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Sobreleydesemillasveractualizada (1)
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En Repblica Dominicana se est gestando la aprobacin de un proyecto de ley en el cual se
busca garantizar un sistema de registro de semillas para proteger los intereses del Estado y de los
comerciantes agrcolas1. Este proyecto gira en torno a la institucionalizacin de la ONASE
(Oficina Nacional de Semillas) qu tiene una funcin de controlar y regular todo lo referente a las
transacciones econmicas y jurdicas que surgen a la luz de dicha modificacin institucional en el
mercado agropecuario dominicano, como sugiere el artculo 9: Las actividades de produccin, acondicionamiento, certificacin, comercializacin y uso de semillas en la Repblica
Dominicana, quedan sujetas a la supervisin y el control oficial del Estado dominicano, a travs
de la Oficina Nacional de Semillas (ONASE). En consecuencia, los diferentes agentes
econmicos que intervienen en los procesos antes indicados debern inscribirse, previo
cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y tcnicas vigentes, en el registro
oficial correspondiente.
Esto implica ante todo que se harn diferentes tipos de registros sobre las variedades de semillas,
de mantenedores, replicadores, distribuidores, plantas, viveros, etc.2 Dichos registros son
precisamente para que personas que hagan modificaciones genticas a productos agrcolas puedan
precisamente mediante la concesin de otorgarle el derecho de propiedad intelectual por haber
inventado dicha configuracin gentica de ese alimento garantizndole as el derecho de obtentor de dicha semilla.
El problema viene cuando a la luz de patentes se quiere garantizar los medios de produccin de los pequeos comerciantes, cuando precisamente -luego argumentaremos por qu- este tipo de
instituciones y leyes lo que terminan es concentrando capital en pocas manos y lograr que
personas dependan ms del trabajo asalariado.
Segn el art. 86 todo aqul incurre en un acto delictivo (de hecho, todo esto es sancionado por la
via penal) si no se rige por las normativas expuestas por la ley y la ONASE, lo cual significa que
todo aqul que no est registrado, no tiene permiso para producir semillas con fines
empresariales. Todo esto surge a la luz de que el Estado Dominicano ha empezado a hacer
negociaciones con la famosa empresa de organismos genticamente modificados (los llamaremos
OGM por su siglas de ahora en adelante) Monsanto. Como sabemos, esta empresa ha sido la
mayor defensora de los derechos de propiedad intelectual para OGM por intercambio directo de
genes y ha ultrajado de manera vehemente e inhumana los derechos de propiedad de los pequeos
productores de diferentes pas, producto de la alianza Estado-Empresa que Monsanto siempre
arregla producto de un mercado global que tiene un ordenamiento institucional que favorece el
obtener rentas de escasez a costa de otros. Para criticar precisamente las supuestas intenciones del Estado en dicho proyecto debemos de considerar qu prescripciones debemos de seguir sobre
algunas cuestiones que vamos a analizar:
1. Debemos de dejar claro una comprensin (Verstehen en alemn) terica de lo que es el proceso
de mercado, sus lmites institucionales y por ende una comprensin terica de las instituciones
que juegan rol en el mismo. A su vez los lmites ticos y polticos que tiene este proceso social.
2. Luego de deducir las implicaciones del punto 1, debemos as entonces pasar a explicar el
fenmeno particular a analizar, que es en este caso el proyecto de ley y sus implicaciones en el
1 Segn el art. 1 del Proyecto que dice: La presente ley tiene por objeto promover, mejorar, controlar y proteger la produccin, el acondicionamiento, la comercializacin y
el uso de semillas en la RepblicaDominicana. 2 Ver. Art. 10 del Proyecto de Ley. Est disponible en este link
http://www.camaradediputados.gov.do/masterlex/mlx/docs/2e/2/80f7/80f8.pdf
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mercado agropecuario nacional.
Solo as vamos a poder entender el por qu en este artculo sostengo:
1. Que la propiedad intelectual concentra riqueza y a su vez no es un derecho de propiedad
propiamente dicho.
2. Que tanto ella como instituciones que sirvan de registrar bienes y servicios que se van a
comercializar en un mercado aumentan los costes de transaccin en dicho mercado y por ende da
cabida a que en ese mercado sea ms provechoso para organizaciones empresariales con altos
niveles de capital, haciendo artificialmente ms ineficiente la tecnologa de uso comn y la produccin descentralizada.
3. Promueve el mercantilismo al garantizar privilegios y barreras de entrada en la produccin de
bienes agrcolas al emitir leyes que evitan que productores pequeos puedan producir y ganarse la
vida con lo que mezclan con su trabajo y dejarle solo las ventajas que ofrece la ley y la ONASE a
grandes productores y a multinacionales al cambiar el marco jurdico y a su vez cambiar la forma
y el tamao del mercado agropecuario nacional.
1. Una comprensin del proceso de mercado. Usando a Hayek, la Escuela Austriaca y los
neo-institucionalistas con fines socialistas.
Como podemos entender, muchas personas, siguiendo al pensamiento clsico griego distingue
entre dos tipos de fenmenos (inclusive, dentro de la distincin entre ciencias naturales y ciencias
sociales) primero a aquellos fenmenos que son naturales (no producto de las intenciones o fines
humanos)
y otros que son artificiales (como aquellos que s son producto de los fines, como por ejemplo,
una escultura o una herramienta). Esta explicacin est presupuesta inclusive en la epistemologa
de muchos que abrogan -en el mbito de lo social- por la ley de semillas como coherentes
herederos del pensamiento ilustrado, especialmente el Cartesianismo, s especialmente nos
dedicamos a rastrear su discurso. Este individualismo presupone la existencia de una razn
humana independiente de todo contexto social, independiente de cualquier institucin que le da
sentido a las acciones humanas o de normas que sirvan de pautas de conducta que influyen en
cmo le damos sentido a las acciones humanas y los fenmenos meramente sociales como el
mercado, el derecho, el lenguaje, etc. Es decir, las instituciones no formales para esta corriente
para ellos son producto de un fin deliberado o por otro lado toda institucin que tenga la
pretensin de no ser producto de un fin determinado no es una institucin segura.
Ya que no hay una "aparente" salida a dicha dicotoma, segn ellos, se entiende que todos los
fenmenos sociales son producto de un fin deliberado. Ese individualismo hobbesiano, que es
quien luego encarnar el tal llamado homos economicus3 es el que rige las teoras que estn
implcitas en las justificaciones que hacen los defensores del proyecto de Ley de Semillas. Lo que
3 F. A Hayek, Economics and Knowledge, Economica IV (new ser., 1937), >. Si el conocimiento no fuese disperso y asimtrico la sociedad, entonces
ningn actor se viese en una situacin de desequilibrio, de ignorancia, de incertidumbre, si el concepto de
transitividad (que es el nombre del supuesto usado en la economa clsica, de que el actor conoce todo lo
referente para satisfacer sus necesidades) se diera tal cual como es, no solo independientemente en un caso
de desequilibrio, cada uno de los individuos que participan en el proceso de mercado ya que "lo conocen
todo, se hallan [ya] en equilibrio" como dice Hayek, sino que no habra necesidad del proceso de mercado
para asignar el conocimiento relativo a los recursos que cada miembro de la sociedad conoce mediante
mecanismos que permiten el dilogo y la convivencia pacfica.
