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REVISTA MEDICAD;..clo" Dr. JOAQUIN Zf.lfDON
Año II San José, Costa Rica, Setiembre de 1935 N0.17
los opiniones sustentados por los oulores sonc",dusivomcnte personales. Cuondo )0 Rcvislo AlIcuerpe o impugne cUlIlquicr erlículo. lo hor6 V
en formo editorial o de comentario.
Precio del Número ti: 0.00Susc. enuol Coslo Ricll yCcnlro América 6.00
SU5crición en olros poíses..••... $ ~.OO
EDITORIAL
Aparece encste mímero el nuevo Reglamento del servicio (técnico
<lel Hospital de San Juan de Dios, aprobado recientemente .por la Junta
<le Caridad de San José.
Dadas las reformas fundamcntales introducidas en la moderna re
glamentación, ereemos satisfacer los intereses profesionales insertándola en
su totalidad.
Nos resen'amos para más aJelante algunos <:omentarios que nos su
giere la lectura. En general, >lO-' parece bueno, aunque un poco /lena de "Je.
fes" ... sin soldados, y con ciertas defIciencias que podrían remediarse poste·
riormente. No comprendemos bien, por ejemplo, ese encajamiento de funcio.
nes entre el Jefe de Clínica, Jefe de Servicio y Jefe de Medicina o Cirugía.
Sin embargo, podríamos explicarnos el complicado engranaje, si tiene en mi.
ra deslindar atribuciones, razonamimtos profesionales y sobre todo, "poner
. orden en la cara".
Nos extraña la carClJcia del departamento o sección de publicacio
nes científicas, que tanto prestigio podría acarrear a la respetable institu
ción de caridad.
En otro número nos permitiremos externar algunas acotaciones res·
pecto a los conCllrsos establecidos únzcamente ;para lo que han dado en lla·
mar internos.. y auxiliares; y sobre el servicio de consulta externa y pensio.
nado pagantes.
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T6plco. d. Actualidad. _ Medicina Social
El Certificado de Salud Prematrimonialpor HUMBERTO ZAMORA V.
Licencü,do en Fermecia y DipuftJdo
En el número 16 d~ la Rev;sta Médica correspondiente al mes deAgosto recién pasado, el distinguid<, doctor don Ricardo Jiménez Núñez,aborda el interesantísimo tema en debate sobre certificados de salud prematrimoniales. Lástima es, que 10 más importante de mis trabajos redactados para defensa de la tesis que vengo sustentando no ha sido publido. Observo que el estimable doctor Jiménez Núñez ataca puntos de vistacomprendidos en los artículos insertos en los diarios. No me causa extrañeza porque debido a las circunstancias especiales de nuestro diarismo, herecurrido indistintamente a unos y a otros órganos de la prensa. No mereferiré a los aspectos ya discutidos por la prensa diaria. Entraré a abordarlos más interesantes a mi modo de ver.
En este actual ir y venir de las ideas ha entrado la que pretendeigualar a todos por parejo, cuando la Naturaleza es esencialmente desi·gual y así vemos que en la ",isma bandola del cafeto allá por las épocas dela recolección, en el mismo nudo encontramos bayas de distintos tamaños,unas más maduras que las otras y S" encuentran las que en el lenguaje cafetalero llamamos bolos y gllápiles.
También encontramo~ las naturales características de la herenciay claro, si éstas junto con las taras hereditarias se trasmiten de padres ahijos y de éstos a los nietos de aquéllos y aún a terceras .Y cuartas generaciones, procediendo con la más san:l, ~incera y honrada de las lógicas quese interpongan, el deber es imperativo y debemos organizar las defensaspara que las generaciones que aún no se han fecundado no lleven en sumisma esencia los gérmenes específicos de las enfermedades hereditarias.Pero no debemos ser radicales ni pntender arrancar de raíz el mal: acep-
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temOS,no la suoresión total de las enfermedades y taras transmisibles porherencia, sino q~e bástenos con atenuar el empobrecimiento físico, biológico, intelectual y moral de las futura~ generaciones.
Es cierto que medidas eug·-'n;cas se dictan desde las épocas de loshebreos, que la misma ley mosaica las estatuye, la de los indúes, griegos,romanos, etc. Yeso es precisamente 10 lamentable: la única medida eugénica que existe en nuestro país es b que se refiere al rechazo de inmigraciones de razas ideseables, ley que constituye un burladero de parte de lasautoridades que voluntariamente olvidan el deber que esa misma disposi.ción legislativa les impone.
En vez de dejar que las .enfermedades conrinúen su curso, estamosen el imperativo deber de prevenirl~s.
Si teóricamente la idea de la implantación de los Certificados desaiud prematrimoniales es magnífica, 10 que se impone es realizarla, asícomo lo han llevado a cabo numerosos países que implantaron hace másde quince años sus legislaciones de avanzada y que aún sostienen con provecho. Entre ellos se encuentran naciones tanto o más jóvenes que la nuestra, ya que en Costa Rica nos estamos quedando rezagados en materia tan;,nportant; para la conservación de la raza, de la sociedad y de la familia.Las modernas legislaciones han tirado al canasto de la basura todo eso quese llama prejuicio y mogigati'ría y rompen con el secreto profesional cuan·do se trata de defendee a la~ sociedades del porvenir.
El médico que trata ~ un tuberculoso, a un gonorreico, o a un sifilítico, le haría positivo beneficio recomendándole un tratamiento adecuadoantes de casatse, procurando atenu~r al máximum la virulencia de la enfermedad y así, hereditaria o transmisible, habrá disminuído en su virulencia; esto será ganancia positiva para sus descendientes.
A la pregunta, "Estaríamos ~utorizados los médicos para hacer unmasaje sobre la uretra cm¡. ~l objeto de obtener pus que no pudo eliminarsepor el lavado y mandar un frote al bacteriólogo?", contestaremos sencillamente: entre los requisitos d~ un examen ginecológico tendiente a explorarla flora microbiana de los genitales, está el de exprimir no sólo la uretra,sino las glándulas de Bartolin, de Sken, y los repliegues vulvo-vaginalesrespectivos. En ello no puede haber nada de raro ni de impúdico, sinouna de las prácticas corrientes del médico. El hecho de verificarse en vírgenes tampoco es contra indicación. Todo se reduce a saberlo hacer técnicamente. Por un falso pudor medioeval no podríamos derribar una me·dida sanitaria primordial de eugenesia.
Estos y orros tópicos quedan despejados en un estudio titulado"Mis razones para presentar a la Cámara de Diputados mi proyecto de ley
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sobre Certificados de salud prematrimoniales", que no se ha publicado.
El amor verdadero es inteligente, y debe supeditar sus sentimientosa lo que manda el cerebro. 5s más, el verdadero amor, según lo define elgran autor Gregorio Martínez Sierra, que se desvive por el mejoramientode la mujer española, y de ~odo gmeral, de la mujer del mundo· entero,impone sacrificio. Pero analicemos el caso entre nosotros: ¡Cuántos matrimonios son pospuestos por razones áe familia, de orden social y económicoy aún porque los novios tienen que considerar un pocQ más su decisión!¿La simple fórmula del compromiso de bodas, que se hace con mucha antelación, no implica ya un enamoramiento completo, una decisión inquebrantable y un compromis" contra:do? Un amor loco, desenfrenado, síes verdad que no acepta raz~namiel1tos y la prueba más evidente es ¡a delos matrimonios que se verifican con tanta frecuencia, para salvar las apariencias, sin salvarlas en verdad, pues entonces se somete a cura a los casados que quedan comprendidos en este capítulo. Aún aceptando que lapareja esté locamente enamorada y dispuesta a todo, sino se le permite sumatrimonio y ante e! desbordamiento de la pasión, sólo queda e! recursode darle el paso, así como a la inundación, que sería torpeza pretender desviarla con el sólo hecho de ¡Jonérsele medio a medio.
Si el Certificado mé:lico de salud prematrimonial no es una salvaguardia contra el engendramiento en estado alcohólico o sifilítico, ni contra la adquisIción de enfermedades contagiosas y hereditarias fuera de lasrelaciones sexuales matrimo:!:ales, sí dejará en la mente del esposo consciente y aun de mediana cO!nprensión, que constituye la mayoría, la constante preocupación por las enfercmedades, lo mantedrá sobre aviso y asíprocurará evitarlas. Si sólo esto lográramos conseguir con la implantaciónde la ley, conquista grandiosa habremos alcanzado. Es cuestión de educación y de higiene que debe impulsarse a toda marcha y a las cuatro vientos,como coadyuvante de las medidas le.gislativas que se adopten.
De todos modos, y a pesar de la cita del gran fisiólogo-psicoanalista español Marañón, nada impide que a los sensatos se les ponga sobreaviso por medio de las leyes eugénicas, que tan benéficos resultados estándando eu los países cultos de Europa, de Oceanía, de Africa y de América,que siguiendo el ejemplo de los cuho~ y doctos acudirán los que no lo son,y aquéllos .serán los mejores propagandistas de! buen saber.
