Sociedades Anonimas

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I. INDICE PRESENTACIÓN…………………………………………………………………………………2 INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………….3 ANTECEDENTES………………………………………………………………………………...4 CUERPO DEL TRABAJO DENOMINACION…………………………………………………………..…..…...…..5 DEFINICIÓN………………………………………………………………………..……5 CONCEPTOS PREVIOS……………………………………………….……………....5 Patrimonio social Capital social Patrimonio neto PRINCIPALES RASGOS………………………………………………….…………... 6 Sociedad de capitales División del capital Responsabilidad limitada Mecanismo jurídico particular MODALIDADES DE CONSTITUCION…………………………………………..….6-7 Constitución simultánea o privada Constitución por suscripción pública REGULACION NORMATIVA……………………………………………..…….……7-8 REQUISITOS…………………………………………………………………………….8 ASPECTOS CALIFICABLES…………………………………………….…...…..….8-9 CONTENIDO DEL PACTO SOCIAL………………………………………......…..9-10 ORGANOS DE LA SOCIEDAD ANONIMA………………………………………10-11 La junta general de accionistas El órgano de administración TIPOS DE SOCIEDAD ANONIMA…………………………………….………… 11-14 Sociedad anónima cerrada Sociedad anónima abierta DESVENTAJAS DE UNA S.A……………………………………….………………..14 VENTAJAS DE UNA S.A……………………………………………………..……….15 CONCLUSIONES……………………………………………………………………….……….16 BIBLIOGRAFIA…………………………………………………………………………………..17 II. PRESENTACION 1

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I. INDICEPRESENTACIN2INTRODUCCIN.3ANTECEDENTES...4CUERPO DEL TRABAJODENOMINACION.........5DEFINICIN..5CONCEPTOS PREVIOS.....5 Patrimonio social Capital social Patrimonio netoPRINCIPALES RASGOS.... 6 Sociedad de capitales Divisin del capital Responsabilidad limitada Mecanismo jurdico particular MODALIDADES DE CONSTITUCION...6-7 Constitucin simultnea o privada Constitucin por suscripcin pblicaREGULACION NORMATIVA...7-8REQUISITOS.8ASPECTOS CALIFICABLES.......8-9CONTENIDO DEL PACTO SOCIAL........9-10ORGANOS DE LA SOCIEDAD ANONIMA10-11 La junta general de accionistas El rgano de administracin TIPOS DE SOCIEDAD ANONIMA. 11-14 Sociedad annima cerrada Sociedad annima abierta DESVENTAJAS DE UNA S.A...14 VENTAJAS DE UNA S.A...15CONCLUSIONES..16BIBLIOGRAFIA..17

II. PRESENTACIONLasociedad annima(abreviatura:S.A.)es aquellasociedad mercantilcuyos titulares lo son en virtud de una participacin en elcapital sociala travs de ttulos oacciones. Lasaccionespueden diferenciarse entre s por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a stas, como por ejemplo la obtencin de un dividendo mnimo. Losaccionistasno responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino nicamente hasta la cantidad mxima del capital aportado. Existen sociedades annimas tanto decapital abiertocomo decapital cerrado.Andrew Gillespie en su libro, "manual de nivel A de estudios empresariales", describe una sociedad annima como "aquella que es propiedad de los accionistas, pero las acciones pueden ser anunciadas y negociadas en la bolsa de valores". La formacin de una sociedad annima se basa en varios objetivos, entre ellos la expansin de las operaciones de la compaa en otros mercados, el aumento de la liquidez para los accionistas, la supervivencia en los mercados competitivos, aumentando la cuota demercadoy limitando la responsabilidad de los accionistas.