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no advierten es que, como dira el economista Friedrich von Hayek, siguiendo la visin
econmica de los clsicos como Adam Smith, y es que hay fenmenos sociales que no son
producto de un fin, pero son producto de las consecuencias no intencionadas de los sujetos
actuantes en un marco institucional rastreable a la luz de la historia4.
Esto tiene serias implicaciones en la consecuente formulacin de una teora econmica. Lo cual
no slo establece que la civilizacin o la sociedad y la razn van juntas, es decir, experiencia,
mundo, y lenguaje son cooriginarios, sino que dicha idea cartesiana de una razn sin lmites es
rotundamente falsa y que dicha razn tiene lmites que son delimitados por las relaciones entre
personas (ya que todo fenmeno que percibimos le damos sentido a la luz del lenguaje como
relacin inter subjetiva5) Nuestro conocimiento sobre el mundo deviene en una interaccin entre
lo biolgico y lo social y no reducible a ninguno. Por ende, hay ciertos lmites al conocimiento
que vienen dados por la historicidad del sujeto, es decir, en palabras de Hayek, las circunstancias de lugar y de tiempo en las cuales influyen en el conocimiento relativo que -en el contexto del mercado- el posee para asignar los recursos para satisfacer sus fines. Hayek expone
esta idea bastante clara -y con elegancia- esta cuestin epistemolgica de fondo en el objeto de
estudio de la economa:
Cul es el problema que queremos resolver cuando tratamos de construir un orden econmico racional? Basndose en ciertos supuestos comunes, la respuesta es bastante simple. Si poseemos
toda la informacin pertinente y podemos partir de un sistema dado de preferencia contando con
un completo conocimiento de los medios disponibles, el problema que queda es puramente de
lgica. En otras palabras, la respuesta a la pregunta referente al mejor uso de los medios
disponibles se encuentra implcita en nuestros supuestos. Las condiciones que debe satisfacer la
solucin de este problema ptimo han sido detalladamente elaboradas y pueden ser mejor
establecidas en forma matemtica: expresadas brevemente, las tasas marginales de substitucin
entre dos bienes o factores cualesquiera deben ser iguales en todos sus usos diferentes. Sin
embargo, ste decididamente no es el problema econmico que enfrenta la sociedad. Y el clculo
econmico que hemos desarrollado para resolver este problema lgico, a pesar de ser un paso
importante hacia la solucin del problema econmico de la sociedad, an no proporciona una
respuesta a ste. Esto se debe a que los "datos" referentes a toda la sociedad a partir de los
cuales se origina el clculo econmico no son nunca "dados" a una sola mente de modo que
4Gabriel Zanotti, Introduccin filosfica al pensamiento de Friedrich Hayek, pg. 24-25, Unin editorial
2004: La diferencia es que Hayek haba enfatizado desde el principio en que lo previo en ciencias sociales pasa por ese conocimiento de las intenciones sociales, cuestin que obviamente recibe de la
influencia de Mises sobre la prioridad del estudio de la accin humana en toda ciencia social[] Nosotros hemos sugerido que una fenomenologa realista de las ciencias sociales aporta algo a la cuestin, por
cuanto el conocimiento de la esencia de la accin humana no es un modelo hipottico, sino la descripcin
de lo que la accin humana es en s conducta racional, teleolgica y falible- con lo que ello implica para el conocimiento de lo que son en s ciertas interacciones sociales (como la moneda, el precio, y en general
todas las nociones generales de economa poltica). Pero eso no implica que la prediccin y la reflexin
sobre las consecuencias predichas sea intil en ciencias sociales. Hayek desarrola una nocin fundamental
sobre la cual hace tiempo que venimos trabajando. Se trata de las predicciones emergentes de planteos de
rdenes espontneos. Las pattern predictions. Que no son cuantitativas, sino cualitativas y en ese sentido generales. Se pueden encontrar con un caso negativo particular, lo cual no descarta la teora
pero s implica replantearla[] Y ello implica una capacidad de apreciacin hermenutica global de una determinada situacin (este mtodo sera rechazado por el positivismo dado que no hay en este caso
estadsticas ni econometra)[]. Nada se ve sin teora previa. Acaso el que no es mdico no dice no entiendo frente a la radiografa? Pues bien, de ese entender se trata precisamente en la
hermenutica. 5 F. A. Hayek, La primaca de lo abstracto, extrado del libro Nuevos estudios de filosofa, poltica,
economa e historia de las ideas, pag. 68-69.
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pueda deducir sus consecuencias y nunca, tampoco, pueden as ser dados.
El carcter peculiar del problema de un orden econmico racional est determinado
precisamente por el hecho de que el conocimiento de las circunstancias que debemos utilizar no
se encuentra nunca concentrado ni integrado, sino que nicamente como elementos dispersos de
conocimiento incompleto y frecuentemente contradictorio en poder de los diferentes individuos.
De este modo, el problema econmico de la sociedad no es simplemente un problema de
asignacin de recursos "dados" si "dados" quiere decir dados a una sola mente que deliberadamente resuelve el problema planteado por estos "datos". Se trata ms bien de un problema referente a cmo lograr el mejor uso de los recursos conocidos por los miembros de la
sociedad, para fines cuya importancia relativa slo ellos conocen. O, expresado brevemente, es
un problema de la utilizacin del conocimiento que no es dado a nadie en su totalidad.
Temo que muchos de los ltimos avances de la teora econmica han ms bien oscurecido en vez
de aclarado este carcter del problema fundamental, cosa que ocurre especialmente en el caso
de muchos de los usos que se han hecho de las matemticas.6
Esta afirmacin es bastante reveladora, la cual explica un proceso dinmico en el mercado a
diferencia de los modelos de competencia perfecta, en los cuales Hayek en una de sus obras ms
grandes, Economa y Conocimiento, se dedica a criticar. El objeto de crtica los modelos de competencia perfecta de la escuela neoclsica y donde se paran tambin los modelos
keynesianos- sufren de un caso de determinismo economicista, donde todo el proceso se realiza
sin actores con lmites gnoseolgicos de algn tipo. Esto significa que cada interaccin entre
productores y consumidores implica una relacin social en la que a la luz de ciertos fenmenos
sociales como otras instituciones podemos interpretar un encuentro imperfecto o dinmico entre
oferta y demanda. Esto significa que el mercado como fenmeno social es- en los ojos de Hayek-
un orden espontneo, es decir, es un proceso social el cual no es producto de los fines deliberados de seres humanos, pero que a la luz de las consecuencias no intencionadas de los
sujetos actuantes, dio como resultado el proceso de mercado como parte del proceso cambiante de
la sociedad. Esto quiere decir que al menos la sociedad tiene cierto carcter regulativo? Pero a
qu se debe eso? Se debe precisamente a otras instituciones sociales que permite la evolucin
social, desde el lenguaje, hasta el derecho, incentivando as prcticas cooperativas y voluntarias.
Y todas estas tradiciones y la cultura que se transmite a la luz de las interacciones humanas en un
marco social da como origen la evolucin y creacin de otras instituciones. Esto significa que el
mercado, como fenmeno social no se da en el aire sino en un momento histrico determinado y a
la luz de un conjunto de instituciones que brindan reglas o normas vinculantes para todos los que
participan en ese proceso7 .
