluación final, en el que se analice y evalúe la realización del proyecto en su conjunto, reflejando

las actuaciones financiadas con cargo a la subvención concedida por la Diputación de Sevilla y las que se hayan financiado mediante otras subvenciones o fondos propios, que deberán coincidir con las unidades de gastos aprobados inicialmente

2. Justificar ante la Diputación de Sevilla, mediante declaración jurada del representante de la ONGD, la totalidad de la in-versión realizada en el proyecto, con independencia de quien haya sido el financiador, al objeto de comprobar que el coste total del mismo no ha sufrido modificación con respecto al aprobado.

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12 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

1. Relación numerada de los documentos justificativos del gasto valorados en euros, acorde con las unidades detalladas en el presupuesto de gastos presentado en su día y con la resolución de concesión de la ayuda e indicación del porcentaje de subvención imputado a cada financiadora del proyecto.

2. Documentación acreditativa de la transferencia de fondos realizada por la ONGD beneficiaria a la contraparte local, en su caso

3. Documento acreditativo, firmado por el representante legal de la contraparte local, de haber percibido los fondos en el país beneficiario.

4. Certificación del/la Presidente/a, Director/a o máximo responsable de la ONGD, en el que se acredite el ingreso en conta-bilidad del importe de la cantidad transferida, con expresión del asiento contable practicado, así como sobre la aplicación de la misma a la finalidad para la que fue otorgada.

5. Certificación emitida por el Secretario de la Asociación en la que se haga constar que el importe de la subvención o ayuda solicitada, aisladamente o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, no supere el coste total de la actividad subvencionada

6. Deberán presentar certificado del Secretario de la Asociación en la que haga constar que los originales o, en su caso fo-tocopias compulsadas, de todas las facturas o documentos de gastos justificativos imputables al proyecto se encuentran depositados en la sede de la ONGD, debiendo permanecer allí al menos durante un periodo de cinco años desde la comu-nicación de la aprobación del informe final.

8 Las facturas o documentos de gasto deberán contener: a) Datos de identificación del expedidor de la factura o documento de gastos justificativo. b) Datos de identificación del destinatario. c) Descripción clara de la prestación del servicio o suministro d) Lugar y fecha de emisión. e) Los justificantes de gastos de personal se justificarán mediante copia compulsada, por Organismo Público competen-

te, de los contratos y/o nóminas, firmados por los cooperantes, voluntarios o personas que hayan participado en las actividades, programas o proyectos, y los justificantes de la Seguridad Social, en su caso.

9 En su caso, la carta de pago de reintegro, realizado en la cuenta de Diputación IBAN ES37 2100-9166-78-2200160881, en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos, calculado de acuerdo con el artículo 38 de la Ley38/2003 General de Subvenciones

Decimosexto —Cumplimiento del proyecto.1 El proyecto deberá responder al programa presentado en la solicitud Todo cambio relacionado con el contenido del pro-

yecto o con las condiciones que se tuvieron en cuenta para la concesión de la subvención deberá ser objeto de una comu-nicación inmediata por parte del beneficiario al Consejo Asesor, junto con una memoria explicativa, en la que se detallen las modificaciones introducidas. El Consejo Asesor, procederá a la evaluación de los cambios introducidos resolviendo en consecuencia. En todo caso toda modificación dictaminada favorablemente por el Consejo Asesor deberá ser aprobada por Resolución de Presidencia previo informe de la Intervención de Fondos Provinciales

2 Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso, la obtención concurrente de subven-ciones concedidas por cualquier entidad, pública o privada, nacional o internacional, podrán dar lugar a la modificación de la subvención otorgada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 4 de la LGS

3. Cuando durante la ejecución de la actuación acontezcan circunstancias que alteren o dificulten gravemente el desarrollo de la misma, se considerarán modificaciones sustanciales. Las causas que se consideran modificación sustancial de un proyec-to son las que afecten a objetivos, resultados, población beneficiaria, ubicación territorial, socio local, plazo de ejecución y alteración de partidas. En este último supuesto, se considerará que existe modificación sustancial cuando la alteración de las cuantías individualizadas de las partidas del presupuesto inicial aprobado, supere en su conjunto el 20% del total de la cantidad subvencionada por la Diputación de Sevilla. Toda modificación que al efecto se produzca, se notificará a la Diputación de Sevilla

4. Las solicitudes de modificación de un proyecto deberán: a) Estar suficientemente motivadas. b) Formularse con carácter inmediato a la aparición de las circunstancias que las justifiquen, y con anterioridad a la

introducción de los cambios, ante la Diputación de Sevilla 5. El plazo máximo para autorizar las modificaciones sustanciales solicitadas será como máximo de 2 meses a contar desde

la entrada de la solicitud en la Diputación de Sevilla 6. Lo establecido en los puntos anteriores no impide que modificaciones no sustanciales deban ser comunicadas en los infor-

mes de seguimiento a la Diputación de Sevilla 7. No se aprobará en ningún caso modificaciones de los proyectos subvencionados, que de haber sido conocidas previamente

a la concesión de la subvención por la Diputación de Sevilla habrían supuesto la denegación o revocación de la subven-ción

8. La obtención concurrente de cualquier otra subvención a los proyectos cofinanciados por la Diputación de Sevilla, por parte de cualquier organismo público o privado, notificada a la ONGD después de presentar la solicitud conforme a estas Bases, deberá ser comunicada de inmediato y por escrito a Diputación de Sevilla, que podría proponer, en su caso, una modificación a la resolución de concesión.

Decimoséptimo.—Reintegro de la subvención.1 La ONGD subvencionada estará obligada a reintegrar las cantidades recibidas en los siguientes casos: a) Comprobación, posterior al acuerdo de concesión, de no reunir las condiciones requeridas b) Incumplimiento de la obligación de justificación. c) Incumplimiento de la finalidad para la que la subvención fue concedida. d) Justificación por un importe inferior al obtenido, en cuyo caso se reintegrará la diferencia que corresponda.

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 13

e) Si los gastos no se llevasen a cabo por cualquier causa o se modificasen sin autorización expresa de la Diputación de Sevilla

f) El incumplimiento de cualquier otra condición impuesta con motivo de la concesión de la subvención, siempre que sea imputable a la ONGD

g) El procedimiento de reintegro se iniciará de oficio o por la formulación de una denuncia.2. El procedimiento de reintegro se iniciará de oficio (a iniciativa del área que tramitó la subvención, de una orden superior,

de la petición razonada de otros órganos que tengan o no atribuidas facultades de inspección en la materia), o por la for-mulación de una denuncia

En la tramitación del procedimiento se garantizará, en todo caso, el derecho a audiencia del interesado.3. En el supuesto de que la entidad beneficiaria obtenga otra subvención para sufragar el proyecto, que exceda, aisladamente,

o en concurrencia con la subvención otorgada por la Diputación de Sevilla, del importe de su coste, conforme a lo previsto en el presupuesto, estará obligada al reintegro del exceso de la parte proporcional subvencionada por la Excma Diputación Provincial de Sevilla

4. La ONGD que incurriese en alguna de las causas que obligan al reintegro de la ayuda percibida, quedará inhabilitada para poder acceder a nuevas convocatorias de subvención en tanto no regularice su situación

Decimoctavo —Responsabilidad.La ONGD beneficiaria de la ayuda es la única responsable ante la Administración de la Excma. Diputación Provincial de

Sevilla de la realización de la actividad que fundamente la concesión de la subvención en forma y plazos establecidos, así como de la justificación de los gastos derivados de la ejecución del proyecto. Para ello deberá recabar, en su caso, de la contraparte local, los justi-ficantes de los gastos vinculados al proyecto, haciéndole llegar las exigencias de la Administración de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla

Decimonoveno —Publicidad.En toda información o publicidad de los proyectos subvencionados, se deberá hacer constar que éstos se realizan con la colabo-

ración de la Excma. Diputación Provincial de Sevilla, con inclusión expresa de su logotipo en caso de difusión general escrita, gráfica o audiovisual

Vigésimo.—Control.En relación con los proyectos subvencionados, las ONGDs que perciban subvenciones, podrán ser objeto del seguimiento y

control que se realice por los correspondientes Servicios que se determinen al efecto por la Excma Diputación Provincial de Sevilla, al igual que quedan sometidas al control financiero que corresponda, en relación con las subvenciones concedidas. Las ONGDs deberán proporcionar toda la documentación e información que por tales Servicios se requiera

El control de las subvenciones se realizará de conformidad con lo dispuesto en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones

Vigesimoprimero —Devolución de originales.A instancia de parte interesada se podrán retirar los documentos originales presentados a esta convocatoria, una vez transcu-

rridos los plazos para interponer recursos administrativos y ante la jurisdicción contencioso–administrativa o cualquier otro, haciendo constar que no se ha presentado, contra la resolución definitiva de la convocatoria, ninguno de los antedichos recursos.