III. INTRODUCCIONLasociedad annimaes la forma jurdica mediante la cual desarrolla sus actividades la granempresaen elcapitalismomoderno. Su versatilidad y la posibilidad de autogenerar inmensosmercadosde capitales para financiar emprendimientos que se encuentran fuera del alcance de lasempresasde pequea magnitud y de contratar, por susrecursoseconmicos, elpersonaldedireccinms eficiente y ms especializado, la separacin entre lapropiedady laadministracin, aspecto que se desarrollar ms adelante las eventuales ventajas tributarias de esa forma deorganizacin.La fcil negociabilidad de lasaccionesque representan elcapital, en lassociedades annimasque cotizan en bolsa, todo ello, en suma, contribuye a dotar a lasociedad annimaabierta de un sinnmero de ventajas para lagestin empresarial.

IV. ANTECEDENTESHistricamente lasSociedadesannimas encuentran su origen en las compaas coloniales, la primera fue la compaa holandesa de las indias en 1602.Dichas compaas a su vez parecen proceder del condominio naval germnico y de algunos presentes italianos como la Casa de San Jorge.Esta ltima era una asociacin, de los acreedores dela Repblicagenovesa, la cual para garantiza suscrditos. Haba asumido sucesivamente lagestinde un importanteservicio, la exaccin detributos, desarrollndose as una compleja actividad comercial. Sus participantes eran sin embargo, simples acreedores de la repblica genovesa y no estaban expuestos a otroriesgoque el perder su propiocrdito. Este se hallaba representando por ttulos circulantes en elcomercio(como son hoy los ttulos delestado), y eran, por lo mismo, continuamente diversas las personas de los participantes en la Casa de San Jorge.Este origen demuestra la importantefuncineconmica que las Sociedades annimas desempean como instrumento de las grandes empresas industriales, bancarias o mercantiles, yaqu las limitaciones de las responsabilidades de los socios y la representacin de sus aportaciones por medio de acciones, ttulos de crdito de circulacin, permiten grandes capitales por medio de pequeasinversionesde los ahorros de gran nmero de personas y una contribucin efectiva de la circulacin de la riqueza de pas; pero esta mismo facilidad acarrea a su vez necesidad de proteccin de estos pequeos inversionistas, para evitar que sean defraudados, y por esta razn la LGSM establece bases rigurosas en cuanto a la forma deconstitucinde estas Sociedades annimas

V. CUERPO DEL TRABAJOSOCIEDAD ANONIMADENOMINACIN La sociedad annima puede adoptar cualquier denominacin, pero debe figurar necesariamente la indicacin "sociedad annima" o las siglas "S.A.".Cuando se trate de sociedades cuyas actividades slo pueden desarrollarse, de acuerdo con laley, por sociedades annimas, el uso de la indicacin o de las siglas es facultativo.En la sociedad annima el capital est representado por acciones nominativas y se integra por aportes de los accionistas, quienes no responden personalmente de las deudas sociales. No se admite el aporte deserviciosen la sociedad annima.

DEFINICIN.La sociedad annima es aquellasociedad mercantilcuyos titulares lo son en virtud de una participacin en elcapital sociala travs de ttulos oacciones. Lasaccionespueden diferenciarse entre s por su distinto valor nominal o por los diferentes privilegios vinculados a stas, como por ejemplo la obtencin de un dividendo mnimo. Losaccionistasno responden con su patrimonio personal de las deudas de la sociedad, sino nicamente hasta la cantidad mxima del capital aportado. Existen sociedades annimas tanto decapital abiertocomo decapital cerrado.CONCEPTOS PREVIOS Patrimonio social: Conjunto de todos los activos y pasivos Capital social: Cifra del pasivo, constituye una deuda de la sociedad frente a los accionistas Patrimonio neto: Diferencia entre activos y pasivos, es un concepto dinmico, susceptible de variacin da a da en funcin del incremento o reduccin de los pasivos frente a terceros.

