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Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca Viernes 21 de noviembre de 2008 Número 134- Fascículo 1 SUMARIO (Fascículo 1) AVISO A LOS SUSCRIPTORES Y ANUNCIANTES TARIFAS PARA EL AÑO 2008 VENTA DE EJEMPLARES: SUSCRIPCIONES: Del mes corriente: 1,00 Anual .................... 50,00 De meses anteriores: 1,50 Semestral ............ 25,00 ANUNCIOS De carácter odinario: 0,25 € por palabra, cifra o abreviatura hasta 2.000 unidades, pasando de esta cantidad se tarifará a 0,18 €. De carácter urgente: Devengará el doble de los derechos señalados en el apartado anterior. Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca Depósito Legal: CU-1-1958 Franqueo concertado núm. 16/2 DIPUTACIÓN PROVINCIAL Organismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación.—Anuncio de citación para comparecer. ADMINISTRACIÓN LOCAL Ayuntamiento de Cuenca.—Notificación expediente de disciplina urbanística OE19/2008. Reglamento de honores y distinciones del Ayuntamiento de Cuenca. Delegación de funciones. Ayuntamiento de Mota del Cuervo.—Modificación de ordenanzas fiscales. Bases para selección de una plaza de Director/a-Psicólogo/a del Centro Social. Bases para provisión de una plaza de personal de limpieza. Ayuntamiento de Sisante.—Aprobación definitiva de ordenanzas. Delegación de funciones. Ayuntamiento de Olmeda de la Cuesta.—Aprobación definitiva de ordenanzas. Ayuntamiento de Olivares de Júcar.—Caducidad inscripción padronal. Ayuntamiento de Cervera del Llano.—Aprobación del reglamento del consejo local Agenda 21. Ayuntamiento de Minglanilla.—Solicitud de licencia para actividad. Ayuntamiento de Las Pedroñeras.—Solicitud de licencia para actividad. Ayuntamiento de Beamud.—Modificación de ordenanza. Ayuntamiento de Santa María de los Llanos.—Modificación de ordenanzas. Ayuntamiento de Villar y Velasco.—Expediente para renovación cargos juez de paz. Ayuntamiento de Talayuelas.—Solicitud de licencia para actividad. E.A.T.I.M. de Valeria.—Subasta de aprovechamiento de pastos. A V I S O M U Y I M P O R T A N T E Se ruega encarecidamente, y con el fin de evitar acumulación de anuncios en los últimos días del año, remitan las ordenanzas que han de publicarse antes del 31 de diciembre lo antes posible. Muchas gracias por su colaboración.

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Viernes 21 de noviembre de 2008 Número 134- Fascículo 1

S U M A R I O ( F a s c í c u l o 1 )

AVISO A LOS SUSCRIPTORES Y ANUNCIANTESTARIFAS PARA EL AÑO 2008

VENTA DE EJEMPLARES: SUSCRIPCIONES:

Del mes corriente: 1,00 € Anual.................... 50,00 €De meses anteriores: 1,50 € Semestral ............ 25,00 €

ANUNCIOS

De carácter odinario: 0,25 € por palabra, cifra o abreviatura hasta 2.000 unidades,pasando de esta cantidad se tarifará a 0,18 €.De carácter urgente: Devengará el doble de los derechos señalados en el apartado anterior.B

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DIPUTACIÓN PROVINCIALOrganismo Autónomo de Gestión Tributaria y Recaudación.—Anuncio de citación para comparecer.

ADMINISTRACIÓN LOCALAyuntamiento de Cuenca.—Notificación expediente de disciplina urbanística OE19/2008.Reglamento de honores y distinciones del Ayuntamiento de Cuenca.Delegación de funciones.Ayuntamiento de Mota del Cuervo.—Modificación de ordenanzas fiscales.Bases para selección de una plaza de Director/a-Psicólogo/a del Centro Social.Bases para provisión de una plaza de personal de limpieza.Ayuntamiento de Sisante.—Aprobación definitiva de ordenanzas.Delegación de funciones.Ayuntamiento de Olmeda de la Cuesta.—Aprobación definitiva de ordenanzas.Ayuntamiento de Olivares de Júcar.—Caducidad inscripción padronal.Ayuntamiento de Cervera del Llano.—Aprobación del reglamento del consejo local Agenda 21.Ayuntamiento de Minglanilla.—Solicitud de licencia para actividad.Ayuntamiento de Las Pedroñeras.—Solicitud de licencia para actividad.Ayuntamiento de Beamud.—Modificación de ordenanza.Ayuntamiento de Santa María de los Llanos.—Modificación de ordenanzas.Ayuntamiento de Villar y Velasco.—Expediente para renovación cargos juez de paz.Ayuntamiento de Talayuelas.—Solicitud de licencia para actividad.E.A.T.I.M. de Valeria.—Subasta de aprovechamiento de pastos.

A V I S O M U Y I M P O R T A N T E

Se ruega encarecidamente, y con el fin de evitar acumulación deanuncios en los últimos días del año, remitan las ordenanzas quehan de publicarse antes del 31 de diciembre lo antes posible.Muchas gracias por su colaboración.

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D I P U TA C I Ó N P R O V I N C I A L

Organismo Autónomo de Gestión Tributariay Recaudación

— ANUNCIO DE CITACIÓN PARA COMPARECER —De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112.1 de la ley

58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria, y habiéndose inten-tado la notificación al interesado o su representante por dos veces,sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables aesta Administración, se pone de manifiesto, mediante el presenteanuncio, que se encuentra pendiente de notificar la Providencia deApremio a los sujetos pasivos de los expedientes relacionados acontinuación:Nif/Cif Sujeto Pasivo Nº ExpedienteX05538637F ABDERRAHIM LAOUANI 2008051765X01363278E ADRAOUI ABDELBRIN 2008051766G81066433 AGROPECUARIA CASA PACHECO 2008051767X03080670G AKID ABDELHADI 2007019980X03969893R ALEXANDRU PLAMADEALA 200805176853359684Y AMAYA TRIVIÑO SERGIO 2007017972B16221780 ARZOLLO CONSTRUCCIONES SL 200805176304838442R ATIENZA TALAYA JOSE 200303189070502366Y ATIENZAR GONZALEZ JUAN MIGUEL 200804639936952909M BAQUERO MUNERA SAGRARIO 200703640851947735G BARRIOS MARCOS VICTOR 200700153704810842R BLANCO MARTINEZ DOMINGO 200602818736827388H BLASCO SANCHEZ ISIDORA 200602781220387937R CALATAYUD GUZMAN SALVADOR 200702377950732767B CALERO HERMOSA CRUZ MONICA 200800143604840092H CANTOS GASCON JOSE MARIA 200303195504570580C CARRION RUIZ JOSE MARIA 200805177604406165D CHECA CORTES DANIEL 2007006375X06785978N CHEKAOUI MASKAOUY 2008051777X04801100B CIUREA PETRE 200805177800087781J COLLADA GARCIA APOLONIO 200401464070502670B COLLADO FERNANDEZ ANGELES 200702166404409662X COLLADO GOMEZ AMADOR 200701570504830274K CORTIJO GARCIA VICENTA 200802254704606055Y DA COSTA SANTOS CARLOS 200700673404428564Y DEL OLMO CUESTA IGNACIO 2007015955X01654171B DI GESUALDO GABRIELE 2008004270X06247084P DRISS EL BAKHTAOUY 2008051781B83485177 ECOFERTILIZANTES E.M. S.L. 200805178204389145D EGIDO ALCOCER VICENTE DEL 200801153801988787T EGIDO BUSTOS SEVERO 200400107004550184 ENCINAS SAIZ JULIAN MOISES 200700692506216814Y ENRIQUEZ DE LUNA MORALES RAMON 200804832806124193Y ESCRIBANO MANJAVACAS MANUEL 200804030204613005X ESCUDERO REVENGA PEDRO JOSE 200805178502052381E FERNANDEZ GIRON ASUNCION 200702651304450600P FORRIOL CASERO JOSEFA 2007007192X03835519Q FRENTI DANIEL 200804893504446531X GALINDO ESCRIBANO HERMINIO 200700387008035933D GALLARDO PADILLA LUIS 200804895804465623N GARCIA BALLESTEROS JUAN 200703538604425677V GARCIA GARCIA GREGORIO 200700116104591456N GARCIA GOMEZ LUIS 200805178801514799L GARCIA LOPEZ ANTONIO 200700738647073234P GARRIDO GONZALEZ RAUL 200704050622286112D GARRIDO IZQUIERDO FRANCISCO 2005033109X03857594B GETKOV IVANOV ROSTISLAV 200700342704432660P GIL VALERA PEDRO 2007007583X07976498Y GIRALDO CUERVO JHON FREDY 200805179170521039A GOMEZ BALLESTEROS ISIDORO 200805179304548955S GOMEZ BONILLA JOSE MARIA 2008049036

02045689T GONZALEZ ALBA FRANCISCO JAVIER 200703393928400709X GONZALEZ TORRES MARTA 200804907004478418L GONZALO SAIZ ANGELA 200702976704352295M GRANERO LOPEZ ISMAEL 2007012945X02185983L HICHAM JEMOULA 2008051797X02440478V HOUMMAD GUETTAF 200805179804437023R HUELAMO MELERO GUILLERMO 200702346424350139 HUSEIN MOHD MURSHED 200804912502632826Q IÑARRA CABANILLAS RICARDO 200700824804566837A IZQUIERDO PULIDO MARIA DEL CARMEN200804834136820480X JAREÑO SEGOVIA SANTIAGO 200403366304476356G JIMENEZ MERCHANTE MELQUIADES 2006025085X02076971W KOUYESS G. KBIR 200805180104814322P LAFUENTE SERRANO SEGUNDA 2007003937X02163229X LAMHAMDI BOYJEMAA 200805180204812004J LAPEÑA MARTINEZ REGINO FIDEL 200600548504384195G LAZARO MUÑOZ SANTIAGO 2008049183B03136538 LIMPIEZAS URBANAS MEDITERRANEAS 200805180404481738G LOPEZ HUELAMO FERNANDO 200601033852518918M LOPEZ MARTINEZ ANTONIA 200805180505089774N LOPEZ MORATALLA JOSE ANTONIO 200600063651629834D LOPEZ MORENO CARLOS 200700059704524128M MALAVIA MARTINEZ JUSTINO 2007034272X03597429E MALDONADO ARANGO FABIAN ENRIQUE2008051806X05233082F MARIAN ZANFIR 200700042304577669W MARTINEZ FERNANDEZ JOSE LUIS 200804985304408673X MARTINEZ JARA CLEMENCIO 200601784304402489J MARTINEZ LEON MAXIMIANO 200402057304450633H MARTINEZ MUÑOZ JULIO 200700907004452936K MARTINEZ MUÑOZ MANUEL 200502946701110252L MELCHOR BERNARDO CARLOS ALBERTO200702980804574620N MENAN LORENTE IGNACIO JOSE (Y 1) 200804205504563358C MERINO GARRIDO JOSE TOMAS 200701517604441941C MINAYA TORRES FRANCISCO 200602296919397373R MINUESA GONZALEZ MARIA 2008040828X02943580V MIRANDA GONZALEZ BERNARDO 2007028528X03915186B MITKOV ILIEV IVAN 2007004674X03850758Y MOHAMED ESSABBAR 2008051807X05752460E MOHAMED TOUBI 200804834304353909D MONTERO MATOQUE JOSE 200700942904458232G MONTOYA PALENCIA PRIMITIVO 200804646000150472Y MORALES MORALES VICTOR 200701222150753183A MORATALLA ARAUZ JULIO LEON 200805181004488446L MORATALLA MORATALLA JOSE 200502815304404520C MORENO VALERO PILAR 200601861251055573N MUELAS VALDEOLIVAS ROBERTO 200703705905195661F MUÑOZ BERMUDEZ RAFAEL 200805181204431153L MUÑOZ CANO PEDRO 200703522250732882 NAVARRO GARCIA MARIA ARANZAZU 200602998102023625Q NAVARRO GOMEZ CONSTANTINO 200303276202456180X OJEDA CAÑADA RAFAEL 200703403104483265J OJERO RUIZ JUAN 200602309237543441N OLMO RUESCA EUGENIA 200700354204487972M OSSA SANCHEZ AGAPITO DE LA 2008001853X07088029G OZHEMAL BEKIR OSMAN 200805181505231063N PACHECO RODRIGUEZ MANUEL 200700174004839172H PARDO ALARCON FRANCISCA 200303283604841737F PEÑARRUBIA NAVARRO ERNESTO 200804640604593027L PEREZ ARELLANO JOSE CARLOS 200805181700988747T PEREZ JUAN JUSTO VICENTE 200700337703769511H PICAZO HARO JUAN 200805181870485762P PLAZA PEREZ FRANCISCA 200702885504569754E PLAZA SERRANO JUAN CARLOS 2006030188B84511906 PROMOTEC SOLUCIONES S.L. 200805000570485635L REVUELTA SAN JUAN CATALAN TOMAS 200805015702874638Y RIVAS NUSSBAUM MARTA 200601455570491986E ROS MORENO FELIPE 200802563104465132G RUIZ GARCIA VALENTINA 2007002004

Número 134 - Fascículo 1 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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F16015976 S.A.T.POLASI 200701590404536805D SAAVEDRA PARRA MIGUEL 200701089104469572M SAIZ TRIGUERO VICTORINO 2007036946F16129199 SAN ANTON DE CUENCA S COOP LTDA 200700657304368950P SANCHEZ SANCHEZ PEDRO 200701893604588038K SANTIAGO SANTIAGO PEDRO ANTONIO 200805184006204933Q SANTIAGO TORRES JESUS 200805182504455897S SANZ OCAÑA DOMINGO 2007002338X06127238S SEDRI AYDEMIR 200701117404837041A SERRANO COLLADO NIEVES 200303321404546705L SERRANO DE LOS SANTOS JACINTO 2007011227X06924761J SHARMA SATISH KUMA 2007002941X02494754J SI LAKAHAL ABDALLAH 200701127404839897F SIMARRO CARRILLO LEANDRA 200303325076228466A SIMON GALVEZ FRANCISCA 200702988201124775Y SOBLECHERO PABLO EVELIO 200703533522492872E SUAY GARCIA JAIME 2007022418X04683726Y TAHAR SETTOUTI 200805183004813928M TEBAR RENTERO REMEDIOS 200700401804363740L TORRECILLA GONZALEZ LAZARO 200500147904534706A TORRECILLA MESAS JOSE JOAQUIN 200702599504613058V TORRERO GARCIA JONATAN 200805183104478924L USANO QUICIOS JUAN 2007011569X02570444X VELEZ RIOS AYDE 200702602019117403X VICENTE DE SAZ EMILIANO 2006036472X02691956J WEI XIAOYI 2008048488X01457241F YAMYA ABDOUSSI 200805183204542049D ZAFRILLA CAMPILLO JOSE ANTONIO 2007011853

Los interesados citados, o sus representantes, deberán compa-recer en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES, contadosdesde el siguiente al de esta publicación, en las oficinas del Orga-nismo Autónomo, sitas en c/ Las Torres, nº 34 de esta capital, delunes a viernes, en horario de 9 a 14 horas, al efecto de practicarla referida notificación.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la noti-ficación se entenderá producida a todos los efectos legales desdeel día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para com-parecer.

Cuenca, 18 de Noviembre de 2008LA JEFE DE SERVICIOFdo: Mª Antonia López Requena

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A D M I N I S T R A C I Ó N L O C A L

Ayuntamiento de Cuenca— ANUNCIO —

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59 de la Leyde Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedi-miento Administrativo Común (Ley 30/92, de 26 de Noviembre)se somete a notificación por Edictos el traslado del Decreto de lasiguiente RESOLUCIÓN, del expediente de Orden de Ejecuciónnúmero 19/2008, que tiene el siguiente tenor literal:

DISCIPLINA URBANÍSTICA OE19/2008El Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayto. de Cuenca,

en el día de la fecha, ha dictado el siguiente Decreto:En uso de las atribuciones que me confiere el art. 124.4. de la

Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, (modificada por la Ley 57/03, de 16 de Diciembre y de acuerdocon lo dispuesto en el art. 1 de la Ley 10/2004, de 21 de Diciem-bre), en relación con los arts.137, 140 y 176 del Texto Refundidode la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanís-tica de Castilla-La Mancha (Decreto Legislativo 1/2004, de 28 deDiciembre), en adelante TRLOTAU, disposiciones que obligan a

los propietarios de terrenos, construcciones y edificios a mantener-los en condiciones de seguridad, salubridad, ornato público ydecoro, y en base a los siguientes

A N T E C E D E N T E S1.- Con fecha 19 de junio de 2008 es emitido informe técnico

por parte del Sr. Arquitecto del Servicio de Gestión y Disciplinaen el que se constata que la existencia de un pozo sito en el Polí-gono 10, parcela 19 de Cuenca, frente al “Puente de los Descal-zos” sin protección, incumpliendo las determinaciones del vigentePGOU de Cuenca y el TRLOTAU, que obligan a los propietariosa de terrenos a mantenerlos en condiciones de seguridad, salubri-dad, ornato público y decoro, así como a vallarlos de forma ade-cuada.

2.- Por dicho motivo, en fecha 19 de junio de 2008, es inco-ado expediente sobre orden de ejecución a los propietarios del mismo.Intentadas las notificaciones y siendo estás infructuosas, se poneen conocimiento de los interesados la incoación del expediente, mediantesu publicación por edictos en el Boletín Oficial de la Provincia defecha 13 de agosto de 2008, indicándoles el derecho que les asistepara presentar los documentos y justificaciones que estimen en defensade sus derechos

3.- Transcurrido dicho plazo el interesado no ha ejercitado suderecho.

FUNDAMENTOS DE DERECHOEl informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 19 de junio

de 2008, referente al estado del pozo dice textualmente: Número Expediente OE 19/2008.ASUNTO: POZO SIN PROTECCIÓN, FRENTE AL PUENTE

DE “LOS DESCALZOS”.Recibida denuncia del Servicio de Medio Ambiente del Excmo.

Ayuntamiento de Cuenca, se realiza visita de inspección el 27 demayo de 2008, comprobando la existencia de un pozo que incum-ple las condiciones de seguridad establecidos en el Plan Generalde Ordenación Urbana de Cuenca de 20 de Diciembre de 2005 (enadelante PGOUC). El pozo se encuentra sin cubrir, por lo quesupone un riesgo para las personas. Según el artículo 137.1 del TextoRefundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Activi-dad Urbanística de Castilla – La Mancha (en adelante TRLO-TAU), los propietarios de los terrenos, construcciones y edificiostienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salu-bridad, ornato público y decoro, realizando los trabajos y obras pre-cisos para conservarlos. Se debe proceder a la cubrición del pozo,para evitar el riesgo que supone actualmente, restituyendo las con-diciones de seguridad. La valoración de los trabajos necesarios esla siguiente:

- Valoración de los trabajos:La valoración de las obras a realizar es la siguiente:01 CERRAJERIA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 229,9802 SEGURIDAD. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61,80

————TOTAL EJECUCIÓN MATERIAL . . . . . . 291,7813,00% Gastos generales . . . . . . . . . . . . . . 37,936,00% Beneficio industrial . . . . . . . . . . . . . 17,51

————SUMA DE G.G. y B.I. . . . . . . . . . . . . . . . . 55,4416,00% I.V.A. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 55,56

————TOTAL PRESUPUESTO CONTRATA. . . 402,78

————TOTAL PRESUPUESTO GENERAL . . . . 402,78

Asciende el presupuesto general a la expresada cantidad de CUA-TROCIENTOS DOS EUROS con SETENTA Y OCHO CÉNTI-MOS (402,78 ¤).

Se debe proceder a la cubrición del pozo. Teniendo en cuentael estado actual, y que no se cumplen las condiciones de seguri-dad, se da un plazo de ejecución material de la obra de QUINCEDÍAS.

Número 134 - Fascículo 1 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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Se informa que según el artículo 140 de la Ley de Ordenacióndel Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Manchade 4 de Junio de 1998 el incumplimiento injustificado de las órde-nes de ejecución habilita a la Administración para ejecutar subsi-diariamente a costa del obligado las obras de reparación así comola imposición de hasta diez multas coercitivas con periodicidad mínimamensual, por valor cada una de ellas del diez por ciento del costeestimado de las obras ordenadas. Incluso la sustitución del propie-tario incumplidor de acuerdo con el procedimiento establecido enlos artículos 132 a 134.

Por todo lo anterior,DISPONGO1. Ordenar a los propietarios del solar sito en el Polígono 10,

parcela 19 de Cuenca, frente al “Puente de los Descalzos”, la adop-ción de las medidas contempladas en el informe del Sr. Arquitectodel Servicio de Gestión y Disciplina de fecha 19 de junio de 2008.

Previa presentación ante esta administración de Memoria Valo-rada de las obras prescritas en el informe del Sr. Arquitecto de Ges-tión y Disciplina de fecha 19 de junio de 2008.

2. Otorgar al interesado un plazo de QUINCE DIAS para su eje-cución a contar desde el día siguiente de la recepción de la notifi-cación.

3. Advertir a los interesados que el incumplimiento de esta ordendará lugar a las correspondientes responsabilidades, procediéndoseen tal caso a la ejecución forzosa del acto, mediante actuación muni-cipal subsidiaria y con cargo a los obligados. A estos efectos la valo-ración de las actuaciones según presupuesto contenido en el informedel Sr. Arquitecto del Servicio de Gestión y Disciplina de fecha 19de junio de 2008 asciende a la cantidad de 402,78¤

4. Asimismo el incumplimiento injustificado habilitará a estaAdministración para imponer hasta diez multas por importe, cadauna de ellas, de hasta el diez por ciento del costo de las obras. “

Lo que, en cumplimiento de lo dispuesto, le notifico para su cono-cimiento y efectos correspondientes, significándole que contra lapresente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede inter-poner, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcal-día-Presidencia en el plazo de un mes, contado a partir del día siguienteal de la recepción de esta notificación.

Si se interpone este recurso potestativo de reposición, no se podráinterponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resueltoexpresamente el de reposición o hasta que se haya producido la deses-timación presunta de tal recurso de reposición, lo cual sucederíade transcurrir un mes desde su interposición sin ser resuelto. Deeste modo, tanto contra la resolución expresa desestimatoria del recursode reposición, como en el caso de producirse la referida desesti-mación presunta, podría entonces interponerse recurso conten-cioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Adminis-trativo con sede en Cuenca; el plazo para interponer el recursocontencioso-administrativo contra la resolución expresa desestima-toria del de reposición, sería de dos meses contados desde el díasiguiente al de la notificación de tal resolución expresa desestima-toria; a su vez, el plazo para interponer el recurso contencioso-admi-nistrativo en el caso de desestimación presunta del de reposición,sería de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél enque se haya producido tal desestimación presunta.

Si opta por no interponer el recurso potestativo de reposición,entonces podrá interponer directamente contra la presente resolu-ción recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo con sede en Cuenca; en el plazo dedos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de estanotificación.

Sin perjuicio de lo anterior, podrá, en su caso, interponerrecurso extraordinario de revisión o cualquier otro recurso que con-sidere oportuno para la defensa de sus intereses y esté admitido porla legislación vigente, así como entablar, igualmente en su caso,cualquier otra acción legal que estime conveniente.

Todo ello en aplicación de lo dispuesto en los arts. 8, 10, 46 yconcordantes de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, así como en los arts.48, 116, 117 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de Noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dadapor la Ley 4/1999, de 13 de Enero, así como en el resto de precep-tos legales correspondientes.

Cuenca, 7 de octubre de 2008.—El Secretario General acciden-tal, Jaime Avelino Álvarez Suárez.

El traslado del anterior Decreto está expuesto desde su fechade publicación el en Boletín Oficial de la Provincia, en el Tablónde Edictos de la Gerencia Municipal de Urbanismo, calle Hurtadode Mendoza, número1, 2.º piso, de Cuenca.

Cuenca, 7 de noviembre de 2008.—El Alcalde-Presidente,Francisco Javier Pulido Morillo.

(5125)

— ANUNCIO —REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DEL

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA.

La Comisión Delegada del Pleno del Ayuntamiento de Cuenca,en sesión ordinaria celebrada el día 23 de Julio de 2008, acordó laaprobación inicial de las modificaciones al Reglamento de Hono-res y Distinciones del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca. EsteReglamento fue objeto de exposición pública mediante un anun-cio en el Boletín Oficial de la Provincia número 86 de 30 de Juliode 2008, a los efectos de que los interesados pudieran examinarloy presentar las reclamaciones o sugerencias que considerasen opor-tunas durante el plazo de 30 días hábiles, contados desde el siguienteal del anuncio.

No habiéndose presentado alegación ni reclamación se entiendeaprobado definitivamente el Reglamento de Honores y Distincio-nes del Excmo. Ayuntamiento de Cuenca, según prevé el artículo49 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Por ello, y para su entrada en vigor al día siguiente, se publicaa continuación en el Boletín Oficial de la Provincia el texto ínte-gro del Reglamento de Honores y Distinciones del Excmo. Ayun-tamiento de Cuenca.

REGLAMENTO DE HONORES Y DISTINCIONES DELEXCMO. AYUNTAMIENTO DE CUENCA

EXPOSICIÓN DE MOTIVOSEntre las facultades que el Reglamento de Organización, Fun-

cionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobadopor Real Decreto 2568/1986 reconoce a los Ayuntamientos, se encuen-tra la de premiar especiales merecimientos o servicios extraordi-narios prestados al Municipio por personas, entidades e institucio-nes.

Estos premios meramente honoríficos, sin que puedan suponerningún derecho económico no administrativo, más allá del presti-gio y la consideración de la colectividad.

El Ayuntamiento de Cuenca dispone de un Reglamento de Hono-res, Recompensas y Distintivos del año 1964, el cual ha servidohasta la fecha para el reconocimiento de ilustres personalidades einstituciones acreedoras de tal significación. Sin embargo, se hacepreciso introducir modificaciones sustanciales que lo hagan masacorde con el sentido que han de tener hoy la concesión de taleshonores y distinciones.

El reconocimiento de los méritos, acciones y servicios excep-cionales y extraordinarios realizados por determinadas personas oentidades, en beneficio de la sociedad, corresponde a los poderespúblicos no solo para expresar la gratitud de todos los conquensespor tales servicios, sino también para estimar y fomentar aquellasvirtudes y cualidades que tienen fundamentalmente como base eltrabajo y la solidaridad con el resto de vecinos.

Asimismo se trata de premiar conductas y/o actividades que deforma destacada y brillante hayan contribuido ejemplarmente en

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beneficio de la ciudad de Cuenca y de sus habitantes en cuales-quiera de las actividades humanas en su más amplia y digna afec-ción.

CAPÍTULO 1.- DE LOS HONORES DELAYUNTAMIENTOArtículo 1.-1.- Los honores que el Excmo. Ayuntamiento de Cuenca podrá

conferir a personas, instituciones y/o entidades conquenses o no,incluso extranjeros para premiar especiales merecimientos, méri-tos relevantes o servicios extraordinarios prestados a la ciudadserán los siguientes:

1.- Título de Hijo/a Predilecto/a de Cuenca.2.- Título de Hijo/a Adoptivo/a de Cuenca.3.- Título de Alcalde/Alcaldesa Honorario/a4.- Título de Concejal/a Honorario/a5.- Medalla de Oro de la Ciudad de Cuenca.6.- Los Emblemas de la Ciudad7.- Llave de Oro de la Ciudad8.- Insignia Municipal9.- Título de Conquense Ilustre.2.- Todas las distinciones a las que hace referencia el reglamento

tienen carácter exclusivamente honorífico sin que otorguen ningúnderecho económico ni administrativo.

Artículo 2.-1.- Para su concesión de las distinciones honoríficas tipifica-

das en el artículo 1, el Excmo. Ayuntamiento de Cuenca habrá deobservar los preceptos reglamentarios que a continuación se citan.

2.- Con la sola excepción de S.S.M.M los Reyes, Príncipes oInfantes de España, no podrán adoptarse decisiones que otorguenhonores y distinciones a personas que desempeñen altos cargos enla Administración del Estado, Autonómica, ni Local.

CAPÍTULO SEGUNDO.- DE LOS TÍTULOS DE HIJO/APREDILECTO/A E HIJO ADOPTIVO/A

Artículo 3.-1.- El nombramiento de Hijo/a Predilecto/a solo podrá recaer

en persona nacida en la Ciudad de Cuenca que haya destacado deforma extraordinaria por su trabajo, actuaciones culturales, depor-tivas, científicas, sociales, políticas o económicas, cualidades o méri-tos personales o por servicios prestados en beneficio u honor deCuenca y, que hayan alcanzado consideración indiscutible en el con-cepto público.

2.- El nombramiento de Hijo/a Adoptivo/a se podrá otorgar acualquier persona, sin distinción de naturaleza ni origen, siguién-dose para los extranjeros el trámite establecido en el R.O.F.

3.- Ambos Títulos: Hijo/a Adoptivo/a e Hijo/a Predilecto/apodrán concederse a título póstumo.

4.- Los Títulos de Hijo/a Predilecto/a e Hijo/a Adoptivo/a cons-tituyen la mayor distinción del Ayuntamiento de Cuenca.

5.- Acordada la concesión de los títulos anteriores, se señalarála fe cha en la que se hará entrega a los agraciados del diploma yla insignia que acredite tal distintivo.

6.- El expresado diploma deberá extenderse en un pergaminoartístico y contendrá de manera muy sucinta los merecimientos quejustifican la concesión; la insignia se ajustará al modelo aprobadopor la Corporación, en la que deberá figurar el escudo de la ciu-dad, así como la inscripción de Hijo/a Predilecto/a o de Hijo/aAdoptivo/a, según proceda.

CAPÍTULO TERCERO.- DEL NOMBRAMIENTO DE MIEM-BROS HONORARIOS DEL AYUNTAMIENTO

Artículo 4.-1.- El nombramiento del Alcalde/Alcaldesa o Concejal/a Hono-

rarios/as del Ayuntamiento de Cuenca podrá se otorgado por éstea personalidades españolas o extranjeras, ya como muestra de laalta consideración que le merecen, ya como correspondencia a dis-tinciones análogas/similares de que hayan sido objeto la Corpora-ción o autoridades municipales de la ciudad.

2.- Acordada la Concesión de estas distinciones se entregará alos agraciados/as un diploma e insignias, que, en este caso, con-

sistirán en la insignia de plata que lleva la Corporación junto conel escudo de la ciudad que usan el Alcalde y los Concejales.

CAPÍTULO CUARTO.- DE LA MEDALLA DE LA CIUDADArtículo 5.- 1.- La Medalla de Oro de la Ciudad de Cuenca tendrá el carác-

ter de condecoración.2.- La concesión de Medalla de Oro de la Ciudad de Cuenca

habrá de reservarse a méritos verdaderamente singulares que con-curran en personas, Instituciones, Entidades o Corporaciones Loca-les, tanto nacionales como extranjeras por haber prestado notablesservicios a Cuenca o dispensado honores a ella.

3.- La Medalla de Oro estará representada por el Escudo Herál-dico de la ciudad, elaborada en esmaltes finos sobre oro de ley, conlos florones en platino y estará adornada con diamantes rubíes yesmeradas. En el reverso de la medalla, se grabará el nombre dela persona, Institución, Entidad etc,. a que se haya otorgado yfecha de la concesión. La Medalla se llevará pendiente de un collarde oro de ley, reservado para Jefes de Estado o, de cordón trenzadode oro para los demás casos.

4.- No podrá acordarse la incoación de un expediente para laconcesión de una medalla, mientras exista otro de esta distinciónpendiente de resolver. La concesión estará limitada a una medallaal año.

CAPÍTULO CINCO.- DE LOS EMBLEMAS DE LA CIU-DAD

Artículo 6.-1.- Los Emblemas de la Ciudad serán de perfil idéntico al

Escudo Heráldico, confeccionados en oro, plata y esmaltes. Todosellos constarán de dos cuarteles cortados en diagonal. En el supe-rior irá el Cáliz y la Estrella Heráldicos y en y en el inferior apa-recerá:

- Un libro abierto para recompensar servicios de carácter cul-tural.

- La imagen de Nuestra Señora de la Luz, patrona de la ciudadde Cuenca para premiar servicios de orden religioso.

- Matrona con ramo de laurel en la mano izquierda para los deorden artístico.

- Un típico torito conquense para recompensar servicios de carác-ter industrial económico y social.

- Las “Casas Colgadas” para premiar servicios de índole turís-tica.

Estos cinco emblemas se usarán pendientes de cordón trenzadode seda morada.

CAPÍTULO SEXTO.- DE LA LLAVE DE LA CIUDADArtículo 7.- La llave de Oro de Cuenca, se concederá a Jefes de Estado: nacio-

nales, extranjeros y Personalidades que visiten oficialmente el Excmo.Ayuntamiento de Cuenca, por decreto de la Alcaldía, dando cuentade ello al Ayuntamiento en Pleno en la primero sesión que cele-bre.

CAPÍTULO SÉPTIMO.- DE LA INSIGNIA MUNICIPALArtículo 8.-1.- La insignia municipal de plata será idéntica al Escudo

Heráldico de la Ciudad de Cuenca: en un campo de gules (rojo)un cáliz de oro sumado de una estrella de ocho puntas de plata.

2.- Este distintivo estará reservado a los miembros de la Exce-lentísima Corporación junto con el escudo de la ciudad confeccio-nado en plata con cordón de seda morada trenzado.

3.- Ambos distintivos se utilizarán durante la celebración de actossolemnes para la representación del Consistorio.

4.- Servirán también como distintivos de los siguientes nom-bramientos: Hijo/a Predilecto/a, Adoptivos/as, Alcaldes/Alcaldesay Concejales Honorarios/as.

CAPÍTULO OCTAVO.- DE L CONQUENSE ILUSTREArtículo 9.- 1.- El Titulo de Conquense Ilustre se puede otorgar a quienes

hayan destacado por su personalidad humana en cualquier aspecto

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de la vida, siempre que haya nacido en Cuenca y, su conducta hayacontribuido a aumentar el prestigio de nuestra ciudad.

2.- El Título ha de consistir en un pergamino con la siguienteinscripción:

El Excmo. Ayuntamiento de Cuenca concede a --------------------------------------- el merecido y honroso titulo de Conquense Ilus-tre de Cuenca, como público reconocimiento de los singularesméritos adquiridos con su labor constante por el bien de los inte-reses de la ciudad conquense.

CAPÍTULO NOVENO.- DEL PROCEDIMIENTO DE CON-CESIÓN DE HONORES

Artículo 10.- 1.- La concesión de cualquiera de los Honores a que se refiere

este Reglamento requerirá la instrucción previa del expedienteque servirá para determinar los méritos o circunstancias que acon-sejan aquella concesión y que se regirá por el presente Regla-mento; supletoriamente al mismo, se aplicará el Reglamento de Orga-nización, Funcionamiento y régimen Jurídico de las Entidades Locales.

2.- Cuando se trate de conceder Honores a Jefes de Estado Nacio-nales/Extranjeros y Personalidades españolas/extranjeras que visi-ten oficialmente el Excmo. Ayuntamiento de cuenca y, así loaconsejen las exigencias del tiempo la instrucción del expedienterecogido en el párrafo anterior se sustituirá por un decreto delAlcalde mediante escrito razonado, dando cuenta al Ayuntamientoen Pleno en la primera sesión que celebre.

3.- La propuesta contendrá la relación sucinta de los méritos oservicios extraordinarios en que se base, se designará Concejal-Ins-tructor y al Secretario del expediente.

4.- En las actuaciones del expediente se harán constar las infor-maciones adecuadas sobre la persona, entidad e institución que seproponga galardonar, incluyendo cuantos documentos se conside-ren de interés al respecto.

5.- Ultimadas las actuaciones, el instructor elevará una propuestaa la Comisión Informativa correspondiente para se dictaminada y,su posterior aprobación por el Pleno.

6.- La invocación de Títulos de Hijo/a Adoptivo/a e Hijo/aPredilecto/a, Alcalde/Alcaldesa y Concejal/a Honorario/a, así comola Concesión de la Medalla de Oro de la ciudad deberá ser elevadaal Pleno de la Corporación y su aprobación se realizará en vota-ción secreta, en un Pleno extraordinario con el voto favorable delas 3/5 partes del número legal de miembros de la Corporación Muni-cipal.

7.- Los emblemas de la ciudad serán otorgados a personas dereconocido prestigio en los ámbitos cultural, religioso, artístico, eco-nómico, social e industrial. Para la concesión de los mismos, el ins-tructor elevará una propuesta a la comisión Informativa correspon-diente para ser dictaminada y, su aprobación se realizará en votaciónsecreta, en un Pleno extraordinario con el voto favorable de la mayo-ría absoluta del número legal de miembros.

El mismo tratamiento será de aplicación para la concesión deTítulo de conquense ilustre.

8.- La insignia municipal junto con el escudo heráldico confec-cionado en plata se impondrá a todos los concejales que formanparte de la Corporación municipal, así como, en los demás supues-tos tipificados en este reglamento.

CAPÍTULO DÉCIMO.- DEL CEREMONIAL DE LAS DIS-TINCIONES

Artículo 11.- 1.- Acordada la concesión de Honores, la Alcaldía-Presidencia

señalará la fecha del acto público de homenaje, preferentementeen el marco de la fiesta de los patronos de la ciudad, Virgen de laLuz, día 1 de Junio, San Mateo, día 21 de septiembre, o San Julián,28 de Enero.

2.- La imposición de títulos/medallas, etc tendrá lugar en el Salónde Plenos de la Casa Consistorial, salvo que, a la vista de las cir-cunstancias que concurran, la alcaldía decida un lugar distintogarantizando en todo momento la solemnidad necesaria.

CAPÍTULO UNDECIMO.- DEL REGISTRO DE DISTINCIO-NES

Artículo 12.-1.- Deberán inscribirse en un Libro Registro cualesquiera de

los honores otorgados siguiendo este Reglamento junto con un extractode los acuerdos adoptados por la Corporación.

2.- El mismo estará a cargo de la Secretaría General del Ayun-tamiento. Se dividirá en 9 secciones, una para cada una de los hono-res y distinciones reguladas en el presente reglamento.

3.- En cada una de las secciones anteriores se inscribirán pororden cronológico de concesión, los nombre y circunstancias per-sonales de cada uno de los favorecidos, la relación de méritos quemotivaron la concesión, la fecha de ésta y, en su caso, la de su falle-cimiento.

CAPÍTULO DUODECIMO.- DE LA REVOCACIÓN DEHONORES Y DISTINCIONES

Artículo 13.- Los honores y distinciones que se concedan no podrán ser

revocados, salvo en casos de condena del titular por algún hechodelictivo o por la realización de actos o manifestaciones contrariosal Municipio de Cuenca o de menosprecio a los méritos que en sudía fueron causa del otorgamiento.

La revocación, en todo caso necesitará de expediente previo,incoada, seguido y resuelto con los mismos trámites y requisitosque para la concesión.

DISPOSICIONES DISPOSICIÓN DEROGATORIALa presente normativa deroga el Reglamento de Honores,

Recompensas y Distintivos del Excmo. Ayuntamiento de Cuencadel 4 de junio de 1964, al que sustituye, sin perjuicio de los dere-chos de los titulares de las distinciones concedidas al amparo dedicha reglamentación.

Igualmente quedan derogadas cuantas disposiciones municipa-les de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el pre-sente Reglamento.

DISPOSICIÓN FINALEl presente reglamento entrará en vigor una vez que se haya

aprobado definitivamente y sea publicado su texto íntegro en el Bole-tín Oficial de la Provincia de Cuenca, de conformidad con lo esta-blecido en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/85 de 2 de abril Regu-ladora de las Bases de Régimen Local.

Cuenca, 23 de Octubre de 2008.—El Alcalde-Presidente, Fran-cisco Javier Pulido Morillo.

(5080)

— ANUNCIO —En virtud de lo establecido en el Artículo 47.1 y 2 del Regla-

mento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/86 de 28 denoviembre y con sujeción al artículo 44.1 y 2 del mismo Regla-mento, y artículo 125 de la Ley 57/2003 de 16 de diciembre quemodifica la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local,que introduce el Título X de dicha ley, ESTA ALCALDIA,

RESUELVE:Delegar en la Teniente de Alcalde, Dª. María Ángeles García

Romero, por motivo de ausencia, la totalidad de las funciones quele atribuye la Ley como tal Alcaldía, en los términos previstos enla legislación de Régimen Local.

Esta delegación surtirá efecto el día 7 de Noviembre de 2008.Notifíquese esta resolución a la interesada y publíquese en el

Boletín Oficial de la Provincia.Lo manda y firma Don Francisco Javier Pulido Morillo, Alcalde-

Presidente. En Cuenca, a 5 de Noviembre de 2008.— Ante mi: El Secre-

tario General accidental.(5084)

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Ayuntamiento de Sisante— ANUNCIO —

Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de expo-sición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elAcuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Sisante, adop-tado en fecha 15 de julio de 2008, sobre aprobación de la Orde-nanza Fiscal Reguladora del impuesto sobre construcciones, ins-talaciones y obras, cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimientodel artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regu-ladora de las Haciendas Locales.

ORDENANZAFISCAL REGULADORADEL IMPUESTO DECONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS (I.C.I.O.)

ARTÍCULO 1. Fundamento LegalEsta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los

artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, y de acuerdocon lo dispuesto en los artículos 105 y 106 de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de confor-midad con lo dispuesto en el artículo 15.1 en concordancia con elartículo 59.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales, establece el Impuesto sobre Construccio-nes, Instalaciones y Obras, que se regirá por la presente Ordenanzafiscal cuyas normas atienden a lo previsto en los artículos 100 a103 del citado texto refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales.

La Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal.ARTÍCULO 2. Naturaleza Jurídica y Hecho ImponibleEl Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras es un

tributo indirecto cuyo hecho imponible está constituido por la rea-lización, dentro del término municipal, de cualquier construcción,instalación u obra para la que se exija obtención de la correspon-diente licencia de obras o urbanística, se haya obtenido o no dichalicencia, siempre que su expedición corresponda a este Ayuntamiento.

ARTÍCULO 3. Construcciones, Instalaciones y Obras SujetasSon construcciones, instalaciones y obras sujetas al Impuesto

todas aquellas cuya ejecución implique la realización del hecho impo-nible definido en el artículo anterior, y en particular las siguien-tes:

a) Las obras de nueva planta y de ampliación de edificios, o nece-sarias para la implantación, ampliación, modificación o reforma deinstalaciones de cualquier tipo.

b) Las obras de modificación o de reforma que afecten a la estruc-tura, el aspecto exterior o la disposición interior de los edificios,o que incidan en cualquier clase de instalaciones existentes.

c) Las obras provisionales.d) La construcción de vados para la entrada y salida de vehí-

culos de las fincas en la vía pública.e) Las construcciones, instalaciones y obras realizadas en la vía

pública por particulares o por las empresas suministradoras deservicios públicos, que corresponderán tanto a las obras necesariaspara la apertura de calas y pozos, colocación de postes de soporte,canalizaciones, conexiones y, en general, cualquier remoción delpavimento o aceras, como las necesarias para la reposición, recons-trucción o arreglo de lo que haya podido estropearse con las calasmencionadas.

f) Los movimientos de tierra, tales como desmontes, explana-ciones, excavaciones, terraplenados, salvo que estos actos estén deta-llados y programados como obras a ejecutar en un proyecto de urba-nización o edificación aprobado o autorizado.

g) Las obras de cierre de los solares o de los terrenos y de lasvallas, los andamios y los andamiajes de precaución.

h) La nueva implantación, la ampliación, la modificación, lasustitución o el cambio de emplazamiento de todo tipo de instala-ciones técnicas de los servicios públicos, cualquiera que sea su empla-zamiento.

i) Los usos o instalaciones de carácter provisional.

j) La instalación, reforma o cualquier otra modificación de lossoportes o vallas que tengan publicidad o propaganda.

k) Las instalaciones subterráneas dedicadas a los aparcamien-tos, a las actividades industriales, mercantiles o profesionales, a losservicios públicos o a cualquier otro uso a que se destine el sub-suelo.

l) La realización de cualesquiera otras actuaciones estableci-das por los Planes de ordenación o por las Ordenanzas que les seanaplicables como sujetas a licencia municipal, siempre que se tratede construcciones, instalaciones u obras.

ARTÍCULO 4. ExencionesEstará exenta la realización de cualquier construcción, insta-

lación u obra de la que sea dueño el Estado, la Comunidad Autó-noma o la Entidad Local que, estando sujeta, vaya a ser directa-mente destinada a carreteras, ferrocarriles, puertos, aeropuertos, obrashidráulicas, saneamiento de poblaciones y de sus aguas residua-les, aunque su gestión se lleve a cabo por Organismos Autónomos,tanto si se trata de obras de inversión nueva como de conservación.

ARTÍCULO 5. Sujetos PasivosSon sujetos pasivos de este Impuesto, a título de contribuyen-

tes, las personas físicas o jurídicas y las Entidades a que se refiereel artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tri-butaria, que sean dueños de la construcción, instalación u obra, seano no propietarios del inmueble sobre el que se realice la construc-ción, instalación u obra.

Tendrán la consideración de sujetos pasivos sustitutos del con-tribuyente quienes soliciten las correspondientes licencias o rea-licen las construcciones, instalaciones u obras.

ARTÍCULO 6. Base ImponibleLa base imponible de este Impuesto está constituida por el

coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra, y se entiendepor tal, a estos efectos, el coste de ejecución material de aquella.

Quedan excluidos de la base imponible el Impuesto sobre el ValorAñadido y demás Impuestos análogos propios de regímenes espe-ciales, las tasas, precios públicos, prestaciones patrimoniales de carác-ter público local relacionadas con la construcción, honorarios deprofesionales, el beneficio empresarial del contratista, y cualquierotro concepto que no integre estrictamente, el coste de ejecuciónmaterial.

ARTÍCULO 7. Cuota TributariaLa cuota del Impuesto será el resultado de aplicar a la base impo-

nible el tipo de gravamen que se fija en el 3 %.ARTÍCULO 8. BonificacionesNo se establecen bonificaciones de la cuota líquida.ARTÍCULO 9. DeduccionesNo se establecen deducciones de la cuota líquida.ARTÍCULO 10. DevengoEl Impuesto se devenga en el momento de iniciarse la construc-

ción, instalación u obra, aunque no se haya obtenido la correspon-diente licencia.

ARTÍCULO 11. GestiónDeclaración.Cuando se conceda la preceptiva licencia o cuando no habién-

dose solicitado, concedido o denegado se inicie la construcción,instalación u obra, se practicará una liquidación provisional acuenta en el plazo de un mes, a contar desde la concesión de licen-cia o desde el momento del devengo, determinándose la baseimponible en función de presupuesto presentado por los interesa-dos, siempre que este hubiera sido visado por el Colegio Oficialcorrespondiente o de lo determinado por los Técnicos municipa-les de acuerdo con el coste estimado del proyecto.

Finalizada la construcción, instalación u obra, y teniendo en cuentael coste real y efectivo de la misma, el Ayuntamiento, mediante laoportuna comprobación administrativa, modificará la base impo-nible anterior practicando la correspondiente liquidación definitiva,exigiendo o reintegrando al sujeto la cantidad que corresponda.

ARTÍCULO 12. Comprobación e Investigación

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La Administración Municipal podrá, por cualquiera de losmedios previstos en los artículos 57 y 131 y siguientes de la Ley58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, llevar a cabo losprocedimientos de verificación de datos, comprobación de valo-res y comprobación limitada.

ARTÍCULO 13. Régimen de Infracciones y SancionesEn los casos de incumplimiento de las obligaciones estableci-

das en la presente Ordenanza, de acuerdo con lo previsto en el artí-culo 11 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, se aplicará el régimen de infracciones y san-ciones regulado en la Ley General Tributaria y en las disposicio-nes que la complementen y desarrollen.

DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICALas modificaciones que se introduzcan en la regulación del

Impuesto, por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado opor cualesquiera otras Leyes o disposiciones, y que resulten de apli-cación directa, producirán, en su caso, la correspondiente modifi-cación tácita de la presente Ordenanza fiscal.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICALa presente Ordenanza Fiscal, aprobada por el Pleno de este

Ayuntamiento en sesión celebrada el 15 de julio de 2008, entraráen vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Ofi-cial de la Provincia, y será de aplicación a partir de esa fecha depublicación, permaneciendo en vigor hasta su modificación oderogación expresa.

Contra la presente Ordenanza podrá interponerse a partir de lapublicación de este anuncio en el BOP, y de acuerdo con lo esta-blecido en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, recurso contencioso-administrativoen la forma y plazos que prevén las normas reguladoras de dichajurisdicción.

Sisante, a 25 de septiembre de 2008.—El Alcalde, José LasernaPérez.

(5162)

— ANUNCIO —Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de expo-

sición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elAcuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Sisante, adop-tado en fecha 15 de julio de 2008, sobre aprobación de la Orde-nanza Reguladora de las modalidades de venta fuera de un esta-blecimiento comercial permanente: Venta ambulante o no sedentaria,cuyo texto íntegro se hace público, en cumplimiento del artículo17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por elque se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales.

ORDENANZA REGULADORA DE LAS MODALIDADESDE VENTA FUERA DE UN ESTABLECIMIENTO COMER-CIAL PERMANENTE: VENTA AMBULANTE O NO SEDEN-TARIA.

Exposición de motivos.Denostada muchas veces por los comercios tradicionales, pero

siempre utilizada por los consumidores, la venta ambulante desem-peña, sin duda, un papel importante en nuestro municipio. Desdelos mercadillos semanales, que permiten a los consumidores el abas-tecimiento de muchos productos que el comercio estable no puedeproporcionar (porque el volumen de negocio no justifica su exis-tencia), hasta los mercados que se llevan a cabo con motivo de acon-tecimientos especiales, festividades, etc. y que aportan su pinto-resco sabor popular. Sin embargo, los problemas de salubridad, garantíascomerciales, calidad de los productos, etc. siempre han estado enel ojo crítico del consumidor.

