Reglamento de Evaluación Escuela Chacayes · invierno o feriados prolongados. Estas guías...

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1 Reglamento de Evaluación Escuela Chacayes “Educando con Identidad”

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Reglamento de Evaluación Escuela

Chacayes

“Educando con Identidad”

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ARTICULO N° 1 El presente Reglamento tiene como objetivo establecer normas de funcionamiento y procedimientos de evaluación y promoción escolar en la Escuela Rural de Chacayes de la comuna de Machalí, teniendo como base para la elaboración y aplicación los siguientes documentos:

1. Proyecto Educativo Institucional

2. Planes y Programas de estudio vigente 3. Documentos legales que establecen las disposiciones generales referentes

a evaluación, calificación y promoción: -Decreto Exento Nº 67 del 20/2/2018, que regula la Evaluación y Promoción de los Alumnos de Educación General Básica. -Decreto N°170 del 21/04/2010, y decreto 83 del 2015.

4. TÍTULO I: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO N° 2 El presente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, se aplicará a los alumnos (as) desde Pre kinder a 6° de Educación General Básica de la Escuela Chacayes ARTICULO N° 3 El Año Escolar, para efectos de planificación, desarrollo y evaluación escolar, funcionará con régimen semestral. Los dos semestres lectivos, incluyendo los períodos de vacaciones, se extenderán de acuerdo a las fechas que determine el Calendario Escolar del Ministerio de Educación. Las fechas de inicio y término de cada período, deberán ser debidamente informados a los alumnos(as), como también, a los apoderados al inicio del año escolar. El horario de clases para los alumnos(as) será de 9:00 a 16:00 horas ARTÍCULO N° 4 Este reglamento tendrá vigencia a partir del año escolar 2020, revisándose obligatoriamente al menos una vez al año y pudiendo ser modificado parcialmente según la normativa emergente. Las disposiciones y las modificaciones a este reglamento, deberán ser informadas y aprobadas por la mayoría de los apoderados y profesores. ARTICULO N° 5 Este Reglamento será entregado al inicio del año escolar a todos los apoderados de la escuela y se les explicará detalladamente en la primera reunión, del año escolar en curso. Los alumnos(as) también conocerán cabalmente las implicancias de este reglamento y será rol del profesor jefe de cada ciclo dárselos a conocer.

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TITULO II: DEL PROCESO DE EVALUACIÓN ARTICULO N° 6 Para el presente Reglamento el concepto de “Evaluación”, debe ser considerada como el conjunto de acciones lideradas por los profesionales de la educación para que tanto ellos como los alumnos puedan obtener e interpretar la información sobre el aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza. El proceso de evaluación cumplirá en virtud del nuevo decreto de evaluación N°67/2018 principalmente, los siguientes propósitos: a) Propósito formativo en la medida en que se utiliza para monitorear y acompañar el aprendizaje de las y los alumnos obteniendo las evidencias de sus desempeños e interpretarlos para la tomar decisiones que permitan promover el progreso del mismo y fortalecer los procesos de enseñanza. La evaluación formativa en la escuela Chacayes se trabajará a partir de evidencias del aprendizaje e instrumentos formales elaborados para cada clase o experiencia de aprendizaje, cuyo propósito fundamental será tomar decisiones pedagógicas a partir de dichas evidencias e instrumentos, en función de ajustar la enseñanza y apoyar el aprendizaje, por lo tanto, esta evaluación deberá ocurrir de forma frecuente, incluso si es necesario varias veces durante una misma clase. Mientras más frecuente e intencionada sea la evaluación formativa, las decisiones pedagógicas que se podrán tomar serán más informadas y oportunas. b) Propósito Sumativo cuando se utiliza para certificar los aprendizajes logrados, lo que en la Escuela Chacayes se comunicarán mediante una calificación y se utilizarán variados instrumentos. No obstante, este tipo de evaluación también tiene un carácter formativo, ya que tanto la forma como se diseñen los instrumentos y se comunique la información que se obtengan de ellos puede aclarar nivel alcanzado en los objetivos de aprendizajes como para la retroalimentar la enseñanza y el aprendizaje. El siguiente reglamento contempla a la vez, las siguientes disposiciones: DISPOSICIÓN D: “Respecto de las actividades de evaluación que pudieran llevar o no calificación”: La escuela Chacayes establece que poseerá las siguientes actividades evaluativas a lo largo del año escolar que podrán tener o no una calificación que serán previamente informadas a los apoderados y alumnos y alumnas según se estipula a continuación:

a. Actividades de aprendizaje clase a clase: el equipo docente en conjunto elaborará un instrumento que se usará clase a clase para ir registrando el progreso de los alumnos y alumnas a través de una escala de apreciación o una pauta de observación. Este instrumento será utilizado con un propósito

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formativo que contribuirá al monitoreo constante y a la oportuna toma de decisiones, por lo tanto, no será calificable.

b. Actividades enviadas al hogar: el establecimiento organizará las siguientes actividades que serán enviadas al hogar y que serán evaluadas y podrán tener carácter formativo y sumativo: -Guías de aprendizaje: se elaborarán guías con el objetivo de reforzar los aprendizajes vistos a la fecha, cuando el establecimiento tenga reunión de microcentro o si el docente así lo estima en períodos de vacaciones de invierno o feriados prolongados. Estas guías tendrán carácter formativo y no recibirán calificación. Al momento de recepcionar las guías el docente, las revisará y hará retroalimentación de los contenidos o ejercicios menos logrados. -Lectura para el hogar: Dentro del plan lector del establecimiento, se efectuarán las siguientes actividades evaluativas: Nivel Básico y Prebásico:

Regalo lector: se registrará en Fichas de Lectura todos los textos que los alumnos se lleven al hogar, con el fin de evaluar la comprensión lectora y generando una opinión del mismo. Estas fichas serán revisadas por el docente y retroalimentadas. Las fichas tendrán un carácter formativo y no calificable. Nivel educación Básica

Lectura mensual: cada profesor enviará mensualmente, un libro al hogar que corresponda a su edad y nivel de escolaridad, estas serán evaluadas a partir de diversos instrumentos que podrán ser confeccionados en el hogar como frisos o lapbook y con un instrumento escrito como una prueba o disertación del libro. Esta actividad será de tipo sumativa, es decir calificable. Nivel Prebásico:

Lecturas cortas quincenales: con el objetivo estimular la lectura desde los niveles de educación prebásica, los alumnos y alumnas de este nivel completarán en familia guías de comprensión lectora, de lecturas cortas correspondientes a su edad y nivel de escolaridad. Estas serán revisadas, evaluadas y retroalimentadas por la educadora de párvulos. Esta actividad evaluativa tendrá carácter formativo y no será calificable.

