REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE...

27
FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas Cel : 0981 298 - 876 Mail : [email protected] REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS FEPADA - AÑO 2017 CAPITULO 1: DISPOSICIONES GENERALES El presente documento constituye el Reglamento General de la Federación Paraguaya de Deportes Acuáticos (FEPADA), son regulaciones básicas para las competencias de FINA en todos los tipos de competencias de Natación, Natación en Aguas Abiertas, Clavados, Nado Sincronizado y Masters. En los artículos siguientes se referirá al presente Reglamento General como REGLAMENTO y a la Federación Paraguaya de Deportes Acuáticos, por sus siglas: FEPADA. En este REGLAMENTO por competidores deberá entenderse nadadores de todas las modalidades de la Natación. Artículo 1°: Todos los Clubes y Asociaciones que integran la FEPADA respetarán, acatarán y se regirán en todo lo concerniente a los deportes acuáticos, exclusivamente, por este Reglamento. Las modificaciones o enmiendas que en cada Congreso resuelvan la FEDERACION INTERNACIONAL DE NATACION (FINA), UNION AMATEUR DE NATACION DE LAS AMERICAS (UANA) y la CONFEDERACION SUDAMERICANA DE NATACION (CONSANAT) referente a todo lo relacionado a los deportes acuáticos (natación, natación en aguas abiertas, clavados, wáter polo, nado sincronizado y máster), entrarán en vigencia y formarán parte del presente Reglamento, luego de recibida la comunicación oficial en FEPADA y dentro de los diez (10) días de la notificación que haga ésta a los clubes afiliados. Artículo 2°: Las sanciones aplicadas por la FEPADA, conforme a sus Estatutos y a este Reglamento, son de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades afiliadas y deportistas registrados por ella.

Transcript of REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE...

Page 1: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE

DEPORTES ACUATICOS

FEPADA - AÑO 2017

CAPITULO 1: DISPOSICIONES GENERALES

El presente documento constituye el Reglamento General de la Federación

Paraguaya de Deportes Acuáticos (FEPADA), son regulaciones básicas para las

competencias de FINA en todos los tipos de competencias de Natación, Natación

en Aguas Abiertas, Clavados, Nado Sincronizado y Masters.

En los artículos siguientes se referirá al presente Reglamento General como

REGLAMENTO y a la Federación Paraguaya de Deportes Acuáticos, por sus

siglas: FEPADA.

En este REGLAMENTO por competidores deberá entenderse nadadores de todas

las modalidades de la Natación.

Artículo 1°: Todos los Clubes y Asociaciones que integran la FEPADA respetarán,

acatarán y se regirán en todo lo concerniente a los deportes acuáticos,

exclusivamente, por este Reglamento.

Las modificaciones o enmiendas que en cada Congreso resuelvan la

FEDERACION INTERNACIONAL DE NATACION (FINA), UNION

AMATEUR DE NATACION DE LAS AMERICAS (UANA) y la

CONFEDERACION SUDAMERICANA DE NATACION (CONSANAT)

referente a todo lo relacionado a los deportes acuáticos (natación, natación en aguas

abiertas, clavados, wáter polo, nado sincronizado y máster), entrarán en vigencia y

formarán parte del presente Reglamento, luego de recibida la comunicación oficial

en FEPADA y dentro de los diez (10) días de la notificación que haga ésta a los

clubes afiliados.

Artículo 2°: Las sanciones aplicadas por la FEPADA, conforme a sus Estatutos y a

este Reglamento, son de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades

afiliadas y deportistas registrados por ella.

Page 2: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Artículo 3°: La FEPADA es la única entidad que puede organizar competencias con

el título de Campeonato Nacional, otorgar títulos de Campeones Nacionales,

homologar récords nacionales y Organizar Competencias Internacionales

(Campeonatos Sudamericanos, Continentales o Mundiales).

Artículo 4°: La FEPADA es la única entidad que puede seleccionar competidores,

técnicos y jueces para representar al país en los Juegos Olímpicos, Campeonatos

Sudamericanos y en Campeonatos Internacionales, en donde se ostente la

representación nacional. El criterio que utilizará la FEPADA con el fin de

seleccionar los nadadores y técnicos para las representaciones internacionales será

establecido por la misma, conjuntamente con su cronograma de torneos y

actividades, si así no lo determinase, se estará a lo que sobre este punto ella haya

decidido para el último campeonato internacional. La FEPADA notificara a los

clubes afiliados los criterios de selección y será de carácter obligatorio y excluyente

si la FEPADA considere una inspección médica o control antidoping para

conformar las distintas selecciones representativas de la Federación.

Artículo 5°: Toda delegación deportiva que lleve la representación nacional a

Campeonatos, Torneos o Competencias Deportivas Internacionales, deberá estar

integrada por ciudadanos paraguayos o atletas debidamente autorizados por

FEPADA. Podrá inscribirse a la delegación nacional a técnicos extranjeros de

relevantes méritos deportivos, previa comunicación a la Secretaria Nacional de

Deportes. Los Campeonatos, Torneos o Competencias Inter clubes internacionales,

quedan exceptuados de lo dispuesto en el presente artículo.

Artículo 6°: En el ámbito internacional, los únicos cuerpos reconocidos que

gobiernan los deportes acuáticos son: la Federación internacional de Natación

(FINA), UNION AMATEUR DE LAS AMERICAS (UANA) y la Confederación

Sudamericana de Natación (CONSANAT),a los cuales está afiliada la FEPADA y

de cuyas reglas emana en el presente Reglamento

Artículo 7°: Las entidades afiliadas a la FEPADA deberán realizar un esfuerzo para

formar Oficiales (Jueces y Crono metristas) que deberán actuar en los Campeonatos

Nacionales, Promocionales, inter clubes y competencias abiertas.

Artículo 8°: Todo evento organizado o fiscalizado por la FEPADA, deberán proveer

de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

presentarse.

Artículo 9°: El presente Reglamento de la FEPADA solo podrá ser modificado por

simple mayoría de votos del Comité Ejecutivo y notificado a los clubes afiliados,

hasta 8 días antes de los campeonatos nacionales.

Page 3: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Artículo 10°: La FEPADA se regirá por el último reglamento de La FINA en todo

lo concerniente a los estilos, a la modificación de los mismos, a las especificaciones

técnicas, a las implementaciones tecnológicas y demás determinaciones que en este

reglamento no se hallasen contempladas.

Artículo 11°: Ante cualquier duda o vacío, se estará a lo establecido en los

reglamentos de la FINA, UANA, CONSANAT y de la Legislación Nacional

Vigente sobre el Deporte, respectivamente y si persistiera, a la resolución dictada

por una Comisión especializada formada por la FEPADA para el efecto, que tendrá

un plazo no mayor de diez días para pronunciarse al respecto.

CAPITULO II: DE LA REMUNERACION E IMAGEN

Artículo 12°: Tanto la posibilidad de un deportista acuático de acceder a benéficos

económicos. Así como la forma de remuneración, estará regidas por las normas

establecidas por el máximo organismo regente de la natación Internacional (FINA),

así como también por lo que sobre este punto, la Legislación Nacional determine.

La FEPADA tiene el derecho y la potestad de utilizar la imagen de sus atletas para

fomentar los deportes acuáticos a nivel nacional, así como también para

promocionar los torneos y campeonatos por ella organizada.

