REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y MATRICULA 2019Regular el proceso de admisión y matrícula del Centro de...
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MINISTERIO DE DEFENSA
CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS
NACIONALES ESCUELA DE POSGRADO
CAEN-EPG
REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y
MATRICULA
2019
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INDICE
Pág.
Título I: Disposiciones Generales .............................................................. 03
Título II: Planificación……………………………………………………………..04
Título III: Del Proceso de Inscripción ........................................................... 05
Título IV: Del Proceso de Admisión ............................................................. 06
Título V: Del Proceso de Matricula .............................................................. 07
Título VI: De las Responsabilidades ............................................................ 09
Título VII: Anexos ........................................................................................ 11
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TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1°. - Objetivo.
Regular el proceso de admisión y matrícula del Centro de Altos Estudios
Nacionales, en adelante CAEN-EPG
Art. 2º.- Finalidad y Alcance.
a. El presente Reglamento tiene por finalidad normar los procesos de
inscripción, admisión y matricula de los postulantes que aprueben los
requisitos establecidos por el CAEN - EPG, para su participación en los
programas de estudios de Doctorado, Maestrías, Diplomados y
programas especiales; que se imparten en este Centro Superior de
Estudios.
b. El presente Reglamento tiene alcance a las Direcciones,
Coordinaciones de postgrado, Doctorados Maestrías, Diplomados y
programas especiales, Oficina de Admisión y Matrícula, Secretaría
General – Oficina de Relaciones Interinstitucionales (ORII), a los
miembros de la Planta Orgánica que intervienen directamente en el
proceso enseñanza aprendizaje, y al público nacional e internacional
que éste interesado en participar en los programas académicos que
conduce el CAEN - EPG.
Art 3°. - Base Legal:
Para la formulación del presente reglamento se ha tomado como base legal:
a. Constitución Política del Perú de 1993.
c. La Ley N° 28044. Ley General de Educación.
d. Ley Nº 30220. Ley Universitaria.
e. Ley Nº 28830. Ley que reconoce al Centro de Altos Estudios
Nacionales, como Institución a nivel de Postgrado Académico.
f. Decreto Supremo Nº 003-208. Aprueba el Reglamento de la Ley Nº
28830.
g. DL N° 1246, del 10 Nov 2016, que aprueba diversas medidas de
simplificación administrativa, mediante el uso de la plataforma de
interoperabilidad del Estado ( PIDE)
h. Ley N° 26511 Ley que reconoce como Defensores de la Patria y
otorgan beneficios a los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía
Nacional y civiles que participaron en el conflicto con el Ecuador.
i. Directiva General N° 002-2018 MINDEF-SG-VPD/DIGEDOC, del
“Sistema Educativo del Sector Defensa”
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j. Estatuto del Centro de Altos Estudios Nacionales, Escuela de
Posgrado. RM. N° 2128-2017-DE/VPD.
k. Reglamento General del CAEN.
TÍTULO II
DE LA PLANIFICACIÓN
Art 4°. - El Comité de Admisión es presidida por el Secretario General e integrada por
el Director Académico, los Coordinadores de los programas académicos y el
Jefe de la Oficina de Admisión de la Escuela de Posgrado. El comité coordina
con las áreas relacionadas al proceso de admisión y el registro de matrícula
correspondiente.
Art 5°. -Las vacantes de ingreso a los diferentes programas del CAEN-EPG son
aprobadas por el Consejo Superior a propuesta de la Dirección Académica,
quien distribuye el número de vacantes por programa y/o modalidad, y
determina el cronograma de actividades, considerando como última el examen
ordinario de admisión.
Art 6°. - El proceso de admisión se realiza mediante convocatoria pública una vez por
semestre para cada programa del CAEN-EPG, pudiendo desarrollar el proceso
único con etapas o fases, de conformidad a las vacantes y cronograma
aprobado.
Art 7°. - El Comité de Admisión coordina con la Oficina de Relaciones
Interinstitucionales (ORII), la Oficina de Admisión y la Dirección de Tecnología
de Información y Comunicación el inicio y ejecución de la convocatoria, de
acuerdo con el cronograma de actividades.
