Reglamento Interno IESM-JG. 2014

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Educación con calidad y pertinencia… REGLAMENTO INTERNO MOF – INSTITUCIÓN EDUCATIVA “JUAN GUERRA” 13 de marzo de 2015 Educación con calidad y pertinencia…

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REGLAMENTO INTERNO MOF – INSTITUCIÓN EDUCATIVA “JUAN GUERRA”13 de

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REGLAMENTO INTERNO Y MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA “JUAN GUERRA”.

INTRODUCCIÓN

El presente reglamento interno de la Institución Educativa “Juan Guerra”, norma la política educativa que contiene aspectos generales, vinculados a la administración, organización y actividades pedagógicas; así mismo, norman los deberes y derechos del personal que labora en la Institución Educativa, de los educandos y Padres de Familia.

El presente reglamento, contiene básicamente disposiciones que orienta al personal a conocer mejor sus responsabilidades y derechos a fin de lograr su participación activa y comprometida en las tareas educativas, productivas y las que establezcan las leyes del sector educación.

La prestación de servicios educativos de la Institución Educativa “Juan Guerra”, implica el reconocimiento de este reglamento y la voluntad de aceptación de todos sus preceptos, cumplir y hacer cumplir el presente reglamento es tarea de todos los que tenemos responsabilidad en la conducción y formación de nuestros educandos, para garantizar mayores niveles de eficiencia en el cumplimiento de nuestras funciones propias del cargo que desempeñamos.

Los trabajadores de la Institución Educativa “Juan Guerra” gozan de los beneficios emanados de la Constitución Política del Estado, Leyes, dispositivos y convenios debidamente aprobados y autorizados.

CAPITULO I: BASES LEGALES.

Art. 1.- El presente reglamento tiene base legal y se sustenta en La Constitución Política del Perú. Ley General de Educación N° 28044 Ley del Profesorado N° 24029 y su Modificatoria N° 25212 Ley 25035 de Simplificación Administrativa y su reglamento. D.S. N° 016-01-ED Reglamento de APAFA. D.S. N° 019-90-ED Reglamento de la Ley del Profesorado. D.S. N° 050-82-ED Reglamento del Sistema de Supervisión Educativa. D.S. N° 04-83-ED Reglamento de Educación Secundaria. D.S. N° 005-90 PCM Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa. Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación. Ley N° 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la Carrera Pública

Magisterial. Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. D.S. N° 013-2004-ED, Reglamento de Educación Básica Regular D.S. N° 009-2005-ED, Reglamento de Gestión del Sistema Educativo. D.S. N° 004-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28628, que regula

participación de la Asociación de los Padres de Familia en las Instituciones Educativas Públicas.

D.S. N° 017-2007-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial.

D.S. N° 028-2007-ED, Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas.

R.S. N° 001-2007-ED, aprueba el “Proyecto Educativo al 2021: La Educación que queremos Para el Perú”.

R.M. N° 0234-2005-ED, que aprueba la Directiva N° 004-VMGP-2005, Evaluación de los Aprendizajes de los Estudiantes en la Educación Básica Regular.

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R.V.M. N° 038-2009-ED, Lineamientos y Estrategias Generales para la Supervisión Pedagógica.

Ordenanza Regional N° 024-2007-GRSM/CR, oficializa el Proyecto Educativo Regional. Ordenanza Regional N° 011-2010-GRSM/CR, aprueba el Modelo de Gestión Educativa

Regional y el Diseño Curricular Regional. R.D.R. N° 1071-2010-GRSM/DRESM, Directiva N° 007-2010-DRESM-OAJ, “Normas para la

Tramitación e Investigación de Denuncias y Reclamos”.

CAPITULO II: DE LOS PRINCIPIOS.

Art. 2.- La Institución Educativa “Juan Guerra”, tiene los siguientes Principios:

PRINCIPIOS POLÍTICOS

a) Seleccionar al personal de acuerdo a la aptitud, capacidad, experiencia y habilidad.b) Efectuar rotaciones y promociones de acuerdo con la aptitud y las exigencias del trabajo y

la evaluación de la capacidad, experiencia y habilidad de los mismos.c) Establecer la disciplina y el principio de autoridad en el trabajo.d) Mantener la comprensión y cordialidad entre los trabajadores, Padres de Familia y

comunidad, permitiendo que expongan libremente sus exigencias y dificultades para el e) Desarrollo de sus labores y necesidades particulares.f) Reconocer el trato directo como el medio más eficaz para mantener y ejecutar las buenas

relaciones en el trabajo.

PRINCIPIOS AXIOLÓGICOS

a) La filosofía de la Institución Educativa se sustenta en la ética y moral, la realidad Nacional y Globalización.

b) En el Cultivo y vigencia de Valores, como la honestidad, veracidad, laboriosidad, puntualidad, respeto, dignidad, estudio, trabajo, deseo de superación, solidaridad, disciplina, libertad y otros.

c) El valor fundamental, es la dignidad humana.d) Educación Para el Trabajo Productivo.e) La Institución Educativa asume los valores de la Peruanidad.f) La Institución Educativa Promueve el amor a su pueblo y de la región.

PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS

a) La Educación debe ser ética, es decir, debe rescatar los valores que permitan la construcción de una sociedad democrática, justa y solidaria.

b) La educación debe orientarse al desarrollo humano, esto implica un proceso interactivo, recíproco en sociedad.

c) La educación debe preparar para el trabajo productivo. Debe otorgar oportunidades para que el adolescente desarrolle capacidades laborales.

d) La Educación debe alcanzar a todos. Esto implica poner a disposición de cada peruano la mayor y mejor educación posible, sin distingos en pos de la competitividad y excelencia.

e) La educación debe ser multicultural. Debe concordar con nuestra realidad de País multicultural y multiétnico.

Art. 3.- El presente reglamento norma la organización y funcionamiento de la Institución Educativa sus aspectos técnico pedagógico y administrativo, precisando las relaciones entre los órganos internos y las pautas de comportamiento de cada uno de sus integrantes.Art. 4.- El presente reglamento alcanza a todos los estamentos integrantes de la comunidad educativa de la Institución Educativa “Juan Guerra”.

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CAPITULO III: OBLIGATORIEDAD Y MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO.

Art. 5.- El Director de la Institución Educativa “Juan Guerra” esta obligado a modificar cuando la asamblea crea conveniente, así como, sus disposiciones finales.Art. 6.- El reglamento interno será objeto de revisión anualmente, con la finalidad de mejorar y adecuar a la flexibilidad organizativa del plantel.

TITULO I.