-Trabajos de Investigación: Los docentes podrán enviar al hogar trabajos investigativos con el objetivo de reforzar, ampliar o profundizar un aprendizaje visto en clases, los cuales serán evaluados y retroalimentados a partir de una pauta entregada por el docente, estos trabajos tendrán carácter sumativo.

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c. Actividades Evaluativas Calificadas: Se entenderá como actividades evaluativas con calificación, a aquellas actividades que estén diseñadas para obtener una nota, para lo cual los docentes podrán diseñar diversos escenarios evaluativos donde utilizarán un instrumento de evaluación, que serán visados previamente por Dirección u UTP en caso de contar con él o la docente encargado del área técnica en el establecimiento. Dentro de los instrumentos que se podrán utilizar están: -Pruebas Escritas -Disertaciones -Escalas de apreciación -Listas de Cotejo -Rúbricas -Ensayos -Debates, etc.

DISPOSICIÓN F “De la Evaluación Formativa y la Retroalimentación”: El propósito primordial de la evaluación formativa es diagnosticar y monitorear el proceso de aprendizaje de los estudiantes, por lo que es fundamental su integración en la enseñanza, entretejiéndose en los planes o secuencias de aprendizaje que se planifiquen. Las funciones de la Evaluación Formativa son: a) Diagnóstica puede entenderse como un tipo de evaluación formativa que permite identificar el lugar en el que se encuentra el estudiante en su trayectoria hacia el logro de los aprendizajes –obteniendo información de sus intereses, valoraciones, concepciones y visiones en relación a un tema e información sobre el nivel de desempeño respecto de cierta habilidad– y las necesidades que serían importantes de abordar en este proceso. Esta información es esencial para comenzar procesos de enseñanza y, por lo tanto, fundamental para ajustar lo previamente planificado, de considerarse necesario. b) Monitoreo: durante el proceso de enseñanza-aprendizaje, es importante tener en cuenta que la evaluación formativa puede realizarse de distintas formas. Algunas estrategias para promover el uso formativo de la evaluación durante la enseñanza que deberán utilizar los docentes de la Escuela Chacayes son: compartir y reflexionar con los estudiantes sobre los objetivos de aprendizaje y los criterios que permitan describir cómo se ven dichos aprendizajes cuando alcanzan el nivel de desarrollo esperado.

hacer preguntas que fomenten la reflexión y discusión en clases, de manera de poder visibilizar los procesos de pensamiento de los estudiantes, y a partir de esto ir ajustando la enseñanza;

Realizar actividades que permitan observar los procedimientos y desempeños que se busca desarrollar, para ajustar la enseñanza a partir del aprendizaje que se va evidenciando clase a clase;

definir instancias de retroalimentación sistemáticas hacia los estudiantes o entre ellos, resguardando espacios para esto antes de las evaluaciones sumativas;

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generar espacios de auto- y coevaluación de modo que se desarrolle la capacidad de los estudiantes para evaluar sus propios productos y desempeños, fortalecer su autorregulación y su capacidad analítica y crítica respetuosa en sus procesos de aprendizaje. De los docentes: Los docentes del establecimiento deberán explicitar en sus planificaciones

las estrategias a utilizar para incentivar la evaluación formativa, en cada unidad diseñada.

Frente a cada evaluación de termino de unidad deberá quedar estipulada la retroalimentación de los contenidos menos logrados en libro de clases.

De la Direccción y/o EquipoTécnico Pedagógico:

Será función de la dirección o equipo si técnico si existiera en el establecimiento de organizar y cautelar que al menos una vez al mes en horas de reflexión pedagógica analizar los resultados de las evaluaciones , sobre todo aquellas que implican término de unidades de aprendizaje, para la toma oportuna de decisiones que mejorarán los procesos de enseñanza-aprendizaje.

DISPOSICIÓN G -Establece lineamientos para diversificar la evaluación: La Escuela Chacayes entenderá dentro del marco de la ley de inclusión, que la Evaluación Diversificada será el conjunto de medios de evaluación que permiten recoger información del aprendizaje de los alumnos/as, ya sea en forma temporal o permanente, de acuerdo a sus características personales de ritmo, capacidad y formas de comunicar sus aprendizajes, respondiendo a situaciones especiales de contexto de aprendizaje” o bien, como “la aplicación de procedimientos o instrumentos de evaluación adaptados o reformulados para atender a la diversidad de alumnos/as existentes en cualquier grupo curso; la evaluación diferenciada permite conocer los cambios que cada uno de los alumnos va experimentando a través del tiempo”. La Escuela Chacayes establece los siguientes lineamientos para llevar a cabo la diversificación de la evaluación: 1. Los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo del plan de estudio (Artículo N°5 del Decreto N°67 del 20/02/2018). Para aquellos estudiantes que mediante certificado médico estén impedidos de realizar alguna actividad de aprendizaje ya sea por período transitorio o permanente podrán optar a una adecuación curricular (Decretos Exentos N° 83 del 2015 y N°170 del 2009, ambos del MINEDUC); motivo por el cual, la actividad será reemplazada por otra que apunte al mismo objetivo de aprendizaje. El certificado médico deberá ser presentado a cada profesor jefe de los ciclos respectivos.