El premio a la nupcialidad sana es interesante así como el premioa las familias numerosas, robustas de intelecto, de moral, en aspectos puramente biológicos, sin distingos de sexos, para no imitar a los países militaristas que gastan los mejores elementos biológicos en carne para el cañón, pero sería mejor otorgar premios a los matrimonios verdaderamente
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conscientes de sus deberes para con la familia, para con la sociedad, paracon la raza y para con el mdoramiento de las generaciones futuras.
En alguna de mis perifonías hablé de la conveniencia de empezara tratar estos aspectos relacionados con la Higiene Sexual, que no Educación Sexual, desde el cuarto grado de la Escuela Primaria, a donde debemos ir, agregando nociones relativ~.~ a la puericultura cuando de niñas setrata, que bien pueden estudiar los varones, a título de ilustración.
En el fondo el distir.guido médico es amigo de las leyes que propendan a vigorizar las nuevas generaciones en su estructura biológica, moral e intelectual y hasta juzga conveniente la promulgación de la ley delos Certificados de salud prematrimoniales pues los puntos de vista en quela duda le asalta constituyen las excepciones, que confirman la regla.
Me complacen las medidas legislativas que indica, muy dignas porcierto de tomarse en cuenta: entre ellas, considero una de las más importantes, la referente "al reconocimiento periódico de las personas que ejercen la prostitución" porque tal medida entraña un exacto conocimiento delcomplejo humano que ha ter.ido que confrontar los graves problemas delmodus yjyendi a base de Incrcantili5mo del sexo y de la libertad de conjugación sexual. Y tan serios problemas que afectaron generaciones pretéritas y por ende las actuales, no podrían 'solventarse, según nuestro humilde criterio, con las prédicas más o menos teóricas, envueltas en bellasidealidades, que sustentan ~mpeñosamente y sin buen éxito algunos higienistas.
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Pautas generales para la organización de las 60tasde Leche y Centros de Nutrición del Patronato
Nacional de la Infancia
por el Dr. MARIO LUJAN
Uno de los problemas más serios que confronta e! país, es el dela Mortalidad Infantil, cuyas resultantes económicas entraban e! desarrollo armónico de! progreso nacional. Multitud de causas están firmementeconectadas con este problema; situación: sanitaria deficiente; carencia econQmica de los servicios higiénicos del país; falta de asistencia médica, porpobreza de determinadas zonas que no pueden "pagar" los servicios de unprofesional; ignorancia de las madres; carencia económica por salario mínimo; problema de la habitación, etc. etc.
La madre costarricense, aún en la _ciudad de San José, sufre de laaguda crisis ecor.ómica que hace vivo el problema social, hasta e! puntoque repercute intensamente sobre la~ rurbas de mortalidad infantil, no solo por los hechos que apuntamos más arriba, sino también porque a los citados se une el de la carest:a de leche en muchos lugares, y su elevadocosto en otros.
La madre costarricense desde hace unos años para acá, para obviara su difkil situación, ha salido de bU hogar para cooperar a su manteni·miento, trabajanclo ya sea en las fábricas de nuestras incipientes industrias,ya en los talleres, ya en >las faenas de la recolecta del café que dura porlo general, tres meses. Estas circunstancias la hacen abandonar la alimentación maternal supliéndola en ocasiones con una alimentación mixta, leche de vaca y la propia y en otras (por las condiciones dichas arriba) conalimentos carenciales.
Preocupados por este magno problema nacional, los legisladoresconscientes de su importante papel, han pensado en resolver 11 obviar -enparte- las causas de índole general de que hablamos antes, mediante laimposición indirecta al alcohol. La renta así recogida ha de servir para
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solvent~rnecesidades propias de la infancia. Al dinamismo y alto espíritucívico del Licdo. don Carlos María Jiménez se debe la iniciativa legislativa, que culminó con la ley N" 167 } que destina el total, no sólo al auxilioalimenticio para todos los niños de la República, sinó también para confirmar en la práctica otros muy importantes de protección social infantil como el Reformatorio de Menores, y el Hospital de San Ramón.
Al Patronato Nacional de la Infancia le ha sido encomendada laadministración y ejecución de la primera parte (alimentación infantil)por ser este orginasmo uno de los más destacados en nuestro engranaje civil para darle el impulso técnico, y al Ministerio de Salubridad Pública leha sido encomendada la supervigilancia y control por tener en sus manosla salud pública del país.
La meritísima iniciativa del Diputado Jiménez Ortiz, vendrá a obviar en parte apenas el intrincado problema de la salud nacional. Quedanotros complejos asuntos por resolver, pero, la Ley N' 167 está destinadaa beneficios y resultados positivos, 110 sólo porque ella llena un nuevo cometido en el País, sino porque va a permitir penetrar en el verdadero campo práctico de la lucha con!ra la Mortalidad Infantil.
En nuestra posición de Secretario General del Patronato, y de ] efe Honorario del Servicio Médico Social, hemos creído importante publicar en la Revista Médica las pautas que nos fueron encomendadas paraorganizar estos servicios, cumpliendo en esta forma con uno de los' másimportantes preceptos de la Ley crfadora de nuestra Institución.
a) GENERALES:
El propósito debe ser: Luchar por todos los medios posibles contrala desnutrición infantil, procurar los medios alimenticias adecuados, y enseñara las madres, según el espíritu de b Ley que crea el Patronato Nacional,los medios eficientes para alimentar, cuidar y criar los niños.
Como medida general, la acción del Patronato y de sus establecimientos se hará sentir sobre todo en aquellos cantones donde la mortalidad infantil es más aira, ya ;:Jor razones de carencia económica, ya por razones de carencia alimentida, ya por razones de condiciones de traba jo(económico-sociales) que alejan las madres o les dificultan el amamantamiento de sus niños o que 11<.' puedell por otras circunstancias darles' la debida atención.
La idea fundamental ha de ser luchar contra la mortalidad infantil, no sólo en la primera infancia, sino hasta la edad de cinco años, porlo menos.
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Para luchar contra la mortalidad infantil, el Patronato tomará como pautas no sólo aquellas que determina el índice de mortalidad hastacinco años, sino también a aquella5 que determinan otros factores:
l--Salario.
Z--Familia numerosa.
3--Miseria o abandono de los padres o autores o concubinas.
4--Huérfanos de padres.
De manera general rerán preferidos aquellos niños pertenecientesa familias numerosas.
Para la organización de los Centros de Nutrición y Gotas de Leche, el Patronato los iniciará sobr~ todo en aquellos cantones donde lamortalidad es más alta, el salario es más bajo, las condiciones sanitariasson más deficientes, y dondr la mujer - por condiciones especiales estáobligada a abandonar su casa durante varias horas del día.
Debe buscarse, para la buella armonía de la institución, y sus diferentes actividades, una conexión regular entre los servicios de los Refectorios y los servicios que establece h presente Ley. Se puede coordinar [aacción desde que se inicia en la vida el niño hasta que termina a los doceaños. Mediante la conexión :le los departamentos que tiene el Patronato.
Para la mejor coordinación de los servicios del Patronato Nacional establecerá varios tipos de asistencia alimenticia, de acuerdo con lascondiciones que se establecen luego, a saber:
Un tipo especial que I lan,aremos "CENTROS DE NUTRIClaN", donde existan: a) I:n Refectorio infantil instalado por el Patrona·to Nacional para aprovechar en esa forma los beneficios de sus servicios sociales, sus instalaciones de cocina, et. '., y su propio personal. b) Allí dondeexisten actividades de orden sanitario de primer orden, a saber: UnidadesSan}tarias, para aprovechar sus servicios y el personal que puede medianteuna pequeña retribución cooperar y actuar en el desenvolvimiento de esta primera categoría de asistencia. c) Donde existan Clínicas Infantiles.
GOTAS DE LECHE RURALES, para asistencia alimenticia primaria, en determinados cantones donde 'las condiciones de mortalidad, sociales y otras que luego deben estudiarse necesitan el concurso del Patronato Nacional. Esas Gotas de Leche rurales deben ser simples, compuestas por
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los e!emen~os básicos de las gotas de leche tal y como las concibe la técnica moderna.
Unas y otras estarán mancomunadas con los servicios de! Ministerio de Protección Social, (Salubridad), articulándolos en tal forma que lacooperación de! Patronato Nacional y de las dependencias de Salubridadsea perfecta y eficiente.
La Junta Nacional del Patronato Nacional de la Infancia, centralizará todos los informes de ~al manera que al mismo tiempo que él, el Mi·nisterio de Salubridad, reciba también las informaciones más amplias, para que en su carácter de supervigilante pueda orientar las Instituciones quese organicen conforme a la norma más eficaz.
b) PARTICULARES. Pamas para los centros de nutrición.
PROPOSITOS:
l·-Proteger la salud de los niños.
2·-Determinar sus ~ondicicnes físicas.
3·-Determinar sus condiciones patológicas.Determinar sus ,~ondiciones sociales.
4·-Ayudar y educar las madres.Determinar sus condiciones físicas.Asistir a los niños y a las madres en caso de enfermedad.
5·--Asistir a las madres y a los niños en sus condicion~ sociales.Proteger sanitariamente , la madre y al niño.
