REGLAMENTO DE EVALUACIÓN - Comunidad Escolar de 5° a 8° año de esta enseñanza (NB3, NB4, NB5 y...

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1 Escuela Básica Deidamia Paredes Bello San Clemente - Mariposas esc176@gmailcom REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS DE EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA DE LA ESCUELA “DEIDAMIA PAREDES BELLO” AÑO 2017

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Escuela Básica Deidamia Paredes Bello San Clemente - Mariposas esc176@gmailcom

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN

Y

PROMOCIÓN

DE LOS ALUMNOS DE EDUCACIÓN

GENERAL BÁSICA

DE LA ESCUELA

“DEIDAMIA PAREDES BELLO”

AÑO 2017

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ALUMNOS DE EDUCACIÓN GENERAL BÁSICA DE LA

ESCUELA “DEIDAMIA PAREDES BELLO”.

CONSIDERANDO :

Que, es propósito del Ministerio de Educación Pública dar mayor flexibilidad al Sistema Educacional y a la conducción del proceso educativo.

Que, al haberse puesto en vigencia el Decreto Supremo de Educación N° 40 de 1996 y su modificación N° 832 de 1996 que establece Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios, para la Enseñanza Básica, es necesario un Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar concorde con los nuevos lineamientos curriculares para esta enseñanza.

Que, la nueva matriz curricular básica, aprobada por el Decreto Supremo N° 240 de 1996, otorga un período de dos años para el logro de los objetivos y contenidos de los planes y programas de estudio de 1° a 4° año de enseñanza básica (NB1 Y NB2) y de un año para cada uno de los cursos de 5° a 8° año de esta enseñanza (NB3, NB4, NB5 y NB6).

Que, el Ministerio de Educación Pública mediante Decreto Exento N° 511 del 08 de mayo de 1997, faculta a los Establecimientos Educacionales para que dentro de un marco reglamentario mínimo, puedan tomar decisiones en materia referida al proceso de Evaluación del Aprendizaje de los alumnos y alumnas; y

V I S T O:

Las facultades delegadas en el decreto 511/ 97 del Ministerio de Educación Pública; las características socioeconómicas, culturales y pedagógicas del alumnado de la escuela Básica “Deidamia Paredes Bello” Ex “F” N° 176.

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TÍTULO I

De la Evaluación y Promoción:

Párrafo N° 1: De las disposiciones generales.

ARTÍCULO 1: Las disposiciones del presente reglamento se aplicarán en el Establecimiento Educacional, Escuela Deidamia Paredes Bello, ex F-176 de la comuna de San Clemente, declarado cooperador de la función educacional del Estado, según decreto N° 10577 de 1980, del departamento jurídico del Ministerio de Educación y que imparte educación en los niveles Pre-básico y General Básico.

ARTÍCULO 2: El Decreto del Establecimiento Educacional conjuntamente con el Consejo General de Profesores planificó el proceso de evaluación y determinó los aspectos administrativos complementarios, los cuales serán comunicados a todos los Señores Apoderados, alumnos y Dirección Provincial de Educación de Talca, en forma oportuna a partir del año 2010, en el inicio del año escolar respectivo.

ARTÍCULO 3: El presente reglamento de evaluación de este establecimiento contiene entre otras:

- Disposiciones respecto a estrategias para evaluar los aprendizajes de los alumnos.

- Formas de calificar y comunicar los resultados a los alumnos, padres y apoderados.

- Procedimientos que se aplicarán para determinar la situación final de los alumnos

Párrafo N° 2 : De la Evaluación

ARTÍCULO 4 Letra A :

1. Los alumnos serán evaluados en períodos Semestrales. El año escolar comprenderá dos períodos lectivos, según lo establezca el Calendario Regional Escolar, emitido por Secretaría Regional Ministerial de Educación, Región del Maule.