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Por lo anterior los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo del plan de estudio, debiendo ser evaluados en todos los cursos y en todas las asignaturas que el plan contempla. 2. De la evaluación diferenciada a estudiantes pertenecientes al Programa de Integración Escolar del colegio. De acuerdo a la normativa vigente del Decreto 170, los estudiantes que ingresan al Programa de Integración Escolar automáticamente tienen el derecho a ser evaluados diferenciadamente en todas las asignaturas a excepción que el especialista que emita el diagnóstico solicite la evaluación diferenciada solo en algunas asignaturas. Para la implementación de la Evaluación Diversificada, se considerarán las siguientes adaptaciones:

DE ESTRUCTURA a) Items Identificar la facilidad del estudiante para desarrollar determinados tipos de ítems,

que favorezcan su comprensión y ejecución. (selección múltiple, términos pareados, completación, verdadero o falso, respuesta breve, etc.)

Se debe evitar la mezcla excesiva de diferentes ítems. Asignar un ítem para un contenido en particular, no juntar diferentes contenidos

o temas en el mismo espacio. b) Lenguaje: Emplear un lenguaje escrito acorde al nivel comprensivo de los estudiantes que presentan dificultades en el área verbal. Evitar enunciados confusos, con múltiples indicaciones y de larga extensión. Procurar indicaciones directas (qué, cómo, por qué, explique, defina, nombre, etc.) c) Extensión: Modificar la extensión del instrumento de evaluación. Eliminar ítems que evalúan aspectos muy específicos o menos trabajados en

clases. Eliminar preguntas que están siendo evaluadas explícita o implícitamente en

otros ítems de la misma prueba. Eliminar ítems que no evalúen los OA.

DE FORMA Oral: aplicar ocasionalmente de forma complementaria a la evaluación, a

aquellos estudiantes que presentan habilidades en el ámbito expresivo, de vocabulario y comunicación.

Escrita: pruebas estructuradas que evite la fatigabilidad de aquellos estudiantes con dificultades en la creación espontánea.

Expositiva: trabajos complementarios a la evaluación formal, que favorezca la recolección de aprendizajes de los estudiantes que presentan facilidad en las áreas investigativas, creativas y con habilidades comunicativas.

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DE TIEMPO Fraccionar la aplicación del instrumento de evaluación, de acuerdo a los tiempos

de ejecución eficaz del estudiante, evitando la desmotivación, fatigabilidad y frustración, es decir asignar tiempos entre los 30 y 45 minutos para determinados ítems de la prueba, con intervalos de descanso entre ellos o aplicados en días consecutivos.

Se establecerán plazos especiales para aplicación de pruebas o entrega de trabajos, en caso de presentarse inasistencias prolongadas, debidamente justificadas. (certificados médicos)

DE MEDIACIÓN

Durante la administración de la prueba, el docente de aula o asistente podrá intervenir en la interpretación de enunciados, sustituyendo palabras o ideas, explicando o reforzando a través de ejemplos, hasta lograr que el estudiante haya comprendido lo que debe realizar.

DE CORRECCIÓN

No se considerarán como descuento en la puntuación, las faltas ortográficas o dificultad para organizar ideas escritas, en caso que el objetivo de evaluación no apunte a este ámbito. Si se evalúa manejo de contenidos o comprensión de textos, se admite que la respuesta es acertada si corresponde. .

Los apoderados en conjunto con el estudiante pueden renunciar a este derecho, realizando las siguientes acciones: 1. Conversación con la Coordinadora de Programa de Integración Escolar.

2. Firma de Documento de Renuncia de Evaluación Diferenciada por parte del estudiante y el apoderado. Posteriormente, se informa a los docentes y profesionales que atienden al estudiante de la renuncia a dicho derecho. Dentro de las distintas necesidades de los estudiantes que forman parte de este programa; están aquellos que requieren apoyos de manera transitoria y otros de manera permanente; en ambos casos se realiza el apoyo al estudiante a través de un Plan de Apoyo Individual (PAI) o Plan de Adecuación Curricular Individual (PACI), según la necesidad del estudiante. Ambos planes permiten el desarrollo de las evaluaciones formativas y sumativas.

3. De los estudiantes que se solicita evaluación diferenciada por primera vez y que no pertenece al PIE

El apoderado se entrevista con el/la profesora jefe de su ciclo y posteriormente con la Dirección del establecimiento, con el objetivo de presentar el/los informes actualizados de especialistas externos. El informe de especialista debe especificar: Especialista que lo atiende.

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Diagnóstico de la dificultad del estudiante.

Tratamiento a seguir

Solicitud de evaluación diferenciada, indicando la o las asignaturas a aplicar.

Periocidad del control (Cada vez que el estudiante es llevado a control deberá entregar al establecimiento la ficha de seguimiento).

Sugerencias al establecimiento por asignatura.

El apoderado puede presentar la solicitud de Evaluación Diferenciada durante el año, lo cual se aplicará a partir del momento que la Evaluación Diferenciada es autorizada. El/la encargado/a de apoyo del colegio informará por escrito al apoderado la fecha de inicio de la Evaluación Diferenciada, proceso que se mantendrá siempre que el apoderado cumpla con las indicaciones médicas y las tareas de apoyo encomendadas por el colegio al estudiante y su familia. La aplicación de la Evaluación Diferenciada se inicia a partir de la entrega por escrito al apoderado de la resolución por parte del profesor jefe de ciclo. Ésta no tendrá efecto retroactivo. 4. De los estudiantes que se solicita continuidad de evaluación diferenciada El apoderado se entrevista con el/la profesor jefe de ciclo, con el objetivo de presentar el/los informes actualizados y con el estado de avance de especialistas externos. El informe de especialista debe especificar: - Especialista que lo atiende.

- Diagnóstico de la dificultad del estudiante

- Tratamiento a seguir

- Solicitud de evaluación diferenciada, indicando la o la asignatura a aplicar.

