REGLAMENTO D4920 modificado

download REGLAMENTO D4920 modificado

of 23

Transcript of REGLAMENTO D4920 modificado

REGLAMENTO DISTRITAL ROTARACT DISTRITO 4920

NOTAS PRELIMINARESEl presente Reglamento tendr vigencia a partir del da de su aprobacin, quedando establecido que a partir de esa fecha las disposiciones contenidas sern de aplicacin obligatoria por parte de la Representacin Distrital del Distrito 4920 y de los Clubes pertenecientes al mismo, motivo por el cual stos no podrn en adelante aducir desconocimiento de las normativas insertas en el mismo. Est totalmente prohibido a los Clubes introducir cualquier tipo de modificaciones al texto del presente Reglamento, entendindose en tal sentido que la nica autoridad competente para tal fin es la Representacin Distrital (ad-referndum de la Reunin de Presidentes y Secretarios realizada en la Conferencia Distrital) y las modificaciones que pudiesen adoptarse sern informadas oportunamente a los Clubes del Distrito, a partir de cuyo momento las mismas tendrn el carcter de obligatorias en lo que se refiere a su aplicacin. A partir de la fecha de entrada en vigencia de este Reglamento no ser de aplicacin toda norma interna de los Clubes (reglamentaria, estatutaria o contenida en resoluciones aprobadas por los organismos competentes de los mismos) que se oponga a las disposiciones del presente texto debiendo los Clubes adecuar o derogar las mismas. Las disposiciones en el presente texto derogan a las mismas resueltas antes del tratamiento de las reformas a aplicar a este Reglamento.

Pgina 2 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

CONTENIDONotas Preliminares .......................................................................................................................2 Deberes y Derechos de los Clubes................................................................................................4 Clubes en Formacin ................................................................................................................4 Clubes Constituidos ..................................................................................................................4 Representacin y Representante .................................................................................................7 Finalidades de la Representacin .............................................................................................7 Requisitos del club para la postulacin de un candidato a Representante ..............................7 Requisitos del candidato a Representante ...............................................................................7 Eleccin del Representante ......................................................................................................8 Mtodo de la eleccin ..............................................................................................................8 Votacin ...................................................................................................................................8 Procedimiento de la eleccin ...................................................................................................9 Candidato nico .......................................................................................................................9 Voto en blanco .........................................................................................................................9 Duracin de la Representacin ..............................................................................................10 Acefalia de Representante Distrital ........................................................................................10 Caso en que no existan postulantes .......................................................................................10 La Representacin Distrital ....................................................................................................11 Obligaciones del Representante .............................................................................................12 Obligaciones de los clubes para con la Representacin .........................................................13 Reuniones Distritales..................................................................................................................15 Reuniones Distritales..............................................................................................................15 Asamblea Anual de Distrito ....................................................................................................15 Conferencia Anual de Distrito ................................................................................................16 Foros ......................................................................................................................................16 Reuniones de Presidentes y Secretarios .................................................................................16 Asambleas Extraordinarias .....................................................................................................17 Otras Reuniones .....................................................................................................................17 Reglamento ................................................................................................................................18 Vigencia ..................................................................................................................................18 Reformas ................................................................................................................................18

Pgina 3 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

DEBERES Y DERECHOS D E LOS CLUBESCLUBES EN FORMACINArtculo 1 Se entiende por clubes en formacin a aquellos que, an reuniendo la cantidad de socios establecida por los Estatutos Prescriptos para los Clubes Rotaract y contando con el patrocinio correspondiente, no hayan recibido el Certificado de Organizacin de Rotary Internacional. Todo Rotaract Club en formacin deber informar su situacin a la Representacin del Distrito, a fin de obtener todo el apoyo y la colaboracin del Representante y los Clubes Constituidos. El otorgamiento del Certificado de Organizacin se har en conjunto con el Rotary Club patrocinador, la Representacin Distrital de Rotaract y el Comit Distrital de Rotary para Rotaract. Los Clubes en Formacin podrn asistir a los encuentros que se efecten dentro y fuera del Distrito, teniendo voz pero no voto. Los Clubes en Formacin no podrn presentar candidato a Representante Distrital. Sin carcter de obligatoriedad, podrn abonar las cuotas a la Representacin, hasta tanto Rotary Internacional enve el Certificado de Organizacin.

Artculo 2

Artculo 3

Artculo 4 Artculo 5 Artculo 6

CLUBES CONSTITUIDOSArtculo 7 Se entiende por Clubes Constituidos aquellos que hayan obtenido el Certificado de Organizacin por parte de Rotary Internacional, que no hayan perdido la condicin de tal, que funcionen como lo indican los Estatutos Prescriptos y que cumplan con las obligaciones distritales expresadas en este Reglamento. Todo Club, al recibir la notificacin de entrega del Certificado de Organizacin, deber: Comunicarlo a la Representacin, 30 (treinta) das antes de su entrega oficial. Presentar a la Representacin antes de los 90 (noventa) das posteriores a la constitucin, su Reglamento Interno. Artculo 9 Artculo 10 Tendrn voz y voto en todos los encuentros que se realicen dentro del Distrito. Los integrantes de un Club Rotaract Constituido debern pertenecer a una de las siguientes categoras: Socios activos o con licencia Aspirante Invitados ColaboradoresPgina 4 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

