RELACION JURIDICA TRIBUTARIA
Transcript of RELACION JURIDICA TRIBUTARIA
RELACIÓN JURIDICA RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIATRIBUTARIA
DEFINICION DEFINICION Es el vinculo Es el vinculo
Jurídico que se da Jurídico que se da entre el sujeto pasivo entre el sujeto pasivo (obligado) y el sujeto (obligado) y el sujeto activo (acreedor), al activo (acreedor), al realizarse el hecho realizarse el hecho generador previsto en generador previsto en la ley, en virtud del la ley, en virtud del cual surgen derechos cual surgen derechos y obligaciones para y obligaciones para ambas partes.ambas partes.
DENOMINACIONESDENOMINACIONES Obligación TributariaObligación Tributaria Deuda TributariaDeuda Tributaria Relación de deuda Relación de deuda
TributariaTributaria Crédito impositivoCrédito impositivo Relación JurídicaRelación Jurídica Relación Jurídica Relación Jurídica
Tributaria PrincipalTributaria Principal CODIGO TRIBUTARIO CODIGO TRIBUTARIO
Art. 14 la llama Art. 14 la llama OBLIGACION OBLIGACION TRIBUTARIATRIBUTARIA
RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIA Y RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIA Y OBLIGACION TRIBUTARIAOBLIGACION TRIBUTARIA
RELACIÓN JURIDICA RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIATRIBUTARIA
Una norma jurídica Una norma jurídica existe, mientras no se existe, mientras no se realice el presupuesto realice el presupuesto no obliga a nadie.no obliga a nadie.
Una vez realizado el Una vez realizado el supuesto normativo supuesto normativo (Hecho Generador) se (Hecho Generador) se iniciara la RELACIÓN iniciara la RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIA, JURIDICA TRIBUTARIA, de esta surgirá la de esta surgirá la OBLIGACION OBLIGACION TRIBUTARIATRIBUTARIA
OBLIGACION TRIBUTARIAOBLIGACION TRIBUTARIA Se dice que es la Se dice que es la
conducta que consiste conducta que consiste en: DAR, HACER, NO en: DAR, HACER, NO HACER O TOLERAR, HACER O TOLERAR, que un sujeto debe que un sujeto debe cumplir por haber cumplir por haber realizado el supuesto realizado el supuesto previsto en la norma previsto en la norma tributaria (Hecho tributaria (Hecho Generador).Generador).
OBLIGACION TRIBUTARIAOBLIGACION TRIBUTARIA OBLIGACION PRINCIPALOBLIGACION PRINCIPAL
OBLIGACION DE DAROBLIGACION DE DARConsiste en PAGAR, el impuesto al que este Consiste en PAGAR, el impuesto al que este
afecto el acto o contrato.afecto el acto o contrato.
OBLIGACIONES SECUNDARIASOBLIGACIONES SECUNDARIASOBLIGACION DE HACEROBLIGACION DE HACER
Inscripción en Registros, emitir facturas, Inscripción en Registros, emitir facturas, presentar declaraciones presentar declaraciones
OBLIGACION DE NO HACER O TOLERAROBLIGACION DE NO HACER O TOLERARLlevar doble sistema de contabilidad, Llevar doble sistema de contabilidad,
omitir la presentación de las declaracionesomitir la presentación de las declaraciones
DOCTRINAS DE LA RELACIÓN DOCTRINAS DE LA RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIAJURIDICA TRIBUTARIA
1.1. Doctrina o Tesis que la Relación Doctrina o Tesis que la Relación Jurídica Tributaria es de Carácter Jurídica Tributaria es de Carácter SimpleSimple
2.2. Doctrina o Tesis que la Relación Doctrina o Tesis que la Relación Jurídica Tributaria es de Carácter Jurídica Tributaria es de Carácter ComplejoComplejo
DOCTRINA O TESIS QUE LA RELACIÓN DOCTRINA O TESIS QUE LA RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIA ES DE JURIDICA TRIBUTARIA ES DE
CARÁCTER SIMPLECARÁCTER SIMPLE
Principal defensor: Dino JarachPrincipal defensor: Dino Jarach No acepta complejidad en dicha No acepta complejidad en dicha
relación, ya que la ve como una relación, ya que la ve como una simple relación obligacional, y que al simple relación obligacional, y que al lado de la misma existen otras lado de la misma existen otras relaciones diferentes llamadas relaciones diferentes llamadas Formales (Hacer, no hacer y tolerar).Formales (Hacer, no hacer y tolerar).