ORGANIZACIÓN Y DEBERES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA

Art. 7.- OBJETIVOS

a) Alcanzar los más altos niveles de desarrollo académico y formativo del educando con la participación comprometida de los diversos estamentos del plantel.

b) Lograr un adecuado desarrollo biosíquico del educando y proporcionar las bases del conocimiento científico, técnico y humanista.

c) Descubrir e interpretar las preferencias vocacionales e iniciar su capacitación para su actuación.

d) Proporcionar al alumnado el desarrollo de sus valores éticos y morales, identidad, respeto, disciplina, honradez, responsabilidad, voluntad de servicio, deseo de superación, justicia, libertad, laboriosidad, trabajo, humildad, solidaridad, etc.

e) Promover en el educando el autodominio, el cultivo de sus actividades, y la adquisición de habilidades y destrezas, necesarias para el desarrollo personal, teniendo como propósito la autodisciplina sin la cual la verdadera libertad no existe.

f) Desarrollar un pensamiento crítico y creativo que los capacite para analizar los componentes de la realidad y de transformarse y de transformar al mundo que los rodea.

g) Propiciar el desarrollo de proyectos y de actividades experimentales que evidencie el carácter innovador de la institución.

h) Promover actividades que integren a Docentes, Alumnos y Padres de familia, sobre la base de la línea axiológica de la Institución Educativa.

i) Desarrollar programas de capacitación del personal que garantice la eficiencia y eficacia en el desempeño de sus funciones.

j) Desarrollar acciones de planeamiento y supervisión que motive a una adecuación permanente a la realidad.

Art. 8.- CREACIÓN Y UBICACIÓN.

La Institución Educativa “Juan Guerra”, fue creado el 01 de marzo de 1974, por resolución Directoral Nª 0598-27-04-1974

Está ubicado en el Jr. Simón Bolívar No. 1098 del Distrito de Juan Guerra, Provincia y Región San Martin, pertenece a la Unidad de Gestión Educativa Local de Tarapoto.

CAPITULO V: ESTRUCTURA ORGANICA DELA INSTITUCIÓIN EDUCATIVA

Art. 9.- Estructura orgánica de la Institución Educativa Órgano de Dirección:

Dirección. Comité de consejería y TUTORIA.

Órgano Técnico Pedagógico. Consejo Académico. Personal Docente. Auxiliares de Educación.

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Órgano de Apoyo. Secretaría. Bibliotecaria. Tesorería. Auxiliar de laboratorio. Personal de Servicio. Guardianía.

Órgano de Participación Asamblea general de docentes. Asociación de Padres de Familia. Consejo Educativo Institucional. Comités de aula. Comité de seguridad y defensa civil. Brigadieres y policías escolares. Comité de Deporte. Municipio Escolar. Comité de banco de libro Comité de Recurso Propios Comité de atención de renunciar y reclamos (CADER)

CAPITULO VI: DEBERES DEL PERSONAL DEL CENTRO EDUCATIVO.

Art. 10.- El Director es la primera autoridad del Institución Educativa, conduce sus actividades, lo representa legalmente y lidera la participación de la comunidad escolar.

FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN:

EN LO PEDAGÓGICO

a) Optimizar la calidad de los aprendizajes y el desempeño docente, desarrollando estrategias de estimulación de talentos, promoviendo y estimulando la innovación pedagógica.

b) Promulgar en la Institución Educativas los documentos normativos que orienta la vida y que estén en concordancia con los dispositivos vigentes.

c) Monitorear, supervisar, Asesorar y evaluar el servicio educativo.d) Autorizar y promover visitas de estudio, excursiones y demás visitas pedagógicas en

diversos lugares de la comunidad.e) Suscribir en los centros educativos, convenios y/o contratos con fines educativos y

organizar eventos de capacitación y actualización docente.f) En la Institución Educativa Secundaria de Menores Juan Guerra, vincular la oferta

educativa con la demanda del mundo del trabajo y de la comunidad.g) Estimular y organizar la participación de los alumnos del centro educativo en eventos de

carácter educativo y cultural de prevención convocadas por el ministerio de educación y otras instituciones, de acuerdo a las normas que se establezcan.

h) Impulsar jornadas pedagógicas que promuevan espacios de ínter aprendizajes y reflexión, así como, actividades dirigidas a mejorar la calidad de los aprendizajes y el servicio educativo en el marco del PDI.

i) Apoyar la práctica docente de los estudiantes de los Institutos y facultades de educación, supervisando la permanencia del docente responsable del aula, garantizando el asesoramiento al practicante y posibilitando las innovaciones pedagógicas.

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EN LOS RECURSOS Y SERVICIOS DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

a) Planificar, organizar y administrar los recursos y servicios prestados por el centro educativo, siguiendo las orientaciones del PDI y las normas oficiales.

b) Formular el presupuesto de la Institución Educativa y velar por la correcta administración de todos los recursos incluyendo los recursos propios.

c) Adjudicar la administración de kioscos del centro educativo de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes.

d) Autorizar el uso eventual y alquiler de ambientes y/o equipos de la Institución educativa, de acuerdo a las normas oficiales, asegurando la conservación del medio ambiente, de las instalaciones y equipos, y un tipo de utilización que no distorsione los fines educativos de la Institución.

e) Coordinar con la asociación de padres de familia el uso de los fondos que ella recaude, teniendo en cuenta los requerimientos del plan de trabajo anual.

EN LO ADMINISTRATIVO.

a) Supervisar y evaluar las actividades administrativas en coordinación con el personal jerárquico de la Institución Educativa.

b) Organizar el proceso de matrícula, autorizar el traslado de matrícula, y expedir certificados de estudio. Dentro de lo normado, aprobar las nóminas y actas, ratificar nombres y apellidos de los alumnos en documentos oficiales, exonerar de asignaturas y autorizar convalidaciones pruebas de revalidación y de ubicación en cualquier momento del año.

c) Seleccionar y proponer a la autoridad educativa la contratación o el nombramiento del personal docente y administrativo que reúna los requisitos legales, en función de las plazas que correspondan a la Institución Educativa, teniendo en cuenta la propuesta de la comisión especial de evaluación, especificando la justificación del requerimiento y la duración del contrato.

d) Evaluar, incentivar, y reconocer el esfuerzo individual y colectivo del personal. En caso de una evaluación negativa, adoptar medidas correctivas según lo dispuesto por las normas vigentes.

e) Proponer al órgano intermedio las licencias de acuerdo a las normas vigentes. Seleccionar y designar a la docente reemplazante previa propuesta de la comisión especial de evaluación, por el tiempo que dure la licencia del titular, comunicando oportunamente al órgano intermedio. Así mismo, proponer al órgano intermedio las licencias del personal administrativo y cubrir dicha licencia cuando es sin goce de haber.

f) Informar de manera pública y transparente a la comunidad educativa del manejo de recursos y bienes de la Institución.

