Reglamento construcciones
-
Upload
richardsanchez13 -
Category
Documents
-
view
1.317 -
download
0
Transcript of Reglamento construcciones
1
Universidad Nacional Autónoma de MéxicoFacultad de Arquitectura
Administración I
Reglamento de Construcción, y Normas Técnicas Complementarias
Thursday, November 18, 2010
2
Thursday, November 18, 2010
Las disposiciones del reglamento son de orden publico e interes social. Todas las obras de D.F. se sujetan a la ley de desarroyyo urbano, reglamento de costruccion y desmas disposiciones juridicas y administrativas aplicables.
Título Primero. Disposiciones Generales.
Thursday, November 18, 2010
Articulo 2: En el reglamento cuando se habla de :_______________ quiere decir = _______
16 Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal
sus Normas Técnicas Complementarias y demás disposiciones jurídicas y administra-tivas aplicables.
Se aplicará de manera supletoria al presente Reglamento, la Ley de Procedimien-to Administrativo del Distrito Federal, además de las disposiciones mencionadas eneste ordenamiento.
En este artículo se enuncia, sintetiza y simplifica la utilidad y propuesta del Re-glamento, añadiendo el uso, destino y reservas de los predios, se añade la aplicaciónde la Ley de Procedimientos Administrativos.
Art. 2. Para los efectos del presente Reglamento, se entiende por:
I. Administración, a la Administración Pública del Distrito Federal;II. Ley, a la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal;III. Ley Orgánica, a !a Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito
Federal;IV Delegación, al Órgano Político-Administración de cada una de las demarcacio-
nes territoriales del Distrito Federal;V Reglamento, al presente Reglamento de Construcciones para el Distrito
Federal;VI. Programa, al Programa General de Desarrollo del Distrito Federal;VII. Predio, al terreno sin construcción;VIII. Edificación, a la construcción sobre un predio;IX. Inmueble, al terreno y construcciones que en él se encuentran;
Thursday, November 18, 2010
ART. 3 : De acuerdo con la ley, el encargado de vigilar que el reglamento se cumpla es la administracion; para esto hay que seguir unos pasos:
1. Fijar requisitos tecnicos.2. Restricciones3. Fin, uso del terreno4. Licencia5. Registro de D.R.O.6. Inspeccion7. Verificar uso8. Medidas de peligro9. Si o No uso de estructura10. Ejecutar cargo11. Suspension12. Ordenas o ejecutar obligacion13. Sansiones14. Modificar normas15. Utilizar fuerza publica16. Demas reglamento
Thursday, November 18, 2010
Art.4 Se integra una comision de estudio y reforma del reglamento, los jefes son nombrados por el jefe de gobierno
Art.5 Donde expiden los permisos de construccion debe haber un D.R.O.para que de su opinion especializada sobre los casos.
D.R.O.
Art.6 Para usar el reglamento las edificaciones se clasifican en uso y destino, segun el programa general delegacional.
Thursday, November 18, 2010
7
Thursday, November 18, 2010
Se denomina Vía Pública al conjunto de calles, avenidas y parques, por donde circulan vehículos y caminan peatones; ésta a su vez se controla por autoridades sustentadas en un reglamento y por dispositivos viales, como semáforos y señales de tránsito.
Título Segundo. De la vía pública y otros bienes de uso común.
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO I. GENERALIDADESart. 7: vía pública es todo espacio de uso común. (disposición de la SEDUVI). libre transito, conforme a la ley y reglamentos.art. 8: no se autoriza la instalación de servicios públicos en predios frente a la vía publica.
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO II. DEL USO DE LA VIA PUBLICA.art. 9: dependencias o entidades publicas así como también las personas físicas o morales cuyas actividades a realizar afecten la vía publica deben de presentare ante la secretaria de obras y servicios públicos para su revisión y aprobación.art. 10: realizar obras, modificación o reparaciones sobre la vía publica; ocupar la vía con servicios como comercios, construcciones provisionales; romper el pavimento o hacer cortes en banquetas y guarniciones y construcción de instalaciones subterráneas o aéreas sobre la misma vía : se requiere autorización de la Administración.
Thursday, November 18, 2010
art. 11: No se puede autorizara el uso de la vía publica para: aumentar el área de un predio o de una construcción, para obras que molesten a los vecinos, para depósitos de basura solo excepción de lo establecido en la Ley de residuos sólidos del DF y las normas ambientales aplicables, para establecimientos fijos o semifijos y cualquier otro fin que se considere contrario con el interés publico.art. 12: sobre los permisos, licencias de construcción especiales o autorizaciones que la administración otorgue para ocupación, uso o aprovechamiento de la vía publica no crean derecho real y todas son revocables y temporales.