Art 8°. - Los postulantes pueden ser admitidos por traslado externo de otras
Instituciones de posgrado previa aprobación del proceso de convalidación de
los estudios realizados en otras instituciones.
Art 9°. - El proceso de admisión está organizado en 3 fases. Inscripción, Proceso de
admisión y Proceso de matrícula:
a. Primera Fase: Proceso de inscripción, bajo la responsabilidad de la
Secretaría General – Oficina de Relaciones Interinstitucionales (ORII).
b. Segunda Fase: Proceso de admisión, bajo la responsabilidad de la
Secretaria General – Oficina de Admisión y Matrícula.
c. Tercera Fase: Proceso de matrícula, bajo la responsabilidad de la
Secretaría General – Oficina de Resoluciones.
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TÍTULO III
DEL PROCESO DE INSCRIPCIÓN
Art. 10º.- El Proceso de Inscripción a los diferentes Programas Académicos CAEN -
EPG, se inicia de acuerdo con la programación que emite la Dirección
Académica
Art 11º.- La ORRII - Unidad de Promoción y Difusión, informa al público interesado
lo relacionado a los requisitos de admisión, cronograma académico, y plan
de estudios a través de diferentes medios de comunicación del CAEN-
EPG: avisos publicitarios, página web, redes sociales, Portal del Estado
Peruano, oficios de invitación a instituciones que requieran el servicio.
Art. 12º.- De no existir el número requerido de postulantes en el Programa
Académico de acuerdo con los plazos establecidos por el CAEN - EPG, la
Dirección Académica en coordinación con la ORRII, podrá ampliar el
cronograma del proceso de inscripción comunicando a los interesados.
Art. 13º.- La ORRII, - Unidad de Promoción y Difusión, revisa y verifica la veracidad
de la información en la documentación presentada, por los postulantes, de
acuerdo a las normas de simplificación administrativa dispuesta por el
Estado con DL N° 1246, del 10 Nov 2016, que aprueba diversas medidas
de simplificación administrativa, mediante el uso de la plataforma de
interoperabilidad del Estado ( PIDE), de manera alterna, se empleará para
verificar los grados y títulos el link siguiente:
https://enlinea.sunedu.gob.pe/verificainscripcion y para verificar el número
de DNI con el link siguiente: http://www.midis.gob.pe/padron/ . Registra a
cada postulante, asigna un código de registro y entrega a los postulantes la
Constancia de Inscripción. (Ver Anexo Nº 01)
Art. 14º.- La ORRII. - citara a los postulantes para las entrevistas y los conducirá al
lugar donde se realizará la entrevista dando cuenta a la Dirección
Académica; asimismo para la inscripción del postulante con discapacidad
deberá cumplir con los requisitos establecidos para el Programa
Académico, y presentar la constancia de inscripción en el Registro
Nacional de la persona con discapacidad, a cargo del CONADIS. El
Comité de Admisión coordinará con las Direcciones Académica y
Administrativa, las facilidades para el acceso al local donde rendirá su
examen, según el tipo de discapacidad.
Art. 15º.- La ORRII, registra como postulante a los miembros de las Fuerzas
Armadas, Policía Nacional y civiles que participaron en el conflicto con el
Ecuador y que han sido reconocidos como Defensores de la Patria. (Ley Nº
26511, Titulo Séptimo, Artículo 35)
https://enlinea.sunedu.gob.pe/verificainscripcionhttps://enlinea.sunedu.gob.pe/verificainscripcionhttp://www.midis.gob.pe/padron/
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TÍTULO IV
DEL PROCESO DE ADMISIÓN
Art. 16º.- A propuesta del Director Académico, el Secretario General designa al
Comité de Evaluación, conformado por el jefe del Departamento de
Coordinación Académica, quien lo preside, el Coordinador del programa
que actúa como secretario y un representante de la Oficina de Admisión y
Matrícula como Vocal.
Art. 17º.- El cronograma de admisión es único para todos los postulantes, en ningún
caso se otorgará nueva oportunidad a los postulantes que no se presenten
en las fechas establecidas.
