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REGLAS DE PARTICIPACION OPC 081-2012 Página 1 de 49 FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO FONADE DEPARTAMENTO AMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL-FONDO DE INVERSION PARA LA PAZ CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 211041 SUMINISTRO DE MATERIALES Y ALQUILER DE EQUIPOS PARA EL PROYECTO MEJORAMIENTO DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD GRUPO 1 (ZONAS 1 Y 2) EN CARTAGENA DT BOLIVAR OFERTA PÚBLICA OPC 081-2012 REGLAS DE PARTICIPACION BOGOTÁ D.C., AGOSTO DE 2012

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FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO – FONADE DEPARTAMENTO AMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL-FONDO DE INVERSION

PARA LA PAZ

CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 211041

SUMINISTRO DE MATERIALES Y ALQUILER DE EQUIPOS PARA EL PROYECTO MEJORAMIENTO DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD GRUPO 1 (ZONAS 1 Y 2) EN

CARTAGENA DT – BOLIVAR

OFERTA PÚBLICA OPC 081-2012

REGLAS DE PARTICIPACION

BOGOTÁ D.C., AGOSTO DE 2012

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Contenido

CAPÍTULO PRIMERO ............................................................................................................................... 5

1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN ............................................. 5

1.2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN 6

1.3. DESCRIPCIÓN GENERAL - LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA O PRESTACIÓN

DEL SERVICIO- CANTIDAD DE LOS BIENES O DE SERVICIOS REQUERIDOS 6

1.3.1 DESCRIPCIÓN GENERAL 6

1.3.2 LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA 6

1.4. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO 8

1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN 8

1.6. FUENTES DE FINANCIACIÓN 9

1.7. RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN 9

1.8. PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN 9

1.9. DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE

FONADE. 10

2. DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN ................................................................ 11

2.1. CRONOGRAMA GENERAL 11

2.2. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN 12

2.3. COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES 12

2.4. PROCESO DE SELECCIÓN 12

2.5. VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS - PUBLICACIÓN DEL INFORME DE

EVALUACIÓN – OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN – AUDIENCIA

PÚBLICA DE CONFORMACIÓN DINÁMICA DE LA OFERTA. 15

2.6. CAUSALES DE RECHAZO 19

2.7. SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO 20

3. DEL OFERENTE Y SU OFERTA .......................................................................................... 22

3.1 CONDICIONES GENERALES 22

3.1.1 MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN 22

3.1.2 RESPONSABILIDAD EN LA ELABORACIÓN DE LA OFERTA 22

3.1.3 VIGENCIA DE LA OFERTA 22

3.1.4 IDIOMA Y MONEDA DE LA OFERTA 22

3.1.5 OFERTAS ALTERNATIVAS O PARCIALES 23

3.1.6 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTRANJERO 23

3.1.7 FORMA, IDENTIFICACIÓN, ESTRUCTURA DE LA OFERTA Y RESPONSABILIDAD EN LA PRESENTACIÓN DE

LA MISMA. 23

3.2 REQUISITOS MINIMOS 24

3.2.1 REQUISITOS DE CARÁCTER JURÍDICO 24

3.2.2 REQUISITOS DE CARÁCTER FINANCIERO 30

3.2.3 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE 32

3.2.4 PROGRAMA DE SOPORTE TÉCNICO, GARANTÍA DE LOS EQUIPOS, SERVICIO, CALIDAD Y

MANTENIMIENTO 34

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3.2.5 CERTIFICACIÓN DE REPRESENTACIÓN DE LOS BIENES OFERTADOS Y DOCUMENTACIÓN TÉCNICA

EXPEDIDA POR EL FABRICANTE 35

3.3 OFERTA INICIAL DE PRECIO – SOBRE NO. 2. 35

3.4 CONDICIONES Y DOCUMENTOS EXIGIDOS A LOS OFERENTES QUE SEAN

PERSONAS NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN EL PAÍS, O PERSONAS

JURÍDICAS EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA SUCURSAL EN

COLOMBIA CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR LA CAPACIDAD JURÍDICA, Y LA

CAPACIDAD FINANCIERA. 36

3.4.1 CAPACIDAD JURIDICA 36

3.4.2 APODERADO 37

3.4.3 CAPACIDAD FINANCIERA 38

CAPÍTULO CUARTO ............................................................................................................................... 39

4. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES ............................................................. 39

4.1 OBJETO 39

4.2 MODIFICACION DEL CONTRATO 39

4.3 PLAZO EJECUCIÓN CONTRACTUAL 39

4.4 CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO 39

4.5 PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL 40

4.6 SUSPENSIÓN 40

4.7 VALOR 40

4.8 FORMA DE PAGO 40

4.8.1 REQUISITOS DE PAGO 40

4.9 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 41

4.10 OBLIGACIONES DE FONADE 42

4.11 INTERVENTORIA 42

4.12 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA 42

4.13 CLÁUSULA PENAL DE APREMIO 43

4.14 PROCEDIMIENTO PARA EXIGIR EL PAGO DE LA CLÁUSULA PENAL DE APREMIO Y/O

CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA 43

4.15 GARANTÍAS 44

4.15.1 DE CUMPLIMIENTO 44

4.15.2 DE CALIDAD DEL BIEN Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO 44

4.15.3 DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES 44

4.15.4 DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL 44

4.15.5 TÉRMINO PARA LA ENTREGA DE LAS GARANTÍAS 44

4.15.6 REQUISITOS GENERALES 44

4.15.7 SUFICIENCIA DE LAS GARANTÍAS 44

4.16 CESIÓN DEL CONTRATO 45

4.17 CESIÓN DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS DEL CONTRATO 45

4.18 SUBCONTRATOS. 45

4.19 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO

45

4.20 INDEMNIDAD 45

4.21 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 46

4.22 PERFECCIONAMIENTO 46

4.23 REQUISITOS DE EJECUCIÓN 46

4.23.1 POR PARTE DEL CONTRATISTA 46

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4.23.2 POR PARTE DE FONADE 46

4.24 TERMINACIÓN DEL CONTRATO 46

4.25 CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR 47

4.26 PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO 48

4.27 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO 48

4.28 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACION PRIVILEGIADA 48

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REGLAS DE PARTICIPACION

CAPÍTULO PRIMERO

1. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN

1.1. INTRODUCCIÓN El Convenio No 211041 fue celebrado el día 19 de diciembre de 2011, entre el DEPARTAMENTO AMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL-FONDO DE INVERSION PARA LA PAZ y EL FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE, cuyo objeto es: Ejecutar la Gerencia Integral de los proyectos contemplados y aprobados por el Comité de Seguimiento del DPS. Teniendo en cuenta fuentes como ECV 2008 e INFOJUNTOS 2010, se estima que el 55% de los ciudadanos Colombianos pobres tiene déficit habitacional, y que el 34% de estos presentan carencias o deficiencias cualitativas en aspectos como: hacinamiento mitigable, servicios de acueducto y alcantarillado inadecuados, material inapropiado en paredes, techo y piso, evidenciando un mayor rezago en su superación en las áreas rurales. De tal manera, resulta procedente generar intervenciones que avancen en la atención a estos sectores a través de la ampliación de cobertura de servicios de agua y saneamiento, mejoramiento de entornos, mejoramiento de vivienda, promoción de hábitos saludables y participación comunitaria. Es por esto, que de acuerdo con la disponibilidad de recursos de la bolsa UNIDOS - 2011, por la suma de $20 mil millones de pesos, se proyectó la intervención a 3164 unidades habitacionales, que siendo consecuentes con el Plan Nacional de Desarrollo, contribuirán en la suma de esfuerzos para cumplir las siguientes metas:

Pasar de un 61% a un 77% de viviendas con abastecimiento de agua y sistema de desagües.

Pasar del 39% al 50% de vivienda donde no habitan más de tres personas en cada cuarto y los niños duermen separados de los adultos.

Pasar del 67% al 72% de viviendas con pisos en materiales adecuados.

Pasar del 20% al 26% de viviendas con materiales adecuados en infraestructura física y bienestar para la familia en términos de salud.

Así pues, el proyecto definido promueve el fortalecimiento de conocimientos, habilidades y actitudes, por parte de los hogares, asumiendo su responsabilidad en el uso, cuidado, promoción y sostenibilidad de las soluciones habitacionales realizadas; que identifiquen los factores de riesgo y peligros para la salud que se presentan en las interacciones de la solución habitacional y su entorno inmediato y se favorezcan espacios de participación, control social para la consolidación de asentamientos sostenibles. Para que la intervención logre su finalidad, no es suficiente que se produzca la intervención física, sino que se realice un proceso de acompañamiento y fortalecimiento social. El aporte de la estrategia MCH se realizará por una única vez sin cargo de restitución por parte del hogar participante. La cuantía de este aporte está directamente relacionada con la concentración de las carencias y deficiencias identificadas en la valoración técnica de la unidad habitacional a intervenir por parte de la entidad operadora o quien la presente es-trategia designe y la aprobación del Grupo de trabajo de Infraestructura y Hábitat. La cuantía del incentivo de la estrategia se definió en salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) del año en que fue aprobado en la propuesta técnica por parte del Grupo de trabajo de Infraestructura y hábitat (2011).

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Dependiendo de la verificación de condiciones y estructuración técnica de la intervención el monto máximo a intervenir es de: 9.5 SMLMV. Cartagena es una de las ciudades de nuestro país en la que su población presenta uno de los mayores índices de hogares en condiciones de vulnerabilidad, es por ello que el DPS la incluyo en la estrategia de mejoramiento de condiciones de habitabilidad desarrollada por el Departamento para la Prosperidad Social.

1.2. OBJETO DEL PROCESO DE SELECCIÓN El Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE, está interesado en adquirir a título de suministro: “SUMINISTRO DE MATERIALES Y ALQUILER DE EQUIPOS PARA EL PROYECTO MEJORAMIENTO DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD GRUPO 1 (ZONAS 1 Y 2) EN CARTAGENA DT – BOLIVAR”.

1.3. DESCRIPCIÓN GENERAL - LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA O PRESTACIÓN DEL

SERVICIO- CANTIDAD DE LOS BIENES O DE SERVICIOS REQUERIDOS

1.3.1 DESCRIPCIÓN GENERAL Las características y especificaciones de los bienes o servicios objeto del presente proceso de selección se encuentran plenamente determinadas en el “Anexo 01 Estudios Previos” de las reglas de participación. 1.3.2 LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA Consiste en realizar El suministro de materiales y alquiler de equipos al proyecto de mejoramiento de habitabilidad de 636 UNIDADES de vivienda en la ciudad de CARTAGENA DT, GRUPO 1 así:

ZONA DE

INTERVENCION No. TOTAL DE FAMILIAS

1 308

2 328

TOTAL 636

Para el suministro de los materiales y el alquiler de equipos el contratista deberá ejecutar como mínimo las siguientes actividades: SUMINISTRO El contratista deberá suministrar todos los materiales que se requieren para la ejecución de los 636 mejoramientos de vivienda de las zonas de intervención 1 Y 2, para ello deberá contemplar lo siguiente: MATERIALES Para el suministro de los materiales el contratista debe cumplir mínimo con lo siguiente:

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Los materiales a suministrar deberán cumplir con las normas para construcción dadas por ICONTEC, ACI, Código Colombiano de Construcciones Sismo Resistentes CCCSR, ASIM, CHEC, RETIE, NTC2050, Guía de asistencia técnica para VIS del Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, así como las recomendaciones de los fabricantes para la colocación, almacenamiento y utilización de sus productos. SOCIAL EN PROCESO

Los materiales que se suministren con destino a las obras de mejoramiento deberán ser previamente aprobados por la Interventoría mediante la presentación de muestras con la debida anticipación, ésta podrá ordenar por cuenta del Contratista los ensayos o pruebas necesarios para comprobar que estos se ajusten a las normas o especificaciones técnicas.

Los materiales de cantera deberán ser aprobados por la interventoria y esta podrá ordenar por cuenta del Contratista las pruebas de laboratorio que considere necesarias para comprobar que estos se ajustan a las Normas técnicas, posterior a la aprobación el contratista deberá garantizar que los materiales de cantera suministrados corresponden a las fuentes de materiales aprobadas; en caso de que se cambie la fuente se deberán realizar nuevas pruebas de laboratorio para garantizar la calidad del suministro.

ACOPIO DE MATERIALES El contratista deberá proveer un lugar en el cual almacenar los materiales a suministrar, el cual debe garantizar:

Área suficiente y adecuada para el almacenamiento de los materiales de acuerdo con la especificación del fabricante.

Área de maniobra cargue y descargue de materiales sin que se vea afectada la movilidad de la ciudad.

ORGANIZACIÓN DE LOS LOTES DE MATERIALES El contratista deberá organizar los lotes de materiales para cada uno de los mejoramientos de acuerdo con la requisición que le entregue la interventoría para ello deberá realizar como mínimo lo siguiente:

Alistar y Empacar los materiales que corresponden a cada mejoramiento de acuerdo con el listado que le entregue la interventoría.

Identificar los Lotes de materiales de tal manera que claramente se pueda identificar el mejoramiento al que corresponde y la dirección en que se deberá entregar.

Ejecutar lo anterior de acuerdo con el cronograma definido por la Interventoría y Fonade

Almacenar los lotes de acuerdo con el cronograma de entrega. ENTREGA DE LOS LOTES DE MATERALES El contratista deberá entregar los lotes de materiales para cada uno de los mejoramientos así:

Como mínimo deberá entregar los materiales correspondientes a cada mejoramiento en tres etapas de acuerdo con el cronograma y las ordenes de entregas suministradas por la interventoría.

Entregar los materiales en la fecha y hora indicadas por la interventoría.

Levantar un acta de entrega debidamente suscrita por el Contratista, la Interventoría y el Beneficiario, en la que se relacionen los materiales entregados, en la que conste el responsable de los materiales durante la ejecución de los trabajos del mejoramiento (Beneficiario) acompañada de registro fotográfico

LIMPIEZA DE LOS SITIOS O ZONAS DE TRABAJO Durante el desarrollo de los trabajos, el Contratista deberá mantener en perfecto estado de limpieza la zona de almacenamiento, trasiego y sus alrededores, para lo cual deberá retirar en forma adecuada, diariamente o con la frecuencia que ordene el Interventor, escombros, basuras, desperdicios y sobrantes de materiales, de manera que no aparezca en ningún momento una acumulación

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desagradable y peligrosa de éstos, disponiendo en forma adecuada todos los sobrantes, escombros y basuras que resulten de los trabajos en los botaderos de escombros autorizados por la entidad competente. LUGAR DE EJECUCION El proyecto se desarrollara en la ciudad de Cartagena así:

ZONA 1 308 viviendas ubicadas en los barrios: 2 DE Noviembre y Olaya Herrera sector Fredonia ZONA 2 328 viviendas ubicadas en los barrios: El Pozón sectores, 1 de mayo, Miramar, Zarabanda, Sagrado Corazón, Minuto de Dios y Santa Eduviges

1.4. PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO Se ha estimado para el cumplimiento del objeto del contrato derivado del presente proceso de selección, un presupuesto de DOS MIL CIENTO VEINTISEIS MILLONES VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS ONCE PESOS ($ 2.126.024.711.oo) M/CTE IVA incluido y demás tributos que se causen con ocasión de su celebración, ejecución y liquidación (cuando sea el caso)

1.5. PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo para la ejecución es hasta CUATRO (4) MESES, contados a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización del contrato. NOTA: El plazo establece los tiempos máximos de entrega de los materiales y de alquiler de equipos. El plazo de ejecución del contrato incluye el término de entrega de los bienes y de alquiler de equipos

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en el sitio donde se requiera. Será obligación del contratista obtener el recibo a satisfacción de los bienes por parte del Beneficiario y de la Interventoría.