Artculo 8

Artculo 11

Los Clubes Rotaract del Distrito debern efectuar sus elecciones internas antes del 1 de Diciembre de cada ao, e informar a la Representacin de las nuevas autoridades. Todo Rotaract Club Constituido deber: Seccin 12.01 Seccin 12.02 Enviar a la Representacin un informe bimestral claro, preciso y prolijo sobre la marcha del club. Estar representado en todo Encuentro Distrital obligatorio, por su Presidente o Delegado acreditado mediante carta poder. En caso de no poder asistir ni enviar Delegado, el Presidente deber comunicarlo a la Representacin antes de la realizacin del encuentro. Deber adecuar la fecha y horario de la reunin a lo solicitado por el Representante para la Visita Oficial. Cuando desee incorporar una persona que ha sido socio de otro Club, deber solicitar a ste referencias sobre las causas de su alejamiento. En caso de disolucin del Club, deber entregar el Certificado de Organizacin al Rotary Club Patrocinador. Pasado un ao de dicha disolucin, perdern todos los derechos correspondientes a un Club Constituido. Deber pagar una cuota mensual a la Representacin Distrital.

Artculo 12

Seccin 12.03 Seccin 12.04

Seccin 12.05

Seccin 12.06 Artculo 13

Todo Club Rotaract Constituido podr: Seccin 13.01 Si lo considera necesario, expulsar a cualquiera de sus socios luego de lo cual deber informar sobre el hecho y sus causas a la Representacin del Distrito quien a su vez lo transmitir a la Agencia Informativa. Un socio ser considerado expulsado por no cumplir con los objetivos de Rotaract, como as tambin con las normas prescriptas por Rotary Internacional, y no podr formar parte de ningn Club Rotaract del Distrito 4920; mientras que un socio considerado dado de baja, tendr la posibilidad de continuar asistiendo a cualquier Club Rotaract, dependiendo de los criterios de ingreso del Club que lo recibe. La especificacin sobre la categora expulsado o dado de baja, queda a cargo del Club donde se produzca la situacin. De observar irregularidades en la Representacin del Distrito, podr comunicarlo al comit Distrital de Rotary para Rotaract, quien conjuntamente con los Presidentes de los Clubes Rotaract decidirn las medidas a adoptar. Presentar candidato a Representacin Distrital, siempre que se cumpla con los requisitos presentados en el artculo 17 del presente Reglamento.

Seccin 13.02

Seccin 13.03

Pgina 5 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

Seccin 13.04

Solicitar la visita del Representante Distrital en caso de tener problemas que requieran su presencia, hacindose cargo de los viticos provenientes de dicha visita. Presentar ponencias, proyectos, modificaciones al Reglamento de Distrito, etc., lo que ser tratado en reunin de Presidentes y Secretarios.

Seccin 13.05

Pgina 6 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

REPRESENTACIN Y REP RESENTANTEFINALIDADES DE LA REPRESENTACINArtculo 14 Representar y guiar a todos los Clubes Rotaract del Distrito 4920, respetando el presente Reglamento y lo establecido por Rotary Internacional para el cargo de Representante. Mantener una constante y fluida comunicacin con el Encargado del Comit de Rotary para Rotaract de la Gobernacin, el Gobernador del Distrito, la A.I.R.A.U.P. y los Clubes que le dependen, buscando la evolucin y proyeccin del Distrito. Estar presente o representado en cada una de las actividades que lleve a cabo la A.I.R.A.U.P., y buscar la participacin e integracin del Distrito en el contexto multidistrital.

Artculo 15

Artculo 16

REQUISITOS DEL CLUB PARA LA POSTULACIN DE UN CANDIDATO A REPRESENTANTEArtculo 17 Todos los Clubes Rotaract del Distrito 4920 podrn hacer uso de su derecho a presentar un candidato para la eleccin de Representante de Distrito, siempre que tuviera como mnimo 2 (dos) aos de reconocimiento oficial por Rotary Internacional, mediante la entrega del correspondiente Certificado de Organizacin. Y que bajo de la apreciacin del Comit Distrital de Rotary para Rotaract, considere que el Club que hace la postulacin est en condiciones de postular a un Representante.

REQUISITOS DEL CANDIDATO A REPRESENTANTEArtculo 18 El postulante deber presentar a la Representacin actuante, por medio del Club Rotaract al que pertenece: Seccin 18.01 Un completo currculo suyo y de su Secretario en el que consten: nombre, apellido, direccin, telfono, estado civil, edad, estudios cursados (o en curso), ocupacin actual, cargos ocupados en Rotaract Club. Estos deben ser avalados por el Presidente y Secretario de su Club. Un programa con los objetivos a alcanzar en su perodo. Los lineamientos generales de un plan de trabajo propuesto para lograr el cumplimiento de su programa.

Seccin 18.02 Seccin 18.03 Artculo 19

El postulante deber poseer un mnimo de 2 (dos) aos como socio activo del Club Rotaract, y haber ejercido el cargo de Presidente, o integrado el comit de Representacin. El Secretario deber tener la misma antigedad. Todos los requisitos enunciados en el presente artculo deben ser presentados ante la Representacin Distrital en sobre cerrado 30 (treinta) das antes de efectuarse la Asamblea Anual de Distrito, con la firma del Presidente del Club Rotaract al que pertenece el candidato y la firma de quien desea postularse.Pgina 7 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

Artculo 20

Debe constar tambin que el Club Rotario patrocinador apoyar las gestiones del postulante en caso de ser electo, como asimismo que conoce las actitudes como rotaractiano de la persona que se postula como Representante. Esta certificacin deber ser firmada por los Asesores y por el Presidente del Rotary Club Patrocinador. Artculo 21 El Representante electo deber concurrir al ERAUP, previo a asumir su mandato, con el fin de capacitarse en la mesa de futuros RDR.