Art. 18º.- El Comité de Evaluación es el encargado de la evaluación de los
postulantes a los programas académicos del CAEN - EPG, sus funciones
son:
- Revisar y verificar los documentos académicos solicitados para la
postulación de acuerdo al requerimiento del programa (perfil de proyecto
de investigación)
- Aplicar la evaluación presencial a los postulantes de acuerdo con el
cronograma.
- Declarar a los postulantes admitidos y no admitidos.
- Elaborar el acta del cierre del proceso.
Art. 19.- El Secretario del Comité de Evaluación, formulará el Acta de cierre del
proceso, en donde se describirá el desempeño de los postulantes al
programa, adjuntado la relación de alumnos admitidos y no admitidos, el
Acta debidamente firmada por el Presidente, Secretario y Vocal en señal de
conformidad es remitida a la Secretaría General para la proyección de la
resolución correspondiente y a la Dirección Académica para que se
programe la nivelación de los ingresantes si amerita.
Art. 20º.- Los resultados de las evaluaciones se sistematizan con apoyo del personal
de Tecnologías de Información y se elaboran los reportes de ingresantes en
orden de mérito, y de acuerdo con el número de vacantes asignadas al
programa. El comité redacta el informe.
Art. 21º.- Los resultados cuantitativos, declarando a los postulantes como
ingresantes serán publicados en estricto orden de mérito en la página web
institucional.
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Art. 22º.- Los documentos de los postulantes no admitidos serán devueltos a la
ORRII a partir de las 72 horas de haberse publicado los resultados finales
del proceso de admisión. Los expedientes que no sean reclamados en un
máximo de tres meses serán incinerados.
Art. 23º.- El Acta de los postulantes admitidos, serán remitidos por el Oficina de
Admisión, a la Oficina de Resoluciones para efectuar el proceso de
matrícula.
Art. 24°. - Los expedientes o legajos de los postulantes admitidos, serán remitidos
por la Oficina de Admisión, a la Oficina de Grados Académicos para su
archivo correspondiente
TÍTULO V
DEL PROCESO DE MATRÍCULA
Art. 25º.- La matrícula es responsabilidad del estudiante por ser un acto formal y
voluntario. Se realiza al inicio de cada semestre o periodo académico,
mediante la cual los estudiantes asumen derechos y obligaciones. Es un
acto que acredita la condición de estudiante del CAEN-EPG.
Art. 26º.- La matrícula de los postulantes admitidos una vez concluido el proceso de
admisión, se realiza en la Secretaría General - Oficina de Resoluciones, en
coordinación con la Dirección Administrativa para efecto de los pagos
correspondientes.
Art.27°. - La Secretaría General, en coordinación con la Dirección Académica,
establece el Cronograma de Matrícula de los diferentes programas que
conduce el CAEN - EPG, según el Programa de Actividades Académicas y
la relación de admitidos en el caso de los ingresantes.
Art. 28º.- Son requisitos para la matrícula de ingresantes.
- Tener registro de ingresante y haber ocupado una vacante.
- Contar con la documentación solicitada en el momento de postulación.
- Abonar los derechos de pago por matricula y primera cuota de estudios.
Art. 29º.- Las modalidades de matrícula son las siguientes:
a. Matrícula Regular: es el proceso mediante el cual el estudiante se
matricula dentro de los plazos establecidos en el programa académico que
desea estudiar.
b. Matrícula Extemporánea: es la matrícula fuera del cronograma regular y
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que se realiza hasta antes del registro de la primera evaluación.
c. Matrícula por reingreso. Es la matrícula que la realizan para
complementar estudios interrumpidos, a condición de que demuestre su
situación con los certificados de notas correspondientes.
Art. 30º.- Los procesos relacionados a la matrícula son los siguientes:
a. Reserva de Matrícula: es el proceso mediante el cual el estudiante
ejerce el derecho de postergar su matrícula, previa autorización por la
Resolución respectiva.
b. Anulación de Matrícula: es el procedimiento mediante el cual se cancela
la matrícula efectuada en un semestre o periodo académico a solicitud del
interesado. Podrá solicitarse la anulación de matrícula por causa de fuerza
mayor, aplicando los gastos administrativos correspondientes.
