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SECCION ADMINISTRATIVA MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DECRETO Nº 3226 MDS ACORDANDO PENSIONES Paraná, 2 de octubre de 2017 VISTO: Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social, por la Direc- ción de Integración Comunitaria relacionadas con solicitudes de Pensiones correspondien- tes a la Ley Nº 4035; y CONSIDERANDO: Que los peticionantes han cumplido los req- uisitos establecidos en la Ley Provincial Nº 4035 en su Artículo 1º, Incisos A) y C): a la ancianidad y a la invalidez, justificando el es- tado de necesidad; Que la Dirección de Integración Comunitaria evaluó cada una de las gestiones informando favorablemente al respecto; Por ello; El Gobernador de la Provincia DECRETA: Art. 1º.- Acuérdanse a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, pen- siones correspondientes a la Ley Provincial Nº 4035 en su artículo 1º, Incisos A) y C), por los conceptos de ancianidad, e invalidez, de acuerdo al sistema de haberes que fija el artí- culo 2º del Decreto Nº 4886/86 M.A.S.; a las personas que a continuación se detallan: Departamento Federacion: DNI – Form. - Cod. Invalidez: Lovatto, Stella Maris – 17.426.028 – 1022 - 04-04 Departamento Parana: Ancianidad: Cevallos, Jorge Alfredo – 14.604.506 – 3261 - 10-00 Gomez, Miguel Angel – 12.232.678 – 1198 - 30-19 Villagra, Nora Graciela – 17.277.715 – 1303 - 10-65 Invalidez: Bevilacqua, Angela del Carmen – 18.460.553 – 4855 - 10-65 Pirez, Matias Gaston – 26.394.799 – 4939 - 10-00 Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social. Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archíve- se. GUSTAVO E. BORDET María L. Stratta MINISTERIO DE SALUD DECRETO Nº 369 M.S. APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO Paraná, 13 de marzo de 2017 VISTO: El Decreto Nº 1.453 M.S. del 16 de mayo de 2012 M.S.; y CONSIDERANDO: Que por el mencionado decreto se dispuso la instrucción de un sumario administrativo al agente Adrián Antonio Duarte, legajo Nº 179.853, quien revista en un cargo de catego- ría 12, Carrera Enfermería, Tramo “B”, Escala- fón Sanidad con prestación de servicios en el Hospital Materno Infantil “San Roque” de Para- ná, por encontrarse su conducta presuntamen- te incursa en el artículo 71º, incisos a) y b) de la Ley 9.755 - Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia; Que se le imputa al sumariado haber incurri- do en inasistencias injustificadas a su lugar de trabajo durante el año 2011, conforme el si- guiente detalle: mes de enero: días 9 y 10; mes de febrero: días 12, 13, 14, 18, 19, 20 y 25; mes de marzo: días 1, 6, 8, 9, 11, 13 y 14; mes de abril: días 14, 17, 18, 19, 29 y 30; mes de junio: día 24; mes de julio: días 2 y 3; mes de agosto: días 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 10; y a partir del 13 de agosto abandono de servicio, por no haberse reintegrado a su trabajo, haciendo caso omiso a la intimación cursada a tal efecto, obrando de fojas 1/28 informe de inasistencias, tiraje de tarjeta reloj, fotocopias del cuaderno de regis- tro de faltas del Departamento Enfermería; co- municación de la Comisión Médica y copias de Cartas Documento remitidas al sumariado; Que a fojas 215 y vta., y 223 y vta. obra declaración testimonial y reconocimiento de documental por parte de la señora Nélida Hei- nitz, quien se desempeña como Jefa del De- partamento Enfermería del Hospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná, expresando, respecto del sistema de registro de asistencia que el mismo es dactilar, en el Área Recursos Humanos telefónicamente se recepcionan avi- sos de inasistencia; agregando que el sumaria- do no se ha presentado a trabajar desde hace más de un año a esa fecha (14.11.12), que guarda un buen concepto laboral, agregando que lo relativo a las intimaciones y domicilios de los agentes lo realiza el Área de Recursos Humanos; Que a fojas 220/221 obra declaración testi- monial del doctor Javier Eduardo Garberi, con funciones de secretario técnico del Hospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná, luego Nº 26.272 - 190/17 PARANA, martes 10 de octubre de 2017 EDICION: 20 Págs. - $ 5,00 Página Oficial del Gobierno: www.entrerios.gov.ar/ Página Oficial del Boletín: www.entrerios.gov.ar/boletin/ E-mail:[email protected] - [email protected] GOBERNADOR DE LA PROVINCIA VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría General de la Gobernación Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl D. Mauro Gabriel Urribarri Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Carlos Schepens D. Adrián Federico Fuertes D. Edgardo Darío Kueider

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SECCION ADMINISTRATIVA

MINISTERIO DE DESARROLLOSOCIAL

DECRETO Nº 3226 MDSACORDANDO PENSIONESParaná, 2 de octubre de 2017

VISTO:Las presentes actuaciones iniciadas ante el

Ministerio de Desarrollo Social, por la Direc-ción de Integración Comunitaria relacionadascon solicitudes de Pensiones correspondien-tes a la Ley Nº 4035; yCONSIDERANDO:

Que los peticionantes han cumplido los req-uisitos establecidos en la Ley Provincial Nº4035 en su Artículo 1º, Incisos A) y C): a laancianidad y a la invalidez, justificando el es-tado de necesidad;

Que la Dirección de Integración Comunitariaevaluó cada una de las gestiones informandofavorablemente al respecto;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Acuérdanse a partir de la fecha de

entrada en vigencia del presente decreto, pen-siones correspondientes a la Ley Provincial Nº4035 en su artículo 1º, Incisos A) y C), por losconceptos de ancianidad, e invalidez, deacuerdo al sistema de haberes que fija el artí-culo 2º del Decreto Nº 4886/86 M.A.S.; a laspersonas que a continuación se detallan:

Departamento Federacion:DNI – Form. - Cod.Invalidez:Lovatto, Stella Maris – 17.426.028 – 1022 -

04-04

Departamento Parana:Ancianidad:Cevallos, Jorge Alfredo – 14.604.506 – 3261

- 10-00Gomez, Miguel Angel – 12.232.678 – 1198 -

30-19Villagra, Nora Graciela – 17.277.715 – 1303

- 10-65Invalidez:Bevilacqua, Angela del Carmen – 18.460.553

– 4855 - 10-65Pirez, Matias Gaston – 26.394.799 – 4939 -

10-00Art. 2º: El presente decreto será refrendado

por la señora Ministra Secretaria de Estado deDesarrollo Social.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archíve-se.

GUSTAVO E. BORDETMaría L. Stratta

MINISTERIO DE SALUD

DECRETO Nº 369 M.S.APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO

Paraná, 13 de marzo de 2017VISTO:

El Decreto Nº 1.453 M.S. del 16 de mayo de2012 M.S.; yCONSIDERANDO:

Que por el mencionado decreto se dispuso lainstrucción de un sumario administrativo alagente Adr ián Antonio Duarte, legajo Nº179.853, quien revista en un cargo de catego-ría 12, Carrera Enfermería, Tramo “B”, Escala-fón Sanidad con prestación de servicios en elHospital Materno Infantil “San Roque” de Para-ná, por encontrarse su conducta presuntamen-te incursa en el artículo 71º, incisos a) y b) de

la Ley 9.755 - Marco de Regulación del EmpleoPúblico en la Provincia;

Que se le imputa al sumariado haber incurri-do en inasistencias injustificadas a su lugar detrabajo durante el año 2011, conforme el si-guiente detalle: mes de enero: días 9 y 10; mesde febrero: días 12, 13, 14, 18, 19, 20 y 25; mesde marzo: días 1, 6, 8, 9, 11, 13 y 14; mes deabril: días 14, 17, 18, 19, 29 y 30; mes de junio:día 24; mes de julio: días 2 y 3; mes de agosto:días 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 10; y a partir del 13 deagosto abandono de servicio, por no habersereintegrado a su trabajo, haciendo caso omisoa la intimación cursada a tal efecto, obrandode fojas 1/28 informe de inasistencias, tiraje detarjeta reloj, fotocopias del cuaderno de regis-tro de faltas del Departamento Enfermería; co-municación de la Comisión Médica y copias deCartas Documento remitidas al sumariado;

Que a fojas 215 y vta., y 223 y vta. obradeclaración testimonial y reconocimiento dedocumental por parte de la señora Nélida Hei-nitz, quien se desempeña como Jefa del De-partamento Enfermería del Hospital MaternoInfantil “San Roque” de Paraná, expresando,respecto del sistema de registro de asistenciaque el mismo es dactilar, en el Área RecursosHumanos telefónicamente se recepcionan avi-sos de inasistencia; agregando que el sumaria-do no se ha presentado a trabajar desde hacemás de un año a esa fecha (14.11.12), queguarda un buen concepto laboral, agregandoque lo relativo a las intimaciones y domiciliosde los agentes lo realiza el Área de RecursosHumanos;

Que a fojas 220/221 obra declaración testi-monial del doctor Javier Eduardo Garberi, confunciones de secretario técnico del HospitalMaterno Infantil “San Roque” de Paraná, luego

Nº 26.272 - 190/17 PARANA, martes 10 de octubre de 2017 EDICION: 20 Págs. - $ 5,00

Página Oficial del Gobierno: www.entrerios.gov.ar/ Página Oficial del Boletín: www.entrerios.gov.ar/boletin/

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GOBERNADOR DE LA PROVINCIAVICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIAMinisterio de Gobierno y JusticiaMinisterio de Educación, Deportes y Prevención de AdiccionesMinisterio de Cultura y ComunicaciónMinisterio de Economía, Hacienda y FinanzasMinisterio de Desarrollo SocialMinisterio de SaludMinisterio de Planeamiento, Infraestructura y ServiciosMinisterio de ProducciónMinisterio de TurismoMinisterio de TrabajoSecretaría General de la Gobernación

Cr. D. Gustavo Eduardo BordetCr. D. Adán Humberto BahlD. Mauro Gabriel Urribarri

Cr. D. Hugo Alberto BallayLic. Da. María Laura StrattaLic. Da. Sonia Mabel VelázquezIng. D. Luis Alberto BenedettoD. Carlos SchepensD. Adrián Federico Fuertes

D. Edgardo Darío Kueider

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de reconocer el contenido y firma de la docu-mental que se le exhibe a tal fin, además deratificar que la documental corresponde al re-gistro de asistencia por sistema de reloj dacti-lar del agente Duarte; declara que reconoce lasplanillas de fojas 11/16 y 61 como Registro quelleva el Departamento Enfermería, agregandoque el encartado nunca se comunicó ni antesni después de la intimación que se le cursaraque no fue más a trabajar desde agosto de2011 en forma ininterrumpida a la fecha;

Que abierta la causa a prueba, notificadoconforme constancia de fojas 240, el señordefensor doctor Diego Metiyier, en escritoobrante a fojas 244 y vta. acompaña documen-tal consistente en certificados médicos sus-criptos por el doctor Alberto Raiteri, médicopsiquiatra matrícula 6.670, de fechas 16 demarzo, 15 de abril, y 20 de mayo, todos del año2011, informativa y ampliación de indagatoria;

Que al prestar declaración el encartadoquien en su descargo detallara “que no asistía mi trabajo por problemas de salud en muchossentidos, estuve con medicación y tratamientopsiquiátrico con el doctor Raiteri... Normalmen-te avisaba cuando iba a inasistir, en otras oca-siones por la misma situación de las dolenciasque tenía omitía dar aviso. También hubo unaconfusión con la licencia ordinaria que usufruc-tué en el mes de julio del año 2011 puesto queel dicente interpretó que le correspondían másdías por francos acumulados. La supervisora(Lorena Ríos) misma me manifestó que al fina-lizar la licencia ordinaria me tomara los francosque tenía pendientes así mejoraba la salud.Con respecto a las intimaciones que me cursa-ban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nuncame anoticié de tal intimación. Yo creía quecontinuaba con licencia”;

Que al ser interrogado el sumariado por lainstrucción si reconoce su firma en la docu-mental de fojas 171 (por la cual se le notificabacambio de funciones por sus inasistencias in-justificadas en un total de 21 al 6.7.2011),manifiesta: “Eso me lo notifican cuando iba ala licencia ordinaria en julio de 2011, y significaque cuando regresara de vacaciones me teníaque presentar en el Área de Pediatría”; respec-to del cese de liquidación de haberes expresaque no recuerda en qué fecha se produjo sep-tiembre u octubre de 2012, no ha formuladoningún reclamo, por la instrucción del sumario,a la fecha de la declaración expresa que noconcurre a trabajar;

Que en el memorial de alegato presentado porla defensa técnica del sumariado, plantea lo rela-tivo a la falta de notificación fehaciente de laintimación cursada a los fines de la configuraciónde la causal de abandono de servicio prevista enel inciso b) del artículo 71º de la Ley 9.755;expresando que el encartado nunca recibió lascartas documento que obran a fojas 21/28, 41/42,por enviarse a un domicilio que no es el suyo, yque tampoco por esa razón no pudo concurrir aJunta Médica, en definitiva solicita la absolucióndel encartado, por entender que la imputación secompone con los dos incisos del artículo 71º (a yb) conforme lo dispuesto por el Decreto Nº1.453/12;

Que del plexo probatorio glosado al presenteprocedimiento sumaria, emerge sin hesitaciónque el agente Adrián Antonio Duarte no cum-plió con su débito laboral en las fechas endil-gadas en autos, conforme el detalle supra in-dividualizado, habiendo posteriormente incu-rrido en abandono de servicios;

Que el encartado en su defensa material des-plegada en su indagatoria admitió no haberconcurrido más a su trabajo; introduciendo trescuestiones que pretende se tengan como jus-tificantes de su inconducta: a) razones de sa-lud; b) una supuesta “confusión” sobre fechasde expiración de licencia anual y francos com-pensatorios que le correspondían, y c) desco-nocimiento de las notificaciones e intimacionesque se le cursaran por no haber llegado jamása su domicilio;

Que cabe resaltar que el procedimiento parajustificar las inasistencias del personal por ra-zones de salud se encuentra previsto por elDecreto Nº 5.350/09 MJGEOSP, que en suartículo 1º establece “La constatación de ina-sistencias por razones de salud de los emplea-dos de las reparticiones de la AdministraciónPública, Entes Autárquicos y Descentralizadosserá efectuada: a) Para los empleados queprestan servicios en la ciudad de Paraná, porlos profesionales de la Comisión Médica, de-pendiente del Ministerio de Gobierno, Justicia,Educación, Obras y Servicios Públicos, la cualoperará en los términos y condiciones previs-tos en el Decreto Nº 5.115/75 (t.u.o. Decreto5.704/93 MGJE).. . ; el art ículo 2º expresa”Apruébase el Protocolo Único, por el cual sefija el procedimiento de solicitud de licencia porenfermedad, el cual como Anexo II se agregay forma parte del presente, así como tambiénel Modelo de Certificado Médico obrante comoAnexo III del presente";

Que, a su vez, el Anexo II de la norma citadaprevé el denominado “Protocolo Único para laconstatación de inasistencias por razones deenfermedad”, el cual determina que el agentedebe solicitar reconocimiento antes de las 7.30horas al jefe de la repartición en que revista, asu vez el responsable de la Oficina de Personaldeberá confeccionar el formulario especialaprobado por Decreto Nº 5.709/93 MGJE (ane-xo II) o informar por el sistema que en el futurose implemente al Área del Reconocimiento Mé-dico pertinente del Hospital respectivo antesde las 8 horas, con una tolerancia de 30 minu-tos (artículo 2º), cuando el empleado puedaconcurrir personalmente al consultorio oficial,lo hará en el mismo día de la inasistencia, enel horario que por resolución fije la ComisiónMédica y la Secretaría de Salud, en caso enque no pudiera movilizarse solicitará control adomicilio (artículo 3º), y en el caso en que elagente no pueda cursar el aviso dentro delhorario fijado, el artículo 6º dispone que debe-rán aportarse los elementos de juicio que larepartición o reconocimiento médico puedaninteresar, incluido certificado médico, pudien-do recibirse el aviso hasta dos horas despuésde la fijada como ingreso, conjuntamente conlas pruebas del caso;

Que, en definitiva, la norma citada (Anexo IIdel Decreto Nº 5.350/2009) describe con pre-cisión el procedimiento a seguir, tanto por pro-pio agente que necesite hacer uso de licenciapor enfermedad (artículos 10 y 11 Decreto5.703/93 MGJE), como por el Jefe de la Repar-tición en la que reviste y/o el responsable de laoficina de Personal;

Que, en consecuencia, conforme al criterioque se viene sustentando en casos similaresal presente, los certificados médicos adjuntos(cfr. fojas 241/243) resultan extemporáneos ypor tanto inidóneos para avalar las ausenciaslaborales del agente Duarte, ya que no fueronpresentados ante la Comisión Médica, únicoorganismo habilitado para constatar las inasis-tencias por razones de salud de los agentespúblicos, conforme las normas supra citadas.Asimismo, el argumento de encartado respectode la supuesta confusión con los días de licen-cia anual ordinaria que usufructuó en el mes dejulio de 2011, y los francos compensatoriosque le correspondían, resulta infantil e insos-tenible a tenor de la enorme cantidad de ina-sistencias en que incurrió antes, de las cualestenía cabal conocimiento a tenor de la docu-mental obrante a cfr. fojas 171, y después dedicho mes y año (cfr. fojas 45/49), las quesuperan con creces el linde dispuesto por elartículo 71º, inciso a) de La Ley 9.755; ademásde estar acreditado y reconocido por el propioencartado que no concurrió más a su trabajodesde el mes de agosto de 2011;

Que en punto al cuestionamiento que realizala defensa respecto de la notificación de lasintimaciones, cabe destacar que tanto la inti-mación que requiere el inciso b) del artículo 71

de la Ley 9.755 (fojas 41/42; 150/151 vta.),como las notificaciones previas (fojas 21/27),estas últimas innecesarias (cfr. fojas 265) fue-ron dirigidas al domicilio real denunciado porel encartado en su organismo de revista (cfr.fojas 127); habiendo denunciado nuevo domi-cilio recién en fecha 17.10.12 (cfr. fojas 84), alrespecto, cabe destacar que el artículo 61º,inciso s) de la Ley 9.755 impone, como deberlegal a los agentes estatales “Declarar la nómi-na de familiares a cargo, domicilio real y suactualización”, al organismo de revista; incon-ducta de cuyas consecuencias lo tornan en elúnico responsable debiendo asumir las conse-cuencias de su incumplimiento y, por tantodebe tenérselo por notificado;

Que no obstante todo lo supra expuesto ade-más, en el particular queda claro que la san-ción expulsiva de los cuadros de la Administra-ción Pública resulta indiscutiblemente viableen orden a la enorme cantidad de inasistenciasen que incurriera el agente Duarte, excediendoampliamente el linde de diez inasistencias,continuas o discontinuas, en los doce mesesinmediatos anteriores, que establece la regla-mentación administrativa sobre la materia, ar-tículo 71º, inciso a) de la Ley 9.755; y, además,al hecho acreditado de no haberse presentadomas a trabajar desde el mes de agosto de2011, careciendo de todo efecto práctico en lospresentes el planteo de la defensa respecto dela fecha a partir de la cual debe considerárseloincurso en “Abandono de Servicio”;

Que a los fines de graduar la sanción discipli-naria que le corresponde, cabe señalar la conduc-ta disvaliosa del agente Adrián Antonio Duarte,evidenciando un total desapego a los procedi-mientos administrativos a fin de justificar sus ina-sistencias, lo cual a su respecto, en su carácterde agente estatal, resulta una obligación legal atenor de lo dispuesto por el artículo 61º, incisosb) y d) de la Ley 9.755, correspondiendo se im-ponga una sanción expulsiva de los cuadros dela Administración Pública;

Que la Comisión Asesora de Disciplina hatomado la intervención que le compete;

Que atento a la vigencia de la Ley 9.755Marco de Regulación del Empleo Público enla Provincia, la que por el artículo 121º de-rogó la Ley 3.289, hecho éste que podríaeventualmente cuestionar el Reglamento desumarios administrativos establecido por elartículo 20º y concordantes Resolución Nº555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, correspondecontinuar plenamente con la vigencia de lamisma en todos sus términos, hasta la apro-bación de la nueva reglamentación de proce-dimientos administrativos para los sumarios,conforme lo establece el artículo 1º del De-creto Nº 2.840/07 GOB;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Apruébase y dese por finalizado el

sumario administrativo dispuesto instruir me-diante Decreto Nº 1.453 M.S., del 16 de mayode 2012 M.S., atento a lo expresado en losconsiderandos precedentes.

Art. 2º — Aplícase la sanción de cesantía alagente Adr ián Antonio Duarte, legajo Nº179.853, quien revista en un cargo de catego-ría 12, Carrera Enfermería, Tramo “B”, Escala-fón Sanidad con prestación de servicios en elHospital Materno Infantil “San Roque” de Para-ná, por encontrarse su conducta incursa en elartículo 71º, incisos a) y b) de la Ley 9.755 -Marco de Regulación del Empleo Público en laProvincia, y conforme a lo expuesto en el pre-sente decreto.

Art. 3º — Manténgase plenamente en vigen-cia y en todos sus términos el Reglamento desumarios administrativos establecido por el ar-t ículo 20º y concordantes Resoluc ión Nº555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, conforme lodispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº2.840/07 GOB.

Art. 4º — El presente decreto será refrenda-

2 BOLETIN OFICIAL Paraná, martes 10 de octubre de 2017

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do por el señor Ministro Secretario de Estadode Salud.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese y archí-vese.

GUSTAVO E. BORDETAriel L. de la Rosa

— — —DECRETO Nº 370 M.S.

RECTIFICANDO ARTÍCULOParaná, 13 de marzo de 2017

VISTO:El Decreto Nº 142 M.S. de fecha 10 de febre-

ro de 2016; yCONSIDERANDO:

Que por el artículo 3º del mencionado textolegal se designó en forma interina como Direc-tor del Hospital “Doctor Raúl Camino” de Fede-ral, al licenciado en Psicología Mauricio RubénDíaz, DNI Nº 27.836.758, a partir de la fechadel presente texto normativo;

Que en virtud del informe del DepartamentoPersonal del Ministerio de Salud, el licenciadoDíaz revista interinamente en un cargo Profe-sional Asistente, Carrera Profesional Asisten-cial Sanitaria, Escalafón Sanidad del mencio-nado establecimiento asistencial, en el cualdebe cesar;

Que de acuerdo a lo expuesto corresponderectificar el decreto mencionado en su partepertinente;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Rectifícase el artículo 3º del Decreto

Nº 142 M.S., de fecha 10 de febrero de 2016, elcual quedará redactado de la siguiente manera:“Artículo 3º.- Desígnase en forma interina comoDirector del Hospital "Doctor Raúl Camino" deFederal, al licenciado en Psicología MauricioRubén Díaz, DNI Nº 27.836.758, a partir de lafecha del presente texto normativo, debiendocesar en el cargo profesional asistente, CarreraProfesional Asistencial Sanitaria, Escalafón Sa-nidad del mismo establecimiento asistencial,que detenta en forma interina”.

Art. 2º — El presente decreto será refrenda-do por el señor Secretario de Estado de Salud.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archí-vese.

GUSTAVO E. BORDETAriel L. de la Rosa

— — —DECRETO Nº 371 M.S.

RECTIFICANDO ARTÍCULOParaná, 13 de marzo de 2017

VISTO:El Decreto Nº 4.094 M.S., de fecha 28 de

diciembre de 2016; yCONSIDERANDO:

Que por el artículo 4º del mencionado textolegal se designó en forma interina y hasta tantose llame a concurso, al doctor Carlos LuisMaría Rosenbrock, DNI Nº 12.756.747, en elcargo vacante Jefe de Servicio del Servicio deOncología, Carrera Profesional Asistencial Sa-nitaria, Escalafón Sanidad del Hospital “SanMartín” de Paraná, con retención del cargoProfesional Asistencial que detenta en formaefectiva en el mencionado nosocomio;

Que en fecha 14 de diciembre de 2016 me-diante Decreto Nº 3.758 M.S. se aprobaron losconcursos realizados por la División Concursodel Ministerio de Salud, en mérito a lo dispues-to por la Ley 9.892, Carrera Profesional Asis-tencial Sanitaria, para la cobertura de diversoscargos afectados a la plana permanente delHospital “San Martín” de Paraná, que fueranconvocados por Resolución Nº 132/12 M.S. yResolución Nº 1.861/12 M.S.;

Que como consecuencia del mencionadoconcurso el doctor Rosenbrock fue designadode manera efectiva en el cargo ProfesionalAdjunto del Servicio de Oncología del Hospitalut supra referenciado, cargo que retendrámientras continúe como Subjefe del menciona-do servicio, donde se encuentra designado enforma interina;

Que de acuerdo a lo expuesto corresponderectificar el artículo 4º del Decreto Nº 4.094/16M.S., en virtud a que el cargo que debe retenerel doctor Rosenbrock es profesional adjunto yno como se consignara en el mismo;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Rectifícase el artículo 4º del Decreto

Nº 4094 M.S. de fecha 28 de diciembre de 2016,el cual quedará redactado de la siguiente manera:“Artículo 4º.- Desígnase interinamente a partir dela fecha del presente decreto y hasta tanto sellame a concurso, al doctor Carlos Luis MaríaRosenbrock, DNI Nº 12.756.747, en el cargo va-cante Jefe de Servicio del Servicio de Oncología,Carrera Profesional Asistencial Sanitaria, Escala-fón Sanidad del Hospital ”San Martín" de Paraná,con retención del cargo profesional adjunto quedetenta en forma efectiva en el mismo nosoco-mio".

Art. 2º — El presente decreto será refrenda-do por el señor Ministro Secretario de Estadode Salud.

Art. 3º — Comuníquese, publíquese y archí-vese.

GUSTAVO E. BORDETAriel L. de la Rosa

— — —DECRETO Nº 372 M.S.