Por comigniente:
Los centros tendrán una Gota de Leche, - una consulta de!actantes y niúos, -- una consulta para madres. -- Un servicio social.
Organización:
Todos los niños serán visto; y revisados por rotación por lo menoscada 15 días. Cada dos semanas deben presentarse a la pesa anotando enla ficha correspondiente la historia pediométrica y desar;ollo general.
Una copia de la ficha o tabla pediométrica será entregada a la madre para que poco a poco se penetre de las condiciones y desarrollo de suhijo.
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Del Médico:
REVISTA MEDlC.A.
Examen físico, anotando su ingreso, las condiciones determinadaspara su alimentación y tipos de ella. Inspección sistemática de todos los niños por lo menos y en forma rotar!a dos veces al mes. Se instalará un pequeño dispensario en el cual se aconsejará sobre todo la medicación específica; so: realizará la lucha preventiva y curativa contra las endemias (parásitos en particular). Consulta para las madres, estimulando el amamantamiento hasta donde sea posible y procurando la alimentación mixtacuando se puede lograr
Cuantas veces sea necesario y por no ceñirse con las pautas generales de los centros de nutrici.ón y si el niño presenta afecciones especialesque no sean de origen intestinal, o por carencia alimenticia, o simplestrastornos, deberá remitirse a los servicios de las Clínicas Infantiles o alos departamentos señalados para ese fin.
El Médico dará en forma de conferencias o por medio de consejos particulares, instrucción a las madres sobre los cuidados de sus personas y de la crianza de los niños.
De la Enfermera:
Administración general. Servicio social, fichas medicas y seciales, visitas a domicilio, control de la pesa y talla. Control de los a:limentos, consejos, control de los servicio:; de leche. Control y asistenica a lasmadres en cinta, ayuda y protección y orientación en caso de necesidad.Control de la asistencia pre-natal. Control administrativo de los gastos yresponsabilidad en las cantidades de leche que se le suministra. Todaslas fichas estarán bajo el cuidado de la enfermera directora, conforme alprotocolo clásico en estos trabajos.
Servicio Social:
Ningún niño podrá ser admitido sin el previo examen y la previavIsIta social que justifique su ingreso. La ficha social debe ser cruzadacon la ficha médica de manera que el Médico la tenga a la vista antesde la admisión para poder determinar la conducta que ha de seguir.
Gotas de Leche Rurales
Simples organizaciones de asistencia, compuestas de una enfermera, para el reparto de leche.
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Supervigilancia de un Médico (particularmente aquellos de la Secretaría de Salubridad Pública) quienes tienen derecho para hacer ingresar siempre, en este como en todos íos casos, los niños que crean necesitande asistencia alimenticia.
Los obligaciones en relación con las fichas, servicio social, centralización, son las mismas estipuladas más arriba.
d} ESPECIALES
Para el buen funcionamiento de los centros de higiene actuaráncomo Junta Consultiva las Juntas Provinciales del Patronato Nacionalde la Infancia.
Para la organización de las Gotas de Leche Cantonales, será obligatorio el fundar las Juntas Cantonales de Protección a la Infancia conforme lo establece la Ley de Creadon del Patronato Nacional de la Infancia.
RESUMEN
Los servIcIos de alimentación del Patronato Nacional serán dedos clases:
CENTROS DE NUTRICION
GOTAS DE LECHE RURALES
El trabajo en unos v otros se llevará de común acuerdo con laSecretaría de Salubridad Pública.
Deben organizarse metódi~~mente, procurando llevarlas a cabo,los del primer tipo, ahí donde existen servicios de clínicas o Unidades Sanitarias, etc. La segunda, según un ritmo prudente de acuerdo con los índices de morralidad infantil cantonales y otros factores.
Todos trabajarán bajo la sllpervigilancia del Ministerío de Salubridad l'ública o de sus l'J'ltas Provinciales o de sus Juntas Cantonales,quienes tienen obligación de coordin"r el esfuerzo sistemático que se realiza.
El Reglamento deb~ tener ~uficiente amplitud para que el Patronato Nacional pueda realinr una organización de acuerdo con las condiciolles particulares a cada cantón o a cada ciudad.
Bl Reglamento debe indicar solo generalidades y dar lugar a laorganización interna según el criterio que dicte la experiencia.
La acción escolar debe ser fundamental para lo que se hará figurar siempre al director de la Escuela Cantonal como uno de los miembros de la Junta Cantonal o de la Junta Provincial.
Se aceptarán niños hasta los cinco años inclusive.
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Inl...... PrD'••lon.I••
REVISTA MEDICA
(Damo. a la publicidad 01 pro.anto Roglamonto por concoptuarlodo gran impartancia para tada.la. médica. d. la Ropública)
Reglamento del servicio técnicodel Hospital San .Juan de Dios
Aprof,ado por la Junta de Caridad de San José
CAPlTULO 1
Disposiciones Generales
A,r~. 19.- ·EI servicio tcemco del Hospital continuará dividido en
dos Secciones: la de Medicina y la de Cirugía.La Sección de Cirugía tendtá por ahora los siguientes servicios:
Dos de Cirugía General.Uno de Obstetricia.Uno de Oftalmotología.Uno de Otorrinolatingología.Uno de Urología.Uno de Odontología.Un Laboratorio de Radiología.Un De~rtamento de Consulta Externa.
La Sección de Medicina tendrá por ahora los siguientes servicios:Dos de Medicina General.Uno de Pediatría.Uno de Medicina Tropical y Dermatología.Uno de Laboratorios.Uno de Consulta Externa.A medida que crezcan o disminuyan las necesidades del Hospital,
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por razón del número de enfennos, podrá la Junta de Caridad, de acuerdo con e! Consejo Técnico, aumentar, disminuir, subdividir O resumir dichos servicios.
Art. 2·-EI personal técnico del Hospital constará:a) De un Superintendente, que será e! Jefe Superior de todos los
departamentos del servicio.b) De un Jefe de la Sección de Cirugía.
d) De un Jefe de cada Servicio y de ~n Jefe de Clínica, en cadauno de los servicios, así de Circgía como de Medicina.
e) De tantos asistentes, internos y auxiliares como sean necesariosy haya determinado la Junta de Caridad, de acuerdo con el Consejo Técnico, que adelante se establece.
Art. 3'-Los individuos del Personal Técnico recibirán por sus servicios los sueldes mensuales que hava señalado la Junta de Caridad. Paraformular el presupuesto de estas remuneraciones, e! Consejo Técnico presentará a la Junta, oportunamente, un proyecto especial. Dicho presupuesto se votará por la Junta para cada dos años de calendario; pero en e!curso del período, podrá ser aumentado o disminuído de acuerdo con lasnecesidades y posibilidades de su Tesorero, oyendo al Consejo Técnico.
Art. 4·-EI nombramiento de! Superintendente, de los Jefes deSección y de los Jefes de Servicios corresponde a la Junta de Caridad. Elde los Jefes de Clínica, Asistentes, Internos y Auxiliares al Consejo Técnico, de acuerdo con lo prescrito con este Reglamento.
El Superintendente no podrá ser removido sino por la Junta deCaridad cuando hubiera motivo qu~ justifique la remoción y sea acordadapor dos tercios de votos presentes.
El nombramiento y remoción del personal subalterno (enfennerosetc.) , los hará el Superintendente y los comunicará a la Junta de Caridad.Para estos nombramientos, el Superintendente exigirá la presentación derecomendaciones satisfactorias acerca de idoneidad y buena conducta. Para cada uno de tales empleados subalternos, el Sup~rintendente llevará uncartapacio especial en que deberán aparecer las cartas o certificaciones recomendatorias, que se hayan dado, la filiación completa con nombres depadres, cónyugue vivo o fallecido o divorciado, domicilio y los demás datos que puedan obtenerse, así como las notas de su servicio que le comuniquen los inmediatos superiores a la~ Hermanas de Caridad, fuera de lasobservaciones personales del Superintendente.
Art. 5·-Losmiembroh del Personal Técnico no podrán desempeñar dos o más empleos en el Ho~pital, y ni la Junta de Caridad, ni e!
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Consejo Técnico ni e! Superintendente podrán hacer nombramiento alguno para el Servicio Técnico 'lue implique acumulación de empleos. T amporo podrán los miembros del Persona! Técnico del Hospital tener simultá·neamente empleo alguno en ninguna otra dependencia de la Junta deCaridad.
T ransitorio.-El méd:co que se hallare Iloy en el caso del párrafoanterior gozará del plazo de un año para escoger e! puesto que quiera conservar en adelante; pero si1entro del año negare a ser nombr¡¡.do Jefe deServicio o de Clínica en el Hospital, deberá abandonar e! otro puesto quetuviese en distina dependenoia.
Art. 6'-No podrá ~er Jefe de Servicio O de Clínica, en ningunade las secciones ~el servicio técnico. ningún profesional que pase de sesenta años de edad. El que desempeñe tales cargos, cesará de hecho en susfunciones, al cumplir esa ed~d; y de hecho también será tenido como Cirujano o Médico de Consulta, según e! caso.