Relación de anexos:Del 1 al 5 (Documentación varia)Nº 6: Identificación del solicitante y del proyecto Nº 7: Modelo presentación de presupuesto

ANEXO I MODELO DE SOLICITUD

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD:NOMBRE DE LA ENTIDAD:SIGLAS: C I F :DOMICILIO SOCIAL:C P : LOCALIDAD: TFNO : FAX:

DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL:NOMBRE Y APELLIDOS:CARGO QUE OSTENTA: N I F :DOMICILIO (a efectos de notificación):C P : LOCALIDAD: TFNO : FAX:

EXPONE: Que conociendo el contenido de las Bases de la convocatoria para el año 2013 por la que se conceden ayudas para la realización de proyectos de Cooperación y Ayuda al Desarrollo

SOLICITA: Subvención por un importe de …………………………………… euros, para el desarrollo del Proyecto…………………………………………

DECLARACIÓN: Declaro que esta institución reúne los requisitos exigidos y se compromete a aportar la documentación complementaria que se solicite en su caso

En Sevilla, a de de 2013Fdo :____________________

ILMO SR PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA

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ANEXO II FICHA DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD Y DEL PROYECTO

DATOS DE LA ENTIDAD:ENTIDAD: C I F : DOMICILIO (a efectos de notificación):LOCALIDAD: CÓDIGO POSTAL: TELÉFONO:Nº FAX: E-MAIL:Nº REGISTRO MUNICIPAL: PRESIDENTE-A/REPRESENTANTE LEGAL: N I F :

DATOS DEL PROYECTO:DENOMINACIÓN: CONTRAPARTE LOCAL: ÁREA GEOGRÁFICA: POBLACIÓN DESTINATARIA: BENEFICIARIOS/AS DIRECTOS/AS: COSTO TOTAL:CANTIDAD SOLICITADA:

ANEXO III TRANSFERENCIA BANCARIA

1 —DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD:NOMBRE DE LA ENTIDAD: SIGLAS: C I F : DOMICILIO SOCIAL: C P : LOCALIDAD: TFNO :

2 —DATOS DEL REPRESENTANTE LEGAL:NOMBRE Y APELLIDOS:CARGO QUE OSTENTA: N I F :DOMICILIO C P : LOCALIDAD: TFNO :

JUSTIFICACIÓN: Se acompaña el poder que acredita la representaciónBanco o Caja de Ahorros: (A cumplimentar por la Entidad Bancaria)Código del Banco Código de sucursalDígito de Control Título y nº de la cuenta corriente

Certifico la existencia en esta Oficina de la cuenta nº ______________________ a nombre de D _________________________________Con D N I /C I F ______________________Sevilla, de de 2013EL APODERADO

Fdo : Concepto: Pagos a nuestro favor, por orden de la Excma Diputación de SevillaSevilla, de de 2013

SELLO Y FIRMA

ANEXO IV DECLARACIÓN RESPONSABLE

D con N I F : en nombre y representación de la Entidad Declaro bajo mi responsabilidad: a) Que sobre esta Entidad no ha recaído resolución administrativa o judicial firme de reintegro de ayudas económicas concedidas. (En caso contrario, deberá remitirse certificado acreditativo de su ingreso). b) Aceptar el sometimiento a las actuaciones de comprobación y control financiero por los órganos competentes de la Diputación Provincial con relación a las subvenciones y ayudas concedidas c) Reconocer mi obligación de poner en conocimiento de la Diputación Provincial de Sevilla, la obtención de otras subvenciones o ayudas económicas para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales. Si se hubiesen solicitado u obtenido otras ayudas o subvenciones concurrentes para el mismo proyecto, deberán reflejarse con el siguiente detalle: Que las subvenciones de otras entidades para el proyecto son las siguientes y éstas no superan el coste total de la actividad a subvencionar:

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 15

ENTIDAD CONCEPTO CUANTÍA

____________________________________________________________________ __________________________________ ______________________________________________________

__________________________________ __________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________ __________________________________________________________________________________________________________________________

Que ha solicitado las siguientes subvenciones para el mismo proyecto:

ENTIDAD CONCEPTO CUANTÍA

____________________________________________________________________ __________________________________ ______________________________________________________

__________________________________ __________________________________________________________________________________________________________________________

__________________________________ __________________________________________________________________________________________________________________________

En Sevilla, a de de 2013Fdo :

ANEXO VMODELO AUTORIZACIÓN

AUTORIZACIÓN PARA LA CESIÓN DE INFORMACIÓN RELATIVA A OBLIGACIONES TRIBUTARIAS A LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA EN PROCEDIMIENTOS DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES Y AYUDA PÚBLICAS

Don/Doña con D.N.I. en nombre propio/en representación de con C.I.F. (cumplimentar lo que proceda)

AUTORIZA A la Diputación Provincial de Sevilla a solicitar la cesión de información, por medios informáticos o telemáticos, sobre la circunstancia de estar o no al corriente de sus obligaciones tributarias y seguridad social, así como sobre la circunstancia de ser o no deudor de la misma por cualquier otro ingreso de Derecho Público a efectos de cobro de la subvención o ayuda pública concedida para ___________________________________________. La presente autorización se otorga a los efectos del reconocimiento, seguimiento y control de las subvenciones solicitadas, y en aplicación de lo establecido en la disposición adicional cuarta de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, por la que se permite, previa autorización del interesado, la cesión de los datos tributarios que precisen las Administraciones Públicas para el desarrollo de sus funciones y en el artículo 14 del Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero por el que se regula los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos.

En______________a__________de______________de 2013

Fdo ______________________________(Sello de la O N G , en su caso)

ANEXO VI FORMULARIO, DE IDENTIFICACIÓN DE PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO

TÍTULO DEL PROYECTO:ÁREA/PAÍS:ONGD SOLICITANTE:CONTRAPARTE/SOCIO LOCAL:FINANCIACIÓN SOLICITADA (euros):

1º INFORMACIÓN BÁSICA DE LA ONGD QUE PRESENTA LA PROPUESTA

NOMBRE:SIGLAS:CIF:FECHA DE CONSTITUCIÓN:INSCRIPCIÓN EN REGISTRO/REGISTROS:FECHA DE INSCRIPCIÓN:Nº DE INSCRIPCIÓN:

REPRESENTANTE LEGAL DE LA ONGD:CARGO:DNI:TÍTULO O ACUERDO QUE LE CONFIERE LA REPRESENTACIÓN:FORMACIÓN Y/O EXPERIENCIA EN COOPERACIÓN INTERNACIONAL:

REPRESENTANTE/DELEGADO EN LA PROVINCIA DE SEVILLA:DNI:TÍTULO O ACUERDO QUE LE CONFIERE LA REPRESENTACIÓN:

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DOMICILIO DE LA SEDE PRINCIPALTelFaxe-mail

DOMICILIO DE LA SEDE EN LA PROVINCIA DE SEVILLATelFaxe-mailTITULARIDAD DEL DOMICILIO INDICADO

ANTECEDENTES, EXPERIENCIA DE LOS DOS ULTIMOS AÑOS Y PRINCIPALES LÍNEAS DE TRABAJO EN COOPERACIÓN DE LA ONGD

Nº DE ACCIONES DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL (Títulos de los proyectos y breve referencia)SECTORES

PAISESPRINCIPALES FINANCIADORESDESCRIPCIÓN DEL SISTEMA INTERNO EN LA ONGD PARA LA IDENTIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE PROYECTOS DE DESARROLLO

2º DATOS BÁSICOS DE LA CONTRAPARTE/SOCIO LOCAL

NOMBRE:SIGLAS:CIF:FECHA DE CONSTITUCIÓN:INSCRIPCIÓN EN REGISTRO/REGISTROS:FECHA DE INSCRIPCIÓN:Nº DE INSCRIPCIÓN:NATURALEZA JURÍDICA:CAMPO DE ACTIVIDAD Y FINES INSTITUCIONALES:

REPRESENTANTE LEGAL DE LA ONGDCARGODOCUMENTO DE IDENTIDAD

RESPONSABLE DEL PROYECTOCARGOPROFESIÓN/EXPERIENCIADOCUMENTO DE IDENTIDADSALARIO POR LA EJECUCIÓN/SEGUIMIENTO DEL PROYECTO

DOMICILIO DE LA SEDE PRINCIPAL (LOCALIDAD, PROVINCIA, PAIS )TelFaxe-mail

DOMICILIO DE LA SEDE EN EL ÁREA DEL PROYECTO (si procede)TelFaxe-mail

LÍNEAS DE TRABAJO, ACTIVIDADES Y ACTUACIONES DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO REALIZADAS EXPERIENCIA PREVIA CON LA ONG ESPAÑOLA

RELACIONES MÁS SIGNIFICATIVAS CON OTROS AGENTES DE DESARROLLO Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL

3º DATOS BÁSICOS DEL PROYECTO

TÍTULOLOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA : área/país/provincia/municipio/localidadPLAZOS DE EJECUCIÓNFecha prevista de comienzoFecha prevista de finalizaciónEN CASO DE PROYECTOS PLURIANUALES INDICAR PLAZO GLOBAL Y FASE DE EJECUCIÓN EN LA PRESENTE CONVOCATORIA

SECTOR/SUBSECTOR (de entre los descritos en las Bases)

PRESUPUESTO TOTAL (euros)FINANCIACIÓN SOLICITADA (euros) % SOBRE EL TOTAL:

OTRAS APORTACIONESDISPONIBLES EN FIRME (diferenciar aportaciones en efectivo y valorizadas)OTRAS ENTIDADES PÚBLICAS (euros) %OTRAS APORTACIONES PRIVADAS (euros) %

SOLICITADAS(euros)

EL PROYECTO ¿FORMA PARTE O COMPLEMENTA ALGÚN PLAN O PROGRAMA DE DESARROLLO?