Hayek, en su filosofa poltica hace una distincin entre rdenes sociales producto de la
deliberacin de una organizacin (Taxis) y rdenes extensos o espontneos que no son producto
de la deliberacin ni de la planificacin humana de los resultados que arroja dicha organizacin,
sino de la accin humana que genera consecuencias no previstas debido al conocimiento nuevo
que generaron dichas interacciones (este orden l le llama Cosmos). En cada orden hay diferentes
normas y reglas que son las adecuadas segn el tipo de orden, en un orden de tipo cosmos se
encuentran las normas tipo nomos (ley como norma vinculante a todos o law( como por ejemplo
el common law britnico), dgase, normas que son aplicables a todos y cada uno de los que
participan en el proceso espontneo en un cosmos ), y en los rdenes de tipo planificado o Taxis
encontramos las normas de tipo thesis que "es cualquier norma aplicable a alguien en particular
6 F. A. Hayek, El uso del conocimiento en la sociedad, pg. 157-158, Estudios Pblicos.
7 F. A. Hayek, La confusin del lenguaje en el pensamiento poltico, extrado del libro Nuevos estudios de
filosofa, poltica, economa e historia de las ideas, pgs. 105-108, 124-127
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o que sirve a los fines de quin formula las normas" (pg. 106). El principal problema filosfico-
poltico que se transmite a la economa (y he aqu un ejemplo de los lmites del mercado a nivel
institucional, que estos poseen lmites polticos y a su vez ticos) es que no tener en cuenta que el
derecho pblico no puede pretender planificar normas que tienen su historicidad, su evolucin y
que forman parte de interacciones humanas que generan como resultado fenmenos sociales
como instituciones sociales no formales que ninguna mente humana pudo haber diseado, en este
caso el derecho consuetudinario, el derecho privado o mejor dicho comunitario (ya que tiene su
gnesis en comunidades descentralizadas) que a la luz de dichas tradiciones es que el derecho
formal o positivo ha podido hacer de manera formal un sistema de normas. Es por esto que la
libertad positiva debe de estar en igual consideracin que la negativa, la primera para garantizar
un buen orden pblico8, dgase una organizacin eficiente que pueda manejar las normas que son
producto del orden espontneo y aplicarlas y la segunda para que se tome en cuenta que tambin
sea el Estado u otra organizacin que se encargue de la aplicacin de la ley como una comuna anarquista bajo principios federativos o una comunidad republicana, debe de someterse a las
normas por igual para evitar que el ejercicio de dicha organizacin degenere en privilegios a
personas en la sociedad civil. Esto significa lmites ante la accin legislativa del Estado y una
divisin de poderes que evite que la organizacin imponga sus normas de manera autocrtica en
la sociedad.
Esto significa que hay una relacin estrecha entre proceso de mercado, ordenamiento jurdico,
instituciones, tradiciones y el problema del conocimiento disperso expresado en Hayek en
relacin al mercado. Esto quiere decir que debemos de buscar un ordenamiento poltico que
permita la aplicacin de la ley de manera justa y a su vez que no permita la creacin de
privilegios para la consecuente movilizacin social e interacciones sociales pacficas que hacen
que dichas instituciones no formales puedan servir al bien comn. En pocas palabras, lo que se
busca es que las instituciones formales se sometan a las normas que surgen al pertenecer a dicho
conglomerado de instituciones que forman toda la estructura social.
El mercado como proceso permite que mediante sus mecanismos institucionales, dgase, los
precios y los sistemas de intercambio (sean directos, como el trueque o indirectos como el dinero)
la sociedad de un mejor uso del conocimiento al transmitirlo de manera descentralizada, sin
necesidad de un planificador central. Tambin cabe destacar que las dems instituciones como el
derecho de propiedad, la libertad de asociacin y otras libertades polticas producto de la
organizacin civil y comunitaria permiten un mejor (o peor) funcionamiento del mismo en
trminos de qu tanto se puede descentralizar a la luz del mercado o qu tanto no.
Por ejemplo, cuando se irrespeta el derecho de propiedad de unos a la luz de garantizarle a otros
implica que el mercado favorecer a mejorar los rendimientos empresariales de aquellos que sus
derechos de propiedad son respetados. Cuando el Estado reconoce el derecho de propiedad
intelectual del poseedor de las semillas en el marco reglas que est expuesto en el artculo en
relacin al funcionamiento de la ONASE implica vulnerar el derecho de propiedad del pequeo
productor que combina semillas con otras y produce lo poco que tiene para suplirle al mercado
nacional. Lo que implica que el Estado es quien decide quien tiene derecho y quin no ya que
8 Isaiah Berlin, Dos conceptos de Libertad, pg. 29, aunque Berlin crtica la utopa de la libertad positiva,
en este escrito encontramos una idea bastante interesante, de que dichos conceptos de libertad (positiva y
negativa) pueden entrar en conflicto, pero no puede priorizarse uno o el otro sino que pueden
complementarse (o al menos se presupone). Pero dicho conflicto solo se puede dar cuando los principios de
ambas concepciones de libertad de absolutizan, como es el caso de los regmenes totalitarios que por
defender las libertades positivas, de autorrealizacin del individuo, destruyeron aquello que las posibilitan,
las negativas. Por lo tanto, la libertad positiva como negativa se pueden complementar.
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reduce el derecho al mero principio de legalidad, dejando a un lado que el derecho es un orden de
personas y a su vez un orden de relaciones entre personas, adems de un sistema de normas como
visionaba de manera reductivista el jurista Hans Kelsen. Este ordenamiento o forma de gobierno
con esos deslices reductivistas y las consecuencias que se derivan en la praxis poltica en el seno
de la sociedad civil es lo que l concibe por privilegios, cuando se vulnera mediante la coaccin
derechos y libertades a costa de entregrselas a otros. Esto trae como consecuencia que el
mercado de como resultado una concentracin de capital o de recursos que no se vera si se
respetara el derecho de propiedad de todos. Haciendo depender a aquellos que son vulnerados del
trabajo asalariado y que se sometan a las relaciones de poder autoritarias en el seno empresarial
(este tema lo retomaremos un poco en el tema 2.1) que son producto de dicho marco jurdico que
concentra poder y perpeta dichas relaciones..
2. La propiedad intelectual como concesin estatal: Anlisis jurdico y Repercusiones
econmicas.
No podemos empezar criticando los derechos de propiedad sin saber qu son los derechos de
propiedad, qu los determina, y a su vez poder distinguir la diferencia entre los derechos de
propiedad sobre cosas tangibles y los derechos de propiedad sobre cosas intangibles.
Los derechos de propiedad, se entienden como derechos reales que recaen sobre unos llamados
propietarios sobre recursos escasos, ya sean bienes inmuebles (casas, terrenos) o bienes muebles
(laptops, vasos, mesas, etc.).
La problemtica a abordar est en que, estos bienes, al ser escasos, se deben de introducir algo
as como reglas o normativas morales que permitan evitar o dar soluciones ante conflictos
interpersonales sobre recursos escasos. Dichas reglas se configuran a la luz de un orden de
personas y de relaciones que se establecen originariamente por medio de la argumentacin
intersubjetiva y varan segn la configuracin institucional9. Estas se hacen visibles a la luz de un
sistema jurdico que le otorga validez. Dichas normas deben de ser visibles -es decir, que los
lmites de donde termina la propiedad y comienza la ajena sean contrastables intersubjetivamente
por medio de la accin comunicativa10
. Slo a travs de esto es que un sistema de normas de
propiedad podr gestionar los recursos escasos de manera tal para evitar conflictos.
