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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIENCIA ESCOLAR 2020 RBD 26503-9

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REGLAMENTO INTERNO Y DE

CONVIENCIA ESCOLAR

2020

RBD 26503-9

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO

Colegio Saint Louis School

RBD 26503-9

Dirección Av. Las Cimas #495, Alto El Manzano Til Til

Fecha Emisión Noviembre 2019

Sitio Web www.stls.cl

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INTRODUCCIÓN

Las interacciones entre los distintos actores educacionales y dada las experiencias

diarias es de vital importancia que puedan ser reguladas por un conjunto de normas.

Conjunto que debe ser en el constructo realizado por toda la comunidad educativa,

analizadas e internalizadas para asegurar el resguardo de las directrices entregadas

por MINEDUC, resguardando así los principios, derechos y deberes de todos los

integrantes de la comunidad educativa, fomentando la sana convivencia respaldada en

los valores institucionales.

Es de gran importancia el conocimiento y práctica del siguiente reglamento, ya que está en

estrecha relación con el Proyecto Educativo de nuestro Colegio, por tanto es el eje rector

para todos los integrantes de nuestra comunidad que facilitará el cumplimiento de los

objetivos de nuestra Institución.

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I. PRINCIPIOS GENERALES

El Manual de Convivencia del alumno establece el conjunto de normas y procedimientos

que regulan los deberes de todos los alumnos del Colegio Saint Louis School. Para tales

efectos, serán considerados los alumnos de Educación Parvularia, Enseñanza General

Básica y Enseñanza Media. Los estudiantes estarán sujetos al cumplimiento de normas,

deberes y obligaciones, tanto al ordenamiento interno del Colegio Saint Louis School como

a la legislación vigente en el país. El presente Manual tiene como objetivo asegurar el

normal desarrollo de las actividades estudiantiles dentro de los recintos y lugares en que

éstas se realicen, además velar permanentemente por la formación integral del estudiante. El

logro de estos objetivos exige que los derechos y deberes de los alumnos y alumnas, deban

ser cumplidos y hechos cumplir por todos los miembros que componen la comunidad de

la institución. Este manual de convivencia escolar es un conjunto de normas que

permiten el desarrollo armónico de las diferentes actividades escolares en nuestro Colegio,

de tal forma que contribuyen a la creación de un clima de respeto entre alumnos, profesores

y los distintos estamentos de la Comunidad Escolar. El presente Manual de Convivencia

Escolar establece los derechos, deberes, remediales y condiciones escolares, a que deben

ceñirse todos los apoderados y alumnos del Saint Louis School, en relación con sus

labores educativas, permanencia y convivencia en las dependencias del Colegio, en

concordancia con nuestro Proyecto Educativo Institucional. Sin perjuicio de lo anterior, la

Unidad Educativa informará oportunamente, a través de circulares de orden, sobre nuevas

normativas que sea necesario establecer para el buen funcionamiento del establecimiento y

sobre todo para una sana convivencia escolar. El Manual de Convivencia Escolar

permitirá y facilitará el entendimiento entre las partes y hará posible el logro de los

siguientes objetivos:

1.- Desarrollar, a través del proceso de formación curricular y disciplinaria, un clima

escolar sereno, de responsabilidad académica y espíritu familiar, que permita el crecimiento

personal de toda la comunidad educativa, dentro y fuera de ésta cuando se usa el uniforme

del Colegio o se lo representa.

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2.- Establecer mecanismos disciplinarios que fomenten la prevención en el ambiente

educativo y la relación educativa con énfasis en la moral y ética profesional. Todo lo

anterior, convierte la disciplina en un proceso permanente, en signo de madurez humana, en

un soporte que facilita el desarrollo del aprendizaje y para formar ciudadanos modelos.

Debe entenderse como el ordenamiento de las relaciones interpersonales y de los deberes y

derechos de todos los agentes escolares.

3.- Desarrollar alumnos íntegros que puedan transferir lo aprendido en otros ámbitos del

aprendizaje y vincularlos con la experiencia y la acción práctica. Así mismo, desarrollar

alumnos que participen con competencia en la sociedad, competencia también entendida

como su propio conocimiento y realización personal, capaces de vivenciar valores y no sólo

de conocerlos por su definición.

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II.-FUENTES NORMATIVAS:

1.- Marco Legal Institucional de la Política de Convivencia Escolar

1.1. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Naciones Unidas, 1948.

1.2. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña. UNESCO, 1989.

1.3. Constitución Política de la República de Chile. 1980.

1.4. Ley N° 20.370 General de Educación. Chile, 2009.

1.5. Ley N° 19.979 Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna. Chile, 2004.

1.6. Ley N° 20.422 Igualdad de Oportunidades e Inclusión de Personas con

Discapacidad. Chile, 2010.

1.7. Ley N° 20.536 Violencia Escolar. Chile, 2011.

1.8. Ley N° 20.529 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la

Educación. Chile, 2011.

1.9. Ley N° 20.609 Medidas Contra la Discriminación. Chile, 2012.

1.10. Ley N° 20.845 Inclusión Escolar. Chile, 2015.

1.11. Ley N° 20.084 Sistema de Responsabilidad de los Adolescentes por Infracciones a

Ley Penal. Chile, 2005.

1.12. Ley N° 20.000 Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. Chile,

2005.

1.13. Ley N° 19.925 Bebidas Alcohólicas; Consumo de Alcohol. Chile, 2004.

1.14. Ley N° 19.253 Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas. Chile, 1993.

1.15. Ley N° 19.070 Estatuto de los Profesionales de la Educación. Chile, 1991.

1.16. Ley N° 20.105 Ambientes Libres de Humo de Tabaco. Chile, 2013.

1.17. Ley N° 20.526 Acoso Sexual de Menores, la Pornografía Infantil Virtual y la

Posesión de Material Pornográfico Infantil. Chile, 2005.

1.18. Ley N° 20.501 Calidad y Equidad de la Educación. Chile, 2011.

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1.19. Ley N° 19.696 Código Procesal Penal. Chile, 2000.

1.20. D.F.L. N°2 Subvención del Estado a Establecimientos Educacionales. Chile, 1998.

1.21. Decreto N°79 Norma Situación Estudiantes Embarazadas y Madres.

MINEDUC, Chile, 2004.

1.22. Decreto N°50 Norma Centro de estudiantes. MINEDUC, Chile, 1990.

1.23. Decreto N°24 Reglamento Consejos Escolares. MINEDUC, Chile, 2005.

1.24. Decreto N°565 Reglamento de Centro General de Padres, Madres y Apoderados.

MINEDUC, Chile, 1990.

1.25. Decreto N°924 Reglamenta Clases de Religión. MINEDUC, Chile, 1983.

1.26. Decreto N°215 Reglamenta Uso de Uniforme Escolar. MINEDUC, Chile, 2009.

1.27. Decreto N°170 Sobre Necesidades Educativas Especiales. MINEDUC, Chile, 2010.

1.28. Decreto N° 313 Incluye a los y las Estudiantes en Seguro de Accidentes

1.29. Decreto N°256 Establece objetivos fundamentales y contenidos mínimos

obligatorios para enseñanza básica y media. MINEDUC, Chile, 2009.

1.30. Circular N°1 Establecimientos Educacionales Subvencionados Municipales y

Particulares, Superintendencia de Educación, Chile, 2014.

1.31. Circular N° 875/1994 del MINEDUC, Ingreso o Permanencia de Estudiantes con VIH

y/o Epilepsia.

1.32. Ley Nº 21.013. Tipifica un nuevo delito de maltrato y aumenta la protección de

personas en situación especial.

1.33. Ley N° 20.609. Establece medidas contra la discriminación.

1.34. Ley N° 20.832, crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de

Educación Parvularia.

1.35. Ley N° 20.835, crea la Subsecretaria de Educación Parvularia, La Intendencia de

Educación Parvularia y modifica diversos cuerpos legales.

1.36. Decreto N° 830, de 1990, de Ministerio de relaciones exteriores que promulga la

convención sobre los derechos del niño.

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1.37. Ley N°21.128, Aula Segura, 2018.

* Y cualquier otra norma legal que pueda influir en el cotidiano desarrollo de la vida

escolar.

2. Normas sobre Planes y Programas de estudio

2.1. Decreto 254/2009 (Marco Curricular ajustado)

2.2. Decreto 158/1999

2.3. Decreto 924/1983 de Religión

3. Normas sobre Evaluación y Promoción escolar

3.1. Decreto Ex. N° 112/99

3.2. Decreto 77/1999 1° Medio

3.3. Decreto 83/2000 2° Medio

3.4. Decreto Ex. N° 83/01 3° y 4°

3.5. Decreto 27/2001 3° Medio

3.6. Decreto 102/2002 4° Medio

3.7. Decreto 511/1997 para 7º y 8º básico.

3.8. Decreto 924/1983 para Religión

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III.- DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

1.- Deberes y derechos de los alumnos. son deberes del alumno:

1. 1 Respetar los valores y principios planteados por nuestro Colegio en su Proyecto

Educativo y respetar a cada miembro de la Comunidad Educativa Sanluisiana.

1.2. Son deberes de los alumnos y alumnas brindar un trato digno, respetuoso y no

discriminatorio a todos los integrantes de la comunidad educativa.

1.3. Asistir a clases; estudiar y esforzarse por alcanzar el máximo de desarrollo de sus

capacidades; colaborar y cooperar en mejorar la convivencia escolar, cuidar la

infraestructura educacional y respetar el proyecto educativo y el reglamento interno

del establecimiento.

1.4. Son deberes de los padres acudir con sus hijos puntualmente a clases.

1.5. Proporcionar acompañamiento en el proceso educativo del estudiante.

1.6. Mantener una actitud respetuosa, atenta y participativa que favorezca el ambiente de

aprendizaje al interior de la sala de clases.

1.7. Hacerse responsable de su proceso de aprendizaje.

1.8. Apoyar la solución de los conflictos, a partir de la sana convivencia y el diálogo al

interior del Colegio.

1.9. Conocer y acatar las normas de convivencia y el reglamento interno del Colegio.

1.10. Asumir las consecuencias de sus actos y aceptar las decisiones que el Colegio

determine frente a una falta en la que haya incurrido, sea esta del ámbito académico,

conductual o valórico.

1.11. Demostrar honestidad con la propiedad ajena, con sus deberes y en las evaluaciones

escolares.

1.12. Hacer uso adecuado, cuidar y respetar las dependencias, bienes y servicios del

Colegio.

1.13. Cumplir con una presentación personal de acuerdo al reglamento interno, de manera

permanente.

1.14. Presentar todos los materiales que hayan sido solicitados para cada asignatura por el

profesor/a en los tiempos establecidos previamente.

1.15. Respetar los horarios establecidos, la asistencia y la puntualidad a cada una de las

actividades curriculares y no curriculares.

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1.16. Asumir en las actividades externas las Normas de Convivencia vigentes del Colegio.

1.17. Estar informado y conocer el reglamento interno que regula la convivencia escolar y

el Reglamento de Evaluación.

2.- Son derechos del alumno:

2.1. Recibir un trato respetuoso de parte de todos los miembros de la comunidad

educativa Sanluisiana.

2.2. Los estudiantes tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades

para su formación y desarrollo integral.

2.3. Los estudiantes tienen derecho a recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso

de tener necesidades educativas especiales.

2.4. Los alumnos y alumnas; tienen derecho a no ser discriminados arbitrariamente; a

estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo. A que se respete su integridad

física, y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de

maltratos psicológicos

2.5. Los niños y niñas tienen derecho a expresar su opinión y a ser escuchados.

2.6. Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de conciencia, sus

convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamento interno

del establecimiento.

2.7. De igual modo, tienen derecho a ser evaluados y promovidos de acuerdo a un sistema

objetivo y transparente, de acuerdo al reglamento de cada establecimiento; a

participar en la vida cultural, deportiva y recreativa del establecimiento.

2.8. Los padres, madres y apoderados tienen derecho a ser informados por los directivos

y docentes a cargo de la educación de sus hijos respecto de los rendimientos

académicos y del proceso educativo de éstos, así como del funcionamiento del

establecimiento, y a ser escuchados y a participar del proceso educativo en los

ámbitos que les corresponda, aportando al desarrollo del proyecto educativo en

conformidad a la normativa interna del establecimiento. El ejercicio de estos

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derechos se realizará, entre otras instancias, a través del Centro de Padres

y Apoderados.

2.9. Plantear sus inquietudes, sugerencias e ideas en forma respetuosa y consecuente a

quien corresponda.

2.10. Ser reconocido y valorado por las conductas positivas logradas en su trabajo escolar.

2.11. Tener acceso al Reglamento de Conviencia Escolar y al Reglamento de Evaluación

resguardando y velando siempre porque los procedimientos se efectúen de acuerdo a

las normativas que rigen dichos reglamentos.

2.12. Recibir oportunamente los resultados de las evaluaciones aplicadas, revisar el

correspondiente puntaje obtenido, como asimismo el documento físico de la prueba

aplicada.

2.13. Tomar conocimiento de las observaciones positivas y/o negativas

correspondientes a su hoja de vida del registro físico y digital, en el momento en

que son registradas por el profesor y/o inspector tutor.

2.14. Participar y asumir cargos en representación de sus compañeros en diferentes

organizaciones del colegio tales como: Centro de Alumnos o Directivas de Curso.

2.15. Las estudiantes embarazadas podrán continuar sus estudios normalmente y optar a

adecuaciones curriculares y horarios.

2.16. Todos los estudiantes podrán ser beneficiarios del seguro escolar indicado en la ley

16.440: “Se considera accidente escolar lo que ocurre con causa u ocasiones

académicas; excluyendo los periodos de vacaciones; lo ocurrido en el trayecto de

ida o regreso, entre el hogar o sitio de residencia del establecimiento”

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3.- De los apoderados y su relación con el colegio:

3.1- El apoderado tiene el deber y el derecho de conocer y acatar el Manual de

convivencia Escolar.

3.2- El apoderado tiene el derecho a ser atendido por los docentes y directivos de

acuerdo a los procedimientos y horarios establecidos para ello.

3.3- El apoderado tiene el derecho de recibir un trato deferente y respetuoso de parte de

todo el personal del Colegio.

3.4- El apoderado tiene el deber de respetar los procedimientos y horarios para ser

atendido, recibir, entregar información, etc.

3.5- El apoderado tiene el deber de brindar un trato deferente y respetuoso a todo el

personal del Colegio.

3.6- El apoderado no puede reprender, agredir física, verbal y psicológicamente, en

forma directa o por medio de redes sociales (whatsapp u otro), a ningún miembro de

la comunidad escolar (profesores, personal administrativo o alumnos) por motivos

de situaciones o conflictos que pueden haber provocado con su hijo(a). Además, no

podrá hablar en contra del establecimiento desprestigiándolo en forma gratuita

perjudicando su honra y prestigio.

3.7- Para la resolución efectiva de alguna situación conflictiva debe recurrir a las

instancias que el Colegio tiene dispuestas para estos casos.

3.8- El apoderado debe responder y cancelar los costos de reparación y reposición

ocasionados por la pérdida y/o deterioro de libros, instrumental, equipos e

implementos o de la infraestructura del Colegio o de otro alumno, cuando

su pupilo tenga responsabilidad comprobada, individual o colectivamente, directa

o indirectamente.

3.9- Los apoderados tienen el deber de apoyar a sus hijos/as en el Marco Curricular, en

los diferentes sectores de aprendizaje colaborando con los docentes en las

actividades propias del quehacer educativo.

3.10- Los apoderados deben ser cooperadores de una sana convivencia escolar com-

partiendo el conocimiento y análisis del Manual de Convivencia Escolar con sus

hijos/as, en cualquier instancia que involucre al Colegio.

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3.11- El apoderado, en bien de la formación de sus hijos, debe asistir obligatoriamente a

las actividades que el Colegio programe: Reuniones de Apoderados o Talleres de

Padres.

3.12- El apoderado debe asumir que el portal www.stls.cl es un medio oficial y válido

para mantenerse informado de todo lo referente al Colegio y su interacción con él.

3.13- El apoderado deberá respetar a cada a cada alumno, por lo cual deberá abstenerse de

hacer comentarios o subir imágenes de alumnos a través de whatsapp u otra red

social.

3.14- Una vez concluida la jornada de clases, es responsabilidad del apoderado

hacerse cargo de su educando. Esto también incluye a los alumnos que usan

FURGONES ESCOLARES. El establecimiento solicitará el retiro de aquellos

alumnos que aún sigan en el establecimiento una vez finalizada la jornada de

clases. La reiteración a esta situación se considera una falta grave, por lo tanto, se

citará al apoderado para el cambio de esta conducta.

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IV. REGULACIONES TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y

FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.

4.1.-Niveles de enseñanza que imparte el establecimiento

Nuestro colegio funcionará en jornada escolar completa desde el nivel de Pre Básica hasta

Educación Media, según horario determinado al inicio del año escolar y conforme a las

normas impartidas por Ministerio de Educación.

4.2.- Horario de entrada y salida del establecimiento

El horario de trabajo de los estudiantes, dependiendo de su respectivo nivel, junto con el

horario de atención del área administra para tención de estudiantes y apoderados

se presenta en la siguiente tabla:

Día de la Semana Ed. Parvularia Enseñanza Básica Enseñanza Media

Lunes 8:30 15:30 8:30 15:55 8:30 16:45

Martes 8:30 15:30 8:30 15:55 8:30 16:45

Miércoles 8:30 15:30 8:30 15:55 8:30 15:55

Jueves 8:30 15:30 8:30 15:55 8:30 15:55

Viernes 8:30 15:30 8:30 15:55 8:30 15:55

4.3. Ingreso de estudiantes atrasados

Enseñanza Parvularia

La puerta de acceso de módulo transición, permanecerá abierta

y disponible para recibir estudiantes desde las 8:00 a 8:45 horas, a partir de ese horario

los estudiantes atrasados junto a su adulto responsable, deberán

hacer ingreso a establecimiento educacional por acceso hall central y serán

recepcionados para su ingreso por secretaría.

Enseñanza Básica y Media

La puerta de acceso, hall central, permanecerá abierta

y disponible para recibir estudiantes desde las 8:00 a 8:40 horas, a partir de ese horario

los estudiantes atrasados junto a su adulto responsable, deberán informar

su ingreso por secretaría.

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4.4. Término de jornada escolar en forma anticipada

La jornada escolar, solo se dará por finalizada anticipadamente ante estos casos:

- Corte de suministro de agua potable

a causa de daños en estructura interna del establecimiento y/o corte sin

programación por parte de la empresa que proporciona el servicio. (Corte

de suministro de agua periodo superior a 2 horas).

Situaciones de fuerza mayor, sismo (gran magnitud) e incendio, que provoquen

daños a la estructura del establecimiento y generen peligro para los estudiantes.

4.5. Forma de comunicación finalización anticipada de jornada

Se comunicará vía correo electrónico a padres y apoderados , dirección de correo

electrónico que se encuentra en ficha de matrícula del estudiante, proporcionado por el

apoderado al momento de matricular. De no ser contactado el apoderado se procederá

a comunicar vía telefónica para informar del retiro del estudiante.

En caso de que el estudiante no pueda ser retirado del

establecimiento, permanecerá a resguardo en establecimiento educacional, hasta el

momento de su retiro.

4.6. Retiro anticipado de los estudiantes

El retiro anticipado de los estudiantes, se deberá realizar solo por el

apoderado autorizado para este efecto (dispuesto en ficha de matrícula). El apoderado

o adulto responsable y autorizado para el retiro, deberá firmar el libro de retiro

en secretaría del establecimiento, exhibiendo su cedula de identidad e indicando el

motivo de retiro del estudiante. No se realizarán retiros anticipados en horarios próximos

a terminar la jornada escolar, entre los horarios de 15:10 a 15:30 horas.

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4.7.- Horario de almuerzo de los estudiantes

La instancia de almuerzo constituye un espacio de recreación y autocuidado que se debe

enmarcar en un ambiente de calidez, que permitirá a niños, niñas y jóvenes alimentarse de

manera adecuada y compartir con sus pares en un marco de respeto y buena convivencia.

Día de la Semana Ed. Parvularia Enseñanza Básica Enseñanza Media

Lunes 12:45 13:30 12:45 13:30 13:30 14:15

Martes 12:45 13:30 12:45 13:30 13:30 14:15

Miércoles 12:45 13:30 12:45 13:30 13:30 14:15

Jueves 12:45 13:30 12:45 13:30 13:30 14:15

Viernes 12:45 13:30 12:45 13:30 13:30 14:15

4.8. Lugar de almuerzo

Para que nuestros alumnos y alumnas puedan vivenciar el espacio de almuerzo de forma

adecuada, el establecimiento cuenta con dos casinos.

Ed. Parvularia: Casino exclusivo para su el uso de los estudiantes del nivel de Prekinder y

Kinder. Se cuenta con supervisión directa de personal para el cuidado de los estudiantes.

Ed. Básica y Media: Comparten el mismo casino pero en diferentes horarios. Se cuenta con

supervisión directa de personal- inspectores de patio- para el cuidado de los estudiantes.

4.9. Normas Generales.

1. Todos los usuarios del casino estarán integrados en el colegio, ya sea cumpliendo

funciones administrativas, docentes o como alumnos.

2. En casos especiales y autorizados por la dirección podrán ser apoderados o persona ajenas

al colegio.

3. El comedor comenzará a funcionar el primer día de clases y continuará haciéndolo hasta el

fin del año escolar.

4. Los alumnos deberán saber comer por sí mismos. Por tanto, todo tipo de carne debe estar

debidamente picada para evitar accidentes, al igual que el pescado escoger aquellos que no

poseen espinas.

5. Los padres tienen la obligación de comunicar al Encargado(A) de Convivencia y por

escrito: - Si su hijo padece alguna alergia a alimentos. - Si su hijo no puede consumir alguna

comida o requiere un régimen de alimentación especial, debiendo presentarse el certificado

médico que lo acredite.

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6. El personal que trabaja en el casino ha sido escogido por su idoneidad para el cargo y

cumple un papel de educador indirecto dentro del establecimiento. Se le debe respetar,

escuchar y acatar con la misma obediencia que se haría con un profesor.

7. El alumnado obedecerá las indicaciones de los educadores, inspectores y personal del

casino cuando les den normas para la correcta utilización de los utensilios de la mesa o para

mantener el orden y limpieza del recinto.

8. En caso de no cumplimiento reiterado, la falta será informada a la inspectoría

correspondiente, quien canalizará el caso con quien corresponda de acuerdo al reglamento

del colegio.

9. Por motivos de seguridad, los alumnos/as no tienen permitida la entrada a la cocina, áreas

de producción, ni zona de venta del kiosko.

10. Los usuarios dejarán, al salir, las sillas ordenadas en las mesas y depositarán su bandeja

en el carro dispuesto para esos fines.

11. Los tickets de almuerzo se deben entregar en la línea antes de almorzar y deben ir con los

datos solicitados correctamente escritos.

12. Evitar la práctica de juegos bruscos que puedan resultar peligrosos para su integridad

física y la de sus compañeros.

13. Los papeles se deberán botar al basurero.

14. Ante la eventualidad de que un apoderado cometa un error y compre más vales de

almuerzo de los que se utilizan por semestre o año escolar, éste no será devuelto en dinero,

sólo podrá ser utilizado para almorzar en el próximo período. Si el alumno no continuase en

el colegio, este dinero no será devuelto.

4.10 Modalidades de adquisición del almuerzo

1. Cada estudiante podrá trae su propia comida caliente en un termo desde el hogar (en el

colegio no se calienta el almuerzo)

2. Los padres pueden traer el almuerzo a sus pupilos 10 minutos antes del horario de

colación. Para ello, deben dejarlo en portería identificado con el nombre y curso del niño/a.

3. El estudiante puede comprar su almuerzo en oficina de secretaría, desde las 08:00 de la

mañana o realizar llamado a secretaría y luego transferir.

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4.11. Problemas de almuerzo

1. En el caso de que algún almuerzo llegue del hogar en mal estado, el inspector a cargo

solicitará un almuerzo en el casino, el cual deberá ser cancelado al día siguiente por el

apoderado.

2. Los alumnos que no traigan almuerzo, deberán presentar un certificado médico a

Encargado(a) de Convivencia que autorice la situación, de lo contrario, el colegio podría

considerar algún tipo de negligencia por parte de adulto responsable a cargo del menor.

3. Los apoderados que pudieron haber olvidado enviar o no alcanzaron a traer el almuerzo,

deberán contactarse con Inspectoría o directamente con secretaría para la adquisición de una

colación y al día siguiente cancelar el valor que correspondiere.

4.12. Otros

Durante el período de almuerzo se mantienen vigentes las normativas especificadas en el

Manual de convivencia Escolar. De tal forma, de incurrir en faltas que afecten el normal

desarrollo de dicha actividad.

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V.-CARGOS, ROLES Y FUNCIONES AL INTERIOR DE LA INSTITUCIÓN.

5.1.-Cargo: Director(a)

5.1.1 Descripción del Cargo

Profesional de nivel superior que se ocupa de la dirección, administración, supervisión y

coordinación de la educación de la unidad educativa. Su función principal es liderar

y dirigir el Proyecto Educativo Institucional.

5.1.2. Competencias de la Directora(a)

- Gestionar la relación con la comunidad y el entorno.

- Representar al colegio en su calidad de miembro de la Dirección.

- Definir el PEI y la Planificación Estratégica del establecimiento.

- Difundir el PEI y asegurar la participación de la comunidad.

- Gestionar el clima organizacional y la convivencia.

- Informar oportunamente a las y los apoderados acerca del funcionamiento del colegio.

- Tomar decisiones sobre inversiones en el Establecimiento.

- Administrar los recursos físicos y financieros del establecimiento.

- Gestionar el personal.

- Coordinar y promover el desarrollo profesional del cuerpo docente.

- Dar cuenta pública de su gestión.

- Monitorear y evaluar las metas y objetivos del establecimiento.

- Coordinar y liderar al Equipo de Gestión del establecimiento

5.2. Cargo: Jefe(a) Unidad Técnico Pedagógica.

5.2.1. Descripción del Cargo

Profesional que se responsabiliza de asesorar al Director o Directora y de la programación,

organización, supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades curriculares.

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5.2.2 Competencias Jefe(a) Unidad Técnico Pedagógica.

- Programar, organizar y coordinar las actividades y acciones conducentes a

desarrollar el Proyecto Educativo del establecimiento.

- Establecer claramente los responsables de la ejecución de las actividades y de

asegurar que comprenden sus tareas, plazos y metas, notificando de manera verbal y de

manera escrita si la conducta se reitera.

- Programar, organizar, monitorear y evaluar las actividades correspondientes del

proceso de enseñanza-aprendizaje de las y los estudiantes.

- Supervisar, monitorear y dar cuenta a la dirección del establecimiento del cumplimientos

de los planes y programas; planificación de las y los profesores; metodología utilizadas y

evaluaciones del profesorado.

- Establecer y mantener los procedimientos para monitorear, acompañar y evaluar el

desempeño profesional docente y asistente de aula.

- Retroalimentar de manera oportuna y formal, el desempeño profesional docente y

asistente de aula.

- Propiciar la integración entre los diversos programas de estudio, de las diferentes

asignaturas y Planes de Estudio.

- Asesorar, acompañar, monitorear y revisar las actividades de evaluación,

promoción, difusión, formación, integración, recreación u otras a las y los docentes y

asistentes de la educación.

- Monitorear sistemáticamente el rendimiento escolar de las y los estudiantes,

impulsando planes y programas especiales de trabajo según los diferentes niveles de

logro en sus aprendizajes, y así evaluar y retroalimentar las medidas pertinentes que

conduzcan al éxito escolar.

- Monitorear la coherencia de la triangulación existente en el libro de clases, planificación

docente y cuaderno de las y los estudiantes.

- Coordinar y organizar campañas como concursos y exposiciones extraescolares e

institucionales.

- Planificar evaluar las adecuaciones curriculares acorde a las necesidades y características

de la comunidad escolar y conforme a las normas vigentes.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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- Analizar y evaluar los resultados de las mediciones internas y externas que la

Institución participa e informa oportunamente a la Dirección, para tomar decisiones en

conjunto con los actores involucrados en el proceso de enseñanza y aprendizaje.

5.3. Cargo: Encargada de Convivencia Escolar

5.3.1. Descripción del Cargo

Profesional responsable de planificar, coordinar, supervisar y evaluar las actividades de

orientación educacional, vocacional y profesional, implementando el Programa

de Orientación del Establecimiento a nivel grupal e individual.

5.3.2. Competencias de Encargada de Convivencia Escolar

- Gestionar e implementar el Plan de Gestión de Convivencia Escolar.

- Implementar en los cursos acciones que favorezcan la buena y sana convivencia

escolar.

- Asegurar el debido proceso, generando documentos que evidencien los

procedimientos justos en el abordaje de casos disciplinarios con las y los

estudiantes.

- Liderar junto con Inspectoría General los consejos de evaluación de disciplina y

revisión de condicionalidades a fin de entregar todos los antecedentes del debido proceso.

- Implementar medidas formativas en el abordaje de casos disciplinarios con

estudiantes.

- Implementar medidas formativas de resolución de conflicto pacíficas entre

estudiantes.

- Revisión y corrección anual del Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

- Asegurar que la comunidad educativa conozca el reglamento Interno de

Convivencia Escolar y sus procedimientos, así como también los diversos

Protocolos Institucionales.

- Realizar acompañamiento en aula para las observaciones de clima escolar.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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5.4.-Cargo: Docente

Profesional de la educación, lleva a cabo directamente los procesos sistemáticos de

enseñanza y formación, lo que incluye, diagnóstico, planificación, ejecución y evaluación

de los dichos procesos y de las actividades educativas complementarias que tienen lugar en

su respectivo nivel.

5.4.1. Competencias del Docente

- Realizar labores administrativas docentes.

- Reportar y registrar evolución académica de los estudiantes.

- Planificar la asignatura.

- Planificar la clase y metodologías de aprendizaje.

- Organizar un ambiente estructurado y estimulador del aprendizaje para las y los

estudiantes.

- Respetar a las y los estudiantes de acuerdo a sus ritmos de aprendizajes.

- Adecuar estrategias de enseñanza para el aprendizaje.

- Evaluar los aprendizajes.

- Mejorar las estrategias de acuerdo a los resultados.

- Gestionar proyectos de innovación pedagógica.

- Respetar a las y los estudiantes en sus distintas etapas de desarrollo, favoreciendo su

desarrollo integral.

- Colaborar con el respeto a las normas y la sana convivencia dentro de la sala de

clases y el establecimiento en general.

- Mantener trato respetuoso y deferente a todas y todos los integrantes de la

comunidad educativa, respetando su calidad de personas y sus respectivos roles.

- Informar oportunamente y/o proteger los derechos de las y los estudiantes cuando

estos sean vulnerados al interior de la familia y/o del establecimiento, informando

oportunamente a las autoridades pertinentes del establecimiento.

- Participar de todas las instancias oficiales del establecimiento (actos oficiales,

licenciaturas, presentaciones públicas, entre otros)

- Respetar y cumplir con la carga horaria y jornada de trabajo asignadas de acuerdo con

la normativa vigente, en conformidad a los lineamientos institucionales.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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- Asistir y participar puntual y responsablemente en las actividades a las que fuere

convocado, que tengan directa relación con la función docente y competencia del cargo

dentro de la jornada laboral.

- Asistir a Consejos de Profesores y reuniones técnicas, participar del debate, análisis de

las materias que se traten y en la toma de decisiones técnico-pedagógicas.

- Cautelar y conservar la debida confidencialidad de toda aquella información

relacionada con los acuerdos de los Consejos de Evaluación, Consejos de Profesores u

otras instancias semejantes.

- Atender individualmente a las y los estudiantes y a sus apoderados en el horario

establecido para ese fin.

- Realizar las clases de acuerdo a una planificación curricular de aula concordante con la

planificación curricular de la asignatura, las técnicas y métodos de enseñanza.

- Asumir Jefaturas de Curso cuando sea nominado.

- Avisar y justificar oportunamente a UTP sus atrasos y/o inasistencias.

- Mantener actualizados los registros académicos y administrativos de acuerdo a las

fechas y plazos establecidos por UTP.

- Registrar en la hoja personal de la o el estudiante ubicada en el libro de clases, las

observaciones que estime relevantes para el conocimiento del desarrollo actitudinal y

valórico que forman parte del perfil del PEI e informar.

- Comunicar a secretaria de Dirección todo cambio de domicilio, número telefónico, correo

electrónico u otro antecedente de importancia para el buen funcionamiento del liceo.

- Mantener una presentación personal de acuerdo a su cargo.

5.5.- Cargo: Profesora (or) Jefe.