HACIENDO LUGAR A RECURSOParaná, 13 de marzo de 2017

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales la

a g e n t e S a n d r a R a q u e l R u b i o , D N I N º25.307.586, legajo Nº 152.557, interpone re-curso de revocatoria contra el Decreto Nº1.653 M.S. del 23 de junio del 2016; yCONSIDERANDO:

Que por el mencionado texto legal se dio porfinalizado el sumario administrativo instruidopor Decreto Nº 383/10 MSAS y consecuente-mente se le aplicó la sanción de cesantía a laa g e n t e S a n d r a R a q u e l R u b i o , D N I N º25.307.586, legajo Nº 152.557, quien revistabaen un cargo de categoría 10- Personal Obreroy Maestranza, Escalafón General del HospitalMaterno Infantil “San Roque” de Paraná, porencontrarse su conducta incurso en el artículo71º, inciso a) de la Ley Nº 9.755 - Marco deRegulación de Empleo Público en la Provincia;

Que, cabe destacar, que el decreto recurrido seencuentra notificado en fecha 28.7.16 y la presen-te revocatoria fue interpuesta en fecha 10.8.16,por lo que corresponde tener el mismo comointerpuesto en legal tiempo y forma dentro de lostérminos del artículo 57º de la Ley Nº 7.060;

Que el argumento central del recurso de re-vocatoria interpuesto versa sobre la presuntaprescripción de la potestad disciplinaria delEstado Provincial, en base a la cual se solicitase anule la sanción de cesantía impuesta, sos-teniendo que conforme la redacción del nuevoCódigo Civil y Comercial puntualmente el artí-culo 386º: “Son de nulidad absoluta los actosque contravienen el orden público...”, nulidadque surgiría del artículo 74º de la Ley Nº 9.755,modificado por el artículo 11º de la Ley Nº9.811, en el que transcribe la parte pertinentede dicha normativa;

Que, asimismo, resalta que surge de la sustan-ciación del sumario administrativo y que ya deter-minaba la prescripción: sello de fecha 4.11.2013Mesa de Entrada Gobernación, misma fecha Ge-neral de Despacho Gobernación, y que tendríaque haber remitido a archivo el expediente encuestión y no hacer pases intrascendentes paraluego emitir un decreto que como cuestión prísti-na está fuera del orden público;

Que, a mayor abundamiento, la recurrentehace referencia a la situación personal queestaba atravesando con su familia, se adjuntódocumental que acredita tales extremos, fun-damentando ello en la legislación vigente,Constitución Nacional, pactos y convencionesinternacionales, y a su vez culmina solicitandose la reintegre con urgencia a su lugar detrabajo y se le abone los salarios sin quita;

Que el panorama que surge de las observa-ciones del expediente administrativo exigeque, a los fines de exponer debidamente losfundamentos que han de animar la presentesugerencia, la lógica expositiva a seguir eneste desarrollo no responda a un estricto ordencronológico de los sucesos;

Que para mejor entendimiento de la cuestión,se decide efectuar un relevo de las constanciasrecabadas en dicho expediente, en lo que haceal contexto general los argumentos fundantes dela impugnación articulada y su relación con lasconcretas constancias de la causa;

Que se dio inicio a las actuaciones en marzode 2009 mediante nota donde se detallaban lasfaltas en las que ha incurrido –en principio–presuntamente la agente de marras de julio,septiembre, octubre y diciembre cuya docu-mentación que acredita la inasistencia obrande a fojas 2 a 5;

Que seguidamente, se adjunta expediente Nº1008427 por el que se comunica presunto aban-dono de servicios de la agente Rubio, SandraRaquel a partir del 9.5.09, a fojas 14 se observaninasistencias a partir del 9.5.2009, reintegrándo-se a su lugar de trabajo en fecha 26.5.2009,quedando acreditado a fojas 19 de autos;

Que a fojas 26, la Dirección de Asuntos Jurí-dicos de este Ministerio de Salud sugirió quese dicte el acto administrativo disponiendo lainstrucción del sumario administrativo por es-tar presuntamente incursa su conducta en lascausales previstas por el artículo 71º, inciso a)de la Ley Nº 9.755, formalizándose medianteDecreto Nº 383/16 MSAS;

Que luego a fojas 14 se abre prueba el suma-rio, notificándosela a la agente mediante cédu-la para que preste declaración indagatoria, yposteriormente emite dictamen la ComisiónAsesora de Disciplina concluyendo en el De-creto Nº 1.653/16 M.S. mediante el cual se dapor finalizado y aprobado el sumario, aplicandola sanción de cesantía;

Que el informe de la Secretaría Legal y Téc-nica hace referencia al tiempo transcurridodesde el dictado del Decreto (Nº 1.653/16 MS)en razón de entender que resultaría aplicableal caso lo prescripto por el artículo 74º delMarco Regulatorio del Empleo Público de laProvincia de Entre Ríos Ley Nº 9.755, modifi-cado por Ley Nº 9.811, que establece un plazoperentorio e improrrogable de veinticuatro (24)meses para resolver los sumarios administra-tivos que disponen la iniciación del procedi-miento disciplinario;

Que, continúa, “... se observa que ha existidouna inexcusable demora en el dictado del de-creto,... obstaculizaron el ejercicio del poderdisciplinario por parte del Estado, en tanto nopueden dejar de conocer lo exiguo de los pla-zos legales que rigen la materia”;

Que a todas luces se advierte que la Comi-sión Asesora de Disciplina ha dictaminado enel mes de noviembre de 2013 desde dichafecha al 23.6.2016, que se emite el Decreto Nº1.653/16 M.S., ha existido una demora injusti-ficada no imputable a la recurrente;

Que por esta razón surge con evidencia y enforma incontrastable que el sumario llegó aconcluir en forma tardía, tal como exige la leyaplicable como es el artículo 74º de la Ley Nº9.755 que alude a plazos perentorios e impro-rrogables para resolver los sumarios adminis-trativos, que nunca podrá exceder los veinti-cuatro (24) meses a partir del dictado del actoadministrativo que dispone el inicio del proce-dimiento disciplinario, en atención al tiempotranscurrido desde que se mandó a instruir elsumario y el decreto, resultando claro y eviden-te que se encontraba extinguida la posibilidadque el Estado ejerza el poder sancionador;

Que por todo lo antes expuesto, se aconsejahacer lugar al recurso de revocatoria inter-puesto por la agente Sandra Raquel Rubio,DNI Nº 25.307.586, legajo Nº 152.557, debien-do dejarse sin efecto la sanción impuesta me-diante el artículo 2º del Decreto Nº 1.653/16M.S.;

Paraná, martes 10 de octubre de 2017 BOLETIN OFICIAL 3

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Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Hágase lugar al recurso de revoca-

toria interpuesto por la agente Sandra RaquelRubio, DNI Nº 25.307.586, legajo Nº 152.557,quien revista en un cargo de categoría 10-Personal Obrero y Maestranza, Escalafón Ge-neral del Hospital Materno Infantil “San Roque”de Paraná, contra el Decreto Nº 1.653 M.S. del23 de junio del 2016, en virtud de lo expuestoen los considerandos precedentes.

Art. 2º — Déjase sin efecto la sanción im-puesta mediante el artículo 2º del Decreto Nº1.653/16 M.S., conforme lo expresado en losconsiderandos del presente decreto.

Art. 3º — El presente decreto será refrenda-do por el señor Ministro Secretario de Estadode Salud.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, archí-vese.

GUSTAVO E. BORDETAriel L. de la Rosa

— — —DECRETO Nº 373 M.S.APROBANDO Y FINALIZANDO SUMARIO

Paraná, 13 de marzo de 2017VISTO:

El Decreto Nº 691 MSAS, del 6 de abril de2010 y su ampliatoño Decreto Nº 1.667 del 31de mayo de 2012 M.S.; yCONSIDERANDO:

Que por el mencionado decreto se dispuso lainstrucción de un sumario administrativo aldoctor Jorge Daniel Solana Silveira, DNI Nº18.756.534, legajo Nº 58.127, quien revista enun cargo de médico adjunto (e), Carrera Profe-sional Hospitalaria, Escalafón Sanidad, delHospital Materno Infantil “San Roque” de Para-ná, por estar su conducta presuntamente incur-sa en lo prescripto por el artículo 12º de la Ley7.413, y en los artículos 43º y 46º, inciso c), dela Ley 9.892, Carrera Profesional Asistencial-Sanitaria, al no cumplimentar el profesionalcon lo dispuesto en los artículos 6º, apartadod), y 30º, inciso 15), de la citada ley;

Que se le imputa al sumariado haber incurri-do en incompatibilidad de cargos al desempe-ñarse simultáneamente como médico adjunto(e) Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hos-pital Materno Infantil “San Roque” de Paraná ycomo docente 20 horas semanales en la Uni-versidad Autónoma de Entre Ríos (UADER),habiendo sido intimado para regularizar su si-tuación, ya sea renunciando a las horas cáte-dras que excedan el límite legal establecido(doce) o, en su defecto, renuncie al cargo queostenta en el ámbito de la Secretaría de Salud,no ejerciendo la opción, y dicha situación deincompatibilidad se produjo desde el 19.5.2003hasta el 31.3.2011;

Que clausurada la etapa probatoria, se po-nen las actuaciones a disposición de la defen-sa para formular alegato, esta presenta su me-morial solicitando se resuelva como cuestiónprevia la prescripción planteada a fojas 118vta./119 vta., de la acción disciplinaria del Es-tado por aplicación del artículo Nº 69 de la Ley9.755, al haber transcurrido mas de dos añosentre la incompatibilidad imputada y el dictadodel acto administrativo que ordenó la instruc-ción del sumario administrativo, además sos-tiene como argumento defensivo que no existeel ejercicio simultáneo de dos cargos en laAdministración Pública, uno como médico ad-junto (e) y otro como docente 20 horas sema-nales en la Universidad Autónoma de EntreRíos (UADER), sosteniendo que el último fuecomo interino, nunca en planta permanente,invocando como jurisprudencia lo resuelto porel Excelentísimo Tribunal de Justicia en losautos: “Iara, Juan Carlos Daniel c/ Estado Pro-vincial s/ Demanda contenciosa administrati-va” del 20.12.05;

Que con referencia al planteo de prescripcióny/o de la caducidad de la potestad disciplinariadel Estado Provincial formulado por la defensa

técnica, surge que no se encuentra alcanzadapor el mencionado instituto, así la Ley 9.755 ensu artículo 69º dispone que: “el plazo de pres-cripción para la aplicación de sanciones disci-plinarias será de dos años y se contará a partirdel momento en que la Administración tomaefectivo conocimiento del hecho o momento enque debió haberlo conocido considerando losdeberes o mecanismos de contralor del casoconcreto”, en tanto que, se establece comocausal de interrupción del curso de la prescrip-ción de la acción disciplinaria, la disposicióndel sumario administrativo;

Que, así las cosas, la Administración Públicatoma conocimiento de la incompatibilidad eldía 7 de noviembre de 2007, por el informe dela Dirección General de Personal de la Provin-cia, obrante a fojas 1, posteriormente la enton-ces Secretaría de Salud procede a la notifica-ción para ejercer la opción exigida por la Ley7.413, dándose por notificado y presentandosu descargo el doctor Solana Silveira mediantenota fechada el día 10 de noviembre del año2008 que luce a fojas 14;

Que cabe destacar que la situación de incom-patibilidad del agente en cuestión fue un hechocontinuado en el tiempo, que se configurócuando la Administración notificó al menciona-do galeno a ejercer la opción correspondienteen fecha 10.11.08, siendo interrumpido el cur-so de prescripción de la acción disciplinariacuando se dicta el acto administrativo que dis-pone la sustanciación del sumario administra-tivo mediante Decreto Nº 691 MSAS, de fecha6 de abril de 2010, ampliado por Decreto Nº1.667 MSAS, de fecha 31 de mayo de 2012MSAS, es decir que no transcurrieron dosaños;

Que atento a lo expuesto, el plazo de laprescripción para la incompatibilidad incurridopor el agente en cuestión como causal de ce-santía, en el presente caso, deberá comenzara contarse desde la notificación de la opciónprevista en la Ley 7.413, es decir el día 10 denoviembre del año 2008, en consecuencia a lafecha del dictado del Decreto Nº 691/10 MSAS,que ordena el presente sumario, la potestaddisciplinaria del Estado se encuentra incólume;

Que, asimismo, es dable resaltar que elencartado continuó en situación de incompati-bilidad hasta el 31 de marzo del año 2011,donde cesó en su cargo de profesor en lashoras cátedras que detentaba en la UADER(cfr. fojas 97 y 126 vta.), así las cosas no existeprescripción alguna estando intacta la facultaddisciplinaria del Estado para resolver esteasunto;

Que analizadas las constancias colectadasque conforman el plexo probatorio del presenteprocedimiento investigativo, planilla de decla-ración jurada de fojas 3, testimonio del jefe delDepartamento Personal de la Facultad de Hu-manidades y Artes y Ciencias Sociales de laUADER, quien ratifica su informe de fojas96/97, corroborado con el informe brindado porel mencionado establecimiento educacional afojas 56, y por el suministrado por el directordel nosocomio a fojas 66/67, emerge sin hesi-tación que el encartado se encontraba en in-compatibilidad, por estar desempeñando si-multáneamente dos cargos hasta el momentode la disposición instrucción del sumario, unocomo médico adjunto (e) Carrera ProfesionalHospitalaria, Escalafón Sanidad del HospitalMaterno Infantil “San Roque” de Paraná, y otrocomo docente 20 horas semanales en la Uni-versidad Autónoma de Entre Ríos (UADER)(conf. Resolución de designación Nº 67 del8.5.03, obrante a fojas 133);

Que el Decreto Nº 5.231/84 GOB, que regla-menta la Ley 7.413, en su artículo 8º, segundopárrafo, establece que “Las únicas compatibi-lidades admitidas en el ejercicio de cargos do-centes con otros cargos de cualquier Jurisdic-ción son las siguientes: a)... b)... c) Un cargoadministrativo con hasta doce (12) horas decátedra de cualquier nivel y jurisdicción”, a su

vez, el artículo 12º, reza “El personal docentecontratado por un período de hasta noventadías, estora excluido de las prescripciones deesta reglamentación, siempre que no existasuperposición horaria”;

Que de la normativa explicitada se despren-de que el doctor Jorge Daniel Solana Silveirapudo usufructuar el cargo como médico en elHospital Materno Infantil “San Roque” de Para-ná con las 20 horas de cátedra que detenta enla UADER; quedando en incompatibilidad elcargo de docente que desempeña en la citadaalta casa de estudio;

Que el régimen sobre incompatibilidades esde interpretación restrictiva en razón de la na-turaleza de los derechos en juego, dado que elderecho a trabajar goza de protección consti-tucional (artículo 14º Constitución Nacional), yel artículo 40º de la Constitución Provincialestablece como regla la incompatibilidad paraacumular dos o mas empleos y sólo como ex-cepción admite la compatibilidad, en los casosde la docencia y/o de carácter técnico-profe-sional cuando se verifique el requisito de esca-sez de personal, y vale destacar, este últimosupuesto no es el caso de autos;

Que, desde este punto de vista, que la reglao pauta general es la incompatibilidad para laacumulación de dos o mas cargos y la excep-ción es la compatibilidad, en razón de la acti-vidad de que se trata (docencia), ni el PoderLegislativo –al sancionar la Ley 7.413– ni elPoder Administrador –al emitir el Decreto Re-glamentario Nº 5.231/84, modificado por De-creto Nº 504/85– fueron mas allá de la normadel artículo 40º C.P. al regular las situacionesde excepción para acumular dos o más cargosen la docencia y/o de carácter técnico-profe-sional, sino que actuaron en el marco de suspotestades, reglamentando razonablementeun derecho;

Que es dable manifestar que el artículo 8º dela Ley 7.413 prevé las diversas situacionesexcepcionales de compatibilidades docentes,las cuales están explicitadas en su DecretoReglamentario Nº 5.231/84 GOB, modificadopor Decreto Nº 504/85, así, la referida normareza: “Se considerara cargo docente al com-prendido en el Estatuto del Docente Entrerria-no, estatutos análogos de otras provincias, Es-tatuto del Docente de la Nación, Estatuto delDocente Privado, Ley y Estatutos Universita-rios y disposiciones concordantes. La disposi-ción comprende a todo el personal docentetitular, interino, suplente y contratado que sedesempeñe en organismos y establecimientosoficiales de jurisdicción nacional, provincial oprivados reconocidos por la provincia de EntreRíos, por otras provincias y por el Estado Na-cional. Las únicas compatibilidades admitidasen el ejercicio de cargos docentes con otros decualquier jurisdicción son las siguientes:... c)Un cargo administrativo con hasta doce (12)horas de cátedra de cualquier nivel o jurisdic-ción...”;

Que no es posible soslayar que, en el casoparticular de marras, el propio galeno reconoceque se desempeña como médico adjunto en elHospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná,y como docente en las veinte horas-cátedra en laUADER, es decir, admite un incumplimiento de lanormativa en materia de incompatibilidades do-centes al acumular en la docencia más de lasdoce horas autorizadas por la norma ut-supratranscripta, es, precisamente, esta situación deviolación de una prohibición expresa la que estáimputándole la Administración a través del decre-to recurrido, sin que ello en modo alguno impliquedesmerecer la formación y trayectoria científico-académica del impugnante;

Que la Administración entendió que el galenoinfringió la norma estatuida por el artículo 8º,inciso c) del Decreto reglamentario 5.231/84GOB, modificado por Decreto Nº 504/85 GOB–que admite como compatible la acumulaciónde un cargo administrativo con hasta doce (12)horas cátedra de cualquier nivel y jurisdicción–

4 BOLETIN OFICIAL Paraná, martes 10 de octubre de 2017

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y, en virtud de ello, dispuso la sustanciación deun sumario administrativo al doctor Solana Sil-veira por cuanto éste no efectuó la opcióncontemplada en el artículo 12º de la Ley 7.413,fehacientemente intimada;

Que en cuanto al agravio según el cual elabogado defensor alega que “cuando la normadel artículo 40 C.P. prohíbe acumular dos omás empleos, refiere a nombramiento formalmediante un acto administrativo y a la estabili-dad del artículo 42 C.P., de planta permanente;pero él no incurriría en incompatibilidad puessólo desempeña un empleo –médico adjunto–ya que su designación en las horas de la UA-DER es precaria, se trata de un interinato”, elmismo debe ser rechazado de plano por cuantoconstituye una mera interpretación personal delo que la norma, en verdad, no dice, en efecto,el precepto constitucional en análisis sólo con-signa “empleo” a secas, sin distinguir la situa-ción de revista del agente –permanente o tran-sitorio– y en ningún momento remite a la normadel artículo 42º C.P. para discernir lo que sedebe entender por “empleo”;

Que, además, de ello, es dable sostener que,conforme al artículo 8º del Decreto Reglamenta-rio Nº 5.231/84 (modif. por Decreto Nº 504/85),transcripto en párrafos anteriores, la prohibiciónalcanza a todo el personal docente sea cual fueresu condición de revista: titular, interino, suplentey/o contratado; por lo cual, ninguna incidenciatiene que el doctor Solana Silveira no esté desig-nado en forma definitiva en las horas-cátedra dela UADER, o no las haya concursado, o su desig-nación sea precaria;

Que párrafo aparte merece un especial trata-miento la alegación del impugnante según lacual “de conformidad al artículo 3 inciso e) dela Ley Nº 9.755, la docencia no sería empleopúblico, entonces no se configuraría violacióndel artículo 40º de la Constitución Provincialporque no acumularía dos cargos”, sobre estepunto, cabe manifestar que, si el artículo 3º,inciso e) de la Ley 9.755 (modificada por Ley9.811) excluye a los docentes del Régimen delEmpleo Público, no lo hace por carecer de lacalidad de agentes estatales sino, justamente,por tener los docentes entrerrianos un régimenpropio, el Estatuto del Docente Entrerriano, loque no significa, bajo ningún concepto, que elempleo docente no quede alcanzado por la reglade la incompatibilidad del artículo 40º C.P., haydos razones de peso que el propio precepto cons-titucional nos brinda para aseverar que el empleodocente queda comprendido en dicha regla deincompatibilidad: A) Que, literalmente la normadice “empleo” a secas, lo cual, abarca a cualquierempleo (docente, público, de la carrera médico-asistencial, etc.); y B) Que el dispositivo constitu-cional prevé una situación de excepción ante laescasez de docentes. Precisamente, si contem-pla esta circunstancia excepcional es porque ladocencia también queda alcanzada en la reglageneral de la incompatibilidad, establecida en elartículo 40º C.P.;

Que del cuadro fáctico descripto, de las pro-banzas arrimadas al expediente sumarial y dela conducta asumida por el encartado en elpresente sumario, se desprende sin lugar adudas que la situación de incompatibilidad sedio y se prolongó durante la tramitación delsumario administrativo hasta el 31 de marzodel 2011, según surge del informe de la UA-DER y la declaración testimonial del Jefe delDepartamento Personal de la Facultad de Hu-manidades y Artes y Ciencias Sociales de laUADER (cfr. fojas 56, 127, 128 y 129), quedan-do en consecuencia su conducta incursa en lacausal de falta grave que prevé el artículo 12ºde la Ley 7.413 y en los artículos 6º apartadod), 30º, inciso 15), 43º y artículo 46º, inciso c)de la Ley 9.182, Carrera Profesional-Asisten-cial-Sanitaria;

Que no obstante lo expuesto, aún en el casoen que la conducta reprochada se encuentreacreditada, como en el presente, ello no justi-fica de por sí y en forma automática la aplica-ción de la máxima sanción, sino que los he-

chos, en el presente la situación de incompati-bilidad, deben valorarse en forma integral aten-diendo a las circunstancias particulares delcaso, y debe valorarse que el encartado carecede antecedentes disciplinarios previos desdesu ingreso a la Administración Pública, a lolargo de más de veintitrés años de antigüedad,y que, si bien tardíamente, la situación de in-compatibilidad ha desaparecido al cesar elagente a las horas cátedra que excedían laspermitidas legalmente, conforme surge a fojas129 de la Resolución Nº 286/11 FHAyCS, todolo cual resultan circunstancias atenuantes alos fines de graduar la sanción disciplinaria aaplicar, aconsejándose se aplique una medidadisciplinaria correctivo equivalente a treinta(30) días de suspensión sin goce de haberes;

Que la Comisión Asesora de Disciplina hatomado la intervención que le compete;

Que atento a la vigencia de la Ley 9.755Marco de Regulación del Empleo Público en laProvincia, la que por el artículo 121º derogó laLey 3.289, hecho éste que podría eventual-mente cuestionar el Reglamento de SumariosAdministrativos establecido por el artículo 20ºy concordantes Resolución Nº 555/71 y Decre-to Nº 2/70 SGG, corresponde continuar plena-mente con la vigencia de la misma en todos,sus términos, hasta la aprobación de la nuevareglamentación de procedimientos administra-tivos para los sumarios, conforme lo estableceel artículo 1º del Decreto Nº 2.840/07 GOB;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Apruébase y dase por finalizado el

sumario administrativo dispuesto instruirsemediante Decreto Nº 691 MSAS, del 6 de abrilde 2010, y su ampliatorio Decreto Nº 1.667, del31 de mayo de 2012 M.S., atento a lo expresa-do en los considerandos precedentes.

Art. 2º — Aplícase la sanción de treinta (30)días de suspensión sin goce de haberes, aldoctor Jorge Daniel Solana Silveira, DNI Nº18.756.534, legajo Nº 58.127, quien revista enun cargo de médico adjunto (e), Carrera Profe-sional Hospitalaria, Escalafón Sanidad, delHospital Materno Infantil “San Roque” de Para-ná, por haber quedado su conducta incursa enlo prescripto por el artículo 12º de la Ley 7.413,y en los artículos 43º y 46º, inciso c), de la Ley9.892, Carrera Profesional Asistencial-Sanita-ria, al no cumplimentar el profesional con lodispuesto en los artículos 6º, apartado d) y 30º,inciso 15) de la citada Ley, conforme a lo ex-puesto en el presente decreto.

Art. 3º — Manténgase plenamente en vigen-cia y en todos sus términos el Reglamento deSumarios Administrativos establecido por elartículo 20º y concordantes Resolución Nº555/71 y Decreto Nº 2/70 SGG, conforme lodispuesto por el artículo 1º del Decreto Nº2.840/07 GOB.

Art. 4º — El presente decreto será refrenda-do por el señor Ministro Secretario de Estadode Salud.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese y archí-vese.

GUSTAVO E. BORDETAriel L. de la Rosa

— — —RESOLUCION Nº 186 MS

PASANDO A PRESTAR SERVICIOSParaná, 20 de febrero de 2015

VISTO:Las presentes actuaciones mediante las cua-

les se interesa pasar a prestar servicios a laa g e n t e L i l i a n a I s a b e l P e z o a , D N I N °27.618.379 al Hospital Materno Infantil “Dr.San Roque” de Paraná, a partir del 29/10/14; yCONSIDERANDO:

Que la mencionada agente revista en el car-go Categoría 10 - Carrera Administrativa - Es-calafón General del Centro de Salud “AntártidaArgentina” de Paraná;

Que las Direcciones correspondientes y losCentros Asistenciales han dado su conformi-dad a lo interesado en autos;

Que en virtud a lo informado precedentemen-te es procedente acceder a lo solicitado;

Por ello;El Ministro Secretario de Estado de

Desarrollo Social, a/c del Ministerio de SaludR E S U E L V E :

Art. 1º.- Pasar a prestar servicios a la agenteLiliana Isabel Pezoa, DNI N°27.618.379, quienrevista en el cargo Categoría 10 - Carrera Ad-ministrativa - Escalafón General del Centro deSalud “Antártida Argentina” de Paraná al Hos-pital Materno Infantil “Dr. San Roque” de Para-ná, a partir del 29/10/14, conforme a lo expues-to precedentemente.

Art. 2º.- Comunicar, publicar y archivar.Carlos G. Ramos

— — —RESOLUCION Nº 187 MS

Paraná, 20 de febrero de 2015Reconociendo las funciones desempeñadas

como Administrador del Hospital “Dr. PascualPalma” de Paraná, a favor del agente JorgeLeonardo Gordillo, DNI N° 25.861.873. quiénrevista en Categoría 10- Carrera Administrati-va~ Supervisión -Escalafón General. del men-cionado nosocomio, en reemplazo de su titularla agente Silvia Muller de Pagñoni, DNI N°20.882.383 quien hizo uso de su licencia anual2012, por el período comprendido entre el05/02/14 y el 05/03/14, en mérito de lo expues-to en el presente decreto.

Encuadrando la presente gestión en lo dis-puesto por los Decretos N0 5384/03, N°2426/04 GOB. modificatorio del Anexo I -PuntoG del Decreto N° 4458/90 MGJOSP.

Facultando a la Dirección General de Admi-nistración de este Ministerio de Salud, a liqui-dar y efectivizar el pago del adicional interesa-do al agente Jorge Leonardo Gordillo, DNI N°25.861.873, conforme a lo dispuesto en el pre-sente texto normativo.

— — —RESOLUCION Nº 188 MS

Paraná, 20 de febrero de 2015Reconociendo las funciones desempeñadas y

el pago del adicional por responsabilidad funcio-nal como Jefa de División Estadística del Hospital“Dr. Fermín Salaberry” de Victoria, a favor de laagen te E lba Fab iana Achares , DNI N°16.107.578, por el período comprendido entre el17/02/14 y el 05/04/14 inclusive, en mérito de loexpuesto en la presente resolución.

Encuadrando la presente gestión en lo dis-puesto por los Decreto Nº 5384/03 GOB, Arti-culo 13° y N° 2426/04 GOB.

Facultando a la Dirección General de Admi-nistración de este Ministerio de Salud, a liqui-dar y efectivizar el pago del adicional interesa-do a la agente Elba Fabiana Achares, DNI N°16.107.578, conforme a lo dispuesto en el pre-sente texto normativo.

— — —RESOLUCION Nº 189 MS

Paraná, 20 de febrero de 2015Reconociendo el pago del adicional por hora-

rio atípico, a favor de la agente María EstelaRojas, DNI N° 17.684.327 - Categoría 5 - Ca-rrera Técnica Tramo “B” -Escalafón General,del Hospital “Centenario” de Gualeguaychú,por el período comprendido del mes de diciem-bre/12 al mes de junio/13, en mérito de loexpuesto en el presente texto legal.

Encuadrando la presente gestión en lo dis-puesto por el Decreto N° 478/11 MEHF y Re-solución Nº 25/12 MS por el cual se aprueba elinstructivo reglamentario.

Facultando a la Dirección General de Admi-nistración de este Ministerio de Salud, a liqui-dar y efectivizar el pago del adicional interesa-do a la agente María Estela Rojas, DNI N°17.684.327, conforme a lo dispuesto por elpresente texto normativo.

— — —RESOLUCION Nº 190 MS

Paraná, 20 de febrero de 2015Dejando sin efecto a partir de la fecha del

presente texto legal, las Resoluciones N°s.

