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Reglamento Interno y Convivencia Escolar. A.- ANTECEDENTES GENERALES Nombre del Establecimiento : Escuela “Carlos Güirao Massif” Rol Base de Datos : Sector Urbano : Urbano Ubicación : Población Maipú Oriente Dirección : Lincoyán Nº 1853 Teléfono : 221809 Email : [email protected] B.-ANTECEDENTES EDUCACIONALES Nivel de Enseñanza : Educación pre básica Educación básica : NB1 a NB6 Tipo de Enseñanza : Mixto Decreto Cooperador de la escuela : Dependencia : Departamento de administración municipal. Nombre Sostenedor : Mario Elvis Vargas Pizarro Escuela de formación deportiva “Carlos Güirao Massif” Lincoyán Nº 1853- fono 221809

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Reglamento Interno y Convivencia Escolar.

A.- ANTECEDENTES GENERALES

Nombre del Establecimiento : Escuela “Carlos Güirao Massif”

Rol Base de Datos : Sector

Urbano : Urbano

Ubicación : Población Maipú Oriente

Dirección : Lincoyán Nº 1853

Teléfono : 221809

Email : [email protected]

B.-ANTECEDENTES EDUCACIONALES

Nivel de Enseñanza : Educación pre básica

Educación básica : NB1 a NB6

Tipo de Enseñanza : Mixto

Decreto Cooperador de la escuela :

Dependencia : Departamento de administración

municipal.

Nombre Sostenedor : Mario Elvis Vargas Pizarro

Escuela de formación deportiva “Carlos Güirao Massif” Lincoyán Nº 1853- fono 221809

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REGLAMENTO INTERNO Y DE CONVIVENCIA ESCOLAR “ESCUELA CARLOS GUIRAO MASSIF”

TÍTULO I: NORMAS DEL PERSONAL Y ORGANIZACIONES FORMALES.

El presente Reglamento Interno y de Convivencia Escolar se aplicará a todo

el Personal Docente y No Docente y Organizaciones Formales de la Unidad Educativa,

identificada como Escuela” Carlos Güirao Massif” y perteneciente al Servicio Municipal

de Educación de Arica.

Este Reglamento Interno y de Convivencia Escolar será obligatorio para los

Alumnos; Personal Docente; Apoderados y Organizaciones formales en la Unidad

Educativa.

Para lo cual se entregará para su conocimiento y toma de razón en el momento

de matrícula y del inicio de las actividades docentes por parte de la dirección del

establecimiento.

Además se contará con otros medios para su difusión tales como: El correo de

la escuela “[email protected]”; página web, entrega de documentos a cada

profesor (CD), consejo general de profesores ; cuenta pública; sala de enlaces y en

reunión de apoderados.

Párrafo 1°: Derechos y deberes generales del personal del establecimiento

educacional.

Artículo1°: Todo el Personal del Establecimiento Educacional Estará Obligado a

respetar y cumplir.

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Las siguientes normas.

1-Realizar el trabajo convenido con el fin de lograr que el establecimiento pueda cumplir adecuadamente los fines y objetivos de la educación, especialmente las jornadas de trabajo que asigne la dirección del establecimiento, de acuerdo a las necesidades curriculares. 2-Realizar personalmente la labor convenida de acuerdo con las normas e instrucciones del ministerio de educación y del empleador, según corresponda. 3-Desempeñar su labor con diligencia y colaborar a la mejor marcha del proceso educacional del establecimiento. 4-Guardar lealtad y respeto hacia el establecimiento donde se desempeña y hacia el empleador y sus representantes. 5-Dar aviso oportuno al Director o quién corresponda, de su ausencia por causa justificada. 6-Cumplir con los Sistemas de Controles y Horarios de Entrada y Salida. 7-Mantener sobriedad y corrección en su Presentación Personal y en el Desempeño de su Función, propias del Personal de un Establecimiento Educacional. 8- Mantener en todo momento relaciones jerárquicas deferentes como: jefes; docentes directivos; docentes propiamente Tales; asistentes de la educación; auxiliares de servicios menores; alumnos y padres-apoderados. 9-Velar por el interés del Establecimiento evitando gastos innecesarios, pérdidas y deterioros, dando aviso oportuno de éstos, al nivel jerárquico correspondiente. 10- Comunicar, dentro de 48 horas de lo sucedido, todo cambio en los antecedentes personales, para ser anotado en el contrato de trabajo, especialmente el cambio de domicilio y alteraciones en la jornada de trabajo. 11-Prestar colaboración, auxilio y ayuda en caso de siniestro o riesgos en el establecimiento. 12-Denunciar los hechos que contravengan la moral y las buenas costumbres.

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13-En caso de accidente escolar el profesor que se encuentre realizando clases con el curso deberá llevar a inspectoría al alumno afectado, mientras se comunica al apoderado para que se acerque al establecimiento para ser llevado al servicio asistencial con el inspector de turno, y estampar lo ocurrido en el Libro de Novedades. Una vez

estando el alumno en atención en el servicio de urgencia el inspector retornará a la unidad

educativa y el alumno se quedará con su apoderado.-

Artículo 2°: Queda prohibido al personal del establecimiento:

1.- Faltar al trabajo o abandonarlo en horas de labor, sin causa justificada o sin debida

autorización.

2.- Suspender ilegalmente las labores o inducir a tales actividades.

3.- Atrasarse reiteradamente a la hora de llegada.

4.- Presentarse al trabajo en estado de intemperancia, bajo la influencia del alcohol, drogas

o estupefacientes.

5.- Causar daño intencionalmente a las instalaciones del establecimiento.

6.- Introducir bebidas alcohólicas, drogas o estupefaciente al establecimiento educacional, o darlas a consumir.

7.- Efectuar comercio dentro del establecimiento sin debida autorización de la jefatura superior.

8.- Utilizar la infraestructura del establecimiento sin autorización superior.

9.- Otorgar certificados de competencia laboral, facultad que solo le asiste al director del establecimiento.

10.- Imponer castigos físicos, psicológicos y morales a los alumnos, como también devolverlos a sus hogares. 11.- Utilizar lenguaje soez en la comunidad escolar.

12.- Hacer proselitismo religioso y / o político al interior del establecimiento.

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Artículo 3°: De la Jornada de Trabajo

La Jornada Ordinaria de Trabajo Semanal, será la que esté estipulada en el

Contrato de Trabajo, distribuidas ordinariamente desde Lunes a Viernes, no pudiendo

está exceder las 44 Horas Cronológicas Semanales. Con todo, las Horas de Trabajo de

Permanencia en el Aula no podrán Exceder las 33 Horas Cronológicas Excluidos los

Recreos. El Horario Restante será destinado a las Labores de : Colaboración;

Complementación y Recreos.

Artículo 4°: La distribución de la carga horaria de los Docentes y Demás Personal

del establecimiento, deberá ser determinada al inicio de todo periodo escolar por el Director del Establecimiento y de acuerdo a las instrucciones que imparta el DAEM

El Establecimiento Educacional Permanecerá abierto el tiempo necesario para poder desarrollar la Jornada de Trabajo.

Artículo 5°: Del control de la asistencia

El Director del establecimiento mantendrá un control de asistencia tanto para dejar constancia de la llegada como de la salida, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley N°18620,código del trabajo.

Derecho a indemnización, a menos que pruebe haber sido contratado en condiciones distintas a las consignadas en el documento descrito.

El Personal que deba ausentarse del Establecimiento durante la Jornada de Trabajo, deberá dejar constancia en el libro de control de asistencia que al efecto, llevará la dirección.

Artículo 6°: Del feriado anual

El personal del Establecimiento Educacional, con más de un año en el servicio

tendrá derecho a un Feriado Anual con Goce integro de Remuneraciones, de acuerdo con

las Normas que al efecto imparta el Ministerio de Educación Pública.

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Los periodos en que el Establecimiento Educacional suspenda actividades durante

un año lectivo o las interrumpa por término de Año Escolar, de acuerdo a las disposiciones

del Calendario Escolar Nacional y/o Regional fijado por el Ministerio de Educación

Pública, darán derecho al Personal Docente a ser remunerado como si estuviera en

actividad considerando que esos días libres son llamados de receso escolar. Los demás

periodos de suspensión de actividades durante el año escolar respectivo no se imputarán al

feriado anual.

Artículo 7°:

A.- De las Licencias

Se entiende por Licencia el periodo en que por razones previstas y protegidas por la

Ley y Legislación Laboral, manteniéndose el vínculo laboral, sin dejar de Pertenecer al

establecimiento Educacional.

Las Licencias son las siguientes:

1) Llamado a Servicio Activo en las Fuerzas Armadas.

2) Licencia por Enfermedad.

3) Licencia de Maternidad.

B.- De las Licencias por Enfermedad

El personal del establecimiento que por enfermedad estuviere imposibilitado para concurrir al trabajo, estará obligado a dar aviso al empleador o a su representante (Director) por sí o por medio de un tercero, dentro de las 48 horas siguientes de sobrevenida la enfermedad.

Fuera de aviso, deberá certificarse la veracidad de lo comunicado, mediante certificado médico y la debida licencia. El empleador podrá cerciorarse en cualquier momento de la existencia de la enfermedad.

Mientras subsista la enfermedad y durante la licencia, el afectado no podrá integrarse a su trabajo.

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C.- De las Licencias de Maternidad

El personal femenino tendrá derecho a una licencia de maternidad que cubrirá un

periodo que se iniciará ( 6 ) seis semanas antes y terminará (12) semanas después de él, con

derecho a subsidio que pagará el fondo nacional de salud o la isapre respectiva.

Equivalente a la totalidad de las imposiciones de previsión y descuentos legales

correspondientes. También debe dar aviso con anterioridad si hará uso del post natal

prolongado con la tramitación correspondiente por parte de la beneficiaria.

El plazo anterior podrá variar por causa de enfermedad debidamente comprobada. el

estado de embarazo deberá comprobarse con certificado médico o matrona.

Artículo 8°:

A.-De los Permisos:

1.-Permiso cuando la salud de su hijo menor de un año requiera de su presencia en

el hogar y siempre que el hecho se acredite, mediante el certificado médico y visto bueno

del servicio que otorga el Subsidio

2.- Dos porciones de tiempo, que en conjunto no podrán exceder a una hora, que se

consideran trabajo efectivamente para los efectos del pago de las remuneraciones, este

tiempo estará destinado a que la madre de alimento a su hijo.

B.- De los Permisos

Se entiende por permiso a la autorización que otorga el empleador o su

representante a un miembro de su personal, para no concurrir a su trabajo o para ausentarse

temporalmente de su lugar de trabajo dentro de la Jornada Laboral.