Artículo 13°: Un club afiliado o deportista fichado a la FEPADA que participe en

una competencia debidamente organizada en un país extranjero deberá observar y

regirse por las reglamentaciones de la Federación bajo cuya jurisdicción se lleve a

cabo la competencia.

Artículo 14°: En cualquier caso de disputa que surja referente a pruebas de deportes

acuáticos (natación, natación en aguas abiertas, clavados, wáter polo, nado

sincronizado y masters), tendrá vigor el Reglamento de la Federación bajo cuya

jurisdicción se celebra la Competencia. Salvo en los juegos Olímpicos, en los cuales

el BUERAU de la FINA es el que tiene todos los poderes o en los Campeonatos

Sudamericanos, en cuyo caso es la CONSANAT, la que Los rige. No obstante, un

deportista sancionado en cualquier país, tendrá derecho a apelar ante la FEPADA a

cual estudiara el caso y si considera que corresponde, presentara la apelación en

cuestión a las instancias correspondientes.-

Artículo15°: Todo técnico u oficial que acompañe al atleta que ha realizado una

gira, representando al país en encuentros internacionales, deberá presentar a la

FEPADA. un informe Técnico de la gira, y financiero en caso de haber recibido

apoyo de la FEPADA dentro de los catorce (14) días desde el regreso al país. Caso

Page 4: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

contrario será pasible de una sanción definida por el Comité Ejecutivo de la

FEPADA.

Artículo 16°: Todo deportista debidamente fichado a la FEPADA podrá permanecer

en el extranjero, de gira o entrenando, el tiempo que dure dichas circunstancias, esto

no afectara su pertenencia a la FEPADA siempre y cuando se encuentre al día con

sus obligaciones para con la FEDERACION y participe como mínimo una vez al

año de uno de los torneos oficiales realizados en territorio nacional, organizado o

fiscalizado por la FEPADA, esto último para ser tenido en consideración al

momento de realizar la conformación de los equipos nacionales.

CAPITULO III: DE LAS AUTORIDADES PARA COMPETENCIAS

INTERNACIONALES.

Artículo 17°: Los competidores, individualmente o como grupo, incluso las

autoridades o delegados de las representaciones de las Federaciones Nacionales,

que participando en cualquier encuentro o evento internacional:

1) Se niega a cumplir con sus obligaciones como verdaderos deportistas.

2) Se retiran de un evento por razones políticas.

3) Objetan la designación de las autoridades de la competencia por razones

políticas.

4) En cualquier otra forma demuestren falta de cooperación con las autoridades del

Comité Organizador de la Competencia, de revida de puntos de vista políticos.

Serán sancionados por FINA con la suspensión de sus derechos y privilegios por un

periodo a ser determinado por el BUREAU.

CAPITULO IV: DE LOS CAMPEONATOS MUNDIALES.

Artículo 18°: Solamente FINA tendrá derecho a organizar Campeonatos Mundiales

de deportes acuáticos. El BUREAU tiene el poder de formular todas las

reglamentaciones para la conducción exitosa de tales campeonatos. FINA se reserva

el derecho de usar la palabra “MUNDIAL” en conexión con cualquier competencia

de natación.

CAPITULO V: DE LA PUBLICIDAD.

Artículo 19°: En todo Campeonato Mundial, Internacional y Competencias

Nacionales, bajo control de la FINA, los integrantes de los Seleccionados y los

Page 5: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

delegados, dentro de las premisas de la Competencia Oficial, solo podrán realizar o

llevar publicidad en la forma y según lo establecido y permitido por la FINA en su

último reglamento vigente al tiempo del torneo. El Comité Organizador tendrá

autoridad para descalificar a cualquier persona que viole esta regla.

La publicidad en el cuerpo no está permitida de ninguna manera. La publicidad de

tabaco o alcohol tampoco están permitidos.

CAPITULO VI: DE LA PROHIBICION.

Artículo 20°: En todo evento no se permitirá fumar en ningún área designada para

los competidores, ya sea antes o durante las competencias.

Artículo 21°: La venta, distribución o consumo de bebidas alcohólicas entre el

público no estará permitido en la sede de la competencia.

Artículo 22°: La discriminación no se permitirá en contra de ninguna entidad

nacional o internacional, o individuo por raza, religión, sexo o afiliaciones políticas.

Artículo 23°: La lista de Drogas Prohibida será la establecida por la FINA

actualizada en su último reglamento vigente.

CAPITULO VI: DE LA VESTIMENTA

Artículo 24°: La vestimenta de los deportistas deberá respetar el decoro y las buenas

costumbres.

Los trajes de baño no serán transparentes y deberán estar acorde a lo establecido

por la FINA al respecto en su último reglamento vigente. El árbitro de la

competición tiene la autoridad para excluir a cualquier competidor cuyo traje de

baño o símbolos del cuerpo no cumplan con los reglamentos.

CAPITULO VII: DEL ADIESTRAMIENTO

Artículo 25°: Está prohibido a los Delegados, acompañantes, autoridades o

directores técnicos de equipo o deportistas ajenos a la prueba, permanecer en la

plataforma de la piscina, requerir el apoyo del público. Las personas que

quebrantasen esta regla podrán provocar la descalificación de sus equipos o

deportistas. Solo el Árbitro tiene autoridad para proceder a la descalificación.

CAPITULO VIII: DE LA NATACIÓN

Page 6: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Artículo 26°: Los nadadores registrados en la FEPADA por sus respectivos clubes

se comprometen a estar sujeto a lo establecido por este reglamento, el de la FINA y

la legislación nacional vigente que sobre deportes en general.

Artículo 27°: Las fichas deberán ser presentadas a la FEPADA con la

documentación requerida y el pago del arancel correspondiente fijado por el Comité

Ejecutivo en la secretaría de la misma a fin de su registro permanente.

Artículo 28°: La FEPADA habilitará una ficha de nadador, en la que se hará constar:

el nombre y apellido del nadador, el sexo, la fecha de nacimiento, la nacionalidad,

la fecha en que ingresó al país, para el caso de extranjeros, la firma, la fotografía

del nadador y la firma del Presidente del Club a que pertenece. Para los menores de

edad deberá consignarse también el nombre del padre o tutor y su correspondiente

firma. Deberá adjuntarse certificado médico expedido por un profesional del ramo,

debidamente autorizado por el MSP y S, en el que habilita al nadador a la práctica

de la natación.

Para proceder al fichaje, se deberá justificar la edad con la presentación de la Partida

de nacimiento o Libreta de Familia u otro documento de identidad y pasaporte en

caso de los extranjeros.

Artículo 29°: Las fichas incompletas, adulteradas o con datos falsos, así como la

carencia de la ficha médica correspondiente, serán nulas y se aplicarán para dichos

casos las sanciones previstas en el Capítulo de las Sanciones de éste reglamento.

Artículo 30°: Los clubes entregarán a la FEPADA, las fichas de nadadores por

duplicado con la correspondiente documentación y tres fotografías tamaño carnet.

La Secretaría, luego de constar la corrección de las anotaciones, devolverá a los

clubes los duplicados de las fichas, firmados y sellados, y la documentación

presentada.

Artículo 31°: El nadador está obligado, en caso de que participe en alguna

competencia, a actuar por el club que lo ha fichado mientras no obtenga el pase a

otra institución, o sea declarado nadador libre.

