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Unión Internacional de Telecomunicaciones CUESTIÓN 10-2/1 Informe Final UIT-D COMISIÓN DE ESTUDIO 1 4.° PERIODO DE ESTUDIOS (2006-2010) CUESTIÓN 10-2/1: Reglamentación de la concesión de licencias y autorización de servicios convergentes

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U n i ó n I n t e r n a c i o n a l d e T e l e c o m u n i c a c i o n e s

CUESTIÓN 10-2/1Informe Final

UIT-D COMISIÓN DE ESTUDIO 1 4.° PERIODO DE ESTUDIOS(2006-2010)

CUESTIÓN 10-2/1: Reglamentación de la concesión

de licencias y autorización de servicios convergentes

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DECLINACIÓN DE RESPONSABILIDAD

En la elaboración del presente informe han participado muchos voluntarios, provenientes de diversas administraciones y empresas. Cualquier mención de empresas o productos concretos no implica en ningún caso un apoyo o recomendación por parte de la UIT.

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Cuestión 10-2/1 iii

RESUMENEsta contribución se presenta como Informe Final sobre la Cuestión 10-2/1. Se basa fundamentalmente en contribuciones recibidas del Grupo de Relator sobre la Cuestión 10-2/1, así como en el Documento 1/123 elaborado por la CE 1 del UIT-D y en información sobre concesión de licencias extraída de la base de datos sobre Reglamentación Mundial de las Telecomunicaciones de la UIT. Las orientaciones y principios se elaboraron y acordaron durante la reunión del Grupo de Relator celebrada en marzo/abril de 2009.

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iv Cuestión 10-2/1

ÍNDICEPágina

1 Introducción...................................................................................................................................... 1

2 Métodos de concesión de autorizaciones......................................................................................... 3

3 Resumen de marcos jurídicos........................................................................................................... 33.1 Simplificación de las licencias............................................................................................... 3

3.1.1 Fusión de las licencias................................................................................................. 33.1.2 Licencia unificada........................................................................................................ 6

3.2 Reducción y eliminación de requisitos administrativos y oficiales para la obtención de licencias ................................................................................................................................ 7

4 Evaluación de las experiencias de los reguladores de las telecomunicaciones y la competencia...................................................................................................................................... 84.1 Experiencias con la convergencia de las licencias................................................................. 8

4.1.1 República Democrática del Congo.............................................................................. 94.1.2 República de Guinea.................................................................................................... 94.1.3 República de Corea...................................................................................................... 104.1.4 Liechtenstein................................................................................................................ 114.1.5 Lituania........................................................................................................................ 114.1.6 Tanzanía....................................................................................................................... 124.1.7 Reino Unido................................................................................................................. 14

4.2 Planes futuros para licencias convergentes............................................................................ 154.2.1 Bangladesh................................................................................................................... 154.2.2 Camerún....................................................................................................................... 154.2.3 China............................................................................................................................ 164.2.4 Nepal............................................................................................................................ 16

5 Orientaciones y recomendaciones.................................................................................................... 16

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Cuestión 10-2/1 1

CUESTIÓN 10-2/1

Reglamentación de la concesión de licencias yautorización de servicios convergentes

1 Introducción

Con la aparición de la convergencia en los mercados de las telecomunicaciones y la radiodifusión, diversos países han modificado sus reglamentos de telecomunicaciones para soportar el desarrollo de los servicios convergentes y la expansión de los mercados y la competencia, con el objetivo de promover la prestación de servicios nuevos e innovadores, la disminución de los precios y el aumento en la eficacia de la prestación de servicios, así como aumentar la variedad de ofertas a los abonados1.

Los sistemas reglamentarios tradicionales se centraban fundamentalmente en los medios específicos de las telecomunicaciones o en el servicio concreto ofrecido por el operador. Los marcos reglamentarios se basaban a menudo en servicios por cable, inalámbricos o de radiodifusión o estaban divididos en mercados locales y de larga distancia. Actualmente, con las redes convergentes, estas distinciones ya no son prácticas. Por lo tanto, las reformas dirigidas a adaptar los sistemas reglamentarios tradicionales hacia la convergencia se han centrado consecuentemente en dos elementos fundamentales: la introducción de los principios de neutralidad de tecnología y de servicio, y el establecimiento de una mayor flexibilidad en aspectos fundamentales de sus marcos reglamentarios existentes.

Estas reformas han seguido tendencias similares en todo el mundo, lo cual ha tenido una importante repercusión en los diversos aspectos de la reglamentación de las telecomunicaciones, pero sobre todo en los sistemas de concesión de licencias para ofrecer el servicio y en los derechos y obligaciones de los suministradores, incluida la interconexión, la numeración, el servicio universal y la utilización del espectro.

La reforma del sistema de concesión de licencias para ofrecer el servicio hacia la convergencia ha seguido dos tendencias principales que han sido aplicadas tanto de forma separada como de forma conjunta. La primera consiste en la simplificación de las licencias que se han concedido tradicionalmente para servicios individuales, lo que supone normalmente que un solo operador de telecomunicaciones podría poseer tantas licencias como distintos servicios ofreciese. La simplificación implica reunificar los diferentes servicios en una categorización genérica o unificar todos los servicios bajo una sola licencia o concesión, lo que se denomina a menudo licencia unificada.

1 Para más información véase infoDev/UIT, Herramienta de Reglamentación de las TIC, Módulo 6, Aspectos Jurídicos e Institucionales de la Reglamentación, Capítulo 4, Efectos de la Convergencia (2006), disponible en www.ictregulationtoolkit.org/en/Section.1254.html. Véase también Mindel De La Torre y Sofie Maddens, "Reglamentación en transición" en Tendencias en las Reformas de las Telecomunicaciones 2004/2005: Las licencias en la era de la convergencia (diciembre, 2004) de la UIT.

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Fusión de licencias y autorizacionesAmplias categorías de servicios

Dos categorías:redes y servicios

Una licencia específica para cada servicioLicencia unificada

Licencia unificada combinada con múltiples categorías de licencias y autorizaciones

Licencia unificada

Licencia individual Licencia de clase Registro Notificación Entrada abierta

2 Cuestión 10-2/1

Figura 1: Simplificación de las licencias2

La segunda ha consistido en la reducción o eliminación de los requisitos administrativos y formales para entrar en el mercado y proporcionar un servicio. Esta tendencia supone modificar la categoría de autorización general a fin de permitir la prestación de más servicios o el establecimiento de sistemas de notificación o registro que sustituyan a las licencias o a las autorizaciones generales, simplificando de esa forma el proceso de obtención y, en algunos casos, haciendo que este proceso sea automático. Por último, algunos países han optado por la desreglamentación de los servicios lo que supone la eliminación de las licencias o concesiones e incluso la supresión de la necesidad de notificar o inscribirse con un regulador.

Figura 2: Modelos para reducir los requisitos administrativos3

Normalmente, ambas tendencias se combinan para lograr una mayor simplificación y flexibilidad. Es importante observar que toda modificación debe gestionarse para minimizar las incoherencias entre las reglas nuevas y existentes. Además, las reformas en la concesión de licencias son más eficaces abordando el reto de la convergencia si se aplican los principios orientadores de neutralidad y flexibilidad tecnológica a los derechos y obligaciones de los operadores de telecomunicaciones así como otros elementos esenciales del marco reglamentario, incluida la interconexión, la numeración, el servicio universal y la utilización del espectro.

2 Documento 1/123, Regulatory trends for adapting licensing frameworks to a converged environment, 11 de septiembre de 2007.3 Documento 1/123, Regulatory trends for adapting licensing frameworks to a converged environment, 11 de septiembre de 2007.

