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1 COLEGIO FRANCISCO DE ASÍS SINTESIS DE DOCUMENTACION INSTITUCIONAL VIGENTE PINTO 2015

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COLEGIO FRANCISCO DE ASÍS

SINTESIS DE DOCUMENTACION INSTITUCIONAL VIGENTE

PINTO

2015

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PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL ANTECEDENTES HISTORICOS FUNDAMENTACIÓN

Este proyecto educativo se fundamenta en una concepción cristiana y franciscana de la vida. Ella consiste en una particular manera de mirar el mundo, y de situarse ante él, la que incluye supuestos antropológicos, psicológicos y pedagógicos. En esta manera de ver las cosas, el mundo y todo lo creado proceden de Dios y también nosotros hemos sido hechos por El, para continuar esa obra creadora, llevarla a buen término y lograr la plenitud humana. Así nuestra vida es para servir y dar gloria a Dios, y el mundo es nuestro campo de acción. “Ser instrumento de Paz y Amor” esa es la consigna que nos lleva a perfeccionarnos diariamente, buscando con esto el desarrollo integral de la persona humana, encarnada por nuestros alumnos, preocupándose de la formación total de cada estudiante, como un ser amado personalmente por Dios. El objetivo central de nuestra educación consiste en ayudar al desarrollo más completo posible de todas las capacidades o talentos dados por Dios a cada persona, individualmente o como miembro de un grupo social, centrando la acción en fundamentos católicos franciscanos para que pueda responder así a su vocación más profunda de ser humano e integrarse con propiedad a la sociedad actual, con un amplio compromiso social. La educación entregada por nuestra Institución es una educación cristiana católica inspirada en el espíritu franciscano y que se sustenta en el II Concilio Vaticano, el cual anuncia: “Que la Iglesia como madre está obligada a dar a sus hijos una educación que llene sus vidas del espíritu de Cristo y al mismo tiempo ayude a promover la perfección cabal de la persona humana”. Las sociedades humanas necesitan conquistar constantemente el espacio relacionado a la fe, las creencias la cosmovisión que les permita desarrollar una cultura plena y con sentido, por esto la Iglesia, mediante colegios comprometidos busca evangelizar a través de la educación. Nuestro colegio acoge este llamado de la Iglesia y quiere hacer vida la conversión del hombre a través de la búsqueda del conocimiento y el desarrollo del espíritu. Por lo tanto como colegio de iglesia tiene un compromiso educativo, pero a la vez con los valores fundamentales de la iglesia que es la búsqueda de la verdad, el bien común y la trascendencia humana. Nuestro colegio pretende ser un aporte a la sociedad, entregando jóvenes formados bajo el pensamiento franciscano que hagan de nuestro mundo una realidad más justa y equitativa. De este modo la Unidad Educativa Francisco de Asís es un lugar en donde se deben concatenar los mandamientos del Evangelio, la fe, la ciencia, la técnica, el humanismo, el arte y la cultura en general. Para nuestra Institución es primordial la interrelación permanente entre estos tres componentes: estudiantes, familia y docentes, ya que ellos dan vida y razón de ser al Colegio Francisco de Asís. PRINCIPIOS Y FILOSOFÍA

Los fundamentos filosóficos que orientan los objetivos educacionales de nuestra institución se nutren en principios y valores Cristiano Católicos de espiritualidad franciscana. Entendemos la educación como un servicio a la vida de un niño o niña que se nos confía, para que con cariño y respeto por su individualidad, ayudemos a sacar lo mejor que hay en ellos, a desarrollar todas sus capacidades y potencialidades, cooperando así a que puedan ser felices, insertándose en la sociedad en el lugar que les permita realizar su vocación, como un proceso sistemático, emprendedor y proactivo, que debe estar unido al compromiso de formación humana, integral, equitativa, de calidad y con los valores cristianos, sin discriminación de raza, religión o condición física de sus alumnos y sus familias. Cuyo único fin es desarrollar la capacidad intelectual, social, artística, técnica,creativa y solidaria de todos los educandos, bajo los lineamientos del Marco Curricular vigente y los preceptos cristianos del evangelio, inspirados en la doctrina de nuestro Patrono San Francisco de Asís. Creemos que todo ser humano tiene la capacidad de aprender y en nuestro Colegio queremos entregar a nuestros alumnos los medios que les ayuden a crecer y desarrollarse, rescatando lo más noble de las ciencias de la educación y de la experiencia pedagógica, en el esfuerzo por buscar lo mejor de cada uno, acogiendo y respetando la diversidad. Queremos lograr un trabajo interactivo y participativo de los alumnos, integrando a la familia en el proceso formativo, estimulando positivamente a cada alumno e incentivando el apoyo familiar. El Proyecto Educativo está elaborado sobre la base de las políticas del Ministerio de Educación, de acuerdo con los objetivos de la Congregación de Hermanas Franciscanas del Sagrado Corazón de Jesús y el reflejo de la historia del Colegio y sus tradiciones. Visión:

Nuestra Institución busca formar personas integrales, con valores éticos y morales, de convicciones profundas en la fe cristiana y que desarrollen sus capacidades espirituales, intelectuales sociales y laborales.

Misión:

Educar en valores cristianos y virtudes franciscanas con calidad y equidad, donde cada estamento participe del proceso de enseñanza aprendizaje, valorando la diversidad, la creatividad y la imaginación de los alumnos, desarrollando en ellos, las competencias que le permitan su realización personal, familiar, profesional y social.

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OBJETIVOS GENERALES

1. Educar de acuerdo al marco curricular vigente, inspirando los aprendizajes en la doctrina católica y la espiritualidad franciscana, entregando a la sociedad personas competentes intelectual y profesionalmente, con sólidas bases cristianas y un profundo compromiso social.

2. Asumir el quehacer pedagógico desarrollando competencias, aptitudes y actitudes que les permitan a los alumnos responder a los requerimientos de la sociedad actual. 3. Fortalecer constantemente los procesos pedagógicos que permitan elevar la calidad de los aprendizajes de nuestros alumnos, otorgándoles oportunidades para descubrir

su ser cognitivo en todos los niveles impartidos por el establecimiento. 4. Integrar a los padres y apoderados como apoyo fundamental a la formación valórica en el proceso educativo.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS POR ÁREA Liderazgo

1. Planificar las acciones institucionales obedeciendo a la Leyes Educacionales, manteniendo la identidad cristiana católica del colegio, para alcanzar los objetivos generales, propuestos en este documento.

2. Coordinar, ejecutar y evaluar las acciones necesarias para desarrollar un proceso educativo de calidad y un óptimo clima organizacional, mediante un trabajo sistemático, participativo y efectivo.

3. Promover el perfeccionamiento y el autoperfeccionamiento de todos los estamentos de la unidad educativa, para enfrentar los desafíos y requerimientos de la educación moderna dentro de una sociedad exigente y en continuo cambio.

4. Incrementar las acciones de apoyo organizacional, pedagógico, técnico y valórico para entregar una sólida formación profesional en el área de Servicio de Alimentación Colectiva impartida en el colegio.

Gestión Curricular

1. Propiciar un proceso de enseñanza aprendizaje de calidad y equidad en todos los niveles, que sean pertinentes y significativos a través de: un conocimiento profundo del marco curricular, planes y programas de estudio, marco de la buena enseñanza y mapas de progreso; la planificación de propuestas pedagógicas didácticas e innovadoras, considerando las necesidades e intereses de los alumnos e incorporando las tecnologías de la información y comunicación; la evaluación sistemática de la acción docente en todos sus aspectos.

2. Instaurar talleres de reflexión pedagógica y de intercambio de experiencias, que permitan el perfeccionamiento permanente para mejorar las prácticas docentes y los resultados.

3. Propiciar la articulación entre ciclos y niveles de enseñanza, determinando las competencias básicas y ejes temáticos que deben ser abordados por cada subsector. Convivencia Escolar

1. Propiciar un clima de sana convivencia, desarrollando instancias de participación entre los diversos niveles y estamentos de la unidad educativa. A través del cumplimiento de las normas y principios establecidos en el Reglamento Interno y de Convivencia Escolar.

2. Fortalecer las redes de apoyo internas y externas que favorezcan la convivencia escolar, la formación en valores cristianos y la retención de alumnos, mediante planes de acción social, charlas, tutorías, seguimiento de casos, actividades recreativas, culturales, artísticas y pastorales.

3. Fomentar espacios de participación de la familia en el quehacer escolar y en la pastoral educativa, canalizados por Centro de Padres, Centro de Alumnos y el Consejo Escolar para enriquecer la convivencia, la interacción y la resolución de conflictos entre los actores educativos.

Recursos

1. Cumplir las normas ministeriales de la función cooperadora para obtener y mantener la subvención estatal, ya sea a través de la subvención común o la que se percibe por la SEP, optimizando el manejo de los recursos y distribuyéndolos de manera equitativa.

2. Mantener y renovar permanentemente los recursos materiales, audiovisuales, tecnológicos y didácticos con que cuenta el establecimiento para estimular y favorecer el proceso de enseñanza y aprendizaje de los alumnos

3. Invertir recursos y generar espacios que favorezcan el perfeccionamiento del personal que labora en el establecimiento para actualiza y mejorar el trabajo pedagógico y la formación integral de los estudiantes.

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Resultados

1. Evaluar y analizar cuantitativa y cualitativamente: la gestión institucional, el cumplimiento de funciones y tareas de cada estamento y resultados académicos, considerando mediciones internas y externas para determinar la efectividad de las acciones, las deficiencias y los planes de mejora de corto, mediano y largo plazo.

OBJETIVOS FUNDAMENTALES TRANSVERSALES COMO FORMACIÓN HUMANA

El concepto de educación como formación humana, que forma parte distintiva del Proyecto Educativo del Colegio, se define como un conjunto de finalidades generales de la educación, referidas al desarrollo personal y la formación ética de los alumnos. Se trata de un estilo diferente de educar, de un sello impregnador de todas las actividades del colegio, que le da un sentido de plenitud al proceso educativo. Los valores y virtudes que el Colegio transmite, se transforman en ideales trascendentes que orientan y fijan horizontes, dirigen el comportamiento y dan sentido a la vida, configuran un estilo o modo de ser y acercan a la plenitud. Nuestros educadores buscan el desarrollo de personalidades integrales en sus educandos, capaces de incorporar los distintos ámbitos de la vida a una existencia auténticamente plena. Nuestro desafío consiste en otorgar una formación moral sólida, que libere y encauce a cada ser humano como dueño y responsable de su propia existencia, permitiéndole mirar el futuro con esperanza y nuestra primera prioridad debe ser asegurar que cada niño o niña desarrolle al máximo sus potencialidades para enfrentar con éxito el futuro. Los Objetivos de la educación como formación humana, corresponden a una explicitación ordenada de los propósitos formativos de la Educación en los cuatro ámbitos de los transversales: Formación Ética, Crecimiento y Autoafirmación Personal, La Persona y su Entorno, Desarrollo del Pensamiento, Tecnologías de información y comunicación

1. Formación Ética.

Las virtudes, definidas como hábitos y disposición del alma para las acciones conforme a la ley moral, son elementos eternos y universales de la formación ética y constituye un concepto constante en el mundo clásico, en la concepción cristiana y también en la época moderna.

2. Crecimiento y Autoafirmación Personal.

Definida como las actividades tendientes a desarrollar la creatividad, la capacidad de expresión y comunicación de ideas y sentimientos, el trabajo grupal y cooperativo, la indagación, la investigación y curiosidad, la autoestima y la confianza en sí mismos. Nuestro Colegio se propone el fomento de estas capacidades en los alumnos, mediante el desarrollo de las siguientes competencias:

3. Persona y Entorno.

Referidos al desarrollo de habilidades que ayudan a mejorar las relaciones de la persona y su entorno, incluyendo la interacción personal, familiar, medioambiental, laboral, social y cívica, a través de la comprensión de un conjunto de normas socialmente aceptadas.

4. Desarrollo del pensamiento

Referido al desarrollo de habilidades intelectuales que le permitan a los alumnos integrarse a una sociedad cada vez más competitiva, que privilegia las capacidades y competencias por sobre cualquier otro ámbito de la persona. En este sentido proponemos una educación centrada en el desarrollo de competencias.

5. Tecnologías de información y comunicación

El uso masivo de las TIC, obliga a las Unidades Educativas a incorporarlo como parte de su curriculum para desarrollar habilidades que les permitan utilizar aplicaciones que resuelvan las necesidades de información y comunicación dentro del entorno social inmediato, buscar y acceder a la información virtual, representar, analizar y modelar información y situaciones para comprender y/o resolver problemas, hacer un uso consciente y responsable de las tecnologías de la información y la comunicación entre otras.

ESTAMENTOS QUE CONFORMAN EL COLEGIO

LOS ALUMNOS

El Colegio pretende formar un alumno que crezca en todas sus potencialidades, que sea capaz de descubrir sus capacidades intelectuales, deportivas, artísticas, sociales y espirituales. Un alumno que se motive en el proceso de aprendizaje, participando activamente de su propio crecimiento, que sea capaz de recrear el universo proyectando en él su capacidad de servicio. Que se preocupe por su orientación vocacional y se comprometa con sus elecciones personales, sintiéndose protagonista de su vida. Un alumno que participe activamente de las actividades propuestas por el colegio y los diversos estamentos que lo conforman. Un joven que sienta el compromiso con la identidad franciscana y aspire a vivir en plenitud con su propia vida, la naturaleza y Dios.

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EL EDUCADOR

Nosotros consideraremos como educador a todas las personas que asumen alguna responsabilidad laboral en el Establecimiento, cualquiera sea el trabajo que le corresponda desempeñar dentro de él. Por ello educa la persona que lidera la Institución, aquella que tiene la responsabilidad de la educación sistemática en el aula y aquellos quienes tienen la función de recibir en la puerta, atender en biblioteca, cuidar el aseo y Mantención de las dependencias. Cada funcionario es un educador, en su capacidad de servicio, trato digno y respetuoso, danto testimonio responsable y alegre de la vida, que ofrezca lo mejor de sí y se condiga con una actitud solidaria, tolerante, emprendedora y profesional. Cada docente es el profesional preparado humana y académicamente, dispuesto a toda instancia de perfeccionamiento, al diálogo, a la creatividad y utilizando todos los recursos disponibles para hacer de la pedagogía un trabajo creativo y productivo. Es el profesional que diagnostica y evalúa el trabajo de sus alumnos y el suyo propio, estableciendo posibilidades de crecimiento para los educandos y para sí mismo. LA FAMILIA

La familia es considerada el núcleo básico de la sociedad y en su cuna se albergan los valores esenciales de todos sus integrantes, quienes proyectan desde ahí sus vivencias y sueños. Por ello no se considera un ente apartado e indiferente, debe permanecer unida al colegio, hacerse partícipe de los objetivos y metas institucionales, porque éstos se cumplirán en la medida en que sus hijos las realicen. Se les integra mediante las reuniones de curso, que siempre llevan el, sello de lo pastoral, transformándose así esta instancia educativa en un espacio de unidad cristiana que les permitirá conocer más profundamente su rol de padres y formadores de personas.

NUESTRA REALIDAD EDUCATIVA

El Colegio Francisco de Asís, está ubicado en la ciudad de Pinto, Carlos Condell 271, cuenta con una amplia y moderna infraestructura, que cubre todas las necesidades, pedagógicas, deportivas y administrativas, que da comodidad a los integrantes de la Unidad educativa, además está en constante mejoramiento y ampliación de sus dependencias. Posee un cuerpo docente idóneo y comprometido con el quehacer pedagógico y espiritual que la institución requiere. RECURSOS

a) FINANCIEROS: El Colegio Francisco de Asís tiene como único recurso financiero, para realizar sus actividades es la subvención estatal, puesto que no cobra matrícula ni

mensualidad, es absolutamente gratuito. A partir del año 2008, el Colegio se suscribe al Proyecto SEP (Subvención Escolar Preferencial), lo que le permite el ingreso de recursos anexos por los alumnos prioritarios. Recursos que se invierten en beneficio de la calidad de la educación, equidad y retención de alumnos. Las acciones de este proyecto están incorporadas en el Plan de Mejoramiento Educativo, que compromete al colegio en aspectos como: -No seleccionar alumnos, ni por rendimiento, ni por situación socioeconómica (Art. 6, letra b). -Retención de alumnos entre NT1 a 6º Básico, independientemente de su rendimiento. -Informar a los alumnos y apoderados sobre el PEI y Reglamento de Convivencia. -Dar atención técnico pedagógica especial a los alumnos de bajo rendimiento, con énfasis en los alumnos prioritarios. b) HUMANOS: 1 SOSTENEDORA, 1 DIRECTOR , 1 SUBDIRECTORA. 1 JEFE DE UTP, 1 ORIENTADOR GENERAL, 1 ORIENTADORA ENSEÑANZA BÁSICA,

3 INSPECTORES, 40 DOCENTES , 2 DOCENTES TÉCNICOS, 1 SECRETARIA, 4 ASISTENTES EDUCACIONALES , 6 AUXILIARES C) INFRAESTRUCTURA:

Sala CRA Laboratorio de ciencias Sala de computación e. básica Sala de computación e. media Sala de equipo de profesionales de aula Sala por curso Auditórium Oficinas administrativas Oficinas de orientación Patio techado

Multicancha Sala de profesores Dependencias kínder y prekínder Biblioteca Comedor profesores Comedor alumnos Cocina Pasillos amplios Patio común Camarines damas, varones y docentes

Salas área técnica Talleres para el área técnica Sala de música Sala de arte Sala de folclor Baños alumnos, personal docente, auxiliar y Administrativo. Duchas con agua caliente, con sistema de Calefacción solar. Sala de pastoral Oficina psicóloga Gimnasio techado Hall de recepción apoderados

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D) MATERIALES DIDÁCTICOS:

Libros de literatura, arte, consulta, técnicos y de Todas las disciplinas. Diccionarios de español e inglés. Mapas, atlas. Videoteca

Equipamiento para una orquesta juvenil Material científico de laboratorio de ciencias. Implementación área técnica Textos de apoyo docente Bibliotecas de aula

Implementación deportiva Implementación en máquinas de ejercicio para Enseñanza media enseñanza básica. Juegos didácticos primer ciclo Material didáctico por subsectores. Entrega anual de materiales a todos los talleres JEC.