1.6. FUENTES DE FINANCIACIÓN FONADE cuenta para el presente proceso de selección con el (los) certificado(s) de disponibilidad presupuestal a continuación señalado(s):

No. CDP

Fecha CDP Código

Presupuestal Centro de

Costo Descripción del Rubro Monto

8117 02-08-2012 2-1-7-4-01-11-05-01 041200 Otros servicios

(Secretariales Archivo Etc) – Vigencia Actual

$87.768.000,00

8117 02-08-2012 2-1-7-1-03-02-00-01 041196 Arrendamiento de Equipos (Computación Construcción

Etc) – Vigencia Actual $30.624.000,00

8117 02-08-2012 2-1-7-1-08-02-05-01 041196 Otros (Materias Primas e

Insumos Reposición Etc) – Vigencia Actual

$2.007.632.711,00

Total $2.126.024.711,00

Expedido(s) por: Responsable Fondo de Ejecución de Proyectos

1.7. RÉGIMEN JURÍDICO Y FUNDAMENTOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN El presente proceso de selección se adelanta mediante la modalidad de selección de qué trata el numeral 6.1 del manual de contratación de derecho privado de FONADE, adoptado mediante Resolución No. 021 del 29 de febrero de 2012, teniendo en cuenta que se trata de una contratación cuya cuantía es superior a 200 SMMLV. El procedimiento a seguir será el previsto en el numeral 7.1 del precitado manual. De acuerdo con el decreto 288 de 2004, FONADE es una Empresa Industrial y Comercial del Estado, de carácter financiero, dotada de personería jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa vinculada al Departamento Nacional de Planeación y vigilado por la Superintendencia Bancaria (hoy Superintendencia Financiera). El parágrafo primero del artículo 32 de la Ley 80 de 1.993 (modificado por la Ley 1150 de 2.007 artículo 15) establece que los Contratos que celebren las entidades financieras de carácter estatal, no estarán sujetos a las disposiciones del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a dichas actividades. En consecuencia, el régimen aplicable a la contratación de FONADE es el del derecho privado. FONADE ha abierto el presente procedimiento de Oferta Pública, el cual NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las Ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado.

1.8. PROGRAMA PRESIDENCIAL DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN Toda persona que llegue a conocer casos de corrupción en las entidades del Estado debe reportar el hecho al programa presidencia de lucha contra la corrupción, a través de los teléfonos: (57 1) 587 0555 • Fax: (57 1) 565 8671, al fax (1) 5 65 86 71, a la Línea Transparente: 01 8000 913040 o a la línea gratuita nacional 01 8000 916111, al sitio de denuncias del programa en la página de Internet www.anticorrupcion.gov.co, por correspondencia o personalmente en la Calle 14 No. 7-19, piso 9 de Bogotá D.C. También puede reportar el hecho a la página www.fonade.gov.co.

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1.9. DEFINICIONES GENERALES DE TÉRMINOS APLICABLES A LOS PROCESOS DE

FONADE.

1. El valor del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV), a tener en cuenta para conversiones que se requieran en el desarrollo del presente proceso, para el K, el Kr y el Presupuesto Oficial Estimado (POE), será aquel vigente al año en que se presenta la oferta, al resultado de la operación matemática que se realice para hacer esta conversión, se debe aplicar el procedimiento de redondeo indicado en estas reglas de participación.

2. A la totalidad de los resultados de cada una de las operaciones aritméticas que se realicen en desarrollo de este proceso, se les aplicará la metodología de redondeo a continuación señalada.

- Redondeo: Para el presente proceso, es el procedimiento mediante el cual se eliminan todos los decimales.

- Reglas de redondeo: Se aplican a la unidad situada en la siguiente posición al número entero al que se pretenda ajustar, es decir, a los dos primeros números decimales, así:

Si los dos primeros decimales son mayor o igual que 50, el número entero

se incrementará en una unidad. Ejemplo 1: 12,546891 = 13. Ejemplo 2: 12,500891 = 13.

Si los dos primeros decimales son menores que 50, el número entero no se

modifica. Ejemplo 1: 12,499891 = 12. Ejemplo 2: 12,407891 = 12.

Nota: La única y exclusiva excepción a la aplicación de esta regla se presenta en el cálculo de factores financieros establecidos en el numeral 3.2.2. 3. En el evento en que la fecha de cierre del término para presentar oferta del presente proceso sea

prorrogada mediante adenda, los documentos que en estas reglas de participación se requieran en términos relacionados con la fecha de cierre, se contarán a partir de la fecha de cierre señalada en la adenda respectiva.

4. En el evento de que se presenten en las ofertas correspondientes a este proceso discrepancias

entre cantidades expresadas en letras y números, prevalecerán las expresadas en letras.

.

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CAPÍTULO SEGUNDO 2. DEL TRÁMITE DEL PROCESO DE SELECCIÓN

2.1. CRONOGRAMA GENERAL ACTIVIDAD TERMINO LUGAR

A Aviso de convocatoria publica 02 de agosto de 2012 FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co

B Publicación de las reglas de participación.

08 de agosto de 2012 FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co

C Observaciones a las reglas de participación.

Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la publicación de las reglas de participación.

De acuerdo con lo establecido en el numeral 2.3 de las reglas de participación.

D Respuesta a las observaciones a las reglas de participación.

Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la terminación del plazo para formular observaciones.

FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co

E Inicio del término para presentar ofertas

Desde la publicación de las reglas de participación.

FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas Auditorio

F Pago de derechos de participación Desde el inicio del término para presentar

ofertas hasta el cierre del término para presentar ofertas

Se deberá realizar en la Cuenta de Ahorros del Sistema Nacional de Recaudos No. 49 25 02 976 Banco de Bogotá a nombre de FONADE, en efectivo o cheque de gerencia. Deberá indicar en la consignación el número telefónico y el nombre o razón social del oferente, anotando el número del proceso: OPC-081-2012. Ver numeral 3.2.1.10

G Finalización del término para presentar oferta inicial de precio.

27 de agosto de 2012 a las 09:00am FONADE. Calle 26 No. 13-19 Sala de entrega de ofertas Auditorio

EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

H

Evaluación de las ofertas y Publicación del informe de evaluación y verificación de requisitos de carácter jurídico, técnico y financiero

Dentro de los cinco (5) días hábiles

siguientes a la presentación de la oferta inicial de precio

FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co

I

Observaciones al informe de evaluación y verificación de requisitos de carácter jurídico, técnico y financiero

Por el termino de dos (2) días hábiles

contados a partir del día hábil siguiente a la publicación del informe de evaluación y verificación de requisitos de carácter jurídico, técnico y financiero.

FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co y de acuerdo con lo establecido en las reglas de participación.

J Informe de respuestas a las observaciones formuladas al informe de evaluación

Dentro de los dos (2) días hábiles

siguientes al vencimiento del término establecido para formular observaciones al informe de evaluación.

FONADE - Pagina web www.fonade.gov.co

DEFINICIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN

K Audiencia de conformación dinámica de la oferta.

Fecha Señalada a través de página Web de FONADE

FONADE. Calle 26 No. 13-19. Auditorio

L

Publicación del Informe de evaluación y Recomendación de la aceptación de la oferta con el

fin de que en este plazo, los interesados, presenten observaciones al mismo.

Por el término de dos (2) días hábiles

siguientes a la fecha de la Audiencia de Conformación Dinámica de la Oferta

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

M

Informe de Respuestas a las Observaciones Presentadas y Informe de evaluación y Recomendación de la aceptación de la oferta y Aceptación de Oferta

A partir del día hábil siguiente del vencimiento del término para presentar

observaciones al Informe de evaluación y Recomendación de la aceptación de la

oferta

FONADE - Página web www.fonade.gov.co

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2.2. DOCUMENTOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN Hacen parte del presente proceso de selección:

1) El aviso de convocatoria pública. 2) El certificado de disponibilidad presupuestal 3) Estas reglas de participación, junto con sus anexos, incluidos los Documentos de Estudios

Previos los cuales hacen parte integral de estas reglas de participación 4) Especificaciones técnicas. (cuando aplique) 5) Las respuestas de aclaración emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello. 6) El acta de Finalización del término para presentar ofertas. 7) Las ofertas que sean presentadas. 8) Las actas de audiencia. 9) Las solicitudes de aclaración a las ofertas y sus respectivas respuestas. 10) El informe de evaluación de los requisitos económicos, jurídicos, técnicos y financieros, y las

observaciones presentadas en relación con él. 11) Los documentos que se expidan en desarrollo del proceso de selección. 12) El recibo de pago de los derechos de participación.

2.3. COMUNICACIÓN CON LOS INTERESADOS Y OFERENTES FONADE publicará en su página web ( www.fonade.gov.co ) la totalidad de los documentos relacionados en el numeral anterior y a tal publicación se encontrará sujeta su obligatoriedad frente a los interesados y oferentes. Los documentos oficiales del proceso son los publicados en la mencionada página web. Por regla general, los interesados y oferentes podrán enviar comunicaciones a la dirección electrónica ([email protected]), o radicarlas en el Centro de Radicación e Información de FONADE (en adelante CRIF), con la indicación clara del número de proceso al cual se refiere. Las horas señaladas en las presentes reglas de participación para la expedición de documentos por parte de FONADE y/o para la recepción de aquellos que deban ser presentados por los interesados u oferentes, se sujetarán a la hora legal de la República de Colombia señalada por la División de Metrología de la Superintendencia de Industria y Comercio.

2.4. PROCESO DE SELECCIÓN El presente proceso de selección inicia formalmente a partir de la fecha de publicación de las reglas de participación en la página web de FONADE ( www.fonade.gov.co ). El proceso de selección se encuentra dividido en las siguientes fases: 2.4.1 Publicación de las reglas de participación Estas serán publicadas en la página web de FONADE, en la fecha señalada en el numeral 2.1 cronograma general. 2.4.2 Retiro de las reglas de participación Las reglas de participación pueden ser retiradas u obtenidas del sitio web de FONADE donde se encuentran publicadas con todos sus anexos desde la fecha indicada en el numeral 2.1 de estas reglas. Para todos los efectos, las reglas de participación oficiales son las publicadas en la página web de FONADE.

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2.4.3 Plazo del Proceso de selección El plazo del presente proceso de selección será aquel término que transcurrirá entre la fecha a partir de la cual se podrán presentar ofertas y la de finalización del término para presentar ofertas. 2.4.3.1 Inicio y finalización del término para presentar oferta inicial de precio Dentro de las fechas y horas establecidas en el Cronograma General (numeral 2.1), en las casillas correspondientes a “inicio del término para presentar ofertas” y “finalización del término para presentar oferta inicial de precio”, los interesados podrán presentar sus ofertas, de acuerdo con las siguientes reglas:

a. Las ofertas iníciales de precio y los documentos exigidos deberán ser radicadas y entregadas en las fechas indicadas en el numeral 2.1., en FONADE, ubicado en la siguiente dirección: Calle 26 No. 13.19, Sala de recepción de ofertas - Auditorio, Bogotá D.C., República de Colombia, salvo lo dispuesto en el literal b) del presente numeral.

b. Las ofertas enviadas por correo sólo serán aceptadas si tal envío se realiza utilizando servicios de mensajería especializada, de conformidad con lo establecido en el Decreto 229 de 1995 o las normas que lo modifiquen. La fecha y hora de entrega de las ofertas así remitidas será la de su radicación en el CRIF. Las ofertas se entenderán recibidas oportunamente siempre que la fecha y hora de recepción no sean anteriores a la fecha y hora establecidas para el “inicio del término para presentar ofertas”, ni posteriores a la fecha y hora previstas para el “finalización del término para presentar ofertas”, de acuerdo con el numeral 2.1 de estas reglas (Cronograma General). Las ofertas recibidas a través de este medio serán registradas en el formato de registro diseñado por FONADE en presencia de los oferentes presentes al momento del cierre, luego de verificado el cumplimiento de su entrega en el CRIF antes de la fecha y hora previstas para el “finalización del término para presentar ofertas”.

c. Para la recepción de ofertas, la persona que realiza la entrega deberá diligenciar el formato de registro diseñado por FONADE para tal fin. De todas formas, el oferente es el único y exclusivo responsable de la entrega de la oferta (sobres 1 y 2). El sobre contentivo de la oferta económica permanecerá en el sitio dispuesto para su reserva y custodia, y será abierto en la audiencia pública de conformación dinámica de la oferta de que trata el numeral 2.5.3

d. Si el día y hora exactos previstos para la “Finalización del término para presentar oferta inicial de precio”, la oferta de que se trate se encuentra en el lugar indicado en el literal a) anterior, la misma se entenderá recibida en tiempo.

e. Una vez vencido el término para presentar ofertas se verificara el número total de ofertas recibidas al momento de la finalización del término para presentar ofertas y en cada una de las ofertas recibidas se verificará, en presencia de los asistentes, contra la documentación entregada lo siguiente:

1. El nombre o razón social del oferente registrado 2. La fecha y hora de la presentación de la oferta

Además, se realizará la apertura del original del sobre No. 1 de todas y cada una de las ofertas radicadas y recibidas dentro del plazo establecido en el numeral 2.1 dejando constancia en el documento formato de registro diseñado por FONADE lo siguiente:

3. Si la carta de presentación está incluida y firmada 4. Pago de Derechos de participación (si lo consignó y el valor del pago) el cual se

verificará con el volante de consignación 5. El número de folios 6. El número de la Garantía de Seriedad de la Oferta adjunta (la cual debe ser a favor de

Entidades Particulares). 7. La existencia del sobre de oferta económica 8. Observaciones si las hubiere.

2.4.4 Audiencia pública de conformación dinámica de la oferta Ver numeral 2.5.3

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2.4.4.1 Audiencia de precisión del contenido y alcance de las reglas de participación. (No aplica para el presente proceso de selección) 2.4.5 Observaciones a las reglas de participación De acuerdo con lo establecido en el numeral 2.1 cronograma general de las presentes reglas de participación. Las respuestas de aclaración emitidas por FONADE en los medios dispuestos para ello, a las preguntas formuladas por los Oferentes o interesados, son de carácter exclusivamente ilustrativo y por consiguiente, no pueden modificar, adicionar, complementar o de manera alguna alterar lo consignado en las Reglas de Participación, ya que las susodichas respuestas no forman parte del presente documento ni sustituyen estas Reglas de Participación. 2.4.6 Modificación de las reglas de participación FONADE podrá modificar las presentes reglas de participación únicamente mediante adenda que será publicada de acuerdo con lo señalado en el numeral 2.3 (Comunicación con los interesados y oferentes). Con posteridad a la “Finalización del término para presentar ofertas”, FONADE podrá modificar el Cronograma General, exclusivamente, mediante comunicación escrita que publicará de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.3, con sujeción a las normas legales y reglamentarias pertinentes. 2.4.7 Evaluación de las ofertas El Comité Evaluador designado por FONADE, que se conforma para el presente proceso de selección, será el órgano responsable de la evaluación de la totalidad de las ofertas presentadas y con sujeción a lo establecido en estas reglas de participación. El Comité Evaluador de acuerdo con lo establecido en el numeral 2.5.3 recomendará al funcionario competente aceptar la oferta de contrato objeto del presente proceso de selección, la cual se ajustará a los resultados contenidos en el informe de recomendación de aceptación de la oferta. El procedimiento de evaluación de las ofertas se resume en el siguiente cuadro general:

ORDEN FACTORES DE EVALUACIÓN CALIFICACIÓN

1. Requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y

financiero Cumple / No Cumple

2. Oferta económica Cumple / No Cumple

En primera instancia, el comité evaluador verificará el cumplimiento de los requisitos mínimos; y posteriormente, se realizará la conformación dinámica de la oferta en la cual podrán participar los oferentes que hayan resultado habilitados. FONADE se reserva el derecho de solicitar la aclaración o ampliación de la información presentada por el oferente para la acreditación de las exigencias establecidas en las presentes reglas de participación, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección. Así mismo, el de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el oferente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas de donde provenga la información.

