resumen capitulo 5 del coip

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UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO FACULTAD DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA Nombre: Nataly Quispe Quinto Semestre Paralelo: “A” LIBRO V: DE LA COMPETITIVIDAD SISTÉMICA Y DE FACILITACIÓN ADUANERA. Título I Del fomento y Promoción de los sectores estratégicos claves para la infraestructura productiva. El contrato de inversión no podrá entenderse como autorización para el desarrollo de actividades en sectores que requieran otros habilitantes como: contratos, permisos, autorizaciones, concesiones, etc. Mientras que en el sector eléctrico los nuevos proyectos de las empresas privadas gozarán de igual tratamiento, mecanismo y condición de garantía o pago en la compra de energía acorde a las decisiones de la Comunidad Andina. El objetivo del Sistema Nacional de Registros y Datos Públicos y organismos del estado deberán de simplificar los trámites administrativos que se realicen en el ente de los mismos. Dentro del mismo no podrán pedir copia de certificadas o fotocopia de documentos que estas entidades tengan en su poder. El presidente de la república decretará cuando sea necesario y adecuado para satisfacer el interés público, el Estado y sus instituciones podrán delegar a la iniciativa privada la gestión de los sectores estratégicos y la provisión de los servicios públicos de electricidad. El estado adoptará medidas específicas para apoyar la generación de competitividad a través de la reducción de costos mediante la eliminación de trámites innecesarios. El ministerio a cargo de la política industrial conjuntamente con el organismo rector de las compras públicas desarrollará

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UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATOFACULTAD DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍACARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

Nombre: Nataly QuispeQuinto SemestreParalelo: “A”

LIBRO V: DE LA COMPETITIVIDAD SISTÉMICA Y DE FACILITACIÓN ADUANERA.Título I

Del fomento y Promoción de los sectores estratégicos claves para la infraestructura productiva.

El contrato de inversión no podrá entenderse como autorización para el desarrollo de actividades en sectores que requieran otros habilitantes como: contratos, permisos, autorizaciones, concesiones, etc.

Mientras que en el sector eléctrico los nuevos proyectos de las empresas privadas gozarán de igual tratamiento, mecanismo y condición de garantía o pago en la compra de energía acorde a las decisiones de la Comunidad Andina.

El objetivo del Sistema Nacional de Registros y Datos Públicos y organismos del estado deberán de simplificar los trámites administrativos que se realicen en el ente de los mismos. Dentro del mismo no podrán pedir copia de certificadas o fotocopia de documentos que estas entidades tengan en su poder.

El presidente de la república decretará cuando sea necesario y adecuado para satisfacer el interés público, el Estado y sus instituciones podrán delegar a la iniciativa privada la gestión de los sectores estratégicos y la provisión de los servicios públicos de electricidad.

El estado adoptará medidas específicas para apoyar la generación de competitividad a través de la reducción de costos mediante la eliminación de trámites innecesarios.

El ministerio a cargo de la política industrial conjuntamente con el organismo rector de las compras públicas desarrollará mecanismos de control para el control en la adquisición de bienes y servicios en las compras públicas.

El capítulo I regula las relaciones jurídicas entre el estado y las personas naturales o jurídicas que realizan actividades relacionadas con el tráfico internacional de mercancías.

Los procesos aduaneros deben de ser rápidos con el fin de incentivar la productividad y la competitividad nacional.

En todas las operaciones de comercio exterior se aplicarán controles por medio de la gestión de riesgos.

Toda disposición de carácter general emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador será pública.

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El territorio aduanero es el territorio nacional por el cual se aplicarán las disposiciones propuestas por el COIP.

La obligación tributaria aduanera es el vínculo jurídico personal entre el estado y las personas que operan con el tráfico internacional de mercancías; estas tienen comercio exterior como:

a) Derechos arancelarios b) Los impuestos establecidos en leyes orgánicas y ordinarias, cuyos hechos generadores

guarden el ingreso o salida de mercancíasc) Las tasas por servicios aduaneros.

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador mediante resolución creará o suprimirá las tasas por servicios aduaneros, fijará sus tarifas y regulará su cobro.

La base imponible de los derechos arancelarios es el valor de la aduana de las mercancías importadas, el mismo que será determinado según las disposiciones que rijan la valoración aduanera.