E) MATERIAL TECNOLÓGICO:

Televisores Datas en todos los cursos Computadores para los docentes Videograbadoras Pizarras electrónicas

Multicopiadora Guillotina Impresoras láser, tinta, multifuncional. Telones Notebooks

Retroproyectora Equipo amplificador Radio escolar Fotocopiadoras Máquinas fotográficas. Material de aseo y mantención

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COLEGIO FRANCISCO DE ASÍS

REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

PINTO

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Ámbito de aplicación. El presente Reglamento Interno regula las relaciones entre el establecimiento, los alumnos y los distintos actores de la comunidad escolar. Las relaciones laborales entre los trabajadores y la sostenedora son de derecho privado y, por consiguiente, se rigen por las normas del Código del Trabajo, supletoriamente, por las disposiciones del Estatuto Docente y, por las disposiciones de las leyes 19.464 y 20.248, relativas a los asistentes de la educación. Artículo 2.- Difusión y vigencia. El Reglamento será informado y notificado a los padres y apoderados y ampliamente difundido en la comunidad escolar, para lo cual se entregará una copia del mismo al momento de la matrícula o de su renovación cuando éste haya sufrido modificaciones, dejándose constancia escrita de la recepción del mismo mediante la firma del padre o apoderado respectivo. Tendrá vigencia de un año y se actualizará con participación de los estamentos que componen el colegio. Sin perjuicio de lo anterior, se reforzará en las reuniones de apoderados por curso, durante el año como, asimismo, en las reuniones del Consejo Escolar y del Equipo de Gestión. Artículo 3.- Documentación permanente. El Colegio tendrá permanentemente a disposición de la comunidad educativa la siguiente documentación legal y reglamentaria: . Resolución de Reconocimiento Oficial y modificaciones. . Proyecto Educativo Institucional (PEI). . Reglamento Interno íntegro. . Reglamento de Higiene y Seguridad. . Reglamento de Evaluación y Promoción para los distintos niveles de enseñanza. . Planes y programas de estudio. . Cuentas Públicas . Libro de Sugerencias y Reclamos. Artículo 4.- De los niveles de atención y de las bases curriculares, planes y programas de estudios. El colegio atiende un universo que comprende desde el Primer Nivel de Transición hasta el Cuarto año de Enseñanza Media, Científico Humanista y Técnico-Profesional. El Colegio está adscrito a las Bases Curriculares y Planes y Programas de Estudio del Ministerio de Educación, contenidos en los Decretos Supremos N°s 289/ 2001, de Educación Parvularia, 40/1996, de Educación Básica, y modificaciones, y 220/1998, de Enseñanza Media, y modificaciones. Artículo 5.- De la asignatura de Religión. El Proyecto Educativo del Colegio está inspirado en la doctrina católica y el espíritu franciscano, por consiguiente todos los estudiantes deberán asistir a clases de religión y a las distintas actividades que el Colegio desarrolle para fortalecer dicho espíritu. Artículo 6.- De la comunidad educativa y sus derechos y deberes. Todos los integrantes de la comunidad educativa gozarán de los derechos y estarán sujetos a los deberes que establece la Ley General de Educación para cada estamento, sin perjuicio de aquellos establecidos en el presente reglamento y en los textos legales y reglamentarios vigentes que regulan las funciones de los profesionales de la educación y asistentes de la educación. Artículo 7.- Derechos y deberes consagrados en la Ley General de Educación y en el presente Reglamento. 1.- De los alumnos y alumnas:

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a) Derechos: A recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral. A recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidades educativas especiales A no ser discriminados arbitrariamente A estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, A expresar su opinión y a que se respete su integridad física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos. A que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus convicciones religiosas, ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno del establecimiento. A ser informados de las pautas evaluativas. A ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento A participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento, y a asociarse entre ellos. A ser protegidos ante eventuales casos de maltrato infantil, violencia intrafamiliar y/o bullying. b) Deberes: Son deberes de los alumnos y alumnas brindar un trato digno, respetuoso y no discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa. Colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar. Cuidar la infraestructura educacional y respetar el proyecto educativo y el reglamento interno del establecimiento. Asistir a clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus capacidades. Usar vestuario institucional. Participar en actos públicos e internos que organice el Colegio. Evidenciar respeto por los valores cristianos. 2.- De los padres, madres y apoderados: a) Derechos A ser informados por los directivos y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos académicos y del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del establecimiento. A ser escuchados y a participar del proceso educativo en los ámbitos que les corresponda, aportando al desarrollo del proyecto educativo en conformidad a la normativa interna del establecimiento. El ejercicio de estos derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres y Apoderados. b) Deberes Educar a sus hijos e informarse sobre el proyecto educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que elijan para éstos; Apoyar su proceso educativo. Cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional. Respetar su normativa interna. Brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad educativa. 3.- De los profesionales de la educación: a) Derechos A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. Del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Además, tienen derecho a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna. Disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo. b) Deberes: Ejercer la función docente en forma idónea y responsable; orientar vocacionalmente a sus alumnos cuando corresponda. Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente, acreditando dichas circunstancias con los respectivos documentos y certificaciones oficiales. Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio. Respetar tanto las normas del establecimiento en que se desempeñan como los derechos de los alumnos y alumnas. Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

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4.- De los asistentes de la educación a) Derechos: A trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes. A recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad Escolar. A participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la normativa interna. b) Deberes Ejercer su función en forma idónea y responsable. Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan. Brindar un trato respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa. 5.- De los docentes directivos a) Derechos: Conducir la realización del proyecto educativo del establecimiento que dirigen. b) Deberes Liderar los establecimientos a su cargo, sobre la base de sus responsabilidades, y propender a elevar la calidad de éstos. Desarrollarse profesionalmente. Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas, y cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen. Ser un ejemplo de probidad y desempeño profesional. 6.- De los sostenedores: a) Derechos A establecer y ejercer un proyecto educativo, con la participación de la comunidad educativa y de acuerdo a la autonomía que le garantice esta ley. También tendrán derecho a establecer planes y programas propios en conformidad a la ley, y a solicitar, cuando corresponda, financiamiento del Estado de conformidad a la legislación vigente. b) Deberes: Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial del establecimiento educacional que representan; Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar. Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos y cuando reciban financiamiento estatal, rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus establecimientos a la Superintendencia. Entregar a los padres y apoderados la información que determine la ley. Someter a sus establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley. TÍTULO II NORMAS GENERALES DE ÍNDOLE TÉCNICO-PEDAGÓGICA, INCLUYENDO LAS RELATIVAS AL CONSEJO DE PROFESORES

Artículo 8.- De las funciones profesionales. Para efectos del presente Reglamento, se entienden por funciones docente-directivas, técnico-pedagógicas y docentes propiamente tales de los profesionales de la educación, aquellas definidas y establecidas en el Estatuto Docente y su Reglamento o en el texto que a futuro lo reemplace. Las funciones de los asistentes de la educación son aquellas establecidas en las leyes 19.464 y 20.244. En ambos casos, las funciones se presumen conocidas e incorporadas a los respectivos contratos de trabajo. Artículo 9.- Tipos de organismos y funciones específicas. Los organismos internos que funcionan en el Colegio son los siguientes:

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1. Consejo General de Profesores 2. Equipo de Gestión 3. Unidad Técnico-pedagógica 4. Comité de Sana Convivencia Escolar 5. Consejo Escolar 6. Pastoral 7. Comité de Higiene y Seguridad. Artículo 10.- Del Consejo General de Profesores. Los Consejos de Profesores son organismos técnicos de carácter consultivo, integrados por personal docente directivo, técnico-pedagógico y docente y en ellos se expresará la opinión profesional de sus integrantes. Las sesiones se efectuarán dentro del horario de actividades y la asistencia será obligatoria. La Dirección podrá autorizar la inasistencia en casos excepcionales, previa petición verbal o escrita del docente. El Consejo General de Profesores elegirá democráticamente, de entre sus miembros, un representante para que participe en el Consejo de Equipo de Gestión. Artículo 11.- De sus funciones principales. Sin que la enumeración sea taxativa, el Consejo General de Profesores tendrá las siguientes funciones: 1. Velar por la correcta aplicación de las normas legales y reglamentarias que digan relación con el quehacer pedagógico del establecimiento educacional. 2. Permitir y facilitar la integración y participación democrática de todos los componentes de la comunidad escolar. 3. Promover el perfeccionamiento profesional del personal docente del establecimiento. 4. Las demás que determine el Consejo, dentro de sus atribuciones. Artículo 12.- De su funcionamiento. El Consejo de Profesores estará presidido por la Directora del Colegio o por el docente a quien ésta delegue la función. Tendrá un secretario (a), encargado de llevar un libro de Actas, debidamente foliado, en el que se registrarán las actas de los Consejos Ordinarios y Extraordinarios. Los Consejos Ordinarios sesionarán los días miércoles de cada semana, desde las 16.30 a las 18.30 horas. Los Consejos Extraordinarios sesionarán a solicitud de la Directora o de la mayoría de los miembros que lo componen. Las resoluciones que tome el Consejo de Profesores deberán ser aprobadas por, a lo menos, el 55% de los profesores presentes. Los participantes deberán mantener reserva de las materias que en ellos se traten. Artículo 13.- Del Equipo de Gestión. El Equipo de Gestión estará integrado por los siguientes profesionales: a) Director b) Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica c) Un profesor representante del Consejo General de Profesores elegido democráticamente por sus pares. d) Orientador e) Inspectora General Eventualmente, podrán ser invitados, sólo con derecho a voz, el Presidente del Centro General de Padres y Apoderados, un Profesor, un representante del Centro de Alumnos, u otros que el Equipo estime necesario. Artículo 14.- De sus funciones principales. El Equipo de Gestión es el organismo encargado de proponer, asesorar e informar a la Dirección del establecimiento, en materias relacionadas, principalmente, con las siguientes funciones: 1. Facilitar el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional. 2. Coordinar la elaboración de un Plan Operativo anual tendiente a mejorar la calidad y equidad de la educación en el establecimiento. 3. Programar, supervisar y coordinar las actividades generales del establecimiento. 4. Estudiar las disposiciones técnicas y/o administrativas del Ministerio de Educación y adoptar medidas necesarias para su adecuado cumplimiento.

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5. Estudiar y analizar problemas de tipo general y particular que afecten al establecimiento, y proponer soluciones a los niveles o instancias que corresponda. 6. Analizar evaluaciones generales y parciales de interés general. 7. Proponer, gestionar y programar actividades de perfeccionamiento docente y/o administrativo. 8. Asesorar al Director en los temas que éste les requiera. Artículo 15.- De su funcionamiento. El Equipo de Gestión se reunirá, a lo menos, una vez al mes en la fecha y horario que acuerden sus integrantes o en ocasiones especiales, previa citación. Artículo 16.- De la Unidad Técnico Pedagógica. Organismo encargado de coordinar, asesorar y evaluar las funciones técnico – pedagógicas que se dan en el establecimiento, tales como: orientación educacional y vocacional, planificación curricular, supervisión pedagógica, evaluación del aprendizaje. Constituye una instancia coordinadora técnica del establecimiento que tiene especial responsabilidad en el ejercicio de la acción supervisora. Como organismo técnico entregará adecuada y oportuna asesoría a la Dirección y a los docentes cuando sea necesario o cuando éstos lo soliciten. Artículo 17.- De sus funciones principales. Las principales funciones de la Unidad Técnico-Pedagógica son: 1. Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades correspondientes del proceso de enseñanza - aprendizaje. 2. Velar por el mejoramiento del rendimiento escolar de los alumnos, procurando el mejoramiento permanente del proceso de enseñanza-aprendizaje. 3. Propiciar la integración entre los diversos programas de estudio de los diferentes niveles. 4. Asesorar al Director en el proceso de elaboración del Proyecto Educativo Institucional. 5. Asesorar y supervisar a los docentes en la organización, programación y desarrollo de las actividades de evaluación y la aplicación de los planes y programas vigentes. 6. Contribuir al perfeccionamiento del personal docente del establecimiento. Artículo 18.- Del Consejo Escolar. Participación y carácter. La participación activa de todos los actores de la comunidad escolar se canalizará a través de un “Consejo Escolar”, organismo que tiene un carácter informativo, consultivo y propositivo. El Consejo Escolar dictará un reglamento interno que regule la forma en que funcionará. Artículo 19.- Integrantes. El Consejo Escolar será integrado, a lo menos, por: a) El Director del establecimiento, quien lo presidirá; b) El sostenedor o un representante designado por él mediante documento escrito; c) Un docente elegido por los profesores del establecimiento, mediante procedimiento previamente establecido por éstos; d) El presidente del Centro de Padres y Apoderados. e) El presidente del Centro de Estudiantes y /o f) El docente asesor del Centro de Estudiantes A petición de cualquiera de sus miembros, o por propia iniciativa, el Presidente someterá a consideración del Consejo la incorporación de nuevos miembros. El Consejo resolverá sobre esta petición de conformidad al procedimiento previamente establecido por dicho órgano. Cualquier cambio en los miembros del Consejo deberá ser informado al Departamento Provincial de Educación, para la actualización del acta respectiva. Artículo 20.- De las materias que deben consultarse al Consejo. El Consejo será consultado, a lo menos, en las siguientes materias: a) Proyecto Educativo Institucional; b) Programación anual y actividades extracurriculares; c) Metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos; d) Informe escrito de la gestión educativa del establecimiento que realiza el Director anualmente, antes de ser presentado a la comunidad educativa, y

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e) Elaboración y modificaciones al reglamento interno del establecimiento. El Consejo no podrá intervenir en funciones que sean de competencia de otros órganos del establecimiento educacional. Será obligación del Director remitir a los miembros del Consejo todos los informes y antecedentes necesarios para el debido conocimiento de las materias referidas. Sin perjuicio de lo anterior, todas aquellas situaciones que no estén contempladas en el presente Reglamento, serán resueltas por la Dirección del establecimiento y/o el Consejo de Profesores. Artículo 21.- De las materias que deben informarse al Consejo. El consejo será informado a lo menos de las siguientes materias: a) Los logros de aprendizaje de los alumnos. b) Informes de las visitas inspectivas del Ministerio de Educación. c) Conocer cada cuatro meses el informe de ingresos efectivamente percibidos y de gastos efectuados. Artículo 22.- De su funcionamiento. El consejo funcionará de acuerdo a un reglamento interno que deberá contener, entre otros, los siguientes aspectos: a) Número de sesiones ordinarias que realizará durante el año escolar. b) Forma de citación por parte del Director de los miembros del Consejo a las sesiones tanto ordinarias como extraordinarias. En todo caso, las citaciones a sesiones extraordinarias serán realizadas por el Director del establecimiento, a petición de una mayoría simple de los miembros del Consejo o por iniciativa propia; c) La forma de mantener informada a la comunidad escolar de los asuntos y acuerdos debatidos en el Consejo; d) La forma en que se tomarán los acuerdos en el caso que el sostenedor le otorgue facultades resolutivas. e) Designación de un secretario y sus funciones, y f) Las solemnidades que deberá contener el acta de las sesiones del Consejo. Artículo 23.- Del Comité de Convivencia Escolar. De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Educación, en el Colegio funcionará un Comité de Sana Convivencia Escolar, cuyas funciones, atribuciones y procedimiento están contenidos en un documento anexo, que se entiende formar parte del presente Reglamento. Artículo 24.- Responsabilidad del establecimiento en las actividades académicas. La participación de los alumnos(as) en actividades académicas que se ejecuten fuera del establecimiento, deberá ser autorizada y firmada por los padres y apoderados en un formulario existente para tal efecto, el cual indicará: . Nombre del alumno y del apoderado . Profesor responsable de la actividad . Lugar al que se concurrirá . Día en que se realizará la actividad. . Lugar específico de salida y retorno. . Hora de salida y de retorno. . Forma de traslado No serán válidas las autorizaciones verbales o telefónicas. Artículo 25.- Del comportamiento en actividades académicas. El alumno deberá mantener un comportamiento correcto, ajustado las obligaciones contenidas en el presente Reglamento y, especialmente, a las normas de buena convivencia escolar, respetando y acatando las instrucciones del profesor responsable. El apoderado asumirá la responsabilidad por cualquier destrucción y/o deterioro de la infraestructura del lugar al que se concurre. Artículo 26.- Del Seguro Escolar en las actividades académicas. Las actividades académicas que organice el establecimiento están amparadas por el Seguro Escolar.

Artículo 27.- De las otras clases de actividades. a) Actividades extraescolares:

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Aquellas actividades formativas de carácter deportivo, recreativo, artístico, científico, tecnológico y social libremente elegidas por los alumnos, que se desarrollan fuera del tiempo habitual de clases, sin interferir el normal desarrollo de las actividades pedagógicas del establecimiento educacional. b) Actividades Especiales. Aquellas que se desarrollan paralelamente a las clases sistemáticas y actividades extraprogramáticas, acentuando determinados aspectos formativos complementarios de los alumnos. Las actividades especiales que impliquen salir del establecimiento, dentro o fuera del horario de funcionamiento escolar, deberán contar con autorización escrita del apoderado, registrada en un formulario proporcionado por el Colegio, que indicará el lugar, docentes responsables, e inicio y término de la actividad. c) Actividades extra-programáticas. Aquellas actividades que, apoyando la labor docente, complementan el desarrollo integral del alumno en la búsqueda de los logros del PEI. Se realizan en forma de clubes, talleres, reforzamientos, etc., en el establecimiento educacional o bajo su tuición. Las actividades extra-programáticas se desarrollan como parte integrante de las labores pedagógicas habituales del Colegio. Artículo 28.- Actividades de esparcimiento o paseos de fin de año. Responsabilidad del establecimiento. Son aquellas actividades de esparcimiento o paseos de curso, ajenas al establecimiento y de exclusiva responsabilidad de las personas que las organicen. Si se realizaren actividades de esparcimiento durante el periodo escolar y/o de exámenes o pruebas finales, las personas organizadoras serán responsables de la asistencia de sus pupilos a clases. PÁRRAFO 1° DE LA PARTICIPACIÓN, AUTONOMÍA Y RESPONSABILIDAD DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

Artículo 29.- De las clases y de su planificación. Los docentes de aula deberán presentar al director del establecimiento, dentro de los primeros quince días del año escolar, una planificación educativa anual de los contenidos curriculares. Las clases se realizarán de conformidad con los horarios previamente establecidos y no podrán ser suspendidas sin previa autorización del respectivo Departamento Provincial de Educación, la que será debidamente comunicada a los apoderados. La Dirección del establecimiento podrá autorizar actividades escolares fuera del horario de clases, siempre que se realicen bajo la responsabilidad de docentes del plantel y cumpliendo la normativa general del establecimiento. Toda suspensión de actividades por causa mayor será debidamente informada por escrito al apoderado. La Dirección podrá suspender dichas actividades, comunicando de inmediato la medida a Secretaria Ministerial de Educación. Artículo 30.- De la evaluación y promoción de los estudiantes. La evaluación y promoción de los educandos se regirán por el Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar del Ministerio de Educación, cuyo ejemplar se encuentra a su disposición y de los padres y apoderados, en el establecimiento. Artículo 31.- De la participación. Los profesionales de la educación tendrán derecho a participar, con carácter consultivo, en las siguientes actividades: a. Diagnóstico, planeamiento, ejecución y evaluación de las actividades de la Unidad Educativa. b. Relaciones del Colegio con la comunidad. c. Procesos de proposición de políticas educacionales en los distintos niveles del sistema, a petición de las autoridades correspondientes. Artículo 32.- De la autonomía. Los profesionales de la educación que se desempeñen en las funciones docentes, gozarán de autonomía en el ejercicio de ésta, sujetos a las disposiciones legales que orientan al sistema educacional, al proyecto educativo y a los programas específicos de mejoramiento e innovación en los que el Colegio participe. Artículo 33.- Evaluación de la labor docente directiva, docente y técnico-pedagógica. Los profesionales de la educación son personalmente responsables de su desempeño en la función correspondiente. En tal virtud, deberán someterse a los procesos de evaluación de su labor y ser informados de los resultados de dichas evaluaciones. Artículo 34.- Facultad del sostenedor. Creación de sistemas de evaluación docente. El sostenedor podrá crear y administrar sistemas de evaluación para los docentes que se desempeñen en docencia en aula. Las evaluaciones podrán ser aplicadas previa información de plazos y procedimientos.

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Artículo 35.- De la responsabilidad profesional, denuncias y procedimiento. 1.- Las quejas o denuncias contra un profesional de la educación deberán: a) formularse por escrito, o escribirse por un funcionario que las reciba b) individualizar a quien la formule c) ser debidamente firmada 2.- La Dirección del establecimiento resolverá si la admite a tramitación. a) Si así fuere, la pondrá en conocimiento del profesional de la educación afectado dentro del plazo de 5 días de recibida, mismo plazo que tendrá el profesional para responder por escrito la denuncia, acompañando los antecedentes que estime del caso. b) El Director resolverá en un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción de la respuesta escrita del profesional, desestimando la denuncia o acogiéndola, caso en el cual adoptará las medidas correctivas que la naturaleza de la situación amerite. c) La Directora podrá recabar antecedentes adicionales cuando lo estime necesario. Si se trata de asuntos técnico-pedagógicos, podrá pedir informe al Consejo de Profesores. El procedimiento será de carácter privado, cautelando la honra profesional para el evento de que la denuncia resultare infundada. Sin perjuicio de lo anterior, si se tratare de denuncias que impliquen la comisión de un delito, se deberán poner los antecedentes en conocimiento de la justicia ordinaria. TÍTULO III NORMAS TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO PÁRRAFO 1° DEL FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO

Artículo 36.- Organigrama del Colegio. La organización y supervisión del proceso educativo y del funcionamiento del Colegio se estructura de acuerdo al organigrama que se adjunta en hoja anexa al final del Reglamento Interno. PÁRRAFO 2° DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS

Artículo 37.- Reglamento Interno y contrato de trabajo. Las disposiciones del Reglamento Interno del “Colegio Francisco Asís”, se entienden formar parte integrante del contrato de trabajo de todos y cada uno de los trabajadores del plantel. Para efectos de su cumplimiento, el Reglamento Interno se mantendrá permanentemente, a disposición de cualquier miembro de la comunidad escolar, en Secretaría del Colegio, sin perjuicio de otras formas que éste determine para su difusión. Artículo 38.- De la matrícula. La matrícula es el acto administrativo mediante el cual el apoderado y el alumno ejercen el derecho a la educación registrando formalmente su incorporación al “Colegio Francisco Asís”. La suscripción de la matrícula implica la aceptación del apoderado y del alumno (a) de todas las disposiciones del presente reglamento, especialmente de las normas de buena convivencia escolar y del compromiso para el logro del desarrollo del PEI del establecimiento. El proceso de matrícula y de selección de alumnos, si correspondiere, se efectuará de conformidad a las normas contenidas en la Ley General de Educación. Artículo 39.- Del apoderado y de su atención. Cada alumno del establecimiento educacional tendrá un apoderado, mayor de edad, que podrá ser el padre, madre, tutor legal o alguien designado por éstos, por escrito, quien será su representante ante la Dirección del plantel, y responsable y supervisor del comportamiento y rendimiento escolar del educando. Los apoderados deberán mantener entrevistas permanentes con los respectivos profesores jefes, a objeto de informarse sobre el progreso alcanzado por sus pupilos. Para tal efecto, los docentes mantendrán un horario de atención de apoderados que no interfiera con el horario de clases, el cual será comunicado al inicio del año escolar. Los apoderados no podrán, sin previa autorización, permanecer en el recinto escolar, patio, área de formación o sala de clases, durante el periodo de funcionamiento escolar, medida que tiene por objeto resguardar la seguridad de los alumnos ante personas extrañas o ajenas al establecimiento.