Paraná, martes 10 de octubre de 2017 BOLETIN OFICIAL 5

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3422/10 MS y 3913/10 MS, mediante las cua-les se pasó a prestar servicios a la agenteLeticia Silvana Obispo, DNI N° 27.835.583.quien revista en el Tramo “A”- Carrera Enfer-mería - Escalafón Sanidad del Hospital Mater-no Infantil “San Roque” de Paraná, al Hospital“Nuestra Señora del Carmen” de GobernadorMansilla, por haber desaparecido las razonesque motivaron la misma, conforme a lo expues-to precedentemente.

Pasando a prestar servicios a la agente Leti-cia Silvana Obispo, DNI N°27.835.583 al Cen-tro de Salud “7 de Noviembre” de Rosario delTala, a partir de la fecha de la presente reso-lución, conforme a lo vertido precedentemente.

— — —RESOLUCION Nº 191 MS

DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIAParaná, 20 de febrero de 2015

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales el

Tribunal de Cuentas de la Provincia de EntreRíos mediante Oficio 671/14 solicita informa-ción sobre el destino de los fondos remitidos alHospital “San Martín” de Paraná, según lo dis-puesto por Resolución N° 4625 MS. de fecha03/12/10 por la cual se autorizó una partida porla suma de pesos ciento ochenta y nueve miltrescientos nueve ($ 189.309,00); yCONSIDERANDO:

Que por Expediente RUN° 1210225 obra re-querimiento al Director del Hospital “San Mar-tín” de Paraná para que especifique el destinode los fondos correspondientes al mes de di-ciembre del año 2010 y enero de 201 1 quefueron transferidos por el Programa FederalIncluir Salud -PROFE- a ése nosocomio desti-nados a la compra de medicación inmunosu-presora;

Que de fs. 3 a 187 de autos obran agregadaslas rendiciones remitidas por el Hospital “SanMartín” de Paraná;

Que a fs. 188 obra nota dirigida al Sr. Subse-cretario de Administración suscripta por el Co-ordinador de la UGP -PROFE- por la cual se lopone en conocimiento de las irregularidades enla utilización de dichos fondos correspondien-tes al mes de Diciembre de 2010 y enero de2011. partidas que fueran transferidas por laUGP al Hospital “San Martín” de Paraná condestino a la cobertura de drogas inmunosupre-soras para pacientes trasplantados afiliados alPrograma y por tal razón se solicitan aclaracio-nes al nosocomio;

Que a fs. 189 se agrega nota suscripta por elDr. Angel Francisco Giano, entonces Ministrode Salud, en la cual manifiesta que correspon-dería excepcionalmente la reafectación de losfondos con destino a cubrir consumos de me-dicamentos y otras prestaciones que se brin-dan a los beneficiarios del Programa, conside-rando que el CUCAIER poseía stock suficientepara cubrir la medicación inmunosupresora delos mismos;

Que según se desprende de lo ante dicho, losfondos transferidos a ese efector no habríansido invertidos de acuerdo al destino conveni-do, contrariando así lo prescripto en el Artículo1° de la Resolución N° 4625/10 MS la cualenuncia: “Autorizar la transferencia de los fon-dos al Programa CUCAIER que funciona den-tro del Hospital ”San Martín" de Paraná, estan-do a cargo del Dr. Raúl Rodríguez, por la sumade pesos ciento ochenta y nueve mil trescien-tos nueve ($ 189.309,00.-) con destino a lacompra de drogas inmunosupresoras, para cin-cuenta y nueve (59) pacientes trasplantadoshospitalarios beneficiarios del PROFE, corres-pondiente al mes de octubre de 2010 y enmérito de lo expresado en los considerandosprecedentes";

Que asimismo no existe certeza que se hayacumplimentado con la cláusula quinta del Con-venio Marco aprobado por Decreto N° 1104 MSde fecha 12/05/10 la cual enuncia: “los impor-tes transferidos a La Provincia por las presta-ciones comprometidas no podrán ser aplicadosa otros destinos que no sean los previstos en

el presente Convenio …”, no pudiéndose iden-tificar el destino de los fondos, dado que de ladocumental surge una compra masiva efectua-da en el nosocomio;

Que en relación a lo antes expuesto la Ley5140 de Contabilidad Pública en sus Artículos74° y siguientes “todo funcionario o empleado... que administre, guarde o custodie dinero,valores u otros bienes o pertenencias del Es-tado, con o sin autoridad legal, está obligado arendir cuenta documentada o comprobable desu utilización o destino”;

Que asimismo por su Artículo 76° expresaque los agentes no quedan eximidos de dichaobligación aún cuando cesen en sus funcionesy su Artículo 78° establece que las responsa-bilidades alcanzan a los “funcionarios o agen-tes que realicen actos o hechos o adoptendecisiones contrarias a las normas estableci-das por leyes reglamentos, decretos o disposi-ciones administrativas que afecten la haciendapública provincial” -inciso 2)- y “a los funciona-rios o agentes del Estado que por su culpa onegligencia, ocasionen daños o perjuicios alFisco ... o por pérdida, sustracción o debidouso que les sea imputable, respecto del cuida-do o mantenimiento de los mismos -inciso 3)-;

Que ése mismo cuerpo legal en su Artículo61° -inciso b)- cita el “deber de observar lasnormas legales y reglamentarias” como asimis-mo “Respetar y hacer cumplir, dentro del mar-co. de competencia de su función el sistemajurídico vigente” -inciso d)- y “llevar a conoci-miento de la superioridad todo acto, omisión oprocedimiento que causare o pudiese causarperjuicio al Estado, configurar delito o resultaruna aplicación ineficiente de los recursos pú-blicos. Cuando el acto, omisión o procedimien-to involucrase a sus superiores inmediatos po-drá hacerlo directamente a los organismos ins-titucionales de control” y principalmente “velarpor el cuidado y la conservación de los bienesque integran el patrimonio del Estado...” -inci-so 1)-;

Que por lo expuesto corresponde, disponerla instrucción de una información sumaria enel ámbito del Hospital “San Martín” de Paranáa los efectos de investigar y determinar la rea-lidad fáctica de los hechos, como así tambiéndeslindar la responsabilidad de los agentes delEstado en el mismo, conforme a lo dispuestopor el Decreto N°2/70 SGG y los que prorroganDecreto N° 2840/07 GOB;

Que atento a la vigencia de la Ley 9755Regulación del Empleo Público de la Provincia,la que por el artículo 121° derogó la Ley 3289,hecho este que podría eventualmente cuestio-nar el Reglamento de Sumarios Administrati-vos establecido por el Artículo 20° y concor-dantes Resolución N° 555/71 y Decreto N°2/70 SGG, corresponde continuar plenamentecon la vigencia de la misma en todos sus tér-minos, hasta la aprobación de la nueva regla-mentación de procedimientos administrativospara los sumarios, conforme lo establece elArtículo 1° del Decreto N° 2840/07 GOB;

Por ello;El Ministro Secretario de Estado de

Desarrollo Social, a/c del Ministerio de SaludR E S U E L V E :

Art. 1º.- Disponer la instrucción de una infor-mación sumaria en el ámbito del Hospital “SanMartín” de Paraná, a los efectos de investigary determinar la realidad fáctica de los hechos,como así también deslindar la responsabilidadde los agentes del Estado en el mismo, confor-me a lo dispuesto en los considerandos prece-dentes, y a lo establecido por el Decreto N°2/70 SGG y los que prorrogan Decreto N°2840/07 GOB.

Art. 2°.- Mantener plenamente en vigencia yen todos sus términos el Reglamento de Suma-rios Administrativos establecido por el Artículo20° y concordantes Resolución N° 555/71 yDecreto N° 2/70 SGG, conforme lo dispuestopor el Artículo 1°del Decreto N°2840/07 GOB.

Art. 3°.- Comunicar, publicar, pasar las pre-

sentes actuaciones a la Dirección de Sumariosdependiente de Fiscalía de Estado, a sus efec-tos y archivar.

Carlos G. Ramos— — —

RESOLUCION Nº 192 MSRECHAZANDO RECURSO

Paraná, 20 de febrero de 2015VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales laSra. Dora Alicia Ferreyra, DNI N° 10.875.999,interpone recurso de revocatoria contra la Re-solución N° 2485/09 SS; yCONSIDERANDO:

Que al analizar el aspecto formal se despren-de que el libelo recursivo ha sido impetrado enfecha 24 de octubre de 2014, y conforme lodispone el Artículo 56° de la Ley 7060 de Pro-cedimientos para Trámites Administrativos,“La revocatoria deberá interponerse dentro delos cinco (5) días de notificada la resolución yla autoridad administrativa deberá resolver elrecurso dentro de los diez días, excepto cuan-do se trate de un acto originariamente del Po-der Ejecutivo”;

Que en el caso concreto la agente Ferreyra,mani f ies ta desconocer la Resoluc ión N°2485/09 SS, hasta el día 24 de octubre de2014, es así que en el Punto III plantea -nuli-dad de la notificación- “no se encuentra debi-damente notificada, dado que -la resolución-contradice lo dispuesto en ella misma ya queno se notificó conforme el Artículo 3° de suredacción”, la cual fijaba como lugar de notifi-cación el Estudio Jurídico patrocinante, expre-sando además que en la causa “Bolognini, Ma-rio José c/ Estado Provincial s/ ContenciosoAdministrativo”, la Excma. Cámara Contencio-sa Administrativa de la ciudad de Paraná “re-conoció” que los plazas para impugnar las re-soluciones administrativas comienzan a correrdesde la notificación personal o la notificaciónpor cédula practicada en el domicilio legalconstituido a tal efecto lo que suceda última";

Que el argumento esgrimido por la agenteresulta rebatible in limine al verificarse que lamisma se notificó en disconformidad en fecha11 de noviembre de 2011 en Mesa de Entradasy con posterioridad en fecha 14 de noviembrede ese año se mediante expediente RU1280225 “la vuelta al circuito administrativo delRU 748308", el día 10 de mayo de 2012 segenera el RU 1329197 referente al expedienteRU 748308, en el qué solicita retorne al circuitoadministrativo y además expedientes que su-cedieron a la primera presentación, generandoun dislate que la misma agente atribuye a laAdministración, olvidando que el mismo se ge-nera por las innecesarias y reiteradas solicitu-des que realiza;

Que en este sentido, la agente alega su propiatorpeza al destacar en párrafos subsiguientesque “en esta instancia me doy por notificada dela misma”, fecha en que interpone el remediorecursivo-, toda vez que surge patente su notifi-cación a fs. 94 vta. en el año 2011, por lo quelógicamente, el plazo para interponer el recursoincoado, resulta ampliamente superado habien-do transcurrido casi tres años desde la notifica-ción, y en consecuencia quedado firme y con-sentido el mismo ante ausencia de impugnaciónen tiempo y forma tal lo señalado oportunamenteen Dictamen N°95/13 de la Dirección de AsuntosJurídicos de éste Ministerio;

Que a mayor abunda miento de argumentospara desestimar el recurso en cuestión, surgeque la agente se notifica en fecha 12 de agostode 2013 de dicho dictamen en el que expresa-mente se menciona la Resolución N° 2485/09SS, que la Sra. Ferreyra, dice desconocer;

Que conforme lo expresado precedente-mente, corresponde rechazar el recurso derevocatoria interpuesto por la Sra. Dora Ali-cia Ferreyra, DNI N° 10.875.999, contra laResolución N° 2485109 SS;

Por ello;El Ministro Secretario de Estado de

Desarrollo Social, a/c del Ministerio de SaludR E S U E L V E :

Art. 1°.- Rechazar el recurso de revocatoria

6 BOLETIN OFICIAL Paraná, martes 10 de octubre de 2017

Page 7: SECCION ADMINISTRATIVA - GOBIERNO de Entre Ríosban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nunca me anoticié de tal intimación. Yo creía

impetrado por la Sra. Dora Alicia Ferreyra, DNIN° 10.875.999, cont ra la Resoluc ión N°2485/09 SS, conforme a lo expresado en losconsiderandos precedentes.-

Art. 2°.- Proceder al desglose de las actua-ciones RU N° 1640001, a los fines de la conti-nuidad de las actuaciones RU N°748308, con-forme lo aconsejado en Dictamen N° 5232 porla Dirección de Asuntos Jurídicos de éste Mi-nisterio, dándose oportunamente intervencióna la Dirección General de Personal.-

Art. 3°.- Comunicar, notificar a la recurrentepor intermedio del Departamento Mesa de En-tradas de este Ministerio, al domicilio lega decalle Colón N° 54, 2° Piso, Oficina “C” de Pa-raná, de lo dispuesto en la presente resolución,publicar y archivar.

Carlos G. Ramos— — —

RESOLUCION Nº 193 SSParaná, 20 de febrero de 2015

Autorizando el cambio de razón social del(E.S.CL.) denominado “C & L Correa Optica”(Óptica y Contactología), sito en calle Cervan-tes N°72 de la ciudad de Paraná, propiedad dela -Sociedad de Hecho- formada por las Sras.Arminda L. D’Angelo, María Cynthia Correa ye l Sr . Lu is Aníba l Cor rea, CUIT N° 30-68105330-8, bajo la regencia de la óptica téc-nica contactóloga María Cynthia Correa, MPN° 3939, por el de “Cynthia y Luis Correa -Opticas SRL”, dejando aclarado que permane-cen los mismos socios y continua en la regen-cia la profesional antes citada.

— — —RESOLUCION Nº 194 MS

DANDO DE BAJA A SUPLENCIAParaná, 20 de febrero de 2015

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales la

Dirección del Hospital “Dr. Felipe Heras” deConcordia, comunica el robo de cinco chequespertenecientes a la cuenta de PROFE y defondo fijo;CONSIDERANDO:

Que de fs. 1/3 de autos, obra nota de laDirectora del citado establecimiento asisten-cial, Dra. Blanca G. Chiappa, comunicandoque el día 19/10/14 se produjo el hurto de cincocheques pertenecientes a la cuenta de PROFEy de fondo fijo, que desaparecieron de la Ofici-na de Administración, por un valor cercano alos treinta mil pesos ($ 30.000), habiendo rea-lizado la pertinente denuncia policial y banca-ria, pero los mismos ya habían sidos cobradosen el Banco Bersa de dicha localidad, asimis-mo informó que momentos previos a tomarsedeclaración al Sr. Matías Emanuel Miño, Doc.N°34.042.937. se presenta en la Dirección conun arma de fuego interviniendo la Policía, lle-vándolo detenido y secuestrando el arma,ini-ciándose la causa “Miño, Matías Emanuel s/Portación de arma de fuego de uso civil”, don-de se resolvió que el mismo deberá abstenersede mantener contacto, y acercarse a un radiode 100 metros de la Directora del nosocomio,prohibiéndosele concurrir al Hospital por el pla-zo de Sesenta (60) días:;

Que continúa manifestando la Dra. Chiappa,que de la documental agregada se está en con-diciones de corroborar la autoría del agente Ma-tías Miño, en la sustracción de los cheques ydespués su posterior cobro, como así también eluso de arma de fuego en la institución, por lo quesolicita la baja de la suplencia del mismo;

Que al tomar intervención la Dirección deAsuntos Jurídicos de este Ministerio, dictami-nó, que atento a los hechos denunciados, enprimer término el hecho más grave se encuen-tra en la exhibición de una arma de fuego enoportunidad de pedir explicaciones al Sr. Miño,hecho que mereció la deducción de denunciapenal, dar de baja en forma inmediata la su-plencia del mismo;

Que respecto a la situación referida al hurtode los valores mencionados, corresponde dis-poner la instrucción de una información suma-ria en el ámbito del Hospital “Dr. Felipe Heras”

de Concordia, a los efectos de investigar ydeterminar la realidad fáctica de los hechos,como así también deslindar la responsabilidadde los agentes del Estado en el mismo, confor-me a lo dispuesto por el artículo 20° y concor-dantes Resolución N° 555/71 y Decreto N°2/70 SGG;

Que atento a la vigencia de la Ley 9755Marco de Regulación del Empleo Público de laProvincia, la que por el Artículo 121°derogó laLey 3289, hecho éste que podría eventualmen-te cuestionar el Reglamento de Sumarios Ad-ministrativos establecido por el Artículo 20° yconcordantes Resolución N° 555/71 y DecretoN° 2/70 SGG, corresponde continuar plena-mente con la vigencia de la misma en todos sustérminos, hasta la aprobación de la nueva re-glamentación de procedimientos administrati-vos para los sumarios, conforme lo estableceel artículo 1° del Decreto N° 2840/07 GOB;

Por ello;El Ministro Secretario de Estado de

Desarrollo Social, a/c del Ministerio de SaludR E S U E L V E :

Art. 1°.- Dar de bajo la suplencia extraordina-ria que detenta el Sr. Matías Emanuel Miño,Doc. N° 34.042.937, en el Nuevo Centro deSalud Mental “Felipe Heras” de Concordia.

Art. 2°.- Disponer la instrucción de una infor-mación sumaria en el ámbito del Hospital “Dr.Felipe Heras” de Concordia, a los efectos deinvestigar y determinar la realidad fáctico delos hechos denunciados, como así tambiéndeslindar la responsabilidad de los agentes delEstado en el mismo, conforme a lo dispuestoen los considerandos precedentes, y a lo esta-blecido por el Artículo 20° y concordantes Re-solución N° 555/71 y Decreto N° 2/70 SGG.

Art. 3º.- Mantener plenamente en vigencia yen todos sus términos el Reglamento de Suma-rios Administrativos establecido por el artículo20° y concordantes Resolución N° 555/71 yDecreto N° 2/70 SGG, conforme lo dispuestopor el Artículo 1°del Decreto N°2840/07 GOB.

Art. 5°.- Comunicar, pasar las presentes ac-tuaciones a la Dirección de Sumarios depen-diente de Fiscalía de Estado, publicar y archi-var.

Carlos G. Ramos— — —

RESOLUCION Nº 195 MSParaná, 20 de febrero de 2015

Autorizando y reconociendo el pago en con-cepto de haberes caídos a favor del Sr. RamónH é c t o r A r m a n d o B r u n B e r to l o , D N I N °23.254.640, que percibía su extinta madre Sra.María Isabel Enriquez, DNI N°6.077.767, cuyodeceso se produjo el día 02/06/10, de confor-midad a lo expuesto en el presente texto legal.

Encuadrando la presente en el Decreto N°1549/91 MEH.

Facultando al Departamento Tesorería de-pendiente de la Dirección General de Adminis-tración de este Ministerio de Salud, para queabone al Sr. Ramón Héctor Armando Brun Ber-tolo, DNI N° 23.254.640 la suma que corres-ponda, en concepto de lo autorizado y recono-cido por la presente resolución.

— — —RESOLUCION Nº 196 MS

Paraná, 20 de febrero de 2015Reconociendo las funciones desempeñadas

como director del Hospital “Hogar de Ancianos"de Villaguay, y el pago del adicional por respon-sabilidad funcional a favor del Dr. Domingo Fran-cisco Correia, DNI N° 13.951.001, por el periodocomprendido entre el 13/01/14 y el 30/01/14inclusive, en ausencia de su titular Dr. JorgeDaniel Chavez, DNI N° 12.147.711, quien hizouso de licencia anual ordinaria, en mérito de loexpuesto en el presente texto normativo.

Facultando a la Dirección General de Adminis-tración de este Ministerio de Salud, a liquidar yefectivizar el pago del adicional por respon sabi-lidad funcional a favor del Dr. Domingo FranciscoCorreia, DNI N° 13.951.001, conforme a lo dis-puesto en el presente texto normativo.

RESOLUCION Nº 197 MSParaná, 20 de febrero de 2015

Autorizando la transferencia de la partidapresupuestaria al Progra ma Agentes Sani-tarios dependiente de la Dirección Generaldel Primer Nivel de Atención, de este Minis-terio de Salud, por la suma de $ 116.000,00,correspondiente al 1er. bimestre enero/15febrero/15, conforme al anexo que agregadoforma parte integrante de la presente reso-lución, en virtud a lo expresado en la presen-te resolución.

Facultando a la Dirección General de Admi-nistración de este Ministerio de Salud, a con-feccionar el libramiento en concepto del pagocorrespondiente al 1er. bimestre enero/15 -febrero/15, y a realizar la transfe rencia defondos al Programa Agentes Sanitarios depen-diente de la Dirección General del Primer Nivelde Atención jurisdiccional, por la suma de $116.000,00, en mérito de lo autorizado en elpresente texto normativo.

ANEXOPartida Programa Agentes Sanitarios – 1º

bimestre (Enero-febrero) año 2015Localidad – Responsable DNI – Suc. Banca-

ria – MontoChajarí - Ojeda Oscar A. 11.696.083 - Hosp.

Santa Rosa - $ 4.400,00Federación - Gaiga Yolanda 21.495.599 -

Hosp. San José - $ 2.000,00San Jaime - Burns Liliana 16.422.448 - Hosp.

San Vicente - $ 800,00Federal - Sosa Silvia Ester 16.661.045 -

Hosp. J.J. Urquiza - $ 8.000,00S a u c e d e L u n a - M o n s a l v o A l b e r t o

13.850.571 - Hosp. C. Velásquez - $ 3.100,00Concordia - Flores Mónica Eva 16.989.224 –

Hosp. Felipe Heras - $ 4.000,00Concordia - Grigolatto Daniela 21.952.370 -

C.S. Constitución - $ 4.000,00Feliciano - Romero José 17.423.362 - Hosp.

Gral. Ramírez - $ 6.400,00Galarza - Avala Graciela 16.020.972 - Hosp.

Perú - $ 400,00Gualeguay - Lisman Mónica 16.611.455 -

Hosp. San Antonio - $ 400,00Hernandarias - Godoy Amalia 27.230.745 -

Hosp. San Martín - $ 900,00Holt Ibicuy - Mattos Fabiana 23.092.153 -

Hosp. Behring - $ 2.400,00V i l l a P a r a n a c i t o - R o m e r o S u s a n a

10.279.273 - Hosp. Paranacito - $ 4.000,00Ceibas - Zimnerman Ilda 5.016.719 - Hosp.

Eva Duarte - $ 1.200,00Gral. Campos - Buffa Verónica 22.930.199 -

Hosp. Gral. Campos -$ 400,00La Paz - Berón Patricia 14.507.535 - Hosp. 9

de Julio - $ 5.100,00La Paz - Soto Claudia 17.118.227 - C.S.

Belgrano - $ 1.200,00San Gustavo - Barolin Marisa 17.559.100 -

Hosp. Gregoria Pérez - $ 400,00La Paz - A lcaraz - Dalmasso Soledad

28.961.680 - Hosp. Ecuador -$ 400,00La Paz - Benítez Estela 13.229.013 - C.S.

Pedro Saldivia - $ 2.000,00Piedras Blancas - Klein Sergio 17.121.663 -

C.S. Schneider -$ 400,00Santa Elena - Pucheta Vilma 21.647.319 -

Centro Pediátrico -$ 4.000,00Bovril - Gauna Esteban 21.529.106 - Hosp.

San Miguel - $ 5.600,00Alcaraz - Medina Irma 17.118.347 - C. Salud

Brodsky - $ 1.200,00R o s a r i o d e l T a l a - A v a n z a t t i N a n c y

13.382.247 - Hosp. San Roque - $ 6.000,00Victoria - Muñoz Nadia Vanesa 31.961.107 -

Hosp. F. Salaberry - $ 3.600,00G u a l e g u a y c h ú - G i m é n e z C r i s t i n a

13.673.397 - C.S. Juan Baggio - $ 2.400.00Nogoyá - Santucho Daiana 30.797.048 -

Hosp. San Blas - $ 800,00Las Moscas - Mechtry Marina 13.128.958 -

Hosp. Cnel. Pringles - $ 400,00

Paraná, martes 10 de octubre de 2017 BOLETIN OFICIAL 7

Page 8: SECCION ADMINISTRATIVA - GOBIERNO de Entre Ríosban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nunca me anoticié de tal intimación. Yo creía

Villa Urquiza - Gómez Claudio 20.632.527 -C.S. Tte. 1° Ibañez - $ 400,00

C. Del Uruguay - Missorini Elisa 06.046.791- Hosp. J.J. Urquiza - $ 6.800,00

Villaguay - Ortiz Cruz 24.488.918 - Hosp.Santa Rosa - $ 800,00

Mojones Sur - Duarte Jorge 20.702.156 -C.S. El Chajarí - $ 400,00

Nivel Central - Dr. Guil lermo Salzmann22.324.780 - Pná. - Nivel Central - $ 29.700,00

Total partida presupuestaria - $ 116.000,00.— — —

RESOLUCION Nº 198 MSDEJANDO SIN EFECTO RESOLUCION

Paraná, 20 de febrero de 2015VISTO:

Las presentes actuaciones por las cuales laDirección General del Primer Nivel de Atenciónde este Ministerio de Salud, solicita se deje sinefecto la responsabilidad asignada a la Dra.María Gisela Melchiori, DNI N° 27.836.331,mediante Resolución N° 3308 MS de fecha11/09/13; yCONSIDERANDO:

Que por la citada resolución se autoriza a lamencionada profesional a movilizar los fondosde las cuentas corrientes del Centro de Salud“Juan J. Franco” de la ciudad de Gualeguay-chú, en el Nuevo Banco de Entre Ríos -Sucur-sal Gualeguaychú-:

Que en su reemplazo se solicita autorice a laDra. Natalia Wessolowski, DNI Nº 24.245.288,a movilizar los fondos de las cuentas corrientesmencionadas;

Por ello;El Ministro Secretario de Estado de

Desarrollo Social, a/c del Ministerio de SaludR E S U E L V E :

Art. 1°.- Dejar sin efecto la Resolución N°3308 M.S. de fecha 11/09/13 mediante la cualse le asigna la responsabilidad a la Dra. MaríaGisela Melchiori, DNI N°27.836.331 de movili-zar los fondos de las cuentas corrientes delCentro de Salud “Juan J. Franco” de Guale-guaychú, en concepto de lo expresado en losconsiderandos precedentes.

Art. 2°.- Autorizar a la Dra. Natalia Wesso-lowski, DNI N°24.245.288, a movilizar los fon-dos de las cuentas corrientes del Centro deSalud “Juan J. Franco” de la ciudad de Guale-guaychú, en el Nuevo Banco de Entre RíosSucursal Gualeguaychú, en mérito de lo ex-puesto en los considerandos precedentes.

Art. 3°.- Comunicar, publicar y archivar.Carlos G. Ramos

— — —RESOLUCION Nº 199 MS

Paraná, 20 de febrero de 2015Autorizando la ampliación del subsidio otor-

gado mediante Resolución N° 744/14 MS porla suma de $ 1.790,00, a favor de la Sra. OlgaEster Sosa, DNI N°11.556.178, domiciliada encalle M. Luna N° 1949 de Paraná, destinado asolventar gastos, por la compra de una mallade polipropileno, conforme lo expuesto prece-dentemente.

La presente gestión se encuadra en las dis-posiciones establecidas por el Decreto N°86/15 MS y Resolución N° 5392/10 MS.

Facultando a la Dirección General de Admi-nistración dependiente de este Ministerio deSalud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transfe-rencia al Hospital “San Martín” de Paraná, porun importe de $ 1.790,00, destinado al subsidiootorgado por el presente texto legal a la Sra.Olga Ester Sosa, DNI N° 11.556.178, con car-go de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentasde la Provincia.