La obligación tributaria aduanera se extiende por:

o Pagoo Compensacióno Prescripcióno Aceptación del abandono expresoo Declaratoria por el abandono definitivo por las mercancías.o Pérdida o destrucción total de las mercancíaso Decomiso administrativo o judicial de las mercancías

PLAZOS PARA EL PAGO

En la liquidación y declaración sustitutiva dentro de dos días hábiles siguientes a la autorización de pago.

En las tasas el día hábil siguiente a aquel en que sea exigible la obligación. En los demás casos entre los veinte días hábiles posteriores de la notificación del

respectivo acto de determinación tributaria aduanera o del acto administrativo correspondiente.

Las donaciones provenientes del exterior a favor de las instituciones del sector público o del sector privado que sean sin fines de lucro serán exentas del pago de todos los tributos de comercio exterior.

Las operaciones aduaneras y demás operaciones derivadas de las mismas se establecerán y regularán en el reglamento del COIP.

Las unidades de carga que arriben al país para ser utilizadas como parte de la operatividad del comercio internacional quedarán sujetas al control y potestad aduanera.

El control aduanero se aplicará al ingreso, permanencia, traslado circulación, almacenamiento y salida de mercancías.

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Dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de pago de los tributos al comercio exterior el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador podrá someter a verificación las declaraciones aduaneras, así como toda la información que posea cualquier persona natural o jurídica que guarde relación con las mercancías importadas.

En el régimen aduanero por el cuál las mercancías importadas desde el extranjero pueden circular libremente en el territorio aduanero, con el fin de permanecer en él de manera definitiva, luego del pago de los derechos e impuestos a la importación.

La devolución condicionada es el régimen por el cual se permite obtener la devolución automática total o parcial de los tributos al comercio exterior pagados por la importación a las mercancías que se exporten dentro de los plazos establecidos.

Cuando se realice la transferencia de las mercancías que son retiradas del medio de transporte utilizado para el arribo al territorio aduanero y cargadas al medio utilizado para la salida del territorio aduanero realizándose a través del control aduanero.

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador tiene derecho de prenda especial y preferente sobre las mercancías sometidas a la potestad aduanera a garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias aduaneras.

Las garantías aduaneras son generales y específicas y se otorgarán, aprobarán y ejecutarán en la forma, plazos y montos que determine el reglamento.

La infracción aduanera son delitos, contravenciones y faltas reglamentarias en el COIP.

Será sancionada con prisión de dos a cinco años, multa de hasta tres veces el valor en aduana de las mercancías objeto del delito y de la incautación definitiva de las mismas, la persona que para evadir el control y vigilancia aduanera sobre mercancías cuya cuantía sea superior a diez salarios unificados del trabajador en general.

En caso de una Defraudación aduanera será sancionado con prisión de dos a cinco años y multa de hasta diez veces el valor de los tributos que se pretendió evadir.

La persona que actúa como administrador, directivo o representante de una persona jurídica y comete defraudación aduanera es personalmente responsable como autor, aunque la defraudación aduanera resulte en beneficio de la persona jurídica cuyo se interviene.

La acción penal para perseguir el delito aduanero es pública y se ejercerá conforme a lo prescrito en Código de Procedimiento Penal del delito aduanero el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador tendrá todos los derechos y facultades del Código de Procedimiento Penal del delito aduanero.

Las Fuerzas armadas y la policía nacional deberán asignar permanentemente a la administración aduanera y a sus autoridades, cuándo éstas lo requieran, el personal necesario para las actividades de control para la prevención de los delitos aduaneros.

La directora o director general será competente para establecer la responsabilidad administrativa y sancionar con suspensión revocatoria de concesión o autorización respectiva.

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Serán sancionados hasta sesenta días:

Utilicen áreas no autorizadas para el almacenamiento de mercancías sujetas a la potestad aduanera.

No hayan indemnizado al dueño o consignatario por el valor equivalente a la pérdida o daño de la mercancía.

No mantengan actualizado el inventario físico y electrónico de las mercancías. Entreguen o dispongan de las mercancías que se encuentren bajo su custodio sin

seguir el procedimiento establecido por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. No notifiquen a la autoridad aduanera la mercancía en abandono.

La subasta pública se sujetará a las normas establecidas para su efecto, tanto en el reglamento como en la prescripción de la acción penal.

El servicio de la aduana es potestad pública que ejerce el Estado, a través del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, sin perjuicio del ejercicio de las atribuciones debidamente autorizadas.