2. Los alumnos de Educación Prebásica serán evaluados en períodos semestrales.

3. Los alumnos que tengan impedimentos y se encuentren avalados por un profesional competente para no cursar en forma regular algún

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subsector de aprendizaje, considerando los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios según nivel de Enseñanza. Se eximirán según exento 158 del 21.06.99

ARTÍCULO 4 letra B:

Los alumnos que no se presenten a las evaluaciones calendarizadas con anterioridad, y que presenten certificado médico dado por un profesional competente del área o la causal sea de fuerza mayor serán sometidos a la evaluación el segundo o cuarto viernes de cada mes, en horario posterior a la jornada regular de clases sistemáticas ( 14,00 a 15,30 hrs ).

ARTÍCULO 5: Los alumnos (as) con Necesidades Educativas Especiales diagnosticados serán evaluados en forma diferenciada, aplicando pruebas especiales, basándose en trabajos de investigación o en un listado de cotejo, apoyados en la asesoría de un especialista o de lo contrario en el criterio del profesor jefe o del subsector.

ARTÍCULO 6: En el desarrollo del proceso educativo se realizarán las siguientes formas de evaluación:

A. - Evaluación Diagnóstica se aplicará al inicio de cada año escolar en cada subsector (los primeros 15 días), la que se registrará con los conceptos, L= Logrado NL= No Logrado (Luego se reforzarán los objetivos descendidos para volver a aplicar la misma prueba y obtener la primera calificación del mes de marzo).

B. - Evaluaciones Parciales de 1° a 8°, serán coeficiente 1 y se aplicarán después de la diagnóstica y hasta antes de obtener la evaluación final.

C. - Evaluación final el promedio aritmético de las calificaciones parciales

de cada semestre.

D. - Los alumnos de Prebásica será evaluados en forma semestral. La evaluación Pre-Básica se basará en el diagnóstico inicial, para determinar las conductas de entrada de acuerdo a los niveles Primer y Segundo nivel Transición. Posteriormente se realizarán evaluaciones al término de cada semestre, se evaluará el nivel de progreso de los niños y niñas de acuerdo a las exigencias contempladas en los mapas de progreso- Programas pedagógicos de educación Parvularia, cuyos resultados serán estregados a los apoderados dejando un resumen general de los resultados obtenidos a la Unidad Técnica Pedagógica.

E. Respecto del número de calificaciones u otras

e.1 El subsector con 8 horas o más se colocará mínimo 6 y máximo 10 notas

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e.2 El subsector entre 5 y menos de 8 horas se colocará mínimo 5 notas

e.3 El subsector con menos de 5 horas se colocará mínimo 3 notas.

Párrafo N° 3 :De las Calificaciónes

ARTÍCULO 7:

A) Los alumnos serán calificados en cada uno de los subsectores o actividades de aprendizaje según el Plan de Estudio, utilizando la siguiente escala numérica con un decimal.

El primer ciclo (NB1 a NB2) calificará con notas de 2.0 a 7.0.

El segundo ciclo (NB3 a NB6) calificará con notas de 1.0 a 7.0.

La calificación mínima de aprobación será de un cuatro (4.0).

Las calificaciones corresponderán al desarrollo del proceso educativo y al logro de Objetivos Académicos obtenidos por el alumno en los diferentes subsectores, además una calificación por semestre corresponderá a la revisión del cuaderno de trabajo del subsector (Lenguaje y Comunicación, Ed. Matemática, Comprensión del Medio, Sociedad, Naturaleza e Inglés).

B) Serán evaluados con la nota mínima de la escala numérica según corresponda, los alumnos que:

• Se nieguen a rendir una prueba, interrogación o efectuar trabajos durante la hora de clase que signifiquen una calificación.

No presenten sus tareas, trabajos de investigación u otros que signifiquen una calificación en la clase siguiente a la solicitada por el profesor. Quedando constancia por escrito de la situación en la hoja de vida del alumno(a) (libro de clases).

• Los alumnos que se sorprendan copiando, entregando

información en una prueba oral o escrita serán calificados con la nota mínima, Quedando constancia por escrito de la situación en la hoja de vida del alumno(a) (libro de clases).