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2.5. VERIFICACIÓN DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS - PUBLICACIÓN DEL INFORME DE

EVALUACIÓN – OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN – AUDIENCIA PÚBLICA

DE CONFORMACIÓN DINÁMICA DE LA OFERTA. 2.5.1. Verificación de los requisitos mínimos de carácter jurídico, técnico y financiero, y

término para subsanar El Comité evaluador verificará el cumplimiento de las exigencias relativas a la capacidad jurídica, la capacidad financiera, y las condiciones de experiencia específica de los oferentes, para lo cual podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de los mismos. FONADE se reserva el derecho de verificar integralmente la autenticidad, exactitud y coherencia de la información aportada por el oferente, pudiendo acudir para ello a las personas, empresas o entidades respectivas de donde provenga la información, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección. FONADE se reserva el derecho de verificar y solicitar complementar, subsanar o aclarar la información presentada por el oferente para la acreditación de las exigencias establecidas en las presentes REGLAS DE PARTICIPACION, en cualquier estado en que se encuentre el proceso de selección. La respuesta a la solicitud de aclaraciones deberá ser presentada por el oferente dentro del plazo que dadas las condiciones particulares del requerimiento, conceda el comité evaluador. A continuación se presentan los requisitos jurídicos, técnicos y financieros que deberán cumplir los oferentes. El contenido de cada uno de tales requisitos se desarrolla en el capítulo 3 del presente documento.

1. Requisitos de carácter jurídico (ver numeral 3.2.1):

a. Carta de presentación de la oferta firmada b. Acreditación de la Existencia y Representación Legal - para personas jurídicas c. Documento de constitución del consorcio o unión temporal d. Capacidad de contratación (K) y capacidad residual de contratación (Kr) de

conformidad con lo establecido en el numeral 3.2.1.4 e. Garantía de seriedad de la oferta y el recibo de pago de la prima en original. f. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales g. Pago de los derechos de participación

2. Requisitos de carácter financiero (ver numeral 3.2.2):

a. Capital de trabajo b. Índice de Liquidez c. Nivel de endeudamiento

3. Requisitos de carácter técnico:

a. Experiencia específica del oferente (ver numeral 3.2.3)

4. Otros documentos (ver numeral 3.2.1.9)

5. Oferta Económica En los casos en que se solicite aclarar, subsanar o presentar documentación, por esta circunstancia, no será posible acreditar hechos ocurridos con posterioridad a la fecha establecida para la finalización del término para presentar ofertas. Tratándose de los requisitos de carácter jurídico, financiero, técnico y la experiencia específica del

oferente, el Comité Evaluador podrá solicitar, si resulta necesario, la aclaración de la misma. La

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documentación solicitada o aquella que bajo los mismo términos aporte el oferente debe corresponder

a los proyectos relacionados en la oferta, razón por la cual, no podrá solicitarse, ni aceptarse el aporte

de documentos de proyectos diferentes a los allí aportados.

NOTA 1: Los documentos de que trata el numeral 4 - Otros documentos (ver numeral 3.2.1.9) deben ser aportados por todos los oferentes, no obstante su no presentación no será causal de rechazo. NOTA 2: Si luego de la verificación de los requisitos mínimos, sólo uno de los oferentes resulta habilitado, en el INFORME DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO Y FINANCIERO, el comité evaluador recomendará la contratación del oferente habilitado y aceptación de su oferta, previa verificación de la oferta económica la cual deberá ajustarse a los requisitos exigidos. 2.5.2. Publicación del informe de evaluación y verificación de requisitos de carácter jurídico,

técnico y financiero – Observaciones al informe de evaluación y verificación de requisitos de carácter jurídico, técnico y financiero

PUBLICACIÓN DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE REQUISITOS DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO Y FINANCIERO

El informe de evaluación será publicado en el término y sitio señalado en el numeral 2.1 de las presentes reglas de participación. Esta publicación se hace con el fin de que dentro del mismo término los interesados hagan las observaciones que consideren pertinentes.

OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN DE ACEPTACIÓN DE LA OFERTA

Dentro del término señalado en el numeral 2.1. y hasta las 17:00:00 horas del último día establecido, podrán presentarse las observaciones correspondientes por los oferentes, de conformidad con el numeral 2.3. Vencido el término señalado para presentar las observaciones al informe de evaluación estas serán publicadas como lo señala el cronograma general (numeral 2.1). El informe de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación será publicado según lo señale el numeral 2.1 cronograma general. 2.5.3. Audiencia pública de conformación dinámica de la oferta En la fecha señalada en el numeral 2.1 de las reglas de participación, se celebrará la audiencia pública de conformación dinámica de la oferta, teniendo en cuenta las siguientes reglas básicas de procedimiento:

Se procederá a la apertura de los sobres contentivos de las ofertas iníciales de precio de los oferentes que hayan cumplido con los requisitos mínimos técnicos, jurídicos y financieros para la verificación del contenido del formato 07A “Oferta Inicial de Precio” de cada una de ellas, de conformidad con las siguientes reglas:

- Se verificará que la casilla destinada para consignar el valor total de la oferta inicial de precio

se encuentre diligenciada en el formato 07A con un valor diferente a 0, el cual será utilizado para establecer los lances (si aplica).

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- Se verificará que el valor total de la oferta inicial de precio no sea superior al presupuesto oficial estimado establecido en el numeral 1.4 del presente documento y que el valor de la oferta presentada sea superior a cero (0), so pena de su rechazo de conformidad con la causal de rechazo establecida en el numeral 2.6 de las presentes reglas de participación.

- En caso de no presentarse el Formato 07A el comité evaluador tomara en su reemplazo el valor total con IVA del Formato 07

Con las ofertas verificadas y aprobadas por el comité evaluador en los puntos anteriores, se procederá la verificación de las ofertas económicas así: si solo uno (1) de los oferentes presentados resulta habilitado (o si solo se presentara un solo oferente y resultara habilitado), la entidad adjudicará el proceso al mismo con la oferta inicial de precio presentada o en caso de que más de un oferente resulta habilitado, con los valores totales de cada una de las ofertas presentadas aplicará lo siguiente: a. Entre los oferentes que cumplieron con lo anterior, se verificará que sus representantes cuenten

con las debidas facultades para realizar los lances dentro del procedimiento de Conformación Dinámica de la Oferta. En caso de que el representante legal de la persona jurídica oferente o el representante del consorcio o la unión temporal no pueda asistir a la conformación dinámica de la oferta, podrá delegar, mediante poder que haya sido objeto de la diligencia de presentación personal ante notario y siempre que sus facultades se lo permitan, la representación para realizar los lances en la audiencia y, por tanto, comprometer jurídicamente al oferente por un valor menor al presentado en la oferta inicial de precio.

b. Entre los oferentes habilitados y cuya oferta inicial de precio no haya sido rechazada como resultado de las verificaciones antes indicadas, se distribuirán los sobres y formularios que deberán ser utilizados por ellos para la presentación de sus ofertas de precio – en adelante lances –. En dichos formularios se deberá consignar el valor del lance en la ronda que corresponda, o la expresión clara e inequívoca de que no se hará ningún lance de mejora de precio.

c. A continuación se dará inició a la conformación dinámica de la oferta, la cual se sujetará a las

siguientes reglas:

- La conformación dinámica de la oferta se desarrollará mediante rondas de tres (3) minutos cada una o menos cuando los oferentes tengan listos sus lances.

- Los oferentes harán sus lances utilizando los sobres y los formularios suministrados.

- Se consideran lances válidos: aquellos presentados en los sobres y formularios suministrados, debidamente diligenciados, dentro del término establecido para cada una de las rondas que reduzcan el “valor techo”, como mínimo, en un tres por ciento (3%) y como máximo, hasta el ocho por ciento (8%), con valores en formato de miles ($XXX,XXX,XXX) redondeado según el procedimiento establecido en estas reglas de participación (punto 2 numeral 1.9), es decir, el valor mínimo y máximo de mejora de la oferta del “valor Techo” será dentro del rango señalado anteriormente, cualquier valor ofertado por debajo o por encima se considerará “lance no válido”.

- La primera ronda tendrá como “valor techo” el menor valor redondeado al peso inferior, presentado en la oferta total inicial de precio de los oferentes habilitados y que hayan superado la verificación indicada en el literal a. anterior. Las rondas siguientes tendrán como “valor techo” el lance valido con el menor precio ofrecido en la ronda inmediatamente anterior, según procedimiento establecido en estas reglas de participación.

- Cuando un oferente, en cualquiera de las rondas, no presente lance o el presentado no sea válido, no podrá seguir presentándolos durante la conformación dinámica de la oferta y se considerará como su oferta final para efectos de la aceptación de la oferta, el último lance valido presentado.

- Antes de finalizar el término indicado para cada ronda, los participantes entregarán al comité evaluador el sobre contentivo del formulario en el que se consigne el valor del lance en la

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ronda que corresponda, o la expresión clara e inequívoca de que no se hará ningún lance de mejora de precio. Posteriormente, el comité evaluador verificará que los formularios presentados se encuentren debidamente diligenciados. Acto seguido, registrará los lances y los ordenará descendentemente. A continuación, el comité evaluador indicará públicamente cuáles oferentes no podrán continuar presentando lances en las rondas siguientes por no haber presentado lance, por presentar un lance no válido, o por haber indicado que no realizará ningún otro lance de mejora de precios. Seguidamente, se dará a conocer, únicamente, el “valor techo” de la siguiente ronda.

d. Se realizarán tantas rondas cuantas fueren necesarias, hasta tanto se verifique una cualquiera de las siguientes situaciones:

- Se agote el tiempo establecido para la ronda sin que se haya presentado ningún lance.

- No se presente ningún lance válido en la ronda.

- Sólo uno de los oferentes realice un lance válido en la ronda.

e. La audiencia se dará por terminada cuando el comité evaluador informe la ocurrencia de cualquiera

de las situaciones señaladas en el literal anterior y recomendará la aceptación de la oferta al oferente que haya presentado el lance valido de menor valor durante el procedimiento de conformación dinámica de la oferta. En el caso en que no se presente ningún lance en la primera ronda ó se presente un lance no válido, la recomendación se realizará al oferente que haya presentado el menor valor en la oferta inicial de precio total. En cualquiera de estos eventos y para finalizar la audiencia, el comité evaluador comunicará al representante legal del oferente, al cual se le aceptara la oferta, de la obligación que tiene, de presentar ante dicho comité, a más tardar al día hábil siguiente: documento en el cual explique las razones que sustentan el valor por él ofertado, y el Formato 07 con los valores unitarios y valores totales ajustados al valor de su ultimo lance valido, para esto último, teniendo en cuenta lo estipulado y ordenado en el numeral 3.3. de las presentes reglas de participación y que ningún valor unitario por ítem supere el 100% del valor unitario del mismo ítem de acuerdo con lo señalado en el numeral 4. del anexo 01 ANALISIS TECNICO Y ECONOMICO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. En la formalización del Formato 07 debe aplicar la metodología del redondeo señalada en el numeral 1.9. teniendo cuidado de que en la aplicación de este procedimiento bajo ninguna circunstancia puede superar el valor final de su oferta, lo que significa que debe, en cualquiera de los ítems, tomar las medidas necesarias para que esto se cumpla.

f. Recibidas las explicaciones, el comité evaluador recomendará al ordenador del gasto la aceptación

o no de la oferta.

Una vez aceptada la oferta, la entidad hará público el resultado del certamen, como lo indica el numeral 2.5.5.2. 2.5.4. Desempate de ofertas En caso de existir empate entre varios oferentes, es decir, que dos o más ofertas finales de precio coincidan en ser las más bajas presentadas, la aceptación de la oferta se definirá de acuerdo con las siguientes reglas:

1. Se preferirá al oferente que, entre quienes se encuentran empatados, haya presentado el menor

valor total en su oferta inicial de precio. 2. Si persistiera el empate después de la verificación de los criterios anteriores, se utilizará como

instrumento el sorteo por medio de balotas en el cual los oferentes señalarán el mecanismo que deseen. (Balota con mayor numero, con menor número.) para escoger la oferta que ocupe el primer lugar del orden.

3. De no presentarse empate en la menor oferta final de precio, pero sí en las ofertas finales de precio

inmediatamente superiores a aquella, el comité evaluador, aplicará las reglas de desempate establecidas en el presente numeral.

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2.5.5. Definición del proceso de selección El presente procedimiento de Oferta Pública NO constituye oferta de negocio jurídico de parte de FONADE, por lo cual, FONADE tendrá siempre derecho a seleccionar o no alguna(s) de las Ofertas, e incluso podrá suspender o cancelar en cualquier momento la presente convocatoria, por lo que la participación de un Oferente no le otorga derecho alguno al agotamiento y finiquito del procedimiento iniciado. 2.5.5.1 Declaratoria de fallido Sin perjuicio de la facultad discrecional de FONADE para declarar fallido el proceso de selección, el trámite podrá ser cancelado entre otras, por las siguientes circunstancias cuando: a. Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva de una oferta. b. No se presente ninguna oferta. c. Habiéndose presentado únicamente una oferta, ésta incurra en alguna causal de rechazo. d. Habiéndose presentado más de una oferta, ninguna de ellas se ajuste a los requerimientos y

condiciones consignados en estas reglas de participación.

2.5.5.2 Observaciones al informe de Evaluación y Recomendación de Aceptación de la Oferta Dentro del término señalado en el numeral 2.1. podrán presentarse las observaciones correspondientes por los oferentes, de conformidad con el numeral 2.3. Vencido el término señalado para presentar las observaciones al informe de Evaluación y Recomendación de aceptación de la Oferta, estas serán publicadas como lo señala el cronograma general (numeral 2.1). El informe de respuestas a las observaciones realizadas al informe de evaluación será publicado según lo señale el numeral 2.1 cronograma general. 2.5.5.3 Aceptación de la oferta de contrato La aceptación de la oferta y consecuente decisión de contratar por parte del ordenador de gasto, se podrá efectuar a través de un mensaje de datos, publicación en la página Web de la Entidad, fax o cualquier otro procedimiento comercial aceptado.

2.6. CAUSALES DE RECHAZO FONADE rechazará las ofertas, únicamente, en los siguientes casos:

a. Cuando el oferente o uno de los integrantes del consorcio o unión temporal no cuente con la capacidad jurídica suficiente para la presentación de la oferta.

b. Cuando el oferente o uno de los integrantes del consorcio unión temporal se encuentre incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las normas constitucionales y legales.

c. Cuando FONADE en cualquier estado del proceso de selección evidencie, que alguno(s) de los documentos que conforman la oferta contiene(n) información inconsistente o contradictoria.

d. Cuando FONADE, en cualquier estado del proceso de selección, evidencie una inexactitud en la información contenida en la oferta que, de haber sido advertida al momento de la verificación de dicha información, no le hubiera permitido al oferente cumplir con uno o varios de los requisitos necesarios para participar en el proceso.

e. Cuando la oferta sea presentada luego de la fecha u hora exactas señaladas para el cierre del término para presentar ofertas.

