RESOLUCIÓN N° fe V - defensoriasantafe.gob.ar · CONVENIO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA...

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¿g,, wnK/ncia, df, (3/cmCa Defensoría del Pueblo RESOLUCIÓN fe V ^ SANTAFE, 2 4 AGÜ 2017 _ VISTO: El Expediente 01004-141954/17 del registro de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe, y; CONSIDERANDO: Que, en el expediente de referencia obra Convenio de Cooperación Académica, Científica y Técnica suscripto entre la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Rosario, representada por su decano, Ps. Raúl Gómez Alonso y el director de la Carrera Posgrado de "Especialización en Psicología Forense", Dr. Jorge Alejandro Degano y la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe, representada por su titular, Dr. Raúl Al- berto Lamberto; Que, las partes acuerdan la realización de actividades curriculares deno- minadas Actividades Prácticas Institucionales para los alumnos de la carrera de Posgrado de Especialización en Psicología Forense de la Facultad de Psicología de la Universidad Nacio- nal de Rosario; Que, las actividades curriculares se realizarán en el ámbito del Centro de Asistencia a la Víctima y Testigo de Delitos de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe; Que, en la clausula tercera del citado convenio se establece que la Fa- cultad de Psicología designará a los tutores docentes responsables del trabajo de los practi- cantes teniendo a cargo las tareas consignadas; Que, asimismo, la Defensoría del Pueblo designará el tutor institucional cuyas funciones se detallan en la clausula cuarta del convenio; Que, todas las obligaciones contraídas por las partes en el convenio son a título gratuito sustentadas en el espíritu de colaboración que rige las relaciones entre ellas teniendo en cuenta el interés social del compromiso asumido; L 3001 A4 - 210x297 mm Imprenta Legislativa

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¿g,,wnK/ncia, df, (3/cmCaDefensoría del Pueblo

RESOLUCIÓN N° fe V ̂

SANTAFE, 2 4 AGÜ 2017

_

VISTO:

El Expediente N° 01004-141954/17 del registro de la Defensoría del

Pueblo de la provincia de Santa Fe, y;

CONSIDERANDO:Que, en el expediente de referencia obra Convenio de Cooperación

Académica, Científica y Técnica suscripto entre la Facultad de Psicología de la Universidad

Nacional de Rosario, representada por su decano, Ps. Raúl Gómez Alonso y el director de la

Carrera Posgrado de "Especialización en Psicología Forense", Dr. Jorge Alejandro Degano y

la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe, representada por su titular, Dr. Raúl Al-

berto Lamberto;

Que, las partes acuerdan la realización de actividades curriculares deno-

minadas Actividades Prácticas Institucionales para los alumnos de la carrera de Posgrado de

— Especialización en Psicología Forense de la Facultad de Psicología de la Universidad Nacio-

nal de Rosario;

Que, las actividades curriculares se realizarán en el ámbito del Centro

de Asistencia a la Víctima y Testigo de Delitos de la Defensoría del Pueblo de la provincia

de Santa Fe;

Que, en la clausula tercera del citado convenio se establece que la Fa-

cultad de Psicología designará a los tutores docentes responsables del trabajo de los practi-

cantes teniendo a cargo las tareas consignadas;

Que, asimismo, la Defensoría del Pueblo designará el tutor institucional

cuyas funciones se detallan en la clausula cuarta del convenio;

Que, todas las obligaciones contraídas por las partes en el convenio son

a título gratuito sustentadas en el espíritu de colaboración que rige las relaciones entre ellas

teniendo en cuenta el interés social del compromiso asumido;

L3001 A4 - 210x297 mm Imprenta Legislativa

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¿a cíf, O/anuaDefensoría del Pueblo

r ~iQue, el convenio entrará en vigencia a partir de su firma, se extenderá

por el término de dos (2) años, y podrá ser renovado mediante la suscripción de un nuevo

convenio;

POR ELLO:

EL DEFENSOR DEL PUEBLO

R E S U E L V E :

ARTICULO 1°: Aprobar el Convenio de Cooperación Académica, Científica y Técnica,

suscripto en fecha 18 de agosto de 2017, entre la Defensoría del Pueblo

de la provincia de Santa Fe, representada por su titular, Dr. RAÚL ALBERTO LAMBERTO

y Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Rosario, representada por su decano,

Ps. RAÚL GÓMEZ ALONSO y el director de la Carrera Posgrado de "Especialización en

Psicología Forense", Dr. JORGE ALEJANDRO DEGANO, el cual forma parte integrante de

la presente Resolución.

ARTICULO 2°: Regístrese, comuniqúese y archívese.

Dr RAÚL A. LAMBERTODEFENSOR DEL PUEBLOPROVINCIA DE SANTA FE

3001 A4-210x297 mm Imprenta Legislativa

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CONVENIO DE COOPERACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA Y TÉCNICA

La DEFENSORÍA DEL PUEBLO DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, con sede en

calle Eva Perón 2726 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, República

Argentina, en adelante la "DEFENSORÍA", representada en este acto por su titular,

Dr. Raúl Alberto Lamberto, y la FACULTAD DE PSICOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD

NACIONAL DE ROSARIO, con sede en calle Riobamba 250 bis de la ciudad de

Rosario, representada en este acto por su Decano, Ps. Raúl Gómez Alonso y el Dr.