C) Se entregará a los apoderados un informe escrito bimensual con las notas del alumno en cada reunión de curso (anexo 1).

D) Los alumnos conocerán su calificación de la evaluación realizada, sin exceder los 10 días hábiles y nunca después de la siguiente evaluación. Las evaluaciones escritas y/o trabajos realizados por los alumnos serán entregados una vez que la calificación quede registrada en el libro de clases.

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E) El establecimiento extenderá a todos los alumnos del plantel los siguientes documentos:

• Informe escrito bimensual, y/o registro de evaluaciones en la agenda respectiva ( art 7 letra C).

• Informe educacional al término de cada semestre; este registrará la asistencia y las calificaciones obtenidas por el alumno en el respectivo semestre. (anexo 2).

• Certificado anual de estudios: este registrará el promedio final de cada subsector el promedio general, la situación final y el porcentaje de asistencia anual (anexo 3).y se acompañará en el reverso de un informe de desarrollo personal y social. (anexo 4).

ARTICULO 8:

Objetivos Fundamentales Transversales: Son competencias que los Alumnos deben lograr y serán insertados en todos los subsectores, de acuerdo a sus distintos períodos de escolaridad, los cuales persiguen una formación integral de los alumnos (as). Su evaluación será en conceptos S (Siempre)-G (Generalmente)- A/V (A veces-N (Nunca)), se dará a conocer junto al certificado de estudios. (Anexo 1 formato de informe de personalidad)

ARTICULO 9: La calificación obtenida en la asignatura de Religión Católica no incidirá en su promoción, no obstante será registrada en Acta, en el Informe Educacional y en el Certificado Anual de Estudios, con conceptos ( MB (Muy Bueno) - B(Bueno) - S(Suficiente) - I(Insuficiente) ).

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Párrafo N° 4 :DE LA PROMOCIÓN

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ARTÍCULO 10: Serán promovidos todos los alumnos de 1° a 2° y de 3° a 4° de Enseñanza Básica, que hayan asistido a lo menos, al 85% de las clases, considerando que se dispone de dos años completos para el cumplimiento de los objetivos Fundamentales y CMO correspondientes a estos cursos. El Director del establecimiento y el profesor jefe podrán autorizar la promoción de alumnos con porcentajes menores de asistencia, fundados en razones de salud u otras causas debidamente justificadas. No obstante, el Director podrá decidir excepcionalmente, previo informe de variadas evidencias del profesor jefe, no promover de 1° a 2° y de 3° a 4° a aquellos alumnos(as) que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática en relación a los a los aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica este establecimiento y que pueda afectar seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior Además, para adoptar tal medida, el establecimiento deberá tener una relación de las actividades de reforzamiento realizadas al alumno(a) y la constancia de haber informado oportunamente de la situación a los padres y/o apoderados, de manera tal de posibilitar una labor en conjunto.

ARTICULO 11: Para la promoción de los alumnos de 2° a 3° y de 4° hasta 8° año de enseñanza básica, se considerarán conjuntamente, el logro de los objetivos de los subsectores, asignaturas o actividades, el aprendizaje del plan de estudio y la asistencia a clases.

1. Respecto del logro de los objetivos:

a) Serán promovidos los alumnos que hubieren aprobado todos los subsectores o actividades de aprendizaje de sus respectivos planes de estudio.

b) Serán promovidos los alumnos de los cursos de 2° a 3° y de 4° a 8° año de enseñanza básica que no hubieren aprobado un subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de 4,5 o superior, incluido el no aprobado.

c) Igualmente. serán promovidos los alumnos de los cursos de 2° a 3° y de 4° a 8° año de enseñanza básica que no hubieren aprobado dos subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de 5,0 o superior, incluido el no aprobado(siempre y cuando los dos subsectores no sean conjuntamente Lenguaje y Comunicación y Educación Matemática).