T ransitorio.-Por espíritu de equidad y como medida de transición se dispone que la Junta de Caridad reconozca una indemnización desetenta y cinco colones mensuales, a los actuales funcionarios de esa dase:
a) Por ¿os años al médico o cirujano que tenga que dejar e! puesto de Jefe de Servicio o de Clínica, inmediatamente después de entrar envigor el presente reglamento, por haber ajustado ya los sesenta años.
b) Al que tenga que '!bandonarlo, después de regir este Reglamento, por el tiempo que falte para dichos dos años, deducidos el que todavíasirvan antes de ajustar esos sesenta años.
Art. 7'-Todos los miembros de! Personal Técnico deberán asistir a las reuniones que han de ce!ebr.arse en e! Hospital cada quince días,para conocer y comentar la labor tealizada en la quincena anterior, pudiendo tomar parte en las discusione~ y conferencias que se dicten.
Art. 8'-Los miembros de! Personal Técnico recibirán por susservicios los sue!dos que señale la Junta de Caridad, después de considerar el proyecto de presupuesto especial de ese ramo que presente e! Consejo Técnico. Se exceptúan de esta disposición los mé~icos y cirujanosque sean admitidos a practicar como auxiliares de internado, con esa condición de gratuidad de servicio.
Art. 9'-Las obligaciones de! Superintendente, a más de las señalalas en otros lugares de este Reglamento, son las siguientes:
}') Supervigilat la marcha de todo el Establecimiento y cuidar deque los reglamentos se cumplan.
2') Responder ante la Junta de Caridad de San José de la buenamarcha de! Hospiral de San Juan de Dios, en cuanto a la parte técnic~
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y de la buen¡l conservación y mantenimiento de cuanto pertenece a la Institución.
3") Ser el medio de comunicación del Hospital de San Juan deDios con la Junta de Caridad de San José, la Secretaría de SalubridadPública y demás dependenc;as oficiales.
4") Asistir a las sesiones de la Junta de Caridad de San Josécuando esta Corporación se lo solicite.
59) Presentar anualmenre, a la Junta de Caridad, el Presupuestode Gastos que haya elaborado con el auxilio del Consejo Técnico y con·trolar la fiel aplicación.
69) Presentar a la Junta de Caridad, anualmente, un informe· de·
tallado del movimiento del Hospit~l San Juan de Dios, durante el añotranscurrido e indicando las mejora" que a su juicio deben realizarse parael mejor servicio de los enfermos.
79) Comunicar a la Junta de Caridad, para su aceptación los pe
didos de implementos médicos o qwrúrgicos que requiere el buen funcionamienro del Establecimienro, de ~cuerdo con el Consejo Técnico.
89) Señalar o dictar las medidas necesarias para el mantenimiento
de la higiene del Establecimiento.
99) Organizar la admisión y salida de pacientes, de acuerdo con
los reglamenros especiales que se dicren.
109) Organizar el Servicio de Estadísti!=a y dictar el respectivo re·
glamento de acuerdo con el Consejo Técnico.
119) Dictar el Reglamento del Servicio de las Enfermeras T écni·
cas, de acuerdo con la Superiora de las Hermanas de Caridad.
(29) Dictar las disposicione~ necesarias acerca de las visitas a los
enferl)l.os.
13') Nombrar, provisionalmente, en caso de emergencia cualquierempleado que sea necesario para el buen servicio. Este nombramiento serápuesto en conocimiento del Consejo Técnico y de la Junta de Caridad pa·ra su ratificación.
14") Llamará al servicio en cualquier momento, por el tiempo quesea necesario, en casos de urgencia, a cualquier médico, cirujano, miembrosdel personal de enfermeros o empicados del Establecimienro, dando cuen·ta de ello a la Junta de Caridad y al Consejo Técnico.
159) Velar porque todo paciente, salvo casos de urgencia, sea exa·
minado en el Consultorio Externo, para que ese servicio indique la natu·raleza de la enfermedad y si el enfermo debe o no ser hospitalizado.
169) Permanecer en el Hospital de las siete a las once horas y de
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las trece a las diez y siete horas y litender los llamados de urgencia que sele hicieren.
17') Visitar diariamente, I,or lo menos una de las dependenciasdel Hospital, sean salas de enfermos, salas quirúrgicas, laboratorios, departamentos dietéticos, lavanderías, etc., para darse cuenta de su marchay corregir cualquier deficiencia que notare.
18') Revisar las fac1:uras de los pedidos hechos, a la llegada dela mercadería al Hospital a fin de constatar si están o no conforme conlos pedidos.
19') Ordenar, en la3 épocas que considere conveniente, el levantamiento o revisión de inventarios de los diferentes departamento del Hospital.
20') Revisar periód;:amentc las cuentas de la oficina Receptorade Fondos y velar porque todas las .umas recibidas por ella sean enteradasen la Tesorería de la Junta de Caridad.
21') Imponer las sanciones que estime oportunas o adecuadas enlos casos de faltas cometida. por los empleados inferiores (enfermeros,etc.), como reconvenciones, multas, rebajos de salario, suspensiones temporales y definitivas.
22') Imponer penas de retonvención, multas, suspensiones temporales, ha'~a de quince días a los empleados nombrados por el ConsejoTécnico o por la Junta de Caridad, en caso de faltas leves en el Cumplimiento de sus deberes. Cuando se tr:lte de faltas graves se suspenderá temporalmente al empleado y s. dará cventa inmediata al Consejo Técnico ya la Junta de Caridad para su expulsión definitiva.
Se consideran faltas graves: Notoria mala conducta, embriaguez,hurto y apropiación indebida de enseres perreneciente. al Hospital, la negligencia criminal, percepción de hcnorarios de enfermos atendidos gratuitamente en el Hospital y cualquier otro acto que pueda afectar la reputación del Establecimiento, así como cualquier falta que sea penada porel Código de Moral Médica que tiene adoptado la Faculta de Medicina.
23') Exigir a todós y a ca.1. uno de sus Jefes de las diversas secciones que le rindan informes acerca de la marcha de su sección de acuerdocon las disposiciones del presente reglamento.
24') Descontar del salario de los empleados, de la catego·ría quesea, el valor de los artículos pertenecientes al Hospital que hayan sido destruídos o deteriorados por negligencia o manejo impropio, según sea la responsabilidad que en ello pudiere tentr cada empleado.
25') Para mantener la disciplina de los enfermos del Hospital, podrá imponer las correcciones que considere pertinentes inclusive su expul-
REVISTA MEDICA 449
sión y hasta si es el caso, ponerlos a las órdenes de las autoridades de policía para su juzgamiento.
26·) Expedir los certificados de defunción, de acuerdo con los reglamentos y leyes vigentes.
27·) Dar las órdenes para la práctica de las autopsias sobre todoslos cadáveres de los fallecid"s en el Hospital, excepto en aquellos casos enque, a SI.; juicio o por algún motive especial no debe practicarse. En loscasos médico-legales, la autopsia es obligatoria, a menos que se reciba orden en contrario, emanada de autoridad judicial competente.
Art. 1O·-Habrá p:J.ra el servicio técnico del Hospital, un Consejo Técnico compuesto por el Superintendente y los Jefes de las Seccionesde Cirugía y Medicina, cuyas atribuciones serán, a más de las que se señalan en otros lugares de este Reglamento las que siguen:
l·) Reunirse por 10 menos una vez cada quincena.2·) Hacer los nombramientos que le están atribuidos.
3·) Recomendar a la Junta de Caridad la adquisición de los aparatos e implementos médicos y quirúrgicos que convengan para el bueno yacertado servicio del Hospital.
4·) Señalar o aconsejar un plan para el desarrollo armónico delHospital y servir de Cuerpo Consultivo a la Junta de Caridad, sobre todo~n las medidas de orden técnico que sea necesario adoptar en el establerimiento.
5·) Dictar las disposiciones que crea convenientes para unificar lostratamientos médicos y quirúrgicos del Hospital y elaborar una farmacopea propia de la Institución.
6·) Nombrar, dentro del Personal Técnico, las comisiones que creaconvenientes para el buen cumplmiiento de sus atribuciones.
Art. n·-Serán Médicos y Cirujanos de Consulta los que, habiendo cumplido la edad de sesenta años, tengan una práctica en el Hospitalde a lo menos quince años y hayan desempeñado la jefatura de uno de losservicios de la sección respectiva. Los Médicos y Cirujanos de Consultapodrán asistir, sin voto a las reuniones del Consejo Técnico, cuando lotengan a bien, para sugerir o aconsejar las modificaciones que crean convenientes para la buena marcha "del Hospital.
El Cirujano de Con.mlta pC'<!rá operar, y el Médico de Consulta,atender a cualesquiera enfermos e:,viados por él, sean o no pensionistas.Unos y otros tendrán libert:J.d de dictar las conferencias al Personal Técnico del Hospit~l, para lo cual se pondrán de acuerdo con el Superintendente y con el Jefe de la Se~ción respectiva.
Los Cintjanos y Médicos de Consulta deberán asistir a las consul-
450 REVISTA MEDICA
tas que les soliciten el Jefe de Secc:ón o cualquier Jefe de Servicio de laSección correspondiente, así como practicar las operaciones aconsejar lostratamientos que les pidan tos Jefes de Servicio de la respectiva Sección,por medio del Jefe de ésta.