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Cuestión 10-2/1 3

La implementación cada vez mayor de marcos de concesión de licencias convergentes ha sido reconocida por dos tendencias fundamentales, como indica la asociación GSM: la convergencia habilita tecnologías distintas (incluida la fija, la de cable y móvil) para ofrecer servicios competitivos y se ha demostrado que el aumento de la competencia redunda en un ofrecimiento de tales servicios a un menor coste y con una mayor calidad, alentando además la introducción de nuevos servicios4.

2 Métodos de concesión de autorizaciones

Teniendo en cuenta los temas reglamentarios que se derivan de la convergencia y la transición hacia un entorno de redes de próxima generación (NGN), los reguladores han empezado a adoptar el método tradicional y específico a la concesión de autorizaciones5. Existen actualmente tres amplios enfoques para conceder autorizaciones en el sector de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC).• Autorizaciones específicas al servicio: Estas autorizaciones permiten al titular de la licencia

proporcionar un tipo específico de servicio. Normalmente se exige a este titular que utilice un tipo concreto de red y de infraestructura tecnológica. Sin embargo, algunos regímenes de autorización específicos al servicio son tecnológicamente neutros (por ejemplo, el régimen de autorización de los servicios fijo y móvil en Arabia Saudita y las licencias de servicios básicos para telecomunicaciones internacionales en Canadá). Estos tipos de autorizaciones a veces se conceden como licencias individuales (particularmente en las economías en desarrollo y en transición) y a veces como autorizaciones generales.

• Autorizaciones unificadas (o globales): Estas autorizaciones son neutras desde el punto de vista tecnológico y del servicio. Permiten a los titulares de las licencias proporcionar todas las formas de servicio bajo el marco de una sola autorización utilizando cualquier tipo de infraestructura de comunicaciones y tecnologías capaces de ofrecer el servicio deseado. En muchos países, las autorizaciones unificadas se emiten como licencias individuales. No obstante, en algunos países, el proceso de concesión de autorización unificada reúne aspectos tanto de los procesos de autorización general como de los regímenes de licencias en un entorno de competencia. Estos procesos híbridos pueden describirse más adecuadamente como procesos de concesión de licencias individuales no competitivos: si bien los solicitantes no compiten para obtener un número limitado de autorizaciones debe satisfacer una cierta variedad de criterios que les califique como aptos para obtener una licencia y sus obligaciones están sujetas a un severo examen reglamentario.

• Autorizaciones multiservicio: Estas autorizaciones permiten a los proveedores de servicio ofrecer múltiples servicios bajo el marco de una sola autorización, utilizando cualquier tipo de infraestructura de comunicaciones y tecnología capaces de promocionar los servicios en cuestión. Al igual que las autorizaciones unificadas, las autorizaciones multiservicio son tecnológicamente neutras. Sin embargo, las autorizaciones multiservicio son más limitadas que las autorizaciones unificadas; se permite a los titulares de las licencias proporcionar un servicio entre un conjunto determinado de servicio pero no todos los servicios. A veces las autorizaciones multiservicio se conceden como autorizaciones generales y en otros casos como licencias individuales. No es extraño que un país cuente con regímenes de autorización general y regímenes de licencia individual para sus autorizaciones multiservicio. Las autorizaciones multiservicio individuales a menudo se otorgan utilizando un proceso de concesión de licencias individual no competitivo.

3 Resumen de marcos jurídicos

3.1 Simplificación de las licencias

3.1.1 Fusión de las licencias

La fusión de las licencias supone la reclasificación de los actuales servicios de telecomunicaciones en distintas categorías basadas en neutralidad tecnológica. Como resultado, el número de licencias se reduce y

4 Documento RGQ10-2/1/008, 10 de diciembre de 2007.5 Documento 1/178, Licensing practices in a converging ICT environment, 28 de agosto de 2008.

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4 Cuestión 10-2/1

los servicios incluidos en cada uno de ellas aumentan. Ésta ha sido la opción seguida por muchos países entre los que cabe citar Malasia, Tanzanía, Uganda y Singapur.

En Malasia, el sistema reglamentario anterior reconocía un total de 31 licencias distintas basadas en redes y servicios, tales como operadores de redes internacionales y nacionales, comunicaciones móviles, redes troncales, proveedores del servicio Internet, servicios de valor añadido, radiodifusión, etc. Para adaptar su régimen de licencias a la convergencia, Malasia redujo estas 31 licencias a las siguientes cuatro categorías neutras desde el punto de vista tecnológico6:

• El suministrador de instalaciones de red incluye todos los operadores de infraestructura de red de cualquier naturaleza (sistemas de estaciones terrenas de satélite, fibra óptica, estaciones base de sistemas de comunicaciones móviles, etc.).

• El proveedor de servicios de red abarca a los que proporcionan conectividad básica y banda ancha para soportar aplicaciones. Estas licencias permiten la conectividad y los enlaces entre las distintas redes.

• El proveedor de servicio de aplicación se asigna a los operadores que proporcionan funciones tales como voz, datos, contenido y servicios de comercio electrónico. Generalmente, los servicios de aplicaciones se consideran funcionalidades y capacidades ofrecidas a los usuarios finales.

• El proveedor del servicio de aplicación de contenido incluye los tradicionales servicios de radiodifusión (sonora y de televisión) y nuevos servicios tales como servicios de información.

En estas cuatro categorías existen dos tipos de licencias: se conceden licencias individuales para actividades con un elevado grado de reglamentación (por ejemplo, la necesidad de conceder los derechos de utilización del espectro) y registro, que se renuevan anualmente y se describen en un registro controlado por la Comisión de Comunicaciones y Multimedios de Malasia. Además, las actividades de menor importancia dentro de cada categoría están exentas del requisito de obtener una licencia.

Al igual que en Malasia, Tanzanía también ha simplificado su régimen de concesión de licencias con la introducción del marco de licencias convergente (CFL) en febrero de 2005. El CFL incluye las mismas cuatro categorías de licencias establecidas en Malasia; a saber, licencia para instalación de redes, licencia para servicio de red, licencia de servicio de aplicación y licencia de servicio de contenido 7.

Uganda también ha elaborado un nuevo régimen de concesión de licencias tecnológicamente neutro que empezó a aplicarse en enero de 2007. Bajo ese régimen, existen tres categorías de licencias: i) licencia para proveedor de servicio público; ii) licencia para proveedor de capacidad; iii) licencia para proveedor de infraestructura y iv) autorización general (Cuadro 1).

6 Véase Malaysia Communications and Multimedia Act 1998, disponible en:http://www.skmm.gov.my/mcmc/the_law/ViewAct.asp?cc=31478525&lg=e&arid=900722.

7 Para más detalles sobre el CFL véase la contribución de Tanzanía a esta Cuestión 10-2/1, Tanzania's Experience in Licensing of Communication Operators under Converged Licensing Framework, Documento RPGQ10-2/1/006-E (31 de mayo de 2007).

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Cuestión 10-2/1 5

Cuadro 1: Nuevo régimen de concesión de licencias de Uganda8

Tipo de licencia Servicios prestados bajo la licencia

Licencia de proveedor de servicio público

Categoría 1: Servicios públicos de voz y datos – Celular, servicio de voz fijo, GMPCS, acceso a Internet (incluida telefonía IP + Redes privadas virtuales), servicios de intercambio por Internet, redes privadas virtuales (VPN) no proporcionadas por Internet.Categoría 2: Reventa de capacidad – Reventa de capacidad local e internacional, tarjetas de llamada.