ELECCIN DEL REPRESENTANTEArtculo 22 La eleccin del Representante del Distrito, se efectuar en la Asamblea Anual de Distrito, a realizarse en el trmino marcado en el artculo 86. De esta reunin participar el Gobernador de Distrito 4920, el Presidente del Comit Distrital de Rotary para Rotaract y los Presidentes de los Clubes Constituidos. Seccin 22.01 En caso de que un Presidente no pudiera estar presente, podr designar a un socio de su club para que lo represente al cual autorizar por medio de una carta poder. La misma deber ser remitida al Secretario de la Representacin previo al inicio de Asamblea Anual de Distrito y conceder durante el transcurso de la Asamblea, los mismos derechos y obligaciones que aplican para un Presidente.

Artculo 23

En caso de no realizarse la Asamblea de Distrito, la eleccin se llevar a cabo en una Reunin extraordinaria de Presidentes y Secretarios, convocada para tal fin por la Representacin antes del 31 de Diciembre.

MTODO DE LA ELECCINArtculo 24 Los postulantes debern enviar su currculo 30 (treinta) das antes de la Asamblea Anual de Distrito al Representante actuante, de lo contrario su postulacin no ser tomada en cuenta. El Representante deber remitir estos datos a todos los Clubes del Distrito. En la Asamblea Anual de Distrito, cada postulante leer el plan de trabajo propuesto para desarrollar durante el perodo para el que se postula. Los postulantes estarn a disposicin de los Presidentes de los Clubes presentes en la Asamblea Anual de Distrito, a fin de evacuar inquietudes surgidas en cada Club.

Artculo 25 Artculo 26

VOTACINArtculo 27 Se realizar mediante voto secreto, teniendo derecho a votar los Presidentes o delegados de los Clubes Constituidos del Distrito 4920, debidamente autorizados. Cada Club tendr derecho a un voto.

Artculo 28

Pgina 8 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

Artculo 29

No se aceptarn bajo ninguna circunstancia, votos expresados o que no sean entregados en el momento de la eleccin, ni delegados en persona alguna que no sean integrantes de Rotaract Club que emite el voto. La comisin escrutadora estar integrada por el Gobernador del Distrito 4920, el Presidente del Comit Distrital de Rotary para Rotaract, el RDR actuante, los ex Representantes que mantengan la condicin de socios activos en sus respectivos Clubes.

Artculo 30

PROCEDIMIENTO DE LA ELECCINArtculo 31 De los candidatos votados, el que resulte con la mitad mas uno de los votos, ser electo Representante. En caso de empate, se har una segunda eleccin antes del 31 de Diciembre. En caso de reincidir el empate, no habiendo concordancia de ideas, sern los integrantes de la Comisin Escrutadora quienes decidirn entre estos dos candidatos, con fallo inapelable.

Artculo 32

CANDIDATO NICOArtculo 33 Artculo 34 Para estos casos, rigen los artculos 24, 25 y 26 y el artculo 30. En caso de que el postulante nico no rena la mitad mas uno de los votos, continuar en el cargo el Representante actuante hasta el prximo Encuentro Rotaractiano en el que se realizar una nueva eleccin. En esa oportunidad se votar al socio que cumpla con las siguientes condiciones (respetando el orden de prioridad establecido a continuacin): 1) 2) 3) Socio que haya ocupado mayor nmero de veces el cargo de Presidente Socio que haya ocupado cargos en la Representacin Distrital Socio que haya ocupado mayor nmero de cargos en su Club.

VOTO EN BLANCOArtculo 35 Artculo 36 Artculo 37 Cualquier Club Rotaract que no est conforme con los postulantes podr votar en blanco. Si hay empate de candidatos, el voto en blanco ser de ningn valor. En caso de haber dos o ms postulantes, el voto en blanco se contar como inexistente, pero si stos superan el 50 % de los votos totales, se vetarn los electos y se proceder a una nueva eleccin a realizarse en una Reunin de Presidentes y Secretarios convocada para tal fin; la que deber realizarse antes del 31 de Diciembre del mismo perodo. Para este caso corren las mismas prescripciones que las indicadas en la Asamblea de Distrito. De presentarse el caso enunciado en el artculo 37 la Representacin convocar a nuevas postulaciones, las cuales debern ser entregadas por loPgina 9 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

Artculo 38

menos 15 (quince) das antes de la fecha de eleccin. Los candidatos vetados no podrn ser postulados nuevamente. Artculo 39 En ningn caso se aceptar la abstencin de voto mediante negacin a entregarlo a la Comisin Escrutadora, pues solamente se considera cuando es en blanco; y el Club que se negare a entregar su voto ser sancionado con una multa equivalente al valor de 6 (seis) cuotas a la Representacin Distrital.

DURACIN DE LA REPRESENTACINArtculo 40 El perodo rotaractiano se extender, al igual que el rotario, desde el 1 (primero) de Julio de cada ao hasta el 30 (treinta) de Junio del siguiente ao. Por lo tanto la Representacin, con respecto a sus autoridades, se renovar al iniciarse ste. El cargo de Representante es reelegible, siempre y cuando, en la votacin del mismo obtenga el 75 (setenta y cinco) % de los votos, de lo contrario deber retirar su postulacin y efectuarse de inmediato una nueva votacin con los candidatos que quedaron. La Representacin tambin durante los meses de verano, es decir, no entrar en receso.