Artículo 32°: Todo nadador que hubiere firmado su ficha de nadador por dos o más

clubes, será descalificado por un año. Cumplida la pena, será válida la primera ficha.

Artículo 33°: Todo nadador que nade por un club por el cual no está fichado, será

penado con la inhabilitación, que puede oscilar entre uno y dos años, y el club en el

que actuare en forma antirreglamentaria, con la pérdida total de los puntos ganados

por el nadador.

Page 7: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Artículo 34°: Serán nadadores libres:

1) Los que no hayan firmado ni actuado en competencias organizadas por la

FEPADA o fiscalizado por ella.

2) Los que estando fichados por un Club y actuado en competencias organizadas

por la FEPADA o Fiscalizadas por ella, hayan dejado de actuar por el término de

dos años.

3) Los nadadores que pertenecieron a clubes que se fusionaron, aún cuando la nueva

institución Continúe afiliada a la FEPADA.

4) Los nadadores que pertenezcan a Instituciones que se desafilien o fueron

separadas de a FEPADA por cualquier causa.

Artículo 35°: Los nadadores comprendidos en los incisos 2 y 3 del artículo 34°,

deberán solicitar por escrito su calidad de nadador libre en cualquier época del año.

Los nadadores comprendidos en los incisos 1 y 4 del Artículo 34 serán

automáticamente considerados libres y podrán ficharse en cualquier época del año.

Artículo 36°: se determina de acuerdo regla fina sobre participación extranjero por

equipos

CAPITULO IX. DE LAS CATEGORÍAS

Artículo 37°: Las categorías por grupos de edades reconocidas por la FEPADA para

ambos sexos serán establecidas por la misma al comienzo de cada año y para todo

el año en curso en el calendario de actividades, si así no lo hiciera, se estará a las

últimas categorías determinadas por la Federación en el año inmediatamente

anterior.

Artículo 38°: Los nadadores de todas las Categorías y Sub categorías reconocidas,

quedan calificados desde el 1 de enero hasta el siguiente 31 de diciembre, para

aquella categoría en la cual estaban el 1 de enero de ese año, de acuerdo a su edad.

Artículo 39°: Ningún nadador podrá participar en los Campeonatos organizados o

fiscalizados por FEPADA en categorías superiores ni inferiores a las que

correspondan por su edad, salvo en las Competencias de la categoría de Fuerza

Libre, en las cuales podrán participar todos los nadadores que Se ajusten a los

tiempos básicos establecidos en cada campeonato, sin limitación de edad.

Artículo 40°: El nadador que compita en una o más carreras, en categorías que no

le corresponden Por su edad (superior o inferior), será descalificado en todas y en

Page 8: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

cada una de las carreras en que ha Participado en esas condiciones y al club, por el

cual actuare, se le descontará los puntos que lo Hubiese correspondido ganar, de

acuerdo a su colocación. En el caso que el nadador compita en posta será

descalificado y el descuento será por los puntos que hubiese ganado la posta, de

acuerdo a su Colocación.

CAPITULO X: DE LAS DISTANCIAS Y ESTILOS.

Artículo 41°: La FEPADA reconoce todas las distancias y los estilos establecidos

por la FINA, pero Será la Federación Nacional la encargada de determinar al

comienzo de cada año de actividades, por Medio de su programa y reglamento de

pruebas, las distancias y los estilos a ser nadados por cada edad y por cada categoría

durante todo el año, según ella lo crea conveniente para el fomento y estimulación

de la natación y de los nadadores, sino se pronunciase al respecto antes de la primera

Competencia oficial, se estará a las pruebas y distancias determinadas el año

inmediatamente anterior.

CAPITULO XI: DE LOS NATATORIOS.

Artículo 42°: Las especificaciones para las piscinas serán las siguientes: 50,0 metros

cuando los Paneles táctiles de equipo automático se utilizan en el extremo de inicio,

o adicionalmente en el Extremo de inflexión, la piscina debe ser de tal longitud que

garantiza la distancia requerida de 50,0 metros entre los dos paneles.

25,0 metros cuando los paneles táctiles de equipo automático se utilizan en el

extremo de inicio, o adicionalmente en el extremo de inflexión, la piscina debe ser

de tal longitud que garantiza la distancia requerida de 25,0metros entre los dos

paneles.

Para las demás tolerancias dimensionales ese a lo establecido por la FINA.

CAPITULO XII: DE LAS TRANSFERENCIAS.

Artículo 43°: Todo nadador fichado por una Institución, que desee cambiar de club

deberá solicitarlo por nota a la FEPADA, no pudiendo el club al cual pertenece

negarse en ningún caso a dicha solicitud.

La nota deberá estar firmada por el nadador que solicita el cambio de club, en caso

de que el mismo sea menor de edad la nota deberá estar firmada por los padres o

tutores del mismo.

Artículo 44°: Una vez registrada la solicitud de pase y concedido, habiendo

debidamente abonado el arancel correspondiente, el nadador no podrá desistir del

Page 9: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

mismo ni formular otro pedido de pase sin haber permanecido por lo menos 1 (un)

año al club donde pertenece su ficha.

Artículo 45°: El nadador que ha pedido pase no podrá actuar por otro Club hasta

tanto su pase haya sido Finiquitado totalmente Presentación de nota (Pago de

derecho secretaria (durante todo el año) y pago de promoción del (1 de febrero al

31 de diciembre).

Artículo 46°: El Comité Ejecutivo de FEPADA fijara el arancel correspondiente

para pases a comienzo de cada año. El periodo de pase en el cual los nadadores

pagaran derecho de secretaria y no derecho de formación seria del 1° de enero al

31° de enero, desde el 1° de febrero hasta el 31 de diciembre deberán pagar Derecho

de Secretaria FEPADA y Derecho de formación de los Clubes de Origen.

Artículo 47°: El comité Ejecutivo de FEPADA, con el voto de los dos tercios de sus

miembros, podrá denegar u otorgar cualquier pedido de pase, cuando concurran

circunstancias que los hagan incompatibles con las sanas normas del deporte.

Artículo 48°: Todo Nadador fichado por una Institución Nacional que desee

competir por otro club

También nacional en competencias internacionales deberá presentar por escrito a la

FEPADA la autorización otorgada por el club de origen.

CAPITULO XIII: DE LAS AUTORIDADES DE COMPETENCIAS.

Artículo 49°: La FEPADA elaborará al inicio de cada año una lista de Arbitras

habilitados para la Fiscalización de los torneos organizados por las entidades

afiliadas. El árbitro será considerado la Máxima autoridad del torneo, sustituyendo

al Comité ejecutivo de la FEPADA.

Arbitro, deberá:

1) Tener pleno control y autoridad sobre todas los oficiales y deberá aprobar su

actuación e instruirlos sobre todas las características o reglas especiales

relacionadas con la competencia. Deberá hacer respetar todas las

reglamentaciones y decisiones de la FEPADA y deberá decidir todas las cuestiones

relativas al Desarrollo de los encuentros, eventos o competencias, cuya solución

final no esté prevista en los reglamentos.

2) Tener autoridad para intervenir en la competencia, en cualquier momento, para

asegurar que sean observados los Reglamento de la FEPADA.

Page 10: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

3) Adjudicar todas las protestas relacionadas a las competencias en desarrollo y

tomar una decisión definitiva y final sobre ellas.