Art. 31º.- Un estudiante podrá matricularse como mínimo en 1 crédito y como
máximo XX créditos, previa solicitud a la Dirección Académica y siempre
que cumpla con los requisitos académicos y administrativos o cuando esté
cursando el último ciclo de estudios. En ambos casos deberá cancelar el
derecho por ampliación de créditos
Art. 32º.- Matrícula por movilidad académica
La Oficina de Relaciones Interinstitucionales informará a la escuela
profesional correspondiente sobre el estudiante que Participará de la
movilidad académica para el registro de matrícula en las EC que cursará en
el extranjero. Si la movilidad académica tiene una duración mayor a un
semestre académico continuo, la oficina de Relaciones Interinstitucionales
será la encargada de solicitar los registros para la matrícula
correspondiente. Las calificaciones serán remitidas por la Oficina
Relaciones Interinstitucionales a la coordinación de programa, así como un
informe sobre el desenvolvimiento del estudiante. El estudiante de una
institución educativa externa que se matricule por movilidad académica
podrá cursar EC en uno o más programas, de conformidad con lo requerido
por su pian de estudios de origen.
Art. 33º.- El estudiante pierde el derecho de matrícula al siguiente semestre al haber
sido desaprobado en más de (02) dos asignaturas a través del examen
sustitutorio en el semestre anterior, más de (03) tres asignaturas de
manera acumulativa, y/o por no cumplir con el cronograma de pago
correspondiente al programa respectivo.
Art. 34º.- Terminado el proceso de matrícula, la Secretaría General presentará a la
Dirección General del CAEN - EPG, la Relación Oficial de los estudiantes
matriculados, para su aprobación mediante la Resolución correspondiente.
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Art. 35º.- Los datos de los matriculados son administrados por la Secretaría General
– Oficina de Resoluciones, con las reservas del caso. La actualización y
modificación de la información requiere la autorización de la Secretaría
General.
Art. 36º.- La Secretaría General, emitirá a solicitud del estudiante, la Constancia de
matrícula al semestre académico correspondiente.
Art. 37º.- Los postulantes admitidos a un programa a través del mecanismo de
selección correspondiente, tendrán derecho a solicitar reserva de matrícula
hasta ocho (8) días después de la publicación de los resultados del
proceso de admisión.
Art. 38º.- La matrícula de los estudiantes admitidos por traslado interno deberán
tramitar su aprobación al Consejo Superior, de acuerdo con el
procedimiento de convalidación correspondiente.
Art. 39º.- Los estudiantes que por razones debidamente justificadas no se
encuentren registrado en la plataforma virtual, podrán ser considerados en
la lista de asistencia, como “estudiante condicional”, por un plazo de 5 días
útiles desde el inicio del semestre; de no haber regularizado su situación
académica y administrativa, perderán su situación de alumnos
condicionales.
TITULO VI
DE LAS RESPONSABILIDADES
Art. 40º.- DIRECCIÓN ACADEMICA
a. Formular el cronograma anual de las actividades académicas.
b. Establecer normas con la finalidad de que al término de un semestre se
programe una semana de suspensión temporal de las actividades
académicas, destinada a la matrícula de los estudiantes para el semestre
siguiente.
c. Postergar la fecha de inicio de un programa académico, en coordinación
con la ORRII, cuando la cantidad de inscritos no alcance el punto de
equilibrio económico, determinado por la Oficina de Planes y Proyectos
Académicos.
Art. 41º.- SECRETARIA GENERAL. - Oficina de Resoluciones/ Oficina de Admisión/
Oficina de Grados Académicos
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a. Formular la ficha de matrícula.
b. Llevar un registro personalizado sobre el historial académico de todos los
estudiantes matriculados.
c. Formular cada semestre, la Resolución Directoral de los estudiantes
matriculados en cada uno de los Programas Académicos en base a la
relación de participantes remitido por la Oficina de Admisión (que no
tienen deudas económicas, para lo cual solicitará al Dpto. de Finanzas la
relación de participantes que están al día en sus pagos en el respectivo
programa académico).
d. Gestionar a través del Oficina de Admisión, la expedición de los carnés
universitarios ante la Superintendencia Nacional de Educación (SUNEDU)
para estudiantes matriculados del doctorado y maestrías.
e. Validar los documentos que presentan los participantes, para archivar la
carpeta personal del ingresante y cumplir con los trámites administrativos
correspondientes.
f. Expedir las constancias de ingreso a los participantes matriculados,
cuando lo soliciten.