DOCTRINA O TESIS QUE LA RELACIÓN DOCTRINA O TESIS QUE LA RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIA ES DE JURIDICA TRIBUTARIA ES DE
CARÁCTER COMPLEJOCARÁCTER COMPLEJO
Exponente Principal: GianniniExponente Principal: Giannini Ve la complejidad de la misma Ve la complejidad de la misma
puesto que se derivan de ella por un puesto que se derivan de ella por un lado poder y derecho, así también lado poder y derecho, así también obligaciones del Fiscoobligaciones del Fisco
Por el otro lado se dan derechos y Por el otro lado se dan derechos y deberes en favor de los deberes en favor de los contribuyentes, contribuyentes,
DOCTRINA O TESIS QUE LA RELACIÓN DOCTRINA O TESIS QUE LA RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIA ES DE JURIDICA TRIBUTARIA ES DE
CARÁCTER COMPLEJOCARÁCTER COMPLEJO Tratadista Alejandro Ramírez CardonaTratadista Alejandro Ramírez Cardona
OBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTEOBLIGACIONES DEL CONTRIBUYENTE DE DAR Y DE HACERDE DAR Y DE HACER
Cancelar el impuesto en su momentoCancelar el impuesto en su momento
presentar sus declaraciones en presentar sus declaraciones en tiempotiempo
rendir informesrendir informes DE NO HACER O DE TOLERARDE NO HACER O DE TOLERAR
No entorpecer las investigaciones No entorpecer las investigaciones TributariasTributarias
Debe permitir las inspecciones Debe permitir las inspecciones oculares a sus oculares a sus libros de contabilidadlibros de contabilidad
DOCTRINA O TESIS QUE LA RELACIÓN DOCTRINA O TESIS QUE LA RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIA ES DE JURIDICA TRIBUTARIA ES DE
CARÁCTER COMPLEJOCARÁCTER COMPLEJO
OBLIGACIONES DEL FISCOOBLIGACIONES DEL FISCOOBLIGACIONES DE DAROBLIGACIONES DE DAR
Atender las peticiones de los Atender las peticiones de los contribuyentescontribuyentes
devolver los excedentes pagadosdevolver los excedentes pagadosComprobar la capacidad contributivaComprobar la capacidad contributiva
OBLIGACIONES DE NO HACEROBLIGACIONES DE NO HACERNo violar los derechos constitucionales No violar los derechos constitucionales No violar el derecho de No violar el derecho de
ConfidencialidadConfidencialidad
CARACTERISTICAS DE LA CARACTERISTICAS DE LA RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIARELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIA
1.1. Coordinación entre las Nociones de Coordinación entre las Nociones de Relación Jurídica Tributaria y Relación Jurídica Tributaria y Potestad TributariaPotestad Tributaria
2.2. Debe existir un Destinatario Legal Debe existir un Destinatario Legal TributarioTributario
3.3. El destinatario Legal Tributario debe El destinatario Legal Tributario debe ser un Particularser un Particular
4.4. La relación Jurídica Tributaria se La relación Jurídica Tributaria se establece entre Personasestablece entre Personas
ELEMENTOS DE LA RELACIÓN ELEMENTOS DE LA RELACIÓN JURIDICA TRIBUTARIAJURIDICA TRIBUTARIA
ELEMENTO PERSONALELEMENTO PERSONAL ELEMENTO HECHO IMPONIBLE O HECHO ELEMENTO HECHO IMPONIBLE O HECHO
GENERADORGENERADOR ELEMENTO OBJETIVO Y OBJETO ELEMENTO OBJETIVO Y OBJETO
IMPOSITIVOIMPOSITIVO ELEMENTO BASE IMPOBIBLEELEMENTO BASE IMPOBIBLE ELEMENTO CUANTITATIVOELEMENTO CUANTITATIVO ELEMENTO TEMPORALELEMENTO TEMPORAL
1. ELEMENTO PERSONAL1. ELEMENTO PERSONAL SUJETO ACTIVOSUJETO ACTIVO
Es el sujeto o ente alEs el sujeto o ente al
cual la ley le confiere elcual la ley le confiere el
derecho a recibir laderecho a recibir la
prestación pecuniariaprestación pecuniaria
en que se materializa elen que se materializa el
tributo, será siempre eltributo, será siempre el
mismo en todos los mismo en todos los tributostributos
ART. 17 CODIGO ART. 17 CODIGO TRIBUTARIOTRIBUTARIO
ART. 3 Literal a) LEY ART. 3 Literal a) LEY ORGANICA DE LA SATORGANICA DE LA SAT
SUJETO PASIVOSUJETO PASIVO
Es la persona Es la persona obligada por la ley a obligada por la ley a satisfacer el impuesto, satisfacer el impuesto, comúnmente es comúnmente es denominado denominado CONTRIBUYENTE.CONTRIBUYENTE.