PRINCIPALES RASGOS a) Sociedad de Capitales:Se forma gracias a los aportes de los socios, sin los cuales no podra existir la sociedad. b) Divisin de capital: En ttulos negociables denominados acciones.- Las acciones representan una parte alcuota del capital y son negociables. La titularidad de las acciones de la sociedad confiere una serie de derechos indesligables, relacionados con la toma de decisiones en la sociedad y la participacin en los rendimientos econmicos de la misma. c) Responsabilidad Limitada: Los socios no responden personalmente por las deudas sociales. d) Mecanismo Jurdico Particular: La propiedad y la gestin de la empresa se encuentran desligados. Se basa en la existencia de tres rganos de administracin que deciden las labores de direccin y gestin de la empresa: la junta general de accionistas, el directorio, y la gerencia.MODALIDADES DE CONSTITUCINSe han previsto dos modalidades: 1. CONSTITUCIN SIMULTNEA O PRIVADA.Donde en un solo acto los socios fundadores, que son los que suscriben y pagan el capital, acuerdan los trminos del pacto social y del estatuto, firman la minuta y otorgan la escritura pblica de constitucin de la nueva sociedad. 2. CONSTITUCIN POR SUSCRIPCIN PBLICA En forma sucesiva mediante oferta a terceros contenida en el programa de fundacin otorgado por los socios fundadores. Esta segunda modalidad est reservada slo para la Sociedad Annima. Aqu existe un proceso previo, regulado por la Ley, que tiene por objeto reunir a los socios que suscriban y paguen las acciones de la nueva sociedad; slo despus de culminado el proceso se puede otorgar la minuta y la escritura pblica de constitucin.

REGULACIN NORMATIVA Ley N26887 del 09.12.97. ley general de sociedades Libro I y libro II Decreto supremo N 093-2002-ef del 15.06.02 texto nico ordenado de la ley de valores. Art. 130(sobre las bolsas) Art. 169 (sobre agentes de intermediacin) Art. 185 (referido a sociedad de agente) Art. 204 (referido a sociedades de intermediarias de valores) Art. 259 (sobre la sociedad administradoras de fondos mutuos de inversin de valores) Texto nico ordenado del decreto legislativo N 728, aprobado por D.S.N003-97-TR. Art. 104, ley de productividad y competitividad laboral (referido a los servicios complementarios) D.S.N 008-2004-JUS: TUPA de la SUNARP Referido a los requisitos que debe presentar es usuario cuando quiere inscribir un ttulo. Resolucin N 200-2001-SUNARP-SN, del 24.07.2001 Reglamento del registro de sociedades Ttulo preliminar I, II, III resolucin SBS N 816-2004 del 27.05.2004. reglamento del registro de seguro. Art. 19 (referido a la sociedad correctora de seguros) Resolucin CONASEV N 576-97-EF-94.10 DEL 05.09.97. Reglamento de correctores de productos y operadores especiales. Art. 4 (sobre la sociedad correctora de productos) ley N 27626 DEL 09.01.02. ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios y de las cooperativas de trabajadores. Art. 11 (referido a las empresas de servicios) concordar. Articulo 2 R.N131-2003-SUNAT.

