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Número: 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Depósito Legal AL-1-1958 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Navarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130 correo-e: [email protected] - web:www.bop.es Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) SUMARIO ADMINISTRACIÓN LOCAL Pág. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR 001683-16 FORMALIZACION CONTRATO DE SUMINISTRO EN REGIMEN DE ARRENDAMIENTO DE SISTEMA DE IMPRESION DE LA IMPRENTA PROVINCIAL REF. EXPTE. 2016/D22200/006-202/00005. 3 ÁREA DE PRESIDENCIA, HACIENDA, TURISMO Y EMPLEO 001724-16 APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS POR SUPLEMENTOS Y CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 4 AYUNTAMIENTO DE ALBOX 000900-16 APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE EXPLOTACIÓN CAPRINA EN NAVES EXISTENTES 6 AYUNTAMIENTO DE BERJA 001696-16 APROBACION DEFINITIVA PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL EJERCICIO 2016. 7 AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS 001468-16 APROBACION PROYECTO DE ACTUACION PARA RECONSTRUCCION Y AMPLIACION DE VIVIENDA UNIFAMILIAR PARA HOTEL RURAL PROMOVIDO POR BLANCO AÑIL CAPARROS RAMIREZ S.L. 12 AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DE ALMANZORA 001695-16 CONVOCATORIA PROCESO SELECTIVO DINAMIZADOR CENTRO GUADALINFO. 17 001702-16 APROBACION DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2016. 19 AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO 001699-16 EXPROPIACION DE TERRENOS PARA PROYECTO RED DE PLUVIALES EN CALLE CARMONA DE SANTA MARIA DEL AGUILA EXPTE. PATRIMONIO INMUEBLE 11/16. 22 001700-16 APROBACION DEL PADRON DE LAS TASAS DE DEPURACION CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE 2016 DE LA AGRUPACION TERCERA. 23 001701-16 APROBACION DEL PADRON DE LAS TASAS DE AGUA, ALCANTARILLADO Y CANON DE MEJORA CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE 2016 DE LA AGRUPACION TERCERA. 24 AYUNTAMIENTO DE FONDON 001705-16 CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA EL ARRENDAMIENTO DE UN INMUEBLE LOCAL PARA DESTINARLO A ACTIVIDAD DE BAR Y ALOJAMIENTO. 25 AYUNTAMIENTO DE INSTINCION 001478-16 APROBACION PROVISIONAL DEL PGOU DEL MUNICIPIO DE INSTINCION. 26 AYUNTAMIENTO DE NIJAR 001698-16 DECRETO Nº 221/16 SOBRE DELEGACION DE COMPETENCIAS DE LA ALCALDIA EN TERCER TENIENTE ALCALDE Y MIEMBRO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DÑA. ANTONIA ISABEL SANCHEZ CALLEJON. 27 AYUNTAMIENTO DE OLULA DEL RIO 001694-16 APROBACION EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITO NUM. 2/2016 DEL PRESUPUESTO DE 2016 EN LA MODALIDAD DE CREDITO EXTRAORDINARIO CON CARGO AL REMANENTE DE TESORERIA 2015. 28 AYUNTAMIENTO DE TIJOLA 001682-16 APROBACION DEL PADRON DE RESERVA DE ESPACIOS A TRAVES DE LAS ACERAS DEL AÑO 2016. 29 AYUNTAMIENTO DE TURRE 001467-16 APROBACION DEFINITIVA ORDENANZA REGULADORA DE HONORES Y DISTINCIONES. 30 AYUNTAMIENTO DE VERA 001480-16 ADJUDICACION Y FORMALIZACION DE CONTRATO DEL SERVICIO DENOMINADO LIMPIEZA DE VARIAS DEPENDENCIAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VERA (ALMERIA). 34 001487-16 APROBACIÓN DEFINITIVA ESTUDIO DE DETALLE EN LA MANZANA A.12 DE LA ORDENANZA 15/CAPORCHANES PROMOVIDO POR PROMOTORA CAPORCHANES SL 35 AYUNTAMIENTO DE VIATOR 001479-16 EXPOSICION PUBLICA DE LA CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO 2015. 36 001713-16 APROBACION INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 241/2016. 37 GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE ALMERÍA 001004-16 NOTIFICACIÓNDENEGACIÓN DE LICENCIAS DE OBRA MENOR, EXPEDIENTES 221/2013 232/2013 38 MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL BAJO ANDARAX 001697-16 APROBACION DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS 01/2016. 40

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Número: 71 Viernes, 15 de abril de 2016

Depósito Legal AL-1-1958EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍANavarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130correo-e: [email protected] - web:www.bop.es

Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art.6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009). Firmado de conformidad conel art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P.nº 57 de 24/03/2009)

SUMARIOADMINISTRACIÓN LOCAL Pág.

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA

ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

001683-16 FORMALIZACION CONTRATO DE SUMINISTRO EN REGIMEN DE ARRENDAMIENTO DE SISTEMA DE IMPRESION DE LA IMPRENTA PROVINCIAL REF. EXPTE.2016/D22200/006-202/00005. 3

ÁREA DE PRESIDENCIA, HACIENDA, TURISMO Y EMPLEO

001724-16 APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS POR SUPLEMENTOS Y CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS 4

AYUNTAMIENTO DE ALBOX

000900-16 APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE EXPLOTACIÓN CAPRINA EN NAVES EXISTENTES 6

AYUNTAMIENTO DE BERJA

001696-16 APROBACION DEFINITIVA PRESUPUESTO GENERAL MUNICIPAL EJERCICIO 2016. 7

AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS

001468-16 APROBACION PROYECTO DE ACTUACION PARA RECONSTRUCCION Y AMPLIACION DE VIVIENDA UNIFAMILIAR PARA HOTEL RURAL PROMOVIDO PORBLANCO AÑIL CAPARROS RAMIREZ S.L. 12

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DE ALMANZORA

001695-16 CONVOCATORIA PROCESO SELECTIVO DINAMIZADOR CENTRO GUADALINFO. 17

001702-16 APROBACION DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO 2016. 19

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

001699-16 EXPROPIACION DE TERRENOS PARA PROYECTO RED DE PLUVIALES EN CALLE CARMONA DE SANTA MARIA DEL AGUILA EXPTE. PATRIMONIO INMUEBLE11/16. 22

001700-16 APROBACION DEL PADRON DE LAS TASAS DE DEPURACION CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE 2016 DE LA AGRUPACION TERCERA. 23

001701-16 APROBACION DEL PADRON DE LAS TASAS DE AGUA, ALCANTARILLADO Y CANON DE MEJORA CORRESPONDIENTE AL PRIMER PERIODO DE 2016 DE LAAGRUPACION TERCERA. 24

AYUNTAMIENTO DE FONDON

001705-16 CONVOCATORIA DEL CONCURSO PARA EL ARRENDAMIENTO DE UN INMUEBLE LOCAL PARA DESTINARLO A ACTIVIDAD DE BAR Y ALOJAMIENTO. 25

AYUNTAMIENTO DE INSTINCION

001478-16 APROBACION PROVISIONAL DEL PGOU DEL MUNICIPIO DE INSTINCION. 26

AYUNTAMIENTO DE NIJAR

001698-16 DECRETO Nº 221/16 SOBRE DELEGACION DE COMPETENCIAS DE LA ALCALDIA EN TERCER TENIENTE ALCALDE Y MIEMBRO DE LA JUNTA DE GOBIERNOLOCAL DÑA. ANTONIA ISABEL SANCHEZ CALLEJON. 27

AYUNTAMIENTO DE OLULA DEL RIO

001694-16 APROBACION EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITO NUM. 2/2016 DEL PRESUPUESTO DE 2016 EN LA MODALIDAD DE CREDITO EXTRAORDINARIOCON CARGO AL REMANENTE DE TESORERIA 2015. 28

AYUNTAMIENTO DE TIJOLA

001682-16 APROBACION DEL PADRON DE RESERVA DE ESPACIOS A TRAVES DE LAS ACERAS DEL AÑO 2016. 29

AYUNTAMIENTO DE TURRE

001467-16 APROBACION DEFINITIVA ORDENANZA REGULADORA DE HONORES Y DISTINCIONES. 30

AYUNTAMIENTO DE VERA

001480-16 ADJUDICACION Y FORMALIZACION DE CONTRATO DEL SERVICIO DENOMINADO LIMPIEZA DE VARIAS DEPENDENCIAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DEVERA (ALMERIA). 34

001487-16 APROBACIÓN DEFINITIVA ESTUDIO DE DETALLE EN LA MANZANA A.12 DE LA ORDENANZA 15/CAPORCHANES PROMOVIDO POR PROMOTORACAPORCHANES SL 35

AYUNTAMIENTO DE VIATOR

001479-16 EXPOSICION PUBLICA DE LA CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO 2015. 36

001713-16 APROBACION INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS Nº 241/2016. 37

GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE ALMERÍA

001004-16 NOTIFICACIÓNDENEGACIÓN DE LICENCIAS DE OBRA MENOR, EXPEDIENTES 221/2013 232/2013 38

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL BAJO ANDARAX

001697-16 APROBACION DEFINITIVA EXPEDIENTE DE MODIFICACION DE CREDITOS 01/2016. 40

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 3 DE ALMERIA

001359-16 SENTENCIA 62/2016 EN PROCEDIMIENTO ORDINARIO 206/2014 DE FCE BANK PLC CONTRA CARMEN ELISA MARTINEZ BARONA Y JULIÁN CARDENASROJAS 41

Pág. 2 Número 71 - Viernes, 15 de abril de 2016 B.O.P. de Almería_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

A N U N C I O

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 154 del R.D. Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto

refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se procede a la publicidad de la siguiente FORMALIZACIÓN de : CONTRATO DE SUMINISTRO, EN RÉGIMEN DE ARRENDAMIENTO, DE UN SISTEMA DE IMPRESIÓN PARA LA

IMPRENTA PROVINCIAL DE LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA. 1.- Entidad adjudicadora. a) Organismo: Diputación Provincial de Almería. b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Régimen Interior (Sección de Contratación). c) Número de expediente: 2015/D22200/006-202/00005. 2.- Objeto del contrato. a) Tipo de contrato: Suministro. b) Descripción del objeto: El suministro, en régimen de arrendamiento, de un sistema de impresión, nuevo o usado, para la

Imprenta Provincial de la Diputación de Almería.. c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio de licitación: DOUE 2015/S 222-404223 de 17 de noviembre, BOE

num. 274 de 16-11-2015 y B.O.P. de Almería núm. 225, de 20-11-2015. 3.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación. a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. 4.- Presupuesto base de licitación. Importe total: 493.680.-€. 5.- Formalización del contrato. a) Fecha adjudicación: 01-03-2016. b) Contratista: XEROX ESPAÑA S.A.U. c) Nacionalidad: Española. d) Fecha formalización del contrato: 29-03-2016. e) Importe de adjudicación: Asciende a un importe total de 403.795,39.-€, I.V.A (21%) incluido. En Almería, a 12 de abril de 2016. EL DIPUTADO DELEGADO DEL ÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR, José Fernández Amador.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 3_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1683/16

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAÁREA DE PERSONAL Y RÉGIMEN INTERIOR

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

A N U N C I O

Aprobado, inicialmente, por el Pleno de esta Excma. Diputación Provincial en sesión ordinaria celebrada el día 18 de marzo del

corriente, el Expediente núm. 1 de Modificación de créditos en el Presupuesto de 2016 de la Diputación de Almería, fue expuesto al público por plazo de quince días hábiles, mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería núm. 55, de fecha 22 de marzo de 2016, y no habiéndose producido reclamación alguna contra el mismo, queda aprobado definitivamente dicho expediente que presenta el siguiente resumen por capítulos:

PRESUPUESTO DE LA DIPUTACIÓN DE ALMERÍA

MEDIOS FINANCIEROS

Aumento de Previsiones:

Capítulo 8º ........................................................................................................................................................................................... 6.553.996,43 €

Bajas de Otras Partidas:

Capitulo 4º ................................................................................................................................................................................................ 42.000,00 €

Capítulo 7º ................................................................................................................................................................................................ 53.843,70 €

TOTAL FINANCIACIÓN ..................................................................................................................................................................... 6.649.840,13 €

AUMENTOS DE CRÉDITOS

Capítulo 1º ........................................................................................................................................................................................... 1.102.785,12 €

Capítulo 2º ........................................................................................................................................................................................... 5.035.950,40 €

Capítulo 4º .............................................................................................................................................................................................. 161.494,02 €

Capítulo 6º .............................................................................................................................................................................................. 259.610,59 €

Capítulo 7º ................................................................................................................................................................................................ 90.000,00 €

TOTAL AUMENTOS EN GASTOS..................................................................................................................................................... 6.649.840,13 €

Asimismo se relacionan las nuevas subvenciones incluidas en el anexo 3 de la Base 26 de las de ejecución del Presupuesto de

2016:

ANEXO DE SUBVENCIONES NOMINATIVAS

2000-231-48900 Subvenciones Nominativas G04013926 Asoc. niños "ANDA" Anda "Cántate Algo" ..................................................................... 3.000,00 € R0400394C Iglesia Evangélica Filadelfia Proy. "Buen Fin Social" .................................................................................. 4.000,00 € Incrementar las que ya existen: G04318846 ASALER Atención Emigrantes .................................................................... 4.000,00 € G04138079 Asoc. TRADE Integración Chicos/as con discapacidad ...................................... 3.000,00 € 2000-231-48901 Convenio Colegio Prov. Ofic. Q063001H Colegio Prov. Abogados Intermediación Hipotecaria ......................................................... 18.000,00 € 2000-334-46200 Subvenciones Nominativas a Ayuntamientos P0401300I Ayuntamiento Almería Festival de Flamenco ................................................................. 18.000,00 € P0401300I Ayuntamiento Almería Summer Festival Almería ........................................................... 10.000,00 € Ayuntamiento Organizador Ruta Vehículos Antiguos .............................................................. 5.000,00 € 2000-334-48900 Subvenciones Entidades sin ánimo de lucro (nominativas) G04293924 Amigos del Ferrocarril Actividades 2016 .......................................................................... 3.000,00 € 2000-341-46200 Subvenciones Nominativas a Ayuntamientos P0407500H Ayuntamiento de Pulpí Escuela Munic. Ciclismo............................................................... 4.000,00 € Ayuntamiento Organizador IV Copa Valle Almanzora ........................................................... 20.000,00 € 2100-942-76200 Asistencia Económica de la Provincia a Municipios P0410200J Ayuntamiento de Vícar Obras Emergencia para renovación Redes Abastec.................. 50.000,00 € P0406200F Ayuntamiento de Macael Finalización Obras Centro Municipal Tercera Edad ................... 40.000,00 €

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ADMINISTRACIÓN LOCAL1724/16

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍAÁREA DE PRESIDENCIA, HACIENDA, TURISMO Y EMPLEO

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

3100-311-48900 Subvenciones Entidades sin ánimo de lucro (nominativas) Q0471001H Colegio Veterinarios Registro perros y gatos en Aytos. < 2.000 hab............................. 3.000,00 € Lo que se hace público en este periódico oficial para general conocimiento, en cumplimiento de lo preceptuado en el art. 169

del RDL 5/2004, de 5 de marzo. Contra la aprobación definitiva, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOP, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1.998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Almería, a 13 de abril de 2016. EL DIPUTADO DELEGADO ESPECIAL DE HACIENDA, Manuel Alías Cantón.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 5_______________________________________________________________________________

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E D I C T O RESOLUCIÓN MOTIVADA PARA LA APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA "LA

INSTALACIÓN DE EXPLOTACIÓN CAPRINA EN NAVES GANADERAS EXISTENTES", CON EMPLAZAMIENTO EN PARAJE "SAN ROQUE", PARCELA 13 POLÍGONO 33 DEL TÉRMINO MUNICIPAL DE ALBOX , (PROMOVIDO POR FRANCISCO GARCÍA RODRÍGUEZ).