ART. 18 CODIGO ART. 18 CODIGO TRIBUTARIOTRIBUTARIO
CLASES DE SUJETO PASIVOCLASES DE SUJETO PASIVO
1.1. SUJETO PASIVO PRINCIPALSUJETO PASIVO PRINCIPALCausante o ContribuyenteCausante o Contribuyente
2.2. SUJETO PASIVO POR ADEUDO AJENOSUJETO PASIVO POR ADEUDO AJENOArt. 22 CODIGO TRIBUTARIOArt. 22 CODIGO TRIBUTARIOArt. 25 al 30 CODIGO TRIBUTARIOArt. 25 al 30 CODIGO TRIBUTARIO
3.3. SUJETO PASIVO RESPONSABLE POR SUJETO PASIVO RESPONSABLE POR SUSTITUCION O SUSTITUTOSUSTITUCION O SUSTITUTO
2.2. ELEMENTO HECHO IMPONIBLE ELEMENTO HECHO IMPONIBLE O HECHO GENERADORO HECHO GENERADOR
Es el hecho hipotéticamente previsto Es el hecho hipotéticamente previsto en la norma Jurídica Tributaria, que en la norma Jurídica Tributaria, que genera cuando se realiza la Relación genera cuando se realiza la Relación Jurídica Tributaria. Jurídica Tributaria.
ART. 31 CODIGO TRIBUTARIOART. 31 CODIGO TRIBUTARIO ART. 32 CODIGO TRIBUTARIOART. 32 CODIGO TRIBUTARIO
3. ELEMENTO OBJETIVO U OBJETO 3. ELEMENTO OBJETIVO U OBJETO IMPOSITIVOIMPOSITIVO
Esta constituido por la materia sobre Esta constituido por la materia sobre la que recae el impuesto.la que recae el impuesto.
Lo constituye la renta, beneficio, Lo constituye la renta, beneficio, utilidad, acto o consumo que está utilidad, acto o consumo que está grabado con un impuesto.grabado con un impuesto.
Debe estar claramente definidos los Debe estar claramente definidos los objetos que servirán de base a la objetos que servirán de base a la aplicación del impuestoaplicación del impuesto
4. ELEMENTO BASE IMPONIBLE4. ELEMENTO BASE IMPONIBLE
Cuando se realiza el hecho Cuando se realiza el hecho generador, se da la consecuencia generador, se da la consecuencia potencial que el sujeto pasivo debe potencial que el sujeto pasivo debe pagar al fisco un Importe Tributario, pagar al fisco un Importe Tributario,
Debe darse valor la renta, al Debe darse valor la renta, al patrimonio, al capital, a los servicios patrimonio, al capital, a los servicios prestados, para poder determinar prestados, para poder determinar posteriormente el monto del posteriormente el monto del impuesto a pagar.impuesto a pagar.