Profesional de la educación que coordina actividades educacionales, formativas y

comunicacionales con las y los estudiantes, las y los profesores y apoderados del curso en

el cual desempeña su jefatura

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5.5.1. Competencias del Profesor o Profesora Jefe.

- Generar y aplicar diversas estrategias para conocer la realidad de su curso (revisión de

hoja de vida de la y los estudiantes, encuestas, entrevistas, autobiografías, dinámicas

grupales y otras).

- Visitar cada día a su curso para estar informado de las novedades.

- Mantener una base de datos personales y de contacto actualizada sobre la y los

estudiantes y apoderados.

- Monitorear los registros diarios de anotaciones u observaciones de sus estudiantes.

- Entrevista formal a las y los estudiantes de su curso, que presenten situaciones

técnico pedagógicas y/o socioafectivas complejas.

- Entrevista como mínimo a todos los apoderados en dos ocasiones al año.

- Monitorear la asistencia de la y los estudiantes, comunicándose con las y los

apoderados en caso de enfermedad o ausencias sin justificación, comunicando a

inspectoría y jefatura de UTP según corresponda el caso.

- Derivar oportunamente a las y los estudiantes con dificultades de aprendizaje,

conductuales y/o socioafectivas al profesional que corresponda según el caso.

- Confiar en la capacidad de cambio de las y los estudiantes, persistiendo en generar

nuevas estrategias hasta lograr buenos resultados.

- Monitorear de forma sistemática a las y los estudiantes con dificultades académicas o

socioafectivas para asegurar su atención por los especialistas, su progreso y su

permanencia.

- Establecer y monitorear el cumplimiento de las normas de convivencia y disciplinarias

de su curso.

- Planificar y aplicar las actividades de los programas de desarrollo personal,

orientación vocacional, prevención u otros institucionales o corporativos.

- Orientar a la directiva del curso para motivar, dirigir y evaluar las actividades del

Consejo de Curso.

- Colaborar con la Directiva en las actividades del Consejo de Curso.

- Asesorar al subcentro de padres, madres y/o apoderados en la programación y

ejecución de su plan de trabajo.

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- Presenta información técnico pedagógica y de desarrollo personal de los estudiantes al

Consejo de Profesores.

- Realiza en forma eficiente y oportuna las tareas administrativas propias del

Profesor/a Jefe de acuerdo a los lineamientos de la institución.

- Dirige, motiva y evalúa las reuniones de apoderados del curso.

- Planifica, dirige, motiva y evalúa las reuniones de apoderados con objetivos claros nivel

académico, conductual, normalización, funcionamiento de la directiva y otros aspectos

relevantes del curso.

- Entrevistar periódicamente a las y los apoderados de las y los estudiantes con

rendimiento bajo, con problemas conductuales y/o de asistencia, contando con todos los

datos actualizados, informar acerca de sus progresos, consensuar estrategias remediales.

- Entrevistar en forma conjunta a las y los apoderados y las y los estudiantes, para facilitar

el diálogo al interior de la familia e integrar a los apoderados en el proceso de desarrollo

aprendizaje de sus hijos.

- Solicitar la intervención de la red de apoyo interna para las y los estudiantes con

dificultades, involucrando a la familia y monitoreando el proceso.

- Solicitar la derivación de las y los estudiantes con dificultades a los especialistas que

corresponde.

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5.6.- Cargo: Asistente de la educación

Los asistentes de educación son las personas que asumen actividades de nivel técnico y

administrativo complementarias a la labor educativa de las y los profesores dirigida a

apoyar y colaborar con el proceso educativo y funcionamiento de los diversos

departamentos de los establecimientos de acuerdo a instrucciones entregadas por el jefe

directo.

VI.-INSTACIAS DE PARTICIPACIÓN

6.1. Equipo gestión

1.- El Equipo Gestión lo constituyen el director, encargada de convivencia escolar y

coordinadores de UTP.

2.- Tanto el director como los miembros del equipo de gestión ejercen un liderazgo que,

mediante el compromiso, la exigencia y la comprensión, permiten hacer realidad el

Proyecto Educativo de esta institución.

3.- Dentro de las funciones específicas del Equipo Gestión corresponden:

- Asumir la responsabilidad, por la organización, funcionamiento y resultados del

Colegio en los aspectos pedagógico, organizacional y administrativo.

- Velar por el cumplimiento del objetivo último de este Proyecto Educativo, la

educación integral de los estudiantes, con foco en la excelencia pedagógica, en la

inclusividad, en el desarrollo de talentos propios, generando anhelos, y expectativas

en ellos.

- Propiciar un ambiente de respeto, cordialidad y responsabilidad que asegure el

correcto Desempeño de las tareas propias de profesores, estudiantes, padres

y/o apoderados, Administrativos y auxiliares, propiciando el uso del tiempo de

los estudiantes.

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6.2. Colaboradores del colegio

El Equipo de Gestión cuenta con el apoyo del Consejo Escolar, el Centro de Padres y/o

apoderados, el Centro de estudiantes y Consejo de Profesores.

6.2.1. Consejo Escolar:

- La comunidad educativa se ha estructurado en el Consejo Escolar, instancia formal de

diálogo y consulta que tiene el objetivo de apoyar y orientar la gestión directiva, aunque sin

función resolutiva, sino consultiva.

- El Consejo Escolar reúne a los representantes de los estamentos del proceso educativo:

Directora, representante del sostenedor, representante de los docentes, presidente del

centro de estudiantes, presidente del centro de padres, representante de los asistentes de

educación, permitiendo el cruce de información y el compromiso de la comunidad escolar

con los lineamientos de la Dirección.

6.2.2. Consejo de Profesores

- Es de carácter consultivo, integrados por personal docente directivo, t cnico - pedagógico

y docente.

- Estos serán organismos técnicos en los que se expresará la opinión profesional de sus

integrantes. Sin embargo, los Consejos de Profesores podrán tener carácter resolutivo en

materias técnico- pedagógico, en conformidad al proyecto educativo del establecimiento y

su reglamento interno. Al mismo tiempo, en los Consejos de Profesores u organismos

equivalentes se encauzará la participación de los profesionales en el cumplimiento de los

objetivos y programas educacionales de alcance nacional o comunal y en el desarrollo del

proyecto educativo del establecimiento.

- Los profesores podrán ser invitados a las reuniones de los Centros de Cursos y Centros

de Padres y Apoderados, cualquiera sea su denominación.

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6.3. Centro de Padres

- Los padres y apoderados de los alumnos se encuentran organizados en el Centro de

Padres. Esta es una asociación que tiene como principal objetivo apoyar la gestión del

colegio, canalizando las inquietudes e iniciativas de los padres.

- El Centro de Padres, permite un diálogo provechoso con el Equipo Directivo y

posibilita que el establecimiento comunique de manera rápida y fehaciente los

objetivos, metas y estilo del establecimiento educacional.

- Como organización con personalidad jurídica que representa la visión que tienen las

familias cuela, puede proponer y/o ejecutar proyectos de mejoramiento relevantes que

conciten una amplia acogida en la comunidad educativa. Aportando una gran riqueza

cultural al representar a las familias de cada estudiante que asiste a la escuela.

6.4. Centro de Estudiantes

- Es la entidad formal de participación de los estudiantes al interior del establecimiento y,

a su vez, un medio de formación que estimula la responsabilidad, el espíritu cívico y el

compañerismo.

- El Centro de Estudiantes es una ayuda valiosa en la consecución de los objetivos

educacionales y una instancia de formación ciudadana.

- Mediante el Centro de Estudiantes, los escolares organizan las actividades que le son

propias con el apoyo de la Dirección. Esta participación sana y respetuosa no disminuye la

autoridad del Equipo Directivo o de los profesores, ni tampoco altera la disciplina del

establecimiento; por el contrario, es un medio eficaz para que los estudiantes desarrollen las

virtudes de la convivencia, colaboren en la solución de los asuntos que los afectan y

despierten su iniciativa.

- El Centro de Estudiantes permitirá conocer, compartir dudas y aconsejar, Así mismo

podrá formar grupos de estudio y de trabajo. Además, propondrá actividades

extracurriculares al Equipo Directivo: pudiendo dictarse talleres, organizarse espectáculos o

publicaciones conjuntas, participación en proyectos externos u otros.

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- El Centro de Estudiantes tendrá unas reuniones mensuales con las directivas de cada

curso, con el fin de consultar, orientar y facilitar la gestión del Centro de Estudiantes para el

logro de los objetivos de establecimiento.

- El Centro de Estudiantes velará, en conjunto con la dirección del establecimiento, por

generar las oportunidades para el desarrollo de los estudiantes en su plenitud; guiado y

orientado por la profesor(a) asesora que el establecimiento designa y el profesor(a) asesor

que los estudiantes escojan.

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VII.- ORGANIGRAMA

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VIII.-MECANISMOS DE COMUNICACIÓN

Se establecerá como mecanismo de comunicación correo electrónico institucional.

Mediante esta vía se enviará información relevante de coordinaciones académicas,

situaciones conductuales, actividades escolares y extra programáticas. Además todas las

citaciones de apoderado al establecimiento se realizarán de igual forma por este medio.

Para efectos de enfermería y accidentes escolares, los padres y/o apoderados además

de recibir correo electrónico serán avisados telefónicamente. Se dispondrá de página

web institucional (www.stls.cl) para todos los efectos comunicacionales, concernientes al

área pedagógica y actividades extra programáticas.

Se realizarán reuniones de apoderado en forma bimensual, el calendario se dispondrá

para consulta en sitio web (www.stls.cl).

Es de responsabilidad del apoderado mantener información de contacto vigente.

IX.-REGULACIONES REFERIDAS AL PROCESO DE ADMISIÓN.

Cumpliendo con la legislación educacional vigente y las instrucciones, dictámenes, u otros

de la autoridad ministerial y dependientes, Colegio Saint Louis School recuerda que:

9.1. A pesar de que la no selección se implementará en forma gradual a lo largo de todo

Chile y de que conforme al DFL 3, de fecha 31 de diciembre de 2015, del Ministerio de

Educación. El colegio quiere manifestar que no se realiza ningún tipo de prueba, test o

entrevista al estudiante o a sus familias.

9.2. No se exigen certificados de notas y/o informes de personalidad de los

estudiantes para aceptar su matrícula siempre que existan las vacantes.

9.3. No se exigen antecedentes socioeconómicos, de credo o estado civil de las

madres, padres o apoderados.

9.4. No se solicitarán exámenes médicos ni psicológicos de los estudiantes. Para el caso de

los alumnos con NEE, los padres o apoderados deberán informar de su situación una vez

que se encuentren matriculados, con el solo objeto de brindar las facilidades necesarias para

una adecuada inserción de los alumnos/as, en nuestra comunidad educativa.

9.5. El valor del proceso de postulación es de $ 3.000, cobro permitidos de acuerdo a la

legislación educacional, correspondiente a matrículas de enseñanza media.

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9.6. La matrícula para los alumnos se llevará a cabo conforme al orden de

inscripción, donde tendrán preferencia los postulantes que tienen hermano(a) en el colegio;

los hijos(as) de funcionarios del colegio; y alumnos matriculados en años anteriores que no

hubiesen sido expulsados.

9.7. Los alumnos nuevos que desean ingresar deberán hacerlo a través del Sistema de

Admisión Escolar (SAE) del Ministerio de Educación en el sitio web:

https://www.sistemadeadmisionescolar.cl/ (Agosto 2020).

9.8. El padre, madre y/o apoderado (a), al firmar el contrato de prestación de

servicios educacionales, se compromete con los principios rectores del Proyecto Educativo,

y a asumir el compromiso, de acuerdo a la legislación educacional vigente de

respetar y regirse por toda la normativa interna de nuestro establecimiento,

fundamentalmente el Reglamento de Evaluación y el Reglamento de Convivencia del

colegio y sus protocolos, los cuales están disponible en la página web www.stls.cl.

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X.- REGULACIONES SOBRE PAGOS O BECAS EN EL ESTABLECIMIENTO

QUE CONTINUAN CON REGÍMEN DE FINANCIAMIENTO COMPARTIDO

El Colegio Saint Louis School perteneciente a la Fundación Educacional SLS, es un

Colegio particular subvencionado, sin fines de lucro, en régimen de financiamiento

compartido, cooperador de la función educacional del Estado según consta en el Decreto Nº

6.090 de 1980, imparte educación en los niveles de Educación Preescolar, Básica y Media.

Considerando las disposiciones de la Ley 19.532 del 18/11/1997, este

Establecimiento Educacional establece el siguiente Reglamento de Becas:

Art. 1º. El Colegio Saint Louis School destinará un fondo para financiar becas de colegiatura

del financiamiento compartido, cuya cuantía será definida anualmente de acuerdo a los

criterios fijados por la Ley.

Art. 2º. Una vez establecido el fondo, a lo menos dos tercios del mismo será asignado por

criterios donde la situación socioeconómica sea la prioritaria, sin perjuicio de lo anterior el

Colegio decidirá otras condiciones para acceder este beneficio.

Art. 3º. El tercio restante, de libre disposición podrá considerar, además de las razones

Socioeconómicas, otras que en su momento estime oportunas como:

Tener varios hermanos/as matriculados en el Colegio: con tres (3) hermanos/as matriculados

se otorgará un 5% de beca en la colegiatura de cada hermano/a; con cuatro (4) o más

hermanos/as matriculados se asignará un 10% de beca en la colegiatura de cada

hermano/a. En este tercio se considerará el beneficio otorgado a los hijos de funcionarios del

Colegio, según convenio colectivo.

Art. 4º. La Comisión de Becas se conformará anualmente con ocasión del inicio del Proceso

de Becas y estará integrada por las personas que Dirección designe. La Comisión es

deliberativa y cada miembro tiene derecho a voz y voto, analiza y valora los

antecedentes tomando resoluciones de común acuerdo entre sus integrantes.

Art. 5º. Podrá postular y ser seleccionado como beneficiario aquel estudiante que reúna las

siguientes condiciones:

1. Sea alumno/a regular del Colegio con una antigüedad con a lo menos un año lectivo y no

mantener deudas de materia de financiamiento compartido.

2. Presentar una asistencia promedio por sobre el 90 %

3. No presentar situaciones de pre condicionalidad o condicionalidad.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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4. Presentar un promedio de rendimiento escolar igual o superior a 5,5 a la fecha de

postulación.

5. Cuyo apoderado adhiera y se comprometa con el Proyecto Educativo

Institucional (PEI). Lo anterior traducido al cumplimiento de acuerdos que deriven de

reuniones, entrevistas y otras instancias propias del Colegio.

6. Presente una condición socioeconómica deficitaria, que no permita objetivamente a su

grupo familiar solventar el pago total de la colegiatura y que así sea calificada por la

Comisión de Becas, al considerar todos los antecedentes del estudiante postulante,

debidamente acreditados.

7. Que presente una situación de riesgo social durante el transcurso del año escolar y que

ésta implique un cambio negativo y demostrable de su situación socioeconómica,

tales como: fallecimiento de uno o ambos padres o tutor legal, si es el caso; abandono del

niño/a; pérdida de trabajo y cesantía del jefe de hogar por un período superior a 6 meses;

pérdida de la vivienda u otras situaciones graves.

Art. 7º. La Beca consistirá en la exención total o parcial del arancel que deba pagar el

apoderado en un rango de porcentaje que podrá ir desde un 1% hasta un 100%.

Art. 8º. El procedimiento para la postulación y adjudicación de becas será el siguiente:

1. Retiro de Ficha de Postulación e instructivo de antecedentes de respaldo. Desde la

Secretaría del Colegio en la fecha que la circular informativa de cada año defina.

2. Devolución de los antecedentes solicitados (Ficha de Postulación y antecedentes de

respaldo), en las fechas establecidas en la circular informativa de cada año. Descargar

de página web. (www.stls.cl)

3. Revisión de los antecedentes contenidos en el artículo 5 precedente.

4. Reunión de la Comisión de Becas: Esta comisión revisará los antecedentes que se

describen en el punto 3 anterior en consecuencia con el artículo 5 del presente reglamento

más la antigüedad en el Colegio, ingreso per cápita, situación laboral; vivienda, situación

académica del alumno, variables socio familiares e informe socioeconómico, se constituyen

en una herramienta objetiva, que facilita la asignación de becas por parte de la comisión.

5. Información del resultado. Los resultados de la postulación serán comunicados

personalmente al apoderado del alumno/a postulante, a través de una carta formal que será

entregada en la Secretaría del Colegio. La recepción de esta información debe constar con

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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firmar el acta de recepción de la misma quedando copia de ella en el Archivo de Becas que

se conservará en el Colegio.

Art. 9º. Las resoluciones de la Comisión de Becas tienen el carácter de INAPELABLES y

por lo tanto, solo se aceptarán solicitudes de reconsideración si se acompañan de nuevos

antecedentes relevantes o bien, en caso de que acontezca al interior de la familia, alguna

situación que la afecte gravemente. De no ser así, solo se revisará si corresponde, en el

próximo período de postulación (Junio del año en curso).

Art. 10º. La Beca otorgada tendrá un carácter anual, por lo cual el apoderado deberá postular

todos los años, pudiendo terminar el beneficio de un estudiante si la situación por la cual se

le adjudicó hubiera cambiado significativamente, a juicio de la Comisión de Becas.

Art. 11º. La Comisión de Becas se reserva el derecho de verificar los antecedentes que el

apoderado entregue. Adjudicada la beca, ésta podría perderse en casos de:

1. Falsedad de la información entregada ya sea por omisión o adulteración.

2. No informar de cambio de situación socioeconómica, vulnerabilidad u otro que modifique

la evaluación inicial.

3. Presentar deudas por concepto de financiamiento compartido.

4. Retiro del estudiante beneficiado y/o renuncia voluntaria a éste.

Art. 12º. El Colegio abrirá un Registro Interno que contendrá los antecedentes de los

estudiantes becados anualmente y la firma del acta donde el apoderado tomó conocimiento

de la respuesta a su solicitud de beca.

Art. 13º. Toda situación no prevista en el presente Reglamento será resuelta oportunamente

por el Consejo de Dirección del Establecimiento presidido por Dirección.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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XI.- REGLAMENTO SOBRE USO DE UNIFORME INSTITUCIONAL Y

PRESENTACIÓN PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES.

11.1. Enseñanza Parvularia

11.1.1 Uso de uniforme

Para los estudiantes de educación parvularia se definirá la siguiente vestimenta

debidamente con el nombre del estudiante.

Buzo

Institucional

Polera polo

Institucional

Delantal o

Cotona

Institucional

Zapatillas

Blancas

11.1.2. Procedimiento cambio de ropa

Los niños y niñas pueden colaborar activamente en todas las acciones para formar hábitos que

favorezcan su salud. En este sentido, el personal docente es el encargado de transmitir la

importancia del cuidado de la higiene corporal para evitar enfermedades infecciosas en

general y fomentar su autonomía en el autocuidado.

Para realizar cambio de ropa o muda el niño/a debe contar con autorización

firmada de su apoderado. En caso de que no cuente con autorización, se llamará a

su apoderado para que retire o cambie al alumno/a dentro del colegio.

11.1.3. Procedimiento muda o cambio de pañales

El proceso de cambio de pañales es un momento privilegiado de interacción individual del

adulto con el niño o niña, que permite una mayor estimulación, fomento de vínculo afectivo y

observación exhaustiva de su bienestar físico y emocional, por lo cual el adulto a cargo debe

ser especialmente afectivo, hablando, cantando, compartiendo ideas o intereses con el niño.

Esta actividad requiere de una atención especial durante todo el proceso, para proveer de la

seguridad e higiene necesaria:

Indicaciones

La educadora o técnica debe usar el vestuario adecuado para el proceso de mudas, para

proteger al niño de posibles focos de insalubridad (pechera plástica exclusiva para esta

actividad).

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El alumno debe ser llevado al baño de niños (no podrá ser mudado en salas u otros sitios del

colegio).

Procedimiento:

-Desinfectar el mudador.

-Lavar manos antes y después de cada cambio:

- Subir sus mangas para dejar sus antebrazos descubiertos (hasta los codos) y libres de

adornos.

- Utilizar jabón líquido y frotar vigorosamente entre los dedos, pliegues y debajo de las uñas.

- En el caso de los adultos, efectuar un suave escobillado de uñas (de uso personal).

- Enjuagar con abundante agua (bajo la llave del agua corriendo).

- Secar con toalla desechable, cerrar las llaves de agua y eliminar la toalla usada.

- Poner sabanilla en el mudador.

- Preparar las pertenencias del niño junto con todos los artículos de aseo que van a utilizar,

teniendo la precaución de dejarlos fuera de su alcance (toallitas húmedas y/o papel nova y

dejarlo cortado listo para ser utilizado, ropa).

Para realizar cambio de pañales o muda el niño debe contar con autorización firmada

de su apoderado. En caso de que el niño no cuente con autorización, se llamará a su

apoderado para que lo retire o cambie dentro del colegio.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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11.2. Enseñanza Básica y Media

11.2.1. Uso de uniforme escolar

- El uso de los uniformes establecidos es de carácter obligatorio. El no cumplimiento de las

disposiciones del Colegio es motivo de sanciones con idéntico procedimiento que se utiliza

mediante el uso de la Hoja de Vida del Estudiante (observación, entrevista, anotación,

citación de apoderado, etc.).

- Los estudiantes serán anotados cuando se evidencie el no uso del uniforme: El

inspector que está a cargo del control de ingreso al inicio de la jornada debe

administrar las anotaciones, al igual que los profesores en sus salas.

- Acumuladas 3 observaciones por no uso de uniforme, será citado el apoderado a quien se

le solicitará su intervención. De mantenerse esta conducta, se aplicarán las anotaciones

correspondientes, advirtiendo que puede no renovársele el contrato de escolaridad

para el año siguiente.

“Los padres, madres y apoderados, antes de matrícula a sus hijos se deben informar

acerca del Proyecto Educativo del colegio, de tal forma que elijan libremente, el

establecimiento en el cual desean educar a sus hijos o hijas. Las familias deben

buscar Proyectos Educativos acordes a sus valores y visiones”. (Supereduc)

Educación Inicial Educación Básica Educación Media Vestimenta Educación

Física.

Buzo Institucional Parka Azul.

Delantal infantil.

Zapatillas blancas

o negras.

Polar institucional Zapatos negros

Parka azul

Pantalón gris

Falda Institucional

Polera institucional

Suéter institucional

Calcetas gris

Polar institucional Zapatos negros

Parka azul

Pantalón gris

Falda Institucional

Polera institucional

Suéter institucional

Calcetas gris

Buzo institucional.

Polera y pantalón

corto

institucional.

Zapatillas.

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11.2.2. Uniforme estudiantes embarazadas

Las estudiantes embarazadas podrán modificar el uniforme escolar procurando el

bienestar de la estudiante, podrá además cambiar vestimenta y utilizar ropa holgada

que permita desenvolverse con comodidad durante las actividades escolares.

11.2.3. Uniforme estudiantes transgénero

Los estudiantes transgénero podrán asistir con uniforme, ropa deportiva y/o accesorios

que considere más adecuado a su identidad de género. Independiente de la situación

legal en que se encuentre.

11.2.4. Actividades excepcionales

El establecimiento dispondrá de actividades excepcionales como “Jeans Day”, en las

cuales los estudiantes estarán autorizados para asistir con este tipo de vestimenta. Solo

se autoriza el uso de Jeans y polera institucional u otra de similares características.

Queda restringido el uso de minifaldas, crop top, short y ropa deportiva.

11.2.5. Aseo y presentación personal:

- La ducha es obligatoria desde 4° básico (excepto presentación de certificado médico) y

ponerse el pantalón y polera de colegio limpia.

- Uso de ropa limpia y lavado adecuado.

- Pelo limpio peinado, ordenado, recogido, sin rastas, ni estética punk, cortes de fantasía

o tinturas de fantasía. En varones se solicita corte de cabello formal.

- Los varones deben asistir con el rostro debidamente rasurado y el cabello sin tinturar y

uso de pantalones a la cintura.

- Las damas deben asistir sin maquillaje excesivo, con poleras sin tomar o anudadas.

- Uso de tatuajes solamente no visibles.

- No utilizar anillos, pearcings, expansiones u perforaciones en el rostro que facilite la

utilización de aros y argollas. Además queda prohibido el uso de collares y cadenas, los

cuales en cualquier momento pueden ser motivo de un accidente.

- Uñas limpias y cortas, sin esmalte llamativo.

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11.3. Normas de funcionamiento (1 básico a 4 medio)

- El no cumplimiento de las disposiciones del Colegio es motivo de sanciones con idéntico

procedimiento que se utiliza mediante el uso de la Hoja de Vida del Estudiante

(observación, entrevista, anotación, citación de apoderado, etc.).

- Los estudiantes serán informados oralmente sobre la presentación personal propuesta

por el reglamento, para luego llamar a entrevista al apoderado por parte del profesor

jefe, luego el o la inspector(a) y por último la Encargado(a) de convivencia.

- Acumuladas 3 entrevistas y mantenerse esta conducta, se aplicarán las anotaciones

correspondientes, advirtiendo que puede no renovársele el contrato de escolaridad

para el año siguiente.

“Los padres, madres y apoderados, antes de matrícula a sus hijos se deben

informar acerca del Proyecto Educativo del colegio, de tal forma que elijan libremente,

el establecimiento en el cual desean educar a sus hijos o hijas. Las familias

deben buscar Proyectos Educativos acordes a sus valores y visiones”. (Supereduc)

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XII.- REGULACIONES REFERIDAS AL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD,

HIGIENE Y SALUD.

12.1. Educación parvularia

12.1.1- PISE

12.1.2. Medidas y normas de higiene del personal que atiende a los párvulos, con

especial énfasis en el lavado de manos.

El personal que trabaja es responsable de operar y ejecutar la misión institucional,

relacionada con el desarrollo educativo integral de la primera infancia, valorando y apoyando

a las familias como primer agente educativo a través de sus distintos objetivos

de aprendizaje. Cada funcionario es la cara visible de la institución en el cumplimiento de

sus objetivos, y debe proyectar en sus acciones una imagen de responsabilidad, compromiso,

buen trato, y acogida entre los niños y niñas, sus familias, el personal y agentes de la

comunidad.

En relación a la presentación, todos los funcionarios deben:

- Presentarse y mantener su uniforme (delantal), apariencia personal e higiene en óptimas

condiciones. Las uñas deben estar cortas y limpias, sin barniz; el cabello corto o recogido

con una traba; sin anillos, sin aros colgantes, ni gargantillas.

- El zapato debe ser de taco plano o bajo, de punta redonda, cómodo.

- Mantener en todo momento una actitud de respeto y buen trato con los niños y niñas,

familias y personal.

- Nombrar a las funcionarias, apoderados y a niños y niñas por su nombre, y exigir que se

les llame también por su nombre. No se debe usar calificativos, apodos, ni expresión de

parentesco que no sean reales, con el propósito de que todos los integrantes de la

comunidad educativa puedan conocerse e identificarse. El personal no debe fumar en

ninguno de los recintos del establecimiento

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12.1.3. Técnica de lavado de manos

Con el propósito de evitar la diseminación de enfermedades infecciosas entre los niños y

niñas que asisten al jardín infantil, todos los funcionarios deben cumplir la

presente normativa, cuidando, asimismo, que los párvulos realicen un acucioso lavado de

manos, de acuerdo a las situaciones señaladas a continuación.

Indicaciones:

Periodicidad

- Antes y después de efectuar labores de aseo.

- Antes y después de las horas de alimentación.

- Antes y después de la muda y control de esfínter de los párvulos.

- Antes y después de ayudar a sonarse, estornudar, toser y expectorar a los niños.

- Después del uso del baño.

- Después de actividades educativas que comprometan la limpieza de las manos.

Procedimiento

– Tanto el Personal como los niños deben subir sus mangas para dejar sus antebrazos

descubiertos (hasta los codos) y libres de adornos.

- Utilizar jabón líquido y frotar vigorosamente entre los dedos, pliegues y debajo de las uñas.

- En el caso de los adultos, efectuar un suave escobillado de uñas (de uso personal).

- Enjuagar con abundante agua (bajo la llave del agua corriendo).

- Secar con toalla desechable, cerrar las llaves de agua y eliminar la toalla usada.

12.1.4. Higiene en el momento de la muda y uso de los baños

Esta actividad requiere de una atención especial durante todo el proceso, para proveer de la

seguridad e higiene necesaria:

Indicaciones

- La educadora o técnica debe usar el vestuario adecuado para el proceso de mudas, para

proteger al niño de posibles focos de insalubridad (pechera plástica exclusiva para esta

actividad).

- El alumno debe ser llevado al baño de niños (no podrá ser mudado en salas u otros sitios

del colegio).

- Siempre debe haber dos adultos en el baño, durante el procedimiento.

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Procedimiento:

- Desinfectar el mudador.

- Lavar manos antes y después de cada cambio:

- Subir sus mangas para dejar sus antebrazos descubiertos (hasta los codos) y libres de

adornos.

- Utilizar jabón líquido y frotar vigorosamente entre los dedos, pliegues y debajo de las

uñas.

- En el caso de los adultos, efectuar un suave escobillado de uñas (de uso personal).

- Enjuagar con abundante agua (bajo la llave del agua corriendo).

- Secar con toalla desechable, cerrar las llaves de agua y eliminar la toalla usada.

- Poner sabanilla en el mudador.

- Preparar las pertenencias del niño junto con todos los artículos de aseo que van a utilizar,

teniendo la precaución de dejarlos fuera de su alcance (toallitas húmedas y/o papel nova y

dejarlo cortado listo para ser utilizado, ropa). Trasladar cuidadosamente al niño al baño.

Subir al niño con cuidado al mudador utilizando la escalera y recostarlo apoyando

suavemente su cabeza y acomodando su cuerpo. En todo momento se debe mantener una

interacción con el niño o niña, verbalizando las acciones que va a realizar.

- Retirar su ropa (de la cintura hacia abajo) y quitar el pañal sucio.

- Se debe doblar el pañal desechable, con la parte sucia hacia adentro, luego botar en el

recipiente de pañales que hay que retirar después de cada horario de muda.

- Realizar la limpieza de la zona glúteo-genital de adelante hacia atrás, utilizando papel

desechable (toallitas húmedas) cuidando que quede totalmente limpio.

- En caso de que sea necesario lavar al niño: Sin dejar de afirmar al niño/a, la educadora o

técnico responsable verifica con sus manos la temperatura del agua de la llave de la bañera,

que debe estar tibia. Toma con seguridad al niño para acercarlo a la bañera, se realiza el

lavado prolijo de la zona del pañal y se seca cuidadosamente con toalla de papel.

- La educadora o técnico coloca el pañal al niño, asegurando su comodidad y movilidad y

luego lo viste; en este proceso se debe estar alerta a posibles riegos de caídas.

- La educadora traslada al niño a la sala de actividades, dejándolo en compañía de otro

adulto, para organizar la muda de otro niño.

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- Para iniciar la muda del niño o niña siguiente, se cumplirán todos los procedimientos

señalados, desde el número 1.

- La ropa sucia, será enviada a casa dentro de una bolsa plástica.

12.1.5. Uso del Baño

Los párvulos de los niveles de Transición presentan importantes avances en su autonomía y

habilidades para explorar y conocer el mundo que los rodea. Considerando su desarrollo

emocional, se debe prestar atención a su necesidad de mantener la privacidad en torno a su

cuerpo, orientarlos en el respeto de su género y entregarles aprendizajes con respecto al

cuidado personal. Considerando lo anteriormente expuesto, las educadoras y técnicos deben

guardar las siguientes medidas básicas de higiene y seguridad:

Indicaciones

- Iniciar siempre esta actividad con el lavado de manos de la educadora y técnico.

- Organizar el grupo de niños y niñas según el número de adultos.

-El equipo de aula debe guiar a los niños y niñas para el uso adecuado de la taza del baño,

lavamanos, papel higiénico, jabón, toallas desechables y otros elementos de aseo para el

cuidado de su higiene.

- La educadora o técnico debe orientar a los niños para realizar la limpieza luego del control

de esfínter, la eliminación del papel higiénico, el correcto lavado de manos con jabón, y

secado con toalla de papel, recomendando que no mojen el piso para evitar caídas.

-Tener siempre presente que los niños y niñas deben progresivamente adquirir autonomía en

su higiene y en el uso de los elementos. Por ello, en todo momento se debe conversar con los

niños, motivándolos para que aprendan a valerse por sí mismos en el cuidado de su higiene,

y ofreciéndoles ayuda en caso de ser necesaria.

- El grupo regresa con la educadora o técnico a la sala de actividades donde quedan al

cuidado de un adulto responsable.