Don Francisco Pérez Conchillo, Alcalde en Funciones del Excmo. Ayuntamiento de Albox (Almería). HACE SABER: Que por el Pleno de este Ayuntamiento en su Sesión Ordinaria, celebrada el día 28 de enero de 2016, ha sido

aprobado definitivamente el Proyecto de Actuación para "LA INSTALACIÓN DE EXPLOTACIÓN CAPRINA EN NAVES GANADERAS EXISTENTES", con emplazamiento en Paraje "San Roque", Polígono 33, Parcela 13 del Término Municipal de Albox (Almería), promovido por D. Francisco García Rodríguez.

El expediente administrativo y Proyecto de Actuación ha sido informado preceptivamente por la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, con fecha de 25 de septiembre de 2015.

Contra este Acuerdo de Pleno podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicho orden jurisdiccional del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en el art. 46, en relación con el art. 8.1, ambos de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que se hace público para general conocimiento, dando cumplimiento a lo establecido en el art. 43.1 f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía (L.O.U.A.).

Albox, Almería 22 de febrero de 2016. EL ALCALDE EN FUNCIONES, Francisco Pérez Conchillo.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 6_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL900/16

AYUNTAMIENTO DE ALBOX

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

E D I C T O D. Antonio Torres López, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Berja (Almería). HACE SABER: Que habiendo quedado aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Berja para

ejercicio del 2.016 formado por el de la propia Entidad, el del Centro Virgitano de Estudios Históricos y el del Patronato Municipal de Deportes en sesión Plenaria celebrada el día 19 de Febrero de 2016, de conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/85, de 2 de abril, 169.3 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2.004, de 5 de marzo, se inserta en el Boletín Oficial de la Provincia para general conocimiento resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo integran.

PRESUPUESTO AYUNTAMIENTO 2016

ESTADO DE GASTOS

1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS

1.1.- Operaciones Corrientes

CAPITULO I: GASTOS DE PERSONAL 4.418.636,43

CAPITULO II: GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 4.778.271,34

CAPITULO III: GASTOS FINANCIEROS 91.000,00

CAPITULO IV: TRANSFERENCIAS CORRIENTES 745.004,00

1.2.- Operaciones de Capital

CAPITULO VI: INVERSIONES REALES 353.000,00

CAPITULO VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 430.526,69

2.- OPERACIONES FINANCIERAS

CAPITULO VIII: ACTIVOS FINANCIEROS 30.000,00

CAPITULO IX: PASIVOS FINANCIEROS 615.000,00

Total Presupuesto de Gastos 11.461.438,46

ESTADO DE INGRESOS

1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS

1.1.- Operaciones Corrientes

CAPITULO I: IMPUESTOS DIRECTOS 4.620.000,00

CAPITULO II: IMPUESTOS INDIRECTOS 210.900,00

CAPITULO III: TASAS, PRECIOS PUBLICOS, Y OTROS INGRESOS 1.547.800,00

CAPITULO IV: TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4.856.148,46

CAPITULO V: INGRESOS PATRIMONIALES 196.590,00

1.2.- Operaciones de Capital

CAPITULO VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00

2.- OPERACIONES FINANCIERAS

CAPITULO VIII: ACTIVOS FINANCIEROS 30.000,00

CAPITULO IX: PASIVOS FINANCIEROS 0,00

Total Presupuesto de Ingresos 11.461.438,46

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 7_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1696/16

AYUNTAMIENTO DE BERJA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

PRESUPUESTO PATRONATO DE DEPORTES 2016

ESTADO DE GASTOS 1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS

1.1.- Operaciones Corrientes

CAPITULO I: GASTOS DE PERSONAL 140.900,00

CAPITULO II: GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 174.000,00

CAPITULO III: GASTOS FINANCIEROS 0,00

CAPITULO IV: TRANSFERENCIAS CORRIENTES 129.000,00

1.2.- Operaciones de Capital

CAPITULO VI: INVERSIONES REALES 24.700,00

CAPITULO VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00

2.- OPERACIONES FINANCIERAS

CAPITULO VIII: ACTIVOS FINANCIEROS 2.000,00

CAPITULO IX: PASIVOS FINANCIEROS 0,00

Total Presupuesto de Gastos 470.600,00

ESTADO DE INGRESOS 1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS

1.1.- Operaciones Corrientes

CAPITULO I: IMPUESTOS DIRECTOS 0,00

CAPITULO II: IMPUESTOS INDIRECTOS 0,00

CAPITULO III: TASAS, PRECIOS PUBLICOS, Y OTROS INGRESOS 237.600,00

CAPITULO IV: TRANSFERENCIAS CORRIENTES 231.000,00

CAPITULO V: INGRESOS PATRIMONIALES

1.2.- Operaciones de Capital

CAPITULO VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00

2.- OPERACIONES FINANCIERAS

CAPITULO VIII: ACTIVOS FINANCIEROS 2.000,00

CAPITULO IX: PASIVOS FINANCIEROS 0,00

Total Presupuesto de Ingresos 470.600,00

PRESUPUESTO CENTRO VIRGITANO DE ESTUDIOS HISTÓRICOS 2016

ESTADO DE GASTOS

1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS

1.1.- Operaciones Corrientes

CAPITULO I: GASTOS DE PERSONAL 0,00

CAPITULO II: GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 11.750,00

CAPITULO III: GASTOS FINANCIEROS 0,00

CAPITULO IV: TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.650,00

1.2.- Operaciones de Capital

CAPITULO VI: INVERSIONES REALES 1.000,00

CAPITULO VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00

2.- OPERACIONES FINANCIERAS

CAPITULO VIII: ACTIVOS FINANCIEROS 0,00

CAPITULO IX: PASIVOS FINANCIEROS 0,00

Total Presupuesto de Gastos 14.400,00

ESTADO DE INGRESOS 1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS

1.1.- Operaciones Corrientes

CAPITULO I: IMPUESTOS DIRECTOS 0,00

CAPITULO II: IMPUESTOS INDIRECTOS 0,00

CAPITULO III: TASAS, PRECIOS PÚBLICOS, Y OTROS INGRESOS 4.899,00

CAPITULO IV: TRANSFERENCIAS CORRIENTES 9.500,00

CAPITULO V: INGRESOS PATRIMONIALES 1,00

1.2.- Operaciones de Capital

CAPITULO VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00

2.- OPERACIONES FINANCIERAS

CAPITULO VIII: ACTIVOS FINANCIEROS 0,00

CAPITULO IX: PASIVOS FINANCIEROS 0,00

Total Presupuesto de Ingresos 14.400,00

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

PRESUPUESTO GENERAL CONSOLIDADO 2016

ESTADO DE GASTOS

1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS

1.1.- Operaciones Corrientes

CAPITULO I: GASTOS DE PERSONAL 4.559.536,43

CAPITULO II: GASTOS EN BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 4.964.021,34

CAPITULO III: GASTOS FINANCIEROS 91.000,00

CAPITULO IV: TRANSFERENCIAS CORRIENTES 638.654,00

1.2.- Operaciones de Capital

CAPITULO VI: INVERSIONES REALES 378.700,00

CAPITULO VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 430.526,69

2.- OPERACIONES FINANCIERAS

CAPITULO VIII: ACTIVOS FINANCIEROS 32.000,00

CAPITULO IX: PASIVOS FINANCIEROS 615.000,00

Total Presupuesto de Gastos 11.709.438,46

ESTADO DE INGRESOS

1.- OPERACIONES NO FINANCIERAS

1.1.- Operaciones Corrientes

CAPITULO I: IMPUESTOS DIRECTOS 4.620.000,00

CAPITULO II: IMPUESTOS INDIRECTOS 210.900,00

CAPITULO III: TASAS, PRECIOS PÚBLICOS, Y OTROS INGRESOS 1.790.299,00

CAPITULO IV: TRANSFERENCIAS CORRIENTES 4.859.648,46

CAPITULO V: INGRESOS PATRIMONIALES 196.591,00

1.2.- Operaciones de Capital

CAPITULO VII: TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00

2.- OPERACIONES FINANCIERAS

CAPITULO VIII: ACTIVOS FINANCIEROS 32.000,00

CAPITULO IX: PASIVOS FINANCIEROS 0,00

Total Presupuesto de Ingresos 11.709.438,46

PLANTILLA AYUNTAMIENTO AÑO 2016

A) PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS DE CARRERA.

DENOMINACIÓN GRUPO SUBGRUPO VACANTES NÚMERO

1.-Habilitación de Carácter Nacional

SECRETARIO A A1 0 1

INTERVENTOR A A1 1 1

TESORERO A A1 1 1

2.- Escala de la Administración General

2.1 Subescala Técnica

TÉCNICO ADMINISTRACIÓN GENERAL A A1 0 2

2.2 Subescala Administrativa

ADMINISTRATIVOS C C1 0 5

2.3 Subescala Auxiliar

AUXILIARES C C2 0 9

2.4 Subescala Subalterna

SUBALTERNOS E 3 6

3.- Escala Administración Especial

3.1 Subescala Técnica

ARQUITECTO TÉCNICO A A2 0 2

AGENTE DESARROLLO LOCAL A A2 0 1

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DENOMINACIÓN GRUPO SUBGRUPO VACANTES NÚMERO

AUXILIAR INFORMÁTICA C C2 1 1

3.2 Subescala Servicios Especiales

3.2.1 Policía Local

SUBINSPECTOR A A2 1 2

OFICIAL C C1 0 4

POLICÍAS C C1 0 18

COORD. PROTECCIÓN CIVIL C C2 0 1

3.2.2 Personal de Oficios

CAPATAZ OBRAS Y SERVICIOS C C2 1 1

OFICIAL ALBAÑIL C C2 0 1

OFICIAL ELECTRICISTA C C2 0 2

OFICIAL PINTOR C C2 0 1

OFICIAL SEPULTURERO E 1 2

OPERARIOS CONDUCTORES E 0 4

LIMPIADORA EDIFICIO MUNICIPAL E 0 2

OPERARIOS E 0 5

TOTAL 9 72

B) PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A PERSONAL EVENTUAL.

DENOMINACIÓN NÚMERO VACANTES NIVEL TITULACIÓN ACCESO

SECRETARIO PARTICULAR 1 0 BACHILLER/EDUC. SECUNDARIA

GERENTE PMD 1 0 UNIVERSITARIO MEDIO

TOTAL 2 0

C) PUESTOS DE TRABAJO DE PERSONAL LABORAL. De actividad permanente y dedicación completa.

DENOMINACIÓN NÚMERO VACANTES NIVEL TITULACIÓN ACCESO

BIBLIOTECARIO ARCHIVERO 1 0 UNIVERSITARIO MEDIO

NOTIFICADOR 1 1 EDUCACIÓN SECUNDARIA

OFICIAL CARPINT. METÁLICA 1 1 GRADUADO ESCOLAR

MONITOR EMISORA 1 0 GRADUADO ESCOLAR

TÉCNICO DE INFORMACIÓN, ATENCIÓN Y

ORIENTACIÓN CIUDADANA 2 0 GRADUADO ESCOLAR

ENCARGADO MERCADO 1 1 EDUCACIÓN SECUNDARIA

OPERARIOS 8 8 CERTIF. ESCOLARIDAD

MONITOR ANIM. S. CULT 1 0 CERTIF. ESCOLARIDAD

MONITOR DE BAILE 1 0 CERTIF. ESCOLARIDAD

LIMPIADORAS 6 6 CERTIF. ESCOLARIDAD

PSOLOGO 1 1 UNIVERSITARIO SUPERIOR

COORDINADOR ACTIVIDADES CULTURALES 1 1 CERTIF. ESCOLARIDAD

TOTAL 25 19

De actividad temporal y/o Dedicación Parcial.

DENOMINACIÓN NÚMERO VACANTES NIVEL TITULACIÓN ACCESO

ASESOR JURÍDICO C.I.M.

(1/2 Jornada) 1 0 UNIVERSITARIO SUPERIOR

TOTAL 1 0

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PLANTILLA PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES 2016

A) PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A FUNCIONARIOS DE CARRERA.

DENOMINACIÓN GRUPO SUBGRUPO VACANTES NÚMERO

TÉCNICO ESPECIALISTA EN ACTIVIDADES DEPORTIVAS C C1 2 2

TOTAL 2 2

B) PERSONAL LABORAL

DENOMINACIÓN NÚMERO VACANTES NIVEL TITULACIÓN ACCESO

OPERARIO CONSERV. INSTALACIONES DEPORTIVAS 3 3 CERTIF. ESCOLARIDAD

OPERARIO RECEPCIÓN 1 1 CERTIF. ESCOLARIDAD

TOTAL 4 4

En Berja, a 7 de abril de 2016. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Antonio Torres López.

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E D I C T O El Pleno de este Ayuntamiento reunido en sesión Ordinaria el día 23 de Marzo de dos mil dieciséis, se adoptó el siguiente

acuerdo: PUNTO CUARTO: PROYECTO DE ACTUACIÓN PARA RECONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR

PARA HOTEL RURAL. (APROBACIÓN DEFINITIVA). Primero: Aprobar el Proyecto de Actuación para la RECONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDA UNIFAMILIAR PARA

HOTEL RURAL, situada en el Paraje de “Los Ventorrillos”, Polígono 02, Parcela 18, presentado por D/Dña. BLANCO AÑIL CAPARROS RAMIREZ S.L., con N.I.F./C.I.F. Nº B-04.339.214, según documento redactado por el Arquitecto, Paco Caparros Martinez.