Los permisos con goce de remuneraciones podrán concederlos al personal a su

cargo el director, fraccionando o dando los días en forma continua, cuando circunstancias

especiales así lo justifiquen, hasta por seis (6) días hábiles en cada año escolar (6 días

administrativos durante el año lectivo).

Para los efectos de solicitar permiso sin goce de remuneraciones el interesado

deberá solicitarlo por escrito, a su jefe inmediato, quien deberá enviarlo informando al

empleador con una anticipación de a lo menos 48 horas.

En caso de que el permiso sea ausentarse dentro de la jornada de trabajo, el jefe

estará facultado para autorizarlo, pudiendo ser solicitado en forma verbal, para lo cual se

dejará constancia.

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Los permisos no podrán compensarse con horas extraordinarias ni imputarse

al feriado anual.

Artículo 9°: Peticiones y Reclamos

Las peticiones que deban formular el personal se plantearán al director del

establecimiento y éste realizará los planteamientos a la dirección del servicio municipal de

educación.

A.- Procedimientos Disciplinarios:

La Infracción a las normas del presente reglamento interno y de convivencia

escolar, el director sancionará al personal que hubiera incurrido en ella, de acuerdo al

siguiente procedimiento:

La Amonestación podrá ser Verbal o Escrita.

La amonestación verbal consiste en una represión privada, que puede hacer personalmente el director a un miembro del personal del establecimiento o el superior jerárquico.

La amonestación escrita consiste en una reprensión escrita, dejando constancia de ello en la hoja de vida del personal respectivo.

Artículo10°: El afectado podrá también solicitar la reconsideración de la medida tomada al empleador, dentro del plazo de cinco días hábiles, de su notificación.

El empleador resolverá esta petición dentro del plazo de 10 días hábiles, si el empleador no resolviere dentro del plazo estipulado, se entenderá rechazada la petición de reconsideración.

Artículo 11°: De las Subrogancias y Reemplazos:

Subrogancia es el remplazo automático del Director, Jefe de la Unidad Técnica pedagógica, orientadora que este impedido para desempeñar sus funciones por cualquier causa.

A.-Reemplazo es la sustitución de un docente de aula, personal administrativo y auxiliar de servicios menores y serenos, por otro que asume total o parcialmente las funciones por cualquier causa.

El reemplazo opera para los cargos en que el empleador lo estime indispensable, para la buena marcha del establecimiento educacional.

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B.-Subrogarán al director; inspector general, el jefe de la unidad técnica pedagógica; la orientadora y a ésta el docente que tenga la mayor idoneidad y prestancia dentro del establecimiento.

1. Reintegro del reemplazo o subrogado al cargo objeto del reemplazo o subrogancia.

2. Retorno del reemplazante a su cargo titular.

3. Nombramiento del reemplazante o subrogante como titular del cargo.

4. Por designación de otro personal como reemplazante.

5. Nombramiento de otro personal como titular del cargo reemplazado o subrogado.

D.-Los reemplazos con personal que no se desempeñe en el Establecimiento se efectuará en la medida que el empleador lo estime conveniente, para la buena marcha del Establecimiento.

Párrafo 2°: De los objetivos del Establecimiento.

Artículo 12°: A.- El objetivo del establecimiento es impartir educación pre-básica y básica, conforme a lo establecido en el decreto exento n° 3816 de fecha: 03.09.81 y sus modificaciones.

B.- El establecimiento educacional se inspira en una concepción humanista del hombre, a cuyo servicio está la ciencia y la tecnología.

C.- La unidad educativa se basa, respeta y cumple con los principios específicos, objetivo de aprendizaje y con los objetivo específicos que orientan la educación pre básica y general básica.

Párrafo 3°: De los Principios del Establecimiento

La constitución política y la ley general de educación de enseñanza establecen los siguientes principios que norma la política educacional del gobierno de chile.

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Artículo 13°: Los Principios Orientadores son

1-El Derecho a la Educación. 2-La Libertad de Enseñanza. 3-El Carácter Permanente de la Educación. 4-El derecho de los padres a educar a sus hijos y a escoger el establecimiento de enseñanza en que ello ocurra. 5-El Deber de los Padres a Educar a sus Hijos. 6-La Obligatoriedad de la Educación Básica. 7-La responsabilidad del estado limitada a financiar un sistema gratuito que haga posible el acceso a la educación obligatoria. responsabilidad ampliada al fomento de la educación, la ciencia, la cultura y a la protección e incremento del patrimonio cultural. 8-La responsabilidad de la comunidad educativa en el desarrollo y perfeccionamiento de la educación. 9-El carácter no partidista de la enseñanza reconocida oficialmente.

Artículo 14°: De los Principios de Acción

Los Principios de Acción son:

1-Renovación continua, no debe regularse y sistematizarse dentro de una sociedad en plena

evolución.

2-Cambio, Planificado, los cambios se deben de realizar de acuerdo a las etapas previstas

en un sistema para toda planificación

3-Subsidiaridad, el Estado debe reconocer y apoyar la función educativa de la sociedad en

su conjunto, manteniendo sólo el control necesario para la salvaguardia de los interese

públicos.

4-Educación Permanente, es la educación concebida como actividad que se extiende a lo

largo de la vida de la persona, respondiendo a imperativos y modalidades distintas de

acuerdo con el interés, las actitudes y edad del educando.

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Artículo 15°: De la Estructura Organizacional

El establecimiento depende directamente del departamento de administración municipal educacional Arica (DAEM), se encuentra estructurado en distintos niveles, considerando las normativas legales vigentes al respecto.

a) Un nivel de dirección técnica-administrativo que corresponde:

1.-Director del establecimiento, un inspector general.-

b) Un nivel de planificación y supervisión técnica que corresponde;

1- Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica.

2-Orientadora.

3-Encargado Grupo Diferencial.

4-Gestionador Proyecto Integración P.I.E.

5- Coordinador de Enlace.

6- Coordinador CRA.

c) Un Nivel de Coordinación

1.- Consejos Técnicos –Pedagógicos.

2.- Consejos Administrativos.

3.- Consejo Escolar.

d) Además el establecimiento contempla en su estructura organizacional, una unidad de apoyo a la labor educativa, que es la de servicios menores, auxiliares y serenos, está depende del director del establecimiento a través de inspectoría general.

Párrafo 4°: De las competencias y funciones del personal Docente A- Docente es el profesor titulado como tal o autorizado en conformidad a la ley “marco para la buena enseñanza” que tiene a su cargo el desempeño de funciones docente de acuerdo con los fines y los objetivos de la educación del establecimiento, de su curso y especialidad o asignatura.

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B- En el establecimiento se distinguen los siguientes docentes: docentes directivos y docentes propiamente tales. dentro de los primeros tenemos que distinguir las cualidades de: director, inspector general, orientadora y jefe de unidad técnica pedagógica. C.-El director, es el docente que como jefe y primer supervisor de la unidad educativa, es el responsable de la dirección, organización y funcionamiento del mismo. de acuerdo a las normas legales reglamentarias vigentes “marco para la buena dirección” y su cargo se proveerá de conformidad a la ley.

Perfil de Competencias Funcionales del Director:

1.- Responsable del Funcionamiento y resultado del Establecimiento a cargo, informando a toda la comunidad educativa de los resultados de su gestión. 2.- Establecer los referentes estratégicos Institucionales.

3.-Seleccionar y administrar información relevante, generando un sistema de comunicación fluida y eficaz. 4.- Propiciar un clima de trabajo que favorezca todas las relaciones humanas, para facilitar el aprendizaje organizacional. 5.- Generar condiciones institucionales que permitan realizar en forma adecuada la elección, evaluación y desarrollo del personal del establecimiento. 6.- Gestionar la organización y participación de los profesores, estudiantes y familias con el entorno del establecimiento. 7.- Articular e Implementar una planificación estratégica que sea compartida y apoyada por toda la comunidad educativa y el entorno. 8.- Hacer seguimiento del cumplimiento de las metas y objetivos de la institución con el fin de elevar los estándares de logro de los estudiantes. 9.- Implementar estrategias de mejoramiento del desempeño profesional y humano de los docentes, con el fin de potenciar el proceso de enseñanza y aprendizaje.

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10.- Organizar los Recursos Físicos y Financieros y apoyar el logro de las metas y prioridades del establecimiento. 11.- Asegurar que la administración y control financiero sean efectivos y faciliten la mejora de los resultados del establecimiento. 12.- Comunicar efectivamente las principales actividades del Establecimiento

13.- Participar en las actividades formales al interior o exterior del establecimiento en representación de la Institución.

Perfil de Competencias Funcionales de la Unidad Técnica: Jefe de U.T.P – Orientadora

1.- Coordinar, implementar, evaluar y optimizar el proceso de evaluación del desempeño docente. 2.- Supervisar la Implementación de los programas de aula. 3.- Supervisar la plena cobertura de los programas del establecimiento, para el logro de los aprendizajes significativos. 4.- Coordinar las actividades curriculares para que se alineen con los objetivos del P.E.I. 5.- Verificar la aplicación efectiva de las adecuaciones curriculares para estudiantes con necesidades educativas especiales. 6.- Alinear el currículo con los valores declarados en el proyecto educativo institucional. 7.- Asegurar la calidad de las estrategias didácticas en el aula. 8.- Asesorar a los profesores en la aplicación de estrategias de manejo grupal que permitan desarrollar clases efectivas.

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9.- Diseñar, coordinar, implementar y evaluar proyectos de innovación educativa, los cuales articulen eficientemente los recursos humanos y materiales para transformar y mejorar las prácticas pedagógicas. 10.- Organizar las actividades del área, determinando objetivos y metas claras alineadas con las de la institución. 11.- Organizar los recursos, implementando sistemas y procedimientos tendientes a mejorar el desempeño y los procesos de aprendizaje de las asignaturas con los objetivos del proyecto técnico pedagógico del establecimiento. 12.- Coordinar las acciones de evaluar, orientar, derivar y hacer seguimiento a los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales, dificultades de rendimiento o alguna adaptación escolar. 13.- Elaborar y gestionar proyectos de mejoramiento. 14.- Diagnosticar, planificar, ejecutar y evaluar las actividades de orientación vocacional y atender problemas de orientación a nivel grupal e individual. 15.- Asegurar la disponibilidad de recursos pedagógicos a los docentes. 16.- Generar en los apoderados una actitud comprometida con los valores e involucrarlos en todas las actividades y proceso educativo de la Institución. 17.- Coordinar aspectos administrativos y operativos de las asignaturas para apoyar el proceso de enseñanza. 18.- Ejecutar u evaluar proyectos de vida saludable, así como de promoción de valores comportamientos que permitan a los estudiantes hacerse cargo de su autocuidado. 19.- Coordinar y supervisar el trabajo académico y administrativo de los profesores jefes y de todas las asignaturas, con los objetivos de la propuesta curricular de la unidad educativa. 20.- Implementar planes de acción preventivos y de desarrollo para los estudiantes y también para sus familias.