2. Respecto de la asistencia:

a) Para ser promovidos los alumnos deberán asistir a lo menos al 85 % de las clases establecidas en el Calendario Escolar Anual. No

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obstante, por razones de salud u otra causa debidamente justificada el Director del Establecimiento y el Profesor Jefe podrán autorizar la promoción de los alumnos (as), de NB1 a NB6, con porcentajes menores de asistencia. En el segundo Ciclo Básico (5° a 8°) esta autorización deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores.

b) El Director del establecimiento educacional con el (o los) profesores respectivos deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos de NB1 a NB6 de Enseñanza Básica. Esta resolución deberá ser refrendada por el Consejo de profesores entre otros resolverán los casos de alumnos que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente u otros semejantes. Todas las situaciones de evaluación de los alumnos de 1° a 8° año Básico deberán quedar resueltas dentro del período escolar correspondiente.

ARTICULO 12: El Director del establecimiento Educacional con el profesor respectivo y cuando la situación lo amerite, asesorado por el Consejo de Profesores, deberá resolver situaciones especiales de Evaluación y Promoción dentro del período escolar correspondiente, tal como: alumnos (as) que llegan trasladados de un establecimiento Educacional que aplica régimen de estudio diferente al establecimiento.

CASOS 1 : El alumno que ingresa a el Establecimiento en el transcurso del Primer Semestre y acredita las calificaciones correspondientes al primer trimestre, obtenidas en su plantel de origen : a la calificación trimestral se asignara coef 2. A todas las calificaciones parciales que el alumno obtendrá desde la fecha de su incorporación y hasta el termino del Primer Semestre, se asignara coeficiente uno . La calificación Semestral obtenida por el alumno en cada Subsector, corresponderá al promedio aritmético ponderado de la calificación trimestral y las calificaciones del Semestre.

CASOS 2 : El procedimiento anterior se aplicara también, para resolver la situación de alumnos que acrediten las calificaciones correspondiente al primer trimestre y calificaciones parciales obtenidas en su plantel de origen, en el segundo trimestre. El alumno que ingresa a el Establecimiento en el transcurso del Segundo Semestre y acredita las calificaciones correspondiente al primero y segundo trimestre, obtenidas en el plantel de procedencia. En este caso, el alumno dará termino al año escolar con régimen de evaluación trimestral por tanto se mantienen las calificaciones del primero y segundo trimestre, el periodo lectivo que resta del segundo semestre constituir el tercer trimestre. El promedio aritmético ponderado de las calificaciones parciales que el alumno obtenga desde la fecha de su ingreso a el Establecimiento, corresponderá a la calificación del tercer trimestre.

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CASOS 3 : El procedimiento anterior, se aplicara también a los alumnos que acrediten calificaciones correspondientes al primero y segundo trimestre y calificaciones parciales del tercer trimestre, obtenidas en su plantel de origen. Estas ultimas también serán consideradas en el calculo de la calificación del tercer trimestre. Las calificaciones finales de estos alumnos, en cada asignatura corresponderán al promedio aritmético de las calificaciones alcanzadas en los tres periodos.

CASOS 4 : En caso de provenir de establecimiento con régimen bimestral, las calificaciones se promediaran cuando se registren a lo menos dos bimestres, el que pasara a ser la calificación semestral, del primer o segundo semestre según sea el caso.

ARTÍCULO 13: El establecimiento educacional, al término del año escolar extenderá a sus alumnos un Certificado que indique los subsectores, asignaturas o actividades de aprendizaje con las calificaciones obtenidas y situación final correspondiente. El Certificado Anual de Estudio no podrá ser retenido por ningún motivo(anexo 3 y 4).

ARTICULO 14: Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar, consignarán en cada curso las calificaciones finales en cada subsector o asignatura del Plan de Estudio, la situación final de los alumnos (as) y cédula nacional de identificación de cada uno de ellos. Las Actas se confeccionarán en tres ejemplares idénticos y deberán ser presentadas a la Direcprov.

DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 15: Las situaciones no previstas en el presente Reglamento, serán resueltas por Dirección Provincial de Educación o Secretaría Regional Ministerial de Educación, Región del Maule.

OBSERVACIÓN

Las modificaciones realizadas al Reglamento de Evaluación y Promoción, fueron acordadas y ratificadas por el Consejo de Profesores, en el mes de diciembre de 2015.

Mariposas, Marzo 2016.

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ANEXO 1

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NOTAS PARCIALES

NOMBRE DEL ALUMNO:

íó

s V LENG Y COMU ED.

MATEMAT INGLES

SOCIEDAD NATURALEZA

TECNOLOGIA ARTES VIS

ARTES MUS ED FISICA

PROM GNRAL RELIGION

% asistencia

FIRMA DEL PROFESOR

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23/03/2010 FIRMA DIRECCION

AN

EX

O 2

REPUBLICA DE CHILE SEPTIMA REGION DEL

MAULE PROVINCIA DE TALCA MUNICIPALIDAD

SAN CLEMENTE ESCUELA DEIDAMIA PAREDES

BELLO

INFORME DE CALIFICACIONES

NOMBRE DEL ALUMNO: HUERTA SAN MARTIN CAMILA ISABEL

CURSO: NB 5 7o A BASICO

Plan Y Programa Estudio 481 de 2000

Reglamento Evaluación y Prom 511 de 1997

R.U.T. N°

N° MAT 210

ANO ESCOLAR : 2008 RBD 3059 -

7 Rec Oficial Res Exta 10.577 de 1980

19.044.596-8

PRIMER SEMESTRE

NOTAS PARCIALES

SEGUNDO SEMESTRE

NOTAS PARCIALES

«T

w r LENG YCOMU

ED. MATEMAT

INGLES

SOCIEDAD

NATURALEZA

TECNOLOGIA

ARTES VIS

ARTES MUS ED

FISICA PROM

GNRAL

RELIGION %

asistencia

O cd CL

5,8 4,0 6,2 6,5 5,1 4,3 7,0 0,0 5,6 7,0 4,4 4,6 5,5 6,8 5,8 0,0 0,0 5,7 5,4 6,4 6,8 6,0 6,0 5,5 0,0 0,0 6,0 5,8 6,9 7,0 6,0 7,0 7,0 7,0 7,0 6,7 5,3 7,0 6,8 7,0 7,0 7,0 6,0 0,0 6,6 7,0 6,0 7,0 7,0 7,0 0,0 0,0 0,0 6,8 6,0 3,0 6,8 4,5 3,0 0,0 0,0 0,0 4,7 6,3 7,0 7,0 5,0 3,5 0,0 0,0 0,0 5,8 6,5 5,0 6,0 6,0 6,0 0,0 0,0 0,0 5,9

6,0 MB MB MB MB 0,0 0,0 0,0 0,0 MB

97%

FIRMA DEL PROFESOR

OBSERVACIONES:

co o

CNJ

O 'Z <

7,0 3,9 7,0 5,6 4,5 4,3 5,5 4,0 5,2 5,4 7,0 6,2 6,5 2,0 6,6 5,0 6,3 6,5 5,8 5,7 2,0 5,4 5,0 6,4 6,9 6,8 0,0 0,0 5,4 5,7 6,0 7,0 6,0 7,0 7,0 5,0 4,0 7,0 6,1 6,4 7,0 6,0 5,0 4,0 4,0 5,0 6,0 6,6 5,5 6,0 6,0 7,0 7,0 7,0 7,0 0,0 0,0 0,0 6,8 6,8 5,5 3,0 6,0 7,0 6,8 4,0 3,0 3,0 4,8 4,7 7,0 5,5 7,0 7,0 5,8 5,8 0,0 0,0 6,4 6,1 6,0 6,5 6,0 6,5 4,0 0,0 0,0 0,0 5,8 5,9