MINISTERIO DE PRODUCCION

DECRETO Nº 498 MPRECHAZANDO RECURSO

Paraná, 30 de marzo de 2017VISTO:

El recurso de apelación jerárquica interpues-to por la empresa Telecom Personal SA, a

través de su apoderado legal, contra las Reso-luciones Nº 0738 DGDCyLC de fecha 13 dejulio de 2012, Nº 0249 SICyPD de fecha 07 demarzo de 2013 y Nº 0770 MP de fecha 5 dejunio de 2014; yCONSIDERANDO:

Que en primer lugar, analizando la proceden-cia formal del recurso objeto de autos, cabedecir que este fue interpuesto ante la Mesa deEntradas de la Gobernación en fecha 02 dejulio de 2014 y habiendo sido notificada enfecha 25 de junio de 2014, debe tenerse elplanteo recursivo por interpuesto en forma le-gal y en tiempo hábil, conforme Ley Nº 8973 yLey Nº 7060; y

Que a efectos de una mejor comprensión,resulta necesario realizar una breve síntesisde las actuaciones y decir que en fecha 5 dejunio de 2014 se dicta Resolución N°0770 MP,la cual rechazó por inadmisible el recurso deapelación jerárquica interpuesto por el apode-rado legal de la sancionada, contra las Reso-luciones Nº 0738/12 DGDCyLC, Nº 1358/12DGDCyLC y N° 0249/13 SICyPD; y

Que dicha resolución fue notificada en fecha25 de junio de 2014; y

Que en fecha 2 de julio de 2014 el apoderadoLegal de Telecom Personal SA, interpone re-curso de apelación jerárquica contra las Reso-luciones N° 0738/12 DGDCyLC, N° 0249/13SICyPD y Nº 0770/14 MP; y

Que seguidamente toma intervención la Ase-soría Legal de la Dirección General de Defensadel Consumidor y Lealtad Comercial, dondeexpresa que el recurso interpuesto debe serdesestimado en razón de que la empresa recu-rrente ha incumplido con uno de los recaudosprescripto en el artículo 11°de la Ley Nº 8973,en razón de que no acompañó el comprobantede depósito de la multa que prevé la Ley Nº8973, de modo tal que la sumariada no agotóla instancia recursiva especifica, prevista porla Ley Nº 8973, toda vez que ha incumplido conlos recaudos de admisibilidad previstos pordicha norma para admitir el recurso planteadooportunamente, razón por la cual no puedeprosperar; y

Que, a su turno, se expide la Asesoría Legalde la ex Secretaría de Industria, Comercio yPlanificación del Desarrollo, manifestando queadhiere al dictamen emitido por la AsesoríaLegal de la Dirección General de Defensa delConsumidor y Lealtad Comercial; y

Que al tomar intervención la Dirección Gene-ral de Asuntos Jurídicos dependiente del Minis-terio de Producción, en su dictamen, señalaque la Ley Provincial Nº 8973 regula en suarticulado un procedimiento administrativo es-pecífico o especial que, en principio, desplazala aplicación directa de la Ley de Procedimien-to Administrativo de la Provincia en el ámbitode la Defensa del Consumidor; y

Que en efecto, el artículo 11° de dicha leyprevé un requisito formal de admisibilidad delrecurso de apelación, que es el depósito delmonto de la multa; y

Que señala que la recurrente incumplió condicho recaudo formal exigido para la interposi-ción de los recursos de apelación contra lasresoluciones que impongan multas en el marcode la Ley Nacional de Defensa del Consumi-dor, atento a que surge de las actuaciones queel recurrente acompañó extemporáneamentecopia simple de una constancia de depósito-efectuado también de forma extemporánea-del monto correspondiente a la multa impues-ta, faltando entonces un requisito formal de suadmisibilidad; y

Que en definitiva, la Dirección General deAsuntos Jurídicos MP, en virtud de todo loexpuesto y conforme a las intervenciones jurí-dicas previas, concluye en que correspondía elrechazo por inadmisible del recurso de apela-ción jerárquica impetrado, sin entrar a debatirel fondo del asunto, debiéndose confirmar lasresoluciones recurridas y remitir las actuacio-nes a Fiscalía de Estado; y

Que en este estadio, en fecha 21 de diciem-bre de 2016, toma intervención Fiscalía deEstado y emite Dictamen Nº 0749/16 expresan-do en cuanto la cuestión formal que las Reso-luciones N° 0738/12 DGDCyLC y N° 0249/13SICyPD fueron notificadas al recurrente en fe-cha 16 de agosto de 2016 y 08 de abril de 2013respectivamente, razón por la cual el recursointerpuesto, respecto de ellas, resultaba ex-temporáneo al encontrase holgadamente ven-cido el plazo para su interposición; y

Que así también, menciona que el recursointerpuesto en fecha 2 de julio de 2014 fue entiempo y forma por haberse interpuesto dentrodel quinto día de notificado el interesado; y

Que en cuanto a la cuestión material expresaque la resolución impugnada desestima el re-curso de apelación jerárquica interpuesto, a suv e z , c o n t r a l a R e s o l u c i ó n N º 0 7 3 8 / 1 2DGDCyLC, Nº 1358/12 DGDCLC y N°0249/13SICyPD por cuanto no se acompañó oportuna-mente el depósito de la multa impuesta; y

Que observa en las constancias del expe-diente que la parte recurrente no presentó re-cibo de depósito de la multa impuesta, razónpor la cual, correspondía el rechazo in liminedel recurso hoy en análisis; y

Que en virtud de ello, no cabe sino más queconfirmar la Resolución N° 0770/14 MP siningresar al análisis de los agravios sobre elfondo de la cuestión planteada por la parteapelante; y

Que en tal sentido Fiscalía de Estado conclu-ye que procede desestimar in limine, el recursode apelación jerárquica presentado la firmaTelecom Personal SA, por resultar formalmen-te inadmisible, sin que corresponda ingresar asu tratamiento sustancial; y

Que en virtud de todo lo expuesto resultaprocedente desestimar el recurso de apelaciónpresentado por la empresa Telecom PersonalSA, como así también confirmar la ResoluciónNº 0770/14 MP; y

Que han tomado intervención de competen-cia la Dirección General de Defensa del Con-sumidor y Lealtad Comercial, la Secretaría deIndustria, Comercio y Planificación del Desa-rrollo, la Dirección General de Asuntos Jurídi-cos del Ministerio de Producción, y Fiscalía deEstado; y

Que la presente se dicta conforme a las fa-cultades establecidas en la Ley Provincial Nº8973, de adhesión a la ley Nacional Nº 24.240,Decreto N° 4484/12 MP y Ley Provincial Nº7060;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Recházase por inadmisible el re-

curso de apelación jerárquica interpuesto porTelecom Personal SA, a través de su apodera-do legal, con domicilio legal en calle San Mar-tín Nº 228, de la ciudad de Paraná, Provinciade Entre Ríos, contra las Resoluciones Nº0738 DGDCyLC de fecha 13 de julio de 2012,Nº 0249 SICyPD de fecha 07 de marzo de 2013y Nº 0770 MP de fecha 5 de junio de 2014,confirmándose en todos sus términos los reso-lutorios precedentemente enunciados, todoconforme los considerandos precedentes.

Art. 2º — Encuádrase la presente gestiónen las facultades establecidas en la Ley Pro-vincial Nº 8973, de adhesión a la Ley NacionalN° 24.240, Decreto Nº 4484/12 MP y Ley Pro-vincial Nº 7060.

Art. 3º — El presente decreto será refrenda-do por el señor Ministro Secretario de Estadode Producción.

Art. 4º — Comuníquese, notifíquese a tra-vés de la Dirección General de Defensa delConsumidor y Lealtad Comercial, pasen laspresentes actuaciones a Fiscalía de Estadopara la ejecución de las multas aplicadas, porla vía correspondiente cumplimentando archí-vese.

GUSTAVO E. BORDETCarlos Schepens

8 BOLETIN OFICIAL Paraná, martes 10 de octubre de 2017

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DECRETO Nº 499 MPRECHAZANDO RECURSO

Paraná, 30 de marzo de 2017VISTO:

El recurso de apelación jerárquica interpues-to por la empresa Telecom Argentina SA, através de su apoderado legal, contra las Reso-luciones Nº 181 DGDCyLC de fecha 26 dediciembre de 2007 y Nº 767 MP de fecha 5 dejunio de 2014; yCONSIDERANDO:

Que en primer lugar, analizando la procedenciaformal del recurso objeto de autos, cabe decir queeste fue interpuesto ante la Mesa de Entradas dela Gobernación en fecha 2 de julio de 2014 y,habiendo sido notificada en fecha 25 de junio de2014, debe tenerse al planteo recursivo por inter-puesto en forma legal y en tiempo hábil conformeLey Nº 8973 y Ley Nº 7060; y

Que a efectos de una mejor comprensión,resulta necesario realizar una breve síntesisde las actuaciones y decir que en techo 5 dejunio de 2014 se dicta Resolución Nº 767/14MP, la cual rechazó por extemporáneo el recur-so de apelación jerárquica interpuesto por elapoderado legal de la sancionada, contra laResolución N° 181/07 DGDCyLC; y

Que en fecha 2 de julio de 2014 el apoderadolegal de Telecom Argentina SA, interpone recursode apelación jerárquica contra las ResolucionesN°181/07 DGDCyLC y N°767/14 MP; y

Que ante dicha presentación toma interven-ción la Asesoría Legal de la Dirección Generalde Defensa del Consum1dor y Lealtad Comer-cial, expresando que el recurso interpuestodebe ser desestimado en razón de que la empre-sa recurrente ha incumplido con uno de los re-caudos prescriptos en el artículo 11° de la LeyNº 8973, al no acompañar el comprobante dedepósito de la multa que prevé dicha norma demodo tal que, al no cumplir con dicho requisito,necesario para la admisibilidad del recurso plan-teado el mismo no puede prosperar; y

Que, a su turno, se expide la Asesoría Legalde la ex Secretaría de Industria, Comercio yPlanificación del Desarrollo, manifestando queadhería al dictamen antes referido, emitido porla Asesoría Legal de la Dirección General deDefensa del Consumidor y Lealtad Comercial; y

Que al tomar intervención la Dirección Gene-ral de Asuntos Jurídicos dependiente del Mi-nisterio de Producción, en su dictamen, señalaque corresponde el rechazo in limine, por im-procedente, del recurso de apelación jerárqui-ca impetrado, sin entrar a debatir el fondo delasunto y que debían confirmarse las resolucio-nes recurridas atento a que, en relación a laResolución N° 181/07 DGDCyLC ésta se en-contraba firme y consentida por cuanto, la re-currente había planteado en forma extemporá-neo su remedio recursivo y en consecuencia,dada la extemporaneidad de ese anterior plan-teo, rechazado mediante la Resolución Nº767/14 MP hoy también impugnada, no corres-pondía ingresar al análisis de la cuestión defondo, debiendo procederse a su rechazo yremitir las actuaciones a Fiscalía de Estado; y

Que en este estadio, toma intervención Fis-calía de Estado y emite Dictamen Nº 762/16expresando, entre otras consideraciones quela recurrente interpuso el recurso de apelaciónjerárquica contra la Resolución Nº 181/07DGDCyLC de manera extemporáneo por loque, oportunamente al dictarse la ResoluciónN° 767/14 MP correspondió desestimar el re-curso de apelación jerárquica sin ingresar a lacuestión de fondo de la cuestión materia deagravio y consecuentemente atento a la extem-poraneidad de la anterior impugnación, quefuera resuelta mediante Resolución Nº 767/14MP la Administración quedaba legítimamenterelevada de ingresar al tratamiento de la cues-tión de fondo, conforme numerosa y coinciden-te jurisprudencia, lo que llevó a Fiscalía deEstado a concluir que debía procederse a de-sestimar in limine, el recurso de apelación je-rárquica presentado la firma Telecom Argenti-

na SA y ratificar en todos sus términos la Re-solución Nº 767/14 MP; y

Que, en atención a todo lo expuesto, losdictámenes coincidentes de los órganos lega-les intervinientes, fundamentalmente el emiti-do por Fiscalía de Estado, resulta procedenterechazar el recurso de apelación jerárquicainterpuesto, contra las Resoluciones Nº 181/07DGDCyLC y Nº 767/14 MP, por el apoderadolegal de Telecom Argentina SA; y

Que han tomado intervención de competen-cia la Dirección General de Defensa del Con-sumidor y Lealtad Comercial la Secretaría deComercio y la Dirección General de AsuntosJurídicos dependientes del Ministerio de Pro-ducción y Fiscalía de Estado; y

Que la presente se dicta conforme a las fa-cultades establecidas en la Ley Provincial Nº8973, de adhesión a la Ley Nacional N°24.240,Decreto N° 4484/12 MP y Ley Provincial Nº7060;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º — Recházase el recurso de apela-

ción jerárquica interpuesto por Telecom Argen-tina SA, con domicilio legal en calle San MartínN° 228, de la ciudad de Paraná, Provincia deEntre Ríos, contra las Resoluciones Nº 181/07DGDCyLC y Nº 767/14 MP, confirmándose entodas sus partes los resolutorios antes mencio-nados, todo conforme los considerandos pre-cedentes.

Art. 2º — Encuádrase la presente gestiónen las facultades establecidas en la Ley Pro-vincial Nº 8973, de adhesión a la Ley NacionalN° 24240, Decreto Nº 4484/12 MP y Ley Pro-vincial Nº 7060.

Art. 3º — El presente decreto será refrenda-do por el señor Ministro Secretario de Estadode Producción.

Art. 4º — Comuníquese, notifíquese a tra-vés de la Dirección General de Defensa delConsumidor y Lealtad Comercial, pasen laspresentes actuaciones a Fiscalía de Estadopara la ejecución de las multas aplicadas, porla vía correspondiente cumplimentando archí-vese.

GUSTAVO E. BORDETCarlos Schepens

SECCION JUDICIAL

SUCESORIOSANTERIORES

P A R A N ALa Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Prime-

ra Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de laciudad de Paraná, Dra. Gabriela R. Sione, Se-cretaría N° 2, en los autos caratulados “Fer-nández Dominga Carolina s/ Sucesorio ab in-testato” Exp. N° 17607, cita y emplaza por eltérmino de treinta días a herederos y acreedo-res de DOMINGA CAROLINA FERNANDEZ,MI 3.930.237, vecina que fuera del Departa-mento Paraná, fallecida en Villa Seguí, en fe-cha 06/12/2015. Publíquese por tres días.

Paraná, 22 de septiembre de 2017 – PabloF. Cattaneo, secretario.

F.C.S. 502-00019285 3 v./10.10.17— — —

La Sra. Juez a cargo del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil y Comercial N° 6 de laciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufa-nacht, Secretaría N° 6 de la Dra. Silvina M.Lanzi, en los autos caratulados “Bettas Alejan-dro José s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N°15766, cita y emplaza por el término de treinta(30) días a herederos y acreedores de ALE-JANDRO JOSE BETTAS, MI 16.795.652, veci-no que fuera del Departamento Paraná, falleci-

do en Paraná, en fecha 13/10/2016. Publíque-se por tres días.

Paraná, 18 de septiembre de 2017 – SilvinaM. Lanzi, secretaria.

F.C.S. 502-00019309 3 v./10.10.17— — —

La Sra. Juez a cargo del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil y Comercial N° 6 de laciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufa-nacht, Secretaría N° 6 de la Dra. Silvina M.Lanzi, en los autos caratulados “Strack JulioCésar s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N°15792, cita y emplaza por el término de treinta(30) días a herederos y acreedores de JULIOCESAR STRACK, M.I.: 5.947.015, vecino quefuera del Departamento Paraná, fallecido enParaná, en fecha 01/03/2016. Publíquese portres días.

Paraná, 02 de octubre de 2017 – Silvina M.Lanzi, secretaria.

F.C.S. 502-00019318 3 v./11.10.17— — —

La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Prime-ra Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de laciudad de Paraná, Dra. Gabriela Rosana Sio-ne, Secretaría N° 2 de quien suscribe, en losautos caratulados “Miraglio Isaias Salvador yCaluva Lelia Teresita s/ Sucesorio ab intesta-to” Exp. N° 18205, cita y emplaza por el térmi-no de treinta días a herederos y acreedores deLELIA TERESITA CALUVA, M.I.:2.369.792,vecina que fuera del Departamento Paraná,fa l lecida en Colonia Rivadavia, en fecha06/07/2017 y ISAÍAS SALVADOR MIRAGLIO,M.I.:5.918.208, vecino que fuera del Departa-mento Paraná, fallecido en Colonia Rivadavia,en fecha 09/12/2006. Publíquese por tres días.

Paraná, 03 de octubre de 2017 – PabloCattaneo, secretario.

F.C.S. 502-00019333 3 v./11.10.17— — —

La Sra. Juez a cargo del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil y Comercial N° 6 de laciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufa-nacht, Secretaría N° 6 de la Dra. Silvina M.Lanzi, en los autos caratulados “Mendoza Ar-monia Angélica s/ Sucesorio ab intestato”Expte. N°15818, cita y emplaza por el términode treinta (30) días a herederos y acreedoresde ARMONIA ANGELICA MENDOZA, M.I.:3.052.631, vecina que fuera del DepartamentoPar a ná , f a l l e c i d a en Pa r an á , e n fe c ha04/04/2016. Publíquese por tres días.

Paraná, 04 de octubre de 2017 – Silvina M.Lanzi, secretaria.

F.C.Ch. 503-00016118 3 v./11.10.17— — —

La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Prime-ra Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 de laciudad de Paraná, Dra. Gabriela Rosana Sio-ne, Secretaría N° 2 de quien suscribe, en losautos caratulados “Casa Osvaldo Lodovico yDiaz María Amelia s/ Sucesorio ab intestato”Exp. N° 18217, cita y emplaza por el términode treinta días a herederos y acreedores deOSVALDO LUDOVICO CASA, M.I.:5.927.822,vecino que fuera del Departamento Paraná,fallecido en Paraná, en fecha 03/05/2017 yMARÍA AMELlA DIAZ, M.I.:2.451.581, vecinaque fuera del Departamento Paraná, fallecidaen Paraná, en fecha 05/11/2014. Publíquesepor tres días.

Paraná, 27 de septiembre de 2017 – PabloCattaneo, secretario.

F.C.Ch. 503-00016122 3 v./11.10.17— — —

C O L O NEl Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial N° 1, a cargo de la Dra. María JoseDiz, Secretaría a cargo del Dr. José ManuelTournour, en autos caratulados: “Casares En-rique Justo José s/ Sucesorio ab intestato”,Expte. N° 13824-17, se cita y emplaza por eltérmino de diez días a todos los que se consi-deren con derecho a los bienes dejados alfallecimiento de Don ENRIQUE JUSTO JOSE

Paraná, martes 10 de octubre de 2017 BOLETIN OFICIAL 9

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CASARES (LE N° 4.244.824), fallecido el día6 de febrero de 2012 de 2017 en Colón, vecinodel Departamento de Colón.

A continuación se transcribe la parte perti-nente de la resolución que así lo ordena: “Co-lón, 15 de agosto de 2017....Publíquense edic-tos por tres veces en el Boletín Oficial y en unperiódico de esta ciudad, citando a todos losque se consideren con derecho a los bienesdejados por la causante, para que lo acreditendentro del término de treinta días Art. 2.340 delCódigo Civil y Comercial...Fdo. Dra. MaríaJosé Diz, Juez”.

Colón, 12 de septiembre de 2017 – José M.Tournour, secretario.

F.C.S. 502-00019327 3 v./11.10.17— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº 1, a cargo de la Dra. María JoseDiz, Secretaría a cargo del Dr. José ManuelTournour, en autos caratulados: “Pascuas LuisMaría s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N°13825-17, se cita y emplaza por el término dediez días a todos los que se consideren conderecho a los bienes dejados al fallecimientode Don LUIS MARIA PASCUAS (DNI N°5.823.863), fallecido el día 02 de mayo de 2017en Colón, vecino del Departamento de Colón.

A continuación se transcribe la parte perti-nente de la resolución que así lo ordena: “Co-lón, 15 de agosto de 2017...Publíquense edic-tos por tres veces en el Boletín Oficial y en unperiódico de esta ciudad, citando a todos losque se consideren con derecho a los bienesdejados por la causante, para que lo acreditendentro del término de treinta días Art. 2.340 delCódigo Civil y Comercial...Fdo. Dra. MaríaJosé Diz, Juez”.

Colón, 13 de septiembre de 2017 – José M.Tournour, secretario.

F.C.S. 502-00019328 3 v./11.10.17— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 1, a cargo de la Dra. María JoséDiz, Secretaría a cargo del Dr. José ManuelTournour, en autos caratulados: “Britos Fran-cisco Roberto s/ Sucesorio ab intestato”,Expte. N° 13823/17, se cita y emplaza por eltérmino de diez días a todos los que se consi-deren con derecho a los bienes dejados alfallecimiento de Don FRANCISCO ROBERTOBRITOS (DNI N°5.853.813), fallecido el día 29de marzo de 2017 en Colón, vecino del Depar-tamento de Colón.

A continuación se transcribe la parte perti-nente de la resolución que así lo ordena: “Co-lón, 15 de agosto de 2017....Publíquense edic-tos por tres veces en el Boletín Oficial y en unperiódico de esta ciudad, citando a todos losque se consideren con derecho a los bienesdejados por la causante, para que lo acreditendentro del término de treinta días Art. 2.340 delCódigo Civil y Comercial....Fdo. Dra. MaríaJosé Diz, Juez”.

Colón, 12 de septiembre de 2017 – José M.Tournour, secretario.

F.C.S. 502-00019329 3 v./11.10.17— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 2 de Colón, a cargo de ArietoAlejandro Ottogalli, Juez, Secretaría a cargoen forma provisoria de Flavia C. Orcellet, enlos autos caratulados “Velzi Mirta María Suce-sorio ab intestato” (Expte. N° 13163), cita yemplaza por el término de treinta (30) días aherederos, acreedores y a todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejadospor la causante Doña MIRTA MARIA VELZI,D.N.I. N° 14,424.809, vecina que fuera de laColonia San José, Departamento Colón, falle-cida en fecha 29 de diciembre de 2016.

Para mejor recaudo se transcribe la partepertinente de la resolución que así lo dispone:“Colón, 23 de marzo 2017... Visto:... Resuel-vo:... 3.-Mandar publicar edictos por tres díasen el Boletín Oficial y Diario local, citando atodos aquellos que se consideren con derecho

a los bienes quedados por fallecimiento dela causante, para que dentro del plazo detreinta días corridos lo acrediten, bajo aper-cibimiento de ley.. .Fdo.: Arieto AlejandroOttogalli, Juez”.

Colón, 26 de septiembre de 2017 – Flavia C.Orcellet, secretaria provisoria.

F.C.S. 502-00019347 3 v./11.10.17— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil y Comercial N° 2 de laciudad de Colón, Entre Ríos, Arieto AlejandroOttogalli, Secretaría única, a cargo de quiensuscribe, en los autos caratulados “Ballay Héc-tor Eduardo s/ Sucesorio ab intestato”, Expte.N° 13359, año 2017, cita y emplaza por eltérmino de treinta (30) días corridos a todosaquellos que se consideren con derecho a losbienes quedados por fallecimiento del causan-te HECTOR EDUARDO BALLAY, DNI N°5.832.289, vecino que fuera de la ciudad deSan José, Dpto. Colón, Pcia. de Entre Ríos yque falleciera en la ciudad de Concepción delUruguay, el día 11/02/2017.

La resolución que así lo ordena establece:“Colón, 8 de septiembre de 2017 (…) 3.- De-cretar la apertura del juicio sucesorio ab intes-tato de Héctor Eduardo Ballay, D.N.I. N°5.832.289, vecino gue fuera de la ciudad deSan José, de este departamento. 4.-Mandarpublicar edicto por tres días en el Boletín Ofi-cial y Diario local, citando a todos aquellos quese consideren con derecho a los bienes queda-dos por fallecimiento del causante, para quedentro del plazo de treinta días corridos loacrediten, bajo apercibimiento de ley (...) Fdo.Arieto Alejandro Ottogalli, Juez”.

Colón, 02 de octubre de 2017 – Flavia C.Orcellet, secretaria poriv.

F.C.S. 502-00019348 3 v./11.10.17— — —

C O N C O R D I AEl Juez a cargo del Juzgado de Primera Ins-

tancia en lo Civil y Comercial N° 4, Dr. Alejan-dro Daniel Rodríguez, Secretaría N° 2 de laDra. Ana María Noguera de esta ciudad deConcordia, en los autos caratulados “Eschwei-ler Gertrudis Catarina y/o Eschweiler GertrudisCatalina, s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N°9255, cita y emplaza por el término de treinta(30) días corridos a herederos y acreedores deESCHWEILER GERTRUDIS CATARINA y/oESCHWEILER GERTRUDIS CATALINA, DNIN° 93.549.468, Alemana, vecina que fuera dela ciudad de Concordia y que falleciera enfecha 23 de agosto de 2016.

“Concordia, 08 de septiembre de 2017. Vis-tos: … Resuelvo: … 2.- … 3.- Estando acredi-tada prima facie la legitimación y resultandoque el Juzgado es competente para entenderen el proceso, a mérito de la partida de defun-ción acompañada y lo dispuesto en los Arts.718 y 728 del CPC, Declárese abierto el juiciosucesorio de Gertrudis Catarina Eschweiler y/oG er t r ud i s C a t a l i na Es c h w e i l e r , D N I N°93.549.468, fallecida en fecha 23/08/2016 ve-cina que fuera de la ciudad de Concordia, E.R.4.- Mandar publicar edictos por tres veces enel Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando a todos los que se consideren conderecho a los bienes dejados por la causante,para que lo acrediten dentro del término detreinta (30) días (conf. Art. 2340 del Cód. Civily Comercial de la Nación, aprobado medianteLey N° 26.994, vigente a partir del 1°/08/2015y Art. 728 del CPCyC). 5.- … 6.- … 7.- … 8.-… 9.- … 10.- … 11.- … 12.- Fdo. AlejandroDaniel Rodríguez, Juez suplente”.

Concordia, 22 de septiembre de 2017 – AnaM. Noguera, secretaria.

F.C.S. 502-00019296 3 v./10.10.17— — —

En el juicio caratulado “Sotelo, Hilario s/ Su-cesorios (Civil)” (Expte. Nº 8043), que tramitapor ante el Juzgado Civil y Comercial N°6 , deesta ciudad de Concordia, a cargo del Dr. Die-

go Luis Esteves, Juez interino, Secretaría dela Dra. Natalia Gambino, suscripta, se cita portreinta días a quienes se consideren con dere-cho a los bienes quedados por el fallecimientode Don HILARIO SOTELO (DNI Nº 1.719.626),nacido en Monte Caseros Corrientes el día 14de enero de 1920, domiciliado en Concordia yfallecido el día 12 de noviembre de 1988, en laciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.

Se transcribe la parte pertinente de la reso-lución que así lo dispone: “Concordia, 27 demarzo de 2017. Visto: … Resuelvo: 1.- … 2.-Decretar la apertura del juicio sucesorio deHilario Sotelo, vecino que fuera de esta ciudad.3.- Mandar publicar Edictos por tres veces enel Boletín Oficial y en un diario local, citandopor treinta días corridos a quienes se conside-ren con derecho a los bienes dejados por elcausante, para que así lo acrediten. Diego LuisEsteves, Juez int.”.

Concordia, 11 de agosto de 2017 – NataliaGambino, secretaria supl.