- La educadora repite esta actividad con un nuevo grupo de niños.

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12.1.6. Técnica de lavado de dientes

La higiene bucal es una de las herramientas más eficaces para prevenir las caries dentales.

Por ello, es importante enseñar a los niños y niñas la técnica de cepillado y los cuidados a

tener con el uso del cepillo y pasta dental para desarrollar una dentadura sana, proyectando

estos saberes a la familia para su continuidad en el hogar.

Indicaciones

- La actividad de cepillado de dientes se realizará después de cada momento de

alimentación de los párvulos.

- De acuerdo al número de funcionarias, número de niños, tamaño de la sala de hábitos y

número de lavamanos, se debe organizar la distribución de niños por adultos

responsables.

- Antes de comenzar la actividad de cepillado dental el equipo de aula y los niños y niñas

deben lavar sus manos.

- La educadora o técnico en educación de párvulos debe trasladar a los niños al baño,

guiarlos en el uso del cepillo, pasta dental infantil con flúor y en el correcto cepillado de

dientes, cuidando que no ingieran pasta dental.

- Esta actividad debe ser correctamente enseñada, de manera que los niños y niñas puedan

asumirla paulatinamente de manera autónoma.

- La educadora o técnico debe supervisar que el cepillo dental esté marcado con el nombre

del niño, guiar la cantidad de pasta recomendada, y enseñar a guardar correctamente los

elementos usados en forma higiénica al término del cepillado.

- Cuidar que esta actividad se desarrolle en forma tranquila y que el piso no esté mojado

para evitar caídas.

12.1.7. Condiciones sobre higiene en el momento de alimentación

El proceso de alimentación es una instancia educativa integral, cuya planificación debe estar

orientada a favorecer la formación de hábitos saludables de higiene y alimentación de los

niños y niñas, así como el autocuidado y la prevención de accidentes.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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Los alimentos que consumirán los estudiantes en la hora de almuerzo, serán

proporcionados por los apoderados,

el horario establecido para la entrega de loncheras será a partir de las 12:30 horas.

Las loncheras y recipientes deben estar limpios y contener alimentos frescos,

de preferencia alimentos saludables, los cuales deberán venir picados, para evitar que

los estudiantes manipulen cuchillos. La consistencia de la alimentación, debe ser según la

edad y desarrollo del párvulo, y entregar el alimento en pequeñas cantidades.

La lonchera deberá contener:

-Cubierto (cuchara rotulada con el nombre del estudiante)

-Servilletas de papel

-Individual (rotulado con el nombre del estudiante)

- Antes de iniciar la alimentación con los niños y niñas, el equipo técnico debe ordenar la

sala, disponiendo el mobiliario para permitir la comodidad de los párvulos y espacios de

circulación entre las mesas.

- En todos los momentos previos a la alimentación, almuerzo o colación, la educadora o

técnico responsable debe invitar a los niños y niñas a lavarse cara y manos y secarse con

toalla de papel, ayudando a quienes lo requieren.

- La llegada de la alimentación a la sala debe ser organizada para evitar el apilamiento

de loncheras en los muebles que pueden volcarse y provocar accidentes.

- Para comprobar que la temperatura de la alimentación sea adecuada, es decir, cercana a la

temperatura del cuerpo, se debe usar una cuchara limpia, distinta a la de los niños y niñas.

- No se debe soplar los alimentos, ni probar con la cuchara de los niños, debido a que se

corre el riesgo de infecciones.

- El reparto de lonchera para cada niño y la ingesta de alimentos debe ser tranquila,

ordenada, considerando esta instancia como una actividad de aprendizaje.

- Durante la alimentación, observar que los niños y niñas mastiquen bien los alimentos, usen

la cuchara, mantengan medidas de higiene (no intercambiar cucharas, usar servilleta), y

mantener un estado de alerta ante el riesgo de asfixia con alimentos.

- No se debe apurar a los niños y niñas en la ingesta de alimentos, ni obligarlos a comer todo

si no lo desean, para evitar atoramiento, conductas de rechazo, o vómito; se debe conversar

con la familia las situaciones de niños con inapetencia frecuente.

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- El personal auxiliar debe realizar la limpieza de las mesas donde se dispondrá la

alimentación, aplicando una solución detergente, luego un enjuague con un paño

humedecido exclusivo para esta función y finalmente, secado con toalla de papel.

12.1.8. Medidas Generales

Verificar que se mantengan las condiciones de higiene y seguridad, adecuando los espacios

para poder realizar las múltiples actividades que normalmente se desarrollan tales como

realizar trabajos, pintar, dibujar, comer, cantar, bailar, conversar, etc., en un ambiente

seguro.

- Mantener la sala ordenada, ventilada y temperada de acuerdo al clima, con las vías de

evacuación despejadas, con el piso seco y libre de objetos que puedan obstruir el paso,

tales como juguetes y muebles, para impedir pérdida del equilibrio y caídas de niños y

adultos. Por el mismo motivo, no deben existir alfombras en los recintos docentes.

- La educadora y técnico de cada nivel, deben llevar un registro de asistencia desde el

ingreso de los párvulos, que se actualizará durante el día, ya sea por ingresos o retiros

justificados, en horarios distintos al estipulado.

- La educadora y técnico de cada nivel, deben permanecer en todo momento junto a los

niños y niñas, manteniendo control visual de sus acciones y cautelando que existan

suficientes adultos para el desarrollo de la actividad y atención de los párvulos.

- La educadora y técnico de cada nivel debe mantener los equipos celulares apagados, para

centrar la atención en los niños y niñas.

- La educadora y técnico, deben mantener las puertas de la sala de actividades cerradas con

un sistema de sujeción seguro, con el objeto de impedir que los niños se escapen o

ingresen personas extrañas sin autorización o animales.

- La educadora y técnico de nivel, ubicada en pisos superiores al terreno natural, deben

mantener debidamente cerradas con aldabas las puertas de protección del inicio y término

de escalas, para evitar la caída de los lactantes.

- La educadora y técnico, deben estar alertas al abrir y cerrar las puertas, para evitar

lesiones en las manos o dedos de los niños.

- La educadora y técnico, deben cuidar que los niños estén ubicados en forma segura en su

mobiliario, silla.

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- El volumen de la radio debe ser moderado para dar atención a los niños y niñas, teniendo

presente que la música debe estar en función de las necesidades y actividades de los

párvulos.

- La educadora y técnico no deben llevar ni manipular en la sala de actividades ningún

objeto o elemento que sea un riesgo para los párvulos (pegamentos en base a siliconas,

instrumentos cortantes, encendedores y otros).

- Evitar que los niños corran dentro de la sala, a excepción de que sea una actividad

planificada, para prevenir que choquen o caigan.

- Cuidar las interacciones entre párvulos, promoviendo relaciones amigables, evitar

contactos bruscos, y poner atención a que los niños y niñas no se muerdan entre ellos.

- Revisar e informar novedades en correo electrónico, para mantener contacto permanente

con los apoderados.

- En la sala de actividades no debe existir ningún elemento pesado sobre muebles o

colgado, que pueda caer sobre los niños, tales como: máquinas dispensadoras de agua,

televisores, portarretratos, maceteros, etc.

- En la sala de actividades no deben existir ventiladores móviles de pedestal, colgantes o de

sobremesa, por riesgo de accidentes.

- En la sala de actividades no deben existir alargadores para conectar artefactos, para

prevenir accidentes por electrocución o ahorcamiento.

- En la sala de actividades no debe existir hervidor eléctrico ni termos para agua caliente;

tampoco se debe consumir líquidos calientes.

- En la sala de actividades no deben existir elementos de limpieza.

12.1.8. En el patio, el personal debe:

La actividad esencial de los niños y niñas, es la recreación porque permite el desarrollo de

sus potencialidades y el aprendizaje de conceptos pedagógicos, estimulando la

psicomotricidad y liberando energías que contribuyen en el desarrollo de una vida sana.

- Organizar la salida de los niños y niñas al patio, considerando una cantidad de adultos

suficiente para el grupo de párvulos, turno de patio por nivel de atención, duración de la

actividad, elementos a usar según planificación de desarrollo de actividad física o juegos

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libres, atendiendo siempre a las características individuales de cada párvulo, sin perder de

vista la observación del grupo que se tiene a cargo.

- Antes de salir al patio, verificar que no existan botellas, basuras, , ramas, baldes con agua,

mangueras de regadío, vidrios rotos, tablas con clavos, latas, alambres, herramientas,

escombros, fecas de animales, en ningún espacio donde permanezca el niño.

- Controlar que los recipientes de basura estén tapados y alejados de los niños y niñas, para

prevenir que puedan ingerir parte de ésta, generando posibles intoxicaciones.

- Mantener a los niños alejados del área en que se ubican los calefones, estufas y de los

recintos de cocinas, a modo de impedir quemaduras. A su vez, no deben ingresar a

bodegas que guardan materiales y útiles de aseo, para prevenir que puedan ser ingeridos o

manipulados.

- Revisar que los juegos de patio y materiales que utilizan los niños y niñas, estén en buen

estado y que sean usados en presencia de adultos.

- Excluir de los patios, la adquisición y uso de juegos como balancines, columpios, juegos

de cuerda, giratorios y neumáticos por su alta probabilidad de accidente. En el caso de

proyectos de juegos que presente el Centro de Padres, Madres y Apoderados, se debe

contar con la asesoría y autorización de profesionales para su implementación, así como

para innovaciones, arreglos o mejoras en este recinto u otros.

- Los juegos de patio deben ser sencillos de reparar y mantener (asegurándose de contar

con piezas de recambio estandarizadas), teniendo presente que los elementos metálicos no

se oxiden, o que los plásticos no se rompan.

- Los adultos deben tener un fácil acceso a los juegos de patio, de manera que puedan

auxiliar a un niño en caso de emergencia.

- Utilizar los espacios con sombra para las actividades al aire libre y proteger la piel de los

niños y niñas con gorros para el sol, especialmente en zonas geográficas donde existe alta

radiación solar, y en las horas de mayor concentración de rayos Ultra Violeta (radiación

UV).

- Todos los pavimentos del patio, pasillos y juegos deben permanecer secos, con el fin de

prevenir resbalones

- Verificar constantemente que los pasillos y áreas de circulación del Jardín Infantil estén

libres de tierra o arena.

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- Si el establecimiento cuenta con plantas y árboles, deben estar libres de espinas, y

solicitar asesoría para asegurar que no sean tóxicas; si cuenta con árboles frutales,

prevenir que los niños y niñas consuman los frutos verdes, o sin lavar, si están maduros.

- De existir cierres entre los patios, éstos no deben obstruir las vías de evacuación que

conduzcan a una zona de seguridad establecida.

- Se deben tomar en cuenta las medidas de prevención de riesgos y accidentes en los

equipos de juegos de patio para evitar que a los niños y niñas se les pueda quedar atrapada

la cabeza, cuello, pelo, ropas o cualquier parte del cuerpo.

- Tener cuidado de no tapar los espacios adyacentes y los de caída de los juegos para evitar

lesiones.

- El patio debe estar libre de fuentes o baldes con agua, donde los niños puedan caer y

ahogarse. No se permite el emplazamiento de piscinas para evitar riesgos de asfixias por

inmersión y enfermedades infecciosas por contagio.

- No deben permanecer animales en el patio ni en ningún recinto del establecimiento para

evitar riesgos de mordedura, rasguño, infecciones por virus, bacterias, parásitos y hongos

en los niños, niñas y personal. La excepción es la tenencia de animales domésticos que

corresponda al desarrollo de un Proyecto Educativo, el que debe contemplar un plan de

mantención, alimentación, higiene y vacunas y su respectiva autorización sanitaria y del

Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).

12.1.9. Medidas orientadas a resguardar la salud del establecimiento.

El establecimiento educacional, promocionará todas las campañas de salud impulsadas por

los organismos de salud pública, a su vez será recinto de vacunación según calendario de plan

de vacunación.

Cómo acciones especiales frente al indicio u ocurrencia de enfermedades de alto contagio

que se presentan al interior del establecimiento, se describen las siguientes:

- Se mantendrán medidas de ventilación en salas y oficinas de forma periódica (con o sin

uso).

- Cubrirse la boca al toser o estornudar usando el antebrazo, no las manos.

- Los profesores y/o asistentes de sala o patio, recordarán a los estudiantes la importancia

de lavarse las manos al ir al baño y jugar en el recreo.

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- Evitar los cambios bruscos de temperatura.

- En caso de integrar alguno de los grupos más vulnerables, vacunarse contra la influenza

y el neumococo.

- Utilizar siempre pañuelos descartables para no estar constantemente "reinfectándose" las

propias manos.

- Se recomendará la no asistencia a clases de niños o niñas con síntomas de enfermedades

tales como estados febriles, diarrea, vómitos, infecciones cutáneas transmisibles o

cualquier enfermedad infecto contagiosa o que requiere atención exclusiva.

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XIII. REGULACIONES REFERIDAS AL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD Y

EL RESGUARDO DE DERECHOS.

13.1. Prevención y protocolo de actuación frente a la detección de situaciones

de vulneración de derechos de estudiantes.

-Los protocolos de actuación son instrumentos que regulan los procedimientos de una

comunidad educativa con la finalidad de enfrentar situaciones que ponen en riesgo y/o

vulneran los derechos de una o más personas de manera oportuna, organizada y eficiente.

-Su correcta aplicación se fundamenta en resguardar los derechos de niñas y niños,

prevenir y actuar oportunamente ante situaciones que pueden poner en riesgo su integridad

y contribuir a la mejora continua de los procesos de enseñanza-aprendizaje en los diferentes

espacios educativos de cada nivel.

-Este instrumento específico contempla acciones que involucran a los padres o adultos

responsables, o en caso de ser necesario las acciones que permitan activar la atención y/o

derivación a las instituciones de la red, tales como Tribunales de Familia u Oficina de

Protección de Derechos (OPD) respectiva- al momento en que un funcionario del

establecimiento detecte la existencia de una situación que atente contra el estudiante.

“Se entenderá por vulneración de derechos cualquier práctica que por acción u omisión de

terceros transgredan al menos uno de los derechos de los niños y niñas”. Convención de los

Derechos de los Niños.

-Este protocolo de actuación contempla procedimientos claros y específicos para abordar

hechos que conllevan una vulneración derechos, como descuido o trato negligente, el que

Se entenderá como tal cuando:

- No se atienden las necesidades físicas básicas como alimentación, vestuario,

vivienda.

- No se proporciona atención médica básica.

- No se brinda protección y/o se expone al niño o niña ante situaciones de peligro.

- No se atienden las necesidades psicológicas o emocionales.

- Existe abandono, y/o cuando se le expone a hechos de violencia o de uso de drogas y/o

alcohol.

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13.1.1 Plan de acción

- La Educadora o Profesor(a) del estudiante comunicará a Dirección y al Encargado de

Convivencia la posible situación de vulneración observada y se activará el protocolo, por

cuanto, el colegio está obligado a realizar la derivación (OPD) correspondiente ante la

sospecha de vulneración.

- Se deja registro de la supuesta situación de la vulneración en el acta correspondiente.

- Se citará al apoderado del estudiante para exponer situación observada y será

notificado de la derivación del caso a organismos pertinentes (OPD).

- El establecimiento brindará al estudiante apoyo pedagógico y contención emocional por

parte de todos los adultos a su cargo; educadora, profesores y encargado de convivencia

escolar.

- Se resguardará la intimidad e integridad del estudiante, sin exponer su experiencia al resto

de la comunidad educativa.

- Se toman acuerdos para mejorar la situación dando un plazo acorde a la necesidad de

mejora requerida. Se registrará la firma del apoderado frente a los compromisos

establecidos.

- Se llevará un registro del seguimiento del cumplimiento o no de los acuerdos en la Acta

correspondiente.

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13.2. Prevención y protocolo frente agresiones sexuales y hechos de connotación

sexual que atenten contra la integridad de los estudiantes

En términos porcentuales y según Primer Informe sobre abuso sexual en niñas, niños y

adolescentes en Chile, (SENAME, 2017), la región metropolitana concentra la mayor

cantidad de casos víctimas de delitos sexuales corresponde al 32.4%. Entregados

estos datos se está frente a un alerta constante ante este tipo de situaciones que

agravan a cualquier niño o niña de nuestro entorno. Es primordial que los agentes

educativos puedan complementar su quehacer educativo con la visión global del

estudiante, precisamente estar alerta con indicadores que puedan establecer y/o hacer

sospechar de alguna situación de vulnerabilidad del estudiante.

Es por esto que en este protocolo se muestran algunos de los indicadores que

puedan hacer presumir alguna situación de vulnerabilidad y el accionar para los

agentes educativos ante estas situaciones que requieran de mayor atención. Activación

de la red y protocolo de acción al momento de enfrentar una situación de esta índole.

13.3. Conceptos y penalización de conductas de abuso sexual

Estupro (Art. 363 del CP) “Será castigado con presidio menor en su grado máximo a

presidio mayor en su grado mínimo, el que accediere carnalmente, por vía vaginal, anal

o bucal, a una persona menor de edad Los delitos sexuales son todos aquellos actos que

atentan contra la libertad sexual y la indemnidad sexual de las personas,

independientemente de su edad, estrato social, raza, etnia, sexo o nacionalidad.

Los delitos sexuales se encuentran todos descritos y sancionados en el Código Penal. Los de

mayor conocimiento relevancia son:

Violación: (Art. 361 del CP) “Comete violación el que accede carnalmente, por vía

vaginal, anal o bucal, a una persona mayor de catorce años, en alguno de los casos

siguientes: 1º Cuando se usa de fuerza o intimidación. 2º Cuando la víctima se halla privada

de sentido, o cuando se aprovecha su incapacidad para oponerse. 3º Cuando se abusa de la

enajenación o trastorno mental de la víctima”.

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Violación impropia: (Art. 362 del CP) “El que accediere carnalmente, por vía vaginal,

anal o bucal, a una persona menor de catorce años, será castigado con presidio mayor en

cualquiera de sus grados, aunque no concurra circunstancia alguna de las enumeradas en el

artículo anterior”. Pero mayor de catorce años, concurriendo cualquiera de las

circunstancias siguientes:

1º Cuando se abusa de una anomalía o perturbación mental, aun transitoria, de la víctima,

que por su menor entidad no sea constitutiva de enajenación o trastorno.

2º Cuando se abusa de una relación de dependencia de la víctima, como en los casos en que

el agresor está encargado de su custodia, educación o cuidado, o tiene con ella una relación

laboral.

3º Cuando se abusa del grave desamparo en que se encuentra la víctima. 4º Cuando se

engaña a la víctima abusando de su inexperiencia o ignorancia sexual”.

Abuso sexual (Arts. 365 bis y 366 del CP) “Si la acción sexual consistiere en la

introducción de objetos de cualquier índole, por vía vaginal, anal o bucal”, o se utilizaren

animales en ello, será castigada:

1.- con presidio mayor en su grado mínimo a medio, si concurre cualquiera de las

circunstancias enumeradas en el artículo 361;

2.- con presidio mayor en cualquiera de sus grados, si la víctima fuere menor de catorce

años, y 3.- con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo,

si concurre alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 363 y la víctima es

menor de edad, pero mayor de catorce años.

Abuso sexual infantil (Art. 366 bis del CP) “El que realizare una acción sexual distinta

del acceso carnal con una persona menor de catorce años, será castigado con la pena de

presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo”.

Abuso sexual infantil impropio (Art. 366 quáter del CP) “El que, sin realizar una acción

sexual en los términos anteriores, para procurar su excitación sexual o la excitación sexual

de otro, realizare acciones de significación sexual ante una persona menor de catorce años,

la hiciere ver o escuchar material pornográfico o presenciar espectáculos del mismo

carácter, será castigado con presidio menor en su grado medio a máximo.

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Si, para el mismo fin de procurar su excitación sexual o la excitación sexual de otro,

determinare a una persona menor de catorce años a realizar acciones de significación sexual

delante suyo o de otro o a enviar, entregar o exhibir imágenes o grabaciones de su persona

o de otro menor de 14 años de edad, con significación sexual, la pena será presidio menor

en su grado máximo.

Quien realice alguna de las conductas descritas en los incisos anteriores con una persona

menor de edad pero mayor de catorce años, concurriendo cualquiera de las circunstancias

del numerando 1º del artículo 361 o de las enumeradas en el artículo 363 o mediante

amenazas en los términos de los artículos 296 y 297, tendrá las mismas penas señaladas en

los incisos anteriores.

Las penas señaladas en el presente artículo se aplicarán también cuando los delitos

descritos en él sean cometidos a distancia, mediante cualquier medio electrónico.

Si en la comisión de cualquiera de los delitos descritos en este artículo, el autor falseare su

identidad o edad, se aumentará la pena aplicable en un grado.

13.3.1.-Indicadores

Se describe que los y las adolescentes o jóvenes abusados sexualmente son particularmente

vulnerables al abuso, a que éste sea reiterado y que se prolongue en el tiempo. El riesgo de

abuso sexual tiende a aumentar en aquellos niñas y niños que provienen de familias que se

caracterizan por disfunción marital, mono paren talidad, pobre relación padres-hijos y

problemas de desajuste parental.

En general, estos son niños que tienen una temprana vida familiar caótica y disfuncional,

pobres modelos parentales, presentan necesidades de afecto y atención no satisfechas,

tienen una inadecuada información de lo que es la sexualidad sana, sufren maltrato físico o

emocional, presentan discapacidad mental o física. No se puede dejar de mencionar que los

niños y las niñas institucionalizados son también víctimas propicias de abuso sexual por

parte de guardadores o de otros niños mayores.

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13.3.2. Indicadores que pueden guiar a detectar cuando un niño o niña ha sido

víctima de abuso sexual.-

Estos indicadores pueden guiar a detectar un abuso sexual especialmente en niños pequeños

y pueden ser útiles para padres, profesores, otros miembros de la familia, profesionales de

la salud o instituciones de menores, vecinos u otros pero deberían ser evaluados

cuidadosamente.

- Cuando el niño o la niña declara espontáneamente que el abuso sexual ha ocurrido o

está ocurriendo.

- Conductas antisociales tales como fugas del hogar, vagancia, mendicidad o

delictivos.

- Embarazo en adolescentes muy jóvenes, con progenitor significativamente mayor o

renuencia a divulgar identidad del progenitor del embarazo.

- Problemas conductuales, conductas impulsivas, irritabilidad, agresividad, odio y

hostilidad hacia otros.

- Conductas sexuales antisociales tales como promiscuidad, prostitución o

involucramiento en comercio sexual.

- Autoestima negativa, odio a sí mismo.

- Problemas escolares notorios, dificultades en la concentración, cimarra, deserción

escolar.

- Cambios en los patrones del dormir o comer.

- Que reporte pobre comunicación con padres o sea objeto de castigos extremos o

maltrato.

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13.3.3. Otros indicadores que pueden sugerir la posible necesidad de explorar

más profundamente el tema.-

- Comportamiento seductivo manifiesto, especialmente en niñitas.

- Dibujos pro-activos de naturaleza sexual.

- Inexplicable aparición de dinero o regalos.

- Extrema intranquilidad en la noche soñando o conversando acerca de incidentes

sexuales.

- Cambios en su comportamiento fuertemente relacionado con abuso sexual tales

como: en niñas pequeñas que se tironeen o se saquen la ropa sin razón aparente.

- Sus cuerpos pueden presentar señales físicas tales como: dolor, prurito, lesiones o

heridas, irritación en el área genital. Sangrado inusual, goteo inter-menstrual, en ropas o

cama. Enuresis frecuente e inusual, ropas manchadas que el niño o niña esconde.

- Excesivo rechazo al acercamiento o a caricias por una persona en particular, sea del

mismo sexo o del sexo contrario.

- Negativa a participar en actividades físicas o que se queje de dolor al sentarse o

jugar.

- Juegos sexuales no apropiados a la edad.

- Aversión a la intimidad con adultos del sexo opuesto.

- Confusión en cuanto a la identidad sexual, normas sexuales, sentimientos de amor.

- Cuando el niño o adolescente reporte que hay graves conflictos entre sus padres.

- Escasa supervisión materna, madre ausente por razones de trabajo, incapacidad o

enfermedad.

- Regresión, retraimiento en un mundo de fantasía o comportamientos infantiles.

- Conflictos familiares como alcoholismo en las figuras parentales, convivencias

temporales maternas.

- Abuso de sustancias como droga o alcohol, como una forma de manejar su angustia y

ansiedad.

- Aislamiento o pobre relación con sus padres, pares u otras personas significativas.

- Estados depresivos, disturbios del sueño, pesadillas.

- Detección de enfermedades de transmisión sexual.

- Padre que prohíbe los contactos sociales de hijos o esposa.

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13.4. Plan de acción frente a agresiones sexuales, y hechos de connotación sexual

contra la integridad de los estudiantes.

- La Educadora o Profesora del estudiante comunicará a Dirección y al Encargado de

Convivencia la posible situación de vulneración observada y se activará el protocolo, por

cuanto, el colegio está obligado a realizar la derivación a organismos pertinentes

correspondientes ante la sospecha de vulneración. Se deja registro de la supuesta situación

de la vulneración en el acta correspondiente.

- Se citará al apoderado del estudiante para exponer situación observada dejando

registro en acta de convivencia escolar y será notificado de la derivación del caso a

organismos pertinentes.

- El establecimiento brindará al estudiante apoyo pedagógico y contención emocional por

parte de todos los adultos a su cargo; educadora, profesores y encargado de convivencia

escolar.

- Se resguardará la intimidad e integridad del estudiante, sin exponer su experiencia al

resto de la comunidad educativa.

- Se llevará un registro del seguimiento del cumplimiento o no de los acuerdos en la Acta

correspondiente.

- En caso de Sospecha de abuso sexual sin evidencia de lesiones y sin relato directo del

niño(a). Derivación a OPD para descartar o confirmar vulneración de derechos del

niño(a) y definir acciones proteccionales de forma inmediata, como medida de

protección y/o derivación a programa especializado, según corresponda.

- Se realizará denuncia en Caso de Sospecha de maltrato físico con evidencia de lesiones

o sospecha de abuso sexual con evidencia de lesiones o relato directo del niño(a).

Derivación a OPD informando denuncia y solicitando evaluar si se requiere además

medida de protección o solicitud de designación de curador ad litem, para representar al

niño(a).

- Se realiza la denuncia responsable por parte de cualquier integrante de la comunidad

educativa a un Docente, Inspector o encargado de convivencia, ante la debelación del

niño de uno de estos actos o sospecha de alguna situación de abuso. En un plazo no

mayor a 24 horas de la toma de conocimiento de un caso de acoso o abuso sexual (ya sea

por el testimonio directo de la víctima o por sospecha fundada), el departamento de

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Convivencia escolar informará al adulto a cargo del cuidado del menor para que realice la

denuncia, si este se niega a realizarla el Departamento de Convivencia escolar realizará

la denuncia en el Fiscalía o Tribunales de familia, OPD, PDI o Carabineros de Chile

según corresponda:

Fiscalía Local de Chacabuco

Juzgado de Familia Colina

Unidad Brigada de Investigación

Criminal Colina

Carabineros de

Chile tenencia Til- Til Dirección Carretera

General San Martín 785, Colina Teléfono: 229657915

Dirección Chacabuco 195, Colina Teléfono: (8)8600095

Dirección: El Tranque 0100, Población el Roble, Colina. Teléfono: 2- 2708 32 72/ 2- 2708 32 73 Correo electrónico [email protected]

Teléfono 8461133

13.4.1. Del procedimiento:

- No se debe entrevistar al niño y así evitar re-victimación y afectar declaraciones

posteriores, una vez activados los protocolos y derivaciones, el niño solo puede ser

entrevistado por los organismos que designe tribunales de familia o fiscalía.

- No intervenir ningún tipo de evidencia, tampoco incitar al baño y/o cambio de ropas

a la víctima.

- Se debe dejar registro de todas las acciones realizadas e información entregada al

apoderado por parte de Dirección y Convivencia Escolar de la situación del alumno/a en

acta correspondiente.

- Realizar Entrevista al adulto responsable del cuidado del niño afectado. Notificación de

lo sucedido y protocolo de acción.

- Registrar los datos de la entrevista en la acta correspondiente, se informará al adulto

a cargo del cuidado del niño para que realice la denuncia, si este se niega a realizarla el

Departamento de Convivencia realizará la denuncia del hecho dentro de las 24 hrs.

siguientes después de la toma de conocimiento de la situación, previa notificación a la

Dirección del colegio.

- Entregar información de comunicación directa con Ministerio Publico: El apoderado

puede llamar después de 48 horas hábiles al call center del Ministerio Público

(6003330000) para solicitar datos de la causa, el estado de avance de la investigación,

orientación del proceso penal, horarios de citaciones, etc.

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- Se indicará al apoderado del niño afectado que durante el proceso de investigación y/o

derivación a centros especializados, se dispondrán acciones pedagógicas en

conformidad que el estudiante pueda concluir sus estudios y/o evaluaciones. En ningún

caso las inasistencias a clases desprendidas de esta situación mermarán el

aprendizaje del estudiante. El estudiante podrá ser evaluado en forma diferenciada,

jornada parcial de clases o solo asistir a las evaluaciones, según acuerdo con el

apoderado o sugerencias entregadas por profesionales tratantes, para favorecer la

situación académica del estudiante.

- Si es sindicado del hecho es un estudiante, durante el proceso de investigación y/o

derivación a centros especializados, se dispondrán acciones pedagógicas en

conformidad que el estudiante pueda concluir sus estudios y/o evaluaciones. En ningún

caso las inasistencias a clases desprendidas de esta situación mermarán el aprendizaje

del estudiante. El estudiante podrá ser evaluado en forma diferenciada, asistir a las

evaluaciones en horario alterno a jornada del estudiante afectado, según acuerdo con

el apoderado o sugerencias entregadas por profesionales tratantes, para favorecer la

situación académica del estudiante y durarán todo el proceso de investigación.

- Se procederá a apartar de las funciones al integrante de la comunidad educativa que

en primera instancia este siendo sindicado como el autor de los abusos, dando así

tiempo para el debido proceso. Se notificará en forma escrita de esta acción. Se

iniciará un sumario interno para esclarecer los hechos. Se designará comisión externa

conformada por funcionarios de Anexo Colegio Saint Louis School de Maipú. En un

plazo de 10 día hábiles deberán emitir informe a dirección de establecimiento.

- Se emitirá un informe final con las determinaciones de la comisión designada por

Dirección, las cuales pueden incluir las resoluciones emitidas por tribunales si fuese el

caso.

- De ser ratificada la participación culposa de un alumno/a o funcionario/a del

establecimiento se procederá a seguir el conducto que indique el reglamento interno

atendiendo a la sanción correspondiente a Falta Gravisíma y en el caso que sea un

funcionario, las acciones que la Ley permita para el cese de sus funciones laborales en el

menor tiempo posible.

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- En el caso que se determine y se resuelva que el supuesto agresor es inocente, cuando se

trate de un alumno/a se reincorporará a sus actividades académicas, ya que su nombre por

parte de la Dirección del colegio se ha mantenido en reserva debido a la protección de su

identidad por ser menor de edad; en el caso de comprobada inocencia de un funcionario y

su nombre y cargo hayan salido a la luz pública, se reincorporará a sus funciones laborales

previa emisión de un comunicado por parte de la Dirección del establecimiento educacional

aclarando y afirmando la idoneidad moral del funcionario.

- Se mantendrá comunicación directa con apoderado del niño, mediante correo

electrónico u entrevista personal para indicar acciones del establecimiento en el caso.

- Se informará a la comunidad educativa del hecho suscitado en forma general, sin

individualizar a las partes, mediante comunicado general masificado vía correo

electrónico institucional. De igual forma se emitirá comunicado con la sentencia final

del caso cuando la causa en tribunal de familia y/o fiscalía haya finalizado.

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XIV.-PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES

DE MALTRATO, ACOSO ESCOLAR Y VIOLENCIA ENTRE MIEMBROS DE

LA COMUNIDAD. (Ley 20.536 sobre violencia escolar)

14.1- Plan de Prevención:

Nuestro establecimiento realiza una serie de acciones con el fin de prevenir el fenómeno del

acoso escolar entre nuestras y nuestros estudiantes. Entre estas acciones están:

14.2- Capacitación a las y los funcionarios de nuestro colegio:

- Sensibilizar en la temática.

- Orientar en la detección temprana del fenómeno.

- Explicitar el modo de actuar frente a un caso.

14.3 Trabajo colaborativo con instituciones que trabajan la temática:

- Policía de Investigaciones de Chile.

- Oficina de Protección de Derechos de la Infancia y Adolescencia.

- Trabajo con las y los estudiantes de los distintos cursos, en orientación, desarrollando

como objetivo principal la importancia del respeto y la empatía.