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 17

RESUMEN Y BREVE DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PROYECTO Y DE LAS PRESTACIONES O SERVICIOS QUE PRETENDE LOGRAR PARA LOS BENEFICIARIOS/AS (No más de una página A efectos de comunicación social, está será la información normalizada a emplear por la Diputación de Sevilla)

4º INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE LOS BENEFICIARIOS/AS Y OTROS/AS ACTORES/AS IMPLICADOS/AS

BENEFICIARIOS/AS DIRECTOS/AS Edad/sexo/número

DESCRIPCIÓN DE SUS CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS

BENEFICIARIOS/AS INDIRECTOS/AS Y POTENCIALES. Características específicas

PERJUDICADOS/AS

EXCLUIDOS/AS

MECANISMOS O SISTEMAS PARA LA PRIORIZACIÓN Y SELECCIÓN DE LOS BENEFICIARIOS/AS, Y PARA LA IDENTIFICACIÓN DE PERJUDICADOS/AS Y EXCLUIDOS/AS DEL PROYECTO

CONDICIONES DE ACCESO A LAS PRESTACIONES Y SERVICIOS

GRADO DE MOTIVACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS/AS

PARTICIPACIÓN DE LA MUJER5º ANTECEDENTES, CONTEXTO Y JUSTIFICACIÓN

ANTECEDENTES Y ORIGEN DE LA DEMANDA Y/O DE LA DECISIÓN DE INTERVENCIÓN

CONTEXTO GEOGRÁFICO, SOCIOECONÓMICO, CULTURAL Y POLÍTICO

JUSTIFICACIÓN: ANÁLISIS DE PROBLEMAS Y OBJETIVOS

6º LÓGICA DE INTERVENCIÓN

OBJETIVO GENERAL -META- (claro, breve y conciso)

OBJETIVO ESPECÍFICO -PROPÓSITO- (claro, breve y conciso)

RESULTADOS CON RELACIÓN A LOS OBJETIVOS (PRODUCTOS)

INDICADORES VERIFICABLES OBJETIVAMENTE (IVO) EN RELACIÓN CON LOS RESULTADOS

FUENTES DE VERIFICACIÓN (FV) DE LOS INDICADORES

DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES CON RELACIÓN A CADA UNO DE LOS RESULTADOS

HIPÓTESIS DE DESARROLLO (presunciones)

RIESGOS (factores externos, no controlables directamente por el proyecto, que pueden influir negativamente)

7º PROGRAMACIÓN Y LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA DETALLADA PLAN DE EJECUCIÓN

CRONOGRAMAACTIVIDADES/

MESES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12

LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA EXACTA CON INDICACIÓN DE LAS VÍAS DE COMUNICACIÓN, MEDIOS DE TRANSPORTE, ACCESI-BILIDAD ETC…(en anexo presentar mapas)

8º INSUMOS, PRESUPUESTOS Y FINANCIADORES

RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES

PROCEDENCIA DE LOS BIENES Y SUMINISTROS

CUADRO DE FINANCIACIÓN DESGLOSADO POR COFINANCIADORES

CUADRO DE DESGLOSE PRESUPUESTARIO POR PARTIDAS Y FINANCIADORES

9º ESTUDIO DE VIABILIDAD

FACTORES SOCIOCULTURALES

ANÁLISIS E IMPACTO DE GÉNERO

POLÍTICAS DE APOYO: ACTITUD DE LAS AUTORIDADES LOCALES Y CUESTIONES LEGALES

FACTORES INSTITUCIONALES: CAPACIDAD DEL SOCIO LOCAL

FACTORES TECNOLÓGICOS Y ASISTENCIA TÉCNICA RECURSOS LOCALES

FACTORES MEDIOAMBIENTALES

FACTORES ECONÓMICO-FINANCIEROS: ANÁLISIS ECONÓMICOS

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18 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

10º PROCEDIMIENTO DE GESTIÓN TRAS LA FINALIZACIÓN DEL APOYO EXTERNO Y FORMA DE TRANSFERENCIA PREVISTA DE LA RESPONSABILIDAD Y PRODUCTOS GENERADOS POR EL PROYECTO

11º SISTEMA DE CONTROL PREVISTO: SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

12º RELACIÓN DEL PERSONAL AFECTO AL PROYECTO, FUNCIÓN A DESEMPEÑAR Y DOCUMENTO DE IDENTIDAD

13º NOMBRE(S) Y CARGO(S) DE LA(S) PERSONA(S) QUE HA(N) CUMPLIMENTADO EL PROYECTO

ANEXO VIIPRESUPUESTO GLOBAL DEL PROYECTO, DESGLOSANDO PARTIDAS Y FINANCIADORES

CONTRIBUCIÓN EN EFECTIVO PARTIDAS PRESUPUESTARIAS Diputación Otras aportaciones ONGD Otras TOTAL Sevilla Públicas

A Costes directos

A I Terrenos

A II Construcción

A III Equipos y Suministros

A IV Personal Local

A V Personal Expatriado

A VI Viajes y estancias

A VII Funcionamiento

A VIII Fondo Rotatorio

A IX Imprevistos

Total costes directos

B Costes indirectos

B I Formulación

B II Seguimiento

B III Evaluación

B IV Sensibilización

Total costes indirectos

TOTAL GENERAL

Porcentaje Costes indirectos

Porcentaje financiación

CONTRIBUCIÓN VALORIZADA PARTIDAS PRESUPUESTARIAS Contraparte ONGD Otras TOTAL Local Aportaciones

A Costes directos

A I Terrenos

A II Construcción

A III Equipos y Suministros

A IV Personal Local

A V Personal Expatriado

A VI Viajes y estancias

A VII Funcionamiento

A VIII Fondo Rotatorio

A IX Imprevistos

Total costes directos

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 19

B Costes indirectos

B I Formulación

B II Seguimiento

B III Evaluación

B IV Sensibilización

Total costes indirectos

TOTAL GENERAL

Porcentaje Costes indirectos

Porcentaje financiación

Desglose presupuestario detallado, indicando unidades, coste unitario y financiadores:

Nº Unidades Coste Unitario Coste total Contribución valorizada

Contribución en efectivo Entidad financiera

A Costes directos

A I Terrenos

A II Construcción

A III Equipos y Suministros

A IV Personal Local

A V Personal Expatriado

A VI Viajes y estancias

A VII Funcionamiento

A VIII Fondo Rotatorio

B Total costes indirectos

B I Formulación

B II Seguimiento

B III Evaluación

B IV Sensibilización

Total costes indirectos

TOTAL GENERAL

Sevilla, 12 de abril de 2013 —El Secretario General Res 2 942/11, Fernando Fernández-Figueroa Guerrero 25W-5292

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA————

Juzgados de lo Social————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 2

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 47/2013 Negociado: 7R N I G : 4109144S20120003947 De: Doña Antonia Martínez Jamardo.Contra: Cocalim, S L , CC PP Hermanas Mirabal 2, Celia Limpiezas y Mantenimiento, S L y Fogasa Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de esta capital y su provincia.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 47/2013, a instancia de la parte actora doña Antonia Mar-

tínez Jamardo, contra Cocalim, S L , CC PP Hermanas Mirabal, 2, Celia Limpiezas y Mantenimiento, S L y Fogasa, sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado auto de fecha 25/03/2013 del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Procédase al despacho de ejecución contra Cocalim, S.L., Celia Limpiezas y Mantenimiento, S.L., en los términos previstos en la Ley; y procédase por la Sra. Secretaria a dictar la resolución correspondiente

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20 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

Notifíquese la presente resolución a las partes Así por este auto, lo acuerdo mando y firma el Ilmo. señor don Pablo Surroca Casas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social

número dos de esta capital y su provincia Doy fe El Magistrado-Juez —La Secretaria Diligencia —Seguidamente se cumple lo mandado Doy fe Asimismo, se ha dictado diligencia de ordenación de fecha 25/03/2013 de tenor literal siguiente:

Diligencia de ordenación:

Secretaria Judicial señora doña M.ª Fernanda Tuñón Lázaro.—En Sevilla a 25 de marzo de 2013.Habiendo presentado escrito la parte actora interesando despacho de ejecución de la sentencia recaída en los presentes autos

por la vía de incidente de no readmisión, acuerdo:De conformidad al artículo 280 de la LRJS:Citar de comparecencia a las partes con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba

de que intenten valerse, y para el próximo día 20 de mayo de 2013, a las 11,10 horas de su mañana, en la Sala de Audiencias de este Juzgado sito en la planta 1 ª, para que tenga lugar, con la advertencia que de no asistir el trabajador o persona que le represente se le tendrá por desistido en su solicitud, si no lo hiciere el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.

Se pone en conocimiento de la parte actora que al acto de la comparecencia deberán asistir con la vida laboral del actor a fin de acreditar los períodos trabajados después del despido y, en tal caso, informe de bases de cotización o nóminas, salvo que el salario percibido sea igual o superior al del despido, en cuyo caso no resultará necesario

Notifíquese la presente resolución a las partes, sirviendo la misma de citación en forma Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida

El/La Secretario JudicialY para que sirva de notificación al demandado Celia Limpiezas y Mantenimiento, S.L., actualmente en paradero desconocido,

expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 25 de marzo de 2013.—La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro.2W-5546

————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 4

Procedimiento: Despidos/ceses en general 1012/2012 Negociado: 4 N I G : 4109144S20120011145 De: Don Lorenzo Ignacio Devesa Quintero Contra: Fogasa y Dandara Proyectos Industriales, S L Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número cuatro de esta capital y su provincia Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1012/2012 se ha acordado citar a como parte

demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 23 de mayo de 2013 a las 10 30 para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en Avda. la Buhaira n° 26. edif. Noga 5.ª planta, 41018 Sevilla debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial.Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la

demanda presentada Y para que sirva de citación a las testigos Virginia Carballo Fernández y Ángela Aponte Muñoz, se expide la presente cédula de

citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.En Sevilla a 23 de enero de 2013 —El Secretario Judicial, Alonso Sevillano Zamudio

6F-1200————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1256/2012, a instancia de la parte actora don Rafael

Antonio Troncoso Sánchez, contra Alguadaira Instalaciones, S.L., sobre social ordinario, se ha dictado Decreto de fecha 06/11/12. cuya parte dispositiva queda redactada del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva, dispongo:—Admitir la demanda presentada —Señalar para que tengan lugar los actos de conciliación y/o juicio sucesivamente, el primero ante el Secretario, en la Secreta-

ría de este Juzgado, sita en avenida de la Buhaira 26, Edificio Noga, planta 5ª, el día 6 de mayo de 2.013, a las 9.35 horas y el segundo ante la Magistrada-Juez, que tendrá lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado sita en avenida de la Buhaira 26, Edificio Noga. planta 1ª, Sala núm. 11, señalado el mismo día a las 9.50 horas, advirtiéndose a la parte actora que de no comparecer al primero de los actos señalados se le tendrá por desistido de la demanda, y a la demandada de que de no efectuarlo se celebrará el acto sin su presencia.