REQUISITOS1. Formato de solicitud de inscripcin debidamente llenada y suscrito 2. Pago de los derechos registrales 3. Copia simple del documento de identidad del presentante, con la constancia de haber sufragado en las ltimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectivaASPECTOS CALIFICABLES La escritura pblica de constitucin deber presentarse en la oficina registral correspondiente al domicilio de la sociedad. Algunas sociedades, para el inicio de sus operaciones, requieren autorizaciones de organizacin y funcionamiento, como por ejemplo las expedidas por SMV (para el caso de sociedades agentes de intermediacin, a las sociedades agentes de bolsa, etc.).CONTENIDO DEL PACTO SOCIAL Datos de identificacin de los fundadores. Si es persona natural: nombre, domicilio. Estado civil y el nombre del cnyuge en caso de ser casado; si es persona jurdica: denominacin o razn social, el lugar de su constitucin. Su domicilio, el nombre de quien la representa y el nombre que acredita la representacin. La manifestacin expresa de la voluntad de los accionistas de constituir una sociedad annima. El monto de capital y las acciones en que se dividen La forma como se paga el capital suscrito. Para su constitucin, debe suscribirse en la totalidad del capital, y cada accin suscrita ser pagada cuando menos en una cuarta parte. No se exige monto de capital mnimo, salvo los casos expresamente previstos por ley (por ejemplo: sociedades intermediarias de valores, sociedades administradoras de fondos mutuos de inversin en valores, etc.)El capital social est vinculado a las aportaciones, que son las contribuciones que realiza un socio a favor de la sociedad, para la consecucin de fin social. La aportacin puede consistir en dinero o en bienes segn el caso. En la sociedad annima solo pueden ser objeto de aporte los bienes o derechos susceptibles de valoracin econmica.Se presenta informe de valorizacin cuando la sociedad se constituye con aportes no dinerarios p aumenta su capital con esta clase de aportes. El informe de valorizacin debe contener la descripcin del bien o derecho, explicando su naturaleza, caractersticas, cualidades la finalidad es distinguir el aporte, para lo cual podr adjuntarse fichas registrales de los inmuebles o muebles aportados; para el caso de aportes de derecho de crdito es suficiente el titulo valor del que se deriva, debidamente completada (Art. 10.1 ley de tributos valores) y si fuera un valor desmaterializado la constancia de inscripcin y titularidad que expida la institucin de compensacin y liquidacin de valores (Art. 18.3 ley de ttulos valores, Art. 216 ley del mercado de valores); en el caso de intangibles como marcas, patentes, derechos patrimoniales de autor, lemas o nombre comerciales, puede presentarse una copias de la partida registral de inscripcin expedida por el INDECOPI.ORGANOS DE LA SOCIEDAD ANONIMA La junta General de Accionistas: Es el rgano que rene a los socios y a travs de sus deliberaciones y acuerdos se expresa la voluntad de los mismos. Se dice que es un rgano soberano y de poder supremo de la sociedad, por cuanto no se encuentra supeditado a ningn otro y, adems, est facultado para tomar todas las decisiones que estime oportunas dentro del marco de su competencia. Estas decisiones, que se adoptan en forma de acuerdo, obligan a todos los socios y tambin a los administradores. El rgano Administracin: Es un rgano de gestin en cuanto le corresponde fijar la poltica general de la entidad en lo no atribuido, por supuesto, a la junta general as como llevar a cabo la actividad administrativa, tcnica, productiva, financiera y otras necesarias para la consecucin del objeto social. Representa a la sociedad tanto en el orden interno como externo. Personas que no son accionistas pueden ser administradores! Los administradores pueden ser o no accionistas, es ms, la tendencia moderna es precisamente incorporar personal tcnico altamente cualificado ajeno a la sociedad en el rgano de administracin.

TIPOS DE SOCIEDAD ANONIMA1. SOCIEDADANNIMACERRADADEFINICIN La sociedad annima puede sujetarse al rgimen de la sociedad annima cerrada cuando tiene no ms de 20 accionistas y no tiene acciones inscritas en el Registro Pblico del Mercado de Valores. No se puede solicitar la inscripcin en dicho registro delas acciones de una sociedadannimacerrada. Se encuentra en los artculos 234 al 248 de la ley 26887, ley general de sociedades.

DENOMINACIONLa denominacin debe de incluir la indicacin "Sociedad Annima Cerrada", o las siglas S.A.C.

CARACTERISTICAS El accionista que desee transferir sus acciones a otro accionista o a terceros debe comunicarlo a la sociedad y solicitar la aprobacin de la misma Puede constituirse sin tener un directorio solo un gerente. Existe solo una forma de control y es que en cualquier momento y sin dar ninguna explicacin la Junta General de Socios, puede remover al gerente general del cargo Se establecerlo el pacto social o estaturo, las S.A.C puede funcionar sin directorio o en cuyo caso, todas las funciones de ese rgano social son asumidos y ejercitadas por el gerente general En una sociedad de tres o cuatro accionistas no es razonable contar con un directorio

REGIMENLa sociedad annima cerrada se rige por las reglas de la presente Seccin y en forma supletoria por las normas de la sociedad annima, en cuanto le sean aplicables.