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Perfil de Competencias Funcionales de Educadoras y Profesores.

1.- Realizar las tareas de : registro, ingreso, organización actualización y entrega de toda la información necesaria y pertinente para el buen desarrollo del proceso curricular. 2.- Crear un Clima de Trabajo y Articular el espacio y las Relaciones Interpersonales, de modo tal que los estudiantes se sientan motivados e interesados en aprender. 3.- Diseñar la Enseñanza ordenando las Actividades en un plazo determinado, con el fin de alcanzar los objetivos del programa de la asignatura, de acuerdo al nivel en el que se trabaja. 4.- Programar, coordinar y comunicar eficientemente las diversas actividades de todos los Estudiantes de su curso, facilitando su Desarrollo Personal y Académico, en una forma conjunta con los Diferentes Apoyos que desarrolla el Establecimiento y en estrecha Comunicación con los Padres y Apoderados. 5.- Mantener actualizada la información académica de los estudiantes e informado a todo el equipo directivo del estado de avance del proceso, tomando decisiones para mejorar los aprendizajes. 6.- Determinar el nivel de logro de los aprendizajes, con el propósito de poder tomar las decisiones que permitan instalar aprendizajes significativos. 7.- Analizar la Información y acciones remediales para tomar decisiones con el fin de mejorar los procesos y todos los resultados. 8.- Presentar la información a todos los estudiantes, de manera que les haga sentido, les interese, les sea fácil de recordar y aplicar a situaciones nuevas, logrando un aprendizaje significativo. 9.- Reformular constantemente las metodologías de trabajo, con el fin de lograr que los estudiantes aprendan.

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10.- Generar en los niños y niñas una identidad y una actitud comprometida con los valores y actividades de la institución. 11.- Ejecutar y evaluar proyectos de vida saludable, así como de promoción de valores y comportamientos que permitan a los estudiantes hacerse cargo de su autocuidado. 12.- Generar en los apoderados una actitud comprometida con los valores y actividades de la institución. 13.- Organizar y programar actividades de la clase de acuerdo, a los objetivos de las asignaturas-.

Perfil de Competencias Funcionales de Profesores CRA – Enlaces y Talleres JEC.

1.- Promover el uso dinámico de todos los soportes informativos digitales. 2.- Organizar los procesos de la Biblioteca de modo tal que permitan a los usuarios el acceso y uso autónomo de la información. 3.- Formar a los estudiantes como usuarios autónomos de la Biblioteca. 4.- Organizar, promover y liderar actividades, actos y campañas escolares. 5.- Diseñar y ejecutar Proyectos de innovación educativa, que permitan apoyar el proceso de enseñanza – aprendizaje.

Perfil de Competencias Funcionales de Profesores Grupo Diferencial e Integración.

1.- Evaluar capacidades de aprendizaje y determinar la presencia de dificultades de aprendizaje, su naturaleza y procedimientos de intervención psicopedagógica.

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2.- Atender estudiantes que presentan diferentes tipos de Necesidades Educativas Especiales con los profesionales de apoyo correspondientes, ya sea fonoaudiólogo, sicólogo psicopedagogos y aplicar programas de intervención en conjunto con los profesores de aula. 3.- Programar, coordinar y comunicar eficientemente las diversas actividades de todos los estudiantes del curso, facilitando su desarrollo personal y académico, en conjunto con los diferentes apoyos que presta el establecimiento y en estrecha comunicación con los padres y apoderados. 4.- Realizar las gestiones pertinentes para el ingreso y / o egreso de los estudiantes de acuerdo y a las necesidades especiales presentadas y trabajadas en el proyecto de integración (PIE) del establecimiento.

Perfil de Competencias Funcionales y Conductuales del Personal de Servicios Menores

1.- Mantener el aseo y orden en todas las dependencias del establecimiento. 2.- Desempeñar cuando proceda, funciones de portero del establecimiento. 3.- Retirar, repartir y franquear mensajes, correspondencia y otros similares. 4.- Ejecutar reparaciones, restauraciones e instalaciones menores que se les encomiende. 5.- Cuidar y responsabilizarse del aseo, conservación de herramientas y maquinarias que se le hubieran asignado. 6.- Desempeñar cuando la situación lo amerite, la función de cuidador nocturno o sereno del establecimiento educacional. 7.- Ejecutar encargos debidamente avisados por la autoridad respectiva del establecimiento educacional.

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8.- Cumplir tareas que le encomiende el director, como la de impresión de material didáctico y otros de análoga naturaleza. 9.- Cancelar oportunamente cuando ocupe la casa del establecimiento, los consumos básicos, responsabilizándose de su conservación, mantención y reparación de la misma.

Perfil de Competencias Conductuales de los Directivos Docentes

1.- Capacitar para mantener una orientación y desempeño profesional que refleje el esfuerzo por hacer sus tareas con eficiencia y calidad. 2.- Articular los recursos personales de los miembros del equipo de trabajo, para que actúen con eficiencia y efectividad en situaciones profesionales, de acuerdo a las metas del establecimiento. 3.- Comprometerse en el Cumplimiento de las tareas encomendadas. 4.- Generar relaciones que promuevan un ambiente de trabajo cordial, colaborativo y cooperativo.

Perfil de Competencias Conductuales de Docentes y Profesionales de Apoyo

1.- Influir en la cultura de establecimiento actuando en forma coherente tanto con los valores del proyecto educativo institucional y como los principios declarados en el estatuto docente. 2.- Mantener una orientación y un desempeño profesional que refleje el esfuerzo por hacer sus tareas con eficiencias y calidad. 3.- Descubrir, asimilar y compartir nuevos conocimientos potenciando su desarrollo personal y profesional.

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4.- Motivar y comprometerse activamente a los estudiantes con su proceso de aprendizaje y las actividades del Establecimiento, promoviendo para ello el alcanzar metas planteadas. 5.- Cumplir y comprometerse con las tareas encomendadas. 6.- Generar relaciones que promuevan un ambiente de trabajo cordial, colaborativo y cooperativo. 7.- Facilitar el logro de acuerdos que cuenten con el apoyo y aprobación de todos los involucrados. 8.- Trabajar en forma efectiva e interrelacionada mente para alcanzar los objetivos de la Unidad Educativa. 9.- Realizar oportunamente los ajustes necesarios en los objetivos y metas con el fin de mantener el nivel de eficiencia. 10.- Declarar en forma oportuna y con honestidad lo que se piensa y siente cuidando la relación con los otros. 11.- Formular activamente nuevos planteamientos que se adelanten a los cambios del entorno, tomando decisiones oportunas con criterio propio.

Párrafo 5°: De los Equipos de Trabajo y Consejos

A.- Del Equipo Directivo y de Gestión:

Artículo 16°: Equipo directivo estará integrado por:

-El director que lo presidirá

-Inspector general

-Jefe de la unidad técnica pedagógica

-Orientador (a)

El director podrá incorporar a otros docentes, cuando la situación lo amerite.

Artículo 17°: El equipo directivo y de gestión es el organismo encargado de asesorar a la dirección en las siguientes funciones:

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-Programación, supervisión y coordinación de las actividades generales del establecimiento. -Estudio de las disposiciones del nivel central o regional, para su mejor aplicación. -Estudio de Iniciativas Creadoras en Beneficio de la Comunidad Escolar. -Estudio de Problemas de Tipo General que Afecten al Establecimiento. -Estudio de Evaluaciones Generales y de Evaluaciones Parciales de Interés General.

B.- De los Consejos de Profesores. Artículo 18°: Los consejos de profesores son organismos asesores de la dirección. estarán presididos por el director, quién podrá delegar funciones en los casos y formas que señale al presente reglamento interno. Artículo 19°: Funcionarán los siguientes Tipos de Consejos: -Consejo General de Profesores. -Consejos Técnicos y de Equipo de Gestión. -Consejos de Disciplina.

Artículo 20°: Cada Consejo tendrá un secretario, designado por el director, quién llevará el libro de actas correspondiente y formará un archivo con el material que interese al consejo o se produzca en él. Artículo 21°: Corresponde a los consejos de profesores, en términos generales: -Cooperar con la dirección en el desarrollo de las actividades educativas -Promover el perfeccionamiento profesional de sus integrantes. -Analizar el rendimiento a los alumnos y recomendar procedimientos o normas, para contribuir al mejor desarrollo de proceso educativo.

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Artículo 22º : El Funcionamiento de los consejos de profesores, se originarán por las siguientes disposiciones generales: -Habrá Consejos Ordinarios y Extraordinarios. -Los Ordinarios se realizarán en las ocasiones que señale el presente reglamento interno. -Los Extraordinarios se realizarán por determinación del director. -Los Consejos se realizarán dentro de las horas normales de actividad del establecimiento. Sólo en casos excepcionales funcionarán durante el desarrollo de las horas de clases. -Los consejos serán convocados de acuerdo a la programación contemplada y por escrito en forma oportuna, salvo fuerza mayor, cuando la situación lo amerite. -La Asistencia a los consejos es obligatoria, dentro de la jornada de trabajo. Artículo 23°: El Consejo de profesores, estará integrado por todos los profesores del establecimiento. Artículo 24°: Se deberá Realizar en forma ordinaria las siguientes sesiones: -Una, de organización y programación general, al inicio del año escolar. -Una, de programación y estudio, al iniciarse el segundo semestre. -Una, de evaluación final, al término del año escolar. Artículo 25°: Corresponde al consejo general de profesores: -Tomar Conocimiento de la Planificación que presenta el Director, estudiarla y proponer la modificaciones que considere necesarias. -Proponer e impulsar medidas que promuevan el perfeccionamiento del proceso educativo. -Estudiar problemas especiales de desadaptación al medio escolar de algún alumno o de grupos de alumnos que produzcan o puedan producir un efecto general y proponer medidas para dar la solución adecuada.

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Artículo 26°: C.- Consejos Escolares El Consejo Escolar estará integrado, a lo menos por: -El Director del Establecimiento ( que lo presidirá) -El Sostenedor o un Representante Designado por él. -Un Docente elegido por los Profesores del Establecimiento -Representante del centro de padres y apoderados -Representante del centro de alumnos del colegio

El consejo escolar tendrá la función de escuchar, acoger y responder, desde su rol, a los estatutos de la comunidad escolar. Intercambiar estamentalmente materias de interés común de la comunidad escolar; proponer al equipo de gestión necesidades y / o sugerencias a incorporar en planes de mejoramiento. Cautelar el logro de compromisos y metas de gestión.

Será constructor y corresponsable de los logros de aprendizaje y la calidad de

la educación que existe en el establecimiento educacional. El Consejo Escolar será el vehículo para dar a conocer y analizar la inquietudes, necesidades y sugerencias de cada estamento.

