Sinac y legislación de aguas de cosumo
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-Legislación de aguas de consumo Real Decreto Artículo 18 “Autocontrol” Artículo 20 “Control en el grifo del consumidor” Anexo I “Parámetros y valores paramétricos” Anexo II “Normas UNE-EN de sustancias utilizadas en el tratamiento del agua de
consumo humano” Anexo IV “Métodos de ensayo” Anexo V “Número mínimo de muestras para las aguas de consumo suministradas a
través de una red de distribución”-SINAC• ¿Qué es el SINAC?• Conceptos Generales• Acceso al SINAC• Ejemplo de aplicaciones• Tipos de análisis-Análisis de aguas de consumo-Bibliografía
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Legislación aguas de consumoReal Decreto
El REAL DECRETO 140/2003, del 7 de febrero, por el que se establecen los
criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano está constituido
por 30 artículos además de 9 anexos.
Vamos a comentar los artículos 18 y 20, Autocontrol y Control en el grifo
del consumidor, respectivamente. Estos artículos se centran en los tipos de
Análisis y de su correcta realización mediante el control de los valores
paramétricos.
Con respecto a los anexos, nos centraremos en los anexos I, II, IV y V y sus
respectivas tablas.
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Legislación aguas de consumoArtículo 18 “Autocontrol”
Este artículo nos presenta los tipos de análisis que hay que realizar para el autocontrol,
los cuales son:
Examen organoléptico: Consiste en la valoración de las características organolépticas del agua de consumo humano en base al olor, sabor, color y turbidez.
Análisis de control: Se trata de un tipo de análisis cuyo objetivo es informar sobre la calidad organoléptica y microbiológica del agua de consumo humano, así como la información sobre el tratamiento de potabilización.
Análisis completo: Tiene por objeto facilitar la información para concluir si el agua de consumo humano distribuida respeta los valores paramétricos representados en el anexo I.
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Legislación aguas de consumoArtículo 20 “Control en el grifo del
consumidor”Dicho articulo menciona en su segundo apartado cuales son los parámetros a controlar en el grifo del consumidor: Olor. Sabor. Color. Turbidez. Conductividad pH. Amonio. Bacterias coliformes. «Escherichia coli» (E. coli). Cobre, cromo, níquel, hierro, plomo u otro parámetro: cuando se sospeche que la instalación
interior tiene este tipo de material instalado. Cloro libre residual y/o cloro combinado residual: cuando se utilice cloro o sus derivados para
el tratamiento de potabilización del agua.
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Legislación de aguas de consumoAnexo I “Parámetros y valores
paramétricos”Este anexo se compone de 4 apartados:
1. Parámetros microbiológicos
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Legislación de aguas de consumoAnexo I “Parámetros y valores
paramétricos”
2. Parámetros químicos que se controla según las especificaciones del producto
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Legislación de aguas de consumoAnexo I “Parámetros y valores
paramétricos”3. Parámetros indicadores
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Notas:(1) En abastecimientos mayores de 10.000 m3 de agua distribuida por día se determinará carbono orgánico total, en el resto de los casos, oxidabilidad.(2) Los valores paramétricos se refieren a niveles en red de distribución. La determinación de estos parámetros se podrá realizar también «in situ». (3) Se determinará cuando se utilice el cloro o sus derivados en el tratamiento de potabilización. Si se utiliza el dióxido de cloro se determinarán cloritos a la salida de la ETAP.(4) Se determinará cuando se utilice la cloraminación como método de desinfección.(5) El agua en ningún momento podrá ser ni agresiva ni incrustante. El resultado de calcular el Índice de Langelier debería estar comprendido entre +/— 0,5.(6) Para la industria alimentaria, el valor mínimo podrá reducirse a 4,5 unidades de pH.
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Legislación de aguas de consumoAnexo I “Parámetros y valores
paramétricos”4. Radiactividad
Notas:(1) Excluidos el tritio, el potasio40, el radón y los productos de desintegración del radón.(2) Excluidos el potasio40 y el tritio.