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f. Cuando, presentada la oferta mediante consorcio, unión temporal, o cualquier otra modalidad de oferta conjunta, luego de la fecha señalada para la entrega de ofertas, se modifique el porcentaje de participación de uno o varios de sus integrantes, o uno o algunos de ellos desista o sea excluido de participar en el consorcio, unión temporal o la modalidad de asociación escogida.

g. Cuando el oferente no cumpla alguno de los requisitos jurídicos, técnicos y/o financieros para participar en el proceso de selección.

h. Cuando el Registro Único de Proponentes (RUP) del oferente o de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, no se encuentre en firme.

i. Cuando el comité evaluador haya solicitado presentar algún documento o subsanar o aclarar alguna información necesarios para el cumplimiento de los requisitos jurídicos, técnicos y/o financieros, y el oferente no aporte, subsane o aclare lo pertinente, en los plazos y condiciones señalados por el comité evaluador.

j. Cuando la oferta sea alternativa o parcial, o cuando en ella se formulen condiciones contractuales y/o técnicas diferentes a las establecidas en las presentes reglas de participación, que las contradigan o que contengan salvedades, excepciones o condicionamientos a estas.

k. Cuando una persona natural o jurídica participe en más de una oferta, bien sea como oferente individual o como integrante de un consorcio o unión temporal. En este caso, se rechazarán todas las ofertas que incurran en la situación descrita.

l. Cuando no se presente la garantía de seriedad en formato para particulares de forma simultánea con la oferta.

m. Cuando no se efectúe el pago de la prima de la garantía de seriedad de la oferta con anterioridad al vencimiento del término para presentar ofertas.

n. Cuando no se ajuste en tiempo, la vigencia de la garantía de seriedad, en el evento que en el proceso supere el término de la vigencia inicial.

o. Cuando, en la oferta inicial de precio impresa, se presente algún valor en moneda extranjera. p. Cuando el valor total de la oferta inicial de precio sea superior al presupuesto oficial estimado o

sea cero (0) pesos. q. Cuando no se presente la oferta inicial de precio impresa. r. Cuando no se presente con la oferta el recibo de pago de los derechos de participación o

habiendo presentado el recibo de pago de los derechos de participación este sea inferior al mínimo requerido en las presentes reglas de participación.

s. Cuando el representante legal de la sociedad tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la persona jurídica y no cuente, al vencimiento del término para presentar ofertas, con el documento de autorización expresa del órgano competente.

t. Cuando la oferta sea presentada en la modalidad de consorcio o unión temporal y no sé de cumplimiento a lo dispuesto en los literales a), b) y d) del numeral 3.2.1.3.

u. Cuando la oferta sea presentada en la modalidad de consorcio o unión temporal y no sé de cumplimiento a lo dispuesto en el literal b) del numeral 3.2.3.1.2.

2.7. Suscripción del Contrato El oferente deberá presentarse ante FONADE, con el fin de firmar el respectivo contrato, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al aviso que, para el efecto, le dé la entidad. Si el oferente con quien se decide contratar no acepta dicha decisión y no suscribe el contrato y sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, o si dentro del plazo comprendido entre la aceptación de la oferta y la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o se evidencia que el oferente se encuentra incurso en alguna causal de rechazo prevista en las reglas de participación, o si el oferente dentro de dicho plazo, estando obligado a ello, no adelanta la renovación anual de la matricula de que trata el artículo 33 del Código de Comercio, FONADE desistirá de la aceptación de la oferta y podrá contratar, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, con el oferente calificado en el siguiente lugar del orden, siempre y cuando su oferta fuere favorable para FONADE, estuviere vigente a la fecha, caso en el cual se podrá contratar con el siguiente y así sucesivamente, siempre y cuando estos no se encuentren en ninguna de las situaciones descritas para el desistimiento. Si éste o alguno de estos, tampoco suscriben el contrato, dentro del plazo previsto en la comunicación respectiva, se aplicarán las mismas reglas con los siguientes oferentes en el orden, en tanto existan más oferentes favorables.

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CAPÍTULO TERCERO 3. DEL OFERENTE Y SU OFERTA

3.1 CONDICIONES GENERALES 3.1.1 Modalidades de participación Podrán presentar oferta personas naturales, personas jurídicas, consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de asociación prevista en la ley. Las condiciones de participación previstas en las presentes reglas de participación para los consorcios o uniones temporales, se harán extensivas a cualquier modalidad de asociación prevista en la ley escogida por los oferentes. 3.1.2 Responsabilidad en la elaboración de la oferta Los oferentes deberán elaborar por su cuenta y riesgo la oferta, de acuerdo con lo solicitado en estas reglas de participación, la cual hará parte integral del contrato. Se consideran como documentos oficiales del proceso de selección las reglas de participación y sus anexos publicados en la página web de FONADE (www.fonade.gov.co). La presentación de la oferta lleva implícitos el conocimiento y la aceptación, por parte de oferente, de todas las condiciones conforme a las cuales se ejecutará el contrato, de tal manera que la oferta presentada deberá reflejar la totalidad de los costos en que se incurrirá para alcanzar la realización del objeto del contrato derivado de este proceso de selección. 3.1.3 Vigencia de la oferta La oferta deberá permanecer vigente por un período mínimo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha prevista para la Finalización del término para presentar ofertas. FONADE podrá solicitar, si ello fuere necesario, la ampliación de la vigencia de la oferta y, por ende, la ampliación de la garantía de seriedad de la misma, por el término que se requiera. Durante el período de su vigencia, la oferta será irrevocable, de tal manera que el oferente no podrá retirarla, ni modificar los términos o condiciones de la misma, so pena de que FONADE haga efectiva la garantía de seriedad de la oferta, de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.2.1.5. Si por cualquier circunstancia se amplía el trámite del proceso de selección y el oferente presenta una ampliación a la garantía de seriedad de la oferta que comprenda tal ampliación, se entenderá que amplía su oferta y mantiene la totalidad de sus condiciones. En el evento en que el proceso de selección supere el término de vigencia de las ofertas exigido en este numeral y alguna(s) oferta(s) venza(n) sin que el(los) oferente(s) la(s) haya(n) ampliado y/o sin que haya(n) ampliado la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta, se entenderá que desiste(n) de participar en el proceso de selección. 3.1.4 Idioma y moneda de la oferta Toda la información y datos que tenga que presentar el oferente en su oferta deberán estar en idioma español o castellano. En los casos en que deba aportar información que se encuentre en un idioma diferente, deberá presentar su correspondiente traducción oficial al español o castellano. Todos los valores que se estimen en la oferta económica deberán presentarse en pesos colombianos, so pena de dar aplicación de lo establecido en las causales de rechazo del numeral 2.6 de las reglas de participación.

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3.1.5 Ofertas Alternativas o parciales No se aceptarán ofertas alternativas ni parciales. 3.1.6 Documentos otorgados en el extranjero Los documentos otorgados en el extranjero deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo

65 del Código de Procedimiento Civil Colombiano, el artículo 1 en sus numerales 118 y 119 del Decreto

2282 de 1989 y 480 del Código de Comercio Colombiano y en la Resolución 2201 del 22 de julio de

1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia o con el requisito de la apostille

contemplado en la Ley 455 de 1998, según sea el caso, siempre que de conformidad con dichas

disposiciones así se requiera.

3.1.6.1. Consularización Al tenor de lo previsto en el Artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.” En el caso de sociedades, conforme lo prevé el citado artículo del Código de Comercio “al autenticar los documentos a que se refiere este Artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”. Surtido el trámite anteriormente señalado, tales documentos deberán ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites a que haya lugar. 3.1.6.2. Apostille Tratándose de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, conforme lo prevé la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado previamente, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que ha actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen. Si la Apostilla está dada en idioma distinto del español o castellano, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes. 3.1.6.2.1. La consularización o Apostilla de los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse en original so pena de tenerse como no presentadas 3.1.7 Forma, identificación, estructura de la oferta y responsabilidad en la presentación de la

misma. La presentación de la oferta debe cumplir con los siguientes requisitos: a. La oferta debe ser presentada en idioma español o castellano, escrita por cualquier medio

mecánico, numeradas en la parte inferior todas las hojas que contiene, cada una de ellas conformará un folio.

b. La oferta debe ser presentada en dos (2), sobres separados cerrados y perfectamente identificados cada uno de ellos, como se establece en el literal e. del presente numeral

c. La documentación del sobre No. 1 y del sobre No 2 debe estar debidamente legajada o argollada de tal forma que no exista posibilidad de pérdida de documentos.

d. Los dos (2) sobres deben tener el siguiente contenido:

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SOBRE No. 1: REQUISITOS MINIMOS DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO, FINANCIERO Y EXPERIENCIA.

SOBRE No. 2: OFERTA INICIAL DE PRECIO IMPRESA Y EN MEDIO MAGNETICO.

e. Los sobres se deben identificar, cada uno, de la siguiente manera: SOBRE No 1:

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE OFERTA PÚBLICA OPC081-2012

OBJETO: SUMINISTRO DE MATERIALES Y ALQUILER DE EQUIPOS PARA EL PROYECTO MEJORAMIENTO DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD GRUPO 1 (ZONAS 1 Y 2) EN CARTAGENA DT –

BOLIVAR

SOBRE No 1 REQUISITOS MINIMOS DE CARÁCTER JURÍDICO, TÉCNICO, FINANCIERO Y EXPERIENCIA

Oferente: ______________________________ Nit o C.C. del Oferente, _________________ Dirección, Ciudad, _____________ Teléfono: _____________ Fax: _____________

SOBRE No 2:

FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DE DESARROLLO - FONADE OFERTA PÚBLICA OPC 081-2012

OBJETO: SUMINISTRO DE MATERIALES Y ALQUILER DE EQUIPOS PARA EL PROYECTO MEJORAMIENTO DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD GRUPO 1 (ZONAS 1 Y 2) EN CARTAGENA DT –

BOLIVAR

SOBRE No 2 OFERTA ECONÓMICA IMPRESA Y EN MEDIO MAGNETICO

Oferente: ______________________________ Nit o C.C. del Oferente, _________________ Dirección, Ciudad, _____________ Teléfono: _____________ Fax: _____________

La responsabilidad de la presentación de la oferta como se indica en los literales anteriores de este numeral, así como el estricto cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.4.3.1., en especial en cuanto se refiere al termino, modo, lugar y tiempo de presentación de la oferta; es total, rotunda y exclusiva del oferente, quien debe propender porque se haga en completa concordancia a lo ordenado en estas reglas de participación, por lo que la entidad no asume ninguna responsabilidad por la perdida, confusión o extravió de documentos que no hayan sido elaborados y entregados con el debido cuidado como lo señala las reglas de participación. 3.2 REQUISITOS MINIMOS 3.2.1 Requisitos de carácter jurídico 3.2.1.1. Carta de presentación de la oferta De acuerdo con el modelo del Formato 01 suministrado, la carta de presentación de la oferta debe estar suscrita por la persona natural o por el representante legal de la persona jurídica o por el representante designado por los miembros del consorcio o de la unión temporal. Se deberá anexar copia de la cédula de ciudadanía de quien suscribe la oferta. Quien suscriba la carta de presentación de la oferta deberá:

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a. Persona jurídica: Tener la calidad de representante legal o apoderado del oferente, con

facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. En este último caso, la facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar aceptada su oferta) y liquidarlo. Si la presentación de la oferta implica la trasgresión del deber establecido en el numeral 7º del artículo 23 de la ley 222 de 1995, o si el representante legal tiene limitaciones delegadas de los estatutos sociales, el oferente individual o el integrante de la oferta conjunta deberá, además, allegar autorización de la junta de socios o asamblea general de accionistas, según corresponda.

b. Consorcio o unión temporal: Tener la calidad de representante del consorcio o unión temporal,

con facultad expresa de actuar en nombre y representación del mismo. Tal facultad de representación debe comprender las de presentar la oferta, celebrar el contrato (en caso de resultar aceptada su oferta) y liquidarlo.

3.2.1.2. Acreditación de la Existencia y la Representación Legal Los oferentes que tengan la calidad de personas jurídicas deberán presentar el certificado de existencia y representación legal, o sus documentos equivalentes en caso de personas jurídicas extranjeras, expedido dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas, donde evidencie que el objeto social permite ejecutar el contrato objeto del presente proceso de selección. Así mismo, en tal documento deberá constar que la duración de la sociedad no es inferior a la duración del contrato objeto del presente proceso de selección y un (1) año más. Deberá adjuntarse fotocopia del documento de identificación del representante legal de la persona jurídica. Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá contar con el documento de autorización expresa del órgano competente desde el momento mismo de la presentación de la oferta. Los oferentes que tengan la calidad de personas naturales deberán presentar fotocopia de su documento de identificación, para el caso de comerciantes se deberá presentar el Registro Mercantil expedido dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas. Las ofertas presentadas por personas naturales de origen extranjero que se encuentren dentro del país, deberán estar acompañadas de la autorización correspondiente, expedida de conformidad con las normas de control migratorio vigentes. Los oferentes plurales (uniones temporales o consorcios) deberán presentar el certificado de existencia y representación legal de las personas jurídicas y/o la fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas naturales que los conforman, para el caso de comerciantes se deberá presentar el Registro Mercantil expedido dentro del mes anterior a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas. Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la existencia y representación legal deberán cumplir con lo establecido en el numeral 3.4. del presente documento. 3.2.1.3. Documento de constitución del consorcio o unión temporal El oferente, con la oferta, deberá anexar un documento suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados, en el que conste la constitución de la unión temporal o el consorcio, según corresponda, en el cual se exprese lo siguiente:

a. Identificación de cada uno de sus integrantes: Nombre o razón social, tipo y número del documento de identificación y domicilio.

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b. Designación del representante: Deberá allegarse su identificación. En cualquier caso el representante principal del consorcio o unión temporal que se designe debe ser aquel integrante que tenga la mayor participación porcentual dentro del consorcio o unión temporal. Si existe paridad entre todos los integrantes o algunos de los integrantes con respecto a la mayor participación porcentual dentro del consorcio o unión temporal, el representante principal podrá ser escogido entre cualquiera de ellos que tenga dicha mayoría. En caso de que éste integrante sea una persona jurídica, el representante principal del consorcio o unión temporal que se designe, debe ser el representante legal de dicha persona jurídica.

c. Indicación de los términos y extensión de la participación en la oferta y en la ejecución del contrato de cada uno de los integrantes de la forma asociativa para el caso de unión temporal, así como las reglas básicas que regularán sus relaciones, para cualquier forma de oferente plural.

d. Indicación de la participación porcentual de cada uno de los integrantes en la forma asociativa correspondiente. La sumatoria de los porcentajes de participación no podrá exceder, ni ser menor del 100%

Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que el representante del consorcio o unión temporal tiene las siguientes facultades referentes a la etapa precontractual, contractual y postcontractual:

Presentación de la oferta y representación del consorcio o unión temporal en todas las diligencias del proceso de selección.

Suscribir el contrato y sus modificaciones.