- Periocidad del control

-Sugerencias al establecimiento por asignatura El apoderado puede presentar la solicitud de CONTINUIDAD de Evaluación Diferenciada durante todo el año, siendo aplicada desde el momento que el apoderado entregue el certificado al colegio. El/la profesor jefe de ciclo informará por escrito al apoderado la continuidad de la Evaluación Diferenciada, proceso que se mantendrá siempre que el apoderado cumpla con las indicaciones médicas y las tareas de apoyo encomendadas por el colegio al estudiante y su familia. Los apoderados deberán asumir y responder plenamente por todo el tratamiento ordenado por el especialista tratante y además, deberán tener constante comunicación con el Profesor Jefe de ciclo. En caso de suspensión de tratamiento con especialistas del estudiante, el colegio estará facultado para suspender la evaluación diferenciada.

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TÍTULO III. ESTABLECE LAS FORMAS DE PARTICIPACIÓN Y COMUNICACIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN ARTICULO N° 7 Los estudiantes y apoderados de la Escuela Chacayes, deben tener claridad desde el comienzo del proceso de aprendizaje respecto de lo que se espera que aprendan y que criterios permiten evidenciar los progresos y logros de esos aprendizajes. Esto Permitirá involucrar y hacer participantes activos a estudiantes y apoderados en el proceso de enseñanza aprendizaje. El siguiente reglamento establece las siguientes disposiciones para resguardar las formas de participación y comunicación: DISPOSICIÓN B “Las disposiciones respecto de la manera en que se promoverá que los alumnos conozcan y comprendan las formas y criterios con que serán evaluados Las Fechas de evaluación, tipos de evaluación y criterios presentes serán informados a los estudiantes a través de al menos una de estas formas: -Presentación en clases (pizarra/ ppt). -Comunicación escrita con el respectivo detalle -Entrega previa de pautas y/o rúbricas. DISPOSICIÓN C “Las disposiciones respecto de la manera en que se informará a los padres, madres y apoderados de las formas y criterios con que serán evaluados los alumnos” Las Fechas de evaluación, tipos de evaluación y criterios presentes serán informados a los apoderados a través de al menos una de estas formas: -Entrega de calendarios mensuales -Publicaciones en la página web del colegio -En reuniones de apoderados -Comunicaciones escritas del profesor jefe con el curso

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DISPOSICIÓN M Disposiciones sobre la forma y los tiempos para la comunicación sobre el proceso, progreso y logros de aprendizaje a los alumnos, padres madres y apoderados Del Proceso, progreso y logro de los estudiantes: Se entenderá por proceso, al conjunto de medidas que se integran en la enseñanza para monitorear y acompañar el aprendizaje de los estudiantes. Se entenderá por progreso, a los avances alcanzados por el estudiante respecto a un aprendizaje esperado. Se entenderá por logro, al resultado obtenido por el estudiante respecto a un objetivo de aprendizaje. -Se informará del proceso, progreso y logro de estudiantes, a través de al menos una de las siguientes formas: -comunicaciones escritas vía agenda escolar. -entrevistas personales con profesores jefes y/o de asignatura. -reuniones de apoderados. -Los tiempos para entregar la información del proceso, progreso y logro de los estudiantes están normados por los lineamientos de tipo administrativos del establecimiento de la siguiente manera: a) De las Comunicaciones escritas: estas podrán ser enviadas las veces y en el tiempo que estime necesarias el profesor jefe de ciclo o de asignatura. b) De las Entrevistas entre docente y apoderado: estas deberán realizarse al menos una vez al semestre, y deberá quedar registrada en los formatos con los que cuenta el establecimiento y en el libro de clases, en la sección hoja de vida del estudiante. c) De las Reuniones de apoderados: Estas se realizarán mensualmente informando de forma general el proceso, progreso y logro de los estudiantes, como grupo curso. DISPOSICIÓN E “Disposiciones que definan espacios para que los profesionales de la educación puedan discutir y acordar criterios de evaluación y tipos de evidencias centrales en cada asignatura, y fomentar un trabajo colaborativo para promover la mejora continua de la calidad de sus prácticas evaluativas y de enseñanza, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6°, 69 y 80 del decreto con fuerza de ley N°1 de 1996, del Ministerio de Educación.

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De la Reflexión Pedagógica para la Toma de decisiones La escuela Chacayes, establece para el presente reglamento que al menos una vez al mes en las horas de Reflexión Pedagógica, se darán las instancias para que los docentes analicen y reflexionen sobre al proceso de evaluación, los criterios de evaluación y evidencias evaluativas centrales en cada asignatura, lo que favorecerá la mejora continua de las prácticas docentes, considerando el proceso, progreso y logro de los estudiantes para la toma de decisiones. Esta instancia se dará especialmente entre ciclos como una forma de aunar procesos evaluativos y procedimientos mejorando la articulación entre los tres niveles del establecimiento. DISPOSICIÓN N Disposiciones respecto del desarrollo de instancias mínimas de comunicación, reflexión y toma de decisiones entre los diversos integrantes de la comunidad educativa centradas en el proceso, el progreso y los logros de aprendizaje de alumnos” La Escuela Chacayes establece que el procedimiento a realizar después de cada evaluación será: 1. Cada docente realiza análisis de resultados, de la evaluación en su asignatura, identificando logros de la evaluación y resultados deficientes determinando incluso si es necesario modificar la planificación de la unidad en curso.

2. Respecto a los resultados deficientes; en primera instancia, informar a la Dirección o unidad técnica si existiera y en conjunto realizar una reflexión en torno a los resultados y planificar la retroalimentación de los aprendizajes no logrados.

3. De los resultados deficitarios realizar reforzamiento, utilizando nuevas estrategias para lograr el aprendizaje, acordadas con la Dirección. Para realizar el proceso de Retroalimentación y Acompañamiento pedagógico con aquellos cursos que no logren el aprendizaje de los objetivos evaluados, el docente deberá cautelar: 1. Registrar en el libro de clases las acciones realizadas por parte del docente de asignatura y destacar con color que corresponde al proceso de Retroalimentación.

2. Informar de este proceso a los apoderados mediante la agenda escolar.

3. Recalendarizar evaluaciones, en caso de requerir más tiempo para refuerzo de objetivos de aprendizajes con los estudiantes.