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Legislación de aguas de consumoAnexo II “Normas UNE-EN de sustancias utilizadas en el
tratamiento del agua de consumo humano”
El anexo II se explica los códigos de cada uno de los elementos que actúan en el tratamiento del agua. A continuación se exponen las sustancias:
-Ácido acético -Ácido clorhídrico-Ácido fosfórico -Ácido sulfúrico-Alginato de sodio -Almidones modificado-Aluminato de sodio -Aluminosilicato expandido-Amoniaco licuado -Amoniaco-Antracita -Arena verde de manganeso-Barita -Bis-dihidrogenofosfato de
calcio-Cal -Carbón activo en polvo-Carbón activo granulado -Carbón pirolizado-Carbonato de calcio -Carbonato de sodio-Clorito de sodio -Cloro
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-Clorosulfato de hierro (III) -Cloruro de aluminio, hidroxicloruro de aluminio e hidroxiclorosulfato de aluminio (monómeros)
-Cloruro de amonio -Cloruro de hierro (III)-Dihidrogenofosfato de sodio -Dihidrogenofosfato de potasio-Dihidrogenopirofosfato de -Dióxido de azufre Sodio-Dióxido de carbono -Dióxido de cloro-Disulfito de sodio -Dolomita semi-calcinada-Etanol -Fluoruro de sodio-Fosfato tripotásico -Fosfato trisódico-Granate -Hidrogenocarbonato de
sodio-Hidrogenosulfito de sodio -Hidrogenofosfato de calcio-Hidrogenofosfato de sodio -Hidróxido de sodio-Hipoclorito de calcio -Hipoclorito de sodio-Materiales inorgánicos de -Oxígeno filtración y soporte-Ozono -Perlita en polvo
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-Permanganato de potasio -Peróxido de hidrógeno-Peroxodisulfato de sodio -Peroxomonosulfato de potasio-Piedra pómez -Pirofosfato tetrapotásico-Pirofosfato tetrasódico -Poli (cloruro de dialildimetilamonio)-Poliacrilamidas aniónicas -Poliacrilamidas catiónicas
y no iónicas -Poliaminas -Polifosfato de sodio y calcio-Polifosfato de sodio -Polihidroxicloruro de aluminio y polihidroxiclorosulfato de aluminio-Ácido tricloroisocianúrico* -Dicloroisocianurato de cloro, anhidro*-Dicloroisocianurato de -Silicato de sodio sodio dihidratado*-Sulfato de aluminio -Sulfato de cobre-Sulfato de amonio -Sulfato de hierro (II)-Sulfato de hierro (III) -Sulfito de sodio-Tierra de diatomeas en polvo -Tiosulfato de sodio-Tripolifosfato de potasio -Tripolifosfato de sodio
NOTA: Los productos señalados con *, son los productos químicos utilizados en caso de emergencia.
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Legislación de aguas de consumoAnexo IV “Métodos de ensayos”
Este anexo consta de tres apartados:
1. Parámetros para los que se modifican métodos de ensayo.
Los métodos de ensayo se dan ya sea como referencia, en los casos de métodos
UNE, ISO o CEN, o como guía, en espera de la posible adopción de nuevos
métodos nacionales para dichos parámetros.
Los laboratorios podrán emplear métodos alternativos, siempre que estén
validados o acreditados o se haya demostrado su equivalencia.
