Segundo imperio mexicano

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Alcázar Becerril Manuel Sebastián Figueroa Ramírez Andony Hernández Espinoza Erwin Juárez Álvarez Guadalupe Angélica Méndez Ortega Juan Arturo Ramírez Cervantes Oscar Romero Quiñones Magdaleno Benemérita Universidad Autónoma de Puebla Facultad de Derecho y Ciencias Sociales Licenciatura en Derecho Teoría de la Constitución

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Alcázar Becerril Manuel Sebastián

Figueroa Ramírez Andony

Hernández Espinoza Erwin

Juárez Álvarez Guadalupe Angélica

Méndez Ortega Juan Arturo

Ramírez Cervantes Oscar

Romero Quiñones Magdaleno

Benemérita Universidad Autónoma de Puebla

Facultad de Derecho y Ciencias Sociales

Licenciatura en Derecho

Teoría de la Constitución

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"Benemérito de las Américas“

"Entre los individuos, como entre las naciones, el respeto al derecho ajeno es la paz.

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VIDA

21 de marzo de 1806 en el poblado de San Pablo Guelatao, Oaxaca.

Padres: Marcelino Juárez y Brígida García de origen zapoteco.

17 de diciembre de 1818 se traslada a Oaxaca , ayuda de su hermana josefa.

Antonio Maza y , Margarita Maza.

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Antonio Salanueva. 18 de octubre de 1821-1823 estudia gramática latina en el Seminario de Santa Cruz.

1824-1827 cursa latín, filosofía y teología.

1834. concluye su estudio Jurisprudencia en el Instituto de Ciencias y Artes de Oaxaca, Abogado.

Latín, francés e inglés además de que conocía el derecho canónico y el derecho civil

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Carrera política

El 26 de mayo de 1830 Juárez es nombrado encargado del Aula de Física del Instituto de Ciencias y Artes de Oaxaca.

11 de febrero de 1833 Juárez es nombrado formalmente Diputado Electo de la Honorable Legislatura del Estado de Oaxaca.

3 de febrero de 1834 se nombra a Benito miembro de la Junta de Sanidad de su Estado.

3 de enero de 1853 Juárez recibe un Despacho de Catedrático sustituto de Derecho Civil en el Instituto de Ciencias y Artes de Oaxaca

A la edad de 37 años de casa con Margarita Maza cuando ella tenia 17 años.

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1847 se trasladó a la ciudad de México con calidad de diputado federal.

masonería del Rito Nacional Mexicano : Guillermo Tell.

Gobernador interino de Oaxaca en 1847 por la Invasión estadounidense.

En 1853 lo encerraron en las tinajas de San Juan de Ulúa.

Veracruz y cuba, se va a Nueva Orleans donde conoce a Melchor Ocampo.

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Presidencia.

Plan de Ayutla proclamado en 1854, Juan N. Álvarez.

1855 Benito Juárez nombrado ministro de Justicia e Instrucción Pública.

Ley Juárez, Ley sobre administración de Justicia y orgánica de los tribunales de la Nación, del Distrito y Territorios.

1855 gobernador de Oaxaca, nombrado Ministro de Gobernación y Presidente de la Suprema Corte de Justicia por Ignacio Comonfort

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Presidente interino nombrado por:

Manuel Doblado y otros gobernadores. Lo que ocasiono la guerra de los Tres años.

1858 Benito Juárez se convirtió en Presidente de la República huye de Guanajuato donde fue nombrado, a Guadalajara, Colima y Manzanillo escapando de Zuloaga.

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Guillermo prieto “los valientes no asesinan”.

Embarcación hacia Panamá, La Habana y Nueva Orleans.

En 1858 llegó Juárez a Veracruz, donde el Gobierno de Manuel Gutiérrez Zamora le era afín junto con el Gral. Ignacio de la Llave.

El 12 de julio de 1859 Benito Juárez decreta la primera de las normas de reforma: la "Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos"

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Normas jurídicas

expedidas entre 1855-

1863

Juan Álvarez, Ignacio

Comonfort y Benito

Juárez

Propósito principal:

separar la Iglesia y el

Estado

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MARCO HISTORICO

2 presidentes: Benito Juárez y Félix Zuluaga

Juárez Guanajuato Guadalajara Veracruz

Juárez dicta Leyes de Reforma

Revolución de Ayutla:

Florencio Villareal, Juan Alvares, Ignacio Comonfort

Melchor Ocampo señala el pensamiento de Juárez (1858)

Principales Leyes de 1855 afectan aspectos:

Económicos, culturales y sociales.

Sebastián Lerdo de Tejadas promulga Leyes de Reforma

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GOBIERNO DE JUAN

ALVAREZ

Inicio de las leyes de

reforma.