Arbitrar mecanismos para que pueda llevarse a cabo de formaordenada este tipo de comercio es el objetivo que pretende esta Orde-nanza. Por un lado define lo que es venta ambulante, precisandoque debe realizarse en lugares autorizados, de forma fija u ocasio-

nal, pero contando siempre con el correspondiente permiso muni-cipal y ajustándose a las ordenanzas.

Por otro lado, y de cara a garantizar al consumidor sus dere-chos, el vendedor debe tener expuesto al público el permiso, lo quegarantiza que está sujeto a control.

En cuanto a las posibles reclamaciones, el consumidor debe saberque el hecho de adquirir un producto en un mercado ambulante nole hurta ninguno de sus derechos.

En este sentido, el establecimiento de un marco de buenaspracticas comerciales deberá producir un mejor comportamientode todos los agentes del sector, cuyos efectos redundarán en un mejorfuncionamiento de la competencia. Estos efectos se consiguenmediante la creación de un marco legal de mínimos, que podrá com-pletarse con los Códigos de Conducta, que libremente surjan en elsector para su autorregulación.

CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALESArtículo 1.- La presente Ordenanza es de aplicación a los

supuestos de ejercicio de venta ambulante dentro del términomunicipal de Sisante (cuenca).

Se considera venta ambulante o no sedentaria la realizada porcomerciantes, fuera de un establecimiento comercial permanente,de forma habitual, ocasional, periódica o continuada, en los perí-metros o lugares debidamente autorizados en instalaciones comer-ciales desmontables o transportables, incluyendo los camiones - tienda.En todo caso, la venta no sedentaria únicamente podrá llevarse acabo en mercados fijos, periódicos y ocasionales así como enlugares instalados en la vía pública para productos de naturalezaestacional.

Artículo 2.- Dentro de éste tipo de venta quedan reguladas lassiguientes actividades:

1. Venta en mercadillo.2. Venta en puestos de enclave fijo, permanentes o temporales.3. Venta directa por agricultores de sus productos.4. Venta callejera de determinados productos.5. Venta ambulante con motivo de fiestas y acontecimientos popu-

lares.Queda prohibida cualquier otra forma de venta ambulante que

no quede reflejada en ésta Ordenanza.Artículo 3.- En todo lo no previsto por ésta Ordenanza en rela-

ción con la materia que en ella se regula se considerará de aplica-ción:

- El Código Alimentario Español, constituido por el Decreto 2.484/67de 21 de Septiembre y sus normas de desarrollo.

- La Ley 26/84 de 19 de Julio, General de Defensa de los Con-sumidores y Usuarios, en cuyo Art. 5º, 2.e), así como en los corres-pondientes preceptos de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases deRégimen Local, se fundamenta la potestad municipal para dictarla presente Ordenanza, además de en el susodicho R.D.1.010 de 5de Junio.

- El Real Decreto 1010/1985 de 5 de Junio, por el que se regulael ejercicio de determinadas modalidades de venta fuera de esta-blecimiento comercial, y donde se le atribuyen competencias a lasCorporaciones Locales para regular ésta actividad (articulo 1).

- Ley 3/1995, de 9 de marzo, del Estatuto del Consumidor deCastilla - La Mancha.

- Ley 7/1996 de 15 de Enero, de Ordenación del Comercio Mino-rista, (Capitulo IV, artículos: 53, 54, 55 sobre la Venta Ambulanteo no sedentaria).

- Ley Orgánica 2/1996, de 15 de enero, complementaria de lade Ordenación de Comercio Minorista.

- Ley 7/1998, de 15 de octubre, de Comercio Minorista de Cas-tilla La Mancha.

Artículo 4.- Para el ejercicio de la venta ambulante será nece-sario el uso de instalaciones desmontables, transportables o móvi-les, así como motoitinerantes, en camiones o furgonetas, debida-mente acondicionadas. Queda prohibida la exposición de lamercancía directamente sobre el suelo o sobre tela, lona, etc. que

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descanse sobre el mismo. Se exceptúa la venta temporal de melo-nes que podrá realizarse sobre lona.

Estas instalaciones o vehículos (puestos de venta ambulante)no podrán situarse en accesos a edificios de uso público, estable-cimientos comerciales e industriales, ni delante de sus escapara-tes y exposiciones ni en lugar que dificulte tales accesos y la cir-culación peatonal, ni cortar aquellas calles que determine laautoridad municipal como necesarias para dirigir el tráfico devehículos.

Artículo 5.- Queda terminantemente prohibido el uso de apa-ratos de megafonía, bocinas o cualquier otro tipo de ruidos o soni-dos que reclame el acercamiento de la gente como anuncio de laventa.

Articulo 6.- La venta ambulante de productos alimenticios,cuya reglamentación así lo permita, sólo podrá realizarse duranteel mercadillo de los viernes y de los martes (día en que solo se per-mitirá los puestos de hortelanos y fruteros), de acuerdo con lopreceptuado en el Capítulo II de ésta Ordenanza y con excepciónde los supuestos contemplados en el Capitulo III.

No obstante, sólo se permitirá la venta de alimentos en los supues-tos referidos, cuando las reglamentaciones específicas de los pro-ductos ofrecidos así lo estipulen y ajustándose siempre a las nor-mas generales de presentación, conservación, envasado y etiquetado.

Especialmente se atendrá a lo siguiente:1. Deberá impedirse que los productos alimenticios estén en con-

tacto con el suelo.2. Para la envoltura de los alimentos no se podrá emplear papel

de periódico o de otro tipo que esté usado. En todo caso, deberáhallarse en perfectas condiciones de higiene.

3. Los utensilios que se utilicen para la venta de productos ali-menticios sin envasar, así como los mostradores, deberán estar enperfectas condiciones higiénicas.

4. Los puestos de venta de productos alimenticios sin envasary que se vayan a consumir sin elaboración posterior, exceptuandolas frutas y verduras, deberán estar debidamente protegidas del con-tacto del público mediante la instalación de vitrinas (frutos secossin cáscara, embutidos, quesos, aceitunas, etc.).

5. Aquellos productos que, en todo momento o en determina-das épocas necesiten refrigeración no podrán venderse sin las ade-cuadas instalaciones frigoríficas.

6. Las autoridades sanitarias competentes, y a requerimiento suyo,la Alcaldía de ese Ayuntamiento, en los casos excepcionales en quemotivos de salud pública así lo aconsejen, podrán prohibir la ventade determinados productos alimenticios bajo cualquiera de lasformas previstas en esta Normativa.

7. Queda en cualquier caso estrictamente prohibida la venta delos siguientes productos, bajo cualquiera de las formas aquí regu-ladas:

- Carnes, aves y caza frescas, refrigeradas o congeladas.- Pescados y mariscos frescos, refrigerados o congelados.- Leche certificada, uperisada o pasteurizada.- Quesos frescos, requesón, nata, mantequilla, yogur y otros pro-

ductos lácteos frescos.- Pastelería y bollería rellena o guarnecida.- Pastas alimenticias frescas y rellenas.- Anchoas, ahumados y otras semiconservas, así como aque-

llos otros productos que por sus especiales características y a jui-cio de las Autoridades competentes conlleven riesgo sanitario.

No obstante, se permitirá la venta de los productos anteriormentecitados cuando a juicio de las Autoridades Sanitarias competentesse disponga de las adecuadas instalaciones frigoríficas y éstosestén debidamente envasados.

Se autoriza la venta de jamón, embutidos crudos curados y que-sos no frescos siempre que la venta se realice por piezas enterasque acrediten su procedencia de origen sanitario.

Artículo 7.- En todos los artículos que se expongan al públicopara su venta se informará de manera clara y visible de su preciode venta al público (P.V.P). El precio se referirá a la unidad el pro-

ducto vendido (bolsa, caja, lata, etc.). En la venta a granel se refe-rirá al kilo, litro o metro, nunca unidades o fracciones pequeñas.

Los vendedores que expendan artículos de peso o medida debe-rán disponer de cuantos instrumentos sean necesarios para pesaro medir los productos.

En general, los vendedores afectados por ésta Ordenanza debe-rán cumplir la normativa vigente en materia de comercio y disci-plina de mercado, así como responder de los productos que venda.

Articulo 8.- La práctica de la venta ambulante en el término muni-cipal de Sisante requerirá la autorización expresa del Ayunta-miento, para lo cual el comerciante o vendedor deberá cumplir lossiguientes requisitos:

1. Haber realizado sus obligaciones fiscales con el Estado(Impuesto de Actividades Económicas).

2. Estar dado de alta en la Seguridad Social y estar al corrientedel pago de las cotizaciones.

3. Las condiciones y requisitos establecidos por la normativareguladora del producto objeto de venta.

4. Satisfacer los tributos establecidos para éste tipo de venta.5. Tener a disposición los justificantes de compra de los pro-

ductos en venta.6. No percibir subsidio de desempleo.7. En el caso de extranjeros, deberán acreditar estar en pose-

sión del permiso de residencia y trabajo por cuenta propia, conformea la legislación vigente.

Articulo 9.- Los vendedores que deseen obtener autorizaciónmunicipal para la venta ambulante deberán solicitarla en las ofi-cinas administrativas del Ayuntamiento, mediante impreso muni-cipal.

Las licencias de venta ambulante se concederán por el Sr.Alcalde Presidente o, por su delegación, por el funcionario encar-gado para ello.

Articulo 10.- Las autorizaciones tendrán carácter discrecionaly podrán ser revocadas por el Ayuntamiento cuando los considereconveniente, en atención a la desaparición de las circunstancias quelas motivaron o cuando lo exija el interés público.

También serán revocadas cuando, en relación con el cumpli-miento de la presente Ordenanza se cometan infracciones muy gra-ves, tipificadas en la misma, en el R.D. 1.945/83, de 22 de Junio,sobre infracciones y sanciones en materia de defensa del consu-midor y de la producción agroalimentaria y en la Ley 7/96 de 15de Enero en su Título IV sobre infracciones y sanciones, no dandoderecho en ningún caso a indemnización ni a compensación alguna.

Articulo 11.- No se concederá más de una licencia a nombrede una misma persona, y la concesión de licencia al cónyuge o hijosno emancipados de un concesionario requerirá al cumplimiento porparte de éstos de los requisitos citados en el artículo 8.

Articulo 12.- Las licencias o autorizaciones serán personalese intransferibles y expresarán:

1. Nombre y apellidos del vendedor.2. El N.I.F. o en su caso el D.N.I.3. Domicilio.4. Impuesto de actividades económicas y nº de afiliación a la

Seguridad Social.5. Artículos objeto de la venta.6. Lugar y horario de venta, así como nº de metros del puesto

o instalación.7. Plazo de vigencia de la autorización.Esta licencia también podrá ser utilizada por aquellos emple-

ados que estén dados de alta en la Seguridad Social por cuenta deltitular comerciante. Será necesario, en este caso, la tenencia de uncertificado de autorización del titular de la empresa.

Excepcionalmente, en caso de extrema necesidad, el titularpodrá ser sustituido por un suplente que forzosamente deberá serel cónyuge, padres, hijos, hermanos o sobrinos. Esta suplenciaserá solicitada mediante instancia al Ayuntamiento o al encargadodel mercadillo, adjuntando la siguiente documentación:

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1. Escrito del titular explicando los motivos de la suplencia yautorizando al suplente.

2. Justificante médico, en caso de enfermedad.3. Fotocopia del D.N.I. del titular y del suplente.4. Fotocopia del Libro de Familia para cónyuge e hijos.Artículo 13.- El Ayuntamiento al conceder la licencia otorgará

unos carnets de vendedor ambulante en los que se especificarán losmismos datos reseñados en el artículo 12.

Estos carnets llevarán una fotografía del titular, sellada por laAdministración y será obligatoria su exhibición en lugar bien visi-ble durante las horas de venta, ya sea colocándolo en el puesto oportándolo el propio vendedor.

Artículo 14.- En las oficinas del Ayuntamiento habrá un archivoregistro que recogerá las fichas de los titulares de licencias muni-cipales en las que se hará constar los mismos datos reseñados enlas licencias, así como todas aquellas observaciones complemen-tarias que se consideren oportunas.

Artículo 15.- Las autorizaciones tendrán un período de vigen-cia no superior a un año.

Las licencias cuyo período de validez sea de un año completo,caducarán el 31 de Diciembre del año de expedición. Para su reno-vación se solicitará durante el mes de Noviembre.

Las licencias cuyo período de vigencia sea inferior a un año,caducarán el último mes autorizado. Para su renovación se solici-tará autorización durante el mes anterior al de caducidad.

Artículo 16.- El pago de las tasas de las licencias será trimes-tral y por metros ocupados, en la cuantía que establezca la corres-pondiente Ordenanza fiscal.

Artículo 17.- Ante la ausencia de renovación de cualquier tipode autorización, se entenderá que se renuncia a la misma.

CAPITULO II.- DE LA VENTA EN MERCADILLOArtículo 18.- El día señalado para la realización del Mercadi-

llo, en principio y como viene siendo tradicional, será el viernesy martes de cada semana. En el mercadillo del martes solo estarápermitido la venta realizada por hortelanos y fruteros. La Alcaldíapodrá señalar otro día.

Artículo 19.- El mercadillo se instalará en el calle Mayor y PlazaDr. Fernández Turégano.

El Ayuntamiento podrá cambiar la distribución de los puestosdel mercadillo siempre que lo considere oportuno.

El encargado del Mercadillo podrá asignar puestos distintos alos señalados para los productos alimenticios si son de temporada(melones, etc.).

No se autoriza la venta de animales vivos (pollos, conejos, etc.)para el consumo. No afectando esta prohibición a la venta depeces, pájaros y otros animales de compañía.

rtículo 20.- El horario de venta al público será de 8 a 14 horas.Los vendedores deberán dejar libre y expedito el recinto del mer-cadillo antes de las 15,30 horas, dejando la basura producida,debidamente recogida.

Artículo 21.- El Ayuntamiento señalizará parcelas o módulosde 2 metros de longitud o fachada por 1.5 metros de ancho o pro-fundidad, cada uno. La concesión de más de una parcela será dis-crecional, en función del espacio disponible y de la mercancía ven-der.

La altura de las instalaciones de los puestos no superará los 3metros. Al mismo tiempo el módulo debe permitir el acceso a laspuertas de las casas.

Artículo 22.- El titular del puesto sólo podrá ocupar el sitio quetiene designado en la licencia, sin que en ningún caso sobrepaselos límites concedidos, evitando molestias al vecindario.

Artículo 23.- De los puestos fijos.Para la concesión de puestos fijos, en el caso de que hubiera

más solicitados que puestos disponibles, se tendrá en cuenta las siguien-tes circunstancias:

- La carencia de otros medios de subsistencia.- Ser vecinos de Sisante.- Ser vecinos de los restantes pueblos de la provincia.

- Ser vecinos del resto del Estado Español, con preferencia delos de la Comunidad Autónoma de Castilla - La Mancha.

- Extranjeros residentes en España.- La antigüedad en la asistencia al mercadillo.La reserva de puestos fijos se mantendrá hasta las 9 horas, de

Abril a Septiembre, o hasta las 9,30 horas de Octubre a Marzo. Sino fueses ocupado antes de ese horario el puesto quedará a dispo-sición del encargado municipal para su adjudicación, tan solo porese día, a quien lo requiera.

Si un puesto fijo permanece durante 4 semanas consecutivassin ser ocupado por el titular sin causa justificada, automáticamenteéste perderá la concesión, pasando dicho puesto a adjudicarse a unnuevo titular, si hubiese peticiones, o considerándose puesto pro-visional, en caso contrario.

Artículo 24.- De los puestos provisionales.1. Habrá unos espacios dedicados a puestos provisionales que

se adjudicarán cada semana en función de las disponibilidadesque existan, debiendo presentar solicitud al encargado del Merca-dillo, el mismo día que este se celebre.

2. Los solicitantes de los puestos provisionales deberán cum-plir los requisitos exigidos en el artículo 8.

3. Los puestos provisionales se adjudicarán obligatoriamentesegún los siguientes criterios:

a) Si en número de puestos disponibles es inferior a las solici-tudes presentadas, se concederán por riguroso orden de presenta-ción.

b) Las solicitudes que queden pendientes serán las primeras quese concedan la semana siguiente. Si sobran puestos, volverán a con-cederse por riguroso orden de presentación, y así sucesivamentecada semana.

4. La cobranza de los puestos provisionales se realizará en elacto, por el encargado del mercadillo.

5. Queda totalmente prohibido el asentamiento provisional enel mercadillo sin previa solicitud, registrada en las oficinas muni-cipales o por el encargado del mercadillo, aunque posean los requi-sitos oportunos.

CAPITULO III .- OTROS SUPUESTOS DE VENTAArtículo 25.- Quedan contemplados en éste Capítulo las siguien-

tes modalidades de venta:1. Venta en puestos de enclave fijo, permanentes o temporales.2. Venta directa por agricultores de sus propios productos.3. Venta callejera de determinados productos.4. Venta ambulante con motivo de fiestas y acontecimientos popu-

lares.Artículo 26.- Se entenderá por venta en puestos de enclave fijo

de carácter permanente o temporal, la que se realice diariamenteo por temporadas en la vía pública o determinados solares, espa-cios libres y zonas verdes, en kioscos, casetas o puestos.

Los productos autorizados para ésta venta serán baratijas, golo-sinas, libros y revistas. También los kioscos y puestos de heladosque se instalen en la temporada veraniega.

La venta habrá de realizarse por el titular de la licencia que habráde ser residente en el término municipal y dentro del horario quea tal efecto se autorice.

Esta modalidad de venta deberá realizarse con la previa auto-rización municipal.

Artículo 27.- La venta realizada directamente por los agricul-tores de sus propios productos se podrá llevar acabo en el merca-dillo del martes y viernes, en iguales condiciones que los demás.Para la concesión de autorización municipal deberán presentarjustificante de los requisitos exigidos en el artículo 8, a excepcióndel Impuesto de Actividades Económicas para la venta ambulante,que se verá sustituido por una certificación del organismo de la Admi-nistración competente que determine el producto y el terreno cul-tivado.

En el caso de que el agricultor además de sus propios producto,tenga a la venta otros productos distintos a estos deberá cumplir

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con todos los requisitos exigidos en esta Ordenanza, como cual-quier otro vendedor.

Artículo 28.- Solamente se podrá realizar la venta callejera pre-via autorización Municipal. De conformidad con lo dispuesto porel artículo 5º, 2.d) de la Ley 26/84 de 19 de Julio, se prohíbe la ventaa domicilio de bebidas y alimentos en todo el Término Municipal,sin prejuicio del reparto, distribución o suministro de los adquiri-dos o encargados por los consumidores en establecimientos comer-ciales autorizados para la venta al público.

Si se admiten las ventas a domicilio que vienen siendo tradi-cionalmente practicadas, pero siempre previa autorización segúnel artículo 8 de la presente Ordenanza.

Artículo 29.- Con motivo de las Fiestas y acontecimientospopulares podrán autorizarse atracciones, espectáculos, restaura-ción, juguetes, baratijas, casetas de turrones, plantas, frutos secos,patatas fritas, golosinas, berenjenas, objetos de artesanía, artícu-los de bazar, libros, etc... También deberá, por tanto, solicitarse Licen-cia Municipal, para la concesión de tal se ajustará a los requisitosexigidos en el Artículo 8.

Los puestos que se dediquen a actividades de restauración severán afectados en cuanto a características higiénico - sanitarias,por lo dispuesto en el Real Decreto 2.817/83 de 13 de octubre que,aprueba la Reglamentación Técnico Sanitaria para comedorescolectivos y que incluye los establecimientos de temporada que sir-van alimentos y bebidas.

Los aparatos de megafonía no podrán exceder en su utilizaciónde los decibelios que marque el técnico municipal en función deltipo de atracción y lugar de emplazamiento.

En el supuesto de que la actividad autorizada sea la de atrac-ciones y espectáculos, no podrá iniciarse la misma hasta que se hayapresentado certificado expedido por técnico competente acredita-tivo de que los elementos integrantes de la instalación son suficien-tes para garantizar la seguridad de las personas en cuanto a laestructura, instalaciones eléctricas, medidas contra incendios, asícomo capacidad y medios de evacuación.

Artículo 30.- Otros supuestos de venta ambulante es la ocupa-ción de la vía pública por máquinas de tabaco, zumos, refrescos,atracciones para niños, etc..., que también necesitarán autorizaciónprevia.

Artículo 31.- El precio por metro, por módulo, por vehículo,por vendedor, etc, para estos supuestos de venta, será fijado por elAyuntamiento.

CAPITULO IV.- INSPECCIONArtículo 32.- El Ayuntamiento de Sisante vigilará y garantizará

el debido cumplimiento de lo preceptuado en ésta Ordenanza, a tra-vés de los servicios municipales autorizados para ello.

Artículo 33.- Corresponde a los funcionarios pertenecientes alas áreas de sanidad (Veterinarios y Farmacéuticos):

1. La inspección de las condiciones higiénico - sanitarias de aque-llos artículos que lo requieran.

2. La suspensión de la actividad mercantil y la retirada del mer-cado de aquellos productos que supongan un riesgo para la saluddel consumidor o que no cuente con las autorizaciones o registrospreceptivos.

3. Proponer a la autoridad competente la adopción de las medi-das necesarias para salvaguardar la salud de los consumidores.

Artículo 34.- Corresponde al Ayuntamiento a través y amparode las fuerzas de orden público, encargado del mercadillo e ins-pector local velar por el mantenimiento del orden público y ejer-cer las siguientes funciones:

1. Vigilar que no se practique la venta ambulante no autorizadapor ésta Ordenanza.

2. Comprobar que los vendedores ambulantes estén en pose-sión de la Licencia Municipal, y que reúnen los requisitos exigi-dos en la misma.

3. Comprobar que se respeten las condiciones que figuran enla licencia.

4. Apercibir verbalmente, en su caso, a los vendedores que come-tan alguna infracción calificada como leve en la presente Ordenanza.

5. Comunicar a los vendedores al levantamiento del puesto cuandoproceda, retirando las mercancías si éstos desoyeren el mandato.

6. Vigilar el cumplimiento de los artículos 4º y 5º de ésta Orde-nanza así como el resto de sus disposiciones.

Además al encargado del mercadillo le corresponderán losaspectos organizativos de este y su cumplimiento, así como cuan-tas condiciones afecten a la venta en el mercadillo.

Artículo 35.- Corresponde a la Oficina Municipal de Informa-ción del Consumidor (O.M.I.C.) a través de sus técnicos:

1. Comprobar el cumplimiento de las disposiciones adminis-trativas relacionadas con el consumo y la defensa y protección delos consumidores y usuarios, tales como publicidad, normalización,precios, medidas, envasado y etiquetado, condiciones de venta ysuministro, documentación, contratación, etc.

2. Informar a los fabricantes, almacenista, transportistas, ven-dedores y repartidores, de las disposiciones sobre la materia a quese refiere su comercio o industria o, al menos del Organismo o Ins-titución que pueda suministrar los datos o normas.

Artículo 36.- De la coordinación en la inspección.Cada uno de los cargos a quien esta Ordenanza atribuye fun-

ciones inspectoras específicas, podrá inspeccionar otros aspectosque no sean los atribuidos, siempre que informe del resultado deesa actuación al funcionario específico que corresponda.

Ninguno de los cargo a quien está Ordenanza encomienda lainspección podrá negarse, sin causa justificada, a la colaboraciónsolicitada por cualquiera de los otros cargos con atribuciones ins-pectoras.

También estos servicios de inspección colaborarán con lasAutoridades del Estado, Autonómicas y Provinciales, previo el vistobueno de la autoridad municipal.

Artículo 37.- El ejercicio de la función inspectora vendrá regu-lado por los artículos 13, 14 y 15 del R.D. 1.945/83 de 22 de junio,por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensadel consumidor y de la producción agroalimentaria, artículo 41 dela Ley 26/1984 de 19 de julio, Ley general para la defensa de losconsumidores y usuarios y por los artículos 9 al 15, Sección 1ª: Lainspección y el control de calidad de los productos, bienes y ser-vicios de la Ley 3/1995 de 9 de marzo, del Estatuto del Consumi-dor de Castilla La Mancha.

Artículo 38.- En la Oficina Municipal de Información al Con-sumidor (O.M.I.C.) existirán Actas de Inspección y un Libro de Actasdonde se harán constar todas las inspecciones y denuncias reali-zadas.

Todos los funcionarios encargados de la inspección deposita-rán en la O.M.I.C. las Actas levantadas en el ejercicio de su fun-ción para su tramitación correspondiente, favoreciendo de éstemodo un seguimiento de infracciones que permita a la Adminis-tración un conocimiento global de las mismas y su correcciónadecuada.

CAPITULO V.- INFRACCIONES Y SANCIONES.Artículo 39.- Las infracciones a lo dispuesto en la presente Orde-

nanza podrán ser sancionadas de acuerdo con la legislación vigente,y lo establecido en los artículos 32 a 37 de la Ley 14/1986, de 25de abril, General de Sanidad, 32 a 38 de la Ley 26/1984, de 19 dejulio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, 32a 35 de la Ley 3/1995, de 9 de marzo, del Estatuto del Consumi-dor de Castilla - La Mancha, 63 a 71 de la Ley 7/1996, de 15 deenero, de Ordenación del Comercio Minorista y disposicionesconcordantes, se entiende la aplicación a este tipo de infraccionesel Real Decreto 1.945/1983 de 22 de junio, por el que se regulanlas cometidas en materia de defensa del consumidor y de la pro-ducción agroalimentaria.

Artículo 40.- Infracciones leves:a) No exponer de manera visible el carnet o licencia de ven-

dedor ambulante durante la venta.

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b) El incumplimiento de normas sobre condiciones higiénicasdel puesto y limpieza del suelo.

c) Falta de listado o rótulo que informen sobre el precio de ventaal público (P.V.P.) de los productos ofertados.

d) La colocación de mercancías a la venta en el suelo, así comolas demás condiciones de venta.

e) La utilización de aparatos de megafonía.f) El incumplimiento del horario de venta.Artículo 41.- Infracciones graves:a) La reiteración o reincidencia en res leves.b) La ocupación de más espacio que el autorizado en la licen-

cia.c) La venta de artículos no autorizados en la licencia.d) La venta ambulante fuera de los días señalados en la licen-

cia.e) Dificultar o estorbar la circulación peatonal, el acceso a la

vivienda o locales particulares y cortar aquellas calles que deter-mine la autoridad municipal como necesarias para dirigir el tráficode vehículos.

f) La negativa a la venta de artículos expuestos al público,salvo que el cometido general del puesto o vehículo sea precisa-mente la exposición de artículos.

g) la negativa a facilitar información o prestar colaboración alos servicios de inspección, así como el suministro de informaciónfalsa.

h) La negativa a suscribir el acta de inspección.i) La resistencia, coacción o amenaza a los funcionarios encar-

gados de las funciones de inspección y control a que se refiere lapresente Ordenanza.

Artículo 42.- Infracciones muy graves:a) La reiteración o reincidencia en 3 graves.b) La venta de mercancías prohibidas por la presente Ordenanza

y/o por la legislación vigente en la materia.c) el ejercicio de cualquier tipo de venta no contemplado y apro-

bado por ésta Ordenanza.d) La venta de artículos defectuosos o que no cumplan la nor-

mativa específica vigente y en particular, de los que impliquen riesgopara la salud y seguridad de las personas.

e) La negativa o imposibilidad de demostrar la procedencia delas mercancías o materiales que se vendan.

f) Ejercer la venta sin instrumentos de pesar o medir, cuandosean necesarios, o se encuentre defectuosos o trucados.

g) El fraude en el peso o en la medida, con independencia delaspecto penal de la cuestión.

h) La agresión o cualquier forma de represalia a los funciona-rios.

i) La venta por persona diferente del titular, que no sea fami-liar o cónyuge, sin causa justificada y sin previo consentimientode la Autoridad Municipal.

j) El traspaso de la parcela.Artículo 43.- Se contempla también la posibilidad de otras infrac-

ciones no contempladas en la presente Ordenanza, en las que pue-dan concurrir el olvido o desprecio del interés público o de laorganización municipal por parte del vendedor ambulante, o en lasque se integren elementos de dos o más de las infracciones seña-ladas específicamente.

Artículo 44.- Las infracciones a la presente Ordenanza seránsancionadas según su gravedad, del siguiente modo:

1. Faltas leves:a) Apercibimiento.b) Multa de 12 a 60 Euros2. Faltas graves:a) Multa de 61 a 120 Eurosb) Levantamiento del puesto.3. Faltas muy graves:a) Multa de 121 Euros en adelante.b) Revocación de la Licencia.

Artículo 45.- No podrá imponerse sanción alguna en materiaorganizativa, reglamentista, en materia de abastos o mercados,consumo, etc. sin la previa instrucción del correspondiente proce-dimiento, que se ajustará a lo establecido en el Título VI, CapítuloII, Artículo 133 a 137, ambos inclusive, de la Ley de procedimientoAdministrativo.

No obstante, cuando se prevea la desaparición del infractor antesde la tramitación del expediente sancionador, se le podrá imponery ejecutar directamente la sanción a que la infracción diere lugar,sin perjuicio de los recursos que fueran procedentes.

En este supuesto, cuando la falta cometida fuera sancionablecon multa, el Alcalde o Concejal Delegado podrá ordenar el deco-miso de la mercancía para garantizar, en su caso, la multa, previaconstancia en Acta.

Artículo 46.- En la resolución del expediente se acordará comosanción accesoria el decomiso de la mercancía adulterada, falsifi-cada, fraudulenta, no identificada o que pueda entrañar riesgo parael consumidor.

No tendrá carácter de sanción la suspensión de aquellas acti-vidades que no cuente con las autorizaciones o registros sanitariospreceptivos, hasta tanto no se rectifiquen los defectos o se cum-plan los requisitos exigidos por razones de sanidad, higiene oseguridad, ni la retirada del mercado precautoria o definitiva de pro-ductos o servicios por las mismas razones.

Artículo 47.- Las infracciones a que se refiere la presente Orde-nanza prescribirán a los cinco años. El término de la prescripcióncomenzará a correr desde el día en que se hubiere cometido la infrac-ción. La prescripción se interrumpirá desde el momento en que elprocedimiento se dirija contra el presunto infractor.

Caducará la acción para perseguir las infracciones cuandoconocida por la Administración de la existencia de una infraccióny finalizadas las diligencias al esclarecimiento de los hechos hubie-ran transcurrido seis meses sin que la Autoridad competente hubieraordenado incoar el oportuno procedimiento.

Artículo 48.- Será motivo para revocar la autorización muni-cipal, además de por los supuestos contemplados en el resto del arti-culado:

a) la falta de pago de las tasas fiscales.b) la falta de asistencia durante cuatro semanas consecutivas

de celebración del mercadillo, sin causa justificada.Disposición final La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publica-

ción en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, permaneciendovigente hasta su modificación o derogación expresas"

Contra la presente Ordenanza podrá interponerse a partir de lapublicación de este anuncio en el BOP, y de acuerdo con lo esta-blecido en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, recurso contencioso-administrativoen la forma y plazos que prevén las normas reguladoras de dichajurisdicción.

Sisante, a 25 de septiembre de 2008.—El Alcalde, José LasernaPérez..

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— ANUNCIO —Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de expo-

sición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elAcuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Sisante, adop-tado en fecha 15 de julio de 2008, sobre aprobación de la Orde-nanza Fiscal Reguladora de la Tasa por utilización de Piscinamunicipal, baños, duchas y otros servicios análogos, cuyo texto ínte-gro se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LATASA PORUTILIZACION DE PISCINA MUNICIPAL, BAÑOS, DUCHASY OTROS SERVICIOS ANALOGOS.

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ARTÍCULO 1. Fundamento y Naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y

142 de la Constitución Española y por el artículo 106 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de con-formidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 27 del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayun-tamiento establece la tasa por prestación de servicios, realizaciónde utilización de Piscina municipal, baños, duchas y otros servi-cios análogos

ARTÍCULO 2. Hecho Imponible Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación del ser-

vicio público por utilización de las instalaciones municipales depiscina municipal, baños, duchas y otros análogos

ARTÍCULO 3. Sujeto Pasivo Son sujetos pasivos de esta tasa, todas las personas físicas o jurí-

dicas y las Entidades a que se refiere el artículo 36 de la LeyGeneral Tributaria, que soliciten la utilización de las instalacionesdeportivas enumeradas en el artículo anterior.

ARTÍCULO 4. Responsables Responderán de la deuda tributaria los deudores principales junto

a otras personas o entidades. A estos efectos, se considerarán deu-dores principales los obligados tributarios del apartado 2 del artí-culo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributa-ria.

Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabilidadserá siempre subsidiaria.

Con relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de ladeuda tributaria, se estará a lo establecido en los artículos 42 y 43,respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria.

ARTÍCULO 5. Cuota Tributaria ABONO MENSUAL: ADULTOS, a partir de 14 años: 25 ¤INFANTIL, de 4 a 13 años ambos inclusive, JUBILADOS Y

MINUSVALIDOS: 20 ¤FAMILIAR, con niños y niñas menores de 14 años: 35 ¤ABONO QUINCENAL:ADULTOS, a partir de 14 años: 15 ¤INFANTIL, de 4 a 13 años ambos inclusive, JUBILADOS Y

MINUSVALIDOS: 10 ¤ABONO SEMANAL:ADULTOS, a partir de 14 años: 7 ¤INFANTIL, de 4 a 13 años ambos inclusive, JUBILADOS Y

MINUSVALIDOS: 5 ¤ENTRADA DE DÍA:ADULTOS, a partir de 14 años: 2 ¤INFANTIL, de 4 a 13 años ambos inclusive, JUBILADOS Y

MINUSVALIDOS: 1,50 ¤ARTÍCULO 6. Exenciones y Bonificaciones [En aplicación del artículo 9 del Texto Refundido de la Ley Regu-

ladora de las Haciendas Locales, no podrán reconocerse otrosbeneficios fiscales en los Tributos locales que los expresamente pre-vistos en las Normas con rango de Ley o los derivados de la apli-cación de los Tratados Internacionales].

ARTÍCULO 7. Devengo Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir desde el

momento en que se solicita la prestación de cualquiera de los ser-vicios que se regulan en esta Ordenanza.

En el supuesto de que se reserve una pista o cualquiera de loselementos definidos en el cuadro de cuotas tributarias, deberáingresarse en el momento de la reserva el coste de la tasa.

ARTÍCULO 8. Normas de Gestión El ingreso de las cuotas o abonos por temporada se realizará

por régimen de autoliquidación, en virtud del artículo 27.1 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les.

El resto de servicios, por su propia naturaleza, se podrán ges-tionar por el sistema de tique o entradas previas que se solicitenen la taquilla correspondiente.

ARTÍCULO 9. Infracciones y Sanciones En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplica-

ción la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, enconcreto los artículos 183 y siguientes, y las disposiciones que ladesarrollen.

Disposición final La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publica-

ción en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, permaneciendovigente hasta su modificación o derogación expresas"

Contra la presente Ordenanza podrá interponerse a partir de lapublicación de este anuncio en el BOP, y de acuerdo con lo esta-blecido en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, recurso contencioso-administrativoen la forma y plazos que prevén las normas reguladoras de dichajurisdicción.

Sisante, a 25 de septiembre de 2008.—El Alcalde, José LasernaPérez.

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— ANUNCIO —Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de expo-

sición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elAcuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Sisante, adop-tado en fecha 15 de julio de 2008, sobre aprobación de la Orde-nanza Fiscal Reguladora de la tasa por ocupación de terrenos deuso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa, cuyo textoíntegro se hace público, en cumplimiento del artículo 17.4 delReal Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LATASA POROCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PUBLICO POR MESASY SILLAS CON FINALIDAD LUCRATIVA

I. FUNDAMENTO Y NATURALEZAARTICULO 1 °.En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y

142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de con-formidad con lo dispuesto en los artículos 2, 1 5 a 27 del RDL 2/2004,de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Regu-ladora de las Haciendas Locales, el Excmo. Ayuntamiento deSisante acuerda establecer la «Tasa por la ocupación de terrenosde uso público por mesas y sillas con finalidad lucrativa », que seregirá por la presente Ordenanza fiscal, cuyas normas atienden alo prevenido en los artículos 20.3, I) y 57 del citado Real Decreto.

II. HECHO IMPONIBLE ARTÍCULO 2°.Constituye el hecho imponible de esta Tasa, el aprovecha-

miento de las vías y terrenos de uso público, mediante la ocupa-ción de mesas, sillas, veladores, tribunas, tablados y cual les quieraotros elementos de naturaleza análoga con finalidad lucrativa

III. SUJETOS PASIVOS ARTICULO 3°Son sujetos pasivos de la Tasa regulada en esta Ordenanza, las

personas físicas o jurídicas y entidades a que se refiere el artículo36 de la Ley General Tributaria, a cuyo favor se otorguen laslicencias, o quienes se beneficien del aprovechamiento, si se pro-cedió sin la oportuna autorización.

IV. RESPONSABLES ARTICULO 4°.1. Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias

del sujeto pasivo las personas físicas o jurídicas a que se refierenlos artículos 41 y 42 de la Ley General Tributaria.

2. Serán responsables subsidiarios los administradores de lassociedades y los síndicos, interventores o liquidadores de quiebras,concursos, sociedades y entidades en general en los supuestos y

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con el alcance que señala el artículo 43 de la Ley General Tribu-taria.

V. BASE IMPONIBLE, TARIFAS Y CUOTA TRIBUTARIAARTÍCULO 5°.Se tomará como base imponible el valor de la superficie ocu-

pada, computada en metros cuadrados o fracción, salvo en aque-llos que por el carácter transitorio del aprovechamiento, se tendráen cuenta el número de elementos colocados.

TARIFAS ARTÍCULO 6°.Las Tarifas aplicables para la determinación de la cuota tribu-

taria correspondiente serán las siguientes, y serán actualizadasanualmente según el valor del IPC correspondiente a cada año:

Epígrafe 1°. Ocupación de la vía pública mediante mesas,sillas, veladores, toldos o similares, para el servicio de estableci-mientos industriales, comerciales o de servicios.

CATEGORÍAS - Ocupación con mesas, sillas o sillones, por temporada:Zona extra: 275 ¤Zona primaria: 187’91 ¤Zona secundaria: 162’91¤- Ocupación inferior o igual a 5 mesas por temporada:En todas las zonas 125 ¤- Ocupación con toldos y demás instalaciones similares que se

apoyen en el suelo:Zona extra: 137’50 ¤Zona primaria: 93’95 ¤Zona secundaria: 81’45 ¤ NORMAS DE APLICACIÓN DE LAS TARIFASARTÍCULO 7°.1. Los aprovechamientos pueden ser anuales, cuando se auto-

ricen para todo el año natural, y temporales, cuando el periodo auto-rizado comprenda parte de un año natural. Todos los aprovecha-mientos realizados sin autorización administrativa se considerananuales.

Las liquidaciones practicadas por un periodo anual por care-cer de autorización administrativa, podrán ser anuladas si el inte-resado solicita la preceptiva licencia.

2. Las licencias para mesas, sillas y marquesinas deberán estarexpuestas en sitios visibles del establecimiento respectivo; elincumplimiento de este requisito podrá motivar la retirada de la licen-cia y la imposición de multa que se acuerde por la Alcaldía.

3. Las licencias concedidas por la temporada de verano, se con-siderarán que tienen carácter anual a efectos de la exacción de estaTasa.

VI. DEVENGO ARTÍCULO 8°.1. El devengo del tributo se produce y nace la obligación de satis-

facer la Tasa, por el otorgamiento de la licencia para la ocupacióndel dominio público local, o desde que se realice el aprovechamiento,si se hiciera sin el oportuno permiso.

2. Tratándose de concesiones de aprovechamientos ya autori-zados, el día primero de cada uno de los períodos de tiempo seña-lados en las Tarifas.

VIl. NORMAS DE GESTIÓN ARTICULO 9°.1. Las cantidades exigibles con arreglo a las correspondientes

Tarifas se liquidarán por cada aprovechamiento solicitado o reali-zado y serán irreducibles por el período o de temporada autorizada.

2. Las personas o entidades interesadas en la concesión deaprovechamiento regulados en esta Ordenanza deberán solicitar pre-viamente la correspondiente licencia, realizar el depósito previo aque se refiere el artículo siguiente y formular declaración en la queconste la superficie del aprovechamiento y los elementos que sevan a instalar, así como un plano detallado de la superficie que sepretende ocupar y de su situación dentro del Municipio. Cuandono se especifique en la solicitud, el número de días por el que sesolicita la ocupación, se entenderá que es anual.

3. Los servicios técnicos de este Ayuntamiento comprobarán einvestigarán las declaraciones formuladas por los interesados, con-

cediéndose las autorizaciones de no encontrar diferencias con laspeticiones de licencias; si se dieran diferencias, se notificarán lasmismas a los interesados y se girarán, en su caso, las liquidacio-nes complementarias que procedan, concediéndose las autorizacio-nes una vez subsanadas las diferencias por los interesados y, en sucaso, realizados los ingresos complementarios que procedan.

4. En caso de denegarse las autorizaciones, los interesadospodrán solicitar al Excmo. Ayuntamiento de Sisante la devolucióndel importe ingresado.

5. No se consentirá la ocupación de la vía pública hasta que sehaya abonado el depósito previo a que se refiere el artículo siguientey se haya obtenido la correspondiente licencia por los interesados.El incumplimiento de este mandato podrá dar lugar a la no conce-sión de la licencia, sin perjuicio del pago de la correspondiente Tasay de las sanciones y recargos que procedan.

6. Una vez autorizada la ocupación se entenderá prorrogada mien-tras no se acuerde su caducidad por la Alcaldía-Presidencia, o sepresente baja justificada por el interesado o por sus legítimosrepresentantes en caso de fallecimiento.

7. La presentación de la baja surtirá efectos a partir del día pri-mero del período natural de tiempo siguiente señalado en el epí-grafe de la Tarifa que corresponda. Sea cual sea la causa que se ale-gue en contrario, la no presentación de la baja determinará laobligación de continuar abonando la correspondiente Tasa.

8. Las autorizaciones tendrán carácter personal y no podrán sercedidas o subarrendadas a terceros. El incumplimiento de estemandato dará lugar a la anulación de la licencia.

9. No se permitirá la ocupación de Terrenos de Uso Público conMesas y Sillas con finalidad lucrativa a aquellas personas físicaso jurídicas que mantengan débitos con el Excmo. Ayuntamiento poreste concepto.

ARTICULO 10°.El pago de la Tasa se realizará:a) Tratándose de concesiones de nuevos aprovechamientos,

por ingreso directo en la Depositaría Municipal o donde estable-ciese el Excmo. Ayuntamiento de Sisante, siempre antes de retirarla correspondiente licencia.

Este ingreso tendrá carácter de depósito previo, de conformi-dad con lo dispuesto en el artículo 24.5 del RDL 2/2004, quedandoelevado a definitivo al concederse la licencia correspondiente.

b) Tratándose de concesiones de aprovechamientos ya autori-zados y prorrogados, una vez incluidas en los Padrones o Matrí-culas de esta Tasa, por años naturales en las oficinas municipales,en los plazos establecidos por el Excmo. Ayuntamiento de Sisante.

VIII. PROHIBICIONES, INFRACCIONES Y PENALIDADESARTICULO 11°.1. Se prohíbe en cualquier caso:a) Utilizar o aprovechar el dominio público local sin autoriza-

ción municipal.b) Utilizar o aprovechar mayor espacio del dominio público local

del autorizado, modificar las características del aprovechamientoo introducir cualquier alteración del mismo sin la correspondienteautorización.

2. Se considerarán como infracciones:a) El incumplimiento por parte del usuario o titular de las obli-

gaciones contraídas en la autorización o concesión.b) Impedir u obstaculizar la comprobación de la utilización o

del aprovechamiento que guarde relación con la autorización con-cedida, o con la utilización o aprovechamiento especial del domi-nio público local cuando no se haya obtenido autorización.

c) Utilizar o aprovechar el dominio público local sin que estéamparado por la correspondiente autorización o concesión.

d) Desatender los requerimientos municipales dirigidos aregularizar el uso o el aprovechamiento especial del dominiopúblico local.

3. Las penalizaciones serán las siguientes:a) Serán sancionadas con un recargo, equivalente al 50% de

la cuantía de la Tasa dejada de ingresar por mayor ocupación o apro-

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vechamiento especial del dominio público local, valorados en latarifa que sea aplicable en cada período.

b) Serán penalizados con multas, que oscilan entre 12,02 a 60,1euros., en razón de la importancia de la utilización privativa o apro-vechamiento especial del domino público local, el desatender el reque-rimiento de la Inspección dirigido a comprobar y regularizar la ocu-pación o utilización especial.

c) Los supuestos contemplados en este artículo, que se encuen-tren probados por actas levantadas por la Inspección Municipal, ycon independencia de las penalidades que correspondan, en razónde los apartados anteriores, se practicará una liquidación delimporte de la Tasa dejada de ingresar por el sujeto pasivo y las pena-lidades referidas.

DISPOSICIÓN FINALLa presente Ordenanza Fiscal, entrará en vigor el mismo día

de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será deaplicación a partir del día 1 de enero de 2008, permaneciendo envigor hasta su modificación o derogación expresas.

Contra la presente Ordenanza podrá interponerse a partir de lapublicación de este anuncio en el BOP, y de acuerdo con lo esta-blecido en el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales, recurso contencioso-administrativoen la forma y plazos que prevén las normas reguladoras de dichajurisdicción.

Sisante, a 25 de septiembre de 2008.—El Alcalde, José LasernaPérez.

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— ANUNCIO

El Alcalde-Presidente, con fecha 26 de septiembre de 2008, decretólo siguiente:

Esta Alcaldía tiene reconocida por Ley la posibilidad de dele-gar el ejercicio de algunas de las competencias que tiene atribui-das en otros órganos de la Corporación, siempre y cuando no seencuentren incursas en los supuesto de prohibición a los que se refiereel artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de lasBases del Régimen Local.

Teniendo en cuenta que por motivos personales, el Alcaldenecesita ausentarse del término municipal desde el día 1 hasta el27 de octubre de 2008, es conveniente delegar el ejercicio de la com-petencia que se menciona a continuación para, en aras del interéspúblico y con el fin de que los servicios administrativos funcionencorrectamente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 13.1 dela Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 43, 44, 45, 114a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado porReal Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en uso de las atri-buciones que me confiere la legislación vigente, por el presenteHE RESUELTO:

PRIMERO. Delegar en D. Juan Francisco Meneses Nohales,Primer Teniente de Alcalde y miembro de la Junta de Gobierno Local,el ejercicio de las atribuciones de la Alcaldía que según el artículo41 de dicho Reglamento ostenta el Alcalde, y se referirá a todoslos ámbitos, facultándole para dirigir todos los servicios adminis-trativos, así como su gestión, con el fin de que los servicios admi-nistrativos funcionen correctamente durante su ausencia.

SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de direc-ción y de gestión, así como la de resolver los procedimientosadministrativos oportunos mediante la adopción de actos adminis-trativos que afecten a terceros.

TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcal-día, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello,de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el períodode referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de tras-

cendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Regla-mento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de lasEntidades Locales.

CUARTO. Los actos dictados por el Teniente de Alcalde, enejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas, indicaránexpresamente esta circunstancia y se entenderán dictados por la Alcal-día de este Ayuntamiento. En consecuencia, corresponderá a estaAlcaldía la resolución de los recursos de reposición que puedan inter-ponerse contra dichos actos.

QUINTO. La delegación conferida en el presente Decretorequerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, enten-diéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante estaAlcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegaciónen el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquelen que le sea notificada esta resolución.

SEXTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Ofi-cial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno dela Corporación en la primera sesión que esta celebre.

SÉPTIMO. En lo no previsto expresamente en esta resoluciónse aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del RealDecreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídicode las Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la dele-gación se establecen en dichas normas.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de con-formidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y deacuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse,con carácter previo y potestativo, Recurso de Reposición ante laAlcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contardesde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien direc-tamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de loContencioso-Administrativo de Cuenca, en el término de dosmeses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notifi-cación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo consi-dera conveniente.

Sisante, a 26 de septiembre de 2008.—El Alcalde, José LasernaPérez.

(5161)

Ayuntamiento de Mota del Cuervo— ANUNCIO —

Por acuerdo del Ayuntamiento Pleno adoptado en sesión cele-brada el 31 de Octubre de 2008, acordó la aprobación provisionalde la Modificación de las Ordenanzas Fiscales para el año 2009.

TASAPOR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO,CON MESAS SILLAS, TRIBUNAS, TABLADOS Y OTROSELEMENTOS ANÁLOGOS CON FINALIDAD LUCRATIVA.

TASA POR INSTALACIÓN DE QUIOSCO EN LA VÍAPÚBLICA.

TASA POR OCUPACION DE LA VÍA PÚBLICA, CONPUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCU-LOS, ATRACCIONES O RECREO SITUADOS EN TERRENODE USO PÚBLICO LOCALASÍ COMO INDUSTRIAS CALLE-JERAS Y AMBULANTES Y RODAJE CINEMATOGRÁFICO.

TASAPOR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PUBLICOLOCAL, CON MERCANCÍAS MATERIALES DE CONSTRUC-CIÓN, ESCOMBROS, VALLAS, PUNTALES, ASNILLAS,ANDAMIOS, Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS.

TASA POR LA UTILIZACIÓN DE CASAS DE BAÑO,DUCHAS, PISCINA, INSTALACIONES DEPORTIVAS Y OTROSSERVICIOS ANÁLOGOS.

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TASA POR DISTRIBUCIÓN DE AGUA, INCLUIDOS LOSENGANCHES, COLOCACION Y UTILIZACIÓN DE CONTE-NEDORES.

TASA POR RETIRADA Y RECOGIDA DE VEHICULOSDE LA VÍA PÚBLICA

TASA POR LICENCIAS DE AUTOTAXIS Y VEHÍCULOSDE ALQUILER.