Thursday, November 18, 2010
art. 13: toda persona física o moral que ocupe con obras la vía publica esta obligada a retirarlas cuando la administración así lo pida y mantener la señaletica correspondiente. En los permisos, licencias o autorizaciones se hace referencia de la fecha para retirarse.art. 14: Empresas que tengan servicios públicos y ejecutaran obras de emergencia están obligados a dar aviso inmediato y solicitar autorización correspondiente en un lapso no mayor a tres días antes de la fecha de inicio.
Thursday, November 18, 2010
art. 15: La administración dictara las medidas administrativas necesarias para mantener o recupera la posesión de la vía publica y demás bienes de uso común; las cuales deberán establecerse de acuerdo con la Ley de Procedimiento Administrativo del DF.art. 16: Si las construcciones o instalaciones que ocupen sin autorización la vía publica están obligadas a demolerlas si no la administración se las llevara.art. 17: Para la ejecución de rampas en guarniciones y banquetas para la entrada de vehículos.
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO III.DE LAS INSTALACIONES PARA CONDUCIONES SUBTERRANES Y AEREAS EN LA VIA PUBLICA.art. 18: Las obras para la instalación, mantenimiento o retiro de ductos para fluidos, tele comunicadores, energía eléctrica y cualquiera otros en el subsuelo de la vía publica, la empresa debe avisar a la Administración para solicitar los permisos correspondientes.art. 19: Para instalaciones aéreas deberán estar sostenidas por estructuras o postes. Cables de retenidas y ménsulas, alcayatas o cualquier otro apoyo deberá colocarse a no mas de 2.50m de altura sobre el nivel banqueta. Y deberán estar identificadas por sus propietarios con una señal que apruebe la Secretaria de Obras y servicios.art. 20: La administración podrá autorizar el cambio de estructuras postes, o instalaciones por razones de seguridad o por cualquier obra sobre la vía publica.
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO IV. DE LA NOMENCLATURAart. 21: La SEDUVI establecerá la nomenclatura oficial para la denominación dela vía publica, parques, jardines, plazas y predios del DF. Las placas de nomenclatura constituyen mobiliario urbano.art. 22: sobre el numero oficial debe de colocarse en una parte visible del predio a cada 20 m.art. 23: La delegación puede ordenar el cambio de numero oficial, se le avisara al propietario y tendrá 90 días naturales para conservar el anterior. La delegación dará aviso a las instancias correspondientes que se vean afectadas por el cambio.
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO V. DEL ALINEAMIENTO.art. 24: El alineamiento es la traza sobre el terreno que limita el predio respectivo con la vía publica en uso, o con la futura vía publica. art. 25: Las delegaciones expedirán a solicitud del propietario constancias de alineamiento y numero oficial.
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO VI. DELAS RESTRICCIONES A LAS CONSTRUCCIONES.art. 26: Proyectos que contengan dos o mas de los usos a que se refiere el reglamento se sujetaran a los que establezcan los programas generales, delegaciones y/o parciales.art. 27: La administración hará constar en los permisos, licencias de construcción especial, las restricciones de acuerdo a los planes generales, delegacional y parciales y se deberán de respetar.art. 28: No podrán ejecutarse nuevas construcciones, obras o instalaciones sobre monumentos y zonas arqueológicas.
Thursday, November 18, 2010
art. 29: Las áreas adyacentes a aeropuertos estarán sujetas a las disposiciones de la Secretaria de Comunicaciones y Transportes y entre ellas estará la limitación de altura, uso, ,destino, densidad e intensidad.art. 30: Zonas de protección en servicios subterráneos tales como viaductos, pasos a desnivel inferior o similares.art. 31: Si las determinaciones del programa modificaran el alineamiento oficial de un predio, el propietario no podrá efectuar obra nueva o ampliación que se contrapongan a las nuevas disposiciones. Salvo casos especiales y previa autorización de la SEDUVI.
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
Título Tercero. De los Directores Responsables de Obra y Corresponsables
Thursday, November 18, 2010
Capítulo I. De los Directores responsables de Obra
(Art. 32-‐35)
¿Quién es el Director Responsable de Obra?