5. ELEMENTO CUANTITATIVO5. ELEMENTO CUANTITATIVO
Es el parámetro que es utilizado para Es el parámetro que es utilizado para determinar el monto del impuesto, determinar el monto del impuesto, que debe pagar el Sujeto Pasivo al que debe pagar el Sujeto Pasivo al Sujeto Activo, generalmente es Sujeto Activo, generalmente es determinado en un tanto por ciento determinado en un tanto por ciento (%)(%)
5. ELEMENTO CUANTITATIVO5. ELEMENTO CUANTITATIVO
IMPORTE IMPORTE TRIBUTARIO FIJOTRIBUTARIO FIJO Aquí la cuantía del Aquí la cuantía del
impuesto a pagar impuesto a pagar está especificado está especificado desde el inicio y desde el inicio y directamente en la directamente en la leyley
Art. 5 Ley de Art. 5 Ley de Timbres FiscalesTimbres Fiscales
IMPORTE IMPORTE TRIBUTARIO AD TRIBUTARIO AD VALOREMVALOREM Aquí hay que aplicar Aquí hay que aplicar
el porcentaje o tanto el porcentaje o tanto por ciento (%) que se por ciento (%) que se indica en la Ley, al indica en la Ley, al valor o base valor o base imponibleimponible
Art. 10 LEY DEL IVAArt. 10 LEY DEL IVA Art. 4 LEY DEL Art. 4 LEY DEL
TIMBRETIMBRE
6. ELEMENTO TEMPORAL6. ELEMENTO TEMPORAL
Es el tiempo establecido en cada Ley Es el tiempo establecido en cada Ley para el pago del impuestopara el pago del impuesto
Es necesario que sean conocidas por Es necesario que sean conocidas por el sujeto pasivo, para pagarlo en el sujeto pasivo, para pagarlo en tiempo y así evitar multas e tiempo y así evitar multas e intereses.intereses.
DETERMINACION DEL TRIBUTODETERMINACION DEL TRIBUTO
Es el acto/s emanados de la Es el acto/s emanados de la administración tributaria, de los administración tributaria, de los particulares o de ambos particulares o de ambos coordinadamente, destinados a coordinadamente, destinados a establecer en cada caso particular, si establecer en cada caso particular, si existe una deuda tributaria, quién es existe una deuda tributaria, quién es el obligado a pagar el tributo al fisco el obligado a pagar el tributo al fisco y cual es el importe de la deuday cual es el importe de la deuda
ART. 103 CODIGO TRIBUTARIOART. 103 CODIGO TRIBUTARIO
FORMAS DE DETERMINACION FORMAS DE DETERMINACION DEL TRIBUTODEL TRIBUTO
SEGÚN EL SUJETO SEGÚN EL SUJETO QUE LA REALICEQUE LA REALICE
Determinación por Determinación por el Sujeto Pasivoel Sujeto Pasivo
Determinación por Determinación por el Sujeto Activoel Sujeto Activo
Determinación Determinación MixtaMixta
SEGÚN LA BASESEGÚN LA BASE
Determinación Determinación sobre Base Ciertasobre Base Cierta
Determinación Determinación sobre Base sobre Base PresuntaPresunta
EFECTOS DE LOS EFECTOS DE LOS IMPUESTOSIMPUESTOS
Percusión o ImpactoPercusión o Impacto IncidenciaIncidencia TraslaciónTraslación DifusiónDifusión
PERCUSION O IMPACTOPERCUSION O IMPACTO
Es el fenómeno legal y Es el fenómeno legal y económico que resulta económico que resulta del pago del impuesto del pago del impuesto por el contribuyente por el contribuyente de derechode derecho
Es el acto formal por Es el acto formal por el cual el impuesto el cual el impuesto recae sobre el recae sobre el contribuyente que por contribuyente que por designación de la Ley designación de la Ley debe pagar el debe pagar el Impuesto.Impuesto.
LA INCIDENCIALA INCIDENCIA
Ésta es inherente al Ésta es inherente al pago de todo pago de todo impuesto, que el impuesto, que el Estado establezca.Estado establezca.
Constituye la efectiva Constituye la efectiva carga económica que carga económica que los impuestos los impuestos producen sobre la producen sobre la economíaeconomía
Puede ser Directa o Puede ser Directa o IndirectaIndirecta
TRASLACIONTRASLACION
Fenómeno en virtud Fenómeno en virtud del cual, el que ha del cual, el que ha sufrido el impacto o sufrido el impacto o percusión de los percusión de los impuestos o los impuestos o los efectos de una efectos de una traslación anterior, traslación anterior, traspasa en todo o en traspasa en todo o en parte el gravamen parte el gravamen económico a otra u económico a otra u otras economías otras economías
DIFUSIONDIFUSION
La traslación del peso La traslación del peso económico de un económico de un impuesto no se realiza impuesto no se realiza en un solo acto sino, a en un solo acto sino, a través de traslaciones través de traslaciones sucesivas varias sucesivas varias economías soportan la economías soportan la incidencia en forma incidencia en forma que ésta resulta que ésta resulta repartida entre repartida entre numerosas economíasnumerosas economías
DIA DE LA TIERRA 22/04DIA DE LA TIERRA 22/04