F.C.S. 502-00019308 3 v./10.10.17— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 3, de la ciudad de Concordia, acargo del Dr. Jorge Ignacio Ponce, Secretaríaa cargo del Dr. Alejandro Centurión, en autoscaratulados “Moneta, Mirta Elena s/ Sucesorioab intestato” Expte. N° 6088”, cita y emplazapor treinta días a todos aquellos a todos aque-llos herederos y/o sucesores que se conside-ran con derecho a los bienes quedados por elfallecimiento de doña MIRTA ELENA MONE-TA, D.N.I N° 6.426.282 que falleciera el día01/03/2015 todo ocurrido en la ciudad de Con-cordia.

La resolución que lo ordena en su parte per-tinente dice: “Concordia, 15 de mayo de 2017.Visto:... 1.-... 2.-Decretar la apertura del juiciosucesorio ab intestato de Mirta Elena Moneta,D.N.I N° 6.426.282, vecina que fuera de estaciudad. 3.-Mandar publicar edictos por tresdías en el Boletín Oficial y Diario local, citandoa todos aquellos que se consideren con dere-cho a los bienes quedados por fallecimiento dela causante, para que dentro del plazo de trein-ta días corridos lo acrediten, bajo apercibi-miento de ley. 4.-... 5.-... 6.-... 7.-... 8.-... 9.-Fdo. Jorge Ignacio Ponce, Juez suplente”.

Concordia, 09 de agosto de 2017 – Alejan-dro Centurión, secretario supl.

F.C.S. 502-00019317 3 v./11.10.17— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 1, a cargo del Dr. Julio CésarMarcogiuseppe, Juez, Secretaría a cargo delDr. José María Ferreyra, Secretario, sito encalle Bartolomé Mitre N°28, Primer Piso, de laciudad de Concordia, Pcia. de Entre Ríos, enlos autos caratulados: González, Juan Carloss/ Sucesorio ab intestato, (N°12196)cita y em-plaza por treinta (30) días a todos aquellos quese consideren con derecho a los bienes deja-dos por el causante don JUAN CARLOS GON-ZALEZ, DNI N°10.198.367, fallecido en la ciu-dad de Concordia el 07 de agosto del 2017,para que así lo acrediten.

Se transcribe la resolución que así lo ordena,la que en su parte pertinente dice: “Concordia,15 de septiembre de 2017. Visto lo peticiona-do, disposiciones del CPCC. y normas relati-vas de la Ley Registral y su reglamentación,Resuelvo: 1.(...) 2.-Decretar la apertura deljuicio sucesorio de Juan Carlos González, DNIN° 10.198.367, vecino que fuera de esta ciu-dad 3.-Mandar publicar edictos por tres vecesen el Boletín Oficial de la Provincia de EntreRíos y en un diario local, tamaño mínimo defuente: cuerpo 9, conforme información vertidapor los diarios locales a los efectos de que sealegible en forma óptima, citando por treintadías corridos a los herederos y/o sucesores delcausante y/o a quienes se consideren con de-recho a los bienes dejados por el mismo, bajoapercibimiento de ley Art. 728, inc. 2°); CPCC.y Art. 2340 C.C.C. Ley 26.994-. 4. (…) 5.(...)

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6.(...) 7.(...) 8. (…) 9.(...). A lo demás, opor-tunamente. Fdo. Dr. Julio C. Marcogiuseppe,Juez Civil y Comercial”.

Concordia, 21 de septiembre de 2017 – JoséM. Ferreyra, secretario.

F.C.S. 502-00019321 3 v./11.10.17— — —

D I A M A N T ELa Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil y Comercial de Diamante,Dra. Virginia Ofelia Correnti, Secretaría dequien suscribe, en los autos caratulados “Na-put Carlos Marcelo Pascual s/ Sucesorio abintestato”, Expte. N°12989, cita y emplaza porel término de treinta (30) días a herederos,acreedores y a toda persona que se considerecon derecho a los bienes dejados por CARLOSM A R C E L O P A S C U A L N A P U T , D N I N °8.458.091, vecino que fuera de la ciudad deDiamante, fallecido en Rosario, Provincia deSanta Fe, en fecha 23/07/2017.

Diamante, 28 de septiembre de 2017 – Ma-nuel A. Ré, secretario.

F.C.S. 502-00019294 3 v./10.10.17— — —

La Sra. Juez a cargo del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil y Comercial de Diamante,Dra. Virginia Ofelia Correnti, Secretaría dequien suscribe, en los autos caratulados “Bie-rig Emilio s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N°12953, cita y emplaza por el término de treinta(30) días a herederos, acreedores y a todapersona que se considere con derecho a losbienes dejados por EMILIO BIERIG, MI N°5.915.987, vecino que fuera de ejido de Gene-ral Ramírez, Dpto. Diamante (ER), fallecido enla localidad de General Ramírez, en fecha 16de noviembre de 2012, a fin que comaprezcana hacer valer sus derechos. Publíquese portres días.

Diamante, 11 de septiembre de 2017 – Ma-nuel A. Ré, secretario.

F.C.S. 502-00019312 3 v./10.10.17— — —

La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Prime-ra Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudadde Diamante, Dra. Virginia Ofelía Correnti, Se-cretaría del Dr. Manuel Alejandro Ré, en losautos “Muller Oscar Leopoldo; Uhrich DeliaErminda s/ Sucesorio ab intestato” Expte. N°11817”, cita y emplaza por el plazo de treinta(30) días a herederos, acreedores y a todapersona que se considere con derecho a losbienes dejados por la causante UHRICH DE-LIA ERMINDA, DNI N° 3.929.830, fallecida el29/09/2016, vecina que fuera de Ejido Crespo,Departamento Paraná, Provincia de EntreRíos. Publíquese por tres días.

Diamante, 28 de septiembre de 2017 – Ma-nuel A. Ré, secretario.

F.C.S. 502-00019319 3 v./11.10.17— — —

F E D E R A C I O NEl Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial N°1 de la ciudad de Chajarí (ER), acargo del Dr. José Manuel Lena (Juez), Secre-taría a cargo del Dr. Facundo Munggi (suplen-te), en los autos caratulados “Tiche, Alicia Gra-ciela s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N°13287/17, cita y emplaza por el término detreinta días bajo apercibimientos de ley, a quie-nes se consideren con derecho a los bienesdejados por ALICIA GRACIELA TICHE, DNI N°11.503.426, fallecida el día 16 de junio de2016, en Concepción del Uruguay, vecina quefuera de la ciudad de Chajarí.

La resolución que ordena librar el presenteen su parte pertinente indica: “Chajarí, 20 deseptiembre de 2017. … Publíquense edictospor tres días enel Boletín Oficial y diario “ElHeraldo”, de la ciudad de Concordia (E.R.),citando a todos los que se consideren conderecho a los bienes quedados al fallecimientode la causante, para que en el plazo de treintadías así lo acrediten. ... Facultándose al Dr.

Juan Pablo Techera y/o quien el mismo desig-nen para intervenir en su diligenciamiento.-Fdo.: Dr. José Manuel Lena, Juez”.

Chajarí, 20 de septiembre de 2017 – Facun-do Munggi, secretario supl.

F.C.S. 502-00019290 3 v./10.10.17— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N°1 de la ciudad de Chajarí (ER), acargo del Dr. José Manuel Lena (Juez), Secre-taría a cargo del Dr. Facundo Munggi (Suplen-te), en los autos caratulados “Rastelli, MarioRoberto s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N°13259/17, cita y emplaza por el término detreinta días bajo apercibimientos de ley, a quie-nes se consideren con derecho a los bienesdejados por MARIO ROBERTO RASTELLI,DNI N°12.755.992, fallecido el día 03 de mayode 2017, en Chajarí (E.R.), vecino que fuera dela ciudad de Chajarí (E.R.). Publíquese por tresdías.

La resolución que ordena librar el presenteen su parte pertinente indica: “Chajarí, 4 deagosto de 2017... Publíquense edictos por tresdías en el Boletín Oficial y diario “El Sol”, de laciudad de Concordia (E.R.), citando a todos losque se consideren con derecho a los bienesquedados al fallecimiento del causante, paraque en el plazo de treinta días así lo acredi-ten..., Facultándose a la Dra. María AmparoTroncoso y/o quien ellas mismas designenpara intervenir en su diligenciamiento. Fdo.:Dr. José Manuel Lena, Juez”.

Chajarí, 04 de agosto de 2017 – FacundoMunggi, secretario supl.

F.C.Ch. 503-00016123 3 v./11.10.17— — —

F E D E R A LEl Juzgado de Primera Instancia Civil y

Comercial a cargo de S.S. Dr. Omar JavierOvando, Juez Civil, Comercial y Laboral, Se-cretaría a cargo de Dr. Alejandro MarianoLarocca, Secretario Int. de Federal en losautos caratulados: “Vasinger, María Gladysy Prediger, José Ramón s/ Sucesorio ab in-testato (Civil)” (N° 18433), cita y emplazapara que en el término de diez (10) días aherederos, acreedores y a todos los que seconsideren con derecho a los bienes deja-dos por la causante MARIA GLADYS VASIN-GER, para que así lo acrediten.

Como Recaudo se transcribe la parte perti-nente de la resolución que así lo dispone: “Fe-deral, 12 de septiembre de 2017. Visto:... Re-suelvo: 1.-Decretar la apertura de los procesossucesorios de: a) María Gladys Vasinger,D.N.I. N° 10.573.166, argentina, casada, naci-da en Villa Federal el 1 de mayo de 1953 yfallecida en Federal el 14 de junio de 2008,vecina que fuera de Federal siendo su últimodomicilio el intersección de calles de Mitre ySanta Fe; y, b) José Ramón Prediger, D.N.I. N°8.357.754, argentino, viudo, nacido en El Ci-marrón el 18 de julio de 1950 y fallecido enFederal el 27 de abril de 2017, vecino que fuerade Federal, siendo su último domicilio el decalle Mitre N° 1.625, disponiéndose la acumu-lación de ambos universales. 2.-Publíquenseedictos por tres (3) veces en el Boletín Oficialy en el periódico local “La Voz”, citando pordiez (10) días a herederos, acreedores y atodos los que se consideren con derecho a losbienes dejados por la causante María GladysVasinger, para que así lo acrediten: 3.-Publí-quese edicto por una (1) vez en el BoletínOficial citando por treinta (30) días corridos aherederos, acreedores y a todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejadospor el causante José Ramón Prediger, paraque así lo acrediten..” Fdo. Dr. Omar JavierOvando, Juez Civil y Comercial.

Federal, 25 de setiembre de 2017 – Alejan-dro M. Larocca, secretario.

F.C.S. 502-00019346 3 v./11.10.17

G U A L E G U A Y C H UEl Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera

Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, de laciudad de Gualeguaychú, Dr. Marcelo J. Arnol-fi, Secretaría N° 2 a cargo de la Dra. AgustinaS. Raffo Drabble, en los autos caratulados:Buchiazzo Joaquina Ester s/ Sucesorio ab in-testato”, Expediente N°11045/17, cita y empla-za por el termino de diez (10) días a herederosy acreedores de quien fuera vecina de estaciudad Doña BUCHIAZZO JOAQUINA ESTER,DNI 5.323.827, domiciliada en calle San Martín1136, fallecida el día 1 de julio 2017, en estalocalidad de Gualeguaychú. Publíquese portres días.

Gualeguaychú, 25 de septiembre de 2017 –Agustina S. Raffo Drabble, secretaria supl.

F.C.S. 502-00019297 3 v./10.10.17— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil y Comercial N° 3 de laciudad de Gualeguaychú, Leonardo Portela,Secretaría N°3 de quien suscribe, en los autoscaratulados “Romero Marcelino y Ozuna MaríaElba s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N°6717, cita y emplaza por el término de diez (10)días a herederos y acreedores de quienes fue-ran vecinos de esta ciudad llamados: MARCE-LINO ROMERO, Libreta Enrolamiento N°1.970.478, fallecido el día 11 de octubre de1996, y MARIA ELBA OZUNA, Documento Na-cionalidad de Identidad N°5.224.072, fallecidael día 11 de mayo de 2015, ambos en Guale-guaychú. Publíquese por tres días.

Gualeguaychú, 27 de septiembre de 2017 –Javier Mudrovici, secretario.

F.C.S. 502-00019301 3 v./10.10.17— — —

El señor Juez de Primera Instancia en lo Civily Comercial N°2 de Gualeguaychú, Dr. Marce-lo J. Arnolfi, Secretaría N°2 de quien suscribe,en los autos caratulados “Ferrari Elba Celina,Sola Humberto Marcelino y Sola Antonio Ale-jandro s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N°8542, cita y emplaza por el término de diezdías a los herederos y acreedores de ANTO-NIO ALEJANDRO SOLA, Documento NacionalIdentidad, N° 5.884.361 y de HUMBERTOMARCELINO SOLA, Documento Nacional deIdentidad N° 1.979.135, ambos vecinos quefueran de Gualeguaychú. Se decretó la apertu-ra de los juicios sucesorios, el 12 de septiem-bre de 2017. Publíquese por tres veces.

Gualeguaychú, 25 de septiembre de 2017 –Agustina S. Raffo Drabble, secretaria supl.

F.C.S. 502-00019304 3 v./10.10.17— — —

N O G O Y AEl Sr. Juez a/c del despacho del Juzgado de

Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2de esta Jurisdicción, Dr. Juan Pablo Orlandi,Secretaría de la autorizante, en los autos ca-ratulados “Sartori Marcial Alberto s/ Sucesorioab intestato”, Expte. N° 5302, cita y emplazapor el término de treinta (30) días a herederosy acreedores de MARCIAL ALBERTO SARTO-RI, vecino que fuera de Zona Rural Hernández,fallecido en Hernández, Dpto. Nogoyá, Provin-cia de Entre Ríos, en fecha 04/08/2017. Publí-quese por tres días.

Nogoyá, 28 de septiembre de 2017 – MaríaL. Alasino, secretaria.

F.C.S. 502-00019313 3 v./10.10.17— — —

El Sr. Juez a/c del despacho del Juzgado dePrimera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2de esta Jurisdicción, Dr. Juan Pablo Orlandi,Secretaría de la autorizante, en los autos ca-ratulados “Vergara Ricardo Eduardo s/ Suce-sorio ab intestato”, Expte. N° 5227, cita y em-plaza por el término de treinta (30) días aherederos y acreedores de RICARDO EDUAR-DO VERGARA, vecino que fuera de Rosariodel Tala, Dpto. Tala, Provincia de Entre Ríos,

Paraná, martes 10 de octubre de 2017 BOLETIN OFICIAL 11

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fa l l ec ido en Rosar io de l Ta la , en fecha17/05/2016. Publíquese por tres días.

Nogoyá, 17 de agosto de 2017 – María L.Alasino, secretaria.

F.C.S. 502-00019332 3 v./11.10.17— — —

C . D E L U R U G U A YPor disposición del Juzgado de Primera Ins-

tancia en lo Civil y Comercial N° 2 de éstaciudad, a cargo de la Dra. Mariela A. Perdigue-ro, suplente, Secretaría única, a cargo del Dr.Marcos Pedro Chichi, en los autos caratulados:“Leo Carotta s/ Sucesorio”, (Expte. N°7462, F°196, L° VII, año 2015), se cita y emplaza portreinta días a herederos y acreedores de DonLEO CAROTTA, MI N° 5.772.300, fallecida enConcepción del Uruguay, el día 16 de agostode 2010, para que en igual plazo lo acrediten.

Como recaudo se transcribe la parte perti-nente de la resolución que lo ordena: La reso-lución que ordena la medida en su parte perti-nente dice: “Concepción del Uruguay, 27 dejulio de 20l5. … Publíquense edictos citatoriosde herederos y acreedores en el Boletín Oficialy en una emisora radial local “Buen Anuncio”,en la forma y por el término de ley. … Fdo.:Carlos Federico Tepsich, Juez”.

C. del Uruguay, 15 de septiembre de 2017 –Marcos P. Chichi, secretario.

F.C.S. 502-00019268 3 v./10.10.17

SUCESORIOSNUEVOS

P A R A N AEl Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargo

del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N°1 de la ciudad de Paraná, Secre-taría N° 1 de quien suscribe, en los autoscaratulados “Lencina Toribio Calixto, LedesmaClelia Leonor s/ Sucesorio ab intestato” Exp.N° 17369, cita y emplaza por el término detreinta (30) días a herederos y acreedores deTORIBIO CALIXTO LENCINA, M.I.: 2.078.408,vecino que fuera del Departamento Paraná,fallecido en Paraná, en fecha 23 de octubre de1988; y de CLELIA LEONOR LEDESMA, M.I.:5.347.466, vecina que fuera del DepartamentoParaná, fallecida en Paraná, en fecha 11 demayo de 1998. Publíquese por tres días.

Paraná, 04 de octubre de 2017 – Lucila delHuerto Cerini, secretaria.

F.C.S. 502-00019350 3 v./12.10.17— — —

El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargodel Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N°1 de la ciudad de Paraná, Secre-taría N° 1 de quien suscribe, en los autoscaratulados “Mendieta Rodríguez Sergia; Ro-dríguez Tomás; Rodríguez Carmen Borromeas/ Sucesorio ab intestato” Exp. N°168940, citay emplaza por el término de treinta (30) días aherederos y acreedores de SERGIA MENDIE-TA RODRIGUEZ o SERGIA M. RODRIGUEZ oSERGIA RODRIGUEZ, M.I.: 0.736.106, vecinaque fuera del Departamento Paraná, fallecidaen María Grande, en fecha 17 de octubre de1984; TOMAS RODRIGUEZ, M.I.: 2.039.676,vecino que fuera del Departamento Paraná,fallecido en María Grande, en fecha 09 deoctubre de 1991; y de CARMEN BORROMEARODRIGUEZ, M.I.: 2.361.326, vecina que fue-ra del Departamento Paraná, fallecida en Ha-senkamp, en fecha 15 de febrero de 2016.Publíquese por tres días.

Paraná, 03 de octubre de 2017 – Lucila delHuerto Cerini, secretaria.

F.C.S. 502-00019363 3 v./12.10.17— — —

El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargodel Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N°1 de la ciudad de Paraná, Secre-taría N° 1 de quien suscribe, en los autos

caratulados “Mari Ileana Teresa s/ Sucesorioab intestato” Exp. N°17475, cita y emplaza porel término de treinta (30) días a herederos yacreedores de ILEANA TERESA MARI, M.I.:16.466.432, vecina que fuera del Departamen-to Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 19 dejulio de 2017. Publíquese por tres días.

Paraná, 25 de septiembre de 2017 – Luciladel Huerto Cerini, secretaria.

F.C.S. 502-00019365 3 v./12.10.17— — —

El señor Juez a cargo del Juzgado de Prime-ra Instancia en lo Civil y Comercial N° 7 de laciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman,Secretaría N° 7, en los autos caratulados “Ros-si Roberto Emilio s/ Sucesorio ab intestato”Exp. N° 19638, cita y emplaza por el términode treinta días (corridos) a herederos y acree-dores de ROBERTO EMILIO ROSSI, M.I. N°5.911.418, vecino que fue del DepartamentoParaná, fallecido en fecha 05/05/2017. Publí-quese por tres días.

Paraná, 31 de agosto de 2017 – Noelia Tela-gorri, secretaria.

F.C.S. 502-00019366 3 v./12.10.17— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de PrimeraInstancia en lo Civil y Comercial N° 5 de laciudad de Paraná, Dr. Roberto Croux, Secreta-ría N°5 a cargo de quien suscribe, en los autoscaratulados “Rivas Beatriz Esther s/ Sucesorioab intestato (acumulado al 29396)” ExpedienteN° 28598, cita y emplaza por el término detreinta (30) días a herederos y acreedores deCARLOS JOSE MISTURA, M.I. 5.896.270, ve-cino que fuera del Departamento Paraná, falle-cido en Paraná, Entre Ríos, en fecha 02-04-2017. Publíquese por un día.

Paraná, 5 de octubre de 2017 – Perla N.Klimbovsky, secretaria.

F.C.S. 502-00019382 1 v./10.10.17— — —

El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargodel Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N°1 de la ciudad de Paraná, Secre-taría N° 1 de quien suscribe, en los autoscaratulados “Caballero José Rumildo s/ Suce-sorio ab intestato” Exp. N°17497, cita y empla-za por el término de treinta (30) días a herede-ros y acreedores de JOSE RUMILDO CABA-LLERO, M.I.: 8.593.676, vecino que fuera delDepartamento Paraná, fallecido en Paraná, enfecha 15/02/2017. Publíquese por tres días.

Paraná, 15 de septiembre de 2017 – Luciladel Huerto Cerini, secretaria.

F.C.Ch. 503-00016126 3 v./12.10.17— — —

C O N C O R D I AEl Juzgado de Primera Instancia Civil y Co-

mercial N° 1 de ésta ciudad de Concordia, acargo del Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Secreta-ría a cargo del Dr. José María Ferreyra, cita yemplaza por treinta días corridos, bajo aperci-bimiento de ley, a todos aquellos que se con-sideren con derecho a los bienes quedados porel fallecimiento de don OVIDIO AUDEMARPEZZARINI, L.E. N° 5.772.156, ocurrido enfecha 30 de diciembre de 2000 y de DoñaRAMONA ESTANISLADA GATTO de PEZZA-RINI, LC N° 1.486.962, ocurrido en fecha 28 deagosto de 2014, vecinos que fueran de estaciudad. Así se ha dispuesto en los autos“Pezzarini, Ovidio Audemar; Gatto de Pezzari-ni, Ramona Estanislada s/ Sucesorio ab intes-tato (N° 12206)” que en lo pertinente dice:“Concordia, 11 de septiembre de 2017. Vis-to:...Resuelvo:1.-... 2.-Decretar la apertura deljuicio Sucesorio de Ovidio Audemar Pezzarini,L.E. N° 5.772.156 y de Ramona EstanisladaGatto de Pezzarini, LC N° 1.486.962, vecinosque fueran de esta ciudad. 3.-...4.-Mandar pu-blicar edictos por tres veces en el Boletín Ofi-cial de la Provincia de Entre Ríos y en un diariolocal, tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, con-forme información vertida por los diarios loca-les a los efectos de que sea legible en forma

óptima, citando por treinta días corridos a losherederos y/o sucesores de los causantes y/oa quienes se consideren con derecho a losbienes dejados por los mismos, bajo apercibi-miento de ley Art. 728, inc. 2°) CPCC. y Art.2340 C.C.C. Ley 26.994-. 5.-... 6.-... 7.-... 8.-...9.-... 10.-... A lo demás, oportunamente. Fdo.Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Juez.

Concordia, 21 de septiembre de 2017 – JoséM. Ferreyra, secretario.

F.C.S. 502-00019353 3 v./12.10.17— — —

G U A L E G U A Y C H UEl Señor Juez a cargo del Juzgado de Prime-

ra Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, de laciudad de Gualeguaychú, Dra. Valeria Barbierode Debeheres, Secretaría N° 1 a cargo del Dr.Francisco Unamunzaga, en los autos caratula-dos “Cosundino Julio César s/ Sucesorio abintestato” Expt. 324/17, cita y emplaza a here-deros y acreedores de don JULIO CÉSAR CO-SUNDINO, MI N° 12.385.074, fallecido el díasiete (7) de agosto del año dos mil cinco(2005), domiciliado en calle Concordia y Para-ná vecino que fuera de la ciudad de Gualeguay-chú, Provincia de Entre Ríos, para que se pre-senten dentro del término de treinta (30) días,a contar desde la última publicación del pre-sente. Publíquese por un día.

Gualeguaychú, 02 de octubre de 2017 –Francisco Unamunzaga, secretario.

F.C.S. 502-00019369 1 v./10.10.17— — —

L A P A ZEl Sr. Juez del Juzgado Primera Instancia en

lo Civil, Comercial y Laboral N° 1 de la ciudadde La Paz, Provincia de Entre Ríos, Dr. Rodrí-guez Diego, Juez, Secretaría interina Dra. Ma-ría Virginia Latini, cita y emplaza por el términode treinta días a partir de la última publicacióndel presente, que lo será por una vez a todoslos que se consideren con derecho a los bienesdejados por NILDA CATALINA SOTO, D.N.I.N°21.595.651 nacido el 20 de junio 1.970, hijade Prudencia Soto y de Catalina Medina vecinaque fuera del Ejido ciudad de La Paz, Provinciade Entre Ríos, con último domicilio en Ejidos/n, de la ciudad de La Paz, fallecida en laciudad de Paraná, en fecha 30 de setiembre de2016 conforme ha sido ordenado en los autoscaratulados “Soto Nilda Catalina s/ Sucesorioab intestato”, iniciado el 16 de diciembre de2016, N° de Entrada 4941, año 2016, que setramitan por ante este Juzgado.

La Paz, 20 de septiembre de 2017 – María V.Latini, secretaria int.

F.C.S. 502-00019352 1 v./10.10.17— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y Laboral N° 1, de la ciudad de LaPaz, Entre Ríos, a cargo del Dr. Diego Rodrí-guez, Secretaría única, a cargo de la Dra. Ma-ría Virginia Latini, en los autos caratulados“Fischer Alberto Alejandro s/ Sucesorio ab in-testato” (N° de Expte. 5042, año 2017), cita yemplaza por edictos que se publicarán por undía, a todos los que se consideren con derechoa los bienes dejados por el Señor FISCHERALBERTO ALEJANDRO, M.I. N° 5.935.044,vecino que fue de El Solar, Departamento LaPaz (E.R.) y que falleciera el día 01 de octubrede 2014, en Paraná, Entre Ríos, para que den-tro del plazo de treinta (30) días lo acrediten.Publíquese por un día.

La Paz, 22 de septiembre de 2017 – María V.Latini, secretaria int.

F.C.S. 502-00019355 1 v./10.10.17— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y Laboral N° 1 de la ciudad de LaPaz (E.Ríos), a cargo del Dr. Diego Rodríguez,Juez, Secretaría única, a cargo de la Dra. Ma-ría Virginia Latini (Secretaría interina), en losautos caratulados: “Krispens David y Fernán-dez María s/ Sucesorio ab intestato” (Expte.5078, año: 2017), iniciado el día 6 de junio del

12 BOLETIN OFICIAL Paraná, martes 10 de octubre de 2017

Page 13: SECCION ADMINISTRATIVA - GOBIERNO de Entre Ríosban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nunca me anoticié de tal intimación. Yo creía

año 2.017, cita y emplaza por el término detreinta días, que contarán a partir de la últimapublicación del presente, que se efectuará porun día, a todos los que se consideren conderecho a los bienes dejados por los siguientescausantes: Don DAVID KRISPENS, matrículade identidad N°M 5.913.173, fallecido el 30 deabril de 1.991, en Bovril; y Doña MARIA FER-NANDEZ, L.E. N° 3.389.778, fallecida el día 7de octubre del año 2.002 en Bovril, vecinos quefueron del Departamento La Paz (E. Ríos).

La Paz, 12 de septiembre de 2017 – María V.Latini, secretaria int.

F.C.Ch. 503-00016130 1 v./10.10.17— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil,Comercial y Laboral N° 1 de la ciudad de LaPaz (E.Ríos), a cargo del Dr. Diego Rodríguez,Juez, Secretaría única a cargo de la Dra. MaríaVirginia Latini (Secretaría interina), en los au-tos caratulados: “Jacobsen, Oscar María s/ Su-cesorio ab intestato” (Expte. 4989, año: 2017),iniciado el día 9 de febrero del año 2.017 , citay emplaza por el término de treinta días, quecontarán a partir de la última publicación delpresente, que se efectuará por un día, a todoslos que se consideren con derecho a los bienesdejados por el causante Don JACOBSEN, OS-CAR MARIA, documento nacional de identi-dad, N° L.E. M 1.894.079, fallecido el 12 demayo de 2.008 en Bovril, vecino que fue delDepartamento La Paz (E. Ríos).