Obligaciones
Requisitos
Persona FísicaAuxiliar de la AdministraciónObserva que se cumpla el Reglamento y disposiciones aplicables
I. Cédula ProfesionalII. Conocer LeyesIII. 5 Años de ejercicio profesionalIV. Miembro activo del Colegio
Profesional
Suscribir y presentar manifestación de construcción o solicitud de licencia de construcción especialDirigir y vigilar la obra, que cumpla con lo establecido en ordenamientos y disposicionesContar con corresponsables de obra en los casos que se numeran en el art. 36Notificar cualquier violación al Reglamento a la Delegación CorrespondientePlanear y supervisar el cumplimiento de las medidas de seguridad en la obraLlevar en la obra un libro de bitácora
Thursday, November 18, 2010
BitácoraFoliado y Sellado por la Delegación Se anotará en Original y dos copias:
-‐Nombre y Firma del propietario y poseedor, del DRO y del Residente así como de los Corresponsables y del Perito en Desarrollo Urbano si los hubiere. -‐Nombre de la razón social de la persona física o moral que ejecute la obra-‐Materiales empleados para fines estructurales o de seguridad-‐Procedimientos generales de construcción y de control de calidad-‐Descripción de detalles definidos en la obra -‐Fecha de visitas, observaciones e instrucciones del DRO, así como de los Corresponsables y Perito en Desarrollo Urbano, en su caso;-‐Fecha de inicio de cada etapa de la obra-‐Incidentes y accidentes
Responsivai. Suscribe una manifestación de construcción o una licencia de construcción especial.ii. Supervise la ejecución de una edificación y/o instalación, aceptando la responsabilidad de la misma.iii. Suscriba un dictamen de estabilidad o seguridad estructural de una edificación o instalación.iv. Suscriba un documento relativo a cualquier otra modalidad que determinen las disposiciones legales y
administrativas aplicables
Thursday, November 18, 2010
Capítulo II. De los Corresponsables
(Art. 36-‐39)¿Qué es un Corresponsable de Obra?
Requisitos
•Cédula Profesional•Acreditar sus conocimientos del Reglamento y sus Normas•Cinco años de experiencia en su especialidad•Miembro del Colegio de Profesionales Respectivo
Persona física auxiliar de la AdministraciónCon conocimientos técnicos relacionados al ámbito de su intervención profesional
-‐Corresponsable en Seguridad Estructural-‐Corresponsable en Diseño Urbano y Arquitectónico-‐ Corresponsable en Instalaciones
Thursday, November 18, 2010
Capítulo III. De las responsabilidades y sanciones de los Directores
Responsables de Obra y Corresponsables
(Art.40-‐42)
Las funciones del DRO se terminan cuando :-‐Haya cambio o suspensión o retiro del DRO y/o Corresponsable-‐Cuando no hayan refrendado su registro correspondiente-‐Cuando la Delegación expida la autorización de uso y ocupación de obra
La responsabi l idad de carácter administrativo termina a los diez años contados a partir de :-‐La fecha en que se expida la autorización de uso y ocupación (art. 70)-‐ La fecha en que formalmente hayan terminado su responsiva (Fracción I art. 40)
Sanciones:•Amonestación por escrito•Suspensión temporal por dos años •Cancelación del registro del DRO o Corresponsable
Thursday, November 18, 2010
Capítulo IV. De la Comisión de Admisión de Directores Responsables de Obra y
Corresponsables(Art. 43-‐46)
Es el Órgano Colegiado, el cual se encarga de la evaluación, admisión y supervisión de los DRO y de los Corresponsables
Integrantes: Secretario de Obras y Servicios (Presidente)Secretario de Desarrollo Urbano (Secretario Técnico)Un representante de cada uno de los Colegios de Profesionales y Cámaras … (art. 44)
Atribuciones: VerificarOtorgar registroLlevar registroEmitir OpiniónVigilar…. (art. 45)
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
Para poder construir o modificar el propietario o poseedor debe registrar la manifestacion antes de empezar a trabajar.El proceso tara un dia y no procede si esta en suelo de conservacion.
Título Cuarto. Manifestaciones de
Construccion.Thursday, November 18, 2010
Cada delegacion te dice como reponer arboles.
El que registra lo hace bajo protesta de decir verdad.
Una vez registrada, la autoridad revisa que los planos coincidan
Los derechos se pagan de acuerdoa la tarifa de codigo financiero de D.F.
Anexar al formato todos los documento solicitados.Si falta uno no procede el registro.
Thursday, November 18, 2010
Modalidades de Manifestacion:
No mas de una vivienda unifamiliar de hasta 200 m2con claros libres de no mas de cuatro metros. Costruccion de basrdas menosres a 2.5 m alturaCisternas y Fosas Septicas.