Con la suscripción del documento de constitución del consorcio o unión temporal, se entenderá para todos los efectos legales y contractuales que la duración de la forma de asociación escogida, no será inferior al plazo de ejecución del contrato. Cualquier manifestación contraria a lo previsto en los incisos precedentes o que condicione tales preceptos, se entenderá por no escrita. El documento deberá ir acompañado de aquellos otros que acrediten que quienes lo suscriben tienen la representación y capacidad necesarias para dicha constitución y para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la oferta y del contrato resultante. Cualquier modificación al documento de constitución del consorcio o unión temporal deberá ser suscrita por la totalidad de integrantes del consorcio o unión temporal, y deberá tener la aprobación previa de FONADE. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente deberá tener en cuenta que después de la presentación de la oferta, no podrá modificar los literales a, b y d, ni tampoco alguno de los integrantes podrá desistir o ser excluido en la participación, so pena de aplicar el numeral 2.6. Causales de rechazo. 3.2.1.4. Capacidad de contratación (K) y capacidad residual (Kr) – Formato 06 El oferente persona natural o jurídica o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá acreditar que se encuentra inscrito, calificado y clasificado al momento de presentar la oferta, en el certificado de inscripción en el registro único de proponentes – RUP, el cual deberá encontrarse en firme al momento de la finalización del registro de entrega de ofertas y haya sido expedido dentro de 30 DÍAS CALENDARIO, contados a partir de la fecha señalada para el cierre del término para presentar oferta y este(os) documento(os) debe(n) demostrar que esta(n) clasificado(s) como:

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD (es) GRUPO (s)

3 PROVEEDOR 35 Equipos y materiales

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ACTIVIDAD ESPECIALIDAD (es) GRUPO (s)

para la construcción

3 PROVEEDOR 36 Artículos de ferretería

3 PROVEEDOR 24 Servicios de alquiler

04 Alquiler de Equipos para Construcción

El oferente deberá tener, al momento de presentación de la oferta, una capacidad de contratación (K) y una capacidad residual de contratación (Kr) como PROVEEDOR igual o superior a:

Capacidad de contratación (K) (expresado en SMMLV)

Capacidad de contratación residual (Kr) (expresado en SMMLV)

2 veces el valor total del presupuesto estimado – numeral 1.4. -

1.5 veces el valor total del presupuesto estimado – numeral 1.4. -

En caso de ofertas presentadas en consorcio o unión temporal, la capacidad de contratación y la capacidad residual de contratación (K y Kr) se entenderán como la suma de las capacidades individuales de cada integrante. Para verificar la capacidad de contratación residual (Kr), el oferente, persona natural o jurídica o cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, según corresponda, deberá suministrar, en formatos independientes, la información de contratos vigentes, para lo cual podrá utilizar el número de formatos que requiera. En caso de que el oferente, o alguno de sus integrantes, no tengan contratos vigentes, deberá manifestarlo expresamente en la casilla de “observaciones” del formato 06 y suscribirlo debidamente. Los oferentes extranjeros con sucursal en Colombia, o los miembros de consorcios o uniones temporales que tengan la calidad de extranjeros con sucursal en Colombia, deberán cumplir con lo exigido en el presente numeral. A las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia, no se les exigirá el registro único de proponentes – RUP y por lo tanto no se les exigirá ni calculará el K y Kr de contratación. No obstante lo anterior, si estas personas conforman una Estructura Plural con una o varias persona(s) natural(es) o jurídica(s) nacionales o personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia o con personas jurídicas extranjeras con sucursal establecida en Colombia, estos últimos deberán cumplir con lo establecido en el presente numeral. 3.2.1.5. Garantía de seriedad de la oferta El oferente deberá anexar a su oferta, a favor del Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo – FONADE, una garantía consistente en póliza de seguro que ampare la seriedad de su oferta, por un valor equivalente, como mínimo, al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial total estimado indicado en el numeral 1.4, con una vigencia igual a la señalada en el numeral 3.1.3 contada a partir de la fecha indicada en el cronograma general para la “finalización del término para presentar oferta inicial de precio”. En caso de requerirse la ampliación de la vigencia de la oferta, la vigencia de la garantía de seriedad deberá ser igualmente, ampliada. La garantía debe ser tomada, en formato entre particulares, a nombre del oferente persona natural o de la razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio o su equivalente, sin utilizar sigla, a no ser que el certificado de existencia y representación legal de la cámara de comercio, o su equivalente, establezca que la firma podrá identificarse con la sigla. Cuando se trate de consorcios o uniones temporales, deberá tomarse la

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garantía a nombre de todos y cada uno de los integrantes y deberá indicarse su respectivo porcentaje de participación en la forma asociativa correspondiente. La prima correspondiente a la garantía de seriedad de la oferta debe haber sido cancelada con anterioridad al vencimiento del término para presentar ofertas. El oferente debe anexar el recibo de pago de la prima o documento equivalente que certifique el pago de la misma. El no pago de la prima con anterioridad al vencimiento del término para presentar ofertas, será causal de la aplicación de la causal de rechazo prevista en el numeral 2.6. 3.2.1.6. Certificación de pagos al sistema de seguridad social y de aportes parafiscales Cuando el oferente sea persona natural deberá adjuntar una certificación expedida dentro de los 30 días calendario anteriores a la fecha señalada para el cierre del término para presentar ofertas, que demuestre estar afiliado al sistema de seguridad social en salud y en pensiones o fotocopia de las planillas de pago en donde conste el valor cancelado, el periodo de cotización, la fecha de pago, y la entidad Promotora de Salud, Pensión y riesgos profesionales a la que se encuentre afiliado cuando a ello haya lugar. .En el caso de personas jurídicas, deberán presentar una certificación, expedida por el Revisor Fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la Ley, o por el Representante Legal cuando no se requiera Revisor Fiscal, donde se certifique el pago de los aportes a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje. Dicho documento debe certificar que, a la fecha de presentación de su oferta, ha realizado el pago de dichos aportes correspondientes a los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. Cuando se trate de una persona jurídica que no tenga más de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los mencionados pagos a sus empleados, a partir de la fecha de su constitución. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento el oferente deberá anexar certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido. Este requisito no será aplicable a las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia ni a las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia. 3.2.1.7. Reciprocidad

En los términos señalados en el Artículo 51 del Decreto Ley 019 de 2012, se otorgará tratamiento de

bienes y servicios nacionales a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que

Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los

cuales a las Ofertas de bienes y servicios colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a

sus bienes y servicios nacionales. La acreditación del trato nacional otorgado a bienes y servicios

nacionales en países con los cuales Colombia ha negociado trato nacional en materia de compras

públicas se realizará mediante certificación expedida por el Director de Asuntos Jurídicos

Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual contendrá lo siguiente: (i) Lugar y fecha

de expedición de la certificación; (ii) Número y fecha del Tratado; (iii). Objeto del Tratado; (iv) Vigencia

del Tratado, y (v) Proceso de selección al cual va dirigido. En ausencia de negociación de trato

nacional, la Certificación deberá indicar si existe trato nacional en virtud del principio de reciprocidad.

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3.2.1.8. Pago de los derechos de participación El interesado en participar en el presente proceso de selección deberá cancelar el valor de los derechos de SETECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL PESOS ($ 738.000,00) M/L. NO REEMBOLSABLE. Para la acreditación del pago de los derechos de participación deberá acompañar su oferta con el comprobante de ingreso expedido por la Tesorería de FONADE y/o copia del recibo de consignación. El pago de los derechos de participación podrá realizarse en efectivo o cheque de gerencia en el Banco de Bogotá, en la cuenta de ahorros del Sistema Nacional de Recaudo No. 492502976, a nombre del FONDO FINANCIERO DE PROYECTOS DESARROLLO – FONADE. NIT 899.999.316-1. El pago de los derechos de participación deberá hacerse en el lapso comprendido entre la fecha de “inicio del término para presentar ofertas” hasta la fecha y hora establecida para la “finalización del término para presentar oferta inicial de precio”, según lo indica el numeral 2.1. Los oferentes que se encuentren fuera de Bogotá cumplirán este requisito acompañando la oferta sólo con la copia del recibo de consignación. (Ver Anexo No. 13 Guía para realizar adecuadamente la consignación del valor de los derechos de participación). El no pago de los derechos de participación en el plazo y valor indicado en el presente numeral, será causal de la aplicación de la causal de rechazo correspondiente establecida en el numeral 2.6. NOTA: FONADE podrá suspender el proceso de selección en cualquiera de sus etapas, cuando aparezcan circunstancias técnicas, económicas, de fuerza mayor, orden de autoridad, razones de utilidad o conveniencia que puedan justificar esta decisión. La decisión de suspender el proceso será motivada e informada a los interesados y/o oferentes y en ella se establecerá el plazo de la misma, el cual podrá ser prorrogado de la misma manera. Si existen razones que así lo justifiquen, el proceso de selección podrá incluso ser cancelado. Esta decisión requiere de la respectiva justificación y será informada a los interesados y/o oferentes. En este evento, FONADE procederá a la devolución de lo pagado por las reglas de participación. 3.2.1.9. Otros Documentos: En el caso de ser Persona Natural es necesario adjuntar los siguientes documentos:

Registro Único Tributario (RUT)

Fotocopia de Libreta Militar (si aplica)

Formato de Creación de Terceros (descargarse de la página Web de FONADE ver numeral 3.2.1.9.1 )

Certificación Bancaria

En caso de ser Persona Jurídica, es necesario adjuntar los siguientes documentos:

Registro Único Tributario (RUT)

Formato de Creación de Terceros (descargarse de la página Web de FONADE ver numeral 3.2.1.9.1 )

Certificación Bancaria En caso de ser Consorcio o Unión Temporal, es necesario adjuntar los siguientes documentos:

RUT de cada uno de los integrantes

El Nit del Consorcio o Unión Temporal registrado ante la DIAN

Certificación Bancaria

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Formato de Creación de Terceros (descargarse de la página Web de FONADE ver numeral 3.2.1.9.1).

Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales, cada uno de sus miembros integrantes, deberá aportar el certificado aquí exigido. NOTA: El Oferente podrá presentar con la oferta los documentos relacionados en este numeral (3.2.1.9), su NO presentación no conlleva a su rechazo.

3.2.1.9.1. Formato de Creación de Terceros: El formato de creación terceros deberá descargarse de la página Web de la entidad: http://www.fonade.gov.co, deberá seleccionar del Menú Principal la opción “Información a Contratistas”, luego seleccionar la opción “Requisitos para el pago” y en la lista: FORMATOS que aparece el link “Información General y Tributaria de Terceros” de acuerdo con lo siguiente:

Al seleccionar el link le muestra el siguiente cuadro con lo cual podrá almacenar el formato de creación de terceros, el cual deberá diligenciar y entregar.

3.2.2 Requisitos de carácter financiero La capacidad financiera del oferente, como requisito mínimo, se verificará con base en los factores financieros denominados: a) capital de trabajo, b) índice de liquidez y c) nivel de endeudamiento, que se revisarán con fundamento en la información del certificado de inscripción en el registro único de

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oferentes – RUP, el cual se debe adjuntar a la oferta, como lo requiere el inciso primero del numeral 3.2.1.4 de estas reglas. a) El capital de trabajo se verificará de la siguiente manera:

Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir lo siguiente:

CT 50% PO

Donde, CT = AC – PC CT = Capital de trabajo. AC = Activo corriente PC = Pasivo corriente PO = Presupuesto oficial estimado.

Si CT, es mayor o igual al 50% del PO el oferente cumple SI CT, es menor al 50% del PO el oferente no cumple.

Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

CT= CTi

CTi 50% PO

Donde,

CTi = Sumatoria de capital de trabajo de los integrantes CT = Capital de trabajo del consorcio o la unión temporal. CTi = Capital de trabajo de cada uno de los integrantes. PO = Presupuesto oficial estimado.

Si CT, es mayor o igual al 50% PO el oferente cumple SI CT, es menor al 50% PO el oferente no cumple

b) El índice de liquidez se verificará de la siguiente manera:

Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

LIQ. = AC / PC 1,0

Donde, LIQ. = Índice de liquidez. AC = Activo corriente. PC = Pasivo corriente.

Si LIQ es mayor o igual a 1 el oferente cumple SI LIQ es menor a 1 el oferente no cumple

Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

ACi

LIQ. = ------------ 1,0

PCi Donde, LIQ. = Índice de liquidez del consorcio o la unión temporal. ACi = Activo corriente de cada uno de los integrantes. PCi = Pasivo corriente de cada uno de los integrantes.

Si LIQ es mayor o igual a 1 el oferente cumple SI LIQ es menor a 1 el oferente no cumple

c) El nivel de endeudamiento se verificará de la siguiente manera:

Si el oferente es una persona natural o jurídica: Debe cumplir:

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NE = PT / AT 0,70

Donde, NE = Nivel de endeudamiento. PT = Pasivo total. AT = Activo total.

Si NE es menor o igual a 0,70 el oferente cumple SI NE es mayor a 0,70 el oferente no cumple

Si el oferente es un consorcio o una unión temporal: Debe cumplir:

PTi

NE = ------------ 0,70

ATi Donde, NE = Nivel de endeudamiento del consorcio o la unión temporal. PTi = Pasivo total de cada uno de los integrantes. ATi = Activo total de cada uno de los integrantes.

Si NE es menor o igual a 0,70 el oferente cumple SI NE es mayor a 0,70 el oferente no cumple

Los oferentes extranjeros (personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia o las personas jurídicas extranjeras sin sucursal establecida en Colombia) o los integrantes extranjeros del oferente plural, para acreditar la CAPACIDAD FINANCIERA deberán cumplir con lo establecido en el numeral 3.4 del presente documento. 3.2.3 Experiencia Específica del oferente 3.2.3.1 Condiciones de la experiencia específica del oferente El oferente deberá tener experiencia en VENTA y/o SUMINISTRO y/o DISTRIBUCION DE MATERIALES DE CONSTRUCCION Y ALQUILER DE EQUIPOS PARA CONSTRUCCION. La experiencia especifica deberá ser acreditada con la ejecución de mínimo uno (1) y máximo cinco (5) contratos terminados en los últimos diez (10) años), contados estos hasta la fecha establecida para el cierre del término para presentar oferta inicial de precio. La relación de la experiencia especifica que pretenda ser acreditada deberá ser presentada utilizando exclusivamente el formato 03, en el cual deberá relacionar toda la información solicitada. Los documentos presentados en la oferta como soporte de la relación efectuada en el formato 03 (Experiencia Específica del Oferente), deberán permitirle al oferente, cumplir como mínimo los siguientes requisitos:

Los contratos aportados deberán sumar, en su conjunto, un valor igual o superior a 2 veces el valor del POE, expresado en SMMLV.

MÍNIMO uno de los contratos aportados, debe ser de valor igual o superior al POE expresado en SMMLV.

Para demostrar la experiencia especifica el oferente debe presentar con su oferta el FORMATO No. 03 debidamente diligenciado e indicando en él toda la información allí solicitada. Así mismo, debe anexar

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la documentación adecuada y pertinente, que acredite clara y verazmente la realización de los contratos relacionados, cuyo número debe ser máximo el señalado anteriormente. Los documentos de los contratos presentados y aportados con la oferta, que acrediten los relacionados en el FORMATO No. 03 deben permitir al Comité Evaluador realizar eficazmente la verificación y evaluación del factor técnico establecido en este numeral. Si la oferta no cumple con el mínimo señalado en este numeral quedará incursa en causal de rechazo y por ende no continuará en las siguientes etapas del proceso.

3.2.3.2 Forma de acreditación Para acreditar la experiencia específica requerida y las condiciones mínimas señaladas en el numeral 3.2.3.1 el oferente deberá presentar certificaciones, constancias o cualquier otro documento expedido por el contratante, su representante, el interventor o supervisor del contrato. La documentación presentada en conjunto, deberá permitir acreditar la siguiente información:

a. Nombre del contratante. b. Nombre del contratista. c. Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, deberá indicar el

nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos. Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse copia del documento de constitución del consorcio, la unión temporal o la forma conjunta respectiva, o copia del contrato celebrado cuando en este consten tales porcentajes de participación.

d. Valor total del contrato. e. Lugar de ejecución. f. Actividades ejecutadas en marco de la experiencia específica a acreditar. g. Fecha de inicio del contrato. h. Constancia de recibo del informe final o del acta de recibo final, de terminación del contrato o

factura de venta, con indicación de la fecha correspondiente y del cumplimiento del contratista frente al contrato ejecutado.

NOTA: Siempre que los oferentes pretendan acreditar experiencia con facturas de venta éstas deberán ser expedidas como facturas cambiarias de compraventa y cumplir con los requisitos previstos en los Artículos 621 y 774 del Código de Comercio. 3.2.3.3 Verificación de la experiencia del Oferente La verificación que realice el comité evaluador se sujetará a las siguientes reglas especiales: a. El valor total de los contratos celebrados que se pretenden acreditar, será aquel que tuvieron a la

fecha de su terminación y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al vigente en el año de terminación.

b. Si el oferente presenta factura, ésta será tenida en cuenta como un único contrato. c. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:

- Cuando el valor esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la Tasa Representativa del Mercado (TRM) vigente para la fecha de su terminación o para la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de la oferta inicial.