LEY JUÁREZ: “Sobre la

administración de justicia y

orgánica de los Tribunales

de la Nación, del distrito y

territorios” promulgada el

22 de Noviembre de 1855.

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LEY LAFRAGUA

O ley de liberad de imprenta promulgada el 28 de

Diciembre de 1855 por José María Lafragua.

Nadie podría ser molestado por sus

opiniones, prohibiéndose así la censura.

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2 Importantes decretos:

Suprimió la coacción civil de los votos religiosos (26 de Abril de

1856).

Suprimió la Compañía de Jesús en México (5 de Junio de

1856).

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LEY LERDO

Por Miguel Lerdo de Tejada, el 25 de Junio de 1856.

“De desamortización de bienes de la Iglesia y de

Corporaciones”.

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LEY DEL REGISTRO CIVIL

Ignacio Comonfort, el 30 de Enero de 1857.

Establece el Registro del Estado Civil.

Obliga a los habitantes de la Republica a inscribirse en

dicho registro.

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LEY IGLESIAS

O también llamada Ley sobre derechos y obvenciones parroquiales.

Por Ignacio Comonfort, el 11 de Abril de 1857.

Regulaba el cobro de derechos parroquiales.

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GOBIERNO DE BENITO JUÁREZ

En el periodo del 12 de Julio de 1859 al 4 de Diciembre de 1860 Juárez estando en Veracruz expide las siguientes leyes:

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12 de Junio de 1859

Ley de nacionalización de los

Bienes Eclesiásticos.

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LEY DE NACIONALIZACIÓN(12 de Julio de1859)

Complemente la Ley Lerdo de desamortización de los

bienes de la iglesia.

La separación de la Iglesia y el Estado

Clausuraron los noviciados de las monjas

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LEY DEL MATRIMONIO

CIVIL(23 de Julio de 1859)

El matrimonio religioso no tenia validez oficial.

Prohibida la poligamia y bigamia.

Matrimonio indisoluble.

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LEY ORGANICA DEL REGISTRO CIVIL

(28 de Julio de 1859)

El registro del Estado Civil quedaba a cargo de los empleados de gobierno y no de la iglesia.

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DECRETO DE SECULARIZACIÓN DE CEMENTERIOS

(31 de julio de 1859)

DECRETO DE SUPRESIÓN DE FESTIVIDADES

RELIGIOSAS (11 de agosto de 1859)

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LEY SOBRE LIBERTAD DE

CULTOS

(4 de Diciembre de 1860)

La religión católica deja de ser la única permitida

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Los decretos del 12 y 13 de julio de 1859, expedidos por Benito Juárez en Veracruz, se pueden ver en la historia como Leyes de Reforma. No obstante,de Julio de 1859 a Febrero de 1863 se emitieron una serie de leyes que también pueden ser consideradas Leyes de Reforma. En particular las publicadas en el contexto de guerra civil que tuvo lugar de 1858 a 1860.

Ellas son:

-Ley de nacionalización de los Bienes Eclesiásticos del 12 de Junio de 1859-Ley de Matrimonio Civil del 23 de Julio de 1859-Ley Orgánica del Registro Civil del 28 de Julio de 1859-Ley Sobre Libertad de Cultos 4 de Diciembre de 1860

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DECRETOS

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Decreto para la Secularización de los Cementerios (31 de Julio 1859)

Cesaba en toda la república la intervenciónque había tenido el clero, tanto secular comoregular, en la administración de loscamposantos, panteones, bóvedas o criptasmortuorias.

Todos los cementerios, de maneraindependiente de donde estuvieran,quedaban bajo la inmediata inspección de laautoridad civil. La responsabilidad de loscementerios era del estado.

Los ministros de culto, se asentaba en elarticulo 5º, convendrían con los interesadosla remuneración que por los oficios deberíandarles.

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Decreto Sobre días festivos y prohibición de asistencia oficial a la Iglesia (11 de Agosto de

1859) Dejan de ser días festivos para el efecto de que se

cierren los tribunales, oficinas y comercio, todos losque no queden comprendidos en la especificaciónsiguiente: los domingos, el día de año nuevo, eljueves o viernes de la Semana Mayor, el jueves deCorpus, el 16 de septiembre, el lo. y 2 de noviembrey los días 12 y 24 de diciembre.

En sólo estos días dejarán de despacharhabitualmente los tribunales, oficinas ycomercio, exceptuándose las cosas urgentes, que sinnecesidad de previo auto de habilitación dehoras, pero sí expresando la razón por qué sedeclaró urgente el negocio, podrán despacharse.