—Citar a las partes en legal forma con la advertencia de que de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o juicio, podrá el Secretario Judicial en el primer caso y el Juez en el segundo, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 21

—Poner en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio, y que en caso de admitirse esta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales, y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración, (art 91 2 y 91,4 LRJS), quien/es deberá/n comparecer con todos los documentos solicitados de contrario como prueba documental

—Se tiene por hecha la manifestación de la parte actora de acudir al juicio asistido o representada por Letrado en ejercicio, lo que pone en conocimiento de la demandada a los efectos del art 21 2 de la LRJS

—Se advierte a las partes que deben asistir al juicio con las pruebas de que intenten valerse y que podrán formalizar conci-liación en evitación del juicio, por medio de comparecencia ante la oficina judicial, sin esperar a la fecha del señalamiento, así como someter la cuestión a los procedimientos de mediación que pudieran estar constituidos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63 de esta Ley, adoptando las medidas oportunas a tal fin, sin que ello de lugar a la suspensión, salvo que de común acuerdo lo soliciten ambas partes, justificando la sumisión a la mediación, y por el tiempo máximo establecido en el procedimiento correspondiente, que en todo caso no podrá exceder de quince días (art 82 3 LRJS)

—Asimismo deben comunicar a este órgano judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso, (art. 155.5 LEC), así como la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o juicio a los que se les convoca (art 83 1 y 2 LPL y 188 LEC)

—Dar cuenta a S.S.ª del señalamiento efectuado a los efectos del art. 182 LEC.Notifíquese la presente resolución a las partes Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días

hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida

Y para que sirva de notificación a Alguadaira Instalaciones, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos

En Sevilla a 11 de abril de 2013.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio.258-5549

————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 11

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 80/2013 Negociado: 3 N I G : 4109144S20120007288 De: Doña Nelly Rastrepo Sánchez.Contra: Progosa Promoción Gestión y Organización, S L En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm. 80/2013, seguidos en este Juzgado de lo Social número once de

Sevilla y su provincia en materia de ejecución de títulos judiciales, a instancia de Nelly Rastrepo Sánchez contra Progosa Promoción Gestión y Organización, S.L., se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 23/05/13, A las 9.25 horas en la Sala de Audiencia número trece de este Juzgado, sito en Avda, de la Buhaira, 26 - Edificio Noga Pl. 1.ª - Cód. Postal 41018 Sevilla, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que si no compareciera el trabajador o persona que lo represente se archivarán sin más las actuaciones y que de no hacerlo el demandado o su representación se celebrarán los actos sin su presencia

Y para que sirva de citación en legal forma a Progosa Promoción Gestión y Organización, S L , cuyo actual domicilio o pa-radero se desconoce, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado

Dado en Sevilla a 27 de marzo de 2013 —La Secretaria Judicial (Firma ilegible )4W-5055

————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 11En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución número 53/2013, seguidos en este Juzgado de lo Social número once

de Sevilla y su provincia en materia de ejecución de títulos judiciales, a instancia de don Manuel Macías Hinojos, contra Fogasa y Seguridad Sansa, S.A., se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 23 mayo 2013, a las 9.15 horas, en la sala de audiencia de este Juzgado, sito en avda. de la Buhaira, 26, edificio Noga Pl.1.ª, código postal 41018 Sevilla, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 280 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo comparecer per-sonalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que si no compareciera el trabajador o persona que lo represente se archivarán sin más las actuaciones y que de no hacerlo el demandado o su representación se celebrarán los actos sin su presencia

Y para que sirva de citación en legal forma a Seguridad Sansa, S A , cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el «Boletín Oficial» de Sevilla. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secretaría de este Juzgado

Dado en Sevilla a 21 de febrero de 2013 —La Secretaria Judicial (Firma ilegible )3F-2944

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22 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

MADRID —JUZGADO NÚM 3

Don Ismael Pérez Martínez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número tres de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento 1163/2011, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de doña Begoña Rodríguez

Delgado, frente a Esabe Vigilancia, S.L., sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:Sentencia (se adjunta):Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inser-

ción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina

judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 19 de febrero de 2013.—El Secretario Judicial, Ismael Pérez Martínez.————

En nombre del Rey,Ha dictado la siguiente:Sentencia núm 52/2013 —En Madrid a 15 de enero de 2013 S.Sª Ilma. Mercedes Gómez Ferreras, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número tres de Madrid, tras haber visto los

presentes autos sobre Ordinario, seguidos a instancia de doña Begoña Rodríguez Delgado, asistida del letrado don Alberto Mansino Martín, col 58743 contra Esabe Vigilancia, S L , que no comparece:

Antecedentes:Primero.—En fecha 18 de octubre de 2011, tuvo entrada en el Decanato de estos Juzgados, demanda suscrita por la parte actora,

que por turno de reparto el 20 de octubre de 2011, correspondió a este Juzgado, en la que después de alegar los hechos y fundamentos que estimó pertinentes a su derecho, suplicó se dictase sentencia de conformidad con los pedimentos contenidos en el suplico de su demanda

Segundo.—Que señalados día y hora para la celebración de los actos de juicio el 15 de enero de 2013, compareció la parte ac-tora sin que lo hiciese la parte demandada, pese a estar debidamente citada. En trámite de alegaciones la parte actora se afirmó y ratificó en su demanda; solicitando la condena de la parte demandada en los términos que constan en el acta; practicándose a continuación la prueba propuesta y admitida En conclusiones, la parte actora sostuvo sus puntos de vista y solicitó de este Juzgado se dictase sentencia de conformidad con sus pretensiones

Tercero.—En la tramitación de este procedimiento se han observado los plazos y demás requisitos legales, salvo el señalamien-to debido a la gran cantidad de asuntos repartidos

Hechos probados:Primero.—La parte demandante, Sra. María Begoña Rodríguez Delgado, con DNI. 5371735Q, prestó servicios para la empresa

demandada, Esabe Vigilancia, S A , con antigüedad de 1 de septiembre de 2007, categoría profesional de vigilante de nocturnidad y percibiendo un salario mensual de 1 206,90 euros, con inclusión de pp de pagas extras

Segundo.—El Juzgado de lo Social número cinco de Madrid en autos 326/2012, dictó sentencia en fecha 17 de diciembre de 2012, en la que estimó la demanda planteada también por la demandante, contra la empresa demandada y en cuyo ordinal segundo de los hechos declarados probados se recoge que el precio de la hora ordinaria asciende a 9,22 euros.

Tercero.—La demandante reclama a la empresa demandada la cantidad total de 4.919,79 euros, por los conceptos de horas ex-tras realizadas en los meses de marzo, mayo, junio, julio, agosto y septiembre 2011, lo que hace un total de 533,60 horas extras, según se detalla y especifica en ordinal cuarto de la demanda al cual me remito.

Cuarto —A la relación laboral entre las partes, es de aplicación el Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad Publicado en el BOE de 16 de febrero de 2011

Quinto.—La parte actora, el 29 de septiembre de 2011 presentó papeleta de conciliación ante el SMAC, celebrándose dicho acto el 17 de octubre de 2012, con el resultado de intentado y sin efecto

Fundamentos de derecho:Primero.—Según lo establecido en el art. 97.2 de la LRJS, los hechos declarados probados en la sentencia se han obtenido de

la documental aportada por la parte actora, en concreto cuadrantes del período reclamado. Además de tener por probados los hechos alegados por la parte demandante, de la ficta confessio en que debe tenerse a la empresa demandada, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 91.2 de la LRJS, dada su incomparecencia a los actos de ley, para los que había sido citada, sin causa justificada para ello.

Segundo.—El art. 4.2. f) del E.T., reconoce a los trabajadores el derecho a la percepción puntual de la remuneración pactada o legalmente establecida, añadiendo el artículo 29.1 del mismo cuerpo legal, que la liquidación y el pago se harán puntualmente y docu-mentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres.

La reclamación de pago de cantidad de salarios devengados y no percibidos determina que el reclamante venga obligado a de-mostrar la prestación de los servicios cuyo pago reclama y, en consecuencia, del devengo de los salarios correspondientes a los mismos, y que es al demandado, que excepciona el pago, al que incumbirá la carga de probar dicho pago.

En los presentes autos la demandante ha acreditado la prestación de los servicios, y lo reclamado en la cuantía total de 4.919,79 euros, por los conceptos de horas extras realizadas en los meses de marzo, mayo, junio, julio, agosto y septiembre 2011, lo que hace un total de 533,60 horas extras que multiplicadas por 9,22 euros el valor hora ordinaria, resulta la cantidad reclamada, por lo que procede su devengo y condenar a la empresa demandada al abono de dicha cantidad.