Artculo 41

Artculo 42

ACEFALIA DE REPRESENTANTE DISTRITALArtculo 43 En caso de surgir inconvenientes durante las gestiones del Representante, que le obliguen a dejar la misma, deber comunicar por escrito tal circunstancia al Gobernador de Rotary Internacional, al Presidente del Comit Distrital de Rotary para Rotaract, a los Presidentes de los Clubes Rotaract y a la A.I.R.A.U.P.. Del mismo modo deber proceder el Representante elegido que an no ha asumido en su cargo. En caso de que se hubiere designado Vice Representante, este asumir las funciones de Representante Interino. En caso contrario ser el Secretario de la Representacin quien ocupe dicho cargo. El Secretario a cargo de la Representacin y el Presidente del Comit Distrital de Rotary para Rotaract sern los encargados de organizar conjuntamente una nueva eleccin en un plazo no mayor a 45 (cuarenta y cinco) das a partir de la fecha de la renuncia, o bien la ratificacin hasta finalizar el perodo del Secretario en ejercicio de la Representacin. El Representante que se elige de esta forma puede ser cualquier socio que rena los requisitos establecidos en el presente Reglamento, quien se elige por simple mayora de votos.

Artculo 44

Artculo 45

Artculo 46

CASO EN QUE NO EXISTAN POSTULANTESArtculo 47 Artculo 48 Se abrir un nuevo plazo para la presentacin de postulaciones, el cual ser determinado por la Representacin actuante. Si vencido dicho plazo an no se presentan postulaciones, se comunicar la situacin a todos los Clubes mediante carta circular, dejando extendido el plazoPgina 10 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

hasta la fecha de la eleccin. En este caso, la Representacin no estar obligada a enviar a cada Club los Programas de Trabajo y currculo de los postulantes antes del Encuentro Distrital anteriormente mencionado. Artculo 49 Cuando llegada la fecha de la Asamblea no existiesen postulaciones, el Presidente de cada Club o Delegado autorizado en la Reunin de Presidentes respectiva, deber sugerir el nombre de un socio del Distrito, que considere rena las condiciones para asumir el cargo de Representante, exponiendo fundamentos de su eleccin. La Representacin cuenta con el derecho de mencionar un socio que haya demostrado estar capacitado para desempear el cargo. Con los nombres sugeridos y previa aceptacin de los nominados en la Reunin de Presidentes, se confeccionar una lista que se llevar a votacin secreta. De los resultados obtenidos se seleccionarn los 3 (tres) socios que renan mayor nmero de votos. Dicha terna ser llevada a una segunda votacin secreta de la que surgir el nombre del futuro Representante, el cual deber reunir la mitad ms uno de los votos.

Artculo 50 Artculo 51

LA REPRESENTACIN DISTRITALArtculo 52 La Representacin estar integrada por el Representante, un Secretario y un Tesorero, los Presidentes y Secretarios de los Clubes, y todos los colaboradores que el Representante estime necesario. Si la Representacin lo decide, el Secretario podr desempearse como Tesorero. Todos los integrantes del Comit de Representacin sern nombrados directamente por el Representante y su nico requisito es que sea socio activo de Rotaract durante el perodo en que se desempea. Seccin 53.01 En caso de considerarlo necesario, el Representante podr designar a un Vice Representante en el que podr delegar parte de sus funciones y que lo sustituir en aquellos casos en que considere necesario. El socio que sea designado Vice Representante deber cumplir con los mismos requisitos que rigen para el Secretario de la Representacin.

Artculo 53

Artculo 54

El Secretario de la Representacin deber ser la persona que colabora directamente con el Representante en todas sus gestiones y en el correcto orden de la correspondencia y archivos de los Clubes que obren en poder de la Representacin. Deber estar capacitado como el Representante mismo y compartir sus responsabilidades respecto de la Representacin. El Tesorero ser el encargado de la administracin contable de la Representacin, deber mantener al da el registro de todas las operaciones y rendir mensualmente al Representante y bimestralmente a los Clubes un estado de movimiento de fondos, y tenerlo a disposicin de todo aquel rotaractiano o rotario que desee revisarlo. Tambin deber establecer la forma de originar fondos para la Representacin. Si lo desea, podr poner en funcionamiento un Comit de Finanzas.

Artculo 55

Pgina 11 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

Seccin 55.01

Dicho comit no deber cobrar comisin alguna por la venta y/o exposicin de productos de los clubes del Distrito 4920 dentro de los encuentros distritales del Distrito 4920. Si podr hacerlo cuando esto implique la prestacin de un servicio o valor agregado al mismo. Ejemplos de esto sera el transportar los productos a encuentros y/o actividades ajenas al Distrito 4920; la promocin de los mismos, siempre que esta corra por cuenta del Comit de Finanzas Distrital; el almacenamientos de los productos por parte del Comit de Finanzas Distrital. Previo a aplicar cualquier tipo de comisin, la misma deber ser pautada de comn acuerdo entre la Mesa de Presidentes y Secretarios y el Comit de Finanzas Distrital o Equipo de Representacin.

A fin de estandarizar la informacin que debe presentar se efectuar en forma obligatoria a travs de un cuadro de ingresos y egresos, comparando iguales conceptos del perodo anterior, quedando a cargo del tesorero la explicacin y justificacin de las variaciones ocurridas. Dicho cuadro se incorpora como Anexo I del presente Reglamento. Esto permitir asimismo, la confeccin de un presupuesto de gastos, ya que teniendo la informacin del perodo anterior se podr hacer una estimacin de esos conceptos para el perodo siguiente. Artculo 56 El Representante podr nombrar Delegados Personales por zona si ste lo considera necesario.

OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTEArtculo 57 Deber mantenerse en contacto permanente con el Presidente de los Clubes Rotaract, siendo aconsejable una Visita Oficial Anual a cada Club. Si un Club por razones justificadas pide la visita del RDR, ste no podr negarse. Imprimir una carta o boletn, donde se resuman las gestiones y las actividades de los Clubes, as como tambin las informaciones a nivel nacional o internacional que se juzguen de importancia. Podr tambin contener comentarios de inters general. Llevar un Libro de Actas, en el cual se asentarn las reuniones del Comit de Representacin, o las reuniones en las cules se tomen determinaciones de importancia. Asimismo deber asentar en el Libro de Actas las Visitas Oficiales. Para el cumplimiento de sus funciones, al finalizar el perodo asentar el estado de Tesorera, firmado por los integrantes del Comit de Representacin y el Comit Distrital de Rotary para Rotaract, y deber hacer entrega del Libro de Actas al Representante entrante. Asistir a todas las Reuniones Distritales y presidir la Conferencia y la Asamblea, alentando la asistencia y participacin a las mismas. Asistir a las Asambleas de la A.I.R.A.U.P., en caso de verse imposibilitado de participar a la misma y se hubiere designado, asistir el Vice Representante. Si este ltimo tambin se viese imposibilitado de participar, entonces el Representante podr designar a un socio del Distrito 4920, por medio de cartaPgina 12 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

Artculo 58

Artculo 59

Artculo 60

Artculo 61 Artculo 62

poder, para cumplir las funciones de este y no perder el voto en la Agencia. Se informar a los Clubes de su Distrito de las decisiones tomadas en este evento. Al mismo tiempo que llevar a estas, las inquietudes de su Distrito. Artculo 63 Presidir aquellas reuniones de carcter interdistrital e internacional que se realicen en el Distrito, salvo que los Reglamentos de dichos eventos dispongan lo contrario. Promover y estrechar las relaciones entre Rotary, Rotaract e Interact, tratando de subsanar toda clase de problemas que de esta relacin surjan. Deber trabajar en la extensin de Rotaract, con el objetivo de formar nuevos Clubes e incentivar el crecimiento de los ya existentes. Deber procurar el incremento del asesoramiento rotario en aquellos clubes que, por su carencia, no puedan cumplir con los fines establecidos para Rotaract. Dicha tarea deber ser canalizada a travs del Gobernador Distrital. Determinar, de acuerdo al presupuesto de gastos en la Reunin de Presidentes, la cuota que cada Club abonar y la forma de pago, pudiendo ser esto modificado durante el ejercicio de su gestin de acuerdo a las necesidades del Representante, con la aprobacin de la Mesa de Presidentes y Secretarios. Deber trabajar con el encargado del Comit de Rotary para Rotaract para coordinar actividades conjuntas. Deber ofrecer asesoramiento y apoyo a los Clubes Rotaract en sus actividades y proyectos. Determinar los Clubes Anfitriones para los Eventos Distritales. Asimismo dar la posibilidad a cada Club de postularse libremente para ser organizador de los Encuentros Distritales. Deber confeccionar un informe completo de su labor, el que ser entregado a la futura Representacin en la reunin de Representacin entrante y saliente. Al finalizar su perodo deber entregar el Libro de Actas y el de Tesorera, y el inventario detallado de todo lo que hace entrega. Deber alentar y participar del Encuentro Multidistrital E.R.A.U.P.

Artculo 64 Artculo 65 Artculo 66

Artculo 67

Artculo 68 Artculo 69 Artculo 70

Artculo 71 Artculo 72 Artculo 73

OBLIGACIONES DE LOS CLUBES PARA CON LA REPRESENTACINArtculo 74 Ser obligatorio tener actualizado el pago de cuotas por parte de los Clubes; caso contrario, no podrn votar, presentar postulantes a la Representacin, ni requerir ningn tipo de ayuda o informacin. Enviar a la Representacin un informe claro y preciso de las actividades emprendidas y desarrolladas por el Club. El mismo ser remitido dentro de las primeros 10 (diez) das de cada mes par. Entindase por mes par a los meses de: Agosto, Octubre, Diciembre, Febrero, Abril y Junio. Asimismo, enviar los porcentajes de asistencia, altas o bajas de los socios, o cualquier otra informacin que la Representacin requiera para registro de los mismos.

Artculo 75

Pgina 13 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

Artculo 76

Deber informar a la Representacin la asistencia de los Asesores Rotarios al Club; en caso de no producirse dicha asistencia, solicitar la intervencin de la Representacin de Rotaract, ante el Gobernador de Rotary del Distrito en ltima instancia, y despus de haber agotado todos los medios por parte de la Representacin de Rotaract. En caso de incumplimiento por parte del Club de las tareas que le corresponden, el Representante podr requerir la intervencin del Presidente del Subcomit Rotaract y del Presidente del Rotary Club Patrocinador. El Club deber adecuar da y hora de su reunin cuando el Representante lo requiera para su Visita Oficial. Podr tambin, solicitar dicha visita cuando lo estime necesario. Se cree conveniente que para la ocasin, se realice adems de la Reunin Ordinaria del Club, una reunin de Junta Directiva.