Jorge Alejandro Degano, Director de la Carrera de Posgrado de "Especializacion en

Psicología Forense", ad referendum del Rector de la Universidad Nacional de

Rosario, en adelante la "FACULTAD", acuerdan celebrar el presente Convenio de

Cooperación Académica, Científica y Técnica, de conformidad con las siguientes

cláusulas:

PRIMERA: Las partes acuerdan la realización de actividades curriculares

denominadas Actividades Prácticas Institucionales (API) para los alumnos de la

carrera de Posgrado de Especializacion en Psicología Forense de la Facultad de

Psicología.

SEGUNDA: Las mencionadas actividades curriculares se realizarán en en ámbito

del Centro de Asistencia a la Víctima y Testigos de Delitos (CAV) de la

"DEFENSORÍA", quedando a cargo de la Coordinación General de las mismas, en

representación de la Facultad, el Dr. Jorge A. Degano y en representación de la

"DEFENSORÍA" la Dra. María Laura Pasquero, Dichas actividades, complementarias

en la formación y especialización de los alumnos, de una duración total de 50

(cincuenta) horas, se desarrollarán bajo control académico de la "FACULTAD", sin

perjuicio del cumplimiento por parte de los alumnos de las disposiciones vigentes en

el ámbito de la "DEFENSORÍA".

TERCERA: La Facultad de Psicología designará a los Tutores Docentes

responsables del trabajo de los practicantes teniendo a cargo las siguientes tareas:

- Acompañar al cursante en el tránsito por las actividades currículares API prestando

asistencia cuando éste lo requiera.

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- Participar en la determinación de la carga y distribución horaria semanal de las

actividades curriculares API en acuerdo con el alumno y el Tutor Institucional.

- Tomar contacto con el Tutor Institucional de manera fluida a los fines de estar

informado del desarrollo y regularidad del cumplimiento de las actividades

curriculares API.

- Realizar al menos 10 (diez) horas de supervisión y asistencia al cursante.

- Informar al Responsable del Programa API sobre la situación de los alumnos y las

irregularidades si las hubiere.

- Evaluar los resultados finales de la práctica realizada por los estudiantes.

CUARTA: La "DEFENSORÍA" designará el Tutor institucional cuyas funciones serán:

- Participar en la determinación de la carga y distribución horaria semanal de las

actividades curriculares API en acuerdo con el alumno y el Tutor Docente.

- Constatar la concurrencia de los alumnos a la institución de acuerdo a lo prefijado

como periodicidad en días y horarios, recibiendo registro de ingreso y salida.

- Asignar a los alumno el/los caso/s sobre los que éstos desarrollarán las actividades

curriculares API, orientando sobre particularidades administrativas y sobre el

personal a cargo del/los mismo/s,

- Evacuar las consultas pertinentes y asistir al alumno cuando la naturaleza de las

mismas así lo requieran.

- Mantener una comunicación con el Tutor Docente y a iniciativa de éste.

- Extender una Constancia Final de la realización de fas actividades curriculares API

especificando sobre el cumplimiento formal del alumno.

QUINTA: En toda circunstancia o hecho que tenga relación con este instrumento las

partes mantendrán la individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras

técnicas y administrativas y asumirán particularmente en consecuencia, las

responsabilidades consiguientes.

SEXTA: Todas las obligaciones asumidas en este convenio son a título gratuito,

sustentadas en el espíritu de colaboración que rige la relación entre ambas partes,

teniendo en cuenta el interés social del compromiso asumido.

SÉPTIMA: Cada una de las partes se compromete a no difundir las informaciones

científicas o técnicas pertenecientes a la otra parte, a las que haya podido tener

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acceso, siempre que esas informaciones no sean de dominio público, o las partes

acuerden expresamente lo contrario. En caso de que alguna autoridad judicial o

administrativa en uso de sus facultades ordene la remisión de la información

mencionada, la parte requerida deberá dar inmediato conocimiento a la otra parte a

fin de adoptar las medidas que resulten conducentes a la tutela de sus derechos.

OCTAVA: El presente Convenio tendrá una duración de dos (2) años, a partir de su

firma y podrá ser renovado mediante la suscripción de un nuevo Convenio.

NOVENA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente convenio sin

necesidad de expresión de causa y sin lugar a indemnización fundada en la

conclusión anticipada del mismo, debiendo notificar fehacientemente su decisión a la

otra parte con una antelación no menor a UN (1) mes.

DECIMA: Las partes se comprometen a resolver en forma consensuada los

desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse en la interpretación y/o

ejecución del presente acuerdo. Agotadas las instancias jerárquicas que

correspondan, y en caso de contienda judicial se someten a la jurisdicción y

competencia de los Tribunales Federales con asiento en la ciudad de Rosario

(Provincia de Santa Fe).

En prueba de conformidad y fe de lo pactado las partes firman tres (3)

ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de Rosario a

los./ÍL días del mes de./?.L del año 2017.

iaúl Gómez AlonsoDetano

Facultad de ̂ PsicologíaUniversidad Nacional de Rosario

ejandro DegantDirector

Carrera de PosgradoEspecializacion enPsicología Forense

Dr. Raúl Alberto LambertoDefensor del Pueblo

Provincia de Santa Fe