Esta manifestacion se hace en la delegacion.
No require de D.R.O.
Thursday, November 18, 2010
Para uso no habitacional o mixto de hasta 5 000 m2 o habitacional de hasta 10 000 m2
debe tener:
-‐Comprobante de pago
-‐Alineamiento oficial
-‐Constancia de uso de suelo
-‐Proyecto arquitectonico
-‐Proyecto estructural
Thursday, November 18, 2010
Para uso no habitacional o mixto de mas 5 ooo m2 y los que necesiten dictamen de impacto urbano
El tiempo de vigenci de las manifestaciones sera....
-‐ Hasta 300 m2 un año prorrogable-‐Hasta 1000 m2 un año prorrogable-‐Mas de 1000 m2 36 meses
El fin de los trabajos se debe indicar maximo 15 dias despues de cocluir.
Thursday, November 18, 2010
Licencias Especiales
Modalidades:
-‐En Suelo de Conservacion
-‐Subterranea o aerea en via publica
-‐Estaciones de celular
-‐Demoliciones
-‐Excavacion mayor a 1m
-‐Ferias, aparatos mecanicos, circos
-‐Elevadores o escaleras electricas en obras ya existentes
Thursday, November 18, 2010
LA LICENCIA DEBE EXPEDIRSE EN MAXIMO 24 HORAS HABILES. SI PASADO EL PLAZO NO SE TIENE NOTIFICACION ALGUNA SE CONSIDERA AFIRMATIVA FICTA
Thursday, November 18, 2010
38
Thursday, November 18, 2010
39
Título Quinto. Del Proyecto Arquitectonico.
Thursday, November 18, 2010
40
GeneralidadesRespetar construcciones ant iguas a p l i c a n d o l o s r e g l a m e n t o s correspondientesDetalles de dimensiones (detalles en normas)AlturasSeparación entre edificiosEstacionamientos
Thursday, November 18, 2010
41
Habitabilidad, Accesibilidad y Funcionamiento
Dimensiones y características de los edificios acordes al uso asi como los requerimientos de accesibilidad para personas con discapacidad (detalles en normas)
Thursday, November 18, 2010
42
Thursday, November 18, 2010
43
De la higiene, servicios y acondicionamiento AmbientalAgua potableEdificios provistos de servicios sanitarios acordes a su funciónAlbercas (en caso de existencia) con equipos de higienizacion amigables con el medio ambienteEspacios para almacenamiento, separación y recolección de residuos sólidosTr a t am i e n t o d e r e s i d u o s peligrosos (detalles en normas)Producción de, Humos, Polvos, Vapores, etc. (detalles en normas)Iluminación Natural o Artificial (detalles en normas)
Thursday, November 18, 2010
44
Thursday, November 18, 2010
45
De la comunicación, evacuación, y prevención de emergencias
DE LAS CIRCULACIONES Y ELEMENTOS DE COMUNICACIONPrincipal énfasis en las soluciones lógicas y funcionales de distintos espacios mismos que respondan adecuadamente a su uso.
DE LA PREVENCION CONTRA INCENDIORespecto al equipamiento, características de los elementos constructivos, así como los tipos de espacios y circulaciones. PRECAUCIONES/ ubicación de equipos de extinción correspondientes a las instalaciones. En caso de imprevistos u omisiones, responsabilidad del DRO y/o corresponsable.
DE LOS DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD Y PROTECCIONRejas o algún tipo de barrera para espacios destinados al espectáculo. (Zoológicos, Circos, Exposiciones. etc.)Es obligación contar con el equipamiento adecuado tanto en el edificio como en ciertas áreas especificas.