- Cuando el valor esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República o, en su defecto, de las publicadas por organismos extranjeros que cumplan funciones similares, teniendo en cuenta la fecha de su terminación o para la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de la oferta inicial y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TRM vigente para la

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fecha de su terminación o para la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de la oferta inicial, según el caso.

d. Cuando la oferta se presente en consorcio o unión temporal, la experiencia acreditada por cada uno de los integrantes se sumará con la de los demás. Si la totalidad de la experiencia específica es presentada por uno solo de los integrantes del consorcio o unión temporal, este deberá tener una participación igual o superior al 60 %) en el consorcio o unión temporal, en el contrato derivado del presente proceso y en su ejecución. Si la experiencia específica es acreditada por más de uno de los integrantes del consorcio, unión temporal, aquel que aporte el mayor valor en contratos, respecto de los otros integrantes, deberá tener una participación superior al 50% en el consorcio, unión temporal, De igual manera los demás integrantes del oferente plural que aporten la experiencia específica, deben tener un porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal MINIMO del 20% cada uno.

e. No será considerada la experiencia adquirida en calidad de subcontratista, cuando quiera que el contrato principal haya sido celebrado con una entidad pública.

f. En los casos en que el Contrato o los Contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal

o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia específica en su totalidad y el valor de acuerdo al porcentaje de participación.

g. No será considerada la experiencia que se pretenda acreditar con convenios interadministrativos

para cuyo desarrollo se haya subcontratado la totalidad del objeto del contrato. NOTA: Cuando el objeto requerido como experiencia sea una parte del objeto contractual de la(s) certificación(es) aportada(s), no será tenida en cuenta, salvo que se acredite debidamente discriminada, la experiencia requerida y su valor. En este evento, el valor que se tendrá en cuenta para efectos de la verificación de experiencia del oferente, será el correspondiente al valor discriminado de la experiencia solicitada. 3.2.4 Programa de Soporte técnico, Garantía de los equipos, Servicio, calidad y Mantenimiento El oferente debe presentar, mediante certificado suscrito por el Representante Legal, su compromiso en el cumplimiento de su programa de soporte técnico, garantías y servicio, que garantice, la asistencia técnica de los fabricantes de los materiales que lo requieran, el mantenimiento preventivo y correctivo, a partir de la suscripción del acta de recibido a satisfacción de los bienes recibidos objeto del contrato que contemple las siguientes condiciones:

a. Soporte Técnico:

Certificar que es distribuidor autorizado de los materiales que oferta y que entrega. Contar con sede propia o arrendada, desde donde se realizará el soporte técnico

especificando su ubicación y describir brevemente su capacidad instalada. Realizar Asistencia técnica y de instalación de los productos que entrega. Prestar el servicio de atención y corrección de fallas en menos de 48 horas. En el caso del alquiler de la maquinaria realizar visitas de mantenimiento preventivo y

correctivo semanalmente, suministrando los accesorios de cambio, lubricantes, combustibles y repuestos necesarios.

En todos los casos el contratista deberá asumir con los costos de transporte y demás gastos que se requieran de equipo y personal para realizar las visitas post venta.

b. Garantías:

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Una vez se suscriba el acta de recibo final, traspasar las Garantías de los materiales suministrados a los beneficiarios en los casos que aplique.

c. Servicio:

El contratista deberá prestar el servicio técnico. El horario de atención ofrecido deberá ser como mínimo de 8:00 AM – 5.00 PM en jornadas

laborales. EI contratista adjudicatario debe dictar un curso de instalación y mantenimiento de los

materiales que lo requieran, a los beneficiarios de mínimo 5 horas de duración, dentro de los ocho (08) días hábiles siguientes a cada entrega efectiva del bien. La capacitación deberá ser dictada por un técnico especialista, certificado por el fabricante, así mismo deberá certificarse al personal capacitado.

3.2.5 Certificación de Representación de los bienes ofertados y documentación técnica

expedida por el fabricante

El oferente debe adjuntar con su propuesta lo siguiente:

1. Certificación vigente expedida por el fabricante donde conste que es distribuidor autorizado mínimo de los siguientes materiales:

Cemento portland (gris)

Materiales para mampostería

Tuberías y accesorios

Enchapes y aparatos de baño

Cubiertas

Materiales eléctricos

2. Certificación vigente expedida por el fabricante que garantice el cumplimiento de las Normas técnicas que les aplican. NTC321 – NTC30 - NTC4205-2 y NTC4205-3 NTC1087, NTC 1341 y NTC1062- NTC919/ISO13006 y NTC2050

3. Certificación expedida dentro de los últimos 90 días, expedida por el fabricante, en el que conste tener antigüedad como distribuidor, mínimo de 10 años anteriores, contados a partir de la fecha de cierre del proceso.

4. Certificación vigente, expedida por la cámara de comercio que corresponda, en el que conste que el oferente se encuentra matriculado y/o Registrado con mínimo 10 años de anterioridad a la fecha de cierre del proceso.

3.3 Oferta inicial de precio – Sobre No. 2. El oferente debe formular su oferta inicial de precio en el Formato 07 y Formato 07A, mediante una hoja de cálculo de formato Excel, el cual deberá presentar en medio físico y magnético y deberá tener en cuenta, entre otros aspectos; que no solamente son validos sino de estricto cumplimiento para el oferente que se acepte la oferta de acuerdo a lo estipulado en el literal f.), del numeral 2.5.3 los siguientes: 3.3.1. Todos los valores deben estar expresados en pesos colombianos. 3.3.2. Deberá tener en cuenta al momento de diligenciar el formato que el valor unitario de cada ítem

con IVA no podrá ser superior al 100% del valor unitario con IVA indicado para cada uno de ellos en el Anexo 01, y que tampoco podrá ser cero.

3.3.3. Todos los valores deben estar expresados en pesos colombianos.

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3.3.4. Deberá incluir el costo de transporte al lugar de entrega descrito en las presentes reglas de participación.

3.3.5. Todos los valores deberán estar ajustados al peso, es decir, sin decimales. Para el efecto, se aplicará la metodología de redondeo establecido en el numeral 1.9 de las presentes reglas de participación.

3.3.6. No podrá, en ningún caso, modificar las especificaciones de los bienes de su oferta, por alguna otra de características técnicas inferiores a las descritas en el Anexo 01 y en el evento en que el formato 07 presentado con la oferta inicial de precio existan errores o modificaciones en la descripción o en las cantidades correspondientes, se entenderá que el oferente acoge en su integridad la descripción y cantidades establecidas en el Anexo 01.

3.3.7. No podrá, en ningún caso, modificar las cantidades descritas en las presentes reglas de participación.

3.3.8. Deberá diligenciar la totalidad de las casillas correspondientes en el Formato 07: - Valor unitario por Ítem con IVA - Valor total de la oferta inicial de precio

3.3.9. El valor de la oferta no podrá ser, en ningún caso superior al presupuesto oficial estimado. 3.3.10. Para efectos de la comparación de ofertas, en el evento en que alguno de los oferentes

pertenezca al régimen tributario simplificado, deberá adicionar al valor de su oferta aquel correspondiente al de la retención que realice FONADE por concepto de IVA. El resultado en ningún caso podrá ser superior al presupuesto oficial estimado. No obstante lo anterior, de resultar seleccionado el oferente que se encuentre en esta situación, el contrato que se suscriba no incluirá el valor de la retención del IVA. Para los oferentes que por su naturaleza jurídica (más no por el régimen tributario al que pertenezcan), no son responsables del IVA, su oferta económica no deberá incluirlo. Para estos casos, ni FONADE ni el oferente a quien se le haya aceptado su oferta estarán obligados a efectuar este tributo.

Nota: El Formato 07 lo deberá presentar el oferente que se le acepte la oferta a más tardar al día hábil siguiente a la aceptación de la oferta de contrato (Numeral 2.5.3), de las reglas de participación, con los valores unitarios y valores totales ajustados al valor de su ultimo lance valido, cabe resaltar que en el Formato 07 que presente el oferente que se le acepte la oferta, ningún valor unitario con IVA por ítem debe ser superior al 100% del valor unitario de cada ítem de acuerdo con lo señalado en el numeral 4 del Anexo 01 ANALISIS DE LAS CONDICIONES ECONOMICAS DEL CONTRATO QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.

3.4 CONDICIONES Y DOCUMENTOS EXIGIDOS A LOS OFERENTES QUE SEAN PERSONAS

NATURALES EXTRANJERAS SIN DOMICILIO EN EL PAÍS, O PERSONAS JURÍDICAS EXTRANJERAS QUE NO TENGAN ESTABLECIDA SUCURSAL EN COLOMBIA CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR LA CAPACIDAD JURÍDICA, Y LA CAPACIDAD FINANCIERA.

3.4.1 CAPACIDAD JURIDICA Personas Naturales: Las personas naturales extranjeras, deberán acreditar su existencia mediante la presentación de copia de su pasaporte, y si se encuentra residenciado en Colombia, mediante la presentación de copia de la Cédula de Extranjería expedida por la autoridad competente.

Personas Jurídicas: Las personas jurídicas extranjeras deberán cumplir los siguientes requisitos:

Acreditar su existencia y representación legal, para lo cual deberá presentar un documento expedido por la autoridad competente en el país de su domicilio, expedido por lo menos dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de cierre, en el que conste su existencia, objeto, fecha de constitución (que en todo caso deberá ser anterior a la fecha de cierre), vigencia, nombre del representante legal de la sociedad o de la persona o personas que tengan la Capacidad Jurídica para comprometerla y sus facultades señalando expresamente, si fuere el caso, que el representante no tiene limitaciones para presentar la Propuesta. En el evento en que conforme a la jurisdicción del Interesado extranjero no hubiese un documento que contenga la totalidad de la información, presentarán los documentos que sean necesarios para acreditar lo solicitado en el presente literal expedidos por las respectivas autoridades competentes. Si en la jurisdicción no existiese ninguna autoridad o entidad que certifique la información aquí solicitada, el Oferente extranjero deberá presentar una declaración juramentada de

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una persona con Capacidad Jurídica para vincular y representar a la sociedad en la que conste que (1) no existe autoridad u organismo que certifique lo solicitado en el presente numeral; (2) la información requerida en el presente numeral; y (3) la Capacidad Jurídica para vincular y representar a la sociedad de la persona que efectúa la declaración y de las demás personas que puedan representar y vincular a la sociedad, si las hay.

Acreditar que su objeto social principal o complementario permite la celebración y ejecución del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).Para estos efectos, la autorización se entiende contenida dentro de las autorizaciones generales otorgadas para comprometer a la sociedad.

Acreditar la suficiencia de la Capacidad Jurídica de su(s) representante(s) legal(es) o de su(s) apoderado(s) especial(es) en Colombia para la suscripción del Contrato, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado (esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).

Acreditar que su duración es por lo menos igual al Plazo Total Estimado del Contrato y cinco (5) años más, para lo cual presentará un extracto de sus estatutos sociales o un certificado del representante legal o funcionario autorizado(esta persona deberá aparecer en los documentos señalados en el literal (a) anterior).

Si (el)(los)representante(s) legal(es) tuviere(n) limitaciones estatutarias para presentar la Propuesta o suscribir el Contrato y en general para efectuar cualquier acto derivado del proceso licitatorio o de su eventual condición de adjudicatario, deberá adjuntarse una autorización del órgano social competente de la sociedad en la cual se eliminen dichas limitaciones(se entenderá que se verificará la limitación respecto de la(s) persona(s) que esté(n) facultada(s) para actuar en el presente proceso y no respecto de aquellos representantes que no estén representando al oferente en la presente oferta cerrada de contrato, de manera que la limitación solamente deberá levantarse respecto de aquél (aquellos) representante(s) que suscriban documentos que sean presentados en la Propuesta, o si la duración de la sociedad no fuese suficiente en los términos de estas reglas de participación, se adjuntará un documento en el que conste que el órgano social competente ha decidido aumentar el plazo de la sociedad en caso de resultar Adjudicatario y antes de la suscripción del Contrato o de la constitución de la sociedad si se presenta bajo promesa de sociedad futura.

Adicionalmente a lo exigido en los literales (a) y (e) anteriores, si la Propuesta fuera suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la Capacidad Jurídica de la sucursal y/o de su representante, mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal en una fecha de expedición máximo de un (1) mes antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal. Cuando el representante legal de la sucursal tenga limitaciones para presentar la Propuesta, suscribir el Contrato o realizar cualquier otro acto requerido para la contratación en caso de resultar Adjudicatario, se deberá presentar en la Propuesta copia del acta en la que conste la decisión del órgano social competente correspondiente de la sociedad extranjera, que autorice la presentación de la Propuesta, la celebración del Contrato y la realización de los demás actos requeridos para la contratación en caso de resultar Adjudicatario.

3.4.2 Apoderado

Las personas naturales extranjeras sin residencia en Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la presente oferta cerrada de contrato, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el presente documento.

Dicho apoderado podrá ser el mismo apoderado único para el caso de personas extranjeras que

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participen en Consorcio o Unión Temporal y en tal caso, bastará para todos los efectos, la presentación del poder común otorgado por todos los participantes del Consorcio o Unión Temporal con los requisitos de autenticación, Consularización y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.

Para fines de claridad únicamente, las personas naturales y jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia podrán designar a más de una persona como su apoderado en Colombia, caso en el cual podrá indicar a su entera discreción las condiciones o las limitaciones a los apoderados. En todo caso, si no se precisan tales condiciones y/o limitaciones, FONADE presumirá que cualquiera de los apoderados podrá suscribir y vincular al oferente extranjero sin domicilio en Colombia que no sea Consorcio o Unión Temporal.

3.4.3 Capacidad Financiera

Personas Jurídicas y Naturales

Debe presentar con la propuesta el último balance, de acuerdo al cierre fiscal en cada país de origen.

Las cifras que contengan dichos balances deben presentarse en moneda colombiana de conformidad con los Artículos 50 y 51 del Decreto 2649 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

En el evento en que por las prácticas contables del país de origen los rubros que correspondan a las cuentas de capital de trabajo, índice liquidez y nivel de endeudamiento difieran de las establecidas en los literales a, b) y c) del numeral 3.2.2 se deben aportar junto con la información financiera, certificación suscrita por la persona natural o por el representante legal (persona jurídica) y avalada por un contador público inscrito en la Junta Central de Contadores Colombiana en la que conste tal circunstancia y en la que se indique con claridad los rubros que corresponden a las cuentas ya señaladas, se debe adjuntar tarjeta profesional del contador público y certificación expedida por la junta Central de Contadores sobre su vigencia

Con base en la información suministrada de la manera indicada en este numeral la entidad verificará el capital de trabajo, índice de liquidez y nivel de endeudamiento del oferente, y estos deben cumplir mínimo con los valores indicados en el numeral 3.2.2.

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CAPÍTULO CUARTO 4. CONDICIONES CONTRACTUALES GENERALES

4.1 OBJETO El objeto del contrato es la ejecución, por parte de EL CONTRATISTA, de entregar o prestar el servicios de SUMINISTRO DE MATERIALES Y ALQUILER DE EQUIPOS PARA EL PROYECTO MEJORAMIENTO DE CONDICIONES DE HABITABILIDAD GRUPO 1 (ZONAS 1 Y 2) EN CARTAGENA DT – BOLIVAR, de acuerdo con la descripción, especificaciones y demás condiciones establecidas en las presentes reglas de participación, los documentos e información técnica suministrada por FONADE y la oferta presentada por EL OFERENTE, así como también, las condiciones y especificaciones técnicas del contrato objeto del presente proceso, todo lo cual hace parte integral del contrato. Las reglas de participación y adendas referidas en esta cláusula se entienden incorporadas al contrato aún cuando en este no se reproduzcan. En el evento en que se presente alguna contradicción entre, de una parte, las reglas de participación y este contrato, y de otra, la oferta presentada por el CONTRATISTA, prevalecerá el contenido de aquellos documentos. En el evento en que la contradicción se presente entre las reglas de participación y el presente contrato, prevalecerá el contenido de aquellas. La descripción técnica detallada y completa del objeto de contratación está contenida en los documentos del presente proceso de selección.