Tercero.—El art. 29.3 del E.T. establece que el interés por mora en el pago del salario será el 10 por 100 de lo adeudado, siendo preciso que la realidad y cuantía de los salarios dejados de percibir, conste de modo específico e incontrovertido, se trate de cuantía

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 23

exigible, vencida y líquida, sin que su fijación penda de un litigio, y como en los presentes autos los conceptos retributivos no han sido objeto de discusión y procedía su devengo, procede el interés por mora que establece el art. 29.3 del E.T.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación Fallo: Procede estimar la demanda planteada por María Begoña Rodríguez Delgado, contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A.,

en reclamación de cantidad, y debo condenar a la empresa demandada, Esabe Vigilancia, S A , a que abone al demandante la cantidad total de 4.919,79 euros; mas el 10% de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en el Banesto, sito en la C/ Orense núm. 19 de Madrid, Entidad 0030, oficina 1143 y número c/c 2501.0000.001163 11, el importe del principal y 300 euros

Asimismo, deben abonar en la Administración Tributaria las Tasas Judiciales, conforme al Modelo 696 de Autoliquidación y aportar dicho ingreso con el anuncio de suplicación, en otros caso se les tendrá por desistidos.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Publicación.—La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez de lo Social, que la suscribe en

el mismo día de su fecha, de lo que doy fe.En Madrid a 15 de enero de 2013.—El Secretario Judicial, Ismael Pérez Martínez.

40-2770————

MADRID —JUZGADO NÚM 4

Doña Paloma Zotes Alijas, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número cinco de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento 795/2012, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Francisco Padilla

Tabernero frente a Fondo de Garantía Salarial y Seguridad Sansa, S.A., sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente re-solución:

Decreto:Y para que sirva de notificación en legal forma a Seguridad Sansa, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su in-

serción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina

judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 26 de febrero de 2013 —La Secretaria Judicial, Paloma Zotes Alijas ————

Diligencia —En Madrid a 26 de febrero de 2013 La extiendo yo, la Secretaria Judicial, para hacer constar que en el día señalado para los actos de conciliación y/o juicio, y

llamado el demandante no ha comparecido, no obstante estar citado en legal forma. Paso a dar cuenta, doy fe.Número resolución: 89/2013 Decreto:En Madrid a 26 de febrero de 2013 Antecedentes de hecho:Primero.—La presente demanda ha sido promovido por don Francisco Padilla Tabernero, figurando como parte contraria Se-

guridad Sansa, S A , y Fondo de Garantía Salarial Segundo.—La parte demandante que ha sido citada en legal forma, no ha comparecido el día y a la hora que estaba señalada,

ni ha alegado causa para justificar su inasistencia.Razonamientos jurídicos:Único.—Dispone el artículo 83.2.° de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que, si el actor citado en forma no compare-

ciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del juicio, se le tendrá por desistido de su demanda, por lo que procede tener por desistido al solicitante del procedimiento planteado

Parte dispositiva:Se acuerda tener por desistida a la parte actora don Francisco Padilla Tabernero, de la acción ejercitada en este procedimiento

y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.Notifíquese la presente resolución a las partes Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notifica-

ción, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depó-sito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto número 2503-0000-60-0795-12

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La Secretaria Judicial, Paloma Zotes Alijas.Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los

requisitos establecidos en los artículos 53 a 62 LRJS Doy fe En Madrid a 26 de febrero de 2013 —La Secretaria Judicial, Paloma Zotes Alijas

40-3314

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24 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

MADRID —JUZGADO NÚM 12

Doña Montserrat Torrente Muñoz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número doce de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento 1085/2012, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de doña Elisa Isabel Campos

Pinto frente a Cejal Limpiezas, S L , Esabe Limpiezas Integrales, S L , Esabe Limpiezas Integrales, S L (Actualmente Terral Wind, S.L.U.), Lico Leasing, S.A.U., y Universidad Politécnica de Madrid sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado diligencia de orde-nación del tenor literal siguiente:

En Madrid a 14 de diciembre de 2012. Visto el anterior escrito, únase a los autos de su razón, se tienen por hechas las mani-festaciones contenidas en los mismos, dese traslado a la parte contraria, y en lo sucesivo el nombre de la empresa Esabe Limpiezas Integrales, S L , debe ser Terral Wind, S L U

Respecto del pliego de posiciones, remítase a la Universidad Politécnica de Madrid, para que por quien corresponda conteste por vía de Informe

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante la Secretaria Judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Limpiezas Integrales, S.L. (actualmente Terral Wind, S.L.U.), en igno-rado paradero, expido el presente para su inserción en el «Boletín Oficial» de Sevilla.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 14 de febrero de 2013.—La Secretaria Judicial, Montserrat Torrente Muñoz.40-2773

————

MADRID —JUZGADO NÚM 12

Doña Montserrat Torrente Muñoz Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número doce de Madrid.Hago saber: Que en el procedimiento 67/2013, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Agustín Herrera

Martínez y don Manuel María López de Pitarque, frente a Esabe Vigilancia, S.L., sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución cuya parte dispositiva es:

«Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, don Agustín Herrera Martínez y don Manuel María López de Pitarque, frente a la demandada, Esabe Vigilancia, S L , parte ejecutada, por un principal de 14 750,47 euros, más 3 000,00 euros de intereses y costas, calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación

Notifíquese la presente resolución a las partes Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su

notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad Banesto 2510-0000-64-0067-13

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez».Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inser-

ción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina

judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 26 de febrero de 2013.—La Secretaria Judicial, Montserrat Torrente Muñoz.40-3177

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MADRID —JUZGADO NÚM 34

Don Fernando Benítez Benítez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número treinta y cuatro de Madrid Hago saber: Que en el procedimiento 289/2012, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don Saturnino Campos

Torres, frente a Esabe Vigilancia, S.L., sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:Fallo: Que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por don Saturnino Campos Torres, contra Esabe Vigilancia,

S L , y en su virtud, condenar a la mercantil demandada, a que abone a aquel el importe de novecientos cincuenta y siete euros con cincuenta y dos céntimos de euro por los conceptos de la demanda. Más los intereses moratorios del art. 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inser-

ción en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina

judicial, por el medio establecido al efecto salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 15 de febrero de 2013 —El Secretario Judicial, Fernando Benítez Benítez 40-2776

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 25

MADRID —JUZGADO NÚM 36

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número treinta y seis de Madrid Hace saber: Que en el procedimiento 1371/2012, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de doña Lorena Maribel

Salguero Acurio, frente a Esabe Vigilancia, S A , y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:Fallo: Que estimando la demanda formulada por doña Lorena Maribel Salguero, contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A., en

materia de reclamación de cantidad, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa Esabe Vigilancia a abonar a doña Lorena Maribel Salguero Acurio, la cantidad de 2.899,29 euros, más el interés legal de demora del 10% anual sobre dicha cantidad, obligándole a estar y pasar por dicho pronunciamiento.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su in-

serción en el «Boletín Oficial» de la Comunidad de Madrid.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina

judicial, por el medio establecido al efecto salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento, o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 18 de febrero de 2013 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )40-3022

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MADRID —JUZGADO NÚM 36

Doña Araceli Crespo Pascual, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número treinta y seis de Madrid.Hace saber: Que en el procedimiento 1459/2012, de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de doña Esther Hernández

Uría, frente a Esabe Vigilancia, S A , y FOGASA, sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia:Fallo: Que estimando la demanda formulada por doña Esther Hernández Uría, en materia de despido, contra la empresa Esabe

Vigilancia, S.A., con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de doña Esther Hernández Uría condenando a la empresa Esabe Vigilancia, S A , a abonarle una indemnización de 11908 euros declarando extinguida la relación laboral que unía a las partes con efectos de 31 de octubre de 2012

Se advierte a la partes que contra esta sentencia puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita, que deberá acreditar al tiempo de interponerlo, haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta 2809-0000-60-1459-12, del Banco Banesto, aportando el resguardo acreditativo. Si el recurrente fuese Entidad Gestora y hubiere sido condenada al abono de una prestación de Seguridad Social de pago periódico, al anunciar el recurso deberá acompañar certificación acreditativa de que comienza el abono de la misma y que lo proseguirá puntualmente mientras dure su tramitación. Si el recurrente fuere una empresa o Mutua Patronal que hubiere sido condenada al pago de una pensión de Seguridad Social de carácter periódico, deberá ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social, previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado

Se advierte a las partes, que conforme a la Ley 10/2012 de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, y Orden HAP/2662/2012 de 13/12 por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan en lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación, deberá adjuntar la incorporación del modelo de autoliquidación mod. 696, conforme al art.12 de la citada orden, y que de no verificarlo, no se dará curso al escrito hasta que tal omisión fuese subsanada. La ausencia de subsanación de esta deficiencia no impedirá la aplicación de los plazos establecidos en la legislación procesal, de manera que dará lugar a la preclusión del acto procesal y a la consiguiente continuación o finalización del procedimiento, según proceda

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su in-serción en el «Boletín Oficial» de Sevilla.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento

En Madrid a 20 de febrero de 2013 —La Secretaria Judicial, Araceli Crespo Pascual 40-3023

————MADRID —JUZGADO NÚM 38

Número autos: Demanda 104 /2012 Materia: Ordinario Demandante: Hmidi Houcine Demandadas: Servicios Auxiliares Numéricos Sansa, S.A., Fogasa.El Secretario de lo Social número 38 de Madrid Hace saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Hmidi Houcine, contra Servi-

cios Auxiliares Numéricos Sansa, S.A., Fogasa, en reclamación por ordinario , registrado con el número 104/2012, se ha acordado citar a Servicios Auxiliares Numéricos Sansa, S.A., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 23/5/13, a las 9.30 horas, para la