Licencia de proveedor de capacidad

Categoría 1: Titulares de licencias a los que ya se les ha permitido instalar infraestructura del tipo en el que ya hayan realizado inversiones; por ejemplo, proveedores de acceso a Internet con redes inalámbricas.Categoría 2: Individuos cuya actividad comercial principal no sean las telecomunicaciones pero que poseen instalaciones de comunicaciones privadas con capacidad adicional que desean revender a terceras partes.Categoría 3: Nuevos actores en el mercado de acceso a Internet que explotan sus redes utilizando las bandas de frecuencias industriales, científicas y médicas (ICM); por ejemplo, las bandas de 2,4 GHz y de 5,7 GHz.

Licencia de proveedor de infraestructura

Proveedor de infraestructura pública.Infraestructura de red privada.

Autorización general Categoría 1: Servicios de comunicaciones de pago públicos (por ejemplo, cafés Internet, teléfonos de pago, oficinas de servicios telefónicos, etc.).Categoría 2: Redes privadas.

Por último, en Singapur el sistema de concesión de licencias simplificado se compone de sólo dos tipos de licencias:• Operador basado en las instalaciones (FBO) y• Operador basado en servicio (SBO).

El primer tipo de licencias se concede a los suministradores de servicios de telecomunicaciones que instalan su propia infraestructura, tales como los operadores de redes de telefonía fija y móvil, redes troncales, etc. El segundo tipo de licencia se otorga a operadores que proporcionan servicios a través de la infraestructura de una tercera parte, como por ejemplo revendedores de servicios, proveedores de redes privadas virtuales, acceso a Internet, etc. Si bien FBO siempre toma la forma de una licencia individual, SBO puede concederse como licencia individual o autorización o notificación general, dependiendo del servicio.

Otros países, tales como India o Kenya, también han adoptado los planes de simplificación propuestos y reducciones en el número de servicios con licencia como primer paso para el establecimiento de un sistema de concesión de licencia unificada, como se indica en el siguiente punto.

8 Véase UCC, Communications Licensing Application Guidelines, disponible en www.ucc.co.ug/licensing/default.php

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6 Cuestión 10-2/1

3.1.2 Licencia unificada

Una segunda tendencia consiste en introducir un sistema de licencia unificada según el cual se crea una sola licencia que cubre una amplia gama de servicios, aunque las definiciones varían según los países. Esa tendencia se ha adoptado, o está siendo adoptada, con ciertas variaciones en muchos países tales como Argentina, Botswana, Estados Miembros de la UE, Hong Kong China, India, Jordania, Kenya, Nigeria, Perú, Trinidad y Tabago, y Uganda.9

A este respecto, en 2000, Argentina introdujo una licencia unificada que autoriza la prestación al público de todos los servicios de telecomunicaciones, ya sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura10. Si se necesita espectro para la prestación del servicio, también debe obtenerse la correspondiente autorización y/o permiso.

En la Unión Europea, el nuevo marco reglamentario11 creó un sistema similar que el de la licencia unificada, aunque perfeccionado mediante la notificación sencilla que elimina la división de las distintas licencias por redes y servicios. La licencia unificada sólo exige una previa notificación como se indica en el siguiente punto. La licencia unificada también permite la prestación de cualquier tipo de servicio de telecomunicaciones y la instalación y explotación de cualquier red de telecomunicaciones. De forma similar a Argentina, la asignación de derechos de espectro exige un permiso específico independiente de la licencia.

La Autoridad de Reglamentación de las Telecomunicaciones de la India (TRAI) ha propuesto la adopción de un régimen de licencia unificada jerárquico que puede representarse como una pirámide invertida en la cual la licencia principal comprende todos los servicios y la licencia menor cubre sólo un pequeño número de servicios12. Cabe señalar que con arreglo a la propuesta de TRAI, los servicios de radiodifusión se ofrecen a través de una licencia única o autónoma. El sistema propuesto incluye la siguiente clasificación de las licencias:• Licencia unificada (única).• Licencia de clase.• Licencia por autorización.• Licencia autónoma para los servicios de radiodifusión y de televisión por cable.

La licencia unificada (única) permite la prestación de todos los servicios de telecomunicaciones incluidos los servicios autorizados a través de las restantes categorías de licencias (licencia de clase y licencia por autorización). La licencia de clase cubre los servicios concedidos bajo la licencia por autorización, servicios VSAT y servicios nicho (servicios en zonas rurales con densidad telefónica inferior al uno por ciento). La licencia por autorización incluye los restantes servicios. Entre ellos, acceso a Internet y radiomensajería. Por último, para el caso de los servicios de radiodifusión y de televisión por cable, el sistema de licencias requiere una licencia autónoma.

9 Documento 1/178, Licensing practices in a converging ICT environment, 28 de agosto de 2008. Tanzanía se ha incluido en la categoría anterior puesto que el sistema que ha adoptado es el de fusión de licencias.

10 Se define telecomunicaciones como cualquier transmisión, emisión o recepción de signos, señales, escritura, imágenes, sonidos o información de cualquier naturaleza por cable, electricidad, medios ópticos y/o cualquier otro sistema electromagnético. Artículo 3 y Artículo 5.1 de Reglamentación de Licencias de Servicios de Telecomunicaciones. Esta definición es casi la misma que utiliza la UIT para el término telecomunicación.

11 Diario Oficial de las Comunidades Europeas, Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de marzo de 2002 relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva Marco), disponible en ec.europa.eu/information_society/topics/telecoms/regulatory/new_rf/index_en.htm#reg.

12 De acuerdo con "Consultation Paper on Licensing Issues relating to Next Generation Networks" de TRAI publicado el 27 de enero de 2009, el Gobierno no ha aceptado las Recomendaciones de la TRAI para el régimen de licencias unificado. (Puede consultarse en www.trai.gov.in/WriteReadData/trai/upload/ConsultationPapers/163/cpaper27jan09no3.pdf). A partir del 24 de marzo de 2009, TRAI ha incluido en la red "Comments of Stakeholders received on Consultation Paper on Licensing Issues related to Next Generation Networks (NGN)" (disponible en www.trai.gov.in/ConsultationPapers_content.asp)

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LICENCIA UNIFICADATodos los servicios salvo los de radiodifusión

LICENCIA DE CLASECubre los servicios bajo la licencia de

autorización, VSAT y operadores nicho

LICENCIA MEDIANTE

AUTORIZACIÓN Restantes servicios (por

ejemplo, acceso a Internet y radio-mensajería)

LICENCIA AUTÓNOMAServicios de radiodifusión y de televisión

por cable

Cuestión 10-2/1 7

Figura 3: Sistema jerárquico de licencia unificada propuesto en India13

La Comisión de Comunicaciones de Nigeria (NCC) introdujo en marzo de 2006 un régimen de concesión de licencias unificadas que cubre varios servicios de telecomunicaciones. La licencia se concede como una licencia individual con arreglo a la Ley de Comunicaciones de Nigeria 14. Específicamente, el sistema de concesión de licencia unificada para servicios de acceso cubre la telefonía fija (alámbrica o inalámbrica), los servicios móviles digitales, los servicios de cabecera internacionales, los servicios nacionales de larga distancia y los servicios regionales de larga distancia. NCC también ha establecido criterios que deben satisfacer los titulares de las licencias para lograr la transición hacia una licencia unificada 15.