Art. 42º.- DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
El Dpto. de Finanzas informará a la Oficina de Grados Académico sobre las
deudas que mantienen los participantes durante el semestre de estudio.
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TÍTULO VII
ANEXOS AL REGLAMENTO DE ADMISIÒN Y MATRICULA
ANEXO 01: CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN PARA EL PROCESO DE
ADMISIÓN.
ANEXO 02: REQUISITOS PARA POSTULAR A LOS PROGRAMAS
ACADÉMICOS QUE DESARROLLA LA CAEN - EPG.
ANEXO 03: FLUJOGRAMA DEL PROCESO DE INSCRIPCIÓN,
ADMISIÓN Y MATRÍCULA
ANEXO 04: FLUJOGRMA DEL PROCESO DE DIFUSION Y
CAPTACION.
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ANEXO Nº 01: (CONSTANCIA DE INSCRIPCION PARA EL PROCESO DE
ADMISION ............................. )
El Jefe de la Oficina de Relaciones Interinstitucionales del Centro de Altos Estudios
Nacionales (CAEN), hace constar:
Que, el …………………………………………………………, identificado con DNI
Nro. ……………….., se ha inscrito en la Unidad de Promoción y Difusión, para participar
en el proceso de admisión para el ……………………………………., el mismo que se
iniciará el ….. de ……………. del 201__
DOCUMENTOS PRESENTADOS:
Solicitud de Inscripción (Formato CAEN).
Hoja de Datos Personales. (Formato CAEN).
Currículum vitae simple, para maestrías y doctorados
Chorrillos
…………………………………….
Jefe de la Oficina de Relaciones
Interinstitucionales
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ANEXO Nº 02: (REQUISITOS PARA SER MATRICULADO A LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS QUE DESARROLLA EL CAEN-EPG) AL REGLAMENTO DE ADMISIÓN Y MATRICULA APROBADO POR RESOLUCIÒN DIRECTORAL DEL CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES – ESCUELA DE POSGRADO Nº
----/EPG-CAEN/SG del ---- 201__.
1.- PROGRAMAS DE DOCTORADOS
(1) Ser peruano, extranjero invitado o residente. (2) Grado Académico de Maestro, debidamente registrado en la SUNEDU, o
constancia de egresado y certificado de estudios de Maestría otorgada por la universidad de origen.
(3) Hoja de datos personales (4) Aprobar el examen de admisión, el mismo que consta de:
(a) La presentación de un Perfil de Proyecto de Investigación. (b) Evaluación de conocimiento al postulante
(5) No tener antecedentes penales. (6) Currículum vitae simple. (7) Copia de recibo del Banco de La Nación, por concepto de matrícula y
primera mensualidad.
2.- PROGRAMAS DE MAESTRÍAS
(1) Ser peruano, extranjero invitado o residente. (2) Grado académico de bachiller; debidamente registrado en la SUNEDU. (3) Hoja de datos personales. (4) No tener antecedentes penales. (5) Currículum Vitae Simple. (6) Copia del recibo del Banco de la Nación, por concepto de matrícula y
primera mensualidad. (7) Entrevista personal sólo para los señores postulantes que no son
designados por las instituciones de las FFAA y PNP.
3. CURSO DE ACTUALIZACION PARA OPTAR LA MAÉSTRIA EN
DESARROLLO Y DEFENSA NACIONAL.
(1) Haber aprobado el Curso de Desarrollo y Defensa Nacional en el CAEN,
el Curso Especial de Desarrollo y Defensa Nacional en el CAEN o haber concluido satisfactoriamente estudios del mismo nivel en otros Centros, Colegios, Escuelas e Institutos que integran la Comunidad de Colegios de Defensa de Iberoamérica.