TASA POR EL SERVICIO DE VOZ PÚBLICA.TASAPOR SERVICIO DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE

INCENDIOS, DE PREVENCIÓN DE RUINAS, CONSTRUCCIO-NES Y DERRIBOS, DE SALVAMENTOS Y EN GENERAL DEPROTECCION DE PERSONAS Y BIENES, COMPRENDIÉN-DOSE TAMBIÉN, EL MANTENIMIENTO DEL SERVICIO Y LACESIÓN DEL USO Y MAQUINARIAY EQUIPOS ADSCRITOSA ESTOS SERVICIOS, TALES, COMO ESCALAS, CUBAS,.MOTOBOMBAS, BARCAS, ETC.

TASA POR LICENCIAS URBANÍSTICAS EXIGIDAS PORLA LEGISLACIÓN DEL SUELO Y ORDENACIÓN URBANA.

TASA POR PRESTACION DEL SERVICO DE ALCANTA-RILLADO Y LAVIGILANCIAESPECIAL DE ALCANTARILLASPARTICULARES.

TASASOBRE RECOGIDADE BASURAS YRESIDUOS SÓLI-DOS URBANOS.

TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS YAPERTU-RAS DE ESTABLECIMIENTOS.

TASAPOR MANTENIMIENTO DE SOLARES SIN VALLAR..TASA POR RECOGIDA, CUIDADO Y MANUTENCIÓN

DE UN ANIMAL EXTRAVIADO O ABANDONADO.TASAPOR ENTRADAS DE VEHICULOS ATRAVES DE LAS

ACERAS Y LAS RESERVAS DE LA VIA PUBLICA PARAAPARCAMIENTO, CARGA Y DESCARGA DE CUALQUIERVEHICULO DE CUALQUIER CLASE.

TASA POR OCUPACION DEL SUBSUELIO, SUELO YVUELO DE LA VÍA PÚBLICA.

TASA POR UTILIZACIÓN DE VALLAS Y SILLAS DEPROPIEDAD MUNICIPAL

TASA POR PUBLICIDAD DE MEDIOS AUDIOVISUALESDE TITUALRIDAD MUNICIPAL.

TASA POR EXPEDICIÓN DE DOCUMENTOS.PRECIO PÚBLICO DEL SERVICIO DE KANGURAS.TASA POR DERECHOS DE EXAMEN.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17,2 del R.D.L

2/ 2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundidode la Ley Reguladora de Haciendas Locales; se expone al Públicopara que, durante el plazo de treinta días, pueda ser examinado elexpediente y presentar las reclamaciones oportunas.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones, el acuerdo pro-visional se entenderá elevado a definitivamente aprobado, segúnlo dispuesto en el artículo 17.3 de la citada Ley.

En Mota del Cuervo, a 11 de Noviembre de 2008.—El Alcalde.(5196)

BASES Y CONVOCATORIA PÚBLICA DE SELECCIÓNPARA CUBRIR, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE, UNA PLAZA DE DIRECTOR/A-PSICÓ-LOGO/A DEL CENTRO SOCIAL DEL AYUNTAMIENTO DEMOTA DEL CUERVO

BASES GENERALES.PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de

la presente convocatoria la cobertura, por el procedimiento deconcurso-oposición libre, de una plaza de DIRECTOR/A-PSICÓ-LOGO/A del Centro Social de Mota del Cuervo, con motivo de lapróxima jubilación del actual Director del mismo. Dicha plaza, per-teneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Téc-nica, está dotada con las retribuciones correspondientes al GrupoA, pagas extraordinarias, trienios y demás emolumentos que pro-porcionalmente correspondan con arreglo a la legislación vigente.

SEGUNDA. PUBLICIDAD DE ESTA CONVOCATORIA YSUS BASES. La convocatoria y sus bases se publicarán en elBOLETÍN OFICIAL DE LAPROVINCIADE CUENCA. Los suce-sivos anuncios relativos a la convocatoria se publicarán en eltablón de anuncios del Ayuntamiento de Mota del Cuervo.

No será necesario efectuar notificaciones o avisos individua-les a los concursantes sobre el desarrollo de las pruebas.

TERCERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para seradmitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantesdeberán reunir los siguientes requisitos referidos al día en quefinalice el plazo de admisión de solicitudes y mantenerlos hasta lafinalización del proceso selectivo:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la UniónEuropea. También podrán participar el cónyuge de los españolesy de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Euro-pea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus des-cendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separadosde derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad quevivan a sus expensas. Igualmente se extenderá a las personasincluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internaciona-les celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España,en los que sea de aplicación la libre circulación de los trabajado-res. Así mismo podrán participar los ciudadanos extranjeros de cual-quier otro Estado, siempre que cumplan los requisitos estableci-dos para ello en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de Enero, reguladorade los derechos y libertades de los extranjeros en España y de suintegración social.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de lastareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, dela edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinariodel servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o delos órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autó-nomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial paraempleos o cargos públicos por resolución judicial, para el accesoal cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones simila-res a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en elque hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacio-nal de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equiva-lente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalenteque impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleopúblico. No estar en causa de incompatibilidad en el marco de loestablecido en la Ley 53/84 de 26 de Diciembre y demás disposi-ciones concordantes.

e) Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad decondiciones con los demás aspirantes, sin que se establezcan exclu-siones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en quesean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones corres-pondientes. Los aspirantes con minusvalía deberán aportar certi-ficación de discapacidad expedida por la Administración compe-tente, con indicación de que la misma no incapacita para eldesempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

f) Estar en posesión del Título de Licenciado en Psicología oequivalente.

Todos los requisitos exigidos deberán reunirse el día en que fina-lice la presentación de instancias y gozar de los mismos duranteel procedimiento de selección y mientras se permanezca en la listade espera.

CUARTA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS Y ADMI-SIÓN. Quienes deseen tomar parte en el procedimiento de selec-ción, deberán solicitarlo mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Mota del Cuervo. En ellamanifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones exi-gidas en la Base 2ª, con referencia a la fecha de expiración del plazoseñalado para la presentación de solicitudes. La solicitud paratomar parte en esta prueba selectiva se ajustará al modelo estable-cido por el Ayuntamiento de Mota del Cuervo (adjunto a estas bases

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Anexo II). A la solicitud se acompañará una fotocopia del Docu-mento Nacional de Identidad.

Los/as aspirantes presentarán junto con la instancia antes seña-lada, los documentos que justifiquen, de acuerdo con la Base 6ª dela presente convocatoria, los méritos y servicios a tener en cuentaa efectos de aplicación del baremo contenido en el mismo apartado.Además deberán adjuntar resguardo justificativo de haber pagadolos derechos de examen. Si el pago se efectuó mediante giro pos-tal o telegráfico se consignará el número de giro. Los documentospresentados deberán ser originales o en su defecto copias compul-sadas.

El plazo de presentación de instancias será de 15 días natura-les contados a partir del día siguiente a la publicación del extractode las bases de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.En el caso de que el último día del plazo fuera inhábil el plazo fina-lizará el siguiente día hábil, debiendo efectuarse esta presentaciónen el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma previstaen el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedi-miento Administrativo Común.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correosdeberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el fun-cionario de correos antes de ser certificadas.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Presiden-cia de la Corporación aprobará la lista provisional de aspirantes admi-tidos y excluidos, con expresa indicación de las causas de exclu-sión, que se hará pública en el Tablón de Anuncios, concediéndoseun plazo de cinco días naturales para reclamaciones y subsanaciónde defectos, a tenor de la Ley 30/1.992 para el caso de que existaalgún excluido. Dichas reclamaciones, si las hubiese, serán acep-tadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la listadefinitiva, que será hecha pública con la relación definitiva de admi-tidos y excluidos, asimismo, en la forma indicada.

Si no hubiera reclamaciones la resolución provisional se ele-vará automáticamente a definitiva.

DERECHOS DE EXAMEN. Los derechos de examen serán de10 ¤, y se ingresarán en la cuenta 2105 2009 53 0100000016 deCaja Castilla-La Mancha o a través de giro postal o telegráfico, haciendoconstar su objeto en el correspondiente impreso: oposicionesDIRECTOR/A PSICÓLOGO/A CENTRO SOCIAL.

Estarán exentos del pago de los derechos de examen los aspi-rantes que figuren como demandantes de empleo durante el plazo,al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación, en el Bole-tín Oficial de la provincia, de la convocatoria de las pruebas selec-tivas.

Para el disfrute de la exención será requisito que no hubieranrechazado, en el plazo de que se trate, oferta de empleo adecuadoni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, enacciones de promoción, formación o reconversión profesionales yque, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual,al salario mínimo interprofesional.

Estas situaciones deberá documentarlas el aspirante adjun-tando, con la solicitud de participación, certificado del Instituto Nacio-nal de Empleo u órgano competente de la Comunidad Autónomaacreditativo de los extremos indicados en el párrafo anterior, con-juntamente con una declaración jurada o promesa escrita del soli-citante acreditativa de carecer de rentas superiores, en cómputo men-sual, al salario mínimo interprofesional.

La falta de justificación del abono de los derechos de examendeterminará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago supondrá la sustitucióndel trámite de presentación, en el tiempo y forma, de la solicitud.

QUINTA. TRIBUNAL CALIFICADOR. El Tribunal califica-dor estará constituido por los siguientes miembros:

-Presidente: Un funcionario del Área responsable de coordinarlas funciones y tareas encomendadas al puesto de trabajo, a pro-puesta de la Presidencia de la Corporación Municipal, o funcio-nario que se designe como sustituto.

- Vocales:- Un funcionario del Área responsable de coordinar las funcio-

nes y tareas encomendadas al puesto, o funcionario que se designecomo sustituto.

- Un funcionario designado de entre el personal del Área de igual-dad del Ayuntamiento de Mota del Cuervo, o funcionario que sedesigne como sustituto.

- El Delegado Sindical de los funcionarios del Ayuntamientode Mota del Cuervo, o funcionario que se designe como sustituto.

-Secretario: El de la Corporación o funcionario que se designecomo sustituto.

La designación de los miembros del Tribunal, titulares y suplen-tes, se hará pública en el tablón de edictos de la Corporación. Losmiembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte delmismo, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común o en el artículo 13.2.del R.D. 364/95, de 10 de marzo. Los aspirantes podrán recusar alos miembros del Tribunal en los términos establecidos en el artí-culo 29 del mismo texto legal. El Tribunal podrá disponer la incor-poración a sus trabajos de asesores especialistas para la celebra-ción de las pruebas, en los términos previstos en el R.D. 364/95,de 10 de marzo.

La totalidad de los miembros del Tribunal deberán poseer unnivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en elcuerpo o escala de que se trate, según dispone el R.D. 364/95, de10 de marzo.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistenciadel Presidente, Secretario y de la mitad de sus miembros, titu-lares o suplentes, previa convocatoria del Presidente, y estará facul-tado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse duranteel desarrollo de la oposición y adoptar los acuerdos necesarios parael debido orden de la misma en todo lo no previsto en estas bases.

SEXTA. SISTEMADE SELECCIÓN. El procedimiento de selec-ción constará de dos partes:

A) FASE DE OPOSICIÓN:PRIMER EJERCICIO: De carácter obligatorio y eliminatorio.

Consistirá en contestar un cuestionario de 90 preguntas tipo test,elaborado entre las confeccionadas por los miembros del Tribunal,durante el transcurso de 90 minutos, basadas en el temario conte-nido en el ANEXO I de esta convocatoria. Las contestaciones erró-neas serán penalizadas con arreglo a la siguiente fórmula: Nº deaciertos – (Nº de errores/3).

Dicho ejercicio será corregido sin que se conozca la identidadde los/as aspirantes, excluyéndose a aquellos/as candidatos/as encuyo ejercicio figuren marcas o signos que permitan conocer la iden-tidad de los/as mismos/as.

Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos,siendo eliminados/as los/as aspirantes que no alcancen un mínimode 5 puntos.

SEGUNDO EJERCICIO: De carácter obligatorio y eliminato-rio. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un periodo máximode 2 horas, un supuesto práctico, propuesto por el Tribunal, y rela-tivo a las tareas propias de este puesto de trabajo, de acuerdo conlos temas incluidos en el ANEXO I de materias de esta convoca-toria.

La puntuación máxima, al igual que el anterior ejercicio, seráde 10 puntos y serán eliminados todos aquellos aspirantes cuya pun-tuación mínima no alcance los 5 puntos.

Los/as opositores/as leerán su ejercicio ante el Tribunal, quiénpodrá hacer las preguntas o solicitar las aclaraciones que considerenecesarias sobre los supuestos desarrollados.

TERCER EJERCICIO: De carácter obligatorio y no elimina-torio. Consistirá en la defensa por los aspirantes de un Proyecto-Memoria que habrán presentado junto con la instancia de solici-tud de participación en el proceso selectivo y que incluirá unanálisis del puesto a desarrollar, condiciones y medios necesarios,

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propuestas de mejora en el desarrollo de sus funciones y otras mate-rias que el aspirante considere de interés o de importancia.

El ejercicio se valorará de 0 a 5 puntos y la duración de éste ladeterminará el tribunal, no pudiendo ser superior a 45 minutos.

Durante este ejercicio el tribunal podrá formular preguntas alaspirante a fin de obtener la información necesaria para la valora-ción de sus experiencias y conocimientos relacionados con lastareas que se deben ejercer, de acuerdo con el Proyecto-Memoriapresentado por el aspirante.

La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio, por lo quelos aspirantes que no la superen no podrán pasar a la fase de con-curso. La puntuación máxima de la fase de oposición no podrá sersuperior a 25 puntos, no pudiendo representar más del 60 por cientode la puntuación total.

La calificación de la fase de oposición será la suma de las pun-tuaciones obtenidas en los ejercicios citados, a la que se adicionarála obtenida en la fase de concurso, resultando así la calificación finaly el orden de puntuación definitivo.

B) FASE DE CONCURSO:La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y sólo se

aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición. Se tendránen cuenta la valoración de 3 apartados diferenciados: Formación,Experiencia Profesional y Docencia. Se puntuará de la siguientemanera:

_ FORMACIÓN:La puntuación máxima a alcanzar en este apartado será de 3 pun-

tos.- Por estar en posesión del título de Doctor o de Titulación Uni-

versitaria superior distinta a la acreditada para acceder a la convo-catoria: 0,50 Puntos

- Por la realización de cursos de formación o perfecciona-miento debidamente acreditados a juicio del Tribunal y relaciona-dos con los conocimientos necesarios para el desempeño de las fun-ciones de Psicólogo/a, hasta un máximo de 2,50 puntos, la escalade valoración será la siguiente:

-Menos de 20 Horas 0.05 Puntos-De 20 a 50 Horas 0,10 Puntos-De 51 a 100 Horas 0,20 Puntos-De 101 a 200 Horas 0,40 Puntos-Cursos de más de 200 Horas de duración 0,60 Puntos(En caso de no justificarse la duración del curso, éste será

valorado con la puntuación mínima)_ EXPERIENCIA PROFESIONAL:La puntuación máxima a alcanzar en este apartado será de 10

puntos.- Por cada mes completo de servicios prestados como Psicó-

logo en la Administración Local, hasta un máximo de 7 puntos 0,125Puntos

- Por cada mes completo de servicios prestados como Psicó-logo en otras Entidades públicas, hasta un máximo de 5,50 pun-tos 0,10 Puntos

- Por cada mes completo de servicios prestados como Psicó-logo en Entidades Privadas, hasta un máximo de 4 puntos 0,07 Pun-tos

_ DOCENCIA:La puntuación máxima a alcanzar en este apartado será de 4 pun-

tos.- Por impartición de Cursos de formación, Seminarios, ponen-

cias, etc… relacionadas con las funciones a desempeñar, se tendráen cuenta la siguiente escala de valoración:

- Cursos de menos de 10 horas de duración 0,10 Puntos- Cursos de 10 a 20 horas de duración 0,20 Puntos- Cursos de 21 a 40 horas de duración 0,40 Puntos- Cursos de 41 a 100 horas de duración 0,60 Puntos- Cursos de más de 100 horas de duración 0,80 PuntosLa puntuación máxima de la fase de concurso no podrá ser supe-

rior a 17 puntos, no pudiendo representar más del 40 por ciento dela puntuación total.

La calificación final de los/as aspirantes vendrá determinadapor la media aritmética de las puntuaciones otorgadas por cada miem-bro del Tribunal. Todas las calificaciones se harán públicas, elmismo día en que se acuerden, en el Tablón de Anuncios Munici-pal.

En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenidomayor puntuación en la fase de oposición; si persistiera el empatese estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundoejercicio y, si continuase el empate, a quien haya obtenido mayorpuntuación en la fase de concurso.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribu-nal hará público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de estaCorporación, la puntuación de los/as aspirantes seleccionados/as.

SÉPTIMA. PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS. En casode llamamiento, el aspirante propuesto presentará en el plazo de15 días naturales, desde que se haga pública la relación deaprobados/as, los documentos acreditativos de las condiciones decapacidad y los requisitos exigidos en la Base 2ª de la presente Con-vocatoria.

Si dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor,no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedu-jera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la Base2ª, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actua-ciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hayan podido incu-rrir por falsedad en la solicitud.

Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Sr. Alcaldeprocederá al nombramiento del aspirante propuesto, una vez quehaya acreditado documentalmente los requisitos exigidos, debiendotomar posesión en el plazo máximo de un mes a contar desde lafecha de notificación.

OCTAVA. JUSTIFICACION DE LOS MERITOS ALEGADOS.Los méritos alegados en la solicitud por los/as interesados/as,deberán ser justificados con la documentación original o fotoco-pias debidamente compulsadas, y se adjuntarán únicamente duranteel plazo de presentación de solicitudes.

Los méritos alegados y no justificados con la documentacióndeterminada en el apartado siguiente no se valorarán.

De acuerdo con este baremo, para cada mérito alegado se pre-sentarán los documentos siguientes:

a) Las titulaciones académicas se justificarán con el correspon-diente título o resguardo de solicitud del mismo.

b) Los cursos de formación recibidos o impartidos con el cer-tificado o diploma de asistencia o docencia, y programa oficial delcurso con indicación del número de horas lectivas.

c) La experiencia en la Administración deberá justificarsemediante la aportación obligatoria de informe de vida laboralcorrespondiente acompañado de certificación del órgano compe-tente de la Administración Pública o certificación de la empresa,que serán aportados junto con la solicitud. Aestos efectos no se com-putarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente conotros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los pres-tados a tiempo parcial.

Sin embargo, en los casos de reducción de jornada por moti-vos familiares, establecidos en el artículo 48.1 h) del EstatutoBásico del Empleado Público y Estatuto de los Trabajadores parapromover la conciliación de la vida familiar y laboral de las per-sonas trabajadoras (lactancia de

un hijo menor de 12 meses, quien por razones de guarda legaltenga a su cuidado directo algún menor de 12 años o un minusvá-lido o cuidado directo de un familiar) se computará en todo casocomo jornada completa.

d) La experiencia profesional fuera del ámbito de la Adminis-tración Pública deberá justificarse mediante el Informe de Vida Labo-ral y contrato de trabajo o Certificación de Empresa, TC2, Nómi-nas, o cualquier otro medio que permita conocer el período y la categoríaprofesional.

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e) Otras actividades alegadas se justificarán con los correspon-dientes certificados del organismo responsable de la organizaciónde la actividad de que se trate.

f) La superación de ejercicios de oposición se justificarámediante certificación expedida por el Órgano de la Administra-ción, con competencia en materia de Personal, donde conste la cate-goría de la plaza objeto de la convocatoria, fecha y ejercicios apro-bados.

A los efectos de acreditación de méritos valorables (formacióny experiencia), no se admitirá la aportación de nuevos documen-tos acreditativos de los mismos una vez finalizado el plazo de pre-sentación de instancias o, en su caso, de subsanación de documen-tación establecido en la Base 4ª.

NOVENA. NORMAS FINALES.Para lo no previsto en la presente convocatoria se aplicarán las

normas de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Basesde Régimen Local; Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básicodel Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre Medi-das para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley23/1988, de 28 de julio; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposi-ciones legales vigentes en materia de régimen local y el RealDecreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglasbásicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedi-miento de selección de los funcionarios de la AdministraciónLocal; y supletoriamente el Reglamento General de Ingreso del Per-sonal al servicio de la Administración General del Estado, apro-bado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El Tribunal estáfacultado, durante el desarrollo del procedimiento de selección, paraadoptar resoluciones, criterios y medidas para el buen desarrollodel procedimiento de selección, con relación a aquellos aspectosno regulados en la presente convocatoria o en la legislación vigente.

En el desarrollo del proceso selectivo, el Tribunal resolverá lascuestiones que surjan en la aplicación de las normas establecidasen estas Bases.

Recursos. La presente convocatoria, sus bases y cuantos actosadministrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribu-nal, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casosy en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembrede Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,de 13 de enero, y en la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Admi-nistrativa.

En Mota del Cuervo, a 31 de octubre de 2008.—El Alcalde, JoséVicente Mota de la Fuente.

ANEXO I MATERIAS COMUNES:Tema 1.- La Unión Europea: las instituciones comunitarias. Las

libertades básicas del sistema comunitario. Las fuentes del dere-cho comunitario europeo.

Tema 2.- La Constitución Española de 1978. Significado jurí-dico y características. Estructura. Principios Constitucionales. Lareforma constitucional.

Tema 3.- La Administración Pública: principios de actuacióny organización. Las relaciones interadministrativas. Las relacionesentre la Administración Pública y los ciudadanos: especial referen-cia a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla LaMancha.

Tema 4.- La relación orgánica: los órganos administrativos. Lasrelaciones interorgánicas. La relación jurídico-administrativa: Con-cepto y sujetos. La posición jurídica de la Administración. El prin-cipio de legalidad de la Administración. Potestades administrati-vas. Potestad discrecional y reglada.

Tema 5.- El procedimiento administrativo común. Los proce-dimientos especiales: el procedimiento sancionador. La responsa-bilidad patrimonial de las Administraciones públicas.

Tema 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Orga-nización política y administrativa. El Estatuto de Autonomía de Cas-tilla La Mancha.

Tema 7.- El Gobierno y la Administración Regional: estructura,organización y régimen jurídico de la Administración de la Juntade Comunidades de Castilla-La Mancha.

Tema 8.- La organización territorial de Castilla La Mancha. LaAdministración Local en Castilla La Mancha. Concepto, natura-leza y características. Principios constitucionales y regulación jurí-dica. Entidades que integran la Administración Local.

Tema 9.- La organización municipal: El alcalde, el Pleno y laJunta de Gobierno Local. Competencias y funcionamiento.

Tema 10.- El contrato laboral de trabajo: concepto, naturalezay clases. El Estatuto Básico del Empleado Público. Régimen de incom-patibilidades.

Tema 11.- Los contratos administrativos. El procedimiento deselección de contratistas.

Tema 12.- Las subvenciones públicas. Régimen jurídico y pre-supuestario de las subvenciones en la Administración de la Juntade Comunidades de Castilla-La Mancha.

Tema 13.- Las Técnicas de dirección y gerencia. La Planifica-ción de la gestión pública. La dirección y gestión de proyectos. Ladirección por objetivos. La gestión de la calidad en el ámbitopúblico: planes y normas de calidad.

Tema 14.- La función pública. Naturaleza y contenido de la rela-ción funcionarial. Clases de personal al servicio del sector público.El personal al servicio de las Entidades locales.

Tema 15.- Las formas de la actividad administrativa. Especialreferencia a las Entidades Locales. Policía, fomento y prestación.Los modos de gestión de los servicios públicos locales.

MATERIAS ESPECÍFICAS:I. TEORÍA, METODOLOGÍA Y TÉCNICAS.Tema 1.- Desarrollo cognitivo, intelectual y psicomotor. Prin-

cipales enfoques teóricos. Evaluación del desarrollo de la inteli-gencia y psicomotricidad.

Tema 2.- Desarrollo socio-afectivo del niño. El apego.Tema 3.- El lenguaje y la comunicación humana. Principios teó-

ricos y aplicaciones prácticas.Tema 4.- Psicología de los grupos. Comunicación y estructura

grupal. Grupo y actitudes.Tema 5.- La Motivación. Enfoques. Aplicaciones prácticas en

el ámbito escolar, terapéutico y de intervención social.Tema 6.- La investigación en el ámbito psicológico. Métodos

y diseños de investigación. La estadística en la investigación psi-cológica.

Tema 7.- La Evaluación conductual. Técnicas de evaluación:la observación, la entrevista, los registros psicofisiológicos.

Tema 8.- El modelo conductual: Conceptos básicos y princi-pios teóricos.

Tema 9.- Técnicas y estrategias de intervención en modifica-ción de la conducta. Aplicaciones.

Tema 10.- Entrenamiento en habilidades sociales y solución deproblemas. Entrenamiento en habilidades de autonomía personal.

Tema 11.- El modelo cognitivo: Conceptos básicos y principiosteóricos. Técnicas de intervención.

Tema 12.- Otros modelos teóricos: Psicoanálisis y psicotera-pias de orientación psicoanalítica. El modelo sistémico.

Tema 13.- La evaluación de la inteligencia y las aptitudes.Tema 14.- Concepto de salud-enfermedad. Psicología de la

salud.Tema 15.- Trastornos de inicio en la infancia, niñez o adoles-

cencia (I): trastornos del aprendizaje, trastornos de la comunica-ción y trastornos generalizados del desarrollo. Diagnóstico y tra-tamiento.

Tema 16.- Trastornos de inicio en la infancia, niñez o adoles-cencia (II): Trastornos por déficit de atención y comportamientoperturbador. Diagnóstico y tratamiento.

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Tema 17.- Trastornos de inicio en la infancia, niñez o adoles-cencia (II): trastornos de la conducta alimentaria, trastornos de tics,trastornos de la eliminación. Otros trastornos de inicio en la infan-cia, niñez o adolescencia. Diagnóstico y tratamiento.

Tema 18.- Trastornos por delirium, demencias y otros trastor-nos cognoscitivos. Diagnóstico y tratamiento.

Tema 19.- Trastornos relacionados con el uso de sustancias. Diag-nóstico y tratamiento.

Tema 20.- Esquizofrenia y otros trastornos psicóticos. Diagnós-tico y tratamiento.

Tema 21.- Trastornos del estado de ánimo. Diagnóstico y tra-tamiento.

Tema 22.- Trastornos de ansiedad. Diagnóstico y tratamiento.Tema 23.- Trastornos de la personalidad. Diagnóstico y trata-

miento.II. ÁREAS DE INTERVENCIÓN.Tema 24.- Las necesidades sociales. Concepto. Características

y tipología.Tema 25.- El Sistema Público de Servicios Sociales. Los Ser-

vicios Sociales en Castilla-La Mancha. Normativa legal. El PlanConcertado para las prestaciones básicas.

Tema 26.- La Planificación y evaluación de los Centros deServicios Sociales. El Proyecto de intervención y la Memoria delCentro.

Tema 27.- La Psicología Social. Antecedentes históricos ysituación actual. Definición y características de la Psicología Socialaplicada.

Tema 28.- La Psicología y los Servicios Sociales Generales. LaPsicología comunitaria. La intervención psicosocial.

Tema 29.- La actuación del/la psicólogo/a en los Equipos detrabajo de los Servicios Sociales Municipales. Funciones y tareas.

Tema 30.- La prestación básica de información, valoración, orien-tación y asesoramiento. El papel del/la psicólogo/a.

Tema 31.- Los derechos de los niños y niñas. Sensibilizacióny participación de la infancia.

Tema 32.- Recursos de atención a la infancia y la familia en Cas-tilla La Mancha. Los Centros de Atención a la infancia.

Tema 33.- El Plan de Atención a la diversidad en los centroseducativos. Normativa legal y procedimiento.

Tema 34.- La mediación familiar. Normativa legal.Tema 35.- Programas de intervención familiar. La intervención

en familias con hijos en situación de riesgo, desamparo o conflictosocial.

Tema 36.- El maltrato infantil: tipología. Detección, prevencióne intervención. El Plan de caso.

Tema 37.- Los derechos y atención al menor. Legislación en mate-ria de menores.

Tema 38.- Situación de riesgo y situación de desamparo. Nor-mativa legal estatal y de Castilla La Mancha.

Tema 39.- El acogimiento familiar: modalidades y aspectos meto-dológicos.

Tema 40.- El acogimiento residencial en el sistema de protec-ción de menores. Evolución histórica y Programas de intervención.

Tema 41.- Adopción regional y adopción internacional. Lavaloración de la idoneidad. Normativa legal.

Tema 42.- La emancipación de los menores y jóvenes en difi-cultad o conflicto social. El programa de autonomía personal enCastilla La Mancha.

Tema 43.- La conducta antisocial. Comportamiento violento enjóvenes y adolescentes. Agresores sexuales. Programas de inter-vención.

Tema 44.- El fenómeno de la delincuencia juvenil. La carreradelictiva.

Tema 45.- La responsabilidad penal de los menores. Norma-tiva legal.

Tema 46.-Los menores y jóvenes en conflicto social: solucio-nes extrajudiciales y ejecución de medidas. Intervención con el menor,la víctima y la comunidad.

Tema 47.- La prevención del consumo de drogas y la atencióna las personas drogodependientes en Castilla La Mancha.

Tema 48.- Política social y recursos para la mujer. La atencióna las mujeres en Castilla La Mancha. Normativa legal.

Tema 49.- La violencia de género. Concepto y teorías explica-tivas. Programas de prevención. La intervención psicológica convíctimas y agresores.

Tema 50.- Otras formas de violencia en el seno familiar: mal-trato a personas mayores y maltrato a padres. Prevención e inter-vención.

Tema 51.- El retraso mental. Definición, clasificación y siste-mas de apoyo. Aplicaciones.

Tema 52.- Evaluación y atención temprana de la discapacidad.Tema 53.- El modelo de calidad de vida y el concepto de auto-

determinación en su aplicación a los sistemas de provisión de ser-vicios para personas con discapacidad.

Tema 54.-Diagnóstico diferencial e intervención en personasde espectro autista.

Tema 55.- Participación e integración de las personas con dis-capacidad intelectual: formación profesional y transición a la vidaadulta.

Tema 56.- La atención a la salud mental en Castilla La Man-cha.

Tema 57.- La rehabilitación e integración social de las perso-nas con trastornos mentales crónico.

Tema 58.- Normativa y servicios para la promoción de la auto-nomía personal y atención a las personas en situación de depen-dencia.

Tema 59.- La intervención en crisis. Aplicaciones en el ámbitode los servicios sociales.

Tema 60.- El Duelo. Etapas. Fases. El duelo patológico y estra-tegias de intervención.

Tema 61.- Los procesos de envejecimiento. La evaluación y laatención psicológica de las personas mayores en situación deriesgo. Centros y servicios para la atención a las personas mayo-res.

Tema 62.- La calidad de vida de las personas mayores: auto-nomía y participación social. Envejecimiento activo. Programas deatención a las personas mayores en Castilla-La Mancha.

Tema 63.- La intervención del/la Psicólogo/a Social con per-sonas mayores. Tratamientos en función de las tipologías de psi-copatologías características de esta etapa evolutiva.

Tema 64.- El maltrato a personas mayores. Definición tipolo-gía y factores de riesgo. Modelos de intervención psicológica.Repercusiones psicológicas y sociales en el mayor.

Tema 65.- El entrenamiento de la memoria. Técnicas, recursos,programa de entrenamiento.

Tema 66.- Programas de intervención con marginados sinhogar. La casa de acogida y de emergencia social: El papel del/laPsicólogo/a. Funciones, tareas e intervención desde la psicología.

Tema 67.- La intervención psicológica con grupos con necesi-dades sociales específicas desde los Servicios Sociales Municipa-les.

Tema 68.- Programas de intervención psicosocial sobre lapoblación con necesidades de inclusión social.

Tema 69.- Intervención psicosocial con minorías étnicas. Pro-gramas de actuación desde los Servicios Sociales Municipales.

III. AREA DE DIRECCIÓN-COORDINACIÓNTema 70.- Los equipamientos de los Servicios Sociales: nor-

mativa general, características y tipología.Tema 71.- Habilidades directivas: comunicación, liderazgo,

motivación, trabajo en equipo, solución de conflictos, estrés yburn-out.

Tema 72.- Gestión de recursos humanos. Administración labo-ral de los recursos humanos, herramientas de gestión y la forma-ción en la empresa.

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Tema 73.- Gestión económica-financiera en los Centros deServicios Sociales: Análisis y diagnóstico económico-financiero,control de costes y gestión.

Tema 74.- Prevención de riesgos laborales: Marco normativoy referencial en prevención de riesgos laborales, gestión de la pre-vención de riesgos y aplicaciones específicas en el ámbito de loscentros de servicios sociales.

Tema 75.- Subvenciones y contratos con las Administracionespúblicas. Normativa básica de subvenciones.

ANEXO IISOLICITUD DE ADMISIÓN A LAS PRUEBAS SELECTI-

VAS PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE CON-CURSO-OPOSICIÓN LIBRE, DE UNAPLAZADE DIRECTOR/A-PSICÓLOGO/A DEL CENTRO SOCIAL DEL EXCMO.AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERVO (CUENCA).

APELLIDOS: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NOMBRE: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . DOMICILIO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . DNI: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . TELÉFONO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Títulos académicos oficiales (exigidos en la convocatoria): _ Título de Licenciado en Psicología o equivalente._ Otras titulaciones. _ Documentación correspondiente a los méritos alegados. El abajo firmante SOLICITA ser admitido a las pruebas selec-

tivas a que se refiere la presente instancia, y DECLARA que sonciertos todos los datos consignados en ella, y que reúne las condi-ciones exigidas para el ingreso y las especialmente señaladas enla convocatoria citada comprometiéndose a probar todos los datosque figuran en la solicitud.

En Mota del Cuervo a ….. de ……….. de 2008.Firmado. D/Dª . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ILMO. SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL EXCMO. AYTO.

DE MOTA DEL CUERVO. (5168)

BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARALA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE PER-SONAL DE LIMPIEZA, VACANTE EN LAPLANTILLADE PER-SONAL FUNCIONARIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DEMOTA DEL CUERVO.

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA. 1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una

plaza de LIMPIADOR/A incluida en la Oferta de Empleo Públicocorrespondiente al año 2007, aprobada por Resolución de Alcal-día de fecha 25 de mayo de 200, encuadrada en la Escala de Admi-nistración Especial, Subescala: Servicios Especiales, Grupo: E, Clase:Operario, Denominación: Limpiador/a, de acuerdo con el artículo25 de la Ley 30/1984.

Estarán dotados con las retribuciones básicas correspondien-tes al grupo E y pagas extraordinarias, trienios y demás emolumen-tos que corresponda a dicho puesto, con arreglo a la legislación vigente,proporcionales a la jornada efectivamente realizada en función delas necesidades del servicio.

1.2.- El número de plazas podrá ampliarse sin necesidad de pre-vio anuncio, si con anterioridad al inicio del proceso selectivo seproduce la ampliación de vacantes, siempre que la Oferta deEmpleo Público en que se encuentran incluidas haya sido aprobaday publicada en la forma debida.

1.3.- El horario que deberá realizar el aspirante que obtenga laplaza será el legalmente establecido para este Ayuntamiento, ajus-tándose a las necesidades del servicio.

1.4.- El sistema selectivo elegido será el de concurso-oposición.1.5.- Al presente proceso le será de aplicación la Ley 7/2007,

de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,el R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba

el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en mate-ria de Régimen Local, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, lasBases de la presente convocatoria y, supletoriamente, el RealDecreto 364/1995, de 10 de marzo.

La presente convocatoria y sus bases se publicarán en el Bole-tín Oficial de la Provincia de Cuenca. Los sucesivos anunciosrelativos a la convocatoria se publicarán en el tablón de anunciosdel Ayuntamiento de Mota del Cuervo.

No será necesario efectuar notificaciones o avisos individua-les a los concursantes sobre el desarrollo de las pruebas.

2.- CONDICIONES Y REQUISITOS QUE DEBEN REUNIRLOS ASPIRANTES.

Podrán participar en el proceso, los aspirantes que reúnan enel momento de presentar la solicitud, los siguientes requisitos:

a) Ser español; o nacional de uno de los restantes Estadosmiembros de la Unión Europea; o de aquellos Estados a los quesea de aplicación la libre circulación de trabajadores según los Tra-tados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y rati-ficados por España; o ser cónyuge de alguno de los casos anterio-res, siempre que no estén separados de derecho, así como susdescendiente y los de su cónyuge, siempre que no estén separadosde derechos, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivana sus expensas; o extranjeros de otros Estados en situación deresidencia permanente en España, residencia temporal con elcorrespondiente permiso de trabajo o sin el mismo si se encuen-tra comprendido en los casos de excepción contemplados en el artí-culo 41, apartado a) letra j) y 3 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en Españasegún la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 8/2000, de22 de diciembre.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de lastareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, dela edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinariodel servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o delos órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autó-nomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial paraempleos o cargos públicos por resolución judicial, para el accesoal cuerpo o escala de funcionario o para ejercer funciones simila-res a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en elque hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacio-nal de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equiva-lente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalenteque impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleopúblico.

e) Estar en posesión del titulo de Certificado de Escolaridad oequivalente.

f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desa-rrollo de sus funciones.

g) Las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad decondiciones con los demás aspirantes sin que se establezcan exclu-siones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos enque sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funcio-nes correspondientes. Los aspirantes con minusvalía deberán apor-tar certificación de discapacidad expedida por la Administracióncompetente, con indicación de que la misma no incapacita para eldesempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas inte-resadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de ins-tancias y durante todo el tiempo en que se esté incluido en la listade espera.

3.- INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR. 3.1.- Los/as aspirantes presentarán instancia en el Registro

General del Excmo. Ayuntamiento de Mota del Cuervo, sito en PlazaMayor, nº 1, 16630 Mota del Cuervo (Cuenca), de lunes a viernesde 9 a 14 horas, donde será debidamente registrada. El plazo de

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presentación es de 20 días naturales a partir de la publicidad dela presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.

3.2. Los derechos de examen serán de 10 ¤, y se ingresarán enla cuenta 2105 2009 53 0100000016 de Caja Castilla-La Manchao a través de giro postal o telegráfico, haciendo constar su objetoen el correspondiente impreso: OPOSICIONES LIMPIADOR/A.

3.3.- La citada instancia deberá dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación; también podrán presentarse las ins-tancias en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.4.- Los/as aspirantes presentarán junto a la instancia antes seña-lada, los documentos que justifiquen, de acuerdo con el apartado6 de las presentes bases, los méritos y servicios a tener en cuentaa efectos de aplicación del baremo contenido en el mismo apartado.Además deberán adjuntar resguardo justificativo de haber pagadolos derechos de examen.

Si el pago se efectuó mediante giro postal o telegráfico se con-signará el número de giro. Los documentos presentados deberánser originales o en su defecto copias compulsadas.

3.5.- Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concursose refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de ins-tancias.

4.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES.4.1.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes se cons-

tituirá el Tribunal, que a instancias de la Presidencia, dictará reso-lución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as yexcluidos/as que será publicada en el Tablón de Anuncios de la Cor-poración, y determinará el lugar, fecha y hora de la baremación.La publicación de esta resolución en el Tablón de Anuncios de laCorporación será determinante de los plazos a efectos de posiblesimpugnaciones o recursos.

4.2.- Se concederá un plazo de cinco días naturales para recla-maciones y subsanación de defectos, a tenor de la Ley 30/1.992 parael caso de que exista algún excluido

4.3.- Subsanados en su caso los defectos que hubiesen sido apre-ciados, la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/asse expondrá en el Tablón de Anuncios de la Corporación y páginaweb del Ayuntamiento. Si no hubiera reclamaciones, la resoluciónprovisional se elevará automáticamente a definitiva.

5.- TRIBUNAL.El Tribunal calificador estará integrado por los siguientes

miembros:-Presidencia: Un funcionario al servicio del Ayuntamiento del

área responsable de coordinar las funciones y tareas encomenda-das al puesto de trabajo, o persona en quien delegue.

-Vocales:- Un funcionario al servicio del Ayuntamiento designado de entre

el personal del área responsable de coordinar las funciones y tareasencomendadas al puesto de trabajo, o funcionario que se designecomo sustituto.

- Un funcionario en representación del Área de Igualdad del Ayun-tamiento de Mota del Cuervo o funcionario que se designe comosustituto.

- El Delegado Sindical de los funcionarios del Ayuntamientode Mota del Cuervo, o funcionario que se designe como sustituto.

-Secretario: El de la Corporación o funcionario que se designecomo sustituto.

El Tribunal será designado por resolución del Excmo. Sr.Alcalde-Presidente conforme a lo estipulado en el artículo 30 delReal Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Deberá designarse el mismo número de miembros titulares ysuplentes para los supuestos de ausencia, enfermedad o abstencióno recusación por la concurrencia de alguno de los casos previstosen el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Tal reso-lución será publicada en el Tablón de Anuncios del Ayuntamientode Mota del Cuervo.

5.2.- Le corresponde al Tribunal la valoración de los méritosalegados por los/as aspirantes a que hace referencia la base 6 dela presente convocatoria.

5.3.- El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asisten-cia del Presidente, Secretario y de la mitad al menos de los voca-les, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se pro-duzca el titular o bien su suplente.

5.4.- El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesio-nes de asesores/as especialistas para las cuestiones que se planteen.Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades téc-nicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con elórgano de selección, actuando con voz pero sin voto.

5.5.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formarparte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias pre-vistas en el artículo 28 de la Ley 30/1992.

5.6.- Los/as interesados/as podrán promover recusación encualquier momento del proceso selectivo cuando concurran las ante-riores circunstancias.

5.7.- Los/as miembros del Tribunal son personalmente res-ponsables del estricto cumplimiento de las bases de convocatoria,de la sujeción a los plazos establecidos para la valoración curricu-lar y publicación de los resultados.

5.8.- El Tribunal será colegiado y su composición deberá ajus-tarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miem-bros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer.

5.9.- Indemnizaciones por razón del servicio. Los miembros deltribunal percibirán las indemnizaciones que por razón del serviciotengan establecidas de conformidad con el Real Decreto 462/2002,de 24 de mayo (BOE de 30 de mayo de 2002), o con la disposi-ción aplicable en el momento de realización de las pruebas selec-tivas.

5.10.- El/La Presidente/a del Tribunal podrá exigir a los miem-bros del mismo declaración expresa de no hallarse incurso en lascircunstancias anteriormente previstas, sin perjuicio de que, de ofi-cio, deba el afectado notificarlo al organismo al que representa.

5.11.- Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con lainterpretación de la aplicación de las bases de la presente convo-catoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, seránresueltos por el tribunal sin apelación alguna.

6.- PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.La selección se llevará a cabo mediante el sistema de con-

curso-oposición libre. Solamente se procederá a puntuar el concursoa los aspirantes que hayan superado el nivel de aptitud establecidopara todos y cada uno de los ejercicios de carácter eliminatorio dela fase de oposición.

6.1.- La fase de oposición constará de dos ejercicios de carác-ter obligatorio y eliminatorio. El aspirante que no alcance loscinco puntos como mínimo en cada uno de los ejercicios de la fasede oposición quedará eliminado de este proceso selectivo.

Primer ejercicio: Constará de dos partes. La primera, consis-tirá en la realización de un dictado y la segunda, en la resoluciónde una prueba de conocimientos relacionados con operaciones decálculos matemáticos básicos y conocimientos de cultura básica gene-ral, a realizar en un tiempo máximo de treinta minutos. Este ejer-cicio tendrá una valoración de 0 a 10 puntos. Para superarlo seránecesario obtener como mínimo 2.5 puntos en cada una de las par-tes del mismo, siendo eliminados los/as aspirantes que no alcan-cen una puntuación final mínima de 5 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en contestar, por escrito, un cues-tionario tipo test de 25 preguntas con respuestas alternativas, sobreel temario que figura en el Anexo I de estas bases. Las respuestasincorrectas no penalizarán. Este ejercicio tendrá una valoración de0 a 10 puntos. Para superarlo será necesaria la obtención mínimade 5 puntos, siendo eliminados los/as aspirantes que no alcancental puntuación.

Para la realización de este ejercicio se dispondrá de un tiempoque fije el tribunal calificador, en función de la dificultad delmismo.

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La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio, por lo quelos aspirantes que no la superen no podrán pasar a la fase de con-curso. La puntuación máxima de la fase de oposición no podrá sersuperior a 20 puntos, no pudiendo representar más del 60 porciento de la puntuación total.

6.2 La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y sólose aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición. Se pun-tuará de la siguiente forma:

Los méritos alegados deberán ser originales o bien fotocopiacompulsada. No se tendrán en cuenta en la valoración de los docu-mentos no compulsados.

Son méritos valorables:6.3.- Méritos profesionales:MERITOS PROFESIONALES PUNTOSa) Por cada mes completo de servicios prestados en puestos de

igual o análoga categoría al puesto al que se opta, de igual conte-nido en la Administración Pública, acreditados mediante la corres-pondiente certificación expedida por el organismo competente.En el supuesto de que el resultado de la suma de todos los contra-tos presente periodos o fracciones iguales o superiores a quince díaso 0,5 mes se computarán como un mes completo. Los periodos ofracciones inferiores a los indicados no computarán a efectos devaloración. A tales efectos, sólo se valorarán aquellos contratos enlos que los aspirantes hayan desempeñado específicamente elpuesto de limpiador/a. 0,10 puntos

b) Por cada mes completo de servicios prestados en puestos deigual o análoga categoría al puesto al que se opta, de igual conte-nido en la empresa privada, acreditados mediante la correspondientecertificación expedida por el organismo competente. En el supuestode que el resultado de la suma de todos los contratos presente perio-dos o fracciones iguales o superiores a quince días o 0,5 mes secomputarán como un mes completo. Los periodos o fracciones infe-riores a los indicados no computarán a efectos de valoración. A talesefectos, sólo se valorarán aquellos contratos en los que los aspi-rantes hayan desempeñado específicamente el puesto de limpiador/a.0,06puntos

c) Por estar en posesión del carné de conducir B 0,05 puntosLa acreditación de los servicios prestados se realizará mediante

la aportación obligatoria de informe de vida laboral correspondienteacompañado de certificación del órgano competente de la Admi-nistración Pública o certificación de la empresa, que serán apor-tados junto con la solicitud.

La experiencia profesional de trabajadores autónomos se acre-ditará mediante la presentación de la certificación de alta en el Régi-men Especial de Autónomos así como aquella documentaciónjustificativa de la concreta actividad realizada como autónomo( epígrafe de actividad en el IAE u otro documento oficial aná-logo), al objeto de demostrar la vinculación entre la experienciaaportada y el puesto de trabajo ofertado.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sidoprestados simultáneamente con otros igualmente alegados y sereducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

Sin embargo, en los casos de reducción de jornada por moti-vos familiares, establecidos en el artículo 48.1 h) del EstatutoBásico del Empleado Público y Estatuto de los Trabajadores parapromover la conciliación de la vida familiar y laboral de las per-sonas trabajadoras (lactancia de un hijo menor de 12 meses, quienpor razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menorde 12 años o un minusválido o cuidado directo de un familiar) secomputará en todo caso como jornada completa.

A los efectos de acreditación de méritos valorables (formacióny experiencia), no se admitirá la aportación de nuevos documen-tos acreditativos de los mismos una vez finalizado el plazo de pre-sentación de instancias o, en su caso, de subsanación de documen-tación establecido en la base cuarta.

6.4.- Formación:- Cursos de formación específica en limpiador/a de más de 20

horas. Se valorará con 0,06 puntos los de duración de 21 a 50 horas;

0,09 puntos los de duración de 51 a 100 horas; 0,12 los de dura-ción de 101 a 150 horas y 0,15 puntos los de duración superior a150 horas, con un máximo de 1 punto.

- Cursos de formación relacionados con el trabajo a realizar demás de 20 horas. Se valorarán 0,01 puntos los de duración de 21a 50 horas; 0,02 puntos los de duración de 51 a 100 horas; 0,03 pun-tos los de duración de 101 a 150 horas y 0,04 puntos los de dura-ción superior a 150 horas, con un máximo de 0,5 puntos.

6.5.- Aplicación del concurso:El número máximo de puntos que se otorguen en la fase de con-

curso será el siguiente:- Méritos profesionales: 9 puntos.- Títulos oficiales, cursos, seminarios, congresos y jornadas: 4

puntos.- La puntuación máxima de la fase de concurso no podrá ser

superior a 13 puntos.La puntuación máxima de la fase de concurso no podrá ser supe-

rior a 26 puntos, no pudiendo representar más del 40 por ciento dela puntuación total.

6.6.- La calificación final del proceso selectivo, que se publi-cará en el Tablón de Edictos de la Corporación, vendrá determi-nada por la suma de las puntuaciones de la fase de oposición y dela de concurso.

En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenidomayor puntuación en la fase de oposición; si persistiera el empatese estará a quien haya obtenido mayor puntuación en el segundoejercicio y, si continuase el empate, a quien haya obtenido mayorpuntuación en la fase de concurso.

7.- LISTAS DE APROBADOS/AS.7.1.- Una vez finalizado el concurso, el Tribunal hará pública

en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la relación de los/asaspirantes que hubiesen obtenido mejor calificación, por orden depuntuación total obtenida, en la que constarán el resultado de cadauna de las fases del concurso.

7.2.- Los/as concursantes que no se hallen incluidos en tales rela-ciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

8.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y NOMBRA-MIENTO.

8.1 En caso de llamamiento, el aspirante propuesto aportará anteel Ayuntamiento, dentro del plazo de diez días naturales, los docu-mentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitosexigidos en la base segunda de la presente convocatoria. Si den-tro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no presen-tara la documentación íntegra o no reuniera los requisitos exigi-dos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuacionessin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurridopor falsedad en su instancia. Los documentos aportados deberánser originales o copias compulsadas.

El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazomáximo de cinco días hábiles a contar del siguiente al que le seanotificado su nombramiento.

9.- NORMAS APLICABLES.9.1.- Para lo no previsto en la presente convocatoria se apli-

carán las normas de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora delas Bases de Régimen Local; Ley 7/2007, de 12 de abril, del Esta-tuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 de agosto,sobre Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificadapor la Ley 23/1988, de 28 de julio; Real Decreto Legislativo781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundidode las disposiciones legales vigentes en materia de régimen localy el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se estable-cen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajus-tarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Admi-nistración Local; y supletoriamente el Reglamento General deIngreso del Personal al servicio de la Administración General delEstado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

9.2.- El Tribunal está facultado, durante el desarrollo del pro-cedimiento de selección, para adoptar resoluciones, criterios y

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medidas para el buen desarrollo del procedimiento de selección,con relación a aquellos aspectos no regulados en la presente con-vocatoria o en la legislación vigente.