Segundo.- Establecer el plazo de cualificación urbanística de los terrenos en CINCUENTA años (50 años). Tercero.- Condicionar la aprobación del Proyecto de Actuación al cumplimiento del punto 6. Obligaciones Asumidas por el

Promotor de la Actividad y a solicitar la correspondiente Licencia Municipal de Obras, en el plazo máximo de una semana, a contar desde la aprobación del Proyecto de Actuación.

Cuarto.- Notificar el presente acuerdo a los interesados y dar traslado del mismo a la Delegación Provincial en Almería de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, en orden a su conocimiento y efectos.

Quinto.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo previsto en el art. 43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Sexto.- Facultar al Sr. Concejal Delegado, a dictar cuantas resoluciones sean necesarias en ejecución de lo acordado.” Lo que se hace público para general conocimiento, haciéndose constar que contra el mencionado acto ó acuerdo, que pone fin a la vía administrativa o, en su caso, resulta ser de trámite cualificado, cabe interponer recurso potestativo de reposición, en plazo de un mes contado desde el siguiente a su notificación o publicación, ante el órgano que ha dictado el acto o acuerdo, o, directamente, recurso contencioso- administrativo, en plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, si se tratara de la competencia del mismo establecida en el artículo 8 de la Ley Jurisdiccional que más adelante se cita, ó ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, si de la competencia de la misma, establecida en el artículo 10 de la citada Ley, se tratara, o ejercitar cualquier otra acción administrativa revisora que convenga, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 10 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 13 de julio de 1998, artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y artículo 52.1 de la Ley 7/1.985, de 21 de Abril.

En consecuencia a lo dispuesto en dicho acuerdo, se procede a la publicación del mismo en base y a los efectos de lo establecido en el Art. 41 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía y conforme a lo establecido en el Art 70.2 de la Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, se procede a la publicación del texto íntegro de la normativa de dicho Proyecto de Actuación, el cual entrara en vigor al día siguiente de su publicación.

En Carboneras a 28 de marzo de 2016. EL CONCEJAL DELEGADO, Salvador Alarcón Vicente. 1. ANTECEDENTES Se redacta el presente REFORMADO Proyecto de Actuación para la “RECONSTRUCCIÓN Y AMPLIACIÓN DE VIVIENDA

UNIFAMILIAR PARA HOTEL RURAL”, por encargo de Blanco - Añil Caparrós Ramírez S.L., como contestación al requerimiento de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Almería de fecha 17 de Diciembre de 2014 , y ref:PNCGN/ERV (Informe Proyecto de Actuación).

El Técnico que lo suscribe es Paco Caparrós Martínez, Colegiado Nº 0231 del Colegio Oficial de Arquitectos de Almería. Procede al estudio y redacción del presente Proyecto de Actuación por estar incluida la parcela en la que se encuentra la edificación en Suelo No Urbanizable, según aparece delimitado en los Planos de Ordenación del Término Municipal que forman parte del PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA vigente.

Según se establece en el PGOU, y en el Artículo 52 de la L.O.U.A., entre las edificaciones permitidas en suelo No Urbanizable están los edificios e instalaciones de utilidad pública o interés social, que necesariamente hayan de emplazarse en medio rural, si bien será preceptivo la aprobación de un Proyecto de Actuación.

Lo que se pretende realizar es la reconstrucción y ampliación de la vivienda unifamiliar existente para adaptar el uso a Hotel Rural.

2. PROMOTOR NOMBRE: BLANCO-AÑIL CAPARRÓS RAMÍREZ C.I.F.: B-04339214 DOMICILIO: CALLE NUEVA, 55 04140 CARBONERAS (ALMERIA)

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ADMINISTRACIÓN LOCAL1468/16

AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS

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3. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LA ACTIVIDAD a. SITUACIÓN, EMPLAZAMIENTO Y DELIMITACIÓN DE LOS TERRENOS La parcela que nos ocupa está situada en EL PARAJE LOS VENTORRILLOS, POLÍGONO 2 - PARCELA 18 de

CARBONERAS (ALMERIA). Tiene forma irregular con las dimensiones y orientación indicadas en el plano de situación que se adjunta, y con una superficie catastral de 19.516,00 m2. Está flanqueada por la zona norte por un camino que da acceso tanto a la parcela en cuestión como al resto de propiedades y la separa del monte comunal. Por la zona Oeste la parcela linda con la antigua vía del tren que venía del las minas de Lucainena de las Torres, actualmente desmantelada, y por el sur linda con fincas particulares. La topografía de la parcela es sensiblemente horizontal, con pequeños desniveles sin importancia.

Sobre la parcela existe una vivienda aislada con una planta sobre rasante. La vivienda se construye con tres crujías paralelas a fachada, dando lugar a habitaciones que ventilan tanto a la fachada principal como a la trasera y laterales. El sistema constructivo de la vivienda es de muros de carga de mampostería con forjados planos de viguetas y bovedillas de hormigón.

En cuanto a la distribución y habitabilidad de la vivienda se accede a través de un porche cubierto a un vestíbulo, el cual comunica con el salón, la cocina y los dormitorios. A través del salón se puede llegar hasta otras dependencias y la cocina dispone de otro acceso al exterior.

Los huecos de fachada son de dimensiones razonables y acabados con carpintería de madera y rejas metálicas al exterior. La edificación objeto de reconstrucción no cuenta con valores reconocidos en la Ley 14/2007 de 26 de Noviembre, de

Patrimonio Histórico de Andalucía, ni cuenta con elementos particulares que le supongan una protección paisajística relevante. b. CARACTERÍSTICAS FISICAS Y JURÍDICAS DE LOS TERRENOS En general se trata de un paraje con orografía muy plana, siendo los materiales destacables roca dura y tierra de labor en

algunas zonas destinadas a la agricultura. Está muy expuesto a los fuertes vientos por su particular orografía, lo que le proporciona un microclima denominado mediterráneo subdesértico, que implica que esta zona sea el área más seca de toda Europa. En conjunto, las precipitaciones son inferiores a los 150 mm/s y estas escasas precipitaciones se producen en un número muy reducido de lluvias muy intensas, por lo que su paisaje está plagado de ramblas que permanecen secas la mayor parte del año. La altitud media en esta zona se sitúa en unos 75 m sobre el nivel del mar.

Como se ha mencionado anteriormente, la parcela tiene una superficie de 19.516,00 m2 de los que parte de ellos y se encuentran en suelo No Urbanizable SNU-CN-1 (Núcleo de Población Existente) donde se ubica la vivienda y el resto de los terrenos se encuentran en suelo No Urbanizable SNU-EP-1 (Parque Natural Cabo de Gata-Níjar) según el PGOU (Adaptación Parcial de la Revisión de las NNSS de Planeamiento Municipal a la LOUA. Decreto 11/2008 de 22 de Enero).

Como anexo a este documento se aporta la siguiente documentación: - Informe de la Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente, en relación a la zonificación y

calificación de la parcela en cuestión así como la viabilidad y condiciones de la actividad propuesta. - Certificado Administrativo del cumplimiento de los requisitos de las edificaciones terminadas con anterioridad a la entrada en

vigor de la ley 19/1975. c. CARACTERÍSTICAS SOCIOECONÓMICAS DE LA ACTIVIDAD El municipio de Carboneras contaba en el año 2013 con 8035 habitantes. Su extensión superficial es de 95 km² y tiene una

densidad de 84,58 hab/km², siendo bastante regular la distribución por sexos de la población. Gracias a la presencia en su término municipal de una fábrica cementera, una central térmica, una de las mayores plantas

desaladoras de Europa y una piscifactoría dedicada a la cría y engorde de Lubina y Dorada, se ha desarrollado una actividad industrial muy importante por un lado, y el hecho de que el 78% de su territorio esté dentro del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar hace que se esté desarrollando su actividad turística por otro, sin olvidar su importante tradición pesquera.

La confluencia de estos tres sectores, hacen que este lugar sea un municipio dinámico y vivo no sólo en su actividad sino también en sus gentes.

Debido a lo limitado del recurso pesquero, y ante la importante competencia en el sector turístico de otros municipios cercanos, cada vez más se están buscando alternativas competitivas a esta actividad, siendo el turismo para la explotación ambiental de este importante y singular entorno natural la que se plantea con más fuerza. Posiblemente sea esta alternativa la que más futuro pueda tener en este sector en la provincia. Se plantea un turismo alternativo, que deberá demostrar que no sólo es alternativo ante otras actividades, sino que lo es además frente al turismo de sol y playa.

Para que todo esto se desarrolle es imprescindible contar con una oferta de establecimientos hoteleros que acojan a estos visitantes, que a diferencia de otros que sólo buscan sol y playa, estos tienen interés por nuestra cultura, por nuestro entorno natural, por nuestras gentes, por nuestra historia minera, etc. La situación de la parcela, por su cercanía a la costa así como por su inclusión dentro del Parque Natural, la hace idónea además de para el turismo de interior, para el turismo de playa. Un turismo que pone en valor nuestro paisaje, nuestras playas, nuestro clima, etc.

La creación de empleo en este sector es muy intensa, ya que aunque últimamente se han ido incorporando nuevas tecnologías al proceso, se han mantenido la mano de obra dentro del sector de la hostelería y los servicios auxiliares que derivan de dicha actividad.

Como repercusiones sociales de la actividad que se propone, cabe destacar los puestos de trabajo que se consolidarán, directos en el sector servicios e indirectos en el conjunto de la comarca, ya que promueve el conjunto de los sectores auxiliares.

d. CARACTERISTICAS DE LAS EDIFICACIONES, CONSTRUCCIONES, OBRAS E INSLALACIONES La edificación que nos ocupa, y que pretendemos reconstruir y ampliar para Hotel Rural, está realizada al modo de las

construcciones rurales tradicionales, con una superficie total construida de 178,00 m2. La componen tres piezas independientes: la vivienda propiamente dicha, con una superficie de 178,00 m2; un aljibe de 28,55 m2 y un corral de 8,64 m2. La intervención consistirá en la demolición de parte de la edificación existente para su posterior reconstrucción y ampliación adaptándola al nuevo uso y cumpliendo las exigencias que establece la normativa correspondiente para éste.

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El proyecto consiste en la construcción de un edificio escalonado de una planta bajo una misma cubierta, orientados al sur-oeste persiguiendo en la medida de lo posible las vistas del paisaje, y la óptima orientación solar. Así mismo, estos volúmenes escalonados destinados a las habitaciones se encuentran unidos por un cuerpo que corresponde con las zonas de uso común y todo ello flanquea un área protegida de los fuertes vientos de levante que sufre la zona donde se potencia como elemento existente el antiguo aljibe acompañado del acebuche.

La edificación resultante de la intervención, tendrá en torno a 390,00 m2 de superficie construida, correspondientes a la ampliación del 120% de la superficie construida actual que permite el PRUG del Parque Natural Cabo de Gata Níjar para este uso.

En cuanto a las características constructivas de la edificación se mantendrá la sintonía con la tipología constructiva de la zona tal como se establece en el apartado 4.2.11 del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, dado que:

- Se garantiza la integración ambiental en el medio, y se restauraran las zonas que puedadn verse afectadas en el trascurso de las obras.

- La edificación guarda armonía con la arquitectura popular de la zona - No existe impacto negativo sobre los recursos naturales ya que las acometidas a los servicios de agua y luz se realizan de

forma soterrada a la red municipal, y la evacuación de los vertidos se realizará previo tratamiento de los mismos mediante depuradora en el sótano de la edificación.

- El aumento de superficie que se propone sobre la edificación original, se realiza en todo caso bajo una misma cubierta y en continuidad estructural.

- Bajo la superficie edificada y sin superar su forjado superior la rasante del terreno, se proyecta un sótano para ubicar principalmente instalaciones del edificio.

- La tipología utilizada es propia de las edificaciones tradicionales donde el crecimiento de éstas se produce por agregación y de forma orgánica.

- En cuanto a las características constructivas, se mantienen los rasgos estéticos exteriores esenciales en sintonía con la tipología constructiva tradicional de la zona.

- En torno a la edificación y como consecuencia de los movimientos de tierra propios de la construcción, se ha actuado en una superficie de terreno inferior a 500 m2 aterrazando y ajardinando con especies principalmente autóctonas de la zona, y en cualquier caso no invasivas. En el resto de la finca se mantiene el carácter agrario que ya poseía.

- La piscina se proyecta adoptando una forma rectangular y revestida interiormente con granito en tono ocre, para preservar de esta forma el carácter rural del espacio.

El suministro de agua y electricidad al establecimiento, se harán mediante sendas acometidas a las Redes Municipales existentes, en la zona del conjunto de viviendas denominado MESETA ALTA, a través de líneas enterradas que discurrirán por el camino de acceso a la finca desde el punto de entronque hasta la ubicación de la edificación.

Para el abastecimiento de agua, la propiedad cuenta con la autorización de la empresa EMANAGUA (T.M de Níjar) para el punto de entronque a la red pública que abastece a las viviendas de la zona (MESETA ALTA), de forma que podrá contar con un sistema de abastecimiento de agua apoyado de un aljibe que posibilite las dotaciones mínimas exigibles en función del uso al que se destina, reuniendo éstos las condiciones exigidas por la normativa de aplicación. El aljibe se ubicará en el sótano de la edificación, de forma que no exista peligro para la contaminación de las aguas quedando garantizada la potabilidad de éstas para el consumo humano.

La producción de a.c.s. se realizará mediante paneles solares horizontales colocados en la cubierta, de forma que el impacto visual desde cualquier punto cercano sea nulo, contando con el apoyo de una caldera eléctrica situada en el sótano de la edificación.

La edificación contará con una red de evacuación de aguas residuales conectada a un sistema de depuración que evite el peligro de contaminación del terreno y de las aguas subterráneas o superficiales, consistente en una fosa séptica con recuperación de aguas para riego y eliminación de sólidos mediante sistema de extracción por empresa autorizada.

En cuanto al tratamiento de los vertidos, la zona donde se encuentra la edificación dispone de servicio municipal de recogida de basura permanente.

e. PLAZOS DE INICIO Y TERMINCAION DE LAS OBRAS Las obras e instalaciones está previsto que se inicien una vez se hayan autorizado por Excmo. Ayuntamiento de Carboneras

mediante su preceptiva licencia municipal de obras y se prevé un plazo de ejecución de aproximadamente 12 meses. 4. JUSTIFICACIÓN Y FUNDAMENTACIÓN a. UTILIDAD PÚBLICA Ó INTERÉS SOCIAL. Andalucía se sitúa entre las regiones españolas más dinámicas entre los años 1995 – 2002. Durante este período, el

crecimiento real del PIB de la Comunidad de Andalucía (30.4%), ha sido muy superior al conjunto de España (26.4%) y sitúa a Andalucía entre las Comunidades Autónomas con mejor evolución. Uno de los sectores con mayor peso es el sector servicios, principalmente turismo y hostelería.