Párrafo 6°: De las Organizaciones de Padres y Apoderados

Artículo 27°: El centro de padres y apoderados es el organismo colaborador del establecimiento educacional, para alcanzar los objetivos de la enseñanza pre – básica y básica. El centro de padres es el organismo que representa a los padres y apoderados, ante las autoridades del establecimiento educacional.

Sus Principales Objetivos Son:

a) Vincular estrechamente el hogar de los alumnos con la unidad educativa y proponer a través de sus miembros, a que se mantengan y perfeccionen los hábitos, aptitudes e ideales que hacen posible su educación.

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b) Apoyar la Labor del Establecimiento, interesándose por su prestigio moral y prosperidad material. c) Proponer y patrocinar ante las autoridades de la unidad educativa, iniciativas en beneficio de la educación de los alumnos. d) Interesar a sus miembros para dar una mejor educación para sus hijos o pupilos, y capacitarlos para ello, mediante actividades adecuadas de perfeccionamiento en los aspectos familiar, moral; educacional y cívico – social. e) Orientar sus recursos económicos, para implementar el establecimiento de material didáctico u otras necesidades para mejorar la calidad de la educación. Para tal efecto la directiva del centro general de padres, organizará actividades tendientes a reunir fondos, como también acordará el pago de cuota voluntaria. El centro general de padres se regirá a los menos por las siguientes normas:

A) Será dirigido por un directorio compuesto por tres personas como mínimo y el director del establecimiento por derecho propio o las personas que éste designe, en calidad de asesor con derecho a voz y voto. El directorio deberá sesionar, ordinariamente a lo menos dos veces al año.

B) El Directorio se generará directamente en Asamblea General, en la elección bianual de la directiva y del mismo modo se procederá para los efectos de reemplazar a alguno de sus miembros.

C) La elección es bianual, de manera democrática y organizada.-

Artículo 28°: El sub – centro de padres y apoderados de curso, es el organismo formado por todos los apoderados o padres de un mismo curso, cuyo objetivo fundamental es vincular estrechamente el hogar con la unidad educativa, apoyando y colaborando con el proceso enseñanza– aprendizaje de sus hijos o pupilos.

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INTRODUCCIÓN

La convivencia escolar al interior de la escuela cumple una función orientadora para todos los actores educativos, dirigida de manera especial a la formación valórica de los alumnos. Hablar de convivencia es un aprender a vivir juntos ha sido planteado por la unesco, como uno de los pilares de la educación en el siglo XXI.- Aprender a vivir juntos constituye la base de la convivencia escolar y a la vez el sustento de la construcción de una ciudadanía inclusiva, en paz participativa y solidaria fundamentos del entendimiento entre las personas y los pueblos que se establece en la Ley 20370 Ley General de Educación y que debe ser conocida y aplicada `por toda la comunidad educativa.- Por lo que la comunidad educativas debe siempre hacer esfuerzos por mejorar el ambiente de la vida escolar, dándole un sentido de convivencia humana. Esto permitirá, sin lugar a dudas mejorar las relaciones que se den al interior del colegio.

Entendemos como una buena Convivencia Escolar como la “coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes” (Ley General de Educación 20536 que modifica la Ley 20370 General de Educación en el Art. 16ºA).- El profesor será siempre un verdadero ejemplo en todas las instancias del quehacer educativo de manera permanente, manteniendo una imagen acorde a sus funciones y roles formativos para el cual ha sido preparado.-.

Los estilos de interrelación que se dan entre los actores educativos, la presencia o ausencia del afecto en el trato; la manera de abordar situaciones de sanción; la mayor o menor posibilidad de expresarse que tienen los alumnos, apoderados y miembros de la comunidad educativa; la apertura de los espacios de la escuela para actividades no programadas de alumnos; la acogida o rechazo a sus propuestas o inquietudes, etc. Todos estos aspectos señalados son factores que hacen la vida cotidiana de un colegio, lo cual van dando forma y calidad a la convivencia y serán elementos que incidirán fuertemente en su proceso de enseñanza – aprendizaje.

La Nuevas Bases Curriculares pone énfasis en una Educación de calidad para todos, en un marco de igualdad de oportunidades que están expresados en los Objetivos de Aprendizajes, que dicen relación a los niveles de conocimientos, habilidades y destrezas; y los Objetivos de Aprendizajes Transversales, que apuntan a la formación valórica, ética y socio-afectiva de los alumnos. Esta dimensión es la base para la formación ciudadana, constituyendo el pilar de una convivencia democrática y pacífica.

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Por otra parte, los apoderados o padres de familia son el soporte de la escuela; entonces la participación como familia es considerada muy importante y muy significativa en la formación socializadora de los niños, apoyando en las iniciativas de la escuela, tendiente a superar dificultades, tanto en la convivencia diaria, como en el plano espiritual, haciendo de nuestros alumnos, futuros ciudadanos útiles a la sociedad. Este Reglamento de “Convivencia Escolar” es válido y obligatorio para toda la comunidad educativa “Carlos Guirao Massif: Cuerpo de Profesores, alumnos apoderados, personal de servicios menores y asistentes de la educación.

Al elaborar con participación de todos los estamentos y luego de aprobado este reglamento de convivencia escolar se ha hecho de acuerdo al nuevo enfoque que da las políticas del Ministerio de Educación, es decir, un nuevo sentido de convivencia pacífica y democrática, lo cual la escuela Carlos Guirao Massif, acepta y hace suya las normas legales vigentes que están en sus diferentes partes de este reglamento, por ende la Comunidad Educativa; profesores , administrativos, auxiliares, se comprometen a ser parte de este reglamento que ayudará a mejorar el funcionamiento del establecimiento.-

Se deja establecido que este reglamento de convivencia escolar, podrá mejorarse en el tiempo, el cual se revisará anualmente para sus modificaciones si es necesario, previo al periodo de matrícula. Como todo reglamento de convivencia éste señala claramente el actuar de todos sus integrantes, dando énfasis a los aspectos relacionados con los deberes y derechos de los alumnos y de los apoderados de la escuela.

La Dirección del Establecimiento, como también los diferentes estamentos, velarán para que se cumpla el propósito y objetivos de este reglamento, haciéndolos sentir partícipes con su esfuerzo común y constructivo, fundamentado en valores: verdad, justicia, perseverancia, solidaridad, respeto al otro, respeto al entorno natural y social.

TITULO I: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º : El presente Reglamento de Convivencia se aplicará al alumnado de

nuestro establecimiento tomando conocimiento los apoderados en su aplicación, ya que ellos deciden libremente el ingreso de sus hijos a nuestra Unidad educativa, “Escuela de formación deportiva Carlos Guirao Massif”, perteneciente a la Departamento de Administración de Educación Municipal de Arica (DAEM).

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Artículo 2º: Este Reglamento de Convivencia será obligatorio para los alumnos,

Apoderados, profesores, asistentes de la educación, auxiliares y toda la comunidad

educativa , desde el momento que voluntaria y expresamente deciden ingresar a esta unidad

educativa, cuya misión impregna la formación del servicio educativo.

MISION DE LA ESCUELA

“La Escuela "Carlos Güirao Massif “, entrega una educación que les permita a sus alumnos la autonomía e independencia personal y la efectiva participación ciudadana, a través de desarrollar en ellos competencias cognitivas, de acuerdo a sus potencialidades. Además de vivencias valóricas donde se cultive la solidaridad, tolerancia y respeto a la diversidad. Todo esto en un ambiente armónico, integrando cada vez más a la familia que como núcleo de la sociedad deberá cultivar los valores sociales como el amor, la verdad, la libertad, la justicia. Todo lo anterior pretende guiar y orientar los intereses y aptitudes de sus educando para la continuidad de sus estudios que colaborara luego a la inserción significativa al mundo laboral. TITULO

II: DE LOS OBJETIVOS, ORGANIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO

En coherencia con el PEI, la misión y los Objetivos de Aprendizajes Transversales que

promueve la Reforma Educacional, los valores que el establecimiento fortalecerá para el

desarrollo integral de los alumnos son:

Alumnos responsables de sus deberes y derechos. Alumnos solidarios, creativos, participativos, alegres y

amistosos, etc. Alumnos espontáneos y entusiastas, tolerantes, regidos por el

amor, la belleza y la justicia Alumnos que practiquen la fraternidad en el ambiente donde

viven, con capacidad para resolver problemas y conflictos de la vida cotidiana

Que utilicen un lenguaje y trato adecuado hacia sus profesores, padres de familia pares y comunidad en general.-

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TITULO III: DE LOS FINES DE LA EDUCACIÓN

Artículo 3º: La Unidad Educativa, respeta y cumple con los principios de la educación, objetivos generales, objetivos transversales y con los objetivos específicos que orientan la educación general básica y la educación parvulario y la educación de alumnos con necesidades especiales. Todo esto lo desarrolla en un ambiente de convivencia y comportamiento que permita lograr sus fines educativos.

FINES DE LA ESCUELA

Entregar una educación de calidad con equidad

Dar una educación de carácter constructivista y Humanista

Una educación para la práctica de la autonomía, libertad y responsabilidad.

Ofrecer participación a toda la comunidad en actividades propias de

apoderados, como ser recreativas, convivencias, talleres, etc.

Ofrecer una gestión organizada para el CC.PP. y apoderados

Entregar a los niños oportunidades para el ingreso a programas de

asistencialidad: alimentación, becas, salud escolar, redes de apoyo en

salud mental, etc.

Contribuir a la formación de valores para propiciar un estilo de vida acorde

a pautas sociales que le permitirán ser mejor persona.

Identificar sus derechos, deberes, y los límites establecidos dentro de los

cuales les está permitido actuar.

Desarrollar la capacidad de responsabilizarse de sus propios actos

asumiendo las consecuencias de ellos

Valorar a sus pares y a las demás personas, respetando su individualidad, sin

discriminación de ninguna índole. Desarrollar la autodisciplina y la autonomía en

función de los valores internalizados.-

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TITULO IV: DE LAS NORMAS DE FUNCIONALIDAD DE LA ESCUELA

Artículo 4º: El establecimiento tendrá el siguiente horario de funcionamiento, clases, dos recreos de 15 minutos cada uno, desayunos, almuerzos, colaciones. 07:30 15:30

08:00 a 15:30 Clases 13:00 a 13:45 Almuerzo 09:30 Tercera Colación: Básica 15:00 Pre básica JEC Artículo 5º: Para que un alumno sea matriculado en el establecimiento, deberá presentar los siguientes documentos: Certificado de estudios del último año, certificado de nacimiento y documentos anexos si es que el alumno pertenece a PIE (proyecto de integración escolar).-

Artículo 6º: La regulación de las inasistencias y permisos se realizará de la siguiente manera: Los alumnos deben asistir puntualmente a todas las clases del plan de estudio del respectivo curso y a toda otra actividad escolar derivada, que sea previamente citado. El requisito de asistencia está regulado por las normas de evaluación y promoción escolar que establece el ministerio de educación. Como así también para realizar retiro del alumno por diferentes motivos (permiso médico, urgencia familiar y/o accidente en el colegio) deberá realizarlo el apoderado titular o suplente en la oficina de inspectoría general consignado las razones o motivos para ello en el libro de salida.-

Artículo 7º:La asistencia de los alumnos a otras actividades organizadas por el establecimiento, se informará por Libreta de Comunicaciones y será obligatoria, sólo en aquellas situaciones en que la dirección o el profesor jefe así lo determinen.