4) Asegurar que todas las autoridades necesarias para el desarrollo de la

competencia o evento estén en sus respectivos puestos. Podrá nombrar sustitutos

para cualquiera que esté ausente, incapaz de actuar o que demuestre ser ineficiente.

Podrá nombrar autoridades adicionales si lo considera necesario. Deberá asignar a

los Jueces de Nado.

5) Dar la señal al Juez de Salida, inmediatamente antes del comienzo de una prueba,

cuando todos los competidores y autoridades estén en su posición y alertados.

6) Descalificar a cualquier competidor por cualquier violación a los Reglamentos

que él personalmente observa o que le es informada por otros oficiales. Todas las

descalificaciones estarán sujetas a la decisión del Árbitro.

7) Tener autoridad para usar cualquier dispositivo electrónico para orden de llegada,

que este oficialmente aprobado por FEPADA.

8) Cualquier situación que se produzca durante el transcurso del torneo y no esté

prevista en el presente Reglamento, será resuelta por el Árbitro General, de acuerdo

a las normas vigentes de FINA y FEPANA

Artículo 50°: La FEPADA deberá nombrar a los siguientes oficiales para los

Campeonatos Nacionales y para encuentro internacionales importantes como

mínimo:

- Arbitro (1)

- Juez de Salida (1)

- Inspectores de vueltas (1 en cada extremo de cada carril)

- Inspectores de vueltas (1 para cada dos carriles)

- Pulsadores (1 en cada carril).

- Jefe de Pulsadores (1)

- Locutor (1)

Para todas las otras competencias debe haber por lo menos:

Page 11: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Un (1) Arbitro

Un (1) Juez de largada

Un (1) Jefe de Pulsadores

Un (1) Pulsador por carril

Un (1) Inspector de Vueltas y Nado por cada dos carriles

Artículo 51: de los deberes y poderes de los oficiales nos remitimos al reglamento

FINA

(Parte III. reglas de natación. SW 1)

CAPITULO XIV: DE LA DETERMINACIÓN DE TIEMPOS Y COLOCACIÓN

EN LAS

CARRERAS

Artículo 52°: Los tiempos oficiales serán los registrados por el tablero electrónico.

Artículo 53°: En caso de un fallo o empate para una colocación dada, el puesto

siguiente se saltará adjudicando el siguiente en la escala descendente. Ejemplo: se

produce un empate en el segundo puesto, el tercer puesto no existirá y solamente

habrá un nadador colocado en el cuarto puesto.

CAPITULO XV: DEL PUNTAJE

Artículo 54°: En los Campeonatos Nacionales, se usará la siguiente escala de

puntaje en pileta de ocho (8) carriles a los efectos de la Clasificación General.

1. En pruebas individuales:

Primer puesto 9 puntos

Segundo puesto 7 puntos

Tercer puesto 6 puntos

Cuarto puesto 5 puntos

Quinto puesto 4 puntos

Sexto puesto 3 puntos

Séptimo puesto 2 puntos

Page 12: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Octavo puesto 1 puntos

2. En pruebas de posta:

Se computará el doble del puntaje de las Individuales.

En los Campeonatos Nacionales en pileta de seis (6) carriles, se usará la

siguiente escala de puntaje a los efectos de la Clasificación General.

3. En pruebas individuales:

Primer puesto 7 puntos

Segundo puesto 5 puntos

Tercer puesto 4 puntos

Cuarto puesto 3 puntos

Quinto puesto 2 puntos

Sexto puesto 1 puntos

4. En pruebas de posta:

Se computará el doble del puntaje de las Individuales.

La FEPADA tendrá la facultad de cambiar esta distribución de puntajes al comienzo

de cada año en el calendario de actividades si así lo creyese conveniente para

favorecer al desarrollo de la natación, si en el calendario no figurase modificación

alguna se estará a lo aquí establecido.

Artículo 55°: Para cualquier otro Campeonato organizado o fiscalizado por la

FEPADA, se podrá utilizar otra escala de puntaje para Clasificación General, la cual

debe ser conocida con anticipación por los participantes y previa autorización por

FEPADA.

Artículo 56°: En caso de empate en una carrera individual o de posta, los puntajes

se distribuirán en la siguiente forma ambos nadadores o equipos de relevos llevaran

el puntaje del puesto obtenido, quedando vacante el puesto inferior o siguiente, al

igual que al momento de realizársela premiación.

CAPITULO XVI: DE LAS PROTESTAS.

Articulo 57°; Bajo Ningún concepto, nadie podrá dirigirse a la Mesa de Control por

protestas cualquier protesta o reclamo deberá ser hecha por escrito en duplicado y

presentando al árbitro por el delegado autorizado de la entidad que protesta dentro

Page 13: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

de los treinta (30) minutos siguientes de anunciado el resultado de una prueba y

previo pago del canon establecido por la FEPADA.

Transcurrido el tiempo establecido ya no se aceptara bajo ningún criterio ninguna

protesta.

Si la razón de la protesta se conociera antes de la competencia deberá ser presentada

antes de que se dé la señal de inicio correspondiente. Todas las protestas deberán

ser contestadas por el Árbitro o por él Comité Ejecutivo en su caso, si las mismas

versaren sobre cuestiones técnicas o reglamentarias.

El Árbitro podrá efectuar con los demás jueces y autoridades de la competencia las

consultas correspondientes que creyere convenientes. Las decisiones del Árbitro

serán inapelables. Ninguna protesta deberá de permitirse en contra de decisiones de

hecho.

Si la protesta recae sobre alguna situación reglamentaria, la estudiará el Comité

Ejecutivo en la primera oportunidad. La entidad que pierda la protesta pagará el

arancel a FEPADA más el reembolso al Club cuya reclamación prospera.

CAPITULO XVII: DE LAS PREMIACIONES Y RECORDS NACIONALES

Artículo 58°: Medallas: Oro, Plata, Bronce y medallas se otorgarán a los tres

primeros lugares en pruebas individuales y competencias por equipo (postas). En

las competiciones por equipos, todos los miembros del equipo recibirán medallas.

En caso de tiempos iguales, las medallas se otorgarán de la siguiente manera:

ler lugar: 2 oro, no hay plata, 1 bronce.

2do lugar: 1 oro, 2 de plata, no bronce.

3er lugar: 1 oro, 1 plata, 2 bronce.

Para recurrir al podio para recibir su premiación todo nadador deberá presentarse

debidamente uniformado con la indumentaria del cual al cual pertenece.

Los participantes deberían estar presentes en la ceremonia de premiación para poder

recibir los Medallas/Trofeos/premios,solo podrá retirar el delgado asignado para el

torneo, debidamente identificado.

Page 14: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Artículo 59°: La FEPADA reconocerá y homologará los récords nacionales para

todas las categorías, distancias y estilos que ella reconoce según los artículos 39° y

43° del presente Reglamento, en piscina cte 25 y 50 metros, respectivamente.

Artículo 60°: Serán reconocidos los récords nacionales obtenidos en la disputa de

los Campeonatos Nacionales o en otros Torneos organizados o fiscalizados por la

FEPADA en pileta de 25 y/o 50 metros respectivamente. En su caso, el Comité

Ejecutivo deberá homologarlos y proclamarlos. La FEPADA, además, otorgará un

certificado de reconocimiento.