La principal actividad productiva auxiliar vinculada a la hostelería, es la actividad de la manipulación, transformación y comercialización, constituyendo una de las principales bases de creación del valor añadido y de generación de empleo, convirtiéndose en uno de los pilares de la economía regional, que ha ido creciendo de manera ininterrumpida desde los años sesenta.

Lo que se pretende con la realización de esta instalación es mejorar la calidad del sector servicios en el Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, en el Término Municipal de Carboneras.

La reconstrucción y ampliación de esta vivienda unifamiliar para Hotel Rural, conseguirá mantener las perspectivas del sector, incrementar la demanda de empleo y mantener al sector de la hostelería como uno de los pilares de la economía andaluza.

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Por todo ello se justifica el interés social del proyecto objeto de este Proyecto de Actuación. b. VIABILIDAD ECONÓMICO-FINANCIERA Y PLAZO DE DURACIÓN. Si bien, como se ha dicho anteriormente, el turismo es uno de los grandes puntales de la economía andaluza, y de manera

especial de la Almeriense, casi todo está enfocado al turismo de playa. Por ello pensamos que la oferta que se plantea es aún más interesante, pues aún estando cerca de la costa y pudiendo ser utilizado por este turismo, se encuentra en un lugar que lo hace diferente a las instalaciones de playa y puede recibir a un turismo que busca una oferta diferente. Esto también propiciará que haya un turismo menos estacional y que exista durante todo el año.

La inversión que se pretende llevar a cabo reportará un beneficio económico y social, generando beneficios económicos y sociales para las empresas y trabajadores de éstas que participen en la construcción, con el consiguiente efecto inducido de la actividad económica del municipio.

A continuación se aporta como anexo a este Proyecto de Actuación, un estudio de viabilidad económico-financiero facilitado por la sociedad promotora de la actividad en el que se contemplan tres escenarios posibles: PESIMISTA, OPTIMISTA Y MÁS PROBABLE, a lo largo de 5 años.

El plazo de duración previsto de explotación de la actividad es de 30 años para la cualificación urbanística de los terrenos. c. NECESIDAD DE IMPLANTACIÓN EN SUELO NO URBANIZABLE. La necesidad de la implantación en suelo No Urbanizable viene de su propia concepción como establecimiento para turismo

rural. La elección de la parcela, a parte de sus dimensiones y posibilidades, es por su situación, cercana por un lado a la costa, pero en el interior, con las posibilidades que éste ofrece, y dentro del parque Natural Cabo de Gata - Níjar, con el enorme potencial turístico que éste representa. Así mismo, la parcela cuenta con una edificación fácilmente adaptable al nuevo uso, por lo que se minimiza el impacto en el medio rural.

No cabe esperar impactos urbanísticos, territoriales o ambientales significativos, ya que la intervención de reconstrucción y ampliación que se plantea, sigue las pautas establecidas por los servicios técnicos del Parque Natural en lo que respecta al tipo de edificación permitido en la zona.

Los recursos naturales no se verán afectados durante las obras de adaptación, al no realizarse vertidos y no utilizar sustancias contaminantes.

d. MEDIDAS PARA LA CORRECCIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL: • ANÁLISIS DE LOS RESIDUOS Y VERTIDOS Durante la ejecución de las obras e instalaciones se podrán generar residuos tales como escombro. Los escombros se

recogerán y se llevarán a vertedero controlado. Como consecuencia de la realización de la actividad, se generarán principalmente los siguientes tipos de residuos: Residuos urbanos: Entre ellos están los restos de envases, plásticos, cartón, comida, etc, los cuales no precisan de una

gestión especial. Estos serán recogidos por el Servicio de recogida de residuos urbanos del Excmo. Ayuntamiento de Carboneras. Se cumplirá así la normativa aplicable existente en materia de residuos. Ley 11/1997 de envases y residuos de envases, Ley

16/2002 de prevención y control integrados de la contaminación. • INCIDENCIA AMBIENTAL PREVISIBLE Y MEDIDAS CORRECTORAS - Incidencia Ambiental Alteraciones sobre el medio físico. - La calidad del aire no se vería perjudicada por las emisiones de ruidos generados como consecuencia del desarrollo de la

actividad. - La generación de residuos debidos a la propia actividad humana desarrollada en las instalaciones serán separados en origen,

depositados en lugar adecuado y gestionados de forma correcta según su naturaleza. Alteraciones sobre el medio biótico - La actividad se ubica en una zona donde la vegetación es escasa, y no se verá afectada, como tampoco a los animales que

tengan su hábitat natural, por lo que este medio no se ve alterado, dado que se cumplirá con lo estipulado en el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar.

Alteraciones sobre el medio socio-económico - La puesta en servicio de esta instalación aporta un nuevo servicio a la población, supone un impacto positivo en la actividad

de la zona ya que se crean nuevos puestos de trabajo, que en la medida de lo posible serán ocupados por población local. - La creación de una nueva actividad económica es beneficiosa desde el punto de vista socio-económico. - Medidas Correctoras Emisiones a la atmósfera - Los posibles humos procedentes de la cocina, que serán expulsados al aire exterior tras pasar por los filtros correspondiente

de la campana. Utilización del agua y vertidos líquidos - Los procedentes de los cuartos de baño y cocina. Son de composición totalmente inocua, de carácter orgánico o bien con

cierto contenido de detergentes domésticos. Serán filtrados al terreno tras haber sido decantado y depurados, con lo que no presentarán ningún perjuicio al terreno

Generación, almacenamiento y eliminación de residuos - Los residuos sólidos que se generan son fundamentalmente: De carácter orgánico: se utilizarán cubos con bolsas para su posterior traslado a los contenedores del Ayuntamiento, situados

en el camino de acceso a la parcela. De carácter inorgánico: si bien no se cuenta con recogida selectiva, se procederá a su clasificación para su posterior reciclado

por parte del establecimiento. Estos residuos serán trasladados a sus correspondientes contenedores de reciclaje del Ayuntamiento.

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Se recogerán por el servicio municipal de limpieza, con la periodicidad con él pactada o establecida. - Programa de Seguimiento y Control - La entidad realizará un programa de mantenimiento y control de la maquinaria instalada para evitar ruidos y vibraciones por

mal funcionamiento, además de la insonorización adecuada para impedir la emisión de niveles sonoros no permitidos. - El control riguroso de los residuos previo a su aceptación en instalaciones autorizadas y posterior entrega a gestores

autorizados los residuos generados. - Reciclado y reutilización de envases y embalajes - Cumplimiento de la Normativa Vigente - En aplicación de la Normativa Ambiental Vigente en cuanto a tratamiento de residuos, en nuestro caso para un hotel rural, se

cumple con lo establecido en el Reglamento de Residuos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. d. COMPATIBILIDAD URBANÍSTICA. De la Información urbanística que se adjunta, obtenida de los servicios técnicos del Exmo. Ayuntamiento de Carboneras y de la

Delegación Provincial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente, se desprende que por el régimen y la categoría del suelo, es compatible la implantación del uso al que se refiere el presente Proyecto de Actuación en el suelo sobre el que se asienta. Siendo el proceso de edificación el previsto según el Art. 52 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

e. NO INDUCIÓN A LA FORMACIÓN DE NUEVOS ASENTAMIENTOS La edificación en la que se desarrollará la actividad de Hotel Rural, corresponde a la reconstrucción y ampliación de la vivienda

existente, la cual dispone del correspondiente CERTIFICADO ADMINISTRATIVO DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LAS EDIFICACIONES TERMINADAS CON ANTERIORIDAD A LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 19/1975, que la reconoce en SITUACIÓN LEGAL FUERA DE ORDENACIÓN, por lo que no habrá formación de nuevos asentamientos.

5. OBLIGACIONES ASUMIDAS POR EL PROMOTOR DE LA ACTIVIDAD El promotor conoce y se compromete a cumplir con las obligaciones derivadas de esta actuación y con los deberes legales

derivados del régimen de la clase de suelo No Urbanizable. El promotor cumplirá con el pago de la prestación compensatoria en suelo No urbanizable y constitución de garantía de

acuerdo con lo regulado en el artículo 52.4 y 5 de la L.O.U.A., para cubrir los gastos que pudieran derivarse de incumplimientos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de las labores de restitución de los terrenos.

El promotor se compromete a solicitar la licencia urbanística en el plazo máximo de un año a partir de la aprobación del presente Proyecto de Actuación, cumpliendo lo establecido en el artículo 42.5.D.c de la L.O.U.A.

Otro deber establecido para poder llevar a cabo la instalación, es asegurar la no inducción a la formación de nuevos asentamientos como se ha justificado en el apartado anterior. La entidad corregirá, en la medida de lo posible, la incidencia urbanística, territorial y ambiental de la instalación a través de una serie de medidas preventivas y correctoras, enumeradas anteriormente en el apartado de Impacto Ambiental.

6. RESUMEN FOTOGRÁFICO 7. CONCLUSIONES Con todo lo expuesto anteriormente y cumpliendo en todo momento con la normativa en vigor, se considera que el presente

documento reúne las condiciones suficientes, para que una vez examinado por los Organismos correspondientes, sirva para el fin para el que fue redactado.

No obstante lo anterior, quedamos a disposición del Exmo. Ayuntamiento de Carboneras, para aclarar o ampliar cuanto se considere oportuno.

En relación al informe emitido por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Almería de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio con Nº de Referencia URB/SNU136.15/FTP/jml sobre el Proyecto de Actuación de referencia, se aclaran los extremos que a continuación se detallan:

1.- Dado que la edificación existente en la Parcela 18 del Polígono 2 no tiene a juicio del que suscribe ningún valor arquitectónico que merezca la pena conservar, se opta por la demolición completa de la edificación destinada a vivienda, manteniendo el aljibe como un elemento histórico de referencia e icono de la nueva construcción. En los planos y la memoria, se aportan fotos y documentación gráfica de la edificación existente que justifican dicha decisión, que a su vez ha sido expuesta y acordada con el Parque Natural tras conversaciones mantenidas con sus técnicos. En consecuencia la nueva edificación se implanta sobre la zona donde se ubica la vivienda existente y se extiende hasta llegar a la ampliación de la superficie construida del 120 % permitido.

2.- Se aporta plano “00 Plano de Emplazamiento”, en el que se indican los límites de la zona SNU-3 (núcleo de población existente) con respecto a la parcela 18, y se acotan las distancias a linderos de la edificación resultante.

3.- En el sótano, además del aljibe que exige la normativa de Turismo, se prevé que estén todas las instalaciones del edificio como calderas para acs, bombas, depuradora, etc... También se ubicarán en la Planta Sótano otras dependencias propias del establecimiento como aparcamiento (sólo algunas plazas), lavandería, almacén de lencería, almacén para mobiliario exterior, cuarto de basuras, almacén de equipaje, y almacén para los aperos necesario del trabajo de campo que se desarrolla en la finca.

En cuanto a los servicios comunes a que alude la legislación de Turismo, se aporta Plano 2 de Planta General de la edificación, donde se identifican los espacios comunes que se exigen para esta categoría de establecimiento, como la recepción, aseos generales, salón social-acceso, y la pequeña cocina necesaria para dar el servicio de desayunos.

Paco Caparrós Martínez / Arquitecto.

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EDICTO DE CONVOCATORIA DE PROCESO SELECTIVO D. Antonio Fernández Liria, Alcalde Presidente del Iltmo. Ayto. de Cuevas del Almanzora. RESUELVO Y HACE SABER ante Secretario General e Interventor y con informe estimatorio, mediante el presente ORDENA

LA PUBLICACIÓN de PROCESO SELECTIVO convocado en virtud de BANDO CONVOCATORIA PROCESO SELECCIÓN PERSONAL LABORAL POR OBRA O SERVICIO DETERMINADO DINAMIZADOR DEL CENTRO GUADALINFO ANUALIDAD 2016 DE CUEVAS DEL ALMANZORA.

Se procede a la convocatoria de UN DINAMIZADOR DEL CENTRO GUADALINFO ANUALIDAD 2016 Objeto del presente proceso selectivo para la contratación en régimen de derecho laboral, PERSONAL LABORAL POR OBRA

O SERVICIO DETERMINADO, DINAMIZADOR CENTRO GUADALINFO DE CUEVAS DEL ALMANZORA. Convocatoria: UN DINAMIZADOR DEL CENTRO GUADALINFO DE CUEVAS DEL ALMANZORA 2016. Tipo de Contrato: Personal Contratado en Régimen de Derecho Laboral, art. 103 Ley 7/85 2 abril, y de conformidad art. 7 EBEP. Contrato a duración Determinada: De conformidad con el art. 15 Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que

se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Contrato de Duración Determinada, art. 15.1. a) Estatuto de los Trabajadores, modificado por RD 2720/98 18 diciembre,

“Cuando se trate de sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo, siempre que en el contrato de trabajo se especifique el nombre del sustituido y la causa de sustitución” redactado conforme al Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y acreditada la PLENA EXCEPCIONALIDAD Y JUSTIFICACIÓN según el artículo 20 LPGE 2016. Contrato de duración determinada hasta fin de ejercicio 2016.

Requisitos de los aspirantes. a) Ser español o nacional de cualquier Estado miembro de la Unión Europea, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57

LEBEP. b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de 65. c) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en Inhabilitación absoluta o especial para empleos o Cargos Públicos por resolución judicial, para el

acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Quienes tengan la condición de minusválido/a, deberán acreditar la compatibilidad con el desempeño de las tareas correspondientes a la plaza objeto de la presente convocatoria (artículo 59 de la LEBEP), mediante dictamen expedido, con posterioridad a la publicación de la misma en el Boletín Oficial del Estado y con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, por un equipo multiprofesional competente. En otro caso, no serán admitidos a las pruebas selectivas.

e). La titulación mínima exigida será la de Bachillerato, Ciclo Formativo de Grado Superior o equivalente, según exige la Orden de 25 de enero de 2016. Se acreditará mediante el título expedido por la autoridad académica competente.

f) Contar con experiencia en tareas de dinamización o formación, según exige la Orden de 25 de enero de 2016. Se acreditará mediante el contrato de trabajo, vida laboral, certificado de tareas desarrolladas y/o documentación en tareas de dinamización o formación.

g) Estar en situación de desempleo o mejora de empleo. h). Estar en posesión del título de docencia para la formación para el empleo impartido por un centro homologado o certificado

de aptitud pedagógica (CAP). i). Estar en posesión del carné de conducir o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de

admisión de instancias. 2. El cumplimiento de todos los requisitos exigidos se entenderá referido al día en que concluye el plazo de presentación de

instancias Méritos a valorar. .- Experiencia: Se valorará de forma prioritaria: - La experiencia como Dinamizador/a en un Centro Guadalinfo. - La experiencia previa en gestión o despliegue de proyectos TIC en el ámbito local / municipal / rural andaluz, que además

acrediten inquietudes sociales. - La experiencia previa en proyectos de asesoramiento, dinamización, transformación e integración de colectivos sociales

desfavorecidos, aprovechando las nuevas tecnologías.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 17_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1695/16

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DE ALMANZORA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

- Formación Complementaria: Se valorará de forma prioritaria: - La formación de postgrado y formación específica en técnicas de formación, pedagógicas, desarrollo y seguimiento de

proyectos TIC, técnicas de trabajo en equipo, necesidades especiales de colectivos sociales, motivación de grupos, etc.. - La formación específica en TICs avanzadas, en desarrollo, gestión y seguimiento de proyectos TIC. Presentación de las SOLICITUDES, en el Registro General de la Corporación o Punto de Atención al Ciudadano, dirigidas al

Sr. Alcalde- Presidente, en el Plazo de DIEZ DIAS naturales, a partir de la publicación del presente bando de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Composición del tribunal de selección. De conformidad con lo dispuesto en el art. 60 EBEP RDLg 5/2015 y art. 100.1 LRBRL: - El Secretario de la Corporación. - Técnica de Administración General del Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora. - Un representante del Comité de Empresa. - Un Administrativo de Administración General, área de Secretaria e Intervención e Intervención/Personal. Se ordena la publicación en garantía de los principios de igualdad, mérito, capacidad, transparencia, publicidad a fin de

determinar el comienzo de la eficacia y ejecutividad del presente acto publicado según el art. 60 Ley 30/92 26 noviembre. En Cuevas del Almanzora a ocho de abril de dos mil dieciséis. EL ALCALDE PRESIDENTE, Antonio Fernández Liria.