El Consejo Técnico podrá proponer a la Junta Je Caridad que nombre a uno o más Cirujanos o Médicos de Consulta dentro de los miembrosde! Personal Técnico que re'man los tequisitos del párrafo primero de esteartículo, aun cuando no hay~n sido Jefes de Servicio.
Art. 12"-El Jefe de Sección (Cirugía o Medicina) lo será respectivamente de todos los ci:ujanos () médicos que formen el Personal quirúrgico C> m~dico del Hospital, así como de los demás empleados de suSección.
El nombramiento de dichos Jefes 10 hará la Junta de Caridad necesariamente de entre los Jefes de Servicio de la respectiva sección, atendiendo no sólo el tiempo servido, sino y principalmente las cualidades personales del candidato, su dedicación y eficiencia comprobadas con las estadísticas operatorias y con Jos trabajos científicos que hubiere realizado.
Son obligaciones de: Jefe de Sección:
1"\ Responder al S'.lperint~l"'dente de la buena marcha de su Sección y del fiel cumplimiento del Reglamento por parte de su personal.
2') Vigilar el buen funcio11amiento de cada uno de los serviciosde la Sección y por la distribución, conservación y custodia de los aparatose implementos de que disponga cada Servicio.
3") Visitar .por 10 menos una vez al día uno de los servicios que estén bajo su dependencia para impor:erse de la marcha y para indicar al Superintendente las deficiencias que n"tare y las medidas que considere oportunas para mejorar el servicio.
4") Recibir y notar Jos informes mensuales de los Jefes de cadaServicio v trasmitirlos al Su;)erintendente., -
5") Revisar las historias clínicas de toda la sección.6") Dictar por 10 m~nos dos conferencias al año al Personal T éc
nico del Hospital.7') Formar parte dd Consejo Técnico y asistir pl1ntualment~ a
sus reuniones.
8') Asistir a las consultas que les pidan los Jefes del Servicio desu Sección; el de la Sección de Citugía practicar las operaciones y el d__Medicina indica~ los tratamientos que dichos Jefes Servicio respectivamente le pidan.
El de la Sección de Cirugía Jeberá practicar o hacer practicar poi'
los Jefes de Servicio o por los asistentes respectivos las operaciones de los
REVISTA ME.DICA 451
enfermos enviados por él al Hospital; y el de la Sección de Medicina atender o hacer atender por los Jefes de Servicio o por los asistentes los enfer.mos que hubiere llevado él 'Dismo al establecimiento.
El Jefe ,le la Sección de Cirugía designará, dentro del personal deCirujanos Jefes, Jefes de C1.ínica o Asistentes de la Sección, un auxiliarsuyo para las funciones que le están atribuidas, sin abandonar las propiasy sin que se entienda que entra a reemplazar al Jefe.
Art. B'-Cada servicio d,~ las Secciones de Cirugía y Medicinatendrá un Jefe, del cual dependerá el Jefe de Clínicas, los asistentes, in·ternos y auxiliares y demás empleados técnicos del servicio de que se trate.
La Junta de Caridad, por hacer el nombramiento, oirá al ConsejoTécnico; pero si se ·tratare de llenar una vacante, esta se llenará con elJefe de Clínica del Servicio.
Son atribuciones de los Jefes de Servicio:
1') Organizar y reghmentar su servicio de acuerdo con el Jefe deSección y con el'Superintendente y de conformidad con las disposicionesreglamentarias.
2') Revisar y firma~ las M,torias clínicas del servicio, índicandolas salidas de los enfermos 'J su tra.,lado a otros servicios. Estas historiasclínicas serán pasadas al Jefe de Sección para su revisión y anotación.
3') Presentar al Jefe de Sección un informe mensual sobre la labor realizada en su servicio y sobre los resultados obtenidos.
4') Dietar al Cuerp:> Médir.o y Quirúrgico del Hospital una con·ferencia al año, sobre el tema profesional de su elección.
5'} Presenciar las autousias de los enfermos fallecidos en su servicio.
El Jefe del Servicio de Cir:lgía practicará dos veces por semana ya la hora señalada de antemano v;sita eIínica general de su servicio, enunión del Jefe de Olínica, asistente~ e internos; examinará a todos los enfermos y hará anotar por los internos, en las historias clínicas el resultadode tales exámenes y los tratamientos que acoosejare. Practicará la visitadiaria de sus enfermos operados y de los que se hallaren en estado de gravedad. Practicará o hará pr:lcticar por el personal de su dependencia lasoperaciones de los enfelTnos que ingresan a su servicio; y para esto procurará que la formación quirúrgica de sus subalternos sea uniforme.
El Jefe de todo Servicio de Medicina practicará igualmente la vi·sita clínica general de su servicio (que será diaria y a hora señalada de previo) en unión del Jefe de Clínica, asistentes e internos, examinará a todoslos enfermos y hará anotar ?Or los internos, en las historias clínicas, el resultado de tales exámenes y los traatmientos que él recomiende. Tratará
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o hará tratar por el Personal Médico de su dependencia a los enfermos queingresen a su servicio.
Art. 14"-En cada servicio, así de Medicina como de Cirugía, ha·brá un Jefe de Clínica. Cuando se trate de llenar una vacante, el ConsejoTécnico la llenará exigiendo a uno de los asistentes de la sección respectiva.
Los Jefes de Clínica reemplazarán al Jefe de Servicio, en sus ausencias accidentales. Practicarán cm; los internos la visita diaria del servi·cio. Distribuirán, de acuerdo con d Jefe del Servicio el trabajo entre losasistentes, internos y auxilia~es. Responderán ante el Jefe de Servicio delMaterial (médico o quirúrgico, según sea el caso) que tengan a su cargo.Asistirán a las autopsias de los fallecidos en su servicio. Reemplazarán alJefe de Servicio en la vista clínica general del servicio, cuando hayan transocurrido quince minutos después de la hora fijada para efe<"tuarIa y no seha presentado aquél.
El Jefe de Clínica de un servicio de Cirugía reemplazará al Ciru·jano Jefe en las operaciones señaladas a él, en el mismo evento de pasar uncuarto de hora después de la designada para empezarlas; y cuando lo reem·place en la visita clínica general, podrá practicar las operaciones de los en·fermos recién ingresados, que no h:lyan sido examinados por el Jefe delServicio. Asistirá al Jefe de Sección y al de Servicio en las operacionesy practicará las que estos le encomienden y las de los enfermos enviadospor él a su servicio.
El del Servicio de Medicin~ receter.á y dará asistencia médica necesaria a los enfermos que le encomiende el Jefe de Sección o el del Servi·cio; así como a los enviados por él al Hospital, siempre que se hallen ensu respectivo servicio.
Art. 15Q
-En cada Servicio de Cirugía habrá los asistentes quesean precisos para el buen funcionamiento del Servicio, según lo juzgueel Consejo Técnico y autorice el presupuesto.
Para la provisión de estos cargos, el Consejo Técnico hará practi·car concursos en los cuales romarár.. parte los internos de la Sección.
El asistente durará U'1 año el' el servicio; al termil'.ar ese plazo. pa·sará a otro servicio de la misma sección, según lo disponga el ConsejoTécnico.
Los asistentes reemplazarán por el orden de su nombramiento, alrespectivo Jefe de Clínica, en sus taltas accidentales, con todas las atriobuciones y obligaciones de éste. Practicarán la visita diaria del servicio yla cOlltravisita ero la tarde, según lo, turnos y a las horas que señale el Jefede Clínica. Harán llevar por los internos o por los auxiliares las historiasclínicas del servício. Asistirán a las autopsias de los fallecidos en el servicio.
REVISTA MEDICA 45.3
Los asistentes de Cirugía a:oistirán al Cirujano Jefe y al Jefe oeClínica en sus C'peraciones. Podrán practicar las operaciones de los enfermOS que ellos lleven a su servicio, siempre que e! Jefe se los permita; casode obtener tal autorización, tendrán derecho a asistir a la operación.
Los asistentes de Medicina atrnderán a los enfermos que les indiquey como 10 indique e! Jefe de! Servicio o e! de Clínica; así como a los enfermos que ellos lleven a su servicio, siempre que 10 permita e! Jefe.
Art. 16'-En cada Servicio de Cirugía y de MeO'tc"tna habrá el número de internos que sea indispens.:ble, según juzgue el Consejo Técnicoy autorice e! presupuestO.
Serán nombrados por e! Consejo Técnico, mediante concursos entre los auxiliares que hubier~n dejado pendiente su candidatura al cumplirel tiempo de servicio que fija este Reglamento.
Durarán en sus funciones un año, tiempo que podrá ser prortogado a uos, si no hubiere soliótuu pata llenar \a p\a'l.a. Si. cumph!.o e'i>te período el interno tuviere que salir del Hospital por no haber logrado ascender a asistente, tendrá derecho a postular su candidatura para cuando hubiere una plaza vacante de Asistentes.
Permanecerán en cada servicio seis meses, al cabo de los cuales pasarán a otro Servicio que les será indicado por el Superintendente, deacuerdo con el .Jefe de Sección.