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26 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

celebración de los actos de conciliación y en su caso Juicio, que tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social número 38, sito en C/ Princesa número 3, planta 10 ª debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y con todos los medios de prueba que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento

Y para que sirva de citación a Servicios Auxiliares Numéricos Sansa, S.A., se expide la presente cédula para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid a 22 de mayo de 2012 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )W-7156

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LAS PALMAS DE GRAN CANARIA (Las Palmas) —JUZGADO NÚM 2

Doña Nuria Álvarez Gómez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Las Palmas de Gran Canaria I.Hago saber: Que en procedimiento tramitado en este Juzgado al 0000991/2012, a instancia de doña Milagros García Reyes

contra Esabe Vigilancia, S.A., Fondo de Garantía Salarial, Agencia Tributaria y Esabe Limpiezas Integrales, S.L., se ha dictado auto de fecha 20702713, contra el que cabe recurso de reposición en el plazo de tres días ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, y haciéndole saber que las resoluciones íntegras se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución en la oficina judicial, expido la presente para su publicación en el BOProv. de Las Palmas de Gran Canaria

En Las Palmas de Gran Canaria a 27 de febrero de 2013 —La Secretaria Judicial, Nuria Álvarez Gómez 40-3274

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SANTA CRUZ DE TENERIFE —JUZGADO NÚM 3

Don Antonio Revert Lázaro, Secretario Judicial de este Juzgado de Juzgado de lo Social número tres de Santa Cruz de Tenerife

Hace saber: Que en el procedimiento núm 0000809/2011, en materia de reclamación de cantidad, a instancia de don Víctor Manuel Espinosa Brito, contra Esabe Vigilancia, S.A., por su S.Sª se ha dictado sentencia con fecha 4 de febrero de 2013, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:

Debo estimar y estimo la demanda presentada por don Víctor Manuel Espinosa Brito y, en consecuencia, condeno a Esabe Vi-gilancia, S A , al pago de la cantidad de 180 euros, más los intereses del diez por ciento desde que se dejaron de abonar las respectivas cantidades

Contra esta sentencia no cabe recurso alguno. Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.Publicación: Dada, leída y publicada que ha sido la anterior sentencia por la Sra. Magistrada-Juez que la dicta, leyéndola en

audiencia pública en el lugar y fecha antes indicados, de lo que doy fe.Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado.Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para publi-

cación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.En Santa Cruz de Tenerife a 20 de febrero de 2013 —El Secretario, Antonio Revert Lázaro

40-3460————

TARRAGONA —JUZGADO NÚM 3

Doña Paloma de Diego Moreno, Secretaria del Juzgado de lo Social número tres de los de Tarragona.Hace saber: Que en este Juzgado se ha tramitado expediente núm. 553/2012, instados por Diego Pardo Gallego, contra Seguri-

dad Sansa, S A , y FOGASA, en el cual se ha dictado decreto de desistimiento, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:Antecedentes de hecho:Primero.—Que en fecha 6 de julio de 2012, tuvo entrada en este Juzgado de lo Social, la demanda suscrita por Diego Pardo

Gallego contra Seguridad Sansa, S A , y FOGASA en reclamación por cantidad, señalándose para la celebración de los actos de conci-liación de los actos de conciliación y juicio el día de hoy.

Segundo.—Que siendo el día y hora señalados y llamadas las partes al acto de conciliación, no comparece la parte actora a pesar de estar citada en forma según consta acreditado en autos, y sin que haya alegado causa alguna que justifique su incomparecencia.

Fundamentos de derecho:Único.—Vista la incomparecencia de la parte actora a los actos señalados para el día de hoy, procede de conformidad con el art.

83 párrafo 2 del texto articulado de la LRJS, tenerla por desistida de su demanda y, en consecuencia, proceder al archivo de los autos.Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación Parte dispositiva:Acuerdo: que procede tener por desistida de su demanda a la parte actora, ordenando el archivo de las actuaciones sin más

trámite Notifíquese la presente resolución a las partes

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 27

Y para que sirva de notificación a Seguridad Sansa, S.A., expido el presente dado el ignorado paradero del mismo, haciéndole saber que la copia de la solución está a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social número tres

En Tarragona a 20 de febrero de 2013 —La Secretaria Judicial Paloma de Diego Moreno 40-3240

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TARRAGONA —JUZGADO NÚM 3

Doña Paloma de Diego Moreno, Secretaria del Juzgado de lo Social número tres de los de Tarragona.Hace saber: Que en este Juzgado se ha tramitado expediente núm. 552/2012, instados por Alfonso Ruiz Berzosa, contra Segu-

ridad Sansa, S.A., y Control, Orden y Seguridad, S.L., en el cual se ha dictado sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:Fallo: Que estimando parcialmente la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por don Alfonso Ruiz Berzosa, con

DNI núm 39 846 082-P, contra las empresas Seguridad Sansa, S A y Control, Orden y Seguridad, S L , debo condenar y condeno a las empresas demandadas conjunta y solidariamente, a satisfacer a la parte actora la cantidad de 5 095,24 euros, por los conceptos relacionados en el fundamento jurídico tercero de la presente resolución

A la cantidad salarial objeto de condena, se le debe añadir el 10% de interés por mora.Notifíquese esta sentencia a las partes, con advertencia de que, frente a la misma, cabe recurso de suplicación ante el Tribunal

Superior de Justicia de Cataluña -Sala de lo Social- en el plazo máximo de cinco días y por conducto de este Juzgado, designando Le-trado que ha de interponerlo. El recurrente que no gozase del beneficio de justicia gratuita, deberá presentar resguardo acreditativo del ingreso de la cantidad objeto de la condena en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre de este Juzgado en el Banco, sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso y al mismo tiempo para su formalización el resguardo del ingreso de 300 euros, en la misma entidad bancaria, sin cuyo requisito se le tendrá por desistido del recurso anunciado

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y para que sirva de notificación a Seguridad Sansa, S.A., expido el presente dado el ignorado paradero del mismo, haciéndole

saber que la copia de la resolución está a su disposición en la Secretaria de este Juzgado de lo Social número tres En Tarragona a 25 de febrero de 2013 —La Secretaria Judicial, Paloma de Diego Moreno

40-3473————

VALENCIA —JUZGADO NÚM 7

Doña Alejandrina Aranzazu Peris Martínez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete de los de Valencia.Hago saber: Que en este Juzgado se sigue expediente núm 000267/2012, a instancias de Unión Sindical Obrera de la Comu-

nidad Valenciana contra Esabe Transportes Blindados, S.A., en la que el día 11 de enero de 2013, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:

Fallo: Se estima en su integridad la demanda de conflicto colectivo presentada por USO-CV, frente a Esabe Transportes Blin-dados, S.A., y se declara el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto, a percibir las retribuciones correspondientes a 2011, según las tablas salariales de dicho año así como a percibir las gratificaciones extraordinarias con la inclusión, para el cálculo de su importe, de los pluses de transporte y vestuario, debiendo estar y pasar por esta declaración y todas sus consecuencias la empresa demandada

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndoles saber que la misma será ejecutiva desde el momento en que se dicte, no obstante el recurso que contra la misma pueda interponerse

Notifíquese la presente resolución a las partes, con advertencia de que no es firme y que contra la misma cabe recurso de supli-cación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana

Y para que conste y sirva de notificación a Esabe Sportes Blindados, S.A., que se encuentra en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, haciéndole saber al mismo, que las restantes notificaciones que hayan de efectuársele, se le harán en estrados en la forma legalmente establecida, expido el presente.

En Valencia a 16 de enero de 2013 —La Secretaria, Alejandrina Aranzazu Peris Martínez 40-2878

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Juzgados de Instrucción————

DOS HERMANAS —JUZGADO NÚM 3

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Dos Hermanas Juicio: Familia Divorcio Contencioso 932/2011 Parte demandante: Antonio Jesús Alcantarilla Galán Parte demandada: Ernestina Lagos Carrasco Sobre: Familia Divorcio Contencioso En el juicio referenciado, se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:

Cédula de emplazamiento

Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Dos Hermanas Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado Persona a la que se emplaza: Ernestina Lagos Carrasco, en concepto de parte demandada Domicilio: C/ El Arenoso 4, 1 º B, Dos Hermanas

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28 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

Objeto del emplazamiento: Comparecer en el juicio expresado para contestar por escrito a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del auto de admisión de aquella.

Tribunal ante el que debe comparecer: En la sede de este Juzgado Plazo para comparecer: Veinte días hábiles computados desde el siguiente al de este emplazamiento.Prevenciones legales: Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará

a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil-LEC)

La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículo 750 de la LEC) Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (ar-

tículo 155 5 párrafo primero de la LEC) Si pretende solicitar la designación de abogado y procurador de oficio deberá efectuarlo dentro de los tres días siguientes al de

la notificación de la demanda, o de la cédula de emplazamiento o citación. Si la solicitud se realizara en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador por los colegios profesionales no suspenderá la celebración del juicio, salvo en los supuestos contemplados en el párrafo segundo del artículo 16 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita

En Dos Hermanas a 16 de febrero de 2012 —El Secretario JudicialEn atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del día de la fecha,

la Sra. Magistrada-Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de emplazamiento

En Dos Hermanas a 13 de febrero de 2013 —El Secretario Judicial (Firma ilegible ) 40-3315

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DOS HERMANAS —JUZGADO NÚM 5

Doña María Isabel González Arcos, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número cinco de Dos Hermanas.Doy fe y testimonio: Que en el Juicio de Faltas número 116/2012, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento

y parte dispositiva dice:Sentencia número 213/2012.—En Dos Hermanas a 11 de diciembre de 2012. Doña María del Rosario Navarro Rodríguez, Ma-

gistrada-Juez de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa J. Faltas 116/2012, seguida por una falta de Les. Agresión, contra Manuel Rodríguez Hermoso; habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal y demás partes personadas.