4. Entrega de material adicional o guías de aprendizaje complementario.

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TITULO IV: DE LA CALIFICACIÓN ARTICULO N° 8 Los resultados de las evaluaciones calificadas se anotarán en una escala numérica de 1,0 a 7,0 hasta con un decimal. La calificación mínima de aprobación será un 4,0 correspondiente al 60% de logro de los objetivos establecidos para cada evaluación en los cursos de 1° a 6° básico. En caso de Presentar NEE de tipo permanente, el equipo de Integración podrá solicitar como adecuación curricular, bajar a un 50% de logro de los objetivos para obtener la calificación mínima de aprobación. En lo que respecta educación preescolar, la evaluación se llevara a cabo por medio escala de apreciación y registro de observación, la cual incorporan una gradiente de desempeño, que puede ser expresada en una escala numérica, conceptual, gráfica o descriptiva. Ello permite discriminar con un grado de mayor precisión el comportamiento a observar o el contenido a medir. Dentro de las evaluaciones calificadas para el nivel de Educación Básica se encuentran:

1. Notas Parciales: Corresponden a las evaluaciones de las distintas actividades realizadas para la valoración del aprendizaje durante el semestre. Serán coeficiente 1 y su porcentaje de aprobación de 60%. Deberán ser expresadas hasta con un decimal.

2. Nota Final Semestral: Corresponde al resultado de la suma de las notas parciales y luego dividido por el número de notas. Se expresará hasta con un decimal, el que será aproximado a la décima siguiente cuando la centésima resulte 5 ó superior

3. Nota Final Anual: Corresponde al resultado de la suma de las calificaciones

de los dos semestres dividido por dos. Se expresará hasta con un decimal, con aproximación a la décima siguiente cuando la centésima sea 5 ó superior.

4. Nota Promedio General: Corresponde a la nota resultante de la suma de

todos los Promedios Finales Anuales, excepto Religión, Orientación y Formación Ciudadana; la división de ella por el número de notas. Se expresará hasta con un decimal, con aproximación a la décima siguiente cuando la centésima sea 5 o superior.

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Para el presente reglamento, se establecen las siguientes disposiciones en relación a las calificaciones: DISPOSICIÓN J La definición del sistema de registro de las calificaciones para todas las asignaturas o módulos del plan de estudio.” En todas las asignaturas de 1° a 6° año básico se calificará en cifras con un mínimo de dos (2) notas semestrales, y en los subsectores con más de cuatro horas semanales, el número de calificaciones será el equivalente al número de horas semanales como mínimo, y diez (10) como máximo. Notas semestrales según Plan de estudio correspondiente a cada ciclo:

Asignatura 1° a 4° básico

5° a 6° básico

Lenguaje y comunicación

8 mínimo 6 mínimo

Matemáticas 6 mínimo 6 mínimo

Historia, geografía y ciencias sociales

3 4

Artes visuales 2 2

Música 2 2

Educación física y salud 4 2

Orientación --- ----

Tecnología 2 2

Religión 2 2

Ciencias naturales 3 4

Idioma extranjero ingles --- 3

Los talleres de Jornada Escolar Completa recibirán una calificación semestral, que será ingresada a la asignatura más acorde a los contenidos del taller, quedando de la siguiente manera

Taller JEC Curso Asignatura donde irá la calificación

Taller de Inglés 1° a 4° Lenguaje

Taller Instrumental 1° a 6° Música

Taller Medio Ambiente 1° a 6° Cs. Naturales

Además se establecen los siguientes lineamientos respecto a las evaluaciones calificadas:

1. Las calificaciones deben aparecer registradas en el libro de clases de acuerdo al calendario y deberán ser comunicadas a los apoderados en forma mensual la primera semana de cada mes.

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2. El resultado de las calificaciones parciales deberá ser comunicado a los

alumnos/as dentro de un plazo máximo de 15 días a contados desde la aplicación del instrumento de evaluación.

3. Las calificaciones obtenidas en el subsector de Religión (Católica y /o Evangélica) se expresarán con conceptos al igual que el promedio semestral y anual. La calificación obtenida en este subsector no incidirá en su promoción. Lo anterior para mayor claridad y comprensión de los padres y apoderados.

4. Se debe consignar a lo menos una nota mensual en las asignaturas con más de 4 horas, considerando el porcentaje de notas en las fechas límites consideradas en el presente reglamento y que se detalla a continuación: Primer Semestre Fechas límite Porcentaje de evaluaciones calificadas: 1° semana mayo 50% del total de las evaluaciones realizadas e informadas 1° semana junio 75% de las evaluaciones realizadas e informadas. 1° semana julio 100% de las evaluaciones realizadas e informadas Segundo Semestre Fechas límite Porcentaje de evaluaciones: 1°semana octubre 50% del total de las evaluaciones realizadas e informadas 1° semana noviembre 75% del total de las evaluaciones realizadas e informadas 1° semana diciembre 100% de las evaluaciones realizadas e informadas

5. Los resultados de las evaluaciones calificadas además deberán serán comunicados mediante la entrega del “Informe de Avances”, a los padres y apoderados de los alumnos y alumnas obtenidos a través del portal NAPSIS con el sistema que cuente el establecimiento durante el presente año escolar. Estos informes de avances se darán a conocer en las reuniones de apoderados que se realizan el primer jueves de cada mes, correspondiente a los siguientes meses:

1° SEMESTRE

2° SEMESTRE

Abril Septiembre

Junio Noviembre

Julio Diciembre

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DISPOSICIÓN H “Establece los lineamientos respecto de la forma en que se resguardará que la calificación final anual de los alumnos/as en las asignaturas y talleres sean coherente con la planificación que para dicha asignatura o taller realice el profesional de la educación” Para cada asignatura contemplada en Plan de Estudio de Primer a Sexto año básico, el procedimiento para obtener la calificación anual será: -El resultado de la suma de las calificaciones de los dos semestres dividido por dos. Se expresará hasta con un decimal, con aproximación a la décima siguiente cuando la centésima sea 5 ó superior -Cuando el promedio final de una asignatura corresponda a un 3,9. El profesor jefe expondrá el caso para ser analizado ante el consejo de Profesores, quienes podrán determinar la posibilidad de dar una nueva prueba, que le permita al estudiante subir su promedio a nota 4,0. DISPOSICIÓN I Las disposiciones sobre la eximición de determinadas evaluaciones que conlleven calificación, sus requisitos y los plazos para las evaluaciones recuperativas” Se establecen los siguientes lineamientos frente a la eximición y plazos para las evaluaciones recuperativas: 1. Como se había indicado anteriormente en el presente reglamento los

estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura o módulo del plan de estudio (Artículo N°5 del Decreto N°67 del 20/02/2018). Para aquellos estudiantes que mediante certificado médico estén impedidos de realizar alguna evaluación calificada ya sea por período transitorio o permanente deberá ser reemplazada por otra que apunte al mismo objetivo de aprendizaje.

2. La asistencia a las evaluaciones es de carácter obligatoria, por lo que la

inasistencia a estas implicará que el estudiante justifique por medio de certificado médico, en caso contrario es el apoderado quien debe justificar vía agenda escolar la inasistencia de su hijo (a). Este justificativo debe ser entregado al profesor que ha realizado la evaluación el día en que se ha reintegrado el estudiante a clases.

3. En caso de que la ausencia a la evaluación calificada fue justificada ya sea con certificado médico o vía comunicación escrita, el estudiante deberá rendirla en

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la fecha y hora que le señale el profesor de la asignatura correspondiente. Esta evaluación recuperativa debe contener los mismos objetivos de aprendizajes que la evaluación original y el mismo nivel de exigencia, aunque se puede modificar el tipo de evaluación si el docente lo estima necesario. 4. Cuando la ausencia del estudiante no fuera justificada, esta evaluación se realizará el día en que el estudiante tenga clases con el docente de la asignatura con calificación pendiente.

5. Cuando un estudiante se niegue a rendir una evaluación deberá escribir su nombre en el instrumento, el profesor de asignatura, profesor jefe citará al apoderado para informar la situación y se recalendarizará una nueva fecha en la cual se aplicará un nuevo instrumento con un aumento en la exigencia para la nota mínima correspondiente a un 70%, se citará al apoderado y estudiante para rendir la

evaluación fuera del horario de clases junto al apoderado. Si el estudiante no se

presenta después de la segunda oportunidad, el profesor evaluará al estudiante con la nota mínima 1,0.

6. La No presentación de trabajo: Cuando un estudiante no haga entrega o presente un trabajo en la fecha estipulada por el docente de la asignatura, enviará una comunicación al apoderado informando del hecho, dando un nuevo plazo con un aumento en nivel de exigencia para la nota mínima de 70%. Si en la nueva fecha no presenta el trabajo, el docente citará al apoderado para que se haga entrega de éste junto al estudiante. Si el estudiante

7. no presenta el trabajo después de la segunda oportunidad, el profesor evaluará al estudiante con la nota mínima 1,0.

DISPOSICIÓN P “Las medidas que deberán ser consideradas para obtener evidencia fidedigna sobre el aprendizaje en casos de plagio o copia. Sin prejuicio de lo anterior, las sanciones que se establezcan en estos casos deberán encontrarse reguladas en el Reglamento Interno.” El estudiante que manifieste actitudes de deshonestidad en las evaluaciones tales como; recibir o entregar información, tener resúmenes, utilizar el celular para fotografiar y compartir evaluaciones, intercambiar pruebas, copiar en pruebas, copiar trabajos de internet o de otros compañeros, entre otras y que sea comprobado por el docente, se le retirará la evaluación correspondiente e informará de la situación al apoderado, y al Encargado de Convivencia, dejando registro escrito en la hoja de vida del estudiante. Se aplicará la sanción, medidas pedagógicas y reparatorias, consideradas en el reglamento interno del colegio. Por

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otra parte, la evaluación será tomada inmediatamente por el profesor de forma oral manteniendo el mismo nivel de exigencia y la escala de 1,0 al 7,0.

TÍTULO V: DE LA PROMOCIÓN ARTÍCULO N° 9 La escuela Chacayes extenderá para cada estudiante de Enseñanza Básica los Informes Parciales, Semestrales y Certificados Anuales de Estudio, que indicarán las asignaturas, calificaciones y asistencia de los estudiantes, quedando la situación final de promoción resuelta al término de cada año escolar. -Los Certificados Anuales de Estudio estarán a disposición de los apoderados al término del año lectivo.

ARTÍCULO N° 10 Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán, en cada curso las calificaciones finales en cada asignatura, el porcentaje anual de asistencia, la situación final de los alumnos/as y la cédula de identidad de cada uno. Su confección estará a cargo de la Dirección del establecimiento. ARTÍCULO N° 11 Las situaciones no previstas en los Decretos vigentes serán resueltas por las SEREMIS y en última instancia por la División de Educación General. ARTÍCULO N°12 Según lo consigna el Artículo 10, del Decreto N° 67 del 20/02/2018 del MINEDUC, en la promoción de los alumnos se considerará conjuntamente el logro de los objetivos de aprendizaje de las asignaturas y/o módulos del plan de estudio y la asistencia a clases. El presente reglamento contempla las siguientes disposiciones referida a la promoción de sus estudiantes:

DISPOSICIÓN k “Los criterios para la promoción de los alumnos, incluyendo los requisitos y modos de operar para promover alumnos con menos de 85% de asistencia a clases.

1. Respecto del Logro de Objetivos: Serán promovidos todos los alumnos(as) que hubieren aprobado todas las

asignaturas o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.

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Serán promovidos los alumnos(as) que no hubieren aprobado una asignatura o actividad de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 4,5 o superior, incluido el no aprobado.

Igualmente, serán promovidos los alumnos(as) que no hubieren aprobado dos

asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio 5,0 o superior, incluidos los no aprobados.

Todas las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos(as)

serán analizadas por el Consejo de Profesores en calidad de Consejo Consultivo y resolutivo en el período escolar correspondiente.