Artículo 8º: La asistencia a clases es un requisito para ser promovido de curso y el porcentaje requerido está establecido en las disposiciones emanadas

del Ministerio de Educación: 85% asistencia.

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Artículo 9º: Las inasistencias serán justificadas por el apoderado en inspectoría general

personalmente, y presentar certificado médico, si la situación lo amerita. Si las inasistencias se manifiestan en forma reiterada se citará al apoderado, quién

deberá concurrir a informarse para ajustarse a las normas que el reglamento

establece.-

Artículo 10º:La inasistencia a pruebas, controles, interrogaciones, trabajos prácticos, etc., se realizará de acuerdo al Reglamento de Evaluación, los cuales en estos casos los alumnos serán evaluados una vez que se reintegre a clases. Artículo 11º:La asignatura de Religión es optativo para los alumnos; los apoderados resolverán sobre esta opción en el momento de la matrícula en forma escrita (encuesta al apoderado), previo acuerdo con el profesor jefe y/o con el profesor de la asignatura que corresponda. Los alumnos deberán quedarse dentro de la sala de clases realizando otra labor.- Artículo 12º: El uso del uniforme escolar es obligatorio, aprobado con fecha 28 de Junio del año 2005, con acuerdo de los distintos estamentos de la unidad educativa: Consejo escolar, EGE, consejo de profesores, sub-centro de padres, y del centro general de padres y apoderados según decreto supremo nº 161, de educación de 1979,que el ministerio de educación cada vez más respalda la gestión autónomas de las escuelas y el rol que puedan asumir sus estamentos frente al proceso de decisiones al interior de los mismos.-

Artículo 13º: El uniforme escolar tendrá las siguientes características: -Varones: Pantalón azul marino, camisa blanca, corbata de la escuela y zapatos negros. No se permite modificar el uniforme. -Damas : Falda cuadrille azul, blusa blanca, calcetas blancas, corbata de escuela y zapatos negros. La falda 5 cms. sobre la rodilla. Aprobado por los Estamentos del Establecimiento y por el Consejo Escolar. Artículo 14º: El alumno deberá demostrar en toda circunstancia y lugar una presentación personal acorde a su calidad de estudiante, dentro y fuera del Establecimiento.

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Artículo 15º: El alumno debe tener hábitos de limpieza y de orden: pelo corto o corte escolar sin pasar del cuello de la camisa y mitad de la oreja y limpio, vestuario bien tenido y los zapatos lustrados. Así mismo, los alumnos, damas o varones no podrán usar en la escuela, collares, anillos, pìrcing en la nariz etc. Las alumnas podrán usar aros pequeños, sin maquillaje, ni esmaltes en las uñas. El pelo ordenado y limpio con cintillo blanco, moño o media cola.

Artículo 16º: El uso del equipo de gimnasia y buzo del colegio es obligatorio, aprobado con fecha 28 de junio del año 2005, por el consejo de profesores,

consejo escolar, ege y de acuerdo la normativa vigente del decreto

supremo nº 161 de educación 1979, en sus art. nº 1º,2º los directores de

los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media que cuenten con

reconocimiento oficial podrán con acuerdo del respectivo centro general de padres y

apoderados, consejo de profesores y posible consulta al centro de alumnos si es que

procede establecer el uso obligatorio del uniforme

escolar.- art. nº 3ºen caso que por razones de excepción, debidamente

justificados por los padres y apoderados, podrán eximir a los alumnos por un

determinado tiempo el uso total o parcial del uniforme escolar, señalado en el

art. nº 1º del presente decreto.-

Artículo 17º: Se establece el equipo de actividades deportivas de acuerdo a las siguientes características: Damas y Varones

- Short azul - Polera azul rey con cuello amarillo - Buzo del Colegio constituido por pantalón azul rey y polera

azul rey y/o buzo de color azul rey. Aprobado por del establecimiento y por el consejo escolar los estamentos. El uso del buzo escolar se autoriza sólo para el día que corresponda clases de educación física o para representar a la escuela en actividades deportivas o recreativas. Artículo 18º: En caso que un alumno tenga problemas respecto al uniforme escolar: Buzo o equipo de Gimnasia, el apoderado debe dirigirse al Director para analizar su situación y el alumno asista regularmente y sin inconvenientes a clases.

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Artículo 19º: Estudiantes embarazadas, de acuerdo al decreto 79 del ministerio de educación y a la ley general de educación en su artículo 11º se debe considerar lo siguiente: -Al ingresar y permanecer en los colegios (E. Básica o Media), con las facilidades académicas que le deben otorgar los establecimientos en que están educándose. -Los mismos derechos que otros estudiantes en relación a su ingreso o permanencia en los colegios, no pudiendo ser discriminados de ninguna forma, en especial mediante cambio de establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula, negación de matrícula, suspensión u otro similar. -El embarazo o maternidad de una alumna no puede ser argumento para cambios de jornada o a curso paralelo, salvo que ésta exprese su deseo de hacerlo lo cual debe estar por escrito en un certificado por un profesional competente.- -Las autoridades y el personal de los colegios deberán tener respeto por la situación por la situación de embarazo o maternidad de las alumnas.

-La dirección del colegio deberá otorgar las facilidades necesarias para que las alumnas asistan a sus controles médicos prenatales y post natales, así como a los que requiera su hijo/a.-

-En caso que el uniforme sea obligatorio, la alumna en situación de embarazo tiene derecho a adaptarlo a sus necesidades.-

-Las alumnas tienen derecho a participar en todas las organizaciones estudiantiles, así como en las ceremonias donde participen los otros alumnos(as) -El Reglamento del seguro escolar, será aplicable a las alumnas en situación de embarazo o maternidad. -Las alumnas tienen derecho a participar en todas las organizaciones estudiantiles, así como a ceremonias donde participen los otros alumnos y alumnas. Asimismo, podrán participar en todas las actividades extra programáticas realizadas al interior o exterior del colegio, con las excepciones derivadas de indicación médica.

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-Las alumnas embarazadas deberán asistir a clases de Educación Física en forma regular, pudiendo ser evaluadas de forma diferencial o ser eximidas en los casos que por razones de salud así proceda. Las alumnas que hayan sido madres estarán eximidas de Educación Física hasta fines del puerperio. Así mismo, en casos calificados podrán ser eximidas por recomendación de su médico tratante. -Las alumnas en estado de embarazo o maternidad serán sometidas a los procedimientos de evaluación establecidos por el colegio sin el prejuicio que los docentes directivos les otorguen facilidades académicas y un calendario flexible que resguarde su derecho a la educación. Podrán brindarle apoyo pedagógico especial mediante un sistema de tutorías realizadas por los docentes y en los que podrán cooperar sus compañeros de clases. -Los colegios no exigirán el 85% de asistencia cuando las inasistencias tengan como causa directa enfermedades del hijo menor de un año, control de embarazo, del post parto, control del niño sano, pediátrico u otros similares que determine el médico tratante. En caso que la asistencia del Año sea menor al 50%, el director decidirá, pudiendo la alumna apelar ante el Secretario Ministerial de Educación respectivo -Los colegios deben otorgar también todas las facilidades para compatibilizar su condición de estudiantes y madres durante el periodo de lactancia.- Artículo 20º: Los procedimientos para los casos sobre los alumnos en situación de riesgo social son: -Entrevista con los apoderados -Suplir algunas necesidades con apoyo de las redes (asistencialidad): Corfal, Junaeb, OPD, cefam centro de atención familiar, desarrollo social, carabineros, senda etc. -Apoyo del Servicio de Orientación de la escuela -Apoyo de asistente social -Reglamento de Convivencia Escolar del colegio

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Artículo 21º:El presente reglamento de convivencia escolar será legitimado y conocido por todos los actores en al menos en una instancia de análisis por estamento. Se hará difusión completa a todos los estamentos y una lectura detallada a los padres y apoderados en una reunión a comienzos el año escolar. En el momento de matrícula, el establecimiento entregará una síntesis escrita, y firma del apoderado donde toma conocimiento del reglamento de convivencia.-

TITULO V: ABANDERADO Y ESCOLTAS DE LA ESCUELA.

Artículo 22º: En el mes de Noviembre de cada año, el Consejo de Profesores, buscará a los Candidatos o postulantes para que sean el abanderado y sus escoltas, para el

año siguiente. Estos alumnos tienen que reunir ciertas condiciones, como también sus apoderados, para que sean dignos representantes del establecimiento. -Alumnos comprometidos con los aprendizajes, es decir, de buen rendimiento escolar. -Alumnos colaboradores, solidarios, disciplinados y muy respetuosos en la comunidad educativa.

TITULO VI: DE LOS APODERADOS DERECHOS Y DEBERES:

Corresponde a los apoderados del establecimiento colaborar y apoyar a sus hijos para que los objetivos o propósitos del colegio se cumplan. Además de los Derechos y Deberes ciudadanos estatuidos en la Ley y Reglamento de la Ley General de Educación, que explicita los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad educativa orientados a garantizar la formación y desarrollo integral de las y los estudiantes y el establecimiento de un ambiente digno, respetuoso, tolerante y no discriminatorio entre todos los miembros de la comunidad educativa.

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DERECHOS: - Conocer y respetar el cumplimiento del Reglamento de Convivencia Escolar. -Ser atendido en forma oportuna con amabilidad respeto y eficiencia. -Tener un lugar privado donde ser atendido. -Conocer, compartir y apoyar las normas y procedimientos disciplinarios del colegio. -Conocer, compartir y apoyar el PEI del establecimiento. -A ser atendido con un trato digno, respetuoso y no discriminatorio. -Ser informado a tiempo sobre notas asistencia y conducta de su pupilo. -Conocer el Reglamento de convivencia Escolar y Evaluación. -Participar activamente en el proceso de elección democrática del Centro general de padres y apoderados. DEBERES: El apoderado es responsable de asistir a: -Reuniones de apoderados programados. -Reuniones de Asamblea Generales. -Reuniones Escuela de Padres y/o reuniones extraordinarias. -Asumir el rol primario y protagónico en la responsabilidad de sus hijos: creando alianzas consistentes con los distintos actores y estamentos educativos para asegurar una buena formación en el aprendizaje de la convivencia de sus hijos dentro y fuera del colegio.- -El apoderado representa al alumno ante la Dirección del Establecimiento, puede ser el padre, la madre , o su reemplazo un adulto responsable, siempre que sea mayor de 18 años.

a. Es responsable de enviar a su pupilo diariamente al colegio y proveer los implementos y útiles necesarios para el aprendizaje.

b. A que se mantenga la confidencialidad de los asuntos privados que tiene relación con su pupilo y familia.