Artículo 61°: En caso que un nadador solicite Torna de Tiempo para la

homologación de un récord, es requisito que el jefe de Pulsadores actué como

Pulsador en el Primer Puesto, a más de los normalmente asignados y. la planilla

individual de cada pulsador deberá estar firmada por el mismo y por el jefe de

Pulsadores.

Artículo 62°: En las competencias inter clubes o en competencias abiertas

organizadas por un club y debidamente fiscalizadas por la FEPADA podrán ser

establecidos récord nacionales.

Los clubes organizadores están obligados a presentar a la FEPADA bajo recibo, las

planillas de carreras con los resultados dentro de las 48hs. hábiles de realizados los

Torneos. La no presentación de las mismas en el plazo establecido no hará decaer

el derecho de solicitar la homologación de record por algún club interesado.

Cuando un Torneo esté fiscalizado por la FEPADA, luego de la competencia el

ARBITRO GENERAL elevara un informe de su actuación por escrito a la

FEPADA.

Deberá mediar una solicitud por escrito de homologación dentro de los cinco (5)

días de realizadas las pruebas y en donde se referirá los datos correspondientes. Día,

lugar, club, pruebas; solicitud que la FEPADA corroborará con la planilla

presentada por el club organizador. No será aceptada, ninguna solicitud si en el

desarrollo y organización de las pruebas no se ha cumplido totalmente lo estipulado

en el presente Reglamento.

Artículo 63°: La FEPADA podrá homologar y proclamar los récords nacionales

obtenidos por nadadores integrantes de representaciones de clubes a ella afiliados,

en oportunidad de la concurrencia a competencias inter clubes o abiertas

internacionales, adonde dichos clubes fueron invitados. Para ello, será de rigor la

comunicación correspondiente a la FEPADA. Deberá mediar una solicitud al efecto

con las planillas de resultados firmadas por la autoridad de la competencia realizada.

Page 15: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Dichas competencias deberán ser fiscalizadas por autoridades de la Federación a la

cual pertenece el Club organizador, la cual, a su vez, deberá estar afiliada a la

CONSANAT y FINA.

Artículo 64°: En carreras de postas el primer nadador puede solicitar que su carrera

sea cronometrada electrónicamente, para un intento de batir un récord nacional.

Dicha solicitud deberá hacerse a la mesa de control al iniciar la jornada por medio

de su entrenador o delegado de su club.

Si dicho primer nadador de un equipo de posta completa su distancia en tiempo

récord, de acuerdo al presente artículo su gestión no será anulada por una

subsecuente descalificación de su equipo de posta por violaciones a los reglamentos,

ocurridas después que su distancia ha sido completada

Artículo 65°: Todos los records deberán ser hechos en aguas quietas, saladas o

dulces (sin corriente ni mareas)

Articulo 66°: La FEPADA habilitara dos libros de récords, uno para piletas de 25

metros y otro para piletas de 50 metros, donde serán registrados todos los records

nacionales a medida que se vayan produciendo. En el mismo deben figurar, por lo

menos, los siguientes datos: categoría, distancia, estilos, nombre del nadador, club,

fecha, local, competencia y largo de pileta.

Artículo 67°: La FEPADA sí así lo creyese conveniente, lo permitan sus

posibilidades y lo determinase en su calendario de actividades anuales, podrá

decidir otorgar puntos extras a los equipos cuyos nadadores consiguieran records

nacionales y mayor puntaje aun si esas marcas fueran absolutas; así como también

otorgar premios ya sea en monetario o especias por cada record nacional

conseguido, aumentando dicho premio si esa marca resultase ser absoluta. Podrá

decidir también otorgar premios o menciones especiales a los técnicos de los

equipos cuyos nadadores se hayan llevado el mayor número de marcas técnicas o la

mejor marca técnica del torneo o ambos; por ultimo podrá tomar la decisión de

premiar a aquellos nadadores varones y mujeres que hayan aportado para su club la

mayor cantidad de puntos, sin tener en cuenta los realizados en postas y recibiendo

mayor puntaje en caso de hacer marcas nacionales o absolutas.

CAPITULO XVIII: DE LAS COMPETENCIAS.

Artículo 68°: Los eventos de natación que se realizarán en el país son o pueden ser

los siguientes. La siguiente lista no es excluyente:

1. Campeonatos Nacionales y de Escuelas.

Page 16: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

2. Campeonatos Inter clubes.

3. Competencias Abiertas.

4. Los Juegos Universitarios.

5. Los Campeonatos Inter estudiantiles.

6. Los Torneos Abiertos Inter clubes Internacionales

7. Campeonatos de máster de natación

Todos los eventos listados más arriba podrán ser fiscalizados por FEPADA, a

solicitud de sus organizadores, siempre y cuando se encuadren dentro de la

Reglamentación vigente.

Los únicos Campeonatos Oficiales de la FEPADA, organizados y fiscalizados

enteramente por la misma, son los Campeonatos Nacionales y de Escuelas. Los

otros podrán ser organizados por los clubes u otras entidades. SIEMPRE Y

CUANDO LA FEDERACION AUTORICE

CAPITULO XIX: DE LAS FISCALIZACIONES.

Artículo 69°: La FEPADA podrá fiscalizar los torneos organizados por las entidades

afiliadas a la misma, previa solicitud realizada por escrito, con ocho (20) días de

antelación a la realización del evento, e indefectiblemente esta solicitud deberá ser

aprobada por Comité Ejecutivo de la FEPADA.

El pedido de fiscalización tendrá un costo definido por Comité Ejecutivo de

FEPADA.

Artículo 70°: Para la fiscalización del evento será requisito indispensable:

1) La presencia de un árbitro: habilitado por FEPADA y que no preste servicio en

el Club que solicito la fiscalización; el mismo será la máxima autoridad del torneo,

la cual rubricara las planillas de resultado con su firma.

2) Remitir con 20 (VEINTE) días de anticipación, adjunto al pedido de

fiscalización, la invitación, reglamento y programa de pruebas del torneo, para su

verificación y aceptación en caso que no colisione con los reglamentos vigentes de

la FEPADA.

3) Una vez aprobada la fiscalización estará habilitada para su difusión y deberá

cursar invitación a todos los socios afiliados a la FEPADA sin excepción alguna.

Sin excluir la presencia de los miembros del Comité Ejecutivo que podrán intervenir

en cualquier momento del evento.

Page 17: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

4) La utilización del sistema electrónico de registros de tiempos (tablero

electrónico)

Artículo 71°: La Fiscalización de los torneos organizados por las entidades afiliadas

a la FEPADA se aboca exclusivamente a la verificación y certificación de los

tiempos realizados por los nadadores, con fines de homologación de los mismos.

Artículo 72°: Los Torneo organizados por las entidades afiliadas a la FEPADA, que

figuren en el calendario de actividades de esta Federación Deportiva, no

necesariamente serán fiscalizados por la FEPADA, para el efecto los Clubes

deberán solicitarlo por escrito según el Artículo 69

CAPITULO XX: DE LOS CAMPEONATOS NACIONAES

Artículo 73°: La FEPADA, dentro de su calendario anual establecerá aquellos

Campeonatos que fueren puntuables y acumulativos y que al final de cada año

arrojarán un campeón del año (General, por categorías y punto FINA).

Artículo 74°: Los Campeonatos Nacionales contarán con las pruebas y categorías

que la FEPADA determine al comienzo de cada año en su calendario de actividades,

si así no lo hiciera se estará a lo determinado por la mismas programa de pruebas

inmediatamente anterior.