- Trabajo de socialización con apoderados.

14.4- Tipificación

14.4.1 Conflicto: Involucra a dos o más personas que están en oposición o

desacuerdo debido a intereses diferentes. Es un hecho social. Debe ser abordado y resuelto,

no ignorado, y para ello existen mecanismos como la mediación, la negociación y el

arbitraje.

14.4.2 Agresividad: Corresponde a un comportamiento que puede ser de ataque o de

defensa. Es una condición natural de las personas, por lo que los impulsos agresivos no

deben ser suprimidos, sino orientados y canalizados mediante la autorregulación, el

autocontrol y la autoformación.

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14.4.3. Violencia: Es un comportamiento ilegítimo que implica el uso y abuso de poder o

la fuerza de una o más personas en contra de otra(s) y/o sus bienes. Esta acción

constituye falta gravísima en reglamento interno. .

No es un hecho o condición natural de las personas. La violencia debe ser erradicada

mediante prácticas formativas, solidarias, pacíficas, que fomenten el diálogo y la

convivencia social.

14.4.4. Ciberbullying: Es la manifestación de las agresiones entre estudiantes que se

produce mediante plataformas tecnológicas o herramientas cibernéticas, tales como chats,

redes sociales, mensajes de texto para aparatos celulares, correo electrónico, servidores que

almacenan videos o fotografías, sitios webs u otros medios similares.

14.4.5. Happy-slapping: Se designa a la acción de grabar, filmar o registrar agresiones y/o

actos de violencia física o psicológica, conductas de connotación sexual, maltrato,

pequeños abusos, situaciones ocurridas en la sala de clases, grabar o filmar a un miembro

de la comunidad educativa sin su consentimiento y otras situaciones de similar naturaleza,

normalmente en el ámbito escolar, mediante teléfonos celulares, cámaras webs u otros

aparatos o tecnologías, difundiendo tales situaciones para que circulen por la red o

publicándolos en portales de Internet o servidores para videos.

14.4.6. Cyber-defamation: Se puede traducir esta acción como “denigración ciberne tica”

ya que consiste en crear o utilizar sitios webs, portales de internet u otras plataformas

tecnológicas o virtuales, con el propósito deliberado y directo de insultar, denostar o atacar

a una persona.

14.4.7. Acoso escolar (bullying): es una forma de violencia que tiene tres

características que lo define y lo diferencia de otras expresiones de violencia:

• Se produce entre pares.

• Es reiterado en el tiempo.

• Existe asimetría de poder entre las partes, es decir, una de ellas tiene más poder que la

otra. Este poder puede ser físico o psicológico.

Es una de las expresiones más graves de violencia y requiere ser abordado de manera

decidida y oportuna.

Se afirma que el Bullying se caracteriza por una “asimetría o desbalance de poder: lo que

implica que el núcleo de una situación de intimidación siempre tiene a la base el hecho que

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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uno o varios alumnos tienen más poder sobre uno o varios alumnos. Esta asimetría se puede

dar por un tema de superioridad física, social (tener más amigos, ser más popular), en la

edad, e incluso en la red de contactos al interior del colegio”.

La Ley 20.536 –incorporada actualmente al Decreto con Fuerza de Ley Nº2 del año 2010

del Ministerio de Educación- optó por definir en su artículo 16 letra B) al acoso escolar

como: “Toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado realizada

dentro o fuera del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o

colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de

superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último,

maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea

por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición”

siempre que pueda:

- Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o

psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;

- Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.

- Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo,

moral, intelectual, espiritual o físico.

El término Bullying suele ser utilizado para denotar variadas situaciones, que no

necesariamente se refieren a este tipo de violencia, por tanto es importante tener claro que:

No es acoso escolar o bullying:

• Un conflicto de intereses o desacuerdo entre personas

• Las peleas entre personas que están en igualdad de condiciones, aunque sean reiterados en

el tiempo.

• Una pelea ocasional entre dos o más personas.

• Las agresiones de adultos a estudiante, ya que esto constituye maltrato infantil.

Es decir, una agresión ocasional o bien una pelea entre compañeros, no se califica como

acoso, aunque si puede constituir una falta disciplinaria.

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14.5. Plan de Actuación: Ante la sospecha de una situación de acoso escolar se procederá

de la siguiente manera:

- Cualquier integrante de la comunidad educativa puede recibir una denuncia por situación

de acoso escolar. Si es profesor jefe o de asignatura, deberá dejar registro de la entrevista a

la o el estudiante afectado. Además, la localización del problema e identificación de quién o

quiénes son los actores pasivos o activos: agredido, agresor y grupo de apoyo al agresor.

Esta primera pesquisa será de responsabilidad de quien reciba la denuncia (Profesor o

Encargado de Convivencia Escolar)

- Se dejará registro de la denuncia y/o sospecha de acoso escolar en el acta

correspondiente.

- Se deberá informar en un plazo máximo de 24 horas a convivencia escolar, a través de

la ficha de derivación o correo electrónico, la cual activará el protocolo de investigación, el

cual consta de un periodo de 10 días hábiles.

- Se inicia la investigación de los hechos.

- Entrevista con estudiantes involucrados junto a sus apoderaos, testigos, profesor(a) jefe

y apoderados) informando la situación de conflicto y el procedimiento a seguir.

- Delimitar el contexto escolar (clase, recreo, nivel), el contexto social y familiar en el que

se desarrolla.

- Hablar con la persona agresora en compañía de su apoderado para analizar la situación y

para que se dé cuenta de lo que está haciendo, intentando que sea ella quien verbalice lo

que ocurre. Dejar claro que la conducta mostrada por él o ella es rechazada y no

compartida.

- En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones

y la posibilidad de impugnarlas.

- El establecimiento brindará al estudiante apoyo pedagógico y contención emocional por

parte de todos los adultos a su cargo; educadora, profesores y encargado de convivencia

escolar.

- Se resguardará la intimidad e integridad del estudiante, sin exponer su experiencia al resto

de la comunidad educativa.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

67

- Cumpliendo los 10 días hábiles de investigación, se podrá determinar la presencia de una

falta. Encargada de Convivencia Escolar realizará un informe de cierre derivado a Dirección

y presentado al apoderado del estudiante implicado y se aplicarán las medidas

disciplinarias, formativas, reparatorias y/o pedagógicas que correspondan según el

Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

- Encargada de convivencia escolar realizará las siguientes derivaciones para todos los

estudiantes involucrados y actividades de grupo curso.

- De acuerdo a los antecedentes y sugerencias de encargado de convivencia escolar se

realizarán las derivaciones correspondiente a los equipos de salud públicos o privados

para evaluación emocional de todos los implicados.

- Talleres y charlas de buen rato y sana convivencias con entidades externas. y/o redes

comunales de apoyo.

- Trabajo en horas lectivas de orientación y formación valórica.

- Profesor jefe quien elabore estrategias, con ayuda de Encargado de Convivencia Escolar,

para tratar en clase la situación si se considera conveniente.

- Aplicación de medidas correctoras y de trabajo con la persona agredida, con actuaciones

que refuercen su autoestima, su confianza, hacer que pierda el miedo, integrarla en un

grupo que le responda, mostrarle aspectos positivos de su personalidad, etc.

- Con las familias se trabajará la importancia de que los alumnos resuelvan ellos mismos y

de forma pacífica los conflictos y señalarles que su ayuda es imprescindible para resolver la

situación.

- Finalmente, si no hay evidencias de un cambio concreto en la actitud (física y/o

psicológica) del agresor y cuando se hubieren realizado todas las instancias previas, el

encargado de convivencia escolar comunicará a su apoderado la notificación

condicionalidad o cancelación de matrícula con previa consulta al Consejo Docente y

Dirección del Establecimiento.

- Si el alumno es sancionado tendrá un plazo de 5 días hábiles desde que es notificado de la

medida sancionatoria para apelar fundadamente por escrito a la Dirección; quien tendrá 3

días hábiles para dar una respuesta a la apelación. Se citará telefónicamente y vía agenda a

entrevista para notificar la resolución, en caso de inasistencia del apoderado se enviará la

notificación de lo resuelto en la apelación vía correo electrónico.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

68

- De acontecer un hecho al interior del establecimiento con carácter de delito, serán las

autoridades del Colegio (Encargado de convivencia, Jefa de UTP o Directora) quienes

harán inmediata denuncia a las autoridades públicas, Carabineros de Chile y/o Policía de

Investigaciones. Se actuará de acuerdo a marco legal según lo expuesto en Código Procesal

Penal, artículo 176, donde explicita que ésta denuncia se deberá hacer dentro de las 24

horas siguientes al momento en que se tomara conocimiento del hecho criminal.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

69

14.6 Protocolo maltrato infantil entre pares

El maltrato Infantil, conductas inapropiadas de connotación sexual y/o abuso sexual es una

realidad que convive con nosotros cotidianamente. Muchos son los niños y niñas en nuestro

país afectado por este grave problema que involucra a todas las clases sociales ya sea

dentro de su núcleo familiar o fuera de él. Como sociedad tenemos la obligación de hacer

frente a esta realidad, comprometiéndonos y conociendo los Derechos de los Niños y Niñas

que contribuyen a salvaguardar la integridad emocional, física y social de ellos.

La familia y la escuela cumplen un papel de extrema importancia pues en estos contextos es

donde los niños se desarrollan psicológicamente, físicos, sociales y espiritualmente, donde

desarrollan su identidad personal y social, además de generar los vínculos y relaciones

sociales con otros.

14.6.1. Fundamentos conceptuales

Una definición para maltrato infantil aceptada por una buena parte de los profesionales que

trabajan en el tema de la protección infantil sería:

“Acción, omisión o trato negligente, no accidental que prive al niño de sus derechos y su

bienestar, que amenacen y/o interfieran su ordenado desarrollo físico, psíquico y/o social y

cuyos autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad”

Esta definición incluye lo que se hace (Acción), lo que se deja de hacer (Omisión) o se

realiza de forma inadecuada (Negligencia), ocasionando al niño no solamente daño físico,

psicológico (emocional y social), sino que considerándole persona-objeto de derecho

incluye sus derechos y su bienestar, y cuyos autores pueden ser las personas (familiares o

no) y las instituciones-administrativas (maltrato institucional)

14.6.2- Qué hacer frente a la certeza de maltrato infantil

De acuerdo al actual Código Procesal Penal, están obligados a denunciar estos hechos los

miembros de Carabineros y de la Policía de Investigaciones, los empleados públicos y de

salud, los fiscales del Ministerio Público y los Directores, Inspectores y Profesores de

establecimientos educacionales de todo nivel.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

70

14.6.3. Plan de Actuación:

- Cualquier integrante de la comunidad educativa puede recibir una denuncia por situación

de maltrato. Deberá dejar registro de la entrevista a la o el estudiante afectado. Además, la

localización del problema e identificación de quién o quiénes son los actores pasivos o

activos: agredido, agresor y grupo de apoyo al agresor. Esta primera pesquisa será de

responsabilidad de quien reciba la denuncia (Profesor o Encargado de Convivencia Escolar)

- Se dejará registro de la denuncia y/o sospecha maltrato en el acta correspondiente.

- Se deberá informar en un plazo máximo de 24 horas a convivencia escolar, a través de

la ficha de derivación o correo electrónico, la cual activará el protocolo de investigación, el

cual consta de un periodo de 10 días hábiles.

- Se inicia la investigación de los hechos.

- Entrevista con estudiantes involucrados junto a sus apoderados, testigos, profesor(a) jefe

y apoderados) informando la situación de conflicto y el procedimiento a seguir.

- Delimitar el contexto escolar (clase, recreo, nivel), el contexto social y familiar en el que

se desarrolla.

- Hablar con la persona agresora en compañía de su apoderado para analizar la situación y

para que se dé cuenta de lo que está haciendo, intentando que sea ella quien verbalice lo

que ocurre. Dejar claro que la conducta mostrada por él o ella es rechazada y no

compartida.

- En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones

y la posibilidad de impugnarlas.

- El establecimiento brindará al estudiante apoyo pedagógico y contención emocional por

parte de todos los adultos a su cargo; educadora, profesores y encargado de convivencia

escolar.

- Se resguardará la intimidad e integridad del estudiante, sin exponer su experiencia al resto

de la comunidad educativa.

- Cumpliendo los 10 días hábiles de investigación, se podrá determinar la presencia de una

falta. Encargada de Convivencia Escolar realizará un informe de cierre derivado a Dirección

y presentado al apoderado del estudiante implicado y se aplicarán las medidas

Page 71: REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIENCIA ESCOLARREGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR 10 1.16. Asumir en las actividades externas las Normas de Convivencia vigentes del Colegio. 1.17.

REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

71

disciplinarias, formativas, reparatorias y/o pedagógicas que correspondan según el

Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

- Encargada de convivencia escolar realizará las siguientes derivaciones para todos los

estudiantes involucrados y actividades de grupo curso.

- De acuerdo a los antecedentes y sugerencias de encargado de convivencia escolar se

realizarán las derivaciones correspondiente a los equipos de salud públicos o privados

para evaluación emocional de todos los implicados.

- Talleres y charlas de buen rato y sana convivencias con entidades externas. y/o redes

comunales de apoyo.

- Trabajo en horas lectivas de orientación y formación valórica.

- Profesor jefe quien elabore estrategias, con ayuda de Encargado de Convivencia Escolar,

para tratar en clase la situación si se considera conveniente.

- Aplicación de medidas correctoras y de trabajo con la persona agredida, con actuaciones

que refuercen su autoestima, su confianza, hacer que pierda el miedo, integrarla en un

grupo que le responda, mostrarle aspectos positivos de su personalidad, etc.

- Con las familias se trabajará la importancia de que los alumnos resuelvan ellos mismos y

de forma pacífica los conflictos y señalarles que su ayuda es imprescindible para resolver la

situación.

- Finalmente, si no hay evidencias de un cambio concreto en la actitud (física y/o

psicológica) del agresor y cuando se hubieren realizado todas las instancias previas, el

encargado de convivencia escolar comunicará a su apoderado la notificación

condicionalidad o cancelación de matrícula con previa consulta al Consejo Docente y

Dirección del Establecimiento.

- Si el alumno es sancionado tendrá un plazo de 5 días hábiles desde que es notificado de la

medida sancionatoria para apelar fundadamente por escrito a la Dirección; quien tendrá 3

días hábiles para dar una respuesta a la apelación. Se citará telefónicamente y vía agenda a

entrevista para notificar la resolución, en caso de inasistencia del apoderado se enviará la

notificación de lo resuelto en la apelación vía correo electrónico.

- De acontecer un hecho al interior del establecimiento con carácter de delito, serán las

autoridades del Colegio (Encargado de convivencia, Jefa de UTP o Directora) quienes

harán inmediata denuncia a las autoridades públicas, Carabineros de Chile y/o Policía de

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

72

Investigaciones. Se actuará de acuerdo a marco legal según lo expuesto en Código Procesal

Penal, artículo 176, donde explicita que ésta denuncia se deberá hacer dentro de las 24

horas siguientes al momento en que se tomara conocimiento del hecho criminal.

14.7 Maltrato al interior del colegio de un adulto a un alumno

14.7.1. Plan de Actuación:

- Cualquier integrante de la comunidad educativa puede recibir una denuncia por situación

de maltrato. Deberá dejar registro de la entrevista a la o el estudiante afectado. Además, la

localización del problema e identificación de quién o quiénes son los actores pasivos o

activos: agredido, agresor y grupo de apoyo al agresor. Esta primera pesquisa será de

responsabilidad de quien reciba la denuncia (Profesor o Encargado de Convivencia Escolar)

- Se dejará registro de la denuncia y/o sospecha maltrato en el acta correspondiente.

- Se deberá informar en un plazo máximo de 24 horas a convivencia escolar, a través de

la ficha de derivación o correo electrónico, la cual activará el protocolo de investigación, el

cual consta de un periodo de 10 días hábiles.

- Se inicia la investigación de los hechos.

- Entrevista con estudiantes involucrados junto a sus apoderados, testigos, profesor(a) jefe

y apoderados) informando la situación de conflicto y el procedimiento a seguir.

- Delimitar el contexto escolar (clase, recreo, nivel), el contexto social y familiar en el que

se desarrolla.

- Hablar con la persona agresora (funcionario y/u otro adulto) de ser un funcionario del

establecimiento, la Dirección citará para informar la denuncia de los hechos y se le

notificará por vía escrita y con carta certificada la separación de funciones en virtud

del tiempo de investigación, 10 días hábiles, asegurándole un debido proceso . En el

caso de ser un apoderado, la Dirección citará para informar la denuncia de los hechos

y se le revocará la calidad de apoderado y el ingreso a las dependencias educativas,

mientras dure el proceso investigativo, 10 días hábiles. En ambos casos, La Directora

informará a la las autoridades educacionales, policiales y judiciales de ser pertinente.

- El funcionario implicado al recibir el informe de investigación emanado luego del proceso

investigativo en el periodo de 10 días hábiles, tendrá la facultad de enviar sus descargos de

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

73

manera escrita a la Dirección del establecimiento. El plazo que tendrá será de 10 días

hábiles.

-En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones

y la posibilidad de impugnarlas.

- El establecimiento brindará al estudiante apoyo pedagógico y contención emocional por

parte de todos los adultos a su cargo; educadora, profesores y encargado de convivencia

escolar.

- Se resguardará la intimidad e integridad del estudiante, sin exponer su experiencia al resto

de la comunidad educativa.

- Cumpliendo los 10 días hábiles de investigación, se podrá determinar la presencia de una

falta. Encargada de Convivencia Escolar realizará un informe de cierre derivado a Dirección

y presentado a los involucrados. Se aplicarán las medidas legales pertinentes para con los

adultos, junto a las formativas, reparatorias y/o pedagógicas que correspondan según el

Reglamento Interno de Convivencia Escolar hacia a los estudiantes.

-Encargada de convivencia escolar realizará las siguientes derivaciones para todos los

estudiantes involucrados y actividades de grupo curso.

De acuerdo a los antecedentes y sugerencias de encargado de convivencia

escolar se realizarán las derivaciones correspondiente a los equipos de salud

públicos o privados para evaluación emocional de todos los implicados.

Talleres y charlas de buen rato y sana convivencias con entidades externas. y/o

redes comunales de apoyo.

Trabajo en horas lectivas de orientación y formación valórica.

Profesor jefe quien elabore estrategias, con ayuda de Encargado de Convivencia

Escolar, para tratar en clase la situación si se considera conveniente.

Aplicación de medidas correctoras y de trabajo con la persona agredida, con

actuaciones que refuercen su autoestima, su confianza, hacer que pierda el

miedo, integrarla en un grupo que le responda, mostrarle aspectos positivos de

su personalidad, etc.

Con las familias se trabajará la importancia de que los alumnos resuelvan ellos

mismos y de forma pacífica los conflictos y señalarles que su ayuda es

imprescindible para resolver la situación.

- De acontecer un hecho al interior del establecimiento con carácter de delito, serán las

autoridades del Colegio (Encargado de convivencia, Jefa de UTP o Directora) quienes

harán inmediata denuncia a las autoridades públicas, Carabineros de Chile y/o Policía de

Investigaciones. Se actuará de acuerdo a marco legal según lo expuesto en Código Procesal

Penal, artículo 176, donde explicita que ésta denuncia se deberá hacer dentro de las 24

horas siguientes al momento en que se tomará conocimiento del hecho criminal.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

74

14.8. Maltrato fuera del establecimiento.

14.8.1 Si el agresor (a) es un extraño, el encargado o la Directora del colegio citará a un

adulto protector de la niña o niño para explicarle las medidas que el colegio tomará,

integrándolo a participar de los contactos con el Centro Especializado.

14.8.2. Si el agresor es un familiar, ante la mera sospecha se designará un

funcionario para reunir antecedentes y se dará al caso máxima prioridad.

Se citará a los adultos cercanos al alumno(a) para informarle que se derivará al

Centro especializado y entregará antecedentes.

El Director informará a las autoridades educacionales, policiales y judiciales de ser

pertinente. Denuncia a carabineros de Chile y derivación a OPD comunal. En un

plazo no superior a 48 horas de conocidos los hechos.

14.9. Protocolo casos de violencia o agresión de alumnos hacia funcionarios del colegio

Los Funcionarios del Colegio tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de

respeto mutuo. Del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física,

psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos

psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Es deber de la

entidad sostenedora no sólo velar por la seguridad de sus alumnos o alumnas, sino también

de su personal. Revestirá especial gravedad todo tipo de violencia física o psicológica

cometida por cualquier medio, incluyendo los tecnológicos y cibernéticos, en contra de los

funcionarios.

14.9.1. Plan de Acción.

En el caso de agresiones físicas recientes, se deberá llevar al funcionario de forma

inmediata a la mutual de seguridad para constatar lesiones y el impacto que dicha agresión

pudiese causar, ya que una agresión podría llegar a ser constitutiva de delito.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

75

- Cualquier integrante de la comunidad educativa puede recibir una denuncia por maltrato.

Deberá dejar registro de la entrevista a la o el estudiante afectado. Además, la localización

del problema e identificación de quién o quiénes son los actores pasivos o activos:

agredido, agresor y grupo de apoyo al agresor. Esta primera pesquisa será de

responsabilidad de quien reciba la denuncia (Profesor o Encargado de Convivencia Escolar)

- Se dejará registro de la denuncia y/o sospecha maltrato en el acta correspondiente.

- Se deberá informar en un plazo máximo de 24 horas a convivencia escolar, a través de

la ficha de derivación o correo electrónico, la cual activará el protocolo de investigación, el

cual consta de un periodo de 10 días hábiles.

- Se inicia la investigación de los hechos.

Entrevista con estudiantes involucrados junto a sus apoderados, testigos,

profesor(a) jefe y apoderados) informando la situación de conflicto y el

procedimiento a seguir.

Delimitar el contexto escolar (clase, recreo, nivel), el contexto social y familiar en el

que se desarrolla.

Hablar con la persona agresora y su apoderado informar de procedimiento de

investigación. Se notificará que se procederá a realizar proceso de

investigación que consta de 10 días hábiles.

- El estudiante implicado al recibir el informe de investigación emanado luego del proceso

investigativo en el periodo de 10 días hábiles, tendrá la facultad de enviar sus descargos de

manera escrita a la Dirección del establecimiento. El plazo que tendrá será de 10 días

hábiles.

-En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones

y la posibilidad de impugnarlas.

- El establecimiento brindará al estudiante apoyo pedagógico y contención emocional por

parte de todos los adultos a su cargo; educadora, profesores y encargado de convivencia

escolar.

- Se resguardará la intimidad e integridad del estudiante y funcionario, sin exponer su

experiencia al resto de la comunidad educativa.

Page 76: REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIENCIA ESCOLARREGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR 10 1.16. Asumir en las actividades externas las Normas de Convivencia vigentes del Colegio. 1.17.

REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

76

- Cumpliendo los 10 días hábiles de investigación, se podrá determinar la presencia de una

falta. Encargada de Convivencia Escolar realizará un informe de cierre derivado a

Dirección y presentado a los involucrados. Se aplicarán las medidas legales y disciplinares

pertinentes para con él o los estudiantes, junto a las acciones formativas, reparatorias y/o

pedagógicas que correspondan según el Reglamento Interno de Convivencia Escolar hacia a

los estudiantes.

-En el caso de acreditarse la responsabilidad de un alumno o alumna en actos de maltrato,

agresiones verbales, violencia física, denostación en redes sociales, que afecten a algún

funcionario del Colegio, se impondrán las medidas disciplinarias y sanciones que establece

reglamento interno.

-De acontecer un hecho al interior del establecimiento con carácter de delito, serán las

autoridades del Colegio (Encargado de convivencia, Jefa de UTP o Directora) quienes

harán inmediata denuncia a las autoridades públicas, Carabineros de Chile y/o Policía de

Investigaciones. Se actuará de acuerdo a marco legal según lo expuesto en Código Procesal

Penal, artículo 176, donde explicita que ésta denuncia se deberá hacer dentro de las 24

horas siguientes al momento en que se tomará conocimiento del hecho criminal.

-Encargada de convivencia escolar realizará las siguientes derivaciones para todos los

involucrados:

-De acuerdo a los antecedentes y sugerencias de encargado de convivencia escolar se

realizarán las derivaciones correspondiente a los equipos de salud públicos o privados

para evaluación emocional de todos los implicados.

14.10. Protocolo casos de violencia o agresión entre adultos

Los Funcionarios del Colegio tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de

respeto mutuo. Del mismo modo, tienen derecho a que se respete su integridad física,

psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos

psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa. Es deber de la

entidad sostenedora no sólo velar por la seguridad de sus alumnos o alumnas, sino también

de su personal. Revestirá especial gravedad todo tipo de violencia física o psicológica

cometida por cualquier medio, incluyendo los tecnológicos y cibernéticos, en contra de los

funcionarios.

Page 77: REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIENCIA ESCOLARREGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR 10 1.16. Asumir en las actividades externas las Normas de Convivencia vigentes del Colegio. 1.17.

REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

77

14.10.1. Plan de Acción.

- En el caso de agresiones físicas recientes, se deberá llevar al funcionario de forma

inmediata a la mutual de seguridad para constatar lesiones y el impacto que dicha agresión

pudiese causar, ya que una agresión podría llegar a ser constitutiva de delito.

- Cualquier integrante de la comunidad educativa puede recibir una denuncia por maltrato.

Deberá dejar registro de la entrevista al afectado. Además, la localización del problema e

identificación de quién o quiénes son los actores pasivos o activos: agredido, agresor y

grupo de apoyo al agresor. Esta primera pesquisa será de responsabilidad de quien reciba la

denuncia (Profesor o Encargado de Convivencia Escolar)

- Se dejará registro de la denuncia y/o sospecha maltrato en el acta correspondiente.

- Se deberá informar en un plazo máximo de 24 horas a convivencia escolar, a través de

la ficha de derivación o correo electrónico, la cual activará el protocolo de investigación, el

cual consta de un periodo de 10 días hábiles.

- Se inicia la investigación de los hechos.

Entrevista con estudiantes involucrados junto a sus apoderados, testigos,

profesor(a) jefe y apoderados) informando la situación de conflicto y el

procedimiento a seguir.

Delimitar el contexto escolar (clase, recreo, nivel), el contexto social y familiar en

el que se desarrolla.

Hablar con la persona agresora (funcionario y/u otro adulto) de ser un funcionario

del establecimiento, la Dirección citará para informar la denuncia de los hechos y se

le notificará por vía escrita y con carta certificada la separación de funciones en

virtud del tiempo de investigación, 10 días hábiles, asegurándole un debido proceso.

En el caso de ser un apoderado, la Dirección citará para informar la denuncia de los

hechos y se le revocará la calidad de apoderado y el ingreso a las dependencias

educativas, mientras dure el proceso investigativo, 10 días hábiles. En ambos casos,

La Directora informará a la las autoridades educacionales, policiales y judiciales de

ser pertinente

El adulto implicado al recibir el informe de investigación emanado luego del

proceso investigativo en el periodo de 10 días hábiles, tendrá la facultad de enviar

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

78

sus descargos de manera escrita a la Dirección del establecimiento. El plazo que

tendrá será de 10 días hábiles.

-En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los

involucrados, el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones

y la posibilidad de impugnarlas.

- Se resguardará la intimidad e integridad del funcionario, sin exponer su experiencia al

resto de la comunidad educativa.

- Cumpliendo los 10 días hábiles de investigación, se podrá determinar la presencia de una

falta. Encargada de Convivencia Escolar realizará un informe de cierre derivado a

Dirección y presentado a los involucrados. Se aplicarán las medidas legales

correspondientes.

-En el caso de acreditarse la responsabilidad en actos de maltrato, agresiones verbales,

violencia física, denostación en redes sociales, que afecten a algún funcionario del Colegio,

se impondrán las medidas legales correspondientes.

-De acontecer un hecho al interior del establecimiento con carácter de delito, serán las

autoridades del Colegio (Encargado de convivencia, Jefa de UTP o Directora) quienes

harán inmediata denuncia a las autoridades públicas, Carabineros de Chile y/o Policía de

Investigaciones. Se actuará de acuerdo a marco legal según lo expuesto en Código Procesal

Penal, artículo 176, donde explicita que ésta denuncia se deberá hacer dentro de las 24

horas siguientes al momento en que se tomará conocimiento del hecho criminal.

-Encargada de convivencia escolar realizará las siguientes derivaciones para todos los

involucrados.

- De acuerdo a los antecedentes y sugerencias de encargado de convivencia escolar se

realizarán las derivaciones correspondiente a los equipos de salud públicos o privados

para evaluación emocional de todos los implicados.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

79

XV- PREVENCIÓN Y PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA ABORDAR

SITUACIONES RELACIONADAS A DROGAS Y ALCOHOL EN EL

ESTABLECIMIENTO.

Sin lugar a dudas la temática de las drogas y el consumo de alcohol son factores que

inciden profundamente en la vulnerabilidad social, margina a las personas y

acrecienta el nivel de desigualdad e inequidades de nuestra sociedad actual.

Además obstruye cualquier intento de desarrollo de comunidades y sus participantes,

contribuye además a empeorar el sistema de salud pública y la seguridad ciudadana.

Es fundamental que esta instancia mantenga y pueda fortalecer un abordaje con una

mirada global, con enfoque en los derechos humanos, salud y reconociendo el contexto

en que se presentan estás circunstancias.

El uso y abuso de tabaco, alcohol y otras drogas, en nuestro país es una de las

problemáticas más recurrentes, el daño colateral provocan individuos consumidores

problemáticos, sus familias y las comunidades son motivo de preocupación y

fundamenta los lineamientos de políticas públicas en el país (SENDA, 2018).

15.1. Orientaciones técnicas

Es fundamental que dentro del establecimiento educacional se puedan localizar

oportunamente la problemática de consumo y sus niveles, ya sea en relación a las drogas y

al alcohol. Lo anterior, tiene como finalidad el determinar el tipo de ayuda que se debe

brindar al estudiante y a su familia, el acompañamiento en cuanto a nivel de intensidad y

frecuencia. Cabe señalar que, un diagnóstico y/o tratamiento debe ser siempre debidamente

determinado por un profesional correspondiente al área médica.

Los niveles de consumo de drogas y alcohol, se agrupan en dos grandes áreas:

15.2. No problemático y problemático.

15.2.1. No problemático:

Consumo experimental: El adolescente tiene contacto con una o más sustancias de forma

esporádica, pudiendo abandonar o continuar consumiendo. Los factores de este tipo de

consumo se relacionan directamente con la curiosidad, presiones sociales, lo desconocido

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

80

etc. Cabe indicar que durante el consumo experimental el adolescente desconoce los efectos

de la sustancia que consume.

Consumo Ocasional: En este tipo de consumo, el adolescente continúa utilizando la

sustancia de forma esporádica, sin embargo, posee algunas motivaciones para continuar

con su consumo, ya sean estas: transgredir normas, facilitar la comunicación entre pares o

fortalecer relaciones interpersonales.

Consumo habitual: El adolescente estaría incorporando el consumo en sus rutinas,

conoce el precio, la calidad y el efecto de la sustancia. El consumo podría ser

eventualmente semanal, de forma individual o grupal. Las principales motivaciones para

mantener el consumo son: Sentimiento de pertenencia un grupo específico, mitigar ciertos

sentimientos y emociones, como también reafirmar su independencia.

15.2.2. Consumo Problemático

Consumo abusivo: Se constata como un consumo más constante, por lo general grupal y

concertado. El consumo es selectivo de una o más sustancias, consume en situaciones de

riesgo para sí mismo u otros.

Durante el consumo abusivo de drogas y alcohol, u otras sustancias, se aprecian ciertas

conductas que alteran negativamente las relaciones familiares, dificultades en el rendimiento

escolar, o problemas de relaciones inter personales.

Consumo dependiente: En este caso, el adolescente utiliza drogas de formas

constante en mayor cantidad y durante períodos más extensos. Se constatan grandes

dificultades para controlar su uso. En ocasiones, se presentan síntomas de abstinencia,

recurriendo a la droga para aliviar su síntoma de malestar provocada por la falta de ella.

15.3. Marco normativo:

La ley 20.000, sustituye a la ley 19.366, y es la encargada de sancionar el tráfico ilícito de

estupefacientes y sustancias sicotrópicas. Se encuentra en vigencia desde el 16 de febrero

de 2005.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

81

15.3.1. La presente ley considera algunos puntos relevantes:

- Sanciona el delito de micro tráfico.

- Considera el tráfico de drogas ilícitas en las siguientes circunstancias:

- Cuando alguien la vende o comercializa.

- Si existe distribución, regalo o permute.