4.2 MODIFICACION DEL CONTRATO El plazo, valor, condiciones, cambios, ajustes, aclaraciones, entre otras, establecidas en el contrato inicial, procederán a través de las modificaciones contractuales suscritas por las partes. Sin autorización escrita de FONADE, previo concepto de la supervisión, el CONTRATISTA no podrá apartarse de las condiciones y especificaciones contractuales que le resultan exigibles en virtud del contrato. En el evento en que lo haga perderá el derecho a reclamar el reconocimiento y pago de cualquier suma que resulte de la modificación y será responsable de los daños que por esa acción le cause a FONADE y/o al DEPARTAMENTO AMINISTRATIVO PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL, sin perjuicio de la obligación de ejecutar el contrato en las condiciones previstas. El CONTRATISTA deberá manifestar expresamente y por escrito al momento de la suscripción de las modificaciones, adiciones, aclaraciones, prorrogas, suspensiones, otrosí, actas y demás documentos que se suscriban en la ejecución del contrato, si tales modificaciones, ajustes o correcciones generan mayor valor; en caso de que el contratista suscriba el documento sin la manifestación anterior se entenderá que cumplirá lo acordado sin que haya lugar a mayores valores o pago adicional alguno. La celebración de las modificaciones implica la obligación de modificar las garantías o de informar a la aseguradora con respecto al documento modificatorio, obligación que en cualquier caso corresponde y estará a cargo de EL CONTRATISTA y que deberá adelantarse dentro de los tres (3) días posteriores a la suscripción del documento.

4.3 PLAZO EJECUCIÓN CONTRACTUAL El plazo previsto para la ejecución del contrato es el señalado en el numeral 1.5

4.4 CONDICIONES PREVIAS A LA SUSCRIPCIÓN DEL ACTA DE INICIO Para la suscripción del acta de inicio será necesario el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a. Perfeccionamiento del contrato, el cual se da con la suscripción del contrato por las partes contratantes y el registro presupuestal efectuado por FONADE.

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b. Aprobación de FONADE de la garantía única entregada por EL CONTRATISTA. c. La acreditación, por parte del PROVEEDOR, de que todo el personal necesario para el inicio de

la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud y pensiones, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.

Y surtido lo anterior, la suscripción del acta de inicio del contrato Cumplidos los anteriores requisitos, la negativa o retraso por parte de EL CONTRATISTA a la suscripción del acta de inicio dará lugar a la efectividad de las cláusulas contractuales a que haya lugar.

4.5 PRÓRROGA DEL PLAZO DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL El plazo de ejecución podrá ser prorrogado mediante la suscripción del documento modificatorio contractual que así lo disponga, en el cual, deberán señalarse las circunstancias o hechos que lo motivaron y la fecha o condición que defina el nuevo plazo de ejecución del contrato cumpliendo con lo establecido en numeral 9.5 del Manual de Contratación de Derecho Privado de FONADE. Para prorrogar el contrato previamente se requiere:

a) La solicitud y justificación técnica correspondiente por parte del CONTRATISTA. b) Aval y concepto de la Gerencia del Convenio.

4.6 SUSPENSIÓN El plazo de ejecución del contrato podrá ser suspendido mediante suscripción de un documento contractual que así lo disponga, en el cual se señalarán las causas que motivaron la suspensión. Deberá incluirse el plazo y/o condición que se consideren necesarios para el reinicio del contrato.

4.7 VALOR El valor del contrato corresponderá a la suma por la cual sea aceptada la oferta, la cual incluye todos los gastos, costos, impuestos y tributos a que haya lugar para la celebración, legalización, ejecución y liquidación del contrato.

4.8 FORMA DE PAGO FONADE pagará a EL CONTRATISTA el valor por el cual le sea adjudicado el contrato, así: Pagos parciales mensuales según avance de entregas hasta por el 90% del valor de cada acta de recibo parcial de conformidad con las actas de corte mensual e informes de ejecución debidamente aprobados por la Interventoría. El saldo correspondiente al diez por ciento del valor total, se pagará una vez se haya liquidado el contrato y previa suscripción del acta de recibo final del suministro y alquiler de equipos a satisfacción y la entrega de los documentos señalados en la etapa de entrega de suministros, señalado en este estudio y de acuerdo con el Manual de Interventoría de FONADE, dicha entrega será realizada a la Interventoría y a FONADE, así como de la aprobación de las garantías correspondientes, señaladas en el numeral 8 del presente documento. 4.8.1 Requisitos de pago

Los pagos y/o el desembolso de recursos relacionados con el contrato quedan sometidos, además de las condiciones anteriormente previstas, Al cumplimiento de los siguientes requisitos: a. Deberán ser refrendados por el SUPERVISOR en los formatos que FONADE suministre para el

efecto. b. La acreditación por parte de EL CONTRATISTA al supervisor de que todo el personal necesario

para la ejecución del contrato se encuentra afiliado a los sistemas de seguridad social en salud,

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pensiones y riesgos profesionales, incluso los trabajadores independientes, y que los pagos de las cotizaciones respectivas se encuentran al día.

c. Se realizarán dentro de los diez (10) días calendario siguientes a las fechas de radicación de las facturas o cuentas, según sea el caso, o de la fecha en que el contratista subsane las glosas que se le formulen.

d. Toda vez que los impuestos y retenciones que surjan por la celebración, ejecución y liquidación del contrato corren por cuenta de EL CONTRATISTA, FONADE hará las retenciones del caso y cumplirá las obligaciones fiscales que ordene la ley.

e. Presentación del certificación del cumplimiento de las actividades o de las entregas correspondientes al mes de cobro, suscrito por el contratista y aprobado por el supervisor de FONADE

Todos los documentos de pago deberán ser avalados por el supervisor designado por FONADE.

4.9 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

1. Cumplir con todas y cada una de las actividades establecidas en las presentes reglas de participación del proceso de selección, el cual hace parte integral del presente contrato, en la forma y requerimientos establecidos.

2. Dar cumplimiento a las normas vigentes en relación con los aportes a pensión y salud. 3. Atender oportunamente los requerimientos que realice la supervisión. 4. Indemnizar o asumir todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros o al personal

contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo. 5. Responder por el pago de los impuestos tasas o contribuciones que se causen con ocasión de la

celebración y ejecución del contrato. 6. Prestar el soporte e inducción con personal calificado y con la experiencia necesaria para el exitoso

desarrollo del objeto contratado. 7. Entregar los bienes en correcto funcionamiento, completamente nuevos, NO re manufacturados, en

las condiciones, protocolos, modos y plazos determinados, en el plazo requerido y cumpliendo con las especificaciones solicitadas, ofrecidas y contratadas.

8. Entregar los bienes objeto del presente proceso de selección en cada uno de los mejoramientos de vivienda y al funcionario que sea designado, directamente o por intermedio del personal técnico que figure en la relación de personas que a su nombre entregarán los bienes, suscribiendo el “acta de recibo a satisfacción”, según corresponda, en los términos y condiciones descritas en las reglas de participación y por él ofertadas.

9. Cambiar el bien o los bienes que llegaren a presentar fallas en su calidad o presentación, previa solicitud por escrito del interventor del contrato, por otro completamente nuevo y de iguales o superiores características, dentro de los términos ofertados.

10. Prestar el soporte e inducción con personal calificado y con la experiencia necesaria para el exitoso desarrollo del objeto contratado.

11. Se deben entregar todos los catálogos, fichas técnicas, CD y manuales que correspondan, así como las recomendaciones para la correcta instalación y/o colocación.

12. El proveedor deberá dictar una capacitación para la correcta instalación y/o colocación de los materiales que lo requieran.

13. El oferente deberá acreditar la existencia de una línea directa, de su propiedad o del fabricante, para la atención de la garantía de los bienes ofertados.

14. En caso que los bienes sean importados se debe entregar la certificación de importación (número de serial) de cada uno, así como los documentos de nacionalización y legalización.

15. Durante el traslado de los bienes hasta el sitio de entrega el Contratista debe cumplir con todos los controles, dispositivos, medidas preventivas y requisitos legales vigentes exigidos por el Ministerio de Transporte y demás autoridades de tránsito.

16. La entrega de los bienes deberá incluir el suministro, cargue, transporte y seguros sobre la mercancía que dieren a lugar por el transporte de la misma.

17. En caso de requerirse un permiso especial para el transporte o suministro de la materiales, o para el desarrollo de alguna de las actividades derivadas de la ejecución del objeto contractual, el contratista se obliga a tramitar y obtener tales permisos, de manera que le permitan cumplir con la normatividad vigente sobre la materia y cumplir a cabalidad con el objeto contractual.

18. Obtener el recibo a satisfacción de los bienes por parte de la Interventoría y el beneficiario.

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19. Las demás requeridas para el cabal cumplimiento del objeto contractual. 20. El Contratista deberá entregar la ficha técnica del fabricante, de los materiales a la Interventoría en la

cual se indiquen claramente los métodos de instalación y/o colocación de los materiales. 21. El contratista debe responder directamente por la garantía de los materiales, y dar traslado de la

misma al beneficiario del mejoramiento. 22. Teniendo en cuenta que las cantidades relacionadas en este documento hacen parte del diagnostico

inicial del proyecto, El contratista NO suministrara los materiales hasta tanto las cantidades a adquirir sean previamente verificadas y aprobadas por la Interventoría.

4.10 OBLIGACIONES DE FONADE Son obligaciones de FONADE las siguientes:

a. Ejercer la supervisión general del contrato b. Pagar el valor del contrato en la forma establecida en las reglas de participación. c. Aprobar y controlar los desembolsos que se deben efectuar al contratista, previa certificación

de la supervisión técnico-administrativa d. Realizar las observaciones pertinentes al contratista con ocasión del desarrollo del contrato. e. Formular las sugerencias por escrito sobre los asuntos que estime convenientes en el

desarrollo del contrato

4.11 INTERVENTORIA La Interventoría será ejecutada por la persona natural o jurídica que designe FONADE para tal fin, lo cual será oportunamente informado al Contratista. El interventor desempeñara las funciones previstas en el manual de Interventoría de FONADE, que se encuentra vigente, las Reglas de Participación y el Contrato.

El Contratista, con el objeto de garantizar el adecuado seguimiento y control de sus actividades, está en la obligación de conocer las disposiciones del Manual de Interventoría de FONADE. En particular la Interventoría ejercerá las siguientes funciones:

a. Aprobar la solicitud de desembolso que el CONTRATISTA le presente, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente contrato.

b. Verificar que el contratista se encuentre al día con los pagos a seguridad social y parafiscal. c. Certificar la correcta ejecución del contrato y los resultados esperados. d. Informar oportunamente a FONADE sobre el desarrollo del contrato o bien sobre su

cumplimiento. e. Las demás que fueren necesarias para vigilar el cabal cumplimiento del objeto contractual.

PARAGRAFO: El supervisor del contrato está facultado a solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución contractual y será responsable por mantener informado a FONADE de los hechos o circunstancias que puedan constituir actos de corrupción tipificados como conductas punibles o que puedan poner o pongan en riesgo el cumplimiento del contrato, o cuando tal incumplimiento se presente. En ningún caso el supervisor goza de la facultad de modificar el contenido y alcance del contrato suscrito entre EL CONTRATISTA y FONADE, ni de eximir, a ninguno de ellos, de sus obligaciones y responsabilidades.

4.12 CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA En caso de incumplimiento parcial o definitivo en la ejecución oportuna del contrato o de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA después de terminado el plazo de ejecución, FONADE podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria, a título de pena, por un monto equivalente hasta por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato. El pago del valor acá señalado a título de cláusula

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penal pecuniaria se considera como indemnización parcial y no definitiva de los perjuicios causados por el incumplimiento del contratista, razón por la cual, FONADE tendrá derecho a obtener de EL CONTRATISTA el pago de la indemnización correspondiente a los demás perjuicios que con dicho incumplimiento se le hayan irrogado. EL CONTRATISTA autoriza a FONADE a descontar y compensar de los saldos presentes o futuros a su favor, los valores correspondientes a la pena pecuniaria aquí estipulada. De no existir tales deudas o de no resultar suficientes para cubrir la totalidad de su valor, FONADE podrá obtener el pago de la pena pecuniaria mediante el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar. El valor de la pena pecuniaria pactada se calculará sobre el valor total del contrato, incluidas las modificaciones al valor del mismo.

4.13 CLÁUSULA PENAL DE APREMIO En caso de mora o retrasos por parte de EL CONTRATISTA en la ejecución oportuna de la programación del contrato o de sus obligaciones relacionadas con ocasión de la ejecución del mismo, FONADE podrá hacer efectiva la cláusula penal de apremio pactada a EL CONTRATISTA por cada semana de retraso, por un valor equivalente al 2.0 % del valor total del contrato, sin exceder el 10% de su valor total. Para efectos de que EL CONTRATISTA cancele los valores por concepto de cláusula penal de apremio no se requiere que FONADE lo constituya en mora, el simple retardo imputable a EL CONTRATISTA dará origen al pago o compensación de las sumas previstas en este numeral. EL CONTRATISTA autoriza que FONADE descuente y compense de las sumas a su favor los valores correspondientes a la cláusula penal de apremio. De no existir tales saldos a favor de EL CONTRATISTA o de no resultar éstos suficientes para cubrir la totalidad del valor de la cláusula penal de apremio, FONADE podrá obtener el pago total o parcial de la cláusula penal de apremio por las vías legales a que haya lugar.

4.14 PROCEDIMIENTO PARA EXIGIR EL PAGO DE LA CLÁUSULA PENAL DE APREMIO Y/O

CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA

a) Evidenciado un posible incumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, FONADE lo citará a audiencia para debatir lo ocurrido. En la citación, se hará mención expresa y detallada de los hechos que la soportan, acompañando el informe de la supervisión en el que se sustente la actuación y enunciará las normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL CONTRATISTA en desarrollo de la actuación. En la misma se establecerá el lugar, fecha y hora para la realización de la audiencia, la que podrá tener lugar a la mayor brevedad posible, atendida la naturaleza del contrato y la periodicidad establecida para el cumplimiento de las obligaciones contractuales.

b) En desarrollo de la audiencia, la Subgerente de Contratación o su designado, presentará las circunstancias de hecho que motivan la actuación, enunciará las posibles normas o cláusulas posiblemente violadas y las consecuencias que podrían derivarse para EL CONTRATISTA en desarrollo de la actuación. Acto seguido se concederá el uso de la palabra al representante legal de EL CONTRATISTA o a quien lo represente, para que presenten sus descargos, en desarrollo de lo cual podrá rendir las explicaciones del caso, aportar pruebas y controvertir las presentadas por la entidad;

c) Hecho lo precedente, mediante comunicación motivada en la que se consigne lo ocurrido en desarrollo de la audiencia, FONADE procederá a decidir sobre la imposición o no de la multa, sanción o declaratoria de incumplimiento. Contra la decisión así proferida EL CONTRATISTA podrá presentar descargos dentro de los tres (3) días siguientes a su envío. La decisión sobre los descargos será comunicada por FONADE por escrito.

d) En cualquier momento del desarrollo de la audiencia, Subgerente de Contratación o su designado, podrá suspender la audiencia cuando de oficio o a petición de parte, ello resulte en su criterio necesario para allegar o practicar pruebas que estime conducentes y pertinentes, o cuando por cualquier otra razón debidamente sustentada, ello resulte necesario para el correcto desarrollo de la actuación administrativa. En todo caso, al adoptar la decisión, se señalará fecha

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y hora para reanudar la audiencia. FONADE podrá dar por terminado el procedimiento en cualquier momento, si por algún medio tiene conocimiento de la cesación.

4.15 GARANTÍAS El contratista deberá a constituir a favor de FONADE, en formato para particulares, en los términos establecidos en la normatividad vigente, una garantía expedida por:

a) Compañías aseguradoras legalmente autorizadas para funcionar en Colombia Y junto con ella deberá presentar el comprobante de pago de la prima, de conformidad con lo previsto en el Artículo 1068 del Código de Comercio que incluya los siguientes amparos: 4.15.1 DE CUMPLIMIENTO

Por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, vigente por el plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. 4.15.2 DE CALIDAD DEL BIEN Y CORRECTO FUNCIONAMIENTO

Por un monto equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, vigente por el término de tres (3) años contados a partir de la suscripción del acta de recibo final. 4.15.3 DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES

Por un monto equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, por el plazo de ejecución

del contrato y tres (3) años más.