Fallo: Debo absolver como absuelvo a Manuel Rodríguez Hermoso, con declaración de las costas de oficio.Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Manuel Rodríguez Hermoso, actualmente en paradero desconocido, y

su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, expido la presente.En Dos Hermanas a 15 de febrero de 2013 —La Secretaria, María Isabel González Arcos

40-2888————

DOS HERMANAS —JUZGADO NÚM 6

Doña Delia Llamas Piñar, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Dos Hermanas.Doy fe y testimonio: Que en el Juicio de Faltas número 369/2012, se ha dictado la presente sentencia, que dice:Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Dos Hermanas Juicio de Faltas núm. 369/12:En la ciudad de Dos Hermanas a 17 de septiembre de 2012 En nombre de S M El Rey El Sr. don Juan Félix Luque Gálvez, Juez Stto. del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis de Dos Hermanas y

su partido, ha venido en dictar la presente:Sentencia (núm.):Visto en juicio oral y público la causa penal tramitada ante este Juzgado bajo el número 369/2012, seguida por la falta de es-

tafa, y sustanciado el procedimiento por el trámite del Juicio de Faltas de los arts 962 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (en adelante LECr); habiendo sido partes:

El Ministerio Fiscal La denunciante Rocío Nagore González Márquez La denunciada Estela Martín Polo Resultando que en el proceso han concurrido los siguientesI Antecedentes de hecho:Primero —Que las presentes actuaciones fueron incoadas en virtud de denuncia ante la Policía Nacional de esta localidad,

cuyas diligencias se reputaron falta, habiendo correspondido a este Juzgado su sustanciación.Segundo.—Que tramitadas las oportunas diligencias, por auto de fecha 10 de mayo de 2012, fueron convocadas las partes a

juicio, que tuvo lugar el día 11 de septiembre Tercero —Que el acto del juicio se celebró con asistencia del Ministerio Fiscal y de las partes relacionadas en el Acta levantada

a tal efecto, informando en el transcurso del mismo el Sr. Fiscal, quien consideró los hechos como constitutivos de una falta de estafa del art 623 4 del vigente Código Penal, solicitando se condene a la denunciada como autora a la pena de dos meses de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros y el pago de una indemnización a la denunciante de 158,55 euros, así como las costas del juicio

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 29

Resultando que en el proceso han resultado acreditados y así se declaran los siguientes:II Hechos probados: La denunciante, Rocío Nagore González Márquez, en virtud de un anuncio de Internet redactado por la denunciada, Estela

Martínez Polo, con el ánimo fraudulento de obtener dinero simulando un negocio falso, acordó con esta la compra de un teléfono móvil, marca Samsung modelo Galaxy SII, por la suma de 150 euros. Realizado el giro postal por dicha suma, que tuvo un coste de 3,55 euros por gastos de envío, y que cobró la denunciada, ésta ni envió al terminar acordado, ni respondió las llamadas telefónicas realizadas por la denunciante

Considerando que al asunto enjuiciado le son de aplicación los siguientes:III Fundamentos de derecho:Primero.—Los hechos declarados probados son constitutivos de una falta de estafa, prevista y penada en el artículo 623.4 del

Código Penal, de la que resulta responsable criminalmente en concepto de autora, Estela Martín Polo; por haber realizado de forma material, directa y voluntaria los hechos que la integran, conforme a lo dispuesto en el art. 27 en relación con el art. 28, párrafo 1.° del Código Penal

Segundo.—El relato fáctico que antecede ha quedado debidamente acreditado en el acto del juicio, esencialmente en virtud de la declaración de la denunciante, quien relató los hechos clara, coherente y convincentemente, sin incurrir en contradicciones ni dudas, ni poner de manifiesto causa alguna que pusiera en cuestión su credibilidad o verosimilitud; a lo que hay que añadir la incomparecen-cia de la denunciada, de la que cabe deducir su falta de interés en alegar y probar en su descargo, impidiendo al juzgador valorar una versión alternativa que los hechos.

Tercero —De conformidad con lo dispuesto en el artículo 638 del Código Penal, en la aplicación de las penas del Libro III de la Ley Sustantiva, procederán los Jueces según su prudente arbitrio, dentro de los límites de cada una, atendiendo a las circunstancias del caso y del culpable, siendo de aplicación lo establecido en el art 53 del citado Texto Legal

Cuarto.—Todo responsable de un delito o falta lo será también civilmente si del hecho se derivaran daños y perjuicios, según el art 116 y concordantes del referido Código Penal

Quinto —Según dispone el artículo 123 del Código Penal, las costas se entienden impuestas por la Ley a los criminalmente responsables de un delito o falta

Y vistos los preceptos legales citados, sus concordantes y demás disposiciones de general y pertinente aplicación Fallo: Que debo condenar y condeno a la denunciada, Estela Martín Polo, como autora penalmente responsable de una falta

de estafa ya definida, a la pena de dos meses de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros, y al pago de una indemnización a Rocío Nagore González Márquez, por importe de 158,55 euros, así como a abonar las costas del procedimiento. Si la condenada no satisfi-ciere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, por cuanto contra ella cabe interpo-ner, mediante escrito fundamentado dirigido a este Juzgado y dentro del plazo de cinco días desde su notificación, recurso de apelación para ante la Ilma Audiencia Provincial

Líbrese y únase certificación de esta sentencia a las actuaciones, con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Estela Martín Polo, actualmente en paradero desconocido, y su publi-

cación en el «Boletín Oficial» de Sevilla, expido la presente.En Dos Hermanas a 4 de marzo de 2013.—La Secretaria, Delia Llamas Piñar.

40-3335————

UTRERA —JUZGADO NÚM 3

Don Juan Dionisio Curado Dana, Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Utrera Doy fe y testimonio: Que en el Juicio de Faltas número 308/2011, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento

y parte dispositiva dice:Procedimiento: Juicio de Faltas número 308/11 Sentencia número 42/2012.—En Utrera a 1 de marzo de 2012. Visto por doña Irene de Alarcón Alonso, Magistrada-Juez del

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de Utrera y su Partido Judicial, el Juicio de Faltas número 308/11, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente sentencia:

Antecedentes de hecho:Primero —Las presentes actuaciones se iniciaron en virtud de atestado de la Guardia Civil de Los Palacios y Villafranca, en el

que consta denuncia formulada en fecha 10 de octubre de 2010, por Rosalía García Rodríguez, en representación de Ilham El Moutaqui, seguidas contra Jennifer Navarro Guardiola, por una presunta falta de lesiones

Segundo.—Incoado el correspondiente juicio de faltas, este se celebró en fecha 29 de febrero de 2012, en el que han sido partes:1 El Ministerio Fiscal, que solicitó la condena de la denunciada, Jennifer Navarro Guardiola, como autora penalmente respon-

sable de una falta de lesiones del artículo 617 1 del Código Penal, a la pena de 1 mes de multa, con cuota diaria de 4 euros, debiendo indemnizar a Ilham El Moutaqui en la cantidad de 210 euros por las lesiones causadas.

2 Como denunciante, Rosalía García Rodríguez, que no compareció al acto del juicio 3. Como perjudicada, Ilham El Moutaqui, asistida del Letrado Sr. García Vega, que se adhirió a lo solicitado por el Ministerio

Fiscal 4 Como denunciada, Jennifer Navarro Guardiola Tercero.—El Juicio se ha celebrado con el resultado que consta en el soporte audiovisual unido a autos.Cuarto.—En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales.

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30 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

Fallo: Que debo condenar y condeno a Jennifer Navarro Guardiola como autora penalmente responsable de una falta de lesio-nes del art. 617.1 C.P., a la pena de 1 mes de multa, con cuota diaria de 4 euros, lo que hace un total de 120 euros En caso de impago cumplirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Imponiéndole asimismo el pago de las costas pro-cesales causadas

En concepto de responsabilidad civil, Jennifer Navarro Guardiola, deberá indemnizar a Ilham El Moutagui en la cantidad de 210 euros por las lesiones causadas

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el térmi-no de cinco días, mediante escrito motivado a presentar en este Juzgado, para su substanciación ante la Ilma Audiencia Provincial de Sevilla, advirtiéndoles que de no motivarse el escrito, no se admitirá a trámite el recurso.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación.—Dada, leída y publicada la anterior sentencia, en audiencia pública, el mismo día de su fecha. Doy fe.Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Rosalía García Rodríguez, actualmente en paradero desconocido, y su

publicación en el «Boletín Oficial» de Sevilla, expido la presente.En Utrera a 7 de febrero de 2013 —El Secretario, Juan Dionisio Curado Dana

40-2720————

Juzgados de Primera Instancia————

SEVILLA —JUZGADO NÚM 26

En el procedimiento Familia Divorcio Contencioso 1223/2011-C, seguido en el Juzgado de Primera Instancia número veinti-séis de Sevilla, a instancia de José Antonio Mateos Palomo, contra Eva María Delgado Ibáñez, sobre divorcio, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Sentencia número 32/2013.—En Sevilla a 28 de enero de 2013. La Ilma. Sra. doña María Luisa Zamora Segovia, Magistra-da-Juez del Juzgado de Primera Instancia número veintiséis de Sevilla, habiendo visto los presentes autos de Juicio de Divorcio segui-dos ante este Juzgado con el número 1223/2011-C, entre partes, una como demandante, don José Antonio Mateos Palomo, representado por la Procuradora, doña Marta Muñoz Martínez y defendido por la Letrada, doña María Carmen Lorente Barragán, y otra como demandada, doña Eva María Delgado Ibáñez, en situación procesal de rebeldía, sobre divorcio matrimonial.