- Guarda o lleva consigo drogas ilícitas, exceptuando que se acredite el consumo personal o un

uso médico. En ese caso, se aplica la sanción propia del consumo de drogas ilícitas en lugares

públicos (multa, o asistencia a programas de prevención).

- El tráfico de drogas ilícitas se sanciona con penas que van desde los 5 años y un día hasta

los 15 años de privación de libertad.

- El micro tráfico de drogas es un delito que se sanciona entre 541 días a 5 años, y multa de

diez a cuarenta unidades tributarias mensuales.

- Si el tráfico de drogas ilícitas se desarrolla en inmediaciones o interior del establecimiento

educacional, las sanciones son más severas.

Compone una circunstancia agravante de la responsabilidad penal, si se suministran o si se

promueve o facilita el consumo de éstas, entre menores de edad.

15.3.2. Sanción del consumo en la Ley de Drogas:

- Se sanciona el consumir drogas en lugares públicos, en establecimientos educacionales o de

capacitación. También está sancionado como falta el consumo en lugares o recintos

privados si se hubiesen concertado para tal propósito. Lo anterior puede ser sancionado con

una multa; asistencia obligatoria a programas de prevención, tratamiento, rehabilitación o

trabajos en beneficio de la comunidad.

- La normativa obliga a denunciar los delitos que tengan conocimiento:

Para efecto de la escuela, se contempla al director, profesores y coordinadores de ambientes

(inspectores) de la comunidad educativa. La ley los obliga a denunciar los delitos que

afectaren a los estudiantes o que hubieren tenido lugar en la unidad educativa.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

82

El incumplimiento de esta obligación de denunciar acarrea una sanción penal de multa que

fluctúa entre una a cuatro UTM.

15.4. Protocolo ante Sospecha de Consumo de Drogas y/o Alcohol al interior del

establecimiento.

Actividades estratégicas para prevención y detección precoz de consumo de

Droga-Alcohol.

Colegio Saint Louis School, forma parte del programa “Escuelas Focalizadas”, de

SENDA-PREVIENE, el cual realiza las siguientes intervenciones en nuestro

establecimiento:

15.4.1.- Programa Continuo Preventivo: El objetivo principal de la prevención es ayudar

a las personas, evitar o retrasar la iniciación en el uso de drogas o evitar el desarrollo de

desórdenes asociados al consumo. Todo programa debe apuntar a alguno de estos objetivos e

inscribirse dentro del objetivo mayor de fomentar el desarrollo sano y seguro de niños y

jóvenes.

- Objetivos del programa Continuo Preventivo

Descubriendo el Gran Tesoro

La malla del programa Descubriendo el Gran Tesoro busca desarrollar en los estudiantes

tres objetivos, los cuales son reforzados en las sesiones dirigidas a los apoderados:

- Conocer información y experiencias de carácter preventivo, a través del

acercamiento a situaciones propias de su experiencia familiar y la sala de clases.

- Examinar comportamientos preventivos en el ámbito personal, como en otros

entornos significativos.

- Tomar decisiones de protección y prevención en situaciones cotidianas y contextualizadas,

movilizando información y habilidades a nivel individual y en la interacción con su

entorno cercano.

15.4.2. Aprendemos a Crecer y La Decisión es nuestra

La malla de los programas Aprendemos a Crecer (1° a 6° básico) y La Decisión es Nuestra

(7° básico a 4° medio) contiene tres objetivos generales para las y los estudiantes y otros

tres a desarrollar con las y los apoderados.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

83

La malla para los estudiantes apunta a desarrollar los siguientes objetivos generales:

- Desarrollar habilidades protectoras para vida.

- Desarrollar un estilo de vida saludable y una actitud crítica frente a las drogas y

alcohol.

- Fortalecer las redes y participación en la comunidad.

- Cuidado de otros/as (Cuidar o ser cuidado)

- Cuidado entre todos/as (Cuidarnos)

- Cuidado de sí mismo/a (Cuidarme)

La malla para los apoderados apunta a desarrollar los siguientes objetivos generales:

- Potenciar un estilo familiar cercano y protector.

- Desarrollar un estilo de vida saludable y crítico frente a las drogas y alcohol en la familia.

- Fortalecer competencias parentales que promuevan el desarrollo de habilidades

protectoras en sus hijos e hijas.

15.4.3. Procedimientos y Flujogramas:

15.4.3.1. Sospecha de consumo

- Propiciar la detección precoz del consumo.

- A través de auto reporte o auto selección del propio estudiante.

- A través de entrevista de control del Profesor/a Jefe asociadas a problemas de desempeño y

comportamiento escolar.

15.4.3.2. A solicitud de la familia.

- De la aplicación de instrumentos específicos, en el contexto de las actividades de programas

de prevención u otras actividades de los estudiantes.

- EL Profesor/a Jefe se canalizará la primera información y realizará una entrevista personal

con el estudiante, de tal manera de recoger información y abordar el tema.

- De la entrevista, se puede concluir que el caso amerita realizar otras acciones o que son

suficientes de las orientaciones que entregó.

- De ser necesario, referirá el caso a Encargado de Convivencia, quien realizará citación

al apoderado para informar situación escolar del establecimiento, quien realizará entrevistas

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

84

que permitan la identificación de los hábitos y tipos de consumo, así como los alcances y

secuencias que ha tenido.

- Posteriormente, elaborará un perfil del caso, que considera el nivel de consumo, los

problemas anexos y los factores de riesgo y factores protectores con los que cuenta el

estudiante.

- En Ningún caso se podrán hacer público los antecedentes del estudiante en proceso

de entrevista u derivaciones.

15.4.3.3. Detección de consumo

- Quien identifique el consumo, deberá dar aviso de inmediato a encargado de

convivencia escolar, quien procederá a citar al apoderado en un plazo no mayor a 12 horas.

- El apoderado deberá trasladar al estudiante a un servicio de urgencia para la evaluación

preliminar de salud e intervención en crisis si fuera necesario.

- El servicio de salud será quién indique al apoderado del tratamiento a seguir con el

estudiante.

- En caso que sea el propio apoderado quién solicite ayuda con la detección del consumo,

será el encargado de convivencia escolar junto a profesor jefe quienes realicen entrevista

conjunta apoderado-estudiante y se realizarán las derivaciones correspondientes (Espacios

Amigables, Cesfam, Servicio de urgencia) según la necesidad de tratamiento.

- El estudiante podrá acceder a un régimen de evaluación diferenciada durante todo el

proceso de evaluación, diagnóstico y tratamiento.

- Encargado de Convivencia escolar hará seguimiento del caso en las entidades pertinentes

e indicará a coordinación académica la información necesaria para seguir implementando

apoyo pedagógico al estudiante.

- Finalmente informará al Profesor/a Jefe, Coordinación académica y Director.

- Las medidas disciplinares a esta conducta se regirán por la normativa interna.

- En Ningún caso se podrán hacer público los antecedentes del estudiante en proceso de

entrevista u derivaciones a instituciones que apoyen este tipo de tratamientos.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

85

15.4.3.4. Tráfico dentro del establecimiento - Quien detecte el tráfico de drogas dentro del establecimiento, deberá dar aviso

de inmediato a encargado de convivencia.

- Encargado de convivencia deberá realizar citación del apoderado en un plazo no

mayor a 8 horas.

- Se realizará entrevista conjunta entre apoderado y estudiante, con la finalidad de

establecer proceso de derivación a instituciones que realicen tratamiento en caso que el

estudiante también posea un consumo experimental o habitual de drogas.

- Encargado de Convivencia escolar deberá realizar la denuncia respectiva a

Carabinero, PDI o fiscalía.

- Fiscalía procederá a realizar investigación del caso, entregará resolución y dará

ejecución a la aplicación de la ley en el caso que fuese necesario.

- El estudiante podrá acceder a un régimen de evaluación diferenciada durante todo

el proceso de evaluación, diagnóstico y tratamiento.

- Encargado de Convivencia escolar hará seguimiento del caso en las entidades

pertinentes e indicará a coordinación académica la información necesaria para la

continuidad de plan de apoyo al estudiante.

- En ningún caso se podrá hacer público y divulgar antecedentes del estudiante y su

familia. Resguardo así la intimidad del estudiante durante todo el proceso investigativo

y de intervención.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

59

Consumo Experimental

Taller – Consejería

Derivación Programa

Espacio Amigable CESFAM

Protocolo de Sospecha de Consumo de alcohol y drogas al interior del establecimiento

Sospecha de

Consumo

Entrevista

Aproximación

Profesor Jefe

Encargado de

Convivencia Escolar

Cita Apoderado

Apoderado Acepta

Intervención

Apoderado No Acepta

Intervención

Se Informa al apoderado y estudiante procedimiento según necesidad de Intervención

Estudiante

Continua en

Observación

Sin Consumo

Consumo Habitual

Plan de

Fortalecimiento

Factores

Protectores.

Derivación Red Salud

Pública o Privada

S E G U I M I E N T O E S T A B L E C I M I E N T O

PROCEDIMEINTO DE APOYO AL ESTUDIANTE

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Protocolo de Sospecha de Porte o tráfico al Interior del establecimiento

Protocolo Detección Consumo de alcohol y drogas al interior del establecimiento

Apoderado Solicita apoyo

Intervención

Quien Identifica el

consumo

Encargado de

Convivencia Escolar

Cita Apoderado

Apoderado Traslada

Estudiante

Centro de salud de

URGENCIA

Se Informa al apoderado y estudiante procedimiento según necesidad de Intervención

Consumo Experimental

Consumo Habitual

Diagnóstica Frente a Crisis

Respuesta de Salud Taller – Consejería

Derivación Programa

Espacio Amigable CESFAM

Derivación Red Salud

Pública o Privada

SE INICIA

TRATAMIENTO

S E G U I M I E N T O E S T A B L E C I M I E N T O

PROCEDIMEINTO DE APOYO AL ESTUDIANTE

60

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Protocolo de sospecha de Trafico de Drogas dentro de establecimiento.

Apoderado Solicita apoyo

Intervención

argado

Consumo Experimental

Taller – Consejería

Derivación Programa

Espacio Amigable CESFAM

Quien Identifica la

sospecha de Tráfico

Entrevista de

Convivencia Escolar

Cita Apoderado

Denuncia

Carabineros/PDI/Fiscalía

Proceso

Investigativo

Entrevista Apoderado y

Estudiante

Se Informa al apoderado y estudiante procedimiento según necesidad de Intervención

Resolución y

Aplicación de la

resolución del

caso

Sin Consumo

Consumo Habitual

Plan de

Fortalecimiento

Factores

Protectores.

Derivación Red Salud

Pública o Privada

61

S E G U I M I E N T O E S T A B L E C I M I E N T O

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

89

XVI.-PROTOCOLO DE ACCIDENTES ESCOLARES

16.1. Antecedentes.

Ley 16.744 Art.3°, dispone que estarán protegidos todos los alumnos de establecimientos

fiscales o particulares por los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios, o en la

realización de su práctica profesional.

Un accidente escolar es toda lesión que un estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo

de actividades escolares que, por su gravedad, traigan como consecuencia incapacidad o

daño. Dentro de esta categoría se considera también los accidentes que puedan sufrir los

estudiantes en el trayecto desde y hasta sus establecimientos educacionales.

En caso de accidente escolar todos los/as estudiantes, tanto de la educación parvularia,

básica y media, están afectos al Seguro Escolar desde el instante en que se matriculen en el

colegio.

En caso de accidente o de enfermedad repentina de un alumno(a) durante la actividad

escolar, se procederá de la siguiente manera:

16.2. En caso de enfermedad o accidente menos graves:

El alumno será llevado a enfermería y se realizarán los primeros auxilios, o en su efecto se

le dará agua de hierbas. Importante recordar que el colegio NO está Autorizado para

administrar ningún tipo de medicamentos. Inspectoría llamará a los padres y enviará una

comunicación y se dejará registro en bitácora de enfermería. El estudiante retornará al

aula.

16.3. En caso de accidentes leves:

En los casos que el accidente requiera atención médica, se llamará a los padres y/o

apoderados, para que sean ellos quienes trasladan al alumno al centro de salud que estimen

conveniente e Inspectoría entrega el seguro de salud estatal con que todo alumno está

cubierto. De igual forma se dejará constancia en bitácora de enfermería.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

90

16.4. En caso de accidentes graves:

En todos los casos que el accidente sea grave, (determinado por encargada de enfermería

Lily Cáceres), se llamará inmediatamente al servicio de urgencia de la comuna, quienes lo

trasladarán en ambulancia a la urgencia del hospital. Simultáneamente se dará aviso a los

padres y ellos podrán tomar la decisión de trasladar a otro servicio.

Los alumnos que cuenten con seguros particulares de salud, deben mantener la información

actualizada al momento de la matrícula, para que el colegio se comunique directamente

con ellos. Se dejará constancia en bitácora de enfermería.

Es importante completar todos los datos personales y teléfonos de emergencia en ficha

personal. Es responsabilidad de los padres y apoderados mantener estos datos actualizados.

Lugares de Traslado de Atención Primaria y Secundaria de Salud

Accidente Menos Grave

CESFAM Huertos Familiares Directora: Elizabeth Campusano Castillo Dirección:

Tres Oriente N° 221, Huertos Familiares Fono: +56228466536

Accidente Leve

Hospital de Til Til, Calle Daniel Moya 100, Tiltil Teléfono: (2) 25751700.

Accidente Grave:

Hospital de niños Dr. Roberto del Río

(Urgencia) Av. Domingo Sta. María 1179 · (2)

2575 8000

Abierto las 24 horas

Encargada de Enfermería

Lily Cáceres Cariman

Encargados de Traslados

Miss Milsa Valenzuela

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

91

XVII.-MEDIDAS ORIENTADAS A GARANTIZAR LA HIGIENE DEL

ESTABLECIMEINTO EDUCACIONAL

17.1. Normas de higiene y seguridad

La dirección del establecimiento deberá cautelar medidas para resguardar el bienestar y la

salud de todos los estudiantes, docentes, asistentes de educación y comunidad en general.

Para tal efecto el establecimiento cuenta con diversos protocolos de emergencia, los cuales

se encuentran enmarcados dentro de la normativa vigente.

A raíz de lo anterior, el establecimiento cuenta con acciones, a las cuales se les dará

cumplimiento por un profesional directivo, docente o asistente de educación designado para

dicha tarea. Así también el establecimiento deberá contar con lo siguiente:

17.2. Establecer y actualizar los protocolos de emergencia antes diversos

siniestros:

- Protocolo de actuación frente a una emergencia.

- Plano de evacuación visible en caso de catástrofe.

- Zonas de seguridad bien establecidas y demarcadas.

- Cantidad suficiente, según las normas vigentes, de extintores de incendio tipo polvo

químico y red húmeda.

- Letreros visibles y con indicaciones claras acerca de la evacuación del edificio y

marcadas las zonas de seguridad.

- Uno o más botiquines, según la capacidad del liceo, y otros útiles mínimos

necesarios para los Primeros Auxilios en casos en donde se requieran.

- Listado visible de las direcciones y números telefónicos de los centros asistenciales más

próximos: Carabineros, Bomberos, Posta o Consultorio y la ACHS.

17.3. Normas mínimas de higiene, sin perjuicio de las atribuciones que sobre la

materia tiene el ministerio de salud:

- Deberá mantener el adecuado funcionamiento de servicios sanitarios para

estudiantes y funcionarios del Establecimiento.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

92

- Los lugares y elementos donde se manipulan y almacenan los alimentos, deben

reunir las condiciones mínimas sanitarias.

- El personal de cocina o manipuladora de alimentos debe cumplir con las

disposiciones que exige el Ministerio de Salud por la naturaleza de sus funciones.

- Los artículos de aseo y los alimentos deben estar ubicados en lugares diferentes y ser

perfectamente individualizados.

17.4. Normas mínimas de seguridad

Que deben imperar en el establecimiento:

- Planificar la distribución del mobiliario en los diferentes recintos del

establecimiento, teniendo presente el libre desplazamiento de los estudiantes y el camino

expedito hacia el exterior.

- Mantener las superficies destinadas al trabajo y recreación libres de elementos que

puedan perturbar el desarrollo de las labores docentes.

- Eliminar elementos que presentan riegos para el estudiantado y personal del

establecimiento, tales como: vidrios trisados o quebrados, muebles deteriorados, tasas

de baño y lavatorios trisados o quebrados, puertas y ventanas en mal estado, interruptores,

enchufes eléctricos quebrados, alambres y cables eléctricos con aislamiento deficiente o sin

ellas, etc.

- Mantener los accesos, escaleras, puertas, pasillos y ventanas despejados.

- El establecimiento deberá contar con un mínimo de basureros apropiados en las

necesidades y tipo de desecho que estuviese siendo eliminado.

- Mantener puntos de reciclaje dentro del establecimiento.

- Educar a todos los integrantes de la comunidad escolar a cuidar la limpieza en la sala

de clases, baños, duchas y otras dependencias del establecimiento.

- Será responsabilidad de la unidad educativa mantener áreas verdes, velar por su

cuidado e incrementarlas, ya al interior o en las afueras del establecimiento.

- El aseo y/u ornato de las salas de clase, laboratorios, talleres u otras dependencias

utilizadas será de responsabilidad de la Empresa de Aseo externa.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

93

- De acuerdo con lo expresado en la Ley De Tabaco, Ley 20.105 del 16-05-2006

modifica la ley 19.419 del 09-10 1995 Art. 10°, se prohíbe fumar en el establecimiento,

incluyendo su patio y espacios al aire libre e interiores.

- Los estudiantes, sin excepción, en caso de sufrir un accidente al interior del

establecimiento o en el trayecto directo desde o hasta su domicilio, estará cubierto por el

seguro escolar.

- Todos los funcionarios del establecimiento en caso de sufrir un accidente al interior de

éste o en el trayecto directo desde o hacia su domicilio, estará cubierto por la ACHS.

- Todos los integrantes del Establecimiento, deberán respetar y cumplir

obligatoriamente las circulares que sobre prevención, higiene y seguridad ha emitido

y/o emita el Ministro de Educación y la Oficina Nacional de Emergencia.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

94

XVIII.-REGULACIONES TÉCNICO PEDAGÓGICAS

18.1 Regulaciones Promoción y Evaluación

Al inicio del año escolar la Dirección del Colegio comunicará por escrito los contenidos del

presente Manual de Procedimientos Evaluativos a todos sus estudiantes, como también a

los padres y apoderados. Este documento les será enviado en forma electrónica y también

se dará a conocer a través de nuestro portal web www.stls.cl. Así mismo lo in-formará a

través de oficio a la Secretaría Regional Ministerial de Educación Junto con lo anterior, la

Dirección del Colegio pondrá en conocimiento de los profesores las materias contenidas en

el presente Reglamento de Evaluación.

Basados en la normativa vigente y entendiendo que el principio fundamental que la sustenta

es la educación de calidad, El Saint Louis School, cooperador de la función educacional del

Estado, elaboró el presente REGLAMENTO de EVALUACIÓN, CALIFICACIÓN Y

PROMOCIÓN para Alumnos y Alumnas Pre kínder a Cuarto Año de Enseñanza Media.

El presente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar de la Enseñanza Media fue

acordado por la Dirección, el Consejo de Profesores, y Departamento de Currículum y

Evaluación del Saint Louis School.

18.2.Teniendo en consideración:

- Que los establecimientos educacionales están facultados para elaborar su

Reglamento de Evaluación de acuerdo a su Proyecto Educativo Institucional.

- El Decreto Exento N° 8904 que reconoce y declara al Saint Louis School como un ente

cooperador de la función educacional del Estado.

- Decreto 289/2001 (Bases Curriculares Educación Parvularia).

- El Decreto de evaluación Nº 511 del 8 de mayo de 1997, reafirma lo expuesto por

decreto Nº 40 del año 1996 y es componente inseparable del proceso de Enseñanza /

Aprendizaje. Modificado por el Decreto 107/2003.

- Decreto 107/ 2003 que modifica decreto 511/97 autorizando repitencia en 1º, 2º, 3º

y 4º Básico en situaciones excepcionales.

- El Decreto Supremo N° 220 de 1998, que establece los nuevos Planes y Programas de la

Enseñanza Media.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

95

- El Decreto Exento N° 112 de Abril de 1999, que establece disposiciones para que los

establecimientos educacionales elaboren el Reglamento de Evaluación y Pro- moción de

Alumnos de Primer y Segundo Año de Enseñanza Media.

- El Decreto Exento Nº 083 de Marzo de 2001, que establece disposiciones para que los

establecimientos educacionales elaboren el Reglamento de Evaluación y Promoción de los

alumnos u alumnas de Tercero y Cuarto Años de Enseñanza Media.

- Que la evaluación es un proceso permanente que proporciona información al

profesor y al alumno para apoyar el proceso de aprendizaje y para involucrar al estudiante

en el logro de los objetivos de cada nivel.

18.3. De las disposiciones generales.

Artículo 2.1: La Dirección del Saint Luis School, el Consejo Directivo y Consejo General

de Profesores establecen el presente Reglamento Interno del Establecimiento.

Artículo 2.2: El presente Reglamento se aplicará en enseñanza parvularia, enseñanza

básica y enseñanza media, es decir, desde pre kínder a 4° año medio del Colegio Saint

Louis School, Cooperador de la Función Educacional del Estado.

Artículo 2.3: El Saint Louis School comunicará por escrito los contenidos del Reglamento

de Evaluación a todos los alumnos, padres y apoderados al inicio del año escolar. Además

se estar en el portal web del establecimiento.

Artículo 2.4: Los alumnos serán evaluados en todos los sectores, asignatura, o actividades

contempla-das en el plan de estudio.

Artículo 2.5: El presente Reglamento de Evaluación para pre kínder a Cuarto Año de

Enseñanza Media, considera las orientaciones técnico pedagógicas del marco curricular de

la Enseñanza Media contenidas en el Decreto Supremo N° 220 de 1998

.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

96

18.4. Orientaciones técnico pedagógicas

18.4.1. Régimen de Evaluación: Los estudiantes serán evaluados en todas las áreas

temáticas de aprendizaje que establece el plan de estudio, en períodos semestrales (Marzo a

Julio y Julio a Diciembre) durante el año escolar lectivo.

18.4.2. Procedimiento de Evaluación: Cada sector de aprendizaje desarrollará los

procedimientos evaluativos de acuerdo a las programaciones realizadas para cada nivel de

educación. Estos procedimientos deben fomentar en los estudiantes el desarrollo de

capacidades cognitivas y habilidades expuestas en los programas de cada área temática.

Esto deberá ser garantizado por la Dirección Académica del Colegio, específicamente cada

UTP de Ciclo.

18.4.4. La Evaluación: La evaluación escolar debe responder a distintos objetivos. Por

tanto, se emplean los instrumentos de evaluación en función del propósito de ella.

18.4.4.1. Según su función:

Diagnóstica: que es la estrategia que pretende conocer las conductas de entrada de los

alumnos y alumnas antes de iniciar el proceso de aprendizaje e identifica las posibilidades

de desarrollo y las causas de las deficiencias para el logro de determinados aprendizajes,

proporcionando los antecedentes necesarios para que los alumnos o alumnas comiencen el

proceso en el punto más adecuado para iniciar con éxito sus aprendizajes.

Las evaluaciones diagnósticas serán evaluadas mediante conceptos y no incidirán en los

promedios aritmético:

Concepto Significado Calificaciones

L

Logrado

6,0 a 7,0

ML

Medianamente Logrado

4,0 a 5,9

NL

No Logrado

2,0 a 3,9

De proceso: que debe estar orientada a la mejora de la evaluación sumativa. Su misión está

en guiar los avances solicitados y cumplir con los indicadores propuestos para obtener el

objetivo final. Este del proceso estará regulado por una rúbrica realizada por el docente de

sector y validad por la UTP de ciclo.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

97

Sumativa o final: que es la estrategia evaluativa que pretende calificar el nivel de logro de

los aprendizajes esperados, por tanto, se puede aplicar al finalizar la unidad temática

o cuando existan tópicos relevantes, es decir, de procesos terminados, con realizaciones

precisas y valorables. Se desprende de este concepto el Examen Final: A final de año

se aplicará un examen final a aquellos alumnos que poseen un promedio anual 3.9 en

aquellas asignaturas que pertenecen plan común y diferenciado de las áreas científico

humanista, solo si es causal de repitencia directa. Las fechas, modalidad y estructura en

esta evaluación serán comunicadas oportunamente por la Dirección Académica. Se medirán

los aprendizajes esperados anuales de cada área expresada en el plan anual de aprendizaje.

18.4.4.2. Según su extensión:

Evaluación global: s e pretende abarcar todos los objetivos semestrales de

aprendizajes tratados en la planificación, según criterios del programa nacional.

Evaluación parcial: se pretende abarcar todos los objetivos de aprendizajes trata- dos en la

planificación, según criterios del programa nacional, cuya extensión será en relación a

unidad temática.

18.4.4.3. Modalidades de evaluación: Algunas estrategias generales para la y evaluación

de los aprendizajes de nuestros alumnos y alumnas, tanto en forma individual como grupal.

• Aplicación de pruebas orales y escritas

• Elaboración de proyectos

• Ensayos de PSU y SIMCE

• Participación en paneles

• Foro o mesa redonda

• Presentación de monografía

• Realización de fichas bibliográficas

• Montaje de exposiciones

• Dramatización

• Trabajos prácticos

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

98

• Trabajos de investigación

• Guías de desarrollo, etc.

18.5. Procedimientos de evaluación diferenciada.

En algunas situaciones especiales de estudiantes, considerando los estudios realizados por

los especialistas internos o externos, pertenecientes a las áreas de psicopedagogía,

psicología y orientación, y consultado a los profesores del estudiante, se podrá aplicar

procedimientos de evaluación diferenciada que serán definidos y reglamentados por LA

Psicopedagoga, de acuerdo a la política de acompañamiento a estudiantes con necesidades

educativas especiales del Colegio.

18.5.1. A los alumnos que por motivos médicos fisiológicos o por causal de algún

accidente que hubiere comprometido su sistema neurológico, tengan impedimentos para

cursar en forma regular un sector, asignatura o actividad de aprendizaje, deberá aplicárseles

procedimientos de evaluación diferenciada.

18.5.2. La evaluación diferenciada en el Saint Louis School tendrá las siguientes

características:

- Los alumnos cuyo desempeño sea inferior a los niveles esperados, podrán gozar de

procedimientos de evaluación diferenciada, ya sea temporal o en forma permanente,

dependiendo de cada caso, siempre que se respalde con documentos o informes de un

especialista, en este caso, psicopedagogo y neurólogo.

- Estos informes de especialistas deben ser entregados al psicopedagogo y/o Dirección

Académica, hasta el 30 de abril.

- Para acceder a la evaluación diferenciada el apoderado debe entregar estados de

avance inicial (marzo-abril), intermedio (julio-agosto) y final (noviembre) al psicopedagogo

y/o Dirección Académica.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

99

- La evaluación diferencia podrá ser temporal en algunos casos y parcial abarcando sólo

el o los sectores que necesite este tipo de evaluación.

- En caso de no cumplir con estos requisitos el establecimiento no asumirá el

retroceso o no avance del proceso de enseñanza aprendizaje.

18.5.3. Se podrá aplicar una evaluación diferenciada de acuerdo a los siguientes casos de

trastornos y/o dificultades:

a) Trastornos motores momentáneos o permanentes de alguna parte del cuerpo.

b) Trastornos visuales momentáneos o permanentes.

c) Trastornos de audición y lenguaje momentáneos o permanentes.

d) Dificultades lingüísticas de alumnos.

e) Dificultades de situación familiar momentáneas.

f) Dificultades de aprendizaje evaluado por uno o más especialistas.

g) Dificultades causadas por enfermedades catastróficas.

h) Cualquier otro trastorno o dificultad no especificada que sea avalado por

especialista y confirmado por el Colegio.

18.5.4. Medidas de apoyo a la evaluación: Tienen como fin disminuir las barreras a la

comprensión de la información o a la expresión de la respuesta del niño. Permiten otorgar

un apoyo mientras el estudiante realiza su evaluación regular. En este caso no existe una

adaptación al instrumento

- Corroborar la comprensión de las instrucciones y enunciados.

- Aclarar enunciados verbales de complejidad mayor.

- Revisar algunas dudas junto al estudiante con el fin de señalar errores y confusiones de

manera constructiva.

- Identificar y posibilitar corregir errores antes de entregar su evaluación.

- Complementar el registro escrito con respuesta oral.

- Facilitar una instancia nueva de evaluación complementaria.

- Adaptaciones a los tiempos de ejecución en una evaluación (para ejecutar en tiempos de

profesor de asignatura o psicopedagoga)

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

100

18.5.5. Modificaciones al Instrumento de evaluación

Un número reducido de estudiantes que presenten NEE significativas de tipo transitorio

tales como Trastorno específico del Lenguaje, Trastorno específico del Aprendizaje,

Trastorno del desarrollo cognitivo, o bien NEE de tipo permanente acreditadas, podrán

beneficiarse de adaptaciones al instrumento de evaluación. Este tipo de adaptación exige

disponer de recursos internos especiales, tanto de personas como de tiempos, por lo tanto

será limitada a algunas áreas de aprendizaje. Las medidas de apoyo se traducirán en

Adaptaciones a la presentación de la información del instrumento de evaluación regular, de

manera que éste no sea una barrera para ex-presar lo aprendido.

Específicamente se trata de las siguientes adecuaciones:

- Adecuaciones al formato de pruebas regulares para facilitar el acceso a la lectura o a la

escritura (letra tamaño mayor, espacio ampliado para responder, ennegrecimiento de

palabras, etc.)

- Al lenguaje utilizado en los enunciados o en las alternativas, en el caso de la selección

múltiple.

- A la extensión y/o complejidad del o de los textos involucrados en una evaluación.

- A la cantidad de ítems evaluados (sin modificar objetivo).

- Adecuaciones que incluyen apoyos visuales para facilitar la comprensión y la expresión

de la respuesta del alumno.

- Modificar las exigencias de actividades de la evaluación cuando estas superen el nivel de

desempeño del estudiante en ciertos aspectos (Ej: Escritura)

- El profesor podrá asignar puntos o valor a respuestas correctas en forma distinta al resto

del curso, según el ítem evaluado, según la facilidad o dificultad y de acuerdo al alumno

que las responde. El valor distinto asignado o los puntos, se transformarán en nota o

concepto de acuerdo a una escala especial.

- Los instrumentos a utilizar pueden ser: entrevistas orales o escritas, cuestionarios, tareas,

trabajos, reportes orales, informes orales o escritos, observaciones, construcciones de

modelos, experiencias relatadas oralmente o por escrito, pruebas escritas. De acuerdo a

esto, la creatividad del profesor para diseñar sistemas de evaluación es importante.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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- Investigaciones, indagaciones, proyectos del Colegio o Comunidad, trabajos en forma

individual y en grupo.

- Cambiar actividades comunes para todos por otras factibles de realizar para alumnos

especiales o incorporar al alumno(a) diferenciado(a) en una actividad común con un rol

específico y evaluar ese desempeño.

Nota: El Colegio NO reducirá la escala de exigencia en ninguna evaluación, como

medida de adecuación al instrumento, pues esta medida no permite conocer el nivel de

logro real del estudiante en los objetivos evaluados.

Por último, es preciso señalar que la mantención de este beneficio de adecuaciones a la

evaluación ya sea de apoyo o de modificación al instrumento, está sujeta a la participación,

conducta y cumplimiento de responsabilidades por parte del estudiante en todas las áreas

del currículum.

La medida aplicada, se extenderá por un plazo de un año escolar, sin perjuicio de que pueda

ser suspendida a fines de cada semestre, cuando concurran las siguientes causales:

Incumplimiento del compromiso de asistencia regular a tratamientos de apoyo y/o entrega

de informes de especialistas.

Faltas a la responsabilidad escolar: Baja disposición al trabajo en sala, incumplimiento de

tareas o trabajos, actitud pasiva o desafiante frente a las normas y reglas de las asignaturas.

18.5.6. Continuidad de le evaluación diferenciada: Tanto la evaluación

diferenciada permanente como temporal serán revisadas semestralmente para decidir

respecto de su continuidad o término por Profesor jefe, el equipo de Ciclo psicopedagogo

para analizar caso a caso la particularidad de la situación.

18.5.7. La evaluación diferenciada se deberá acordar de acuerdo al siguiente

procedimiento: Presentación y análisis de las situaciones de los alumnos que requieran

evaluación diferenciada, en la instancia reunión de Dirección Académica con respaldo de la

documentación de los especialistas.

a) Toma de decisión sobre los alumnos presentados.

b) Información y comunicación de la decisión tomada a los padres y apoderados y a los

profesores y funcionarios que atienden al alumno.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

102

18.5.8. En caso extremo, en que un alumno teniendo evaluación diferenciada no pueda

lograr los objetivos mínimos, se debe mantener un permanente contacto con los padres

y/o apoderados, para tomar las medidas necesarias – de mutuo acuerdo- en su quehacer

pedagógico.