Thursday, November 18, 2010
46
Thursday, November 18, 2010
47
De la integración al contexto e imagen
Intervenciones en zonas de Patrimonio histórico deben estar sujetas a lo estipulado por el INAH, el INBA, la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda, ademas de los Programas de Desarrollo Urbano y las Normas.*Existe la propuesta de integrar especialistas en temas históricos al desarrollo de la normatividad que rige este apartado, esto por la subjetividad y la mala interpretación de las normas actualmente vigentes. (Actualmente no se proponen soluciones concretas)
Thursday, November 18, 2010
48
Thursday, November 18, 2010
49
Thursday, November 18, 2010
50
Thursday, November 18, 2010
Título Sexto. De la seguridad estructural de las construcciones
Thursday, November 18, 2010
Capítulo I. Generalidades (Art. 137-‐ 139)
Capítulo II. De las características generales de las edificaciones (Art. 140-‐145)
Capítulo III. De los criterios de diseño estructural (Art. 146-‐159)
Capítulo IV. De las cargas muertas (Art. 160)
Capítulo V. De las cargas vivas (Art. 161-‐163)
Capítulo VI. Del diseño por sismo (Art. 164-‐167)
Capítulo VII. Del diseño por viento (Art. 168)
Capítulo VIII. Del diseño de cimentaciones (Art. 169-‐173)
Capítulo IX. De las otras obras (Art. 174-‐176)
Capítulo X. De las construcciones dañadas (Art. 177-‐ 182)
Capítulo XI. De las obras provisionales y modificaciones (Art. 183-‐184)
Capítulo XII. De las pruebas de carga (Art. 185-‐186)
Thursday, November 18, 2010
Capítulo I. Generalidades (Art. 137-‐ 139)
Capítulo II. De las características generales de las edificaciones (Art. 140-‐145)
-‐ Secretaría de Obras y Servicios-‐ Normas Técnicas-‐Clasificación de las Obras: I. Grupo A II. Grupo B: Subgrupo B1 Subgrupo B2
• Estructura eficiente• Linderos• Acabados y recubrimientos• Elementos no estructurales• Anuncios• Perforaciones y/o alteraciones en elementos estructurales
Thursday, November 18, 2010
Capítulo III. De los criterios de diseño estructural (Art. 146-‐159)
Capítulo IV. De las cargas muertas (Art. 160)
Capítulo V. De las cargas vivas (Art. 161-‐163)
•Estructura que permita la transmisión de fuerzas a la cimentación•Estado limite de falla•Estado límite de servicio•Efectos cargas vivas, muertas, sismo, viento•Procedimientos para determinación de resistencia diseño y factores de resistencia → Normas Técnicas Complementarias• Otros procedimientos de diseño → justificación
Elementos constructivos acabados y elementos de posición permanente
Fuerzas producidas por uso y ocupación de edificaciones no permanentes
Thursday, November 18, 2010
Capítulo VI. Del diseño por sismo (Art. 164-‐167)
Capítulo VII. Del diseño por viento (Art. 168)
Capítulo VIII. Del diseño de cimentaciones (Art. 169-‐173)
-‐Bases y requisitos generales de diseño → Normas Técnicas Complementarias
-‐Bases y requisitos generales de diseño → Normas Técnicas Complementarias
La cimentación debe cumplir con los requisitos relativos al diseño y construcción que establecen en las Normas
El D.F. se divide en tres zonas: Lomas (Z1), Transición (Z3)
Cimentaciones de edificios colindantes
Thursday, November 18, 2010
Capítulo IX. De las otras obras (Art. 174-‐176)
Capítulo X. De las construcciones dañadas (Art. 177-‐ 182)
Capítulo XI. De las obras provisionales y modificaciones (Art. 183-‐184)
Capítulo XII. De las pruebas de carga (Art. 185-‐186)
Comprobación en la estructura por cargas:-‐Edificaciones de Recreación-‐No suficiente evidencia teórica-‐Cuando el G.D.F. lo considere conveniente
Deben proyectarse para cumplir los requisitos de seguridad del reglamento:-‐Tribunas para eventos especiales, -‐ pasos temporales para peatones o vehículos-‐Cimbras
Mas de 100 usuarios → prueba de carga
ExcavacionesMuros de contenciónNivelación del terreno en edificaciones del Grupo A y B1
-‐Propietario: denunciar ante la delegación los daños que se presenten en el inmuebleCons tanc ia de segur idad estructural por un -‐Corresponsable, dependiendo la magnitud de los daños reparar, reforzar o renovar las instalaciones dañadas
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
Titulo Septimo.De la construccion.
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO I. GENERALIDADES.
art. 187: Copia de planos y licencias deben conservarse en la delegación.art. 188: Los materiales, de construcción, escombros o residuos podrán colocarse en la banqueta sobre vía publica no por mas de 24 hrs.art. 189: Vehículos que carguen o descarguen material deberán de realizar maniobras durante el horario establecido por la delegación.
Thursday, November 18, 2010
art. 190: Escombros, excavaciones u otro obstáculo para el transito de la vía publica serán protegido; con barreras y letreros tanto de día como de noche.art. 191: Los propietarios están obligados a reparar por su cuenta las banquetas y guarniciones que se hayan deteriorado por el motivo de la obra.