EN LAS RELACIONES CON LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

a) Convocar y presidir el consejo escolar de la Institución Educativa.b) Coordinar con la asociación de padres de familia y órgano intermedio asuntos de interés

común.c) Prevenir y mediar en situaciones de conflicto, creando condiciones que favorezcan

relaciones humanas positivas al interior de la comunidad escolar.d) Promover actividades de promoción educativa comunal.

EN RELACIÓN A NIÑOS Y ADOLESCENTES CON NECESIDADES ESPECIALES.

a) Disponer de oficio la matricula del menor abandonado o en riesgo de abandono y coordinar acciones de ayuda con diversas instituciones.

b) Garantizar la integración de la Institución Educativa alumnos con necesidades educativas especiales, en los casos que amerite.

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c) Delegar funciones a los miembros de la comunidad escolar.d) Otras funciones inherentes a su cargo.

ART. 11.- SON ATRIBUCIONES DEL COMITÉ DE TUTURIA.

a) Programar, organizar, supervisar y evaluar las actividades de orientación y servicios de bienestar del educando.

b) Orientar y mantener comunicación permanente con los padres de familia y miembros de la comunidad a fin de lograr la participación en forma integral de los educandos.

c) Detectar problemas que presentan los educandos y contribuir a su solución o tratamiento, con la participación del personal de la Institución, estableciendo las condiciones necesarias con los servicios de salud u otros vínculos que tenga el asesor.

d) Coordinar acciones con auxiliar de educación para la mejor realización de las actividades programadas.

e) Mantener un clima de confianza y respeto a la persona, los educadores, educandos y padres de familia.

f) Ejercer labor de conserjería individual y de grupo tanto con los educandos y padres de familia.

g) Racionalizar el trabajo y fijar el horario para solucionar problemas de conducta.h) Orientar a los docentes de todas las áreas en la aplicación y desarrollo de metodologías

relacionados con el área de TUTORIA.

ART. 12.- SON FUNCIONES DEL PERSONAL DOCENTE.

a) Cumplir con el horario de trabajo asignado de 24 horas.b) Programar, desarrollar y evaluar las acciones y actividades curriculares del área a su

cargo.c) Entregar el informe anual de la labor académica.d) Anotar en el parte diario de clases los temas desarrollados y demás datos que se

consignan.e) Tener un registro auxiliar de notas con los resultados de las evaluaciones permanentes,

evitar equivocaciones al pasar las notas al registro. Participar en la elaboración y ejecución del plan anual del trabajo.

f) Elaborar su diseño de clases.g) Organizar y ambientar el aula, preparar material educativo, con la colaboración de los

educandos y padres de familia.h) Evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje.i) Participar en acciones programadas de investigación y experimentación de nuevos

métodos y técnicas del trabajo educativo.j) Es responsable de la disciplina dentro del aula en su hora de clase.k) Realizar acciones de recuperación pedagógica y de complementación, dentro de sus horas

de clase.l) Velar por el buen estado y conservación de los bienes y enseres de la Institución

Educativa.m) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la dirección de la Institución Educativa

cuando así lo amerite.n) Apoyar cuando así lo requiera en acciones y trabajos de campo.o) Los docentes están obligados a presenciar el acto protocolar de las formaciones de los

estudiantes. Art. 13.- Los docentes tienen reuniones ordinarias y extraordinarias, para analizar el rendimiento académico, cumplimiento de los programas curriculares, contribuir a la mejora de los aspectos técnicos pedagógicos, solucionar problemas, programar actividades y otros. Las ordinarias se realizan al final de cada periodo.

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Art. 14.- Las sesiones generales de docentes es convocado por el Director con 48 horas de anticipación para las ordinarias y en cualquier momento para las extraordinarias.

Art. 15. SON FUNCIONES DEL PROFESOR RESPONSABLE DE AIP:

a) Organizar y planificar las actividades educativas del AIP.b) Elaborar los documentos vinculados con el funcionamiento del AIP: Plan de trabajo anual,

reglamento de uso, catálogo de recursos, horarios, entre otros.c) Asesorar a los docentes en el desarrollo de actividades educativas con TIC.d) Organizar actividades de capacitación para el aprovechamiento pedagógico de las TIC.e) Velar por la provisión y manteniendo de los recursos educativos, equipamiento e

infraestructura y por la ambientación pedagógica del AIP.f) Reportar el estado de los recursos TIC a la dirección de la Institución Educativa.g) Promover la participación de la comunidad educativa y la comunidad local en el proceso de

integración de las TIC en la Institución Educativa.h) Promover el aprovechamiento educativo de los recursos TIC propuestos por el AIP, la

implementación de bibliotecas digitales y virtuales para la Institución educativa, el desarrollo de materiales educativos por docentes y alumnos y el trabajo colaborativo en la Institución Educativa y con sus partes de otras instituciones educativas.

i) Llevar el inventario de los recursos TIC del AIP a su cargo.j) Informar de las actividades desarrolladas a la dirección y al órgano intermedio de su

jurisdicción.k) Elaborar la ficha técnica de cada una de las maquinas o equipos del AIP.

ART. 16.- SON FUNCIONES DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN.

a) Llevar adecuadamente el registro de asistencia de los alumnosb) Orientar a los alumnos a la práctica del buen comportamiento.c) Recibir a los niños y adolescentes a la hora de ingreso y salida de la Institución Educativa.d) Apoyar al personal docente con el material didáctico y sustituirlo en casos de ausencia.e) Formar a los educandos a la hora de entrada y salida.f) Orientar al padre de familia y usuario sobre el horario de atención del plantel.g) Elaborar informes sobre la asistencia y tardanzas de los alumnos. Todos los informes de

casuísticas y ocurrencias elaborados por los brigadieres, alumnos y profesores, registrará en una hoja personal, para lo cual aperturará un archivo especial.

h) Orientar el comportamiento de los educandos en armonía con las normas establecidas.i) Coordinar con los Padres, atendiendo a la necesidad de salud e higiene de los alumnos.j) Formular el informe anual de inasistencia del 30% y deserción escolar de alumnos de

diferentes grados y secciones, informando a secretaría para el trámite correspondiente.k) Apoyar cuando así lo requiera en acciones y trabajos de campo.l) Integrar la comisión para designación de los brigadieres y policía escolar de acuerdo a los

niveles de rendimiento y don de mando.m) Ingresar 25 minutos antes que los alumnos y salir después que todos los alumnos hayan

salido.n) Cumplir con su horario de trabajo de 30 horas.

ART. 17.- SON FUNCIONES DEL SECRETARIO.