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Si el apoderado no cumple su rol o vulnera las disposiciones del Reglamento Interno, especialmente aquellas de una buena convivencia escolar, el Director del establecimiento, fundado en un informe del Consejo de Profesores o, en su caso, del Comité de Convivencia Escolar, previa investigación, podrá exigir cambio de apoderado y/o prohibir su ingreso al establecimiento, o adoptar las medidas que el Comité recomiende, todo ello de acuerdo al procedimiento establecido en el Protocolo de Actuación. Artículo 40.- De los horarios, asistencia, presentación y otros aspectos de la Convivencia Escolar (Síntesis). 1. Sobre el funcionamiento y cumplimiento de horarios. NORMA: Cumplir puntualmente con los horarios establecidos, tanto de ingreso y salida del colegio, como en los de

ingreso a la sala después de los recreos. Toda salida de los alumnos debe ser solicitada por el apoderado personalmente. 2. Sobre la asistencia. NORMA: Asistir regularmente a clases y cumplir con los compromisos escolares. Toda inasistencia debe ser justificada por el apoderado. 3. Sobre la presentación Personal. NORMA: Usar el uniforme establecido por el colegio y mantener una correcta presentación e higiene personal.

DAMAS: Blusa blanca o polera de la institución, corbata, falda suéter, calcetas, zapatos negros, cabello ordenado, pantalón de tela azul marino en época de invierno. VARONES: camisa blanca o polera de la institución, corbata, suéter, pantalón gris, zapatos negros. Pelo corto. Parca de color azul marino, sin estampados u otros colores. Uso obligatorio del delantal para el trabajo de laboratorio de ciencias y computación. Se excluye el uso de cualquier elemento o atuendo ajeno del uniforme (piercing, joyas, extensiones, expansiones, bufandas de colores, pañoletas) Para las clases de Educación Física o Deporte se usará el buzo del colegio. 4. Sobre los requerimientos académicos. NORMA: Cumplir con los compromisos, evaluaciones, trabajos y tareas escolares. Cuidar el material de estudio entregado por el

colegio o adquirido por la familia (guías de trabajo, textos escolares, pintura, macilla, papel, cartulina y otros). Ser honestos en la rendición de pruebas, trabajos u otro tipo de evaluación que se le aplique y en la entrega de información solicitada en investigaciones. 5. Sobre el manejo de elementos tecnológicos de uso personal. NORMA: No se permite el uso de equipos electrónicos como computadores notebooks, netbooks, celulares,

Mp3, Mp4, Ipod, tablet u otro elemento tecnológico, en situaciones que no sean exclusivamente de aprendizaje. No es responsabilidad del colegio la pérdida o daño de estos elementos. 6. Sobre el cuidado de los bienes e inmuebles del Establecimiento. NORMA: Cuidar la infraestructura, los bienes muebles e inmuebles, recursos didácticos y de aprendizaje,

de los que dispone el Establecimiento. 7. Sobre la honradez, el cuidado de pertenencias propias y ajenas. NORMA: Ser responsable con las pertenencias propias y ajenas. Ser honrado y no apropiarse de las cosas

o dinero que son de otras personas. Entregar aquellos objetos que se encuentren abandonados u olvidados en Inspectoría o a algún profesor. Colaborar con la verdad cuando sea necesario. 8. Sobre la Interacción entre los integrantes de la Comunidad Educativa. NORMA: El trato verbal, físico y psicológico entre los integrantes de la comunidad educativa debe ser

basado en el respeto, la dignidad y el resguardo de la integridad del otro. 9. Sobre el comportamiento en la sala de clases, patios y actividades de la comunidad educativa. NORMA: Las actividades sistemáticas, propias de las clases, como las de

recreación en los patios, en actos cívicos, religiosos, jornadas, salidas a terreno, desfiles, eventos y representaciones externas, deben realizarse en un ambiente de respeto y colaboración mutua. 10. Sobre el resguardo de la integridad física y psicológica. NORMA: En el colegio no se consume alcohol, tabaco u otras drogas, ni se permite el tráfico de estas sustancias

ilícitas, para mantener un estilo de vida saludable. Se prohíbe traer elementos cortopunzantes o armas que puedan ser usadas contra la integridad física de alguna persona. (El uso de determinados elementos cortantes que son utilizados con fines educativos, debe hacerse bajo estricta vigilancia del docente, tomando las debidas precauciones y en conocimiento de la Coordinación de Ciclo e Inspectoría). 11. Sobre el libro de clases, documentación oficial y libreta de comunicaciones. NORMA: El libro de clases no puede ser intervenido por los estudiantes, porque es

responsabilidad única y directa del profesor, Inspectoría y Dirección. Toda la información académica, de personalidad o disciplinaria, de los alumnos es registrada en documentos privados oficiales que son de manejo institucional. (Inspectoría, Orientación, Administración), Por lo que el alumno puede acceder a ella, recurriendo a las instancias correspondientes. El único documento oficial interno de comunicación entre el alumno y su familia es la Libreta de comunicaciones. 12. Sobre las manifestaciones de afectividad y sexualidad. NORMA: Las manifestaciones afectivas, dentro de la vida escolar, deben realizarse de acuerdo a la edad y ser

acordes a los principios y morales cristianos, que rigen nuestra Comunidad Educativa.

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PÁRRAFO 3° DISPOSICIONES ESPECIALES PARA ALUMNAS EMBARAZADAS.

Artículo 41.- Derechos de las alumnas en situación de embarazo o maternidad. Las alumnas en situación de embarazo o maternidad tienen los mismos derechos que los demás alumnos y alumnas en relación a su ingreso y permanencia en el establecimiento, no pudiendo ser objeto de ningún tipo de discriminación, en especial el cambio de establecimiento o expulsión, la cancelación de matrícula, la negación de matrícula, la suspensión u otra similar. El embarazo o maternidad de una alumna no podrá ser causal para cambiarla de jornada de clases o a un curso paralelo, salvo que ésta manifestare su voluntad expresa de cambio fundada en un certificado otorgado por un profesional competente. Los actos discriminatorios serán sancionados con multas de hasta 50 UTM mensuales las que podrán duplicarse en caso de reincidencia. Artículo 42.- Facilidades académicas La dirección del establecimiento otorgará las facilidades académicas necesarias para que las alumnas en situación de embarazo o maternidad asistan regularmente durante todo el período de embarazo al establecimiento de salud correspondiente para el control prenatal periódico, como asimismo, a los controles médicos de post parto y a los que con posterioridad requiera el lactante. Artículo 43.- Participación en actividades Las alumnas en situación de embarazo o maternidad tendrán derecho a participar en organizaciones estudiantiles, así como en cualquier ceremonia que se realice en la que participen los demás alumnos y alumnas. Asimismo, tendrán derecho a asistir a todas las actividades extraprogramáticas que se realicen al interior o fuera del establecimiento educacional, con las excepciones que se deriven de las indicaciones del médico tratante. Asimismo, deberán asistir a las clases de Educación Física en forma regular, siguiendo las orientaciones del médico tratante, sin perjuicio de ser evaluadas en forma diferencial o ser eximidas en los casos en que por razones de salud así procediera. Las alumnas que hayan sido madres estarán eximidas del Subsector de Educación Física hasta el término del puerperio. Asimismo, en casos calificados por el médico tratante, podrán eximirse de este Subsector. Aríiculo 44.- Procedimiento de evaluación. Las alumnas en estado de embarazo o maternidad serán sometidas a los procedimientos de evaluación establecidos en el Reglamento del Colegio, sin perjuicio de la obligación de los docentes directivos del establecimiento de otorgarles las facilidades académicas siguientes: a) No exigirán a las alumnas en estado de embarazo o maternidad el 85% de asistencia a clases durante el año escolar cuando las inasistencias tengan como causa directa enfermedades producidas por el embarazo, el parto, el post parto, enfermedades del hijo menor de un año, asistencia a control de embarazo, del post parto, control de niño sano, pediátrico u otras similares que determine el médico tratante. b) En caso que la asistencia a clases durante el año escolar alcance menos de un 50%, la Dirección del Colegio resolverá de conformidad con las normas establecidas en los Decretos Exentos de Educación Nºs. 511/1997, 112 y 158, ambos de 1999 y 83/2001, sin perjuicio del derecho de apelación de la alumna ante el Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo. c) Calendario flexible que resguarde el derecho a la educación y de brindar apoyos pedagógicos especiales a las alumnas en situación de embarazo o maternidad, mediante un sistema de tutorías realizado por los docentes y en el que podrán colaborar sus compañeros de clases. d) Los docentes directivos del Colegio, en el ámbito técnico profesional, deberán cautelar que las alumnas en situación de embarazo o maternidad no sean expuestas al contacto de materiales nocivos u otras situaciones de riesgo para su embarazo o lactancia, debiendo otorgárseles las facilidades académicas pertinentes a fin de dar cumplimiento al currículum, planificando actividades que respondan al perfil de egreso de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo de Educación Nº 220, de 1998. PÁRRAFO 4° DE LOS ACCIDENTES ESCOLARES

Artículo 45.- Normas generales. Procedimiento. El establecimiento cuenta con implementación básica para las primeras atenciones de alumnos que tuvieren algún accidente dentro del mismo. En caso de accidente, previa evaluación diagnóstica inicial realizada por un docente, se adoptarán las siguientes medidas: 1. Si el accidente es leve, se brindará reposo al alumno, separándolo de sus actividades escolares y se informará al apoderado telefónicamente o a través de la agenda. 2. Si el accidente amerita intervención médica, se trasladará al alumno al establecimiento de salud más cercano al colegio y se informará al apoderado telefónicamente. 3. Si la situación lo requiere o por instrucción médica debe trasladarse al alumno a su hogar, se hará en compañía de un adul to, o con su apoderado, no siendo de cargo del establecimiento los gastos de movilización respectivos.

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4. Todo accidente que ocurra en cualquier dependencia del establecimiento, deberá ser informado inmediatamente: a) Al profesor respectivo e Inspectoría, a fin de dar la debida atención al alumno y hacer operar el Seguro Escolar Obligatorio. b) Al apoderado al número telefónico registrado en su Hoja de Vida o en Secretaría. Para tal efecto, es responsabilidad del apoderado comunicar, inmediatamente de producido, todo cambio de número telefónico o de domicilio. c) Si no fuere posible establecer comunicación, el establecimiento queda expresamente autorizado para tomar las medidas más adecuadas, de acuerdo a la situación. 5. Es obligación de los padres y apoderados informar al Colegio cualquier cambio o alteración de la situación de salud de su pupilo que amerite algún cuidado especial, acreditando dicha circunstancia con el respectivo certificado médico que indique que está en condiciones médicas de asistir al colegio normalmente o sujeto a alguna condición especial, siendo de su responsabilidad las consecuencias que pudiere tener el incumplimiento de esta obligación. 6. Las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 313 de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que reglamenta el Seguro Escolar, serán aplicables a las alumnas en situación de embarazo o de maternidad. PARRAF0 5° DEL SISTEMA DE RECONOCIMIENTO DE MÉRITOS

Artículo 46.- Reconocimiento de méritos. El establecimiento reconocerá méritos y acciones positivas de los alumnos, en la forma que se expresa a continuación: a) Reconocimientos positivos: Diplomas de reconocimiento Cartas de felicitación a los apoderados. Publicaciones en el Diario Mural Institucional Obsequios y regalos (libros, set de estudio) Participación en salidas de estudio. Actos Institucionales de premiación (Ya sé leer y Final de cada semestre) Cuadro de Honor de final de cada semestre. b) Acciones positivas que ameritan reconocimiento: Logros en el rendimiento escolar. Dominio lector. Compañerismo y espíritu de solidaridad entre sus iguales. Representación del colegio en eventos externos. Méritos deportivos. Superación personal. Identidad con los valores institucionales. Participación en Instituciones de bien comunitario. Fidelidad al Colegio PARRAFO 6° DE LAS MEDIDAS PEDAGÓGICO-FORMATIVAS Y DISCIPLINARIAS. DEL SISTEMA DISCIPLINARIO Y DE LAS SANCIONES

Artículo 47- De la aplicación previa de las medidas pedagógicas. Previamente a la imposición de cualquier medida disciplinaria se aplicará a los educandos medidas pedagógicas de carácter formativo, a cargo del profesor de asignatura, profesor jefe, orientador u otro integrante de la Unidad Técnica Pedagógica o del Comité de Convivencia Escolar del Colegio, según corresponda. La búsqueda de medidas de solución a los problemas disciplinarios del alumno, implica la participación de su familia y de su compromiso para cumplir las recomendaciones del establecimiento, de los docentes respectivos y/o de profesionales afines. PÁRRAFO 7° DE LA TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS

Artículo 48.- Definición de falta. Es toda aquella acción u omisión que transgreda alguna o algunas de las disposiciones del presente Reglamento, especialmente, las normas de buena convivencia escolar.

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Estas conductas negativas o faltas serán clasificadas de acuerdo al grado de intencionalidad, recurrencia y gravedad. Artículo 49.- De la clasificación de las faltas. Para efectos de la aplicación de medidas pedagógicas y disciplinarias o sanciones, las faltas se clasifican en leves, graves y muy graves, atendiendo al perjuicio o daño que causen, al nivel de reiteración y la intencionalidad de sus autores. Artículo 50.- De las faltas leves Aquellas de poca trascendencia escolar que no afectan la buena convivencia ni ocasionan daño o perjuicio a sí mismo, a terceros o al Colegio, pero se apartan del perfil definido para los alumnos(as) en el PEI o están tipificadas como tales en el Reglamento Interno. La comisión de faltas leves amerita aplicación de alguna (as) de las siguientes medidas: .Diálogo pedagógico y orientador. .Asistencia a charlas o talleres relacionados con la falta. . Derivación psicosocial . Servicios Comunitarios. . Amonestación verbal. . Amonestación escrita. . Entrevista con el alumno(a) y/o apoderado. . Acto de compromiso de superación con seguimiento y registro en escrito. . Acto de reparación de daños materiales, en acuerdo con apoderados. . Consensos y acuerdos mediante el diálogo. Si el alumno no asume el compromiso o se negare a cumplir las medidas antes señaladas, incurrirá en falta grave. Toda medida será registrada en la hoja de vida del alumno. Artículo 51.- De las faltas graves. Son conductas que perjudican o alteran severamente la convivencia escolar, alteran el normal funcionamiento del Colegio y el normal desarrollo del proceso educativo, ocasionando daños y perjuicios a sí mismo, a su curso, a terceros, o al establecimiento. La comisión de faltas graves amerita aplicación de alguna (as) de las siguientes medidas: . Evaluación de las instancias correspondientes (profesor asignatura, profesor Jefe, Orientación, Inspectoría, Comité de convivencia escolar, Dirección, según corresponda) . Amonestación verbal y escrita . Entrevistas con el alumno(a) y el apoderado. . Acto de compromiso escrito de superación de la falta, con evaluación y seguimiento. . Acto de reparación de los daños materiales si corresponde. . Suspensión de clases de uno a tres días, con trabajos pedagógicos para que adelante actividades escolares. . Toda medida será registrada en la hoja de vida del alumno Artículo 52.- De las faltas muy graves. Son aquellas conductas que constituyen un quebrantamiento a la ética, a la reglamentación interna del Colegio y a las disposiciones penales vigentes, causando un gravísimo perjuicio a la buena convivencia escolar, y que inciden negativamente en quien incurre en ellas, en su curso, en terceros, o en el establecimiento. La comisión de faltas muy graves amerita aplicación de alguna (as) de las siguientes sanciones: . Entrevista con el sancionado y su apoderado. . Suspensión de clases por una semana, con trabajos pedagógicos, para adelantar actividades escolares. . Condicionalidad de matrícula. . Información a las instancias legales correspondientes si el caso lo amerita. (Mineduc, Carabineros, Cesfam, OPD, PDI u otro) . Suspensión indefinida del Colegio con notificación de cancelación de matrícula, para el año siguiente. . Expulsión, en caso de faltas muy graves, violentas y/o dañinas o perjudiciales para la integridad física o psíquica de cualquier miembro de la comunidad escolar.

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PÁRRAFO 8° DEL PROCEDIMIENTO, SANCIONES Y CRITERIOS PARA SU APLICACIÓN

Artículo 53.- Del procedimiento para la aplicación de sanciones. a) Para aplicar una sanción disciplinaria deberá instruirse previamente una investigación para establecer la efectividad de los hechos y sus circunstancias, la cual deberá ceñirse al Protocolo de Actuación o Manual de Procedimientos. b) La investigación deberá practicarse por la persona que designe el Director o por el Comité de Buena Convivencia Escolar, según corresponda, y respetar las normas del debido proceso. c) Terminada la investigación, deberá resolverse fundadamente si hay mérito suficiente para aplicar una sanción o cerrar el caso, notificando al afectado y a su apoderado, por escrito, al domicilio registrado en el establecimiento. d) La resolución que aplique una medida disciplinaria podrá siempre ser objeto del recurso de apelación, el cual se presentará al Director, por escrito, y debidamente fundado. e) Las apelaciones serán vistas y resuelta por el Director, sin ulterior recurso, previo informe fundado del Equipo Directivo, f) La apelación de las sanciones de no renovación o cancelación de matrícula, considerarán, especialmente, la falta de colaboración, apoyo e interés de los padres y apoderados en mejorar la conducta de sus pupilos, el incumplimiento de los compromisos contraídos y el perjuicio que ocasiona la conducta al curso y al proceso de enseñanza-aprendizaje del resto del alumnado del establecimiento. Artículo 54.- De los distintos tipos de sanciones. Los estudiantes que vulneren las disposiciones del presente Reglamento, podrán ser objeto de alguna o algunas de las sanciones que se señalan en los artículos siguientes, según la gravedad y reiteración de las faltas: La aplicación de cualquier medida o sanción se comunicará al apoderado para informar de una situación que requiere ser conocida de éste, a objeto de que contribuya desde el hogar a rectificar las conductas inadecuadas. Las medidas o sanciones consistirán en: a) Diálogo orientador: Conversación formal con el alumno(a) o apoderado, en la que el orientador, inspector o profesor adopta una actitud de escucha, y de persuasión para el reconocimiento de la falta cometida y las consecuencias que se derivan de ella, con fundamentos morales y cívicos, destinados a obtener un cambio de actitud del trasgresor, modificando su conducta. b) Entrevista personal: Conversación con el alumno(a), apoderado o funcionario que ha faltado a una norma, dirigida y preparada previamente por el profesional responsable, para analizar la situación ocurrida, escuchar los cargos y descargos, y establecer responsabilidades, compromisos, acuerdos, y /o reparación, en caso que fuese necesario. c) Derivación psicosocial: Terapia personal, familiar, grupal; talleres de reforzamiento, educación o de control de las conductas contrarias a la buena convivencia escolar. El establecimiento se reserva, según los antecedentes del alumnos, exigir de sus padres y apoderados la evaluación y tratamiento psicológico o psiquiátrico, cuando las conductas contrarias a la buena convivencia, sean reiteradas en el tiempo. d) Asistencia a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas, las drogas o sustancias ilícitas. e) Servicios Comunitarios: Implica alguna actividad que beneficie a su comunidad educativa pastoral, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal, realizado a favor del establecimiento educacional, fuera del horario escolar; como acción formativa y reparatoria que no afecte su dignidad, y que tenga relación con la falta cometida. A modo de ejemplo: limpiar, pintar algún espacio del establecimiento, patio, pasillos, gimnasio, su sala, ayudar en el recreo a cuidar a los estudiantes de menor edad, ordenar materiales en la biblioteca o en el Centro de Recursos de Aprendizaje, CRA, colaborar con algún funcionario en una tarea específica por un tiempo determinado, etc. f) Amonestación verbal: Llamado de atención que se realiza inmediatamente ocurrido el hecho efectuado por el funcionario de la institución más cercano al trasgresor al momento de la falta, que evidencia la comisión de un error o falta y aporta una forma de rectificación. Debe ser expresada clara y precisamente y exhortando a su superación. Se enunciará en la Hoja de Vida del alumno. Se aplicará en faltas de carácter leve. g) Amonestación escrita: Medida que se aplica por faltas que tienen incidencia en la formación personal, o que va en perjuicio de otras personas o instalaciones del establecimiento. Debe ser redactada objetiva y ponderadamente, sin juicios de valor. Se aplicará en caso de reincidencia de faltas leves, faltas graves y/o muy graves. Debe quedar copia de ella en Inspectoría, Orientación o Dirección y registrarse en el libro de clases, y/u hoja de vida del alumno(a).