2. Respecto a la Asistencia En relación con la asistencia a clases, serán promovidos los estudiantes que

tengan un porcentaje igual o superior al 85% de aquellas establecidas en el calendario escolar anual. Para estos efectos, se considerará como asistencia regular la participación de los alumnos en eventos previamente autorizados por el establecimiento, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes.

El director del establecimiento, en conjunto con El Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores a la asistencia requerida.

Para la promoción de los estudiantes de todos los niveles se considerará conjuntamente el logro académico y la asistencia a clases. 3. Serán promovidos estudiantes con una asistencia inferior a 85%

siempre cuando:

a. Presente los certificados de salud correspondientes a las fechas de ausencia.

b. De no presentar certificados médicos, entregar carta dirigida a la dirección del colegio con los motivos de dichas ausencias.

c. Está carta será revisada por el consejo de profesores dando su opinión al respecto.

d. La Dirección del establecimiento, considerando las opiniones del equipo de docentes, define situación del estudiante.

e. Dirección del colegio avisa al apoderado de la decisión final. DISPOSICIÓN L Los criterios para la resolución de situaciones especiales de evaluación y promoción durante el año escolar, tales como ingreso tardío a clases; ausencias a clases por períodos prolongados; suspensiones de clases por tiempos prolongados; finalización anticipada del año escolar respecto de uno o varios alumnos

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individualizados; situaciones de embarazo; servicio militar; certámenes nacionales o internacionales en el área del deporte, la literatura, las ciencias y las artes; becas u otros” Situaciones especiales de evaluación y promoción. 1.Para aquellos estudiantes que participan en eventos previamente autorizados por el establecimiento, sean nacionales e internacionales, en el área del deporte, la cultura, la literatura, las ciencias y las artes; ingreso tardío a clases, suspensiones de clases por períodos prolongados, finalización anticipada del año escolar respecto de uno o varios estudiantes individualizados, situaciones de embarazo, servicio militar, becas u otros, el director del establecimiento, en conjunto con el consejo de profesores, podrá autorizar la promoción de estudiantes con porcentajes menores a la asistencia requerida. El procedimiento a realizar será: a. El apoderado deberá presentar carta a la dirección del colegio, explicando los motivos de ausencia, respaldado por documentación que acredite dichas ausencias. (Documento de la institución que representa, motivos, tiempos requeridos, certificados médicos u otros), teniendo presente el protocolo del colegio para estos casos.

b. El Consejo de profesores se reúne para definir, de acuerdo a la situación, las asignaturas imprescindibles de ser evaluadas y se construye en conjunto un calendario de evaluaciones.

c. La Dirección del establecimiento entregará calendario de evaluación a apoderado. 2. Debido a que la Escuela Chacayes es un establecimiento rural y que el máximo de escolaridad a alcanzar es sexto año básico por nuestras estudiantes, es poco probable la presencia de alumnas en situación de embarazo, pero si se presentará el caso, la estudiante mantendrá su condición de alumna regular y se le darán las facilidades y condiciones necesarias con el propósito de asegurarle la conclusión de su año escolar. Será responsabilidad de la Dirección entrevistarse con el o la apodera para acordar el procedimiento y plazos determinados dadas las condiciones de salud que presente la alumna embarazada resguardando su integridad y la de su hijo/a. . El procedimiento a realizar será: a. El apoderado deberá entrevistarse con la Dirección y deberá presentar certificado médico con las indicaciones del cuidado de la menor, considerando que por la edad que tendría la alumna es un embarazo d alto riesgo.

b. La Dirección en conjunto con el Consejo de profesores se reúne para definir, de acuerdo a la situación, las asignaturas imprescindibles de ser evaluadas y se construye en conjunto un calendario de evaluaciones.

c. La Dirección del establecimiento entregará calendario de evaluación a apoderado, entregando todas las facilidades para que la alumna concluya su año escolar.

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TITULO VI: DEL ACOMPAÑAMIENTO PEDAGÓGICO Y LA REPITENCIA DISPOSICIÓN O “Disposiciones sobre los criterios, el procedimiento de análisis toma de decisiones de promoción y las medidas necesarias para proveer el acompañamiento pedagógico, señaladas en el artículo 12 de este reglamento

1. Del Análisis de resultados para la toma de decisiones de promoción Se realizará un consejo pedagógico bimensual con la finalidad de identificar a aquellos estudiantes que presentan dificultades en el área académica y peligran la promoción del año escolar. El procedimiento a ejecutar con los estudiantes que presenten dificultades académicas será: 1. Serán derivados al equipo de profesionales del PIE o Daem (dupla psicosocial) si sus resultados se encuentran relacionados con el área emocional o familiar.

2. Serán atendidos por el Programa de Integración escolar, si pertenecen a este, con la finalidad de buscar estrategias de apoyo desde el equipo de profesionales que lo atienden.

3. El profesor jefe de ciclo en conjunto con la profesional PIE, elaboraran un plan de apoyo que tendrá estrategias de apoyo, guías de aprendizaje complementarias que lo ayuden a superar sus dificultades dejando registro en su hoja de vida.

4. El profesor de asignatura, con el cual el estudiante tiene resultados deficientes, se entrevistará al apoderado y estudiante, con la finalidad de entregar material o estrategias de apoyo y se deberá dejar registro de un compromiso entre todos los actores de la comunidad que participaran en el plan de apoyo.

6. Como última instancia, y acordado por el consejo de profesores en conjunto con, se dará la posibilidad de un examen recuperativo finalizado el año escolar, para obtener la nota 4,0 y poder aprobar la asignatura reprobada.

2. De la Repitencia

Como lo indica el Artículo 11 del Decreto N° 67 del 20/02/2018 del MINEDUC, sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, los establecimientos educacionales, a través del director y su equipo Técnico si existiera en el establecimiento, deberán analizar la situación de aquellos estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción antes mencionados o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente, para que, de manera fundada, se tome la decisión de promoción o repitencia de estos estudiantes. Dicho análisis deberá ser de carácter deliberativo, basado en información recogida en distintos momentos y obtenida de diversas fuentes y considerando la visión del estudiante, su padre, madre o apoderado.