El secretario depende del Director de la Institución Educativa. Sus funciones son:a) Recepcionar, clasificar y distribuir los documentos que ingresa a la Institución Educativa.b) Preparar la documentación para el despacho con el director.c) Controlar y orientar el adecuado funcionamiento del trámite documentario y del archivo.d) Controlar y supervisar el abastecimiento de útiles de oficina y materiales de enseñanza.

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e) Llevar el registro de control de requerimiento de la documentación que entre a la Institución Educativa.

f) Elaborar y expedir certificados de estudio.g) Revisar las nóminas de matrícula comparándolas con las partidas de nacimiento.h) Atender y orientar al público en forma cortés y amigable.i) Elaborar las actas de reuniones y sesiones que convoque el director.j) Elaborar los cuadros para la asignación del Profesor y el cuadro nominal del personal.k) Mantener en reserva y bajo extrema seguridad, toda la documentación debidamente

clasificada.l) Ayudar a la actualización continua del inventario de bienes y enseres.m) Velar por la conservación de las máquinas, muebles y útiles de su oficina.n) Cumplir con su horario de trabajo de 40 horas.o) Apoyar en los trabajos de campo, cuando así lo requiera el servicio.p) Elaborar los informes correspondientes de inicio y finalización del año escolar en los

tiempos establecidos.

ART. 18.- SON FUNCIONES DEL AUXILIAR DE BIBLIOTECA.

El auxiliar de Biblioteca depende del Director de la Institución Educativa. Sus funciones son:

a) Cumplir su jornada laboral de 40 horas de acuerdo al horario establecido.b) Recibir, seleccionar y registrar, según el sistema de organización de bibliotecas todo el

material de lectura.c) Acomodar en estantes los libros, revistas, catálogos y ficheros.d) Orientar a los educandos y profesores el uso de catálogos y/o ficheros de la biblioteca.e) Presentar proyectos de ficha, carné del lector y otros que faciliten el mejor uso de los

materiales bibliográficos.f) Entregar el material de lectura controlando su devolución.g) Actualizar las fichas conforme se registran los ingresos de libros y revistas.h) Confeccionar las fichas bibliográficas.i) Elaborar el inventario de materiales de lectura, mobiliario y equipos de biblioteca, indicando

altas y bajas.j) Elaborar la estadística de lectores.k) Atender con esmero y dedicación, dentro de su horario de trabajo a los educandos y

participantes.l) Atender y orientar a los educandos en el manejo de los libros, así como, su cuidado.m) Atender los requerimientos de los alumnos y personal docente.n) Llevar en orden el registro de profesores y alumnos que prestan libros para su estudio y

consulta en su domicilio por un tiempo limitado.o) Asistir a las diversas capacitaciones que se desarrollen referentes a bibliotecas y aplicar

dichos conocimientos en la mejora del servicio a su cargo.p) Atender el servicio de fotocopias y llevar el control de ingreso haciendo el informe

semanalmente.

ART. 19.- SON FUNCIONES DEL COMITÉ ECONOMICO.

a) Realizar cobranzas y pagos a favor de la Institución Educativa, en forma documentada.b) Realizar informes bimestrales, en las sesiones ordinarias del movimiento de caja,

documentada.c) Racionalizar los gastos.d) Proponer proyectos sobre generación de ingresos.e) Es responsable de las pérdidas que pudieran ocasionarse en el cumplimiento de su

función.f) Demostrar honestidad en el cumplimiento de su función.

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g) Comercializar productos.h) Llevar el libro de caja.

ART. 20.- SON FUNCIONES DEL AUXILIAR DE LABORATORIO.

a) Recibir equipos, materiales e insumos una vez concluida la practica, verificando el estado en que se encuentra y los ubica en su respectivo lugar e informa de alguna baja.

b) Llevar el control de prácticas mediante el libro de registro.c) Llevar el control de equipos y materiales fuera del ambiente de laboratorio.d) Evitar el ingreso de personas ajenas al gabinete y almacén.e) El manejo de las llaves del ambiente de laboratorio es de su responsabilidad.f) Participar en las reuniones a las que fuera convocado por la dirección o profesor

responsable del área de ciencias.g) Al termino de su turno comprobará la existencia de los materiales, asegurando todas las

llaves de servicio: agua, luz, gas y dando seguridad a las puertas.h) Colaborar en la preparación anticipada de soluciones, materiales biológicos y otros que

sean necesarios para una practica.i) Elaborar y difundir normas, cartillas y carteles de seguridad.j) Formular anualmente el cuadro de requerimiento de materiales y reactivos informando al

Profesor responsable de ciencias.k) Permanecer en el ambiente de laboratorio mientras dure el tiempo de su hora de trabajo.l) Estar sujeto al reglamento de organización y funciones de laboratorio.m) Cumplir con su horario de trabajo de 40 horas.

ART. 21- SON FUNCIONES DEL PERSONAL DE SERVICIO.

Los trabajadores administrativos dependen de la dirección de la Institución Educativa. Sus funciones son:

a) Efectuar la limpieza de las aulas; oficinas, laboratorios, patios, baños, biblioteca y otros ambientes; distribuyéndose el trabajo de acuerdo al turno designado.

b) La limpieza debe realizarse en forma anticipada y cumpliendo su horario.c) Informar detalladamente los daños y/o desperfectos de las instalaciones y mobiliario,

indicando a la persona responsable, fecha y circunstancia del hecho.d) Velar por la conservación de la infraestructura y áreas verdes de la Institución Educativa.e) Realizar trabajos de almacenamiento, embalaje y distribución de materiales.f) No puede abandonar la Institución Educativa durante su horario de trabajo, sin

conocimiento o autorización del Director.g) Debe ofrecer un trato respetuoso al personal docente, alumnos y padres de familia.h) Cumplir con su horario de trabajo de 40 horas.i) Justificar por escrito al director sus inasistencias.j) Colaborar con el cuidado y conservación el uso de los servicios higiénicos por parte de los

alumnos.k) Apoyar en los trabajos diversos que se desarrollen en los módulos educativos

ART. 22. - SON FUNCIONES DEL PERSONAL DE GUARDIANIA.

a) Controlar los muebles y enseres de la Institución Educativa, para que no salgan sin la debida autorización de la dirección.

b) Controlar el ingreso de los usuarios a la Institución Educativa, solicitando sus documentos de identificación, de lo contrario, se consultará a la dirección, o personal encargado.

c) No abandonar su puesto de trabajo, ni encargar a otros sus funciones.d) Cumplir con su horario de trabajo, 40 horas.e) Ser responsable de las pérdidas que hubiere en su horario de trabajo.f) Apoyar al personal de servicio en la limpieza de ambientes

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g) Cuidar la Institución Educativa en su integridad.h) Informar por escrito, diariamente las ocurrencias del día.i) Mantener buenas relaciones con los trabajadores del plantelj) Cuidar módulos y velar por la alimentación de los animales, los sábados y domingos.k) Apoyar en los trabajos de campo por la necesidad del servicio.