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h) Suspensión de clases: Medida consistente en la interrupción de la asistencia a clases, actividades y/o eventos especiales. La suspensión podrá tener una duración de uno a tres días, y se graduará acorde a la incidencia o alteración que ocasione en el curso o en el funcionamiento del Colegio. Se entregarán al alumno(a) guías de trabajo de los diferentes subsectores para desarrollar en su hogar durante el período de ausencia de clases. En aquellos casos en que la suspensión coincida con períodos de evaluación, el alumno podrá rendir las pruebas respectivas y, en seguida, retirarse del establecimiento. Se aplicará en casos de faltas graves. i) Condicionalidad de matrícula: Medida mediante la cual el alumno es mantenido en el establecimiento bajo ciertas condiciones que debe cumplir a cabalidad, bajo apercibimiento de aplicar la sanción superior y, eventualmente, irrevocable. Se registra en un documento escrito (carta compromiso o carta de condicionalidad) suscrito por los padres y el alumno(a) en la Inspectoría o Subdirección del Colegio, estableciendo el compromiso de superación de las conductas o comportamiento que amerita la aplicación de la medida. El incumplimiento de los compromisos asumidos en el documento respectivo ameritará la aplicación de la sanción superior, esto es, la no renovación de matrícula. Dicha resolución deberá ser comunicada, por escrito, con, a lo menos, 60 días de anticipación al término del año escolar. Se aplicará en casos de faltas muy graves, en la reiteración de faltas graves y en casos de acumulación de más de dos suspensiones, sin indicios de algún grado de superación. j) No renovación de matrícula. Resolución del establecimiento de no persistir en la prestación del servicio educativo para el año escolar siguiente, por transgresión a las normas de buena convivencia escolar. Implica prohibición de ingresar al establecimiento si la falta ocasiona perjuicios a sus compañeros de curso, al proceso de enseñanza-aprendizaje o al establecimiento en general. La notificación al apoderado se hará por escrito, al domicilio registrado en el Colegio con, a lo menos, 60 días de anticipación al término del año escolar, período en el cual el alumno(a) podrá asistir a rendir pruebas y exámenes en las condiciones y tiempo que determine el Colegio. Se aplicará a las faltas muy graves y a la reiteración de incumplimientos contraídos en la carta-compromiso de condicionalidad. La aplicará el Director, previo informe fundado del Comité de Convivencia Escolar. k) Cancelación de matrícula: Medida consistente en el término de la prestación de servicios educacionales y retiro inmediato del alumno participante en hechos gravísimos al interior del establecimiento, atendido el inminente riesgo o peligro de su conducta para el resto del alumnado, considerando especialmente la sana convivencia escolar y desarrollo armónico del proceso educativo de la generalidad de los educandos y del propio alumno participante en los hechos que se le imputan. No considerará motivo de cancelación de matrícula el rendimiento pedagógico ni el aspecto económico. La medida comunicará por escrito al apoderado, al domicilio registrado en el Colegio, previa una investigación para determinar la existencia de responsabilidad del o los participantes en el hecho. Se aplicará por el Director, previo informe fundado del Psicólogo y Equipo de Gestión, a estudiantes que no hubieren modificado su conducta a pesar de las medidas pedagógicas y hayan vulnerado muy gravemente y en forma manifiesta, las normas de la sana convivencia escolar, especialmente si incurren en conductas violentas que ocasionen perjuicios en la salud mental, psicológica o física de algún integrante de la comunidad escolar. El alumno(a) podrá rendir pruebas y exámenes en las condiciones y tiempo que determine el establecimiento. l) Cambio de apoderado y/o prohibición de ingreso al establecimiento: En caso de que el apoderado incurra en falta grave reiterada o muy grave, especialmente, aquellas relacionadas con la buena convivencia escolar, el establecimiento podrá exigir su reemplazo por un suplente, aceptando la familia a éste como nuevo representante y apoderado en el colegio y responsable del alumno(a), prohibir su ingreso al establecimiento y/o aplicar las medidas remediales que determine, fundadamente, el Comité de Convivencia. Artículo 55.- Criterios de aplicación. Atendido el carácter formativo que deben tener las sanciones o medidas, su determinación y aplicación deberán considerar los siguientes aspectos: a) Edad, etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas. b) Circunstancias personales, familiares o sociales del alumno(a). c) Naturaleza, intensidad y extensión del daño causado. d) Naturaleza, intensidad y extensión de la agresión que impliquen factores como: . Pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.

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. Carácter vejatorio o humillante del maltrato.

. Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro.

. Haber actuado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.

. Haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento. e) Conducta anterior del responsable. f) Abuso de una posición superior, sea física, moral, de autoridad u otra. g) Discapacidad o indefensión del afectado. h) Reconocer la falta, reparar el daño, o compensar el perjuicio causado antes de la formulación de la medida. i) Reiteración de conductas negativas. j) Actuar con premeditación. Toda situación no contemplada en este Reglamento será examinada y resuelta por la Dirección y el Consejo de Profesores y, en el caso de transgresiones a las normas de buena convivencia, por la Dirección y el Comité de Convivencia Escolar. Artículo 56.- De las circunstancias atenuantes Se considerarán circunstancias atenuantes: 1. Irreprochable conducta anterior. 2. Intentar reparar el mal causado o impedir sus perniciosas consecuencias. 3. Prestar o haber prestado servicios distinguidos en la Escuela. 4. Tener buen rendimiento escolar. Artículo 57.- De las circunstancias agravantes Se considerarán circunstancias agravantes: 1. Haber sido sancionado por faltas graves o menos graves. 2. Ser reincidente en hechos de la misma naturaleza. 3. Tener mal rendimiento escolar. REGLAMENTO DE BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES PÁRRAFO 1° DE LA FINALIDAD Y DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Artículo 58.- Finalidad de las normas de buena convivencia Las normas de buena convivencia escolar comprometen a todos los estamentos del establecimiento en la resolución pacífica de conflictos y tienen por finalidad: a) Regular y facilitar la interrelación armónica y respetuosa entre los miembros de la comunidad escolar. b) Permitir una formación integral de los educandos. c) Aunar criterios para la aplicación de medidas restauradoras de las normas de convivencia, con preeminencia del carácter formativo. d) Favorecer el abordaje consensuado de las distintas situaciones de conflicto o de violencia, acoso o maltrato escolar que pudieren presentarse en el establecimiento. e) Favorecer el respeto mutuo entre todos los miembros de la comunidad escolar. f) Fomentar normas o pautas de conducta de buena convivencia escolar. g) Establecer soluciones técnico-pedagógicas frente a situaciones conflictivas por el incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento. h) Establecer instancias de apelación en caso de aplicación de medidas disciplinarias. i) Investigar y poner en práctica técnicas de resolución alternativa de conflictos entre iguales para ayudar a los educandos de mayor riesgo.

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Artículo 59.- Derechos y deberes de la comunidad educativa respecto para una sana convivencia escolar. Todos los integrantes de la comunidad educativa tienen los siguientes deberes y derechos: a) Deber de promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia. Asimismo, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa, en especial, en lo referente a sus hijos o pupilos, y en el esclarecimiento de los hechos denunciados. b) Derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. PÁRRAFO 2° DE LAS OBLIGACIONES ADICIONALES

Artículo 60.- Prohibición de conductas contrarias a la sana convivencia escolar. Todos los integrantes de la comunidad educativa del establecimiento tendrán los derechos y deberes que les impone la Ley General de Educación relativos a la buena convivencia escolar, todos los cuales se presumen conocidos y se entienden formar parte integrante del presente Reglamento. Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. Artículo 61.- Protocolo de actuación complementario. La autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente, castigadas mediante un sistema gradual de sanciones. Sin perjuicio de lo anterior, si se produjere una situación que vulnere las normas de buena convivencia, el establecimiento indagará y procederá de conformidad con lo establecido en el Manual o Protocolo de Actuación sobre Convivencia Escolar. Artículo 62.- Prelación de las medidas pedagógicas. Previamente a la imposición de cualquier medida disciplinaria se aplicará a los educandos las medidas pedagógicas de carácter formativo establecidas en el presente Reglamento, a cargo del profesor de asignatura, profesor jefe, orientador u otro integrante de la Unidad Técnica Pedagógica del establecimiento o del Comité de Buena Convivencia Escolar. La búsqueda de medidas de solución a los problemas disciplinarios o de conducta del alumno, implica la participación de la familia del alumno y su compromiso de cumplir las recomendaciones del establecimiento y de los docentes respectivos. Artículo 63.- Deberes de los docentes. Con el fin de crear conciencia en los alumnos y alumnas y del rol formativo de este reglamento de convivencia escolar, los docentes deberán: a) Abordar las diferentes situaciones de discrepancia y conflictos de modo que los mismos alumnos sean protagonistas en la búsqueda de alternativas de solución. b) Generar espacios de confianza y oportunidad para facilitar a los educandos plantear sus inquietudes y posibilidades de restablecer relaciones armónicas entre personas en conflicto, y propiciar acciones de reparación por actos que pudieren cometerse en contra de la dignidad personal u honra. c) Asumir un rol modelador de los comportamientos, labor de tutoría, mediador o árbitro pedagógico, motivando negociaciones y alianzas positivas dentro de los grupos a objeto de mejorar las interrelaciones. d) Solicitar apoyo en materias de resolución de conflictos, si fuere necesario. PÁRRAFO 3° DEL COMITE DE BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR Y DEL ENCARGADO.

Artículo 64.- De la existencia del Comité de Buena Convivencia Escolar. Existirá un Comité de Buena Convivencia Escolar u otro organismo similar, que estará integrado, al menos, por: a) Un representante de cada uno de los estamentos del Colegio (Directora o quien ésta designe al efecto, un docente, un asistente de la educación y un padre y apoderado); b) Un psicólogo. c) Un orientador

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Artículo 65.- De sus atribuciones. Sin que la enunciación sea taxativa, el Comité tendrá las siguientes atribuciones: 1. Proponer o adoptar todas o algunas de las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano; 2. Diseñar e implementar planes de prevención de violencia escolar: 3. Solicitar asesoría especializada para desarrollar y/o ejecutar un programa de capacitación en convivencia escolar, cuando lo estime necesario. 4. Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar; 5. Proponer a la Dirección la designación de uno o más encargados de convivencia escolar; 6. Conocer los informes e investigaciones presentadas por el encargado de convivencia escolar; 7. Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar y a los casos que se presenten; 8. Determinar qué alumnos o alumnas requieren de apoyo para prevenir y/o superar problemas conductuales o de comportamiento. 9. Determinar, con alcance general: a) qué tipo de faltas y sanciones serán de su propia competencia b) faltas que puedan resolverse directamente por los profesores u otras autoridades del establecimiento c) procedimientos a seguir en cada caso d) sanciones que les corresponderá aplicar 10. Proponer y/o aplicar sanciones, según corresponda, en aquellos casos que se someten a su consideración. 12. Hacer seguimiento de las medidas adoptadas, cuando sea el caso. 13. Requerir información respecto del seguimiento de las estrategias implementadas y sus resultados. 14. Asesorar al Director para la acertada resolución de medidas disciplinarias, o cuando ésta lo requiera. Artículo 66.- Del funcionamiento. El Comité sesionará en forma ordinaria y extraordinaria. a) Sesiones ordinarias: Se celebrarán, a lo menos, una vez al mes, con el objeto de analizar y evaluar las relaciones de convivencia en el establecimiento, las situaciones conflictivas que se presentaren, la actuación de las instancias que hubieren intervenido, incluidas las del Comité, y si se ha dado cumplimiento al protocolo de actuación. b) Sesiones extraordinarias: Se celebrarán cada vez que la Directora lo requiera u ocurra alguna situación grave de violencia o acoso escolar, para determinar la adopción de medidas y actuaciones inmediatas que el caso amerite. De lo tratado en cada reunión se informará a los profesores jefes, de asignaturas y apoderados(as) y/o de las medidas o acuerdos que se hubieren adoptado respecto de alguno o algunos de los educandos. El Comité nombrará un(a) secretario(a) quien deberá levantar acta de cada sesión, ordinaria o extraordinaria que se celebre. El acta deberá contener: . Fecha y lugar de la sesión . Asistentes . Tabla . Análisis de situaciones puntuales, si es del caso . Acuerdos . Medidas adoptadas, si corresponde. . Nombre y firma de los asistentes. . El Comité, si lo estima necesario, podrá complementar la información solicitando más antecedentes a quien estime pertinente. Artículo 67.- Del Encargado de Convivencia Escolar. Existirá uno o más encargados de Convivencia Escolar, designado por la Dirección del establecimiento, quien deberá ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Comité de Buena Convivencia Escolar. A objeto de que el Comité desarrolle su función en forma adecuada y oportuna, el encargado de convivencia escolar o quien sea designado al efecto, deberá:

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a) Recopilar información y antecedentes necesarios, desde las diversas instancias relacionadas con el alumno de que se trate. b) Entregar, al inicio de cada sesión del Comité, un informe del profesor jefe que corresponda, individualizando a los alumnos (as), con un breve relato de la problemática generada. c) Recepcionar denuncias por infracción a normas de buena convivencia d) Investigar en los casos correspondientes e) Abrir los expedientes respectivos f) Hacer seguimiento de los acuerdos y medidas aplicadas g) Informar al Comité sobre cualquier asunto relativo a la convivencia. PÁRRAFO 4° ACTUACIONES EN CASOS DE VIOLENCIA, ACOSO Y/O MALTRATO.

Artículo 68.- Del Procedimiento General o Protocolo de Actuación en casos de violencia, acoso o maltrato. El Colegio y todo su personal se sujetarán estrictamente a lo establecido en el Manual de Procedimiento o Protocolo de actuación, en todas las accione s necesarias que deban iniciarse y ejecutarse para abordar situaciones de violencia, maltrato o acoso que se produzcan en el establecimiento. Artículo 69.- Tipos de intervención. Sin perjuicio de lo establecido en el Protocolo de actuación, en el evento de que ocurran hechos de violencia o acoso, se deben considerar las siguientes intervenciones: 1.- Intervenciones inmediatas: Toda persona adulta que presencie hechos de violencia, deberá proceder a separar a los alumnos involucrados. Asimismo, cualquier uncionario(a) del establecimiento que se encuentre en el sitio del suceso, presencie o haya sido informado de una situación de violencia o agresión, independientemente de su cargo o función, deberá comunicar el hecho al encargado o a algún miembro del Comité de Convivencia Escolar y, sin perjuicio de ello, tomar de inmediato las providencias necesarias para cautelar la seguridad de los afectados. Considerando las circunstancias de urgencia e inmediatez, está obligado a adoptar las medidas siguientes: a) Identificar a eventuales lesionados. b) Verificar y evaluar de inmediato las eventuales lesiones. Si son de carácter grave, disponer la derivación del alumno(a) a un centro asistencial. c) Contención de los involucrados (agresor, agredido y testigos). d) Registrar el evento en una bitácora diaria que existirá al efecto en Inspectoría. e) Recopilar la mayor cantidad de antecedentes que permitan las circunstancias. f) Valorar el evento ocurrido y determinar, inicialmente, si es accidental, fortuito o intencional. g) Posteriormente, informar por escrito, en el formulario existente en el plantel, al encargado de convivencia escolar, profesor jefe, y/o a la Dirección del establecimiento. El encargado de convivencia escolar investigará formalmente la situación, de conformidad con lo establecido en el Manual de Procedimientos. 2.- Intervenciones Secundarias: Corresponden al encargado de convivencia escolar o al docente designado por éste, desarrollar todas y cada una de las acciones descritas en el Manual de Procedimientos. 3.- Intervenciones Preventivas: Confección y aplicación de unidades transversales de prevención del comportamiento violento y maltrato escolar, en todos los niveles educativos y que contemplen la utilización de recursos tales como: . Elaboración de un Plan de Prevención de Violencia Escolar. . Debates . Dramatizaciones . Presentaciones digitales . Proyectos. . Información permanente a la comunidad educativa, a través de las vías más expeditas, sobre las actividades referidas a la promoción de la buena convivencia escolar. . Realización de, a lo menos, un taller anual dirigido a toda la comunidad educativa referido a convivencia escolar, ejecutado por especialistas en el tema.

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. Establecimiento de redes de apoyo con organismos de orden y seguridad, tales como Carabineros y Policía de Investigaciones (PDI.), para informar preventivamente a la comunidad educativa sobre comportamiento violento acoso, maltrato o bullying escolar y sus consecuencias. . Socialización permanente a los alumnos de los contenidos y significados del Reglamento de Convivencia escolar. . Realización de unidades de prevención de conductas violentas, maltrato o bullying en Escuela para Padres. . Acciones de seguimiento de aquellos alumnos que presenten dificultades referidas a control de impulsos y violencia. . Información al Comité de Convivencia Escolar y al Consejo Escolar de todas las actividades preventivas a desarrollar. Artículo 70.- Medidas de protección. Tribunales de Familia. Los actos de violencia o agresiones en que incurran menores de 14 años que ocasionen lesiones graves deberán ser denunciados al Tribunal de Familia competente. La Dirección, Inspector General o profesores del establecimiento, o cualquier persona que tenga interés en ello, podrá solicitar al Tribunal de Familia respectivo medidas de protección para aquellos alumnos o alumnas que hayan sido gravemente vulnerados o amenazados en sus derechos. Artículo 71.- Medidas de reparación. La resolución que ponga término a la investigación de una situación de violencia, especificará las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, u otras que la autoridad competente determine. Artículo 72.- Medidas aplicables a otros infractores. Si el responsable de la vulneración a las normas de buena convivencia escolar fuere: a) Un funcionario del establecimiento: Se aplicarán se aplicarán las disposiciones del Código del Trabajo que correspondan y todas aquellas disposiciones legales que sean aplicables, sin perjuicio de denunciar los hechos a los organismos pertinentes. b) El padre, madre o apoderado de un alumno (a): El establecimiento podrá disponer medidas tales como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso a sus dependencias. c) Sin perjuicio de lo anterior, en aquellos casos que revistan caracteres de delito, se deberá efectuar, la denuncia a los organismos pertinentes. Artículo 73.- Publicidad. El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada.

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COLEGIO FRANCISCO DE ASÍS

DECRETOS DE EVALUACIÓN Y SU ACTUALIZACION

PINTO

2015

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DECRETO EXENTO N° 511: ENSEÑANZA BÁSICA El presente Reglamento de Evaluación regirá para todos los alumnos y alumnas de Enseñanza Básica del Colegio Francisco de Asís.