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E D I C T O D. Antonio Fernández Liria Alcalde Presidente del Iltmo. Ayto. de Cuevas del Almanzora, de conformidad con lo dispuesto en el

art. 169 TRLRHL: HACE SABER: En Sesión Extraordinaria del Pleno de la Corporación, de fecha de quince de marzo de 2016, se ha aprobado

inicialmente el Presupuesto General para el ejercicio 2016 procediéndose a la Publicación en BOP Nº 54 de 21 de marzo de 2016 sometiéndose a periodo de información pública durante QUINCE DÍAS, durante los cuales los interesados podían interponer reclamaciones y alegaciones ante el Pleno, de conformidad con lo establecido en el art. 169.1 TRLRHL.

Se ACREDITA y JUSTIFICA que no se han formulado, Observaciones, Reclamaciones, Alegaciones al PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2016, en consecuencia de conformidad con el art. 169.1 TRLRHL, “El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones”

APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO GENERAL EJERCICIO 2016, al no formularse Reclamaciones, Ni Alegaciones, por los interesados según lo establecido en el art. 170 TRLRHL.

Determinándose el cumplimiento de los Principios de Estabilidad Presupuestaria, Sostenibilidad Financiera y eficacia y eficiencia en la asignación de recursos, establecido en la LO 2/12 27 abril, reiterándose el cumplimiento expreso y manifiesto en aplicación de los referidos principios tanto de Plan de Saneamiento en implementación y cumplimiento de Plan de Ajuste Financiero de conformidad con el RDLey 4/12 24 febrero y RDLey 8/13 28 junio, implicando cumplimiento expreso de DA1ª de la citada Ley Orgánica.

De conformidad con lo establecido en el art. 169.3 RDLg 2/04 5 marzo, que dispone que el presupuesto General definitivamente aprobado será insertado en el Boletín Oficial de la Corporación, si lo tuviera y resumido por capítulos de cada uno de los presupuestos que lo Integran, en el de la provincia.

De conformidad con lo expuesto, se Ordena mediante la Presente la Publicación en el BOP, Resumen por Capítulos del Presupuesto de Ingresos y Gastos, Ejercicio 2016 así como Anexo de Personal, de conformidad con lo establecido en el art. 168.1.c) TRLRHL:

RESUMEN PRESUPUESTO CONSOLIDADO 2016

PRESUPUESTO CONSOLIDADO INGRESOS 2016

ENTIDAD O.A.L. CONSOLIDADO

CAPITULO DESCRIPCION PREVISION PREVISION PREVISION

1 IMPUESTOS DIRECTOS 5.271.557,00 5.271.557,00

2 IMPUESTOS INDIRECTOS 42.000,00 42.000,00

3 TASAS Y OTROS INGRESOS 946.191,00 200,00 946.391,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3.595.743,50 63.300,00 3.659.043,50

5 INGRESOS PATRIMONIALES 44.250,00 400,00 44.650,00

TOTAL INGRESOS CORRIENTES 9.899.741,50 63.900,00 9.963.641,50

6 ENAJENACION INVERSIONES REALES 2.000,00 2.000,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 783.807,00 783.807,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 22.500,00 0,00 22.500,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 1.200,00 0,00 1.200,00

TOTAL INGRESOS DE CAPITAL 809.507,00 0,00 809.507,00

TOTAL PRESUPUESTO 10.709.248,50 63.900,00 10.773.148,50

PRESUPUESTO CONSOLIDADO GASTOS 2016

ENTIDAD O.A.L. CONSOLIDADO

CAPITULO DESCRIPCION CONSIGNACION CONSIGNACION CONSIGNACION

1 GASTOS DE PERSONAL 4.729.215,43 56.500,00 4.785.715,43

2 GASTOS BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 2.240.645,62 4.500,00 2.245.145,62

3 GASTOS FINANCIEROS 210.960,00 90,00 211.050,00

4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 320.000,00 320.000,00

5 FONDO DE CONTINGENCIA 53.575,24 53.575,24

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ADMINISTRACIÓN LOCAL1702/16

AYUNTAMIENTO DE CUEVAS DE ALMANZORA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

TOTAL GASTOS CORRIENTES 7.554.396,29 61.090,00 7.615.486,29

6 INVERSIONES REALES 982.400,00 100,00 982.500,00

7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 744.200,00 744.200,00

8 ACTIVOS FINANCIEROS 23.500,00 100,00 23.600,00

9 PASIVOS FINANCIEROS 1.131.527,50 1.131.527,50

TOTAL GASTOS DE CAPITAL 2.881.627,50 200,00 2.881.827,50

TOTAL PRESUPUESTO 10.436.023,79 61.290,00 10.497.313,79

SUPERAVIT 275.834,71

De acuerdo con lo establecido en el art. 168.1.c) TRLRHL, y en aplicación de los establecido en el art. 20.4 RD 500/90 20 abril,

y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 18 Ley 30/84 2 agosto, y art. 69 y ssRDLg 5/2015 30 octubre TR Estatuto Básico del Empleado Público, se determina como ANEXO PERSONAL ejercicio 2016.-

PLANTILLA DE PERSONAL ANEXO DE PERSONAL 2016

A) PERSONAL FUNCIONARIO

DENOMINACION PUESTO CL ESC SUB Nº OCU OEP GR NIV

SECRETARIO HN 1 1 0 A1 30

INTERVENTOR HN 1 0 0 A1 24

TESORERO HN 1 0 0 A1 23

TEC. ADMON. GENERAL AG TEC 1 1 0 A1 26

PSICOLOGO AE TEC 2 2 0 A1 30

ARQUITECTO TECNICO AE TEC 1 1 0 A2 22

NEGOCIADO TESORERIA AG ADM 1 1 0 C1 23

GEST. TECNICO CATASTR AE TEC 1 0 1 A2 22

ADMINISTRATIVO AG ADM 9 7 1 C1 19

OFICIAL POLICIA LOCAL AE SE 3 3 0 C1 20 S.E.

POLICIA LOCAL AE SE 21 19 0 C1 18 2ª actividad

POLICIA LOCAL AE SE 1 1 0 C1 18

OFICIAL OBRAS AE SE 3 3 0 C2 16

SUBALTERNO AG SUB 1 1 0 E 10

LIMPIADORA AE SE 1 1 0 E 10

TOTAL 48 41 2

B) PERSONAL LABORAL INDEFINIDO

DENOMINACION PUESTO Nº OCU OEP GR NIV

TECNICO G. SUPERIOR 3 3 0 A1 20

TECNICO G. SUP.MUSICA 2 2 0 A1 20

TEC SUPERIOR INFORMATICA 1 0 1 A1 20

ARQUITECTO TECNICO 1 1 0 A2 20

TECNICO G. MEDIO 2 2 0 A2 18

TECNICO DEPORTES 2 2 0 A2 17

TECNICO INMIGRACION 1 1 0 A2 17

TECNICO TURISMO 1 1 0 A2 17

ENCARGADO OFICIAL 1ª 1 1 0 C1 18

TRABAJADOR SOCIAL 1 1 0 A2 15

TECNICO OMIC 1 1 0 C1 17

OFICIAL 1º OBRAS 5 4 1 C1 17

OFICIAL 2º OBRAS 10 9 1 C2 16

AUX. ADMINISTRATIVO 9 9 0 C2 16

AUX. ADMINISTRATIVO 8 7 1 C2 12

INFORMADOR TURISMO 1 1 0 C2 12

PEON 2 2 0 E 14

LIMPIADORA 27 27 0 E 10

PEON 6 5 0 E 10

CONSERJE 5 5 0 E 10

ARCHIVERO 1 0 1 A2 18

TOTAL 90 84 5

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OFERTA EMPLEO PÚBLICO 2016:

Suspensión OEP según art. 3 y DF 23ª RD Ley 20/11 30 Diciembre;

Art. 20 Ley 48/15 TASA DE REPOSICIÓN 100% Admo general

50% Admo. Especial (Oy Servicios)

FUNCIONARIO OEP

a) FUNCIONARIO carrera GESTIÓN ADMO, ADMO ESPECIAL (EXCEPCIONALIDAD)

b) FUNC. Carr. ADMINISTRATIVO ADMO GENERAL (Tasa Reposicion)

LABORAL

a) PLAZA DE ARCHIVERO grupo A- 2 NIVEL 18 PROMOCION INTERNA (oep 12)

b) PLAZA LAB. AUX. ADMO. C2- 12

c) DOS PLAZA OBRAS SERV. C2- 16

d) TECNICO SUPERIOR INFORMÁTICA A-1 20 (EXCEPCIONALIDAD)

C) PERSONAL EVENTUAL

DENOMINACION PUESTO Nº OCU OEP GR NIV

ASESOR ACT. ALCAL 1 1 0 A2 20

ASESOR ACT. CULTURA 1 1 0 A1 22

D) PERSONAL CONTRATOS DURACIÓN DETERMINADA

Total de personal contratado según art. 15.3

EETT 2/2015, 28 Puestos de Trabajo efectivos

PLANTILLA PERSONAL FUNDACION ANTONIO M. CAMPOY

A) PERSONAL LABORAL INDEFINIDO

DENOMINACION PUESTO Nº OCU OEP GR NIV

SUBALTERNO 1 1 1 E 10

JUBILADOS u OTROS

ADMO. GENERAL (100%)

a) ADMO. C1- 22 Resp Estadística. Fun

b) AUX. ADMO. C2- 12 Labo

ADMO. ESPECIAL (50%)

a) C1- 17 OFICIAL 1ª

b) C2- 16 OFICIAL 2ª

c) E- 10 PEÓN

d) E- 10 LIMPIADORA

PROCESO FUNCIONARIACIÓN (REQUERIMIENTO SUBDELEGACIÓN)

DT 2ª RDLg 5/2015 30 octubre, requerimiento 22/04/2014

Consta en el expediente de PRESUPUESTO GENERAL 2016 el resto de documentación integrante de Presupuesto General

según artículo 165 y 168 TRLRGL. Se determina el pleno cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera, eficiencia en la

asignación de recursos y regla del Gasto, según informa Intervención, así como la convalidación del acto de publicación de presupuesto a la aprobación de Plenario por OAL “Antonio Manuel Campoy”.

Expido y Ordeno de conformidad con el art. 169 TRLRHL, y procédase a la notificación y remisión de copia a la Administración del Estado y Comunidad Autónoma según el art. 169.4 TRLRHL y art. 20.4 RD 500/90 20 abril. Una vez publicado íntegramente se determina el comienzo de la eficacia y ejecutividad del presente acto administrativo.

En Cuevas del Almanzora a once de abril de 2016. EL ALCALDE PRESIDENTE, Antonio Fernández Liria.

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A N U N C I O EXPROPIACIÓN FORZOSA

Iniciado expediente nº 11/16 de Patrimonio Inmueble sobre Expropiación Forzosa por el Ayuntamiento Pleno en sesión

extraordinaria celebrada en fecha 7 de marzo de 2.016, para la constitución de una servidumbre de acueducto sobre los terrenos necesarios para acometer el proyecto de “Red de Pluviales en calle Carmona de Santa María del Águila” de El Ejido (Almería), se hace pública la relación de propietarios y bienes afectados, para que dentro del plazo de QUINCE DÍAS, contados a partir del siguiente a la inserción de este Edicto en el BOP (art. 18 y 21 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1.954, y art. 21 del Reglamento de Expropiación Forzosa), los interesados que figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses se consideren afectadas, podrán formular alegaciones por escrito ante el Ayuntamiento de El Ejido, a los efectos de subsanar posibles errores que se hayan padecido al relacionar los bienes afectados por la ocupación. Durante el periodo señalado estarán a disposición de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y derechos afectados, en las dependencias de Urbanismo de este Ayuntamiento.

Relación de interesados, bienes y derechos afectados: FINCA: CATASTRO: Porción de la finca con referencia nº 0805102WF2700N0001UD. FINCA REGISTRAL: Referencia registral nº 63.718 del Registro nº 2 de El Ejido. TITULAR: - MARTIN SOTO, JOSE ANTONIO - DNI nº 18.110.757-M C/ Aries, 25 - C.P. 04700 - EL EJIDO. OCUPACIÓN: Franja de terreno de 0,90 m. de ancho por 1 metro de profundidad, para alojar una tubería de PVC de

500 mm. de diámetro, enterrada, con reposición posterior de pavimento. Su trazado coincide con el espacio existente entre la vivienda y el invernadero, sin que sea necesario afectar a ninguna de estas construcciones.

- Longitudes de los tramos = 12 + 5,70 m = 17,70 metros - Superficie afectada por la servidumbre: 17,70 ml. x 2 m = 35,40 m². ESTADO ACTUAL: La finca registral 63.718 posee una superficie inscrita de 5.807,00 m², y catastrales 6.082,67 m²,

clasificada como suelo urbanizable sectorizado en el vigente PGOU, incluidos en el SUS-42-S actualmente sin tramitar Plan Parcial.