Se derogan todas lasleyes, circulares, disposiciones, cualesquiera quesean, emanadas del legislador, de institucióntestamentaria o de simple costumbre, por las cualeshabía de concurrir en cuerpo oficial a las funcionespúblicas de las iglesias.

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Decreto para Secularización de Hospitales (2 de Febrero de

1861)

Desde el siglo XVI estas instituciones habían sido administradaspor las autoridades o corporaciones religiosas.

La nueva ley establecía que era el Gobierno de la Unión elencargado de cuidar, dirigir y mantener el buen funcionamiento detodos los hospitales y sitios de beneficencia en el Distrito Federal

Los establecimientos de este tipo ubicados en las demás entidadesfederativas, quedaban bajo la inspección de los gobiernos estatalesrespectivos y sujetos a las disposiciones de dicha ley.

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Decreto para la Supresión de comunidades religiosas (26 de febrero de 1863)

Decreto la extinción de todos los conventos, excepto el de lashermanas de la Caridad, por el servicio que proporcionaban a lanación en la administración de los hospitales.

A las monjas se les asignaban en ese entonces 4000 pesos de dote,conminándolas la ley a aquellas que no hubieran recibido la doteacudieran al ministerio (jefes de hacienda en los estados) “para quedesde luego se les entregue su capital o mientras sucede se lesauxilie con sus alimentos”

Se aclaraba que las religiosas exclaustradas gozaban de libertad y,por consiguiente, de todos los derechos y obligaciones que lalegislación concedía a la mujer. No obstante se tomaban ciertasprevenciones para dispensar a dichas señoras, (religiosas) laespecial protección que necesitaran.

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FINALMENTE SE

ORDENA:

Exilio del delegado apostólico Luis Clementi,

arzobispos y obispos.

Hospitales y establecimientos de beneficencia

secularizados.

Exclaustración de monjas y frailes.

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El 31 de Octubre de 1861 España, Francia e Inglaterra

Negociación (Manuel Dobaldo)

Francia ocupar la Ciudad de México el 10 de junio de 1863

Regencia Juan Nepomuceno Almonte, Mariano Salas y el arzobispo Pelagio Antonio

Antecedentes

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Ofrecimiento de la Corona

Partido Conservador búsqueda Napoleón III

Comisión del Partido Conservador de México y la Iglesia católica

3 de octubre de 1863 en el castillo de Miramar

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Llegada de Maximiliano a Veracruz el 28 de mayo de 1864.

Equidad en la justicia

3 de julio de 1862 Napoleón III Foreygobierno moderado

Maximiliano integración nacional

Inicio del Imperio

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Legislación

Garantías

Control civil

Penal

Primera ley del trabajo

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Estatuto

(1865)

Forma de gobierno

Garantías

Cuestiones penales

Ley orgánica

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3 de marzo de 1865

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FranciaEstados Unidos

Política conservadora

Política liberal

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1866, mexicanos solicitan la abdicación de Maximiliano

1867 * (enero) decide no abdicar

* reorganizó el ejército imperial

Maximiliano huye a Querétaro

El 6 de marzo de 1867 el General Mariano Escobedo sitió la ciudad de Querétaro

el 19 de junio de 1867, fusilamiento en el Cerro de las Campanas de la ciudad de Querétaro

Culminación

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Julio de 1867 Juárez regresó victorioso a la capital del país.

Ocuparía nuevamente la presidencia de México.

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Mejorar la economía del país.

Para garantizar la democracia por la que tanto se había luchado.

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Constitución de 1857.

convocar las elecciones.

buscaba el apoyo popular.

Aspecto político:

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Tenía como objetivo prioritario el de atraer el capital extranjero.

Fomentar la agricultura.

Aspecto Económico

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Incorporar al país a la Revolución Industrial

Convertir a México en un puente comercial entre Asia y Europa, y entre Estados Unidos y América del Sur.

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Los esfuerzos realizados por el gobierno no fueron suficientes para resolver los problemas económicos y sociales.

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Juárez logró ganar las elecciones generales para el periodo 1867-1871.

Derrotando al otro candidato, el general Porfirio Díaz.

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En 1871 Benito Juárez fue electo nuevamente presidente.

En 1872 murió repentinamente Benito Juárez.

Lo sustituyó Sebastián Lerdo de Tejada y se reeligió en 1876 a pesar de la oposición de Porfirio Díaz.

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Sebastián Lerdo de Tejada era un hombre de muy basta cultura y de gran influencia política.

Lerdo de Tejada se preocupó por pacificar al país.

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Díaz combatió en armas y con el plan de Tuxtepec y la no reelección, venció al presidente Lerdo de Tejada.

Inicio el Porfiriato.

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