Los alumnos y alumnas serán evaluados en todos los subsectores de aprendizaje del plan de estudio correspondiente, en períodos semestrales. Dentro del proceso, se considerarán diversas formas, tipo y carácter de los procedimientos evaluativos: evaluaciones diagnóstica, formativas, acumulativas, disertaciones, pruebas orales y escritas, trabajos de investigación, informes prácticos de laboratorio, guías y módulos de clases en terreno, informes de grupos, elaboración de proyectos, maquetas, dominio y aplicación de técnicas materiales e instrumentales, habilidades manuales y utilización de las Tic. INFORME DE DESARROLLO PERSONAL

Los OFT integran 5 ámbitos de desarrollo: Ámbito de crecimiento y la autoafirmación personal. Ámbito del desarrollo del pensamiento. Ámbito Formación ética. Ámbito Persona y su Entorno. Ámbito de información y comunicación. Estos informes serán entregados a los padres a fines de cada semestre. La Calificación Semestral de los alumnos y alumnas, de Primero a Octavo año Básico, se expresará en cifras, en la escala numérica de 1,0 a 7,0. CERTIFICADO DE NOTAS SEMESTRAL

El avance en los aprendizajes de los alumnos y alumnas será comunicado por escrito a los padres y apoderados mediante un informe parcial de notas en las reuniones de apoderados programadas para este fin. En el Informe final de cada semestre se registrará la nota final del semestre, ya que las notas parciales se entregan durante el semestre.

Para los efectos de la Promoción Escolar, la calificación en los diferentes Subsectores de Aprendizaje se expresará con un decimal, en la escala numérica de 1,0 a 7,0; siendo la calificación mínima de aprobación 4,0. La calificación obtenida por los alumnos y alumnas en el subsector de Religión será expresada en conceptos: MB Muy Bueno, B Bueno, S Suficiente, I Insuficiente.

La Evaluación de los OFT y del Subsector Consejo de Curso y/o Orientación no incidirá en la promoción de los alumnos/as. El Informe Personal será evaluado en conceptos: SIEMPRE, GENERALMENTE, RARA VEZ Y NUNCA.

PARA PASAR DE CURSO

a) Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los Subsectores de Aprendizaje de sus respectivos Planes de Estudio. b) Serán promovidos los alumnos y alumnas que no hubieran aprobado un Subsector de Aprendizaje, siempre que su promedio general de calificaciones corresponda a una nota 4,5 o superior. c) Serán promovidos los alumnos y alumnas que hubieran reprobado dos Subsectores de Aprendizaje. En este caso el promedio general de calificaciones deberá corresponder a una nota 5,0 o superior. Para efecto de este cálculo se considerará las calificaciones de los dos Subsectores reprobados. LA ASISTENCIA

Para ser promovidos, los alumnos y alumnas, deberán asistir al menos al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual.

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REGLAMENTO DE EVALUACION N° 112: I Y II DE ENSEÑANZA MEDIA El presente Reglamento de Evaluación regirá para todos los alumnos y alumnas de I° y II° Año de Enseñanza Media Humanístico Científica del Colegio Francisco de Asís.

Los alumnos y alumnas serán evaluados en todos los subsectores de aprendizaje del plan de estudio correspondiente, en períodos semestrales.

Dentro del proceso, se considerarán diversas formas, tipo y carácter de los procedimientos evaluativos; aplicando evaluaciones diagnóstica, formativas, acumulativas, considerando para ello diversas estrategias, entre otras: disertaciones, pruebas orales y escritas, de alternativas y de ensayo, trabajos de investigación, informes prácticos de laboratorio, guías y módulos de clases en terreno, pautas de observación y listas de cotejo, escalas de apreciación y de aptitudes, informes de grupos, elaboración de proyectos, maquetas, utilización de las Tic. INFORME DE DESARROLLO PERSONAL

Los OFT integran 5 ámbitos de desarrollo: Ámbito de Crecimiento y Autoafirmación personal. Ámbito Desarrollo del Pensamiento. Ámbito Formación Ética. Ámbito Persona y su Entorno. Ámbito Tecnologías de información y comunicación. Estos informes serán entregados a los padres a fines de cada semestre. La Calificación Semestral de los alumnos y alumnas, de I a II Medio, se expresará en cifras, en la escala numérica de 1,0 a 7,0. CERTIFICADO DE NOTAS SEMESTRAL

El avance en los aprendizajes de los alumnos y alumnas será comunicado por escrito a los padres y apoderados mediante un informe parcial de notas en las reuniones de apoderados programadas para este fin. En el Informe final de cada semestre se registrará la nota final del semestre, ya que las notas parciales se entregan durante el semestre.

Para los efectos de la Promoción Escolar, la calificación en los diferentes Subsectores de Aprendizaje se expresará con un decimal, en la escala numérica de 1,0 a 7,0; siendo la calificación mínima de aprobación 4,0. La calificación obtenida por los alumnos y alumnas en el subsector de Religión será expresada en conceptos: MB Muy Bueno, B Bueno, S Suficiente, I Insuficiente. La Evaluación de los OFT y del Subsector Consejo de Curso no incidirá en la promoción de los alumnos y alumnas. El Informe Personal será evaluado en conceptos: SIEMPRE, GENERALMENTE, RARA VEZ Y NUNCA.

PARA PASAR DE CURSO

a) Serán promovidos los alumnos y alumnas de I° y II° año de Enseñanza Media Humanístico Científica que hubieran aprobado todos los subsectores de Aprendizaje de sus respectivos Planes de Estudio. b) Serán promovidos los alumnos y alumnas que no hubieran aprobado un Subsector de Aprendizaje, siempre que su promedio general de calificaciones corresponda a una nota 4,5 o superior. Para efecto de este cálculo se considerará la calificación del subsector de aprendizaje no aprobado. c) Serán promovidos los alumnos y alumnas que hubieran reprobado dos Subsectores de Aprendizaje. En este caso el promedio general de calificaciones deberá corresponder a una nota 5,0 o superior. Para efecto de este cálculo se considerará las calificaciones de los dos Subsectores reprobados. LA ASISTENCIA

Para ser promovidos, los alumnos y alumnas, deberán asistir al menos al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual.

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REGLAMENTO DE EVALUACION N° 83: 3° Y 4° MEDIO CH Y TP El presente Reglamento de Evaluación regirá para todos los alumnos y alumnas de III° y IV° Año de Enseñanza Media ambas modalidades del Colegio Francisco de Asís.

Dentro del proceso, se considerarán diversas formas, tipo y carácter de los procedimientos evaluativos; aplicando evaluaciones diagnóstica, formativas, acumulativas, considerando para ello diversas estrategias, entre otras: disertaciones, pruebas orales y escritas, de alternativas y de ensayo, trabajos de investigación, informes prácticos de laboratorio, guías y módulos de clases en terreno, pautas de observación y listas de cotejo, escalas de apreciación y de aptitudes, informes de grupos, elaboración de proyectos, maquetas, dominio y aplicación de técnicas materiales e instrumentales, habilidades manuales y utilización de las Tic. INFORME DE DESARROLLO PERSONAL

Ámbito de Crecimiento y Autoafirmación personal. Ámbito Desarrollo del Pensamiento. Ámbito Formación Ética. Ámbito Persona y su Entorno. Ámbito Tecnologías de información y comunicación. Estos informes serán entregados a los padres a fines de cada semestre. CERTIFICADO DE NOTAS SEMESTRAL El avance en los aprendizajes de los alumnos y alumnas será comunicado por escrito a los padres y apoderados mediante un informe parcial de notas en las reuniones de

apoderados programadas para este fin. En el Informe final de cada semestre se registrará la nota final del semestre, ya que las notas parciales se entregan durante el semestre.

Para los efectos de la Promoción Escolar, la calificación en los diferentes Subsectores o Módulos de Aprendizaje se expresará con un decimal, en la escala numérica de 1,0 a 7,0; siendo la calificación mínima de aprobación 4,0. La calificación obtenida por los alumnos y alumnas en el subsector de Religión será expresada en conceptos: MB Muy Bueno, B Bueno, S Suficiente, I Insuficiente.

La Evaluación de los OFT y del Subsector Consejo de Curso y Orientación no incidirá en la promoción de los alumnos y alumnas. El Informe Personal será evaluado en conceptos: SIEMPRE, GENERALMENTE, RARA VEZ Y NUNCA. PARA PASAR DE CURSO a. Serán promovidos los alumnos y alumnas de III° y IV° año de Enseñanza Media, ambas modalidades, que hubieran aprobado todos los subsectores o Módulos de Aprendizaje

de sus respectivos Planes de Estudio. b. Serán promovidos los alumnos y alumnas que no hubieran aprobado un Subsector o Módulo de Aprendizaje, siempre que su promedio general de calificaciones corresponda a una nota 4,5 o superior. Para efecto de este cálculo se considerará la calificación del subsector de aprendizaje no aprobado. c. Serán promovidos los alumnos y alumnas que hubieran reprobado dos Subsectores o módulos de Aprendizaje. En este caso el promedio general de calificaciones deberá corresponder a una nota 5,0 o superior. Para efecto de este cálculo se considerará las calificaciones de los dos Subsectores o módulos reprobados. d. No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si entre los dos Subsectores reprobados se encontrare Lengua Castellana y Comunicación Y/O Matemática, los alumnos de estos niveles serán promovidos siempre que su calificación final sea igual o superior a un 5,5 considerando para el promedio de calificaciones las notas de los Subsectores reprobados.

e. Los alumnos del Área Técnica no podrán ser eximidos de ningún Módulo de Aprendizaje. LA ASISTENCIA

Para ser promovidos, los alumnos y alumnas, deberán asistir al menos al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. Siendo obligatoria la asistencia al 100% de los talleres prácticos de Aprendizaje en el Área Técnica.

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ANEXO DE LAS NORMAS COMPLEMENTARIAS DE EVALUACION Y PROMOCIÓN ESCOLAR, AÑO 2015

Las siguientes normas, tomadas de común acuerdo en el Consejo de Profesores, complementan las normativas establecidas en los decretos 511,112 y 83, vigentes. ARTICULO N° 1 : Uso del Syscol para ingresar notas oficiales e informes en el semestre y anuales.

El Colegio junto con registrar las evaluaciones semestrales en el Leccionario, oficialmente informa a los Padres y Apoderados y entrega los Informes parciales y semestrales de notas a través del sistema On Line Syscol. Para ello, cada docente tiene acceso a través de una clave personal, siguiendo las instrucciones de la Unidad Técnico Pedagógica. La última semana de cada mes del año lectivo, los Docentes deberán actualizar las evaluaciones, a medida que se desarrolle el semestre correspondiente y el proceso final en Diciembre. Es responsabilidad de cada Profesor de Subsector registrar las notas en los plazos indicados por la Unidad Técnico Pedagógica. ARTICULO N° 2 : El número de evaluaciones semestrales por asignatura:

El número de calificaciones semestrales será de acuerdo al

número de horas de cada Subsector de aprendizaje:

Nº HORAS SUBSECTOR

MINIMO NOTAS SEMESTRALES

1 2

2 3

3 4

4 5

5 5

6 5

7 5

8 5

ARTICULO N° 3 : Calendario de Evaluaciones.

Como una forma de articular las actividades educativas, formativas y celebraciones del Calendario Escolar, cada nivel y curso dispondrá de un calendario de evaluaciones semestral, considerando, al menos 3 fechas en el mes por subsector, entre sumativas, trabajos y controles de lectura. Este calendario deberá estar diseñado por los Docentes durante los primeros 15 días desde el inicio del Año Escolar, cautelando no planificar más de dos evaluaciones en un mismo día o la celebración de una efeméride nacional o comunal, fechas Mineduc (Simce), Ensayos PSU, entre otras. El calendario quedará registrado en el Leccionario y publicado en el diario mural de cada curso. Los eventuales cambios se harán de común acuerdo con los cursos correspondientes.

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ARTICULO N° 4 : La evaluación de los Talleres de la Jornada Escolar Completa.

Los Talleres de la Jornada Escolar Completa serán evaluados semestralmente por Notas y Conceptos de acuerdo a la naturaleza del taller. Estas evaluaciones no inciden en la promoción escolar, constituyen un insumo para evaluar el desempeño de los estudiantes. La cantidad de evaluaciones y el modo de consignarlas en el Leccionario y en el sistema On Line Syscol es el siguiente:

NIVELES TALLERES HORAS N° NOTAS ARTICULACION CON SUBSECTOR

EVALUACION

1º a 4º BÁSICO

Iniciación al Inglés Divertinúmeros Desarrollo de la afectividad Taller Electivo

2 2

0.5 2

3 3 2 3

Lenguaje Matemática Orientación Artes u otro

1 a 7 1 a 7 Conceptos: MB, B,S, I 1 a 7

5º a 8º BASICO

Proyecto lector Formación Personal Informática aplicada Taller Electivo

1 1

2 2

2 2

3

3

Lenguaje Orientación Matemática Artes u otro

1 a 7 Conceptos: MB, B,S, I 1 a 7 1 a 7

1° y 2° Medio

Proyecto lector Deportes Formación humana Taller electivo

1 2

1

2

2 3

2

3

Lenguaje Educ. Física Orientación Artes u otro

1 a 7 1 a 7 Conceptos: MB, B,S, I 1 a 7

3º y 4º MEDIO C.H.

Proyección lenguaje Proyección matemática Deportes

2

2

2

3

3

3

Lenguaje Matemática Educ. Física

1 a 7 1 a 7 1 a 7

3º y 4º MEDIO T.P.

Organización de curso Protocolo Ética y Religión

1

1 2

2

2 3

No aplica Conceptos: MB, B,S, I Conceptos: MB, B,S, I Conceptos: MB, B,S, I

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ARTICULO N° 5: La evaluación formativa.

Todas las instancias de evaluación de formato escrito necesitan de una preparación que culmina con la aplicación de un instrumento elaborado con esos fines. Parte fundamental de esta preparación es la “prueba formativa”, la que debe hacerse la clase anterior a la aplicación formal. La prueba formativa debe ser breve y revisada junto a los estudiantes,

como una última instancia de retroalimentación de los contenidos evaluados en ella. Las asignaturas relacionadas con esta evaluación son aquellas que tienen medición SIMCE. ARTICULO N° 6: Las notas limítrofes (Decretos N° 511, N° 112 y Nº 83, según corresponda).

Son consideradas Notas Limítrofes las Calificaciones Insuficientes obtenidas por el alumno cercano a la nota de aprobación o promoción. Se señala lo anterior debido a que la utilización del SIGE (Sistema de Información General del Estudiante) toma en consideración esta variable, a modo de sugerencia, por lo que:

a) Promedios Semestrales o Anuales cercano a la nota 4.0 (3,85 - 3,95). b) Promedios Generales cercano a un 4,5 (4,45-4,49) en el caso de una Asignatura Reprobada.

Promedios Generales cercano al Promedio 5.0 (4,85 a 4,95) en el caso de dos Asignaturas Reprobadas. c) Promedios Generales cercano al Promedio 5.5 (5,45 a 5,49) en el caso de dos Asignaturas Reprobadas.

En estos casos, el alumno rendirá una Prueba de Síntesis, diseñada por los Profesores de los Subsectores comprometidos, con los contenidos fundamentales de la(s) Asignatura(s) en conflicto, con un 60% de exigencia, a más tardar, dos días antes del término del Periodo Escolar para los alumnos/as. Al aprobar, el alumno obtendrá como Promedio Final, un 4.0. De reprobar, quedará con el Promedio 3.9, 4.4 ó 4.9, guardando la Prueba como evidencia del proceso de atención de “nota limítrofe” terminado.

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CENTRO GENERAL DE PADRES Y APODERADOS DESCRIPCION

El Centro General de Padres y Apoderados e su organismo que representa a los padres y apoderados del Colegio ante la Dirección del establecimiento y sus objetivos serán los siguientes: OBJETIVO GENERAL

Desarrollar el Plan Anual, organizado y autorizado por la asamblea conformada por los delegados (as) de cada curso, acorde con el Proyecto Educativo Institucional y los postulados de la Iglesia Católica. OBJETIVOS ESPECIFICOS

1. Vincular estrechamente el hogar de los alumnos/as con el Colegio y buscar estrategias, a través de los integrantes de éste, a que se mantengan y perfeccionen sus hábitos, actitudes e ideas que hacen posible su educación.

2. Apoyar la labor del Colegio, interesándose por su prestigio moral y prosperidad en materiales educativos. 3. Mantener, mediante reuniones y acciones periódicas, un vínculo permanente con la Dirección del establecimiento, para el cumplimiento de sus objetivos.

ASESORIAS

Directivos del establecimiento. FUNCIONES DEL CENTRO DE PADRES

1. Dirigir la Directiva General, de acuerdo a sus fines y funciones en la adquisición y administración de recursos. 2. Representar al centro de Padres ante la Dirección del establecimiento, la comunidad escolar y demás organismos con los que le correspondiera vincularse. 3. Elaborar el Plan Anual y difundirlo entre los cursos. 4. Convocar a reuniones de Asamblea General y del Consejo de Delegados de Curso. 5. Informar a la Dirección del desarrollo del Plan Anual de Trabajo, de las inquietudes e intereses de los padres, en torno a la marcha de los procesos educativos y formativos

del Colegio. 6. Elaborar informes, balances y rendiciones de cuentas, para ser informados en el Consejo de Delegados y en la Asamblea General, con los respaldos y documentos

pertinentes. 7. Participar, a través de su Presidente/a en el Consejo escolar y Comité de Convivencia escolar del establecimiento.

PLAN DE TRABAJO 2015

1. Reunión, al menos, una reunión mensual. 2. Participación en reuniones, actos, eventos artístico, culturales y retiros espirituales. 3. Atención de casos sociales, luto de apoderados y personal del Colegio. 4. Obtención de recursos económicos, con la finalidad de colaborar con la mantención de la infraestructura del Colegio.

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CENTRO DE ALUMNOS/AS DESCRIPCION

Los alumnos/as del Colegio están organizados en el Centro de Estudiantes, agrupación con reconocimiento escolar, mediante el Decreto Nº 425 con la finalidad de desarrollar actividades que complementen la formación cívica y recreativa de estudiantes y apoyar la gestión escolar de la institución que los educa, bajo la cariñosa compañía de la Iglesia Católica.. OBJETIVO GENERAL

Desarrollar el Plan Anual, organizado y autorizado por la asamblea conformada por los delegados (as) de cada curso y Directiva General. OBJETIVOS ESPECIFICOS

1. Organizar a los estudiantes del Colegio, a través de la formación y representación de los Delegados de cada curso, desde 5º Básico a 4º Medio. 2. Desarrollar un Plan Anual de formación de los directivos de cada curso y Centro General, con la finalidad de afianzar los liderazgos para el logro de los objetivos

institucionales. 3. Desarrollar actividades de beneficio económico, con la finalidad de financiar las actividades del Plan Anual. 4. Propiciar encuentros de los alumnos/as, para establecer lazos de convivencia que permitan una expedita comunicación y relación de ayuda solidaria en ámbitos como:

recreación, formación cívica y apoyo al Colegio. 5. Participar en una capacitación en torno al tema de liderazgo: técnicas manejo grupal, organización y gestión grupal, diseño de proyectos, etc.

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COMITÉ DE CONVIVENCIA ESCOLAR El Comité de Sana Convivencia Escolar es una acción concreta para que se difunda correcta, oportuna y eficientemente sobre las normas de convivencia escolar, los planes

institucionales relativos a ella y el tratamiento de situaciones conflictivas, específicamente de Bullying. Tendrá carácter consultivo, puesto que toda instancia resolutiva la propone el Reglamento de Convivencia Escolar, donde el último responsable es la Dirección del Establecimiento.

META:

Lograr que en la comunidad educativa se viva en un ambiente de sana convivencia escolar, donde todos se valoren como personas, donde se respeten los derechos y se tome conciencia de los deberes que les corresponda, según al estamento al que pertenezca. Que se dé un clima educativo donde se cultiven los valores que se promueven en el Proyecto Educativo Institucional, para favorecer los aprendizajes de los alumnos(as).