4.15.4 DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL

Esta póliza tendrá un valor asegurado correspondiente a una cuantía equivalente al treinta por ciento

(30%) del valor total del contrato, y deberá permanecer vigente desde el acta de inicio, hasta la fecha

de terminación del contrato. En caso de prorrogarse el plazo de ejecución, deberá ampliarse la

vigencia del amparo por el mismo término. Ocurrido cualquier siniestro EL CONTRATISTA está

obligado a restablecer la cobertura completa. De la vigencia de este amparo se dejará constancia en el

acto de liquidación.

4.15.5 TÉRMINO PARA LA ENTREGA DE LAS GARANTÍAS

El contratista entregará a FONADE, a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato, la garantía única de cumplimiento. 4.15.6 REQUISITOS GENERALES

En las pólizas deben figurar como afianzadas cada una de las personas que integran la parte contratista y como beneficiario la entidad debidamente identificada. 4.15.7 SUFICIENCIA DE LAS GARANTÍAS

El contratista debe mantener, durante la vigencia del contrato, la suficiencia de las garantías otorgadas. En consecuencia, en el evento en que el plazo de ejecución del contrato o su valor se amplíe o aumente, respectivamente, el contratista deberá proceder a ampliar la vigencia de las garantías o el valor amparado de las mismas, según sea el caso, como condición previa y necesaria para el pago de las facturas pendientes de pago.

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De igual modo, el contratista deberá reponer las garantías cuando su valor se afecte por la ocurrencia de los siniestros amparados. En el caso de los amparos cuya vigencia debe prolongarse con posterioridad al vencimiento del plazo de ejecución del contrato objeto del mismo, el valor amparado también debe reponerse cuando el mismo se afecte por la ocurrencia de los riesgos asegurados con posterioridad a tales fechas. El pago de todas las primas y demás gastos que generen la constitución, el mantenimiento y el restablecimiento inmediato del monto de las garantías, será de cargo exclusivo del contratista.

4.16 CESIÓN DEL CONTRATO El presente contrato se celebra en consideración a las calidades del contratista; en consecuencia, no podrá cederlo en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte cedente, el cesionario y FONADE. No obstante lo anterior, el contratista podrá ceder parcial o totalmente los derechos económicos del contrato, previa autorización expresa de FONADE.

4.17 CESIÓN DE LOS DERECHOS ECONÓMICOS DEL CONTRATO Los derechos económicos del contrato, no podrán cederse en todo ni en parte, a ningún título, sin el consentimiento expreso, previo y escrito de FONADE. Dicha cesión, de producirse, requerirá, para su eficacia, de la suscripción de un documento por parte del cedente, el cesionario y la aprobación expresa de FONADE, de acuerdo con el procedimiento interno de FONADE para tal efecto.

4.18 SUBCONTRATOS. En el evento en que EL CONTRATISTA subcontrate parcialmente la ejecución del contrato, podrá hacerlo con personas naturales o jurídicas que tengan la idoneidad y capacidad para desarrollar la actividad subcontratada. No obstante lo anterior, EL CONTRATISTA continuará siendo el único responsable ante FONADE por el cumplimiento de las obligaciones del contrato. En consecuencia no hay lugar a solidaridad entre FONADE y EL CONTRATISTA y/o terceros

4.19 CONOCIMIENTO DEL CONTRATISTA SOBRE LAS CONDICIONES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Se entiende por las partes que el contratista ha hecho sus propias averiguaciones, estudios y proyecciones, y ha analizado las condiciones técnicas. En consecuencia, se considera conocedor de todos los elementos necesarios para tomar la decisión de asumir totalmente, a su riesgo, las obligaciones derivadas del contrato, tal como efectivamente lo hace con la presentación de la oferta y, posteriormente, de resultar aceptada su oferta, con la suscripción del mismo.

4.20 INDEMNIDAD INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA mantendrá indemne y defenderá a su propio costo a FONADE de cualquier pleito, queja o demanda y responsabilidad de cualquier naturaleza, incluyendo obligaciones de carácter tributario, costos y gastos provenientes de actos y omisiones del contratista en el desarrollo de este contrato. EL CONTRATISTA se obliga a evitar que sus empleados y/o los familiares de los mismos, sus acreedores, sus proveedores y/o terceros, presenten reclamaciones (judiciales o extrajudiciales) contra FONADE, con ocasión o por razón de acciones u omisiones suyas, relacionadas con la celebración, ejecución y liquidación del presente contrato. Si ello no fuere posible y se presentaren reclamaciones o demandas contra FONADE, esta entidad podrá comunicar la situación por escrito a EL CONTRATISTA. En cualquiera de dichas situaciones, EL CONTRATISTA se obliga a acudir en

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defensa de los intereses de FONADE, para lo cual contratará profesionales idóneos que representen a la entidad y asumirá el costo de los honorarios de éstos, del proceso y de la condena, si la hubiere. Si FONADE estima que sus intereses no están siendo adecuadamente defendidos, lo manifestará por escrito a EL CONTRATISTA, caso en el cual acordará la mejor estrategia de defensa o, si FONADE lo estima necesario, asumirá directamente la misma. En este último caso, FONADE cobrará y descontará de los saldos a favor del contratista todos los costos que implique esa defensa, más un diez por ciento (10%) del valor de los mismos, por concepto de gastos de administración. Si no hubiere saldos pendientes de pago a favor de EL CONTRATISTA, FONADE podrá proceder, para el cobro de los valores a que se refiere este numeral, por la vía ejecutiva, para lo cual este contrato, junto con los documentos en los que se consignen dichos valores, prestará mérito ejecutivo.

4.21 SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Las partes podrán buscar solucionar en forma ágil y directa las diferencias y discrepancias surgidas de la actividad contractual, mediante la conciliación, transacción o los mecanismos que las partes acuerden, según los procedimientos establecidos por la Ley.

4.22 PERFECCIONAMIENTO El contrato se perfecciona con la suscripción del mismo por las partes y con el registro presupuestal, incluyendo: Para la mencionada suscripción, el contratista debe haber acreditado:

- La presentación del formato de creación de terceros, el cual puede obtener en la página Web de FONADE, debidamente diligenciado, fotocopia del RUT y certificación de la cuenta bancaria en la cual se realizarán los pagos relacionados con el contrato.

- La presentación de la documentación técnica de los productos en los cuales se acredita que los bienes o servicios cumplen con las características y especificaciones mínimas establecidas en las fichas técnicas anexas a las presentes reglas de participación.

Se entenderá que el oferente a quien se le acepte su oferta se abstiene injustificadamente de la suscripción del contrato en los casos en que no presente la documentación requerida para tal efecto o, en cualquier caso, no se presente dentro del término señalado para su suscripción

4.23 REQUISITOS DE EJECUCIÓN Perfeccionado el contrato, para su ejecución se requiere: 4.23.1 POR PARTE DEL CONTRATISTA

Constituir las garantías previstas en el contrato. Para el cumplimiento de los requisitos señalados en el presente numeral, el contratista dispone de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la suscripción del contrato. 4.23.2 POR PARTE DE FONADE

Aprobar la Garantía que ampara el contrato.

4.24 TERMINACIÓN DEL CONTRATO Con la suscripción del presente contrato el contratista autoriza expresamente a FONADE para terminar anticipadamente el mismo mediante oficio escrito que se comunicará al CONTRATISTA, en los siguientes eventos: a) Cuando las exigencias del servicio público lo requieran o la situación de orden público lo imponga

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b) Por disolución de la persona jurídica del CONTRATISTA, o de una de las personas jurídicas que integran el respectivo consorcio o unión temporal; así como por la modificación de los miembros de éstos últimos, sin autorización de FONADE

c) Por cesación de pagos, concurso de acreedores o embargos judiciales del CONTRATISTA, que puedan afectar de manera grave el cumplimiento del contrato;

d) Cuando el CONTRATISTA, sin aducir causa que lo justifique, se abstenga de entregar a FONADE los documentos requeridos para el cumplimiento de los requisitos legales de ejecución del contrato, dentro del plazo establecido para ello;

e) Cuando el CONTRATISTA, con posterioridad a la suscripción del acta de inicio, no diere principio a la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar;

f) Cuando del incumplimiento de las obligaciones del CONTRATISTA se deriven consecuencias que hagan imposible o dificulten gravemente la ejecución del contrato, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar;

g) Si suspendidas todas o algunas de las obligaciones emanadas del presente contrato, el CONTRATISTA no reanudase la ejecución de las mismas dentro del plazo acordado entre las Partes una vez terminadas las causas que obligaron a la suspensión, sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar;

h) Cuando el CONTRATISTA ceda el contrato sin previa autorización expresa y escrita de FONADE sin perjuicio de las sanciones contractuales a las que haya lugar;

i) Cuando el CONTRATISTA incurra en las conductas prohibidas en el Capítulo 2 del Título II de la Ley 418 de 1997, prorrogada por las leyes 548 de 1999 y 782 de 2002, y el artículo 25 de la Ley 40 de 1993 (pago de sumas de dinero a extorsionistas u ocultar o colaborar, por parte de algún directivo o delegado del CONTRATISTA en el pago por la liberación de una persona secuestrada que sea funcionaria o empleada del CONTRATISTA o de alguna de sus filiales);

j) Por mutuo acuerdo; k) Por orden legal judicial; l) Por las demás causas dispuestas en la ley.

Las partes acuerdan que el contrato se dará por terminado anticipadamente a partir de la fecha que señale la comunicación que se remita al CONTRATISTA por parte de FONADE; sin perjuicio de lo anterior, las partes suscribirán un acta de liquidación en la cual se dejará constancia de los hechos o circunstancias que motivaron la misma. Igualmente el CONTRATISTA tendrá derecho, previas las deducciones a que hubiere lugar de conformidad con el clausulado de este contrato, a que se le pague la parte de los trabajos recibidos a satisfacción por FONADE hasta la fecha de la terminación anticipada. Posteriormente el CONTRATISTA no podrá solicitar valores diferentes a los que resulten de lo allí consignado, razón por la cual renuncia a realizar cualquier reclamación o demanda por conceptos o valores distintos a los previstos en dicha acta.

4.25 CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR Ninguna de las partes será responsable por el no cumplimiento de las obligaciones a su cargo derivado de circunstancias ajenas a ellas y cuya ocurrencia fue imprevisible e irresistible de conformidad con lo establecido en la Ley. En estos casos, de común acuerdo, se señalarán nuevos plazos y se establecerán las obligaciones que cada parte asume para afrontar la situación. Cada una de las partes se obliga a comunicarle a la otra por escrito, dentro de los cinco (5) días siguientes a su ocurrencia, los hechos que en su concepto constituyan caso fortuito o fuerza mayor. La parte afectada con el caso fortuito o fuerza mayor debe realizar todo esfuerzo razonable para minimizar sus efectos y evitar su prolongación y no se exonerará del cumplimiento de las obligaciones pertinentes si omite la citada comunicación. Las suspensiones del plazo del contrato debido a las circunstancias establecidas en el presente numeral, se sujetarán a lo dispuesto en el numeral 4.6 La ocurrencia de un caso fortuito o fuerza mayor no dará lugar a indemnizaciones o compensaciones a favor de la parte que resulte afectada.

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4.26 PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO “EL CONTRATISTA manifiesta bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la suscripción del presente contrato, que los recursos que componen su patrimonio no provienen de lavado de activos, financiación del terrorismo, narcotráfico, captación ilegal de dineros y en general de cualquier actividad ilícita; de igual manera manifiesta que los recursos recibidos en desarrollo de éste contrato, no serán destinados a ninguna de las actividades antes descritas. Para efectos de lo anterior, el contratista autoriza expresamente a FONADE, para que consulte los listados, sistemas de información y bases de datos a los que haya lugar y, de encontrar algún reporte, FONADE procederá a adelantar las acciones contractuales y/o legales que correspondan. EL CONTRATISTA se obliga a realizar todas las actividades encaminadas a asegurar que todos sus socios, administradores, clientes, proveedores, empleados, etc., y los recursos de estos, no se encuentren relacionados o provengan, de actividades ilícitas, particularmente, de las anteriormente enunciadas”.

4.27 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO Las partes de común acuerdo, suscribirán un acta de liquidación en la que consignarán, entre otros, los ajustes y reconocimientos a que haya lugar, garantías constituidas, balance financiero y de gestión, incumplimientos contractuales, acuerdos, conciliaciones y transacciones a que llegaren las partes para poner fin a las divergencias presentadas y poder declararse a paz y salvo. La liquidación unilateral se deberá realizar dentro de del término de dos (2) meses contados a partir del vencimiento del plazo para liquidar el contrato de común acuerdo; lo anterior no obsta para que dentro de este plazo las partes lleguen a un acuerdo sobre la liquidación. Sin perjuicio de lo anterior, FONADE, podría abstenerse de adelantar el procedimiento de liquidación previsto en el presente numeral, en aquellos contratos en los que finalizado su plazo cuenten con informes de ejecución que evidencien de manera inequívoca el cumplimiento de las obligaciones recíprocas de las partes.

4.28 CONFIDENCIALIDAD E INFORMACION PRIVILEGIADA EL CONTRATISTA adquiere las obligaciones que se describen a continuación, en relación con la información confidencial y/o privilegiada a la que tenga acceso en el desarrollo del presente contrato: a). Abstenerse en cualquier tiempo de divulgar, parcial o totalmente la Información Confidencial y/o privilegiada a cualquier persona natural o jurídica, entidades gubernamentales o privadas, excepto en los casos que se precisan a continuación: (i). Cuando la información sea solicitada por FONADE. (ii). En cumplimiento de una decisión judicial en firme, orden, requerimiento o una solicitud oficial expedida bien sea por un tribunal competente, una autoridad u órgano judicial o legislativo con competencia para ello, para lo cual deberá observarse el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales decisiones, requerimientos o solicitudes, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de las mismas. (iii). Cuando cualquier autoridad judicial, gubernamental o regulatoria la haya requerido legalmente, siempre y cuando la información confidencial y/o privilegiada se entregue a la mencionada autoridad cumpliendo con los mecanismos de cuidado, protección y manejo responsable de la información estipulados en esta cláusula, previa notificación a FONADE, con el fin de que puedan tomar las acciones administrativas y judiciales pertinentes y se observe el procedimiento establecido por FONADE para dar respuesta a tales requerimientos, así como las competencias y delegaciones establecidas para la suscripción de los mismos. b). Abstenerse en cualquier tiempo de utilizar, explotar, emplear, publicar o divulgar la Información Confidencial y/o privilegiada en una forma diferente a la autorizada en esta cláusula. c). Tomar todas las medidas necesarias para que la Información Confidencial y/o privilegiada que le sea suministrada en medio físico o electrónico, se transporte, manipule y mantenga en un lugar seguro y de acceso restringido. d). Instruir a todas aquellas personas que tengan acceso a la Información Confidencial y/o privilegiada sobre la forma de manipulación, utilización, manejo de medidas de seguridad y demás, para que la información subsista bien manejada y protegida. e) El uso de la Información Confidencial y/o privilegiada no otorga derecho ni constituye licencia a EL CONTRATISTA, para utilizarla sin observar los principios de la ética profesional, comercial y la competencia leal, ni otorgando, favoreciendo ni beneficiando a cualquier otra persona natural o jurídica. Para ello EL CONTRATISTA acuerda

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expresamente emplear todos los medios a su alcance para impedir esa utilización irregular de la Información Confidencial y/o privilegiada. PARÁGRAFO PRIMERO: Para todos los efectos, el término “información confidencial y/o privilegiada”, corresponde a la información que entrega FONADE para el desarrollo de las actividades propias del contrato, que debe ser cuidada, protegida y tratada de manera responsable por EL CONTRATISTA. PARÁGRAFO SEGUNDO: El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente cláusula generará un incumplimiento del contrato. PARÁGRAFO TERCERO: FONADE adelantará las acciones judiciales pertinentes contra EL CONTRATISTA en el evento que éste, en cualquier tiempo, vulnere el compromiso adquirido en virtud de la presente cláusula.