Art. 23.- El comité de defensa civil, planifica, coordina, organiza, ejecuta y evalúa, acciones tendientes a orientar al alumnado y comunidad educativa referente a la seguridad interna en casos de desastres naturales y artificiales.Art. 24.- Quien preside el comité de defensa civil es un docente y está conformado por alumnos, trabajadores administrativos y padres de familia.Art. 25.- Los gastos operativos del comité de defensa civil, son financiados por la APAFA y consta en el presupuesto anual.Art. 26.- Los brigadieres y policía escolar, son órganos de apoyo en cuanto concierne al orden y disciplina de los estudiantes y dependen directamente del auxiliar de educación.Art. 27.- Los brigadieres y policía escolar son ejemplos de rendimiento académico y comportamiento.

ART. 28- SON FUNCIONES DE LOS BRIGADIERES Y POLICÍA ESCOLAR:

a) Velar por el orden y comportamiento de sus compañeros dentro del aula y fuera de él.b) Cumplir con su función encomendada.c) Informar en honor a la verdad y por escrito las inconductas de sus compañeros,

oportunamente, sin caer en bajas pasiones y o venganzas.d) Apoyar en el control de sus compañeros en los actos cívicos y patrióticos.e) Apoyar en el cumplimiento de las normas de convivencia establecidas en la institución

educativa.

Art. 29.- Los comités de aula son organizados por los asesores de cada sección. Los comités de aula promueven charlas, conferencias, paseos, visitas de estudio, en bien de sus hijos, también son fiscalizadores de la labor educativa que se desarrollan en las aulas.Art. 30.- El comité del uso indebido de drogas (COPUID), planifica, coordina, organiza, ejecuta y evalúa, acciones tendientes a la orientación acerca del uso de drogas. Es un órgano de apoyo para la prevención.Art. 31.- El COPUID, es presidido por un docente, lo integran alumnos y padres de familia.

TITULO II:

GESTION PEDAGÓGICA.

CAPITULO VII: ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ACADEMICA

Art. 32.- El personal directivo, docentes y educandos, deben participar en todas las actividades académicas y en las actuaciones cívicos patrióticos y entonar el Himno Nacional y el Himno a Juan Guerra con fervor patriótico.

CAPITULO VIII: EL CURRICULO.

Art. 33.- El currículo comprende experiencias formativas e informativas de carácter técnico práctico en los campos científicos humanístico y técnico, con el fin de contribuir al desarrollo integral del educando.

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CAPITULO IX: METODOLOGÍA.

Art. 34- La metodología comprende fundamentalmente los aspectos de trabajo académico, promoción educativa comunal, actualización docente, supervisión educativa, orientación y bienestar del educando, calendario cívico, actividades y mejoramiento de infraestructura.

CAPITULO X:

Art. 35- De los CERTIFICADOS

La Institución Educativa otorga el certificado de estudio a los alumnos que acrediten haber terminado satisfactoriamente.

Los reclamos sobre deficiencias en el certificado serán resueltos por el director de la Institución Educativa.

Los certificados de estudios serán firmados por el director y el secretario. Se llevara un estricto control de la expedición de los formatos del certificado de estudio.

Art. 36.- DE LA MATRICULA.

El proceso de matricula y ratificación de la misma se realizara a partir de enero de cada año y estará a cargo de la dirección, secretaría y tesorería de padres de familia.

Art. 37.- El proceso de evaluación de recuperación, se ejecutara en el mes de enero, para los alumnos egresantes del año anterior, en febrero los alumnos que reciben clases del programa de recuperación integral y en marzo aquellos alumnos que no hayan asistido a dicho programa.

Art. 38.- Los traslados de matricula se realizan entre marzo y octubre.Art. 39.- Las tarjetas de información y otros documentos, serán entregados a fin de cada periodo y al final de año a los padres de familia. Art. 40.- Los padres de familia y los usuarios serán atendidos en el horario establecido por la dirección del plantel.Art. 41.- El horario de atención del director serán publicados en un lugar visible para los conocimientos de los usuarios.

CAPITULO XI: SUPERVISION.

Art. 42.- La supervisión en la Institución Educativa es responsabilidad de los directivos y jerárquicos. Comprende acciones de asesoramiento, promoción y evaluación dirigida a optimizar la programación curricular, la enseñanza – aprendizaje y la evaluación. Se ejecutará conforme lo establecido en el Plan de Supervisión de la Institución Educativa.

CAPITULO XII: DE LOS HORARIOS.

Art. 43.- La Institución Educativa “Juan Guerra”, desarrollara sus actividades educativas por las mañanas.Art. 44.- Las actividades educativas se desarrollaran en el horario siguienteEntrada: 7: 15 am Salida 12: 50 pm.

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TITULO III:

GESTION ADMINISTRATIVA.

CAPITULO XIII: DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS.

ART. 45.- SON DERECHOS DE LOS ALUMNOS:

a) Recibir formación integral dentro de un ambiente de seguridad moral y física.b) Ser tratado con dignidad y respeto sin discriminación alguna.c) Participar en todas las actividades y eventos culturales, deportivos, artísticos, religiosos,

cívicos y otros, organizados por el plantel y comunidad.d) Ser evaluados con justicia, equidad y merecer las notas que le corresponda.e) Expresar libre y creativamente sus ideas e iniciativas que favorezcan el desarrollo de su

personalidad.f) Ser informados de sus derechos y deberes como alumno de la Institución Educativa “Juan

Guerra”.g) Participar de los regímenes de estímulos y premios individuales o grupales, en merito a su

destacada conducta y rendimiento, como de su participación en actividades deportivas, cívicas y culturales.

ART. 46.- SON DEBERES DE LOS ALUMNOS.

a) Acatar el régimen educativo del plantel con fe y confianza en sus profesores.b) Obedecer, respetar a sus profesores, compañeros y personal de la Institución Educativa.c) Participar responsablemente en las actividades de la Institución Educativa.d) Asistir a la Institución Educativa debidamente aseado, con corte del pelo escolar, con útiles

escolares completos y correctamente uniformados, e) Cuidar los ambientes, mobiliario y demás instalaciones.f) Asistir con puntualidad a sus labores y actividades que se realicen organizados por el

plantel y la comunidad. g) Obedecer y respetar a las autoridades de la Institución Educativa como a los profesores,

compañeros y comunidad en general, dentro y fuera de él.h) Demostrar adecuado comportamiento dentro y fuera del plantel.i) Asistir en forma obligatoria y en cumplimiento a la ley a rendir sus exámenes de aplazados

de 1, 2, y 3 áreas, caso contrario y por ningún motivo se promoverá de grado a los alumnos que tengan 2 y 3 áreas.

j) Los alumnos repitentes pierden la gratuidad de la enseñanza.k) Los alumnos del 5° grado deben aprobar todas las áreas hasta el mes de marzo, caso

contrario repiten de grado. l) El pago será de 45.00 soles anuales o 5.00 soles mensuales.