La Paz, 12 de septiembre de 2017 – María V.Latini, secretaria int.

F.C.Ch. 503-00016131 1 v./10.10.17— — —

N O G O Y AEl Sr. Juez a/c del Despacho del Juzgado de

Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2de esta Jurisdicción, Dr. Juan Pablo Orlandi,Secretaría de la Autorizante, en los autos ca-ratulados “Gallo Irnelde Jesús s/ Sucesorio abintestato”, Expte. N° 5262, cita y emplaza porel término de treinta (30) días a herederos yacreedores de IRNELDE JESUS GALLO, veci-na que fuera de Nogoyá, fallecida en Nogoyá,Provincia de Entre Ríos, en fecha 13/12/2015.Publíquese por tres días.

Nogoyá, 04 de septiembre de 2017 – MaríaL. Alasino, secretaria.

F.C.S. 502-00019358 3 v./12.10.17— — —

El Sr. Juez a/c del Despacho del Juzgado dePrimera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2de esta Jurisdicción, Dr. Juan Pablo Orlandi,Secretaría de la Autorizante, en los autos ca-ratulados “Kooj Alfredo y Pelz Eloisa s/ Suce-sorio ab intestato”, Expte. N° 5260, cita y em-plaza por el término de treinta (30) días aherederos y acreedores de ALFREDO KOOJ,vecino que fuera de Hernández, Dpto. Nogoyá,fallecido en Crespo, Provincia de Entre Ríos,el 18/08/2000 y de ELOISA PELZ, vecina quefuera de Nogoyá, fallecida en Nogoyá, Provin-cia de Entre Ríos, el 19/03/2013. Publíquesepor tres días.

Nogoyá, 01 de septiembre de 2017 – MaríaL. Alasino, secretaria.

F.C.S. 502-00019359 3 v./12.10.17— — —

El Sr. Juez a/c del Despacho del Juzgado dePrimera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2de esta Jurisdicción, Dr. Juan Pablo Orlandi,Secretaría de la Autorizante, en los autos ca-ratulados “Cuadra Pilar s/ Sucesorio ab intes-tato”, Expte. N° 5261, cita y emplaza por eltérmino de treinta (30) días a herederos yacreedores de PILAR CUADRA, vecina quefuera de Nogoyá, fallecida en Nogoyá, Provin-cia de Entre Ríos, en fecha 14/07/2016. Publí-quese por tres días.

Nogoyá, 04 de septiembre de 2017 – MaríaL. Alasino, secretaria.

F.C.S. 502-00019360 3 v./12.10.17— — —

S A N S A L V A D O REl Señor Juez del Juzgado de Primera Ins-

tancia Civil, Comercial y del Trabajo de la ciu-dad de San Salvador (Entre Ríos), Dr. RicardoAgustín Larocca (int), Secretaría a cargo delDr. Mariano Andrés Ludueño (int), en los autoscaratulados “Gómez, Waldemar Felix Ramóns/ Sucesorio ab intestato” (Expte. N° 2302),cita y emplaza por el término de treinta (30)días, a los herederos y acreedores de WALDE-MAR FELIX RAMON, DNI N°35.300.059, falle-cido intestado en la ciudad de San Salvador(E.R.), el día 22 de diciembre de 2.015 a los 25años de edad. Publíquese por tres días.

Como recaudo se transcribe, en su partepertinente la resolución que así lo ordena: “SanSalvador, 13 de octubre de 2016. Visto: Re-suelvo: 1.-Tener por presentado al Dr. Maximi-l iano Marcelo Blanc, en nombre y repre-sentación de María Luisa Caray, en mérito alas facultades consignadas en el poder acom-pañado, con el domicilio denunciado por cons-tituido, por parte, désele intervención. 2.-De-cretar la apertura del juicio sucesorio de Wal-demar Felix Ramón Gómez, vecino que fuerade esta ciudad. 3.-Mandar publicar Edictos portres veces en el Boletín Oficial y en un diariode la ciudad de Concordia, Entre Ríos, tamañomínimo de fuente: cuerpo 9, conforme informa-ción vertida por los diarios a los efectos de quesea legible en forma óptima, citando por treintadías a quienes se consideren con derecho a losbienes; dejados por el causante, para que asílo acrediten. 4.-... 5.-... 6.-... 7.-... 8.-... 9.-...10.-... A lo demás, oportunamente. Notifíque-se. Fdo.: Flavio Omar Turuguet, Juez Civil,Comercial y del Trabajo, interino”. Otra Reso-lución: “San Salvador, 23 de mayo de 2017.Visto:... Resuelvo: 1.-... 2.-Tener por presenta-do al Dr. Maximiliano Marcelo Blanc, en nom-bre y representación de Juan Luis Cómez, enmérito a la documentación que adjunta, condomicilio real denunciado y legal constituido yen tal carácter se le otorga intervención. 3.-...Fdo.: Ricardo Agustín Larocca, Juez Civil, Co-mercial y del Trabajo, interino”.

San Salvador, 04 de septiembre de 2017 –Mariano A. Ludueño, secretario int.

F.C.S. 502-00019349 3 v./12.10.17— — —

V I C T O R I AEl señor Juez a cargo del Despacho de Pri-

mera Instancia en lo Civil y Comercial de laciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos,Doctor Luis Francisco Marquez Chada, Secre-taría de la Doctora Maricela Faccendini, cita yemplaza por el término de treinta (30) días aherederos y acreedores de CIRILA GIMÉNEZ,L.C. N° 1.216.584, hija de Andrés Giménez yde Ceferina Burgos, nacida el día 09 de juliode 1912 y fallecida el 07 de junio de 2002, conúltimo domicilio en Suburbios de la ciudad deVictoria, Provincia de Entre Ríos y/o del señorFRANCISCO DELGADO, M.I. N° 1.945.161,hijo de José Delgado y de Eloisa Arnao, nacidoen el año 1893 y fallecido el día 03 de octubrede 1970, siendo su último domicilio en el Quin-to Cuartel de la ciudad de Victoria, Provinciade Entre Ríos, para que se presenten y tomenintervención en los autos caratulados “DelgadoFrancisco; Gimenez Cirila s/ Sucesorio ab in-testato” (Expte. 12940, año 2016) a partir de laúltima publicación, la que se hará por tresveces.

Victoria, 20 de septiembre de 2017 – Marice-la Faccendini, secretaria.

F.C.S. 502-00019372 3 v./12.10.17

CITACIONESNUEVAS

C O L O Na WALTER JESUS FERREYRA

Por disposición del Juzgado de Paz, de laciudad de Villa Elisa, de esta Provincia de

Entre Ríos, a cargo de la Dra. Milagros Lam-precht -Juez de Paz-, Secretaría del Dr.Cristian A. Montero -interino-, de quien sus-cribe, en los autos caratulados “Municipali-dad de Villa Elisa c/ Ferreyra Walter Jesúss/ Apremio”, Expte. N° 1518/16, Fº 144/145,L. I., año 2016), se cita y emplaza, por eltérmino de dos días, a WALTER JESUS FE-RREYRA, D.N.I. N° 39.580.502, con últimodomicilio conocido en calle Dr. Gutiérrez N°2532 de la ciudad de Villa Elisa, Entre Ríos,para que comparezca al juicio, por sí o pormedio de representante, a hacer valer susderechos, bajo apercibimiento de designarledefensor de ausentes.

Que para mayores recaudos, se transcribe laparte pertinente de la resolución que así lodetermina: “Villa Elisa, 10 de marzo de 2017.-Atento a lo solicitado precedentemente, publí-quense edictos en el Boletín Oficial y en unperiódico del lugar del último domicilio del cita-do -Arts. 142, 143 y 144 del C.P.C. y C., pordos días, para que el Sr. Walter Jesús Ferre-yra, comparezca a tomar la intervención que lecorresponda en este proceso, bajo apercibi-miento de que si vencido el plazo de los edictosno lo hiciere, se nombrará un defensor oficialpara que lo represente, Art. 329 C.P.C.C.- Fdo.Dra. Milagros Lamprecht -Juez de Paz-”.

Villa Elisa, 15 de agosto de 2017 – CristianMontero, secretario int.

F.C.S. 502-00019374 2 v./11.10.17— — —

V I C T O R I Aa CARLOS FRANCISCO DELGADO y otras

El señor Juez a cargo del Despacho de Pri-mera Instancia en lo Civil y Comercial de la dela ciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos,doctor Luis Francisco Márquez Chada, Secre-taría de la doctora Maricela Faccendini, cita yemplaza por el término de treinta (30) días, alos señores CARLOS FRANCISCO DELGADO,GREGORIA DELGADO, RAMONA AMELIADELGADO, MARIA JOSEFINA DELGADO, JU-LIA CATALINA DELGADO y ROSA ESTERDELGADO, a los fines de que comparezcan aestar a derecho por sí o por medio de apode-rado, conforme Art. 724 del C.P.C.C. y 2340 infine del C.C., en los autos caratulados “Delga-do Francisco - Giménez Cirila s/ Sucesorio abintestato” (Expte. N° 12.940 - año 2016), apartir desde la última publicación, que se harápor dos veces.

Victoria, 20 de septiembre de 2017 – Marice-la Faccendini, secretaria.

F.C.S. 502-00019371 2 v./11.10.17

REMATEANTERIOR

D I A M A N T EPor José M. KlockerMatr. 431 COMPER

La señora Jueza del Juzgado de Familia yPenal de Niños y Adolescentes de la ciudad deDiamante – E.R. - Dra. Ana C. Quinteros Fa-getti, Secretaría a cargo de la Dra. JulietaGherardi, comunica que en los autos: IfranLorena Gisela c/ Espejo Raúl Ceferino s/ Eje-cución de Alimentos - Expediente N° 6484 -Iniciado el 30.08.2013, el martillero José MaríaKlocker, ofrecerá en pública subasta el día 25de octubre de 2017 a las 10,30 horas, en lagalería del Edificio del Juzgado de Familia yPenal de Niños y Adolescentes de la ciudad deDiamante, E.R., sito en calle San Martín N°526, el inmueble embargado en autos propie-dad del demandado Raúl Ceferino Espejo, ubi-cado en el Departamento Diamante, DistritoCosta Grande, Centro Rural de Población Cos-ta Grande - Provincia de Entre Ríos, el queesta inscripto en la Matrícula N° 104.635, po-see Partida Provincial N° 03-33103 y que se-

Paraná, martes 10 de octubre de 2017 BOLETIN OFICIAL 13

Page 14: SECCION ADMINISTRATIVA - GOBIERNO de Entre Ríosban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nunca me anoticié de tal intimación. Yo creía

gún Plano de Mensura N° 24.769, tiene unasuperficie de siete hectáreas, tres áreas y ochocentiáreas ( 7,0308 has.) existiendo una super-ficie afectada a calle particular de 0 Has. 10As. y 57 Cas. Quedando una superficie libre de6 Has. 92 As. 51 Cas. (6,9251 Has.). Se dejaconstancia que este inmueble posee derechoreal de usufructo a favor de: Angel RobertoEspejo y Nélida Aydee Viola en la proporcióndel 50% cada uno.

La subasta se realizará al mejor postor y porla base del avalúo fiscal es de decir por la depesos ciento cuarenta y cinco mil setecientoscuarenta y nueve con ochenta y cinco centavos($ 145.749,85).

Títulos: Agregados en autos.Estado de ocupación: El inmueble se en-

cuentra ocupado por el demandado y su grupofamiliar.

Seña: 10% del monto de la compra.Comisión del martillero: 4 % sobre el monto

de venta más el I.V.A. Por ser el martilleroResponsable Inscripto ante la AFIP - CUIT20-05097696-4.

Días y horarios de Visitas: El inmueble podráser recorrido desde la publicación del presenteedicto y hasta el día 24 de octubre del corrienteaño de 10 a 12 y de 15 a 18 horas.

Condiciones Generales: Quién resulte com-prador deberá abonar en el acto del remate laseña (10%) con más la comisión del martillero(4%) y el IVA s/ la comisión como así tambiénel Impuesto de Sellos Provincial pertinente, elsaldo del precio (90%) deberá abonarlo dentrode los cinco días posteriores a la aprobaciónde la subasta.

Importante: Se hace saber que si el día se-ñalado resultare inhábil, la subasta se realiza-rá el siguiente día hábil a la misma hora y enel mismo lugar.

Informes: Al martillero Tel. 0343-4222391 –0343-155046457.

Diamante, 5 de octubre de 2.017 – JulietaGherardi, secretaria supl.

F.C.S. 502-00019340 2 v./10.10.17

USUCAPIONANTERIOR

G U A L E G U A YEl Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial N° 1 de Gualeguay, a cargo del Dr.Fabián Morahan, Secretaría única a cargo dela Dra. Delfina M. Fernández, en autos caratu-lados “Seliman María del Carmen c/ Los here-deros y sucesores de Alberto Seliman y/o con-tra quien o quienes se consideren con derechosobre el inmueble Usucapión”, Expte. Nº 9144,año 2015, cita y emplaza por el término dequince días a contar desde la última publica-ción que se efectuará por dos veces, a losherederos y sucesores de Alberto Seliman y/oquien o quienes se consideren con derechosobre el inmueble ubicado en el Departamentode Gualeguay, Cuartel 1°, Manzana Nº 482,Domicilio Parcelario calle Maestro Sardi N°379, superficie según mensura 213,27 m2.,bajo los apercibimientos de ley.

Como recaudo se transcriben las resolucio-nes que lo disponen: “2 de mayo de 2017.- Seresuelve:... 2.- Ampliar el resolutivo de fs. 17vta. y en consecuencia tener por promovido elpresente juicio de adquisición de dominio departe de María del Carmen Seliman contra losherederos y sucesores de Alberto Seliman y/ocontra quien o quienes se consideren con de-recho sobre el inmueble que se individualiza enel punto II: Procédase a recaratular las presen-tes, dejándose las debidas constancias y a lapublicación de nuevos edictos citatorios.-...Fdo.: Fabián Morahan, Juez Civ. y Com. Nº 1”.

Gualeguay, 11 de septiembre de 2017 – Del-fina M. Fernández, secretaria interina.

F.C.S. 502-00019341 2 v./10.10.17

CONCURSO PREVENTIVOANTERIOR

B U E N O S A I R E SCOM 10213/2017 Eurofar SRL s/ Concurso

preventivoEl Juzgado Nacional de Primera Instancia

en lo Comercial N° 27 a cargo de la Dra.María Virginia Villarroel, Secretaría N° 53 acargo de la suscripta, sito en Montevideo546, 1°piso, CABA, comunica por 5 días quecon fecha 04.09.2017 se declararon abiertoslos concursos preventivos de: Jachun MarioD a n i e l ( D N I 1 2 . 4 7 2 . 8 1 4 y C U I L 2 0 -12472814-3), Menendez Gabriel Gustavo(DNI 17.195.365 y CUIT 20-17195365-1) yMenendez Marcela (DNI 21.918.510 y CUIT27-21918510-9), en los cuales ha sido desig-nado síndico al contador Estudio Diaz, Po-desta & Asociados, con domicilio en Maipú726, piso 6° “C”, CABA (Tel. 4322 -9400),ante quien los acreedores deberán presen-tar las peticiones de verificación y los títulosper t inentes just i f icat ivos de sus crédi toshasta el 30.11.2017 (Art. 32 Ley 24.522).

Los informes individuales del síndico debe-rán presentarse el 19.02.2018 y el general el05.04.2018. Se designa el 24.09.2018 a las10.00 hs. a efectos de realizar audiencia infor-mativa (Art. 45 LC), la que se llevará a cabo enla Sala de Audiencias del Tribunal.

Se hace saber que el período de exclusividadvence el 01.10.2018. Se deja constancia de launificación de las fechas con el concurso pre-ventivo de EUROFAR S.R.L. a partir del dicta-do de la resolución verificatoria prevista por elArt. 36 de la LCQ que se dictará en cadaconcurso, en el mismo plazo, una vez presen-tado el informe previsto por el Art. 35 LCQ encada uno de los concursos de los garantesantes mencionados.

Se libra el presente en los autos: “EUROFARS.R .L . s / Conc u rso p reven t i vo ” , Exp te .10213/2017, conforme a lo ordenado en losautos ”Jachun Mario Daniel s/ Concurso pre-ventivo" Expte. 16034/2017, “Menendez Ga-briel Gustavo s/ Concurso preventivo” Expte.16029/2017 y “Menendez Marcela s/ Concursopreventivo” Expte. 16026/2017 de trámite anteeste Juzgado y Secretaría.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 desetiembre de 2017 – Alejandra Marti, secreta-ria.

F.C.Ch. 503-00016091 5 v./10.10.17

CAMBIO DE NOMBRENUEVO

C O N C O R D I AEl Juzgado de Primera Instancia de Familia

y Penal de Niños y Adolescentes N° 2 a cargodel Dr. Rodolfo G. Jaureguí, Secretaría a cargodel Dr. Hugo Darío Andrioli Jaurena, con asien-to en calle Mitre 133 1º Piso, del DepartamentoJudicial de Concordia, Provincia de Entre Ríosen autos caratulados: “Fernández Viviana An-drea y Esquivel Alfredo Rubén s/ Cambio deNombre", Expte. N° 19.441, ha resuelto envirtud del Art. 70 de Código Civil y Comercialde la Nación, publicar el pedido de cambio denombre de la niña Isabella Esquivel Fernán-dez, Podrá formularse oposición dentro de losquince días hábiles computados desde la últi-ma publicación.

Concordia, 27 de septiembre de 2017 – HugoD.A. Jaurena, secretario supl.

F.C.Ch. 503-00016136 2 v./10.11.17

SENTENCIAANTERIOR

G U A L E G U A YEn el incidente de Juicio Abreviado Nº 31-I,

Aº 2017, caratulado “Flores Adolfo Abdón s/Abuso sexual sin acceso carnal agravado", for-mado en el Legajo Nº 143/17, que tramita anteeste Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gua-leguay, Provincia de Entre Ríos, se ha dispues-to librar el presente oficio a fin de poner enconocimiento la sentencia recaída en autos el07.09.2017 respecto al condenado Adolfo Ab-dón Flores, DNI Nº 11.606.951, domiciliado encalle San Lorenzo Nº 585 de esta localidad,soltero, changarín, de 61 años de edad, nacidoen Gualeguay el 8 de noviembre de 1955, sininstrucción, hijo de Abdón Rufino Flores (f) yde Ana María Bai (f).

A continuación se transcribe la parte perti-nente de dicha sentencia recaída en el legajo,que dice: “En la ciudad de San Antonio deGualeguay, Provincia de Entre Ríos, RepúblicaArgentina, a los siete días del mes de septiem-bre de dos mil diecisiete... SE RESUELVE: I)Declarar que ADOLFO ABDON FLORES, delos demás datos personales consignados enautos, es autor material y penalmente respon-sable de los delitos de abuso sexual simple,reiterado, agravado por el vínculo y por la con-dición de convivencia preexistente – Art. 119párrafo primero y último, Inc. b) y f) y 45 del CP- y, en consecuencia, condenarlo a la pena detres años de prisión a cumplir en forma condi-cional, con más las siguientes reglas de con-ductas impuestas bajo apercibimiento de revo-cársele la modalidad condicional de la pena,consistentes en: a) no acercarse a una distan-cia menor a los 100 metros, respecto a lavíctima F.R.M. de 14 años de edad en cual-quier lugar donde la misma se halle ni a sudomicilio actual sito sobre calle Mateo Solaentre calles Victoria y Ambrosetti de esta ciu-dad, y a su hermana F.F.B. y su domicilio sitoen calle Mendoza 491 de esta ciudad, seapersonalmente o por cualquier otra vía.- b) lade no verse involucrado en nuevos hechosdelictivos. c) la de abstenerse a consumir be-bidas alcohólicas. - d) la de denunciar y man-tener el domicilio debiendo avisar a la Fiscalíacualquier cambio del mismo (artículos 26 y 27bis del Código Penal).

II) … III) … IV) … Regístrese, notifíquese,oportunamente comuníquese a los organismoscorrespondientes; y, en estado, archívese.Fdo: Dr. R. Javier Cadenas, Vocal y Dra. Flo-rencia Bascoy, directora de la Oficina Judicial”.

Gualeguay, 2 de octubre de 2017 – Floren-cia Bascoy, directora Oficina Judicial.

13684 3 v./10.10.17

SENTENCIASNUEVAS

L A P A ZFabio Sergio Atance, Secretario Administra-

dor de la Oficina de Gestión de Audiencias, enel legajo caratulado: “Monzón Cesar Alfredo s/Lesiones Leves Agravadas en el Marco de unaSituación de Violencia de Genero” IPP N°7405- Legajo Oga Nº 386-0, que se tramitan porante el Juzgado de Garantías y Transición, deesta ciudad de La Paz E.R., a cargo de la Dra.Silvina C. de Millán, Juez de Garantías y Tran-sición a/c Despacho, se ha dispuesto librar elpresente, a fin de hacer saber, a sus efectos,que en la causa de referencia, seguida contraCesar Alfredo Monzón, alias “Nito”, de nacio-nalidad argentina, quien acredita su identidadcon D.N.I. N°32.025.221, de 31 años de edad,estado civil soltero, nacido en La Paz (E.R.), el

14 BOLETIN OFICIAL Paraná, martes 10 de octubre de 2017

Page 15: SECCION ADMINISTRATIVA - GOBIERNO de Entre Ríosban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nunca me anoticié de tal intimación. Yo creía

día 11.3.1986, de ocupación changarin, quetiene educación primaria completa, domicilia-do en calle Martiniano Leguizamón s/n, BarrioMilagrosa Norte, de la ciudad de La Paz (E.R.),hijo de Gloria Graciela Monzón (v), quien viveen el mismo domicilio que el imputado, que noha sido procesado y/o condenado anteriormen-te, que residió en la ciudad de La Paz, EntreRíos, hasta la actualidad; se ha dictado sen-tencia condenatoria en fecha 14.9.2017, la queen su parte pertinente expresa: ... “En la ciudadde La Paz, Provincia de Entre Ríos, a los ca-torce días del mes de septiembre de dos mildiecisiete ... FALLO: 1.- Declarar que CESARALFREDO MONZON, alias ”Nito", ya filiado, esautor materialmente responsable del delito delesiones leves agravadas en el marco de unasituación de violencia de género, y en conse-cuencia condenarlo a la pena de diez (10)meses de prisión de ejecución condicional;Arts. 5, 27, 1º párrafo, 40, 41, 45 y 92 enfunción del Art 80 inc. 11 del Código Penal.- II.-Fijar como reglas de conducta y por el plazo dediez (10) meses, teniendo presente lo dispues-to en el acuerdo de juicio abreviado, conformelo dispuesto por el Art. 28 del Código Penal lassiguientes: 1) Abstención del consumo de es-tupefacientes y del abuso de bebidas alcohóli-cas.- 2) Prohibición de realizar cualquier actomolesto, intimidatorio o perturbador por sí y/ointerpósita persona y/o medio tecnológico enperjuicio de la víctima Mirta Melina GallardoDNI: 33.572.029.- III.- ... IV.- ... V.- ... VI.-Comunicar la presente, sólo en su parte dispo-sitiva a la Jefatura de la Policía de Entre Ríos,Área de Antecedentes Judiciales del SuperiorTribunal de Justicia, I Registro Nacional deReincidencia y Estadística Criminal y Carcela-ria, y al Boletín Oficial.- VII .... VIII.- ... IX.- ...“.- Fdo.- Dra. Silvina C. de Millán - Juez a/cDespacho- Juzg. Garantías y Transición.

La Paz, 3 de octubre de 2017 - Fabio S.Atance, secretario Admi.

13685 3 v./12.10.17— — —

Fabio Sergio Atance, Secretario Administra-dor de la Oficina de Gestión de Audiencias, enel legajo caratulado: “Cosentino Alejo Gabriels/ Defraudación Especial por el Uso de Tarjetade Debido Perdida” IPP 5912, que se tramitanpor ante el Juzgado de Garantías y Transición,de esta ciudad de La Paz E.R., a cargo de laDra. Silvina C. de Millán, Juez de Garantías yTransición a/c Despacho, se ha dispuesto li-brar el presente, a fin de hacer saber, a susefectos, que en la causa de referencia, seguidacontra Alejo Gabriel Cosentino, alias “Pinky”,de nacionalidad argentina, quien acredita suidentidad con D.N.I. Nº 28.132.370, de 36 añosde edad, estado civil soltero, nacido en La Paz(E.R.), el día 29.9.1980, que es empleado pú-blico de la provincia (cabo primero de la Policíade Entre Ríos), que tiene educación primariacompleta, domiciliado en calle Pueyrredón,Casa N° 17, Barrio 20 viviendas, de la ciudadde La Paz (E.R.), hijo de María Rosa Brites (v),que se domicilia en calle Génova N° 8670, deRosario, Provincia de Santa Fe, y de JulioManuel Cosentino (v), domiciliado en BarrioJoaquín Orué, de la ciudad de La Paz, EntreRíos; se ha dictado sentencia condenatoria enfecha 07.9.2017, la que en su parte pertinenteexpresa: “En la ciudad de La Paz, Provincia deEntre Ríos, a los siete días del mes de septiem-bre de dos mil diecisiete... FALLO: I.- Declararque ALEJO GABRIEL COSENTINO, ya filiado,es autor materialmente responsable del delitode defraudación especial por el uso de tarjetade débito perdida y en consecuencia condenar-lo a la pena de ocho (8) meses de prisión deejecución condicional; Arts. 5, 12, 27, 1º párra-fo, 40, 41, y 173 inc. 15, por remisión al Art.172 del Código Penal.- II.- ... III.- ... IV.- ... V.-... VI.- Comunicar la presente, sólo en su partedispositiva a la Jefatura de la Policía de EntreRíos, Área de Antecedentes Judiciales del Su-perior Tribunal de Justicia, y Registro Nacional

de Reincidencia y Estadística Criminal y Car-celaria, y al Boletín Oficial. VII.- ... VIII.- ... IX.-...” Fdo. Dra. Silvina C. de Millán Juez a/cDespacho Juzg. Garantías y Transición.

La Paz, 3 de octubre de 2017 - Fabio S.Atance, secretario Admi.

13686 3 v./12.10.17

SECCION GENERAL

LICITACIONESANTERIORES

P A R A N AMUNICIPALIDAD DE PARANA

Licitación Pública Nº 138/2017OBJETO: 2.000 m3 (dos mil metros cúbicos)

de suelo calcáreo.APERTURA: 31 de octubre de 2017 a las

08:00 horas en Dirección de Suministros, 9 deJulio Nº 679, Paraná, Entre Ríos.

VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Suministros.VALOR DEL PLIEGO: $ 200CONSULTAS: [email protected] Tel :

(0343) 4232529/ 4218436Licitación Pública Nº 139/2017

OBJETO: Insumos para obras sanitaras.APERTURA: 31 de octubre de 2017 a las

10:00 horas en Dirección de Suministros, 9 deJulio Nº 679, Paraná, Entre Ríos.

VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Suministros.VALOR DEL PLIEGO: $ 200CONSULTAS: [email protected] Tel :

(0343) 4232529/ 4218436Licitación Pública Nº 140/2017

OBJETO: Reparación de camiones compac-tadores y volcadores, tractor y motoniveladora.

APERTURA: 19 de octubre de 2017 a las08:00 horas en Dirección de Suministros, 9 deJulio Nº 679, Paraná, Entre Ríos.

VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Suministros.VALOR DEL PLIEGO: $ 500CONSULTAS: [email protected] Tel :

(0343) 4232529/ 4218436Licitación Pública Nº 141/2017

OBJETO: Adquisición de 800 toneladas depolicloruro de aluminio.

APERTURA: 19 de octubre de 2017 a las10:00 horas en Dirección de Suministros, 9 deJulio Nº 679, Paraná, Entre Ríos.

VENTA DE PLIEGOS: Dirección de Suministros.VALOR DEL PLIEGO: $ 500CONSULTAS: [email protected] Tel :

(0343) 4232529/ 4218436F. 500-00006903 (O.P. 17441) 3 v./10.10.17

— — —MUNICIPALIDAD DE VIALELicitación Pública N° 19/17

Conforme a lo dispuesto por el Decreto N°831/17, convócase a Licitación Pública Nº19/17, para la adquisición de combustible gas-oil, destinado a vehículos y maquinarias muni-cipales.

BASE ESTIMATIVA: pesos trescientos cua-renta mil ($ 340.000,00).

LUGAR Y FECHA DE APERTURA: Sede Mu-nicipal, sita en calle 9 de Julio y Estrada de laciudad de Viale, el día 20 de octubre de 2017,a las 10 horas.

PARA PLIEGOS, VISITAS y/o INFORMES:Dirigirse a la Municipalidad de Viale en el ho-rario de 7 a 12,00 horas, o telefónicamente alN° (0343) 4920135/094, o Telefax N° (0343)4920011.

A los efectos de dar cumplimiento a las nor-mas municipales vigentes, se requiere que lapublicación solicitada se efectúe con una ante-lación mínima de diez días a la fecha de aper-tura de la licitación pública referida.

Viale, 28 de septiembre de 2017 – Uriel M.Brupbacher, presidente municipal, Carlos A.Weiss, secretario de Gobierno.

F.C.S. 502-00019266 3 v./10.10.17

MUNICIPALIDAD DE TABOSSILicitación Pública Nº 2/17

OBJETO: Este llamado a licitación tiene porobjeto contratar la explotación de la Terminalde Omnibus de Tabossi, sita en Av. San MartínNro. 336 de esta ciudad por el plazo de seis (6)meses renovable automáticamente por perío-dos semestrales con un plazo máximo de dos(2) años.

PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES: Po-drá ser retirado en Edificio Municipal en elhorario de 07:00 a 12:00.

APERTURA DE PROPUESTAS: Las pro-puestas se presentarán en la sede Municipalsita en calle 20 de junio 169 de Tabossi, porescrito, en sobre cerrado, por duplicado, con-signándose en la cubierta el número y objetode la licitación, día y hora de apertura de lamisma, hasta las 10:30 horas del día 23 deoctubre de 2017.

Informes: Tel: (0343)4970027/4970005.Villa Tabossi, 2 de octubre de 2017 – Néstor

D. Landra, intendente municipal.F.C.Ch. 503-00016124 3 v./11.10.17

— — —

F E D E R A C I O NMUNICIPALIDAD DE VILLA DEL ROSARIO

Licitación Pública Nº 04/2017OBJETO: Adquisición de un tractor nuevo sin

uso 0 km.PRESUPUESTO OFICIAL: $ 720.000,00 (pe-

sos setecientos veinte mil).VALOR DEL PLIEGO: $ 500,00 (quinientos

pesos).APERTURA: El día 24 de octubre de 2017,

hora 10.00, en el salón del Honorable ConcejoDeliberante de la Municipalidad de V. del Ro-sario, sito Tdo. del Pilar 334 - 1º Piso.

VENTA DE PLIEGOS: En Tesorería Munici-pal (Tdo. del Pilar 334, C.P. 3229, Villa delRosario E. Ríos, Tel. 03456 491000 / 491102).

Villa del Rosario, 2 de octubre de 2017 -Gustavo F. Zandona, presidente municipal,Javier D. Cherva, secretario de Gobierno yHacienda.

F.C.Ch. 503-00016112 4 v./11.10.17— — —

G U A L E G U A Y C H UMUNICIPALIDAD DE LARROQUE

Licitación Pública Nº 06/2017Decreto Nº 473/2017

Llámese a licitación pública para la adquisi-ción de fracción y/o fracciones de terrenos,Larroque - Departamento de Gualeguaychú -Entre Ríos, conforme al pliego de condicionesgenerales y particulares y plano de zona adjun-to, disponible en Tesorería Municipal, en hora-rios de oficina.

APERTURA: Día viernes 20 de octubre de2017 a las 11:00 hs., en el despacho del presi-dente municipal.

VALOR DEL PLIEGO: pesos trescientos ($300,00).

GARANTIA DE OFERTA: uno por ciento (1%)del valor total del presupuesto oficial.

Larroque, 5 de octubre de 2017 - Héctor D.Benedetti, presidente municipal, Gastón G.Elena, secretario de Gobierno, Rocío Aldeca-der, encargada de compras.

F.C.Ch. 503-00016115 3 v./10.10.17

LICITACIONESNUEVAS

P A R A N AMUNICIPALIDAD DE VIALELicitación Pública Nº 19/17

Conforme a lo dispuesto por el Decreto Nº831/17 y Decreto N°851/17, convócase a Lici-tación Pública N°19/17, para la adquisición decombustible gas-oil, destinado a vehículos ymaquinarias municipales.

Paraná, martes 10 de octubre de 2017 BOLETIN OFICIAL 15

Page 16: SECCION ADMINISTRATIVA - GOBIERNO de Entre Ríosban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nunca me anoticié de tal intimación. Yo creía

BASE ESTIMATIVA: Pesos trescientos cua-renta mil ($ 340.000,00).

LUGAR Y FECHA DE APERTURA: Sede Mu-nicipal, sita en calle 9 de Julio y Estrada de laciudad de Viale, el día 31 de octubre de 2017,a las 10 horas.

PARA PLIEGOS, VISITAS Y/O INFORMES:Dirigirse a la Municipalidad de Viale en el ho-rario de 7 a 12,00 horas, o telefónicamente alN° (0343) 4920135/094, o Telefax N° (0343)4920011.

Viale, 6 de octubre de 2017 – Uriel M. Bru-pbacher, presidente Municipal.

F.C.S. 502-00019364 3 v./12.10.17— — —

F E L I C I A N OMUNICIPALIDAD DE

SAN JOSÉ DE FELICIANOLicitación Pública Nº 01/2017

El Municipio de San José de Feliciano llamaa licitación pública a efectos de adquirir: uncompactador vibratorio autopropulsado combi-nado para compactación de suelos y asfalto enfrio, nuevo 0 Km.

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 1.800.000 (sonpesos: un millón ochocientos mil)

VALOR DEL PLIEGO: $.18.000 (pesos: die-ciocho mil)

VENTA DE PLIEGOS: Secretaría de Gobier-no, Hacienda y Finanzas Públicas - Tel. Nº03458-420225/420139.

PRESENTACIÓN DE OFERTAS: 31 de octu-bre de 2017- 10,00 horas.

CONSULTAS DE PLIEGOS: Lunes a viernesde 7 a 13 horas

San José de Feliciano, 28 de septiembre de2017 – Silvia Moreno de Rueda, Pta. Munici-pal, Mirian E. E. Pereyra, Sec. de Gob. Ha. yFzas. Públicas.

F.C.Ch. 503-00016132 3 v./17.10.17— — —

L A P A ZMUNICIPALIDAD DE PIEDRAS BLANCAS

Licitación Pública Nº 4/2017La Municipalidad de Piedras Blancas llama a

Licitación Pública Nº 4/2017 para la contrata-ción y ejecución de obra: construcción de 3200metros de cordón cuneta.

MONTO MÁXIMO DE OBRA: Pesos dos mi-llones ochocientos mil ($ 2.800.000,00).

TIEMPO DE EJECUCIÓN: Cinco (5) meses.VENTA DE PLIEGOS: En Tesorería Munici-

pal a partir del 16 y hasta el 20 de octubre.LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA DE

SOBRES: En el palacio Municipal, el día 01 denoviembre de 2017, a las 11 horas.

VALOR DEL PLIEGO: Pesos dos mil ocho-cientos ($ 2.800,00)

Piedras Blancas, 6 de octubre de 2017 –Julio C. Weisheim, intendente Municipal.

F.C.S. 502-00019354 5 v./17.10.17

ASAMBLEASANTERIORES

P A R A N AEMPRESA SAN JOSE S.A.

Convocatoria Asamblea General OrdinariaConvócase a los accionistas de Empresa

San José S.A. a Asamblea General Ordinariapara el 20 de octubre de 2017, a las 9:00 horasen sede social de calle Fray Mamerto EsquiúN° 855, Paraná, Entre Ríos, para tratar el si-guiente orden del día:

1 - Los documentos del Art. 234 Inc. 1°) dela Ley de Sociedades Comerciales correspon-dientes al ejercicio cerrado el día 31 de marzode 2017.

2 - Consideración del resultado del ejercicioy remuneración a los señores directores y sín-dicos, si del caso fuere en exceso a lo dispues-

to por el artículo 261 de la Ley de SociedadesComerciales.

3 - Elección de directores titulares y suplen-tes y síndicos titulares y suplentes.

4 - Designación de dos accionistas para fir-mar el acta.

Paraná, 27 de septiembre de 2017 - Guiller-mo D. Derudder, presidente.

F.C.S. 502-00019281 5 v./12.10.17— — —

CLUB SOCIAL DEL PERSONALDISTRITO PARANA MEDIO

Convocatoria Asamblea General OrdinariaEn cumplimiento de las normas estatutarias

vigentes se convoca a la Asamblea GeneralOrdinaria, para el día 16 de octubre de 2017 alas 17 horas, en la sede social sita en Lauren-cena 344 de esta ciudad, para tratar el siguien-te orden del día:

1 - Designación de dos asociados para firmarel acta de la asamblea.

2 - Lectura y aprobación del acta de la asam-blea anterior.

3 - Consideración de la memoria, balancegeneral, cuenta de gastos y recursos, inventa-rio, informe de la comisión revisora de cuentas,e informe del estado de caja.

4 - Elección de los miembros de la comisióndirectiva y de la comisión revisora de cuentas.

Se deja constancia de la vigencia del Art. 17del estatuto que dispone que en caso de nolograrse el quorum requerido a la hora mencio-nada para el inicio del acto (presencia de lamitad más uno), éste se realizará cualquierasea el número de los presentes pasada unahora de la estipulada.

Nievas Luis A., secretario.F.C.S. 502-00019299 3 v./10.10.17

— — —CORRER S.A.

Convocatoria Asamblea OrdinariaLa firma “CORRER S.A.”, convoca a sus ac-

cionistas a Asamblea Ordinaria a realizarse eldía 21 de octubre de 2017 a las 8 horas enprimera convocatoria y a las 9 horas para elcaso de segunda convocatoria, en el domiciliode calle Villaguay N° 1025 de la ciudad deParaná, para tratar el siguiente orden del día:

1 - Consideración y aprobación del balancegeneral, de la memoria y los estados de resul-tado del ejercicio cerrado el 30 de abril de2017.

2 - Distribución de utilidades.3 - Fijación de la remuneración de los direc-

tores.4 - Designación de dos accionistas para sus-

cribir el acta.NOTA: Acciones en condominio deberán uni-

ficar representación (Art. 209 LSC).Paraná, 4 de octubre de 2017 - Raúl G.

Tovane, director.F.C.Ch. 503-00016110 5 v./12.10.17

— — —FEDERACION ENTRERRIANA DE PATIN

ConvocatoriaEl consejo directivo de la Federación Entre-

rriana de Patín, convoca a sus asociados a laAsamblea General Extraordinaria a celebrarseel día 21 de octubre de 2017 a las 10.00, en susede social de calle España Nº 227, Local 2,de la ciudad de Paraná, Entre Ríos, para tratarel siguiente orden del día:

1 - Designación de dos asambleístas parafirmar el acta.

2 - Presentación de los poderes de los Sres.Asambleístas.

3 - Reforma del estatuto de la FederaciónEntrerriana de Patín.

4 - Designación de profesionales facultadospara inscribir ante la Dirección de Inspecciónde Personería Jurídica la reforma estatuaria.

5 - Designación de los miembros de la comi-sión directiva (presidente, secretario, tesorero,7 vocales y 2 vocales suplentes), del órganode fiscalización interna (un titular y un suplen-te) y del Tribunal de Diciplina.

El quórum de las asambleas, cualquiera sea

su objeto, será de la mitad más uno, de lasinstituciones afiliadas con derecho a voto ytengan una antigüedad mínima de seis mesesen tal carácter y se hallen al día con la Teso-rería. Trascurrida media hora de la convocato-ria, sin que se reuniese ese número, se reali-zará válidamente con cualquiera sea la canti-dad de los presentes con derecho a votar. Estequórum será válido para adoptar cualquier re-solución sobre los puntos del orden del día.

Paraná, 15 de septiembre de 2017 – AngelO. Bianchi, presidente, Zulma Milano de Go-tte, secretaria.

F.C.Ch. 503-00016111 3 v./10.10.17— — —

COOPERATIVA INSTITUCIONAL DEINVERSION Y VIVIENDA LIMITADA

Convocatoria Asamblea Ordinaria deAsociados

De acuerdo a lo resuelto por el Consejo deAdministración el 12 de setiembre 2017 y a lodispuesto en los artículos 31 y 40 de nuestrosestatutos, convocamos a Asamblea de Asocia-dos de la Cooperativa Institucional de Inver-sión y Vivienda Limitada que, con el carácterde Ordinaria, se realizará el día 27 de octubrede 2017 a la hora 18:00, en el local de calleUrquiza 1072 de la ciudad de Paraná, paraconsiderar el siguiente orden del día:

1 - Elección de dos asociados para que enrepresentación de la asamblea aprueben y fir-men el acta respectiva.

2 - Lectura del acta de la asamblea ordinariade asociados anterior.

3 - Consideración de la memoria, balancegeneral, estado de resultados y demás cua-dros anexos e informe de la comisión fiscaliza-dora y del auditor, correspondiente al EjercicioNº 39, finalizado el 30 de junio de 2017.

4 - Consideración proyecto de distribución deexcedentes.

5 - Lucro cesante a consejeros y síndicos.6 - Designación de tres asociados para inte-

grar la junta escrutadora.7 - Renovación parcial del consejo de admi-

nistración. Se elegirán los consejeros titularesy suplentes que a continuación se detalla, deacuerdo a la Zona: Zona 1 Paraná: cuatro (4)consejeros titulares, y un (1) consejero suplen-te. Zona 2 Uruguay: un (1) consejero titular ydos (2) consejeros suplentes. Zona 3 Urdina-rrain: un (1) consejero titular y un (1) consejerosuplente. Zona 4 Santa Elena: dos (2) conse-jeros titulares y un (1) consejero suplente.Zona 5 Viale: dos (2) consejeros titulares y dos(2) consejeros suplentes. Zona 6 Nogoyá: dos(2) consejeros titulares y dos (2) consejerossuplentes. De acuerdo a lo estipulado en elartículo 59 del Estatuto “Los consejeros dura-rán dos ejercicios en sus funciones. El Consejoserá renovado anualmente por mitades...".

8 - Elección de tres (3) síndicos titulares ytres (3) síndicos suplentes, por el término deun ejercicio de acuerdo a lo previsto en elartículo 78 del Estatuto.

La documentación a considerar se encuentraa su disposición en la sede de la cooperativa,sito en Urquiza 1072, de la ciudad de Paraná.

Art. 42 del Estatuto: “Las asambleas se rea-lizarán válidamente sea cual fuere el númerode asistentes una hora después de la fijada enla convocatoria, si antes no se hubiera reunidola mitad más uno de los asociados”.

Paraná, 5 de octubre de 2017 – Erardo L.Raspini, presidente.

F.C.Ch. 503-00016119 2 v./10.10.17— — —

EMAUS PARANA ASOCIACION CIVILConvocatoria Asamblea Ordinaria

Emaús Paraná Asociación Civil, convoca asus asociados para la Asamblea General Ordi-naria a realizarse el día 10 de noviembre de2017 a las 18.00 horas, en su sede social dela institución sita en Av. Almafuerte N° 1430para considerar el siguiente orden del día:

1 - Designación de dos asambleístas pararealizar y firmar el acta de la asamblea.

16 BOLETIN OFICIAL Paraná, martes 10 de octubre de 2017

Page 17: SECCION ADMINISTRATIVA - GOBIERNO de Entre Ríosban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nunca me anoticié de tal intimación. Yo creía

2 - Lectura y consideración del acta de laasamblea anterior.

3 - Lectura y consideración de la memoria ybalance general, período del 1 de enero de2016 hasta el 31 de diciembre de 2016.

Resulta de aplicación el Art. 13 Inc. d) delEstatuto que expresamente dispone: “Laasamblea se celebrará en el día, lugar y horaque ha sido fijado, siempre que se encuentrenpresentes la mitad más uno de total de Asocia-dos con derecho a voto. Transcurrida una horadespués de la fijada para la reunión sin conse-guir “quórum”, se celebrará la asamblea y susdecisiones serán válidas cualquiera sea el nú-mero de asociados presentes. En cumplimien-to del Art. 30 del estatuto se pondrá a disposi-ción de los asociados y para su inspección, unpadrón de los mismos con derecho a interveniren ella. Los asociados podrán impugnar el con-tenido del padrón hasta 48 horas antes de lacelebración de la asamblea.

Paraná, octubre de 2017 – Gualberto Domé,presidente, Osvaldo Ruíz Díaz, secretario.

F.C.Ch. 503-00016120 2 v./10.10.17— — —

G U A L E G U A YASOCIACION

“RED DE ADULTO MAYORES”Convocatoria

La asociación sin fines de lucro “Red de Adul-to Mayores”, se convoca a Asamblea GeneralOrdinaria a celebrarse el día 31.10.2017, a las14 hs., en nuestra sede Federación N° 154,Gualeguay, Entre Ríos, para considerar el si-guiente orden del día:

1 - Lectura y aprobación del acta de la asam-blea anterior.

2 - Lectura y aprobación de la memoria de losbalances cerrado el 30.6.2016 a 30.6.2017.

3 - Designación de dos asambleístas parafirmar el acta.

Gualeguay, 30 de septiembre de 2017 – AnaI. González, presidente, José M. Telli, secre-tario.

F.C.S. 502-00019284 3 v./10.10.17— — —

HOGAR DE NIÑAS “GREGORIA PEREZDE DENIS” S.C.Convocatoria

La comisión directiva del Hogar de Niñas“Gregoria Pérez de Denis” S.C., de la ciudadde Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, convo-ca a sus asociados a la Asamblea GeneralOrdinaria que se llevará a cabo el día 20 deoctubre de 2017 a las 18:00 hs., en su sedesita en calle San Antonio (N) Nº 571 de laciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos,para tratar el siguiente orden del día:

1 - Designación de dos asambleístas parafirmar el acta.

2 - Lectura y consideración de la memoria,balance general e informe de los revisores decuenta, correspondiente a los ejercicios 2014- 2015 - 2016 y 2017.

Nota: Por falta de quórum la asamblea darácomienzo media hora después y con númerode socios presentes.

María T. Plumeier, presidenta, Raquel Au-gusta Peccin, secretaria,

F.C.Ch. 503-00016121 3 v./11.10.17— — —

G U A L E G U A Y C H UCIRCULO POLICIAL GUALEGUAYCHUCRIO. GRAL. Dn. ANTONIO IRIGOYTIA

Convocatoria Asamblea General OrdinariaEl “C.P.G.” convoca a todos los socios a

Asamblea General Ordinaria - para el día jue-ves 19 de octubre del corriente año, a las 20hs. en la sede social, sita en Luis N. Palma Nº834/36 de Gchú., con el objeto de tratar elsiguiente orden del día:

1 - Constitución de la asamblea.2 - Lectura y aprobación del acta asamblea

anterior.

3 - Designación de dos asociados para firmarel acta.

4 - Trato de memoria y balance año 2016,eventual aprobación (por junta fiscalizadora).

5 - Informe sobre las actividades de la insti-tución.

6 - Conformación de nueva comisión directi-va para el período siguiente.

7 - Proclama de nuevas autoridades.NOTA: Si no hubiere quórum o la hora indi-

cada, se procederá a la espera de 30 minutosa partir del cual sesionará con la cantidad desocios presente (Seg. estatuto rector).

3446-427169 - E-mail: [email protected]

Gualeguaychú, 4 de septiembre de 2017 –Adalberto R. Roldán, presidente, MarceloAmarelle, secretario.

F.C.Ch. 503-00016106 3 v./10.10.17— — —

COLEGIO MEDICO GUALEGUAYCHUConvocatoria

El Colegio Médico Gualeguaychú, convoca asus asociados a la Asamblea General Ordina-ria, a celebrarse el día miércoles 25 de octubrede 2017, a las 20:00 horas, en su sede socialde calle San Juan N° 1026 de la ciudad deGualeguaychú y para tratar el siguiente ordendel día:

1 - Designación de 2 (dos) socios para firmarel acta de asamblea conjuntamente con lasautoridades de la asamblea.

2 - Consideración de la memoria, balancegeneral, cuenta de recursos y gastos y el res-pectivo informe de la comisión revisora decuentas correspondiente al Ejercicio N°39 ini-ciado el 1 julio 2016 y cerrado el 30 de junio de2017.

3 - Elección de asociados para cubrir loscargos de acuerdo al siguiente detalle: Para lacomisión directiva por el término de 2 (dos)años: 1 Secretario General, 1 Secretario deRelaciones Públicas, 1 Secretario de Actas yPublicaciones, 1 Protesorero, 1 Vocal Titular,2 Vocales Suplentes, 1 Veedor designado porasamblea. Para la Comisión Revisora de Cuen-tas por el término de 2 (dos) años: 1 MiembroTitular. Para el Tribunal de Honor por el térmi-no de 2 (dos) años: 1 Miembro Titular, 1 Miem-bro Suplente.

Art. 21°- Estatuto Social: “Las asambleas secelebrarán válidamente a la hora señalada enla convocatoria, con la asistencia de la mitadmás uno de los socios activos con derecho avoto, o una hora después de la fijada cualquie-ra sea el número de los socios mencionadosque se encontraren presentes, si a la horafijada en la convocatoria no se reuniere elquórum”.

Bianchi Emilio, presidente, Corfield Pablo,secretario general.

F.C.S. 502-00019351 3 v./11.10.17— — —

V I L L A G U A YCOOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS

VILLAGUAY LTDA.Convocatoria Asamblea General Ordinaria

En cumplimiento a lo dispuesto por los esta-tutos, se convoca a los señores asociados aAsamblea General Ordinaria la que se celebra-rá el día sábado 28 de octubre del año 2017 enlas instalaciones del Club San Matín, sito enRuta Nº 20, Lucas Sud Primera, DepartamentoVillaguay, a las 19.30 hs., para tratar el si-guiente orden del día:

1 - Constitución de la asamblea y elección dedos (2) asambleístas, uno (1) para presidir laasamblea y uno (1) para actuar como secreta-rio de la misma.

2 – Designación de dos (2) asambleístaspara firmar el acta juntamente con el presiden-te y el secretario antes designados.

3 – Elección de dos (2) asociados para cons-tituir la mesa escrutadora de votos.

4 – Lectura y consideración de la memoria,balance general y cuadro de resultados corres-

pondientes al 47º ejercicio económico, 41ºejercicio de explotación, finalizado el 30 dejunio de 2017.

5 – Análisis de resultado.6 – Elección de cuatro (4) consejeros titula-

res por dos (2) años, en reemplazo de los Sres.Sergio Leguizamón, Rafael Zambiazzo, el Sr.Carlos Chilese y Van Opstal Alberto, por fina-lización de mandato.

7 – Elección de un (1) consejero suplente pordos (2) años, en reemplazo del Sr. Van OpstalJorge por finalización de mandato.

8 – Elección de un (1) síndico titular y de un(1) síndico suplente, ambos por un (1) año ypor terminación de mandato.

Nota: Las asambleas se realizarán válida-mente una hora después de la fijada en laconvocatoria si antes no se hubiera reunido lamitad más uno de los asociados” Art. 32 de losestatutos.

“El certificado de cuotas sociales y la creden-cial de asambleísta, se otorgarán a la entradade la asamblea”. Art. 34º de los estatutos.

Sergio R. Leguizamón, presidente, AnalíaD. González, secretario.

F.C.Ch. 503-00016125 2 v./10.10.17

ASAMBLEASNUEVAS

P A R A N AASOCIACION FAMILIA DE MENSAJEROS

DE MARIA REINA INMACULADAConvocatoria a Asamblea General

OrdinariaLa comisión directiva de la Asociación “Fami-

lia de Mensajeros de María Reina Inmaculada”,convoca a todos sus asociados a AsambleaGeneral Ordinaria a realizarse el día 28 deoctubre 2017 a las 09:00 hs., en calle Rosariodel Tala N° 150 de Paraná para tratar el si-guiente orden del día:

- Designación de dos asambleístas para fir-mar el acta.

- Consideración de la memoria, balance ge-neral, informe del auditor, informe de los revi-sores de cuenta del ejercicio económico N° 5cerrado el 31 de marzo de 2017.

Nancy Carrere, presidente, Analía Masia-no, secretaria.

F.C.S. 502-00019376 1 v./10.10.17— — —

PEÑA CERRITO AZUL Y OROConvocatoria

Peña Cerrito Azul y Oro invita a ud., a laAsamblea General Ordinaria, a realizarse eldía 11 de octubre del corriente año a las 21:00hs., En la el Salón Cultural de Plaza Las Colo-nias de esta localidad, con el siguiente ordendel día:

1 - Lectura y consideración del acta de laasamblea anterior.

2 - Designación de dos asambleístas presen-tes a firmar el acta juntamente con el presiden-te y secretario.

3 - Lectura y consideración de la memoria yestados contables e informe de los revisoresde cuenta de los ejercicios Nº 7 y 8 cerrado el30.6.2017.

4 - Renovación total de la comisión directiva.5 - Considerar el aumento de la cuota social.6 - Elección de 2 miembros para integrar la

comisión revisora de cuentas.7 - Temas varios.Jorge Borghello, presidente.

F.C.S. 502-00019379 1 v./10.10.17— — —

C O L O NUNION VECINAL VILLA ELISA

Convocatoria a Asamblea GeneralOrdinaria

La Unión Vecinal Villa Elisa (U.V.V.E.) con-voca a sus afiliados para la realización de la

Paraná, martes 10 de octubre de 2017 BOLETIN OFICIAL 17

Page 18: SECCION ADMINISTRATIVA - GOBIERNO de Entre Ríosban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nunca me anoticié de tal intimación. Yo creía

Asamblea General Ordinaria a llevarse a caboel día 26 de octubre de 2017 a las 20:30 hs.,en su local partidario sito en calle Bvard. Guexy Castelli de la ciudad de Villa Elisa. Se trataráel siguiente orden del día:

1 - Lectura y consideración del acta de laasamblea anterior.

2 - Designación de dos asambleístas pararefrendar el acta.

3 - Consideración del estado de ingresos yegresos e informe de la Comisión Fiscalizado-ra correspondiente al período 01.5.2016 al30.4.2017.

Art. 14 de la carta orgánica: Las asambleasse celebrarán y tendrán validez sea cual fuereel número de afiliados presentes una hora des-pués de fijada en la convocatoria. si antes nose hubiese ya reunido la mitad mas uno de losafiliados.

Villa Elisa, 4 de octubre de 2017 - Albano J.Rottoli, presidente, Silvina V. Medina, secre-taria.