10.- BASE FINAL. 10.1.- La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos admi-

nistrativos se deriven de la misma y de la actuación del Tribunal,podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la formaprevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-nistrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,y en la Ley de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

En Mota del Cuervo, a 6 de noviembre de 2008.—El Alcalde,José Vicente Mota de la Fuente.

DILIGENCIA: Para hacer constar que las presentes bases hansido aprobadas mediante Decreto de Alcaldía de fecha 31 de octu-bre de 2008.

En Mota del Cuervo, a 6 de noviembre de 2008.—El Secreta-rio, José Cayetano Guerrero López.

ANEXO I:TEMARIOTema 1.- La Constitución Española de 1978. Estructura y prin-

cipios generales. Tema 2.- Derechos y deberes fundamentales de los españoles.Tema 3.- La organización municipal: El alcalde, el Pleno y la

Junta de Gobierno Local. Competencias y funcionamiento.Tema 4.- El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos

y deberes de los empleados públicos. Incompatibilidades. RégimenDisciplinario.

Tema 5.- Seguridad y prevención de riesgos laborales en los tra-bajos de limpieza.

Tema 6.- La organización y control del servicio de limpieza.Equipos de trabajo.

Tema 7.- Funciones del personal de limpieza.Tema 8.- Herramientas y útiles básicos de limpieza. Productos

químicos en la limpieza.Tema 9.- Limpieza de centros públicos. La limpieza de áreas

administrativas. Limpieza de archivos y bibliotecas. Limpieza deaseos públicos.

Tema 10.- Oficinas y dependencias del Ayuntamiento de Motadel Cuervo.

(5169)

Ayuntamiento de Olmeda de la Cuesta— ANUNCIO —

Se hace público a los efectos del artículo 70.2 de la Ley 7/1985de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, elacuerdo definitivo de imposición de la ORDENANZA REGULA-DORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVI-CIOS URBANÍSTICOS DE OLMEDA DE LA CUESTA, asícomo el texto de la misma, que fue aprobado por la Asamblea Veci-nal de este Ayuntamiento en sesión de 4 de abril de 2008, que haresultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones.

TRANSCRIPCION LITERAL DEL ACUERDO:Visto el expediente tramitado para la IMPOSICIÓN Y ORDE-

NACION DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVI-CIOS URBANÍSTICOS, así como el dictamen de la Comisión deHacienda y los informes de los Sres. Secretario e Interventor, trasamplia deliberación sobre el mismo y por unanimidad que repre-senta el voto favorable de la mayoría absoluta legal de los miem-bros de la Corporación, se acuerda:

1º.- Imponer la TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SER-VICIOS URBANÍSTICOS de Olmeda de la Cuesta.

2º.- Aprobar su ordenanza reguladora, cuyo contenido literal esel siguiente:

Anexo 2

3º.- Que de conformidad con el artículo 17 del RDL 2/2004,de 5 de marzo , Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales,se exponga este acuerdo al público durante treinta días, para quedentro de este plazo los interesados puedan examinar el expe-diente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.Debiendo publicarse anuncios en el Boletín Oficial de la Provin-cia y en el tablón de edictos de la Corporación.

4º.- En el supuesto de que no se presentaran reclamaciones, seentenderá aprobado definitivamente el acuerdo de ordenación,que será ejecutivo sin más trámites, una vez se haya publicado ínte-gramente el acuerdo y texto de la Ordenanza.

Según lo dispuesto en el artículo 19.1 del RDL 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la leyReguladora de las Haciendas Locales , contra el acuerdo adoptado,los interesados legítimos podrán interponer el correspondienterecurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que esta-blece la Ley de dicha jurisdicción.

TEXTO INTEGRO DE LA ORDENANZA REGULADORA:ANEXO 2ORDENANZAREGULADORADE LATASAPOR LARPES-

TACION DE SERVICIOS URBANISTICOS DE OLMEDA DELA CUESTA.

I.- FUNDAMENTO Y NATURALEZAArtículo 1º.En uso de las facultades previstas en los artículos 133.2 y 142

de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 deAbril, reguladora de las Bases del Régimen Local y de conformi-dad con los dispuesto en los artículos 15 a 19, 20 a 27 y 57 del TextoRefundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, apro-bado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo, y el artí-culo 2.2 de la Ley 58/2003 de 17 de Diciembre, General Tributa-ria; este Ayuntamiento tiene establecida la Tasa por la prestaciónde servicios urbanísticos, que se regirá por la presente OrdenanzaFiscal.

I. HECHO IMPONIBLEArtículo 2º.1.-Constituye el hecho imponible de la Tasa la actividad muni-

cipal, técnica y administrativa que se refiera, afecte o beneficie demodo particular al sujeto pasivo, tendente a verificar si los actosde gestión urbanística, construcción, edificación y, en general, deuso del suelo que hayan de realizarse en el término municipal deOlmeda de la Cuesta, se ajustan a las normas previstas en la legis-lación urbanística estatal y autonómica aplicable, a las disposicio-nes reglamentarias que la desarrollan y al Planeamiento munici-pal.

2.-Están sujetos a esta Ordenanza fiscal la prestación por el muni-cipio de los siguientes servicios urbanísticos:

A) Tramitación de licencias urbanísticas, para los siguientes actosrelativos a la construcción, edificación y de uso del suelo:

1) Parcelación o cualesquiera otros actos de división de fincaso predios en cualquier clase de suelo, no incluidas en proyectos dereparcelación.

2) Obras de construcción, edificación e implantación de insta-laciones de toda clase de nueva planta.

3) Las obras de ampliación de construcciones, edificios e ins-talaciones de toda clase existentes.

4) Las obras de modificación o reforma que afecten a la estruc-tura o al aspecto exterior de las construcciones, edificios y las ins-talaciones de cualquier clase.

5) Las obras que modifiquen la disposición interior de edifica-ciones, cualquiera que sea su uso.

6) La demolición de las construcciones, salvo en los casosdeclarados de ruina inminente.

7) Las obras y usos que hayan de realizarse con carácter pro-visional.

8) La primera utilización y ocupación de los edificios e insta-laciones en general y la modificación del uso de las construccio-nes, edificaciones e instalaciones.

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9) Los movimientos de tierra y las obras de desmonte y expla-nación en cualquier clase de suelo y los de abancalamiento y sor-bía para la preparación de parcelas de cultivos, sin que los simplessurcos para labores agrícolas tengan tal consideración.

10) La extracción de áridos y la explotación de canteras.11) La acumulación de vertidos y el depósito de materiales aje-

nos a las características propias del paisaje natural que contribu-yan al deterioro o degradación del mismo.

12) El cerramiento de finca, muros y vallados.13) La apertura de caminos, así como su modificación o pavi-

mentación.14) La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones simi-

lares, provisionales o permanentes.15) La instalación de invernaderos.16) La colocación de carteles y vallas visibles desde la vía pública.17) Las instalaciones que afecten al subsuelo.18) La instalación de tendidos eléctricos, telefónicos u otros simi-

lares y la colocación de antenas de cualquier clase.19) La construcción de presas, balsas, obras de defensa y

corrección de cauces públicos, vías públicas o privadas y, en gene-ral, cualquier tipo de obras o usos que afecten de forma importantea la configuración del territorio.

20) Los actos de construcción y edificación en estaciones des-tinadas al transporte terrestre, así como en sus zonas de servicio.

21) Tala de masas arbóreas, de vegetación arbustiva o de árbo-les aislados.

22) Los actos de construcción, edificación y uso del suelo querealicen los particulares en terrenos de dominio público, sin per-juicio de las autorizaciones o concesiones que otorgue el ente titu-lar del dominio público.

23) Las obras de urbanización y sus modificaciones no inclui-das en proyectos de urbanización.

24) Vaciados, derribos, apeos y demoliciones.25) La instalación de grúas.26) Los demás actos que señalen los instrumentos de planea-

miento de ordenación territorial y urbanística.B) Tramitación de consultas previa, cédulas urbanísticas, expe-

dición de certificados urbanísticos y cualquier otra información urba-nística siempre que requiera del funcionario una interpretación oestudio cualquiera.

C) Señalamiento de alineaciones y rasantes.D) Tramitación de expedientes contradictorios de ruina de edi-

ficios.E) Tramitación de expedientes de expropiación forzosa a favor

de particulares.F) Tramitación de Alternativa Técnica de Programas de Actua-

ción Urbanizadora de iniciativa particular o a desarrollar en régi-men de gestión indirecta.

G) Tramitación de la apertura de cada Plica comprensiva de laproposición jurídico-económica y de propuesta de convenio urba-nístico presentada a una Alternativa Técnica de Programa de Actua-ción Urbanizadora de iniciativa particular o a desarrollar en régi-men de gestión indirecta.

H) Tramitación de Proyectos de reparcelación.I ) Están sujetos a la presente Ordenanza Fiscal los actos de apro-

vechamiento y uso del suelo no sujetos a licencia urbanística enlos términos del artículo 165 de la Ley 2/98 de 4 de junio, de Orde-nación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla- LaMancha, que deban ser objeto del trámite de comunicación previaconforme a lo establecido en los artículos 157 a 159 del mismo cuerpolegal.

J) Tramitación de las Licencias de Instalación, Apertura y Fun-cionamiento de Actividad, cuyo hecho imponible está constituidopor la actividad municipal, tanto técnica como administrativa, ten-dente a determinar si los establecimientos industriales y mercan-tiles, reúnen las condiciones de tranquilidad, seguridad, salubridady cualesquiera otras exigidas por las correspondientes Ordenanzas

y Reglamentos municipales o generales, para su normal funciona-miento.

A tal efecto tendrán la consideración de Instalación, Aperturay Funcionamiento de Actividad:

1. La instalación por primera vez del establecimiento para darcomienzo a sus actividades.

2. La variación o ampliación de la actividad desarrollada en elestablecimiento, aunque continúe el mismo titular.

3. La alteración que se lleve a cabo en el establecimiento, exi-giendo nueva verificación municipal.

Se entenderá por establecimiento industrial o mercantil, todaedificación o instalación habitable, esté o no abierta al público, queno se destine exclusivamente a vivienda y que:

a) Se dedique al ejercicio de alguna actividad empresarial,fabril, artesana, de la construcción, comercial y de servicios.

b) Aun sin desarrollarse aquellas actividades, sirva de auxilioo complemento para las mismas, o tengan relación con ellas en formaque les proporcionen beneficios o aprovechamientos como por ejem-plo, agencias, delegaciones, sucursales de

personas o entidades jurídicas o depósitos y almacenes.III.- SUJETO PASIVOArtículo 3º.1.- Son sujetos pasivos, en concepto de contribuyentes, las

personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiereel artículo 35.4 de la Ley 58/2003 de 17 de Diciembre, General Tri-butaria; que soliciten o resulten beneficiarias o afectadas por la acti-vidad municipal, técnica y administrativa, tendente a verificar silos actos de gestión del planeamiento, construcción, edificación yen general de uso de suelo, se ajustan a las normas urbanísticas.

Se entenderá que la actividad municipal afecta o se refiere alsujeto pasivo cuando haya sido motivada directa o indirectamentepor el mismo en razón de que sus actuaciones u omisiones obli-guen al municipio a realizar de oficio actividades de orden urba-nístico.

2.-A estos efectos, se consideran sujetos pasivos contribuyen-tes los que soliciten el sometimiento a información pública de unaalternativa técnica de Programa de actuación Urbanizadora.

3-En las licencias urbanísticas, tendrán la condición de susti-tutos del contribuyente, los constructores y contratistas de lasobras objeto de la licencia municipal.

IV.- BASES, TIPOS DE GRAVAMEN Y CUOTASArtículo 4º.A) Tramitación de Licencias Urbanísticas1.- Se tomará como base de la presente exacción, en general,

el coste real o efectivo de la actividad municipal, técnica y admi-nistrativa, tendente a verificar si los actos de gestión del planea-miento, construcción, edificación y, en general, de uso del suelo,se ajustan a las normas urbanísticas con las siguientes especiali-dades:

a) En los movimientos de tierra, las obras de desmonte y expla-nación en cualquier clase de suelo y los de abancalamiento ysorriba para la preparación de parcelas de cultivos, la extracciónde áridos y explotación de canteras, acumulación de vertidos y eldepósito de materiales ajenos al paisaje natural que contribuyan aldeterioro o degradación del mismo, se tomará como base losmetros cúbicos de materiales a remover, verter o depositar.

b) En las parcelaciones urbanísticas, cerramiento de fincas,muros y vallados, se tomará como base la superficie expresada enmetros cuadrados.

c) En la primera utilización u ocupación de los edificios e ins-talaciones en general y la modificación del uso de las construccio-nes, edificaciones e instalaciones, los metros cuadrados de super-ficie útil objeto de utilización, siempre que los mismos no estuvieransujetos a la tasa por licencia de apertura.

d) En la corta de árboles, la unidad.2.-El coste real y efectivo de la actividad municipal, técnica y

administrativa realizada se determinará en función de las cantida-des fijadas en esta Ordenanza Fiscal.

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3.- Se denominarán obras mayores, a los efectos de la presenteOrdenanza Fiscal, aquellas que afecten a la estructura o elemen-tos estructurales de un inmueble y comprende los conceptos de obranueva de cualquier clase, reformas y ampliaciones estructurales yobras de derribo estructurales, obras de construcción, ampliacióno adaptación que suponga la modificación de la disposición inte-rior de edificios, y en general todas aquellas que no puedan ser deno-minadas como obras menores. Para la tramitación de licencias deobra mayor será imprescindible la presentación de proyecto téc-nico.

4-Se denominarán obras menores, a los efectos de la presenteOrdenanza Fiscal, aquellas obras que, estando incluidas dentro dela enumeración del artículo 165 de la Ley Urbanística Autonómica,se caracterizan por su sencillez técnica y escasa entidad construc-tiva, consistiendo normalmente en obras en donde el propietarioejerce una facultad del “ ius possidendi” insita en su derecho domi-nical que le otorga el artículo 338 del Código Civil tales como elacondicionamiento o adaptación no estructural de edificios. Parala tramitación de licencias de obra menor no será imprescindible,salvo que sea expresamente requerido por el Ayuntamiento, lapresentación de proyecto técnico, sin perjuicio de los requisitos quese exigen para cada tipo de licencia.

5.- El resto de operaciones o actividades sobre el territorio queno se incluyan dentro de los conceptos de obra mayor o menor enlos términos del artículo 165 LOTAU serán objeto de comunica-ción previa a este Ayuntamiento, generándose igualmente la pre-sente Tasa.

6.-La cuota tributaria consistirá, según los casos, y en la formadispuesta en la presente Ordenanza Fiscal en un porcentaje sobreel presupuesto de ejecución material de la obra o una cantidad fijaseñalada al efecto. La cuota tributaria se determinará con arregloa las siguientes normas:

a) Movimientos de tierra, las obras de desmonte y explanaciónen cualquier clase de suelo y los de abancalamiento y sorriba parala preparación de parcelas de cultivos, la extracción de áridos y explo-tación de canteras, acumulación de vertidos y el depósito de mate-riales ajenos al paisaje natural que contribuyan al deterioro odegradación del mismo, 0,25 Euros metro cúbico de materiales aremover, verter o depositar con un máximo de 260,45 Euros.

b) Por cada Licencia de primera utilización y ocupación de losedificios e instalaciones en general y de modificación del uso delas construcciones, edificaciones e instalaciones de esta naturaleza,que se tramite de acuerdo con lo establecido en la legislaciónurbanística aplicable en este Ayuntamiento, se satisfará una cuotacalculada en función de los metros cuadrados de edificación objetode dicha licencia, con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:

Metros cuadrados de superficie objeto de esta LicenciaCuota eurosHasta 500 metros cuadrados, 223,24 eurosCuando la superficie afectada exceda de los primeros 500

metros cuadrados, se incrementará la cuota anterior, por cada 100m2 o fracción de exceso en 37,22 euros

En todo caso la cuota no podrá exceder de la siguiente canti-dad. 966,48 euros

c) Parcelaciones urbanísticas, 0,25 euros metro cuadrado conun máximo de 260,45 euros.

d) Corta de árboles 37,22 euros por unidad, con un máximo de967,41 euros

e) A las obras de construcción, edificación, instalación y usodel suelo no incluidas en alguno de los apartados anteriores se lesaplicará el siguiente régimen:

-En caso de que los actos sujetos a comunicación previa en lostérminos de la presente Ordenanza se satisfará una cuota de 25,24euros.

-En caso de que la obra, construcción, edificación, instalacióno uso del suelo se clasificase como obra menor en los términos dela presente Ordenanza se satisfará una cuota que supondrá la apli-cación de un porcentaje del 1% sobre el presupuesto de ejecución

material de la obra con mínimo de 37,22 euros y un máximo de744,17 euros.

- En caso de que la obra, construcción, edificación, instalacióno uso del suelo se clasificase como mayor en los términos de la pre-sente Ordenanza se satisfará una cuota que supondrá la aplicaciónde un porcentaje del 1 % sobre el presupuesto de ejecución mate-rial de la obra con un máximo de 1.802,73 euros

B) Tramitación de consultas previas, certificados e informes urba-nísticos.

Por la tramitación de cada una de las consultas previas e infor-mes urbanísticos y por la expedición de certificados urbanísticos,se satisfará una cuota de 94,96 euros.

C) Señalamiento de alineaciones y rasantes.Por cada señalamiento de alineaciones y rasantes, tanto inte-

riores como exteriores, que se tramite, se satisfará una cuota de 94,96euros.

D) Tramitación de expedientes contradictorios de ruina.Por la tramitación de expedientes contradictorios de ruina, se

satisfará una cuota de 474,43 eurosE) Tramitación de expedientes de expropiación forzosa a favor

de particulares.Por cada expediente de expropiación de bienes y derechos a favor

de particulares que se tramite, se satisfará la cuota de 474,43 euros.F) Tramitación de Alternativas Técnicas de Programas de

ActuaciónUrbanizadora.1. Por cada Alternativa Técnica de Programa de Actuación

Urbanizadora que se tramite según lo regulado en las normas urba-nísticas de la Ley Autonómica y del Plan General de OrdenaciónUrbana de Olmeda de la Cuesta, se satisfará la cantidad de 372,09Euros

2. Por cada Alternativa Técnica de Programa de ActuaciónUrbanizadora de Iniciativa Particular, que se tramite por el proce-dimiento simplificado, la cantidad a satisfacer será de 186,03Euros.

G) Tramitación de cada Plica presentada a Alternativa Técnicade Programa de Actuación Urbanizadora.

Por cada Plica comprensiva de la proposición jurídico-econó-mica y de la propuesta de convenio urbanístico, presentada a unaAlternativa Técnica de PAU de Iniciativa Particular o a desarro-llar en régimen de gestión indirecta, se satisfará la cantidad de 108,17Euros.

H) Tramitación de proyectos de reparcelación.Por la tramitación de Proyectos de reparcelación que se trami-

ten según lo regulado en las normas urbanísticas de la Ley Auto-nómica y del Plan General de Ordenación Urbana de Cuenca, sesatisfará la cantidad de 260,45 euros.

I) Tramitación de Licencias de Instalación, Apertura y Funcio-namiento de Actividad.

Por cada Licencia de Instalación, Apertura y Funcionamientode Actividad que se tramite, se satisfará la cuota que se indica acontinuación:

1. ACTIVIDADES INOCUAS.Por cada Licencia de Instalación, Apertura y Funcionamiento

de Actividades Inocuas se satisfará una cuota fija de 140,26 Euros.2. ACTIVIDADES CALIFICADAS.Por cada Licencia de Instalación, Apertura y Funcionamiento

de Actividades Calificadas se satisfará la cuota que resulte en fun-ción de la superficie útil del establecimiento afectado, según lossiguientes tramos:

a) Hasta 100 metros cuadrados: 280,49 Euros.b) Cuando la superficie afectada exceda de 100 metros cuadra-

dos, se incrementará la cuota anterior por cada 100 metro cuadradoo fracción de exceso en 36,06 Euros.

En todo caso la cuota no podrá exceder de 1802,73 Euros.3. CAMBIO DE ACTIVIDAD INOCUA.Cuando en una actividad inocua, se solicite una nueva Licen-

cia para ampliar, disminuir o modificar lo autorizado en otra pre-

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viamente concedida, sin que pierda por ello aquella condición, sesatisfará una cuota fija de 140,26 Euros.

4. CAMBIO DE ACTIVIDAD CALIFICADA.En el mismo supuesto anterior, para una actividad calificada,

la nueva Licencia para ampliar, disminuir o modificar lo autorizado,la cuota se satisfará conforme a lo dispuesto en el apartado segundode este artículo, en función de la superficie afectada.

5. CAMBIO DE TITULAR.El cambio de titular de la licencia, cuando no exista ninguna

modificación en la actividad a desarrollar, satisfará una cuota de36,06 Euros.

6. BAJAS.La tramitación de la baja, será gratuita y obligatorio solicitarla

para quienes dejen de ejercer la actividad en el local autorizado.7. VARIAS ACTIVIDADES EN UN MISMO LOCAL (GRAN-

DES SUPERFICIES).Cuando exista una actividad principal, que dé cobertura a otras

diferenciadas y en la que se incluyan elementos comunes, la cuotase calculará de conformidad con lo previsto en los apartados pri-mero o segundo, según el tipo de actividad. Cada una de las acti-vidades que se desarrollen en ese espacio, deberá solicitar licen-cia individualizada, calculándose la cuota en función de lo previstoen los apartados primero o segundo y en todo caso, con una reduc-ción del 50%.

J) Emisión de copias del planeamiento urbanístico en soportedigital y de planos en papel.

1. Planeamiento General y cartografía en CD1.a) Editable: 300 ¤1.b) No editable: 15 ¤.2. Planeamiento de Desarrollo en CD2.a) Editable: 150 ¤2.b) No editable: 10 ¤.3. Copias en papel de planos en blanco y negro:3.1. Copia formato A4 0,203.2. Copia formato A3 0,53.3. Copia formato A2 13.4. Copia formato A1 23.5. Copia formato A0 3V. EXENCIONES Y BONIFICACIONESArtículo 5ºNo se concederán más exenciones o bonificaciones que las expre-

samente previstas en las leyes o las derivadas de la aplicación delos Tratados Internacionales.

VI. DEVENGOArtículo 6º.1-. La presente tasa se devengará cuando se inicie la actividad

municipal que constituye el hecho imponible. A estos efectos, seentenderá iniciada dicha actividad en la fecha de presentación dela oportuna solicitud por interesado, que no se tramitará en tantono se acredite el pago de la misma.

2-.Cuando las operaciones o actividades sobre el territorio sehayan iniciado o ejecutado sin haber obtenido la oportuna licen-cia u otro acto legitimador, la Tasa se devengará cuando se inicieefectivamente la actividad municipal conducente a determinar sila obra en cuestión es o no autorizable, con independencia de lainiciación del expediente administrativo que pueda instruirse parala autorización de esas obras o su demolición si no fueran autori-zables.

VII. NORMAS DE GESTIONArtículo 71. La tasa se devenga y nace la obligación de contribuir cuando

se inicie la actividad municipal que constituye el hecho imponi-ble. A estos efectos se entenderá iniciada la actividad municipal enla fecha de presentación de la oportuna solicitud si el sujeto pasivo,la solita expresamente. En este caso, la tasa se exigirá en régimende autoliquidación, debiendo presentar el interesado solicitud enimpreso habilitado al efecto, que contendrá los elementos necesa-rios para el cálculo de la cuota correspondiente. La acreditación del

pago de la tasa será elemento imprescindible para la tramitaciónde la petición. Esta autoliquidación tendrá carácter provisional, pudiendola Administración comprobar de oficio que los datos declarados porel contribuyente son correctos y en caso contrario practicar laliquidación complementaria, o bien devolución de ingresos, que resulte.

2. Cuando la actividad particular haya tenido lugar, sin haberobtenido el acto legitimador correspondiente, la tasa se devengarácuando se inicie efectivamente la actividad municipal que consti-tuye el hecho imponible, con independencia de la iniciación del expe-diente administrativo que pueda instruirse para autorizar la actua-ción del sujeto pasivo o decretar su cierre o demolición , si no fueraautorizable. En este caso, la tasa se exigirá en régimen de liquida-ción. Tanto las liquidaciones como las autoliquidaciones iniciales,tendrán carácter provisional, pudiendo la Administración com-probar de oficio que los datos declarados por el contribuyente soncorrectos, así como el importe de lo efectivamente, requiriendo paraello de los interesados las correspondientes certificaciones de obrasy demás elementos o datos que se consideren oportunos.

3. El pago de la tasa no supone la concesión de la licencia yotro acto legitimador de la actuación proyectada.

4. La obligación de contribuir no se verá afectada por la con-cesión o denegación de la licencia o autorización de forma condi-cionada, que no da derecho a la devolución de la tasa abonada. Única-mente se exceptúa la denegación de la licencia de Apertura yfuncionamiento, una vez autorizadas las obras de instalación, encuyo caso procederá la devolución del 50% de la cuota, previa soli-citud por el interesado.

5. En caso de obtención de la tasa por silencio administrativo,de acuerdo con la normativa aplicable, procederá la devolución delimporte del 50% de la cuota resultante, previa solicitud por elinteresado.

6. Paralizado el procedimiento por causa imputable al intere-sado y previa advertencia municipal, se producirá la caducidad delmismo, con archivo de las actuaciones. En este supuesto procederála devolución del 50% de la cuota, previa solicitud por el intere-sado.

La caducidad de las licencias por la finalización del plazo devalidez de las mismas, no da derecho a su titular a obtener devo-lución alguna de la tasa abonada.

7. La renuncia o el desistimiento, realizados por el sujeto pasivoa una licencia ya concedida no da derecho a la devolución.

El desistimiento formulado por el particular sólo da derecho ala devolución del 50% de la tasa, si se formula con anterioridad ala concesión de la licencia u acto legitimador.

Artículo 81. Las personas interesadas en la prestación del servicio urba-

nístico o en la obtención de una licencia presentarán en el Ayun-tamiento la oportuna solicitud en modelo oficial facilitado en el Excmo.Ayuntamiento de Olmeda de la Cuesta con especificación detalladade la naturaleza, extensión y alcance de la obra, instalación o acti-vidad a realizar, lugar y presupuesto, así como la acreditación delpago de la tasa.

En general, la solicitud deberá contener toda la información nece-saria para la exacta aplicación de la exacción y se aportará la docu-mentación que resulte necesaria, según los casos, conforme a lasnormas que se facilitarán en dicho Servicio. En los casos en queresulte preciso, según dichas normas se acompañará los correspon-dientes proyectos técnicos visados por el Colegio Oficial compe-tente.

2. En las solicitudes de licencia para construcciones de nuevaplanta deberá hacerse constar que el solar se halla completamenteexpedito sin edificación que impida las obras. En caso contrario,habrá de solicitarse, previa o simultáneamente licencia para demo-lición.

3. Si después de formulada la solicitud de licencia o de obte-nida ésta se modificase o ampliase el proyecto deberá interesarseen la Administración municipal la oportuna licencia para talesvariaciones, con carácter previo a la ejecución de las mismas,

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aportando el nuevo presupuesto o reformando, en su caso, planosy memorias.

Se exceptúan las modificaciones de carácter mínimo que se pro-duzcan por exigencias del desarrollo de la obra.

4. La ejecución de los actos a que esta Ordenanza se refiere que-darán sujetos a la vigilancia, fiscalización y revisión por parte delAyuntamiento que la ejercerá por parte de sus técnicos y agentes.

5. Las licencias que se concedan no tendrán efectividad y portanto no podrán iniciarse las obras hasta que no se cumplimentenlos requisitos o condiciones que en las mismas se exijan.

6. Las licencias y las cartas de pago o fotocopias de unas y otraspermanecerán en el lugar de las obras mientras duren éstas para poderser exhibidas a requerimiento de los agentes e inspectores muni-cipales.

7. El pago de la Tasa y, en su caso, la concesión de la licenciano prejuzga de ningún modo el reconocimiento por parte del Ayun-tamiento del derecho de propiedad de los terrenos ni de las edifi-caciones.

VIII. INFRACCIONES Y SANCIONES TRIBUTARIASArtículo 9.En todo lo relativo a infracciones tributarias y sus distintas cali-

ficaciones, así como en las sanciones que a las mismas correspon-dan en cada caso, se aplicarán las normas de la Ley General Tri-butaria.

DISPOSICION FINALLa presente Ordenanza que consta de 9 artículos, y una dispo-

sición final y que fue aprobada por el la Asamblea Vecinal del muni-cipio de Olmeda de la Cuesta en sesión celebrada el día 4 de abrilde 2008, entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir del díasiguiente de su publicación del texto íntegro de la misma en el Bole-tín Oficial de la Provincia, continuando vigente en tanto se acuerdesu modificación o derogación expresa.

Olmeda de la Cuesta a dieciséis de septiembre de dos mil ocho.El Alcalde: José Luís Regacho Duque.

(5159)

— ANUNCIO —Se hace público a los efectos del artículo 70.2 de la Ley 7/1985

de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, elacuerdo definitivo de imposición de la ORDENANZA REGULA-DORA DE LA TASA POR LA PRESTACION DE LOS SERVI-CIOS DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DE OLMEDA DE LACUESTA, así como el texto de la misma, que fue aprobado por laAsamblea Vecinal de este Ayuntamiento en sesión de 4 de abril de2008, que ha resultado definitivo al no haberse presentado recla-maciones.

TRANSCRIPCION LITERAL DEL ACUERDO:Visto el expediente tramitado para la IMPOSICION Y ORDE-

NACIÓN DE LATASAY DEL SERVICIO DEL CEMENTERIOMUNICIPAL, así como el dictamen de la Comisión de Hacienday los informes de los Sres. Secretario e Interventor, tras amplia deli-beración sobre el mismo y por unanimidad que representa el votofavorable de la mayoría absoluta legal de los miembros de la Cor-poración, se acuerda:

1º.- Imponer la TASA POR LA PRESTACION DE LOS SER-VICIOS DEL CEMENTERIO MUNICIPAL de Olmeda de laCuesta.

2º.- Aprobar su ordenanza reguladora, cuyo contenido literal esel siguiente:

Anexo 12º.- Que de conformidad con el artículo 17 del RDL 2/2004,

de 5 de marzo , Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales,se exponga este acuerdo al público durante treinta días, para quedentro de este plazo los interesados puedan examinar el expe-diente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.Debiendo publicarse anuncios en el "Boletín Oficial de la Provin-cia" y en el tablón de edictos de la Corporación.

3º.- En el supuesto de que no se presentaran reclamaciones, seentenderá aprobado definitivamente el acuerdo de ordenación,que será ejecutivo sin más trámites, una vez se haya publicado ínte-gramente el acuerdo y texto de la Ordenanza ".

Según lo dispuesto en el artículo 19.1 del RDL 2/2004, de 5de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la leyReguladora de las Haciendas Locales , contra el acuerdo adoptado,los interesados legítimos podrán interponer el correspondienterecurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que esta-blece la Ley de dicha jurisdicción.

TEXTO INTEGRO DE LA ORDENANZA REGULADORA:ANEXO 1ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA Y DEL SER-

VICIO DEL CEMENTERIO MUNICIPAL DE OLMEDA DE LACUESTA.

La presente Ordenanza nace como consecuencia de la necesi-dad de dar una mejor regulación a los servicios del Cementerio Muni-cipal de Olmeda de la Cuesta y al cobro de la tasa relativa a losmismos, considerados como servicios esenciales y sujetos a los prin-cipios de universalidad, accesibilidad, continuidad y respeto de losderechos de los usuarios como beneficiarios directos de dichaOrdenanza.

TITULO PRELIMINAR: FUNDAMENTO Y REGIMEN.Artículo 1º.- En virtud de las facultades concedidas por los artí-

culos 133.2 y 142 de la CE, por el artículo 106 de la Ley 7/1985,de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y de acuerdocon lo previsto en el artículo 20.4 p) del Real Decreto 2/2004, de5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regu-ladora de las Haciendas Locales este Ayuntamiento establece la Tasade Cementerio Municipal, que se regirá por la presente OrdenanzaFiscal, cuyas normas atienden lo previsto a lo dispuesto en elcitado Decreto 2/2004 así como la regulación del servicio delCementerio Municipal de acuerdo con el R D. 72/1999, de 1 de junio,de Sanidad Mortuoria de la Junta de Comunidades de Castilla-LaMancha..

HECHO IMPONIBLE.Artículo 2º.- 1.-Constituye el hecho imponible de este tributo

la prestación de los servicios establecidos en el Cementerio Muni-cipal de Olmeda de la Cuesta, tales como asignación de espaciospara enterramientos; ocupación de los mismos; colocación, movi-miento e inscripción de lápidas, verjas y adornos; apertura desepulturas, conservación de dichos elementos o espacios y cual-quier otro que se autorice conforme a la normativa aplicable, asícomo la conducción de cadáveres y otros servicios fúnebres de carác-ter local.

2.- El servicio es de solicitud obligatoria cuando se pretendaobtener alguno de aquellos a que se refiere el apartado 1 anterior.

SUJETO PASIVOArtículo 3º.- Tendrán la consideración de sujetos pasivos con-

tribuyentes las personas físicas o jurídicas que utilicen alguno delos servicios del cementerio municipal que constituyan hechoimponible, sean solicitantes de la concesión de la autorización ode la prestación del servicio, y en su caso, los titulares de la auto-rización concedida.

Artículo 4º.- 1.-Serán responsables solidarios de las obligacio-nes tributarias del sujeto pasivo establecidas en esta Ordenanza todapersona causante o colaboradora en la realización de una infrac-ción tributaria y en todo caso las personas físicas o jurídicas a quese refieren los artículos 38.1 y 39 de la Ley General Tributaria.

3.- Serán responsables subsidiarios los síndicos, interventoreso liquidadores de quiebras, concursos, sociedades y entidades engeneral, cuando por negligencia o mala fe no realicen las gestio-nes necesarias para el total cumplimiento de las obligaciones tri-butarias devengadas con anterioridad a dichas situaciones y que seanimputables a los respectivos sujetos pasivos, con el alcance que señalael artículo 40 de la Ley General Tributaria.

BASE IMPONIBLE Y LIQUIDABLE

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Artículo 5º.- Las bases imponibles y liquidables vendrán deter-minadas por la clase o naturaleza de los distintos servicios solici-tados.

CUOTA TRIBUTARIAArtículo 6º.- La cuota tributaria se determinará por la aplica-

ción del siguiente cuadro de tarifas y se liquidarán por acto o ser-vicio prestado:

1.- Asignación de espacios sin construir para enterramientos:a. Sepulturas: 200.00 euros.2.- Asignación de espacios construidos para enterramientos:a. Sepulturas de 2 cuerpos 850.00 euros.b. Sepulturas de 3 cuerpos 950.00 euros3.- Cuota anual de mantenimiento:a. Sepulturas 9.00 eurosDEVENGOArtículo 7º.- 1.-Se devenga la Tasa y nace la obligación de con-

tribuir cuando se inicie la prestación de los servicios sujetos a gra-vamen, entendiéndose a estos efectos que dicha iniciación se pro-duce por la solicitud de enterramiento.

2.-Junto con la solicitud deberá ingresarse el importe de latasa. Cuando el servicio se extienda a años sucesivos, su devengotendrá lugar el 1 de enero de cada año y el periodo impositivo com-prenderá el año natural, salvo en los supuestos de inicio y cese delservicio, en cuyo caso se prorrateará la cuota por trimestres natu-rales.

DERECHOS FUNERARIOS Y CADUCIDADArtículo 8º.- Las concesiones de sepulturas se otorgarán por cin-

cuenta años. El derecho que se adquiere mediante el pago de la tarifacorrespondiente no es el de propiedad del terreno, sino el de con-servación de los restos en dichos espacios. Dan derecho al entie-rro sucesivo de diversas personas mientras dure la vigencia del dere-cho. Y son transmisibles hasta su caducidad y sin alteración del plazode concesión, de las siguientes formas:

a) Inter vivos: que requerirá acuerdo de las dos partes y auto-rización del Alcalde.

b) Mortis causa por él siguiente orden :a favor de personadesignada por el testador, el cónyuge superviviente, y finalmentelos herederos forzosos.

Si un cadáver es enterrado cuando el plazo que falte para el finde la concesión es inferior al legalmente establecido para el tras-lado o remoción de cadáveres de acuerdo con el Reglamento de Sani-taria Mortuoria ( Real Decreto 72/1999, de 1 de junio de 1999) oen su caso de la normativa que la sustituya, el citado plazo se pro-rrogará excepcionalmente hasta un periodo máximo de dos añosdesde la fecha del entierro, considerándose una licencia temporal,a menos que se solicite la prórroga de la concesión.

Artículo 9º.-Las licencias temporales de enterramiento en sepul-turas se otorgarán por dos años. El derecho que se adquiere es elde dar entierro a una única persona y no son transmisibles.

Artículo 10º.- 1.- Se entenderá caducado el derecho funerarioya sea por concesión o por licencia temporal cuya renovación nose pidiera dentro de los quince días siguientes a la fecha de su ter-minación, con reversión de la correspondiente sepultura al Ayun-tamiento.

1.- La concesión o licencia temporal se pierde:a) Por renuncia expresa de su titular siempre que no existan res-

tos inhumados en esa sepultura, en cuyo caso deberá ordenar lostrabajos necesarios para dejarla limpia de restos.

b) Por pérdida o modificación sustancial de las condiciones quemotivaron su concesión.

c) Por morosidad de más de 5 años en el pago de la tasa de man-tenimiento.

d) Por abandono de la sepultura. Se considera como tal eltranscurso de un año desde la muerte del titular sin que los here-deros o personas subrogadas por herencia u otro título hayan ins-tado la transmisión a su favor.

e) Por el estado ruinoso de la edificación, y el incumplimientodel plazo que se señale al titular para su reparación y acondicio-namiento.

2.- En tales casos se Decretará la pérdida del derecho funera-rio con reversión de la sepultura al Ayuntamiento.

NORMAS DE GESTION.Artículo 11º.- 1.-Los sujetos pasivos solicitarán la prestación

de los servicios de que se trate de acuerdo al artículo 2 º de la pre-sente Ordenanza, que les serán autorizados por la autoridad muni-cipal. Cada servicio será objeto de liquidación individual y autó-noma, que se practicará en el momento de su solicitud.

2.- La construcción de fosas en el Cementerio Municipal estarásujeta a la correspondiente licencia urbanística, y tributará, ademásde lo establecido en el artículo 6 de esta Ordenanza por los tribu-tos que afecten en cada momento a las licencias urbanísticas de estemunicipio. Se establece la prohibición de hacer cualquier trabajode nueva construcción o reformas sin comunicar al Ayuntamientoy sin recibir la correspondiente autorización municipal.

Artículo 12º.- Para aquellas cuotas y recibos que no puedan sercobrados, se aplicará lo establecido en el Reglamento General deRecaudación.

No se tramitará ninguna nueva solicitud mientras se hallenpendientes de pago los derechos de otras anteriores

Artículo 13º.- Queda totalmente prohibido percibir derechoalguno por particulares por los servicios autorizados en la presenteordenanza.

Artículo 14º.- El cementerio municipal consta de 112 fosas dis-tribuidas en 3 recintos, con orientación Norte-Sur, siendo el queestá ubicado en el norte, más cercano al municipio el de másreciente construcción, de forma que este será denominado RecintoA, el intermedio Recinto B, y el ubicado en el Sur, junto con la Ermitaexistente, Recinto C:

Recinto A: Muro Este: 24 fosasRecinto B: Muro Este:

Calle 1: 12 fosasCalle 2: 8 fosasMuro Norte:Calle 1: 20 fosasCalle 2: 8 fosasCalle 3: 2 fosasMuro OesteCalle 1: 10 fosasCentroCalle 1: 4 fosasCalle 2: 1 fosa

Recinto CMuro Sur:Calle 1: 11 fosasCalle 2: 3 fosasMuro Este:Calle 1: 1 FosaMuro Norte:Calle 1: 6 fosasMuro Oeste:Calle 1: 5 fosas

Deposito de cadáveres y osario.Artículo 15º.- El hueco disponible en las sepulturas tendrá las

siguientes dimensiones que no podrán ser alteradas:a) sepulturas...... 0.85 cm x 2.15 metrosArtículo 16º.- La colocación de lápidas se realizará respetando

en todo momento las medidas de los pasillos y el espacio entre sepul-turas determinado por el Ayuntamiento.

Artículo 17º.- La asignación de espacios para enterramientosse realizará respetando el orden establecido por el Ayuntamientoy en el lugar designado por el mismo. En este sentido las fosas seasignarán de forma correlativa por orden de petición, asignándoseen primer lugar las sepulturas vacantes de las zonas de enterramiento

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más antiguas. Las sepulturas que por cualquier causa quedaran vacan-tes revertirán al Ayuntamiento.

A tal efecto se llevará en el Ayuntamiento un Registro de Ser-vicios del Cementerio Municipal ( con expresión de nº de regis-tro, fecha y hora del servicio, nombre del difunto o titular de losrestos, tipo de servicio- inhumación, exhumación, reinhumación,funeraria que lo presta, destino de los restos – calle, nº, otro cemen-terio- concesión de la sepultura y fecha de caducidad de la conce-sión) y otro de Concesiones ( con expresión de su situación, titu-lar, datos de la concesión e inhumaciones). Para la prestación delos Servicios del Cementerio municipal de Olmeda de la Cuestaserá necesario la realización de una Declaración de acuerdo alimpreso oficial del Ayuntamiento.

Artículo 18º.- Las concesiones se acreditarán mediante elcorrespondiente título, que será expedido por el Ayuntamientodonde se hará constar:

a) Los datos de identificación de la sepultura: calle y número.b) Fecha de la concesiónc) Nombre, apellidos, domicilio y D.N.I. del titular de la con-

cesión.d) Inhumaciones practicadas.e) Anualidades satisfechas en concepto de derechos funerarios.f) Tiempo de la concesión.En caso de deterioro, sustracción o pérdida de un título fune-

rario se expedirá duplicado con la solicitud previa del interesado.Los errores que se adviertan en los títulos funerarios se corregirána instancia de su titular, previa justificación y comprobación.

PROHIBICIONES Y OBLIGACIONESArtículo 19º.- Cada propietario tendrá la obligación de :a) Mantener los límites de su sepultura libres de materiales y

desperdicios.b) Mantener su sepultura con el decoro y dignidad necesarios.c) Cuando se ejecute una obra se limpiará, dejando todo en per-

fecto estado.d) Informar de las defunciones en las 10 horas primeras al

óbito. A cuyo efecto se comunicará al Ayuntamiento el lugar exactode enterramiento mediante la cumplimentación de impreso alefecto. Igualmente se deberá informar del horario del enterra-miento.

e) El personal necesario para las tareas de enterramiento seránpor cuenta de los familiares.

El incumplimiento de las obligaciones a), b) y c) podrá dar lugaral inicio de expediente sancionador por parte del Ayuntamiento, altiempo que mediante orden de ejecución se inste al interesado a lapráctica, en plazo, de los trabajos necesarios para llevar a cabo lasreparaciones o trabajos de conservación y limpieza necesariospara restablecer el orden infringido. Que de no atender lo ejecuta-ría el Ayuntamiento de forma subsidiaria repercutiendo su importeen el obligado.

DERECHOSArtículo 20º.-.- Se consideran usuarios del servicio tanto el difunto

como sus familiares directos y personas con derechos sucesorios.En la prestación de los servicios del cementerio deberán res-

petarse en todo momento los siguientes derechos:a) Recibir el servicio en condiciones de respeto a la intimidad,

la dignidad, las convicciones religiosas o culturales y al dolor delas personas afectadas.

b) Tener acceso al servicio en condiciones de igualdad, demanera que la falta de recursos económicos no pueda constituir impe-dimento.

c) Estar informados en todo momento del servicio prestado acuyo efecto deberán indicar en todo momento los posibles cam-bios de domicilio y derecho a formular reclamaciones.

d) Recibir un recibo o carta de pago del servicio prestado y eltítulo de su concesión.

e) Tener la garantía de las condiciones sanitarias de los servi-cios y de la continuidad de la prestación.

EXENCIONES, REDUCCIONES Y DEMAS BENEFICIOSLEGALMENTE APLICABLES

Artículo 21º. Estarán exentos los servicios que se presten conocasión de:

a) Los enterramientos a los asilados procedentes de la benefi-cencia, siempre que la conducción se verifique por cuenta de losestablecimientos mencionados y sin ninguna pompa fúnebre quesea costeada por la familia de los fallecidos.

b) Los enterramientos de cadáveres pobres de solemnidad.c) Las inhumaciones que ordene la Autoridad Judicial.Salvo lo dispuesto anteriormente y de conformidad con el artí-

culo 9 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, no se reconoce bene-ficio tributario alguno, salvo los que sean consecuencia de lo esta-blecido en los Tratados o Acuerdos Internacionales o venganprevistos en normas con rango de Ley.

Las sepulturas ocupadas en régimen de servicio gratuito loserán en régimen de licencia temporal por diez años. Transcurri-dos éstos pasarán a régimen ordinario. Si ningún familiar se hicieracargo de los restos de mantenimiento inherentes a la sepultura, sepodrá trasladar los restos al osario o quedará vacante.

INFRACIONES Y SANCIONESArtículo 22º.- En todo lo relativo a la calificación de infraccio-

nes tributarias y sanciones, además de lo previsto en la presenteOrdenanza, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria ydemás normativa aplicable.

DISPOSICIONES TRANSITORIASPRIMERA.- Las sepulturas existentes y que no respeten la

medición entre fosas y pasillos establecida en esta Ordenanza,serán respetadas en tanto se solicite llevar a cabo arreglos o traba-jos de cualquier tipo en las mismas en cuyo caso el Ayuntamientollevará a cabo la revisión de sus límites.

SEGUNDA.- Las concesiones de sepulturas concedidas con ante-rioridad a esta Ordenanza y existentes en la actualidad se entien-den otorgadas por el tiempo máximo de cincuenta años de acuerdocon la ordenación anterior; contado éste a partir de la fecha de suconcesión o de la fecha más anterior de su constancia ( solicitudde concesión o el pago del importe ) si ésta no consta documen-talmente pero así consta de ciencia cierta en este Ayuntamiento. Trans-currido este plazo, será de aplicación el régimen previsto en estaOrdenanza al finalizar las concesiones de sepulturas.

TERCERA.- Los herederos y las personas subrogadas porherencia u otro título que no haya instado la transmisión a su favordel derecho funerario correspondiente en el momento de la entradaen vigor de esta Ordenanza dispondrá de un año para efectuarlo,transcurrido el cual se decretará la pérdida del derecho funerario,con reversión de la sepultura correspondiente al Ayuntamiento.

DISPOSICION FINALLa presente Ordenanza que consta de veintidós artículos , tres

disposiciones transitorias y una final y que fue aprobada por el laAsamblea Vecinal del municipio de Olmeda de la Cuesta en sesióncelebrada el día 4 de abril de 2008, entrará en vigor y comenzaráa aplicarse a partir del día siguiente de su publicación del texto ínte-gro de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, continuandovigente en tanto se acuerde su modificación o derogación expresa.

Olmeda de la Cuesta, a 16 de septiembre de 2008.—El Alcalde:José Luís Regacho Duque.

(5160 )

Ayuntamiento de Olivares de Júcar— ANUNCIO —

Por Resolución de esta Alcaldía se hace pública la relación deextranjeros que no tienen residencia permanente y que no hansolicitado su renovación de inscripción en el padrón municipal dehabitantes a fecha 10 de Noviembre de2008.

Intentada sin efecto la notificación, por encontrarse ausente deldomicilio donde se halla inscrito, causará baja en el Padrón Muni-

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cipal de Habitantes en la fecha en que aparezca este anuncio publi-cado en el Boletín Oficial de la Provincia.

Nº Pasaporte Datos habitante Domicilio municipal o N.I. Extranjero

LAMHAMDI, ABDELMAJID c/ Isabel La Católica N.I.E.: X1625100NCHIOREAN, VASILE c/ José Lacasa PTE.: 09246275CHIOREAN, CLAUDIA c/ José Lacasa PTE.: 11889111CHIOREAN, ANA MARÍA c/ José Lacasa PTE.: 11973637COZMINA, ANDREEA c/ José Lacasa PTE.: 11973636

En Olivares de Júcar, a 10 de Noviembre de 2008.—La Alcal-desa, María Medina Díaz.

(5171)

Ayuntamiento de Cervera del Llano— ANUNCIO —

El Pleno extraordinario celebrado el día 20 de septiembreacordó la aprobación inicial del Reglamento Regulador del Con-sejo Local de Sostenibilidad de la Agenda 21.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 dela Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de RégimenLocal, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 788171986,de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de las dis-posiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, sesomete el expediente mencionado a información pública, por plazoun mes, a contar desde el día siguiente a su publicación para quelos interesados puedan examinarlo y formular las alegaciones y recla-maciones que estimen oportunas.

Si en dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, elReglamento Regulador del Consejo de Acción Local, se conside-rará aprobado definitivamente.

Cervera del Llano, a 29 de octubre del 2008.—El Alcalde,Miguel A. Ortega Valencia.

(5115)

Ayuntamiento de Minglanilla— ANUNCIO —

Por parte de D. Raúl Barberán Ramos, con D,N.I. 04593668,en representación de MUEBLES RAÚL BARBERÁN S.L., se hasolicitado licencia para una instalación solar fotovoltáica de 100Kw nominales conectada a la red en la cubierta de la nave situadaen el Polígono “Fuente de los Arrieros”, parcela 13.

Lo que se hace público para general conocimiento y al objetode que quienes se consideren afectados de algún modo por la acti-vidad que se pretende establecer, puedan hacer las observacionespertinentes dentro del plazo de diez días, de conformidad con lodispuesto en el artículo 30 del Reglamento de 30 de noviembre de1961, mediante escrito a presentar en la Secretaría del Ayuntamiento.