18.6. Entrega de información a los estudiantes y apoderados.

Los estudiantes recibirán el instrumento de evaluación aplicado ya revisado en un plazo no

superior a 07 días hábiles.

Los estudiantes conocerán el resultado de sus evaluaciones mediante el análisis de los

instrumentos aplicados. Este análisis lo realizará el profesor con los alumnos, utilizando

dicho instrumento.

La Dirección de Ciclo calendarizará en las reuniones de apoderados de curso, temáticas

relacionadas con el nivel de logro de los aprendizajes propuestos en cada objetivo y que

tienen una expresión en las calificaciones de los estudiantes.

El Colegio Saint Louis School entregará a los padres y apoderados información sobre el

avance educacional de sus hijos o pupilos a través de un informe de notas que será

entregado en la reunión de apoderados en los meses de mayo, agosto, septiembre y

noviembre. Además, cada apoderado contará con una clave de acceso a la plataforma

virtual del Colegio en la que podrá acceder y conocer en detalle el proceso de formación

integral de su hijo. De no asistir a estas instancias, deberá retirarlas personalmente en una

entrevista con el Profesor Jefe.

Junto con lo anterior, cada padre o apoderado será entrevistado por lo menos una vez al

semestre por el Profesor Jefe de su hijo, el que complementará el desarrollo educacional de

cada estudiante.

Toda información entre padre y/o apoderado con el establecimiento será realizada por vía

de correo electrónico institucional y por página web.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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18.7. Evaluación, promoción y certificación

18.7.1: Los alumnos deberán ser evaluados en todos los sectores del aprendizaje del Plan de

Estudios en períodos semestrales, con un número de calificaciones y/o conceptos de acuerdo

a un número más de las horas de cada sector.

18.7.2: Los alumnos, en los niveles de Primer a Cuarto año medio harán elección entre

los sectores de Artes Visuales o Música.

18.7.3: Los alumnos, en los niveles de Primer a Cuarto año medio harán elección entre

los sectores de física, química y biología.

18.7.4: Se aplicarán diversas formas, tipos y carácter de procedimientos para evaluar los

aprendizajes de los alumnos en el logro de los Objetivos Fundamentales Verticales y

Objetivos Fundamentales Transversales, de acuerdo a nuestro Proyecto Educativo,

expresados de la siguiente forma:

- Pruebas o trabajos, orales o escritos, individuales o grupales, de carácter

diagnóstico, que se aplicarán al inicio del año escolar o al inicio de un nuevo contenido,

podrán ser ex-presadas en conceptos o calificaciones de carácter numérico que podrán

incidir o no en el promedio semestral y anual de los alumnos o alumnas.

- Trabajos de investigación individuales, en pares o grupales, de coeficiente uno o

coeficiente dos, dependiendo del tema.

- Informes orales y/o escritos de textos o contenidos de cualquier subsector,

individuales, en pares o grupales.

- Trabajos de gráficos, maquetas, planos, experimentos, observaciones en los

Subsectores que corresponda, individuales, grupales o en pares.

- Informes y cuestionarios, entrevistas, individuales, en pares o grupales.

- Charlas y/o exposiciones frente al curso o grupo de alumnos o profesores, utilizando

medios audiovisuales o computacionales, individuales, en pares o grupales.

- Interrogaciones orales y/o escritas, con previo aviso, individuales, en pares o

grupales.

- Pruebas de carácter parcial y/o formativa coeficiente uno y de carácter global y/o de

síntesis coeficiente dos, orales o escritas, individuales, en pares o grupales, cuyas fechas

serán calendarizadas al inicio de cada semestre y avisadas al alumno y apoderado.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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- En los Subsectores de Artes Visuales, Artes Musicales, Educación Tecnológica y

Educación Física se podrán evaluar rúbricas, tablas de cotejo o evaluaciones por

desempeño para estimular el espíritu crítico constructivo y las diferencias individuales

para el crecimiento personal y social.

- En todos los sectores, el desarrollo de un trabajo de investigación deberá contener por

lo menos los siguientes aspectos: portada, índice, introducción, desarrollo, conclusión,

bibliografía.

- Se realizará solo un examen que evaluará los objetivos de aprendizaje del nivel en

cuestión. Dicho examen será aplicado si el alumno posea un sector con promedio anual

3.9 y que incida en repitencia. Si el examen es aprobado con nota 4.0 o más el sector se

considerará aprobado.

- De acuerdo a lo numerado anteriormente, la evaluación es un proceso continuo que debe

contemplar el concepto de que es un instrumento de aprendizaje, tanto para que el

profe-sor conozca lo aprendido por sus alumnos como para que el alumno sepa qué

objetivo y habilidad ha sido logrado.

18.7.5: Los talleres del plan de estudio tendrán un promedio semestral cuya

calificación irá directamente al sector padre.

18.7.6: Escala numérica de notas: Cuando las evaluaciones aplicadas a los estudiantes

se expresen en una calificación; los docentes deben utilizar una escala numérica de 2.0 a

7.0, hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación final el 4.0.

18.7.7.: Evaluación en el sector de Filosofía Infantil. La calificación obtenida por

los estudiantes en el sector de religión no incidirá en su pro-moción escolar, de acuerdo

a lo establecido en el Decreto Supremo de Educación N° 2.256/2005. La calificación

registrada en el libro de clases será numérica, pero la registrada en sistema

computacional de nuestro colegio reflejará los siguientes conceptos.

Concepto Significado MB Muy Bueno

B Bueno

S Suficiente

I Insuficiente

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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18.7.8. Evaluación en el sector de consejo de curso y orientación: La evaluación de los

Objetivos Fundamentales Transversales en el sector de Consejo de Curso y Orientación no

incidirá en la promoción escolar de los estudiantes. La calificación registrada en el

libro de clases será numérica, pero la registrada en sistema computacional de nuestro

colegio reflejará los siguientes conceptos.

Concepto Significado

MB Muy Bueno

B Bueno

S Suficiente

I Insuficiente

18.7.9. Cálculo de la calificación semestral: La calificación semestral

corresponderá al promedio aritmético de las calificaciones parciales obtenidas en el

semestre. Cada evaluación será de la modalidad coeficiente 1.

18.7.10 Aproximación de las fracciones: En el cálculo de las calificaciones semestrales,

las fracciones iguales o superiores a 0.05 (cinco o más centésimas), se aproximarán a la

décima o al entero superior, según corresponda. Igual procedimiento se aplicará al calcular

la calificación final anual de cada sector de aprendizaje y en el cálculo del promedio de

calificación final o promedio general.

18.7.11: Número de calificaciones semestrales: En todos los cursos del Colegio, desde

primero básico a cuarto año medio, el profesor colocará como mínimo calificaciones, en el

que estén acorde a las unidades propuestas por el curriculum nacional. Estas calificaciones

corresponderán a la aplicación de procedimientos evaluativos relacionados con los objetivos

propios de cada sector de aprendizaje.

18.7.12. Calificación mínima para aprobación. Para los efectos de la promoción escolar,

las distintas formas de calificación serán expresadas en una escala numérica de 2,0 a 7,0

hasta con un decimal, siendo la calificación mínima de aprobación de cada subsector de

aprendizaje, asignatura o módulo, el 4.0 (cuatro, cero). Colegio

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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18.7.13. Evaluación exámenes especiales Los exámenes especiales son una estrategia

metodológica de recuperación de aprendizajes y facilitación de la promoción de nuestros

alumnos, por lo tanto son obligatorias y se regirán por los siguientes requisitos y

disposiciones:

a) Los alumnos(as) que hayan alcanzado calificaciones anuales (sector) un tres coma

nueve (3.9), siempre que afecten su promoción escolar, deberán rendir este examen

especial.

b) La evaluación se ajustará a los criterios curriculares que la definen e incluirá los

objetivos mínimos obligatorios al sector y nivel.

c) Los contenidos se comunicarán en forma detallada a los alumnos (cuaderno) y

apoderados mediante agenda semanal (página web)

d) Los exámenes finales si obtienen una aprobación nota 4.0 (cuatro) se entenderá que

ha sido aprobado el sector.

e) Los exámenes serán confeccionados por los respectivos profesores de asignatura

con la supervisión de la Dirección Académica.

f) El profesor de cada sector, informará durante la segunda quincena de noviembre al

Director (a) Académica, sobre los objetivos, contenidos, habilidades y/o destrezas

que serán evaluadas en el examen.

18.7.14. Serán promovidos los alumnos y alumnas de Primer año de Enseñanza Básica a

Cuarto Año de Enseñanza Media que hubiesen aprobado todos los sectores de aprendizaje o

asignaturas de sus respectivos planes de estudio.

18.7.15. Promoción un sector deficiente. Serán promovidos los alumnos y alumnas que

no hubiesen aprobado un sector de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro

corresponda a un promedio cuatro, cinco (4,5) o superior. Para efecto del cálculo se

considerará la calificación del sector de aprendizaje no aprobado.

18.7.16 Promoción de dos sectores deficiente. Serán promovidos los alumnos y alumnas

que no hubieran aprobado dos sectores de aprendizaje o asignaturas, siempre que su nivel

general de logro corresponda a un pro-medio cinco (5,0) o superior. Para efecto del

cálculo se considerará la calificación de los sectores de aprendizaje no aprobados.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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18.7.17: Promoción por asistencia. Para ser promovidos, los alumnos deberán asistir,

a lo menos, al 85% de las clases establecidas en el calendario escolar anual. No obstante,

por razones establecidas en este Reglamento de Evaluación, se podrá autorizar la

promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia, de acuerdo a los

Artículos 33 a 39 del presente Reglamento.

18.7.18 Situación final evaluación y promoción. La situación final de promoción de los

alumnos deberá quedar resuelta al término de cada año escolar. Una vez finalizado el

proceso, el Saint Louis School elaborará a todos los alumnos y alumnas un certificado

anual de estudios que indique los Sectores de aprendizaje, con las calificaciones obtenidas y

la situación final correspondiente. El certificado anual de estudios no podrá ser retenido por

ningún motivo.

18.7.19 Situación final de casos especiales. Las situaciones especiales de evaluación y

promoción serán resueltas por Equipo directivo de Ciclo de Aprendizaje en consulta con el

Consejo de Profesores. La situación final de promoción de los estudiantes deberá quedar

resuelta al término del año escolar correspondiente. Una vez finalizado el proceso, el

Colegio entregará a todos los estudiantes un certificado anual de estudios que indique los

sectores de aprendizaje o asignaturas, las calificaciones obtenidas y la situación

final correspondiente. Este certificado anual de estudio no podrá ser retenido por ningún

motivo por nuestro establecimiento.

18.7.20. Actas de registro de calificaciones y promoción escolar. Las actas de Registro

de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso, las calificaciones

finales en cada sector de aprendizaje o asignatura, el porcentaje anual de asistencia, la

situación final de los estudiantes y la cédula nacional de identidad de cada uno de ellos.

Estas actas serán firmadas con la clave virtual que tiene el Director del Colegio otorgada

por el Sistema General de Estudiantes (SIGE).

Las actas serán confeccionadas en el Sistema General de Estudiantes (SIGE) de acuerdo a

lo solicitado por el Ministerio de Educación.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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18.8. Honestidad académica

18.8.1. Copiar durante una prueba.

Será UTP de ciclo junto con el Profesor Jefe quienes tomarán las medidas pertinentes, con

el previo conocimiento de parte del señor Apoderado.

Las medidas a aplicar serán las siguientes:

1. Retiro de la prueba por parte del profesor e invalidación de esta.

2. Anotación de la falta en hoja de vida.

3.-Citación al Apoderado a entrevista con el Inspector tutor, Profesor Jefe y el profesor con

el cuál se cometió la falta, con el fin de informarle sobre la sanción a su pupilo, debido a la

falta cometida. Esta consiste en establecer una nueva evaluación.

4. Finalmente, el alumno tendrá la oportunidad de rendir una segunda prueba la semana

siguiente de ocurrido el hecho con una escala de aprobación del 70%. De no concurrir a la

nueva evaluación o negarse a ella obtendrá nota mínima.

5. Aquel o aquellos alumnos que hayan participado, o bien, sean cómplices o encubran en

este hecho de carácter grave, se les aplicará las mismas sanciones mencionadas según

párrafos anteriores.

18.8.2.: La suplantación de la autoría e identidad de un trabajo o falsificación de

documentos u objetos.

Presentar un trabajo, una comunicación o un escrito de autoría ajena como propia es a una

falta grave de honestidad. Se tomarán las siguientes medidas:

1. Anulación inmediata del trabajo o escrito en cuestión.

2. Anotación de la falta en la hoja de vida del alumno.

3. Envío del alumno a Inspectoría. (véase Manual de convivencia)

4. Citación al Apoderado a entrevista con el Inspector tutor, Profesor Jefe y el profesor con

el cuál se cometió la falta, con el fin de informarle sobre la sanción a su pupilo, debido a la

falta cometida. Esta consiste en establecer una nueva evaluación.

4. Finalmente, el alumno tendrá la oportunidad de rendir una segunda prueba la semana

siguiente de ocurrido el hecho con una escala de aprobación del 70%. De no concurrir a la

nueva evaluación o negarse a ella obtendrá nota mínima.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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5. Aquel o aquellos alumnos que hayan participado, o bien, sean cómplices o encubran en

este hecho de carácter grave, se les aplicará las mismas sanciones mencionadas según

párrafos anteriores.

18.8.3. El expresar por escrito ideas y pensamientos de otras personas y presentarlas como

propias es grave, porque es una falta de respeto a la propiedad intelectual. En el caso

de un documento escrito, se tipifica la falta si el alumno no usa comillas para explicitar el

origen de la cita (idea, párrafo o frase) o no entrega información en relación a la fuente

original de esta.

Se aplicarán las siguientes medidas:

1. Retiro inmediato del trabajo y anulación de él.

2. Anotación de la falta en la hoja de vida del alumno.

3. Envío del alumno a Inspectoría.

4. Citación al Apoderado a entrevista con el Inspector tutor, Profesor Jefe y el profesor con

el cuál se cometió la falta, con el fin de informarle sobre la sanción a su pupilo, debido a la

falta cometida. Esta consiste en establecer una nueva evaluación.

4. Finalmente, el alumno tendrá la oportunidad de rendir una segunda prueba la semana

siguiente de ocurrido el hecho con una escala de aprobación del 70%. De no concurrir a la

nueva evaluación o negarse a ella obtendrá nota mínima.

5. Aquel o aquellos alumnos que hayan participado, o bien, sean cómplices o encubran en

este hecho de carácter grave, se les aplicará las mismas sanciones mencionadas según

párrafos anteriores.

.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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18.9. Asistencia

Serán promovidos los estudiantes que hubieren asistido, a lo menos, al 85% de las clases

establecidas en el calendario escolar anual. La participación de los estudiantes de

Enseñanza Básica y Media en eventos nacionales e internacionales en el área del deporte, la

cultura, las ciencias y las artes se considerará como asistencia regular. No obstante, por

razones debidamente justificadas, el Director del Colegio, consultado el Consejo General de

Profesores, podrá autorizar la promoción de los estudiantes con porcentajes menores de

asistencia.

18.9.1 Ausencia por día. En el caso que la causal de la ausencia sea

exclusivamente producto de un malestar acaecido el mismo día de la prueba, será de

absoluta responsabilidad y obligación del Apoderado el comunicarse con el Departamento

de Inspectoría, mail al inicio de la jornada escolar de dicho día, justificando la inasistencia

de su pupilo de rendir dicha prueba. La prueba será aplicada el día prefijado para pruebas

no rendidas por razones justificadas.

18.9.2 Ausencia sin justificación. La ausencia a pruebas sin justificativo, implicará tomar

el control inmediatamente después del reintegro del alumno a clases, según consta en el

Reglamento de Evaluación. Ante la reiteración de esta conducta, la UTP de Ciclo

conjuntamente con el Profesor Jefe, citarán al señor Apoderado con el fin de modificar los

hechos y determinar las medidas respectivas. Las medidas a tomar se relacionan con la

escala de exigencia que será de un 70% y subirá cada día que se ausente a la aplicación de

la prueba hasta llegar a nota mínima. Dicho proceso será informado continuamente al

apoderado por vía correo electrónico.

18.9.3. Ausencia por enfermedad. En casos de enfermedades o ausencias prolongadas por

viaje, el apoderado deberá presentar certificado médico en Inspectoría general y agendar

con UTP de ciclo entrevista para avalar la ausencia y reprogramar su evaluación. La

calendarización de las evaluaciones será en relación al calendario de pruebas

recuperativas informada en primera reunión de apoderados y en página web.

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18.9.4. Ausencia por viaje. Las ausencias por viajes vacacionales que no

correspondan a feriados escolares legales son de exclusiva responsabilidad de los padres

y/o apoderados, estos debe entrevistarse previo al viaje con UTP de ciclo, para

recalendarizar las evaluaciones. El Profesor Jefe sólo asume la responsabilidad de guardar

materiales de trabajo que el resto del curso ha-ya recibido. El señor apoderado debe tener

presente que tales inasistencias a clases caen dentro del porcentaje del 15% establecido.

18.9.5. Ingreso tardío o finalización proceso escolar anticipado. El Director del

establecimiento educacional, previa consulta a la Jefe de Unidad Técnica Pedagógica y

coordinadores de sector, resolverá los casos de alumnos que por motivos justificados

requieran ingresar tardíamente a clases o finalizar el año escolar anticipadamente, para la

última situación se acoge: por enfermedades prolongadas (certificado médico), por

destinación de trabajo de sus padres que deban trasladarse por tiempo prolongado al año

escolar académico (30 de diciembre) al extranjero o a otro punto del país (documentación

pertinente), embarazo y servicio militar.

18.10. Situaciones especiales

18.10.1 Alumnos extranjeros. Los alumnos que provienen del extranjero deberán ser

autorizados previamente por la Secretaría Regional Ministerial de Educación, quien además

establecerá procedimientos sobre convalidación de los estudios realizados en el extranjero.

18.10.2. Embarazos. Las situaciones de embarazo de alumnas de nuestro colegio serán

tratadas por la Dirección del Colegio, quien evaluará la situación, determinará el proceder

más adecuado para la estabilidad emocional y física de la alumna y su hijo, siempre

velando por el derecho de su educación.

18.10.3. Servicio militar. Las situaciones de Servicio Militar serán evaluadas por la

Dirección del Colegio, junto con Inspectoría General. El alumno involucrado en Servicio

Militar durante los fines de semana tendrá, si la situación o su Unidad lo requiere,

autorización de salir del colegio en instancias especiales, con la solicitud de su Unidad. Un

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

112

alumno que haya ingresado a Servicio Militar regular durante el año, podrá reintegrarse al

colegio al año siguiente.

18.10.4. Cierre de año escolar anticipado. En el caso que un estudiante solicite

cierre anticipado de año escolar, el apoderado deberá presentar en la secretaría del colegio

una solicitud dirigida a la Dirección Académica correspondiente y de ser por causal médica

exponiendo a través de carta formal este motivo y adjuntando la documentación pertinente

y protocolo de exámenes y tratamiento, de acuerdo a la especialidad y enfermedad del

alumno (a). De corresponder a cierre por viaje al extranjero o por cambio de domicilio, de

igual manera deberá presentar en la secretaría del colegio, una solicitud dirigida a la

Dirección Académica correspondiente, además hacer entrega de una carta notarial que

certifique la responsabilidad que asume la familia frente al término del año académico

anticipado y la no adquisición de los contenidos mínimos obligatorios correspondientes al

año lectivo. En cualquiera de los casos anteriores. La carta formal mencionada debe hacerse

llegar con copia al profesor tutor del estudiante, de manera que ambos estén informados de

la petición de “Finalización anticipada del año escolar”.

Una vez recepcionada la solicitud y los antecedentes, el caso será estudiado en conjunto

por Dirección Académica y la Coordinación de Ciclo correspondiente quienes cautelarán

que los certificados que se adjunten a las peticiones correspondan a la fecha en que se

solicita el cierre del año escolar, la patología o razones que justifican el cierre anticipado y

al período en que el alumno (a) dejó de asistir a clases. Para solicitar la finalización

anticipada del año escolar, los estudiantes deberán a lo me-nos haber rendido un semestre

del año lectivo respectivo, con el promedio semestral en las respectivas asignaturas, sin

evaluaciones pendientes y presentando un promedio general suficiente para la promoción,

de acuerdo al Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar 2019. La Resolución final de

esta medida de finalización anticipada del año escolar podrá ser acogida y resuelta

favorablemente o no y será informada a los padres y/o apoderados a través de una

Resolución Interna emitida por la Dirección Académica y una vez informada la Dirección

del colegio, en un plazo no superior a 5 días hábiles.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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18.11. Repitencia.

En el caso que un estudiante de primero básico a cuarto medio, repita por segunda vez (en

el mismo nivel) en el establecimiento perderá el derecho de renovación de su matrícula. De

lo contrario, el establecimiento se hace responsable del estudiante y sigue con sus estudios

en el colegio.

18.12. Calendario de evaluaciones. Al inicio de cada semestre, cada UTP de Ciclo, según

información entregada por los docentes de los diferentes sectores de aprendizaje,

programará para cada curso un calendario de pruebas y procedimientos evaluativos que se

comunicará a través de la página web institucional. Esta programación de los distintos

procedimientos evaluativos no impide la realización de interrogaciones orales y/o escritas

acumulativas que permanentemente podrá realizar el profesor. Se respetará el calendario de

procedimientos evaluativos de los cursos. Un estudiante no podrá realizar más de dos

procedimientos evaluativos (prueba escrita estándar) en el mismo día, a excepción de que la

segunda evaluación sea de lectura domiciliaria. Los profesores de cada área temática deben

dar cumplimiento de dicho calendario, evitando las postergaciones de pruebas o la no

realización del procedimiento evaluativo común, salvo en situaciones que lo ameriten

pedagógicamente y que deberán ser justificadas y autorizadas por el UTP de ciclo. El

objetivo es racionalizar y distribuir los procedimientos evaluativos, de tal manera de

estimular el aprendizaje de los estudiantes, fomentar buenos hábitos y estrategias de

estudio.

18.13. Plazo de corrección y registro en el libro de clases.

El profesor hará entrega de los procedimientos evaluativos revisados a los estudiantes y el

análisis de ellos en un plazo no superior a los 07 días hábiles. El Profesor debe registrar

mensualmente las calificaciones de los procedimientos evaluativos en el libro

de clases y en el sistema computacional que utiliza el Colegio. Será cada UTP de Ciclo la

responsable de supervisar la colocación oportuna de las calificaciones.

18.14. Informe de personalidad.

El logro de los Objetivos Fundamentales Transversales se registrará en el Informe

educacional que está en el sistema computacional del establecimiento. Las áreas son:

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Área afectiva, Área psicobiológica, Área Social, Área Vocacional, serán evaluadas con

conceptos Este informe se entrega a los padres y apoderados, junto con el informe de

calificaciones, al final del primer y segundo semestre.

18.15. EGRESADOS.

La Dirección del Saint Louis School remitirá a la Dirección de Educación Provincial

correspondiente, antes del 31 de diciembre, la nómina de los alumnos o alumnas a quienes

se les otorgará certificado de Licencia de Educación Media Humanístico-Científica.

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XIX.-REGULACIONES REFERIDAS A LA GESTIÓN PEDAGÓGICA Y

PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD Y PATERNIDAD.

19.1. Derecho de las Estudiantes Embarazadas y Madres.

En Chile, se encuentra garantizado el derecho de las alumnas embarazadas y madres a

permanecer en sus respectivos establecimientos educacionales, sean éstos públicos o

privados, sean subvencionados o pagados, confesionales o laicos. Es por ello, que la Ley

N° 20.370/2009 (LGE) General de Educación, Art. 11 señala: “El embarazo y la

maternidad en ningún caso constituirán impedimento para ingresar y permanecer en los

establecimientos de educación de cualquier nivel, debiendo estos últimos otorgar las

facilidades académicas y administrativas que permitan el cumplimiento de ambos

objetivos”.

19.2. Criterios de evaluación:

1. Las estudiantes embarazadas podrán ingresar a clases y realizar

normalmente sus actividades académicas y evaluaciones, se deberán entregar las

facilidades correspondientes a controles y exámenes médicos, con la finalidad

de que la estudiante pueda completar y desarrollar sus actividades y pruebas en

horarios alternativos.

2. Las estudiantes embarazadas serán promovidas si completan sus dos semestres

o; si fuera necesario por problemas de salud durante el embarazo, parto y post parto; se

hará término anticipado del año escolar o se les aprobará con un semestre rendido,

siempre y cuando cumplan con la normativa de aprobación por rendimiento estipulada en el

Reglamento de Evaluación para todos los alumnos.

3. Para las estudiantes embarazadas, no se considera el 85% de asistencia a clases

durante el año escolar, esto debe ser por situaciones derivada por el embarazo como por

ejemplo: pre natal, parto, post natal, control recién nacido, además el profesor jefe estará

apoyado por U.T.P y Departamento de Psicopedagogía, según corresponda y según las

problemáticas de la o las estudiantes embarazadas.

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4. La o las estudiantes embarazadas podrán adaptar su informe escolar a su

condición de embarazo, podrán además asistir con calzado de acuerdo a sus

comodidades.

5. Cuando haya nacido el hijo, la estudiante tiene el derecho de

amantamiento, por lo cual la estudiante podrá salir del establecimiento según los

horarios entregados por su médico tratante para amantamiento. Siempre y cuando el

domicilio se encuentre cerca del establecimiento. De lo contrario la estudiante podrá

retirarse todos los días 1 hora antes de su régimen de horario de clases.

6. No existe ninguna restricción para que la estudiante embarazada o madre pueda

participar de las organizaciones estudiantiles y otro tipo de eventos como

premiaciones o graduaciones.

7. Como deber de la estudiante embarazada y madres, tiene el asistir a todos los

controles de embarazo, post parto, puerperio y control de niño sano y entregar los

certificados médicos en inspectoría del establecimiento.

8. En casos calificados por el/ la médico tratante, podrás eximirte de este sector de

aprendizaje. Por ejemplo, Educación Física.

9. En caso de que la estudiante entregue información acerca de su embarazo a profesor

jefe u otro integrante de la comunidad educativa, el establecimiento deberá

citar a su apoderado y notificar de esta situación. De la misma forma es el

apoderado quién debe dar aviso en forma escrita al establecimiento, adjuntando

certificado médico.

10. La estudiante cuando esté cerca del momento del parto debe informar al Jefe de la

Unidad Técnica Pedagógica de esto, para confirmar su situación escolar y conocer el

modo que será evaluada posteriormente. Es por esto, que la decisión de dejar de asistir a

clases durante los últimos meses de embarazo y postergar su vuelta a clases, depende

exclusivamente de las indicaciones médicas orientadas a velar por la salud de la alumna

y la del hijo o hija por nacer.

11. La estudiante padre o madre que se encuentre con su recién nacido, por un periodo de

un año, o más si presenta una certificación médica, coordinará su situación académica con

la Unidad Técnico pedagógica, recalendarizando sus evaluaciones, facilitando su salida a

controles médicos y flexibilizando su proceso académico.

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12. En caso de que la estudiante embarazada no haya realizado control de embarazo,

se realizará derivación asistida a servicio de salud correspondiente para dar inicio

a acompañamiento del embarazo.

13. Si el estudiante será padre, podrá ingresar a clases y realizar

normalmente sus actividades académicas y evaluaciones, se deberán entregar las

facilidades correspondientes a controles y exámenes médicos, con la finalidad

de que la estudiante pueda completar y desarrollar sus actividades y pruebas en

horarios alternativos. Todo debe ser efectivamente respaldado por certificado médico y

de controles.

14. El estudiante padre podrá acceder a 5 días de inasistencia justificada al momento

del parto. Deberá entregar certificado médico en inspectoría del establecimiento.

15. El apoderado del estudiante progenitor es quién deberá entregar la

información de la situación de paternidad del estudiante, mediante forma escrita

y acompañado de certificado médico.

16. El establecimiento deberá proporcionar la información de paternidad del estudiante

a su apoderado en el caso de que desconozcan la información.

17. A los estudiantes padres o madres se deberán entregar las facilidades con la

finalidad de que la estudiante pueda completar y desarrollar sus actividades y

pruebas en horarios alternativos, en caso de enfermedad de hijo menor de 1 año,

debidamente justificado por certificado médico de pediatría.

19.3. Algunas consideraciones para los adultos responsables de las y los estudiantes en

situación de embarazo, maternidad y paternidad

- .Nuestro desafío como adultos responsables de un adolescente es estar atentos a sus

Señales, claras o equívocas y mantener abiertas las vías de comunicación. Al padre o madre

que es apoderado/a de un adolescente en situación de embarazo, maternidad o paternidad,

debe incorporar en este rol las siguientes responsabilidades: Informar en el establecimiento

educacional que la o el estudiante se encuentra en esta condición.

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- .Se colaborará a los estudiantes padres o madres en la búsqueda de jardín

infantil o sala cuna para su hijo. Se realizarán derivaciones asistidas para

solicitar vacante. Con la finalidad de que los estudiantes puedan concluir sus estudios.

- El director/a o profesor/a responsable le informará sobre los derechos y

obligaciones, tanto del/la estudiante, como de la familia y del establecimiento educacional.

- Se podrá firmar un compromiso de acompañamiento al adolescente, que señale su

consentimiento para que el/la alumno/a asista a los controles, exámenes médicos y

otras instancias que demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a nacido,

que implique la ausencia parcial o total del/la estudiante durante la jornada de clases.

- Notificar al establecimiento educacional de situaciones como cambio de domicilio o si el

hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará bajo la tutela o

responsabilidad de otra persona. Con el fin de que los/las estudiantes en condición de

embarazo, maternidad o paternidad no abandonen el sistema escolar, puedan continuar sus

estudios y completar su trayectoria educativa, los docentes y directivos del establecimiento

deben orientar y asegurarse de que ellos accedan a los beneficios que entrega el Ministerio

de Educación.

- El establecimiento educacional debe ingresar en el Sistema de Registro de

Estudiantes Embarazadas, Madres y Padres de JUNAEB a sus estudiantes en esas

condiciones. Dicho registro permite hacer un seguimiento a la trayectoria escolar de las y

los estudiantes, y focalizar esfuerzos para disminuir las tasas de deserción escolar.

- Redes de apoyo: Centro de salud, Programa Chile Contigo que es un sistema

integral de apoyo a niños y niñas de primera infancia, desde la gestación hasta que entran a

primer nivel de transición (4 años), aportando ayudas en situación de adolescente

embarazada.

- JUNAEB sobre la Beca de Apoyo a la Retención Escolar (BARE) y sobre el

Programa de apoyo a la retención escolar para embarazadas, madres y padres adolescentes.

- Información para madres y padres respecto a las edades del desarrollo de los y las

párvulos/as, en la página principal de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, JUNJI,

www.junji.cl.

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XX.-REGULACIONES SALIDAS PEDAGÓGICAS Y GIRAS DE ESTUDIO.

20.1. Indicaciones Generales: Se define como salida pedagógica toda actividad que,

en virtud de una planificación curricular, implica la salida de los estudiantes fuera del

colegio, en una asignatura determinada. Por lo mismo, la salida pedagógica debe ser una

experiencia académica práctica que ayude al desarrollo de las competencias y habilidades

de todos los estudiantes que participan de ella. Este documento tiene como finalidad dar

a conocer a toda la comunidad escolar del Colegio los pasos a seguir, cuidados, medidas y

acciones de seguridad que deben tomarse cada vez que un alumno, grupo de alumnos o

cursos deban salir del establecimiento para realizar una visita, excursión, investigación en

terreno, asistencia a algún espectáculo que sea de carácter pedagógica, deportiva,

competitiva, vocacional, etc.

20.2. Normas de funcionamiento

- El profesor o profesores a cargo de la salida deberán programar dicha actividad al inicio

de cada semestre, informando en primera instancia a la Coordinación Pedagógica y

Coordinación de Ciclo respectiva, quienes a su vez deberán autorizar dicha salida. Del

mismo modo, una vez aprobada, esta deberá ser informada a los estudiantes indicando

lugar, fecha y objetivos a cumplir.

- Con al menos 2 semanas de anticipación, el o los profesores responsables de la salida a

terreno deberán enviar las autorizaciones de salida a los apoderados, para su

correspondiente firma. Si es necesario, deberá informar las condiciones, exigencias, sistema

de transporte, costo, hora de salida y regreso, entre otros.