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
art. 192: Los equipos eléctricos deben cumplir con las normas oficiales mexicanas que correspondan.art. 193: Cuando una obra queda suspendida los propietarios deben de limitar sus predios con la vía publica por medio de cercas o bardas y clausurar vanos para impedir el acceso a la construcción.art. 194: Los tapiales: de Barrera. Marquesina. Fijos. De paso cubierto.
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO II. DE LA SEGURIDAD E HIGIENE EN LAS OBRAS.art. 195: El DRO tomara las precauciones, medidas técnicas y realizara los trabajos necesarios para proteger la vida y la integridad de los trabajadores.art. 196: Precaución ante incendios. Los extintores de fuego deben de cumplir con lo indicado en el reglamento sus normas.
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
art. 197: Uso de redes de seguridad donde exista la posibilidad de caída de los trabajadores. Si no usar cinturones de seguridad, líneas de amarre o andamios con barandales.art. 198: Los trabajadores deben usar los equipos de protección personal.art. 199: En las obras deben de proporcionarse a los trabajadores agua potable y sanitario portátil, excusado o letrina por cada 25 trabajadores o fracción de 15. Mantener permanente un botiquín de primeros auxilios.
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO III.DE LOS MATERIALES Y PROCEDIMIENTOS DE CONSTRUCCION.
art. 200: Materiales empleados: Resistencia, calidad y características de los materiales empleados en la construcción serán las que señalen en las especificaciones de diseño y deben de satisfacer las normas del reglamento. Cuando se proyecte utilizar en una construcción algún material nuevo que no se conozca dentro de la norma mexicana deberá solicitar aprobación de la secretaria de obras y servicios.art. 201: Los materiales de construcción deben ser almacenados en las obras de tal manera que se evite su deterioro.
Thursday, November 18, 2010
art. 202: El DRO debe de vigilar que se cumpla el reglamento y lo especificado en el proyecto. Propiedad mecánica de los materiales. Tolerancias en las dimensiones estructurales. Nivel y alineamiento de los elementos estructurales. Cargas muertas y vivas en la estructura. art. 203: Podrán utilizarse nuevos procedimientos de construcción con previa autorización dela secretaria de obras y servicios.
Thursday, November 18, 2010
art. 204: Deberán realizarse pruebas de verificación de calidad de materiales que señalen las normas oficiales. En caso de duda la administración podrá exigir los muestreos y las pruebas necesarias.art. 205: Los elementos estructurales que se encuentren en ambiente corrosivo o sujeto a la acción de agentes físicos, químicos o biológicos que puedan hacer disminuir su resistencia, deben ser de material resistente.
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO IV.DE LAS MEDICIONES Y TRAZOS.art. 206: Nivelaciones.art. 207: Antes de comenzar una construcción debe de verificarse el trazo del alineamiento del predio con base a una constancia. Después se trazaran los ejes principales del proyecto.
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO V.DE LAS EXCAVACIONES CIMENTACIONES.
art. 208: Para la ejecución de la excavaciones y la construcción de cimentaciones se observara lo dispuesto en el capitulo VII del titulo sexto.art. 209: Si en el proceso de una excavación se encuentran restos fósiles o arqueológicos se deberá de suspender de inmediato y notificar a la dependencia competente.art. 210: El uso de explosivos en excavaciones queda condicionado a la autorización y cumplimiento de los ordenamientos que señale la secretaria de la defensa nacional.
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO VI.DEL DISPOSITIVO PARA TRANSPORTE VERTICAL EN LAS OBRAS.
art. 221: Los dispositivos empleados para el transporte vertical de materiales deben ofrecer adecuadas condiciones de seguridad.art. 212: Las maquinas elevadoras y bandas transportadoras empleadas durante la ejecución de las obras. Ser de buena construcción mecánica y resistencia. Mantenerse en buen estado de funcionamiento. Revisarse y examinarse periódicamente. Indicar claramente la carga útil máxima de la maquina. Esta equipada de accesorios necesarios para evitar descensos accidentales.art. 213: Antes de instalar grúas-‐torre en una obra, se debe despejar el sitio para permitir el libro movimiento de la carga y del brazo giratorio. Semanalmente deben revisarse y corregirse el equipo por seguridad.