Art. 47.- Son estímulos por acciones destacadas, los siguientes: a) Felicitación verbal y público. b) Felicitación escrita, por resolución. c) Diploma al meritod) Resolución por Deportista destacado y o calificadoe) Estimular por acciones individuales y colectivas, la inteligencia múltiple.

Art. 48.- Se consideran acciones destacadas y extraordinarias dentro de la Institución Educativa, el alto rendimiento académico y el buen comportamiento, participaciones en actividades deportivas, cívicas y culturales. Fuera de la Institución, se consideran las buenas acciones realizadas a favor de la comunidad.

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ART. 49.- SON PROHIBICIONES:

a) Prohibido la presencia de alumnos en Discotecas, bares billares y otros, no aptos para su edad.

b) Abandonar la Institución en horas de trabajo educativo sin autorización.c) Causar deteriores en el local escolar, instalaciones y el mobiliario.d) Maltratar de palabra u obra a sus compañeros.e) Violación e intento de violaciónf) Abandonar las aulas en horas de clases sin autorización del profesor.g) Venir con maquillaje o alhajas al plantel.h) Venir con el cabello largo en caso de los varones y con cabello suelto en caso de las

mujeres i) Se podrá realizar actividades bailables previa autorización de la Dirección.j) Traer revistar pornográficas y otros de carácter obsceno.k) Consumir drogas y bebidas alcohólicas.l) Calumniar a los compañeros, profesores y demás trabajadores del plantel.m) Mostrar actitudes de insubordinación.n) Realizar fraudes y robos.o) Formar grupos de pandillaje.p) Recibir información de notas en la sala de profesores.q) Ingresar sin autorización a la sala de profesores.r) Ingresar sin autorización a la sala de cómputo.s) Prohibido el ingreso de celulares y objeto de valor y dinero en grandes cantidades, a la

institución.Las sanciones se aplicarán de acuerdo a la gravedad de la falta.

ART. 50.- SON SANCIONES

a) Amonestación verbal del profesor.b) Amonestación escrita del director.c) Suspensión por, 03, 05, 10, 15 días.d) Separación definitiva.

TITULO IV

DEL REGIMEN ADMINISTRATIVO CAPITULO XIV: FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA.

ART. 55.- SON DEBERES DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA:

a) Planificar, ejecutar y evaluar las acciones educativas en concordancia con la legislación vigente, los lineamientos de política del sector y las características del medio.

b) Desarrollar y evaluar los programas de estudio de educación secundaria; incorporando acciones que correspondan a los requerimientos propios del educando y su medio.

c) Brindar servicio de tutoría y bienestar al educando, creando las condiciones propicias para su desarrollo en estrecha vinculación con la familia y la comunidad.

d) Participar en acciones de promoción y desarrollo de la comunidad.e) Promover permanentemente actividades cívico-Patrióticas que contribuyan a crear

conciencia sobre la soberanía de la defensa y seguridad nacional.f) Administrar al personal, recursos materiales, financieros y ejecutar las acciones

administrativas de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.g) Promover y coordinar el desarrollo de acciones educativas con los órganos del sector

educación, gobiernos locales y otras instituciones Públicas y Privadas.

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CAPITULO XV: DE LOS PROCEDIMIENTOS Y REGISTROS ADMINISTRATIVOS.

Art. 56.- La jornada laboral del personal directivo, docente y de servicio es de lunes a viernes. Pudiéndose establecer clases para nivelar a los alumnos, solo en casos programados por la institución y debidamente autorizados. Art. 57.- El auxiliar de Educación ingresará 25 minutos antes de la hora de ingreso de los alumnos y se retirará después que todos los alumnos hayan salido.Art. 58.- Todo el personal está obligado a registrar su hora de ingreso y salida en el parte de asistencia respectivo.Art. 59.- El plan de trabajo, reglamento interno, y presupuesto de operación e inventario son instrumentos de gestión y son aprobados por decreto directoral y son de aplicación permanente.Art. 60.- Los documentos utilizados en las acciones de supervisión interna, obrarán en el archivo del plantelArt. 61.- La Institución Educativa organizará el escalafón interno del personal. El director remitirá a la UGEL Tarapoto, los cuadros de personal en las fechas establecidas para ésta.Art. 62.- La elaboración de la estadística relacionada con la matrícula, promoción y desarrollo de las áreas es obligatoria y será remitida a la UGEL, en las fechas programadas según cronograma para tal efecto.Art. 63.- Cada Bimestre se graficará y publicará los datos estadísticos relacionados con el rendimiento de las áreas; a fin de llevar a cabo su control y tomar las medidas correctivas necesarias.Art. 64- Las reuniones del personal docente y otros actos significativos del plantel constarán en el libro de actas.Art. 65.- Los bienes muebles y enseres del plantel estará registrado en el inventario correspondiente.Art. 66.- Las fichas, nóminas de matrícula y actas de evaluación estarán debidamente ordenadas y archivadas para su rápido manejo y control.Art. 67- Los registros de evaluación permanecerán en el plantel. Los docentes los utilizarán para ejecutar su trabajo en las aulas, luego los dejarán en el archivo correspondiente.Art. 68.- Los decretos directorales debe ser debidamente numerados y archivados.Art. 69.- La documentación contable y pedagógica es patrimonio institucional y debe ser archivada por la seguridad del caso.

CAPITULO XVI: REGIMEN ECONOMICO.

DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS.

DE LOS INGRESOS PROPIOS.

Art. 70.- Se consideran ingresos Propios, la venta de: humus, plantones, productos agrícolas y pecuarios, también los aportes de Padres de Familia, donaciones y legados. Art. 71.- El dinero que ingrese se invertirá en módulos y otras necesidades, según prioridades del plantel.Art. 72.- El pago por concepto de Asociación de Padres de familia es exigible en relación con la matrícula, su ratificación y permanencia del educando. Los pagos se efectúan por partes o de acuerdo a lo estipulado en asamblea general de APAFA, en concordancia a lo estipulado por el Ministerio de Educación.Art. 73.- Todo pago se efectuará a través de Tesorería, de efectuarse en otras instancias la transacción no tiene validez.