El problema es que la escasez como tal es la que delimita como sern dichas normas (que ojo, no
son normas definitivas sino reglas que obedecen a principios jurdicos, luego explicaremos por
qu) de propiedad y como tal esta depende de un contexto en el cual un conjunto de instituciones
influyen (la familia, mecanismos de seguridad, sistemas de economizacin, etc.). Pero qu pasa
si decidimos aplicar dichas normas en un contexto donde no hay escasez? Stephan Kinsella
explica esta cuestin de la manera siguiente:
Igual que la segadora que reproduce mgicamente, las ideas no son escasas. Si invento una tcnica para recolectar algodn, si alguien lo recolecta de esa manera no me quita mi tcnica.
9 Un ejemplo es el ordenamiento institucional descrito por la economista Elinor Orstrom, el cual difiere de
la visin capital-intensiva y propietarista que se tiene del mercado. Otro ejemplo es aquellos contra-
ejemplos del antroplogo Karl Polanyi en su obra El sustento del hombre, donde explica que la sociedad de mercado antropolgicamente hablando es un fenmeno reciente, por lo tanto, exponer la racionalidad
econmica como una verdad analtica sin una historicidad rastreable implica que la misma se preste para
anacronismos muy burdos. 10
Hans-Herman Hoppe, Theory of Capitalism and Socialism.
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Todava tengo mi tcnica (y mi algodn). El uso de otro no excluye el mo: Ambos podemos usar
mi tcnica para recolectar el algodn. No hay escasez econmica ni posibilidad de conflicto
acerca del uso de un recurso escaso. Por lo tanto, no hay necesidad de exclusividad11
Como ven, el uso de la propiedad intelectual presupone al menos la idea de que las ideas, que
obviamente son productos del lenguaje, y en ltima instancia, producto de la intersubjetividad
misma del lenguaje que es de carcter libre o pblico, son en s mismas recursos escasos. El lenguaje nos permite articular o dar sentido a las relaciones lgicas que hacemos con nuestro
cerebro, por ende, aunque nosotros tenemos o poseemos libre albedro es obvio que las
condiciones o constructos sociales por las cuales la permiten no son producto de la mente
humana. El filsofo Hans-Georg Gadamer ilustra cmo el lenguaje es aqul que permite el darle
sentido a aquello que decimos y es una relacin intersubjetiva que delimita de los lmites mismos
del pensamiento o mejor dicho, es aquel sistema interconectado que posibilita este ltimo:
La ciencia del lenguaje, como cualquier otra prehistoria, es la preshistoria del espritu humano. Sin embargo, el fenmeno del lenguaje slo adquiere por esta va el significado de un campo
expresivo eminente en el que se puede estudiarla esencia del hombre y su despliegue en la
historia. No se pudo entrar a travs de en la posiciones centrales del pensamiento filosfico.
Porque siempre quedaba en el transfondo de todo el pensamiento moderno la definicin
cartesiana de la conciencia como autoconciencia. Este fundamento inconmovible de toda certeza,
el hecho ms cierto de todos que me permite conocerme a m mismo, pas a ser en el
pensamiento de la poca moderna el criterio de todo lo que poda satisfacerla pretensin del
conocimiento cientfico. La capacidad del lenguaje descansaba finalmente en ese mismo
fundamento. La capacidad lingstica era uno de los fenmenos que acreditaban la
espontaneidad del sujeto. Por til que pueda ser la interpretacin de la cosmovisin subyacente
en los idiomas partiendo de este principio, no aparece as el enigma que el lenguaje ofrece al
pensamiento humano. Porque la esencia del lenguaje implica una inconsistencia realmente
abismal del mismo. En este sentido no es casual que la acuacin del trmino alemn de Die
sparche (el lenguaje) sea un resultado tardo. La palabra Logos no significa pensamiento y
lenguaje, sino tambin concepto y ley. La acuacin del concepto, die Sparche, presupone una
conciencia lingstica. Pero eso es mero resultado de un movimiento reflexivo en el que el sujeto
pensamiento medita partiendo de una realizacin inconsciente del lenguaje y se distancia de s
mismo. El verdadero enigma del lenguaje consiste en que nunca podemos lograr esto
plenamente. El pensamiento sobre el lenguaje queda siempre involucrado en el lenguaje mismo.
Slo podemos pensar dentro del lenguaje, y esta insercin de nuestro pensamiento en el lenguaje
es el enigma ms profundo que el lenguaje propone al pensamiento12
Si el lenguaje no fuese una relacin que es parte constitutiva de nuestro modo de conocer13
,
articular ideas y por ende aplicarlas fuese algo imposible. Ya que el acto de razonar, presupone
abstraer, por medio de un cdigo comn y abstracto lo que se observa para darle sentido14
. Es por
esta razn que es falaz argumentar desde un punto de vista epistemolgico que las ideas son
recursos escasos y por ende sujetas a apropiacin o a derechos reales ya que las ideas son
productos del lenguaje y no hay idea e inclusive aplicacin misma de ellas sin que estas adquieran
sentido y lgica por medio de este. Como el lenguaje solo es un fenmeno social donde los
11
Stephan Kinsella, Contra la propiedad intelectual. pg. 31 12
Hans-G. Gadamer, Verdad y Mtodo II. Pg. 147 13
Karl Otto-Apel, Teora de verdad y tica del discurso, pag. 49, 51-52, 56. 14
Ludwig Wittgenstein, Tratactus Logicus Philosophicus, dice: En cierto sentido, no podemos cometer
errores en la lgica. ... El lenguaje en s impide cada error lgico. Lo que hace a la lgica, a priori, es la
imposibilidad del pensamiento ilgico.
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conocimientos (en forma de cultura) se transmite como si fuesen redes que se dirigen a nodos que
reciben y procesan dicho conocimiento, prima facie implica que el lenguaje, como relacin
constitutiva, es pblica, aunque el acto de pensar y de habla sea propio del individuo.
Desde un punto de vista jurdico, el choque entre derechos de propiedad y el derecho de
propiedad intelectual es fcil de resolver. Si vemos, la propiedad intelectual no tiene lmites
jurdicos hasta donde se aplica los principios jurdicos que le dan validez o ponderacin a esa
norma en caso de colisin de derechos, y esto es porque dentro de ella se presupone que los
principios que se vulneran son principios absolutos (algo as como una reduccin del derecho a la
norma Kelseniana), Robert Alexy, jurista Alemn es bastante crtico con esa idea de principios
absolutos:
El problema con la invalidez de principios, se trata de principios dbiles, es decir, de principios que, en ningn caso puede ser desplazados por otros. Si existen principios absolutos, hay que
modificar la definicin de principio que, en caso de colisin, tienen que preceder a todos los
principios, es decir, tambin a aquel que dice que las reglas estatuidas tienen que ser obedecidas
significa que su realizacin no conoce lmites jurdicos. El teorema de la colisin no es posible.