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Legislación de aguas de consumoAnexo IV “Métodos de ensayos”
2. Parámetros para los que se especifican las características de los resultados
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Legislación de aguas de consumoAnexo IV “Métodos de ensayos”
3. Parámetros para los que no se especifican ningún tipo de ensayo.
-Carbono orgánico total -Cloro libre residual
-Cloro residual combinado -Clostridium sulfito reductor
-Color -Criptosporidium
-Microcistina -Olor
-Sabor
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Legislación de aguas de consumoAnexo V “Número mínimo de muestras para las aguas
de consumo suministradas a través de una red de distribución”
Este anexo está formado por 2 apartados dentro de los cuales estos se dividen en otros
subgrupos:
1. Autocontrol
a) Análisis de control
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Legislación de aguas de consumoAnexo V “Número mínimo de muestras para las aguas de consumo suministradas a través de
una red de distribución”
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Legislación de aguas de consumoAnexo V “Número mínimo de muestras para las aguas de consumo suministradas a través de
una red de distribución”
b) Análisis completo
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Legislación de aguas de consumoAnexo V “Número mínimo de muestras para las aguas de consumo suministradas a través de
una red de distribución”
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Legislación de aguas de consumoAnexo V “Número mínimo de muestras para las aguas de consumo suministradas a través de
una red de distribución”
2. Control en grifo del consumidor.
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El SINAC (Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo) se creó en el año 1991, en sus comienzos recogía información de la calidad del agua de consumo humano de todos los abastecimientos mayores de 500 habitantes de España.
El objetivo fundamental del Sistema de Información Nacional de Agua de Consumo (SINAC) es disponer de un sistema informatizado para identificar, a nivel nacional, la calidad sanitaria de las aguas de consumo y de los sistemas de abastecimiento a través de los cuales son servidas.
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Este objetivo principal se concreta en los siguientes objetivos específicos:
-Facilitar la información de los agentes involucrados en el sistema.
-Catalogar y describir todas las Zonas de Abastecimiento de aguas de consumo del territorio nacional.
-Servir de un entorno eficaz para la rápida detección de situaciones que pudieran representar riesgos para la salud, mediante un control sistemático de alarmas.
-Unificar y coordinar la información suministrada por las Comunidades Autónomas, y facilitar la toma de decisiones.
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Se puede entrar al SINAC mediante dos accesos:
-Acceso profesional: Permite la entrada a usuarios profesionales registrados y acceso a todas las funcionalidades del sistema, según los privilegios de cada usuario.
-Acceso al ciudadano: proporciona el acceso a la navegación de las funcionalidades públicas orientadas a las personas no registradas. Estas funcionalidades son únicamente consultas específicas del ciudadano.
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Niveles de información
Un nivel determina ámbito y conjunto de datos asociado a cada usuario. SINAC soporta tres niveles:
-Básico (NB): Nivel donde se genera y carga la mayor parte de la información.
-Autonómico (NA): Está asociado a una comunidad autónoma, en él se exponen niveles básicos independientes de dicha comunidad autónoma.
-Ministerial (NM): Este nivel engloba a los 2 anteriores.
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Geografía y entornos
El concepto geografía permite clasificar y agrupar información por:-Comunidad autónoma -Provincia-Unidad territorial sanitaria (UTS)
SINAC está formado por dos grandes entornos:-Gestión del Agua: Es el entorno principal del sistema desde el cual se gestionan los abastecimientos.-Comunicaciones: Es un subsistema instrumental que aporta la funcionalidad necesaria para permitir diferentes servicios de comunicación entre personas (usuarios) registradas en SINAC.
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Entidades, campos y valores de un campo
Las entidades son los conceptos homogéneos del propio ‘negocio’ de las aguas de consumo, y estas son:
-Zona de abastecimiento -Captación -Tratamiento-Depósito -Cisterna -Red de distribución-Laboratorio -Boletín de análisis -Incumplimientos-Autorización de excepción -Inspecciones sanitarias
A su vez cada entidad está formada por varios campos que podrán ser, simples o múltiples
Los campos almacenan los valores o datos de la entidad. Un campo simple sólo podrá almacenar un valor mientras que un campo múltiple podrá contener uno o varios valores.