3.2 Reducción y eliminación de requisitos administrativos y oficiales para la obtención de licencias

Como se ha explicado anteriormente, la segunda tendencia seguida para adaptar los regímenes de licencias a la convergencia consiste en reducir o eliminar los requisitos oficiales y administrativos para la prestación de servicios. Esta tendencia sigue varias etapas, desde la mejora del ámbito de las autorizaciones generales o la aplicación de un sistema de notificación o inscripción hasta la desreglamentación de los servicios. El sistema de inscripción o notificación sustituye el proceso de concesión de licencias o autorizaciones generales simplificando de esa manera el proceso de obtención de licencias y, en algunos casos, haciéndolo automático, mientras que la desreglamentación de servicios elimina el requisito de obtener una licencia o concesión previa. Cada una de estas etapas tiene las siguientes características.

Las licencias individuales incluyen condiciones específicas del servicio, señalando los derechos y obligaciones del servicio para el que se ha concedido la licencia. Además, cada una de las licencias se aprueba caso por caso para un servicio y titular de licencia particulares. No obstante, las autorizaciones generales establecen un sistema general de derechos y obligaciones que se aplica a todos los operadores mediante la misma autorización y el proceso de concesión es más directo ya que no exige un examen exhaustivo de la solicitud como en el caso de la licencia individual.

13 Véase Recommendations on Unified Licensing de TRAI (13 de enero de 2005), disponible en www.trai.gov.in/trai/upload/Recommendations/13/recom13jan05.pdf. Véase también el Documento 1/123, Regulatory trends for adapting licensing frameworks to a converged environment, 11 de septiembre de 2007.

14 Ley de Comunicaciones de Nigeria de 2003, disponible en www.ncc.gov.ng/index4.htm 15 Véase la Comisión de Comunicaciones de Nigeria, marco de concesión de licencias para el servicio de acceso unificado en

Nigeria, www.ncc.gov.ng/RegulatorFramework/unifiedLicensingFramework.htm

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8 Cuestión 10-2/1

El sistema de inscripción supone un paso más allá de la autorización en la que las condiciones del servicio general se aplican a los operadores que sólo deben inscribir su solicitud para proporcionar el servicio. El análisis y aprobación de la solicitud del operador se minimiza y queda reducido a una simple formalidad.

Por último, la notificación es el último paso previo a la desreglamentación del servicio. En esta etapa, un operador no tiene ni siquiera que esperar la aprobación del organismo administrativo para proporcionar el servicio y es libre de ofrecer dicho servicio una vez cumplimentada la notificación. Los términos y condiciones del servicio también son de aplicación general.

Como se ha detallado anteriormente, la mayoría de los sistemas de simplificación y licencia unificada limitan la licencia individual a servicios específicos, que a menudo incluyen la utilización de espectro, y amplían los servicios concedidos mediante una autorización general. En algunos casos, como sucede en Malasia y Singapur, algunos servicios requieren simplemente una notificación.

En otros países, tales como los Estados Miembros de la UE, se ha establecido un régimen de inscripción y notificación completo para la prestación de servicios de telecomunicaciones. En la Unión Europea, la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas así como la instalación o explotación de redes está sujeta a una notificación a la correspondiente autoridad de reglamentación nacional bajo un régimen de autorización general. Las autorizaciones generales para la prestación de redes o servicios de comunicaciones electrónicas sustituyeron a las licencias individuales en 2002 16. Aunque puede exigirse a una entidad que presente una notificación, un regulador nacional puede que no exija a una entidad la obtención de una aprobación específica antes de que inicie sus operaciones. Sin embargo, continúa existiendo un esquema especial para conceder derechos sobre las frecuencias, números y otros recursos escasos, así como disposiciones para la designación de ciertas funciones de servicio universal.

Por último, hay países que han eliminado efectivamente las autorizaciones así como las notificaciones e inscripciones para la prestación de ciertos servicios, bajo el argumento de que tales servicios caen fuera del ámbito de jurisdicción del regulador o, simplemente, basándose en una decisión explícita del regulador que ha decidido no regular un servicio específico. En general, éste es el método seguido por Estados Unidos con respecto al acceso a Internet, que ha sido clasificado por la FCC como un servicio de información no regulado bajo la Ley de Comunicaciones, con objeto de promover el continuo desarrollo de Internet17.

4 Evaluación de las experiencias de los reguladores de las telecomunicaciones y la competencia

4.1 Experiencias con la convergencia de las licencias

De acuerdo con las respuestas a la encuesta incorporadas a la base de datos sobre Reglamentación Mundial de las Telecomunicaciones de la UIT, además de los casos antes indicados, 11  países han introducido un sistema de licencia al menos para algunos servicios: Botswana, Bhután, Egipto, Guinea Ecuatorial, Letonia, Maldivas, Malí, Mauritania, Namibia, Senegal y Eslovenia. Además, 81 respuestas indicaban la utilización de licencias individuales, 28 señalaban la utilización de autorizaciones generales o licencias de clase y diez de ellas comunicaban que permitían la explotación de algunos servicios sin licencia. Estas categorías no son mutuamente exclusivas. Los reguladores pueden utilizar una combinación de distintos métodos de concesión de licencias dependiendo del servicio y del marco jurídico correspondiente. Además, como se ha indicado anteriormente, las definiciones de concesión de licencias unificadas varían según los países.

Los puntos siguientes indican las experiencias comunicadas por los reguladores de las telecomunicaciones y la competencia con respecto a los marcos de concesión de licencias para servicios convergentes.

16 Directiva 2002/21/EC del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de marzo de 2002 relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco) y Directiva 2002/20/CE de 7  de marzo de 2002 relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización).

17 47 U.S.C. § 230 (b). Véase también, con respecto a los módem de cable y a los servicios de banda ancha alámbricos: (i) In Re Inquiry Concerning High-Speed Access to the Internet Over Cable and Other Facilities and Internet Over Cable Declaratory, and Appropriate Regulatory Treatment for Broadband Access to the Internet Over Cable Facilities, and Appropriate Framework for Broadband Access to the Internet Over Cable Facilities, Declaratory Ruling and Notice of Proposed Rulemaking (NPRM), GN Docket No. 00-185, and CS Docket No. 02-52 (publicación de la FCC de 15 de marzo, 2002); y (ii) In Re Appropriate Framework for Broadband Access to the Internet Over Wireline Facilities; Universal Service Obligations of Broadband Providers; and associated dockets, Report and Order and NPRM, CC Docket No. 02-33, CC Docket No. 01-337 et al. (publicación de la FCC de 23 de septiembre de 2005).

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4.1.1 República Democrática del Congo18

En la República Democrática del Congo (DRC), los titulares de las licencias tienen derecho a utilizar las tecnologías y equipos de su elección para proporcionar los servicios de telecomunicaciones. Este principio sirve para que el sistema de concesión de licencias sea lo suficientemente flexible como para adaptarse a los rápidos cambios tecnológicos que experimenta el sector.

Con respecto a las redes de próxima generación, la ley actual no hace mención a la concesión de licencias para servicios convergentes. Sin embargo, en la práctica la convergencia se está acomodando de hecho en el proceso de concesión de licencias mediante la concesión de licencias WiMAX y 3G actualmente en curso. Evidentemente, la actual filosofía se basa en la convergencia de los servicios (telefonía, Internet, datos, multimedios, etc.) que pasan de ser tripartitos a cuatripartitos en una sola oferta con una sola conexión del abonado, tendiendo de esa forma hacia un mercado unificado.

DRC ha concedido dos licencias WiMAX basándose en el principio de un contrato negociado, en ausencia de un procedimiento oficial. Ya se ha iniciado un proyecto para la venta de la licencia 3G mediante consulta pública y sobre el cual un cierto número de operadores ya han expresado su interés.