Artículo 75°: El Comité Ejecutivo de la FEPADA nombrará al Árbitro que

organizará y fiscalizará la competencia, de acuerdo a los programas que la

Federación confeccione, los cuales sólo podrán ser modificados de acuerdo a la

Reglamentación de la FINA, UANA, CONSANAT y de estos Reglamentos. Si los

programas de carreras no fuesen modificados al comienzo de cada año en el

momento de la realización del calendario de actividades se estará a los programas

establecidos el año inmediatamente anterior.

Artículo 76°: Los Campeonatos se realizarán en las fechas programadas y siguiendo

el orden de largada de cada una de las pruebas, no pudiendo alterarse el programa

de las distintas jornadas. Si el programa de la jornada no fuera totalmente cumplido

en la fecha indicada continuará al día siguiente.

Articulo 77° La ceremonia inaugural de los campeonatos Nacionales estará sujeta

al siguiente orden:

1. Recepción de las autoridades nacionales y personalidades del deporte y de la

natación en particular (EX Presidentes de la FEPADA).

Page 18: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

2. Desfile de las entidades afiliadas participantes, en estricto orden de acuerdo a la

antigüedad, con excepción del club sede que ocupara el último lugar en el mismo

3. Ejecución del Himno Nacional e izamiento de la bandera nacional y de la

FEPADA. Las banderas de los clubes participantes en el Campeonato deberán

mantenerse izadas en sus respectivos mástiles, antes de la iniciación de la ceremonia

inaugural.

4. Juramento colectivo de todos los participantes, a cargo de un deportista designado

por la FEPADA, de acuerdo al orden de antigüedad.

“Juráis por vuestro honor y nuestra bandera, mantener incólumes los principios de

disciplina, acatando los fallos de los jueces y sostener con todo empeño los vínculos

de fraternidad que reinan entre los deportistas de todos los clubes..-

Las delegaciones deberán responder: “..Si Juramos,”Oído el juramento, se

continuará: ‘. .JD, entonces a cumplir con vuestro deber..”

5. Hurras deportivas a cargo de cada una de las delegaciones.

6. Inauguración del campeonato a cargo del Presidente de la FEPADA

7. Desfile de las delegaciones participantes.

Artículo 78°: En los Campeonatos Nacionales se disputaran tantos títulos y marcas

técnicas como categorías hubiere, a ser obtenidos por los clubes y por los nadadores,

respectivamente.

Artículo 79°: Para los clubes la clasificación tendiente a la obtención de los títulos

correspondientes a las categorías, se hará sumando los puntos obtenidos por sus

nadadores, en las distintas carreras, de acuerdo a lo establecido en el capítulo de

Puntaje de este Reglamento.

Para los títulos de nadadores, correspondientes a los mejores puntos FINA, se

tomará en cuenta los cálculos FINA para esa finalidad.

Artículo 80°: En caso de producirse empates en los puntajes obtenidos por los

clubes, para los títulos por categorías, será declarada vencedora ¡a entidad que

obtuviere el mayor número de primeros puestos. De persistir empatados, se declara

ganadora a la entidad que consiguiere el mayor número de segundos puestos y así

sucesivamente, hasta conseguirse un triunfador.

Page 19: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Artículo 81°: Serán declarados Campeones Nacionales de las distintas fuerzas,

categorías y puntos FINA, y conservarán el título hasta el Campeonato siguiente.

La FEPADA les otorgará Diplomas y Trofeos recordatorios.

Artículo 82°: Los clubes afiliados que intervengan en los Campeonatos Nacionales,

nombrarán un Delegado Titular y un Suplente debidamente acreditados al inicio de

cada Campeonato Nacional, que tendrán a su cargo la formulación de protestas al

Árbitro, por escrito.

Artículo 83°: La planilla de buena fe deberá ser presentada de forma obligatoria

conteniendo los siguientes datos: nombres y apellidos del nadador, cédula de

identidad, fecha de nacimiento; las planillas de inscripción en pruebas deberá

contener lo siguiente: nombres y apellidos del nadador, fuerza a la cual pertenece,

pruebas en la cual participará el nadador.

Artículo 84°: Para la presentación de planillas de competencias los clubes afiliados

tendrán hasta noventa y seis (96) horas antes de la realización del Campeonato

Nacional, previa presentación en duplicado en las oficinas de la FEPADA.

Artículo 85°: Sera .obligatoria la participación del Técnico de cada club participante

en las Reuniones Técnicas para tachas y reclamos (ratificación de nadadores), que

se llevará a cabo veinticuatro (24) horas antes de la realización del campeonato

Nacional. De no ser así resultara en una multa fijada por el Comité Ejecutivo de la

FEPADA.

Articulo 86 °: Las entidades afiliadas deberán efectuar, por escrito, la inscripción

de sus nadadores, clasificados por categorías, sexo y fecha de nacimiento, hasta

noventa y seis (96) horas antes de la iniciación de los Campeonatos, abonando en

dicho acto el arancel fiado. No podrán actuar los nadadores que no estén inscriptos,

ni realizar modificaciones a las planillas una vez iniciada la jornada (agregar ni

borrar nadadores). Se realizara reunión para tachas y reclamos cuarenta y ocho (48)

horas antes del inicio de Competencia.

Articulo 87 °: Cada entidad podrá participar con el número de nadadores que

disponga en cada prueba individual, pero solo puntuaran los dos mejores ubicados

y en cuanto a las postas puede participar con más de un equipo de relevo pero solo

puntuara el relevo mejor ubicado.

Artículo 88°: Cuando el número de inscriptos sea superior al número de carriles que

tenga el natatorio, se podrán efectuar series eliminatorias. Se clasificarán para la

final un número de nadadores igual al de los carriles, que hubieren obtenido las

mejores tiempos. La FEPADA si así lo creyera conveniente podrá prescindir

Page 20: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

simplemente determinar el ganador de cada prueba de acuerdo a los mejores

tiempos de las series nadadas. En las carreras de 1.500 metros Caballeros y 800

metros Libre Damas, no se correrán finales y la clasificaci6n en los ocho (8)

primeros puestos se harán directamente por el tiempo obtenido en las Series.

Artículo 89°: Si al momento de llamarse a los competidores para un evento final,

alguno de los nadadores no se presentara a competir, este será pasible de una multa

por ausencia a determinar por el Comité Ejecutivo al inicio de cada año, y el nadador

no podrá competir en la siguiente prueba individual o en conjunto(Posta) en que se

encuentre inscrito la cual una vez abonada la multa, el nadador quedará habilitado

nuevamente para competir; en caso que el nadador presente certificación medica

será exento de dicha multa no pudiendo competir el resto de las jornadas del evento

en disputa.

Artículo 90°: Cada club participante deberá presentar su conformación de postas al

Inicio de cada jornada del Campeonato Nacional.

Artículo 91°: Las listas de Buena Fe presentadas por los clubes, deberán estar

certificadas por un médico del club, en el sentido que todos los atletas estén

físicamente aptos para cumplir con las pruebas que les toca en el Campeonato.

Artículo 92°: Con relación a las Reglas de Competencia de las Fuerzas A, B y C,

nos referimos al adjunto del REGLAMENTO GENERAL Torneo Nacional de

Natación

CAPITULO XXI: DE LOS TORNEOS INTERCLUBES Y COMPETENCIAS

ABIERTAS.