El Ejido, a 6 de abril de 2016. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco Góngora Cara.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL1699/16

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

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E D I C T O Don José Francisco Rivera Callejón, Concejal-Delegado de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido (Almería), hago saber en la

fecha indicada que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado 7 de abril de 2016 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“A la vista del expediente instruido por el SERVICIO DE DEPURACIÓN DEL PONIENTE ALMERIENSE U.T.E e HIDRALIA ANDALUCIA y el informe emitido al respecto por el Jefe de los Servicios Fiscales, procede:

Primero: La aprobación de los padrones cuyo resumen es el que sigue: - PADRÓN DE LAS TASAS POR EL SERVICIO DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES CORRESPONDIENTE A LA

CUOTA POR CONSUMO Y CUOTA FIJA DEL 1er PERIODO DE 2016 (AGRUPACIÓN 3: SAN AGUSTÍN, PAMPANICO, MATAGORDA, GUARDIAS VIEJAS, CARRETERA DE MALAGA, Y EJIDO SUR - calles desde el Bulevar de El Ejido hacía el Sur -) (UTE Depuración del Poniente).

TOTAL BASE ........................... 59.106,74 Euros

I.V.A. ........................................... 5.919,34 Euros

TOTAL PADRÓN .................... 65.026,08 Euros

- PADRÓN DE LAS TASAS POR EL SERVICIO DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES CORRESPONDIENTE A LA CUOTA POR CONSUMO Y CUOTA FIJA DEL 1er PERIODO DE 2016 DEL NÚCLEO DE SAN AGUSTÍN (Hidralia Andalucía).

TOTAL BASE ............................. 4.391,77 Euros

I.V.A. .............................................. 439,66 Euros

TOTAL PADRÓN ...................... 4.831,43 Euros

Segundo: El ingreso se podrá efectuar en las oficinas de “Aguas de El Ejido” o a través de las entidades financieras Cajamar, La Caixa, o Unicaja con la correspondiente factura. Las facturaciones correspondientes a los suministros en los núcleos de población distintos a El Ejido, podrán ingresarse en las oficinas municipales de los mismos. El plazo de pago en voluntaria será del 7 de abril al 7 de junio procediéndose posteriormente a la notificación del expediente de apremio de los efectos no cobrados para su exacción con el correspondiente recargo, interés de demora y, en su caso, las costas del procedimiento.

El horario de cobro será durante todo el periodo de 9 a 13:30 horas en la oficina de Aguas de El Ejido en Plaza Mayor, 20, pudiendo efectuarse igualmente en las correspondientes Oficinas Municipales en los distintos núcleos según el siguiente calendario:

• OFICINAS MUNICIPALES DE LOS DISTINTOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Horario General. De 9 a 13 horas los siguientes días:

STA MARÍA DEL ÁGUILA LUNES MIÉRCOLES VIERNES

LAS NORIAS LUNES MIÉRCOLES VIERNES

SAN AGUSTÍN MARTES JUEVES

ALMERIMAR MARTES JUEVES

BALERMA LUNES MIÉRCOLES VIERNES

GUARDIAS VIEJAS MARTES JUEVES

El padrón deberá publicarse en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en el Boletín Oficial de la Provincia durante

treinta días durante los que los interesados podrán formular las alegaciones que estimen en su derecho, todo ello según lo establecido en el artº 23 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.”

En El Ejido, a 11 de abril de 2016. EL CONCEJAL-DELEGADO DE HACIENDA, José Francisco Rivera Callejón.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 23_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1700/16

AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

E D I C T O Don José Francisco Rivera Callejón, Concejal-Delegado de Hacienda del Ayuntamiento de El Ejido (Almería), hago saber en la

fecha indicada que la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado 7 de abril de 2016 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

“A la vista del expediente instruido por la Empresa Mixta de Servicios Municipales y el informe emitido al respecto por el jefe de los Servicios Fiscales, procede:

Primero: La aprobación del los padrones cuyo resumen es el que sigue: - PADRÓN DE LAS TASAS POR EL SERVICIO DE AGUA Y ALCANTARILLADO CORRESPONDIENTE A LA CUOTA POR

CONSUMO Y CUOTA FIJA DEL PERIODO COMPRENDIDO EN EL 1er PERÍODO DE 2016 (AGRUPACIÓN 3: SAN AGUSTÍN, PAMPANICO, MATAGORDA, GUARDIAS VIEJAS, CARRETERA DE MÁLAGA, Y EJIDO SUR –calles desde el Bulevar de El Ejido hacía el Sur-).

TOTAL BASE .........................364.910,81 Euros

I.V.A. ......................................... 36.491,08 Euros

TOTAL PADRÓN .................. 401.401,90 Euros

- CANON AUTONÓMICO DE MEJORA (AGRUPACIÓN 3). TOTAL BASE ........................... 50.837,05 Euros

I.V.A. ........................................... 5.083,70 Euros

TOTAL PADRÓN .................... 55.920,75 Euros

Segundo: El ingreso se podrá efectuar en las oficinas de “Aguas de El Ejido” o a través de las entidades financieras Cajamar, La Caixa, o Unicaja con la correspondiente factura. Las facturaciones correspondientes a los suministros en los núcleos de población distintos a El Ejido, podrán ingresarse en las oficinas municipales de los mismos. El plazo de pago en voluntaria será del 7 de abril al 7 de junio procediéndose posteriormente a la notificación del expediente de apremio de los efectos no cobrados para su exacción con el correspondiente recargo, interés de demora y, en su caso, las costas del procedimiento.

El horario de cobro será durante todo el periodo de 9 a 13:30 horas en la oficina de Aguas de El Ejido en Plaza Mayor, 20, pudiendo efectuarse igualmente en las correspondientes Oficinas Municipales en los distintos núcleos según el siguiente calendario:

• OFICINAS MUNICIPALES DE LOS DISTINTOS NÚCLEOS DE POBLACIÓN: Horario General. De 9 a 13 horas los siguientes días:

STA MARÍA DEL ÁGUILA LUNES MIÉRCOLES VIERNES

LAS NORIAS LUNES MIÉRCOLES VIERNES

SAN AGUSTÍN MARTES JUEVES

ALMERIMAR MARTES JUEVES

BALERMA LUNES MIÉRCOLES VIERNES

GUARDIAS VIEJAS MARTES JUEVES

El padrón deberá publicarse en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial y en el Boletín Oficial de la Provincia durante

treinta días durante los que los interesados podrán formular las alegaciones que estimen en su derecho, todo ello según lo establecido en el artº 23 y siguientes del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.”

En El Ejido, a 11 de abril de 2016. EL CONCEJAL-DELEGADO DE HACIENDA, José Francisco Rivera Callejón.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 24_______________________________________________________________________________

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AYUNTAMIENTO DE EL EJIDO

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

A N U N C I O De conformidad con la Resolución de Alcaldía nº 11-04/2016, de fecha 07 de abril de 2016, por medio del presente anuncio se

efectúa convocatoria del concurso para el arrendamiento de un inmueble local, con referencia catastral 2931101WF1923S, para destinarlo a la actividad de bar y alojamiento , y que reúna las siguientes características: situación: Barrio Artesanal; superficie 216 m2 distribuidos en dos plantas.

1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información: a) Organismo: Ayuntamiento de Fondón b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría c) Obtención de documentación e información: 1. Dependencia: Ayuntamiento de Fondón 2. Domicilio: Pza Poeta Martín del Rey 1 3. Localidad y Código Postal. 04460 Fondón 4. Teléfono 950513313 5. Telefax 950514287 6. Correo electrónico: [email protected] 2. Objeto del contrato. a) Tipo: Arrendamiento b) Descripción del objeto: Local Bar 3. Tramitación y procedimiento. a) Tramitación: Ordinaria b) Procedimiento: Concurso c) Criterios de Adjudicación: 3.1 Importe del precio del arrendamiento: hasta 40 puntos -a la oferta más ventajosa económicamente se le otorgará la

puntuación máxima, otorgándose puntos al resto proporcionalmente. 3.2 Mejoras en el bien que se va a arrendar: hasta 60 puntos. Las mejoras deben corresponder a unidades de obra valoradas

con arreglo a base de precios de la construcción suscrita por técnico competente. 4. Importe del arrendamiento: Importe Neto 2.4100 euros/ año más IVA aplicable. 5. Requisitos específicos del contratista: a) Solvencia económica y financiera, y solvencia técnica y profesional, en su caso. 6. Presentación de ofertas: a) Fecha límite de presentación: quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente. Fondón, 7 de abril de 2016. EL ALCALDE, Francisco Álvarez Aguilera.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 25_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1705/16

AYUNTAMIENTO DE FONDON

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

E D I C T O D. Francisco E. Alex Bruque, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Instinción (Almería). HACE SABER: Que el Pleno de la Corporación Municipal que presido, en sesión ordinaria, celebrada el día 17 de marzo de

2016, acordó aprobar provisionalmente el documento del Plan General de Ordenación Urbanística de Instinción. Se someten los documentos aprobados provisionalmente a información pública por el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Durante dicho plazo se podrán formular las alegaciones que estimen pertinentes, encontrándose el expediente de manifiesto, de lunes a viernes, de 9 a 14 horas, en las dependencias municipales, en Plaza Federico Salvador, 4.

En Instinción, a 18 de marzo de 2016. EL ALCALDE, Francisco E. Alex Bruque.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 26_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1478/16

AYUNTAMIENTO DE INSTINCION

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

E D I C T O

Dª. Esperanza Pérez Felices, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Níjar (Almería). HACE SABER: Que a efectos de lo establecido en el art. 44 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el

Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se publica para general conocimiento el texto del Decreto de Alcaldía de fecha de 9 de marzo pasado:

“DECRETO nº 221/16

Resultando que el volumen de gestión de expedientes de diversa naturaleza en este Ayuntamiento de Níjar hacen aconsejable

y conveniente, para su adecuado seguimiento y mayor garantía del interés público municipal que la Corporación tiene encomendado, que se deleguen en miembros de la Corporación las atribuciones de esta Alcaldía en relación a determinados expedientes;

Visto que en el Boletín Oficial del Estado número 66, de 17 de marzo de 2016, se publica Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Almería por el que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por el proyecto de consolidación en d/c Línea A.T. “Almería”, (20 kV) Tramo entre apoyo N.º 1 (A901691) y apoyo N.º 8b-cd N.º 33923 “Fuensanta, sito en el Paraje Los Morales, San Isidro, t.m. Níjar”. Exp.: NI 4958-8617, para el próximo día 5 de abril;

Visto que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 52.3 de la Ley de Expropiación Forzosa, y en el artículo 57.1 del Reglamento que desarrolla la citada Ley de Expropiación forzosa, al acto de levantamiento deberá asistir el Alcalde del Ayuntamiento donde radican los bienes inmuebles, o concejal en que delegue;

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en el artículo 54 del Reglamento Orgánico Municipal y en los art. 43.3 y 44, 114 a 118 y 120 y 121 del R.D. 2568/1986, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, por medio del presente HE RESUELTO:

Primero.- Delegar en el miembro de la Junta de Gobierno Local y Tercer Teniente de Alcalde, Dª. Antonia Isabel Sánchez Callejón, la asistencia, en nombre y representación de esta Alcaldía, a la sesión de levantamiento de actas previas a la ocupación de las fincas afectadas por el proyecto de consolidación en d/c Línea A.T. “Almería”, (20 kV) Tramo entre apoyo N.º 1 (A901691) y apoyo N.º 8b-cd N.º 33923 “Fuensanta, sito en el Paraje Los Morales, San Isidro, t.m. Níjar”. Exp.: NI 4958-8617, a realizar el próximo 5 de abril.

Segundo.- La delegación efectuada surtirá efectos desde la firma de la fecha de la presente resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el B.O.P., y se entenderá aceptada si dentro del plazo de los 3 días siguientes no se manifiesta nada en contra.

Tercero.- Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la primera sesión que tenga lugar, y publicar su texto en el Boletín Oficial de la Provincia.”

Lo que se publica para general conocimiento y efectos. En la Villa de Níjar, a 7 de abril de 2016. LA ALCALDESA PRESIDENTA, Esperanza Pérez Felices.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 27_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1698/16

AYUNTAMIENTO DE NIJAR

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

E D I C T O Don Antonio Martínez Pascual, Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Olula del Río (Almería). HACE SABER: Que el Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Olula del Río, en su sesión ordinaria de 7 de abril de

2016, aprobó inicialmente el expediente de modificación de crédito núm. 2/2016 del Presupuesto 2016 en la modalidad de crédito extraordinario con cargo al Remanente de Tesorería 2015.

Por lo que se somete el expediente a información pública mediante edictos que se publicarán en el Tablón de Anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia por quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. La modificación de créditos se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plano no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Olula del Río, a 8 de abril de 2016. EL ALCALDE PRESIDENTE, Antonio Martínez Pascual.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 28_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1694/16

AYUNTAMIENTO DE OLULA DEL RIO

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

E D I C T O Con fecha de 11 de Abril de 2016 por Resolución de esta Alcaldía nº 33 del año 2016 se aprobó el Padrón de la tasa por

entrada de vehículos a través de las aceras, así como la reserva de espacios correspondiente al ejercicio de 2016. El citado Padrón estará a disposición del público en el Negociado de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, los días hábiles

de 8’00 a 15’00 horas, por plazo de quince días a partir de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para que puedan presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

El plazo de ingreso en período voluntario será mínimo de dos meses, a contar desde el 1 de Mayo al 1 de Julio de 2016. Medios de pago: En cualquiera de las oficinas bancarias del Municipio de Tíjola, por domiciliación bancaria o en la Tesorería

Municipal.- Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario para satisfacer la deuda si ésta no ha sido abonada, será exigida en

período ejecutivo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 28, 161 y concordantes de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria.-

Tíjola, a 11 de abril de 2016. EL ALCALDE, Mario Padilla Maldonado.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 29_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1682/16

AYUNTAMIENTO DE TIJOLA

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA Finalizado el plazo de exposición al público de la Ordenanza reguladora de Honores y Distinciones, según anuncio

publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 20, de fecha 1 de febrero de 2016, sin que se hayan presentado reclamaciones se eleva a definitiva la referida aprobación inicial y provisional, mediante Resolución de Alcaldía nº 102/16 de fecha 30 de marzo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el acuerdo de fecha 26 de enero de 2016, con el siguiente tenor literal:

“ORDENANZA DE HONORES Y DISTINCIONES

Motivación. Este Ayuntamiento es consciente de que, en ocasiones, tendrá que agradecer y reconocer servicios singularmente prestados a

este municipio de Turre, bien por sus hijos o por otras personas que aún no siéndolo en su actuar es como si lo fueran, y actos de generosidad o de heroísmo que deberán quedar perpetuados para que futuras generaciones conozcan incluso, a través de ello nuestra historia. Para que todo esto pueda realizarse con arreglo a derecho, se aprueba la presente ORDENANZA DE HONORES Y DISTINCIONES.