Con respecto al procedimiento de concesión de este tipo de licencia, el regulador está considerando un procedimiento regulado basándose en una solicitud de ofertas, en una subasta o, posiblemente, en una concesión por concurso.

A nivel gubernamental, se está elaborando un proyecto de documento sobre política nacional de las TIC que facilitará el camino para establecer los indicadores objetivo y las metas que pueden servir como base para la concesión de licencias de servicios convergentes. Aún no han podido completarse todas estas etapas teniendo en cuenta el número de dificultades que han aparecido, tales como la ausencia de una política gubernamental general.

4.1.2 República de Guinea19

En 2005, la República de Guinea adoptó varias reglamentaciones nuevas sobre comunicaciones y radiocomunicaciones destinadas a liberalizar el sector de las TIC y promover el desarrollo de tecnologías avanzadas y convergentes20. El Ministerio de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías de la Información (MCNTI) reformó el marco de las comunicaciones para favorecer la convergencia estableciendo un régimen de licencias y autorizaciones. La Ley de Telecomunicaciones establece un régimen de licencias de cuatro categorías:• licencias;• autorizaciones;• declaraciones; y• servicios no regulados.

Con arreglo a la ley, las licencias deben obtenerse por:• establecimiento y/o explotación de redes o servicios públicos de telecomunicaciones;• establecimiento y explotación de redes independientes que utilizan el dominio público

(servidumbres de paso sobre terreno público) y que utilizan sistemas de radiocomunicaciones;• provisión del acceso a Internet.

El MCNTI concede licencias bajo la recomendación de la Autoridad de la Reglamentación de Correos y Telecomunicaciones (ARPT). Las condiciones generales en las licencias proporcionan los derechos y obligaciones de los titulares de las licencias y se aplican uniformemente a todos ellos en la misma red o categoría de servicio para garantizar un tratamiento equitativo de todos los operadores. Se exige a los operadores que respeten los principios y reglas, incluidas las relativas a la no discriminación,

18 Documento RGQ 10-2/1/020 de 2 de marzo de 2009.19 Documento RGQ10-2/1/023, 19 de marzo de 2009.20 Ley L/2005/018/AN sobre modificación de las disposiciones de la Ley L/92/016/CTRN relativa a la reglamentación general de

las telecomunicaciones; Ley L/2005/019/AN de 8 de septiembre de 2005 sobre modificación de las disposiciones de la ley L/95/018/CTRN sobre reglamentación de las radiocomunicaciones en la República de Guinea.

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confidencialidad, neutralidad tecnológica y no interferencia con las redes y servicios de otros proveedores. Los operadores dominantes tienen más obligaciones, incluida la contribución al acceso universal y la prestación de servicios de llamada de emergencia gratuita.

Existen actualmente cinco operadores de telecomunicaciones (Sotelgui, Areeba, Intercel, Orange y Cellcom) así como una docena de proveedores de acceso a Internet. El Gobierno tiene previsto reducir la pobreza y satisfacer los objetivos del proyecto del Milenio de las Naciones Unidas mejorando el acceso equitativo y no discriminatorio a los servicios a toda la población. El Gobierno también pretende reducir la brecha digital aumentando las tasas de penetración de los siguientes servicios TIC:• Redes de la próxima generación del 0,5% al 25%.• Servicio telefónico del 7,6% al 25%.• Cobertura de radiocomunicaciones del 75% al 95%.

4.1.3 República de Corea

La República de Corea presentó un caso de estudio sobre regulación del servicio móvil de voz sobre IP (VoIP), suministrando información sobre la situación actual de la reglamentación y sobre las clasificaciones del servicio y actividades comerciales en vigor21. Corea utiliza tres clasificaciones comerciales para los proveedores de telecomunicaciones: empresas comerciales de telecomunicaciones basadas en las instalaciones (responsables de la instalación de las líneas de telecomunicaciones), actividades comerciales de reventa (utilizando líneas proporcionadas por las empresas comerciales de telecomunicaciones basadas en instalaciones e instalación de medios de telecomunicaciones dentro de los edificios) y actividades comerciales de comunicaciones de valor añadido (instalaciones de telecomunicaciones en líneas arrendadas obtenidas de los suministradores de telecomunicaciones basados en las instalaciones). En términos de servicios de telecomunicaciones, Corea utiliza dos clasificaciones: servicios de telecomunicaciones basados en instalaciones y servicios de comunicaciones de valor añadido. Los primeros incluyen los servicios de telefonía y de líneas arrendadas, los servicios inalámbricos con atribuciones de espectro, los servicios de conexión a Internet, VoIP y otros servicios. Los servicios de valor añadido incluyen el resto de servicios de telecomunicaciones.

Si bien VoIP fue introducido por primera vez como un servicio de línea fija, los avances tecnológicos han hecho posible introducir la VoIP móvil (es decir, VoIP a través de Internet inalámbrica o redes inalámbricas de banda ancha). Este desarrollo provocó que los reguladores coreanos fueran responsables de determinar la forma de abordar la entrada de los proveedores de VoIP móvil en el actual mercado del servicio móvil. Cuando Corea presentó la contribución al Grupo de Relator, los reguladores estaban considerando diversas hipótesis para la reglamentación de este mercado convergente.

La República de Corea también proporcionó un estudio de caso sobre IPTV y las diversas barreras para su adopción en Corea, incluido el entorno reglamentario22. En Corea, la demanda para la reglamentación relativa a IPTV difiere entre los distintos operadores de telecomunicaciones y organismos de radiodifusión y entre los reguladores de telecomunicaciones y los reguladores de la radiodifusión. Los reguladores de telecomunicaciones y los operadores de telecomunicaciones consideran la IPTV como un servicio total; por ejemplo, un nuevo servicio convergente distinto de los existentes y que, por consiguiente, exige una reglamentación ligera. Mientras tanto, los reguladores de radiodifusión y los organismos de radiodifusión consideran IPTV como un servicio idéntico al servicio por cable existente, citando los programas de televisión programados contenidos en IPTV como una evidencia de este razonamiento y solicitando, en consecuencia, la misma regulación que se aplica al servicio por cable de conformidad con el principio consistente en establecer las mismas regulaciones para los mismos servicios 23. Además, insisten en que como los proveedores de radiodifusión por satélite y los operadores de TV digital por cable sólo puede proporcionar servicio de vídeo por demanda (VOD) tras obtener la aprobación de los reguladores de radiodifusión, un operador de telecomunicaciones que pretenda ofrecer servicio VOD debe también obtener aprobación como operador de radiodifusión.

21 Documento RGQ10-2/1/009, de 13 de diciembre de 2007.22 Documento RGQ10-2/1/010, de 13 de diciembre de 2007.23 El sector de telecomunicaciones considera IPTV como un servicio de convergencia de banda ancha y el sector de radiodifusión

como un servicio multimedios fijo.

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Con respecto a los organismos de reglamentación implicados en un entorno de convergencia, las organizaciones reglamentarias de Corea han sufrido ciertas complicaciones hasta el establecimiento de la Comisión de Radiodifusión y Comunicaciones de Corea (BCC) en febrero de 2008. Antes de crear la BCC, la responsabilidad sobre el sector de la radiodifusión y las comunicaciones estaba compartida entre distintos ministerios y organismos. El Ministerio de Asuntos Interiores y Comunicación (MIC) y la Comisión de Comunicaciones de Corea (KCC) regulaban las comunicaciones mientras que el Ministerio de Cultura y Turismo era responsable de algunas políticas de radiodifusión y del derecho de permitir y aprobar las actividades comerciales de radiodifusión. Este entorno reglamentario sin integrar obstaculizaba el desarrollo de tecnologías convergentes tales como la IPTV ya que, estructuralmente hablando, era muy difícil discutir y llegar a un acuerdo sobre la agenda relativa a la convergencia de las telecomunicaciones y la radiodifusión.