Es fcil argumentar en contra de la validez de principios absolutos en un ordenamiento que
reconoce derechos fundamentales. Los principios pueden referirse a bienes colectivos o a
derechos individuales. Cuando un principio se refiere a bienes colectivos y es absoluto, las
normas del derecho fundamental no pueden fijarle un lmite jurdico. Por lo tanto, hasta donde
llegue el principio absoluto no puede haber derechos fundamentales. Cuando el principio
absoluto se refiere a derechos individuales, su falta de limitacin jurdica conduce a la
conclusin de que, en caso de colisin los derechos de todos los individuos fundamentados tienen
que ceder frente al derecho de cada individuo fundamentado por el principio, lo cual es
contradictorio. Por lo tanto, o bien no son conciliables con los derechos individuales
fundamentados por ellos, no corresponden a ms de un slo sujeto jurdico.15
La idea de un sistema jurdico o normas que partan de un principio universal, absoluto, auto-
referente, como menciona el jurista Robert Alexy, como es en este caso el de obediencia a la ley,
que es el nico argumento vlido desde esa ptica del criterio de ponderacin expuesto por
Alexy, tiene como consecuencia el maltrato de los derechos de propiedad de otros para beneficiar
al tenedor de derechos de propiedad del obtentor de semillas OGM es uno que va en contra del
ideal del derecho: La justicia. Esto significa que a diferencia de los derechos de propiedad, que
sirven para asignar recursos escasos sin intervenir de manera coactiva en los proyectos de otros y por ende incentivndolos a cooperar y por ende lidiar con la escasez de manera pacfica. La
propiedad intelectual redistribuye propiedad y no crea riqueza, sino que la hace artificialmente
ms escasa que en relacin a un rgimen sin propiedad intelectual, es decir, la propiedad
intelectual destruye riqueza en vez de crearla. Es por esto que las implicaciones son grandes a la
luz de sus consecuencias econmicas si se aprueba la Ley de Semilla, por eso merecen ser
analizadas desde el aspecto econmico, y no es de esperar que el Estado termine favoreciendo
ms la concentracin de recursos agrcolas al distorsionar el proceso social de mercado, por lo
tanto limitando los usos alternativos de las aplicaciones de las ideas en el mercado. El economista
Murray Rothbard por esto critica con firmeza la idea de la innovacin que trae el sistema de
15
Robert Alexy, Teora de los derechos fundamentales pag. 105-106
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patentes, por ser en esencia una falacia de la ventana rota:
"El argumento ms popular entre los economistas para justificar las patentes consiste en que
hace falta proteger las innovaciones durante un determinado nmero de aos para estimular las
inversiones que permitan su aplicacin a productos y procesos. Es un argumento ciertamente
curioso, porque suscita una serie de preguntas de difcil respuesta: cunta inversin en I+D es
excesiva, cunta es insuficiente, cunta es simplemente suficiente? Este es un problema que ha de
abordar todo aquel gobierno que intervenga en la produccin de mercado. Los recursos (tierras,
trabajadores, bienes de capital, tiempo) son limitados en la sociedad, pero tienen una cantidad
ilimitada de usos distintos que puede drseles. Cmo medimos el exceso de inversin para algunos usos o la insuficiencia de recursos destinados a otros usos? Muchos partidarios de las patentes creen que las condiciones de funcionamiento de los mercados competitivos no estimulan
suficientemente la adopcin de nuevos procesos, por lo que favorecen que esta innovacin se
imponga coactivamente por parte del Estado. Sin embargo, el mercado regula la tasa de innovacin en los procesos como regula la tasa de industrializacin de una zona determinada. En verdad, este argumento recuerda mucho a la falacia de la industria naciente que considera que el mercado por s mismo no permite adoptar procesos con mayor valor. El
contraargumento hacia ambos asertos es exactamente el mismo: la gente valora la mayor
productividad de los nuevos procesos en comparacin con el coste de adoptarlos, o sea,
comparndolo con cmo funciona la tecnologa ya existente y en funcionamiento. Impulsar
coactivamente la innovacin conlleva destruir valor al desaprovechar las tecnologas que
todava tienen utilidad, e implica imponer un mayor lastre a los consumidores, cuyos deseos no
se ven satisfechos de la manera ms econmica posible" 16
Adems dentro de la estructura productiva de una economa de mercado la redistribucin de
recursos a la luz de la propiedad intelectual tiene los mismos efectos distorsionantes como la
manipulacin monetaria por medio de la banca, 17
as como los impuestos. Dicha redistribucin
termina por desligar del capital del trabajo al hacer que aquellos donde recaen los impuestos
opten por producir menos y depender ms de factores originarios de produccin (tierra y trabajo)
ya que con tal de producir menos para que una menor porcin del producto de su trabajo le sea
arrebatado si usan mtodos ms capital intensivos para producir18
ya que al aumentar su
preferencia temporal (la preferencia en el tiempo que el sujeto actuante tiene respecto de un bien)
producto de la riqueza expropiada al individuo y esto lo lleva a buscar mtodos de produccin
que sean ms cortos para obtener la misma cantidad perdida en un tiempo relativamente ms corto en apariencia, pero menos productivo. O sea, este a la luz de la propiedad intelectual, tiene menos acceso a los medios de produccin que una persona que goza del privilegio del derecho de
obtentor que es en el caso de Repblica Dominicana. Esto implica que la propiedad intelectual
tiene el mismo efecto por ser una relacin jurdica que redistribuye riqueza en vez de crearla.
Por eso, qu le garantiza al Estado dominicano que dichos efectos redistributivos van a otorgar
ms soberana productiva a los agricultores? Por lo tanto, reformas deben de ir de la mano en
brindar acceso a los medios de produccin a todos y no crear barreras que concentran capital en
pocas manos y crean pobreza estructural.
16
Murray N. Rothbard, Man, Economy And State: A Treatise on Economic Principles, (Aubuum, Alabama:
Ludwig Von Mises Inst. 1993), EE.UU, pags. 657-658 17
Ver Ludwig Von Mises, Teora del dinero y el crdito (1912), reprinteado en Unin editorial (2012),
Espaa 18
Hans-Herman Hoppe, Economics and Ethics of Private Property, pag. 42 (Aubuum, Alabama: Ludwig
Von Mises Inst. 2006), EE.UU
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2.1 Los costes de transaccin y la composicin de la firma
A la luz de que este es un problema que en esencia es microeconmico que se traduce en un
problema macro, optar por la teora de los costes de transaccin para explicar la estructura y
forma del mercado a la luz del supuesto de que se aprobara la Ley de Semillas (inclusive
analizando la ley de propiedad intelectual para las semillas sin contextualizarla con las
consecuencias que trae la ONASE como institucin formal) es mucho ms favorable para
explicar cmo se comportara el mercado y qu tipo de firmas surgiran o se mantendran a la luz
de esta modificacin institucional. Como es bien sabido, una burocratizacin del proceso de
producir, vender y comprar trae como resultado un mayor nivel de costes de transaccin y por
ende una transformacin del mercado y en cuanto a forma y tamao si lo vemos desde la ptica
de la teora de la firma y de los costes de transaccin desarrollados por Ronald Coase.