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora, doña Marta Muñoz Martínez, en nombre y representación de don José Antonio Mateos Palomo, contra doña Eva María Delgado Ibáñez, debo decretar y decreto la disolución por causa de divorcio del matrimonio formado por don José Antonio Mateos Palomo y doña Eva María Delgado Ibáñez, con todos los efectos legales, y en especial los siguientes:

1. La disolución del matrimonio de los litigantes, pudiendo fijar libremente su domicilio.2. Se declaran revocados los consentimientos y poderes que cualquiera de los cónyuges hubiera otorgado en favor del otro,

cesando la posibilidad de vincular los bienes privativos del otro cónyuge en el ejercicio de la potestad doméstica.3. Se acuerda la disolución del régimen económico del matrimonio.5. No se hace expreso pronunciamiento sobre las costas procesales causadas.Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla El recurso se interpondrá por medio de

escrito presentado en este Juzgado, en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, exponiendo las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 1 y 2 LEC)

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado número 3678 0000 33 1223 11, indicando en las Observaciones del documento de ingreso, que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L O 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.° de la Disposición adicional Decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Comuníquese esta resolución, una vez firme, al Registro Civil donde conste la inscripción del matrimonio de los cónyuges, a fin de que se practique la correspondiente anotación marginal.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en Primera Instancia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación —Leída y publicada fue la anterior sentencia por la Ilma Sra Magistrada-Juez que la suscribe, estando celebrado

audiencia publica en el mismo día de su fecha, doy fe.Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada, doña Eva María Delgado Ibáñez, extiendo y firmo la presente.En Sevilla a 30 de enero de 2013 —El Secretario Judicial (Firma ilegible )

40-3020————

ESTEPA —JUZGADO NÚM 1

Doña María Molina García, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número uno de Estepa.Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de dominio Inmatriculación 226/2010, a instancia de

Manuel Duque Romero, expediente de dominio para la inmatriculación de la siguiente finca:Finca situada en el municipio de Casariche, provincia de Sevilla, ubicada en la calle Río Yeguas, correspondiéndole el número

52, ubicada dentro de la urbanización Las Viñuelas, siendo su localización específica en la polígono 10, parcela 261. Consta de una planta baja de unos 58 metros cuadrados

Linda, al sur con la vivienda de don Francisco Duque Romero, situada en la calle Río Yeguas de este municipio, siendo su localización en polígono 10, parcela 261, estando ambas viviendas rodeadas tanto al norte, este y oeste por la finca rústica propiedad de don Manuel Roldán Marín, siendo su localización en el polígono 10, parcela 241

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Martes 23 de abril de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 31

Por el presente, y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha, se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada, para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Estepa a 20 de febrero de 2013 —La Secretaria Judicial, María Molina García 40-3159

AYUNTAMIENTOS————

AZNALCÓLLAR

Negociado y aceptado por el Pleno del Ayuntamiento de Aznalcóllar en sesión celebrada el día 22 de marzo de 2013 el texto inicial del Convenio Urbanístico de planeamiento número 01/2013 entre la mercantil Abengoa Solar España, S.A. y el Ayuntamiento de Aznalcóllar para una modificación del planeamiento del Plan Parcial del PAMA, en virtud del cual se permita hacer compatible en el polígono industrial PAMA el uso del suelo en zona verde con la implantación de infraestructuras o instalaciones mediante la ampliación de los usos pormenorizados permitidos en dicha categoría y, al mismo tiempo, incluir la ampliación de los jardines adscritos al ámbito interior del Plan Parcial para no mermar la capacidad de zona verde destinada a uso pormenorizado de jardines y posibilitar, así, la futura puesta en valor de los terrenos en los que se ha detectado la existencia de restos arqueológicos, de conformidad con el artículo 39 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se somete a información pública por el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, en horario de atención al público, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, pudiéndose formular cuantas alegaciones, sugerencias u observaciones consideren convenientes

En Aznalcóllar a 26 de marzo de 2013 —El Alcalde-Presidente, Agapito Ramírez Domínguez 25F-4555-P

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CAMAS

Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 27 de marzo de 2013, el expediente de mo-dificación de la regla 20.ª «Protocolo excepcional ante la situación de crisis económica en materia de ayudas sociales municipales» de las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal en vigor, se expone al público en la Intervención Municipal por plazo de quince días, contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, a fin de que pueda ser examinado y, en su caso, presentarse dentro de dicho plazo las reclamaciones que se estimen oportunas.

El expediente se considerará definitivamente aprobado si al término de la exposición pública no se hubieran presentado recla-maciones, lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169, por remisión del artículo 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

En Camas a 5 de abril de 2013 —El Alcalde–Presidente, Rafael A Recio Fernández 8W-5063

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MAIRENA DEL ALJARAFE

Licitación del contrato de gestión de servicio público de promoción cultural a través de la formación musical en la Escuela de Mú-sica de Mairena del Aljarafe, por procedimiento abierto, oferta económica mas ventajosa, varios criterios de adjudicación y tramitación ordinaria.

Por Consejo del IMDC de 25 de marzo de 2.013, ha sido aprobado el pliego de cláusulas técnicas y administrativas que han de regir el procedimiento abierto de la licitación del contrato de gestión del servicio público de promoción cultural a través de la for-mación musical en la Escuela de Música de Mairena del Aljarafe, por procedimiento abierto, oferta económica más ventajosa, varios criterios de adjudicación y tramitación ordinaria

1 —Entidad adjudicadoraOrganismo: Instituto Municipal de Dinamización CiudadanaDependencia que tramita el expediente: Secretaría del IMDCObtención de documentación e información: 1) Dependencia: Registro General del IMDC2) Domicilio: Plaza Carlos Cano, nº 53) Localidad y código postal: Mairena del Aljarafe, 41927 4) Teléfono: 954 34 83 38 Correo electrónico: Dirección de Internet del perfil del contratante: http://mairenadelaljarafe.es/fuentes/contratos.php7) Fecha límite de obtención de documentos e información: Hasta la fecha límite de presentación de ofertas. Número de Expediente: IMDC/14/20132 —Objeto del contratoa) Tipo: Gestión de servicios públicos mediante concesión administrativa b) Descripción: Servicio público de promoción cultural a través de la formación musical en la Escuela de Música de Mairena

del Aljarafe c) División por lotes y número de lotes/número de unidades : No hay lotesd) Lugar de ejecución/entrega: Localidad y código postal: 41927 Mairena del Aljarafe

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32 Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 92 Martes 23 de abril de 2013

Diputación Provincial - Imprenta

TASAS CORRESPONDIENTES AL «BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . 2,10Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . 18,41Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigirán al «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

———Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla.

Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: [email protected]

e) Plazo de ejecución: máximo 5 añosf) Admisión de prórroga: 5 años g) Establecimiento de un acuerdo marco: Noh) Sistema dinámico de adquisición: Noi) CPV (Referencia nomenclatura): 80000000-4 Servicios de Enseñanza y formación y CNPA 80.42.20 Otros Servicios de

Enseñanza. 3 —Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Abiertoc) Subasta electrónica: Nod) Criterio de adjudicación: Los establecidos en el Pliego de cláusulas administrativas 4 —Presupuesto base de licitación:• Valor estimado presupuesto ingresos para el primer año: 96.470 €• Canon mínimo 11,68% de lo recaudado5 —Garantías exigidas: Garantía provisional: No se exigeGarantía definitiva: 5.000 €6 —Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación: No se exigeb) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Según lo dispuesto en los Pliegos de Condiciones

apartado 4 1 y 4 2 de la cláusula sexta 7 —Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación.a) Fecha límite de presentación: El plazo será de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio

en el «Boletín Oficial» de la provincia.b) Modalidad de presentación: Se presentarán en tres sobres cerrados A, B y C con la documentación que se especifica en los

Pliegos de Condicionesc) Lugar de presentación: 1 ) Dependencia: En el Registro General del IMDC 2 ) Domicilio: Plaza Carlos Cano, nº 5 3) Localidad: Localidad y código postal: Mairena del Aljarafe, 41927 4) Dirección electrónica: admin imdc@mairenadelaljarafe org8 —Apertura de las ofertas.a) Descripción: La apertura de proposiciones de la oferta técnica (sobre B) tendrá lugar en las dependencias del Ayuntamien-

to, en acto público b) Fecha y hora: A las 12:00 horas del tercer día hábil siguiente a la finalización del plazo de presentación de las proposi-

ciones, exceptuando los sábados, salvo que algún licitador hubiese anunciado la presentación por correo, en cuyo caso la apertura se demorará al quinto día hábil siguiente.

c) El acto de apertura en acto público del sobre C (oferta económica) se producirá en el lugar y fecha que se determine por el órgano de contratación, comunicándolo mediante anuncio inserto en la página web del Ayuntamiento, perfil del contratan-te

9 —Gastos de publicidad.Corresponden al adjudicatario En Mairena del Aljarafe a 27 de marzo de 2013 —El Presidente del IMDC, Ricardo Tarno Blanco

25F-4552-P