Artculo 77

Artculo 78

Pgina 14 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

REUNIONES DISTRITALESREUNIONES DISTRITALESArtculo 79 Se consideran oficiales todos los Encuentros Distritales mencionados en el presente Reglamento, obligatorios u optativos, y todos aquellos que la Representacin considere necesarios convocar, contando con la aprobacin del Presidente del Comit Distrital de Rotary para Rotaract. Sern obligatorias las siguientes Reuniones Distritales: Asamblea Anual de Distrito, Conferencia Anual de Distrito, 1 (un) Foro Distrital de Capacitacin y 4 (cuatro) reuniones de Presidentes y Secretarios. Toda Reunin Distrital que no est mencionada en el artculo 80, ser considerada optativa, exceptuando aquellas que la Representacin le asigne carcter de obligatorias. Los organizadores de cualquier Encuentro Distrital debern tomar las medidas necesarias para reducir los costos y lograr un ticket accesible, teniendo como referencia las bases para la organizacin de Encuentros Distritales que figuran en el Anexo II. El Representante Distrital y el Secretario de Representacin no abonarn ticket en las Reuniones Distritales obligatorias. Los organizadores debern dar a conocer a todos los Clubes del Distrito: fecha de realizacin, lugar, programa de actividades y costo del ticket. Esta informacin deber estar en los Clubes como mnimo con 1 (un) mes de anticipacin a la realizacin del evento. Las prdidas que arrojen los Encuentros Obligatorios, estn soportadas por el Club Organizador. Cada Club deber confirmar la cantidad de personas que asistirn al Encuentro. Si llegada la fecha no concurren, igual debern pagar su ticket. Podrn confirmar su inasistencia con siete das de antelacin a la realizacin del evento.

Artculo 80

Artculo 81

Artculo 82

Artculo 83 Artculo 84

Artculo 85

ASAMBLEA ANUAL DE DISTRITOArtculo 86 En todos los perodos deber realizarse una Asamblea Anual Distrital, en fecha a determinar por la Representacin actuante durante los meses de Noviembre o Diciembre (preferentemente Noviembre). La Asamblea de Distrito se efectuar con el principal objetivo de elegir al nuevo Representante Distrital. Se podrn incluir paneles con debates de temas a elegir, inclusive se aconseja la insercin de un panel de Rotary y otro de Interact. Paralelamente o incluida dentro del programa se realizar una Reunin de Presidentes y Secretarios. Esta no se realizar en horario coincidente con la Asamblea, a fin de que los afectados puedan asistir al desarrollo de la misma.

Artculo 87 Artculo 88 Artculo 89

Pgina 15 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

CONFERENCIA ANUAL DE DISTRITOArtculo 90 En cada perodo, el Representante deber organizar una Conferencia de Distrito, a efectuarse entre la ltima quincena del mes de Junio y la primera quincena del mes de Julio. La Conferencia Distrital tendr como objetivos: Capacitacin de los funcionarios entrantes. Cambio simblico de RDR. Artculo 92 Artculo 93 En la Conferencia se realizarn los balances de la finalizacin del perodo. El programa a desarrollarse en la misma, estar a cargo de la Representacin entrante y la organizacin del Encuentro ser responsabilidad de la Representacin saliente. Debern asistir con carcter de obligatoriedad todos los integrantes de los Clubes; haciendo hincapi, salvo razones de fuerza mayor, en los funcionarios entrantes.

Artculo 91

Artculo 94

FOROSArtculo 95 Artculo 96 Artculo 97 Un foro podr ser organizado por cualquier Club del Distrito, debiendo contar para esto, con la aprobacin de la Representacin. La Representacin deber realizar al menos un Foro de Capacitacin. El temario correspondiente al Encuentro deber ser realizado por la Representacin conjuntamente con el club anfitrin y se tocarn temas rotaractianos y extra rotaractianos.

REUNIONES DE PRESIDENTES Y SECRETARIOSArtculo 98 El Representante convocar a todos los Presidentes, Secretarios, integrantes de la Junta Ejecutiva de la Representacin y el Encargado del Subcomit Rotaract, a por lo menos 4 (cuatro) Reuniones Ordinarias de Presidentes y Secretarios durante su perodo. Debern realizarse 2 (dos) de las reuniones enunciadas en el artculo 100, en el primer semestre del perodo, y las 2 (dos) restantes en el segundo semestre.

Artculo 99

Artculo 100 Toda Reunin de Presidentes y Secretarios ser soberana y sus resoluciones slo podrn ser tratadas en otra reunin de idnticas caractersticas. Para que as sea considerada, deber reunir las siguientes condiciones: Seccin 100.01 Seccin 100.02 Contar con la presencia del Representante y Secretario de Distrito, o Delegados especialmente designados. Estar presentes ms del 50 (cincuenta) % de todos los Clubes del Distrito que renan las condiciones de Clubes Constituidos.

Pgina 16 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

Artculo 101 En las Reuniones de Presidentes y Secretarios tendrn voz todos los asistentes; y voto, el Representante y un socio por cada Club Constituido presente.

ASAMBLEAS EXTRAORDINARIASArtculo 102 Son todas aquellas que sean solicitadas por los Clubes o el Representante, con temario que justifique las mismas, y aprobadas por simple mayora de los Clubes del Distrito. En las mismas participarn con carcter de obligatorio, el Representante, el Secretario Distrital y los Presidentes y Secretarios de los Clubes, debiendo enviar Delegados en caso de no poder asistir personalmente. Estas Asambleas sern informadas a los Clubes con 30 (treinta) das de anticipacin.

OTRAS REUNIONESArtculo 103 Cualquier Club o grupo de Clubes, podr organizar Reuniones de compaerismo, de estudio, de acciones, o de otros fines, debiendo ser aprobadas previamente por la Representacin, sin obligacin alguna de asistir los otros Clubes Rotaract.

Pgina 17 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

REGLAMENTOVIGENCIAArtculo 104 El presente Reglamento Oficial del Distrito 4920 regir desde el da de su aprobacin, debiendo para ello los Clubes modificar sus Reglamentos Internos de acuerdo al mismo. Artculo 105 Los Clubes que se formaran a posteriori de la aprobacin del presente Reglamento, debern ajustar su accionar al mismo.