(2) No haber sustentado su tesis en el plazo de hasta 4 años después de su egreso.
(3) Copia del Certificado de Estudios, autenticado por el Secretario General
del CAEN.
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(4) No tener antecedentes penales. (5) Hoja de datos personales (6) Copia del recibo del Banco de la Nación, por concepto de matrícula. (7) Grado académico de bachiller, debidamente registrado en la SUNEDU
4. CURSO DE ALTOS ESTUDIOS EN POLÌTICA Y ESTRATEGIA
(1) Ser peruano o extranjero invitado. (2) Tener grado académico universitario y ocupar cargos de alta
responsabilidad en los sectores públicos o privado. (3) Para los miembros de las FFAA y PNP, tener el grado de General, o
Almirante, Coronel o Capitán de Navío. (4) No tener antecedentes penales. (5) Hoja de datos personales (6) Currículum vitae simple. (7) Copia de recibo de pago del Banco de La Nación, por concepto de
matrícula.
5. REQUISITOS PARA LOS DIPLOMADOS
(1) Ser peruano o extranjero invitado. (2) Tener el grado académico de bachiller. (3) Hoja de datos personales (4) No tener antecedentes penales. (5) Copia de recibo de pago del Banco de La Nación, por concepto de
matrícula y primera cuota.
6. REQUISITOS PARA LOS PROGRAMAS ESPECIALES
(1) Ser peruano o extranjero invitado. (2) Hoja de datos personales (3) No tener antecedentes penales. (4) Copia de recibo de pago del Banco de La Nación, por concepto de
matrícula y primera cuota.
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SI
Recepción de legajos de
postulantes a los diferentes
programas.
Formula relación de postulantes
inscritos que hayan cumplido con los
requisitos del anexo N°1 establecido en
el reglamento.
No se entrega el legajo al Comité de
Admisión si no presenta su diploma
de grado académico.
Recibe el legajo y comunica al
postulante la razón de no ser admitido.
Se procede a devolver el legajo con una hoja de
coordinación y no se admite
Revisa y evalúa la documentación de los legajos de los postulantes que
tengan grado académico.
No admitido
Los postulantes que han sido admitidos se
les comunica que procedan a realizar el pago de la matrícula y
primera cuota. Se realiza una el Acta de admitidos y se coordina con
Finanzas de los que han realizado los
pagos.
Finanzas comunica a la Oficina de
Admisión con una relación de los que han efectuado el
pago de inscripción y matrícula.
La oficina de Resoluciones
procede a realizar la Resolución de
Matricula.
ANEXO Nº 03 FLUJOGRAMA DEL PROCESO DE INSCRIPCIÓN, ADMISIÓN Y MATRÍCULA
INICIO
¿ Tiene completo su
legajo?
NO
¿Tienen deuda con el CAEN?
SI
¿Está registrado su grado académico en
NO SUNEDU?
SI
Completó legajo con grado
académico? SI
NO
NO
¿Son admitidos?
SI
NO
¿Son matriculados?
Se devuelve los legajos a los
postulantes y/o archivos a la división de inscripción en un plazo de 72 horas.
Se devuelve los legajos a los
postulantes y/o archivos a la división de inscripción en un plazo de 72 horas.
Son admitidos directo del
programa de diplomados en caso de los programas de
doctorado y maestrías el Comité
convoca a los postulantes según cronograma para
pasar por entrevista.
Coordina con finanzas que
postulantes no mantengan deudas
con el CAEN.
Recibe los legajos y comunica que no
han sido matriculados por
motivos de falta de pago
correspondientes a inscripción y
primera cuota.
Recibe los legajos y comunica que no han sido admitidos, si no son reclamados los expedientes en un
máximo de 3 meses serán incinerados.
El legajo tiene que tener copia
legalizada por notario público del
grado académico de bachiller ó
Constancia de inscripción en
SUNEDU.
Retorna legajo para levantamiento de observación por el
postulante.
Convoca el Comité de Admisión conformado por el Secretario General, Jefe del Posgrado, Coordinador académico y el Jefe de la
Oficina de Admisión.