5,7 5,9 MB MB B MB MB 0,0 0,0 0,0 MB MB

94% 95%

5 O Cd 0.

O Cd û_

FIRMA DEL APODERADO

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ANEXO 3

I

ESCUELA DEIDAMIA PAREDES BELLO

RECONOCIDO OFICIALMENTE POR EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA REPÚBLICA DE CHILE SEGÚN Res. Rec. Oficial/Doc. Traspaso N° 10577

DEL AÑO 1980 ROL BASE DE DATOS N° 3059 - 7 OTORGA EL PRESENTE CERTIFICADO DE CALIFICACIONES ANUALES Y SITUACIÓN FINAL A

DON(A) EDUARDO RODRIGO ALBORNOZ RIVERA RUN:19473751- 3 DEL 7o básico-B DE Enseñanza Básica DE ACUERDO AL PLAN Y

PROGRAMAS DE ESTUDIOS APROBADOS POR DECRETO O RESOL. EXENTA DE EDUCACIÓN N° 481 DEL AÑO 2000 Y REGLAMENTO DE

EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESCOLAR DTO.EXENTO N°511 DE 1997

CALIFICACIÓN FINAL SUBSECTOR, ASIGNATURA O ACTIVIDADES DE APRENDI7r(Y/g CIFRAS PALABRAS LENGUAJE Y COMUNICACIÓN 6.3 SEIS COMA TRES IDIOMA EXTRANJERO 6.9 SEIS COMA NUEVE EDUCACIÓN MATEMÁTICA

6,7 SEIS COMA SIETE ESTUDIO Y COMPRENSIÓN DE LA NATI IR A1 E7 A 6.3 SEIS COMA TRES ESTUDIO Y COMPRENSIÓN DE LA SOCIEDAD 6,6 SEIS COMA SEIS EDUCACIÓN TECNOLÓGICA 6,9 SEIS COMA NUEVE ARTES VISUALES

6,6 SEIS COMA SEIS ARTES MUSICALES

6,9 SEIS COMA NUEVE EDUCACIÓN FÍSICA 6,8 SEIS COMA OCHO RELIGIÓN

B BUENO Promedio General 6.6 SEIS COMA SEIS Porcentaje Asistencia 87%

Situación Final: Promovidolal

CERTIFICADO ANUAL DE ESTUDIO

Enseñanza Básica

Región: DEL MAULE

Provincia: TALCA Comuna: SAN CLEMENTE Año Escolar 2009

SAN CLEMENTE, 28 de DICIEMBRE de 2009

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ANEXO 4

Escuela Básica Deidamla Paredes Bello

San Clemente - Mariposas

[email protected]

INFORME DE PERSONALIDAD

: £ díñelo Mlíi ¿

AMBITO CRECIMIENTO Y AUTOAFIRMACION PERSONAL

Se Expresa y Comunica con Claridad y Eficacia s

Tiene confianza en si mismo y sentido positivo de la Vida 5

Cuida su higiene y presentación personal S

Resuelve las situaciones problemáticas a la que se enfrenta s Tiene iniciativa personal ( creatividad )

Desarrolla trabajo en equipo S Respeta las normas de la Escuela ------------------ «J—-- ------------------- -

■S AMBITO FORMACION ETICA

Respeta y valora las ideas distintas de las propias

Utiliza el dialogo para acercarse a los demás

Supon» la« diferencia« con loe demáe

Reconoce sus errores y se acerca a la verdad i— -------- ____________ s

Demuestra actos de generosidad s Respeta los bienes comunes

Respeta sus derechos y los de los demás -------------- . .. s LSg desenvuelve con responsabilidad en sus actividades diarias ________ i _________

Nombre Curso: 7° ANO B 2009

AMBITO LA PERSONA Y SU ENTORNO

Vive en armonía con sus pares Jjgmueetra

y practica modales de cortesía

Participa en actividades de su curso

Protege y cuida el medio ambiente Respeta y participa

de las actividades de su localidad

ESCALA