-El apoderado debe ser responsable de los actos que comete su hijo dentro de la sala

de clase, o cualquiera dependencia del colegio, como ser:

Rayado de muralla, destrozo de mobiliario, quebrazones de vidrios, etc. del

establecimiento.

Concurrir a la citación emanada por la dirección, inspectoría general, U.T.P, servicio de orientación y profesores.

Controlar la asistencia diaria y puntualidad a clases de su pupilo.

Hacerse responsable de la Educación y Formación Personal de sus hijos

Asistir a justificar a su pupilo, luego que este haya incurrido en tres atrasos.

Inculcar a sus pupilos el mantenimiento y conservación del local, mobiliario, bienes

materiales y elementos escolares al servicio del alumno.

Responsabilidad de la reposición y / o reparación de los daños hecho por su pupilo

en plazo previamente acordado con la autoridad escolar y el padre y/o apoderado

del alumno.

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7-Dirigirse a los funcionarios del establecimiento sin agredir en forma verbal o física al concurrir a plantear situaciones relacionadas con el quehacer educativo de su pupilo. Contravenir este deber lo inhabilitara de inmediato como apoderado de esta escuela debiendo nombrar a otra persona para ejercer a este rol. 8-Respetar el conducto regular para resolver situaciones relacionadas con su pupila o pupilo planteando la situación en primer lugar al profesor de asignatura, al profesor jefe luego si es necesario a los diferentes estamentos con el orden jerárquico correspondiente (Inspectoría General, Orientación, U.T.P, Dirección) si la situación lo amerita. 9-No interrumpir al profesor en su horario de clases por lo que se dará conocer oportunamente el horario de atención de padres, madres y apoderados.

TITULO VII: DE LOS ALUMNOS Y ALUMNAS DERECHOS Y DEBERES El establecimiento educacional escuela “Carlos Güirao Massif” reconoce y garantiza los siguientes derechos a las alumnas y alumnos del establecimiento: DERECHOS: -Ser considerado como persona sin distinción de raza etnia, sexo, religión impedimento

físico o condiciones socioeconómicas.

-Ser atendido por su condición de alumno: seguro escolar, Orientación, Unidad Técnico Pedagógica, Becas Escolares, cuando lo ameriten y red de apoyo por problemas de violencia intrafamiliar, drogas, alcohol o actitudes delictuales. -Recibir una educación de calidad, con prácticas pedagógicas innovadoras y participativas.

-Expresar sus opiniones y ser escuchado.

-Ser informado de su rendimiento escolar oportunamente -Organizarse democráticamente

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-Recibir un trato amable y afectuoso de parte de cada uno de los integrantes de la comunidad educativa. -Permanecer en un lugar limpio, ventilado y ordenado

- A no ser devuelto a su casa si llega atrasado al establecimiento escolar.

-Ser escuchado y atendido con respeto en sus dudas y e inquietudes en cuanto a

contenidos o trabajos que no tenga claridad en su ejecución.

-Ser atendido y evaluado en forma diferenciada, si así lo estipulara un informe

Psicopedagógico

-Solicitar a U.T.P, previo informe del profesor jefe y autorizado por dirección, un calendario especial de evaluaciones en caso de enfermedad u otro motivo justificado personalmente por el apoderado. -El alumno tiene el derecho a permanecer en el establecimiento durante todo el año escolar cualquiera sea su situación socioeconómica y/o de rendimiento escolar

-Cuando la escuela observa, indicadores de violencia y/o maltrato en el niño, que van en

desmedro de su integridad física y psicológica la escuela realiza las acciones pertinentes

basándonos en el Art. 175 del código procesal penal y la Ley 19968 de los tribunales de

familia, quién deriva para las atenciones y reparaciones necesarias de los niños

-La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) (tratado internacional de las Naciones Unidas por el que los estados firmantes reconocen los derechos del niño). La convención está compuesta por 54 artículos que consagran el derecho a la protección de la sociedad y el gobierno, el derecho de los menores de 18 años a desarrollarse en medios seguros y a participar activamente en la sociedad. La CDN reconoce a los niños como sujetos de derecho, pero convierte a los adultos en sujetos de responsabilidades. Junto con reconocer los derechos fundamentales de las alumnas y alumnos existen

deberes que éstos deben cumplir en su vida estudiantil. Los deberes indican una forma de

comportamiento positiva de los alumnos y alumnas, por lo que su incumplimiento,

determinará la aplicación de acciones remediales y /o de sanciones cuando sea pertinente.

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DEBERES: -Asistir a clase todos los días.

-Llegar puntualmente a la escuela.

-Presentarse aseado y correctamente uniformado.

-Traer sus útiles escolares de acuerdo al horario.

-Estudiar y asistir a las pruebas fijadas por los profesores.

-Entregar los trabajos dentro de los plazos establecidos.

-Ingresar puntualmente a clases al inicio y en horas intermedias.

-Usar vocabulario formal.

-Practicar hábitos de higiene ambiental en el patio y sala de clases.

-Desarrollar una conducta acorde a las buenas costumbres.

-Ser responsable en su desarrollo académico y profesional.

-Hablar después de pedir la palabra.

-Dirigirse a sus pares y otros miembros de la comunidad educativa con respeto, evitando

sobrenombres que discriminen o estigmaticen.

-Cuidar el mobiliario, la implementación y materiales de estudios puestos a su disposición.

-Mantener el establecimiento libre de rayas y escrituras.

-Las damas asistir con el rostro libre de maquillaje.

-Vestirse de acuerdo a lo que se especifica como uniforme, es decir, no portar accesorios

grandes o llamativos, tales como cadenas, pulseras, aros, anillos, ni presentarse con el pelo

teñido con colores no tradicionales (verdes, amarillos, azul, morado, naranjo, etc.).

-El alumno deberá mantener conductas apropiadas y que no atenten contra la moral y las

buenas costumbres ( tales como realizar gestos donde manifieste conductas de

connotación sexual, beber alcohol, fumar ).

-El alumno deberá respetar las disposiciones vigentes sobre prevención y seguridad,

emitidas por el ministerio de educación pública y servicio municipal de educación.

-Varones deben venir a clases con su cabello corto y peinado.

-Traer a la escuela solamente sus útiles escolares y libreta de comunicaciones. La escuela

no se responsabiliza por la pérdida o destrucción de cualquier elemento ajeno al quehacer

educativo tales como MP4, celular, joyas, máquina fotográfica, etc.

-Mantener una actitud de respeto durante los actos cívicos.

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TITULO VIII: DE LOS PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN DE GRADUALIDAD DE LAS FALTAS

Muchos de los conflictos que se viven en la comunidad escolar se deben a la vulneración de una norma. Frente a esto es muy necesario tener muy claro cuáles son los pasos a seguir y cuáles son los procedimientos para evitar arbitrariedades en la aplicación de un reglamento de convivencia. Por lo que el inspector general, Orientadora y Director, son quienes decidirán y aplicaran las normas de acuerdo a lo planteado en el Reglamento de Convivencia, como así también cuando exista apelación de parte del afectado.

Una sanción es un acto que implica una llamada de atención y responsabilidad para quién ha vulnerado una norma del Establecimiento. Estas deben ser proporcionadas y con Carácter Formativo, es decir permitir que los individuos tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, se responsabilicen por ellas y desarrollen compromisos genuinos de reparación del daño a costa de su propio esfuerzo.

Aplicación de sanciones a las faltas:

Una sanción es un acto que implica una llamada de atención y de responsabilidad para quien o quienes han vulnerado una norma del establecimiento. Estas sanciones deben ser proporcionadas con un carácter formativo, es decir, para que los educandos tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, se responsabilicen por ellas y desarrollen compromisos de reparación del daño causado.

Las sanciones para ser formativas y eficientes deben corresponder a una consecuencia lógica de la falta. Ejemplo: Un alumno molesta mucho en clases, perturbando el trabajo de los demás, la consecuencia lógica tendría que ser, que el alumno se quede durante el recreo o tiempo adicional trabajando en la actividad que no realizó. Una suspensión de clases si bien es una sanción no actúa sobre las consecuencias directas de la infracción. Estas sanciones deben ser formativas para el alumno, nunca punitivas. Se sugiere trabajar con la matriz PIA (presentación de casos), en horas de consejo de curso y orientación.

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Sanciones con actividades que beneficien a la comunidad escolar:

Reparar mobiliario (apoderado) Arreglar o hermosear el jardín Barrer la sala o patio Preparar material didáctico (Diario Mural, etc.) Copiar o pasar en limpio un cuaderno si lo ha dañado o roto Etc.

Aplicar procedimientos claros y justos:

Es necesario conocer las versiones de las personas involucradas, considerando el

problema presentado, cuando las sanciones son aplicadas sin considerar el contexto, se cae

en la rigidez y la arbitrariedad que no benefician a uno ni a otro.

a) Conocer las versiones de la o las personas

Escuchar a las partes.

b) En segundo lugar, para que un procedimiento sea justo se debe respetar lo que en términos legales se llama debido proceso, es decir, los afectados deben ser escuchados ante una presunta falta por el docente o funcionario que esté más cercano o de turno, y en caso de gravedad llevar a instancias superiores.

Presunción de inocencia. Derecho a apelación Instancias de apelación

Aplicación de criterios:

Para evaluar bien la gravedad de una falta, es decir, definir si se trata de una falta leve, grave o gravísima, es necesario haber definido previamente algunos criterios generales de evaluación del contexto, por ejemplo:

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Falta Leve: Actitudes y comportamiento que alteren el normal desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje, que no hay daño físico o psicológico a otro miembro de la comunidad. Ejemplo: atrasos, problemas de uniforme, olvidar algún material, uso de celular, etc. Estas faltas serán consignadas en el registro de observaciones y dadas a conocer a su apoderado quien firmara un compromiso de restitución de faltas. Se entenderá por faltas leves y las sanciones correspondientes en los casos: a) Amonestación Verbal. La aplica el profesor de asignatura o profesor jefe.

b) Amonestación o constancia por escrito al apoderado del alumno. La aplica el profesor

jefe o profesor de asignatura como también un directivo.