2. OBJETIVOS Y ACCIONES VINCULADAS A LA CONVIVENCIA ESCOLAR, A NIVEL DE GESTIÓN.

META: Lograr que en la comunidad educativa se viva en un ambiente de sana convivencia escolar, donde todos se valoren como personas, donde se respeten los derechos y se

tome conciencia de los deberes que les corresponda, según al estamento al que pertenezca. Que se dé un clima educativo donde se cultiven los valores que se promueven en el Proyecto Educativo Institucional, para favorecer los aprendizajes de los alumnos(as): Marzo: respeto, disciplina Abril: autocuidado, responsabilidad Mayo: amistad,tolerancia Junio: ecología, respeto por la naturaleza Julio: perseverancia, armonía Agosto: solidaridad, compañerismo Septiembre: patriotismo, compromiso con el Colegio Octubre: espíritu de servicio, la familia Noviembre: vocación, paz Diciembre: fe, esperanza

OBJETIVO 1: Realizar charlas informativas, a los alumnos(as) apoderados y profesores, sobre temas que obstaculizan la buena convivencia escolar.

OBJETIVO 2: Crear instancias de reflexión y fortalecimiento de la buena convivencia escolar basada en los valores del Evangelio.

OBJETIVO 3. Realzar los valores patrios fortaleciendo la identidad cívica cultural.

OBJETIVO 4. Reflexionar sobre la vivencia de los valores humanos y cristianos: respeto, disciplina, autocuidado, responsabilidad, amistad, tolerancia, ecología, respeto por la naturaleza, perseverancia, armonía, solidaridad, compañerismo, patriotismo, compromiso con el Colegio, espíritu de servicio, la familia, vocación, paz, fe, esperanza.

OBJETIVO 5: Reflexionar y analizar el Reglamento de Convivencia Escolar en los diferentes estamentos.

OBJETIVO 6: Detectar situaciones puntuales conflictivas que estén afectando a la buena convivencia escolar.

OBJETIVO 7: Incentivar a los alumnos (as) para el incremento de su autoestima y descubran sus habilidades y talentos personales.

OBJETIVO 8 : Crear una cultura hábitos de estudio, de cuidado, autocuidado y valoración de la persona en la Comunidad Educativa.

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COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD (DS Nº 54)

De acuerdo con la legislación vigente, se organizará el Comité Paritario de Higiene y Seguridad compuestos por representantes de los trabajadores y representantes de la Dirección y/o Administración del Colegio; cuyas decisiones, adoptadas en el ejercicio de las atribuciones que les encomienda la Ley N° 16.744, serán obligatorias para el Colegio y los trabajadores. El Comité Paritario está integrado por tres representantes de la Dirección y/o Administración del Colegio y tres representantes de los trabajadores. Por cada miembro se designará, además, otro de carácter suplente. La designación o elección de miembros integrantes de los Comités Paritarios se efectuará en la forma que establece el Decreto Nº 54 de fecha 21 de febrero de 1969 del Ministerio del Trabajo y Prevención Social, y sus modificaciones posteriores. Para ser elegido miembro representante de los trabajadores se requiere:

a) Tener más de 18 años. b) Encontrarse actualmente trabajando en el Colegio y haber permanecido en éste un año como mínimo. c) Saber leer y escribir. d) Acreditar haber asistido a un curso de orientación de prevención de riesgos profesionales dictados por el Servicio Nacional de Salud u otros organismos administradores.

Si no contara con este curso, deberá asistir y aprobar uno autorizado por el Servicio Nacional de Salud, a la brevedad posible. Tanto la Dirección y/o Administración del Colegio como los trabajadores deberán colaborar con el Comité Paritario, proporcionándole las informaciones que requiera, relacionadas con las funciones que les corresponde desempeñar. El Comité Paritario deberá reunirse, en forma ordinaria, una vez al mes, pero podrá hacerlo en forma extraordinaria a petición conjunta de un representante de los trabajadores y uno de la Dirección y/o Administración del Colegio, o cuando el Organismo Administrador del Seguro lo requiera. Las reuniones del o los Comités Paritarios se efectuarán dentro de la jornada laboral, considerándose como trabajo, el tiempo en ellas empleado. Por decisión de la Dirección y/o Administración del Colegio, las sesiones podrán ejecutarse fuera del horario establecido, pero en tal caso, el tiempo ocupado en ellas, será considerado como extraordinario, para los efectos de su remuneración. Para las reuniones del o los Comités Paritarios, la adopción de sus acuerdos y todo lo que no está contemplado en el presente Reglamento, el Comité Paritario deberá atenerse a lo dispuesto en el Decreto Nº 54, antes singularizado y en la Ley 16.744. Comité Paritario de Higiene y Seguridad (D.S. Nº 54, de 1969, de Trabajo y Previsión Social Ley 16.744), al cual le corresponderá asesorar y desarrollar las siguientes acciones mínimas, sin perjuicio de las demás que la ley y reglamento le imponen: a) Asesorar e instruir a los funcionarios sobre las normas de prevención de riesgos y la correcta utilización de los elementos de protección. b) Informar al personal de los métodos de trabajo correctos para evitar y prevenir accidentes y enfermedades profesionales. c) Vigilar y requerir el cumplimiento de las medidas de prevención, higiene y seguridad, tanto por parte del Colegio como de los trabajadores. d) Promover la capacitación profesional y entrenamiento de los trabajadores, mediante cursos de adiestramiento. e) Informar al personal de los riesgos inherentes a sus trabajos, tanto al incorporarse el trabajador al Colegio, como durante el tiempo que permanezca en funciones, mediante instrucciones verbales o por escrito. f) Mantener la infraestructura del lugar de trabajo en condiciones que no presenten riesgos para la integridad física y la salud personal del trabajador. g) Indicar la adopción de todas las medidas de prevención adecuadas para evitar accidentes o enfermedades profesionales en el desempeño de sus labores, en las oportunidades y condiciones antes indicadas. h) Investigar las causas de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales que se produzcan en el Colegio. i) Determinar si hubo negligencia inexcusable del funcionario en caso de accidentes o enfermedades profesionales. j) Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el Organismo Administrador del Seguro.

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COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR

1.- FUNDAMENTACIÓN

Un Plan Integral De Seguridad Escolar constituye el ordenamiento, la disposición de acciones y elementos necesarios para alcanzar un propósito. Este plan, como su denominación lo indica, tiene por propósito reforzar las condiciones de seguridad de la Comunidad Escolar. Pensando en la salud y seguridad de sus alumnos (as) y funcionarios (as) ha dispuesto el siguiente Plan Integral de Seguridad Escolar, con la finalidad de hacer frente a situaciones peligrosas y ayudar a que las personas no sufran daño alguno. 2.- OBJETIVOS DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR 2.1. Objetivo General

Establecer un plan de emergencia dentro del establecimiento Francisco De Asís, que proporcione a la comunidad escolar un efectivo ambiente de seguridad mientras cumplen con sus actividades formativas o laborales. 2.2. Objetivos Específicos

Fomentar en los alumnos y alumnas conciencia de la importancia de la prevención de riesgos en el medio que se desenvuelven a diario.

Generar en la comunidad educativa una actitud de autoprotección, teniendo por sustento la RESPONSABILIDAD COLECTIVA DE SEGURIDAD

Capacitar a la totalidad de las personas asociadas al establecimiento, alumnos, profesores, asistentes de la educación, administrativos, casino, biblioteca y fotocopias. En distintos temas dependiendo de la acción a realizar en la emergencia.

Informar permanentemente a toda la comunidad educativa de las acciones que se realizan para poner en práctica el Plan de seguridad. 3. ALCANCE

Este plan de emergencia se aplicara a todas las personas y áreas que componen el colegio francisco de asís. El que estará enfocado en todas las posibilidades de que ocurra un accidente en el establecimiento ya sean causados por la persona u origen natural. 4. CONSTITUCION DEL COMITÉ DE SEGURIDAD

Un Plan constituye el ordenamiento, la disposición de acciones y elementos necesarios para alcanzar un propósito. Este nuevo Plan Integral de Seguridad Escolar, como su denominación lo indica, tiene por propósito reforzar las condiciones de Seguridad de la comunidad escolar, por lo que deberán trabajar en equipo: Alumnos, Padres y Apoderados, Directivos y Profesorado del Establecimiento, asumiendo las responsabilidades y funciones que les corresponden. 4.1 Misión del Comité de Seguridad

La Misión del Comité es coordinar a toda la comunidad escolar del Establecimiento, con sus respectivos estamentos, a fin de ir logrando una activa y masiva participación en un proceso que los compromete a todos, puesto que apunta a su mayor seguridad y, por ende, a su mejor calidad de vida. 4.2 Funciones de los integrantes del Comité de Seguridad

A continuación se presentan las funciones y actividades de los integrantes del Comité de Seguridad Escolar.

Directivos Superiores. Función: Promover y dirigir el proceso de diseño y actualización permanente del Plan Específico de Seguridad Escolar del Establecimiento.

1. Informar a la Comunidad Escolar sobre el Plan de Seguridad Escolar.

Convocar a reunión de profesores y personal administrativo. Llamar a reunión de padres y apoderados. Informar a los alumnos. Incentivar la atención sobre el tema, dada su incidencia prioritaria en la calidad de vida de todos los estamentos de la unidad

educativa.

2. Conformar y presidir el Comité de Seguridad Escolar.

Informar e invitar formalmente a la ceremonia constitutiva a representantes locales de organizaciones de Protección Civil, co n poder decisión de: Bomberos, Carabineros, Salud publica

Solicitar, en forma separada, a las unidades del sector, de Carabineros, Bomberos y Salud, apoyo en la evaluación del plan de seguridad dispuesto por el comité de seguridad.

3. Establecer y mantener una permanente coordinación

Mantener una nómina actualizada de los integrantes del Comité de Seguridad Escolar. Crear un sistema de información periódica de las actividades y resultados del Comité de Seguridad Escolar.

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con los integrantes del Comité de Seguridad Escolar.

Invitar a reuniones periódicas de trabajo. Integrar, como actividades propias del mismo Comité sistemas de Prevención de drogadicción, Prevención de accidentes de

tránsito, Promoción de la Salud, etc.

4. Aplicar, evaluar y probar el Plan de Seguridad Escolar.

Enviar una copia del Plan a las autoridades de educación pertinentes. Elaborar encuestas de evaluación sobre la marcha del proceso y sus resultados por etapas Diseñar simulacros para verificar la planificación o programa de respuesta, con la asesoría del Comité de Seguridad Escolar.

6. Corregir y actualizar permanentemente el Plan de Seguridad Escolar.

Reunirse con el Comité de Seguridad Escolar para actualizar las evaluaciones sobre riesgos y recursos en la unidad educativa y entorno.

PROFESORES. Función: Enseñar a los alumnos a reconocer los riesgos y recursos en la unidad educativa y su entorno, para que participen en el proceso de

detección, y para la promoción de mejores condiciones de seguridad en sus propios hogares. Concientizar al alumnado de la importancia del conocimiento del plan y de sus responsabilidades para el optimo funcionamiento del plan.

ALUMNOS. Función: Asumir el riesgo como realidad modificable, para lo cual todo esfuerzo personal para una mejor seguridad colectiva, es válido desde la más temprana edad.

PADRES Y APODERADOS. Función: Colaborar activamente en todo el proceso de detección de riesgos y recursos en la unidad educativa y de Planificación de la Seguridad Escolar, proyectando la gestión al entorno familiar.

1. Difundir a los alumnos y

apoderados el plan de

seguridad.

Entregar a los Alumnos (as) de su curso, las instrucciones del presente Plan de Seguridad Escolar, para hacer más expedita las

operaciones de simulacro o realidad en la evacuación hacia la Zona de Seguridad del Establecimiento. (Profesores Jefes).

Liderar ante el curso que esté a cargo en el momento del evento la operación de evacuación hacia la Zona de Seguridad, debe ser el último

en salir de la sala de clases. (docentes).

Portar el libro de clases y verificar la presencia de todos los alumnos presentes el día del evento, en la Zona de Seguridad. (docentes).

Controlar y cuidar a los alumnos (as) durante la evacuación y en la Zona de Seguridad, evitando que estos conversen y/o generen desorden.

(docentes).

Reportar al Coordinador de Emergencia los Alumnos (as) heridos durante el evento

Retornar a la sala de clase siempre y cuando el Coordinador de Emergencia lo indique, con el curso respectivo y verificar que todos

los alumnos hayan regresado con él. Debe volver a pasar la lista. (docentes)-

Entregar los alumnos a sus padres en caso que el Coordinador de Emergencia lo disponga, esto dependerá de la magnitud de la emergencia.

2. Participar en capacitación

Participar en capacitación sobre detección de riesgos y recursos, de acuerdo a la metodología AIDEP. Participar en capacitación sobre la metodología ACCEDER para elaborar un plan de respuesta para casos de emergencia.

1. Distinguir riesgos y recursos. Buscar ejemplos de riesgos y explicar cada uno de ellos. Escribir un trabajo sobre una emergencia vivida o conocida. Reconocer en ella claramente los riesgos y recursos utilizados pa ra

superarla.

2. Ejecutar de forma responsable el plan de seguridad.

Conocer y ejecutar el plan de seguridad, reconociendo la importancia de su participación activa en la determinación de riesgo s, ejercitación y actualización del plan.

1. Integrar el Comité de Seguridad Escolar.

Nominar representantes de los distintos niveles de cursos, según la realidad del establecimiento. Aportar la visión de la familia frente a la seguridad en el establecimiento y entorno.

2. Participar en el proceso de identificación de riesgos y recursos.

Los padres y apoderados elaborarán una lista de los riesgos y recursos en la unidad educativa y su entorno.

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5.- PLANIFICACIÓN INTEGRAL DE SEGURIDAD

Se basará en la realización de dos programas:

Programa de Prevención y Mitigación de Emergencias.

Programa de Respuesta ante Emergencias (Metodología ACCEDER)

5.1 Programa de Prevención y Mitigación de Emergencias.

Objetivo

Evaluación de plan de emergencia será con el propósito de implementar la seguridad en el establecimiento Francisco de Asís y a su vez informar a los alumnos y docentes de cómo actuar y que hacer frente a una emergencia. APLICACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD ESCOLAR.

Programa de Respuesta ante Emergencias (Metodología ACCEDER). Cualquiera sea la situación de emergencia el proceder será el que se específica a continuación:

I.- ALARMA DE PLAN DE EVACUACIÓN.

En caso de cualquier emergencia se escuchará una sirena exclusiva que corresponderá a toques de timbre intermitente más de 6 veces continuas, para señalar la ocurrencia de un evento y toda persona que se encuentre en el Establecimiento Educacional deberá concurrir a la Zona de Seguridad de no haber electricidad la señal será dada por con continuos toque de campana. Sólo estando todas las personas en la Zona de Seguridad se impartirán las instrucciones a seguir, estas las dará el Coordinador de Seguridad. II.- MODALIDAD DE EVACUACIÓN-

Se interrumpen en forma inmediata cualquier actividad que se esté realizando.

Toda evacuación de las dependencias del Colegio debe conducir a las personas hacia la Zona De Seguridad.

Toda persona que se encuentre en el Establecimiento Educacional al momento de ocurrir un evento (simulado o real) debe concurrir a la Zona de Seguridad en forma rápida y tranquila. Los Alumnos deben hacerlo sin ningún elemento en sus manos.

Una vez concurrido el evento (simulado o real) el Comité de emergencia mediante el Coordinador de Emergencia verificará que existen las condiciones para volver a las actividades normales o dispondrá la evacuación externa del Colegio.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

1.- PROCEDIMIENTO EN SISMO.

Los profesores (as) mantendrán la calma y alertarán a los alumnos (as), evitando el pánico y procederán a evacuar las dependencias dirigiéndose a la Zona de Seguridad.

Toda persona debe procurar alejarse de las ventanas mientras se procede a la evacuación de las dependencias.

Las puertas de las salas de clases deben ser abiertas por el alumno (a) que haya determinado el profesor jefe del curso respectivo.

Los alumnos (as) deberán concurrir a la Zona De Seguridad sin portar objeto alguno y ubicarse en los lugares que han sido designado por el Coordinador de Seguridad.

El trayecto hacia la Zona de Seguridad deberá realizarse con paso rápido, sin hablar, correr ni gritar. Ningún alumno (a) podrá devolverse a su sala sin la autorización del Coordinador y en compañía del Profesor encargado en el momento del evento.

Si el Sismo sorprende a alguien en algún lugar del Colegio que no sea tu sala de clases o durante los recreos u horarios de entrada o salida de clases, debes dirigirte a la Zona de Seguridad del Establecimiento y esperar las instrucciones del Coordinador de Seguridad.

Ed. Física: Los cursos que se encuentren realizando su clase en patio, deben acudir en forma ordenada a su zona de seguridad a cargo del profesor de asignatura. Si se

encuentran en el gimnasio, evacuar por sector de los camarines, pegados a la pared hacia la zona de seguridad.

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Salas de Profesores: Los profesores que se encuentren en esta sala al momento de iniciarse un siniestro o emergencia, deberán acudir en apoyo de los cursos en los

que sean profesores jefes en caso que el siniestro se produzca en horario de recreo o colación o en su defecto apoyar la evacuación por las escalas de los diferentes cursos, hacia la zona de seguridad.

Biblioteca: La bibliotecaria y los profesores son los encargados de mantener el orden de los estudiantes que se encuentren haciendo uso de este servicio. Una vez

terminado el movimiento telúrico, esperará la señal de evacuación si es que esta se diera. Y se ubicarán en zona de seguridad según corresponda al curso.

Sala de Computación: El profesor a cargo del curso, cortará el suministro de energía eléctrica al momento de iniciarse el sismo, se ubicará en la puerta de la sala,

abriendo éstas y no dejando salir a ningún estudiante. Mantendrá la calma de los estudiantes que en ese momento se encuentren ahí. Una vez terminado el movimiento telúrico, esperará la señal de evacuación si es que esta se diera. Y se ubicará en zona de seguridad según corresponda al curso.

Laboratorio de ciencias: El profesor que esté haciendo uso de esta sala, cortará el suministro de energía eléctrica y/o gas. Al momento de iniciarse el sismo se ubicará

en la puerta de la sala, abriendo éstas y no dejando salir a ningún estudiante. Mantendrá la calma de los estudiantes que en ese momento se encuentren ahí, alejándolos de la estanterías con productos químicos.

Zona de Educación Parvularia:En caso de SISMO los estudiantes deben permanecer en sus respectivas salas acompañados de sus Educadoras y técnicas, alejando a

los estudiantes de las zonas de ventanas, para posteriormente ser evacuados hacia su zona de seguridad, agrupándolos en el centro de la sala.

Una vez terminado el movimiento telúrico, esperará la señal de evacuación si es que esta se diera. Y bajará a su zona de seguridad en el patio.

2.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCENDIO

La persona que detecte un siniestro de esta característica deberá dar aviso al profesor más cercano que encuentre en ese momento.

Se deberá dar aviso en inspectoría de la ocurrencia del siniestro, quien dará la alarma de evacuación, quien deberá dar aviso a agentes externos (bombero, carabineros y asistencia pública de salud, en caso necesario).

Una vez dada la alerta de incendio se debe proceder a evacuar las dependencias del establecimiento y dirigirse hacia la Zona de Seguridad siguiendo los pasos indicados en caso de Sismo.

Si por causa del siniestro se ve imposibilitado de llegar a la Zona de Seguridad debe dar aviso a la persona que se encuentre cercana a usted y fuera de peligro, para que esta de aviso al Coordinador de Seguridad y se proceda a efectuar su evacuación.

Alejarse lo más posible del lugar amagado y mantener la calma.

Sólo podrán accionar los elementos de seguridad para estos casos (extintores y red húmeda las personas autorizadas y designadas para tal efecto). Si ve personas atrapadas en el lugar del siniestro de aviso de inmediato al Coordinador de Seguridad, no trate de actuar por sí solo.

3.-PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE

Acudir al lugar del accidente, mantener la calma, e informar a inspectoría o profesor responsable. Revisar al accidentado, determinar la gravedad del accidentado.

Si es de menor gravedad, prestar los primeros auxilios en el establecimiento, informar al profesor jefe y/o al apoderado.

Llamar a la asistencia pública para traslado y atención médica oportuna, quien determinara las acciones de atención.

En el colegio deben estar registrados todos los datos del alumno, así como los números telefónicos de sus tutores que serán para avisar en caso de un accidente.

Tener especial atención en los alumnos que con problemas crónicos o cuidados especiales (alergias, afecciones, etc.) los profesores y dirección deben conocer estos casos particulares.