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Esta decisión deberá sustentarse, además, por medio de un informe elaborado por el jefe técnico-pedagógico si existiera en establecimiento caso contrario por el profesor jefe del ciclo al que pertenece el estudiante, en colaboración con otros profesionales de la educación, y profesionales del establecimiento que hayan participado del proceso de aprendizaje del alumno. El informe, individualmente considerado por cada estudiante, deberá considerar, a lo menos, los siguientes criterios pedagógicos y socioemocionales: 1. El progreso en el aprendizaje que ha tenido el alumno/a durante el año;

2. La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el estudiante y los logros de su grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior; y

3. Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación del estudiante y que ayuden a identificar cuál de los dos cursos sería más adecuado para su bienestar y desarrollo integral. El contenido del informe a que se refiere el inciso anterior, podrá ser consignado en la hoja de vida del estudiante.

TITULO VII. EVALUACIÓN EN EDUCACIÓN PARVULARIA En Educación Parvularia se prioriza la evaluación formativa durante todo el año escolar; siendo reflejada en tres grandes evaluaciones: -La evaluación diagnóstica que permite visualizar las habilidades de entrada al primer año de escolarización; -La evaluación de cierre de primer semestre, que se refleja en un informe cualitativo respecto al logro de los distintos objetivos de aprendizaje trabajados en los distintos ámbitos y núcleos que presentan las bases curriculares del Ministerio de Educación, que a su vez, ayudará a planificar el segundo periodo lectivo con las remediales que sean necesarias; -La evaluación de cierre de año escolar reflejada en un informe cualitativo que permite identificar el logro de aprendizaje y hacer los procesos de articulación con el nivel de enseñanza siguiente. Dichos informes se componen de dos partes: 1. Evaluación cualitativa a través de una serie de indicadores de los distintos ámbitos y núcleos trabajados utilizando una escala de apreciación con los siguientes conceptos: -Aprendizaje Logrados (L): Indicadores de aprendizaje que se han logrado de manera satisfactoria. -Aprendizaje Medianamente Logrado (ML): Indicadores de aprendizaje que se han logrado de manera parcial. -Aprendizaje Por lograr (PL): Indicadores de aprendizaje que no han sido logrados. -No Observado: El indicador no ha sido evaluado.

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2. Evaluación cualitativa de tipo descriptiva, donde la educadora puede especificar aquellas características del aprendizaje que forman parte de la individualidad del estudiante. -El nivel Preescolar utilizará los siguientes Instrumentos: 1. Para el Núcleo de lenguaje Verbal: utilizará las pruebas contempladas dentro del plan comunal Un Buen Comienzo. 2.Para el Núcleo Pensamiento matemático: Prueba comunal. 3. Pruebas o Instrumentos diseñadas por la Educadora de Párvulos con el objetivo de medir los progresos de los objetivos de aprendizaje contemplados en las bases curriculares. -La educadora de párvulos deberá entregar los informes evaluativos a los apoderados de acuerdo al siguiente calendario -Evaluación diagnóstica: Primera reunión de abril. -Evaluación Final de primer semestre: Reunión de Julio. -Evaluación Final Cierre de año Escolar: Reunión de Diciembre.

TÍTULO VIII: DE LA MATRÍCULA Y RETIRO DE LOS ALUMNOS/AS ARTICULO N° 13 La matrícula escolar se realizará, en período ordinario estipulado por el sistema de admisión del año en curso y dada las condiciones de escuela rural con disponibilidad de ingreso, se mantendrá el período de matrícula abierto hasta el 30 de noviembre. Los requisitos para matricular serán: Certificado de Nacimiento, Certificado de Estudios del último año cursado, con timbre y firma original del responsable del establecimiento de origen y copia si la tuviera del certificado emitido por el sistema de admisión de la postulación realizada. No se discriminará la matrícula a ningún niño o niña que la solicite. Para las matrículas en período lectivo por traslado de los alumnos (as) se solicitarán los mismos documentos, además del Certificado de Traslado emitido por el colegio de origen, el cual debe contener el registro de asistencia y las notas; se debe adjuntar hoja de vida del alumno(a) y en caso de pertenecer al Programa de Integración la carpeta con toda la documentación. ARTICULO N° 14 El retiro o traslado de un alumno(a) debe realizarlo sólo el apoderado titular, al cual se le hará entrega de los siguientes documentos: Certificado de Nacimiento, Certificado de Estudio del último año cursado, Informe de Notas Parciales y situación de asistencia a clases, Informe de Personalidad, y Certificado de Traslado Se refrendará mediante firma del apoderado en Libro de clases.

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ARTICULO N° 15 Se procederá al retiro de un alumno(a) del establecimiento, cuando el apoderado lo solicite dejando constancia firmada de la solicitud.

TITULO: IX: OTRAS CONSIDERACIONES ARTICULO N° 16 El Establecimiento confeccionará las Actas de Registro de Calificaciones y será responsabilidad de la Dirección subirlas al sitio Web Comunidad Escolar dejando finalizado el proceso para obtener desde allí los certificados de estudio. ARTICULO N° 17 El presente Reglamento de Evaluación, entrará en vigencia el año 2020, previa revisión, análisis y aprobación del consejo de profesores y su posterior ratificación por el Departamento Provincial de Educación. Una copia de este, será entregada al inicio del año escolar a los padres y apoderados, para la toma de conocimiento quedando registrada en un acta con las respectivas firmas. ARTICULO 18 Al finalizar cada año escolar, este reglamento entrará en proceso de análisis en cuanto a sus disposiciones contenidas, procediendo a realizar las modificaciones que sean pertinentes, informándose a los apoderados al inicio de cada año escolar en reuniones de curso quedando registrada la toma de conocimiento en un acta con sus respectivas firmas ARTICULO 19 Será responsabilidad de la Dirección del Establecimiento mantener actualizado el presente reglamento en la página de comunidad escolar.