Los costes de transaccin son los costes relacionados con hacer cumplir un contrato por medio
del sistema de precios, es decir, el coste de obtener informacin relevante, interpretarla a la luz
del sistema de precios para hacer cumplir un contrato19
. Los costes de transaccin dependen en
cierta medida del ordenamiento institucional o de cmo las instituciones juegan rol en las
relaciones econmicas as por igual la tecnologa influye en el aumento o disminucin de los
costes de transar (ej. El internet minimiza el coste de transaccin de hacer una compra de
artculos que son exclusivamente producidos en ciertos pases evitando as el coste de ir a ese pas
a buscarlo y llevar a cabo dicha transaccin), por lo tanto un marco institucional puede
descentralizar o centralizar ms los recursos de acuerdo a cul sea el coste de llevar a cabo una
relacin contractual en el mercado. Es por esto que en que las empresas surgen, porque es ms
provechoso en muchos casos, minimizar el coste haciendo un contrato general que varios
contratos especficos y esto da como resultado una firma o empresa:
Puede ser ms deseable hacer un contrato a largo plazo para el abastecimiento de algn producto o servicio. Esto puede deberse al hecho de que si un contrato se hace por un perodo
ms largo, en lugar de varios ms cortos, entonces algunos de los costos de hacer cada contrato
se evitar20
Es por esto que el coste de transaccin, es decir, el coste de llevar a cabo un contrato por medio
del mercado determina el tamao optimo21
de la firma al igualarse con el coste de organizarse
dentro de la firma, que es su coste de administracin o de planificar dentro de una firma los
contratos. Esto quiere decir que a mayores costes de transaccin pues esto quiere decir que para
operar eficientemente en ese mercado se debe de optar por procesos cada vez ms capital
intensivos para minimizar los costes de transaccin y que la produccin de estos sea rentable. Al
instaurar un rgimen de semillas donde se puede ser dueo de la aplicacin de una idea en
materia de gentica pues esto redirige recursos hacia la misma de manera que puede aumentar sus
19
Ronald Coase, The Nature of the firm. Pag. 4. Economica 1937 20
Roland Coase, dem, pag. 4 21
Este tamao optimo depende de la capacidad de aprendizaje en un contexto donde el emprendedor no
posee conocimiento sobre todas las circunstancias de lugar y tiempo, por ende, hay que asumir que ese
ptimo es posible solo si empricamente asumimos que aprende y aprovecha el conocimiento relativo que
surge a travs del proceso de mercado, como sugiere Hayek. Pero asumir informacin completa como en
los modelos de competencia perfecta nos llevara a realizar descripciones y explicaciones economicistas y
este tipo de explicaciones es lo que criticamos y creemos que es la base epistemolgica de los que
argumentan en pro de la Ley de semillas desde una ptica econmica, aunque sea por medio de un discurso
llano.
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economas de escala. Pero esto trae problemas debido a los lmites institucionales que tiene el
tamao de la empresa y como explicaremos ms adelante, sin un sistema de instituciones que
incentive un mayor nivel de costes de transaccin (que es el caso de la ONASE y sus normativas),
es imposible hacer que los proyectos que se benefician de la ley de semillas sean rentables sin la
socializacin de costes que el Estado mismo garantice.
La ONASE, como vimos en el primer captulo se dedica a regular, controlar y administrar los
registros de semillas y otros productos OGM as como certifica las patentes sobre invenciones en
materia de nuevas semillas genticamente modificadas. Esto implica que toda actividad comercial
dentro del mercado tanto formal como informal- debe ser registrada por dicha institucin. Esto significa que las actividades que realizamos normalmente en el mercado agrario se vern
obstaculizadas hasta que se registren adecuadamente para que dichas prcticas sean consideradas
legtimas y no violen el artculo 86. Como ven esto implica un mayor coste de transaccin para
informarse a travs del sistema de precios para llevar a cabo una relacin contractual.
Esto implica varios puntos que hay que dilucidar, uno de ellos es que el coste administrativo (en
trminos estructurales en la firma) en el mercado tender a crecer ya que los costes de
transaccin son artificialmente mayores y empresas que tienen altos costos fijos se harn
artificialmente ms eficiente en este mercado, pero dicho maquillaje de eficiencia es fcil de
desenmascarar. Esto tiene varias implicaciones precisamente por los lmites jurdicos e
institucionales que tiene la firma.
Un mayor nivel de planta implica problemas de especificidad de activos (que es el grado de usos
que tiene un activo dentro de la empresa sin sacrificar su valor productivo22
. En economas muy
centralizadas el nivel de planeacin o mecanismos de jerarqua que salen ms eficiente usar en relacin al mecanismo de precios, producto de que el Estado ha cambiado el marco institucional,
haciendo que la pena por incurrir en mayores costes fijos que tiene como consecuencia que la empresa sea ms vulnerable ante los cambios del mercado, a diferencia de las ms pequeas, pero
como el mercado mismo es cautivo gracias al Estado, dichas prcticas no traen como resultado
prdidas producto de dicha ineficiencia a la luz de cmo esta se comporta en el mercado- y que
por lo tanto, para que dicho mercado no sea tan susceptible se debe de incentivar el suplir con
tecnologas con altos niveles de especificidad, que el Estado, en conjunto con Monsanto,
empezar a importar dichas tecnologas para uno poder descubrir y hacer nuevas modificaciones
genticas de OGM y dichas tecnologas son eficientes en un contexto donde hay un mercado de
dichos factores productivos para uno usar como referencia dichos precios relativos para asignar
en qu parte del proceso productivo deben de ir, lo que causara a pesar de tener precios del mercado internacional pero garantizados por un monopsonio garantizado por el Estado- graves
problemas de clculo econmico en la gran empresa: Rothbard bien define este problema de la
siguiente manera:
Supongamos que no hay precios de mercado: p. ej. Que la Compaa Jones es el nico productor de un bien intermedio. En ese caso, no habra modo de conocer qu etapa de la
produccin est siendo gestionada de forma rentable y cul no. No habra forma de conocer
cmo asignar los factores a las distintas etapas. No habra forma de estimar ningn precio
implcito o coste de oportunidad para los bienes de capital en ninguna etapa particular.
Cualquier estimacin sera completamente arbitraria y no tendra ninguna relacin significativa
22
Oliver Williamson, Comparative Economic Organization, The Analysis of Discrete Structural
Alternatives, pag. 19, dice que (traduccin ma) que la especificidad de los activos es el grado en que un activo puede destinarse a usos alternativos y por usuarios alternativos sin sacrificar su valor productivo
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con las condiciones econmicas.23
Esto implica que para lidiar con el problema del clculo, la empresa deber internalizar ms la
produccin, usar mecanismos de gobernacin (en palabras de Williamson) porque los
mecanismos de mercado (el sistema de precios) es menos eficiente en apariencia, pero producto
del marco jurdico que le sostiene sus ineficiencias. Por otro lado, a mayor nivel de planta,
tendremos mayores problemas de burocratizacin y como sabemos de Hayek, el problema de un
sistema econmico en este caso, el problema del a ciencia econmica, no dista en calcular meramente problemas en los que se tiene todo el conocimiento relevante y que por mera lgica
operacional, obtenemos un resultado, sino que dicho conocimiento sobre las circunstancias de
lugar y tiempo no se encuentran dados pese a que el clculo econmico nos da una pauta para comprender la informacin que nos brinda el mercado, la empresa como institucin social, no
est ajena al problema del conocimiento disperso. A medida que la empresa se hace ms grande,
mayores mecanismos de jerarquas usan para evitar problemas de ausentismo y de oportunismo
(polticas al empleado restrictivas, mayor dependencia de los managers y un conjunto de
normativas que conllevan a que dentro de la empresa realizar una transaccin, ya sea para
resolver un problema ad hoc o en algunos casos, para realizar tareas cotidianas de ella sea muy
alto) y por ende, ante esto, es mucho ms difcil gestionar el conocimiento disperso dentro de la
empresa, producto de la centralizacin de las decisiones causado por las capas de jerarquas que
nacen producto de la burocracia. Dichas estructuras de poder desincentivan a los trabajadores al
someterlos en un entorno donde su conocimiento tcnico es separado del conocimiento
econmico y las consecuencias de resolver problemas ad hoc dentro de ella a pesar de las jerarquas- se traduzcan en mayores remuneraciones para el manager y no para los trabajadores
24.