Artículo 93°: Competencias o Torneos Inter clubes son aquellos organizados por

uno o más clubes y en lo que intervienen un número determinado y exclusivo de

instituciones.

Competencias abiertas o Torneos Abiertos son aquellos organizados por uno o más

clubes u otra entidad local, en las que puedan intervenir todas o cualquiera de las

entidades afiliadas o autorizadas por la FEPADA.

Artículo 94°: En las competencias Abiertas o Inter clubes, se ceñirá en un todo al

presente Reglamento particular, de no cumplirse. La FEPADA no podrá homologar

sus resultados.

CAPITULO XXII: DE LAS SANCIONES.

Page 21: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Artículo 95°: Este reglamento establece las normas básicas para el juego limpio, la

conducta moral y la disciplina general en todas las actividades organizadas y

fiscalizadas por la FEPADA, y abarca los incidentes cometidos por los miembros,

entidades afiliadas, clubes, árbitros, oficiales, técnicos, atletas, aficionados,

espectadores u otras personas involucradas en esta actividad acuática, aplicando las

siguientes sanciones: a)advertencia. b) multa. c) suspensión. d) expulsión

Artículo 96°: Los siguientes incidentes que estarán sujetos a la aplicación de este

Reglamento:

Los actos de discriminación.

Los actos de mala conducta que incluye una conducta abusiva y violenta de

una manera Inquietante, provocativa, interferencia injustificada incluyendo

la desobediencia a la obstrucción de la conducta ordenada de cualquier evento

deportivo dentro de la sede, alteración maliciosa, daño o destrucción de la

propiedad o infligir daños físicos o mentales a otros.

Hacer trampa, incluyendo pero limitado al dopaje, la falsificación o

alteración de actas de nacimiento, documentos de identificación o cualquier

Otro documento que indique la edad falsa, falsa nacionalidad o cualquier otra

información falsa con el propósito de obtener una ventaja injusta para un

oficial, un atleta o un equipo.

Los actos de mala conducta, incluyendo las causadas por el consumo de

alcohol u otras Sustancias.

Los actos de indiscreción, los actos de indisciplina, parcialidad, y ofensas

injustificadas contra cualquier miembro, club, árbitro, oficial, técnico, atleta,

aficionados, espectadores u otras personas involucradas en estas actividades

acuáticas,

Por adulteradas con datos falsos las fichas del nadador, así como la carencia

de la ficha médica correspondiente.

En caso de incumplimiento del estatuto, reglamentos y resoluciones

emanadas del Comité Ejecutivo.

Por acudir por temas meramente deportivos a la Justicia Ordinaria.

Por daños al patrimonio de la FEPADA.

Por resultados adversos en resultados de dopaje.

Artículo 97°: Procedimiento para imponer sanciones: Al enterarse, verbalmente o

por escrito de cualquiera de los incidentes incluidos en este Reglamento como

primera alternativa de resolución el Comité Ejecutivo llamara a una Conciliación

entre las partes afectadas, Como segunda instancia se comunicará al Tribunal de

Conducta de la FEPADA y las sanciones serán impuestas por el Tribunal de

Conducta.

Page 22: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

CAPITULO XXIII: DE LOS DEMAS DEPORTES ACUATICOS.

Artículo 98°: Con relación a los demás deportes acuáticos (Natación en aguas

Abiertas, Clavados, Nado Sincronizado y Masters) en su momento cada

departamento elaborará su reglamento correspondiente.

CAPITULO XXIV: DISPOSICIONES VARIAS.

Artículo 99°: Se utilizará la figura de las “tomas de tiempo” para que el atleta

pueda nadar otras pruebas donde no cuente con antecedentes, sin entrar en la

sumatoria de puntos o premiación.

La inscripción para la TT deberá realizarse al inicio de cada jornada del torneo en

cuestión. Si en un evento no estuviese programada una determinada prueba, no

podrá ser solicitada como toma de tiempo.

Las TT se realizarán solo al finalizar las diferentes jornadas de cada torneo,

dándose un tiempo de 15 (quince) minutos para la entrada en calor

correspondiente.

Los nadadores no podrán realizar tomas de tiempo en las mismas pruebas que ya

haya nadado en esa jornada. Se respetará el máximo de pruebas de un nadador

infantil, contando la toma de tiempo .comuna prueba. La FEPADA informará el

costo de la toma de tiempo en la invitación del mismo, pudiendo este variar, El

costo de la toma de tiempo debe ser abonado antes de anotarse en la misma

Si el atleta obtuviese un récord nacional, de categoría y/o absoluto, bajo la figura

de “toma de tiempo”, no se incluirá en puntaje ni premiación, pero SI será avalado

el tiempo-record - Si un nadador obtiene su marca mínima en una toma de tiempo,

en la próxima etapa ya podrá nadar en dicha prueba con puntaje y premiación. Se

limitará las TT por nadador a 3 (tres) pruebas diferentes y en no más de 1

oportunidad cada prueba que no hubiere nadado, aclarando que no podrán ser

realizadas TT de pruebas en las que el nadador se haya inscripto en dicho evento.

Artículo 100°: Las pruebas realizadas en calidad de Tomas de Tiempos sean

individuales y/o relevos no podrán tener acompañamiento alguno, en cualquiera de

los andariveles.

Se aclara que los acompañamientos solo se permitirán en caso que los nadadores

participen en calidad de toma de tiempo en la misma distancia y modalidad.

Artículo 101º : Los profesores o entrenadores que no sean seleccionados para los

torneos en cuestión y van por sus medios no podrán ejercer ningún entrenamiento

ni participación, en los seleccionados, sin tener la autorización del encargado o

comité ejecutivo, de no cumplir podrá ser sancionado.

Page 23: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Artículo 102º: los padres que acompañaren por sus medios o por permisos

especiales del Comité ejecutivo de la FEPADA, no deberá interrumpir el trabajo y

gestiones de los delegados y profesores. si así lo hiciere será pasible de una sanción

a definir el comité ejecutivo.

Artículo 103°: Posta de las Selecciones Nacionales de Natación: clasificarán las

mejores marcas del ranking. Si durante el torneo en cuestión, si un nadador superase

la marca de clasificación de alguno de los integrantes, automáticamente pasará a

conformar el relevo correspondiente. El entrenador tendrá la potestad de cambiar la

conformación de relevos en casos excepcionales, debiendo justificarlo en su

informe.

Artículo 104º los atletas no podrán separase del grupo ni salir del grupo, y menos

en pleno trascurrir de los torneos, los padres que quieran interferir en la disciplina

y buen ambiente dentro del grupo seleccionado será pasible de sanciones a

determinar por el comité Ejecutivo de la FEPADA.

Artículo 105°: Criterios de exclusión de Atletas de las diferentes Selecciones

Nacionales de

Natación; que se encuentren en el país y en el exterior

1-Porcentaje de asistencia en los entrenamientos mínimo 80%

2- Porcentaje de asistencia en torneos nacionales, Torneos fiscalizados y/o torneos

internacionales debidamente autorizados por la FEPADA: mínimo un (1) torneo

cada tres meses.