4.1.4 Liechtenstein24

El paquete de telecomunicaciones de la Unión Europea de 2002 (Directiva marco, Directiva autorización, Directiva de servicio universal, Directiva de acceso, Directiva de privacidad y comunicaciones electrónicas, Directiva de competencia y una decisión sobre gestión del espectro de frecuencias) fue adoptado en la Ley de Comunicaciones de 2006 y las regulaciones nacionales pertinentes en Liechtenstein.

El objetivo de la Ley de Comunicaciones es proporcionar un marco neutral desde el punto de vista tecnológico para las comunicaciones electrónicas para todas las redes y servicios de comunicaciones electrónicas, ya se trate de redes de comunicaciones fijas y móviles, redes de satélite de banda ancha o redes móviles terrenales, y para los servicios ofrecidos.

Los cambios innovadores en el nuevo marco de comunicaciones electrónicas no exigen un régimen de licencias y los nuevos servicios y actividades en la industria de las comunicaciones electrónicas podrían ofrecerse sin una licencia, sin embargo deben ser registrados ante la autoridad de reglamentación nacional.

4.1.5 Lituania25

De acuerdo con la Ley de Telecomunicaciones de 2002, las licencias para las actividades de telecomunicaciones quedaron abolidas desde el 1 de enero de 2003. El derecho de llevar a cabo estas actividades se concede sin una autorización individual según los requisitos establecidos en documentos jurídicos. De acuerdo con los términos y condiciones generales de la prestación de actividades de telecomunicaciones, todas las empresa que pretendan comprometerse en la provisión de redes y/o servicios de telefonía fija pública, en la provisión de redes y/o servicios de telefonía móvil pública así como en la prestación de servicios de redes arrendadas deben presentar únicamente una notificación indicando cuando van a iniciar las actividades de telecomunicación. Lituania fue uno de los primeros países de la Unión Europea en suprimir el sistema de licencias y pasar a un sistema de autorización general en el sector de las telecomunicaciones.

Desde la liberalización del mercado de redes y servicios de telefonía fija pública de Lituania en enero de 2003 y la introducción de la nueva Ley, el sector de telecomunicaciones de Lituania ha sufrido una rápida y fructífera transformación. Cabe señalar que las bajas tasas administrativas han creado las condiciones previas para establecer unos precios del servicio bajos en el mercado minorista.

La Ley sobre Comunicaciones Electrónicas de 2004 entró en vigor el 1 de mayo de 2004. Su objetivo fundamental era trasladar las directivas de la UE de 2002 al nuevo marco reglamentario para las comunicaciones electrónicas y servicios asociados en la legislación nacional. La Ley introdujo la neutralidad tecnológica como un objetivo de la reglamentación.

Con respecto a la radiodifusión, en 2006, la Ley sobre Prestación de Información al Público que regula las actividades de radiodifusión fue modificada para suprimir el requisito de obtención de licencia en ciertas actividades de radiodifusión; es decir, la Ley no exige la obtención de licencias para actividades no destinadas a la radiodifusión de programas y/o a la rerradiodifusión o para la radiodifusión con objetivos no comerciales. Está prevista una nueva adaptación del sistema reglamentario a las condiciones de convergencia con la transposición del marco jurídico de la UE de 2007 modernizado para los servicios de medios audiovisuales (Directiva 2007/65/EC). El objetivo de la nueva Directiva 2007/65/EC es establecer un marco

24 Documento RGQ10-2/1/014 de 5 de enero de 2008.25 Documento RGQ10-2/1/016 de 21 de febrero de 2008.

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moderno y flexible para los organismos de radiodifusión de televisión incluidos otros servicios de medios audiovisuales lineales (programados) e introducir un conjunto mínimo de reglas para servicios de medios audiovisuales no lineales (por demanda).

Con relación al espectro, al liberalizar las condiciones de utilización de las radiofrecuencias, la autoridad de reglamentación de las comunicaciones de la República de Lituana (RRT) se esforzó en alentar a los participantes en el mercado a proporcionar la mayor gama posible de modernos servicios inalámbricos y a utilizar de la manera más eficaz posible los limitados recursos nacionales disponibles. Como los mercados y las nuevas tecnologías evolucionan en condiciones de convergencia, la reglamentación tiende inevitablemente a ser más liberal y más neutral desde el punto de vista de la tecnología/el servicio.

El régimen de autorización general implantado desde enero de 2003 ha producido resultados favorables en el desarrollo del mercado. Los segmentos a los que no se ha aplicado aún el sistema de autorización general se regularán bajo este sistema en el futuro una vez introducidas las correspondientes modificaciones a los documentos jurídicos pertinentes. Dado que la regulación neutral desde el punto de vista tecnológico, como ha podido experimentar el sector tradicional de servicios de telecomunicaciones, impulsa los incentivos del mercado para invertir y desarrollar tecnologías avanzadas, se ofrece a los usuarios el mejor servicio en cuanto a precio y calidad, lo cual también ayuda a garantizar mejor los intereses de los usuarios y a aumentar la competitividad económica global.

4.1.6 Tanzanía26

En febrero de 2005, la Autoridad de Reglamentación de Comunicaciones de Tanzania (TCRA) introdujo el Marco de concesión de licencias convergentes (CLF) tras finalizar el periodo de exclusividad otorgado al operador tradicional de líneas fijas. Bajo la reglamentación de comunicaciones (concesión de licencias) (2005), el CLF engloba la neutralidad tecnológica y de servicio y pretende garantizar la flexibilidad reglamentaria, la utilización eficaz de los recursos de las redes y la aparición en el mercado de operadores a pequeña escala.

Como puede verse en el Cuadro 2, el Plan de las Regulaciones proporciona servicios en cuatro segmentos de mercado (internacional, nacional, regional y de distrito) para las siguientes cuatro categorías de licencias:• instalación de red: autoriza a los titulares de las licencias a instalar, poseer, controlar y proporcionar

acceso a instalaciones de comunicaciones electrónicas tales como enlaces fijos, transmisores de comunicaciones radioeléctricas, estaciones de satélite, cables submarinos, cables de fibra óptica/de cobre, mástiles, centrales de conmutación, etc.;

• servicios de red: autoriza a los titulares de las licencias a explotar y mantener redes de comunicaciones electrónicas públicas utilizando cualquier tecnología tal como GSM o AMDC;

• servicios de aplicación: autoriza a los titulares de las licencias a proporcionar servicios de comunicaciones electrónicas a usuarios finales mediante instalaciones privadas o servicios de reventa a partir de proveedores de servicios de instalaciones/red con licencia; y

• servicios de contenido: Autoriza a los titulares de las licencias a proporcionar servicios de contenido para la radiodifusión.

Entre diciembre de 2005 y junio de 2008, la TCRA concedió más de 150 licencias bajo el CLF, destinadas tanto a titulares de licencias ya existentes (que se han transferido al CLF) como a nuevos solicitantes que han decidido emprender una actividad empresarial en el sector de las comunicaciones.

Además del aumento del número de operadores, el número de abonados pasó de 3 118 157 en 2005 a 9 523 392 en marzo de 2008, hecho que la TCRA atribuye al mayor número de titulares de licencias de telecomunicaciones.