- En el caso que el profesor a cargo de la actividad no pueda asistir, por temas de fuerza

mayor, las Coordinaciones pertinentes podrán asignar un reemplazo.

- Todas las salidas pedagógicas deben ser siempre en bus contratado para la ocasión y que

cumpla con los requerimientos para el transporte de personas, con sus revisiones y

autorizaciones al día, además debe salir del establecimiento y regresar al mismo. Se podrán

efectuar cambios en este punto siempre y cuando exista una evaluación de parte de las

Coordinaciones pedagógica y de ciclo y exista una autorización expresa del apoderado.

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- La contratación de los servicios de transporte debe realizarla el profesor o profesora a

través de departamento de coordinación académica, con al menos 20 días de

anticipación.

- El profesor a cargo será el responsable de la salida pedagógica desde su inicio hasta su

término (regreso al colegio), por lo que debe tomar todas las medidas de seguridad, de

tal manera de disminuir el riesgo de accidentes de los estudiantes.

- El docente a cargo deberá conocer la situación de salud de los estudiantes que necesiten

algún cuidado especial durante la salida. En este caso también es necesario que

el estudiante y Apoderado informen al Profesor, mediante comunicación, de alguna

situación de salud que deba ser tratada con mayor cuidado (por ejemplo: problemas con

la exposición al sol, entre otros). En algunos casos el profesor, en conjunto con

las coordinaciones, podrán mantener al margen de la salida al estudiante si se tratase de

un riesgo para su salud física o mental.

- El profesor deberá informar oportunamente si la salida será con uniforme, buzo

deportivo o vestimenta especial.

- Si el retorno de autorización es inferior a 80% de la matrícula del curso, la actividad no

podrá realizarse.

- No se podrán agendar más de una salida a la semana por cada curso.

- Los estudiantes deberán salir acompañados del profesor responsable de la actividad, la

Asistente de la Educación (si la tuviera) y por al menos 1 acompañante dependiendo del

número de alumnos. Se deberá disponer de, al menos, un adulto por cada 15 estudiantes. En

el caso de los cursos de Pre-Kínder a Primero Básico, deberá tener 1 acompañante por cada

6 estudiantes.

- Ningún estudiante podrá salir sin contar con la autorización firmada por su apoderado. En

caso de la perdida de dicho documento, el apoderado podrá hacer llegar un correo

electrónico a la secretaría del Colegio estipulando su autorización para la salida del

estudiante.

- El día de la salida debe confeccionarse un listado con la nómina de los estudiantes que

salen, la cual debe coincidir con las autorizaciones recibidas.

- Todo estudiante que no presente su autorización deberá permanecer en el colegio con

material de estudio provisto por los profesores de la asignatura correspondiente por horario.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

121

- Ante cualquier cambio de fecha de una salida el profesor o profesora deberá avisar

oportunamente a los alumnos y sus padres el motivo de la suspensión.

- Los estudiantes que están autorizados y participen de la actividad están cubiertos por el

Seguro de Accidente Escolar, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Nº 16.744 D.S.

- De sufrir un accidente, el estudiante será derivado al Servicio de Salud Público más

cercano, donde indicará las circunstancias del accidente y que se encuentra cubierto por

el Seguro Escolar. Si el estudiante posee seguro particular con alguna clínica, se

realizará la derivación respectiva.

- Quedará estrictamente prohibido en la salida el porte de elementos tales como:

cigarrillos, alcohol, cualquier tipo de droga o alucinógeno, elementos que puedan ser

peligrosos (corta cartones, corta plumas, cuchillos o algún tipo de arma de fuego).

En el caso de no cumplir con esta norma se aplicarán las sanciones correspondientes al

porte de dichos elementos dentro del Colegio, según se estipula en el Manual de

Convivencia Escolar.

- En toda salida pedagógica deben respetarse las siguientes medidas:

a) El docente responsable deberá portar un registro de números telefónicos de emergencia,

de la familia de cada estudiante y de los celulares de éstos si fuese el caso.

b) Los estudiantes deberán atenerse al Manual de Convivencia Escolar de la misma forma

como lo hacen durante la jornada regular de clases.

c) Los estudiantes no podrán separarse del grupo liderado por los profesores, ni alejarse a

desarrollar actividades distintas de lo programado.

d) En caso de que la visita tenga como destino un punto que contemple la cercanía con

algún lugar tal como playa, río, lago, piscina, etc. los alumnos en ningún caso podrán

acceder a bañarse o realizar actividades recreativas o de juego sin que éstas estén

contempladas dentro de la guía didáctica y jamás sin ser supervisados por algún adulto

responsable. No obstante, lo anterior quedará estrictamente prohibido acceder a estos

lugares si no se cuenta con salvavidas o con alguna indicación que garantice la seguridad

del lugar.

e) Los estudiantes deberán hacerse responsables de sus pertenencias, evitando dejarlas

olvidadas en los medios de transporte o en los recintos que sean visitados.

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- En caso de que, en una o más salidas pedagógicas o extra programáticas de un

determinado curso y/o estudiante, se manifieste comportamiento que atente contra las

normas de disciplina establecidas en el Manual de Convivencia, se aplicará la sanción de

prohibición de futuras salidas.

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XXI.-NORMAS, FALTAS, MEDIDAS DISCIPLINARES Y PROCEDIMIENTOS.

21.1.Normas de convivencia.

Constituyen el marco legal que canalizan las iniciativas para favorecer la convivencia, el

respeto mutuo, la tolerancia y el ejercicio efectivo de derechos y deberes. Completa la

dimensión escolar del proyecto educativo. Son normas de obligado cumplimiento para

todos los alumnos y en todo tipo de actividad. Tanto dentro del recinto escolar como en

lugares adyacentes, siempre y cuando afecten a la comunidad educativa.

21.2. Características

Las normas de convivencia se caracterizan por:

- Son aprendibles y mutables, casi de forma inconsciente, observando el entorno se

asimilan.

- Se cambian y transforman según el tiempo y la situación que se vive.

- Pueden estar por escrito o de forma consuetudinaria, leyes y reglamentos, con

mayor peso; y las habladas son aproximadamente el 60%.

- Deben ser válidas.

- Deben ser eficaz, responder a las necesidades reales de las personas.

- Pueden ser obligatorias y coercitivas, porque admiten sanciones y fuerza.

La concreción de estas normas se basa en los valores humanos de respeto a las personas,

lugares y cosas y de responsabilidad, entendida como respuesta personal mediante los

modos de actuación El respeto a las normas de convivencia posibilita:

- Un trabajo de calidad.

- La formación de hábitos de trabajo saludables.

- La creación de espíritu de compañerismo positivo, sacando lo mejor de uno mismo.

- El incumplimiento de las normas de comportamiento posibilita la toma de medidas

correctivas.

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21.3. Normas generales de convivencia interna.

Los estudiantes deben asumir con respeto, responsabilidad, esfuerzo y dedicación las

diferentes actividades escolares, sean estas académicas, culturales, deportivas, co-

programáticas, y/o recreativas, en forma congruente al ideario valórico propuesto en

nuestro PEI.

21.4. Respeto a cada miembro de la Comunidad:

Cada integrante de nuestra Comunidad Educativa juega un rol en la formación educativa,

de nuestros alumnos, por lo tanto, estos le deben respeto a todos sus semejantes,

independiente de la edad o del rol que desempeñan, del mismo modo, nuestros alumnos

deben permanentemente hacer propio el hábito de respetar las distintas opiniones y maneras

de actuar de sus compañeros de curso y el de sus semejantes y ser partícipes o agentes

activos en el logro de la prevalencia del respeto.

21.5. Comunicación:

Colegio–Apoderado: El medio regular y oficial de comunicación Colegio-Apoderado, son

los correos institucionales. Los que debe estar comunicados para toda la comunidad

educativa, en la página web del establecimiento. La entrevista es la instancia formal en la

cual los padres son informados oportuna y cabalmente del desenvolvimiento escolar de su

pupilo

21.6.Responsabilidad:

21.6.1. Puntualidad: La puntualidad es una manifestación de respeto de parte del alumno

hacia las actividades escolares. Se reitera al respecto que la jornada escolar para todo el

alumnado, de Pre kínder a Cuarto Año de Enseñanza Media, se inicia a las 08.30 horas en

punto. Posterior a dicho horario, se consigna como atraso, el cual conlleva a perder 45

minutos al inicio de la jornada escolar y el apropiado registro de este hecho en el Sistema

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computacional del establecimiento. El alumno deberá cumplir con el horario del curso al

que pertenece, lo que involucra puntualidad entre los distintos cambios de hora.

21.6.2.Útiles y tareas: Los alumnos son los responsables de sus útiles de trabajo,

presentándolos oportunamente, con el fin de cumplir con las actividades y tareas

requeridas por sus profesores. Las tareas son los deberes que refuerzan y apoyan el

aprendizaje de clases en el hogar, por lo tanto, tienen un objetivo claro y preciso, que

consiste en el refuerzo de lo aprendido por el alumno.

21.6.3. Objetos de valor y dinero: Es de responsabilidad absoluta de cada alumno el

cuidado de sus pertenencias. No está permitido que los alumnos concurran al Colegio con

objetos de valor o dinero y, en caso de que las circunstancias lo hagan imprescindible,

deberán 15 tomar todas las medidas con el fin de protegerlos y asegurarse de guardarlos en

un lugar seguro. Para el logro de las conductas anteriores resulta necesario

establecer procedimientos claros que apunten a una reflexión, bajo la tutela de un adulto

responsable, que considere los siguientes aspectos:

- Asumir la responsabilidad de sus actos, haciendo un análisis detallado en relación a las

razones y la forma como sucedieron los hechos.

- Ampliar los criterios de tal forma de comprender los efectos nocivos de ese

determinado actuar y, la anticipación de conductas alternativas posible de realizar ante

situaciones futuras similares.

- Asumir las consecuencias y las sanciones que corresponden a la conducta

inadecuada, las cuales implican un compromiso de cambio.

- Asumir un compromiso de cambio de actitud y conducta del alumno, en el cual va a

ser acompañado y guiado por sus profesores e inspectores

- Reparación de los daños generados, mediante actos positivos y formativos.

21.7. Tipificación de faltas

En el presente documento se han establecido diversas normas y deberes relacionados con la

convivencia escolar, el no respeto a estos acuerdos constituyen una falta. El establecimiento

considera la siguiente graduación de faltas:

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

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a. Faltas leves: Acciones de responsabilidad individual que quebrantan normativas del

establecimiento y que no afectan a otros miembros de la comunidad educativa.

b. Faltas graves: Acciones individuales o colectivas que quebrantan normativas internas

del establecimiento, que afecten a otros miembros de la comunidad educativa y/o deterioren

intencionalmente la infraestructura o materiales del establecimiento.

c. Faltas gravísimas: Acciones individuales o colectivas que quebranten

normativas internas del establecimiento y afectan directamente la integridad de otros

miembros de la comunidad escolar. También aquellas acciones que constituyan delito.

21.8. Características presentes en el abordaje de la indisciplina.

El abordaje de situaciones que constituyan falta, se desarrolla a través de las instancias

formales del establecimiento, dando cumplimiento a un debido proceso. Esto contempla un

procedimiento racional y equitativo al momento de impartir justicia al interior de la

comunidad educativa. Esto pues según el Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de

la República de Chile, “toda sentencia de un órgano que ejerza jurisdicción debe fundarse

en un proceso previo legalmente tramitado. Corresponderá establecer siempre las garantías

de un procedimiento y una investigación racionales y justos”. En este sentido, el debido

proceso al interior del establecimiento educacional debe tener en consideración las

siguientes características:

21.8.1. Prexistencia de la Norma: Sólo se puede sancionar hechos y situaciones que estén

explícitamente definidas como falta en el presente manual de convivencia, en el N° 37. De

acuerdo el Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política de la República de Chile,

“ninguna ley podrá establecer penas sin que la conducta que se sanciona esté expresamente

descrita en ella”.

21.8.2. Detección: Todos/as las y los docentes, directivos y asistentes de la educación del

establecimiento estarán atentos/as a situaciones que constituyan falta por parte de las y los

estudiantes, ya sea a través de la observación directa o la recepción de denuncias. En el

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

103

caso de personal administrativo o de servicios menores, estos deberán derivar el caso

inmediatamente a la o el docente o inspector/a a cargo de las o los estudiantes

involucrados/as o algún directivo del establecimiento. El o la docente, inspector/a o

directivo que observe la falta o reciba la denuncia deberá categorizar la gravedad de la

situación de acuerdo a lo que establece este manual. En este momento del proceso se

categorizan hechos y acciones no estableciéndose aún responsabilidades individuales ni

culpabilidades.

21.8.3. Imparcialidad: El procedimiento de abordaje de las faltas debe ser realizado por

docentes, directivos y/o asistentes de la educación, o cualquier otro profesional(es) que el

establecimiento determine, para estos fines, definidos previamente para los distintos tipos

de situaciones de acuerdo a su gravedad. Además, es fundamental que la persona que

aborde una falta no esté involucrada directamente en lo sucedido ya sea cómo víctima o

agresor.

21.8.4. Específicamente los distintos tipos de faltas serán abordadas por:

- Las FALTAS LEVES: Por cualquier docente, directivo, inspector/a, asistente de la

educación, que tenga conocimiento de lo sucedido siempre y cuando no esté vinculado

directamente en los hechos

- Las FALTAS GRAVES: Docente, Encargado de convivencia, Dirección.

- Las FALTAS GRAVÍSIMAS: Encargado de convivencia, Equipo de Gestión, Dirección.

21.8.5. Presunción de Inocencia: Ningún miembro de la comunidad educativa puede ser

considerado/a culpable ni ser sancionado hasta cumplir con todos los pasos del debido

proceso, es decir, hasta desarrollar un procedimiento racional y justo. No se podrá aplicar

medidas formativas ni sanciones hasta desarrollar los pasos aquí descritos.

21.8.6. Notificación a las/os involucradas/os: Todas las personas que están siendo

consideradas en el abordaje de una situación específica o en el proceso investigativo de una

falta deben saberlo explícitamente, siendo responsabilidad de la persona que guía en el

procedimiento avisarles formalmente, dejando constancia escrita de esto. En la Circular N°

01, Versión 4 del año 2014 de la Superintendencia de Educación, se establece que es en el

libro de clases, específicamente en la “hoja de vida por estudiante, donde se registrarán

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

104

todos los hechos relevantes que ocurran respecto a su comportamiento y

desarrollo dentro del establecimiento en el año lectivo. Este es el único registro

válido para verificar la aplicación y seguimiento del debido proceso en caso de tomar

una medida disciplinaria”. En la hoja de vida de las y los estudiantes se debe registrar si

están involucrados/as en alguna situación que constituya falta y posteriormente al proceso

indagatorio, la determinación de sus responsabilidades y la aplicación de medidas

formativas y/o sanciones.

21.8.7. Notificación a Apoderadas/os: FALTAS GRAVES o FALTAS GRAVÍSIMAS

se debe solicitar una reunión entre Convivencia escolar y el apoderada/o de las y los

estudiantes involucradas/os para informarle sobre la situación que se está investigando y en

la que su pupilo/a se encuentra involucrado/a. El objetivo es informar al apoderada/o de los

hechos y elaborar conjuntamente un estrategia de abordaje de la situación. Este

procedimiento no es excluyente a que otro/a funcionario/a del establecimiento cite al

apoderada/o de un estudiante por otros motivos.

21.8.8. Establecimiento De Plazos: Al momento de iniciar los procesos de investigación de

responsabilidades frente a la ocurrencia de faltas, es necesario considerar la existencia de

plazos máximos para el desarrollo de las indagatorias. Estos plazos son:

• En el caso de FALTAS LEVES, el plazo máximo será de DOS DÍAS hábiles.

• En el caso de FALTAS GRAVES, el plazo máximo será de CINCO DÍAS hábiles.

• En el caso de FALTAS GRAVÍSIMAS, el plazo máximo será de DIEZ DÍAS hábiles.

21.8.9 Derecho a Defensa: De acuerdo al Artículo 19°, N° 3, de la Constitución Política

de la República de Chile, “toda persona tiene derecho a defensa”, por lo que todas las

personas involucradas o sindicadas en la ocurrencia de una falta tendrán derecho a ser

escuchados/as, presentar sus descargos, argumentos y pruebas que permitan aclarar los

hechos o su responsabilidad en las situaciones que se investigan. Los y las estudiantes

involucrados en alguna falta tendrán el espacio de manifestar en forma formal de manera

escrita o verbal su visión de los acontecimientos, donde podrá exponer atenuantes o

antecedentes que aclaren la ocurrencia de la falta. Esta instancia será registrada por el

Encargado de Convivencia escolar.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

105

21.8.10. Proporcionalidad de Sanciones: El presente manual de convivencia establece

distintas medidas formativas y sanciones aplicables a distintos tipos de faltas. Esta

diferenciación resguarda la proporcionalidad entre las acciones de abordaje institucional y

la gravedad de los hechos o conductas que se abordan. Se busca aplicar medidas y

sanciones que estén directamente vinculadas a las faltas cometidas. En el caso de faltas

gravísimas, el o la Encargada de Convivencia escolar debe avisar formalmente a la

Dirección del establecimiento las conclusiones del proceso indagatorio para acordar

conjuntamente la aplicación de sanciones o la realización de denuncias.

21.8.11. Monitoreo: Cualquier aplicación de medidas formativas o sanciones en

el establecimiento requiere establecer explícitamente los plazos de su ejecución, definiendo

además la persona que será responsable de su supervisión. En el caso de las medidas

formativas, se debe considerar plazos que racionalmente permitan su realización y

cumplimiento así como también deberá quedar registrado en la hoja de vida de cada

estudiante involucrado/a (libro de clases) los resultados de su ejecución. En el caso de las

sanciones de suspensión, condicionalidad de matrícula, cancelación de matrícula y

expulsión, su aplicación debe ser posterior al plazo que este manual o la legislación vigente

establece para que él o la estudiante y/o su apoderado pueda apelar a la sanción y se

concluya con todos los pasos del debido proceso.

21.8.12. Derecho de Apelación: Toda aplicación de medidas formativas o sanciones puede

ser apelada por el o la estudiante o su apoderada/o en caso de considerarlas injustas,

desproporcionales o que a su juicio existan fallas en los procedimientos desarrollados por el

establecimiento. La instancia de apelación para todas las medidas formativas y para las

sanciones de anotación negativa, citación al apoderada/o y suspensión de clases será: el

encargado de convivencia escolar.

La apelación podrá realizarse personalmente por el estudiante, así como también por el

apoderada/o por escrito, en caso que el apoderada/o no pueda asistir oportunamente al

establecimiento. El plazo para la apelación será de un día hábil. En el caso de las sanciones

“Cancelación de Matrícula” y “Expulsión”, la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar,

establece que el o la apoderada/o del o la estudiante sancionado/a podrá “pedir la

reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su notificación, ante el o la

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

106

Director/a, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El Consejo deberá

pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes pertinentes y que se

encuentren disponibles”.

21.8.13. Derivación a Equipos de Salud: En el caso de FALTAS GRAVES y

FALTAS GRAVÍSIMAS, además de la aplicación de medidas formativas y/o sanciones,

las y los estudiantes involucrados/as podrán ser derivados a centros de salud

psicológicos públicos o privados.

21.8.14. Denuncia de Delitos: En el caso de situaciones que constituyan posibles delitos,

de acuerdo al Artículo 175° de la Ley N° 19.696 o Código Procesal Penal, “Los directores,

inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, estarán obligados

a denunciar los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el

establecimiento”. Esta Ley establece en términos jerárquicos la responsabilidad de realizar

las denuncias respectivas, recayendo en el Director/a la primera responsabilidad al respecto.

21.8.15. Medidas Formativas y Sanciones.

21.8.15.1. Medidas Formativas:

Una MEDIDA FORMATIVA es una acción institucional de abordaje de una falta, que

busca la reparación del daño y el aprendizaje de las y los afectados/as.

Frente a la ocurrencia de alguna de las situaciones consideradas como FALTAS descritas

en este manual y tras haber cumplido el debido proceso definido en el mismo documento, el

Establecimiento aplicará alguna de las medidas formativas o sanciones descritas a

continuación.

21.8.15.2. En el establecimiento existen cinco tipos de medidas formativas:

a. Diálogo Formativo: Conversación entre un o una asistente de la educación, docente,

directivo o inspector/a y las o los estudiantes que han cometido una acción considerada

falta por este manual.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

107

Esta conversación puede desarrollarse individualmente con cada estudiante o

colectivamente con todas/os las y los estudiantes involucrados en alguna falta. El objetivo

de la conversación es reflexionar sobre la falta cometida y sus consecuencias, así como

también, elaborar acuerdos explícitos de cambio de conducta por parte de las y los

estudiantes involucrados/as. Puede darse en el momento de ocurrencia de la falta o

posterior si es en el interior del aula durante la clase, teniendo especial cuidado de se

aplique no más allá del mismo día para lograr el efecto deseado con la aplicación de esta

medida.

b. Acción de Reparación: “Las medidas reparatorias consideran gestos y acciones que un

agresor puede tener con la persona agredida y que acompañan el reconocimiento de haber

infringido un daño”. Deben estar directamente relacionadas con la falta cometida y no ser

consideradas denigrantes por las o los involucrados/as:

Reponer artículos perdidos o dañados.

Pedir disculpas públicas o privadas.

c. Trabajo Académico: Acciones individuales o colectivas de investigación y reflexión

sobre algún tema referido directamente a la falta cometida. Estos trabajos deben tener un

plazo especificado pero no tener incidencia en las notas de ninguna asignatura:

Realizar material para diario mural institucional.

Realizar presentaciones de algún tema en específico (buen trato) a otros cursos.

d. Servicio Comunitario: Acciones individuales o colectivas que beneficien una parte o la

totalidad de la comunidad escolar. Deben estar directamente relacionadas con la falta

cometida, desarrollarse por un tiempo determinado y no ser consideradas denigrantes por

las o los involucrados/as:

- Cooperar con el orden y atención de la biblioteca.

- Dirigir durante los recreos actividades recreativas con otros/as estudiantes.

- Elaborar y aplicar actividades (cuenta cuentos, poesías, teatros, debates) de acuerdo a la

falta.

e. La mediación: Es un proceso en que un tercero neutral, sin poder para imponer una

resolución, ayuda a las partes en conflicto a alcanzar un arreglo mutuamente aceptable.

En este caso, tienen un rol fundamental el Psicólogo o Encargado de Convivencia escolar.

- Casos en los que procede la mediación.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

108

El Proceso de Mediación será propuesto tanto para prevenir que se cometan faltas, así como

también, para manejar faltas ya cometidas. En tal sentido, se podrá incluir Mediación:

- Como respuesta a una solicitud planteada por los propios involucrados.

- Como medida para resolver un conflicto de convivencia, sea que se haya o no cometido

alguna falta como consecuencia de éste.

- Como estrategia alternativa frente a una sanción disciplinaria, o

- Como una medida complementaria a la aplicación de otras medidas o sanciones.

- Procedimiento de Mediación.

Los estudiantes u otros integrantes de la comunidad escolar, que tengan un conflicto entre

sí, podrán acudir voluntariamente a un mediador para que los ayude a resolverlo o se dará

inicio a ella cuando dirección determine aplicar esta estrategia para tratar de resolver un

conflicto. El mediador escuchará a ambas partes y les ayudará a ponerse de acuerdo para

solucionar el problema. Los estudiantes que se someten a mediación deben tratarse

respetuosamente, escucharse y no interrumpirse mientras hablan, cooperar para solucionar

el problema y mantener la confidencialidad. El proceso de mediación podrá tener un plazo

máximo de 4 encuentros (entrevistas), contadas desde su inicio, para restablecer los

acuerdos entre las partes, no pudiendo exceder de 45 días corridos dentro del año escolar.

Los períodos de vacaciones escolares interrumpen el plazo, dentro del año escolar.

- Finalización de la Mediación.

Los acuerdos alcanzados en la mediación se recogerán por escrito, explicitando los

compromisos asumidos y el plazo para su ejecución.

Si la mediación finalizase con acuerdo de las partes, el mediador, lo comunicará por escrito

a dirección quien archivará el documento en el expediente correspondiente.

En caso de que la mediación finalice sin acuerdo entre las partes, o se incumplan los

acuerdos alcanzados, el mediador comunicará el hecho a dirección. En consecuencia, ésta

actuará según se trate de una conducta contraria a las normas de convivencia o gravemente

perjudicial para la convivencia del colegio, aplicando las medidas correspondientes al

Reglamento.

Cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda cumplirse, por causas ajenas al

estudiante infractor o por negativa expresa del estudiante perjudicado, esta circunstancia

deberá ser registrada en la Hoja de Vida de éste y en Expediente de Mediación.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

109

De acuerdo a la calidad del conflicto se realizará derivación a Superintendencia de

educación Unidad de mediación de conflictos para propiciar instancias de mediación.

21.8.15.3. SANCIONES:

Por su parte, una SANCIÓN es la “pena que una ley o un reglamento establece para sus

Infractores”5. En el establecimiento educacional existen seis tipos de sanciones:

a. Registro de observación Negativa en el Libro de Clases: Observación escrita de algún

hecho o conducta realizado por un estudiante que se considere como falta según este

manual de convivencia. En la Circular N° 01, Versión 4 del año 2014 de la

Superintendencia de Educación, se establece que es en el libro de clases, específicamente

en la “hoja de vida por alumno, donde se registrarán todos los hechos relevantes que

ocurran respecto a su comportamiento y desarrollo dentro del establecimiento en el año

lectivo… Cabe destacar que este es el único registro válido para verificar la aplicación y

seguimiento del debido proceso en caso de tomar una medida disciplinaria”. Su

aplicación debe ser informada inmediatamente al estudiante sancionado/a, así como

también será informada a su apoderada/o durante la próxima citación formal que se le haga

al establecimiento. Las anotaciones negativas deben ser redactadas de manera simple y

clara, describiendo hechos y acciones que constituyan falta, evitando las opiniones o juicios

de valor de quien registra.

b. Suspensión: Prohibición de ingreso al establecimiento educacional que se le aplica a

un/a estudiante por un período determinado. De acuerdo al Ordinario N° 476 del año 2013

de la Superintendencia de Educación, “la suspensión no puede aplicarse por períodos que

superen los cinco días hábiles, sin perjuicio que de manera excepcional se pueda prorrogar

una vez por igual período”. Esta sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos

del debido proceso descritos en este manual y en casos que justificadamente se considere

que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad

educativa. El o la estudiante suspendido/a deberá contar con un plan de trabajo académico

para los días que dure la sanción y tendrá derecho a recibir los materiales o beneficios

que el establecimiento haya entregado durante su ausencia.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

110

Para los casos del o la estudiante que se encuentre en riesgo social y vulnerabilidad, el

establecimiento educacional deberá cautelar y garantizar su seguridad y protección,

por lo cual, dicha sanción será realizada en sus dependencias, ingresando el estudiante

al establecimiento y solo será suspendido su ingreso a la sala de clases; debiendo realizar

un plan de trabajo académico para los días que dure la sanción en Biblioteca, coordinado y

monitoreado por Inspectoría y Jefes de UTP según corresponda el ciclo.

c. Condicionalidad de Matrícula: Acto previo a la cancelación de matrícula que establece

un compromiso de cambio de conducta por parte del estudiante, el que de no ser cumplido

puede conllevar la salida del estudiante de la comunidad educativa para el año lectivo

siguiente. Su aplicación será decisión exclusiva del o la Director/a del establecimiento y

sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos del debido proceso descritos en este

manual, en casos que justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física

y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa. De acuerdo al Ordinario N° 476

del año 2013 de la Superintendencia de Educación, “la condicionalidad de matrícula es una

medida disciplinaria y por tanto su aplicación debe estar asociada a hechos o conductas que

estén consideradas como falta. La condicionalidad de matrícula siempre debe ser revisada

al final de cada semestre independiente de la fecha en la cual se haya aplicado”.

La condicionalidad se evalúa en Consejo de Profesores dos veces en el año, finalizando

cada semestre (última semana de Junio y última semana de Octubre). En la evaluación del

primer semestre se decide si se levanta la condicionalidad o continúa durante el segundo

semestre. Luego en la segunda evaluación (a fin de Octubre) se determina si se levanta la

condicionalidad o no se renueva la matrícula para el año escolar siguiente (cancelación de

matrícula). Las decisiones se toman de acuerdo al cumplimiento de los compromisos de las

y los estudiantes, de sus apoderados y del Plan de Acción. Luego de la revisión del

Consejo de Profesores (última semana de Octubre) existe un plazo de 10 días hábiles para

que sea citado desde Inspectoría para informar que se levantó la condicionalidad, o bien

desde Dirección para notificar la no renovación de matrícula. En caso de que la o el

apoderado no se presente a citación, será llamado nuevamente. Si al segundo llamado no se

presenta, se le enviará una carta certificada notificando la decisión tomada.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

111

En los casos que se levante la condicionalidad, en la evaluación del primer semestre en

Consejo de Profesores, queda expresamente indicado ante el estudiante y apoderado(a) que

de reincidir en alguna falta grave o gravísima, desde ese momento en adelante, la

condicionalidad será nuevamente activada. Por otra parte, en los casos valuados la

última semana de octubre e informada la determinación de levantar la condicionalidad

los primeros diez días de noviembre, quedará expresamente señalado al estudiante y

apoderado(a) que de reincidir desde ese momento en adelante en alguna falta gravísima,

se aplicará la medida de no renovación de matrícula para el año escolar siguiente.

En los casos donde la determinación es la no renovación de matrícula, la o el

apoderado tiene un plano de 15 días hábiles para apelar la medida a Dirección por escrito.

d. Cancelación de Matrícula (No renovación de matrícula): Sanción que implica la no

continuidad en el establecimiento educacional de un/a estudiante para el año escolar

siguiente a la aplicación de esta medida. Esta sanción sólo será aplicada tras haber

cumplido los pasos del debido proceso descritos en este manual y en casos que

justificadamente se considere que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún

miembro de la comunidad educativa. De acuerdo a la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar,

“la decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante sólo podrá ser adoptada por

el o la Director/a del establecimiento. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser

notificada por escrito a la o el estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado/a, según

el caso, quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días

(hábiles) de su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al

Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la

vista el o los informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”.

Una vez que la o el apoderado presenta la carta de apelación, Dirección cuenta con 10 día

hábiles para dar su respuesta definitiva. En el caso de mantener la medida, una vez

informada a la o el apoderado, existe un plazo de 5 días hábiles para informar a la

Superintendencia de Educación

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

112

e. Expulsión: Sanción máxima del establecimiento que conlleva la cancelación inmediata

de la matrícula a un/a estudiante. A través de este acto, el o la estudiante deja de ser parte

de la comunidad educativa. Esta sanción sólo será aplicada tras haber cumplido los pasos

del debido proceso descritos en este manual y en casos que justificadamente se considere

que esté en riesgo la integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad

educativa. De acuerdo a la Ley N° 20.845 de Inclusión Escolar, “la decisión de expulsar o

cancelar la matrícula a un/a estudiante sólo podrá ser adoptada por el o la Director/a del

establecimiento. Esta decisión, junto a sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito a

la o el estudiante afectado y a su padre, madre o apoderado/a, según el caso, quienes podrán

pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días (hábiles) de su notificación,

ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta al Consejo de Profesores. El

Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista el o los informes técnicos

psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles”. Una vez que la o el apoderado

presenta la carta de apelación, Dirección cuenta con 10 día hábiles para dar su respuesta

definitiva. En el caso de mantener la medida, una vez informada a la o el apoderado, existe

un plazo de 5 días hábiles para informar a la Superintendencia de Educación.

f. Información a la Superintendencia de Educación (Supereduc.): De acuerdo al

Ordinario 0368, de la Superintendencia de Educación, si la o el Director/a opta por aplicar

la expulsión o cancelación de matrícula, debe informar de esto a la Dirección Regional de

la Superintendencia, dentro del plazo de 5 días hábiles desde que se formaliza la decisión

(es decir, tras dar respuesta a la carta de apelación a apoderados, o bien cumplido

completamente el tiempo de apelación), a fin de que ésta revise el cumplimiento del

procedimiento, y también a la o el apoderado/a por escrito.

No obstante, el o la estudiante debe continuar asistiendo a clases en tanto no esté afinado el

procedimiento y no se hayan agotado todas las instancias establecidas en la ley.