CAPITULO I

De los títulos, honores y distinciones del Ayuntamiento

Art.l.- Los títulos, honores y distinciones que con carácter oficial podrá conceder el Ayuntamiento, a fin de premiar especiales merecimientos, beneficios señalados o servicios extraordinarios, serán los siguientes:

- Nombramiento de Hijo predilecto o adoptivo. - Nombramiento de Miembro Honorario de la Corporación. - Medalla en sus categorías de oro, plata y bronce. - Cronista oficial del municipio. - Entrega de banderas y estandartes. - Declaración de huésped de honor a visitantes, firmas en Libro de oro, entrega de placas y otros objetos simbólicos. - Rotulación, excepcional de nuevas vías públicas, complejos o edificios públicos. - Erección de monumentos y placas conmemorativas. - Distintivo del mérito al Servicio. - Hermanamiento con otras localidades. - Portador del Pendón Real. - Distinción Local. - Pregonero Mayor. Art.2.- La precedente relación del artículo anterior, en su orden de enumeración, no determina preferencia e importancia, y que

podrá ser objeto de simultaneidad en las distintas clases de distinciones.

CAPITULO II De los principios y criterios que deben guiar las concesiones

Art.3.- Para la concesión de las distinciones honoríficas que quedan enumeradas, se habrán de observar todas las normas y

requisitos que se establecen en la presente ordenanza. Art.4.- Con la sola excepción de sus Majestades los Reyes, ninguna distinción podrá ser otorgada a personas que

desempeñen altos cargos en la Administración, y respecto de las cuales se encuentre la Corporación, en relación subordinada de jerarquía, función o servicio, en tanto subsista tal situación.

Art.5.- No podrá concederse ninguna de la enumeradas a ex miembros de la Corporación, en tanto en cuanto no haya transcurrido, al menos, un plazo de cinco años a contar de la fecha de su cese como tal.

Art.6.- Todas las distinciones a que hace referencia este reglamento tiene carácter exclusivamente honorífico, sin que, por tanto, otorguen ningún derecho, administrativo ni de carácter económico.

Art.7.- En cuanto al tiempo todas son revocables debiendo, para su reversión seguir los mismos trámites que para su concesión.

Art.8.- Dado que un gran número de concesiones honoríficas podría llegar a desmerecer su finalidad intrínseca, cual es la ejemplaridad y el estímulo, deberán concederse con criterio restrictivo.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 30_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN LOCAL1467/16

AYUNTAMIENTO DE TURRE

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

CAPITULO III De los títulos de Hijo predilecto y de Hijo adoptivo

Art.9.- 1. El título de Hijo Predilecto sólo podrá recaer en quienes hayan nacido en esta localidad y que por sus destacadas cualidades

personales o méritos señalados, y singularmente por sus servicios en beneficio, mejora u honor de ella, hayan alcanzado tanto prestigio y consideración general, tan indiscutible en el concepto público, que la concesión de aquel título deba estimarse por el Ayuntamiento como el más adecuado y merecido reconocimiento de estos méritos y cualidades, como preciado honor, tanto para quien lo recibe cuanto para la propia Corporación que lo otorga y para el pueblo por ella representado.

2. El nombramiento de Hijo Adoptivo podrá conferirse a favor de personas que, sin haber nacido aquí y cualquiera que sea su naturaleza de origen, reúna los méritos y circunstancias enumeradas anteriormente.

3. Tanto el titulo de Hijo Predilecto como el de Hijo Adoptivo podrá ser concedido como póstumo homenaje a fallecidas personalidades en los que concurrieran los merecimientos citados.

4. Ambos títulos deberán ser considerados de igual jerarquía y del mismo honor y distinción. Art.10.- La concesión del titulo de Hijo Predilecto y de Hijo Adoptivo habrá de se acordado, previo expediente acreditativo de

sus merecimientos, a propuesta de la Alcaldía-presidencia, por el Ayuntamiento Pleno, con el voto favorable de la mayoría simple de los señores concejales que asistan a la sesión que tal acuerdo adopte.

Art.11.- Una vez aprobada la concesión del titulo de Hijo Predilecto o de Hijo Adoptivo, la Corporación acordará la fecha de reunirse de nuevo para hacerles entrega, en sesión solemne, del diploma y de la insignia que acrediten la distinción otorgada. El expresado diploma contendrá en forma sucinta los merecimientos que motivan y justifican su concesión; la insignia se ajustará al modelo que se apruebe en cada caso, debiendo siempre contener el Escudo Oficial del Ayuntamiento y la inscripción de Hijo Predilecto o de Hijo Adoptivo, según proceda.

Art.12.- Los así nombrados podrán ser invitados a todos aquellos actos que la Corporación organice oficialmente, ocupando, en su caso, el lugar que al efecto se le señale.

CAPITULO IV

Del nombramiento de Miembros Honorarios del Ayuntamiento

Art.13.- Podrá ser otorgado ésta a personalidades nacionales o extranjera, como muestra de la alta consideración que las merecen, o correspondiendo a otras análogas distinciones de que hayan sido objeto tanto las autoridades municipales como la propia Corporación de la ciudad.

Art.14.- La concesión de estos títulos honoríficos habrá de ser acordado por el Ayuntamiento Pleno, a propuesta razonada de la Alcaldía, que previo expediente acreditativo de sus merecimientos, lo someterá a la aprobación del Ayuntamiento Pleno con los requisitos y tramitación determinados en este Reglamento.

Art.15.- Los así designados carecerán de facultades para intervenir en el Gobierno administrativo municipal pero el Alcalde o el Ayuntamiento podrán encomendarles funciones representativas.

Asimismo, podrán ser invitados a todos aquellos actos que la Corporación organice oficialmente, ocupando en su caso el lugar que al efecto se señale, y pudiendo usar en ellos, como insignia acreditativa del honor recibido, una medalla idéntica a la que tradicionalmente usan los miembros efectivos del Ayuntamiento.

CAPITULO V

Medallas de la Ciudad en sus tres categorías

Art.16.- Este Ayuntamiento crea la Medalla, en sus tres categorías de oro, plata y bronce. La forma de las mismas será la que en su momento se apruebe por la Corporación. En todo caso, llevarán en el anverso el

escudo y nombre de la localidad, según titulo y tratamiento, así como la categoría de la medalla, en el reverso el nombre del homenajeado y, si es procedente, alguna cita o expresión alusiva a la concesión. Las correspondientes a las categorías de oro y plata se llevarán pendientes del cuello mediante cordón similar al utilizado oficialmente por la Corporación, y la de bronce, en tamaño más reducido que las anteriores, pendiente de una cinta color carmesí con un pasador del mismo material y se colocará sobre el lado superior izquierdo del pecho.

Cuando se trate de alguna entidad corporativa con derecho a uso de bandera o banderín, las dichas medallas en sus distintas categorías irán pendientes de una corbata de color carmesí, para que puedan ser enlazadas a la bandera o insignia que haya de ostentarla.

Tales medallas irán acompañadas de diploma extendido en artístico pergamino y contendrá en forma sucinta los merecimientos que motivan y justifican la concesión conferida.

Art.17.- Para determinar en cada caso la procedencia de la concesión y la categoría de la medalla a otorgar habrá de tenerse en cuanta la índole de los méritos y servicios, la trascendencia de la labor realizada y las particulares circunstancias de la persona objeto de la condecoración propuesta, dando siempre preferencia en su apreciación, más que al número, a la calidad quien haya de ser galardonado.

Art.18.- La concesión de la Medalla en sus categorías de oro y plata, será competencia del Ayuntamiento Pleno a propuesta de la Alcaldía, y pudiendo no obstante, promoverse a requerimiento de cualquiera de los Grupos que integran la representación municipal, o respondiendo a petición razonada y motivada de entidades locales y reconocido prestigio.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 31_______________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009).

Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

En cualquiera de los casos será preciso el correspondiente expediente administrativo y aprobado por mayoría simple de los señores concejales asistentes a la sesión, que deberá celebrarse con carácter extraordinario y los mismos requisitos señalados en el art.10 de esta Ordenanza. De forma solemne se hará entrega al interesado de dicha condecoración.

CAPITULO VI

Cronista Oficial de la Ciudad

Art.19.- El Ayuntamiento con el fin de incentivar, resaltar y reconocer la labor literaria, informativa y de estudio e investigación de nuestra historia, establece el nombramiento de Cronista Oficial de la localidad, según titulo y tratamiento.

Sin perjuicio de lo anterior, el Ayuntamiento podrá conceder a título póstumo tal nombramiento y sin que para ello exista limitación en el número. Para su concesión deberá estarse a la instrucción del correspondiente expediente.

A los así nombrados corresponderá la entrega de un distintivo de solapa y expedición de título, conforme al modelo que en cada caso se apruebe.

CAPITULO VII

Distintivo del Mérito al servicio Art.20.- El Ayuntamiento con el fin de distinguir a sus funcionarios y empleados a los que, previo expediente al efecto, se

consideren merecedores a ello, crea el "Distintivo del Mérito al Servicio", en sus categorías de oro, plata y bronce su formato será similar a la Medalla prevista en el art.16.

En todo caso llevará en su reverso la inscripción de que se trata, nombre del distinguido y fecha de su concesión, emitiéndose igualmente diploma acreditativo de ello, con constancia en el expediente personal.

CAPITULO VIII

De las demás distinciones honoríficas de este Reglamento

Art.21.- El Ayuntamiento crea la "Llave de la Ciudad", cuyas características y formato responderá al diseño que en cada caso sea aprobado por la Corporación.

Deberá contener en sí misma el Escudo Oficial y leyenda con la fecha de entrega al homenajeado. Art.22.- Tanto la entrega de la Llave de la Ciudad, como la entrega de Banderas, Declaración de Huésped de Honor, entrega

de Placas Conmemorativas, Estatuillas y Firmas en el Libro de Oro de la Ciudad, etc., serán facultativas del titular de la Alcaldía, no precisando incoacción del expediente previo.

Asimismo, las distinciones de "Portador del Pendón Real", "Distinción Local" y "Pregonero Mayor", no precisarán la incoación de expediente previo, siendo designados por la Alcaldía-Presidencia, a propuesta de la Comisión de Gobierno, previos los informes y asesoramientos que se estimen oportunos recabar de Consejos, Comisiones Sectoriales, o Colectivos de carácter social.

Art.23.- Será de competencia del Ayuntamiento Pleno la erección de monumentos, designados de nuevas calles o sustitución de otras, edificios o complejos urbanos, tramitándose en estos casos por vía ordinaria.

CAPITULO IX

Hermanamiento con otras localidades Art.24.- Este Ayuntamiento Pleno y previa formación del expediente correspondiente podrá acordar hermanarse con cuales

quiera localidades nacionales o extranjeras, siempre que para ello se den vínculos históricos, científicos, sociales o cualesquiera otros de naturaleza análoga que por su importancia y raigambre sean dignos de adoptar tal acuerdo.

Las Autoridades, funcionarios y vecinos de estas localidades tendrán la consideración honorífica como si de esta lo fueran y el señor Alcalde podrá decretar, en cada situación la forma de llevarlo a efecto.

Este acuerdo exigirá la formación del oportuno expediente a instancia del Alcalde o/y en la forma que señala el art.18 de esta Ordenanza.

CAPITULO X

Del libro-registro de distinciones honoríficas

Art.25.- La Secretaria de la Corporación en la persona de su titular y, en su caso, el responsable del Departamento al efecto, sin perjuicio de las atribuciones que la Ley confiere al Secretario General, cuidará de que sea llevado correctamente y al día un registro - verdadero Libro de Honor de la Ciudad-, en el que se consignen las circunstancias personales de todos y cada uno de los favorecidos con alguna de las distinciones a que se refiere el presente Reglamento; la relación detallada y completa de los méritos que dieron motivo a su concesión, la fecha de la misma y, en su caso, la del fallecimiento de quien hubiera recibido ese honor, para que en todo instante se pueda conocer, respecto de cada una de las distinciones establecidas, los que se hallan en disfrute de ellas.

Este libro-registro estará dividido en tantas secciones cuantas son las distinciones honoríficas que puedan otorgar el Ayuntamiento, y en cada una de ellas se inscribirá por orden cronológico de concesión, los nombres con todas las circunstancias señaladas anteriormente, de quienes se hallen en posesión del título, honor o condecoración de que se trate.

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CAPITULO XI De las formalidades para la concesión de las distinciones

Art.26.- Para la concesión de cualesquiera de los honores y/o distinciones que son objeto de este Reglamento será salvo las

excepciones previstas en los artículos 18 a 22, es indispensable la instrucción del oportuno expediente que pueda determinar los méritos o circunstancias que aconsejen o justifiquen su otorgamiento.

Art.27.- El expediente se iniciará a propuesta de la Alcaldía de motivo propio, a requerimiento de cualesquiera de los Grupos que integran la representación municipal o respondiendo a petición razonada y motivada de Entidades Locales de reconocido prestigio.

Aceptada la propuesta se dispondrá por la Alcaldía la incoacción del expediente al fin indicado, y designará de entre los señores concejales el que como instructor haya de tramitarlo.

Será Secretario del expediente el de la Corporación, pudiendo delegar tal función en todo o en parte, así como designar las personas que puedan auxiliarle en la tramitación.

Art.28.- El instructor del expediente practicará cuantas diligencias estime necesarias o simplemente convenientes para la más depurada y completa investigación de los méritos del propuesto, tomando o recibiendo declaración de cuantas personas o entidades puedan suministrar informes, haciendo constar todas las declaraciones o pesquisas, datos de referencia, antecedentes, aportando documentos, etc, que se consideren necesarios, tanto de carácter favorable como adverso, a la propuesta inicial.

Con el resultado de las diligencias practicadas, formulará su propuesta, que pasará a 1.a Comisión correspondiente, para si la encuentra acertada y con el dictamen favorable la eleve a la Alcaldía, la cual podrá disponer la ampliación de diligencias o aceptar la tramitación y en tal caso, someterla con razonado escrito o con su "visto" haciendo suyo el informe-dictamen de la Comisión, pasarla al Pleno para que el Ayuntamiento adopte el acuerdo que considere más acertado.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincial, permaneciendo en vigor

hasta su modificación o derogación expresa. Contra la presente resolución, que es definitiva en la vía administrativa, se podrá impugnar ante el órgano jurisdiccional

contencioso administrativo, en el plazo de dos meses desde la publicación del presente en el Boletín Oficial de la Provincia, todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen oportunos.

Turre, a 30 de marzo de 2016. EL ALCALDE, Martín Ramón Morales Fuentes.

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EDICTO DE ADJUDICACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATO DEL SERVICIO DENOMINADO: "LIMPIEZA DE VARIAS

DEPENDENCIAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VERA (ALMERÍA)". D. Félix Mariano López Caparrós, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Vera (Almería). HACE SABER QUE: Por Decreto de esta Alcaldía- Presidencia núm.- 327/2016, de fecha ocho de marzo, SE ACORDÓ

ADJUDICAR EL CONTRATO DEL SERVICIO DENOMINADO: "LIMPIEZA DE VARIAS DEPENDENCIAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VERA (ALMERÍA)", a adjudicar por procedimiento abierto y tramitación ordinaria; a la mercantil SERALIA S.A, cuya oferta resultó económicamente más ventajosa.