Minglanilla, a 6 de noviembre de 2008.—El Alcalde.(5174)

Ayuntamiento de Las Pedroñeras— ANUNCIO —

D.ª Montserrat Arellano Villaseñor solicita autorización para con-cesión de licencia de apertura de actividad de peluquería, conemplazamiento en calle Fermín Mota, 13, de esta localidad.

Lo que se hace público para general conocimiento, al objeto deque cuantas personas interesadas lo deseen, puedan formular en elplazo de veinte días las reclamaciones que estimen oportunas.

Las Pedroñeras, a 15 de septiembre de 2008.—La Alcaldesa.(4368)

Ayuntamiento de Beamud— ANUNCIO —

Aprobada provisionalmente en sesión del Pleno de 4 de Abrilde 2008, la modificación de la Ordenanza de este Ayuntamientoque se detalla, y habiendo transcurrido el plazo de exposiciónpública de treinta días sin que se hayan presentado reclamaciones,se considera definitivamente aprobada según el artículo 17 de laLey 39/88 de Haciendas Locales, cuyo texto íntegro de modifica-ción es el siguiente:

SERVICIO DE RECOGIDA DE BASURAS (contenido de lamodificación):

Art. 7) a.-Todo tipo de viviendas y establecimientos 28 euros/año.Esta modificación de la Ordenanza entrará en vigor el día de

publicación de este acuerdo definitivo en el Boletín Oficial de laProvincia.

Beamud, 14 de Noviembre de 2008.—El Alcalde, César Igua-lada Muñoz.

(5273)

Ayuntamiento de Santa María de los Llanos— ANUNCIO —

En la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos del artí-culo 17 de la Ley 39/88, de 28 de Diciembre, reguladora de las Hacien-das Locales, se halla expuesto al público el acuerdo provisional demodificación para el ejercicio 2009 de la regulación de MODIFI-CACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES siguientes, que fueadoptado por la Corporación en Pleno en sesión ordinaria, celebradael 16 de Octubre de 2008:

- Ordenanza fiscal número 1, Reguladora del Impuesto sobreBienes Inmuebles.

- Ordenanza fiscal número 5, reguladora de la tasa por el ser-vicio de recogida de basuras.

- Ordenanza fiscal número 7, reguladora de la tasa por sumi-nistro de agua.

- Ordenanza fiscal número 8, reguladora de la tasa por utiliza-ción privativa o aprovechamiento especial del dominio público porcolocación de puestos o barracas.

- Ordenanza fiscal número 12, reguladora de la tasa de piscina.- Ordenanza fiscal número 15 del precio público por la presta-

cion del servicio de ayuda a domicilio en el municipio de Santa Maríade los Llanos.

Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18de la Ley citada podrán examinar el expediente y presentar las recla-maciones que estimen oportunas contra la aprobación de dicha modi-ficación de las Ordenanzas, con sujeción a las normas que se indi-can a continuación:

a) Plazo de exposición pública y de presentación de reclama-ciones: Treinta días a partir del siguiente a la fecha de publicaciónde este anuncio en el Boletín Oficial de la provincia.

b) Oficina de presentación: Ayuntamiento.c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento.En Santa María de los Llanos, a 25 de Octubre de 2008.—El

Alcalde, Anselmo Salido Vera.(5280)

Ayuntamiento de Villar y Velasco— ANUNCIO —

ASUNTO: Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz Sus-tituto en el municipio de Villar y Velasco.

Producida la vacante, correspondiendo al Pleno de este Ayun-tamiento elegir las personas para ser nombradas JUEZ DE PAZ SUS-

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TITUTO, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Se abre un plazo de quince días hábiles para que las personasque estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo solici-ten por escrito dirigido a esta Alcaldía.

En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado elexpediente y recabar la información que se precise en cuanto a requi-sitos, duración del cargo, remuneración, etc.

En caso de no haber solicitante, el Pleno de la Corporación ele-girá libremente, comunicando el acuerdo al Juzgado de 1ª Instan-cia e Instrucción.

Lo que se publica para general conocimiento. En Villar y Velasco, a 14 de noviembre de 2008.—La Alcal-

desa, María Cruz Atienza Hernando.(5267)

Ayuntamiento de Talayuelas— ANUNCIO —

En esta Secretaría se está tramitando el expediente sobre Licen-cia de Actividad de Tanatorio, sito en Paseo Hermanos Valdésnúmero 23 de Talayuelas (Cuenca) cuyo titular es el Ayuntamientode Talayuelas.

Lo que se hace público, al objeto de que las personas interesa-das, puedan formular en el plazo de diez días, desde el siguientea la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, las reclama-ciones que estimen oportunas.

Talayuelas, a 17 de noviembre de 2008.—El Alcalde, JoaquínCatalá Grau.

(5258)

E.A.T.I.M. de Valeria— ANUNCIO —

Aprobado por resolución de la Alcaldia Vecinal de fecha 19de noviembre de 2008, los pliego de condiciones económico-administrativas, que junto con las técnico-facultativas particulareshan de regir la contratación de los aprovechamientos de pastos parael ejercicio 2009, en los M.U. P. números 276 y 277 se exponenal público durante el plazo de ocho días hábiles, a contar desde elsiguiente al de la inserción del presente en el Boletín Oficial de laProvincia, a efectos de las reclamaciones pertinentes que podránpresentarse en la EATIM. Simultáneamente se publica anuncio delicitación de los aprovechamientos forestales que se detallan:

1-OBJETO: Adjudicación mediante procedimiento abierto a laoferta económicamente mas ventajosa, un único criterio de adju-dicación al mejor precio del aprovechamiento de pastos en los siguien-tes MUP:

M.U.P. número 276, "LAS LASTRAS".Superficie aprovechada: 521 Has.Valor total: 521,00 euros.Numero de cabezas: Lanar 521.Superficie acotada: 0 Has., del 1 de enero de 2009 a 31 de diciem-

bre de 2009.El plazo de los aprovechamientos: 1 de enero de 2009 a 31 de

diciembre de 2009.Presupuesto base de licitación:521 ?M.U.P. 277 “ LADERAS DEL RIO GRITOS”Superficie aprovechada: 150 Has.Valor total: 150,00 euros.Numero de cabezas: Lanar 150.

Superficie acotada: 0 Has., del 1 de enero de 2008 a 31 de diciem-bre de 2008.

El plazo de los aprovechamientos: 1 de enero de 2008 a 31 dediciembre de 2008.

Presupuesto base de licitación:150 ?Los interesados podrán licitar independientemente a cualquiera

de las subasta.2-ENTIDAD ADJUDICATARIA: EATIM DE VALERIA3-TRAMITACION:a Tramitación ordinariab Procedimiento abierto4-FIANZAS: Provisional del 2% tipo de tasación y definitiva

del 4% del precio de remate.5-OBTENCION DE DOCUMENTACION: EATIM DE VALE-

RIA C7 Castrum Altum ,2 16121 Valeria y Servicio de AsistenciaTécnica a municipios de la Diputación de Cuenca C/ Colon 6 16004Cuenca TLF 969 241756.

6-REQUISITOS PARA CONCURRIR: Podrán concurrir cuan-tas personas se hallen interesadas y no incursas en alguna de lascausas de incapacidad e incompatibilidad de las señaladas en la legis-lación aplicable en materia de contratación.

7-PRESENTACION DE OFERTAS-Fecha limite- 11:30 horas del día 16 de diciembre de 2008Lugar- EATIM DE VALERIA calle Castrum Altum 2 16121

Valeria o hasta el día 11-11-2008 en el Servicio de asistencias a Muni-cipios de la Diputación de Cuenca sito en Calle Colon, 6 16004 Cuenca.

8-CRITERIOS DE VALORACION DE OFERTAS:Para la valoración de las proposiciones y determinación de la

oferta mas ventajosa se atenderá exclusivamente al mejor preciode las proposiciones presentadas.

9-COCUMENTACION A PRESENTAR-Sobre 1- Proposición económica-Contendrá únicamente la

oferta económica según modelo anexo.Sobre 2-Documentación- a) fotocopia del DNI o NIF, según con-

venga, b)- Declaración jurada de no hallarse la persona natural ojurídica en alguna causa de incapacidad o incompatibilidad y deencontrase al corriente de las obligaciones y pagos con las Hacien-das Publicas y la Seguridad Social. c)- Resguardo acreditativo dehaber ingresado en arcas de esta Entidad el importe de la finazaprovisional. d)-fotocopia de la cartilla ganadera. e) poder notarialen caso de actuar nombre y representación

10-APERTURA DE OFERTAS :La apertura de plicas tendrálugar en el Salón de Actos del Ayuntamiento, a las 12,00 horas deldía 16 de diciembre de 2008.

11-GASTOS: Serán de cuenta del adjudicatario, los gastos deeste anuncio. Así mismo serán de cuenta del adjudicatario el pagode las tasas por la obtención de la correspondiente licencia ante laConsejería de M. Ambiente.

Modelo de proposición: D./Dña… con residencia en …,calle… núm…_,con D.N.I. num…,actuando en nombre propio oen representación de…_enterado del anuncio publicado en el Bole-tín Oficial de la Provincia (o del Estado en su Caso) número… defecha … y de las condiciones que se exigen para tomar parte en lasubasta del aprovechamiento de pastos en el M.U.P…. /año 2009convocada por esa EATIM, se compromete, a realizar dicho apro-vechamiento con estricta sujeción a los requisitos y condicionesobrantes en el expediente que conoce por la cantidad de … EUROS,(en número, y letra).

(Lugar, fecha y firma del proponente).Valeria, 20 de Noviembre de 2008.

(5364)

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Viernes 21 de noviembre de 2008 Número 134 - Fascículo 2

S U M A R I O ( F a s c í c u l o 2 )

AVISO A LOS SUSCRIPTORES Y ANUNCIANTESTARIFAS PARA EL AÑO 2008

VENTA DE EJEMPLARES: SUSCRIPCIONES:

Del mes corriente: 1,00 € Anual.................... 50,00 €De meses anteriores: 1,50 € Semestral ............ 25,00 €

ANUNCIOS

De carácter odinario: 0,25 € por palabra, cifra o abreviatura hasta 2.000 unidades,pasando de esta cantidad se tarifará a 0,18 €.De carácter urgente: Devengará el doble de los derechos señalados en el apartado anterior.B

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ADMINISTRACIÓN DEL ESTADOSubdelegación del Gobierno en Cuenca.—Notificación expedientes sancionadores Jefatura de Tráfico.Tesorería General de la Seguridad Social.—Dirección Provincial de Cuenca.—Notificación a deudores.Dirección General de Ferrocarriles.—Información pública sobre expedientes de expropiación forzosa.

ADMINISTRACIÓN LOCALAyuntamiento de Mota del Cuervo.—Bases de convocatoria para provisión de una plaza Oficial de Policía Local.Ayuntamiento de Villar de Olalla.—Aprobación de ordenanza y reglamento.Ayuntamiento de Uña.—Licitación contrato de obras.Ayuntamiento de Zarza de Tajo.—Exposición del presupuesto general 2008.Ayuntamiento de Pinarejo.—Modificación de ordenanza.Ayuntamiento de Atalaya del Cañavate.—Exposición expediente de modificación de créditos.Ayuntamiento de Torrubia del Campo.—Modificación de ordenanza.

A V I S O M U Y I M P O R T A N T E

Se ruega encarecidamente, y con el fin de evitar acumulación deanuncios en los últimos días del año, remitan las ordenanzas quehan de publicarse antes del 31 de diciembre lo antes posible.Muchas gracias por su colaboración.

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ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO

Subdelegación del Gobierno en Cuenca— EDICTO —

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MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES———

Tesorería General de la Seguridad Social———

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CUENCA

— EDICTO DE NOTIFICACIÓN —El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracciones Publicas y del Procedimiento AdministrativoComún (B.O.E. 27/11/92)y en el Artículo 105.1 del Real Decreto 1637/1995, de 6 de octubre (B.O.E. 24/10/95), por el que se apruebael Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los sujetos responsables del pago de deu-das comprendidos en la relación de documentos que se acompañan, epigrafiados de acuerdo con el Régimen de la Seguridad Social enel que se encuentran inscritos, ante la imposiblidad por ausencia, ignorando paradero o rehusado, de comunicarles las reclamaciones pordescubiertos de cuotas a la Seguridad Social, emitidos contra ellos, se les hace saber que, en aplicación de lo previsto en el artículo 30.2de la Ley General de la Seguridad Social, de 20 de junio (B.O.E. 29/06/94), según la redacción dada al mismo por el artículo 34.4 de laLey 66/1997, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, de 30 de diciembre (B.O.E. 31/12/97), en los plazos indicados acontinuación, desde la presente notificación, podrán acreditar ante la Administración correspondiente de la Seguridad Social, que haningresado las cuotas reclamadas mediante los documentos tipo 2 y 3 (Reclamaciones de deuda sin y con presentación de documentos),7 (Reclamación de deudas por recargo de mora), 9 (Documento acumulado de deuda) y 10 (Derivación de responsabilidad):

a) Notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde aquella hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.b) Notificación entre los días 16 último de cada mes, desde aquella hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posteriorRespecto de las cuotas y otros recursos reclamados mediante documentos tipo 1 (Actas de liquidación), 4 (Reclamaciones de deuda

por infracción), 6 (Reclamaciones de otros recursos) y 8 (Reclamaciones por prestaciones indebidas), en aplicación de lo establecido enel artículo 31 de la Ley General de la Seguridad Social y 67 del Reglamento General de Recaudación, los sujetos responsables podránacreditar que han ingresado la deuda reclamada hasta el ultimo día hábil del mes siguiente a la presente notificación.

Se previene de que, caso de no obrar así, conforme a lo dispuesto en los artículos citados anteriormente, se incidirá automáticamenteen la situación en la situación de APREMIO, con la aplicación de los recargos establecidos en el artículo 27 de la mencionada Ley y enel artículo 70 de dicho Reglamento General.

Contra el presente acto, y dentro del plazo de UN MES a contar desde el día siguiente a su publicación, podrá interponerse recursode alzada conforme se establece en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del Reglamento generalde Recaudación. Transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo conlo previsto en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación. Trans-curridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo183.a del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, que no suspenderá el procedimientorecaudatorio, salvo que se garantice el importe de la deuda reclamada conforme a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley General de

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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la Seguridad Social de 20/06/94, según la redacción dada al mismo por el artículo 29 de la Ley 42/1994 y en el artículo 105.3 del citadoReglamento General.

JEFE DE SECCION.-Fdo.: Antonio Armero Patiño

DIRECCION PROVINCIAL : 16 CUENCADIRECCION: PQ SANJULIAN 7 16001 CUENCA TELEFONO: 969 0178400 FAX: 969 0178441 JEFE DE SECCION ANTONIO ARMERO PATIÑO

RELACION PARA SOLICITAR LA PUBLICACION EN B.O.P. / B.O.C.A. VIA VOLUNTARIAREG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.RECLAMACION PERIODO IMPORTE

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL

0111 10 16101421535 RAMIREZ MENDOZA DONATO CL SAN ROQUE 28 16350 CARBONERAS D 02 16 2008 013663446 0608 0608 4.834,50 0111 10 16101633420 FRAILE DELGADO JOSE CL FRANCISCO RUIZ JA 16003 CUENCA 02 16 2008 013666981 0608 0608 991,80 0111 10 16102182377 ARGUDO REQUENA INMACULAD CL COLON 26 16002 CUENCA 02 16 2008 013678200 0608 0608 851,41 0111 10 16102216329 HONTANGAS PARRA ESTRELLA CL PIO BAROJA 1 16004 CUENCA 02 16 2008 013678907 0608 0608 855,95 0111 10 16102288370 ANDREICA --- IOAN PP SAN ANTONIO 24 16004 CUENCA 02 16 2008 013681028 0608 0608 236,69 0111 10 16102340005 CONSTRUCCIONES_DOBLE DRA CL DIEGO JIMENEZ 16 16004 CUENCA 02 16 2008 013681937 0608 0608 7.619,72 0111 10 16102427406 PUERTAS MONTALBO, S.L. CM CONGOSTO 16440 MONTALBO 02 16 2008 013353854 0208 0208 8.533,92 0111 10 16102427406 PUERTAS MONTALBO, S.L. CM CONGOSTO 16440 MONTALBO 02 16 2008 013353955 0308 0308 7.610,29 0111 10 16102427406 PUERTAS MONTALBO, S.L. CM CONGOSTO 16440 MONTALBO 02 16 2008 013354056 0408 0408 7.588,33 0111 10 16102427406 PUERTAS MONTALBO, S.L. CM CONGOSTO 16440 MONTALBO 02 16 2008 013354157 0508 0508 8.203,43 0111 10 16102427406 PUERTAS MONTALBO, S.L. CM CONGOSTO 16440 MONTALBO 02 16 2008 013354258 0608 0608 13.067,53 0111 10 16102427406 PUERTAS MONTALBO, S.L. CM CONGOSTO 16440 MONTALBO 02 16 2008 013354359 0708 0708 12.587,81 0111 10 16102639186 LOPEZ AGUIRRE JOSE MARIA CL NIEVE 35 16220 QUINTANAR DE 02 16 2008 013688506 0608 0608 2.028,90 0111 10 16102738412 MICLAUS POPA PETRU COSMI CL VALDEPEñAS 26 16415 VILLAMAYOR D 02 16 2008 013692748 0608 0608 396,72 0111 10 16102740331 ROMCONSTRUC XXL, S.L. CL CEDAZO 41 16400 TARANCON 02 16 2008 013692849 0608 0608 396,72 0111 10 16102779939 LAS NOCHES DE CUENCA, S. CL NUM 13, CENTRO CO 16003 CUENCA 02 16 2008 013694869 0608 0608 855,95

REGIMEN 23 RECURSOS DIVERSOS

2300 07 161004758872 SORIANO HERNAIZ CARMEN RE RESIDENCIA "JARDI 16707 CASAS DE BEN 08 16 2008 013513906 0707 1207 1.874,56

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LA PROVIDENCIA DE APREMIO A DEUDORES NO LOCALIZADOS

El Jefe de la Unidad competente de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran enla relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social, cuya cuantía total asciende a la cantidad que asimismo se indica en la citada rela-ción, ha dictado la siguiente:

PROVIDENCIA DE APREMIO: En uso de la faculta que me confiere el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, TextoRefundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (BOE 29-6-94) y el artículo 84 del Reglamento General deRecaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (BOE 25-06-04), ordeno la ejecución con-tra el patrimonio del deudor.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor, procede practicar la noti-ficación de la providencia de apremio, conforme prevé el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, mediante la publicación del presente anuncio en el tablón deedictos del Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor y en el Boletín Oficial correspondiente.

La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de QUINCE DÍASante la correspondiente Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de losbienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo, intereses en su caso, y costas del procedimientode apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 84 del citado Reglamento General de Recaudación.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Administración correspon-diente dentro del plazo de 1 mes a partir del día siguiente a su notificación, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.3 de laLey General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas.

Dichas causas son: pago; prescripción; error material o aritmético en la determinación de la deuda; condonación o aplazamiento dedeuda; suspensión del procedimiento; falta de notificación de la reclamación de la deuda, cuando proceda, del acta de liquidación o delas resoluciones que las mismas o las autoliquidaciones de cuotas originen.

Transcurrido 3 meses desde la interposición del recurso de alzada sin que se haya resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdocon lo previsto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y deProcedimiento Administrativo Común (B.O.E. 27/11/92)

JEFE DE SECCION.- Fdo.: Antonio Armero Patiño

DIRECCION PROVINCIAL : 16 CUENCADIRECCION: PQ SANJULIAN 7 16001 CUENCA TELEFONO: 969 0178400 FAX: 969 0178441 JEFE DE SECCION ANTONIO ARMERO PATIÑO

RELACION PARA SOLICITAR LA PUBLICACION EN B.O.P. / B.O.C.A. VIA EJECUTIVAREG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL

0111 10 16003320676 SERVICIOS LIMPIEZA SERRA CL JOSE MARIA ALFARO 16400 TARANCON 02 16 2008 013006371 0108 0108 92,81 0111 10 16003320676 SERVICIOS LIMPIEZA SERRA CL JOSE MARIA ALFARO 16400 TARANCON 02 16 2008 013006472 0208 0208 18,55 0111 10 16003684125 MARTINEZ GARRIDO FELIX CL DR. VICENTE VEGA 16200 MOTILLA DEL 03 16 2008 012036775 0107 1207 52,57 0111 10 16100714041 GONZALEZ MIRANZO FRANCIS CL PRINCESA ZAIDA 9 16002 CUENCA 03 16 2008 012565326 0607 1207 150,08 0111 10 16100714041 GONZALEZ MIRANZO FRANCIS CL PRINCESA ZAIDA 9 16002 CUENCA 03 16 2008 012565427 0308 0308 554,96 0111 10 16100760117 HERRALUM, S.L. CT MADRID-VALENCIA, 16400 TARANCON 03 16 2008 012565831 0607 1207 812,81 0111 10 16100760117 HERRALUM, S.L. CT MADRID-VALENCIA, 16400 TARANCON 03 16 2008 012565932 0108 0308 688,93

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0111 10 16100760117 HERRALUM, S.L. CT MADRID-VALENCIA, 16400 TARANCON 03 16 2008 012566033 0308 0308 2.960,98 0111 10 16101363234 MARTINEZ OLMEDA PEDRO AN CL PROVINCIAS 4 16709 VARA DE REY 03 16 2008 012572501 0308 0308 742,12 0111 10 16101387078 INFANTIL MILLAN, S.L.L. CL CARRETERIA 9 16002 CUENCA 03 16 2008 012572804 0308 0308 929,59 0111 10 16101421535 RAMIREZ MENDOZA DONATO CL SAN ROQUE 28 16350 CARBONERAS D 02 16 2008 012573107 0308 0308 5.620,12 0111 10 16101421535 RAMIREZ MENDOZA DONATO CL SAN ROQUE 28 16350 CARBONERAS D 02 16 2008 012651313 0408 0408 5.438,81 0111 10 16101933817 TOP OIL S.A. CT NACIONAL 301 KM. 16612 CASAS DE LOS 03 16 2008 012580985 0308 0308 1.214,62 0111 10 16101961907 INMOBILIARIA SANCHEZ VER CL SANCHEZ VERA 4 16002 CUENCA 03 16 2008 012581793 0308 0308 1.154,63 0111 10 16102008484 BAR RESTAURANTE VALDE-RI UR VALDERIOS CALLE- 16460 BARAJAS DE M 02 16 2008 012660003 0408 0408 529,62 0111 10 16102061129 VILLALBA Y ENRIQUE, S.L. AV PRINCIPE FELIPE 1 16660 PEDROÑERAS 02 16 2008 012222792 1004 1004 28,68 0111 10 16102092956 IBERDES, S.L. CL HNOS. BECERRIL 14 16004 CUENCA 02 16 2008 012584524 0308 0308 3.181,22 0111 10 16102092956 IBERDES, S.L. CL HNOS. BECERRIL 14 16004 CUENCA 02 16 2008 012661518 0408 0408 3.078,59 0111 10 16102122460 GOMEZ COLLADO NICOLASA CL CURA 19 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012585231 0308 0308 242,48 0111 10 16102157220 SERRANO PEÑARRUBIA AMPAR CL MONASOR RUIZ 15 16237 VILLAGARCIA 03 16 2008 012585938 0308 0308 347,64 0111 10 16102192481 PROYECTOS Y CONSTRUCCION CL POL. INDUSTRIAL " 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012586948 0308 0308 880,15 0111 10 16102198545 ALMENDRAL BERMUDEZ JUAN CL ISAAC PERAL 16400 TARANCON 03 16 2008 012060926 0208 0208 9,25 0111 10 16102267657 DUCK DIVE HARDWEAR, S.L. PZ MAYOR 8 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012589069 0308 0308 14,93 0111 10 16102288370 ANDREICA --- IOAN PP SAN ANTONIO 24 16004 CUENCA 02 16 2008 012667376 0408 0408 570,63 0111 10 16102308679 NORWEST FOODS INTERNATIO CL URBANIZACION CAñA 16123 ARCAS DEL VI 03 16 2008 012063653 0208 0208 27,48 0111 10 16102489747 MARTYNYUK --- BOGDAN PZ PRIMERO DE MAYO 3 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012594022 0308 0308 272,34 0111 10 16102495710 INSTALACIONES PUCHADES, CL HERMANOS BECERRIL 16004 CUENCA 03 16 2008 012594325 0308 0308 489,12 0111 10 16102495912 INSTALACIONES PUCHADES, CL HERMANOS BECERRIL 16004 CUENCA 03 16 2008 012594426 0308 0308 465,73 0111 10 16102552896 ORREGO SANCHEZ MANUEL JO CL ANTON MARTIN 4 16002 CUENCA 03 16 2008 012595739 0308 0308 1.454,51 0111 10 16102639186 LOPEZ AGUIRRE JOSE MARIA CL NIEVE 35 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012598365 0308 0308 1.132,45 0111 10 16102680212 STREAMWIND, S.A. LG C.C.EL MIRADOR -A 16004 CUENCA 03 16 2008 012599476 0607 1207 122,57 0111 10 16102680212 STREAMWIND, S.A. LG C.C.EL MIRADOR -A 16004 CUENCA 03 16 2008 012599577 0108 0208 164,58 0111 10 16102680212 STREAMWIND, S.A. LG C.C.EL MIRADOR -A 16004 CUENCA 03 16 2008 012599678 0308 0308 1.387,07 0111 10 16102710625 CONSTRUCCIONES Y REFORMA CL DUQUE DE AHUMADA 16003 CUENCA 03 16 2008 012600991 0308 0308 315,00 0111 10 16102740331 ROMCONSTRUC XXL, S.L. CL CEDAZO 41 16400 TARANCON 02 16 2008 012603116 0308 0308 1.179,29 0111 10 16102740331 ROMCONSTRUC XXL, S.L. CL CEDAZO 41 16400 TARANCON 02 16 2008 012680009 0408 0408 1.141,25 0111 10 16102741139 EXPLOTACIONES HOSTELERAS CT NACIONAL 301 147 16670 PROVENCIO E 03 16 2008 012603217 0308 0308 572,47 0111 10 16102753162 GABALDON MARTINEZ C.B. CL CTRA. MADRID VALE 16251 GRAJA DE INI 03 16 2008 012604227 0308 0308 470,62 0111 10 16102766296 HOSTAL PEDRO JULIAN DE L CT MADRID-ALICANTE, 16670 PROVENCIO E 03 16 2008 012604934 0308 0308 2.598,59 0111 10 16102774380 INDOOR PUERTAS, S.A. CL CONGOSTO 16440 MONTALBO 03 16 2008 012605338 0308 0308 38.461,37 0111 10 16102805403 ZAS AND PAR S.L. CL AVDA. GIL CARRILL 16850 CAÑAVERAS 03 16 2008 012606247 0107 1207 246,13 0111 10 16102820254 TEXTIL CARPESAN, S.L.U. CL DIEGO JIMENEZ 1 16004 CUENCA 03 16 2008 012606853 0308 0308 676,06 0111 10 16102852384 JAVIER-ALEIX, COM.B. CL TENIENTE BENITEZ 16003 CUENCA 02 16 2008 012685261 0408 0408 1.166,72 0111 10 16102904625 CIOLCA --- ION AV REYES CATOLICOS 6 16003 CUENCA 03 16 2008 012609984 0308 0308 2.481,64 0111 10 16102951509 MARTINEZ ORIVE MARIA CAR CL PLAZA HISPANIDAD 16002 CUENCA 03 16 2008 012611196 0308 0308 2.037,85 0111 10 16102953832 MILLAN VALENCIA VICENTE AV DEL GENERALISIMO 16442 VILLARES DEL 03 16 2008 012611200 0308 0308 601,85 0111 10 16102970404 TURLEA --- DUMITRU DANIE CL MARIA TERESA DE C 16400 TARANCON 03 16 2008 012612311 0308 0308 1.156,84 0111 10 16102976666 CABULEA --- SORIN CLAUDI CT MADRID A VALENCIA 16400 TARANCON 03 16 2008 012083760 0208 0208 182,22 0111 10 16102986366 KOMPAS OBRAS, S.L. CL MAYOR 1 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012613119 0308 0308 9,13 0111 10 16102989194 ALBAEMPLEO TRABAJOS RURA CL VALENCIA 48 16237 LEDAÑA 03 16 2008 012613321 0308 0308 1.059,04 0111 10 16102996369 DIAZ CARDOZO SILVIA ADRI CL PUENTE 5 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012613826 0308 0308 423,18 0111 10 16103002433 AMADOR SANTIAGO JUAN ENR CL LAS LOMAS 8 16200 MOTILLA DEL 03 16 2008 012085477 0208 0208 1.052,20 0111 10 16103011729 ALBAEMPLEO TRABAJOS RURA CL VALENCIA 48 16237 LEDAÑA 03 16 2008 012614735 0308 0308 1.115,10 0111 10 16103018496 ESCRIBANO BUENO PASCUAL CL MIGUEL DELIBES 13 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012614937 0308 0308 183,22 0111 10 16103019106 PROYECTADOS CRISTAL, S.L CL POSITO 4 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012615038 0308 0308 558,96 0111 10 16103038203 CZININO --- ALADAR CL LOS ROMEROS 18 16670 PROVENCIO E 03 16 2008 012616452 0308 0308 799,93 0111 10 16103056185 LEVOCAR RENTA,S.L. CL LIBRO 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012618068 0308 0308 1.138,13

REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS

0521 07 021001290649 LOPEZ ORTIZ DAVID CT MADRID-ALICANTE 1 16670 PROVENCIO E 03 16 2008 012428011 0408 0408 293,22 0521 07 021014299864 GULPE --- MIHAI FLORIN CL MORENO MICO 8 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012429425 0408 0408 293,22 0521 07 030066620139 GOMIS GILO JOSE FRANCIS CL POSITO 4 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012429627 0408 0408 293,22 0521 07 030070688984 LEAL LOZANO JOSE CL LUIS DE GONGORA 1 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 012091541 0208 0208 227,03 0521 07 041025763818 POP --- GRIGORE CL CHARCO 1 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012430536 0408 0408 293,22 0521 07 080308818724 MARTINEZ FERNANDEZ FRANC CL PARAJE DEL SOTILL 16004 CUENCA 03 16 2008 012432556 0408 0408 293,22 0521 07 131021123026 CZININO --- ALADAR CL LOS ROMEROS 18 16670 PROVENCIO E 03 16 2008 012435384 0408 0408 293,22 0521 07 160015152664 ESCRIBANO ZAMORA FRANCIS CL LARGA 104 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012438822 0408 0408 8,54 0521 07 160018503208 ESCRIBANO OVIEDO ALONSO CL ALTA 30 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012447108 0408 0408 293,22 0521 07 160018715493 PEREZ MONDARAY ANTONIO CL HERMANOS BECERRIL 16004 CUENCA 03 16 2008 012447815 0408 0408 293,22 0521 07 160019306789 FERNANDEZ GARCIA GREGORI CL GUILLERMO RUIZ PE 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012449128 0408 0408 243,70 0521 07 160020421885 BALGANON GONZALEZ PEDRO CL CARRERA SANTA QUI 16500 HUETE 03 16 2008 011652718 0208 0208 293,22 0521 07 160021420076 BALGAÑON GONZALEZ JUAN C CL CARRERA SANTA QUI 16500 HUETE 03 16 2008 011659283 0208 0208 293,22 0521 07 160021839604 CAÑAS OROZCO EVARISTO CL ESC MARCO PEREZ 8 16003 CUENCA 03 16 2008 012458323 0408 0408 293,22 0521 07 160021938624 SAIZ DAVILA HIGINIO CL LA ALMARCHA 25 16435 HINOJOSA LA 03 16 2008 012120742 0308 0308 293,22 0521 07 160022025217 DE FEZ DE FEZ SIMON CT VALENCIA KM. 2 16004 CUENCA 03 16 2008 012458929 0408 0408 574,58 0521 07 160022288329 PLAZA CERDAN FRANCISCO CL GOYA 26 16235 INIESTA 03 16 2008 012460444 0408 0408 293,22 0521 07 160023377961 LOPEZ NAVARRO MANUEL CL ANIMAS 11 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012466407 0408 0408 293,22 0521 07 160023530232 SOTOCA CASAS JOAQUIN CL CERVANTES 34 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 012129937 0308 0308 243,70 0521 07 160023743531 DEL BURGO ARIAS JOSE MAR CL FRAY MELCHOR CANO 16400 TARANCON 03 16 2008 012468730 0408 0408 293,22 0521 07 160023825474 SAIZ VERGAZ JOSE CL COLON 6 16002 CUENCA 03 16 2008 012469336 0408 0408 293,22 0521 07 160024051002 CALONGE CRUZADO JOSE ANG PZ CONDE CAMPILLO 4 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012132866 0308 0308 293,22 0521 07 160024246517 PASTOR PAÑOS AURELIO CL OLIVA 20 16708 POZOAMARGO 03 16 2008 012472669 0408 0408 293,22 0521 07 161000275250 MARTINEZ CEBRIAN JOAQUIN CL LONJA 12 16500 HUETE 03 16 2008 011695457 0208 0208 293,22 0521 07 161000397815 PEREZ RAMIREZ MANUEL CL DOCTOR FERRAN 13 16004 CUENCA 03 16 2008 012477016 0408 0408 243,70 0521 07 161000564432 LLERENA CHUMILLAS JOSE L CL ANTONIO MACHADO 5 16192 BUENACHE DE 03 16 2008 012478026 0408 0408 293,22 0521 07 161001120160 BALGAÑON GONZALEZ JOSE L CL CARRERA SANTA QUI 16500 HUETE 03 16 2008 011704652 0208 0208 293,22 0521 07 161001179673 NAVALON JIMENEZ DAVID BA DE SANTA CATALINA 16001 CUENCA 03 16 2008 012481763 0408 0408 293,22 0521 07 161001293043 FERNANDEZ ENCINAS MIGUEL CL COLON 45 16002 CUENCA 03 16 2008 012482268 0408 0408 293,22 0521 07 161001760158 DE LA FUENTE EVANGELIO J CL LAS TORRES 4 16001 CUENCA 03 16 2008 012484793 0408 0408 293,22 0521 07 161001783703 MOKHLISSI --- ABDELMAJID CL GALINDOS 73 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012146004 0308 0308 293,22 0521 07 161002211917 GONZALEZ FERNANDEZ RAFAE CL MOLINOS DE VIENTO 16400 TARANCON 03 16 2008 012486413 0408 0408 293,22

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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Page 42: SUMARIO (Fascículo 1) Boletín Oficial de la Provincia … · X03835519Q FRENTI DANIEL 2008048935 ... El informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 19 de junio de 2008, referente

0521 07 161002632754 MARTINEZ OLMEDA PEDRO AN CL PROVINCIAS 4 16709 VARA DE REY 03 16 2008 012487928 0408 0408 293,22 0521 07 161004144035 HUELAMO FERNANDEZ FERNAN CL MERCEDES ESCRIBAN 16003 CUENCA 03 16 2008 012493887 0408 0408 293,22 0521 07 161004422002 TEMPRADO SANCHEZ EMILIO CL DEL POZO 13 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 012155603 0308 0308 60,64 0521 07 161005048357 LOAIZA LOAIZA DIEGO DE J AV MIGUEL DE CERVANT 16400 TARANCON 03 16 2008 012157522 0308 0308 363,83 0521 07 161005054421 OLTEAN --- NARCIS ALIN CL CEDAZO 41 16400 TARANCON 03 16 2008 012496820 0408 0408 293,22 0521 07 161005216893 COLLADO CACHERO DAVID CL SANTA MONICA 19 16004 CUENCA 03 16 2008 012158431 0308 0308 293,22 0521 07 161005545582 ANDREICA --- IOAN AV DE LOS ALFARES 34 16003 CUENCA 03 16 2008 012498537 0408 0408 293,22 0521 07 161005708967 SOULAIMANE --- AMRAOUI CL HERNAN CORTES 27 16200 MOTILLA DEL 03 16 2008 012498941 0408 0408 293,22 0521 07 161005713920 CORTES --- AURORA CL VICTOR MANUEL RU 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012499042 0408 0408 308,90 0521 07 161005732512 LOPEZ AGUIRRE JOSE MARIA CL NIEVES 35 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012499143 0408 0408 299,06 0521 07 161006121421 EL HADOUDI --- NAZHA CL RAMON Y CAJAL 7 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012500456 0408 0408 293,22 0521 07 161006501135 SCURTU --- VASILE STEFAN CL ESCARCHADA 14 16400 TARANCON 03 16 2008 012502375 0308 0308 363,83 0521 07 161006501135 SCURTU --- VASILE STEFAN CL ESCARCHADA 14 16400 TARANCON 03 16 2008 012502476 0408 0408 363,83 0521 07 161006537612 ODOR --- NICULAE CL CANTON BAJO 26 16400 TARANCON 03 16 2008 012502577 0408 0408 363,83 0521 07 161006847406 CHIVA --- GABRIEL AV REYES CATOLICOS 6 16003 CUENCA 03 16 2008 012503789 0408 0408 363,83 0521 07 161007050395 RAMOS PEREIRA ROSIMARI CL SANTA CORONA 31 16400 TARANCON 03 16 2008 012505005 0308 0308 326,06 0521 07 161007182559 ION CIUREA PETRE CL BORREROS 1 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012505611 0408 0408 363,83 0521 07 161007196404 BONCU --- VALENTIN CL CERVANTES 26 16004 CUENCA 03 16 2008 012505813 0408 0408 293,22 0521 07 161007347055 FERATOVICI --- VASILE PZ POZO AYUSO 4 16415 VILLAMAYOR D 03 16 2008 012506520 0308 0308 363,83 0521 07 161007347055 FERATOVICI --- VASILE PZ POZO AYUSO 4 16415 VILLAMAYOR D 03 16 2008 012506621 0408 0408 363,83 0521 07 161007364637 BARGAN --- JOAN CL PRINCIPE 45 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012506823 0408 0408 293,22 0521 07 161007817406 VASILE --- BOGDAN CL ERAS DEL TIO CAÑA 16004 CUENCA 03 16 2008 012508843 0408 0408 293,22 0521 07 161007980181 MARTINEZ MENDOZA MIHAI C CL MIGUEL DE CERVANT 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012509954 0408 0408 293,22 0521 07 161008114365 APRODU --- AUREL CL MONTEAGUDO 20 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012510459 0408 0408 293,22 0521 07 161008475386 VASILE --- ALICE FLORENT CL ERAS DEL TIO CAÑA 16004 CUENCA 03 16 2008 012511267 0408 0408 304,26 0521 07 161008518230 NICULAE --- ION CL MARTINEZ RAMIREZ 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012511469 0408 0408 293,22 0521 07 161008558040 MIDOI --- VIOREL LIVIU CL POZO OJICOS 8 16400 TARANCON 03 16 2008 012511974 0408 0408 363,83 0521 07 161008595224 NICOARA --- DRAGOS NICOL TR MALDONADO 2 16123 ARCAS 03 16 2008 012512277 0408 0408 293,22 0521 07 161008658777 POIENAR --- GHEORGHE CL ISABEL I DE CASTI 16470 ZARZA DE TAJ 03 16 2008 012512479 0408 0408 363,83 0521 07 161008686968 MIHAILA --- ADRIAN LIVIU CL DOCTOR MORCILLO 3 16400 TARANCON 03 16 2008 012512782 0408 0408 313,32 0521 07 161008691012 MIU --- ALIN MIHAI CL HERMANOS VALDES 1 16002 CUENCA 03 16 2008 012512883 0408 0408 293,22 0521 07 161008822465 VERES --- STEFAN OVIDIU CL AMADEO I 10 16260 MINGLANILLA 03 16 2008 012513186 0408 0408 293,22 0521 07 161008864093 NEAGU --- ION NICOLAE CL LUSONES 10 16001 CUENCA 03 16 2008 011763761 0208 0208 293,22 0521 07 161009012021 BIES --- PRZEMYSLAW ANDR CL EMILIA JARABO 2 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012513994 0408 0408 363,83 0521 07 161009039000 CACIOR --- ANA DIANA CL CORREDERO 5 16415 VILLAMAYOR D 03 16 2008 012514095 0408 0408 293,22 0521 07 161009045565 PRECUP --- ADRIANA MIHAE CL ALFONSO VIII 18 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012514200 0408 0408 293,22 0521 07 161009215822 DZHEVDZHETOV --- MERSIAN CL PELAYO 47 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012514907 0408 0408 293,22 0521 07 161009218650 BOJOR --- IOAN AV MIGUEL DE CERVANT 16400 TARANCON 03 16 2008 012515008 0408 0408 363,83 0521 07 161009245326 BARZILOV --- VENELIN VAL CL PRINCIPE 57 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012515210 0408 0408 293,22 0521 07 161009316458 SABO --- KATALINA CL ISABEL I DE CASTI 16470 ZARZA DE TAJ 03 16 2008 012516119 0408 0408 363,83 0521 07 161009326865 GRIGORE --- FLORIN DANIE CL CEDT TARANCON 16400 TARANCON 03 16 2008 012516220 0408 0408 293,22 0521 07 161009350511 SAICU --- SILVIU IOAN CL JUAN ANTONIO BALE 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012516725 0408 0408 363,83 0521 07 161009352228 NICOARA --- GHEORGHE TR DE MALDONADO 2 16123 ARCAS 03 16 2008 012516826 0408 0408 293,22 0521 07 161009357278 LAZAR --- IULIU GHITA AV DE LOS ALFARES 34 16003 CUENCA 03 16 2008 012517028 0408 0408 293,22 0521 07 161009415377 ALEKSIEV SIRAKOV STANYO CL ERAS 6 16856 CASTEJON 03 16 2008 012518038 0408 0408 308,39 0521 07 161009444275 MIRCEA --- DUMITRU CALIN CL MARTIN ALHAJA 6 16003 CUENCA 03 16 2008 012518139 0408 0408 293,22 0521 07 161009449430 PREDA --- NICOLAE CL CLARA CAMPOAMOR 6 16003 CUENCA 03 16 2008 012518240 0408 0408 293,22 0521 07 161009473375 CIOLCA --- ION CL JOSE CALVO SOTELO 16442 VILLARES DEL 03 16 2008 012518442 0408 0408 293,22 0521 07 161009500354 MIRCEA --- DAN ION AV CASTILLA LA MANCH 16003 CUENCA 03 16 2008 012518846 0308 0308 293,22 0521 07 161009500758 ROTARIU --- IOAN CL HOSPITAL 9 16400 TARANCON 03 16 2008 012518947 0408 0408 293,22 0521 07 161009510155 PESEA --- DUMITRU CL MERCEDES ESCRIBAN 16003 CUENCA 03 16 2008 012519048 0408 0408 293,22 0521 07 161009520158 IACOV --- IONUT GABRIEL CL CASTILLA LA MANCH 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012519149 0408 0408 363,83 0521 07 161009532484 STELIAN --- GASPAR CL MANJAVACAS 11 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012519250 0408 0408 293,22 0521 07 161009653736 FILIP --- CONSTANTIN CL ATAULFO ARGENTA 7 16003 CUENCA 03 16 2008 012520563 0408 0408 363,83 0521 07 161009688694 LEACH --- IOAN AV DE LA CONSTITUCIO 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012521169 0408 0408 293,22 0521 07 161009699105 MORARU --- OVIDIU ILIE CL ERAS DEL TIO CAñA 16004 CUENCA 03 16 2008 012521775 0408 0408 293,22 0521 07 161009712441 LUCIU --- IOAN CL MIGUEL DE CERVANT 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012521876 0408 0408 293,22 0521 07 161009731942 FEKETE --- SORIN CL MARIA SEGURA 1 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012521977 0408 0408 293,22 0521 07 161009751342 MAGHERU --- MATEI AV DE LOS REYES CATO 16003 CUENCA 03 16 2008 012522078 0408 0408 308,39 0521 07 161009767409 VARGA --- CLAUDIU TIBERI CL RINCONADA 19 16417 HINOJOSOS L 03 16 2008 012522381 0408 0408 293,22 0521 07 161009827427 NECULA --- FLORIN CL HOSPITAL 26 16260 MINGLANILLA 03 16 2008 012522684 0408 0408 293,22 0521 07 161009832982 CALIMAN --- DORU VASILE CL JORGE TORNER 8 16004 CUENCA 03 16 2008 012522785 0408 0408 293,22 0521 07 161009855315 TODOROV NAYDENOV GEORGI CL NARDO 17 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012523189 0408 0408 293,22 0521 07 161009855618 GRIGOR ZAHARIEV HRISTOV CL NARDO 17 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012523290 0408 0408 293,22 0521 07 161009967570 ZAHIU --- DRAGOS STEFAN CL ANTONIO MAURA 5 16003 CUENCA 03 16 2008 012523391 0408 0408 293,22 0521 07 161010123578 RUS --- MIRCEA DUMITRU CL ANTONIO ABAD 1 16393 MIRA 03 16 2008 012523900 0408 0408 293,22 0521 07 161010163893 HOALBA --- GEORGE CL CELDAS 16420 ALMENDROS 03 16 2008 012524405 0408 0408 293,22 0521 07 161010274132 ILUT --- FLORICA CE CAMINO CORRAL DE 16400 TARANCON 03 16 2008 012525011 0408 0408 330,48 0521 07 161010344153 MARIUCA --- IACOB PP SAN ANTONIO 31 16003 CUENCA 03 16 2008 012525213 0408 0408 293,22 0521 07 161010358402 MATEI --- DUMITRU CL TERUEL 4 16004 CUENCA 03 16 2008 012525415 0408 0408 293,22 0521 07 161010517642 STANCU --- GHEORGHITA CL VALDEPEñAS 1 16415 VILLAMAYOR D 03 16 2008 012527940 0308 0308 293,22 0521 07 161010628887 BERNEVIC --- ANDREI CL LOPE DE VEGA 19 16400 TARANCON 03 16 2008 012529354 0408 0408 363,83 0521 07 161010637678 PRISACARIU --- PETRU CL PRINCIPE 7 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012529455 0408 0408 293,22 0521 07 161010637981 IACOB --- PETRU CL SOLANO 2 16879 CUEVA DEL HI 03 16 2008 012529657 0408 0408 293,22 0521 07 161010638284 BOTEZATU --- VASILE CL FLORENCIO NAVARRO 16214 GABALDON 03 16 2008 012529758 0308 0308 363,83 0521 07 161010638284 BOTEZATU --- VASILE CL FLORENCIO NAVARRO 16214 GABALDON 03 16 2008 012529859 0408 0408 363,83 0521 07 161010643944 ROBITU --- CONSTANTIN CL ANTONIO MAURA 5 16003 CUENCA 03 16 2008 012529960 0308 0308 293,22 0521 07 161010649200 TUCEMIC --- EUGEN FANEL CL COLMENAR ALTO 6 16400 TARANCON 03 16 2008 012530263 0408 0408 363,83 0521 07 161010649907 GHETU --- IONEL CL SANTA MONICA 17 16003 CUENCA 03 16 2008 012530364 0308 0308 293,22 0521 07 161010649907 GHETU --- IONEL CL SANTA MONICA 17 16003 CUENCA 03 16 2008 012530465 0408 0408 293,22 0521 07 170053794716 HUETE MORENO FRANCISCO J TR FEDERICO GARCIA L 16002 CUENCA 03 16 2008 012532283 0408 0408 293,22 0521 07 181049705711 STAICU --- MARIUS CL SAN JOSE 24 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012532485 0408 0408 293,22 0521 07 190011637258 PALOMINO HERNANDEZ JOSE AV REPUBLICA ARGENTI 16002 CUENCA 03 16 2008 012532586 0408 0408 293,22 0521 07 261010539908 NITU --- ELENA CL HOSPITAL 9 16400 TARANCON 03 16 2008 012533192 0408 0408 293,22

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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Page 43: SUMARIO (Fascículo 1) Boletín Oficial de la Provincia … · X03835519Q FRENTI DANIEL 2008048935 ... El informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 19 de junio de 2008, referente

0521 07 280229138444 MUÑOZ SANCHEZ AGAPITO CL PARADA 2 16400 TARANCON 03 16 2008 012533903 0308 0308 293,22 0521 07 280229138444 MUÑOZ SANCHEZ AGAPITO CL PARADA 2 16400 TARANCON 03 16 2008 012534004 0408 0408 293,22 0521 07 280294960927 PEREZ CABANES ANA MARIA CL ESCARCHADA 31 16400 TARANCON 03 16 2008 012535519 0408 0408 293,22 0521 07 280387565514 DOMINGUEZ APARICIO ANTON CL ESCARCHADA 31 16400 TARANCON 03 16 2008 012536933 0408 0408 293,22 0521 07 280406757770 SAIZ MOYA ANGEL CL JORGE TORNER 31 16004 CUENCA 03 16 2008 012537135 0408 0408 472,30 0521 07 280454778026 ORTIZ RUIZ VALENTIN CL RECADERO BAILLO 1 16640 BELMONTE 03 16 2008 012538549 0408 0408 293,22 0521 07 281029188730 GARCIA AMBROY DAVID CL HERMANOS BECERRIL 16004 CUENCA 03 16 2008 012539559 0408 0408 293,22 0521 07 281045898796 CASTILLO PALACIOS ANTONI UR VALDERIOS CALLE A 16460 BARAJAS DE M 03 16 2008 012539761 0408 0408 293,22 0521 07 281138819039 CIPARIU --- TIMOTEI CL VEGA 32 16541 CASTILLEJO D 03 16 2008 011811554 0208 0208 293,22 0521 07 281161871794 PACURAR --- IOANA CL ISABEL I DE CASTI 16470 ZARZA DE TAJ 03 16 2008 012541983 0408 0408 363,83 0521 07 281172054875 RAWSKI --- JOZEF RYSZARD CL ENMEDIO 35 16211 PICAZO EL 03 16 2008 012542185 0408 0408 308,39 0521 07 281189739995 STOICA --- ANA VICTORIA CL DERECHOS HUMANOS 16400 TARANCON 03 16 2008 012542387 0408 0408 293,22 0521 07 281196148867 ESPEJO MARTIN VERONICA CL HERMANOS BECERRIL 16004 CUENCA 03 16 2008 012542589 0408 0408 293,22 0521 07 281197739869 BARABAS --- ZOLTAN CL JUEGO PELOTA 24 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012542690 0408 0408 293,22 0521 07 281237561100 BUCATAR --- LILIANA CL ARCIPRESTE GOMEZ 16420 VILLARRUBIO 03 16 2008 012543502 0308 0308 293,22 0521 07 281237561100 BUCATAR --- LILIANA CL ARCIPRESTE GOMEZ 16420 VILLARRUBIO 03 16 2008 012543603 0408 0408 293,22 0521 07 281266911478 MALANICENCO --- VIOREL CL REYES CATOLICOS 6 16003 CUENCA 03 16 2008 012544108 0408 0408 293,22 0521 07 291051247928 LAIDOUNI --- ABDALLAH CL MAYOR 25 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012544512 0408 0408 293,22 0521 07 441004409612 MIHAI --- MARIAN CL RAMON Y CAJAL 28 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012546330 0408 0408 293,22 0521 07 451019274137 DARIESCU --- CONSTANTIN CL COOPERATIVA 21 16410 HORCAJO DE S 03 16 2008 012547239 0408 0408 293,22 0521 07 451027450429 VLAICU --- SORIN CL VERDE 17 16415 VILLAMAYOR D 03 16 2008 012547643 0308 0308 293,22 0521 07 460115624004 RIGLA RICO VICENTE CT LA RODA 96 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 012206527 0308 0308 300,53 0521 07 461056406933 CUESTA LOFFREDO DIGNA CO CL LUISA SIGEA 2 16400 TARANCON 03 16 2008 012551986 0408 0408 293,22 0521 07 491001499225 MARTIN GONZALEZ PEDRO MI PP SAN ANTONIO 31 16003 CUENCA 03 16 2008 012552592 0408 0408 304,98

REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA

0611 07 020025837623 ALARCON SIMARRO SERAPIO CL MIGUEL SERVET 16 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 011846718 0208 0208 96,59 0611 07 021014528624 VADUVA --- STEFANIA CL RETAMAR 36 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 013134087 0308 0308 96,59 0611 07 021014528826 VADUVA --- MAZARICA CL MARTIRES 15 16236 VILLAGARCIA 03 16 2008 013134592 0308 0308 96,59 0611 07 021014701608 MOISE --- MARIANA CL PIZARRO 11 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012244115 0308 0308 96,59 0611 07 021015090820 MAHIR --- MOHAMED CL ROSALIA DE CASTRO 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 011849647 0208 0208 96,59 0611 07 021016079109 MAHIR --- ADIL CL ROSALIA DE CASTRO 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 011850253 0208 0208 96,59 0611 07 021016339288 ESSAMOUZI --- ABDERRAHIM CL FINCA CASA LA VIU 16235 INIESTA 03 16 2008 012245327 0308 0308 96,59 0611 07 021017168135 OLIVEIRA MAURIZ VICTOR M CL PARCELA 21 16214 ALARCON 03 16 2008 012247246 0308 0308 96,59 0611 07 021017730937 STOICA --- VALENTIN DORI CL CRISTO 3 16280 VILLARTA 03 16 2008 012248357 0308 0308 96,59 0611 07 031000312044 LAGTATFI --- MBAREK CZ RODAN DEL AYUNTAM 16648 VILLAR DE LA 03 16 2008 012248963 0308 0308 96,59 0611 07 031038222674 OULD SIDI --- CHIGHALY CL CANUTO ALONSO 6 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012249165 0308 0308 96,59 0611 07 041005965411 BANNOUR --- ABDERRAHIM CL LOS VIVEROS 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 013139444 0308 0308 96,59 0611 07 041024309323 EL MIR --- ABDENBI CL CARRETERIA 11 16002 CUENCA 03 16 2008 012249872 0308 0308 96,59 0611 07 041027096051 ESPINOZA VELEZ RUBEN DAR CL SEGOBRIGA 6 16001 CUENCA 03 16 2008 012250377 0308 0308 96,59 0611 07 041027188607 BOUBAKOUR --- ALI TR LOS OLIVOS 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012250579 0308 0308 96,59 0611 07 041036564665 PEÑAFIEL CELA MILTON AND CL ANIMAS 15 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012250781 0308 0308 96,59 0611 07 130044736014 VICENTE GIJON CLEMENTE CL PABLO CASAL 7 16313 ALIAGUILLA 03 16 2008 012252300 0308 0308 96,59 0611 07 131017246864 CRISTOF --- ADRIAN PETRI CL PEZ 12 16650 MESAS LAS 03 16 2008 012253108 0308 0308 96,59 0611 07 141043345508 MOUMOUD --- LAKHDAR CL REAL 71 16250 CASTILLEJO D 03 16 2008 012256340 0308 0308 96,59 0611 07 141043993081 ION --- IONELAS AV CRUZ DE PIEDRA 25 16620 ALBERCA DE Z 03 16 2008 012256441 0308 0308 96,59 0611 07 141044502434 KVEDARAS --- STASYS CL SAN SEBASTIAN 55 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 013368305 0308 0308 93,37 0611 07 141044502636 DAVIDONIENE --- GITANA CL SAN SEBASTIAN 55 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 013368709 0108 0108 96,59 0611 07 141044502636 DAVIDONIENE --- GITANA CL SAN SEBASTIAN 55 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 013368810 0208 0208 96,59 0611 07 141044502636 DAVIDONIENE --- GITANA CL SAN SEBASTIAN 55 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 013368911 0308 0308 96,59 0611 07 141045220234 BUIVYDAS --- ROBERTAS CL SAN SEBASTIAN 55 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 013369315 0108 0108 96,59 0611 07 141045220234 BUIVYDAS --- ROBERTAS CL SAN SEBASTIAN 55 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 013369416 0208 0208 96,59 0611 07 141045220234 BUIVYDAS --- ROBERTAS CL SAN SEBASTIAN 55 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 013369517 0308 0308 96,59 0611 07 160013443040 BONILLA CHACON JOSE CL RANERA 16510 MAZARULLEQUE 03 16 2008 013370426 1207 1207 91,87 0611 07 160013443040 BONILLA CHACON JOSE CL RANERA 16510 MAZARULLEQUE 03 16 2008 013370527 0108 0108 96,59 0611 07 160013443040 BONILLA CHACON JOSE CL RANERA 16510 MAZARULLEQUE 03 16 2008 013370628 0208 0208 96,59 0611 07 160013443040 BONILLA CHACON JOSE CL RANERA 16510 MAZARULLEQUE 03 16 2008 013370729 0308 0308 96,59 0611 07 160013735050 HOYO OLIVA ANTONIO CL SOLANA ALTA 16460 BARAJAS DE M 03 16 2008 012257552 0308 0308 96,59 0611 07 160021853950 JIMENEZ DE DIOS ANTONIO PZ SAN MIGUEL 8 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012264121 0308 0308 96,59 0611 07 160022114537 NAVARRO CARRETERO JOSE L CL CRISTO 7 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 011869855 0208 0208 96,59 0611 07 160024475576 LEQDIM --- MOSTAFA CL SAN SEBASTIAN 17 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012267656 0308 0308 96,59 0611 07 161001477949 MOHAMMAD --- IQBAL CL PADRE MUNARRIZ 16300 CAÑETE 03 16 2008 012269979 0308 0308 96,59 0611 07 161003828278 TAHIRI --- OMAR AV JUAN XXIII 84 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012272407 0308 0308 35,41 0611 07 161004434025 FALUB --- VICTOR CL DEL RIO 10 16393 MIRA 03 16 2008 012274629 0308 0308 96,59 0611 07 161005108274 BAIDA --- LKHALIL CL EL PALOMAR 16122 TORTOLA 03 16 2008 012278467 0308 0308 96,59 0611 07 161005241347 ERRABEH --- ABDELGHANI CL MOLINETA 23 16670 PROVENCIO E 03 16 2008 011409006 0108 0108 96,59 0611 07 161005426455 BUSTAMANTE SANTIAGO JONA CL EL LOBO 9 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012280992 0308 0308 96,59 0611 07 161005679665 NARVAEZ PAUCAR JADIRA EL CL ALFONSO VIII 14 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012282612 0308 0308 96,59 0611 07 161005733522 STUPINEAN --- MARIA CL TERCIA 20 16260 MINGLANILLA 03 16 2008 012283117 0308 0308 96,59 0611 07 161005743828 ES SALHI --- MOHAMMED CL ESCUELAS 2 16190 CHILLARON DE 03 16 2008 012283319 0308 0308 96,59 0611 07 161005852548 AZAM --- IRFAN CL MAYOR 42 16700 SISANTE 03 16 2008 012284935 0308 0308 96,59 0611 07 161005857400 ZAMBRANO HOLGUIN REINA L CL VIRGEN 11 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012285036 0108 0108 96,59 0611 07 161005857400 ZAMBRANO HOLGUIN REINA L CL VIRGEN 11 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012285137 0208 0208 96,59 0611 07 161005857400 ZAMBRANO HOLGUIN REINA L CL VIRGEN 11 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012285238 0308 0308 96,59 0611 07 161005989257 UZHO CARGUA JHOANNA JACQ CL SAN MIGUEL 5 16230 VILLANUEVA D 03 16 2008 012286450 0308 0308 19,32 0611 07 161006045235 CHOUDHRY MUBASHAR ALI CL DE LAS CALERAS 8 16700 SISANTE 03 16 2008 012286955 0308 0308 96,59 0611 07 161006076153 AMINE --- EL MAATI CL QUIJOTE 8 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012287662 0308 0308 35,41 0611 07 161006113135 FALUB --- ZINUCA CL CAMINO DE LA PILA 16150 TRAGACETE 03 16 2008 012288167 0308 0308 96,59 0611 07 161006218219 OSA OLIVARES RUBEN CL FRAY LUIS DE LEON 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 011896531 0208 0208 96,59 0611 07 161006376247 BJIJ --- ABDELLAH CL AMARGURA 4 16260 MINGLANILLA 03 16 2008 012291096 0308 0308 96,59 0611 07 161006532861 PAPAN --- VASILE CL CARMEN 45 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012291908 0308 0308 96,59 0611 07 161006532962 ADIR --- VALERICA CL CARMEN 45 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012292009 0308 0308 96,59 0611 07 161006721003 KARSAI --- CSABA CL ARRABAL DEL COSO 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012293827 0308 0308 96,59 0611 07 161006793246 SCURTU --- MARIA CL CAMPO 10 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012294433 0308 0308 96,59

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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Page 44: SUMARIO (Fascículo 1) Boletín Oficial de la Provincia … · X03835519Q FRENTI DANIEL 2008048935 ... El informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 19 de junio de 2008, referente

0611 07 161006884283 BECHERESCU --- MARIUS CL CERCADOS 6 16393 MIRA 03 16 2008 012294837 0308 0308 96,59 0611 07 161006903986 ILEA --- VALERIA CATALIN CL DEL POZO 7 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 011901985 0208 0208 32,20 0611 07 161006913080 SOMESAN --- ILIE VASILE CL AMISTAD 3 16720 CAÑADAJUNCOS 03 16 2008 012295544 0308 0308 96,59 0611 07 161006920659 PETKOV --- PETKO IVANOV AV SAN MAMES 1 16857 CANALEJAS DE 03 16 2008 012295847 0308 0308 96,59 0611 07 161006988559 BIDIREL --- OTILIA GABRI CL CRUCES 40 16610 CASAS DE FER 03 16 2008 011427089 0108 0108 96,59 0611 07 161006999976 COVACI --- IOAN CL ARRABAL 28 16250 CASTILLEJO D 03 16 2008 011903201 0208 0208 8,05 0611 07 161007094047 BIDIREL --- FLORIN DAVID CL GALINDOS 74 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 011904716 0208 0208 96,59 0611 07 161007094047 BIDIREL --- FLORIN DAVID CL GALINDOS 74 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012298776 0308 0308 96,59 0611 07 161007149217 TIZIATIA --- SAID CL CARMEN 12 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012299584 0308 0308 96,59 0611 07 161007167910 SABRY --- RADOVAN CL PARQUE 5 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012299887 0308 0308 96,59 0611 07 161007182761 BATRINEANU --- AURELIA CL BORRERO 1 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 011430527 0108 0108 96,59 0611 07 161007182761 BATRINEANU --- AURELIA CL BORRERO 1 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 011906433 0208 0208 96,59 0611 07 161007182761 BATRINEANU --- AURELIA CL BORRERO 1 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012300190 0308 0308 96,59 0611 07 161007192259 ZAKI --- ABDELGHANI PZ BELTRAN 2 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012300594 0308 0308 96,59 0611 07 161007239547 TITU --- MARINELA CL MADRID 16 16260 MINGLANILLA 03 16 2008 012301305 0308 0308 96,59 0611 07 161007555708 KRADRA --- MOHAMED CL CARMEN 12 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012304133 0308 0308 96,59 0611 07 161007562980 MICULAICIUC --- IOAN CL LAS FUENTES 9 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012304335 0308 0308 96,59 0611 07 161007604006 MAMMACHE --- HOCINE PZ SANTA QUITERIA 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012304941 0308 0308 125,23 0611 07 161007664731 CISLARIU --- LACRAMIOARA PZ MAYOR 8 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012307163 0308 0308 96,59 0611 07 161007695447 HADDA --- DAHOU CT VILLARROBLEDO 6 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 011913810 0208 0208 35,41 0611 07 161007699790 KELAL --- HABIB CL SAN SEBASTIáN 27 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012307668 0308 0308 96,59 0611 07 161007700905 MORAR --- GEORGETA FLORI CL OLMO 15 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012307769 0308 0308 96,59 0611 07 161007708581 LAMKADMI --- SAID CL PERAL 12 16710 TEBAR 03 16 2008 012308173 0308 0308 96,59 0611 07 161007710403 ES SAMAALI --- ABDELHADI CL REAL 41 16251 GRAJA DE INI 03 16 2008 012308274 0308 0308 96,59 0611 07 161007753950 NASSAR --- MOHAMED CL COLONIA 16650 MESAS LAS 03 16 2008 012310395 0308 0308 96,59 0611 07 161007766579 ABDELKADER --- EMEBAREK CL POZO NIEVES 5 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012311005 0308 0308 45,07 0611 07 161007784363 PEI --- MONICA MARIANA CL NORTE 15 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012312419 0308 0308 96,59 0611 07 161007830237 JAOUAD --- ECH CHERAYBY CL BORRERO 12 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012313227 0308 0308 96,59 0611 07 161007831146 OUADDAT --- MOHAMED CL CTRA GENERAL NUM. 16251 GRAJA DE INI 03 16 2008 012313328 0308 0308 96,59 0611 07 161007838624 HILALI --- LARBI CL OLIVAR DE LA VIRG 16230 VILLANUEVA D 03 16 2008 012313429 0308 0308 96,59 0611 07 161007848223 ZBARCEA --- GHEORGHE CL PADRE DAMIAN 10 16620 ALBERCA DE Z 03 16 2008 012313631 0308 0308 96,59 0611 07 161007864993 BAGHDADI --- AHMED CL CASTILLEJOS 28 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012314338 0308 0308 19,32 0611 07 161007899652 LARDAOUI --- ABDESSAMAD CL SANCHEZ VERA 4 16002 CUENCA 03 16 2008 012315146 0308 0308 96,59 0611 07 161007930671 TUTURAS --- CRISTINA PZ CONSTITUCION 7 16650 MESAS LAS 03 16 2008 012315752 0308 0308 96,59 0611 07 161007936735 LUPU --- MARIA CL BARBERAB Y COLLAR 16639 SANTA MARIA 03 16 2008 011921688 0208 0208 96,59 0611 07 161007936735 LUPU --- MARIA CL BARBERAB Y COLLAR 16639 SANTA MARIA 03 16 2008 012315853 0308 0308 96,59 0611 07 161007969471 PELMUS --- ILEANA CL CARRIONA 24 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012316358 0308 0308 96,59 0611 07 161007970986 CHERARIU --- VASILE CL CARRIONA 24 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012316560 0308 0308 96,59 0611 07 161008000793 ATANASOV MANOLOV HRISTO CT TARANCON, S/N 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012317065 0308 0308 96,59 0611 07 161008001706 RADEVA --- TATYANA STEFA CL ARRABAL 4 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012317166 0308 0308 93,37 0611 07 161008053640 BLAJ --- CRISTIAN CL POSTIGOS 1 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012317772 0308 0308 96,59 0611 07 161008113254 EL HAIJ --- EL MOSTAFA AV JUAN XXIII 2 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012318883 0308 0308 96,59 0611 07 161008134977 TABACITU --- MARIUS CL DEL POZO 14 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 011924318 0208 0208 96,59 0611 07 161008199039 CIOCIRLAN --- ELENA CL SAN MARCOS 13 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012319792 0308 0308 12,88 0611 07 161008203079 CHIFORESCU --- MARIA CL MAYOR BAJA 1 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012319994 0308 0308 96,59 0611 07 161008208335 BIDIREL --- RADU GEORGHE CL CALVARIO 9 16610 CASAS DE FER 03 16 2008 012320200 0308 0308 96,59 0611 07 161008248448 LUCACI --- IOLANDA CL ESTRECHILLO 24 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012320503 0308 0308 96,59 0611 07 161008326351 BERGHEAUA --- CONSTANTIN CL GALINDOS 15 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012321715 0308 0308 96,59 0611 07 161008406577 LAGTATFI --- RAMDANE CL ISABEL LA CATOLIC 16638 PEDERNOSO E 03 16 2008 011459122 0108 0108 96,59 0611 07 161008406577 LAGTATFI --- RAMDANE CL ISABEL LA CATOLIC 16638 PEDERNOSO E 03 16 2008 012323432 0308 0308 96,59 0611 07 161008408193 MARTINESCU --- GABRIEL CL DE LA OLIVA 19 16708 POZOAMARGO 03 16 2008 012323533 0308 0308 96,59 0611 07 161008417186 MISHELADZE --- LEVAN CL CARRIONA 88 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012323836 0308 0308 12,88 0611 07 161008465585 EL FATEHY --- ABDEL AAZI CL MAYOR 49 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012324947 0308 0308 96,59 0611 07 161008467710 ONCI --- IOAN RADU CL CANUTO ALONSO 34 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012325149 0308 0308 83,71 0611 07 161008472760 SZASZ --- GYONGYVER PP DEL PARQUE 10 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 011931893 0208 0208 96,59 0611 07 161008501052 ZAHARIA --- MIRCEA CL SANTA LUCIA 60 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012325957 0308 0308 96,59 0611 07 161008504183 AHABCHANE --- RACHID CL LOS CHOPOS 4 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 011932604 0208 0208 12,88 0611 07 161008518129 MITITELU --- MARIEA CL MARTINEZ RAMIREZ 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012326361 0308 0308 96,59 0611 07 161008531869 LUNGU --- VASILE CL SAN ANTON 18 16240 PERAL EL 03 16 2008 012326664 0308 0308 96,59 0611 07 161008562888 LORINCZ --- BOJTA CL ARRABAL DEL COSO 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012327876 0308 0308 96,59 0611 07 161008581783 CHERARIU --- VICTOR CL VICTOR MANUEL RUI 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012328280 0308 0308 96,59 0611 07 161008598254 ZAHIRI --- MOHAMMED CL BECERRA 13 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012328381 0308 0308 96,59 0611 07 161008666659 EL MOSTAFA --- QAOUBAA CL ERMITA 16240 PERAL EL 03 16 2008 012330203 0308 0308 96,59 0611 07 161008678177 HAMRASSE --- MUSTAPHA CL CERVANTES 7 16620 ALBERCA DE Z 03 16 2008 012330405 0308 0308 96,59 0611 07 161008680504 MHELHEL --- MOHAMMED CL REPUBLICA ARGENTI 16002 CUENCA 03 16 2008 012330506 0308 0308 96,59 0611 07 161008717583 GOGU --- BENONE GHEORGHE CL BOTEROS 8 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012331314 0308 0308 96,59 0611 07 161008796702 ZAHARIEV PETROV PLAMEN CL CARRETERA DE TARA 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012331819 0308 0308 25,75 0611 07 161008817920 RINGYS --- MANTAS CL GALINDOS 15 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012332122 0308 0308 96,59 0611 07 161008859952 METEA --- ANA MARIA MIRA CL HONTANILLA 30 16417 HINOJOSOS L 03 16 2008 012332627 0308 0308 96,59 0611 07 161008922701 HILAL --- MILOUD CL ERMITA 16240 PERAL EL 03 16 2008 012333738 0308 0308 96,59 0611 07 161008961396 ECHALH --- MOHAMED CT GENERAL 13 16251 GRAJA DE INI 03 16 2008 012334950 0308 0308 96,59 0611 07 161008997570 BERDAN --- IVAN CL ALICIA GOMEZ JARE 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012335657 0308 0308 96,59 0611 07 161009010203 LUP --- IOAN CL HORNO 12 16144 FRONTERA LA 03 16 2008 012335859 0308 0308 96,59 0611 07 161009014546 AOUIDATE --- OMAR CL GENERAL SAN JURJO 16620 ALBERCA DE Z 03 16 2008 012335960 0308 0308 38,64 0611 07 161009059713 CIOBANU --- ANA MARIA CL AVDA.MIGUEL DE CE 16400 TARANCON 03 16 2008 012337071 0308 0308 96,59 0611 07 161009169847 RACZ --- CSABA ATTILA PZ RUIZ JARABO 7 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012338586 0308 0308 96,59 0611 07 161009193792 SATIR --- ALLAL CL POZO DE LAS NIEVE 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012338889 0308 0308 96,59 0611 07 161009226027 TROIA --- VASILE CL CARRIONA 22 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012339495 0308 0308 96,59 0611 07 161009237646 MUNTEANU --- RODICA CL DOCTOR MALABIA 16260 MINGLANILLA 03 16 2008 012339802 0308 0308 96,59 0611 07 161009237949 BURTEA --- MARIAN CL DOCTOR MALABIA 16260 MINGLANILLA 03 16 2008 012339903 0308 0308 96,59 0611 07 161009251285 POPESCU --- COSMIN ADRIA CL DON SABINO 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012340509 0308 0308 96,59 0611 07 161009261591 BARCEA --- VALER MIHAI CL CRUZ CERRADA 16639 SANTA MARIA 03 16 2008 011947859 0208 0208 96,59 0611 07 161009261591 BARCEA --- VALER MIHAI CL CRUZ CERRADA 16639 SANTA MARIA 03 16 2008 012340812 0308 0308 96,59 0611 07 161009271594 LEHADUS --- COSTEL CL CASTILLA-LA MANCH 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012341216 0308 0308 96,59

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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Page 45: SUMARIO (Fascículo 1) Boletín Oficial de la Provincia … · X03835519Q FRENTI DANIEL 2008048935 ... El informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 19 de junio de 2008, referente

0611 07 161009327572 CHIRITA --- ELENA ANGELA CL CIRCUNVALACION 37 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012342024 0308 0308 96,59 0611 07 161009329087 RUS --- VASILE CL SAN FRANCISCO 18 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012342226 0308 0308 96,59 0611 07 161009331111 RUS --- PANTILIMON CL SAN FRANCISCO 18 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012342327 0308 0308 96,59 0611 07 161009332222 RUSU --- MADALIN PETRICA CL SAN ANTON 24 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012342428 0308 0308 96,59 0611 07 161009336161 CURCA --- GHEORGHE CL BOTEROS 14 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012342630 0308 0308 96,59 0611 07 161009348689 ENE --- NICULINA CL SAN ANTON 24 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012342731 0308 0308 96,59 0611 07 161009383348 NEDEV MARINOV VALENTIN CL MAYOR 7 16813 SALMERONCILL 03 16 2008 012344044 0308 0308 96,59 0611 07 161009383853 ENEA --- PAULA CL RIO VALDEMEMBRA 1 16240 PERAL EL 03 16 2008 012344145 0308 0308 96,59 0611 07 161009388705 BAZAVAN --- DANUT IONEL CL ARRABAL 18 16240 PERAL EL 03 16 2008 012344246 0308 0308 96,59 0611 07 161009393553 MOLDEVEANU --- VALENTIN CL LA VILLA 4 16670 PROVENCIO E 03 16 2008 012344650 0308 0308 8,05 0611 07 161009406687 TUNEA --- COSTEL CRISTIA CL CAÑAMARES 18 16860 VILLACONEJOS 03 16 2008 012344953 0308 0308 96,59 0611 07 161009415175 GILDAU --- MARIAN CL MOLINO DE ABAJO 1 16318 SALVACAÑETE 03 16 2008 012345458 0308 0308 96,59 0611 07 161009489947 MUNTEAN --- CORNELIU IOS CL SAN ANTON 13 16611 CASAS DE HAR 03 16 2008 012347781 0308 0308 96,59 0611 07 161009510963 ENNAHAL --- HAMID CL JULIAN PACHECO 3 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 013451359 0108 0108 96,59 0611 07 161009510963 ENNAHAL --- HAMID CL JULIAN PACHECO 3 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 013451460 0208 0208 96,59 0611 07 161009510963 ENNAHAL --- HAMID CL JULIAN PACHECO 3 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 013451561 0308 0308 96,59 0611 07 161009516118 BIDIREL --- DAFINEL CL CASTILLA LA MANCH 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012348488 0308 0308 96,59 0611 07 161009523895 POPA --- GHEORGHE CL BONILLA 16 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012349296 0308 0308 96,59 0611 07 161009536629 LUNGU --- GRENGUTA CL CIRCUMBALACION, 3 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012350310 0308 0308 96,59 0611 07 161009577247 FARCAS --- PETRU MARCEL CL NIEVES 24 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012356976 0308 0308 96,59 0611 07 161009629686 PREDESCU --- MARIA AUREL CL FRANCISCO COSTI 2 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012362535 0308 0308 96,59 0611 07 161009632316 GAGU --- DANIEL CL ESCUDER 9 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012362737 0308 0308 90,14 0611 07 161009662729 CIUNGALAN --- DANUT CL CLAVEL 3 16813 VALDEOLIVAS 03 16 2008 012365363 0308 0308 96,59 0611 07 161009670813 GRUIA --- DANIEL CL SAN ANTON 18 16240 PERAL EL 03 16 2008 012365767 0308 0308 96,59 0611 07 161009674752 COTOI --- IONELA LOREDAN CL PEñAS 15 16260 MINGLANILLA 03 16 2008 012366171 0308 0308 96,59 0611 07 161009692031 CARLEJAN --- HORATIU CL HUEVERA 2 16620 ALBERCA DE Z 03 16 2008 012366373 0308 0308 96,59 0611 07 161009693748 RADU --- JURCA CL EXTRAMUROS 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012366474 0308 0308 96,59 0611 07 161009697889 BABO --- CORINA CL MAYOR 25 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012366676 0308 0308 93,37 0611 07 161009720828 BUCIUTA --- IOAN CL ARBOL 7 16417 HINOJOSOS L 03 16 2008 012367383 0308 0308 96,59 0611 07 161009742955 DAN DUTCA --- DUMITRU CL LA RAMBLA 5 16240 PERAL EL 03 16 2008 012368595 0308 0308 96,59 0611 07 161009752251 ALI MOUSSA --- SAMIRA AV JUAN CARLOS I 16 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012368902 0308 0308 96,59 0611 07 161009757709 JADVYGAS --- NERIJUS CL VIRGEN DE LOS REM 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012369306 0308 0308 96,59 0611 07 161009758921 CHELARU --- NICOLAE CL SAN PEDRO 40 16240 PERAL EL 03 16 2008 012369508 0308 0308 61,18 0611 07 161009781553 VASILEV --- SAMUIL CL QUILEZ 1 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012370518 0308 0308 96,59 0611 07 161009789637 LUNGU --- SORINA CL COMANDANTE MERCHA 16670 PROVENCIO E 03 16 2008 011519645 0108 0108 96,59 0611 07 161009813380 ZAMFIR --- DOBRIN CL VICTOR PEñA 12 16670 PROVENCIO E 03 16 2008 012373245 0308 0308 96,59 0611 07 161009836723 DINU --- FLOREA CL JAIME BALMES 17 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 011983225 0208 0208 96,59 0611 07 161009854709 ECH CHERAYBY --- TAOUFIK CL LA PAZ 6 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012375871 0308 0308 96,59 0611 07 161009883506 BIDIREL --- CONSTANTIN M CL LAS CRUCES 34 16610 CASAS DE FER 03 16 2008 012377790 0308 0308 96,59 0611 07 161009887344 TICU --- GAROFITA CL CUENCA 16400 TARANCON 03 16 2008 012378396 0308 0308 96,59 0611 07 161009887445 ADIR --- GAROFITA CL CANTARERO 10 16400 TARANCON 03 16 2008 012378400 0308 0308 96,59 0611 07 161009887546 MORAR --- GRIGORI POMPEI CL CUENCA 16400 TARANCON 03 16 2008 012378501 0308 0308 96,59 0611 07 161009924730 BESRAOUI --- MORAD CL AGUA 1 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012378804 0308 0308 96,59 0611 07 161010056183 MUSTATA --- FLORIN CT NACIONAL 301-KM.1 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012386682 0308 0308 96,59 0611 07 161010056486 MARIUS --- PITIGOI CT NACIONAL 301 KM. 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012386884 0308 0308 96,59 0611 07 161010056789 PITIGOI --- VERONICA CT NACIONAL 301 KM. 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012386985 0308 0308 96,59 0611 07 161010056890 NEGREA --- DOINA CT NACIONAL 301 KM 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012387086 0308 0308 96,59 0611 07 161010076795 POSTICA --- IOAN CL SISANTE 2 16700 SISANTE 03 16 2008 012388302 0308 0308 96,59 0611 07 161010123780 CATANESCU --- FLORINEL P CT TARANCON 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012391231 0308 0308 96,59 0611 07 161010181576 CALIN --- PETRICA CL SAN PEDRO 35 16240 PERAL EL 03 16 2008 012393049 0308 0308 96,59 0611 07 161010273425 MUSA --- VALENTIN CL COLMENILLAS 4 16860 VILLACONEJOS 03 16 2008 012395776 0308 0308 61,18 0611 07 161010305656 SIGARTAU --- DUMITRU AV DE LA CONSTITUCIÓ 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012396079 0308 0308 96,59 0611 07 161010330615 TOUATI --- BOUMEDIENE CL PELAYO 47 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012396281 0308 0308 96,59 0611 07 161010362745 BERINTAN --- STEFAN CT DE VALENCIA, KM 8 16123 ARCAS DEL VI 03 16 2008 012397291 0308 0308 96,59 0611 07 161010418117 DE OLIVEIRA CARNEIRO FER CL MONTEAGUDO 2 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012398204 0308 0308 96,59 0611 07 161010457826 LINGURARIU --- COSMIN IO CL REAL 48 16338 HUERTOS LOS 03 16 2008 012399820 0308 0308 96,59 0611 07 161010467829 IACOB --- PETRU CL EXTRAMUROS 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012400123 0308 0308 96,59 0611 07 161010474701 SELLAM --- NADIA CL LEON FELIPE 5 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012400224 0308 0308 8,05 0611 07 161010506730 SIMON --- VICTOR LG CONTRERAS 16393 MIRA 03 16 2008 012401537 0308 0308 96,59 0611 07 161010519258 EL AZHARI --- HAMID PZ ARRABAL DEL COSO 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012401739 0308 0308 96,59 0611 07 161010566142 ENCIU --- MARIAN CL DIEGO RAMIREZ 4 16415 VILLAMAYOR D 03 16 2008 012402345 0308 0308 38,64 0611 07 161010573216 BERNAL OROZCO ALEXANDER CL SACERDOTE FERNAND 16200 MOTILLA DEL 03 16 2008 012011719 0208 0208 57,95 0611 07 161010584532 SALIEVA --- DIYANA PETRO CL ALAMEDA 4 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012403254 0308 0308 96,59 0611 07 161010586754 CIRSTEA --- IONUT ALIN CL PORTILLA 12 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012403456 0308 0308 96,59 0611 07 161010607164 AFIF --- RACHID CL ESCOBARES 18 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012404365 0308 0308 96,59 0611 07 161010619793 BERRACHED --- ABDELKADER CL DE LA INFANCIA 7 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012404870 0308 0308 96,59 0611 07 161010623534 BEN IFFOU --- AHMED CL SAN SEBASTIAN 41 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012404971 0308 0308 96,59 0611 07 161010649705 LAMDARREG --- SAID CL SANTA ANA 4 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012405476 0308 0308 83,71 0611 07 161010654957 RAOUANE --- ABDELKHALEK CL VIRGEN 2 16236 VILLAGARCIA 03 16 2008 012405577 0308 0308 80,48 0611 07 161010662738 ILIEV ASENOV YANKO CL REAL 42 16850 CAÑAVERAS 03 16 2008 012406082 0308 0308 9,66 0611 07 161010663041 TOUFIK --- ABDESLEM CL CEA BERMUDEZ 15 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012406183 0308 0308 61,18 0611 07 161010663142 DRAGOI PLATON RADUCAN CL ALTOZANO 10 16857 CANALEJAS DE 03 16 2008 012406284 0308 0308 61,18 0611 07 161010684360 BELABBES --- MOUHCINE CL SAN MARCOS 20 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012406890 0308 0308 12,88 0611 07 191000512547 RODRIGUEZ SUAREZ SILVIA CL LUIS DE GONGORA 7 16239 CASASIMARRO 03 16 2008 012013941 0208 0208 96,59 0611 07 191004742353 AHABCHANE --- JAMAL CL CHOPOS 4 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012014042 0208 0208 96,59 0611 07 191005711949 EL BARHMI --- ABDERRAHMA CL MAYOR 28 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 013482277 0208 0208 96,59 0611 07 191005711949 EL BARHMI --- ABDERRAHMA CL MAYOR 28 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 013482378 0308 0308 96,59 0611 07 211015716657 BOUKHANFRA --- AMEUR CL CAÑO 11 16400 TARANCON 03 16 2008 012407601 0308 0308 64,39 0611 07 211023630544 CISOWSKA --- GRAZYNA STA CL LOS PASOS 2 16670 PROVENCIO E 03 16 2008 012407904 0308 0308 96,59 0611 07 211026877822 BOBOC --- EMANUELA CL DOLOROSA 13 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012408308 0308 0308 70,82 0611 07 211026963708 BOBOC --- MARIANA CL PRINCIPE 57 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012408409 0308 0308 70,82 0611 07 211031225846 EL ABOUDI --- SAID CL CURA 18 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012408712 0308 0308 96,59 0611 07 211031861501 MARINOVA --- ALBENA KOLY CL CERVANTES 16650 MESAS LAS 03 16 2008 012409419 0308 0308 96,59 0611 07 211033894053 MILEVA --- ALBENA VALENT CT TARANCON 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012409621 0308 0308 32,20

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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0611 07 211035024610 SISOLAKOVA --- MILENA CL MAYOR 16415 VILLAMAYOR D 03 16 2008 012409924 0308 0308 96,59 0611 07 211035785957 UPCEA --- ROXANA GIANINA CL CORILO DEL SAZ 7 16411 FUENTE DE PE 03 16 2008 012410126 0308 0308 57,95 0611 07 230067002750 JABBOUR --- TAHAR CT LAS MESAS SN 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 013258268 0308 0308 96,59 0611 07 251014228348 LUPU --- JOVITA CL PIZARRO 11 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012411338 0308 0308 96,59 0611 07 260021039942 MUNARRIZ OLLACARIZQUETA PZ DE SAN MIGUEL 5 16630 MOTA DEL CUE 03 16 2008 012411439 0308 0308 96,59 0611 07 261006780550 ZAROUAL --- AHMED CL CALVARIO 16317 SALINAS DEL 03 16 2008 012411540 0308 0308 96,59 0611 07 261009136337 GOMES TEIXEIRA ANTONIO A CL MONTEAGUDO 2 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012411843 0308 0308 96,59 0611 07 261013285311 DRUGA --- GHEORGHE MARIA CL SACRISTIA 3 16417 HINOJOSOS L 03 16 2008 012412146 0308 0308 96,59 0611 07 281112635911 RADKOV STEFANOV VALENTIN CL FINCA DEHESA ROME 16730 HONRUBIA 03 16 2008 011558546 0108 0108 96,59 0611 07 281211003914 KHAROUBI --- ABDELKADER CL NIEVES 24 16600 SAN CLEMENTE 03 16 2008 012413964 0308 0308 96,59 0611 07 291056330021 MESSAOUDI --- MOHAMED CL CURA 26 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012415782 0308 0308 19,32 0611 07 300095589711 HAMDAOUI --- SAID CL SAN CRISTOBAL 16330 LANDETE 03 16 2008 012415883 0308 0308 96,59 0611 07 301012185507 EL BAYED --- BEN MANSSOU CL EL REAL 31 16710 ATALAYA DEL 03 16 2008 012416287 0208 0208 83,71 0611 07 301012185507 EL BAYED --- BEN MANSSOU CL EL REAL 31 16710 ATALAYA DEL 03 16 2008 012416388 0308 0308 96,59 0611 07 301025428633 EL GHABAOUI --- BACHIR CL JUAN CARLOS I 18 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012416590 0308 0308 96,59 0611 07 301032271577 HAMDAOUI --- MOHAMMED CL SAN CRISTOBAL 16330 LANDETE 03 16 2008 012417503 0308 0308 96,59 0611 07 301036626170 EJJAI --- ALI CL VALENCIA 3 16720 CAÑADAJUNCOS 03 16 2008 012417806 0308 0308 96,59 0611 07 301049184640 AZARG --- KHALIFA CL SAN ROQUE 1 16220 QUINTANAR DE 03 16 2008 012418715 0308 0308 96,59 0611 07 301053909348 LMBARKI --- ABDELGHANI CL GUILLERMO RUIPERE 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012419220 0308 0308 96,59 0611 07 441003959974 HAU --- GHEORGHE GABI CT CUENCA 25 16393 MIRA 03 16 2008 012421341 0308 0308 96,59 0611 07 451016950985 GEORZA --- VIRGINIA CL SOL 1 16235 INIESTA 03 16 2008 013495415 0208 0208 96,59 0611 07 451018712244 NAYDENOV --- TONCHO TODO CL CUENCA 11 16415 VILLAMAYOR D 03 16 2008 012422250 0308 0308 96,59 0611 07 451021672461 SOUDOU --- ABDELLATIF CL GARCIA IZQUIERDO 16620 ALBERCA DE Z 03 16 2008 012422856 0308 0308 96,59 0611 07 451023294785 GHERGHE --- GHEORGHE CL FERNANDO ESPINOSA 16240 PERAL EL 03 16 2008 012422957 0308 0308 96,59 0611 07 461022975275 EL MOSTAFA --- AMINE CL QUIJOTE 8 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012424977 0308 0308 96,59 0611 07 461083352422 JANCAUSKAS --- VALDAS CL PABLO PICASSO 12 16660 PEDROÑERAS 03 16 2008 012425886 0308 0308 96,59 0611 07 461088794324 LAMHAMDI --- BOUJEMMA CL OLLERIAS 11 16210 CAMPILLO DE 03 16 2008 012425987 0308 0308 96,59 0611 07 501015902493 CIMPONERIU --- DOREL CL NUEVA DEL MARQUES 16417 HINOJOSOS L 03 16 2008 012426189 0308 0308 96,59 0611 07 501018191390 CALDARAS --- MARIA CL NUEVA DEL MARQUES 16417 HINOJOSOS L 03 16 2008 012426290 0308 0308 96,59 0613 10 16102989295 ALBAEMPLEO TRABAJOS RURA CL VALENCIA 48 16237 LEDAÑA 03 16 2008 012613422 0308 0308 490,57

REGIMEN 12 REGIMEN ESPECIAL EMPLEADOS DEL HOGAR

1221 07 281166351376 MARINOVA MIHAYLOVA ANA CL ESCULTOR JOSE NAV 16200 MOTILLA DEL 03 16 2008 012233809 0308 0308 185,62

DIRECCION PROVINCIAL : 02 ALBACETE DIRECCION: AV ESPAÑA 27 02002 ALBACETE TELEFONO: 967 0598700 FAX: 967 0598794 SUBDIRECTOR PROVINCIAL JULIO R GRAFULLA CABAU

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL

0111 10 02104997101 LOPEZ CAMBRONERO ANTONIO AV DE CUENCA 8 16220 QUINTANAR DE 10 02 2008 014681046 1205 1205 254,74 0111 10 02104997101 LOPEZ CAMBRONERO ANTONIO AV DE CUENCA 8 16220 QUINTANAR DE 10 02 2008 014681147 0106 0106 614,98 0111 10 02104997101 LOPEZ CAMBRONERO ANTONIO AV DE CUENCA 8 16220 QUINTANAR DE 10 02 2008 014681248 0206 0206 776,75 0111 10 02104997101 LOPEZ CAMBRONERO ANTONIO AV DE CUENCA 8 16220 QUINTANAR DE 10 02 2008 014681349 0306 0306 100,80

REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA

0611 07 021015702122 HALINAUSKAS --- ADOMAS CL CAMPANAS DE SANTA 16600 SAN CLEMENTE 03 02 2008 013479963 0308 0308 96,59 0611 07 021015702122 HALINAUSKAS --- ADOMAS CL CAMPANAS DE SANTA 16600 SAN CLEMENTE 03 02 2008 015323771 0108 0108 96,59 0611 07 161007504881 SIGNEANU --- STELIAN COS CL LAS TORRES 9 16612 CASAS DE LOS 03 02 2008 013667600 0308 0308 96,59 0611 07 481011279770 BAILAROTE SILVEIRA LUIS CL LOPEZ OSA 27 16660 PEDROÑERAS 03 02 2008 013678007 0308 0308 96,59

DIRECCION PROVINCIAL : 04 ALMERIADIRECCION: CL FUENTE VICTORIA 2 04007 ALMERIA TELEFONO: 950 0180635 FAX: 950 0180676 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. MIGUEL CIORDIA DIAZ DE CERIO

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL

0111 10 04106335251 REFRIGERACIONES MAYANO, CR LA ALMARCHA 38 16600 SAN CLEMENTE 03 04 2008 021812335 0308 0308 835,74 0111 10 04107222702 INMOBILIARIA TUCA15, S.A AV JUAN XXIII 59 16660 PEDROÑERAS 03 04 2008 021851236 0308 0308 296,36

DIRECCION PROVINCIAL : 12 CASTELLO DIRECCION: PZ JUEZ BORRULL 14 12003 CASTELLON TELEFONO: 964 0727300 FAX: 964 0727333 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. ROSA MARíA GUTIERREZ ROIG

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS

0521 07 121021711510 VADUVA --- VALERIU CL CARRETAS 13 16670 PROVENCIO E 03 12 2008 014369584 0308 0308 363,83

REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA

0611 07 041022321833 MARIN --- JULIA CL FRAY LUIS DE LEON 16620 ALBERCA DE Z 03 12 2008 013956629 0208 0208 96,59

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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DIRECCION PROVINCIAL : 13 CIUDAD REALDIRECCION: AV REY SANTO 2 13001 CIUDAD REAL TELEFONO: 901 0502050 FAX: 926 0275550 JEFA DE SECCION LLANOS PRADAS SORIANO

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL

0111 10 13106258767 DUCK DIVE HARDWEAR, S.L. PZ MAYOR 8 16630 MOTA DEL CUE 03 13 2008 014675574 0308 0308 16,73

REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS

0521 07 131020259524 PUTI --- VICTOR VASILE CL ERAS 22 16118 OLMEDILLA DE 03 13 2008 014498954 0408 0408 363,83 0521 07 131021308437 SERETAN --- NICOLAE CL SAN MARCOS 2 16639 SANTA MARIA 03 13 2008 013896443 0308 0308 293,22

DIRECCION PROVINCIAL : 14 CORDOBADIRECCION: AV RONDA DE LOS TEJARES 23 14008 CORDOBA TELEFONO: 957 0499600 FAX: 957 0499641 SUBDIRECTOR PROVINCIAL JUAN MUÑOZ MOLINA

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA

0611 07 161008653727 BOUKHAROUAA --- HAMMADI CL PICASSO 13 16610 CASAS DE FER 03 14 2008 015923878 0208 0208 96,59

DIRECCION PROVINCIAL : 19 GUADALAJARADIRECCION: CL CARMEN 2 19001 GUADALAJARA TELEFONO: 949 0888300 FAX: 949 0888457 JEFA DE SECCION CONCEPCION DUESO PAUL

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL

0111 10 19102173927 REY CONSTRUCCIONES Y OBR AV GUARDIA CIVIL 31 16600 SAN CLEMENTE 03 19 2008 011251888 0208 0208 68,82

DIRECCION PROVINCIAL : 21 HUELVADIRECCION: CL PUERTO 50 21001 HUELVA TELEFONO: 959 0492500 FAX: 959 0492538 JEFE DE SECCION FRANCISCO PÉREZ MORENO

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS

0521 07 211035630353 PETROV IVANOV KRASIMIR CL ISABEL DE PORTUGA 16230 VILLANUEVA D 03 21 2008 020153530 0408 0408 293,22

REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA

0611 07 211031711048 LIAZIDI --- MILOUD CL CUENCA 1 16251 GRAJA DE INI 03 21 2008 019738955 0308 0308 22,54

DIRECCION PROVINCIAL : 28 MADRID DIRECCION: CL AGUSTIN DE FOXA 28 28036 MADRID TELEFONO: 091 3348500 FAX: 091 3348704 JEFA DE SECCION ADELINA GARCIA SOLER

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL

0111 10 28158218007 REY CONSTRUCCIONES OBRAS AV DE LA GUARDIA CIV 16600 SAN CLEMENTE 03 28 2008 042383045 0208 0208 51.255,20 0111 10 28158218007 REY CONSTRUCCIONES OBRAS AV DE LA GUARDIA CIV 16600 SAN CLEMENTE 03 28 2008 042383146 0208 0308 412,82

REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS

0521 07 501020930026 LEGARRETA MARTINEZ M INM CL LA GRANJA 2 16400 TARANCON 03 28 2008 043159045 0308 0308 293,22

DIRECCION PROVINCIAL : 29 MALAGADIRECCION: CL INGENIERO DE LA TORRE ACOSTA 5 29007 MALAGA TELEFONO: 095 2619500 FAX: 095 2619556 JEFA DE SECCION GERTRUDIS NAVAS SÁEZ

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS

0521 07 061008942770 ZHOU --- SENQUN CL CAÑADA MOLINA 117 16123 ARCAS DEL VI 03 29 2008 022038139 0308 0308 293,22 0521 07 061008942770 ZHOU --- SENQUN CL CAÑADA MOLINA 117 16123 ARCAS DEL VI 03 29 2008 022038240 0408 0408 293,22

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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DIRECCION PROVINCIAL : 30 MURCIADIRECCION: CL ORTEGA Y GASSET S/N 0 30009 MURCIA TELEFONO: 968 0395000 FAX: 968 0392000 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. REMIGIO ESTEBANEZ DUEÑAS

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS

0521 07 300091443464 DIAZ SAURA ENRIQUE CL MAYOR 78 16440 MONTALBO 03 30 2008 032531149 0408 0408 293,22

REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA

0611 07 031043570307 MOHAMED EL HADJ --- KHEL CL NIEVES 33 16600 SAN CLEMENTE 03 30 2008 031280556 0308 0308 96,59 0611 07 161004908113 JAEN TORRES MAGDALENA DE CL JOSE AGRAZ 34 16230 VILLANUEVA D 03 30 2008 031187091 0308 0308 96,59 0611 07 301042397266 JBARIA --- IBRAHIM CL SANTA ANA 27 16240 PERAL EL 03 30 2008 026602732 0208 0208 96,59 0611 07 301047672147 SAMIR --- LACHKHAM CL HERRERIAS 35 31515 CADREITA 03 30 2008 029969541 0308 0308 96,59 0611 07 461052721539 EL HABTI --- MOHAMED CL COOPERATIVA 8 16660 PEDROÑERAS 03 30 2008 030563463 0308 0308 96,59 0611 07 161006303091 CEDEÑO MORANTE CESAR FID CL CANONIGO MUñOZ SO 16004 CUENCA 03 30 2008 030625000 0308 0308 96,59 0611 07 161009486210 KOULALI --- AHMED CL COLON 32 16002 CUENCA 03 30 2008 030626313 0308 0308 96,59

DIRECCION PROVINCIAL : 41 SEVILLADIRECCION: CL PABLO PICASSO 0 41018 SEVILLA TELEFONO: 095 4591700 FAX: 095 4591749 JEFA SERVICIO TECNICO NOT./IMPG MARIA CARMEN PEREZ CANO

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA

0611 07 411105685037 MIHAI --- MARIAN CT MATAS VERDES 16600 SAN CLEMENTE 03 41 2008 020115135 0108 0108 96,59 0611 07 411105685037 MIHAI --- MARIAN CT MATAS VERDES 16600 SAN CLEMENTE 03 41 2008 022777985 0208 0208 96,59 0611 07 411094068073 CRAIA --- BITER CL COMISARIO 18 16235 INIESTA 03 41 2008 025418914 0308 0308 96,59

DIRECCION PROVINCIAL : 44 TERUELDIRECCION: CL GLORIETA 1 44001 TERUEL TELEFONO: 901 0502050 FAX: 978 0609811 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. RAMON LOPEZ RAJADEL

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA

0611 07 161007447085 EL MOUTAOUAKIL --- OMAR CL LOS CENTENARES 16150 TRAGACETE 03 44 2008 010768582 0208 0208 96,59

DIRECCION PROVINCIAL : 45 TOLEDO DIRECCION: PZ DE SAN AGUSTIN 3 45001 TOLEDO TELEFONO: 925 0396500 FAX: 925 0396501 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. FRANCISCO MACIAS PEREZ

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 01 REGIMEN GENERAL

0111 10 45106619189 REY CONSTRUCCIONES Y OBR CL GUARDIA CIVIL 31 16600 SAN CLEMENTE 03 45 2008 014857875 0208 0208 2.195,11 0111 10 45105888861 INDOOR PUERTAS, S.A. CM CONGOSTO SN 16440 MONTALBO 03 45 2008 016334400 0308 0308 5.687,71

REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS 0521 07 160022156266 BENITO OSA JOSE MANUEL CL GRAL. EMILIO VILL 16400 TARANCON 03 45 2008 015314482 0308 0308 293,22 0521 07 231027069766 QOUABIB --- ABDELKARIM CL REINA SOFIA 4 16400 TARANCON 03 45 2008 015316405 0308 0308 313,32 0521 07 280235381608 MUÑOZ RODRIGO FRANCISCO CL PICASSO 3 16192 BUENACHE DE 03 45 2008 014962858 0308 0308 290,41 0521 07 280357790352 MORALES CASTEJON PILAR TL AGUA VIENTOS (UR, 16460 BARAJAS DE M 03 45 2008 015320546 0308 0308 306,82 0521 07 281116624732 MOJE POPA --- PAVEL VIRG CL OCAñA 39 16410 HORCAJO DE S 03 45 2008 015330347 0308 0308 293,22 0521 07 451025943895 BIC --- VASILE CL RAMON Y CAJAL 10 16415 VILLAMAYOR D 03 45 2008 016189001 0408 0408 293,22 0521 07 451027345244 ZOTA --- NICOLAE ADRIAN CL EXTRAMUROS 16411 FUENTE DE PE 03 45 2008 016193243 0308 0308 293,22 0521 07 451027345244 ZOTA --- NICOLAE ADRIAN CL EXTRAMUROS 16411 FUENTE DE PE 03 45 2008 016193344 0408 0408 293,22 0521 07 160013766069 GARCIA ALARCON JULIO CL COSO, 22 16434 MONTALBANEJO 03 45 2008 015313977 0308 0308 243,70

DIRECCION PROVINCIAL : 46 VALENCIADIRECCION: AV MARQUES DE SOTELO 10 46002 VALENCIA TELEFONO: 096 3102500 FAX: 096 3102501 JEFE DE SERVICIO NOTIFICACION/IMPUGNAC. RAFAEL GARCIA FELIU

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REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 05 R.E.TRABAJADORES CTA. PROP. O AUTONOMOS

0521 07 461088128660 DUMINICA --- MITICA CL JABEGA 1 16660 PEDROÑERAS 03 46 2008 029752665 0308 0308 293,22 0521 07 461087256266 MIRCEA --- ZACON CL FINCA EL NIDO S/N 16660 PEDROÑERAS 03 46 2008 033093307 0408 0408 326,06 0521 07 461088128660 DUMINICA --- MITICA CL JABEGA 1 16660 PEDROÑERAS 03 46 2008 032977715 0408 0408 293,22 0521 07 461088472305 MORGOVAN --- VIOREL CL SAN JUAN 6 16710 TEBAR 03 46 2008 033213040 0408 0408 382,64

REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA 0611 07 461045193329 SELLAH --- AHMED CL PELAYO 23 16660 PEDROÑERAS 03 46 2008 023668442 0108 0108 96,59

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

16

Page 49: SUMARIO (Fascículo 1) Boletín Oficial de la Provincia … · X03835519Q FRENTI DANIEL 2008048935 ... El informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 19 de junio de 2008, referente

DIRECCION PROVINCIAL : 50 ZARAGOZADIRECCION: AV DE LAS TORRES 22 50008 ZARAGOZA TELEFONO: 976 0722000 FAX: 976 0722007 JEFA SERVICIO TECNICO NOT./IMPG Mª VICTORIA RALUY GOZALO

RELACION PARA SOLICITAR LA PUBLICACION EN B.O.P. / B.O.C.A. VIA EJECUTIVARELACION REEXPEDIDA DESDE LA TESORERIA: 50 ZARAGOZA

REG. T./IDENTIF. RAZON SOCIAL/NOMBRE DIRECCION C.P. POBLACION TD NUM.PROV.APREMIO PERIODO IMPORTE

REGIMEN 06 R.ESPECIAL AGRARIO CUENTA AJENA

0611 07 251014240876 RADUCAN --- ILEANA PS DEL RABOSERO 36 16630 MOTA DEL CUE 03 50 2008 018121802 0208 0208 96,59 0611 07 251014245627 RADUCAN --- NELU PS DEL RABOSERO 36 16630 MOTA DEL CUE 03 50 2008 018122307 0208 0208 96,59

(5214)

MINISTERIO DE FOMENTO———

Dirección General de Ferrocarriles

— ANUNCIO —RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES de fecha …06 noviembre de 2008 por la que se abre Infor-

mación Pública correspondiente al expediente de Expropiación Forzosa que se tramita con motivo de las obras del Administrador de Infra-estructuras Ferroviarias, MODIFICACIÓN DELPROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMADEL NUEVO ACCESO FERRO-VIARIO DE ALTA VELOCIDAD DE LEVANTE. MADRID-CASTILLA LA MANCHA –COMUNIDAD VALENCIANA – REGIÓNDE MURCIA. TRAMO: OLALLA – ARCAS DEL VILLAR. En el término municipal de CUENCA. EXPTE:163ADIF0804.