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OTROS SERVICIOS.

Art. 74.- Los servicios de tutoría y bienestar del educando, se ofrece a la Institución Educativa como acción propia del proceso educativo y contribuye a la formación integral del educando promoviendo su desarrollo biosicosocial.Art. 75.- Los objetivos de tutoría y bienestar del educando se logran a través del Comité de orientación y bienestar del educando que funciona en la Institución Educativa, presidido por el director y conformado por dos profesores orientadores.Art.76.- Los profesores son responsables de las actividades de orientación, integrándolas al desarrollo de las áreas, también participan en los servicios de bienestar social y actividades de recreación.Art. 77.- Los Profesores del área técnica, brindan servicios de asesoramiento a los agricultores de la comunidad, cuando así sean requeridos.

RECURSOS MATERIALES.

CAPITULO XVII: DE LAS ADQUISICIONES.

Art. 78.- Toda adquisición que realiza la Institución Educativa debe estar de acuerdo al reglamento único de adquisiciones (RUA).Art.- 79.- Cuando el caso lo amerite se formará un comité especial de adquisición que será presidido por el director, los demás miembros son elegidos en asamblea de APAFA.Art. 80.- Los bienes muebles, maquinarias y equipos que se adquieran deben estar de acuerdo a las innovaciones y la tecnología moderna.

CAPITULO XVIII: DEL INVENTARIO Y SU USO.

ART. 81 - SON ASPECTOS FUNDAMENTALES DEL INVENTARIO Y SU USO:

a) El director es responsable del uso y actualización del inventario.b) Todo el personal está autorizado a usar los bienes, herramientas, equipos y demás

enseres, mientras lo cuide y no lo deteriore.c) Para el uso de los bienes de la Institución Educativa debe firmarse un cargo una vez

devuelto el bien debe dar conformidad del descargo.d) Cada fin de año debe levantarse el inventario; ya sea con las altas y bajas que sean

necesarias.e) De la conservación del bien es responsable la última persona que la utilizó, en caso

contrario, asume responsabilidad de acuerdo a las circunstancias en la que ocurrió. En este caso quién determina el grado de responsabilidad es el Comité de coordinación Interna.

CAPITULO XIX: DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, ESTIMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO.

ART. 82.- SON DERECHOS DEL PERSONAL.

a) Recibir un trato justo y adecuado de la autoridad y miembros de la comunidad educativa.b) Hacer uso de todos los servicios, instalaciones, ambientes y demás lugares de la

Institución.c) Hacer uso de permisos, licencias, según disposiciones legales vigentes.d) Recibir un reconocimiento justo por el desempeño eficiente en sus funciones.e) Asistir a programas de perfeccionamiento, capacitación, actualización, y entrenamiento f) Realizar trabajos de investigación, experimentación, y aplicación en el campo de la ciencia

y la técnica educativa.

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ART. 83.- SON DEBERES DEL PERSONAL:

a) Asistir puntualmente a la Institución Educativa para el cumplimiento de sus funciones.b) Cumplir con la programación, evaluación y desarrollo de su programa curricular.c) Participar activamente en las actividades: culturales, educativas, deportivas, cívicas,

artísticas, y otras de la Institución Educativa.d) Evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje de acuerdo con las normas vigentes.e) Integrar las comisiones de trabajo y colaborar con la dirección de la Institución Educativa

en las acciones que permitan el logro de los objetivos.f) Orientar permanentemente a los educandos y velar por su seguridad, durante el tiempo

que permanezca en la Institución.g) Realizar acciones de recuperación Pedagógica con los alumnos que no logran sus

avances normales.h) Cooperar en acciones de mantenimiento y conservación de los bienes de la Institución

Educativa.i) Informar a los padres de familia sobre el rendimiento académico y comportamiento de sus

hijos.j) Llevar con corrección los archivos correspondientes al área a su cargo.k) Vigilar diariamente y en todo momento a los alumnos para que estén correctamente

uniformados.l) Cumplir con las disposiciones contenidas en el reglamento interno.

ART. 84.- SON PROHIBICIONES.

a) Abandonar del centro educativo en horas de labor sin permiso ni justificación alguna.b) Dedicarse en horas de trabajo a otras labores ajenas a su función.c) Emplear a los alumnos para sus servicios personales.d) Solicitar cuotas de dinero a los alumnos y/o padres de familia sin autorización alguna.e) Realizar actividades de carácter político partidario.f) Desarrollar temas de beneficio distinto a los considerados en la programación curricular sin

la autorización oficial de la autoridad competente.g) Incitar a los alumnos a formar grupos disociadores o provocar desórdenes en la Institución

Educativa.h) Dedicar horas de clase a la calificación de pruebas de otras asignaturas.i) Asistir a la Institución Educativa en estado no ecuánime, etílico, o fomentar escándalos de

palabra u otra, delante de los educandos.j) Inasistir a sus labores reiteradamente, por motivos que no sean justificados.k) No entregar en la fecha indicada los trabajos, informes y otros documentos que de acuerdo

a sus obligaciones debe hacerlo.l) Dejar de ingresar al aula al toque del timbre que señala el trabajo.m) Someter a castigos corporales a sus alumnos, lesionando su personalidad.n) Simular reiteradas enfermedades.o) Renunciar al cargo que le hubiere encomendado a favor de la Institución Educativa sin

motivo justificado.p) Abandonar tareas o salir del plantel en horas de trabajo sin autorización del director.q) Sacar fuera del plantel los materiales, herramientas mobiliarios, máquinas y otros objetos,

sin autorización.

CAPITULO XX: DE LA COMISION DE DISCIPLINA.

Art. 85.- DE LOS ESTIMULOS Y SANCIONES DEL PERSONAL

Los estímulos a que se hacen acreedores el personal son:a) Mención honrosa.

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b) Felicitación escrita.c) Diploma de mérito.d) Resolución de felicitación.e) Estímulo económico.

CAPITULO XXI: DE LA COMISION DE ESTIMULOS.

Art. 86.- Para el otorgamiento de los estímulos señalados en el artículo anterior se constituirá una comisión de estímulos integrado por:a) El director, quien lo preside.b) Un representante del personal docente.

Art. 87.- Los criterios y procedimientos para el otorgamiento de los estímulos, serán determinados por la comisión y constará en acta.

ART. 88- SANCIONES AL PERSONAL.

De acuerdo a cada caso son los siguientes.a) Llamada de atención verbal.b) Llamada de atención escrita.c) Amonestación escrita.d) Suspensión del servicio.e) Separación del cargo.

TITULO V.

RELACIONES Y COORDINACIÓN.