1.- Entidad adjudicante y adjudicataria: a) Adjudicante: Ayuntamiento de Vera (Almería), Plaza Mayor, núm. 1, C.P. 04620, Telf. 950 39 30 16. b) Adjudicataria: SERALIA S.A CON C.I.F núm.- A-47379235, con domicilio en Paseo Arco del Ladrillo S/N, Portal 68, Planta 1,

47007 Valladolid (Valladolid). 2.- Objeto del contrato. El contrato tendrá por objeto la contratación del servicio consistente en la limpieza de distintas instalaciones e inmuebles del

Excmo. Ayuntamiento de Vera, de conformidad a lo establecido en el Pliego de Prescripciones Técnicas aprobado. 3.- Tramitación y procedimiento de adjudicación: a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma de adjudicación: Varios criterios de adjudicación. 4.- Precio de adjudicación del contrato y Financiación: - Importe total de adjudicación (Con IVA): 290.409,11 euros (Importe Bianual). - Valor Estimado: 240.007,53 euros. - IVA (Tipo: 21%): 50.401,58 euros. 5.- Plazo de ejecución. Plazo de ejecución: DOS AÑOS. Prorrogable por dos años más, hasta un máximo de cuatro años. 6.- Publicidad: El presente Contrato se ha tramitado por Procedimiento Abierto, siendo enviado el anuncio de licitación a la Comisión Europea

en fecha 16 de diciembre de 2015, poniéndose a disposición de los interesados la documentación/ Pliegos aprobados en la misma fecha a través del Perfil del Contratante de la Corporación.

El anuncio de licitación fue objeto de publicación en el BOP de Almería núm.- 245, de fecha 22 de diciembre de 2015. El anuncio de adjudicación ha sido objeto de publicación europea en fecha 23 de marzo de 2016. 7.- Formalización: En fecha 16 de marzo de 2.016, se procedió a la FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DENOMINADO

"LIMPIEZA DE DIVERSOS INMUEBLES, ASÍ COMO DEPENDENCIAS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VERA (ALMERÍA)" en documento administrativo, previéndose la fecha de inicio del Servicio el día 28 de marzo de 2016.

Todo lo cual se hace público, a los efectos de lo prevenido en el art. 154 del TRLCSP. En Vera, a 31 de marzo de 2016. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Félix Mariano López Caparrós.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL1480/16

AYUNTAMIENTO DE VERA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

E D I C T O Por el presente, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 31 y 32 del Decreto 77/1994 de 5 de abril de la Consejería de

Obras Públicas y Transportes, y habiendo sido inscrito el instrumento de planeamiento en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos con el número 6818, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de noviembre de 2015, adoptó como punto seis, el acuerdo que se transcribe a continuación:

" A C U E R D O

Primero. Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle en la Manzana 1.12 de la Ordenanza 15 / Caporchanes, del Suelo

Urbano Consolidado del PGOU de Vera, el cual está promovido por la mercantil Promotora Caporchanes S.L., según documentación técnica redactada por los arquitectos Dña. Margarita García Martínez y D. Rafael Franco Carruesco, el cual completa o adapta las determinaciones y previsiones del PGOU de Vera, con el objeto de trazar el vial secundario, aperturando un vial interior a la Manzana 1.12 como prolongación de la Calle Retama, que sirve de acceso a la parcelación de la superficie restante de la Manzana 1.12 no ocupada por éste, y la parcelación de la Manzana, ajustada a la parcela mínima de la Ordenanza 15 de aplicación, ordenando volúmenes edificables en las parcelas resultantes

Segundo. Depositar en el Registro administrativo del Ayuntamiento, de documentos urbanísticos que afectan a planeamiento, el Estudio de Detalle aprobado.

Tercero. Notificar el presente acuerdo, a los propietarios de los terrenos comprendidos en el ámbito del Estudio de Detalle. Cuarto. Publicar el Acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Quinto. Facultar al Sr. Alcalde - Presidente, para la ejecución y firma de cuantos actos y documentos se deriven de los

acuerdos adoptados." Lo que se publica para general conocimiento y efectos, advirtiendo que contra el expresado acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999; o interponer directamente recurso contencioso- administrativo ante la Sala de dicho orden jurisdiccional del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Granada), en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 46, en relación con el art. 10, ambos de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que se estime pertinente. Se advierte que de optar por la presentación del recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso- administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso, de acuerdo con lo que establece el artículo 116.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, citada.

Vera, a 17 de marzo de 2016. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Félix Mariano López Caparrós.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL1487/16

AYUNTAMIENTO DE VERA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

A N U N C I O En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2015, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

En Viator, a 29 de marzo de 2016. EL ALCALDE, Manuel Jesús Flores Malpica.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL1479/16

AYUNTAMIENTO DE VIATOR

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

A N U N C I O El Pleno del Ayuntamiento de Viator, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de marzo de 2016, acordó la aprobación del

expediente de modificación de créditos n.º 241/2016, con la modalidad de transferencia de créditos entre aplicaciones de distinta área de gasto, de acuerdo al siguiente detalle:

Altas en aplicaciones de Gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DESCRIPCIÓN EUROS

1320 624 Seguridad y Orden Público.- Inversiones en elementos de transporte 2.534,00

1320 625 Seguridad y Orden Público.- Inversiones en mobiliario 570,00

TOTAL DE GASTOS 3.104,00

Baja en aplicaciones de gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA DESCRIPCIÓN EUROS

1320 214 Seguridad y Orden Público.- Conservación y mantenimiento vehículos policía 3.104,00

TOTAL DE GASTOS 3.104,00

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 17?.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el

que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo. En Viator, a 1 de abril de 2016. EL ALCALDE, Manuel Jesús Flores Malpica.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL1713/16

AYUNTAMIENTO DE VIATOR

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

E D I C T O EXPTE. Nº 13/0221 13/0232 El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería, D. Miguel Ángel Castellón

Rubio. HACER SABER: Que, no pudiéndose practicar notificación a Escayolas Pascual García Oña S.L., con DNI/CIF B04598959 y

último domicilio conocido en Ctra. de Níjar, km. 5,8 - La Cañada de San Urbano (Almería), en relación a los expedientes de Obra Menor nº 13/0221 y 13/0232, por desconocerse su domicilio actual, por medio del presente Edicto, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación a Escayolas Pascual García Oña S.L. y a todos los que pudieran resultar interesados en relación con los expedientes nº 13/0221 y 13/0232 del Área de Obras Menores de la Sección de Licencias Urbanísticas, de las Notificaciones que a continuación se transcribe:

“SECCIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS NEGOCIADO DE OBRAS - Obra Menor DSP/jmmv CÉDULA DE NOTIFICACIÓN - Expte de obra menor nº 221/2013 El Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, al amparo de lo preceptuado en el artículo 18.3.a) de sus Estatutos, aprobados por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Almería el 30 de diciembre de 2.005, ha dictado en

fecha 04/04/2014 la siguiente RESOLUCIÓN: Vistos los informes emitidos por los Servicios Técnicos y Jurídicos municipales en relación con la licencia de obra menor

solicitada por ESCAYOLAS PASCUAL GARCÍA OÑA S.L. con DNI/CIF nº B04598959, de conformidad con los mismos, DISPONGO: 1º DENEGAR la licencia de obra menor para limpieza de finca y vallado de la misma en SUP MNO-04 ALMERÍA por ESCAYOLAS PASCUAL GARCÍA OÑA S.L. con DNI/CIF nº B04598959 ya que conforme al artículo 10.5 del Plan General PGOU-98 se establece que: "Hasta tanto no estén definitivamente aprobados los Planes Especiales de Reforma Interior y los Estudios de Detalle que el presente Plan prevé en las áreas remitidas a planeamiento ulterior, no podrán llevarse a cabo las operaciones de ejecución del planeamiento, ni podrán otorgarse licencias para los actos de edificación y usos del suelo relativos a las parcelaciones urbanas, movimiento de tierras, obras de nueva edificación, modificación de estructura o aspecto exterior de las edificaciones existentes, modificación del uso de las mismas o demolición de construcciones". 2º Notificar la presente Resolución al interesado. Lo que comunico a usted advirtiéndole que contra la expresada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1.999, o interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de dicho orden jurisdiccional de Almería o la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (de Granada), en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 46, en relación con el art. 8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. Se le advierte que de optar por la presentación del Recurso de Reposición, no podrá interponer el Contencioso-Administrativo

hasta que se haya resuelto expresamente o desestimado presuntamente el primero, de conformidad con lo dispuesto en los anteriormente referidos textos legales.”

“SECCIÓN DE LICENCIAS URBANÍSTICAS NEGOCIADO DE OBRAS - Obra Menor DSP/jmmv CÉDULA DE NOTIFICACIÓN - Expte de obra menor nº 232/2013 El Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, al amparo de lo preceptuado en el artículo 18.3.a) de sus Estatutos, aprobados por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Almería el 30 de diciembre de 2.005, ha dictado en

fecha 04/04/2014 la siguiente RESOLUCIÓN: Vistos los informes emitidos por los Servicios Técnicos y Jurídicos municipales en relación con la licencia de obra menor

solicitada por ESCAYOLAS PASCUAL GARCÍA OÑA S.L. con DNI/CIF nº B04598959, de conformidad con los mismos, DISPONGO:

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ADMINISTRACIÓN LOCAL1004/16

GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE ALMERÍA

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Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)

1º Denegar la licencia de obra menor para recrecido de muro en almacenes aperos y mejoras de vallado en cuadra en SUP MNO-04 ALMERÍA por ESCAYOLAS PASCUAL GARCÍA OÑA S.L. con DNI/CIF nº B04598959 ya que conforme al artículo 10.5 del Plan General PGOU-98 se establece que: "Hasta tanto no estén definitivamente aprobados los Planes Especiales de Reforma Interior y los Estudios de Detalle que el presente Plan prevé en las áreas remitidas a planeamiento ulterior, no podrán llevarse a cabo las operaciones de ejecución del planeamiento, ni podrán otorgarse licencias para los actos de edificación y usos del suelo relativos a las parcelaciones urbanas, movimiento de tierras, obras de nueva edificación, modificación de estructura o aspecto exterior de las edificaciones existentes, modificación del uso de las mismas o demolición de construcciones". 2º Notificar la presente Resolución al interesado. Lo que comunico a usted advirtiéndole que contra la expresada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1.999, o interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de dicho orden jurisdiccional de Almería o la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (de Granada), en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 46, en relación con el art. 8 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. Se le advierte que de optar por la presentación del Recurso de Reposición, no podrá interponer el Contencioso-Administrativo hasta que se haya resuelto expresamente o desestimado presuntamente el primero, de conformidad con lo dispuesto en los anteriormente referidos textos legales.” Almería, 26 de febrero de 2016. EL VICEPRESIDENTE DE LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO, Miguel Ángel Castellón Rubio.

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E D I C T O

Esta Mancomunidad tiene definitivamente aprobado el Expediente de Modificación de Créditos número 01/16 en la modalidad de crédito extraordinario y suplementos de crédito (aprobación inicial por Junta Gestora de 7 de marzo de 2016, BOP de 18 de marzo de 2016), financiado con cargo al Remanente Liquido de Tesorería resultando de la liquidación del ejercicio anterior (artículos 169 y 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en relación con los artículos 20 y siguientes del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril) con el siguiente resumen:

Modificaciones de Gastos - Créditos extraordinarios: CAPITULO Créditos extraordinarios CAPITULO 1 ..................................................................................... 3.357,00 euros CAPITULO 2 ................................................................................... 90.000,00 euros Total créditos extraordinarios .......................................................... 93.357,00 euros Modificaciones de Gastos - Suplemento de crédito: CAPITULO Crédito suplementado CAPITULO 1 ..................................................................................... 3.498,00 euros Total Suplementos de créditos .......................................................... 3.498,00 euros Modificaciones de Ingresos: Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, en

los siguientes términos: 870.00 REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES, por importe de 96.855,00 EUROS.-

Contra la aprobación definitiva de este expediente los interesados podrán interponerse recurso contencioso-administrativo en el

plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo con sede en Almería.

Huércal de Almería (Almería), a 11 de abril de 2016. EL PRESIDENTE, Francisco Joaquín Cortés García.

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ADMINISTRACIÓN LOCAL1697/16

MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS DEL BAJO ANDARAX

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NIG: 0401342C20140002269 Procedimiento: Procedimiento Ordinario 206/2014. Negociado: TP Sobre: De: D/ña. FCE BANK PLC Procurador/a Sr./a.: JESUS GUIJARRO MARTINEZ Letrado/a Sr./a.: Contra D/ña.: CARMEN ELISA MARTINEZ BARONA y JULIAN CARDENAS ROJAS Procurador/a Sr./a.: Letrado/a Sr./a.:

E D I C T O En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 206/2014 seguido a instancia de FCE BANK PLC frente a CARMEN

ELISA MARTINEZ BARONA y JULIAN CARDENAS ROJAS se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente: SENTENCIA N.º 62/2016 En Almería, a 8 de marzo de 2016. Vistos por mí, D. David Villagrá Álvarez, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Tres de los de esta ciudad

y su partido, los autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado bajo el n.º 206/2014, a instancia de la entidad "FCE BANK PLC", representada por el Procurador Sr. GUIJARRO MARTINEZ, contra CARMEN ELISA MARTINEZ BARONA y JULIAN CARDENAS ROJAS, en situación procesal de rebeldía, cuyos autos versan sobre reclamación de cantidad, y atendiendo a los siguientes.

FALLO Que estimando íntegramente el escrito inicial de demanda presentado por la entidad "FCE BANK PLC", representada por el

Procurador Sr. GUIJARRO MARTINEZ, contra CARMEN ELISA MARTINEZ BARONA y JULIAN CARDENAS ROJAS FINANZA, debo condenar y condeno a estos últimos al pago solidario de 8.082,75 euros, más los intereses pactados desde el cierre de la cuenta, con imposición de costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería, que, en su caso, deberá presentarse ante este mismo Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.

Así, por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo. PUBLICACIÓN: La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, hallándose

celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe. Y encontrándose dicho demandado, CARMEN ELISA MARTINEZ BARONA y JULIAN CARDENAS ROJAS, en paradero

desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo. En Almería a dieciocho de marzo de dos mil dieciséis. EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, firma ilegible.

B.O.P. de Almería - Número 71 Viernes, 15 de abril de 2016 Pág. 41_______________________________________________________________________________

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA1359/16

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 3 DE ALMERIA

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