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO VII.DE LAS INSTALACIONES.
art. 214: Las instalaciones eléctricas, hidráulicas, sanitarias, contra incendio, de gas,vapor, combustible, líquidos, aire acondicionado, telefónicas, de comunicación y todas aquellas que se coloquen en las edificaciones, serán las que indique el proyecto, y garantizarán la eficiencia de las mismas, así como la seguridad de la edificación, trabajadores y usuarios, para lo cual deben cumplir con lo señalado en este Capítulo, en las Normas y las demás disposiciones aplicables a cada caso.art. 215: En las instalaciones se emplearan únicamente tuberías, válvulas, conexiones, materiales y productos que satisfagan las normas.
Thursday, November 18, 2010
art. 216: Los procedimientos para la colocación de instalaciones se sujetaran a las siguientes disposiciones: No deberá afectar la estructura. En caso de que sea necesario se deberá de analizar con el DRO y el corresponsable en seguridad estructural. En tramos verticales las instalaciones se colocaran empotrados en los muros mediante abrazaderas. Tuberías alojadas en terreno natural se sujetaran a las disposiciones indicadas en las normas. art. 217: Los tramos de tuberías de las instalaciones hidráulicas, sanitarias, contraincendio, de gas, vapor, combustibles líquidos, aire comprimido, oxígeno y otros, deben unirse y sellarse herméticamente, de manera que se impida la fuga del fluido que conduzcan, para lo cual debe observarse lo que se establece en las Normas y demás disposiciones aplicables.
Thursday, November 18, 2010
CAPITULO VIII.DE LAS FACHADAS.art. 219: Las placas de materiales en fachadas se fijaran mediante un sistema que proporcione anclaje. art. 220: Vidrios y cristales deben colocarse tomando en cuenta los posibles movimientos de la edificación y contracciones ocasionadas por cambios de temperatura. art. 221: Las ventanas, canceles, fachadas integrales y otros elementos de fachada deben resistir las cargas ocasionadas por las fragas de viento.
Thursday, November 18, 2010
81
Thursday, November 18, 2010
82
Título Octavo. Del uso, operación y mantenimiento
Thursday, November 18, 2010
83
Del uso y conservación de predios y edificaciones
Participación de la delegación para establecer medidas de protección extras a lo dispuesto por la ley Ambiental del D.F en caso de:*Materiales Tóxicos/ Uso, producción, almacenamiento, venta.*Acumulación de escombro o basura.*Excavaciones profundas.*Producción de humedad, salinidad, gases, humos, polvos, etc.DRO responsable de la sanidad en la Obra.
Thursday, November 18, 2010
84
Ningún inmueble debe efectuar funciones distintas a las autorizadas sin previamente haber obtenido el cambio de uso, tampoco se puede modificar el funcionamiento estructural del mismo sin la debida autorización.
Thursday, November 18, 2010
85
Es responsabilidad del dueño del inmueble conservar los planos, la memoria de diseño y el libro de bitácora, para cuando sean requeridos por las autoridades.
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
Las obras de ampliacion solo se autorizan si el programa delegacional las permite. Título Noveno.
Ampliaciones.Thursday, November 18, 2010
88
Thursday, November 18, 2010
Título Decimo. De las demoliciones
Thursday, November 18, 2010
Capítulo Único. De las medidas preventivas de las construcciones (Art. 236-‐243)
Licencia de construcción especial para demoliciónPrograma de demoliciónSecretaría de la Defensa Nacional
Thursday, November 18, 2010
Más de 60 m2 deben contar con la supervisión de un DRO
Zonas de Patrimonio Histórico, A r t í s t i co y A rqueo lóg i co requieren autorización de a u t o r i d a d e s f e d e r a l e s y d i c t ame n t é c n i c o d e l a Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda y con la responsiva de un DRO.
C o n t a r c o n me d i d a s d e seguridadHorario de trabajo 8:00-‐18:00Retirar escombros y desechos en 30 días máx.
Thursday, November 18, 2010
Thursday, November 18, 2010
T í t u l o Decimoprimero. De las visitas de verificación
Thursday, November 18, 2010
94
De las Visitas de Verificación
Visitas a cargo de la Delegacion y en su caso de la Secretaria de Desarrollo y Vivienda, dichas visitas tienen el objetivo de corroborar que los datos entregados corresponden a la obra terminada o en proceso.
Thursday, November 18, 2010
95
De las Sanciones
I. Amonestación por escrito;II. Multa que podrá ser de 50 a 800 días de salario mínimo general vigente enel Distrito Federal;IIl. Suspensión temporal del registro de Director Responsable de Obra y/oCorresponsable;IV Cancelación del registro del Director Responsable de Obra y/o Corresponsable;V Clausura, parcial o total;VI. Revocación;VII. Nulidad, yVIII. Demolición, parcial o total.*Las sanciones van en aumento acorde a la infracción cometida.