El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias insta la incoación del expediente expropiatorio para disponer de los terrenos nece-sarios para la ejecución de las obras del proyecto de expropiación MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PLA-TAFORMA DEL NUEVO ACCESO FERROVIARIO DE ALTA VELOCIDAD DE LEVANTE. MADRID-CASTILLA LA MANCHA–COMUNIDAD VALENCIANA – REGIÓN DE MURCIA. TRAMO: OLALLA – ARCAS DEL VILLAR. . En el término municipalde CUENCA, cuyo proyecto básico ha sido debidamente aprobado.

Dichas obras están incluidas en la normativa de la Ley 39/2003 de 17 de noviembre del Sector Ferroviario, Capítulo II sobre Plani-ficación, Proyecto y Construcción de Infraestructuras integrantes de la red ferroviaria de interés general. Lo anterior implica que la apro-bación del proyecto referenciado en el encabezamiento del presente escrito conlleve la declaración de utilidad pública y la urgencia dela ocupación a efectos de expropiación forzosa y la aplicación de los preceptos contenidos en el artículo 52 de la Ley de ExpropiaciónForzosa de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26de abril de 1957.

En su virtud, y a los efectos señalados en el Título II, Capítulo II, de la vigente ley de Expropiación Forzosa y en los concordantesdel Reglamento para su aplicación.

Esta Dirección General de Ferrocarriles ha resuelto abrir información pública durante un plazo de QUINCE (15) días hábiles, con-tados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, en la forma dispuesta en el artículo 17, párrafo primero del Regla-mento de 26 de abril de 1957, para que los propietarios que figuran en la relación adjunta y todas las demás personas o entidades que seestimen afectadas por la ejecución de las obras, puedan formular por escrito ante este Departamento, las alegaciones que consideren opor-tunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 del Reglamento para su aplicación. Esta publi-cación servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Del mismo modo se procede a la citación de los propietarios anteriores al levantamiento de las actas previas a la ocupación, que ten-drá lugar en el/los Ayuntamientos indicados en la relación adjunta en la que figuran las fechas y horas de citación, debiendo compare-cer los interesados con los documentos que acrediten su personalidad y la titularidad de los bienes y derechos afectados.

Además podrán consultar el Anejo de Expropiaciones tanto en los locales del Ministerio de Fomento, Dirección General de Ferro-carriles, Subdirección General de Construcción, Pº de la Castellana, 144, como en los respectivos Ayuntamientos afectados por la eje-cución de las obras contenidas en el proyecto de que se trata.

RELACION CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE LOS BIENES Y DERECHOSTERMINO MUNICIPAL DE: CUENCA

DATOS CATASTRALES Sup. Tipo de afección (m.2)N.º de orden Pol. Parc. Titular catastral Titular actual y domicilio parcela Exprop. Servid. Ocupación Naturaleza Fecha/hora

(m.2) temporal del bien actas previas

D-16.0783-0404-C00 29 41 REQUENA CALVO, FÉLIX REQUENA CALVO, FÉLIXAV. ANDALUCÍA, 25, 11º DMALAGA 18960 0 0 12025 RÚSTICA 17/12/2008

10:20D-16.0783-0422-C00 27 20 GARCÍA MOHORTE, ÁNGEL GARCÍA MOHORTE, ÁNGEL

CL. CAMINO CAÑETE, 18CUENCA 12738 1055 0 0 RÚSTICA 17/12/2008

9:20D-16.0783-0426-C00 27 21 SELIGRAT MARTÍNEZ, EVELIO SELIGRAT MARTÍNEZ, EVELIO

CL. CALDERÓN DE LA BARCA, 35, 2ºD CUENCA 41000 2776 0 0 RÚSTICA 17/12/2008

10:40

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

17

Page 50: SUMARIO (Fascículo 1) Boletín Oficial de la Provincia … · X03835519Q FRENTI DANIEL 2008048935 ... El informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 19 de junio de 2008, referente

D-16.0783-0429-C00 27 15 GARCÍA MOHORTE, ÁNGEL GARCÍA MOHORTE, ÁNGELCL. CAMINO CAÑETE, 18CUENCA 20750 864 0 0 RÚSTICA 17/12/2008

9:20D-16.0783-0430-C00 27 18 GARCÍA MOHORTE, ÁNGEL GARCÍA MOHORTE, ÁNGEL

CL. CAMINO CAÑETE, 18CUENCA 30700 1118 0 0 RÚSTICA 17/12/2008

9:20D-16.0783-0435-C00 27 14 SELIGRAT MARTÍNEZ, EVELIO SELIGRAT MARTÍNEZ, EVELIO

CL. CALDERÓN DE LA BARCA, 35, 2ºD CUENCA 1688 839 0 0 RÚSTICA 17/12/2008

10:40D-16.0783-0443-C00 27 60 AYUNTAMIENTO DE CUENCA AYUNTAMIENTO DE CUENCA

PLAZA MAYOR 1CUENCA 303020 778 0 0 RÚSTICA 17/12/2008

9:00D-16.0783-0477-C00 501 106 LÓPEZ CAÑAS, ADRIÁN LÓPEZ CAÑAS, ADRIÁN

CL. PADRE MANOLO, 3 1MONZON, HUESCA 34186 0 0 952 RÚSTICA 17/12/2008

10:00D-16.0783-0610 29 40 VALENCIA PATON, MARIANO VALENCIA PATON, MARIANO

FERMIN CABALLERO 25CUENCA 2539 0 0 2539 RÚSTICA 17/12/2008

11:10EL DIRECTOR GENERAL DE FERROCARRILES, LUIS DE SANTIAGO PÉREZ.

(5244)

— ANUNCIO —RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES de fecha 06 noviembre de 2008 por la que se abre Infor-

mación Pública correspondiente al expediente de Expropiación Forzosa que se tramita con motivo de las obras del Administrador de Infra-estructuras Ferroviarias, MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMADEL NUEVO ACCESO FERRO-VIARIO DE ALTA VELOCIDAD DE LEVANTE. MADRID-CASTILLA LA MANCHA –COMUNIDAD VALENCIANA – REGIÓNDE MURCIA. TRAMO: ARCAS DEL VILLAR–FUENTES. En los términos municipales de ARCAS DEL VILLAR y FUENTES.EXPTE:162ADIF0804.

El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias insta la incoación del expediente expropiatorio para disponer de los terrenos nece-sarios para la ejecución de las obras del proyecto de expropiación MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PLA-TAFORMA DEL NUEVO ACCESO FERROVIARIO DE ALTA VELOCIDAD DE LEVANTE. MADRID-CASTILLA LA MANCHA–COMUNIDAD VALENCIANA – REGIÓN DE MURCIA. TRAMO: ARCAS DEL VILLAR–FUENTES. En los términos municipa-les de ARCAS DEL VILLAR y FUENTES, cuyo proyecto básico ha sido debidamente aprobado.

Dichas obras están incluidas en la normativa de la Ley 39/2003 de 17 de noviembre del Sector Ferroviario, Capítulo II sobre Plani-ficación, Proyecto y Construcción de Infraestructuras integrantes de la red ferroviaria de interés general. Lo anterior implica que la apro-bación del proyecto referenciado en el encabezamiento del presente escrito conlleve la declaración de utilidad pública y la urgencia dela ocupación a efectos de expropiación forzosa y la aplicación de los preceptos contenidos en el artículo 52 de la Ley de ExpropiaciónForzosa de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26de abril de 1957.

En su virtud, y a los efectos señalados en el Título II, Capítulo II, de la vigente ley de Expropiación Forzosa y en los concordantesdel Reglamento para su aplicación.

Esta Dirección General de Ferrocarriles ha resuelto abrir información pública durante un plazo de QUINCE (15) días hábiles, con-tados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, en la forma dispuesta en el artículo 17, párrafo primero del Regla-mento de 26 de abril de 1957, para que los propietarios que figuran en la relación adjunta y todas las demás personas o entidades que seestimen afectadas por la ejecución de las obras, puedan formular por escrito ante este Departamento, las alegaciones que consideren opor-tunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 del Reglamento para su aplicación. Esta publi-cación servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Del mismo modo se procede a la citación de los propietarios anteriores al levantamiento de las actas previas a la ocupación, que ten-drá lugar en el/los Ayuntamientos indicados en la relación adjunta en la que figuran las fechas y horas de citación, debiendo compare-cer los interesados con los documentos que acrediten su personalidad y la titularidad de los bienes y derechos afectados.

Además podrán consultar el Anejo de Expropiaciones tanto en los locales del Ministerio de Fomento, Dirección General de Ferro-carriles, Subdirección General de Construcción, Pº de la Castellana, 144, como en los respectivos Ayuntamientos afectados por la eje-cución de las obras contenidas en el proyecto de que se trata.

RELACION CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE LOS BIENES Y DERECHOSTERMINO MUNICIPAL DE: ARCAS DEL VILLAR

DATOS CATASTRALES Sup. Tipo de afección (m.2)N.º de orden Pol. Parc. Titular catastral Titular actual y domicilio parcela Exprop. Servid. Ocupación Naturaleza Fecha/hora

(m.2) temporal del bien actas previas

D-16.9054-0120-C00 513 1008 SERRANO ANDRÉS, M.ª CARMEN SERRANO ANDRÉS, M.ª CARMENMAYOR 628013 MADRID 1023929 2170 0 0 RÚSTICA 16/12/2008

16:00

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

18

Page 51: SUMARIO (Fascículo 1) Boletín Oficial de la Provincia … · X03835519Q FRENTI DANIEL 2008048935 ... El informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 19 de junio de 2008, referente

RELACION CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE LOS BIENES Y DERECHOSTERMINO MUNICIPAL DE: FUENTES

D-16.0894-0112-C00 522 23 DÍAZ ARROYO, JOSÉ MARÍA DÍAZ MUÑOZ, PIEDADVIRGEN DEL PILAR 216002 CUENCA 700320 2698 0 0 RÚSTICA 16/12/2008

17:20EL DIRECTOR GENERAL DE FERROCARRILES, LUIS DE SANTIAGO PÉREZ

(5243)

— ANUNCIO —RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE FERROCARRILES de fecha 6 noviembre de 2008 por la que se abre Infor-

mación Pública correspondiente al expediente de Expropiación Forzosa que se tramita con motivo de las obras del Administrador de Infra-estructuras Ferroviarias, MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMADEL NUEVO ACCESO FERRO-VIARIO DE ALTAVELOCIDAD DE LEVANTE. MADRID-CASTILLA LA MANCHA-COMUNIDAD VALENCIANA-REGIÓN DEMURCIA. TRAMO: ABIA DE LA OBISPALÍA-CUENCA. En el término municipal de ABIA DE LA OBISPALIA. EXPTE:161ADIF0804.

El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias insta la incoación del expediente expropiatorio para disponer de los terrenos nece-sarios para la ejecución de las obras del proyecto de expropiación MODIFICACIÓN DEL PROYECTO DE CONSTRUCCIÓN DE PLA-TAFORMA DEL NUEVO ACCESO FERROVIARIO DE ALTA VELOCIDAD DE LEVANTE. MADRID-CASTILLA LA MANCHA-COMUNIDAD VALENCIANA-REGIÓN DE MURCIA. TRAMO: ABIA DE LA OBISPALÍA-CUENCA. En el término municipal deABIA DE LA OBISPALIA, cuyo proyecto básico ha sido debidamente aprobado.

Dichas obras están incluidas en la normativa de la Ley 39/2003 de 17 de noviembre del Sector Ferroviario, Capítulo II sobre Plani-ficación, Proyecto y Construcción de Infraestructuras integrantes de la red ferroviaria de interés general. Lo anterior implica que la apro-bación del proyecto referenciado en el encabezamiento del presente escrito conlleve la declaración de utilidad pública y la urgencia dela ocupación a efectos de expropiación forzosa y la aplicación de los preceptos contenidos en el artículo 52 de la Ley de ExpropiaciónForzosa de 16 de diciembre de 1954 y concordantes de su Reglamento de 26de abril de 1957.

En su virtud, y a los efectos señalados en el Título II, Capítulo II, de la vigente ley de Expropiación Forzosa y en los concordantesdel Reglamento para su aplicación.

Esta Dirección General de Ferrocarriles ha resuelto abrir información pública durante un plazo de QUINCE (15) días hábiles, con-tados desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, en la forma dispuesta en el artículo 17, párrafo primero del Regla-mento de 26 de abril de 1957, para que los propietarios que figuran en la relación adjunta y todas las demás personas o entidades que seestimen afectadas por la ejecución de las obras, puedan formular por escrito ante este Departamento, las alegaciones que consideren opor-tunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 del Reglamento para su aplicación. Esta publi-cación servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 30/1992, de26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Del mismo modo se procede a la citación de los propietarios anteriores al levantamiento de las actas previas a la ocupación, que ten-drá lugar en el/los Ayuntamientos indicados en la relación adjunta en la que figuran las fechas y horas de citación, debiendo compare-cer los interesados con los documentos que acrediten su personalidad y la titularidad de los bienes y derechos afectados.

Además podrán consultar el Anejo de Expropiaciones tanto en los locales del Ministerio de Fomento, Dirección General de Ferro-carriles, Subdirección General de Construcción, Pº de la Castellana, 144, como en los respectivos Ayuntamientos afectados por la eje-cución de las obras contenidas en el proyecto de que se trata.

RELACION CONCRETA E INDIVIDUALIZADA DE LOS BIENES Y DERECHOSTERMINO MUNICIPAL DE: ABIA DE LA OBISPALÍA

DATOS CATASTRALES Sup. Tipo de afección (m.2)N.º de orden Pol. Parc. Titular catastral Titular actual y domicilio parcela Exprop. Servid. Ocupación Naturaleza Fecha/hora

(m.2) temporal del bien actas previas

D-16.0014-0009-C00 19 25 GUIJARRO LOPEZ SANTIAGO ALVARO GUIJARRO LOPEZ SANTIAGO ALVAROC/ FERMIN CABALLERO 5CUENCA 80277 352 0 0 RÚSTICA 16/12/2008

12:00:00D-16.0014-0010-C00 19 9003 AYUNTAMIENTO DE ABIA AYUNTAMIENTO DE ABIA

C/ LA PLAZA S/NABIA DE LA OBISPALÍA 11235 90 0 0 RÚSTICA 16/12/2008

11:30D-16.0014-0011-C01 19 38 GUIJARRO LOPEZ SANTIAGO ALVARO GUIJARRO LOPEZ SANTIAGO ALVARO

C/ FERMIN CABALLERO 5CUENCA 123223 9226 0 0 RÚSTICA 16/12/2008

12:00D-16.0014-0012-C00 19 9009 AYUNTAMIENTO DE ABIA AYUNTAMIENTO DE ABIA

C/ LA PLAZA S/NABIA DE LA OBISPALÍA 5830 1179 0 0 RÚSTICA 16/12/2008

11:30D-16.0014-0013-C01 19 39 GUIJARRO LOPEZ SANTIAGO ALVARO GUIJARRO LOPEZ SANTIAGO ALVARO

C/ FERMIN CABALLERO 5CUENCA 13810 6142 0 0 RÚSTICA 16/12/2008

12:00EL DIRECTOR GENERAL DE FERROCARRILES, LUÍS DE SANTIAGO PÉREZ

(5245)

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

19

Page 52: SUMARIO (Fascículo 1) Boletín Oficial de la Provincia … · X03835519Q FRENTI DANIEL 2008048935 ... El informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 19 de junio de 2008, referente

ADMINISTRACIÓN LOCAL

Ayuntamiento de Mota del Cuervo— ANUNCIO

BASES Y CONVOCATORIAPARALAPROVISIÓN POR EL SISTEMADE PROMOCIÓN INTERNAY MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN, DE UNA PLAZA DE OFICIAL DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE MOTA DELCUERVO (CUENCA).

1.- Objeto de la convocatoria1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por el sistema de promoción interna y mediante concurso-oposición, una plaza de

Oficial del Cuerpo de Policía Local de este Ayuntamiento, Escala Administración Especial, clasificada en el grupo C-1, Subgrupo C1,de los establecidos en el artículo 76 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP).

1.2.- A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de las Policías Loca-les de Castilla-La Mancha, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 110/2006, de 17 de octu-bre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, el Real Decreto364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración Gene-ral del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración Generaldel Estado, y las bases de esta convocatoria.

1.3.-La presente convocatoria y sus bases se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca. Los sucesivos anuncios rela-tivos a la convocatoria se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Mota del Cuervo.

No será necesario efectuar notificaciones o avisos individuales a los concursantes sobre el desarrollo de las pruebas.2.- Requisitos de los candidatos2.1- Para ser admitidos a la realización estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:a) Tener la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea podrán acceder, en igualdad de con-

diciones que los españoles a los empleos públicos, con las excepciones previstas en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básicodel Empleado Público (en adelante EBEP).

El acceso al empleo público se extenderá igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacio-nales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, así comoa los extranjeros con residencia legal en España.

b) Estar en posesión del titulo de Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente, o bien tener una antigüedad de cincoaños como policía y la superación de un curso específico de formación programado por la Escuela de Protección Ciudadana, o una anti-güedad de diez años como policía. En caso de titulación obtenida en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministe-rio de Educación y Ciencia, o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello.

No será necesaria la posesión de la titulación cuando se haya realizado el curso de integración previsto en la Disposición Transito-ria Segunda de la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

c) Haber permanecido, al menos, durante dos años, como funcionario de carrera en la categoría de Policía en el Ayuntamiento deMota del Cuervo.

d) No encontrarse en la situación de segunda actividad.c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de sus funciones.e) No haber sido sancionado por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que se hubiera obtenido la cancelación de la sanción

impuesta.f) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públi-

cas.g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A y B con la autorización especial para conducir transportes prio-

ritarios (BTP) cuando utilicen aparatos emisores de luces o señales acústicas especiales, salvo que se haya perdido la disponibilidad deeste último por circunstancias sobrevenidas.

h) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.2.2.- Todos los requisitos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. 3. Solicitudes3.1.- Las instancias para participar en la presente convocatoria irán dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mota del

Cuervo según modelo que figura en los anexos, pudiéndose presentar en el Registro de Entrada del Ayuntamiento en el plazo de veintedías naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.2.- Se acompañarán las mismas con copia del DNI y copia de los documentos que prueben reunir los requisitos marcados en la basesegunda así como copia de aquellos documentos que acrediten los méritos valorables en la fase concurso, del procedimiento de selec-ción.

Los documentos presentados deberán ser originales o en su defecto copias compulsadas.3.3.- La presentación de solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento o realizarse con arreglo a las

formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Administrativo Común.

3.4.- Los derechos de examen serán de 10,00 euros, y se ingresarán en la cuenta 2105 2009 53 0100000016 de Caja Castilla-La Man-cha o a través de giro postal o telegráfico, haciendo constar su objeto en el correspondiente impreso: oposiciones OFICIAL POLICIALOCAL.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.En ningún caso la presentación y pago supondrá la sustitución del trámite de presentación, en el tiempo y forma, de la solicitud.4. Admisión de aspirantes4.1.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación dictará resolución aprobando las relacio-

nes provisionales de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en Tablón de Anuncios de

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Corporación, recogiendo la relación provisional de aspirantes excluidos e indicando expresamente las causas de exclusión, que se harápública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de cinco días naturales para reclamaciones y subsanaciónde defectos, a tenor del artículo 71 de la Ley 30/1.992 para el caso de que exista algún excluido. Dichas reclamaciones, si las hubiese,serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública con la relación definitivade admitidos y excluidos, asimismo, en la forma indicada.

Si no hubiera reclamaciones la resolución provisional se elevará automáticamente a definitiva.4.2.- Transcurrido el plazo para subsanar los defectos, el mismo órgano que aprobó las relaciones provisionales dictará resolución

aprobando las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo, y señalando la fecha, hora y lugar parael inicio de las pruebas. Dicha resolución se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, e indicará las relaciones definitivasde aspirantes excluidos y el lugar donde se expondrán al público las relaciones definitivas de aspirantes admitidos.

5. Tribunal Calificador5.1.- El Tribunal Calificador de las pruebas selectivas se compondrá de la siguiente forma:-Presidente: Un funcionario designado a propuesta de la Presidencia de la Corporación.-Vocales: -Un funcionario designado por la Consejería de Justicia y Protección Ciudadana de la Junta de Comunidades de Castilla-La Man-

cha, o funcionario que se designe como sustituto.-Un funcionario designado por la Subdelegación del Gobierno en Cuenca, o funcionario que se designe como sustituto.-Un funcionario en representación del Área de Igualdad del Ayuntamiento de Mota del Cuervo o funcionario que se designe como

sustituto.-El Delegado Sindical de los funcionarios del Ayuntamiento de Mota del Cuervo, o funcionario que se designe como sustituto.-Secretario: el de la Corporación o funcionario que se designe como sustituto, que actuará con voz y sin voto.Todos los vocales deberán poseer una titulación igual o superior a la exigida para las plazas convocadas.5.5.- Para la valida actuación del Tribunal calificador es necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso, la del

Presidente y Secretario o la de quienes legalmente le sustituyan.5.6.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación, cuando en ellos concurran alguna

de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, y por las mismas causas, podrán ser recusados por los aspirantes.

5.7.- El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda, según lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6. Sistema selectivo.6.1.- La selección de los aspirantes se realizará por el sistema de concurso-oposición y constará de:a) Proceso selectivo:- Fase de oposición- Fase de concursob) Curso selectivo6.2.- La fase de oposición constará de las cinco pruebas siguientes, obligatorias y eliminatorias, a excepción de la segunda, que no

será eliminatoria, y la quinta, que tendrá carácter voluntario y de merito para los aspirantes, a celebrar por el orden siguiente:PRIMERA PRUEBA: Test de Conocimientos. Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de preguntas de 80 pregun-

tas con cuatro respuestas alternativas propuesto por el Tribunal Calificador de entre las materias que figuran en el programa de la con-vocatoria (anexo II). Las respuestas erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación. El tiempo para la realización dela prueba será de 80 minutos. Se calificara de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superar la prueba.Esta prueba tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.

SEGUNDA PRUEBA: Aptitud Física. Estará dirigida a comprobar las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad y resistencia delos aspirantes. Consistirá en las pruebas previstas en el anexo I. Previamente a la celebración de estás, cada aspirante deberá presentarun certificado médico, expedido con una antelación no superior a treinta días en relación con la fecha de realización de las pruebas, enel que se exprese que el aspirante está capacitado para realizarlas. Se calificará de 0 a 10 puntos, atendiendo a las marcas de referenciaprevistas en el anexo I, no siendo eliminatoria.

TERCERA PRUEBA: Aptitud Psicotécnica. Se incluirá una entrevista de este carácter, así como un test dirigido a determinar las apti-tudes y actitudes de los aspirantes para el desempeño de las funciones de su categoría. Se calificará de apto o no apto.

CUARTA PRUEBA: Prueba Práctica. Consistente en resolver uno o varios casos prácticos relacionados con las materias que figu-ran en el anexo II. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

QUINTA PRUEBA: Voluntaria, de idiomas. Consistirá en la traducción inversa, por escrito, de uno o varios idiomas, a elección delaspirante (ingles, francés alemán y/o italiano), de un documento redactado en español, sin diccionario, y la posterior lectura en sesiónpública ente el Tribunal del texto, seguida de una conversación con éste en la lengua elegida. La prueba será calificada de cero a un puntopor cada uno de los idiomas sobre los que se examine el aspirante, sin que, en ningún caso, la puntuación total de la prueba pueda sersuperior a tres puntos.

6.3.- En la fase de concurso, la evaluación se efectuará conforme al siguiente baremo:1) Un máximo de dos puntos por antigüedad:-Por cada año completo de antigüedad en la categoría de policía o superior: 0,20 puntos-Por cada año completo de antigüedad prestado en otras fuerzas y cuerpos de seguridad: 0,10 puntos-Por cada año completo de antigüedad prestado en cualquier Administración Pública, con el límite de 0,50 puntos: 0,05 puntos 2) Un máximo de dos puntos por cursos de formación en el área de seguridad:a) Asistencia a jornadas o congresos y simposiums de interés policial: 0,10 puntos por cada uno.b) Cursos oficiales impartidos por Administraciones Públicas relacionados con las funciones de Policía Local, hasta 20 horas lecti-

vas: 0,20 puntos cada uno; de entre 21 y 40 horas lectivas: 0,30 puntos por cada uno; superiores a 40 horas lectivas: 0,50 puntos cadauno.

c) Por haber impartido cursos, seminarios o simposiums de interés policial como profesor: 0,50 puntos por cada uno impartido deentre 7 y 21 horas y 0,75 puntos de 22 en adelante.

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3) Un máximo de un punto por los títulos académicos siguientes:a) Doctor: 1 punto.b) Licenciado o equivalente: 0,90 puntos.c) Diplomado en criminología: .0,80 puntosNo se valorarán aquellas titulaciones que fueran imprescindibles para la obtención de otras de nivel superior.6.4.- La puntuación final, en orden a determinar los aspirantes que superan el proceso selectivo, vendrá determinada por la suma de

la obtenida en los ejercicios de la oposición y la puntuación obtenida en la fase de concurso. En caso de empate el orden se estableceráatendiendo a la mejor puntuación obtenida en la cuarta prueba de la fase de oposición. De persistir el empate, se aplicará el orden deactuación de los aspirantes a que se refiere la base

7. Desarrollo de los ejercicios. 7.1.- En cualquier momento el Tribunal Calificador podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.7.2.- Los aspirantes serán convocados en llamamiento único para cada una de las pruebas de la fase de oposición. Decaerán en su

derecho quienes no comparezcan a su realización, salvo en casos de fuerza mayor y otros excepcionales que no afecten al normal desa-rrollo del proceso, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.

7.3.- El orden de actuación, cuando no se trate de pruebas simultáneas, vendrá dado por la letra que rija para los procesos selectivoscorrespondientes a la misma Oferta de Empleo Público.

7.4.- Cuando sea compatible con la realización de las pruebas, éstas se realizarán de formas que quede garantizada el anonimato delos aspirantes.

7.5.- La duración máxima del procedimiento selectivo no excederá de seis meses, contados desde la fecha de realización de la pri-mera.

7.6.- Entre la publicación de la relación de aspirantes aprobados en una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir unplazo mínimo de 72 horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

7.7.- La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios de la fase de oposición se efectuarápor el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el anterior y cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar sumáxima divulgación, con cuarenta y ocho horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.

7.8.- Si en cualquier momento del proceso de selección llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee latotalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presi-dente de la Corporación, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas prue-bas selectivas, a los efectos procedentes.

8. Lista de aprobados8.1.- Concluidas cada una de las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal hará públicas en los lugares de examen, así como en la

sede del Ayuntamiento, la relación de los aspirantes que hayan superado cada una de ellas.8.2.- Finalizado el procedimiento selectivo, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, así como la

propuesta de los aspirantes que deberán realizar el curso selectivo.8.3.- El Tribunal no podrá proponer para la realización del curso selectivo un mayor número de aspirantes que el de plazas convoca-

das.No obstante lo anterior, cuando se produzca alguna renuncia de los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo, antes de

su nombramiento como funcionarios en prácticas en la respectiva categoría, el Presidente de la Corporación podrá requerir al Tribunalde selección, una relación complementaria de aspirantes que sigan a los propuestos, para su posible nombramiento como funcionariosen prácticas en la categoría.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionario en prácticas9.1.- Los aspirantes propuestos presentarán dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación de apro-

bados prevista en el apartado 8.2, los documentos acreditativos de reunir las condiciones que para tomar parte en el procedimiento selec-tivo que se exigen en la convocatoria, estando exentos de justificar las condiciones y demás requisitos para obtener su anterior nombra-miento, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

9.2.- Si dentro del plazo indicado y salvo los causas de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran la documentación ono reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsa-bilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo.

9.3.- Los aspirantes que superen el procedimiento selectivo, y acrediten reunir los requisitos exigidos en la convocatoria serán nom-brados funcionarios en prácticas. Esta situación se mantendrá hasta su nombramiento como funcionarios de carrera.

10. Curso selectivo y nombramiento de funcionarios de carrera10.1.- Para adquirir la condición de funcionario de carrera será preciso superar un curso selectivo de la categoría de Oficial en la Escuela

de Protección Ciudadana, salvo que el aspirante ya hubiese superado con anterioridad el curso correspondiente y obtenga la correspon-diente convalidación.

10.2.- La Consejería de Justicia y Protección Ciudadana homologará parte o la totalidad del curso selectivo a los aspirantes que losoliciten acreditando haber superado el contenido de las materias que lo integran en otra Escuela de Policía, ya sea local, autonómica oestatal.

10.3.- El contenido del curso selectivo se ajustará a la adquisición de conocimientos y al desarrollo de habilidades, destrezas y acti-tudes necesarias para el desempeño de los puestos de trabajo correspondiente a la categoría de Oficial.

10.4.- Recibido el informe de la Escuela de Protección Ciudadana, los Ayuntamientos deberán proceder al nombramiento de funcio-narios de carrera en el plazo de 15 días.

10.5.- El orden de prelación en el proceso selectivo se obtendrá de la suma de las notas obtenidas en el procedimiento selectivo y enel curso selectivo.

10.6.- Para adquirir la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Policía Local los Ayuntamientos exigirán a los aspirantes,además del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, las siguientes condiciones:

a) Aceptación del compromiso de portar armas, así como de utilizarlas en caso necesario.b) Toma de posesión del puesto adjudicado en el plazo de un mes desde que fueran nombrados, salvo que concurran causas extraor-

dinarias que lo impidan.

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11. Norma finalContra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cuenca, en el plazo de dos meses, o previamente, recurso potestativo de reposición, anteel órgano administrativo que dictó la presente convocatoria, en el plazo de un mes, en ambos supuestos, desde el día siguiente al de supublicación en el Boletín Oficial de la Provincia, según establecen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora dela jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente

En Mota del Cuervo, a 6 de noviembre de 2008.—El Alcalde, José Vicente Mota de la Fuente.ANEXO ICONVOCATORIA PARA INGRESO EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL DE LA POLICÍA LOCALPRIMERA PRUEBA: APTITUD FÍSICAPRUEBAS FÍSICAS1. Consistirán en la realización de las cuatro pruebas siguientes:1. CARRERA DE VELOCIDAD (60 metros)2. CARRERA DE RESISTENCIA (1.000 metros)3. SALTO DE LONGITUD (pies juntos)4. LANZAMIENTO DE BALON MEDICINAL de 4kg. para los hombres y 3 kg. para las mujeres.2. Las pruebas se realizarán por el orden en que están relacionadas.3. Desarrollo de las pruebas:CARRERA DE VELOCIDAD DE 60 METROS3.1.1. Disposición. El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.3.1.2. Ejecución. La propia de una carrera de velocidad3.1.3. Medición. Deberá ser manual, con cronómetro.3.1.4. Intentos. Se efectuará un sólo intento.3.1.5. Invalidaciones. De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.3.1.6. Marcas de referencia. Según el cuadro indicado de pruebas y marcas de referencia.CARRERA DE RESISTENCIA DE 1.000 METROS3.2.1. Disposición. El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado.3.2.2. Ejecución. La propia de este tipo de carrera.3.2.3. Medición. Se tendrá en cuenta lo dicho para la carrera de velocidad.3.2.4. Intentos. Un sólo intento.3.2.5. Invalidaciones. De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.3.2.6. Marcas de referencia. Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.SALTO DE LONGITUD CON LOS PIES JUNTOS3.3.1. Disposición. El aspirante se colocará entre la raya de un metro de larga y 0’05 metros de ancha marcada en el suelo paralela

al foso de saltos y a una distancia de 0’05 metros al borde anterior del mismo.3.3.2. Ejecución. Cuando esté dispuesto el aspirante flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies

en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso.3.3.3. Medición. Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la última huella que deje el cuerpo del aspirante

sobre la arena del foso.3.3.4. Intentos. Puede realizar tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.3.3.5. Invalidaciones. El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en el que una vez

separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva.Es nulo el salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión.Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.3.3.6. Marcas de referencia. Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL3.4.1. Disposición. Pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza.3.4.2. Ejecución. Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento.3.4.3. Medición. Deberá ser manual.3.4.4. Intentos. Tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.3.4.5. Invalidaciones. Levantar los pies del suelo en su totalidad.Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.3.4.6. Marcas de referencia. Cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia4. Marcas de referencia Carrera de velocidad (60 metros)Cuadro de marcas en segundos(´´) y su puntuación (hombres)

Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-42 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años

0 Mas de 9,8´´ Más de 10,3´´ Más de 10,6´´ Más de 10,9´´ Más de 11,11´´ Más de 11,4´´1 Más de 9,6´´ hasta 9,8´´ Más de 10,1´´ hasta 10,3´´ Más de 10,4´´ hasta 10,6´´ Más de 10,7´´ hasta 10,9´´ Más de 10,9´´ hasta 11,1´´ Más 11,2´´ hasta 11,4´´2 Más de 9,4´´ hasta 9,6´´ Más de 9,9´´ hasta 10,1´´ Más de 10,2´´ hasta 10,4´´ Más de 10,5´´ hasta 10,7´´ Más de 10,7´´ hasta 10,9´´ Más de 11´ hasta 11,2´´3 Más de 9,2´´ hasta 9,4´´ Más de 9,7´´ hasta 9,9´´ Más de 10´´ hasta 10,2´´ Más de 10,3´´ hasta 10,5´´ Más de 10,5´´ hasta 10,7´´ Más de 10, 8´´ hasta 11´´4 Más de 9´´ hasta 9,2´´ Más de 9,5´´ hasta 9,7´´ Más de 9,8´´ hasta 10´´ Más de 10,1´´ hasta 10,3´´ Más de 10,3´´ hasta 10,5´´ Más de 10,6´´ hasta 10,8´´5 Más de 8,4´´ hasta 9´´ Más de 8,9´´ hasta 9,5,´´ Más de 9,2´´ hasta 9,8´´ Más de 9,5´´ hasta 10,1´´ Más de 9,7´´ hasta 10,3´´ Más de 10´´ hasta 10,6´´6 Más de 7,9´´ hasta 8,4´´ Más de 8,4´´ hasta 8,9´´ Más de 8,7´´ hasta 9,2´´ Más de 9´´ hasta 9,5´´ Más de 9,2´´ hasta 9,7´´ Más de 9,5´´ hasta 10´´7 Más de 7,6´´ hasta 7,9´´ Más de 8,1´´ hasta 8,4´´ Más de 8,4´´ hasta 8,7´´ Más de 8,6´´ hasta 9´´ Más de 8,8´´ hasta 9,2´´ Más de 9,1´´ hasta 9,5´´8 Más de 7,2´´ hasta 7,6´´ Más de 7,7´´ hasta 8,1´´ Más de 8´´ hasta 8,4´´ Más de 8,4´´ hasta 8,6´´ Más de 8,6´´ hasta 8,8´´ Más de 8,9´´ hasta 9,1´´9 Más de 6,4´´ hasta 7,2 Más de 6,9´´ hasta 7,7´´ Más de 7,2´´ hasta 8´´ Más de 7,6´´ hasta 8,4´´ Más de 7,8´´ hasta 8,6´´ Más de 8,1´´ hasta 8,9´´10 6,4´´ o menos 6,9´´ o menos 7,2´´ o menos 7,6´´ o menos 7,8´´ o menos 8,1´´ o menos

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Carrera de velocidad (60 metros)Cuadro de marcas en segundos (´´) y su puntuación (mujeres).

Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-42 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años

0 Más de 11,8´´ Más de 12,2´´ Más de 12,6´´ Más de 13,1´´ Más de 13,4´´ Más de 13,8´´1 Más 11,4´´ hasta 11,8´´ Más de 12´´ hasta 12,2´´ Más de 12,3´´ hasta 12,6´´ Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ Más de 13,1´´ hasta 13,4´´ Más de 13,5´´ hasta 13,8´´2 Más de 11´´ hasta 11,4´´ Más de 11,8´´ hasta 12´´ Más de 12´´ hasta 12,3´´ Más de 12,5´´ hasta 12,8´´ Más de 12,8´´ hasta 13,1´´ Más de 13,1´´ hasta 13,5´´3 Más de 10, 8´´ hasta 11´´ Más de 11,4´´ hasta 11,8´´ Más de 11,8´´ hasta 12´´ Más de 12,2´´ hasta 12,5´´ Más de 12,5´´ hasta 12,8´´ Más de 12,8´´ hasta 13,1´´4 Más de 10,4´´ hasta 10,8´´Más de 10,9´´ hasta 11,4´´ Más de 11,4´´ hasta 11,8´´ Más de 11,9´´ hasta 12,2´´ Más de 12,3´´ hasta 12,5´´ Más de 12,6´´ hasta 12,8´´5 Más de 10´´ hasta 10,4´´ Más de 10,5´´ hasta 10,9´´ Más de 11´´ hasta 11,4´´ Más de 11,3´´ hasta 11,9´´ Más de 12´´ hasta 12,3´´ Más de 12,2´´ hasta 12,6´´6 Más de 9,5´´ hasta 10´´ Más de 10,1´´ hasta 10,5´´ Más de 10,5´´ hasta 11´´ Más de 10,8´´ hasta 11,3´´ Más de 11,4´´ hasta 12´´ Más de 11,7´´ hasta 12,2´´7 Más de 9,1´´ hasta 9,5´´ Más de 9,6´´ hasta 10,1´´ Más de 10,1´´ hasta 10,5´´ Más de 10,3´´ hasta 10,8´´ Más de 10,8´´ hasta 11,4´´ Más de 11´´ hasta 11,7´´8 Más de 8,9´´ hasta 9,1´´ Hasta 9´´ hasta 9,6´´ Más de 9,5´´ hasta 10,1´´ Más de 9,6´´ hasta 10,3´´ Más de 10´´ hasta 10,8´´ Más de 10,3´´ hasta 11´´9 Más de 8,1´´ hasta 8,9´´ Más de 8,4´´ hasta 9´´ Más de 8,7 hasta 9,5´´ Más de 9´´ hasta 9,6´´ Más de 9,4´´ hasta 10´´ Más de 9,6´´ hasta 10,3´´10 8,1´´ o menos 8,4´´ o menos 8,7´´ o menos 9´´ o menos 9,4´´ o menos 9,6´´ o menos

Carrera de resistencia (1.000 metros)Cuadro de marcas en minutos (´) y segundos( ´´) y su puntuación (hombres)

Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-42 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años

0 Mas de 5´05´´ Más de 5´30´´ Más de 5´40´´ Más de 5´50´´´ Más de 6´00´´ Más de 6´10´´1 Más de 4´55´´ hasta 5´05´´ Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´40´´Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´50´´ hasta 6´00´´ Más de 6´00´´ hasta 6´10´´2 Más de 4´45´´ hasta 4´55´´ Más de 5´10´´ hasta 5´20´´ Más de 5´20´´ hasta 5´30´´Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´50´´ hasta 6´00´´3 Más de 4´35´´ hasta 4´45´´ Más de 5´00´´ hasta 5´10´´ Más de 5´10´´ hasta 5´20´´Más de 5´20´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´4 Más de 4´20´´ hasta 4´35´ Más de 4´45´´ hasta 5´00´´Más de 4,55´´ hasta 5´10´´ Más de 5´05´´ hasta 5´20´´ Más de 5´15´´ hasta 5´30´´ Más de 5´25´´ hasta 5´40´´5 Más de 3´25´´ hasta 4´20´´ Más de 3´50´´ hasta 4´45´´ Más de 4´00´ hasta 4´55´´ Más de 4´10´´ hasta 5´05´´ Más de 4´20´´ hasta 5´15´´ Más de 4´30´´ hasta 5´25´´6 Más de 2´45´´ hasta 3´25´´ Más de 3´10´´ hasta 3´50´´ Más de 3´20´´ hasta 4´00´´Más de 3´30´´ hasta 4´10´´ Más de 3´40´´ hasta 4´20´´ Más de 3´50´´ hasta 4´30´´7 Más de 2,33´´ hasta 2´45´´ Más de 2´58´´ hasta 3´10´´ Más de 3´08´´ hasta 3´20´´Más de 3´18´´ hasta 3´30´´ Más de 3´28´´ hasta 3´40´´ Más de 3´38´´ hasta 3´50´´8 Más de 2´27´´ hasta 2´33´´ Más de 2´52´´ hasta 2´58´´ Más de 3´02´´ hasta 3´08´´Más de 3´12´´ hasta 3´18´´ Más de 3´22´´ hasta 3´28´´ Más de 3´32´´ hasta 3´38´´9 Más de 2´13´´ hasta 2´27´´ Más de 2´38´´ hasta 2´52´´ Más de 2´48´´ hasta 3´02´ Más de 2´58´´ hasta 3´12´´ Más de 3´08´´ hasta 3´22´´ Más de 3´18´´ hasta 3´32´´10 2´13´´ o menos 2´38´´ o menos 2´48´´ o menos 2´58´´ o menos 3´08´´ o menos 3´18´´ o menos

Carrera de resistencia (1.000 metros)Cuadro de marcas en minutos (´) y segundos(´´) y su puntuación (mujeres)

Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-42 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años

0 Más de 6´10´´ Más de 6´30´´ Más de 6´40´´ Más de 6´50´´ Más de 7´00´´ Más de 7´20´´1 Más de 5´50´´ hasta 6´10´´ Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ Más de 6´20´´ hasta 6´40´´ Más de 6´30´´ hasta 6´50´´Más de 6´45´´ hasta 7´00´´ Más de 7´05´´ hasta 7´20´´2 Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´50´´ hasta 6´10´´ Más de 6´00´´ hasta 6´20´´Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ Más de 6´30´´ hasta 6´45´´ Más de 6´50´´ hasta 7´05´´3 Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ Más de 5´40´´ hasta 5´50´´ Más de 5´45´´ hasta 6´00´´Más de 5´55´´ hasta 6´10´´ Más de 6´10´´ hasta 6´30´´ Más de 6´35´´ hasta 6´50´´4 Más de 4´55´´ hasta 5´20´´ Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ Más de 5´30´´ hasta 5´45´´Más de 5´40´´ hasta 5´55´´ Más de 5´55´´ hasta 6´10´´ Más de 6´20´´ hasta 6´35´´5 Más de 4´30´´ hasta 4´55´´ Más de 5´00´´ hasta 5´20´´ Más de 5´10´´ hasta 5´30´´Más de 5´20´´ hasta 5´40´´ Más de 5´30´´ hasta 5´55´´ Más de 5´45´´ hasta 6´20´´6 Más de 4´10´´ hasta 4´30´´ Más de 4´45´´ hasta 5´00´´ Más de 4,50´´ hasta 5,10´´ Más de 5´00´´ hasta 5´20´´ Más de 5´10´´ hasta 5´30´´ Más de 5´30´´ hasta 5´45´´7 Más de 3´50´´ hasta 4´10´´ Más de 4´20´´ hasta 4´45´´ Más de 4,30´´ hasta 4´50´´Más de 4´40´´ hasta 5´00´´ Más de 4´50´´ hasta 5´10´´ Más de 5´05´´ hasta 5´30´´8 Más de 3´35´´ hasta 3´50´´ Más de 3´55´´ hasta 4´20´´ Más de 4´00´´ hasta 4´30´´Más de 4´20´´ hasta 4´40´´ Más de 4´30´´ hasta 4´50´´ Más de 4´45´´ hasta 5´05´´9 Más de 3´20´´ hasta 3´35´´ Más de 3´35´´ hasta 3´55´´ Más de 3´45´´ hasta 4´00´´Más de 3´55´´ hasta 4´20´´ Más de 4´05´´ hasta 4´30´´ Más de 4´15´´ hasta 4´45´´10 3´20´´ o menos 3´35´´ o menos 3´45´´ o menos 3´55´´ o menos 4´05´´ o menos 4´15´´ o menos

Salto de longitud con los pies juntosCuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (hombres)

Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-42 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años

0 Menos de 1,5 m. Menos de 1,3 m. Menos de 1,2 m. Menos de 1,1 m. Menos de 1m. Menos de 0,9 m.1 De 1,5 m a 1,6 m. De 1,3 a 1,4 m. De 1,2 a 1,3 m. De 1,1 m a 1,2 m. De 1 a 1,1 m. De 0,9 a 1 m.2 Más de 1,6 a 1,7 m Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m. Más de 1,2 a 1,3 m Más de 1,1 a 1,2 m Más de 1 a 1,1 m.3 Más de 1,7 a 1,8 m. Más de 1,5 a 1,6 m. Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m. Más de 1,2 a 1,3 m. Más de 1,1 a 1,2 m.4 Más de 1,8 a 1,9 m. Más de 1,6 a 1,7 m Más de 1,5 a 1,6 m. Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m. Más de 1,2 a 1,3 m.5 Más de 1,9 a 2 m. Más de 1,7 a 1,8 m. Más de 1,6 a 1,7 m Más de 1,5 a 1,6 m. Más de 1,4 a 1,5 m. Más de 1,3 a 1,4 m.6 Más de 2 a 2,3 m. Más de 1,8 m a 2,1 m. Más de 1,7 a 2 m. Más de 1,6 a 1,9 m. Más de 1,5 a 1,8 m. Más de 1,4 a 1,7 m.7 Más de 2,3 a 2,7 m Más de 2,1 a 2,5 m. Más de 2 a 2,4 m. Más de 1,9 a 2,3 m. Más de 1,8 a 2,2 m. Más de 1,7 a 2,1 m.8 Más de 2,7 a 2,8 m. Más de 2,5 a 2,6 m. Más de 2,4 a 2,5 m. Más de 2,3 a 2,4 m. Más de 2,2 a 2,3 m. Más de 2,1 a 2,2 m.9 Más de 2,8 a 3,2 m. Más de 2,6 a 3 m. Más de 2,5 a 2,9 m. Más de 2,4 a 2,8 m. Más de 2,3 a 2,7 m. Más de 2,2 a 2,6 m.10 Más de 3,2 m. Más de 3 m. Más de 2,9 m. Más de 2,8 m. Más de 2,7 m. Más de 2,6 m.