Puede extraerse un cierto número de lecciones del CLF de Tanzania que pueden ser útiles para países que pretendan introducir procedimientos de concesión de licencias convergentes.• Flexibilidad: TCRA comprometió a los interesados, especialmente operadores, en un diálogo y

proporcionó un calendario de tiempo flexible para implementar el CLF. Aunque el periodo de gracia inicial para que los operadores de comunicaciones existentes se transfiriesen al CLF fue

26 Documento RGQ 10-2/1/021 de 25 de febrero de 2009.

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de 12 meses, la TCRA amplió dicho periodo otros seis meses ya que los operadores no tenían claro qué categoría de licencia debían solicitar. TCRA celebró varias reuniones con los operadores para formarles sobre el CLF y explicarles sus ventajas. Además, se solicitó a los titulares de las licencias que presentasen planes de implantación como un apéndice a su licencia y una condición de la licencia permite revisar anualmente el plan, dando a los titulares la oportunidad de modificar estos planes de implantación para acomodarse a las nuevas tecnologías y servicios.

• Regulaciones de incentivación: A los operadores que debían realizar la transferencia se les incentivó excluyendo las tasas de aplicación y las tasas de licencia iniciales y ofreciéndoles una mayor duración de la licencia; específicamente se estableció que el periodo de concesión de la nueva licencia se iniciaría a partir de la fecha de emisión de licencia independientemente de la duración restante de las licencias existentes.

• Ritmo lento en la instalación de redes convergentes: Aunque el CLF se introdujo hace más de cuatro años, la instalación de redes convergentes, especialmente las NGN, se ha producido de manera lenta. Una posible razón es la falta de comprensión del CLF que es el trayecto de transición hacia las NGN.

El CLF también se ha enfrentado a un cierto número de retos. El más crítico de ellos es garantizar que los precios de los bienes y servicios de comunicaciones son asequibles, de manera que puedan satisfacerse las expectativas de los usuarios. Otro reto para la TCRA es mantener un marco claro, completo y transparente en el sistema de concesión de licencias. Por último, tras introducir la competencia y el CLF, cada vez reviste más importancia garantizar que el espectro se asigna a solicitantes que han presentado sólidos planes comerciales y técnicos, y cuentan con la capacidad financiera y técnica necesaria para proporcionar los correspondientes servicios de comunicaciones.

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Cuadro 2: Número de operadores con licencia bajo el CLF de Tanzanía (30 de junio de 2008)27

Tipo de licencia Segmento de mercado Número de licencias concedidas

1. Instalación de red Internacional 4Nacional 8

2. Servicios de red Internacional 4Nacional 8

3. Servicio de aplicación Internacional 12Nacional 41

Regional 54. Servicio de contenido Televisión nacional 5

Radiodifusión sonora nacional

5

Televisión regional 1Radiodifusión sonora regional

6

Televisión de distrito 18

Radiodifusión sonora de distrito

30

Televisión comunitaria 0Radiodifusión sonora comunitaria

2

Servicios de soporte para los servicios de contenido de satélite por suscripción

3

4.1.7 Reino Unido28

Para preparar al Reino Unido a los retos que suponen las comunicaciones convergentes entre la tecnología de la información y la radiodifusión, el Gobierno redactó la Ley de Comunicaciones de 2003. Esta ley aborda la convergencia de las telecomunicaciones y la radiodifusión reformando los marcos reglamentarios e incluyendo la introducción de un solo regulador para todo el sector de comunicaciones electrónicas. La ley pretende crear un marco con gran visión de futuro estableciendo un regulador que colabore con los interesados y se acomode al incremento de los servicios convergentes en las comunicaciones y la radiodifusión.

La Ley establece:• la Oficina de comunicaciones (Ofcom) que es el regulador único que combina el cometido de los

cinco reguladores previos (Oftel, Comisión de televisión independiente, Agencia de radiocomunicaciones, Autoridad de radiocomunicaciones y Comisión de normas de radiodifusión);

• que Ofcom aplique las disposiciones de la Ley de competencia y otra legislación sobre competencia al sector de comunicaciones;

• libertad para que nuevos solicitantes proporcionen redes y servicios de comunicaciones sin tener que solicitar una licencia;

27 Documento RGQ 10-2/1/021 de 25 de febrero de 2009.28 Documento 1/048 de 6 de septiembre de 2006.

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• comercio del espectro radioeléctrico;• un sistema nuevo y más coherente para la regulación de la radiodifusión;• mayor libertad para que los organismos del servicio público de radiodifusión se regulen ellos

mismos.

Complementando las políticas de comercialización y liberalización, el Reino Unido pretende establecer mecanismos de mercado en la gestión del espectro creando un sistema de concesión de licencias más flexible al liberalizar los términos de la licencia para permitir a los titulares cambiar la utilización sin tener que realizar la solicitud al regulador. Ofcom está trabajando en la definición de licencias flexibles y tecnológicamente neutras protegiendo a la vez contra la interferencia a otros titulares de licencias.

En su papel de regulador poco intrusivo, Ofcom pretende separarse del cometido clásico de gestión central y aumentar la utilización de servicios exentos de licencia. La exención de licencia se examina detenidamente en particular para casos de dispositivos de baja potencia y se implantará en la medida de lo posible puesto que es un área fundamental para la innovación y el crecimiento.

4.2 Planes futuros para licencias convergentes

4.2.1 Bangladesh

De acuerdo con su contribución al Grupo de Relator29, Bangladesh tiene previsto pasar en 2011 a un régimen de concesión de licencias que sea neutral desde el punto de vista tecnológico y de servicio lo que permitirá a los operadores incorporar nuevos desarrollos tecnológicos y ser más flexibles y creativos en el desarrollo de servicios de comunicaciones. Actualmente, la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones de Bangladesh (BTRC) no tiene planes para conceder licencias convergentes pero considerará la convergencia en un nuevo régimen de concesión de licencias en el futuro. Mientras tanto, Bangladesh solicitará a la UIT orientación para realizar una transferencia gradual del actual régimen de concesión de licencias a un régimen de licencias convergentes.

4.2.2 Camerún30

El Gobierno de Camerún es consciente de que sus leyes y reglamentación de telecomunicaciones deben revisarse para adaptarlas a las tecnologías convergentes y promover las mismas. Estas reformas requerirán la cooperación de varios ministerios y organismos, incluido el Ministerio de Correos y Telecomunicaciones (MINPOSTEL), el Ministerio de la Comunicación (MINCOM), la Agencia de Reglamentación de las Telecomunicaciones (ART), la Agencia Nacional de Tecnologías de la Información y de la Comunicación (ANTIC) y el Consejo Nacional de la Comunicación (CNC). Camerún también pretende armonizar su marco jurídico y sus regulaciones con la Comunidad Europea y Monetaria de los Estados de África Central (CEMAC).

La Ley de Telecomunicaciones de 1998 dio inicio al proceso de liberalización en Camerún estableciendo a la ART como organismo regulador independiente responsable de la reglamentación y control del sector de telecomunicaciones, incluida la gestión de las frecuencias radioeléctricas para las telecomunicaciones 31. Aunque la ART gestiona las frecuencias radioeléctricas para las telecomunicaciones no cuenta con autoridad para regular el espectro, responsabilidad que sigue manteniendo MINPOSTEL, mientras que el control del espectro de radiodifusión la tiene MINCOM.