Uno de los tantos ejemplo que Carson expone siguiendo la obra del economista austriaco David Gordon Fat and Mean: The Corporate Squeezing of Working Americans and the Myth of
Managerial Downsizing, que Como sugiere el ttulo, la reduccin en la gestin de los 80 y 90 era en gran parte un mito. De hecho, la proporcin de empleados en puestos de supervisin ha
crecido, junto con el porcentaje de la remuneracin total que va a los salarios de gestin.
Jerarqua, el autoritarismo y la vigilancia interna han aumentado, en gran parte de su percibida
necesidad de hacer frente a una fuerza de trabajo descontenta por los salarios estancados y el
aumento de las cargas de trabajo.25
Todo esto para crear un entorno donde hay vigilancia, no muy
similar al panptico que describa en sus obras el filsofo Jeremy Brentham, y que a s su vez
Foucault desdibuja en sus anlisis de las crceles y dems dispositivos o instituciones de vigilar y
castigar. Todo esto sirve para garantizar rentas de escasez, pero no para mejorar la
productividad26
23
Murray N. Rothbard, Man, Economy and State, pg. 612. 24
Kevin Carson, Organization Theory, Center for a Stateless Society (C4SS), 2008, pg. 259. Carson
sostiene: Corporaciones abrazaron la gama completa de posibilidades antisindicales en Taft-Hartley,
arriesgando solamente multas simblicas a partir de la NLRB. Aumentaron drsticamente los recursos de
gestin dedicado a la vigilancia del lugar de trabajo y el control, en una necesidad debido al descontento
del estancamiento de los salarios y cargas de trabajo de montaje (aumento de alias "productividad"). . . . .
Los salarios como porcentaje del valor aadido han disminuido drsticamente desde la dcada de 1970, y
los salarios reales han estado prcticamente invariables. Prcticamente todos los incrementos en la
productividad del trabajo tienen ha canalizado en beneficios y la inversin, en lugar de los salarios. . . .
Como las lites polticas intentaban transformar el pas en una sociedad de dos niveles, un kinder y la
versin ms suave del patrn del Tercer Mundo, la amenaza de descontento de la poblacin oblig a la
gobierno a mayores y mayores niveles de autoritarismo
25
Kevin Carson, dem, pg. 259. 26
Kevin Carson dem, pg. 260
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Volviendo al punto de los de contratos y los costes de transaccin, mientras mayor es la
simplicidad de los contratos, es ms probable que las voluntades encontradas puedan ser lo ms
puntuales posibles y negociar lo ms rpido posible adems de hacer cumplir los trminos del
contrato sin problemas. Pero cuando ms complejo o mayor sea el perodo para la provisin del
bien o servicio, las posibilidades de compensacin se reducen, esto es que el negociante sea
especfico o especifique lo que espera de la otra parte que contrata27
, o bien dicho la incapacidad
de determinar a priori las especificaciones del contrato, por esta razn entonces el o los servicios
que habrn de darse se expresaran en trminos generales, dejando detalles puntuales y especficos
para fechas posteriores (para aminorar costes de transaccin), pero dichas impuntualidades al
momento de corregirlas genera un mayor uso de recursos administrativos y por ende, aumentando
el coste de transaccin de manera significativa y esto incentiva la creacin de jerarquas adems
de enfatizar y agravarse con los problemas descritos anteriormente. Mientras sea provechoso, con
el fin de minimizar dichos costes, estas empresas optaran por eliminar dichas impuntualidades y
correcciones especficas de ambas partes contratantes en otra empresa.
Por otro lado, la alta especificidad de activos trae problemas como la dependencia bilateral28
y los
problemas de atascamiento (surge cuando una parte de la rentabilidad de un agente de la inversiones en activos especficos es ex post expropiables por su socio comercial)29. Al haber un mercado que incentiva a la dependencia de activos con altos grados de especificidad, puede darse
casos de empresas que al momento de negociar contratos con otra, su poder de negociacin se vea
mermado al ser la otra empresa contratante la nica que le compra bienes que son producidos con
dicha maquinara especializada. Esta otra empresa (llammosle empresa Jones) querr incumplir
con los trminos del contrato para renegociar dicho contrato a la baja, es decir, con precios ms
bajos- en relacin a la otra empresa (Juana). Y es muy probable, debido al problema de
atascamiento, que otras empresas no quieran hacer inversiones de capital especfico en la empresa
Juana aunque esto suponga desaprovechar las ventajas que la divisin del trabajo especializada.
La especificidad se puede solucionar por medio del mercado descentralizando la empresa y usando tecnologas de uso comn- pero dicha estructura de mercado, bien intervenida, incentiva
el aumento de la planta para aumentar mecanismos jerrquicos para acarrear con el problema y
las penalizaciones por eficiencia son menos visibles o no se han de sentir producto de la forma y
tamao que el mercado tomara en caso de ser aprobada la Ley de Semillas.
Por otro lado, a mayor especificidad se da los problemas de dependencia bilateral, que es caso es
el de dos empresas estn haciendo inversiones (en maquinarias con alta especificidad) y tratan de
aprovechar las fluctuaciones de la demanda o los costes en detrimento de la otra parte contratante
mediante la renegociacin de los trminos del contrato o negndose a cumplirlos.
Esto recuerda la idea de Kevin Carson, de que "la eficiencia est determinada por la naturaleza
del ambiente a la que la empresa se est adaptando; pero, qu papel tiene el poder en la
estructuracin del propio ambiente?30 . Esta cuestin de no analizar el proceso econmico y los lmites de la firma solamente aludiendo solamente a la explicacin va el argumento de la
economa de escalas. La idea de una firma como meramente una caja negra en la cual uno le
entra insumos y sale el producto terminado ignora que la misma surge en un contexto histrico
determinado y sobre todo un conjunto de instituciones que tiene su gnesis en el mercado, como
aquellas que posibilitan el surgimiento del mismo.
27
Francisco Gonzalez de Cosso, Contratos incompletos y soluciones de controversias, pg. 2 28
Yeon-Koo Che and Jzsef Skovics, Hold-Up Problem, pg. 1. 29
Oliver E. Williansom, Comparative Economic Organization: The Analysis of Discrete Structural
Alternatives, pag. 17 30
Kevin Carson, Organization Theory, pg. 26
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Estas consideraciones prescriptivas determinan como interpretamos los hechos econmicos en el
proceso de mercado, los defensores de la Ley de semillas obvian que la economa no puede
analizarse aisladamente de las condiciones institucionales que le rodean, dichas condiciones
deben de analizarse como un todo holstico especialmente desde un punto de vista epistemolgico (como sugiere la tesis Duhem-Quine)
31. Por esto no se tiene en cuenta de las
implicaciones reales de la aplicacin de una ley que puede traer como resultado una
transformacin en el mercado, de tal manera, que los productores pequeos y medianos tengan
que hacer frente ante un mercado que premia y privilegia la cartelizacin y hace del mismo un
entorno propicio para empresas grandes o corporaciones.