FALTAS LEVES PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES Usar un vocabulario soez (grosero) Amonestación verbal y registro de la

observación en el libro de clases. Entrar en la sala o alguna oficina sin autorización y sin saludar.

Amonestación verbal y registro de la observación en el libro de clases.

Comer en clases Amonestación verbal y registro de observación en el libro de clases.

Comunicarse a gritos en la sala o en el patio Amonestación verbal y registro de observación en el libro de clases.

Masticar chicle Amonestación verbal, botar el chicle en el basurero más cercano y registro de la observación en el libro de clases.

Ensuciar o botar papeles Amonestación verbal, limpieza y registro de la observación en el libro de clases.

Escupir en lugar de tránsito o en la sala Amonestación verbal, limpieza y registro de la observación en el libro de clases.

Pintarse, peinarse, cortarse o limpiarse las uñas.

Amonestación verbal. En caso de asistir en la misma conducta, retirar elementos y devolvérselos al apoderado. Registro de la observación en el libro de clases.

Ingresar con vestimenta que no corresponda al uniforme.

Enviar a inspectoría general a buscar autorización.

Llegar atrasados (a) al inicio de clases, en los cambios de hora o después de un recreo.

Enviar a inspectoría a buscar un pase de ingreso, dejando constancia del atraso en el libro de clases y en carpeta de inspectoría. Se citara al apoderado al completar tres atrasos.

Los alumnos deberán tener siempre una actitud de respeto, tanto de lenguaje como de modales, hacia cada uno de los integrantes de la comunidad escolar.

Amonestación verbal. En caso de insistir en la misma conducta citar apoderados. Registro de la observación en el libro de clases.

Presentarse, los varones, sin afeitarse, con patillas, peritas o bigotes, aros o cadenas,

Amonestación verbal, otorgar una oportunidad para venir como corresponde al día siguiente, de

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cortes o teñidos de pelos no tradicionales. no hacer caso, citar al apoderado. Registro de observación en el libro de clases.

Presentarse las damas con maquillaje y accesorios llamativos, tales como aros, cadenas, piercing o mostrando el ombligo al usar buzo y polera, cortes y teñido de pelos no tradicionales.

Amonestación verbal, otorgar una oportunidad para venir como corresponde al día siguiente, de no hacer caso, citar al apoderado. Registro de la observación en el libro de clases.

Romper o rayar cuadernos de compañeros Reposición del cuaderno y copia de contenidos. Registro de la observación en el libro de clases.

Distraerse en clases con MP4, celulares, revistas u otras distracciones que le permitan participar en el proceso Enseñanza-Aprendizaje.

Llamar la atención, en caso de no obedecer, requisar los elementos distracciones y devolvérselos al apoderado. Registro de la observación en el libro de clases.

Faltas Graves: Actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física o psicológica de un miembro de la comunidad o del bien común; aquí se incluyen las acciones deshonestas que alteren el normal proceso de aprendizaje.

Estas faltas serán consignadas en el registro de observaciones al alumno y dadas a conocer a su apoderado quien firmará un compromiso de enmienda de faltas.

Muchas observaciones negativas en el libro de clases No ingresa a clases estando en el Establecimiento Se fuga de clases Desobediencia o insolencia al profesor o a cualquier funcionario del

establecimiento Reiteradas inasistencias injustificadas Destroza mobiliario del colegio: vidrios, sillas, rayados de bancos o

murallas. Hace mal uso del beneficio de alimentación escolar y otros

beneficios(útiles escolares).- Falsear notas y/o borrar notas.

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FALTAS GRAVES PROCEDIMIENTO Y SANCIONES

Reincidir en el no cumplimiento de tareas y trabajos

Citar al apoderado y acatar las tareas o trabajos que estime el profesor (a) para resolver su situación de rendimiento registro de observación en el libro de clases.

Copiar en pruebas u otras actividades evaluadas. Cambiar al alumno a otra dependencia, para que continúe la evaluación de no ser posible se modifica el horario de evaluación.-Además se.- registra la observación en el libro de clases y se suspender tres días.-

Fugarse de clases (inasistencia en horas intermedias o a las últimas horas de clases)

Informar a inspectoría, al profesor jefe, citar apoderado. Registro de la observación en el libro de clases y suspender tres días.

Fugarse para evadir prueba u otra actividad evaluada.

Informar a inspectoría, profesor jefe a la U.T.P, y citar apoderado, se informe de la situación y se evalúa al otro día . Registro de la observación en el libro de clases.

Eructar en la sala o tirarse un gas para hacerse el chistoso o molestar.

Citar al apoderado. Registro de la observación en el libro de clases y realizar trabajos formativos en la Escuela como ordenar y limpiar mobiliarios (Suspensión por tres días.-

Pegar o tirar chicle para dañar el pelo o prendas de vestir de compañeros o profesores.

Llevar a inspectoría, informar al profesor jefe, citar apoderado, suspender tres días por daños ocasionado.- Registro de la observación en el libro de clases (Suspensión y condicionalidad por el resto del semestre que cursa).-.

Escupir o lanzar objetos a cualquier integrante de la unidad educativa.-.

Llevar a inspectoria, informar al profesor jefe, citar apoderado,. Registro de la observación en el libro de clases. Suspensión tres días y y condicionalidad por el tiempo que reste de estudios primer o segundo semestre según sea).

No asumir una actitud de respeto durante un acto cívico (conversar, gritar, permanecer con gorro, ofender, burlarse, agredir fisicamente.)

Llevar a inspectoria, comunicar al profesor jefe, citar apoderado. Registro de la observación en el libro de clases. (Suspensión por tres días y condicionalidad y condicionalidad por el tiempo que reste de estudios primer o segundo semestre según sea).).

Molestar por ventanas o puertas mientras se desarrolla una clase.

Llevar a inspectoria, comunicar al profesor jefe, citar apoderado. Registro de la observación en el libro de clases. Suspensión( tres días).-

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Tirar globos con agua, huevo, harina u otros elementos.

Llevar a inspectoria, comunicar al profesor jefe, citar apoderado. Registro de la observación en el libro de clases. (Suspensión tres días de repetir dichas conductas se le informará de condicionalidad por el tiempo que reste de estudios primer o segundo semestre según sea)..

Fumar cigarros al interior de la escuela o en el frontis.

Llevar a inspectoria, citar apoderado, informar a orientación. Registro de la observación en el libro de clases. (Suspensión tres días).-

Comunicaciones del apoderado suplantando firma

Citar apoderado, informar a orientación. Registro de la observación en el libro de clases. (Suspensión tres días )

Obstruir cerraduras de salas o talleres con palos de fosforo u otros objetos.

Citar apoderado, informar a orientación. Registro de la observación en el libro de clases. (Suspensión tres días.).

Falta Gravísima: Actitudes y que atenten gravemente la integridad física o sicológica como así también reiteración de faltas graves. Ejemplo: hurto, daño físico, discriminación, tráfico de drogas, abuso sexual, maltrato físico o psicológico al profesor y personal del establecimiento.

FALTAS GRAVISIMAS PROCEDIMIENTOS Y SANCIONES

Rayar mobiliario, pisos, implementación, textos escolares, murallas o vehículos de los funcionarios.

Citación de apoderado para que se informe de la situación , limpieza y pintura de lo rayado, e negara, suspender 5 días de clases luego debe hasta reparar el daño, Registro de la observación en el libro de clases. Condicionalidad por el tiempo que reste de estudios primer o segundo semestre según sea).

Destrozar mobiliario o implementación del colegio, quebrar vidrios, dañar parte o toda la infraestructura del establecimiento educacional.-

Informar a inspectoría, profesor jefe, citar apoderado, para acordar la forma de reparar el daño ocasionado suspender 5 días . Registro de la observación en el libro de clases. Si es reiterativo condicionalidad por el tiempo que reste de estudios primer o segundo semestre según sea).

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Alterar el buen funcionamiento de las actividades curriculares en el transcurso del año escolar tirando elementos como harina, agua u otra mezcla, provocando desorden e inseguridad entre sus pares

Suspensión de clases por cinco días con oportunidad de realizar pruebas o trabajos, según calendario estipulado por la U.T.P, . Registro de observación en el libro de clases, información al apoderado.-

Apropiarse de bienes ajenos dentro del Establecimientos.

Llevar a la inspectoría, citar apoderado para informar de la situación derivar a Orientación, suspender cinco días, reponer lo sustraído previo acuerdo con el apoderado, y condicionalidad por el tiempo que reste de estudios primer o segundo semestre según sea). Registro de la observación en el libro de clases.

Atentar contra la intimidad y dignidad de alumnos y alumnas, con conductas de connotación sexual.-

Llevar a inspectoría, derivar a orientación, citar apoderado, suspensión 5 de cinco días, matricula condicional por el resto del semestre según sea el 1º o el 2º.- Registro de la observación en el libro de clases.

Incitar a los alumnos (as) para alterar el normal funcionamiento de las actividades curriculares, con el fin de protestar por alguna discrepancia, sin haber utilizado la vía del dialogo ni los conductos regulares.

Llevar a inspectoría, informar al apoderado, derivar a Orientación, suspensión de cinco días, matricula condicional y evaluación de la continuidad en el establecimiento. Registro de la observación en el libro de clases.

Falsificar o adulterar notas en el libro de clases.

Llevar a inspectoría, informar al profesor jefe y al apoderado, derivar a orientación, suspensión de cinco días, matricula condicional y evaluación de la continuidad en el establecimiento, sugerir cambio de ambiente pedagógico. Registro de la observación en el libro de clases. Expulsión del establecimiento por no ajustarse a las normas establecidas.-

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Falsificar o adulterar pases de inspectoria o cualquier documento emanado de algún estamento del establecimiento (dirección, Orientación, U.T.P, etc.)

Llevar a inspectoría, informar al apoderado, derivar a Orientación, suspensión de cinco días y condicionalidad por el tiempo que reste de estudios primer o segundo semestre según sea). Evaluación de la continuidad en el establecimiento.

Sorprender al alumno (a) bebido o consumiendo o portando alcohol o drogas dentro del establecimiento ( se ajustará a la ley de responsabilidad penal sí procede )

Llevar a inspectoría, citar al apoderado, informar al profesor jefe, derivar a Orientación, suspender cinco días, y condicionalidad por el tiempo que reste de estudios primer o segundo semestre según sea). evaluación de la continuidad en el establecimiento, Registro de la observación en el libro de clases.

Sorprender incendiando papeleros, cortinas, arboles, material, implementación, mobiliarios, etc.

Llevar a inspectoría, citar al apoderado, informar al profesor jefe, derivar a Orientación, suspender cinco días, matricula condicional por el resto del semestre escolar y evaluación de la continuidad en el establecimiento, Registro de la observación en el libro de clases.