REFORMASArtculo 106 La reforma del presente Reglamento podr ser solicitada por los Clubes Constituidos o el Representante, en cualquier reunin Ordinaria de Presidentes y Secretarios, para cuya aprobacin se requerir el voto afirmativo de las dos terceras partes de los asistentes que se encuentren en condicin de votar de acuerdo a los antes expresado; en caso contrario tendr vigencia por dos perodos consecutivos a partir de la fecha asentada en el artculo 109 del presente reglamento. En oportunidad en que los clubes constituidos propongan la reforma del presente Reglamento, debern presentar un proyecto de los artculos a reformar con dos meses de anticipacin. Artculo 107 Para la aprobacin de cada una de las mociones presentadas para su reforma se requerir el voto afirmativo de la simple mayora. En caso de empate, decidir el Representante. Artculo 108 En caso de falta de regulacin en este Reglamento, se deber remitir al Manual de Rotaract o en su defecto al Manual de Procedimiento de Rotary Internacional. Artculo 109 A los 10 das del mes de Abril de 2010, en Reunin de Presidentes y Secretarios correspondiente a la Reunin de Presidentes realizada en la ciudad de Tres Arroyos, se aprueba el presente Reglamento.

Pgina 18 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

ANEXO ICUADRO DE INGRESOS Y EGRESOS Ingresos Saldo al Inicio (A) (+) Cuotas de los Clubes (+) Aportes del Gobernador (+) Otros ingresos Total ingresos (B) Perodo Actual $ $ $ $ $ Perodo Actual (+) Viajes * Dentro del Distrito * Encuentros de la A.I.R.A.U.P. * E.R.A.U.P. * Otros viajes (+) Tickets a los distintos encuentros (+) Comunicaciones * Telfono * Fax * Internet * Correspondencia * Otros (+) Papelera * Fotocopias * Otros (+) Cuota A.I.R.A.U.P. (+) Otros egresos Total Egresos (C) Saldo final (A+B-C) $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ Perodo Anterior $ $ $ $ $ Perodo Anterior $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $ $

Pgina 19 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

ANEXO IIBASES ESTIPULADAS PARA LA ORGANIZACIN DE ENCUENTROS DISTRITALES DE LA POSTULACIONArtculo 1 El club perteneciente al distrito 4920 de ir que desee postularse para la realizacin de un encuentro distrital, deber: Seccin 1.01 Seccin 1.02 Presentar tal postulacin en el encuentro obligatorio inmediatamente anterior. Informar a la Representacin de tal intencin al menos una semana antes del encuentro obligatorio donde se realizar la postulacin. Utilizar en el encuentro distrital obligatorio inmediatamente anterior, el medio audiovisual que estime conveniente, para certificar que cumple con lo dispuesto en los Artculos II y VI de las presentes bases. Presentar junto a la postulacin una carta del Presidente del Rotary Club Patrocinador del club postulado, avalando tal postulacin.

Seccin 1.03

Seccin 1.04

Artculo 2

Si hubieran dos o ms clubes postulados, se proceder a votar para decidir la sede. En caso de que de existiera un solo club postulado, el mismo quedara automticamente proclamado como sede del encuentro en cuestin siempre que cumpla con los requisitos dispuestos en las presentes bases.

DURACINArtculo 3 La duracin mnima de los encuentros distritales, ser desde la tarde del sbado hasta el medioda del domingo inclusive. La confeccin del programa, as como la posible extensin de la duracin mnima de los encuentros distritales, quedar a criterio de la Representacin y del club anfitrin.

CONDICIONES GENERALESArtculo 4 Es obligacin del club anfitrin: Seccin 4.01 Seccin 4.02 Proveer la infraestructura para el alojamiento adecuado de un mnimo del 50% de los socios del distrito. Proveer la infraestructura para el correcto desarrollo del programa de actividades del Encuentro Distrital, de acuerdo a lo convenido y solicitado por la Representacin Distrital y el comit de Capacitacin.

Pgina 20 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

Seccin 4.03

Proveer un saln para que tome lugar la mesa de Presidentes y Secretarios, con mesas y sillas en cantidad suficiente para los integrantes de la Representacin. Proveer un comedor para un mnimo del 50% de los socios del distrito. Proveer sanitarios en buen estado de conservacin e higiene, con cestos para residuos. Contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra las posibles eventualidades que pudieran ocurrir a los participantes del encuentro, desde el momento de la acreditacin hasta la finalizacin de dicho encuentro y dentro del radio del predio asignado para el mismo. Contar con asistencia mdica de primeros auxilio, y servicios mdicos de mediana complejidad en un radio menor a cinco kilmetros del predio. La eventual accesibilidad a estos ltimos deber ser prevista y provista por el club anfitrin. Proveer como mnimo la merienda y cena del sbado, y el desayuno y almuerzo del domingo. Proveer a los participantes de la papelera necesaria (carpetas, hojas, lapiceras, etc.) Cobrar los tickets de los participantes. Confeccionar y hacer llegar a todos los clubes del distrito la ficha de inscripcin al encuentro. Confeccionar y otorgar los certificados de asistencia, los cuales debern ser homologados por la Representacin. Presentar un balance que detalle ingresos y egresos en el siguiente encuentro distrital obligatorio.