Para el caso que la denuncia se realice directamente a la Supereduc y el Establecimiento

Educacional no informa, la Supereduc oficiará que el procedimiento aplicado no cumple

con las exigencias de la ley, por tanto se debe dejar sin efecto la sanción, informando a la o

el apoderado/a y reincorporando a la o el estudiante. La unidad educativa deberá enviar un

documento a la Supereduc que acredite que se deja sin efecto la medida y que él o la

estudiante se encuentran asistiendo a clases.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

113

g. Resolución de Superintendencia de Educación:

- Rechazo de la medida: en caso de rechazar la aplicación de la sanción, la resolución

debe dejar sin efecto la expulsión o cancelación de matrícula. No se solicitará la

reincorporación de él o la estudiante ya que éste/a se debe mantener dentro del

establecimiento y asistiendo a clases.

- Aprobación de la medida: La Supereduc: debe notificar la resolución al Establecimiento

y a la o el apoderado/a, señalando la decisión adoptada y sus fundamentos. Deberán

también informar sobre los recursos, instancias y plazos para impugnar la resolución, solo

una vez agotados todos estos se procederá a la aplicación, y en caso de expulsión el o la

estudiante deberá dejar de asistir a clases.

- Reubicación del estudiante: con la finalidad de garantizar su derecho a la educación,

cuando se aprueba un proceso de expulsión y se han agotado todas las instancias

administrativas antes descritas del o la estudiante a, si así también lo manifiesta su

apoderado/a y estudiante, se realizará un acompañamiento en la gestión de matrícula y

entregándoles todas las medidas de apoyo necesarias para su reubicación.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

114

21.8.16. Procedimiento ante la falta.

FALTAS LEVES levesLleLElLEVES Faltas Leves: Cualquier actitud y comportamiento que altere el normal desarrollo del proceso de

enseñanza aprendizaje dentro o fuera del aula , que no involucren daño físico o psíquico a otros miembros de la comunidad, sean estas faltas disciplinarias o pedagógicas.

1 Incumplimiento de tareas en horario lectivo.

2 Sin equipo de educación física o artículos de aseo.

3 No presentar material de trabajo.

4 Uso de celular durante las actividades lectivas. El uso de celulares y/o equipos electrónicos (están prohibidos al interior del establecimiento educacional.

5 Interrumpir reiteradamente la clase.

6 Negarse a participar y/o atender la clase.

7 Ausentarse reiteradamente de evaluaciones fijadas previamente.

8 Ponerse de pie en forma reiterada, sin autorización.

9 Atrasos de las y los estudiantes a la hora de ingreso de la jornada y después de recreos

10 No presentarse con su uniforme, sustituir vestimenta con ropas no adecuadas y de colores que no representan la institución.

11 Permanecer en la sala de clases durante los recreos y horario de colación sin autorización de inspectores.

12 Usar joyas, pearcen , maquillaje o mantener en la mesa de trabajo artículos no pertinentes a la sala de clases. 13 Consumir alimentos dentro de la sala de clases sin autorización.

14 Despreocupación en el aseo personal.

15 No usar corte de pelo estipulado. Corte Formal

16 Postura corporal inadecuada durante el desarrollo de la clase (echada o echado sobre la silla o mesa, dormir en clases, pies sobre la silla o mesa)

17 Estudiantes que ingresan sin autorización a dependencias del establecimiento de uso exclusivo de docentes y/o personal auxiliar como: salas de profesores, oficinas u otros.

18 Uso del buzo en día que no corresponda.

19 Interrumpir el normal desarrollo de un proceso evaluativo o de medición.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

115

Procedimiento

1°Paso

Amonestación Verbal y observación escrita en hoja de vida de libro de Clases. Responsables Evidencias

Inspectores Docentes

Registro de falta en hoja de vida del libro de clases.

2°Paso

Dialogo Formativo Responsables Evidencias

Inspectores Docentes

Registro de falta en hoja de vida del libro de clases.

3°Paso

Cuando existe reiteración de la falta, se citará a apoderado para informar sobre la

misma y generar acuerdos.

Responsables Evidencias

Docentes

Profesor jefe

Registro de falta en hoja de vida del libro de clases.

Hoja de Entrevista de Apoderado

Procedimiento para casos de atrasos de estudiantes al inicio de la jornada escolar:

Cantidad de Atrasos Acción Responsable

De 1 a 4 atrasos

Se llamará a la o el apoderado informando el atraso

(Registrar en hoja de vida)

Inspectoría

Al 5° atrasos

Apoderado será citado por profesor jefe para generar

acuerdos.

Profesor jefe

Al 8° atrasos

Apoderado será citado nuevamente, se realizará

dialogo formativo junto al

estudiante.

Profesor jefe

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

116

Al 11° atraso

Se citará a apoderado y se

suspenderá por un día al

estudiante.

Encargado de Convivencia Escolar.

Hoja de Entrevista

Institucional. Registro

Hoja de Vida libro de

Clases

Al 15° atraso

Se repite la citación a Apoderado desde

Convivencia escolar se

solicita cambio de

apoderado.

según lo estipulado en el

“Perfil del Apoderado y sus

deberes”. Si el apoderado se

niega a realizar el cambio, el

estudiante no contará con

matrícula para el año escolar

siguiente.

Por otra parte, una vez

realizado el cambio de

apoderado, si el estudiante

vuelve a llegar atrasado, se

iniciará nuevamente el

proceso

Con el nuevo apoderado.

Encargado de Convivencia

escolar

Hoja de Entrevista

Institucional

Registro Libro de Clases

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

117

FALTAS GRAVES

Faltas Graves: Cualquier actitud y/o comportamiento que atenten contra la integridad física y/o psíquica de otro miembro o contra su propia integridad dentro o fuera del

establecimiento. Así mismo, cometer acciones impropias y/o deshonestas que alteren el

normal proceso de aprendizaje.

1 Estudiante que copia o plagia actividad pedagógica evaluativa.

2 Negarse a ingresar a clases, encontrándose en el establecimiento. (fuga interna)

3 Manifestación explícita que muestren conductas sexualizadas. (toda conducta de carácter físico de tipo sexualizado, tales como tocaciones y/o sexo explícito)

4 Expresar en forma verbal, gestual o escrita, insultos y/o groserías en contra de cualquier estudiante o apoderado de la comunidad educativa, dentro y fuera del establecimiento, incluyendo las redes sociales.

5 El desacato a toda norma de funcionamiento del establecimiento.

6 Deterioro y/o destrucción de cualquier mobiliario, dependencia o bien del establecimiento.

7 Propiciar y/o participar de desorden y escándalos que perjudican la imagen, el prestigio y el normal funcionamiento del Colegio.

8 Fuga Externa, no ingresar a establecimiento educacional.

9 No acatar protocolo de salidas pedagógicas programadas y/o actividades extra Programáticas.

10 Mostrar o difundir fotografías de estudiantes con armas.

11 Mostrar o difundir fotografías y videos de cualquier integrante de la comunidad educativa 12 Ventas de juguetes, alimentos, ropa u otros objetos. 13 Contacto físico sin consentimiento.

14 Grabar y fotografiar a cualquier miembro de la comunidad educativa.

15 Reiteración de 3 o más Faltas leves.

Procedimiento y Sanción

1° Paso

Observación escrita en el libro de clases en la hoja de vida de la o el estudiante. Responsables Evidencias

Docentes. • Inspectores

• Equipo de gestión.

Registro de falta en hoja de vida del libro

de clases.

2° Paso

Derivación a Convivencia Escolar. Responsables Evidencias

Docentes. • Inspectores

• Equipo de gestión.

Hoja de derivación de caso o correo Electrónico institucional.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

118

3° Paso

Entrevista a las y/o los estudiantes y sus apoderados involucrados en la falta.

Aplicación de medida formativa: diálogo Formativo. Responsables Evidencias

Docentes. • Inspectores

• Equipo de gestión.

Hoja de entrevista.

4° Paso

Citación a apoderados y aplicación de sanciones:

1. Suspensión de 3 días de clases.

2. Se firma documento de “Aviso de condicionalidad”.

3. Se aplicará la medida formativa pertinente al caso, entre las cuales se encuentran:

Trabajo de presentación sobre alguna temática relacionada a compañeros.

Trabajo pedagógico (en coordinación con UTP)

4. Se realiza derivación a especialistas según requiera el caso.

Responsables Evidencia

Encargada de Convivencia escolar

(suspensión y aviso

de condicionalidad)

Hoja de vida en libro de clases con registro de entrevista notificando a apoderados la

falta y sanciones.

• Hoja de entrevista a apoderado

(documento oficial e institucional).

• Hoja de Aviso de Condicionalidad

(documento oficial e institucional).

• Hoja de compromiso de cambio de

conducta (documento oficial e

institucional).

Según el caso:

• Hoja de medida formativa: mediación,

arbitraje o negociación (documento oficial e

institucional).

• Hoja de derivación de caso (documento oficial e institucional).

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

FALTAS GRAVÍSIMAS

Faltas Gravísimas: Cualquier actitud y comportamiento que atenten gravemente la integridad física y psíquica de terceros, en forma directa o indirecta, privada o

públicamente, dentro o fuera del establecimiento, así como conductas que constituyan

delito.

1 Fuga del colegio individual o colectiva.

2 Agresión física hacia cualquier integrante de la comunidad educativa.

3 Expresar en forma verbal, gestual o escrita, insultos y/o groserías en contra de cualquier funcionario de la comunidad educativa, dentro y fuera del establecimiento, incluyendo las redes sociales.

4 Consumir tabaco, alcohol y/o drogas en el establecimiento o en inmediaciones con o sin uniforme escolar, en cualquier estado. (Cigarros electrónicos, vaporizadores,

entre otros).

5 Portar y/o distribuir bebidas alcohólicas, drogas al interior del establecimiento o en Inmediaciones con o sin uniforme escolar.

6 Adulteración del libro de clases como instrumento público o cualquier documento institucional.

7 Presentar certificados médicos u otros documentos, falsos y/o adulterados.

8 Portar algún tipo de arma al interior del establecimiento. ( de fogueo, blancas, de fuego, proyección, propulsión, explosivas, incendiarias, química, entre otras)

9 Suplantar la identidad o propiciar el engaño, de otro miembro de la comunidad educativa.

10 Difamar a cualquier miembro de la unidad educativa, menoscabando o ejerciendo Violencia física y/o psicológica de forma directa o a través de algún medio de

comunicación (cualquier tipo de plataforma de comunicación masiva).

11 Amenazar con algún tipo de arma a cualquier integrante de la comunidad educativa.

12 El hurto y/o robo dentro o fuera de las Dependencias de la institución.

13 Discriminar y/o humillar a cualquier miembro de la comunidad educativa, inclusive a través de las redes sociales.

14 Usar indebidamente fondos o recursos de su curso o del colegio.

15 Porte, almacenamiento y/o difusión de material pornográfico.

16 Trafico y/o consumo de drogas y/o alcohol y sustancias inhalantes al interior del Establecimiento.

17 Realizar acoso y/o abuso sexual a otro miembro de la comunidad escolar.

18 Grabar imágenes y/o conversaciones, fotografiar a estudiantes, docentes y/o al personal del colegio sin autorización, además de difundir en redes sociales.

19 Filmar o grabar las actividades pedagógicas sin autorización

113

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

120

20 Portar o usar gases tóxicos, bombas de ruidos, encendedores u otros.

21 Manipulación indebida de extintores.

22 Presentarse en el colegio bajo la influenza de alcohol y drogas.

23 Mostrar o exhibir videos, fotos, publicaciones que degraden a la personas dentro o Fuera del establecimiento. Incluyendo redes sociales.

24 Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de una o un estudiante u otro miembro de la comunidad educativa dentro o fuera del

Establecimiento, Incluyendo las redes sociales.

. 26 Realizar acoso escolar (Bullying) Incluyendo redes sociales.

27 Cualquier conducta que constituya delito.

28 Agresiones físicas que produzcan lesiones.

29 Agresiones de carácter sexual. 30 Uso, Porte, posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios

31 Actos que atenten contra la infraestructura esencial para la prestación del servicio educatvico

La reiteración de 3 o más faltas graves.

Procedimiento y Sanción

1° Paso

Observación escrita en el libro de clases en la hoja de vida de la o el estudiante.

Responsable Evidencia

Según quien observe la falta, pueden ser: • Docentes

•Inspectores

• Equipo de Gestión

Registro de falta en hoja de vida del libro

de clases.

2° Paso

Derivación a Convivencia Escolar

Responsable Evidencia

Según quien observe la falta, pueden ser: • Docentes

•Inspectores

• Equipo de Gestión

Derivación, Hoja de Derivación

institucional o correo electrónico.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

121

3° Paso

Entrevista a las y/o los estudiantes y apoderados involucrados en la falta quienes

tienen la oportunidad de dar su versión de los hechos (completando “hoja de derecho

a defensa del estudiante”) Aplicación de medida formativa: diálogo formativo.

Responsable Evidencia

Encargado de Convivencia escolar

Hoja de entrevista a estudiante (documento oficial e institucional).

• Hoja de derecho de defensa del

estudiante (documento oficial e

institucional).

4° Paso

Citación a apoderados para notificar la falta y la suspensión de 5 días, siendo posible su

extensión hasta 10 días para los casos que se requiera profundizar con una investigación de

los hechos. Durante este tiempo, UTP entre entregará apoyo pedagógico. Al regreso del

estudiante se entrevistará nuevamente a apoderados.

En casos que se trate de delito dentro y/o fuera del establecimiento en un perímetro de 300

mts. (riñas, porte o tráfico de drogas, robos, hurtos, etc.) el colegio realizará

inmediatamente la denuncia a carabineros y/o PDI correspondiente, quien se presentará en

el establecimiento para tomar el procedimiento correspondiente. En paralelo, el

establecimiento, notificará a las y los apoderados de las y los estudiantes involucrados,

solicitando la presencia de ellos de manera inmediata en el colegio.

No obstante, las autoridades pertinentes (carabineros o PDI) serán los responsables de

activar sus propios protocolos e iniciarán el procedimiento legal correspondiente al caso,

estando o no presentes los apoderados de las y/o los estudiantes involucrados. Esto último

hace referencia al hecho de que una vez interpuesta la denuncia, si las y/o los apoderados

no se hacen presentes, es carabineros o PDI los responsables inmediatos de las y/o los

estudiantes.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

122

Responsable Evidencia

Encargado de Convivencia escolar

Coordinación Técnico Pedagógica

Registro en hoja de vida de libro de

clases notificando falta y procedimiento

de investigación.

• Hoja de entrevista a apoderado

(documento oficial e institucional).

Hojas de entrevistas a involucrados en el

caso.

5° Paso

1° Citación a apoderados para notificar Plan de Acción, el cual contempla las siguientes

sanciones y medidas formativas: Se firma documento de “Condicionalidad de Matrícula”.

La condicionalidad se evalúa en Consejo de Profesores dos veces en el año, finalizando

cada semestre (última semana de Junio y última semana de Octubre). En la evaluación del

primer semestre se decide si se levanta la condicionalidad o continúa durante el segundo

semestre. Luego en la segunda evaluación (Octubre) se determina si se levanta la

condicionalidad o no se renueva la matrícula para el año escolar siguiente (cancelación de

matrícula). Las decisiones se toman de acuerdo al cumplimiento de los compromisos de las

y los estudiantes, de sus apoderados y del Plan de Acción. Luego de la revisión del Consejo

de Profesores (última semana de Octubre) existe un plazo de 10 días hábiles para que sea

citado desde Inspectoría General para informar que se levantó la condicionalidad, o bien

desde Dirección para notificar la no renovación de matrícula. En caso de que la o el

apoderado no se presente a citación, será llamado nuevamente. Si al segundo llamado no se

presenta, se le enviará una carta certificada notificando la decisión tomada.

Cabe señalar que en los casos que se levante la condicionalidad, en la evaluación del primer

semestre en Consejo de Profesores, queda expresamente indicado ante el estudiante y

apoderado(a) que de reincidir en alguna falta grave o gravísima, desde ese momento en

adelante, la condicionalidad será nuevamente activada. Por otra parte, en los casos

evaluados la última semana de octubre e informada la determinación de levantar la

condicionalidad en los primeros diez días de noviembre, quedará expresamente señalado al

estudiante y apoderado(a) que de reincidir desde ese momento en adelante en alguna falta

gravísima, se aplicará la medida de no renovación de matrícula para el año escolar

siguiente.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

123

Acciones

• Firma de compromiso de cambio de conducta.

• Mediación, arbitraje o negociación.

• Acción reparatoria.

• Servicio comunitario.

• Entrevistas quincenales con apoderado.

• Derivación a especialistas externos.

• Programas de apoyo pedagógico (UTP cautelará recursos necesarios para apoyar

académicamente al estudiante).

• Reducción de jornada escolar.

Responsables Evidencia

Encargado de Convivencia escolar

Coordinación Técnico Pedagógica

Inspectores

Registro en el libro de clases con notificación de la falta, sanciones y plan

de acción

• Hoja de entrevista a apoderado

(documento oficial e institucional).

• Hoja de Plan de Acción.

• Hoja de Condicionalidad de Matrícula

(documento oficial e institucional).

• Hoja de compromiso de cambio de

conducta (documento oficial e

institucional).

• Hoja de medida formativa: mediación, arbitraje o negociación (documento oficial

e institucional). Hoja de derivación de caso (documento

oficial e institucional).

6° Paso

El no cumplimiento de los acuerdos y compromisos emitidos por la o el estudiante, y su

apoderado en el Plan de Acción, tendrán por consecuencia la cancelación de matrícula para

el año escolar siguiente. Esta medida es notificada por Dirección, quien es previamente

informada del caso por Convivencia Escolar. En estas situaciones, los apoderados tendrán

un plazo máximo de 15 días hábiles para presentar su apelación por escrito a la medida.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

124

Responsables Evidencia

Dirección Encargado de Convivencia escolar

• Informe de caso • Hoja de Notificación de cancelación de

matrícula (Documento institucional).

7° Paso

Apelación de las o los apoderados. Una vez presentada la carta de apelación, la Directora

cuenta con10 días hábiles para dar respuesta a la apelación.

Responsables Evidencia

Apoderados

Carta de apelación. Registro de apelación en hoja de vida del

estudiante en libro de clases.

8° Paso

Presentación de apelación a consejo de profesores como instancia consultiva.

Responsables Evidencia

Directora.

• Encargada de Convivencia Escolar

• Docentes

Acta de Consejo Profesores.

9° Paso

Citación a apoderados para dar respuesta a carta de apelación.

Responsables Evidencia

Directora.

Encargada de Convivencia Escolar

Registro en hoja de vida del libro de clases.

• Hoja de entrevista a apoderado

(documento oficial e

institucional).

10° Paso

Si se mantiene la medida, los antecedentes del caso con su resolución serán enviados a la

Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de Educación, con un plazo máximo

de 5 días hábiles una vez comunicada la respuesta definitiva a la apelación de los

apoderados.

Responsables Evidencia

Directora.

Encargada de Convivencia Escolar

Informe de caso a la Superintendencia de Educación.

Evidencias del caso.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

125

21.8.17. Expulsión y cancelación de matrícula

Para casos gravísimos en los que justificadamente se considere que esté en riesgo la

integridad física y/o psíquica de algún miembro de la comunidad educativa, (también en

casos de delitos que ponga en riesgo gravemente la integridad física y psíquica de algún

miembro de la comunidad educativa), es posible aplicar la medida de expulsión. De

acuerdo a la Ley n° 21.128 de Aula Segura, esta decisión solo podrá ser adoptada por el o

la Directora del establecimiento, quién deberá notificar por escrito a los apoderados y a la o

el estudiante. Los mismos tienen un plazo de 15 días hábiles para presentar por escrito su

apelación a la medida. Esta medida será tomada inmediatamente en casos que se afectan

gravemente la convivencia escolar, los actos cometidos por cualquier integrante de la

comunidad educativa, tales como profesores, padres y apoderados, alumnos, asistentes

de la educación, entre otros, que causen daño a la integridad física o síquica de

cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren

en las dependencias de los establecimientos, tales como agresiones de carácter

sexual, agresiones físicas que produzcan lesiones, uso, porte, posesión y tenencia de

armas o artefactos incendiarios, así como los actos que atenten contra la infraestructura

esencial para la prestación de servicio educativo por parte del establecimiento.

Procedimiento y Sanción

1° Paso

Notificación del inicio de la investigación.

Responsable Be EEYeEees

Procedimiento

Director (a)

Registro hoja de vida al estudiante Notificar en forma escrita

a apoderado y estudiante mediante entrevista.

Se informa De suspensión de asistir a establecimiento educacional durante

10 días hábiles , durante el periodo que duración de

investigación, como medida cautelar.

2°Paso

Presentación de descargos o alegaciones.

Responsable Procedimiento

Apoderado o

Estudiante

El apoderado o estudiante podrá realizar sus descargos en forma

escrita dirigidas a dirección con un plazo de 5 días hábiles a partir

de la notificación.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

126

3°Paso

Notificación de Resultados.

Responsable Procedimiento

Director El director entregará notificación escrita de los resultados de la

investigación, para esto cuenta con 15 días hábiles para la entrega

de información al apoderado.

Se puede extender período de suspensión por 5 días hábiles.

4°Paso

Solicita Reconsideración.

Responsable Procedimiento

Apoderado o

Estudiante

El apoderado o estudiante podrá solicitar reconsideración, en forma

escrita a dirección del colegio. Plazo de entrega 5 días Hábiles.

5°Paso

Consulta a Consejo de Profesores.

Responsable Procedimiento

Director(a) Director, realiza consulta a consejo de profesores de sanción previa.

Plazo 3 días Hábiles a partir de la recepción de solicitud de

reconsideración.

6°Paso

Director entrega sanción previa

Responsable Procedimiento

Director(a) Director notifica vía escrita a apoderado y estudiante de resolución

y resultados del proceso investigativo.

7° paso

Expulsión-Cancelación de Matricula

Responsables

Procedimiento

Director(a)

Informe de caso a la Superintendencia de Educación. Evidencias del caso.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

127

XXII.-CUMPLIMIENTO DESTACADO

El Colegio reconoce al estudiante que cumple en forma destacada las disposiciones

relacionadas con la disciplina escolar, con el fin de reforzar las actitudes que contempla este

reglamento. Las estrategias de reconocimiento serán de acuerdo a la edad de los estudiantes

y al tipo de conducta a reforzar.

22.1. Registro de anotación: El Profesor de Asignatura y/o Profesor Jefe registrará la o las

conductas positivas destacadas en el alumno semestralmente en el registro de observación

del libro de clases y en la plataforma computacional.

22.2. Reconocimiento diario: El Profesor Jefe o de asignatura, entregará un estímulo

(timbre, carita feliz, estrella, tarjetas de color, medalla, etc.) o anotación positiva a aquellos

alumnos que mantengan una conducta destacada durante la jornada semanal de clases.

22.3. Valor del mes: Estudiante que durante el mes ha demostrado un cumplimiento

destacado de acuerdo al valor del mes trabajado en área de orientación. Será

responsabilidad del Profesor Jefe destacar al estudiante, que recibirá diploma de honor en

acto mensual.

22.4. Premio mérito por asistencia colectivo: Los cursos que registren la mejor asistencia

mensual podrán postular a un premio por Ciclo que será entregado por Unidad Técnico

pedagógica.

22.5. Estímulo anual:

22.5.1. Reconocimiento académico: Serán reconocidos los tres alumnos que hayan

obtenido los promedios más alto durante el año escolar y que hayan finalizado su

proceso de manera sistemática en la fecha establecida en el calendario escolar. Para

determinar el lugar se procederá a calcular la media aritmética considerando décima,

centésima y milésima.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

128

En caso de empate, los criterios diferenciadores en orden de aplicación son:

a) Porcentaje de asistencia.

b) Media aritmética de lenguaje y matemática considerando la décima, centésima y

milésima.

c) Media aritmética de lenguaje, matemática, ciencias naturales y sociales considerando la

décima, centésima y milésima.

d) Participación en actividades complementarias o extraescolares del año escolar en curso.

e) Consejo de Profesores en votación dirime la designación de los reconocimientos.

22.5.2. Reconocimiento espíritu Saint Louis School: se otorga al estudiante, no tan

solo por su nivel académico, sino por tener el espíritu Saint Louis School. Este Premio se

entregará anualmente, a un alumno de cada curso, en la ceremonia de Premiación del

establecimiento.

Requisitos:

• Obtener uno de los mejores promedios generales de su curso.

• Haber participado en diversas actividades no lectivas durante el año en curso.

• No presentar dificultades de tipo disciplinarias, ni académicas.

• Cumplir con los valores institucionales.

• Ser elegido de una terna presentada por el profesor(a) jefe al consejo de profesores y

Dirección.

22.5.3. Premio área humanista. Reconocer al estudiante de cada curso, que se destaque

en las diferentes asignaturas del área humanista. Este Premio se entregará anualmente, a un

estudiante de cada curso, en la ceremonia de Premiación anual del establecimiento. En el

caso del estudiante de cuarto año de enseñanza media, el premio le será entregado en la

ceremonia de licenciatura.

Requisitos:

1.- Ser elegido por los docentes que imparten las diferentes asignaturas humanistas.

2.- No presentar dificultades de tipo disciplinarias y académicas.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

129

22.5.4. Premio área científica. Reconocer al estudiante de cada curso, que se destaque en

las diferentes asignaturas del área científica. Este Premio se entregará anualmente, a un

estudiante de cada curso, en la ceremonia de Premiación anual del establecimiento. En el

caso del estudiante de cuarto año de enseñanza media, el premio le será entregado en la

ceremonia de licenciatura.

Requisitos:

1.- Ser elegido por los docentes que imparten las diferentes asignaturas científicas.

2.- No presentar dificultades de tipo disciplinarias y académicas.

22.5.5. Premio área artística. Reconocer al estudiante de cada curso, que se destaque en

las diferentes asignaturas del área artística. Este Premio se entregará anualmente, a un

estudiante de cada curso, en la ceremonia de Premiación anual del establecimiento. En el

caso del estudiante de cuarto año de enseñanza media, el premio le será entregado en la

ceremonia de licenciatura

Requisitos:

1.-Ser elegido por los docentes que imparten las diferentes asignaturas artísticas.

2.- No presentar dificultades de tipo disciplinarias y académicas.

22.5.6. Premio área deportes. Reconocer al alumno(a) de cada curso, que se destaque en

las diferentes asignaturas del área de deportes. Este Premio se entregará anualmente, a un

estudiante de cada curso, en la ceremonia de Premiación anual del establecimiento. En el

caso del estudiante de cuarto año de enseñanza media, el premio le será entregado en la

ceremonia de licenciatura.

Requisitos:

1.-Ser elegido por los docentes que imparten las diferentes asignaturas de Ed. Física y

deportes.

2.- No presentar dificultades de tipo disciplinarias y académicas.

22.5.7. Cumplimiento colectivo al reglamento interno:

El Colegio reconoce al grupo de estudiante que cumple en forma destacada las

disposiciones relacionadas al reglamento interno, con el fin de reforzar el enfoque del

establecimiento y el PEI de este. Los indicadores del cumplimiento se focalizan en la

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

130

presentación personal, asistencia, puntualidad y el respeto a los miembros de la comunidad

educativa.

Las estrategias de reconocimiento serán:

- Jeans day: Los alumnos asisten al colegio con ropa de calle y pagan un valor que va a

beneficio del curso ganador del incentivo para potenciar sus fondos para actividades

durante el año.

- Ventas autorizadas: Se beneficia a dos cursos para las ventas del Día del Deporte y el

Día de la Chilenidad. Dichos cursos deben ser distintos a los que ya poseen el beneficio

por ser niveles que realizan graduaciones y/o gira de estudio (Kinder, Octavo, tercero

medio y Cuarto medio)

- Ventas Reunión de apoderados: Se beneficia a un cursos para las ventas del Día

reunión de apoderados.

- Feria Costumbrista: Se premiará al curso que gané en el campeonato de cueca interno

con un jeans day sin cobro (asistir con “ropa de calle”) y la sala o stand que represente el

espíritu costumbrista de nuestro país.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

131

XXIII.-COMPOSICIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR.

La comunidad educativa se ha estructurado en el Consejo Escolar, instancia formal de

diálogo y consulta que tiene el objetivo de apoyar y orientar la gestión directiva, aunque sin

función resolutiva, sino consultiva.

El Consejo Escolar reúne a los representantes de los estamentos del proceso educativo:

Directora, representante del sostenedor, representante de los docentes, presidente del centro

de estudiantes, presidente del centro de padres, representante de los asistentes de educación.

, permitiendo el cruce de información y el compromiso de la comunidad escolar con los

lineamientos de la Dirección. Se reunirán con un mínimo de cuatro reuniones anuales,

pudiendo convocarse extraordinariamente cuando la dirección del establecimiento lo

solicite. Las actas de reunión que serán informadas a través de página web del

establecimiento www.stls.cl.

XXIV.-ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Profesional responsable de planificar, coordinar, supervisar y evaluar las

actividades de

Convivencia escolar del establecimiento a nivel grupal e

individual.

Competencias Funcionales.

1. Gestionar e implementar el Plan de Gestión de Convivencia Escolar.

2. Implementar en los cursos acciones que favorezcan la buena y sana convivencia escolar.

3. Asegurar el debido proceso, generando documentos que evidencien los procedimientos

justos en el abordaje de casos disciplinarios con las y los estudiantes.

4. Liderar junto con Inspectoría General los consejos de evaluación de disciplina y

revisión de condicionalidades a fin de entregar todos los antecedentes del debido proceso.

5. Implementar medidas formativas en el abordaje de casos disciplinarios con estudiantes.

6. Implementar medidas formativas de resolución de conflicto pacíficas entre estudiantes.

7. Revisión y corrección anual del Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

132

8. Asegurar que la comunidad educativa conozca el reglamento Interno de Convivencia

Escolar y sus procedimientos, así como también los diversos Protocolos Institucionales.

9. Realizar acompañamiento en aula para las observaciones de clima escolar.

10. Asistir a las Jornadas de Convivencia Escolar planificadas por Sostenedor.

El establecimiento educacional, cuenta con encargado de convivencia escolar con

destinación de

30 horas semanales para cumplir esta función. Documentación de Acreditación del

cargo, Anexo de contrato de encargado de convivencia escolar, disponible en:

Archivador año en curso, “DOCUMENTOS”, convivencia escolar, oficina encargado de

convivencia escolar.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

133

XV.-PLAN DE GESTIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR

ESTRATEGIAS:

1. Propiciar instancias de reflexión y discusión del tema de Convivencia Escolar que

involucre a todos los integrantes de la comunidad educativa.

2. Desarrollar la práctica recreativa y deportiva como instancia de fomento de la sana

Convivencia Escolar en la comunidad educativa.

3. Potenciar las horas de orientación para instalar acciones preventivas y de fomento de

la sana Convivencia Escolar en todos los niveles.

4. Trabajar articuladamente con dirección con el fin de instalar institucionalmente una

política preventiva en los temas atingentes a la Convivencia Escolar.

5. Reunión con alumnos líderes de cada curso, para la definición de roles y funciones del

centro de alumnos en torno a la convivencia escolar.

6. Talleres para estudiantes en torno al buen trato.

7. Planificación en conjunto con los distintos estamentos del colegio, de actividades

recreativas que promuevan un clima laboral favorable.

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

134

1 Solo para efectos de monitorear nivel de avance de las actividades.

Actividad1 Marzo Abril Mayo Junio Julio Agost. Sept. Oct. Nov. Dic.

Recepción del nuevo personal docente y administrativo con un

desayuno de bienvenida.

X

Promoción de actividades artísticas y

deportivas dentro del plan extracurricular.

X

Día del deporte. Participan alumnos y

todo el personal del colegio.

X

Preparación a elección de Centro de

Alumnos.

X

Actividades Buen trato (Taller) 1er

ciclo

X

X

Actividades Buen trato (Taller) 2do

ciclo

X

X

Actividades SENDA 1er ciclo X

X

Actividades SENDA 2do. ciclo X

X

Feria Buen trato OPD X X

Celebración de fiestas patrias,

actividades de integración alumnos,

profesores, apoderados y personal del colegio.

X

Premio Curso mejor asistencia X X X X X X X X X X

Acto Valor del Mes X X X X X X X X X X

Convivencias internas de todos los

cursos

X

X

Celebración del día del profesor

X

Celebración del día del Asistente de la

educación

X

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR

XVI.-DIFUSIÓN

El presente reglamento interno estará disponible para su revisión en sitio web

institucional www.stls.cl.

Además de cortar con copia física en dependencias de secretaría administrativa, oficina

de dirección y encargada de convivencia escolar. Se entregará la modificación de este

reglamento en primera reunión de apoderados del año en curso, a cada padre y apoderado

del establecimiento en formato digital. Cada apoderado deberá firmar comprobante de

recepción conforme.

130