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Tipos de usuario
Dentro de SINAC, en función de donde acceda, como acceda y los privilegios que tengan asociados, distinguimos 9 tipos de usuario:
-Ciudadano -Notificador-Usuario básico (UB) -Administrador básico
(AB)-Usuario autonómico (UAu) -Administrador
autonómico (AAu)-Usuario ministerial (UM) -Administrador de la
aplicación (AAP)-Usuario estatal -Usuario temporal
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SINACAcceso al SINAC
Los pasos a seguir para que un usuario pueda registrarse en SINAC son: Comunicación oficial y por escrito Obtención del Certificado Digital Solicitud de Usuario en SINAC
Tras realizar estos pasos, se habrá registrado en SINAC .Con ello podrá crear un laboratorio Externo al Organismo contratado/Interno al Organismo:
Laboratorio interno: Son aquellos que pertenecen al mismo Organismo/Entidad gestora, se accede siendo un usuario básico.
Laboratorio externo: Es aquel que no pertenece al mismo Organismo/Entidad Gestora que las infraestructuras donde se realiza el análisis.
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SINACEjemplo de aplicaciones
A continuación se exponen los distintos boletines a los que se puede acceder mediante
el SINAC.
Formulario de entrada al boletín de análisis
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Formulario de solicitud de captación.
SINACEjemplo de aplicaciones
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SINACEjemplo de aplicacionesFormulario de solicitud de zona de abastecimiento
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SINACEjemplo de aplicaciones
Formulario de solicitud de cisterna
![Page 36: Sinac y legislación de aguas de cosumo](https://reader034.fdocuments.net/reader034/viewer/2022052600/55840929d8b42af00a8b52fd/html5/thumbnails/36.jpg)
SINACEjemplo de aplicaciones
Formulario de solicitud de laboratorio
![Page 37: Sinac y legislación de aguas de cosumo](https://reader034.fdocuments.net/reader034/viewer/2022052600/55840929d8b42af00a8b52fd/html5/thumbnails/37.jpg)
SINACEjemplo de aplicaciones
Formulario de solicitud de tratamiento
![Page 38: Sinac y legislación de aguas de cosumo](https://reader034.fdocuments.net/reader034/viewer/2022052600/55840929d8b42af00a8b52fd/html5/thumbnails/38.jpg)
SINACTipos de análisis
Los diferentes tipos de análisis que se pueden dar de alta en SINAC son los siguientes:
-Control en la desinfección (DES) -Examen organoléptico (ORG)-Análisis de control, de control complementario -Análisis completo, completo y de control parcial (AC-ACC-ACP) complementario completo parcial
(Aco-ACoC-ACoP)-Control en grifo (GRI) -Control de radioactividad (RAD)-Agua en origen o de captación (CAP) -Puesta en marcha (MAR)-Control interno de ETAP (ETAP) -Seguimiento incumplimiento/alerta (SI/A)-Cierre de incumplimiento alerta (C I/A) -Seguimiento de excepción (EXC)-Estudios especiales (EST) -Vigilancia sanitaria (SAN)-Otros (O)
La siguiente diapositiva representa una tabla que nos explica los tipos de puntos de muestreo recomendados para cada tipo de análisis.
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![Page 40: Sinac y legislación de aguas de cosumo](https://reader034.fdocuments.net/reader034/viewer/2022052600/55840929d8b42af00a8b52fd/html5/thumbnails/40.jpg)
Análisis de aguas de consumo
En esta diapositiva, se expondrán algunos boletines de análisis que hemos recogido de
la página del SINAC (www.sinac.msc.es). Visualizaremos un boletín de análisis no
apto y otro considerado apto.
Para el boletín fallido hemos optado por el municipio de Agüimes y su zona de
abastecimiento del milano y medianías.
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Análisis de aguas de consumo
Por otra parte, hemos escogido la capital y su zona de abastecimiento de EMALSA,
Situada en Tafira-Batán, descubrimos que su último boletín de análisis demuestra la
calidad del agua para el consumo humano.
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Bibliografía
- www.sinac.es
- Real Decreto 140/2003 del 7 de Febrero.