Sorprender con armas de fogueo, armas corto punzantes (corta cartón, cuchillos, cortaplumas, punzones, machete, sable, otros.)

Llevar a inspectora, informar al apoderado, profesor jefe, informar a carabineros derivar a Orientación, suspender cinco días, matricula condicional por el resto del semestre y evaluación de la continuidad en el establecimiento. Registro de la observación en el libro de clases.

Agredir constantemente, de palabra profiriendo insultos o groserías u otras calificaciones para menoscabar y humillar la dignidad de un funcionario de la unidad educativa.-

Llevar a inspectora, citar al apoderado, informar al profesor jefe, derivar a Orientación, dupla psicosocial y someterse a un trabajo en equipo sobre la resolución de conflicto para mejorar la convivencia de acuerdo a normas establecidas, de lo contrario será sancionado con matrícula condicional y suspensión si lo amerita. Registro de la observación en el libro de clases.

Agredir físicamente a un compañero dentro, en el frontis o perímetro del establecimiento.

Llevar a inspectora, citar al apoderado, informar al profesor jefe, derivar a Orientación, someterse a un trabajo en equipo sobre la resolución de conflicto para mejorar la convivencia de acuerdo a normas establecidas, de lo contrario será sancionado con matrícula condicional y evaluación de la continuidad en el establecimiento. Registro de la observación en el libro de clases.

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Agredir, de palabra, profiriendo insultos o groserías u otras calificaciones para menoscabar y humillar la dignidad de un compañero la unidad educativa (bullyng).-

Llevar a inspectora, citar al apoderado, informar al profesor jefe, derivar a Orientación, dupla psicosocial, someterse a un trabajo en equipo sobre la resolución de conflicto para mejorar la convivencia de acuerdo a normas establecidas, de lo contrario será sancionado con condicionalidad por el tiempo que reste de estudios primer o segundo semestre según sea y suspensión 5 días . Análisis de la continuidad en el establecimiento. Registro de la observación en el libro de clases.

Dañar o sustraer el libro de clases. Llevar a inspectoría, dirección. Informar al apoderado.- Expulsión del establecimiento por no ajustarse a las normas establecidas.-

Trucar fotos proferir insultos o groserías u otros calificaciones, mediante medios electrónicos, computadoras o internet, para menoscabar y humillar la dignidad de un funcionamiento de la Unidad Educativa, ya sea directivo, técnico, profesor (a), administrativos, inspectores, auxiliares de aseo o porteros, compañeros de curso del establecimiento (cyber bullying).

Llevar a inspectoría, dirección. Informar al apoderado.-Expulsión del establecimiento por no ajustarse a las normas establecidas.-

Agredir físicamente a un funcionario de la Unidad Educativa, ya sea directivo, técnico, profesor (a), administrativos, inspectores, auxiliares de aseo o portero.

Llevar a inspectoría, informar al apoderado.Expulsión del establecimiento por no ajustarse a las normas establecidas.-

La reincidencia en las faltas gravísimas ameritará expulsión del

establecimiento previo al procedimiento correspondiente.- Se recomienda que en cada curso debiera existir un comité de disciplina y

convivencia, para resolver conflictos entre sus pares. El objetivo de este comité es para mantener una buena convivencia escolar en el curso.

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Artículo 23º: Las faltas de disciplinas que impliquen daños o destrucción de materiales, además de las medidas disciplinarias correspondientes, los gastos que se realicen para reparar el perjuicio, será de cargo del apoderado previo acuerdo por escrito con el director del establecimiento. De no cumplir con lo acordado se hará denuncia al Juzgado de Policía Local por daños y perjuicios causados al establecimiento. Igualmente serán denunciados los alumnos y apoderados que traigan, consuman, trafiquen bebidas alcohólicas y drogas. Del mismo modo los que atenten contra la moral y las buenas costumbres: Actos deshonestos, exhibicionismo y actos de matonería, etc. Ante las reiteradas faltas de disciplina de parte del alumno; como también existe la ausencia del apoderado, el consejo de profesores tomará conocimiento de estos casos, para dar una solución al problema que está causando el alumno. Estos casos, después de haber agotado todas las instancias de los alumnos problemas, estos serán separados temporalmente de clases y sólo vendrán a dar las pruebas y entrega de trabajos para que no sean perjudicados, ni perjudique a los demás en su año escolar. Generalmente con estos alumnos problemas, se tomarán estas medidas en los meses de noviembre y diciembre. Artículo 24º: En el establecimiento para el logro de los propósitos educativos están los deberes de los alumnos, asegurándoles también sus derechos a cada uno de ellos, contando con apoyo para los alumnos, y para los apoderados, con estrategias y actividades de refuerzos. Entrevistas con el Orientador, Jefe Técnico, con Inspectoría, psicóloga, asistente social. Derivaciones a las redes de apoyo cuando ameriten los casos: Psicólogos, Neurólogos, Asistentes Sociales, para casos de familias en riesgo, Instituciones como: Consultorios (CEFAM), Sename, Corfal, Oficina de Protección al Menor, Estma.-

Seguimiento de casos en Orientación del colegio (entrevistas a los alumnos y

apoderados) y psicóloga, asistente social cuando corresponda.

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DERECHO DE APELACION

Todo alumno o alumna que haya sido sancionado por alguna falta grave o

gravísima la medida aplicada, que para su entender no la considere justa, tiene derecho, en términos respetuosos, a presentar peticiones por escrito al director del Establecimiento. La autoridad por su parte, debe pronunciarse acerca de la petición y del derecho de apelación del alumno afectado.

Para ejercer el derecho de apelación el alumno o alumna apenas conocida la

sanción tiene 48 hrs. para presentar una carta al Consejo de Profesores dando a conocer los términos de dicha apelación, y que dentro de un plazo de cinco días contados desde la entrega de la carta de apelación de la sanción tendrá la respuesta a su solicitud.

TITULO VIII: DE LOS ESTIMULOS PARA LOS ALUMNOS DESTACADOS POR SU COMPORTAMIENTO.

El establecimiento considera los siguientes estímulos a los alumnos que tienen una destacada participación en su formación personal y relación de sana convivencia con sus pares y con los demás miembros que conforman la comunidad educativa.

Cuadro de honor Certificaciones o diplomas. Galvanos recordatorios.

Procedimientos para ser adquirientes de los estímulos:

Haber demostrado conducta intachable durante el año escolar Haber obtenido el mejor rendimiento (promedio de notas) entre sus pares. De existir una igualdad en la nota final se llevará a la centésima mayor. Haber sido elegido por sus pares como el más destacado por su características

sociales. Haber sido elegido por su profesor (a) jefe como el alumno más desatacado en

lo valórico.-

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Se entregaran los estímulos en un acto cívico y/o licenciaturas. Estos serán entregados con la ayuda de los diferentes estamentos tales centros

de alumnos, centro de padres, Profesores Jefes, Orientación, Inspectoría y del Equipo directivo del Establecimiento.

TITULO IX: DE LAS ESTRATEGIAS QUE EMPLEA EL ESTABLECIMINETO PARA EL DESARROLLO DE LA AUTODISCIPLINA Y LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR El establecimiento para lograr los fines educacionales, el cumplimiento de los deberes de los alumnos y de asegurar sus derechos, cuenta para ello con las siguientes estrategias y actividades de refuerzo.

Perfeccionamientos permanentes de los directivos, profesores y personal no docente.

Prácticas pedagógicas participativas. Espacios de recreación y juegos en horas libres y recreos, mesas de tenis en

el patio, juegos didácticos de los alumnos en el C.R.A. Análisis en el consejo de curso sobre el tema del conflicto y el abuso. Ayuda de redes externas con personal especializado para alumno con

problemas. Actitud de ayuda y trato comprensivo frente a problemas que presentan

los alumnos. Reconocimiento y apoyo a los alumnos destacados para que puedan lograr

sus metas. Apoyo moral y trato comprensivo con los niños que trabajan para ayudarse

con Asistente Social y Orientación. Jornadas de reflexión, cuyo objetivo es identificar, prevenir y enfrentar los

conflictos que comúnmente se dan en el establecimiento. Difusión de derechos y deberes, tanto a los Padres y Apoderados, como a

los alumnos.

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TITULO X: FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ESCOLAR

Artículo 25º: El Establecimiento cuenta con un Consejo Escolar de carácter consultivo, integrado por:

Director del colegio

Presidente del Centro General de Padres y Apoderados

Un representante elegido por el Consejo de profesores del Establecimiento

Presidente del centro de Estudiantes.

Firman: Para constancia de participación, conocimiento y aprobación del presente Reglamento de Convivencia Escolar.

_________________________________ ________________________________ Silvana Castillo Cortes Gonzalo Pango Cartagena Directora Inspector General ________________________________ ________________________________ Ingrid Herrera Ahumada Miguel Lobos meza Representante C.G.P.A Representante Profesores

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Los miembros de los Consejos mantendrán reserva, respecto a las materias que en ellos traten.

Artículo 23°: El Consejo de Profesores, estará integrado por todos los Profesores del

Establecimiento.

Artículo 24°: Se deberá Realizar en forma Ordinaria las siguientes Sesiones

Una, de Organización y Programación General, al Inicio del Año Escolar.

Una, de Programación y Estudio, al iniciarse el Segundo Semestre.

Una, de Evaluación Final, al Término del Año Escolar.

Artículo 25°: Corresponde al Consejo General de Profesores:

a) Tomar Conocimiento de la Planificación que presenta el Director, estudiarla y

proponer la modificaciones que considere necesarias.

b) Proponer e impulsar medidas que promuevan el perfeccionamiento del Proceso

Educativo.

c) Estudiar problemas especiales de desadaptación al medio escolar de algún alumno

o de Grupos de alumnos que produzcan o puedan producir un efecto general y

proponer medidas para dar la solución adecuada.

Artículo 26°: C.- Consejos Escolares:

a) El Consejo Escolar estará integrado, a lo menos por:

El Director del Establecimiento ( que lo presidirá)

El Sostenedor o un Representante Designado por él.

Un Docente elegido por los Profesores del Establecimiento.

Representante del centro de padres y apoderados

Representante del centro de alumnos del colegio

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b) El Consejo Escolar tendrá la Función de Escuchar, Acoger y Responder, desde su

rol, a los Estatutos de la Comunidad Escolar. Intercambiar estamentalmente

materias de interés común de la comunidad escolar; proponer al equipo de Gestión

necesidades y / o sugerencias a incorporar en Planes de Mejoramiento. Cautelar el

Logro de Compromisos y Metas de gestión.

Será constructor y corresponsable de los logros de aprendizaje y la calidad de la

educación que existe en el establecimiento educacional. El Consejo Escolar será el

vehículo para dar a conocer y analizar la inquietudes, necesidades y sugerencias de

cada estamento.