El régimen de concesión de licencias aparece en la Ley de Comunicaciones de Camerún y establece tres categorías: concesiones, autorizaciones y declaraciones.• Las concesiones otorgan a las entidades el derecho de establecer y/o explotar redes de

telecomunicaciones públicas.• Las autorizaciones permiten a las entidades establecer redes de telecomunicaciones con objeto de

ofrecer un servicio de telecomunicaciones públicas distinto a los servicios de telecomunicaciones

29 Documento RGQ 10-2/1/022 de 18 de marzo de 2009.30 Documento RGQ 10-2/1/012 de 18 de enero de 2008.31 Ley N.° 098 de 14 de julio de 1998 sobre las telecomunicaciones en Camerún.

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básicas, tales como servicios de Internet y de valor añadido. Tales autorizaciones requieren la obtención de licencias y, por consiguiente, los operadores pueden tener varios tipos de licencias.

• Las declaraciones permiten a las entidades establecer redes privadas, de corto alcance y baja capacidad.

4.2.3 China32

Un reto significativo en la reglamentación de telecomunicaciones de China es la forma de ajustarse al entorno del mercado convergente. Con el advenimiento de las nuevas tecnologías y servicios, la convergencia se ha convertido en la tendencia principal en la industria de las telecomunicaciones de todo el mundo. Incluye la convergencia de las redes fijas y móviles; las telecomunicaciones, Internet y las redes de radiodifusión y televisión; y la industria de las redes de la próxima generación.

El Gobierno de China concede gran importancia a la convergencia de las tres redes. En 2001, la cuarta reunión del Congreso Nacional del Pueblo, ratificado como “Directrices para el 10º plan quinquenal", consideró que la nación debe promover la convergencia de las industrias de las telecomunicaciones, la televisión y el sector informático. En 2005, el "11º plan quinquenal" mencionó que el acomodo de la capacidad de la infraestructura de la información debe satisfacer los requisitos de la informatización, que la capacidad de servicio universal debe mejorarse notablemente, que es esencial lograr la convergencia de las tres redes y que puede establecerse el mecanismo preliminar de compartición de la información.

Con respecto al sistema reglamentario de China, existen dos autoridades independientes. El Ministerio de Industria y Tecnología de la Información (MIIT) es el responsable de la construcción, explotación y gestión de las redes de telecomunicaciones e Internet y fue establecido en 2008 por el Congreso Nacional del Pueblo mediante la fusión de varios ministerios anteriores. La Administración de Estado de Radiodifusión y Televisión (SARFT) es responsable del contenido de los servicios de radiodifusión sonora y televisión.

En China, algunos nuevos servicios, tales como IPTV y televisión móvil, han sido utilizados en ciertas ciudades y el MIIT ha desempeñado un cometido activo para alentar el desarrollo de estas nuevas aplicaciones.

4.2.4 Nepal33

Las principales agencias de Nepal que regulan los sectores de las telecomunicaciones, la radiodifusión y las tecnologías de la información son la Autoridad de Telecomunicaciones de Nepal (NTA) en el caso de las telecomunicaciones, el Ministerio de Información y Comunicaciones (MOIC) en el caso de la radiodifusión y el Ministerio de Ciencia y Tecnología (MOST) en el caso del sector de las TI. Aunque la NTA es el organismo regulador autónomo, en la práctica, el MOIC ha sido el protagonista principal en el sector de las telecomunicaciones. El MOIC también es el organismo donde recae la mayor responsabilidad a la hora de formular las políticas de radiodifusión en el país. Por consiguiente, el MOIC y la NTA comparten responsabilidades en el control de los proveedores de telecomunicaciones mientras que el MOIC es la única autoridad sobre los organismos de radiodifusión sonora y de televisión.

Con respecto a la gestión del espectro, existe un comité de alto nivel compuesto por funcionarios de distintos ministerios y de la NTA bajo el control del MOIC. En consecuencia, la administración del espectro de radiofrecuencias no está controlada por un solo organismo.

En Nepal, la convergencia ha planteado varios debates sobre la clasificación de ciertos servicios de telecomunicaciones y de radiodifusión. Como la distinción entre la transmisión de datos, la radiodifusión y la transmisión vocal cada vez es más difusa, los reguladores se enfrentan a la tarea de clasificar de la manera más adecuada posible los segmentos convergentes del sector de las comunicaciones. Por lo tanto, el sistema de reglamentación en Nepal está experimentando dificultades con la tendencia de la convergencia. Como la división de la responsabilidad y jurisdicción reglamentarias se basa en la distinción de si el proveedor es fundamentalmente un proveedor de telecomunicaciones, de radiodifusión o de servicios de TI, el gobierno no es eficaz a la hora de regular las actividades que no pertenecen claramente a una de estas categorías. Esta

32 Documento 1/036(Rev.1) de 29 de agosto de 2006.33 Documento 1/014 de 5 de julio de 2006.

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situación indica evidentemente la necesidad de revisar tanto el sistema de reglamentación como la organización del sector de las comunicaciones en Nepal.

5 Orientaciones y recomendaciones

La implementación de regímenes de autorización unificada y multiservicio exige una cuidadosa planificación. Los reguladores deben abordar muchos temas, entre otros:• si un régimen de autorización unificada o multiservicio es apropiado para el mercado local de las

TIC;• si adoptar un régimen de autorización unificada o multiservicio; • categorías de autorizaciones en un régimen multiservicio;• procedimientos de concesión de licencias para otorgar las nuevas autorizaciones;• términos y condiciones anexos a estas autorizaciones; y• cómo realizar la transición entre los actuales titulares de las licencias y el nuevo régimen de

licencias.

Dependiendo del carácter y ámbitos de las autorizaciones, los reguladores y los responsables políticos puede que tengan que determinar qué organismo de reglamentación debe administrar las nuevas formas de autorizaciones. Como muchos países han hecho distinción tradicionalmente entre servicios de telecomunicaciones (es decir basados en la transmisión) y servicios de radiodifusión o servicios basados en el contenido, no es extraño que sean distintos los organismos de reglamentación que administran los servicios de telecomunicaciones y los servicios de radiodifusión. En estos países, la inclusión de los servicios de radiodifusión y basados en el contenido en el ámbito de una autorización unificada o multiservicio plantea la cuestión de qué organismo de reglamentación debe administrar la autorización.

Los reguladores también deben considerar detenidamente la dimensión del procedimiento de implementación de un nuevo régimen de autorización unificado o multiservicio. Para promover la transparencia y confianza en el proceso, las prácticas más idóneas sugieren que los reguladores consulten con los interesados de la industria antes de aplicar el nuevo régimen de autorización.

Se insta a los reguladores a que consideren los siguientes principios, y los adopten, cuando realicen la transición hacia un marco de concesión de licencias convergentes:• fomentar la neutralidad tecnológica;• garantizar la flexibilidad para permitir al nuevo régimen de concesión de licencias acomodarse a

futuros cambios tecnológicos y del mercado;• simplificar el número de categorías de licencias;• reducir las tareas administrativas y las tasas cobradas a los protagonistas del mercado;• aplicar mecanismos de incentivación que alienten a los actuales operadores a realizar la transición

hacia un marco de concesión de licencias convergentes; por ejemplo, vacaciones gratuitas;• garantizar la transparencia con respecto a las responsabilidades de la concesión de licencias

convergentes;• impulsar una estrecha colaboración entre las entidades correspondientes que tienen

responsabilidades de reglamentación y control en lo que se refiere al marco de concesión de licencias convergentes; y

• aplicar las prácticas idóneas internacionales y dirigirse a las organizaciones regionales internacionales para llegar a armonizar los métodos de concesión de licencias.