Salto de longitud con los pies juntosCuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (mujeres)

Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-42 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años

0 Menos de 1,00 m. Menos de 0,90 m. Menos de 0´80 m Menos de 0,75 m. Menos de 0,70 m Menos de 0,60 m.1 Más de 1,00 hasta 1,15 m. Más de 0,90 hasta 1,00 m Más de 0,80 hasta 0,90 m. Más de 0,75 hasta 0,85 m. Más de 0,70 hasta 0,80 m. Más de 0,60 hasta 0,70 m.2 Más de 1,15 hasta 1,25 m. Más de 1,00 hasta 1,10 m. Más de 0,90 hasta 1,00 m. Más de 0,85 hasta 0,95 m. Más de 0,80 hasta 0,90 m. Más de 0,70 hasta 0,75 m.3 Más de 1,25 hasta 1,40 m Más de 1,10 hasta 1,20 m. Más de 1,00 hasta 1,10 m. Más de 0,95 hasta 1,00 m. Más de 0,90 hasta 0,95 m. Más de 0,75 hasta 0,80 m.

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4 Más de 1,40 hasta 1,55 m Más de 1,20 hasta 1,30 m. Más de 1,10 hasta 1,20 m. Más de 1,00 hasta 1,10 m. Más de 0,95 hasta 1,00 m. Más de 0,80 hasta 0,90 m.5 Más de 1,55 hasta 1,70 m. Más de 1,30 hasta 1,50 m. Más de 1,20 hasta 1,40 m Más de 1,10 hasta 1,25 m Más de 1,00 hasta 1,15 m. Más de 0,90 hasta 1,05 m.6 Más de 1,70 hasta 1,90 m. Más de 1,50 hasta 1,70 m. Más de 1,40 hasta 1,65 m. Más de 1,25 hasta 1,45 m. Más de 1,15 hasta 1,35 m. Más de 1,05 hasta 1,25 m.7 Más de 1,90 hasta 2,10 m. Más de 1,70 hasta 1,95 m. Más de 1,65 hasta 1,90 m. Más de 1,45 hasta 1,70 m. Más de 1,35 hasta 1,60 m. Más de 1,25 hasta 1,45 m.8 Más de 2,10 hasta 2,35 m Más de 1,95 hasta 2,25 m. Más de 1,90 hasta 2,15 m Más de 1,70 hasta 2,05 m. Más de 1,60 hasta 1,95 m. Más de 1,45 hasta 1,75 m.9 Más de 2,35 m hasta 2,6 m. Más de 2,25 hasta 2,5 m.Más de 2,15 hasta 2,4 m. Más de 2,05 hasta 2,3 m. Más de 1,95 hasta 2,2 m. Más de 1,75 hasta 2,00 m.10 Más de 2,6 m. Más de 2,5 m. Más de 2,4 m. Más de 2,3 m. Más de 2,2 m. Más de 2,00 m.

Lanzamiento de balón medicinal (4 kgs).Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (hombres)

Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-42 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años

0 Menos de 3 m. Menos de 2 m. Menos de 1,5 m. Menos de 1,35 m. Menos de 1m. Menos de 1 m.1 De 3 m a 3,5 m. De 2 a 2,5 m. De 1,5 a 2 m. De 1,35 m a 1,85 m. De 1 a 1,25 m. De 1 a 1,25 m.2 Más de 3,5 a 4 m. Más de 2,5 a 3 m. Más de 2 a 2,5 m. Más de 1,85 a 2,35 m Más de 1,25 a 1,75 m Más de 1,25 a 1,5 m.3 Más de 4 a 4,5 m. Más de 3 a 3,5 m. Más de 2,5 a 3 m. Más de 2,35 a 2,85 m. Más de 1,75 a 2,25 m. Más de 1,5 a 2 m.4 Más de 4,5 a 5 m. Más de 3,5 a 4 m Más de 3 a 3,5 m. Más de 2,85 a 3,35 m. Más de 2,25 a 2,75 m. Más de 2 a 2,5 m.5 Más de 5 a 5,5 m. Más de 4 a 4,5 m. Más de 3,5 a 4 m Más de 3,35 a 3,85 m. Más de 2,75 a 3,25 m. Más de 2,5 a 3 m.6 Más de 5,5 a 6 m. Más de 4,5 m a 5 m. Más de 4 a 4,5 m. Más de 3,85 a 4,35 m. Más de 3,25 a 3,75 m. Más de 3 a 3,5 m.7 Más de 6 a 7 m Más de 5 a 6 m. Más de 4,5 m a 5,5 m. Más de 4,35 a 5,35 m. Más de 3,75 a 4,75 m. Más de 3,5 a 4,5 m.8 Más de 7 a 8 m. Más de 6 a 7 m. Más de 5,5 a 6,5 m. Más de 5,35 a 6,35 m. Más de 4,75 a 5,75 m. Más de 4,5 a 5,5 m.9 Más de 8 a 9,5 m. Más de 7 a 8,5 m. Más de 6,5 a 8 m. Más de 6,35 a 7,5 m. Más de 5,75 a 7 m. Más de 5,5 a 7 m.10 Más de 9,5 m. Más de 8,5 m. Más de 8 m. Más de 7,5 m. Más de 7 m. Más de 7 m.

Lanzamiento de balón medicinal (3 kgs).Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (mujeres)

Puntos Hasta 31 años 32-36 años 37-42 años 42-47 años 48-54 años Mas de 55 años

0 Menos de 2,00 m. Menos de 1,70 m. Menos de 1,50 m. Menos de 1,35 Menos de 1,00 m. Menos de 1,00 m.1 Más de 2,00 hasta 2,60 m. Más de 1,70 hasta 2,20 m. Más de 1,50 hasta 2,00 m. Más de 1,35 hasta 1,80 m. Más de 1,00 hasta 1,60 m. Más de 1,00 hasta 1,50 m.2 Más de 2,60 hasta 3,00 m. Más de 2,20 hasta 2,60 m. Más 2,00 hasta 2,35 m. Más de 1,80 hasta 2,25 m. Más de 1,60 hasta 1,85 m. Más de 1,50 hasta 1,70 m.3 Más de 3,00 hasta 3,35 m. Más de 2,60 a 3,00 m. Más de 2,35 hasta 2,65 m. Más de 2,25 hasta 2,50 m. Más de 1,85 hasta 2,10 m. Más de 1,70 hasta 2,00 m.4 Más de 3,35 hasta 3,75 m. Más de 3,00 hasta 3,25 m. Más de 2,65 hasta 3,00 m. Más de 2,50 hasta 2,75 m. Más de 2,10 hasta 2,50 m. Más de 2,00 hasta 2,30 m.5 Más de 3,75 a 4,25 m. Más de 3,25 a 3,75 m. Más de 3,00 hasta 3,50 m Más de 2,75 hasta 3,20 m. Más de 2,50 hasta 3,00 m Más de 2,30 a 2,75 m.6 Más de 4,25 a 5,00 m. Más de 3,75 a 5,00 m. Más de 3,50 hasta 4,50 m. Más de 3,20 hasta 4,00 m. Más de 3,00 hasta 3,75 m. Más de 2,75 hasta 3,50 m.7 Más de 5,00 a 6,00 m. Más de 5,00 a 6,00 m. Más de 4,50 m hasta 5,50 m. Más de 4,00 hasta 5,30 m. Más de 3,75 hasta 5,00 m. Más de 3,50 hasta 4,75 m.8 Más de 6,00 a 7,00 m. Más de 6,00 hasta 7,00 m. Más de 5,50 hasta 6,50 m. Más de 5,30 hasta 6,30 m. Más de 5,00 hasta 6,00 m. Más de 4,75 hasta 6,00 m.9 Más de 7,00 hasta 8,5 m. Más de 7,00 hasta 8,3 m. Más de 6,50 hasta 8,1 m. Más de 6,30 hasta 7,5 m. Más de 6,00 hasta 7,00 m. Más de 6,00 hasta 7,00 m.10 Más de 8,5 m. Más de 8,3 m. Más de 8,1 m. Más de 7,5 m. Más de 7,00 m. Más de 7,00 m.

ANEXO IICONVOCATORIA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL DE LA POLICÍA LOCAL POR PROMOCIÓN

INTERNASEGUNDA Y CUARTA PRUEBA: TEST DE CONOCIMIENTOS Y PRUEBA PRÁCTICAProgramaPARTE GENERALTEMA 1.- La Constitución Española de 1.978: características y principios generales. Estructura y contenido.TEMA 2.- Derechos y deberes fundamentales de la persona en la actual Constitución Española. Garantía y suspensión de los dere-

chos. TEMA 3.- La Corona. Las Cortes Generales: las Cámaras, composición y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes.TEMA 4.- El Poder Judicial. Principios Constitucionales. Organización del sistema judicial español.TEMA 5. El Gobierno y la Administración. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución. El Defensor del Pueblo. El

Defensor del Pueblo de Castilla-La Mancha. TEMA 6.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Comunidad de Castilla-La Mancha: el Estatuto

de Autonomía.TEMA 7.- Organización y competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.TEMA 8.- La Administración Local: conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y Entidades que comprende. El Muni-

cipio: concepto, elementos, regulación jurídica y competencias municipales. Los Órganos de Gobierno Municipal: el Alcalde, el Pleno,la Junta de Gobierno Local y otros Órganos

TEMA 9.- Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellas. Ordenan-zas Municipales del Ayuntamiento de Mota del Cuervo.

TEMA 10.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes eincompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de policía, según la Ley Orgánica 2/86.

TEMA 11.- Situaciones administrativas de los funcionarios. Retribuciones de los funcionarios públicos.TEMA 12.- El ciudadano ante la Administración. Derechos del ciudadano. Regulación de la Ley de Régimen Jurídico de las Admi-

nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los actos administrativos. El procedimiento administrativo. Los recur-sos administrativos: concepto y clases. El recurso contencioso – administrativo contra los actos y disposiciones de las Entidades Loca-les.

TEMA 13.- La regulación de las Policías Locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. La Ley 8/2002, de Coor-dinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

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TEMA 14.- Regulación de las Policías Locales en la legislación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Decreto110/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.

TEMA 15.- La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa. Actividad en materia de sanidad, consumo y abastos. Poli-cía de espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas. Policía urbanística. La Policía Local y la protección del medioambiente.

TEMA 16.- Las Policías Locales y la seguridad ciudadana. La Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana.PARTE ESPECIALTEMA 17.- Delitos y faltas. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables de los deli-

tos y faltas. Grados de ejecución del delito.TEMA 18.- Delitos contra las personas. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.TEMA 19.- Delitos contra la Administración Pública.TEMA 20.- Delitos contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos. Delitos contra la Constitución y delitos contra el orden

público.TEMA 21.- Delitos contra la Administración de Justicia. TEMA 22.- Las falsedades en el ámbito penal.TEMA 23.- Las faltas y sus penas. Faltas contra las personas. Faltas contra el patrimonio, contra los intereses generales y contra el

orden público.TEMA 24.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación española.TEMA 25.- El Reglamento General de Circulación. Estructura y conceptos. La Ley de Seguridad Vial.TEMA 26.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. El transporte de mercancías y de

cosas. De la circulación de vehículos: lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección, marcha atrás.TEMA 27.- De la circulación de vehículos (continuación). Adelantamiento, parada y estacionamiento; utilización de alumbrado, adver-

tencia de la conducta. Otras normas de circulación: utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Circulación de ani-males. Comportamiento en casos de emergencia.

TEMA 28.- De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las seña-les de circulación y marcas viales.

TEMA 29.- Reglamento General de Conductores y Reglamento de Vehículos.TEMA 30.- Infracciones y sanciones administrativas en materia de tráfico y seguridad de la circulación vial. De las infracciones y

sanciones, de las medidas cautelares y de la responsabilidad. Procedimiento sancionador y recursos. Real Decreto 320/94 sobre Proce-dimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

TEMA 31.- Delitos y faltas relacionados con la utilización de vehículos a motor y su diferencia con las infracciones y sanciones admi-nistrativas. Especial referencia a los delitos contra la seguridad y el tráfico.

TEMA 32.- El Etilómetro. Regulación administrativa de los etilómetros y la conducción bajo la influencia de otras drogas en la nor-mativa de tráfico. Procedimiento de averiguación de la conducción bajo la influencia del alcohol o de otras drogas tóxicas.

TEMA 33.- La Ley Orgánica reguladora del “Habeas Corpus”. La denuncia y la querella. El ejercicio del derecho de defensa. Laasistencia de Abogado. El tratamiento de presos y detenidos. La entrada y registro en lugar cerrado.

TEMA 34.- La policía judicial. La comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía Local como Poli-cía Judicial.

TEMA 35.- Los grupos sociales. Formación de los grupos sociales. Las masas y su tipología. La delincuencia. Modelos explicativosy factores.

TEMA 36.- Los accidentes de tráfico: concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la policía localen accidentes de tráfico: de urgencia y técnico-administrativas.

TEMA 37.- Órganos competentes en materia de tráfico y seguridad vial. El Consejo Superior de Tráfico. Especial consideración delas competencias municipales.

TEMA 38.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicioprivado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.

TEMA 39.- Las licencias municipales. TEMA 40.- Historia de Mota del Cuervo. Organización del municipio. Aspectos sociales y económicos. La población. El término

municipal. Características y distribución territorial.TEMA 41.- Informática básica. Concepto de datos e información. Conceptos fundamentales sobre el hardware y el software. Perifé-

ricos. Sistemas Operativos. Nociones básicas de seguridad informática.TEMA 42.- El entorno Windows. Fundamentos. El escritorio y sus elementos. Entorno gráfico. Configuración de Windows. El explo-

rador de Windows.TEMA 43.- Procesadores de textos. Microsoft Word. Principales funciones. Hojas de cálculo. Microsoft Excel. Fórmulas y funcio-

nes. Bases de datos. Microsoft Access. Tablas, consultas, formularios e informes.TEMA 44.- Internet. Conceptos elementales sobre protocolos y servicios en Internet. Internet Explorer. Correo Electrónico: Concep-

tos elementales y funcionamiento. Microsoft Outlook Express. TEMA 45.- La Dirección. Planificación. Organización, distribución, ejecución y control de trabajo policial.TEMA 46.- El Mando. Concepto, funciones y responsabilidad. La Orden.ANEXO IIISOLICITUD DE ADMISIÓN ALAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LACOBERTURAPOR EL SISTEMADE OPOSICIÓN LIBRE

DE UNA PLAZA DE OFICIAL DE POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERVO.2. DATOS PERSONALESPRIMER APELLIDO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . SEGUNDO APELLIDO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . NOMBRE: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . D.N.I: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fecha de nacimiento: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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Ayuntamiento de Villar de Olalla— ANUNCIO —

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de expo-sición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elacuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villar de Ola-lla, sobre la aprobación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasapor la prestación de servicios en el Centro de Atención a la Infan-cia, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artí-culo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, porel que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales:

ORDENANZAFISCAL REGULADORADE LATASAMUNI-CIPAL POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL CENTRODE ATENCIÓN A LA INFANCIA.

Artículo 1º. Fundamento y naturaleza. En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y

142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de con-formidad con los artículos 15 a 19 del R.D Legislativo 2/2004, de5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento esta-blece la Tasa por la prestación del Servicio de Centro de Atencióna la Infancia, que se regirá por la presente Ordenanza Fiscal.

Artículo 2º. Hecho imponible. Constituye el hecho imponible de la Tasa, la prestación del ser-

vicio de asistencia y estancia, así como el servicio opcional de come-dor en el Centro de Atención a la Infancia, en instalaciones pre-viamente designadas y adecuadas a tal fin, en los períodos yhorarios que se determinan en la presente Ordenanza, y cuyo ser-vicio será prestado por personal contratado por esta Entidad Localque posea la titulación y cualificación profesional exigida legal-mente. El servicio de comedor se prestará a través de un serviciode catering contratado por el Ayuntamiento. (ART. MODIFI-CADO)

Artículo 3º. Sujetos pasivos y responsables.

1. Son sujetos pasivos contribuyentes los solicitantes de laprestación de los servicios, que serán en todo caso el padre, madreo tutor del menor de edad que resulte beneficiario del servicio, yque no hayan sido desposeídos de la guarda legal del mismo.

2. Responderán de la deuda tributaria los deudores principalesjunto a otras personas o Entidades. A estos efectos se considera-rán deudores principales los obligados tributarios del apartado 2del artículo 35 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tri-butaria.

3. Salvo precepto legal expreso en contrario, la responsabili-dad será siempre subsidiaria.

Con relación a la responsabilidad solidaria y subsidiaria de ladeuda tributaria, se estará a lo establecido en los artículos 42 y 43,respectivamente, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria.

Artículo 4º. Beneficiarios y solicitudes de los servicios. 1. Podrán ser beneficiarios de los servicios los menores com-

prendidos entre 0 y 3 años de edad. 2. Las solicitudes se presentarán en el Centro de Atención a la

Infancia de esta localidad. 3. En caso de que el número de solicitudes sea superior al

cupo disponible, se concederán las plazas teniendo en cuenta lossiguientes criterios:

Primero: El hecho de que el padre y la madre del menor traba-jen (justificándose mediante contratos de trabajo e Informe de laVida Laboral). Admitiéndose por el orden de inscripción.

Segundo: El hecho de que trabaje uno de los progenitores (jus-tificándose mediante contratos de trabajo e Informe de la Vida Labo-ral). Admitiéndose por el orden de inscripción.

Tercero: Menores cuyos padres no trabajen. En caso de exis-tir plazas vacantes, también se admitirán por el orden de inscrip-ción.

Cuarto: Que tanto el menor como los progenitores estén empa-dronados en el municipio de Villar de Olalla.

Se constituirán una lista de espera según los criterios anterior-mente relacionados, a efectos de cubrir las vacantes producidas,según el orden de prelación establecido.

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DIRECCIÓN LOCALIDAD: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . C.P: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . -TELÉFONO FIJO/ TELÉFONO MÓVIL: . . . . . . . . . . . . . -DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO: . . . . . . . . . 3. DATOS ACADÉMICOS.-TITULACIÓN ACADÉMICA:-Se acompañan los siguientes documentos:__ Fotocopia compulsada del DNI.__ Fotocopia compulsada de los carnés de conducir.__ Fotocopia compulsada de la titulación exigida.__ Declaración jurada según modelo que figura en el Anexo II.__ Justificante acreditativo del ingreso de los derechos de examen.__ Documentación en original o fotocopia compulsada acreditativa de los méritos alegados.__ Memoria.El/la abajo firmante SOLICITA ser admitidos/a a las pruebas selectivas a que se refiere la presente solicitud y MANIFIESTA que

reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, comprometiéndose a acreditar documentalmente los mis-mos.

Mota del Cuervo a ... de …………… de 2008.(Firma del interesado)SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MOTA DEL CUERVO (CUENCA).ANEXO IVDECLARACIÓN JURADAD./D.ª……………………………………………………………con DNI núm. ……………….., DECLARA bajo juramento o pro-

mete, a efectos de su participación en el proceso selectivo para ingresar como Oficial de Policía en el Cuerpo de Policía Local del Ayun-tamiento de Mota del Cuervo, que se compromete, en caso de ser nombrado Oficial de Policía Local, a portar el arma reglamentaria yen su caso, llegar a utilizarla.

Mota del Cuervo, a.…de …………. de 2008(Firma del interesado)

(5170)

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Artículo 5º. Cuota Tributaria y Tarifas. La cantidad a liquidar y exigir, en concepto de cuota tributa-

ria, se obtendrá por aplicación de las siguientes tarifas:CONCEPTO E IMPORTEMensualidad Asistencia y Estancia Comedor (horario de 7:45

a 16:00 horas) 140 ¤/mesMensualidad sin comedor (horario de 7:45 a 13:30 horas) 120

¤/mesDía suelto (sin comedor, horario de 7:45 a 13:30 horas) (*) 10

¤/d í aDía suelto (con comedor, horario de 7:45 a 16:00 horas) (*) 13

¤/d í a(*) este servicio se prestará siempre y cuando el número de pla-

zas cubiertas en el C.A.I. lo permita.El servicio de atención a la infancia se prestará de lunes a vier-

nes (excepto festivos), en horario de 07:45 a 16:00 horas), y el mesde agosto se declara inhábil, a efectos de vacaciones del personal,salvo resolución motivada de cambio por parte de la Alcaldía.

Se devenga la tasa y la obligación de contribuir una vez iniciadala prestación del cada Servicio, que se entenderá prestado a partirde la aceptación de la solicitud de alta en relación con la fecha enla que se pretenda iniciar el servicio.

Artículo 6º. Solicitud. 1. Los sujetos pasivos solicitarán la prestación de cada servi-

cio, de manera individualizada para cada menor. 2. Las bajas deberán ser asimismo solicitadas de igual forma.

Se producirá asimismo la baja automática del beneficiario en casode impago de dos mensualidades.

Artículo 7º. Devengo. Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando

se solicite la el servicio que constituye el hecho imponible, desdela fecha en la que se solicite la inclusión en el servicio que cons-tará en la instancia en curso.

Las cuotas mensuales se devengarán para el sujeto pasivo el díaprimero del mes de que se trate. La cuota correspondiente al mesen curso, habrá de pagarse íntegramente, aunque el menor tengaalguna falta, mientras permanezca matriculado.

Conforme al artículo 26.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004,de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales, en el supuesto que por cau-sas no imputables al sujeto pasivo, el servicio público no pudieraprestar o desarrollar, procederá la devolución del importe corres-pondiente, prorrateado por días.

Artículo 8º. Declaración e ingreso. La Tasa se podrá exigir en régimen de autoliquidación o

mediante domiciliación bancaria, que se practicará de la siguienteforma:

- La primera mensualidad a la formalización de la matrícula oinscripción.

- Las restantes mensualidades con carácter previo y durante losdiez primeros días de cada mes.

Artículo 9º. Infracciones y sanciones. En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias,

así como de las sanciones que a las mismas correspondan en cadacaso, se estará a lo dispuesto en la Ley General Tributaria.

DISPOSICIONES ADICIONALES. Primera. Las disposiciones de índole legal o reglamentaria que

supongan modificación de los preceptos contenidos en esta Orde-nanza serán de aplicación automática, salvo que en las referidas dis-posiciones se establezca lo contrario.

Segunda. Las referencias y remisiones que la presente Orde-nanza hace al R.D Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Hacien-das Locales, deben de entenderse efectuadas a las disposiciones dela misma en cada momento vigentes, así como a cuantas normascomplementen o desarrollen los preceptos de dicha ley.

Tercera. Para todo lo no previsto en la presente Ordenanza, seráde aplicación lo establecido en el Real Decreto Legislativo 2/2004,

de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la LeyReguladora de las Haciendas Locales; la Ley 58/2003, de 17 de diciem-bre, General Tributaria; la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas yPrecios Públicos; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de lasBases de Régimen Local, y el Reglamento del Régimen Interno delCentro de Atención a la Infancia del Ayuntamiento de Villar de Ola-lla.

DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza, que consta de nueve artículos y tres dis-

posiciones adicionales entrará en vigor al día siguiente de la publi-cación del texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial de la Pro-vincia, y se aplicará en tanto no se acuerde su modificación oderogación.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del díasiguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficialde la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla laMancha.

En Villar de Olalla, a 30 de octubre de 2008.—El Alcalde,Santiago Valverde Portero.

(5143)

— ANUNCIO —Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de expo-

sición al público, queda automáticamente elevado a definitivo elacuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Villar de Ola-lla, sobre la aprobación de Reglamento de régimen interno del Cen-tro de Atención a la Infancia, cuyo texto íntegro se hace públicopara su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuestoen el artículo 70.2 de la Ley 771985, de 2 de abril, Reguladora delas Bases de Régimen Local.

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CENTRODE ATENCION A LA INFANCIA, C.A.I. AYUNTAMIENTODE VILLAR DE OLALLA.

CAPÍTULO I.- Disposiciones Generales Artículo 1. Objeto El presente Reglamento tiene por objeto regular los servicios

del Centro de Atención a la Infancia de Villar de Olalla, dirigidoa niños y niñas con edades comprendidas entre los 0 (cero) y los3 (tres) años de edad, a prestar por el Ayuntamiento de Villar deOlalla con el fin de favorecer el desarrollo integral del menor:

Fomentando la adquisición de habilidades, experiencias y cono-cimientos.

Facilitando la atención y cuidado de los niños mientras los padresestán trabajando.

Favoreciendo la socialización de los niños, mediante la inte-racción con sus iguales.

Artículo 2. Ámbito El presente Reglamento será de aplicación al Centro de Aten-

ción a la Infancia, C.A.I. de titularidad municipal.Artículo 3. Dependencia El Centro de Atención a la Infancia de titularidad municipal depen-

derá de la Concejalía de Servicios Sociales, quien a través de losServicios Sociales Municipales, ejercerán las funciones de direc-ción y/o inspección que correspondan a esta Corporación, ademásde las competencias propias que la normativa autonómica vigenteda a la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Comunida-des de Castilla-La Mancha y a su Delegación Provincial en Cuenca.

Artículo 4. Financiación La prestación de los servicios del C.A.I se costearán con cargo

a los créditos anuales que a tal fin se consignen en el PresupuestoGeneral de la Corporación para cada ejercicio económico, finan-ciándose los mismos, tanto con recursos ordinarios, entre los quepodrá incluirse la aportación de los usuarios en los términos que

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se establecen en la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora de la TasaMunicipal por prestación del Servicio del Centro de Atención a laInfancia, así como por la incorporación de créditos procedentes deotras entidades públicas, como Consejería de Bienestar Social dela Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, a través de losconvenios anuales correspondientes.

CAPITULO II.-Régimen del Centro de Atención a la Infancia Artículo 5. Definición El Centro de Atención a la Infancia de Villar de Olalla contri-

buirá al desarrollo físico, intelectual, afectivo y social de los meno-res de 0 a 3 años, así como a la conciliación de la vida laboral yfamiliar de los progenitores o guardadores de hecho.

Artículo 6. Objetivos El Centro de Atención a la Infancia tendrá los siguientes obje-

tivos: - Apoyar a los padres en la satisfacción de las necesidades

fisiobiológicas, cognitivas y emocionales de los menores, contri-buyendo a la prevención y atención de las necesidades básicas deinfancia.

- Promover la socialización y educación de los menores con-tribuyendo al desarrollo de las siguientes capacidades:

1. Conocer su propio cuerpo y sus posibilidades de acción: desa-rrollo del movimiento, el control corporal y las primeras manifes-taciones de comunicación.

2.- Relacionarse con los demás: desarrollo de pautas elemen-tales de convivencia y relación.

3.- Observar y explorar su entorno natural, familiar y social:desarrollo del entorno inmediato.

Artículo 7. Calendario y Horario del Centro 1. El Centro de Atención a la Infancia estará abierto y en fun-

cionamiento durante once meses al año, de septiembre a julio,ambos inclusive, permaneciendo cerrado los sábados y domingosademás de los festivos declarados como tales por las diferentes Admi-nistraciones Públicas y señalados en el Calendario Laboral.

2. La fecha de ingreso ordinario será el 2 de septiembre y la bajael 31 de julio del siguiente año, no obstante, el equipo técnico delCentro podrá establecer durante los diez primeros días del mes deseptiembre un horario flexible de incorporación, para facilitar elproceso de adaptación de los mismos.

3. Se podrá establecer una fecha de ingreso extraordinario,siempre que existan plazas vacantes.

4. El C.A.I. permanecerá abierto desde las 07:45 horas hastalas 16:00 horas. Siendo los horarios:

HORARIOS.Asistencia y Estancia Comedor (horario de 7:45 a 16:00 horas). Asistencia sin comedor (horario de 7:45 a 13:30 horas).Día suelto (sin comedor, horario de 7:45 a 13:30 horas) (*).Día suelto (con comedor, horario de 7:45 a 16:00 horas) (*).Artículo 8. Alumnos y Personal 1. El Centro de Atención a la Infancia tendrá como máximo el

siguiente número de alumnos por unidad: - Hasta un año, 8 menores por unidad. - De 1 a 2 años, 13 menores por unidad. - De 2 a 3 años, 20 menores por unidad. 2. El C.A.I. deberá contar, como mínimo, con personal cuali-

ficado en número igual al número de unidades que disponga el Cen-tro en cada momento.

3. Se entenderá por personal cualificado el que se señala acontinuación:

- Maestros especialistas en educación infantil o en su caso pro-fesores de educación general básica especialista en preescolar.

- Técnicos superiores de educación infantil. - Técnicos especialistas en jardín de infancia. - Auxiliares de jardín de infancia. 4. El Centro contará además, con un puesto de Coordinador/a

. Este puesto podrá ser compatibilizado con el de personal cuali-ficado.

5. La dotación de recursos humanos del Centro, podrá ser com-plementada con otro personal no cualificado: limpieza, manteni-miento, cocina...

Artículo 9. Equipamiento básico El equipamiento básico del Centro de Atención a la Infancia

estará constituido por lo siguiente: - Aulas: . Espacio de niños de 0 a 1 año.. Espacio de niños de 1 a 3 años - Servicios higiénicos (bebés de 0 a 1 año y resto de niños) - Cocina y/o catering - Zona de comedor - Zona de juegos- Patio de recreo - Dependencias para el personal (despachos y servicios) - Vestuarios y servicios para el personal - Almacén y zonas comunes. - Aseos accesibles para visitas. Todas las zonas cumplirán con lo establecido en la normativa

reguladora de adaptación de las instalaciones para su uso por per-sonas con discapacidad.

Artículo 10. Expediente del menor El C.A.I., acorde con la legislación vigente, abrirá un expediente

personal de cada menor al inicio del curso, que integrará distintosdocumentos, entre los cuales figurará, la ficha personal en la quese consignarán los datos personales y de filiación del menor, asícomo, los datos familiares complementarios, la información médicay demás informes sobre el desarrollo y actividad del menor en elCentro, y copia de todos aquellos documentos personales y fami-liares que se consideren de interés.

Artículo 11. Normas específicas de funcionamiento del Cen-tro

Además de las normas generales se tendrán en cuenta lassiguientes normas específicas de funcionamiento:

1. Los niños sólo serán entregados a las personas que figurenen la lista que los padres o representantes legales del menor debe-rán entregar al Centro. En caso de que fuese otra persona, deberácomunicarlo previamente al Centro.

2. El Centro podrá solicitar la intervención del personal sani-tario y especialistas que considere necesarios en cada momento.

3. Un niño/a enfermo no podrá asistir al Centro. Se consideraenfermedad:

- Que tenga fiebre - Que tenga vómitos - Enfermedades contagiosas graves - Enfermedades propias de niños: varicela y similares. - Enfermedades relacionadas con parásitos intestinales. - Y todas aquellas que sean susceptibles de contagio al resto de

los niños del Centro. 4. En el Centro sólo se administrarán medicamentos cuando los

padres o representantes legales del menor así lo comuniquen feha-cientemente y por escrito con la correspondiente autorización.Deberán indicar en el mismo la dosis, hora, nombre del niño en elmedicamento.

5. Si el niño tuviese algún tipo de alergia, enfermedad crónicau otro dato de interés deberá comunicarlo a las educadoras para queconste en su ficha.

6. Autorización para aplicar a los niños trombocid, y las limi-taciones que existiesen en su caso.

7. Todos los niños y niñas tendrán que llevar una bolsa con unamuda completa (ropa interior y exterior).

8. Aquellos menores que necesiten llevar pañal, deberán llevaruna bolsa de aseo con todos los enseres necesarios par el cambio:pañales, toallitas, crema...

9. Aquellos menores que controlan esfínteres, deberán llevarropa cómoda, evitando los botones, cremalleras, tirantes, leotardos,etc..., para que puedan realizar sus necesidades fisiológicas con inde-pendencia.

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10. Para evitar las confusiones, toda la ropa deberá ir marcadacon el nombre y apellidos del menor.

11. También es necesario que los niños/as lleven un babero (babi)o una camiseta grande ya que pueden mancharse realizando algu-nas actividades.

12. Se establecerán dos fechas semanales de atención a los padreso representantes legales del menor, por parte del coordinador/a. Asímismo, cada educador/a establecerá un calendario de reuniones conlos padres o representantes legales del menor para informarles delas actividades que se desarrollarán en el Centro y del funciona-miento del grupo en general. Estas reuniones tendrán una periodi-cidad trimestral.

13. Los usuarios del servicio participarán en la financiación delcoste de la plaza, de conformidad con lo establecido en la corres-pondiente Ordenanza Fiscal Reguladora. Los pagos deberán rea-lizarse mediante transferencia bancaria a la cuenta del Ayuntamientode Motilla del Palancar del 1 al 10 de cada mes.

CAPÍTULO III.- Disposición de plazas Artículo 12. Disposiciones generales 1. Por disposición de plazas se entenderá todo lo relativo a los

destinatarios del servicio del Centro de Atención a la Infancia deVillar de Olalla, al solicitud de plazas, documentación y resolución,además de los supuestos de renuncia de plaza o bajas.

2. La admisión en el C.A.I. se entiende por curso completo yhasta la finalización del curso en el que el menor cumpla la edadde incorporación a Educación Infantil.

3. La incorporación del menor al C.A.I se producirá una vezcumplidos los tres meses de edad.

4. La asistencia y permanencia del menor en el C.A.I. implicapor parte de sus familiares y representantes legales la aceptacióny cumplimiento de las normas del Centro.

Artículo 13. Destinatarios 1. Podrán solicitar plaza en el Centro de Atención a la Infan-

cia, los padres o representantes legales de los menores, residentesy empadronados en el término municipal de Villar de Olalla, quecumplan con el requisito de edad, de 0 a 3 años.

2. Los Servicios Sociales Municipales, de oficio, y atendiendoal interés del menor, podrán resolver el acceso directo de aquellosmenores que estén bajo medida protectora de riesgo o bajo medidade amparo en centros y hogares ubicados en el término municipalde Villar de Olalla, y siempre que existan plazas vacantes en el Cen-tro.

3. En el caso de menores con discapacidad, igual o superior al33 %, debe ocupar dos plazas por niño/a, ya que es necesaria unamayor atención.

Artículo 14. Solicitudes y Plazos. 1. Las solicitudes se deberán realizar de manera individualizada

para cada menor y se formalizarán en el modelo normalizado quese determine, debiendo acompañarse de la documentación que seindica en el artículo 15.

2. Las instancias de solicitud deberán presentarse en las insta-laciones del C.A.I.

3. El plazo para presentación de las solicitudes de plaza serádel 15 de Abril al 30 de Mayo de cada año.

Artículo 15. Documentación. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente docu-

mentación: a) Fotocopia del DNI de los padres/madres o representantes lega-

les. b) Fotocopia íntegra del Libro de Familia, donde conste la

filiación del menor. c) Certificado de Empadronamiento y Convivencia. d) Cuatro fotografías del menor, tamaño carnet. e) Fotocopia de la tarjeta sanitaria del menor, de la cartilla de

Salud Materno-infantil debidamente cumplimentada y cartilla devacunaciones actualizada.

f) Certificado médico oficial en el que conste que el menor nopadece enfermedad infecto-contagiosa, o que habiéndola pade-

cido no ha quedado ninguna secuela que ponga en peligro las con-diciones de salubridad del Centro y la convivencia con los otrosmenores.

g) Autorización firmada por los padres o representante legal delmenor para poder llevar al niño al Centro de Salud de la localidaden caso de Urgencia y no poder localizar a los padres o persona alcargo.

h) Listado de personas autorizadas para recoger al menor. i) Relación de teléfonos para localizar a los padres, represen-

tantes legales del menor o personas autorizadas, en caso de urgen-cia.

j) Documentación acreditativa de la situación laboral de los padreso representantes legales, mediante la aportación de Contrato de Tra-bajo e Informe de Vida Laboral.

En el caso de que el menor ya haya estado inscrito en el Cen-tro en cursos anteriores y siempre que no hayan cambiado las cir-cunstancias que se especifican en cada uno de los documentos, noserá preceptivo incluir en la solicitud los documentos referidos enlos apartados: a), b), g), h), i).

Artículo 16. Criterios de selección 1. Las solicitudes serán tramitadas según lo previsto en el pre-

sente Reglamento y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes.

2. Públicas y del procedimiento Administrativo Común, modi-ficada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, los Ser-vicios Sociales Municipales, de acuerdo con la documentaciónpresentada, valorarán las solicitudes. En caso de que el número desolicitudes sea superior al cupo disponible en ese momento, se con-cederán las plazas teniendo en cuenta los siguientes criterios:

Primero: El hecho de que el padre y la madre del menor traba-jen (justificándose mediante contratos de trabajo e Informe de laVida Laboral). Admitiéndose por el orden de inscripción.

Segundo: El hecho de que trabaje uno de los progenitores (jus-tificándose mediante contratos de trabajo e Informe de la Vida Labo-ral). Admitiéndose por el orden de inscripción.

Tercero: Menores cuyos padres no trabajen. En caso de exis-tir plazas vacantes, también se admitirán por el orden de inscrip-ción.

Cuarto: Que tanto el menor como los progenitores estén empa-dronados en el municipio de Villar de Olalla.

4. Las listas provisionales de admitidos y reservas serán expues-tas, con indicación del plazo de presentación de reclamaciones, enlos tablones de anuncios del Ayuntamiento, en el C.A.I. y del Cen-tro Social Polivalente. Dicha publicación sustituye a la notificacióna cada interesado y surtirá los mismos efectos que ésta.

Artículo 17. Resolución 1. Una vez resueltas las reclamaciones o trascurrido el plazo

sin que se haya presentado ninguna, el Alcalde o autoridad muni-cipal que ostente la delegación correspondiente, procederá a dic-tar resolución declarando aprobadas las listas definitivas de admi-tidos y de reserva.

2. Las listas definitivas serán expuestas en el tablón de anun-cios del Ayuntamiento de Villar de Olalla, en el C.A.I. y el CentroSocial Polivalente, dicha publicación sustituye a la notificación acada interesado y surtirá los mismos efectos que ésta. Dichas lis-tas ponen fin a la vía administrativa, pudiendo ser objeto de RecursoPotestativo de Reposición ante el órgano competente en el plazode un mes, a contar a partir del día siguiente al de su publicaciónen los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico Común, modi-ficada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, o bien interponer direc-tamente, Recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de losContencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia deCastilla-La Mancha o Juzgados de lo Contencioso-Administrativo,en el plazo de dos meses, conforme a lo dispuesto en los artículos10.1 y 46 de la Ley

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3. 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Con-tencioso-Administrativa.

Artículo 18. Renuncia de plaza 1. Cualquier interesado podrá renunciar a la plaza, comunicán-

dolo al coordinador/a del Centro y a los Servicios Sociales Muni-cipales.

2. En cualquier caso, se entenderá como renuncia expresa a suplaza y se procederá a su sustitución por otro menor de la lista dereserva cuando concurran cualquiera de las circunstancias que seseñalan a continuación:

- La no asistencia del menor, sin causa justificada, en la segundaquincena del mes de septiembre.

- La no personación en el Centro, del menor asignado en la listade reserva, en el plazo de quince días contados a partir de la noti-ficación de asignación de plaza.

Artículo 19. Bajas 1. Las bajas voluntarias que se produzcan durante el curso, debe-

rán comunicarse al coordinador/a del Centro y por escrito a los Ser-vicios Sociales Municipales.

2. Además de las bajas voluntarias, serán causa de baja, cual-quiera de las circunstancias que se señalan a continuación:

a) El abandono continuado y no justificado del Centro quincedías naturales consecutivos sin notificación o comunicación alguna.

b) La comprobación de falsedad en los datos o documentos apor-tados en el momento de la solicitud de admisión.

c) La ocultación de datos necesarios para estudio de los crite-rios de admisión.

d) La negativa, expresa o tácita, a aportar los datos o documen-tos que se requieran por este Ayuntamiento.

e) La negativa a abonar o el impago de dos mensualidades con-secutivas o tres no consecutivas de la cuota fijada en la OrdenanzaFiscal correspondiente.

f) El incumplimiento reiterado de las normas de funciona-miento del Centro incluidas en el presente Reglamento.

3. En todo caso, los Servicios Sociales Municipales, comuni-carán a las familias o representante legal, la baja del menor en elservicio. Una vez transcurridos dos días sin constar notificación ocomunicación de la familia o representante legal del menor, se pro-cederá a cubrir la vacante.

RÉGIMEN DE CONVIVENCIA: DERECHOS DE LOS USUARIOS Las personas usuarias del centro disfrutarán de las siguientes

derechos: - A acceder a los mismos y recibir asistencia sin discriminación

por razón de sexo, raza, religión, ideología o cualquier otra con-dición o circunstancia personal o social.

- A un trato digno tanto por parte del personal del centro comode los otros usuarios.

- Al secreto profesional de los datos de su historia socio-sani-taria.

- A mantener relaciones interpersonales, incluido el derecho arecibir visitas.

- Auna atención individualizada acorde con sus necesidades espe-cíficas.

- A las máxima intimidad en función de las condiciones estruc-turales del centro.

- A que se les facilite el acceso a la atención social, sanitaria,educacional, cultural y, en general, a la atención de todas las nece-sidades personales que sean imprescindibles para conseguir un ade-cuado desarrollo psíquico-físico.

- A participar de las actividades del centro, y colaborar en eldesarrollo de las mismas.

- A elevar por escrito a los órganos de participación o direccióndel centro propuestas relativas a la mejor del servicio.

- A conocer en todo momento el precio del servicio que recibe,y a que le sean comunicadas con antelación las variaciones del mismoo las modificaciones esenciales en la prestación del servicio.

- A cesar en la utilización del servicio o en la permanencia enel centro por voluntad propia.

- Derecho de queja ejercido mediante hojas de reclamación queestarán a disposición de los usuarios y de sus representantes lega-les.

DEBERES DE LOS USUARIOS Son obligaciones de los usuarios: - Respetar las convicciones políticas, morales y religiosas del

resto de los usuarios, así como del personal que presta el servicio. - Conocer y cumplir las normas determinadas en las condicio-

nes generales de la utilización del centro. - Respetar el buen uso de las instalaciones y medios del cen-

tro y colaborar en su mantenimiento. - Poner en conocimiento de los órganos de representación y de

la dirección del centro las anomalías o irregularidades que seobserven en el mismo.

FUNCIONAMIENTO DEL PERSONAL DOCENTE El personal del centro trabajará en equipo. Es función de éste

velar por el buen funcionamiento de la escuela, tanto en de aspectopedagógico como en del de organización y mantenimiento, tendiendosiempre a la mejora del centro.

Son competencia del equipo: - Elaborar la programación anual del centro. - Programar, desarrollar y evaluar la actividad educativa del Cen-

tro. - Var por el proceso de maduración y aprendizaje de los niños

y niñas del Centro. - Promover iniciativas en el ámbito de la investigación e inno-

vación educativa. - Velar por el mantenimiento óptimos sanitarios e higiénicos. - El Director/a será nombrado por el ayuntamiento, el/la cual

desarrollará las funciones de secretaría y coordinación de las acti-vidades del Centro y en especial:

a) En lo referente a las funciones de coordinación - Realizar las tareas propias de secretaría. - Custodiar libros y archivos del Centro. b) En lo referente a las funciones de coordinación - Convocar y moderar las reuniones del equipo. - Asegurar el envío de información sobre el funcionamiento de

la Escuela a los padres. - Representar a la escuela Infantil ante todos los Órganos Ofi-

ciales. - Asegurar el cumplimiento del trabajo, horario y funciones del

personal del Centro. DISPOSICION ADICIONALSe faculta a la Comisión Informativa competente en materia de

Servicios Sociales de este Ayuntamiento para la aprobación de docu-mentos normalizados, así como para adoptar cuantos acuerdos seprecisen en orden al desarrollo y aplicación de este Reglamento.

DISPOSICIÓN FINALEl presente Reglamento, una vez aprobado por el Pleno de la

Corporación Municipal, entrará en vigor el día de su publicaciónen el Boletín Oficial de la Provincia y una vez trascurridos los pla-zos establecidos en el artículo 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local."

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los intere-sados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Con-tencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cas-tilla la Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del díasiguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad conel artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Villar de Olalla, a 30 de octubre de 2008.—El Alcalde,Santiago Valverde Portero.

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Número 134 - Fascículo 2 21 de noviembre de 2008Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca

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Page 64: SUMARIO (Fascículo 1) Boletín Oficial de la Provincia … · X03835519Q FRENTI DANIEL 2008048935 ... El informe del Sr. Arquitecto Municipal de fecha 19 de junio de 2008, referente

Ayuntamiento de Uña

— ANUNCIO —De conformidad con lo acordado por el Pleno de este Ayunta-

miento, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria delprocedimiento abierto, oferta económicamente más ventajosa,varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del arrenda-miento del servicio de gestión del servicio público de explotacióndel proyecto denominado “Acondicionamiento y puesta en valorde la Laguna de Uña”, conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Ayuntamiento de Uña2. Objeto del contrato: Arrendamiento de la gestión del servi-

cio público de los inmuebles que incluye el proyecto de “1ª Fasede Acondicionamiento y Puesta en Valor de la Laguna de Uña.

3. Tramitación, procedimiento Abierto. Contrato de gestión deServicio Público.

4. Presupuesto base de licitación. Importe total: 2.000 euros porcanon anual, en los términos que fijan en el Pliego de Condicio-nes.

5. Garantía provisional: 3 % del Presupuesto del Contrato.6. Obtención de documentación e información: Oficinas Muni-

cipales sitas en Pl. Constitución 1, Uña, en horario de Lunes (De10 a 14 Horas, y Jueves de 17 a 20 horas).

7. Acreditación de la Aptitud para contratar: Cláusula sexta delPliego.

8. Criterios de Adjudicación: Cláusula novena del Pliego.9. Presentación de las ofertas de participación: Plazo de 15 días

hábiles contados desde el día siguiente a la inserción de este anun-cio en el Boletín Oficial de la Provincia.

10. Apertura de las ofertas: el tercer día hábil tras la finaliza-ción del plazo de presentación de las proposiciones, a las 12 horasen la Sala de Sesiones del Ayuntamiento.

11.- Obtención de documentación: Se proporcionará copia delPliego de Cláusulas Administrativas Particulares en la OficinaMunicipal.

En Uña, a 12 de Noviembre de 2008.—El Alcalde, José LuísGómez Bachiller.

(5268)

Ayuntamiento de Zarza de Tajo

— ANUNCIO —En la Intervención de esta Entidad Local y conforme disponen

los artículos 112 de la Ley 7/1985 de 2 de abril y 69 del Real DecretoLegislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, seencuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, el Pre-supuesto General para el ejercicio 2008, aprobado inicialmente porla Corporación en Pleno en sesión celebrada el día 17 de noviem-bre de 2008.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en elartículo 170 del Real Decreto Legislativo 2/2004, al que se ha hechoreferencia y por los motivos taxativamente enumerados en elnúmero 2 del citado artículo 170, podrán presentar reclamaciones,con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quincedías hábiles, a partir del siguiente a la fecha de inserción de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

b) Oficina de presentación: Registro General.c) Órgano ante el que se reclama: El Pleno.En Zarza de Tajo, a 17 de noviembre de 2008.—El Alcalde, Roberto

R. López-Infantes Montenegro.(5293)

Ayuntamiento de Pinarejo— ANUNCIO —

El Pleno del Ayuntamiento de Pinarejo, en sesión extraordina-ria celebrada el día diez de noviembre de dos mil ocho, acordó laaprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscalreguladora de la tasa por prestación del servicio municipal de aguapotable.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del RealDecreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se apruebael Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les, se somete el expediente a información pública por el plazo detreinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los intere-sados puedan examinar el expediente y presentar las reclamacio-nes que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclama-ciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En Pinarejo, a 12 de noviembre de 2008.—La Alcaldesa, Maríadel Carmen Navarro Requena.

(5316)

Ayuntamiento de Atalaya del Cañavate— ANUNCIO —

En la Secretaría de este Ayuntamiento se encuentra expuestoal público el expediente de modificación de créditos número 1/08,que afecta al presupuesto general de gastos en vigor, que ha sidoaprobado por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 15 denoviembre de 2008.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en elartículo 151.1 de la Ley 39/88 citada, a que se ha hecho referen-cia y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2de dicho artículo 151, podrán presentar reclamaciones con sujecióna los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quincedías hábiles, a partir del siguiente a la fecha de inserción de esteanuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

b) Oficina de presentación: Registro General del Ayuntamiento. c) Órgano ante el que se reclama. Pleno del Ayuntamiento. Atalaya del Cañavate, a 17 de noviembre de 2008.—El Alcalde,

Adolfo Montoya Pérez.(5315)

Ayuntamiento de Torrubia del Campo— ANUNCIO —

Dando cumplimiento a lo acordado por el Pleno de este Ayun-tamiento en sesión celebrada el día 6 de noviembre de 2008 y a losefectos de lo dispuesto en la normativa vigente en materia deHaciendas Locales, queda expuesto al público el expediente de modi-ficación de las siguientes Tasas e impuestos municipales, en lo quea las tarifas se refiere:

Tasa sobre servicio de recogida de resíduos sólidos urbanos. Plazo de exposición pública: Treinta días hábiles, a partir del

siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial de laProvincia.

Lugar de presentación reclamaciones: Ayuntamiento. Órgano ante el que se reclama: Pleno. Torrubia del Campo, a 7 de noviembre de 2008.—El Alcalde,

Julián Quejigo Andrade.(5219)

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