E\ Hospita\ dará a los lmemos abjamietl.t", atirn.etl.t". y lavad." d.eropa.
Son obligaciones de los Internos:
1') Llevar las historias clír,:cas de los servicios a que ellos esténadscritos.
2') Atender a los enfermos a su servicio.
3') Practicar las curaciones que le sean indicadas por el Jefe deServi.óo, Jefe ue Clíni.ca o \es A.si.s~mtes "j ver ,"'le \1:'> enhnnos cumplanbien las indicaciones de los médicos.
4') Prestar, con ,los demás Internos, e! servicio de guardia del Hospital, de acuerdo con las disposiciones de! Superintendente.
Art. 17'-Integrarán el Cuerpo de Auxiliares los médicos y cirujanos incorporados en la Facultad de Medicina de la República, a los cuales esta Corporación no hubiere aun concedido e! derecho de ejercer la profesión y aquellos méuicos y cirujano, incorporanos en uicha Facultan, mediante examen, que desearen formar parte del Cuerpo Técnico del Hospital. Los auxiliares durarán en sus funciones seis meses y una vez que la Facultad de Medicina les haya extendido la antorización para e! ejercicio dela profesión, si lo deseare, podrán continuar con su servicio seis meses más,
454 REVISTA MEDICA
al final de los cuales tendrán derecho a participar en los concursos paraocupar el cargo de Interno.
Transitorio.-El funcionamiento de estos dos párrafos anrerioresestará supeditado a la aprobación del Proyecto de Ley Orgánica de la Facultad de Medicina que esa Cor¡::oración presentó al Congreso Constitucional.
Son obligaciones de Jos Auxiliares:
lQ} Asistir en todas sus funciones a los Internos del Servicio.ZQ} Suplir, por indicación de! Superintendente, a los Internos en
las ausencias de estos. Cuan,{o ocurrieren estas sustituciones el Interno titular garantizará la actuación del Auxiliar que 10 sustituyó.
Los Auxiliares, si así 10 desearen, podrán variar cada mes en los distintos servicios del Hospital.
Para obtener la constancia áe su práctica hospitalaria, suscrita porel Superintendel1te, los Auxiliares deberán comprobar que durante los primeros seis meses de servicio en el Hospital han asistido a un mínimum dedos horas diarioS al Servicio que se les asignó.
Art. lSQ-El Departamento de Radiología tendrá un Jefe nombrado por la Junta de Carid:td, a propuesta del Consejo Técnico y los asistentes que requiera el buen servicio y autorice el presupuesto, nombradospor el Consejo Técnico.
El Departamento se :'egirá por el Reglamento especial que formuleel Consejo y apruebe la Jun,a; y preferentemente practicará los exámenesradiológicos, las radiografías y los tratamientos e1ectroterapéuticos de losenfermos asilados en e! Hospital.
Art. 19Q-La Secció'1 de Laboratorios se dividirá en tres departa
mentos:lQ} Anatomía Patológica.ZQ) Bacteriología, P",rasitolcgía e Inmunología.3Q) Química Biológica.
Tendrán un Jefe que será el de! Departamento de Anatomía Patológica. Los empleados serán nombrados por el Superintendente, de acuerdo con e! Jefe del Departamfnto re~pectivo.
El Consejo Técnico formulará e! reglamento general e interno dela Sección y de cada uno de los Departamentos y los someterá a la aprobación de la Junta General.
Art. ZO"-Las reuniones del Personal Técnico de! Hospital se celebrarán los días y horas que determine el Superintendente, lo cual se comunicará por aviso puesto ~n el cuarto de entrada de los médicos y cirujanos. La asistencia a estos actos es obligatoria para todos, salvo casos ex-
REVISTA MEDICA 455
cepcionales de imposibilidad. La excusa motivada deberá presentarse porescrito al Superintendente antes de la hora de la sesión y será consideradaen ella.
Las ausencias a las reunionts, sin excusa justa comprobada, seránpenaras con la deducción de un d~cimo del sueldo mensual que devengueel inasistente, por cada falt~.
Las reuniones serán presidiclas por el Superintendente; y cuandopor justo motivo éste faltare, lo suplirá uno de los Jefes de Sección, pororden de edad.
Art. 21'-Para faci!itar el orden y desarrollo de las reuniones senombrará en la primera reunión d~ cada año, un Secretario entre los miembros del Personal Técnico ¿d Hospital, quien estará obiigado a levantarlas ~r.tas de las sesiones, a crdenar }' custodiar el archivo correspondiente,a hacer circular las convocatorias a las sesiones, de confonnidad con lasdispo.iciones del Superintendente y de todas las demás funciones que lanaturaleza de su cargo le imponen. En cada sesión se seguirá el ordensiguiente:
1") Lectura del orden de b sesión.2') Anotación de lo.; asistemes.3') Lectura y discus¡ón del acta de la sesión anterior.49 Informes de comisiones.5") Dis!,osiciones de orden administrativo.69
) Análisis del trab~jo ho~pitalario: discusión de las historia, clínicas de los pacientes salidos del establecimiento desde la fecha de la últi·.lla sesión debidamente sele~cionadas por el Superintendente; comentarioespecial sobre diagnósticos: consultas verificadas; infecciones ocurridas;casos no mriorados y defunciones.
7') Discusión de casos internados en el Hospital.89
) Infonnes de los distintos departamentos.99
) Recomendaciones al Consejo Técnico para el mejoramiento delservicIO del Hospital.
Art. 229-Habrá un Servici" de Consulta Externa que estará a
cargo de un asistente de Cirugía y otro de Medicina y de los auxiliares ydel Médico de Turno correspondiente. Además tendrá una Enfennera Jefe y las auxiliares necesarias, a juiCIO del Consejo Técnico.
Todo enfermo para Ingresar al Hospital deberá solicitarlo al Servicio de Consulta Externa en donde será anotado por la Enfennera Jefe,la cu",l le tomará los datos indispensables para su identificación. Despuéspasará a ser examinado por :05 méJicos y cirujanos encargados de este servicio, quienes dispondrán si el caso debe o no hospitalizarse. Si el enfenno
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requiere ser internado en el Hospital, el médico que lo examinó anotará enla Historia Clínica su diagnóstico provisional y será remitido al Servicioindicodo por el Superintendente. Si no hubiere necesidad de hospitalizadoserá tratado por los encargados de la Consulta Externa.
Lá Consulta Externa tendrá lugar de las 8 a las 10 horas, diariamente, ~"cepto I"s domingo$. El servicio de admisión de enfermos en lashoras de la tarde, est¡:rá a C:lrgo del Médico de Turno, de las 3 a las 5 dela tarde, salvo casos de urgente ateución.
Todo enfermo que reciba atención de la Clínica Externa está obligado a satisfacer al Hospital el valor del servicio que se le preste de acuerdocon la cuota que determine el Consejo Técnico. Para el cobro de estas cuotas se encargará la Oficina ,1e Cobros que establece este Reglamento en elCapítulo de Enfermos Pensicnistas, de acuerdo con la reglamentación quedicte el Superintendente.
La Consulta Externa constará con su farmacia que será provistapor la Farmacia del Hospita; y estará a cargo de un Farmacéutico titulado.
Los Jefes de las Seccio:les de Medicina y Cirugía dispondrán los turnes en 'lue su personal técn;.co deba hacer el trabajo de la Consulta externa duraate cada semana. Los servicios de especialidades organizarán el servicio que cada uno de eIlos debe ptt;;tar a los enfermos que se atienden endicha C1nsulta.
Art. 23'-EI Hospital de San Juan de Dios admitirá enfermos pensionistas y estl\ servicio estará sujetJ a las siguientes disposiciones:
1') El enfermo pemionista debe retribuir todos los servicios quele preste el Hospital.
2') Habrá en el H~.~pital ,lna oficina que se encargará de hacerefectivo e! valor ~e las pensio¡tes y de todos los gastos que ocasione esoclase de enfermos y será la encargada de depositar lo recaudado en la Tesorería de la Junta de Caridad, en las fechas que indique el Superintendente.
3') El Consejo Técnico reglamentará el sistema de cobros y laforma en que ~ada pension'Ha deberá satisfacer su cuenta. No obs~ante,
el pensionista está obligado a depositar, a su ingreso en el Hospital, el v~
lor de las estancias que ocasionare, según informe escrito del médicotratante.
4') Los Médicos y Cirujanos cobtarán sus honorarios a los pensionistas sin que en eIlo tenga intervención el Superintendente ni los Jefes deSección o de Servicio, siempre que hubiere habido convenio previo; pe:osi no existiere este convenio y el paciente objetare la cuenta de! médico, ei
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punto .erá sometido a la Junta de Caridad y 10 que ésta resuelva será obí":gatorio ~ara el médico o cirujano.
5) Ningún médico o cirujf,r.o podrá percibir sus honorarios sincerciorarse antes si el pensionista ha satisfecho la totalidad de los gastosque ha ocasionado al Hospital.