3- Rendimiento en torneos; 95 / de acercamiento a su mejor marca de la prueba que

lo clasifico a la Selección

CAPITULO XXV

Articulo 106 Reglamento para el usufructo de las instalaciones del can condiciones

y requisitos

a) El nadador deberá competir en dos torneos oficiales organizado por Fepada. y en

dos torneos calendarizados y fiscalizados por la FEPADA.

b) Estar inscripto y fichado por un club socio o adherente a la Fepada

Page 24: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

c) No poseer deuda el club, el nadador con la FEPADA: inscripciones, multas o

filiación

d) LOS PROFESORES deberán presentar certificados que le acrediten haber hecho

(3) cursos organizados por la FEPADA teniendo el 95 por ciento de participación

en los mismos.

e) Presentar inspección médica que avale para la natación de no poseer enfermedad

y estar apto para realizar dicho deporte

f) Si algún atleta es sorprendido en algún acto de vandalismo a las instalaciones del

can. será sancionado con la suspensión por tiempo a determinar por el Comité

Ejecutivo previo resarcimiento de los daños y perjuicios que pudiera ocacionar a las

instalaciones o a terceros.

CAPITULO XXVI

Articulo 107 CÓDIGO DE CONDUCTA PARA ATLETAS Y OFICIALES DE

FEPADA

Reglas de comportamiento de los atletas y demás miembros de la Delegación

Paraguaya

Partida y Regreso Todos los integrantes de la Delegación, sean atletas u oficiales,

deberán seguir las directivas del Jefe de equipo en relación a su partida y regreso

así como la vestimenta que deberán utilizar en las mismas.

Los atletas deberán tener presente que desde el momento de salir del país ya no son

más sujetos independientes sino integrantes de la SELECCIÓN PARAGUAYA, la

lectura que los extranjeros hagan de ella serán vista por las conductas que cada uno

de nosotros tengamos al respecto.

En los Aeropuertos debe resguardar sus objetos personales (equipaje y

documentación) nadie más que uno mismo es responsables de ellos.

Los elementos punzo-cortantes (tijeras) deberán ser despachados en las valijas que

van en la bodega del avión, al igual que los objetos de aseo que tengan líquido

mayor a 100ml.

Todo lo que se lleve en bolso de mano será desechado por el control de aduana

previo al abordaje.

Page 25: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

El primero en pasar por Migraciones y Aduana ha de ser el Jefe de Equipo y/o

técnico de la Delegación, quien esperará posteriormente al paso de cada uno de los

integrantes de la comitiva.

Tanto en los Aeropuertos como en los mismos vuelos se debe respetar el orden, y

las normas de convivencia, se deberá dormir en el vuelo en los horarios fijados para

tal efecto.

La educación y el respeto es la fase inicial de la normas de buena convivencia. El

respeto a las personas mayores, a los otros y a los distintos es la clave de una

sociedad madura y que cuida sus valores.

La correcta forma de comunicación no puede excluir dos palabras claves “por

favor” y “muchas gracias”.

Cada atleta se obliga a:

A seguir las directivas dadas por los responsables de la Delegación.

A cumplir, durante el evento, las directivas dadas por los responsables del Cuerpo

técnico y/o Jefe de Equipo de la Delegación Paraguaya.

A dar prueba, en toda circunstancia, de ser respetuoso del principio de sana

convivencia, a ser tolerante, paciente y a respetar a los otros como le gustaría que

le respeten a usted.

A representar a Paraguay con orgullo y honor.

A respetar estrictamente los horarios fijados, por el entrenador, y/o el Jefe de

equipo, sean estos horarios, de competencia, entrenamiento, alimentación o

descanso.

A respetar la concentración, la tranquilidad, la serenidad, el descanso y el sueño de

los otros miembros de la Delegación, y aún más especialmente en relación a los

atletas que están en período de competencia.

A participar de las acciones tendientes a reforzar el espíritu de equipo, y a sostener

y vivar a los atletas durante su competición.

A dar aviso al Jefe de Equipo, Técnico y o Coordinador en caso de enfermedad o

malestar físico, maltrato, intimidación o agresión de un tercero, o robo o sustracción

de objetos personales.

Page 26: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Uso de la vestimenta por los miembros de la Delegación

Usted, como atleta o miembro de la delegación Paraguaya está obligado a utilizar,

desde su ingreso a la concentración prevista a la partida y hasta su regreso al país,

en los sitios de competencia oficial, y en cualquier otro lugar que le indique el Jefe

de Equipo o alguien a quien éste delegue esa función, la indumentaria, accesorios,

oficiales de la FEPADA en carácter de exclusivo lo siguiente:

• CONJUNTOS DEPORTIVOS (CAMPERA Y PANTALON)

• REMERAS

• SHORT/CALZAS

• GORRA DE COMPETENCIA Y ENTRENAMIENTO

A seguir todas las directivas que le den los responsables de la delegación,

especialmente en cuanto a su utilización en actividades, competencias y ceremonias

oficiales.

La vestimenta Oficial debe utilizarse con la finalidad de poder identificar a cada

uno de los integrantes de la Delegación Paraguaya en lugares públicos

(Aeropuertos)

Usted y todos los integrantes de la delegación están en conocimiento que no tienen

derecho a utilizarla ni a cederla a otras personas que no integren la delegación por

ningún motivo y considerando que la misma no se repondrá en caso de pérdida

durante el presente viaje.

Reglas Antidopaje

Los deportistas y oficiales integrantes del seleccionado nacional, aceptan , al formar

parte del mismo, conocer la reglamentación antidopaje establecida por la ONAT ,

FINA y WADA

Contactos con la prensa

En el caso que un atleta sea requerido para una entrevista por un medio de prensa

deberá tener previamente el acuerdo del Jefe de Equipo, el Coordinador Técnico

y/o el Técnico del equipo, quienes deberán estar presente durante la misma. La

forma de expresión deberá ser educada y respetuosa, sin utilización del lenguaje

vulgar ni ofensivo para el equipo contrincante ni contra la Organización del evento.

Page 27: REGLAMENTO DE LA FEDERACIÓN PARAGUAYA DE ...fepana.org.py/competencias/reglamento-general-fepada-en...de un servicio de primeros auxilios para situaciones de emergencia que pudieran

FEDERACION PARAGUAYA DE DEPORTES ACUATICOS Dirección: Augusto Roa Bastos casi Federación Rusa, Barrio Las Carmelitas

Cel : 0981 – 298 - 876

Mail : [email protected]

Las respuestas deben ser simple y preferentemente con frases cortas debiendo

concurrir siempre con la indumentaria oficial FEPADA.

Uso de las redes Sociales

No se permitirá el uso de celulares SIN EXCEPCIONES, durante los horarios de

entrenamiento, competencia ni de alimentación.

Le recordamos que el atleta es íntegramente responsable del contenido de los

artículos que publique en foros, blogs, tweets, o cualquier otra red social o sitio web.

De la alimentación y la bebida

El ingreso a los lugares de alimentación debe ser como delegación esperando fuera

de los mismos a todo el contingente integrante del equipo, salvo indicación de

Cuerpo técnico y/o Jefe de Equipo.

El atleta debe comer la comida que se le brinda siempre guiado por su cuerpo

técnico y Jefe de equipo las excepciones solo serán contempladas por ellos y en

caso de necesidad.

Se debe sostener una correcta hidratación antes y durante cada uno de los eventos

que se dispute.

Incumplimiento:

En caso que el deportista y/o oficial no cumpla con lo previsto en el presente

Código, el infractor será pasible de la penalidad que le imponga la federación por

cualquier incumplimiento del reglamento vigente.