Secreto profesional
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Secreto profesional
JUAN MENDOZA-VEGA M.D.Academia Nacional de Medicina
Academia Colombiana de la Lengua
Academia Colombiana de Historia
Instituto Colombiano de Estudios Bioéticos
“Marco” que la
mente humana utiliza para
analizar y tratar de entender
ideas, emociones y la realidad
percibida por los sentidos
Mentalidad
Mentalidad bioética:
Todo Ser Humano tiene la obligación
de obrar bien
consigo mismo y con su
AMBIENTE
(sus semejantes, otros seres vivos, cosas inanimadas, aire, agua, recursos…)
Para el Siglo XXI
Invención humana para promover,
mantener y hacer respetar las normas de convivencia
No es “dueño” de los ciudadanos, se le obedece por consenso social
Mediante la Ley impone obligaciones en busca del “beneficio social”
El Estado
Ciudadanos con profesiones que tienen el
compromiso ético de velar por “el mejor interés” de sus conciudadanos Médico, abogado…
Para ejercer bien, necesitan la confianza de las personas y de la sociedad
Uno de los factores de esa confianza es la promesa de guardar secreto
Frente al Estado
Tiene saberes útiles, pero “peligrosos”(desde
los hipocráticos, hace más de 25 siglos) Nadie se confiaría en sus manos, si no le tiene
confianza Uno de los factores de la confianza, es la
promesa de guardar secreto lo que se le confíe o lo que vea, oiga o entienda en el curso de su contacto como profesional con el enfermo y su entorno íntimo
El médico
Se acepta y reconoce “aun en
perjuicio de la legalidad estricta” (Cabanellas, G. Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual Tomo VII, pág. 309)
Código de Procedimiento Penal Colombiano, artículo 68, exonera de la obligación de denunciar, para guardar secreto profesional
El secreto profesional
Deber, para el profesional, de no revelar
aquello que haya oído, visto o comprendido por razón de su ejercicio
Derecho, para el paciente o cliente, de que se guarde esa prohibición de revelar aspectos de su intimidad
En un “Estado de Derecho” puede tener limitaciones fijadas por la ley
El secreto profesional
Médico y profesionales de salud:
Todo aquello que haya visto, oído o comprendido durante el ejercicio de la profesión, que concierna al enfermo y que no sea indispensable dar a conocer
Otros profesionales: Según sus propias reglas y normas
¿Qué se guarda en secreto?
Respeto a la autonomía del enfermo, a su
derecho a la privacidad Promesa tácita de discreción, al aceptar la
relación médico-paciente Necesidad de confianza social y personal Deber de lealtad con el enfermo que se
pone en las manos del profesional No cesa con la muerte del enfermo
Bases del secreto
Constitución Política (1991) Ley 23 de 1981, sobre Ética Médica
Decreto reglamentario 3380 de 1981 Código de Procedimiento Penal, Ley 906
de 2004 Ley 1581 de 2012, sobre Protección de
datos personales Sentencias de la H. Corte Constitucional
y de la H. Corte Suprema de Justicia
Soporte legal en Colombia
Puede tenerlas:
Para evitar daño importante a tercera persona concreta
Para evitar daño grave concreto y probable a la sociedad (p. ej. enfermedad epidémica)
Antes de violar el secreto, se debe tratar de lograr que sea el mismo paciente quien comunique el asunto a los afectados
¿Tiene excepciones?
Es factor de respeto y garantía funcional
para derechos de la persona-paciente: A la honra y el buen nombre A la intimidad A la información A la libertad
(Sentencia 14043-02, Corte Suprema de Justicia de Colombia, M.P. Aníbal Gómez Gallo)
Pero el secreto…
Respeto estricto, siempre (C.C.C.-Sentencia
C 411 de 1993)
Tratar de no recibir del enfermo, como confidencia, datos que puedan ser “sensibles” y que no sea indispensable conocer
Nunca tomar el papel de “funcionario vigilante” frente al paciente
Ante el Secreto:
¿Es posible atender bien a una mujer que
consulta con signos de aborto, sin determinar la causa concreta del aborto?
¿La mujer que ha tenido un aborto provocado, pone en peligro de daño grave y cierto a un tercero concreto?
Esa mujer ¿puede poner en peligro cierto y grave a la comunidad humana donde vive?
Secreto médico y aborto
¿Qué es mas importante, la confianza
de los ciudadanos y la sociedad, que se pone en riesgo por la ruptura del secreto, o el castigar a la mujer que abortó, sean cuales fueren sus circunstancias?
Secreto médico y aborto
Definición de aborto Íd. de Interrupción de embarazo Cimoblasto, embrión humano,
feto… Causas justas para interrumpir un
embarazo humano
Inquietudes adicionales
Puede dar origen
a Objeción de Concienciabasada en la convicción
de que el daño a la confianzaes mucho mayor que el presunto
beneficio
La orden de romper el secreto profesional