Entornos donde hay una cartelizacin estructural no pueden subsistir sin incentivos
institucionales, sin propiedad intelectual, sin la centralizacin obligatoria producto de la ONASE
en trminos de costes de transaccin, y mucho menos sin una infra-estructura vial y servicios de
transportes que permitan socializar parte del coste de distribucin, el Capitalismo de Estado y el
mercantilismo imperante en la sociedad dominicana que es favorecido por el alto grado de
clientelismo que le caracteriza al Estado Dominicano termina por favorecer los intereses de dicha
lite a expensas de los pequeos productores.
Un libre mercado no es por ejemplo las mismas corporaciones que tenemos, esos behemoth
corporativos ineficientes sin barreras arancelarias, es ms que eso, es un entorno donde los
recursos se encuentran descentralizados en la sociedad, aprovechando mejor las economas de
escala en trminos marginales y con un arreglo institucional que incentiva negocios pequeos con
mayor nivel tecnologas multiusos y no con activos con alto grado de especificidad. Por lo tanto
la produccin local, hogarea, comunitaria y la multiplicidad de negocios seran ms propensos a
surgir que la produccin a gran escala o de integracin vertical. Pero la historia nos ha
demostrado que cada concentracin de capital viene dado por una ola de sistemas de infra-
estructura y subsidio que concentran la riqueza32
. Por ende, como sugiere Kevin Carson al criticar
parte de la teora econmica expuesta por el gran economista Oliver Williamson desde sus
mismas teoras, la funcin del Estado en el ambiente y en como altera los costes de transacciones
31
Imre Lakatos, Introduccin a la metodologa de los programas de investigacin cientfica. Pg. 96.
Segn esta tesis dada la suficiente imaginacin, cualquier teora (consistente en una o un conjunto finito de proposiciones) puede ser salvada permanentemente de "refutacin" por medio de algn ajuste adecuado
en el contexto del conocimiento que la contiene" 32
Kevin Carson, Studies in Mutualist Political Economy, pg.239, en el caso de EE.UU comenta que:
Cada ola de concentracin de capital en los Estados Unidos ha seguido a un sistema de infraestructura subvencionado pblicamente de alguna clase. El sistema de ferrocarriles nacional, construido en gran
parte sobre tierra gratuita o de bajo coste donada por el gobierno, fue seguido de la concentracin en la
industria pesada, de productos petroqumicos, y finanzas. Albert Nock ridiculiz a los liberales
corporativistas de su tiempo, que mencion la corrupcin de las empresas de ferrocarriles como ejemplos
del fracaso del individualismo robusto y el laissez-faire Aunque no es el caso de Repblica Dominicana describe un proceso similar que en los gobiernos del PLD
se dieron, con tercerizaciones de empresas estatales como la CDEEE, desregularizaciones de ciertos
sectores para aprovechar las expansiones de crdito artificiales del Banco Central Dominicano que tienen
un efecto redistributivo hacia los quintiles de mayores ingresos producto de la manipulacin de las tasas de
inters y de la oferta del dinero, gracias a ese monopolio legal, el proceso de acumulacin originaria que se
dio en la poca de Trujillo en donde muchas familias que son las ms ricas del pas (Len Jimenez, Vicini,
Corripio y los Bonetti) han sido producto de la dictadura de Trujillo y de la riqueza que el dictador amaso
al nacionalizar empresas, estatizarlas y ponerlas a su nombre. Inclusive nos podemos remontar a los ultrajes
e irrespeto a la propiedad de los trabajadores tabacaleros de cuando el gobierno de Buenaventura Bez.
Para ms informacin, ver Frank Moya Pons, Manual de Historia Dominicano, Universidad Catlica
Madre y Maestra, 1977.
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y como altera los lmites entre mercado y el uso de jerarquas corporativas para minimizar los
costes de transaccin:
Creo que Williamson subestima tanto el grado en que el Estado reduce los costos comparativos de organizaciones jerarquas (al subsidiar sus gastos y por cartelizar los mercados con el fin de
limitar la pena competitiva para la ineficiencia), y la medida a la que se infla artificialmente el
nivel prevaleciente de especificidad de los activos. De este modo, artificialmente cambia el lmite
de Coase en la que la organizacin de una transaccin por la jerarqua se hace ms eficiente que
hacerlo por el mercado []
La posibilidad de que tales formas de organizacin de altos costos fijos, de activos especficos
de produccin son slo ms eficientes, dado el tamao artificialmente incrementado del mercado
y un modelo [demand]" push" para la eliminacin de la sobreproduccin de estas instalaciones
sobre dimensionadas, parece escaprsele la raz del problema a Williamson, casi totalmente
como a sus adversarios. Sin los subsidios de transporte para reducir los costes de distribucin, y
otras acciones estatales para aumentar artificialmente el tamao de los mercados y el grado de
divisin del trabajo, la forma ms eficaz de la produccin podra ser, ms bien, una semejante a
la visin descentralista de Kropotkin , Mumford y Bookchin : la produccin a pequea escala
para mercados locales que utilizan la tecnologa de produccin mucho menos especializada. La
especializacin de los activos y la divisin de mano de obra son variables dependientes,
determinadas por el tamao del mercado. Del mismo modo, los subsidios estatales a firmas ms
capital intensivas (amortizaciones, los crditos de I + D, los subsidios a la educacin tcnica, la
deduccin de intereses por la deuda corporativa, etc.) tienden a aumentar la especializacin de
los activos. Cuando la maquinaria de usos mltiples predomina, y los costos de oportunidad del
siguiente mejor uso son mucho ms bajos, pequeos nmeros a la hora de negociacin, no es
problema de dimensiones colosales33
En pocas palabras los lmites entre mercado y jerarqua, a la luz de un ordenamiento institucional
que incentiva el surgimiento de jerarquas dentro de las firmas no solo no es eficiente si se
compara con un ordenamiento diferente, ms orientado a la descentralizacin y la integracin
horizontal, donde a la luz del sistema de precios podemos asignar los recursos y no por
mecanismos de jerarqua. Y esto har, si se aprueba, la Ley de semillas en conjunto con las
instituciones que surgirn y como se relacionarn estas con las ya existentes. Alterar los lmites
entre mercado y jerarqua en el mercado de productos agrcolas. Nos llevara a un caso de
cartelizacin del mercado y como toda cartelizacin, afecta no solo a los productores,
despojndolos del mercado con barreras de entrada producto de la ley de semillas y la propiedad
intelectual, sino tambin a los consumidores finales de dichos bienes, encareciendo sus productos
y llevndolos a perder su poder de negociacin. Es por esto que se considera que quienes
proponen la ley de semillas, sus objetivos expuestos en el artculo de la ley, no sern concretados, y segundo, los reales intereses de clase que estn detrs de dicho discurso pro-Ley
de semillas se perpetuar, que no es nada ms y nada menos que perpetuar el clientelismo
poltico, aumentar el poder poltico de los grupos de presin que se pueden beneficiar de la ley y
vivir del trabajo ajeno.
Si Pierre-Joseph Proudhon dijo que la propiedad es un robo, haciendo alusin a que los ttulos de
propiedad de su poca eran injustos por ser obtenidos por medio de privilegios estatales, pues yo
mismo digo que la ley de semillas es un robo. Slo espero que muchos logren deducir las
implicaciones de este escrito y se ponga en dilogo con los sectores que estn enfrentndose en
esta lucha tanto poltica, como econmica.
33
Kevin Carson, Organization Theory, pg. 22.
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