6·) Para fijar l~.s tarifas que se cobran a los enfermos pensioni,.tas y al público en general, en el Departamento de Rayos X y en los Laborator'os del Hospital, la 'y_mta de Caridad se pondrá de acuerdo con losdueñus o administradores de San José, a. fin de unifica.r estas tarifas yevitar las quejas por la comnetencia que pudiere hacerles el Hospital.
Ea tabletasEn polvon h_.."_~AiJ.ICa. farmacias--:.1'.:' ~",,:::" [)r. A. WANDEA S.A., BERNA, Su... \!I?'1: Únk:ol COtlteskm~ pata cma 1\11;;& 1 ~'- THB COSTA RICA MERCANTILB ca.. !lrnln~~. Aparlado 19, SAN JOSE. ...(;~;;;;,;,s
El Alucol cubre la mucosa del estómago con una capa de aspecto gelatinoso, y la protege, sin perjudicar
ni danar en nadala digestión.
458 RE.VISTA MEDICA
ACTUALIDADES
A CARGO DE LA DIRECCION
Ascaridiosis hepática
(Memorias del lnst· Oswaldo Cruz. T. 30. Fasc. 1, 1935)
A. Penna de Azevedo comunica un caso de ascaridi.osis hepática,en una niña de un año Aunque raras veces acontece el hecho, el ascarislombricoides debido a su grOln movilidad, emigra a menudo abandonandoel intestino y alojándose en las vía. biliares, digestivas supetiores y respí.tatorias. Este fenómeno se observa frecuentemente en las necropsias, peroo\Iún durante la vida los vermes pueden penerrar en los conductos biliares,el estómago y el esófago, eliminándose por la boca y nariz. En ciertas intervenciones hepáticas los ci"ljanos han tenido verdaderas sorpresas al encontrarse con esos parásitos no sospechados. Tales los -casos de HartmannKeppel y Ceppi.
El autor ha visto casos de peritonitis por perforación intestinal de·bida a ascaris; psoitis; muer.:es repentinas por inrroducción en la laringe,e.. el ventrículo derecho, en la trompa de Falopio.
Los casos de ascaridiosis hepática exceden de 100, según Fischer.El caso que nos presentan Penna de Azevedo es doblemente ilustrativo nosólo por tener un parasitismo intestinal (45 especímenes adultos) sino por·que las lesiones hepáticas c(Jnsistían en formaciones inflamatorias o absce·sos albergando gusanos vivos y mueuos, huevos, y el todo con pronunciadaínfiltración de tejido conjuntivo y linfoideo. No obstante, en el resto dela víscera el tejido hepático no presentaba ninguna anormalidad.
El trabajo está ptofusamente ilusttado con nítidos grabados quemuestran los diversos abscesos y sus otificios pot d..mde pueden verse losparásitos aludidos.
REVISTA MEDICA
Vulvovaginitis infantil por tricomonas. - Nuevo tratamiento
(Kinderal!Ztliche Prax. 1935, N. 3)
459
Una serie grande de leucorreas, especialmente infantiles, reconoceéomo ca~sa la infección vu:vovaginal por los tricomonas. Sabido es queestos parásitos pueden apreciarse únicamente al ultramicroscopio. Algunoslos consideran como inofemivos. Sin embargo, el número de colpitis portricomonas es crecido y origina cronicidades interminables si no se acudeal tratamiento adecuado. Ciertas enfermas se creen víctimas de enfermedades venéreas que las atormentan persistentemente.
M. Rodecourt ha tratado con éxito casos de vulvovaginitis infantiles valiéndose de tabletas de ácido 4-oxi-3-acetilaminofenilarsínico y ácido bórico (devegán). El autor recomienda la introducción diaria de mediaa una y media tableta 'en la vagina, seguida de una irrigación vaginal después de unas 14 horas con ¿ecocción de manzanilla o de otro líquido desi~fectante, y de uno o dos lavados diarios de los genitales externos con losmismos líquidos empleados, sin olvidar un buen secado final.
460 REVISTA MEDICA
NOTAS
Nombramientos bien recibidos
En una de sus últimas reuniones, la Junta d.. Caridad de San José nombró a los distinguidos colegas, Doctores Rafael Calderón Muñoz,Ricardo Moreno Cañas y Antonio Peña Chavarría, para desempeñar loshonrosos cargos de Superintendente, Jefe de la Sección de Cirugía y Jefede la Sección de Medicina del Hospital d.e San Juan de Dios, respectivamente. Las designaciones caídas en tan eminentes profesionales han sidodel beneplácito general del cuerpo médico costarricense.
Agradecimiento para "Venezuela Odontológica"
Acostumbrados como estamos a la prédica en el desierto, gran sorpresa nos produjo leer en el último N" 3, de agosto 1935, de la importante y erudita revista "Ver,ezuela Odontológica", Organo de la Federa·ciónOdontológica Venezolana, una nota que alude en términos elogiososla labor de Revista Médica de Costa Rica. Se refiere a la excitativa formulada desde nuestras columnas a la profesión dental, con el fin de dara la publicidad el material científim acumulado, fruto del ejercicio consciente del noble y exquisito arte que practican. Igualmente hicimos hincapié en ese entonces sobre las ventajas que traería la fundación de la Escuela de Dectistería en la verdadera lucha contra el empirismo.
Bs el momento de confesar que nuestras insinuaciones y empeñosen tal sentido se han malogrado, y no acatamos a qué atribuir la pasividadde los cil'Ujancs dentistas nacionales.
Profundamente agradecidos damos las más expresivas gracias a laacreditada reI'ista odontoló!!;;ca suramericana y principalmente a su diligente Director, Doctor Foción Febres Cordero B., por los gentiles conceptoscon que nos honra.
Regreso del Dr. R. Calderón Guardia
En vía de salud se ausentó del país el jovial amigo y colega pocotor R. Calderón Guardia. Por fortuna pronto recobró la salud y hoy seencuentra de nne,"o entre nosotros, completamente restablecido. Sea éstala ocasión de felicitar a la apreciable familia del muy justamente estimado colega.
REVI8'l'A MEDICA
INDICE DE MATEHIAS
Tomo 1
(OI'TUBRE DE )0:'13 A. SE1IKMBRE DE 1935)
DEL NO. 1 AL No. 17.
Amenorrea
Tratalniento para la Diatermia. . .
Análisis Cllnicos
Historia ...ellnica y laboratorio..
Anemia
Ankilostomiárica.
Aneurismas
Latido taráxico universal... . . . . . .
AneKitis
Tratamiento p. gluconato Ca.. .
Ankilostomas
v. Anemia...
Apendicitis
Peritonitis generalizada.Forma lifangítica. .. , . .Conlenido del aptndice..
Arsenicales
V. Framboesía.. .
Ascárides
Tratamiento.Perforación intestinal..En el hfgado.. . . . . . . . .
Avispas, (veneno)
Teraptulica••.
119
139
233
294
243
310
404414424
306378458
310
REVISTA MEDICA
Automóvil
En el embarazo. "
Barbitúricos
Envenenamientos
Behring, Prol.
Necrología.
Bismuto
Permeabilidad de las meninges...V. Infección puerperaI. . ..
Blastomicosis
Anatomopatologia y Clínica en C. R .
Brucelosis
Relaciones con la Tbc. . . .
CáncerBubones cancerosos.Cirugía ..Oncologia .Diagnóstico precoz..
Cardioterapia
Azúcar-insulina . . .Medicación hipotensora..
Cirrosis, hepáticaAcrinoterapia. .
CirugíaV. Cáncer....Bisturí eléctrico. o' •••••
Peritonitis generalizada..
ColecistectomíaCólicos hepáticos tardios...
Congresos1, Médico CentroamericanoV, Médico Panamericano .11, Patologla geográfica .
VII Panamericano del NiñnCuproterapia
Peligros .En enfermedades estreptocóccícas de la piel •.
Deformacióndel rostro (medicina legal).
DiarreasEn los lactantes.En Nicaragua.
245
367
128
424
308
119
183252125243
118118
365
381404
116
425176237405
87309
248
136308
REVISTA MEDICA
Distrofias
Leche como factor distrofiante. . .
Diatermia
Empleo en diagnóstico muerte real.Uretrotomia .. . . ... . .
Dactiloscopia
Alreración impresiones digitales en lepra. . . . . .
334
53335
433
.......
Echeverrla Aguilar. Dr.
Necrología.
Ectopia testicular
Tratamiento .. .
Embarazo
Diagnóstico biológico...Responsabilidad médicov. Automóvil ..
legal en el..•.
341
138
15174
............. -, .
Emetina
.v. Enfermedad de Nicolas Favre , .
Estupro
Simulación (medicina legal), .
Enfermedad de Nicolas Favre
Crónica, oo••
En niños., . , , ,Tabes.., . . . . .Hisloria (en Costa Rica)..Emetioa ...• . - .
Enfermedad de Gaucher
Forma ósea,
386
164225243246309
116
Entérico (Síndrome)
Por cuerpo extrai\o.
Enterocolitis
Dieta de manzanas..
Eritema nudoso
Tub...culosis y, ,
Eritrocitos (elípticos)
.................. 86
135
138
Herencia. ............... lOO
Esplenomegalla
Palustre. tratamiento ....