Contar con los números de emergencias del lugar más próximo.

Para el traslado del accidentado, se debe esperar al servicio de ambulancia, a menos que ellos indiquen pertinente el traslado de la persona al centro de urgencia.

Constar con un botiquín de emergencias y que este se encuentre en un lugar visible, seguro y estar bien abastecido con todo lo necesario para una rápida actuación.

4.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE TEMPORALES DE VIENTO.

Dependiendo de la magnitud del temporal y los riesgos a los que se exponen las personas, el Comité de Seguridad adoptará el procedimiento a seguir, no

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permitiendo que los alumnos salgan de las salas de clases ya que esto aumenta el riesgo de accidente.

El Comité de Seguridad se contactará con las autoridades pertinentes con el fin de acatar las instrucciones comunales. 5.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE ARTEFACTO EXPLOSIVO.

Al detectarse algún artefacto de carácter sospechoso dentro o en las inmediaciones del Colegio se debe dar aviso de inmediato al Comité de Seguridad.

El Coordinador de Seguridad deberá dar aviso a los organismo pertinente (carabineros, P.D.I.), para la evaluación del artefacto y posterior desactivación si correspondiese, quienes informaran la necesidad de evacuación parcial o total del establecimiento.

6.- PROCEDIMIENTOS DE SEGURIDAD EN EVENTOS MASIVOS.

Se entiende por Evento Masivo aquella actividad que concentra gran cantidad de personas en un área determinada del Colegio, estas pueden ser: Actos, Reuniones de Apoderados, Asambleas, Muestras de Academias, entre otras.

En caso de ocurrir algún evento de emergencia en una de las actividades señaladas anteriormente, toda persona se debe dirigir a la Zona de Seguridad del Establecimiento manteniendo la calma y acatar las indicaciones que sean dadas por el Coordinador de Seguridad del Colegio.

En caso que este no se encontrará en el momento del evento, asumirá la responsabilidad de coordinar las acciones a seguir el Director del Comité de Seguridad, si el evento ocurre en horario de clase, si el evento ocurre fuera del horario de clase y el Director del Comité de seguridad ni el Coordinador de Seguridad del Colegio no se encuentran en éste, asume la responsabilidad de coordinar las acciones de evacuación de las dependencias, el Inspector de turno que se encuentre en el Establecimiento, cuya primera acción debe ser comunicarse con el Comité de Seguridad.

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COLEGIO FRANCISCO DE ASÍS

PROTOCOLOS DE ACTUACION

PINTO

2015

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PROTOCOLO MALTRATO Y ABUSO SEXUAL INFANTIL PROTOCOLO DE ACTUACION

1. Detección o sospecha de una situación de abuso o maltrato infantil. 2. Informar al Coordinador del Comité de Convivencia y Director del establecimiento. 3. Comunicación con la familia o tutor del alumno/a. 4. Observar detenidamente la conducta del niño/a, para determinar alguna sospecha. 5. Si hay señales claras y a la vista del maltrato, entrevistar al niño/a acerca de los hechos y registrar en un documento y confirmar su hubo testigos. 6. Si hay sospechas fundadas, se debe solicitar ayuda a la red local o comunal. 7. Si hay evidencias a la vista o con testigos, se debe hacer la denuncia a la autoridad competente: Carabineros, PDI o Ministerio Público. 8. También se deben considerar medidas pedagógicas adicionales como: al Profesor Jefe y a las autoridades del Colegio. 9. El Profesor Jefe debe realizar un acompañamiento y seguimiento de la situación del niño/a.

ROL DE LA FAMILIA EN ESTOS CASOS

Asume la crianza

Educa

Previene

Acoge

Detecta

Denuncia

Busca ayuda

Acompaña

Se involucra con la investigación ROL DEL COLEGIO

Educa

Previene

Protege

Acoge

Detecta

Denuncia

Recopila antecedentes

Deriva

Actica protocolos

Acompaña ROL DE LA SUPERINTENDENCIA

Fiscaliza protocolos

Fiscaliza cumplimiento de normativa

Instruye procesos administrativas ante incumplimiento de la normativa

Acoge y atiende denuncias ROL DE CARABINEROS, PDI, MINISTERIO PUBLICO

Investiga

Tipifica el delito

Establece sanción penal

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Deriva a unidad de víctimas y testigos

Protege

Repara TRIBUNAL DE LA FAMILIA

Decreta medidas de protección

Decreta medidas cautelares a menores de 14 años inimputables, acusados de delito

INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS

Realiza diagnóstico

Determina factores protectores

Evalúa el nivel de daño del niño/a

Realiza intervención reparadora

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PROTOCOLO DEL BULLYING CONCEPTO : Abuso de poder, Ocurre entre pares, Recurrente en el tiempo, Intencionalidad: Elección de la víctima, móvil. Victimización. Circularidad conducta. Sistémico:

Involucra a toda la comunidad educativa. PROTOCOLO DE ACTUACION

Detección de una situación de Bullying. RESPONSABLE: Integrante de la Comunidad escolar

Evaluación preliminar de la situación. RESPONSABLE: Directivo o docente que acoge la situación.

Aplicación de pauta de indicadores de urgencia.

Informar a la autoridad del establecimiento.

Adopción de medidas de urgencia para implicados. RESPONSABLE: Directivo o docente que acoge la situación.

Informar a las familias.

Derivar atención médica.

Alertar al equipo técnico y autoridad del establecimiento.

Informar según corresponda: PDI, Carabineros, SENAME, otros.

Diagnóstico del acoso escolar: abuso de poder, entre pares, permanente en el tiempo. RESPONSABLE: Equipo técnico.

Información en pauta de indicadores de urgencia.

Entrevista actores claves.

Reconstrucción de hechos.

Aplicación de cuestionario.

Análisis de contexto.

Elaboración de informe concluyente.

Informar al sostenedor y Mineduc.

Aplicación del reglamento de convivencia.

Generar plan de intervención. RESPONSABLE: Equipo técnico.

Registro psicosocial.

Carpeta de recursos socioeducativos.

Derivación a red de apoyo.

Acogida y educación de la víctima.

Sancionar y educar al agresor.

Trabajo con observadores.

Evaluación e informe final de plan de intervención. RESPONSABLE: Equipo técnico.

Acciones de seguimiento.

Reunión equipo técnico.

Informe final a sostenedor y Mineduc.

Control y seguimiento MINEDUC. RESPONSABLE: Supervisor Mineduc.

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PROTOCOLO DE ATENCION DE ALUMNAS EMBARAZADAS

1. Dirección debe atender a la alumna y su apoderado/a para tener la información oficial del embarazo.

2. Dirección debe solicitar el certificado médico respectivo, con un plazo de 5 días.

3. Dirección debe notificar al Orientador del Colegio, al Profesor Jefe, UTP y a Inspectoría General de la situación personal de la alumna.

4. El orientador citará a la alumna para llenar la “FICHA DE ALUMNA EMBARAZADA”.

5. El Profesor Jefe deberá entrevistar a la alumna, al menos, cada 15 días, para cautelar el normal desarrollo del embarazo de la alumna. Estas entrevistas deberán quedar

registradas en un documento “ENTREVISTA PERSONAL” y Libro de Clases.

6. El orientador entrevistará, al menos 1 vez al mes a la alumna, para recibir las recomendaciones que fueren necesarias para el normal desarrollo del embarazo y la situación académica. Esta entrevista quedará registrada en un documento “Entrevista Personal”. Si la situación lo amerita, se solicitará apoyo psicológico.

7. Profesor Jefe solicitará a la Unidad Técnico Pedagógica las orientaciones en cuanto a los plazos y horarios flexibles para la alumna embarazada, cuando la situación lo

amerite, sobre la base de los informes médicos otorgados por un centro de salud o médico respectivo. 8. El Profesor Jefe mantendrá contacto con el Apoderado/a, a través de la Reunión Mensual de Curso o mediante una entrevista en el horario de atención de apoderado.

Esta quedará registrada en el libro de clases.

9. La Dirección del Colegio cautelará el cumplimiento de la Normativa General respecto al embarazo escolar, promoviendo la permanencia en el sistema escolar, sobre la base de la situación de salud de la alumna embarazada, durante el período de gestación y post parto, de acuerdo a las indicaciones del sistema de salud respectivo, flexibilizando el porcentaje de asistencia y los instrumentos de evaluación respectivos, cumpliendo con la normativa de los Decretos de Evaluación para la situación final de la(s) estudiante(s).

10. La situación final de Promoción de la estudiante se verificará en la carpeta individual, a través de los certificados: de estudio y de desarrollo personal del año lectivo.

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PROTOCOLO DE SEGURIDAD ESCOLAR

1. SISTEMA DE EVACUACION

1. La alarma puede darse en cualquier momento.

OBEDEZCALA INMEDIATAMENTE. 2. El alumno/a más cerca de la puerta de abrirla RAPIDAMENTE. 3. Abandone la sala ORDENADAMENTE. 4. El desplazamiento por los pasillos y las escaleras debe realizarse en forma SERENA Y CAUTELOSA. 5. La evacuación debe realizarse con paso RAPIDO Y FIRME. SIN CORRER. 6. En silencio, SIN HABLAR NI GRITAR.

7. No lleve objetos en la boca ni en las manos. 8. No retroceda en busca de OBJETOS OLVIDADOS.

9. Diríjase a la ZONA de seguridad que le corresponda. 10. Sólo regresa a su sala cuando se le dé la señal de RETORNO.

2. PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR

1. Guardar la calma 2. Se da aviso a un docente o inspector 3. Evaluación y toma de decisión 4. Lesión leve y lesión grave 5. Primeros auxilios 6. Aviso a padres 7. Aviso al sistema de emergencia 8. Traslado a centro de urgencias médicas 9. Tratamiento 10. Traslado a domicilio 11. Recuperación 12. Regreso a clases

COORDINACION: SRTA. GUISELLA HERNANDEZ S.

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PROTOCOLO DE PESQUISA DE AUTOAGRESION

CONCEPTO DE AUTOAGRESION: La automutilación, conocida también como autolesión, autoagresión y autoabuso es una conducta que incluye el daño en la piel o alteración

deliberada del propio cuerpo. Hay muchas formas de autoagresión. Pensemos en el masoquista. Tenemos a los que se hacen daño con intenciones suicidas. Algunos se hacen daño porque se odian. Otros se hacen daño para llamar la atención de algún familiar; y es también una forma de chantaje. Tenemos también al que se hace daño a sí mismo con el fin de llamar la atención y asumir el rol de enfermo (trastorno ficticio). Usando el término autoagresión de manera amplia podríamos incluir a aquellas personas que no se alimentan de manera adecuada, que sería una forma de autoagresión por comisión y las que no realizan ejercicio físico, que sería una forma de agresión por omisión.

PROTOCOLO DE ACTUACION

Detección de una situación de autoagresión RESPONSABLE: Integrante de la Comunidad Escolar.

Evaluación preliminar de la situación. RESPONSABLE: Directivo o docente que acoge la situación.

Informar al Profesor Jefe.

El Profesor Jefe informa al Orientador.

El Orientador evalúa cada caso.

Adopción de medidas de urgencia para implicados. RESPONSABLE: Orientador que acoge la situación.

Entrevista al alumno/a.

Informar al apoderado/a.

Derivar atención psicológica o médica, si procede.

Generar plan de intervención. RESPONSABLE: Equipo técnico: Profesor Jefe, Orientador, Psicólogo/a.

Registro de entrevista semanal Profesor Jefe.

Registro de entrevista semanal del Orientador.

Evaluación psicológica.

Seguimiento de instrucciones del psicólogo/a.

Carpeta de evidencias.

Derivación a red de apoyo si fuera necesario: Red de Salud: Consultorio.

Educar a los estudiantes: Jornadas de Reflexión.

Informar al MINEDUC en casos calificados.

Monitoreo, apoyo y protección del Equipo Técnico.

Evaluación e informe final de plan de intervención. RESPONSABLE: Equipo técnico.

Pauta de Evaluación semestral.

Reunión equipo técnico.

Informe al apoderado/a.

Informe al Director.

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PROTOCOLO DE MODULOS O SALIDAS A TERRENO

El Colegio llama MODULO DE ESTUDIO EN TERRENO O GIRA DE ESTUDIO a las salidas programadas fuera del establecimiento, con la finalidad de profundizar y complementar aprendizajes, competencias académicas, formación valórica, orientación vocacional y laboral de los estudiantes, por lo que deben ser evaluadas por el profesor y los estudiantes, a través de un Informe (Profesor) y Guía de Estudio (estudiantes). Podemos considerar cinco dimensiones en el desarrollo de este viaje:

1. Vivir una experiencia en que los jóvenes y la comunidad curso logren el autoconocimiento, el fortalecimiento de la identidad y la valoración de la sana convivencia. 2. Conocer la diversidad y riquezas del lugar visitado, en sus expresiones culturales, geográficas, sociales, cívicas, y apreciar la diferencia como una oportunidad de

aprendizaje y enriquecimiento personal. 3. Valorar el contacto con la naturaleza y tener la oportunidad de reflexionar sobre la responsabilidad frente al cuidado de nuestro entorno. 4. Establecer un contacto honorable, abierto y respetuoso con las personas de los lugares que visiten. 5. Socializar el impacto de la SALIDA, a través de una exposición de fotografías y testimonios de los alumnos/as.

Cada curso toma 1 opción, para salir entre agosto, septiembre y octubre. Considerar: 1er Ciclo : Agosto, 2do Ciclo: Septiembre, Enseñanza Media: Octubre El Director del establecimiento debe enviar con 15 días hábiles de anticipación al Departamento Provincial de Educación respectivo un oficio comunicando todos los antecedentes del viaje de estudio para que el Departamento Provincial de Educación tome conocimiento. El Director debe mantener disponible en el establecimiento toda la documentación referida a los antecedentes del viaje para su posible revisión por parte de los Fiscalizadores de la Superintendencia de Educación. Al respecto debe disponer a lo menos:

1. Nómina de los alumnos/as. 2. La autorización de los padres y apoderados debidamente firmada. 3. Nombre completo del profesor(es) que irá a cargo de los alumnos. 4. Fotocopia de la documentación del medio de transporte que se utilizará en el traslado de los estudiantes (Número de patente, permiso de circulación, y Registro de

Seguros al día). 5. Los antecedentes del conductor (Licencia de Conducir al día). 6. Copia del oficio con el cual informó al Departamento Provincial de Educación los antecedentes del viaje. 7. Respuesta (V° B°) entregada por el Departamento Provincial de Educación. 8. No se debe salir de la ruta o itinerario autorizado por el MINEDUC. Por ello, es necesario indicar claramente el Itinerario del viaje, el que será entregado al chofer del bus

contratado. Otros aspectos:

El Jefe de la delegación es el Profesor Jefe. Debe ir con un Inspector como acompañante.

El único nivel que será acompañado por sus padres es el parvulario.

Los apoderados que acompañan a los cursos de Enseñanza Básica deben ser de la Directiva o sus reemplazantes.

El alumno/a debe evitar encontrarse con familiares cuando se llegue a destino, ya que los niños/as están a cargo del Profesor Jefe.

Los alumnos/as deben viajar con el buzo del Colegio.

El Colegio sólo subvenciona el viaje en bus. Toda situación no prevista será resuelta por Dirección, en consulta al Equipo de Gestión.

El viaje del 1er Ciclo Básico estará focalizado a la Provincia de Ñuble.

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PROTOCOLO DE SEGURIDAD EN CAMPOS DEPORTIVOS

Espacios educativos aptos para el deporte: 1. Cancha de baby fútbol. 2. Cancha de básquetbol. 3. Gimnasio polideportivo. 4. Patio techado, deportes párvulos, 1° y 2° básico.

Actividades deportivas más comunes: 1. Clases de Educación Física. 2. Día del Deporte y la Educación Física. 3. Juegos en los recreos diarios. 4. Celebraciones y aniversario. 5. Campeonatos internos.

Organización más adecuada: 1. Actividades organizadas por ciclos. 2. Actividades con un supervisor en todo momento. 3. Comisión encargada de atender eventuales accidentes escolares. 4. Actividades con tiempo acotado (cortas).

Seguridad de los espacios educativos: 1. Los arcos e instalaciones deben estar fijas y pintadas con colores que ayudan a la visibilidad.

2. Los espacios deben estar libres de objetos u obstáculos. 3. Los espacios deben estar limpios y parejos. 4. Evitar juegos y actividades en espacios mojados. 5. Evitar actividades al aire libre con gran temperatura (sobre 30°). 6. Uso de vestuario deportivo. 7. Evitar balones de fútbol en recreos. 8. Evitar el tenis en los recreos. 9. Permitir sólo el uso de balones de goma en los recreos. 10. Fijar límites para el público en las competencias. 11. Uso del gimnasio con supervisión en todas las actividades. 12. Guardar los implementos en la sala de útiles cuando termine una actividad o la clase. 13. Controlar a los alumnos/as temerarios y/o agresivos en el deporte. 14. Espacios educativos señalizados: no trepar, salida de emergencia, etc. 15. Aplicación de las Normas de Convivencia a alumnos/as que transgredan normas en el deporte.

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PROTOCOLO DE ATENCION DE ACCIDENTE EN DEPORTES

ALUMNO/A CON ACCIDENTE EN DEPORTES

ATENCION DEL PROFESOR O ASISTENTE MAS CERCANO

DERIVADO A INSPECTORIA GENERAL

EVALUADO EN INSPECTORIA POR PROFESOR DEL COMITÉ

DE SEGURIDAD O DE ALGUN MIEMBRO DEL COMITE

ATENCION EN EL COLEGIO SI ES LEVE

INFORMAR A SU APODERADO/A

DERIVADO AL SISTEMA DE SALUD PARA ATENCION MEDICA

DE URGENCIA (CESFAM)

DERIVADO A HOSPITAL DE CHILLAN SI EL CESFAM LO

DECIDE

PERSONAL DEL COLEGIO ACOMPAÑA AL ALUMNO/A SI NO

ESTA EL APODERADO/A PRESENTE EN EL MOMENTO: SE

ESPERA EN CHILLAN PARA QUE LLEGUE Y SE HAGA CARGO

DE SU HIJO/A

ALUMNO/A ATENDIDO/A DE VUELTA A SU HOGAR

DIRECCION E INSPECTORIA GENERAL VERIFICA EL

REINGRESO A CLASES

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EL CONSEJO ESCOLAR Artículo N 24 27/01/005 El presente Reglamento Interno del Consejo Escolar, del “Colegio Francisco de Asís” tiene como objetivo reglamentar y definir el rol que a

éste le corresponde como un agente importante dentro de la Comunidad Educativa. Este está basado en la Ley 19.979 que regula los aspectos relacionado con el papel que le corresponde a cada uno de sus miembros y establece una activa participación de todos los actores de la comunidad educativa con el objetivo de mejorar la calidad de la educación y los logros de los aprendizajes en el Establecimiento. Artículo Nº 1:

Según Ley 19.979 establece que en cada Establecimiento Educacional debe constituirse el Consejo Escolar. Funciones de los miembros que integran El Consejo Escolar Representante Legal: debe velar por el funcionamiento del Consejo Escolar y colaborar con las actividades organizadas por éste. Director: debe liderar y animar al Consejo Escolar, para que este desarrolle sus actividades correspondientes. Profesor: es el responsable de transmitir las inquietudes de su estamento, a quien representa, frente al Consejo Escolar y a la Comunidad Educativa. Representante del Centro de Padres: es el responsable de transmitir y representar las inquietudes de su estamento, a quién representa y de llevar la información desde el Consejo Escolar. Representante del Centro de Alumnos: es el responsable de transmitir y representar las inquietudes de sus compañeros ante el Consejo Escolar. Representante del Departamento Pastoral: es el responsable de transmitir las inquietudes de su Estamento y de llevar las conclusiones y propuestas. Artículo Nº 2 : El Consejo Escolar será constituido en el Primer Semestre de cada año, donde se evaluará su funcionamiento.

El Consejo Escolar tendrá la obligación de tener cuatro sesiones mínimas al año y las extraordinarias cuando sea necesario. El Consejo Escolar deberá ser:

Informado del Plan de Acción del Equipo de Gestión, de las Áreas de cada Especialidad del logro de los aprendizajes al término del Semestre, de las visitas realizadas por el Ministerio de Educación ya sea de subvención o pedagógica, de los proyectos y del plan de mantención y del estado económico del Establecimiento.