Seccin 4.04 Seccin 4.05 Seccin 4.06

Seccin 4.07

Seccin 4.08 Seccin 4.09 Seccin 4.10 Seccin 4.11 Seccin 4.12 Seccin 4.13

PROTOCOLOArtculo 5 Artculo 6 El club anfitrin deber prever la realizacin de las ceremonias de apertura y clausura del encuentro distrital. Durante las ceremonias de apertura y clausura, y durante la cena del sbado (en caso de ser necesario), se deber disponer de una mesa cabecera para las autoridades presentes. El club anfitrin deber proveer los mstiles y pabellones Argentino, rotaractiano y rotario. En caso de tener participantes de otros pases, deber tambin proveer los pabellones necesarios con sus mstiles. Estos y otros aspectos referentes al protocolo, sern coordinados con la Representacin.

Artculo 7

Artculo 8

Pgina 21 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

INSCRIPCIONESArtculo 9 Las inscripciones de los participantes a la asamblea se realizarn nicamente a travs de los Presidentes de los clubes Rotaract, o a travs de las personas que stos designaran para tal fin. Los Presidentes o las personas que stos designaran para tal fin, debern remitir las fichas de inscripcin, en tiempo y forma, a la persona del club anfitrin designada para recibirlas, con copia a la Representacin. No sern aceptadas inscripciones que no se realicen de acuerdo a lo establecido en el artculo 10. Aquellas personas que hayan confirmado su inscripcin y no asistan al encuentro, debern abonar los tickets confirmados.

Artculo 10

Artculo 11 Artculo 12

CONDICIONES DE ORDEN DIVULGATIVO.Artculo 13 Es responsabilidad del club anfitrin enviar las debidas comunicaciones con la informacin necesaria para asistir al encuentro a todos los clubes y socios del distrito, con un mnimo de treinta das anteriores a la celebracin del encuentro. Las comunicaciones debern contener la siguiente informacin: Seccin 14.01 Seccin 14.02 Seccin 14.03 Seccin 14.04 Fecha de realizacin. Programa del encuentro; el cual debe ser coordinado y convenido entre la Representacin y el club anfitrin. Lugar; incluyendo direccin exacta, mapa del lugar, planos, etc. Transporte; especificando qu medios de transporte llegan al lugar, horarios de llegada y salida, a cuntos kilmetros del lugar del encuentro se haya la terminal de mnibus, etc. Mencin sobre la posibilidad de llegar antes (ejemplo: noche anterior) para aquellas personas que provengan desde ms lejos, la hora a partir de la cual se puede arribar, el costo de la cena adicional, la estada, etc. Si se debe llevar ropa de cama, toallas, etc. Costo del ticket. Fecha lmite para las confirmaciones de asistencia. Cupo de inscripciones lmite.

Artculo 14

Seccin 14.05

Seccin 14.06 Seccin 14.07 Seccin 14.08 Seccin 14.09

DE LAS RESPONSABILIDADES.Artculo 15 Los Presidentes pueden designar un delegado que se har cargo de la delegacin del club al que preside. El mismo debe ser informado a los organizadores y al Representante previo al cierre de las inscripciones. El delegado debe participar del encuentro y deber ser legalmente responsable. En caso de que no se designara delegado alguno, el Presidente ser quien estar a cargo de laPgina 22 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920

delegacin de su club. Si este no pudiera concurrir y no se hubiese designado un delegado, estar a cargo de la delegacin el socio que asista con carta poder. Artculo 16 Los Presidentes, o las personas que stos hayan designado para tener a cargo las delegaciones de rotaractianos de cada club, velarn por la buena conducta y participacin durante el encuentro de los miembros de dichas delegaciones. Cada participante ser responsable de su propio comportamiento durante el encuentro, as como tambin de las consecuencias que pudieren derivar de ste. En caso de que el participante fuese menor de edad o incapaz, al momento de la inscripcin deber presentar una autorizacin de sus responsables legales debidamente certificada por Escribano Pblico y/o Juez de Paz en la que se delegue dicha responsabilidad a un participante del encuentro mayor de edad, legalmente responsable y miembro del club bajo el cual fue inscripto. Ante cualquier falta que atente contra las normas de tica, la normal convivencia, o que signifique la violacin de los Estatutos prescritos a los clubes Rotaract, Declaracin de normas sobre los clubes Rotaract y/o dems reglamentos preestablecidos por Rotary Internacional, producida por cualquier asistente al encuentro, la Representacin tendr la facultad de tomar las medidas que considere necesarias.

Artculo 17

Artculo 18

NORMAS DE CONVIVENCIA.Artculo 19 Queda prohibido: Seccin 19.01 Introducir al encuentro cualquier tipo de estupefacientes, drogas sin la correspondiente autorizacin mdica, armas, como as tambin el ingreso y consumo de cualquier clase de bebida alcohlica fuera de los espacios, momentos y controles convenidos para tal fin entre el club anfitrin y la Representacin. Seccin 19.02 Seccin 19.03 Fumar en espacios cerrados. Salir del predio del encuentro preestablecido por el club anfitrin, salvo expresa autorizacin de ste, en consulta con la Representacin. Provocar ruidos molestos y disturbios en los horarios de descanso y en los espacios establecidos para ello.

Seccin 19.04 Artculo 20

El organizador del encuentro, podr agregar las normas de convivencia que considere necesario siempre y cuando las mismas sean informadas a los futuros participantes al momento de realizar la inscripcin.

ACEPTACIN DE LAS BASES.Artculo 21 Todos los participantes de los encuentros distritales con su sola inscripcin aceptan y se comprometen a respetar lo establecido en las presentes bases.

Pgina 23 de 23Reglamento Distrital de Rotaract - Distrito 4920