Thursday, November 18, 2010
96
De los recursosEs legalmente viable interponer el recurso de inconformidad o juicio de nulidad, esto con respecto a los actos y resoluciones emitidas por las autoridades administrativas.
Thursday, November 18, 2010
97
Transitorios
Artículo Primero. El presente Reglamento entrará en vigor a partir del día16 de febrero de 2004.
Artículo Segundo. Se abroga el Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Departamento delDistrito Federal el 2 de agosto de 1993.
Artículo Tercero. La Secretaría de Obras y Servicios expedirá las Normas Técnicas Complementarias a que hace referencia esteReglamento dentro de los 120 días siguientes a la fecha de su publicación.En tanto se expiden dichas Normas, se seguirán aplicando las Normas Técnicas Complementarias vigentes al momento de publicación delpresente Reglamento.
Artículo Cuarto. Las solicitudes que se encuentren en trámite se resolverán de conformidad con lo establecido en el Reglamento deConstrucciones para el Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal el 2 de agosto de 1993, o bien elinteresado podrá optar por efectuar el trámite establecido en el presente Reglamento.
Artículo Quinto. En los casos en que la Ley hace referencia a la licencia de construcción se entenderá la señalada en el Reglamento deConstrucciones para el Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Departamento del Distrito Federal el 2 de agosto de 1993.
Thursday, November 18, 2010
98
Thursday, November 18, 2010
Normas Técnicas Complementarias para
Diseño y Construcción de Cimentaciones
Thursday, November 18, 2010
•Las Normas complementarias no son un manual de diseño.
•Fijan criterios y métodos de diseño y construcción de cimentaciones que permitan cumplir con los requisitos mínimos definidos en el Cap. VIII del Título sexto del Reglamento.
•Los aspectos no cubiertos por ellas quedan a criterio del Director Responsable de Obra y en su caso del Corresponsable en Seguridad Estructural y serán de su responsabilidad.
1. Consideraciones Especiales
Thursday, November 18, 2010
Notación1. Consideraciones Especiales2. Investigación del subsuelo3. Verificación de seguridad en las cimentaciones4. Diseño estructural de la cimentación5. Análisis y diseño de las excavaciones6. Muros de contención7. Procedimiento constructivo
8. Observación del comportamiento de la cimentación9. Cimentaciones abandonadas10. Cimentaciones sobre desarrollos
controlados11. Recimentaciones12. Memoria de diseño
Thursday, November 18, 2010
Normas Técnicas Complementarias para
Diseño por VientoThursday, November 18, 2010
•En estas Normas se amplían y se detallan los requisitos de diseño por viento contenidos en el Cap. VII del Titulo Sexto del Reglamento.
•Los procedimientos aquí indicados se aplicarán conforme a los criterios generales de diseño especificados en dicho título.
•En particular deberán aplicarse a las acciones debidas al viento los factores de carga correspondientes a acc iones accidentales fijadas en las Normas Técnicas Complementarias sobre Criterios y Acciones para e l D iseño Est ructura l de las Edificaciones.
Thursday, November 18, 2010
Notación1. Consideraciones Generales2. Criterios de Diseño3. Métodos simplificado y estático para diseño por viento4. Diseño de elementos de recubrimiento5. Empujes dinámicos paralelos al viento6. Efecto de vórtices periódicos sobre estructuras prismáticas7. Desplazamientos permisibles
Thursday, November 18, 2010
Normas Técnicas Complementarias para
Diseño por SismoThursday, November 18, 2010
•Estas Normas tienen como propósito obtener una seguridad adecuada tal que, bajo el sismo máximo probable, no habrá fallas estructurales mayores ni pérdidas de vidas.
•El DRO, de acuerdo con el propietario, puede decidir que se diseñe el edificio para que satisfaga requisitos mas conservadores que los aquí establecidos con el fin de reduc i r la pos ib i l idad de pérdidas económicas en la construcción a cambio de una mayor inversión.
Thursday, November 18, 2010
Notaciones1. Criterios Generales de diseño2. Elección del tipo de análisis3. Espectros para diseño sísmico4. Reducción de fuerzas sísmicas5. Factor de comportamiento sísmico6. Condiciones de regularidad
7. Método simplificado de análisis8. Análisis estático9. Análisis dinámico10. Análisis y diseño de otras construcciones11. Estructuras existentes12. Apéndice A
Thursday, November 18, 2010