F.C.S. 502-00019373 1 v./10.10.17— — —

G U A L E G U A Y C H ULALCEC GUALEGUAYCHU

Convocatoria a Asamblea GeneralOrdinaria

Convocase a los socios de LALCEC (Asocia-ción de Lucha contra el Cáncer) de Gualeguay-chú a la Asamblea General Ordinaria a cele-brarse el próximo 27 de octubre de 2017 en ellocal de 25 de mayo 1560 de esta ciudad a las18:00 hs., a fin de tratar la siguiente orden deldía:

1 - Lectura y consideración del acta asam-blea anterior.

2 - Lectura y consideración de la memoriaanual de la presidencia.

3 - Lectura y consideración del balance ge-neral, cuenta de gastos y recursos e informede la comisión revisora de cuenta correspon-diente al ejercicio del 01.7.2016 al 30.6.2017.

4 - Elección de nueva comisión directiva y derevisora de cuentas por el término de dos (2)años por haber fenecido el mandato de lasactuales.

5 - Designación de dos socios para que fir-men el acta juntamente con la presidenta ysecretaria.

Pasada media hora de la fijada en la convo-catoria, la asamblea podrá sesionar válida-mente cualquiera sea el número de sociosasambleístas presentes. (Art. 41 del estatutosocial).

Catalina I. Almada, presidenta, Susana A.Sosa, secretaria.

F.C.S. 502-00019368 1 v./10.10.17— — —

CLUB ATLETICO JUVENTUDURDINARRAINConvocatoria

El Club Atlético Juventud Urdinarrain, sito enBvar. Rivadavia y Pertegarini de Urdinarrain,Departamento Gualeguaychú, Entre Ríos, con-voca a sus asociados a la Asamblea GeneralOrdinaria a celebrarse el 27 de octubre de2017 a las veinte treinta horas (20:30) paratratar el siguiente orden del día:

1 - Lectura y aprobación del acta de asam-blea anterior.

2 - Lectura y aprobación de la memoria, ba-lance general y estado de resultados por elperíodo 01.7.2016 al 30.6.2017.

3 - Renovación de la comisión directiva parael ejercicio 2017/2018.

4 - Designación de dos asambleístas paraque firmen el acta.

Pasado los treinta minutos la misma se cele-brará con los presentes, si no hubiera quórumpara la hora señalada como inicio de la asam-blea.

Urdinarrain, Octubre de 2017 - Marcelo R.Miño, presidente, Rondan Jorge, secretario.

F.C.S. 502-00019375 1 v./10.10.17

COOPERATIVA FEDERAL AGRICOLAGANADERA DE URDINARRAIN LIMITADA

Convocatoria a Asamblea GeneralOrdinaria

Por disposición del Consejo de Administra-ción y de conformidad con lo dispuesto porel estatuto social Art. 40, convocase a losseñores asociados de la Cooperativa Fede-ral Agrícola Ganadera de Urdinarrain Limita-da, a la Asamblea General Ordinaria a cele-brarse en el local del “Salón Pacífico”, sitoen calle Dr. Roig N° 532, de esta ciudad deUrdinarrain, el jueves 26 de octubre de 2017,a las 20:00 horas, para tratar el siguienteorden del día:

1 - Designación de dos asociados para queconjuntamente con el presidente y secretario,aprueben y firmen el acta de asamblea.

2 - Lectura y consideración de la memoria,balance general, cuadro demostrativo de pér-didas y excedentes, dictamen del auditor einforme del síndico, correspondiente al 69ºejercicio económico, cerrado al 30 de junio de2017.

3 - Establecer formas y conceptos para ladistribución de excedentes propuesta del con-sejo de administración.

4 - Autorización para la venta de terrenos ymejoras: partida 07-70984-3 (Bv. 25 de Mayo247 Mz 41C/E, ex Goldaracena); partidas 07-71575-4 y 07-134347-9 (Dr. Roig y MagnascoMz 41C, ex planta urbana); partida 07-033848-5 (50,06 hectáreas campo sobre ripio accesoAldea San Antonio); para destinar los fondos ala compra de terrenos linderos e instalacionesde la futura planta aceitera en el Parque Indus-trial.

5 - Renovación parcial del consejo de admi-nistración.

a) Designación de una mesa receptora y es-crutadora de votos.

b) Elección de 3 (tres) consejeros titulares enreemplazo de los señores: Luis Alberto RamónRonconi, Carlos Omar Koch y Matías Humber-to Schimpf, que terminan su mandato.

c) Elección de 5 (cinco) consejeros suplentesen reemplazo de los señores: Francisco JavierAizaga, Antonio Humberto Wagner, GustavoJavier Ramounat, Oscar Antonio Huck y Ma-tías Nicolás Neuwirt, que terminan su manda-to.

d) Elección de un síndico titular en reemplazodel señor: Raúl Horacio Koch y un síndicosuplente, en reemplazo del señor: NicolásLoustau, que terminan su mandato.

Art. 41 del estatuto de la Cooperativa: Lasasambleas se realizarán el día, hora y lugarfijados siempre que se encuentren presentesla mitad más uno del número total de asocia-dos. Transcurrida una hora después de la fija-da para la reunión sin conseguir quórum, secelebrará la asamblea y sus decisiones seránválidas cualquiera sea el número de asociadospresentes.

Eclio D. Torre, presidente, Matías J. Fer-nández, secretario.

F.C.S. 502-00019377 3 v./12.10.17— — —

L A P A ZMUTUAL DEL CÍRCULO MÉDICO

DEL DEPARTAMENTO LA PAZConvocatoria

El Consejo Directivo de la Mutual del CírculoMédico del Departamento La Paz, convoca alos señores asociados a la Asamblea Ordinariaa celebrarse el día 31 de octubre de 2017 a las20:00 hs., en la sede social ubicada en la calleUrquiza N° 1281 de ésta ciudad, para tratar elsiguiente orden del día:

1 - Designación de dos socios presentes paraque suscriban el acta de ésta asamblea con-juntamente con el presidente y secretario.

2 - Lectura y consideración del acta de laasamblea anterior inmediata pasada.

3 - Explicación de los motivos por los cualesésta asamblea se realiza fuera de término.

4 - Consideración del balance general cuen-tas de recursos y gastos, memoria, informe dela junta fiscalizadora correspondiente al ejerci-cio cerrado comprendido entre el 01.5.2016 yel 30.4.2017 (el 1 de mayo de 2016 y treinta deabril de 2017).

5 - Consideración del destino del resultadodel ejercicio. (Absorción de las pérdidas o ca-pitalización de utilidades)

Nota: A sus efectos se hace saber a losasociados que Art. 39 de los estatutos en suparte pertinente dice: “... el quórum para sesio-nar en las asambleas será la mitad más uno delos asociados con derecho a voto. En caso deno alcanzar ese número a la hora fijada, laasamblea podrá sesionar válidamente treintaminutos después con los asociados presentes,cuyo número no podrá ser menor al de losmiembros del órgano directivo y del órgano defiscalización.

Memoria y balance se encuentran a su dispo-sición en la institución.

Badaracco L. Domingo, presidente, Zeffe-rino P. Ramiro, secretario.

F.C.S. 502-00019380 3 v./12.10.17— — —

CIRCULO MEDICO DE LA PAZConvocatoria

La comisión directiva del Circulo Médico deLa Paz convoca a los señores socios a laAsamblea General Ordinaria a celebrarse eldía 31 de octubre de 2017 a las 21:00 horas enla sede social ubicada en calle Urquiza 1281de esta ciudad para tratar el siguiente

Orden del día:1 - Designación de dos socios presentes para

que suscriban el acta de esta asamblea junta-mente con el presidente y secretario.

2 - Lectura y consideración del acta de laasamblea anterior.

3 - Explicación de los motivos que llevan aque esta asamblea se realice fuera de término.

4 - Consideración y aprobación o modifica-ción de la memoria anual, inventario general debienes, balance general, la cuenta de recursosy gastos y el informe de la comisión revisorade cuentas correspondientes al ejercic io01.5.2016 al 30.4.2017.

Nota: Art. 21 de los estatutos-(parte pertinen-te)- ... Las asambleas se celebrarán válida-mente a la hora establecida en la convocatoriacon la asistencia de la mitad más uno de lossocios activos con derecho a voto, o una horadespués de la fijada cualquiera fuera el númerode socios mencionados que se encontraranpresentes".

Art. 18 inc. a): toda la documentación perti-nente al orden del día se encuentra a vuestradisposición en esta institución.

La Paz, Septiembre de 2017 - Luis D. Bada-racco, presidente, Natalia S. Pérez, secreta-ria.

F.C.S. 502-00019381 3 v./12.10.17— — —

N O G O Y ACOOPERATIVA AGRICOLA GANADERA YDE SERVICIOS PÚBLICOS ARANGUREN

LIMITADA (COOPAR)Convocatoria

En cumplimiento de las disposiciones lega-les y estatuarias, convocase a los señoresasociados de la Cooperativa Agrícola Gana-dera y de Servicios Públicos Aranguren Limi-tada (COOPAR), a Asamblea General Ordi-naria a realizarse el día 27 de octubre de2017, a las 18:30 horas en el local social dela cooperativa, a efectos de tratar el siguien-te orden del día:

Constitución de la asamblea y designaciónde dos asociados para que suscriban el actarespectiva, con el presidente y secretario.

1 - Lectura y consideración de la memoria ybalance, estado demostrativo de la cuentas deperdidas y excedentes, correspondiente al 64°

18 BOLETIN OFICIAL Paraná, martes 10 de octubre de 2017

Page 19: SECCION ADMINISTRATIVA - GOBIERNO de Entre Ríosban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nunca me anoticié de tal intimación. Yo creía

ejercicio económico comprendido entre el 1ºde julio de 2016 y el 30 de junio de 2017.

2 - Informe del sindico e informe de auditoriaexterna.

3 - Proyecto de distribución de excedentes yforma de pago.

4- elección de consejeros y síndicos:a) Designación de una comisión escrutadora

y receptora de votos.b) Elección de tres (3) miembros titulares con

mandato por tres años, (según Art. 48° delactual estatuto) por terminación de mandato delos señores: Juan Adolfo Balbi, Gonzalo Eduar-do Salgado y Héctor Oscar Rodríguez.

c) Elección de tres (3) miembros suplentescon mandato de un año (Art. 48° del actualestatuto), en reemplazo de los señores: Sebas-tián Alejandro Negri Aranguren, Benito AlbertoTorres y Nelson Fabián Lindt.

d) Elección de un síndico titular y un síndicosuplente con mandato de un año, (Art. 63ºactual estatuto) en reemplazo de los señoresGermán Flotron y César Hetze, quienes finali-zan su mandato.

No habiendo mas asuntos que tratar se danpor finalizadas las deliberaciones siendo lasveintidós horas.

Aranguren 5 de octubre de 2017 - BerruhetFelipe, presidente, Gonzalo Salgado, secre-tario.

F.C.S. 502-00019356 3 v./12.10.17— — —

R . D E L T A L ACENTRO COMERCIAL E INDUSTRIAL

R. DEL TALAConvocatoria

El Centro Comercial e Industrial R. del Tala,convoca a sus asociados a la Asamblea Ordi-naria, para el día 24 de octubre de 2017, a las20:30 hs., en calle 1º de mayo 31, de la ciudadR. del Tala, para tratar el siguiente orden deldía:

1 - Lectura y consideración del acta anterior.2 - Designación de dos socios para firmar el

acta de la asamblea, conjuntamente con elpresidente y secretario.

3 - Memoria y balance. Cuadro demostrativode excedentes y gastos del ejercicio al 30 dejunio de 2017.

4 - Elección parcial de autoridades de comi-sión directiva.

Díaz, M. Laura, presidente, Ladner Malvina,secretaria.

F.C.S. 502-00019370 1 v./10.10.17— — —

V I L L A G U A YCOOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS

VILLAGUAY LTDAConvocatoria a Asamblea General

OrdinariaEn cumplimiento a lo dispuesto por los esta-

tutos, se convoca a los señores asociados aAsamblea General Ordinaria, la que se cele-brará el día sábado 28 de octubre del año 2017en las instalaciones del Club San Martín, sitoen Ruta N° 20, Lucas Sud Primera, Departa-mento Villaguay, a las 19.30 hs., para tratar elsiguiente orden del día:

1 - Constitución de la asamblea y elección dedos (2) asambleístas, uno (1) para presidir laasamblea, y uno (1) para actuar como secreta-rio de la misma.

2 - Designación de dos (2) asambleístas parafirmar, el acta, juntamente con el presidente yel secretario antes designados.

3 - Elección de dos (2) asociados para cons-tituir la mesa escrutadora de votos.

4 – Lectura y consideración de la memoria,balance general y cuadro de resultados, co-rrespondientes al 47°ejercicio económico, 41ºejercicio de explotación, finalizado el 30 dejunio de 2017.

5 - Análisis del resultado.6 - Elección de cuatro (4) consejeros titulares

por dos (2) años, en reemplazo de los Sres.Sergio Leguizamón, Rafael Zambiazzo, el Sr.Carlos Chilese y Van Opstal Alberto, por fina-lización de mandato.

7 - Elección de un (1) consejero suplente pordos (2) años, en reemplazo del Sr. Van OpstalJorge por finalización de mandato.

8 - Elección de un (1) síndico titular y de un(1) síndico suplente, ambos por un (1) año ypor terminación de mandato.

Nota: “Las asambleas se realizaran válida-mente una hora después de la fijada en laconvocatoria si antes no se hubiere reunido lamitad más uno de los asociados” Art. 32 de losestatutos.

El certificado de cuotas sociales y la creden-cial de asambleísta, se otorgaran a la entradade la asamblea. Art. 34° de los estatutos.

Villaguay, 5 de octubre de 2017 – Sergio R.Leguizamón, presidente, Analía D. González,secretaria.

F.C.Ch. 503-00016133 2 v./11.10.17

CITACIONANTERIOR

P A R A N Aa herederos de SUS SERGIO JUAN RAMON

El Sr. Presidente del Consejo General deEducación, cita y emplaza por el termino dediez días hábiles de publicada el presente aherederos y acreedores del Sr. SUS SERGIOJUAN RAMÓN, DNI Nº 12.468.436, quien falle-ciera en la ciudad de Gualeguay, el 06 de Juliode 2017, conforme a lo dispuesto en Expedien-te Grabado N° 2002431 - “Sus María HelveciaMónica - Gualeguay – Sol./ Pago haberes caí-dos de su extinto hermano Sus Sergio JuanRamón.

Paraná, 28 de Septiembre de 2017 – Hum-berto Javier José, secretario general CGE.

13682 5 v./10.10.17

CITACIONNUEVA

P A R A N Aa herederos y acreedores de VANCAUWENBERGHE, CARINA RENEE

El Sr. Presidente del Consejo General deEducación, cita y emplaza por el termino dediez días hábiles de publicada el presente aherederos y acreedores de la Sra. Van Cau-wenberghe, Carina Renee DNI N° 22.306.368,quien falleciera en Libertador San Martín - De-partamento Diamante, el 20 de junio de 2017,conforme a lo dispuesto en expediente graba-do N° 1993697 - “Beltrame Derlis Rene Villa-guay- Sol./ Pago Haberes Caídos de ExtintaVan Cauwenberghe Carina Renee”.

Paraná, 5 de octubre de 2017 – Humberto J.José, secretario General.

13687 5 v./17.10.17

ESCISIONANTERIOR

C O L O NLAS CAMELIAS SA

A los fines dispuesto en el artículo 88 inciso4 de la Ley 19550, se hace saber por tres (3)días la Escisión de la firma “Las CameliasS.A.”, CUIT 30-51439200-1, con domicilio le-gal en Ruta 26 - Km 5 - San José - Entre Ríos,inscripta por ante el Registro Público de Co-mercio de la ciudad de Paraná - Entre Ríos confecha 20 de noviembre de 1998, al número 45

– Dpto. Colón - Sección Legajo Social.- Esci-sión que se encuadra en el marco de la

reorganización empresaria libre de impues-tos tratados por el Art. 77 de la Ley del Impues-to a las Ganancias.

1.- A los fines correspondientes se ha con-feccionado un balance especial de escisión aldía 30 de junio de 2017, del cual surge que elActivo de la firma asciende a la suma de $1.343.381.410, mientras que el Pasivo ascien-de a la suma de $ 1.003.947.424 - Total Patri-monio Neto $ 339.433.986.-

2 - Como consecuencia de la escisión seconstituye una nueva sociedad que se deno-minará MIGAF S.A. que tiene su domiciliolegal en la ciudad de Colón, Provincia deEntre Ríos y su sede social en Bulevar San-guinetti N° 197.

3 - El Activo de MIGAF S.A. se compone de$ 165.070.102, mientras que su Pasivo ascien-de a la suma de $ 29.296.507.-

4 - Como consecuencia de la escisión “LasCamelias S.A.” disminuye su capital en lasuma de $ 3.600.000 quedando el mismo en lasuma de $ 5.400.000. Los reclamos de Ley yderecho de receso serán presentados en Es-cribanía Caffaratti - 12 de Abril 466 - Colón -Entre Ríos (C.P. 3280).

Manuela M. Florentín, abogada.F.C.Ch. 503-00016114 3 v./11.10.17

ESCISIONNUEVA

P A R A N ALUIS A. DEMARTIN E HIJOS S.A.

De conformidad a lo dispuesto por el Art. 88inc. 4 de la Ley 19.550 se hace saber que “LuisA. Demartín e Hijos S.A.”, con domicilio en laCiudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos ysede social en Avda. de las Américas Nº 4202de esa ciudad, inscripta en el Registro Públicode Comercio de la Dirección de Inspección dePersonas Jurídicas de la Provincia de EntreRíos en el Legajo Nº 1697 ha decidido escin-dirse conforme lo dispuesto en el Art. 88 ycdtes. de la Ley 19.550 en decisión tomada enforma unánime en Asamblea General Extraor-dinaria de accionistas de fecha 30.9.2017.Conforme al balance de escisión aprobado,con valores al 30.6.17, la sociedad registra unactivo de $ 93.093.844 y un pasivo de $43.823.547,80.

A consecuencia de la escisión se crea unanueva sociedad que se denominará “DemartínS.A.”, del tipo Sociedad Anónima, cuyo domi-cilio será la Ciudad de Paraná, y a la que se ledestina un activo de $ 48.702.007,15 y un pa-sivo de $ 21.720.654,47 a la misma fecha.

Andrés L. Demartín, presidente.F.C.Ch. 503-00016134 3 v./12.10.17

DESIGNACION DE DIRECTORIONUEVA

D I A M A N T EMOLINO HARINERO DE RAMIREZ S.A.

Por Asamblea General Ordinaria, de fecha21.4.2017, se resolvió designar por unanimi-dad los siguientes directores: Directores Ti-tulares: Cándido Aureliano Berg; Daniel Os-valdo Bertone y Raúl Alfredo Preisz y Direc-tores Suplentes: Rodolfo Ernesto Gross,Iván Omar Hetze y Diego Roberto Maier,todos por el término de un año conforme alestatuto social.

En el mismo acto se resolvió dejar conforma-do el directorio con la siguiente distribución:P r e s i d e n t e : R a ú l A l f r e d o P r e i s z , D N I11.259.801, Vicepresidente: Daniel Osvaldo

Paraná, martes 10 de octubre de 2017 BOLETIN OFICIAL 19

Page 20: SECCION ADMINISTRATIVA - GOBIERNO de Entre Ríosban por abandono de servicios aclaro que ja-más llegaron a mi domicilio por lo que nunca me anoticié de tal intimación. Yo creía

Bertone, DNI 6.608.151 y Director Titular: Cán-dido Aureliano Berg DNI 11.333.106, Directo-r e s S u p l e n t e s : I v á n O m a r H e t z e L . E .4 .625.115 , Rodo l fo Ernes to Gross , DNI1 1 . 0 6 7 . 3 9 0 ; D ie g o R o b e r t o M a i e r D N I27.606.857, quienes aceptaron expresamenteel cargo para el que han sido designados, bajoresponsabilidad de ley, fijaron domicilio espe-cial en la sede social conforme al Art. 256última parte de la Ley 19.550 y en cumplimien-to de las disposiciones legales manifestaroncon carácter de declaración jurada que no lescomprenden las prohibiciones e incompatibili-dades del ART. 264 de la Ley 19.550.

Registro Público de Comercio, DIPJ, Paraná,6 de octubre de 2017 – Mariano R. Catenaabogado Insp. DIPJ.

F.C.S. 502-00019367 1 v./10.10.17

MODIFICACION DE CONTRATONUEVA

G U A L E G U A YWALMAR SERVICIOS SRL

Por resolución de la Inspección General deJusticia, se ha resuelto publicar por un día enel Boletín Oficial el siguiente edicto.

Mediante contrato de cesión de cuotas defecha 25 de septiembre de 2015, Walter Alfre-do Marconi titular del documento nacional deidentidad número 26.223.416, C.U.I.T. 23-26223416-9, nacido el día 11 de octubre de1.977, comerciante, casado en primeras nup-cias con Carina Gisela Ibarra domiciliado encalle Intendente Quirós número 637 de la ciu-dad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos,cedió y transfirió onerosamente favor de Ra-món Marcelo Farías titular del documento na-c iona l de ident idad número 23.434.498,C.U.I.T. 20-23434498-7, nacido el día siete dejunio del año mil novecientos setenta y cuatro,soltero, comerciante, domiciliado en calle Ge-neral Galarza número 312 de la Ciudad deGualeguay, Provincia de Entre Ríos la totali-dad de su participación societaria, es decir lasveintiséis (26)cuotas sociales de valor nominalun mil pesos ($ 1.000,00) cada una y con de-recho a un voto cada una, que forman parte delcapital social de la sociedad que gira en estaplaza bajo la denominación de “WALMAR SER-VICIOS S.R.L.”, constituida mediante escriturapública de fecha 27 de noviembre de 2014,autorizada por el escribano de la ciudad deGualeguay, Christian Francisco Guilloni, al fo-lio 183 y siguientes del protocolo de ese año asu cargo, inscripta en el Dirección de Inspec-ción de Personas Jurídicas de esta provincia,en fecha 17 de marzo de 2016, bajo el numero199 de la Sección Legajo Social. Como conse-cuencia de la Cesión de cuotas sociales otor-gada, el capital social de “WALMAR SERVI-CIOS S.R.L.” queda conformado de la siguien-te forma: Ramón Marcelo Farías es titular deciento veinticuatro (124) cuotas sociales, porun valor un mil pesos ($ 1.000,00) cada una ycon derecho a un voto cada una Darío CecilioFarías es titular de veintiséis (26) cuotas socia-les, por un valor un mil pesos ($ 1.000,00) cadauna y con derecho a un voto cada una.

Registro Público de Comercio, DIPJ, Paraná,3 de octubre de 2017 – José L. Nani, abogadoInsp. DIPJ.

F.C.Ch. 503-00016128 1 v./10.10.17

CONTRATONUEVO

G U A L E G U A YFUCO S.R.L.

Por resolución de la Inspección General de

Justicia, se ha resuelto publicar por un día enel Boletín Oficial el siguiente edicto.

Se hace saber que por escritura publica au-torizada por el Escribano de la ciudad de Gua-leguay, Provincia de Entre Ríos, República Ar-gentina, don Christian Francisco Guilloni, enfecha 16 de agosto del año 2.016, al folio 138y siguientes del protocolo del corriente año delRegistro Notarial Número 24 a su cargo, se haresuelto constituir una sociedad de responsa-bilidad limitada, cuyos socios son los siguien-tes: Sergio Mario Furrer titular del documentonacional de identidad número 11.232.861,C.U.I.T. 20-11232861-1, nacido el día diez deagosto del año mil novecientos cincuenta ycuatro, casado en primeras nupcias con Adria-na Silvia Serur, comerciante, argentino, domi-ciliado en calle Coronel Correa numero 97 deesta ciudad, y Eugenio Francisco Furrer titulardel documento nacional de identidad número33.110.172, C.U.I.L. 23-33110172-9, nacido eldía veintinueve de junio del año mil novecien-tos ochenta y ocho, soltero, argentino, comer-ciante, domiciliado en calle Coronel Correa nú-mero 97 de esta ciudad. Denominación:, FUCOS.R.L.

Domicilio: Ciudad de Gualeguay, Departa-mento Gualeguay, Provincia de Entre Ríos.

Sede social: calle Coronel Correa número 97de esta ciudad de Gualeguay.

Duración: Noventa y nueve (99) años a con-tar desde la inscripción en el Registro Públicode Comercio.

Objeto social: dedicarse por cuenta propia ode terceros o asociada a terceros, o mediantecontratos asociativos, a la fabricación, proce-samiento, comercialización en cualquiera desus fases, importación, exportación, distribu-ción, venta al mayor y al detalle de toda clasede materias primas textiles, cueros, hilados,tinturas, pinturas, telas, tejidos y productosacabados de vestir, para el hogar y para laindustria automotriz, incluidos los de cosméti-ca y marroquineria y sus derivados. Para elcumplimiento de este objeto la sociedad tendráplena capacidad jurídica para realizar toda cla-se de actos, contratos y operaciones que serelacionen directa o indirectamente con el ob-jeto, pudiendo importar materia prima y pro-ductos relacionados al objeto, adquirir, cons-truir, enajenar, tomar o dar en locación bienesinmuebles, celebrar contratos comercialespara el uso en exclusividad de marcas y paten-tes de productos y artículos relacionados alobjeto, adquirir y disponer de toda clase dederechos relativos a la propiedad industrial eintelectual en todas sus modalidades y clases,su titularidad, explotación o cesión de diseñosy en general celebrar contratos, realizar opera-ciones y efectuar actos que sean necesarios oconvenientes o estén relacionados al objetosocial.

Capital Social: El capital social es de cientocincuenta mil pesos ($ 150.000) dividido enciento cincuenta (150) cuotas de valor nominalun mil pesos ($ 1.000) cada una y con derechoa un voto cada una.

Administración: La dirección y administra-ción estará a cargo de uno o más gerentes,quienes actuarán en forma individual o indistin-ta, socios o no, por tiempo indeterminado,quienes actuaran en nombre de la sociedad yusaran su firma precedida del sello social. Lafirma solo podrá obligarse en operaciones quese realicen con el giro social, quedando prohi-bido comprometerla en actos extraños al obje-to social, y en garantía y avales a favor deterceros. Se designo como Gerente a SergioMario Furrer, y Eugenio Francisco Furrer.

Fiscalización: La fiscalización de las opera-ciones sociales podrá ser efectuada en cual-quier momento por cualquiera de los socios,pudiendo inspeccionar los libros, cuentas y de-más documentos de la sociedad exigiendo ensu caso la realización de balances parciales yrendiciones de cuentas especiales.

Cierre ejercicio: El día 31 de diciembre de

cada año se practicara el inventario y balancegeneral.

Registro Público de Comercio, DIPJ, Paraná,4 de octubre de 2017 – José L. Nani, abogadoInsp. DIPJ.

F.C.Ch. 503-00016127 1 v./10.10.17

SUMARIODECRETOS

Ministerio de Desarrollo SocialAño 2017

3226Ministerio de Salud

369, 370, 371, 372, 373Ministerio de Producción

498, 499RESOLUCIONES

Ministerio de SaludAño 2015

186, 187, 188, 189, 190, 191, 192, 193,194, 195, 196, 197, 198, 199

Las publicaciones de edictos, serecibirán hasta las 9 hs., del día

anterior al de publicación,sin excepción

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20 BOLETIN OFICIAL Paraná, martes 10 de octubre de 2017