Spru
En Costa Rica. ... . . .
. . . . . . . . . . 118
89
REVISTA MEDICA
Esterilización (masculina)
Vasectomia ....
Estreptocóccias (Dérmicas)
Tratamiento . .
184
309
Fecundación Artificial
(Cr6nica). . .
Fiebre de Aguas Negras
Estudio Cllnico
Fiebre Amarilla
Epidemiología.Vacuna.
.Flutter>
y terap~utico.. . . . . . . . . . _ .
421
36
154 155307
En las taquicardias. .
Framboesia
EpideOliologla..Superinfecci6n ..Tratamiento.
Ginecologla
Terapia testicularGlucooato de Calcio ..
Glicemia
Efecto del azul de metileoo . .. .
Glicogenosls
Revista general. .
Gonococos
Portadores.
Granuloma Venéreo
Formas elloicas..
Grippe
Pseudopalúdica ....
Hemorroides
Tratamiento.
315
619Il
187, 228, 240 311
182310
182
324
242
184
52
185
Hemorragia Cerebral
Autohemoterapia..
Hemoterapia.
V. Hemorragia cerebral. .(Auto) eo la Piorrea alveolar...En la Opiomanía. . . . . . .
367 32
24432
HEVISTA MEDICA
Heridas
Por arma de Fuego (Medicina Legal) ...
tiimen
Dilatables (Medicina Legal) .
Hospitales
Reglamentación técnica H. San Juan de Dios ....
Infección Dentaria
205
46
444
Revista. . .
Infección puerperal
Bismuto ....
Intestino
V. Ascfirides.... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
328
306
Inyecciones Endovenosas
Accidentes ..
Laboratorio
Disparidad con la Clínica ..
Leishmaniosis
v. Serodiagnóstico ..
Lesiones
Comentarios, médico legales
141
233
75
Leucopenia
De origen medicamentoso.. . . . . . . . . . . . . . . . . 222
Lepra
377 408 434147147438
... , .
. . . . . . . .. . .
Tratamiento . ..
Medicina Social
Certificado pre·nupcial...Certificados para panaderos..Mensaje Presidencial.. . . .Gotas de leche, centros de nutrición.
Miasis quiriJrgicas
(Crónica) .
Microbiologia
(Conferencia)
Muerte
Diagnóstico, ver Diatermia... . . . . . . . . . . . . . . .
Narcomanla
v. Hemoterapia.
48
104
392
HEVISTA MEDICA
Neoplasmas
v. Cáncer.
Neuroslfllis
v. Bismuto..
Ojos (color)
Carácter hereditario.
Orina
S.emimicroanálisis .
Orquiepidimitis
Tratamiento
Paludismo
Profilaxis.,Parasitismo intestinal
117
102
150
129
93Complicaciones gastro intestinales.v. Anemia... ..v. AscArides.... . . . . . . . . .
Parkinsonismo
PostencefAlilico, cura búlgara. ... . . . . . . . . . . . . . 364
Pediatrla
Irregularidades de la denticiónv. Tenia... .. ",,' ...Comentarios prácticos.Véase Proteinoterapia.
Pelvimetrla
Estadistica ..
Peritonitis
Tratamiento
Pituitario (extracto)
Abuso. _ .
Piorrea alveolar
Tratamiento .Patogenia .
p. H.
. •. 107 133
30Q
215
33
53
54
244418
En biología _
Poradenltls
Diagnóstico.
Proteinoterapia
El] la ~nur~sis., . •• ! ••• I ••••••••••
262
183
185
HE\lSTA MEDICA
Sexo
Tenia
Sanidad PiJblica
En el nillo.. . •T. Cenuro •..
18
278
186
178
3
11325 347
355
213
338
311364
171
152337
11
118
337358
57
459
médica ...
Tifoidea
Epidemiología.
Tricomonas
Vulvoganitis por .•...
Diagnóstico in-utero .'Reacción de Varga•.
Suicidio
Signo del doble corte (Medicina Legan.
Taquicardia Paroxlstica
Anafilaxia.
Peligros (crónica) .
Rinoescleroma
Localización intestinaJ... ... '" . . . . . . . .
Serpientes
Mordeduras, tratamiento.. ... . . . ...
Aparato respiratorio ; .
Rizado Permanente
v. Medicina social .Unidades sanitarias 'Crónica. .. . .Mortalidad inlantil ..
Sangre
Microdosage de cloruros.
Sarampión
Nuevos tratamientos . ..
Serodiagnóstico
Leishmaniosis infantil.. . . . . . .Meinicke y B. W. en tuberculosos.
Qulmlca Sanguinea
En la prActica
Ramón y Cajal
(Necrología) ...
Reumatismo visceral
REVISTA ~lEDICA
Tuberculosis
..............
Tabes
Analomopatologla .Crónica ..' ...Esplenorerapia.. . . .Colapsoterapia. . .Véase Brucelosls ...Hemocultivo Bacilo Koch, ... . . . . . ' . , . . .Ocular en C. Rica.. .Aurodemoreacción . .
Epidemiologla. , ,.. .Vacuna Friedmann .Herencia .
193219186
24 117
30159366257336273
Ver enfermedad de Nicnl.. Favre .•............
Taquicardias
Ver cFlutter- .
Toslerina
EteroterapiaVaccinoterapia ...
Tripanosomiasis Bovina
En Costa Rica ..
Ulcera Gastroduodenal
Tratamiento.
Ureometrla
Mndificación aparato Yvon.... . .,. . . . . . .
382333
68
183
85
Vesicula Biliar
Comidas ficlicias y evacuación.. . . '" . . '" . • . . . 235
Vitaminas
Vitamina C, obtención.
Vaccinoterapia
lnmunotrasfusi6n .Vacuna anlirábica y Yatrén ..
32
363366
...
REVISTA MEDICA
Indice de autores
Agüero A. (Tuberculosis ocular).. • .
Beeche L., Solazar M. y Calzada E. (Pelvimetda) .Bülow van T. (Qulmica sangulnea). . .
" "" (Trypanosomiasis bovina) ..t n" (Malaria). . . . . . . . . . .)t n" (Ankilostomiasis) ...l' "n (Framboesia).. .
·Castro Cervantes V. (Cáncer)..
Facio A (F. aguas negras). . •Figueredo V. (Carta).. • . .•
" " (Crónica). . . . .
González L. F. (Mortalidad infantil) •
Jimenez Núñez R. (Tuberculosis) . • ., •.•" ft t, (MicrobiologIa) . . • . ." "" (Certificado pre-nupcial) .
Lian C. y Golhlin V. (Taquicardias) .Luján M. (Parasitismo intestinal) .
" .. (Medicina infantil).. . . .•. • . . . . • • 107, 133,n " (Centros de nutrición).. . . ... .. y Roller W: (Linfogranuloma)
M.richal B. (Irregularidades dentales). • . .•. • ... .. (Infecci6n dentaria) . .•• . . . .,. " (Piorrea). . ;. . . . . . . . . . . .
Montes de Oca (Bisturf eléctrico) .. ' . . '" . .Mdntero A. (Congreso Médico) . . . . .
Peña Chavarría A. y Roller W. (Rinoescleromo)
'" '1 "n " " (Framboesia) . ..." " t'" " ,,(Ascárid.es). .
Picado CI. (Framboesfa) . . . . . . .n ,,(Tuberculosis) . .. . . .
Rivera A. (Opoterapia). ." ,,(r. Cenuro) . ..
Roller W. (Eritrocitos eUpticos) ." ,,(Oncologla)..., ,,(Tuberculosis)t, ,, (Glicogenosis)." .. (Apendicitis). ••. • . • •.
•159
331868
129294228
252
36369421
355
257392408
31593
215438225
300ilO8418381176
361
378a28273
302358100125193324414
25,
REVISTA MEDICA
Sea rtozzi C. (A ctualidades) . .
Vlquez C. (PH). • ." ,,(Cloruros). ... .. (ClCnica y Laboratorio)" n (Ureometr(a) ...n n (Orina) .: .. ~
" ,,(Análisis clinicos) .
Zamora H. (Certificado prenupcial). '..
Zeledón J. (Sanidad Pública..n u (Hlmenes). . ." " (Signo doble corte)" " (Lesiones). . ... .. (A busosempleo Extr. pituitarios)" " (Brote de Gripe). . . . ." " (Síndrome entérico)" ,,(Miasis quirúrgicas) .....n " (1nyeccioaes intravenosas) .n n (Orquiepidemitis gonoc6ccicas)." ,,(Enfermedad de Nicolás Favre)" n (Responsabilidad embarazadas) ." " (Rizado permanente). . . .,." ,,(Heridas)... .. . .. .... ..." " (Tuberculosis)... . . . •." ,,(Nueva Orientación de la Facultad de Medicina) ." " (Ramón·y Cajal). . . ." " (Deformación del rostro) ." " (Eteroterapia). . . .'. . . ... ." ". (Simulación estupros y violaciones)." ,,(Certificado Médico PrenupcialJ . . . .
310
113
367
26321323385
102139
434
3474611
75545286
104141
1501-46174178205219270278284332386377