2. SOCIEDADANNIMAABIERTA.DEFINICIONPara que una sociedad annima este dentro de los alcances de una sociedad abierta se requiere que cumpla cuando menos una de los siguientes requisitos1. Ha hecho oferta pblica primaria de acciones u obligaciones convertibles en acciones.2. Tiene ms de setecientos cincuenta accionistas.3. Ms del treinta y cinco por ciento de su capital pertenece a ciento setentaicinco o ms accionistas, sin considerar dentro de este nmero aquellos accionistas cuya tenencia accionaria individual no alcance al dos mil de capital o exceda del cinco por ciento del capital.4. Se constituya como tal.5. Todos los accionistas con derecho a voto aprueban por unanimidad la adaptacin a dicho rgimen.

DENOMINACIONLa denominacin debe incluir la indicacin "Sociedad Annima Abierta" o las siglas "S.A.A". Y se rige por las reglas contenidas en los artculos 249 al 262 de la ley y en forma supletoria por las normas de la sociedad annima, en cuanto le sean aplicables. Sus acciones deben estar inscritas en el registro pblico de marcado de valores y estarn bajo el control de la comisin nacional supervisora de empresas y valores (hoy superintendencia de mercado de valores), con atribuciones para:1. Exigir la adaptacin a sociedad annima abierta cuando corresponda 2. Exigir la adaptacin de la sociedad annima abierta a otra forma de sociedad annima cuando sea el caso3. Exigir la presentacin de informacin financiera y, a requerimiento de accionistas que presenten cuanto menos el 5% del capital suscrito, otra informacin vinculada a la marcha societaria4. Convocar a junta general o a junta especial cuando la sociedad no cumpla con hacerlo en las oportunidades establecidas por la ley o el estatuto.

CARACTERISTICAS Debe tener obligatoriamente un directorio y una gerencia Las sociedades annimas abiertas debe acreditar ante la auditoria el cumplimiento de todas las publicaciones dispuestas por la ley (art. 414 inc.3). La Auditora podr designar un funcionario para que asista a las asambleas de las S.A.A. con fines de controlar La Auditora podr examinar la contabilidad y documentacin social, a los efectivos de la visacin.

REGIMENLa sociedad annima abierta se rige por las reglas de la presente Seccin y en forma supletoria por las normas de la sociedad annima, en cuanto le sean aplicables.

DESVENTAJAS DE UN S.A La independencia de la sociedad de sus accionistas Los accionistas no son responsables de las actuaciones de los directores de la empresa Los directores son responsables en caso de incurrir en las desempeo

VENTAJAS DE UNA S.A

El excesivo nmero de trmites que se deben realizar para su constitucin con el costo que ella implica. El alto costo que implica el cumplimiento de las formalidades exigidas por la ley para el mantenimiento de la misma

VI. CONCLUSIONESEn la actualidad, cuando se trata de organizarnegociosde gran envergadura capitalista, de arremeter contra los ms reciosproblemasde laproducciny del comercio en granescala, se sugiere la sociedad annima, donde cada socio enprincipiospuede aportar la suma que desee, limitando hasta su cuanta propia la responsabilidad, y de ese modo no poner en riesgo su patrimonio.Al mismotiempodispone de un documento negociable, llamado "accin", que le acredita la calidad de socio y los derechos a ella inherentes; pero lo ms importante es que puede transferirse regularmente por el uso de las ms sencillas formas mercantiles.Al invertir sus ahorros en acciones de una sociedad, las personas explotan varios renglones, ya que se tiene invertido el dinero y al mismo tiempo se tienen las posibilidades de obtener una ganancia lcita y ventajosa a la larga.

VII. BIBLIOGRAFIA

CONTABILIDAD DE SOCIEDADES conforme a las NIIF Y PCGE, CPCC, APAZA MEZA Mario, entre lneas S.R.L.tda, 2012 primera edicin, pag.686. CONTABILIDAD DE SOCIEDADES I, CPC. CALDERON MOQUILLAZA Jose, Garden gray S.R.L., 2014 marzo- sptima edicin, pag. 220.

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