Art. 89.- La Institución Educativa “Juan Guerra”, establecerá sus relaciones y coordinaciones con el Ministerio de educación a través de la UGEL – Tarapoto.Art. 90- La dirección de la Institución Educativa solicitará la asesoría a la UGEL – Tarapoto, de acuerdo a las normas legales vigentes, a fin de optimizar el servicio educativo.Art. 91.- La dirección de la Institución Educativa realizará actividades de capacitación para docentes y no docentes y Padres de familia en coordinación con la UGEL – Tarapoto.

Art. 92. - DE LA ASOCIACIÓN DE PÁDRES DE FAMILIA (APAFA).

a) Participar en el proceso Educativo de sus hijos.b) Colaborar en el desarrollo de las actividades educativas que realiza en la Institución.c) Ejecutar, supervisar y evaluar el mejoramiento de los servicios, infraestructura, mobiliario

escolar y otros de la Institución Educativa.d) Respetar el desarrollo académico que realiza el docente.e) Contribuir al cumplimiento de las disposiciones administrativas encomendadas por el

ministerio de educación, para el mejor funcionamiento de la Institución Educativa.f) Están obligados a participar en la escuela de Padres.

CAPITULO XXII: DEL CONSEJO DIRECTIVO DE PADRES DE FAMILIA.

Art. 93- La asociación de padres de familia y los comités de aula agrupan a los padres de familia y apoderados de los alumnos, tienen carácter de apoyo a la gestión de la Institución Educativa, regidos por su propio reglamento y el Decreto Supremo No. 020-98-ED, cumplen las siguientes funciones.a) Participar en el desarrollo de las actividades educativas del Plantel.b) Apoyar al mejoramiento de servicios, infraestructura, equipamiento, mobiliario escolar.

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c) Formular, ejecutar, supervisar y evaluar el presupuesto y plan de trabajo de la APAFA.d) Organizar servicio de capacitación, dirigidos a los padres de familia para revalorar la

estructura familiar.e) Coordinar con otras asociaciones de la red educativa.f) Mantener informados constantemente a los asociados.g) Proponer estímulos para alumnos y docentes de mayor rendimiento.h) Informar Al personal docente sobre sus planes y proyectos.

Art. 94.- El CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL, es un órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la Institución Educativa, contribuye a la promoción y gestión educativa de calidad de carácter transparente, moral y democrática.Art. 95.- El Consejo Educativo Institucional está presidido por el Director de la Institución Educativa, integrado por los Coordinadores, representante de los Docentes, estudiantes, administrativos, ex alumnos y Padres de familia, autoridades y representantes de otras instituciones a invitación de los miembros.

ART. 96.- SON FUNCIONES DEL CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL.

ASPECTOS DE PARTICIPACIÓN.

a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, Plan Anual de Trabajo, Reglamento Interno, Proyecto Curricular de Centro Educativa y demás instrumentos de gestión educativa.

b) Promover mecanismos y modelos de participación de los actores educativos de la sociedad civil para contribuir al buen clima y liderazgo institucional, así como en la evaluación de la gestión de la institución, orientada a mejorar su prestigio en la comunidad.

c) Participar en la elaboración del cuadro de distribución de secciones y horas de clase de la institución educativa a través de un representante.

d) Fortalecer la organización, funcionamiento y seguimiento de “Círculos de mejoramiento de la calidad del aprendizaje y enseñanza”, “Círculos de investigación e innovación” y otras formas de organización de estudiantes, personal Docente, y administrativos, conducentes a elevar la calidad de los servicios educativos.

e) Proponer acciones concretas de sensibilización en la comunidad educativa, orientadas a la conservación del local y uso adecuado del mobiliario y equipos de la Institución Educativa.

f) Proponer a la Dirección normas de convivencia para el personal y alumnado, y criterios de participación en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

g) Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia y asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa.

h) Participar en la evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución.

i) Promover eventos de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones y la conformación de organizaciones juveniles.

j) Proponer mecanismos de reconocimiento y estímulos al personal Docente y Administrativo, que destaquen en su desempeño en el aula y en la institución educativa y a los estudiantes según los resultados obtenidos en el marco del proyecto curricular de centro y la misión institucional prevista en el proyecto educativo institucional.

k) Proponer a los padres de familia por medio de su representante, mecanismos e instrumentos para contribuir en la mejora de los aprendizajes de sus hijos, desde la familia y la institución educativa, a partir de aprender a escuchar a los hijos, del mejor uso del tiempo para el estudio en el hogar, el apoyo en la ejecución de las tareas escolares y la práctica vivencial de los valores.

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ASPECTOS DE CONCERTACIÓN.

a) Promover el establecimiento de vínculos con las organizaciones e instituciones de la localidad que potencien el uso de los recursos existentes.

b) Brindar apoyo a la Dirección de la Institución en la resolución de conflictos que se susciten al interior de ella.

c) Generar acuerdos que fortalezcan la mejora de la gestión pedagógica institucional y administrativa, priorizar la comprensión lectora, el pensamiento lógico matemático, promoción de comportamiento de vida organizada en función de valores y una cultura de derechos en cada aula de la institución.

ASPECTOS DE VIGILANCIA.

a) Vigilar la equidad en el acceso y permanencia de los estudiantes.b) Cautelar y vigilar la ejecución del presupuesto participativo anual de la institución y de la

asociación de padres de familia en función del proyecto educativo institucional y el proyecto curricular de centro. El plan operativo anual de la APAFA deberá estar articulado al plan anual de trabajo de la institución.

c) Ejercer acciones de vigilancia en el desempeño de los actores de la institución y evitar acciones externas que afecten el buen funcionamiento institucional, promoviendo el trabajo digno, gestión transparente y participar en la evaluación de las acciones institucionales.

d) Supervisar el número de horas efectivas de clase que reciben los alumnos de acuerdo al número de horas programadas según el plan de estudios y el cuadro de distribución de secciones y horas de clase por sección y grados.

e) Verificar el uso efectivo de horas de clase por secciones, áreas curriculares según la secuencialización de contenidos y competencias del proyecto curricular de centro.

f) Confirmar la asistencia y puntualidad de Docentes en el horario de clases.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS.

PRIMERA.- El reglamento interno será aprobado en asamblea general de docentes y demás trabajadores.SEGUNDA.- Para reajustar el presente reglamento se conformará un comité integrado por representantes del personal docente, directivo y administrativo.TERCERA.- Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán absueltas por la dirección.CUARTA.- El presente reglamento será distribuido a los padres de familia.QUINTA.- El presente reglamento entra en vigencia al siguiente día de su aprobación.

Juan Guerra, mayo del 2015.

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