Ser consultado para revisar y analizar el Proyecto Institucional, para realizar el plan de trabajo del año escolar de parte del director, para la calendarización anual, revisar y modificar el Manual de convivencia Interna y para abordar temas importantes que involucre el buen desarrollo de las actividades escolares.

Proponer las acciones que se estimen pertinentes para que haya una buena convivencia escolar, un ambiente de participación, colaboración y compromiso de todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

Artículo Nº 3: El Consejo Escolar deberán constituirlo los siguientes integrantes:

a) Director b) Sostenedor c) Dos representante de los Profesores d) Presidente del Centro de Alumnos/as e) Presidente del Centro general de Padres y Apoderados f) El representante del Departamento de Pastoral

Artículo Nº 4 El Consejo Escolar deberá tener las siguientes sesiones:

A) El Consejo Escolar tendrá como mínimo cuatro sesiones al año. Una al inicio, para redactar su Plan de Trabajo y ser informado de todos los Planes de Trabajo de los distintos Estamentos, para así, sugerir y opinar sobre los aspectos que le atañen como Consejo. Otra al término del Segundo Semestre, para ver el avance de los planes de los Estamentos y la revisión del propio Plan. Dos al final del año Escolar, una para evaluar el año escolar y la gestión realizada por los distintos estamentos y otra para revisión y análisis del Consejo Escolar y de sus miembros que lo componen. B) Se realizarán reuniones extraordinarias cuando se presenten situaciones especiales que ameriten la opinión y consentimiento del Consejo Escolar.

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C) Las citaciones a las sesiones se realizarán por escrito a cada uno de los miembros del Consejo Escolar con diez días de anticipación de anticipación. Serán firmadas y autorizadas por la directora y en caso de ausencia de ésta será responsabilidad del sostenedor. D) La Comunidad educativa deberá estar informada sobre acuerdos y decisiones del Consejo a través de memorándum u oficios dirigidos a los diferentes Estamentos involucrados. E) Los acuerdos, para ser tomados como tal, deberán llevarse a votación después de haber sido presentados, por sus representantes en los Estamentos correspondientes. F) El secretario(a) será elegido (a) entre sus miembros del Consejo Escolar con la mayoría de votos y su función será llevar las actas correspondientes. G) En cada sesión realizada por el Consejo Escolar se llevará un acta, donde se registrarán los aspectos más relevantes; acuerdos y sugerencias. Artículo Nº 5

A).- El Sostenedor al finalizar el año escolar hará una sesión destinada a evaluar el quehacer del Consejo Escolar y revisión de cada uno de sus miembros de tal manera que si es necesario el cambio de algún integrante se proceda a la elección correspondiente y así, quede establecido el Consejo Escolar para el año siguiente. B).- El Sostenedor en la última sesión del año escolar manifestará su voluntad sobre la facultad que le dé al Consejo Escolar. C).- Los miembros del Consejo Escolar serán elegidos por sus pares, por medio de votación secreta la cual quedará registrada en los archivos correspondientes. El periodo de permanencia será de un año, pudiendo ser elegido en dos oportunidades. Artículo Nº 6 Causas por las cuales un miembro del Consejo ameritará dejar su puesto:

A).- Si incurre en faltas graves de moral que afecten directa o indirectamente a la reputación de su Estamento o de la Comunidad Educativa. B).- Si no asiste a dos sesiones seguida sin la justificación correspondiente, por escrito o en forma personal ante la dirección del establecimiento. C).- Por la incapacidad de transmitir y representar a su Estamento al cual representa. Artículo Nº 7 Cada uno de los miembros del Consejo Escolar tiene sus derechos y deberes los que se mencionarán a continuación.

I.- Derechos de: A).- Ser respetado como persona tanto en sus opiniones personales como aquellas de quienes representa. B).- Ser escuchado por todos los miembros del Consejo escolar y por el Estamento que representa. C).- Dar su voto correspondiente cuando éste sea necesario II.- Deber de: A).- Representar en forma digna y responsable a su Estamento. B).- Asistir a todas las sesiones y en caso de imposibilidad deberá justificar su inasistencia por escrito o en forma personal ante la dirección del Establecimiento. C).- Comunicar e informar los acuerdos y decisiones tomadas en el Consejo Escolar al Estamento que representa. Artículo Nº 8 Obligaciones legales de parte del Establecimiento.

A).- Dentro de no más de 10 días hábiles a partir de las fecha de constitución del Consejo, el sostenedor hará llegar al Departamento Provincial de Educación una copia del acta constitutiva del Consejo Escolar la que deberá indicar: A.- Identificación del establecimiento B).- Fecha y lugar de constitución del Consejo C).- Integración del Consejo Escolar D).- Funciones informativas y otras que hayan quedado establecidas E).- Su organización, atribuciones, funcionamiento y prioridad

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EQUIPO DE GESTIÓN

Es el equipo responsable de la gestión y la conducción del Colegio. Es un espacio para intercambio de información, de coordinación de actividades, de evaluación y de toma de decisiones acerca de la marcha del establecimiento.

INTEGRANTES: Director, Representante Legal o Sostenedora, Subdirectora, Coordinadora de Pastoral, Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica, Orientador, Inspectora General.

PERFIL DEL EQUIPO:

Se identifica con la propuesta educativa del PEI, para articular la Misión Institucional Católica con los objetivos pedagógicos comprometidos con el Mineduc. Tiene capacidad para el trabajo en equipo. Analiza y toma decisiones, para el desarrollo armónico del Proyecto Educativo Institucional.

ROL: Impulsa la acción educativa y pastoral, con la finalidad de desarrollar el PEI), respetando las competencias de cada uno de los miembros del Equipo. Establece los

liderazgos en cada una de las áreas de desarrollo institucional:

AREA

DIMENSIÓN

GESTION DEL CURRICULUM Gestión pedagógica

Enseñanza y aprendizaje en aula

Apoyo al desarrollo de los estudiantes

LIDERAZGO ESCOLAR Liderazgo del sostenedor

Liderazgo formativo y académico del director

Gestión y planificación de resultados

CONVIVENCIA ESCOLAR Formación

Convivencia escolar

Participación

GESTION DE RECURSOS Gestión del recurso humano

Gestión de los recursos financieros y administrativos

Gestión de los recursos educativos

RESULTADOS Metas anuales Compromisos Mineduc

FUNCIONES:

a) Promueve, coordina y evalúa la elaboración y ejecución del Proyecto Educativo Institucional. b) Define las prioridades y orientaciones generales de la acción educativa en concordancia con las líneas del Proyecto Educativo Institucional c) Supervisa la coordinación de las diversas actividades entre niveles y/o del nivel, para optimizar los esfuerzos realizados. d) Analiza la evolución de la matrícula para la toma de decisiones referentes a la admisión y permanencia de alumnos. e) Es responsable del perfeccionamiento docente y de la pastoral. f) Fija sus necesidades y prioridades para la elaboración de presupuesto anual y decide las inversiones que tienen que ver con la labor educativa. g) Acompañar en la revisión y reestructuración del P.E.I, Plan Anual Operativo y Reglamento de Convivencia cuando corresponda. h) Promueve la evaluación y autoevaluación de los diferentes equipos para optimizar los procesos y resultados Académicos y Pastorales.

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LA JORNADA ESCOLAR COMPLETA

La misión de nuestra Institución es educar en valores cristianos y virtudes franciscanas con calidad y equidad, donde cada estamento participe del proceso de enseñanza aprendizaje, valorando la diversidad, la creatividad y la imaginación de los alumnos/as, desarrollando en ellos/as las competencias que le permitan su realización personal, familiar, profesional y social, misión que intenta fortalecer el presente proyecto de la JEC, considerando las reflexiones que se han realizado a nivel

general, especialmente en los talleres de Diagnóstico del Plan de Mejoramiento, basado en los lineamientos de la SEP, el compromiso institucional con el proyecto de integración de la TIC en las prácticas educativas y reuniones que se han realizado en los tres estamentos básicos: Docentes, Padres y Apoderados y Alumnos/as.

NIVELES TALLERES HORAS TOTALES

1º a 4º BÁSICO

Iniciación al Inglés

Divertinúmeros Desarrollo de la

afectividad Taller Electivo

2 2

05 2

6,5 hrs. JEC

5º a 8º BASICO

Proyecto lector

Formación Personal Informática aplicada

Taller Electivo (de 5º a 8º)

1 1 2

2

6 hrs. JEC

1° y 2° Medio

Proyecto lector

Deportes Formación humana

Taller electivo

1 2 1 2

6 hrs. JEC

3º y 4º MEDIO C.H.

Proyección lenguaje

Proyección matemática

Deportes

2 2

2

6 hrs. JEC

3º y 4º MEDIO T.P.

Organización de curso

Protocolo Ética y Religión

1 1 2

4 hrs. JEC

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RESPONSABILIDADES INSTITUCIONALES

PROFESIONAL RESPONSABILIDAD

ENTIDAD SOSTENEDORA Corporación Hermanas Misioneras Francisco de Asis

REPRESENTANTE LEGAL Hermana María Inés Montecinos Riquelme

DIRECTOR Sr. Vicente Ferrada Alarcón

SUBDIRECTORA Sra. Roxana García Osses

JEFE DE U.T.P Sra. María Teresa Acuña Abarzúa

ORIENTADOR GENERAL Sr. Héctor Hugo Soto Cros

ORIENTADORA DE ENSEÑANZA BASICA Srta. María Alejandra Riquelme Villablanca

INSPECTORA GENERAL Srta. Teresa Rodriguez Inostroza

COORDINADOR COMITÉ DE CONVIVENCIA Sr. Héctor Hugo Soto Cros

COORDINADORA DEL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR Srta. Guissella Hernández Santis

COORDINADORA COMITÉ PARITARIO Sra. Eugenia Herrera Acevedo

DEPARTAMENTO DE PASTORAL Hermana Bernardina

DEPARTAMENTO DE INFORMATICA Sr. Leopoldo Ortiz Mazuela

COORDINADORA DE 1° CICLO BASICO Sra. Esperanza Sáez Seguel

COORDINADORA DE 2° CICLO BASICO Sra. Adriana Pinilla Castillo

COORDINADORA DE CICLO ENSEÑANZA MEDIA Srta. Pamela Torres Elgueta

ENCARGADA DEL CRA Srta. Yesenia Figueroa Rubio

JEFATURAS DE CURSO

NIVELES PROFESIONAL RESPONSABLE

PREKINDER Srta. Claudia Osorio

KINDER Srta. Jacqueline Sandoval Oyarce

1° BÁSICO Srta. Katherin Villablanca Gutiérrez

2° BÁSICO Sr. Fernando Manríquez Meza

3° BÁSICO Sra. Estela Rivera Alvarado

4° BÁSICO A Sra. Gabriela Palma Gallegos

4° BÁSICO B Srta. María José Arellano Poblete

5° BÁSICO Sra. Esperanza Saez Seguel

6° BÁSICO Sra. Aída Angélica Astudillo Sepúlveda

7° BÁSICO A Sra. Berta Riquelme Muñoz

7° BÁSICO B Sr. René Gallardo Cárcamo

8° BÁSICO A Sra. Adriana Pinilla Castillo

8° BÁSICO B Sra. Leontina Henríquez Sepúlveda

1° MEDIO A Sr. Celso Andrade Cerda

1° MEDIO B Srta. Gissella Hernández Santis

2° MEDIO A Srta. Patricia Palma Ferrada

2° MEDIO B Sr. Manuel Rivas Lagos

3° MEDIO CH Srta. Pamela Torres Elgueta

3° MEDIO TP Sra. Eugenia Herrera Acevedo

4° MEDIO CH Sr. Hugo Soto Cros

4° MEDIO TP Sra. Roxana García Osses

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ANEXO

FLUJOGRAMA

CASO 1

ALUMNO/A CON DIFICULTADES ESCOLARES COTIDIANAS

ALUMNO/A CON ALGUNA NECESIDAD

ORIENTACION DEL PROFESOR DE ASIGNATURA SI ES DETECTADO POR ÉL/ELLA

DERIVADO AL PROFESOR JEFE SI NECESITA APOYO DE ORIENTACION DE CURSO

DERIVADO A INSPECTORIA SI NECESITA APOYO DE ESTE EQUIPO

INFORMACION AL APODERADO/A

DEJAR EVIDENCIA: LIBRO DE CLASES EN HOJA DE VIDA

SITUACION ATENDIDA

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FLUJOGRAMA

CASO 2

ALUMNO/A CON UN PROBLEMA PERSONAL ESPECIFICO: rendimiento, disciplina, dificultad familiar, etc.

ALUMNO/A CON ALGUNA NECESIDAD

INFORME DEL PROFESOR DE ASIGNATURA A JEFATURA DE CURSO

ORIENTACION DEL PROFESOR JEFE

DEJAR EVIDENCIA: LIBRO DE CLASES EN HOJA DE VIDA

DERIVADO A ORIENTACION SI PROCEDE

DEJAR EVIDENCIA EN ORIENTACION: DOCUMENTO DE ENTREVISTA

INFORMACION AL APODERADO/A

DEJAR EVIDENCIA: LIBRO DE CLASES EN HOJA DE VIDA CON FIRMA

DEJAR EVIDENCIA DE ALUMNO/A ATENDIDO

DERIVADO A REFORZAMIENTO SI ES ESE EL PROBLEMA

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DERIVADO A PSICOLOGA POR ORIENTADOR/A SI PROCEDE

DEJAR EVIDENCIA: REGISTRO DE ATENCION

DERIVADO A INSPECTORIA GENERAL SI PROCEDE POR APLICACIÓN DE NORMAS DE CONVIVENCIA

DEJAR EVIDENCIA: LIBRO NOVEDADES DIARIAS

DERIVADO A CAPELLAN PARA ATENCION ESPIRITUAL

ORIENTACION DEL PROFESOR JEFE

DERIVADO A DIRECCION PARA APOYO Y ORIENTACION INSTITUCIONAL

DEJAR EVIDENCIA: REGISTRO DE ENTREVISTA

SITUACION ATENDIDA

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FLUJOGRAMA

CASO 3

ALUMNO PRIORITARIO CON DIFICULTADES ESCOLARES

ALUMNO/A CON ALGUNA NECESIDAD DETECTADA

EL DOCENTE ATIENDE EL CASO SI LO DETECTA INFORME DEL PROFESOR DE ASIGNATURA A JEFATURA DE

CURSO

DEJAR EVIDENCIA DE ALUMNO/A ATENDIDO EN HOJA DE VIDA

EL PROFESOR JEFE INFORMA AL APODERADO/A DE LA SITUACION DEL ALUMNO/A

PROFESOR JEFE DERIVA AL ALUMNO/A AL ORIENTADOR

DEJAR EVIDENCIA DE ALUMNO/A ATENDIDO: REGISTRO ENTREVISTA

ORIENTADOR: DERIVA AL ALUMNO/A AL PSICOLOGO SI PROCEDE CON AUTORIZACION DE SU APODERADO/A

ALUMNO/A DERIVADO AL PROFESOR JEFE

PROFESOR JEFE INFORMA A UTP Y SUBDIRECCION DE CADA CASO PRIORITARIO

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EL PSICOLOGO INFORMA AL ORIENTADOR PARA QUE EL ALUMNO/A SEA DERIVADO/A A REFORZAMIENTO EDUCATIVO

SI PROCEDE

REGISTRO DE ATENCION PEDAGOGICA DEL PROFESOR DE REFORZAMIENTO

DERIVADO A INSPECTORIA GENERAL SI PROCEDE POR APLICACIÓN DE NORMAS DE CONVIVENCIA

DERIVACION A UTP PARA ATENDER EL CASO

DERIVACION A SUBDIRECCION PARA

ATENDER EL CASO

DERIVAR A COORDINACION DE AREA TECNICA SI EL ALUMNO ES DE LA ESPECIALIDAD TP

DIRECCION VERIFICA QUE EL ALUMNO/A HA SIDO ATENDIDO EN TODAS LAS INSTANCIAS EDUCATIVAS PARA

EVITAR DESERCION Y/O REPITENCIA

ALUMNO PRIORITARIO REPITENTE O DESERTOR: CARPETA DE EVIDENCIAS DE ATENCION E INFORME PEDAGOGICO DEL

PROFESOR JEFE

DEJAR EVIDENCIA DE ALUMNO/A ATENDIDO: REGISTRO DE ATENCION

ALUMNO/A DENTRO DEL SISTEMA EDUCATIVO Y PROMOVIDO

ALUMNO/A ATENDIDO/A

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FLUJOGRAMA CASO 4

ALUMNO/A CON ACCIDENTE ESCOLAR

ALUMNO/A CON ACCIDENTE ESCOLAR

ATENCION DEL PROFESOR O ASISTENTE MAS CERCANO

DERIVADO A INSPECTORIA GENERAL

EVALUADO EN INSPECTORIA POR PROFESOR DEL COMITÉ DE SEGURIDAD O DE ALGUN MIEMBRO DEL COMITE

ATENCION EN EL COLEGIO SI ES LEVE

DERIVADO AL SISTEMA DE SALUD PARA ATENCION MEDICA DE URGENCIA (CESFAM)

INFORMAR A SU APODERADO/A

DERIVADO A HOSPITAL DE CHILLAN SI EL CESFAM LO DECIDE

PERSONAL DEL COLEGIO ACOMPAÑA AL ALUMNO/A SI NO ESTA EL APODERADO/A PRESENTE EN EL MOMENTO: SE

ESPERA EN CHILLAN PARA QUE LLEGUE Y SE HAGA CARGO DE SU HIJO/A

ALUMNO/A ATENDIDO/A DE VUELTA A SU HOGAR

INSPECTORIA GENERAL Y DIRECCION VERIFICAN EL REINGRESO A CLASES

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INDICE

Proyecto Educativo Institucional 2 Visión y Misión 2 Objetivos Generales y Específicos 3 Objetivos Fundamentales Transversales 4 Recursos 5 Reglamento Interno y de Convivencia Escolar 7 - Disposiciones Generales 8 - Normas de Índole Técnico Pedagógica 10 - Participación, autonomía y responsabilidad de los Profesionales de la Educación 14 - Normas técnico-administrativas sobre la estructura y funcionamiento del establecimiento 15 - Normas de Convivencia Escolar (síntesis) 16 - Disposiciones especiales para alumnas embarazadas 17 - Los accidentes escolares 18 - El reconocimiento de méritos 18 - Las medidas pedagógico-formativas. Sistema disciplinario 19 - Procedimiento de sanciones 20 - Reglamento de Buena Convivencia Escolar 22 - El Comité de Buena Convivencia Escolar 24 - Actuaciones en casos de violencia, acoso y/o maltrato 25

Decretos de Evaluación y su actualización 27 Decreto N° 511 Enseñanza Básica 28 Decreto N° 112 Enseñanza Media 1° y 2° Medio 29 Decreto N° 83 Enseñanza Media 3° y 4° Medio (ambas modalidades) 30 Anexo Normas Complementarias de Evaluación y Promoción Escolar 31 Centro General de Padres y Apoderados 34 Centro de Alumnos/as 35 Comité de Convivencia Escolar 36

Comité Paritario 37 Comité de Seguridad Escolar 38 - Fundamentación y Objetivos 38 - Constitución del Comité 38 - Misión del Comité 39 - Funciones de los Directivos 39 - Funciones de los Profesores 39 - Funciones de los Alumnos 40 - Funciones de los Apoderados/as 40 - Planificación Integral 40 - Manual de Procedimientos 41 - Sismos 41 - Incendio 41 - Accidente 42 - Vientos 42 - Explosivos 42 - Eventos Masivos 42 Protocolos de Actuación 43

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- Protocolo de maltrato y abuso sexual infantil 44 - Protocolo del Bullying 46 - Protocolo de la alumna embarazada 47 - Protocolo de Seguridad Escolar 48 - Protocolo de pesquisa de autoagresión 49 - Protocolos de Módulos o Salidas a Terreno 50 - Protocolo de Seguridad en Campos Deportivos 51 - Protocolo de Atención de Accidentes en Deportes 52 El Consejo Escolar 53 El Equipo de Gestión 55 La Jornada Escolar Completa 56 Responsabilidades Institucionales 57 ANEXOS: Flujogramas 58