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La regla tcnica de la oralidad

PROCESO

Mtodo pacifico de debate dialctico en virtud del cual un tercero imparcial impartial e independiente, con facultad y poder soluciona el conflicto de forma definitiva. Serie consecuencial de instancias bilaterales conectadas entre si por la autoridad. ( juez o arbitro) La serie procesal tiene un orden lgico de cuatro fases en el siguiente orden: Afirmacin- negacin- confirmacinAfirmacin- negacin- confirmacin- evaluacin

Principio procesales

( Punto de partida)

Se entiende por principio procesal a las grandes directrices que expresa o implcitamente brinda el legislador para que el mtodo de enjuiciamiento pueda operar eficazmente de acuerdo con la orientacin filosficafilosfica- poltica de quien ejerce el poder en un tiempo y lugar determinado. determinado.

Principios y reglas

Principios : Unitarios. Se refieren a la idea misma de proceso. No admiten pares antagnicos.1. 2. 3. 4. 5.

Igualdad de las partes Imparcialidad del juzgador Transitoriedad de la serie Eficacia de la serie Moralidad del debate.

Reglas tcnicas

Reglas: binarias, se presentan como pares antagnicos. Reglas del debate procesal

Oralidad o escrituracin. Libertad o legalidad de formas. Economa procesal. Celeridad procesal. Pblicidad

Preclusin Perentoriedad Concentracin Inmediacin Adquisicin Saneamiento

Reglas tcnicas de la actividad de sentenciar

Calidad de los juzgadores Cantidad de juzgadores Cantidad de grados de conocimiento. Evaluacin de los medios de confirmacin Correspondencia entre lo pretendido y lo juzgado. Aplicacin de la norma jurdica.

Puede existir un proceso acusatorio escrito?

En teora es posible, aunque cuesta imaginar un proceso acusatorio escrito respetuoso de las garanta establecidas en los Tratados Internacionales:

El derecho a ser juzgado sin dilaciones indebidas.14.3.c PIDCP. El derecho a un juicio pblico.14.1 PIDCP El derecho a obtener comparecencia de testigos y a interrogarlos y de contra interrogar a los testigos de descargo. 14.3.e PIDCP

Regla de la oralidad se constituye en una garanta del juicio justo

Vemos que hay otras reglas tcnicas que son llevadas a la categora de garanta de juzgamiento como la publicidad; la celeridad y la contradiccin. La presencia de la regla tcnica de oralidad, adems permite la coexistencia de otras reglas que son compatibles con las garantas de juzgamiento en los tratados internacionales.

Oralidad permite concentracin

Tiende a que el proceso se realice en el menor tiempo posible y con mejor unidad. La reunin de mayor actividad procesal en el menor nmero posible de actos permite una mejor utilizacin del tiempo. La oralidad trae consigo la concentracin y esta la celeridad. Entonces podemos decir que la oralidad protege la garanta del juzgamiento en un plazo razonable.

Oralidad permite la inmediacin

El de vital importancia que el juez tenga contacto directo con el procesado, el acusador, los testigos, peritos y los dems intervinientes. (inmediacin subjetiva) El juez es quien debe observar el desarrollo de la rendicin de toda la prueba ya que de all extraer su convencimiento.( inmediacin en la actividad) El juez apreciar la prueba fundndose en la percepcin personal y no en apreciaciones ajenas respecto de los hechos objeto del debate.(inmediacin objetiva)

Oralidad permite la inmediacin

La inmediacin permite prevenir y sancionar el fraude procesal cuando este se presente. La escrituracin es incompatible con la inmediacin, salvo que sea el propio juez quien escriture todo el proceso.

Oralidad permite una adecuada contradiccin

El principio de igualdad se materializa en el proceso civil en el principio de la bilateralidad de la audiencia y en el proceso penal en el principio de contradiccin. El acusado tiene derecho a presentar y controvertir las pruebas de cargo. La oralidad resulta el medio ms idneo para hacer que se cumpla este principio.

Oralidad permite una adecuada contradiccin

El proceso es una debate dialctico de probar y contraprobar, de argumentar y contra argumentar, de confrontacin de la acusacin y defensa. La oralidad permite un desarrollo ms dinmico de la controversia probatoria. La contradiccin se aplica tanto a la norma como a los hechos.

Oralidad permite la publicidad.

El proceso penal debe ser pblico y conocido. La publicidad se refleja en el hecho que las pruebas se practican de manera integral en la audiencia de juicio oral dando la posibilidad a cada uno de los sujetos procesales para presentar sus propios medios de conviccin. (control interno de los interesados) La publicidad permite la transparencia y la posibilidad real del control ciudadano sobre la funcin judicial.(control externo de la comunidad)

Oralidad permite la celeridad

El proceso debe ser llevado de forma rpida y sin dilaciones indebidas, pero ello no debe afectar el derecho a defensa. Esto es, no se puede privilegiar la meta por sobre el mtodo, ya que el proceso es el medio que hace a los desiguales iguales en el debate dialctico. La oralidad permite que los actos procesales se desarrollen en forma ms sencilla a fin de contrarrestar las dilaciones innecesarias. Permite una tutela judicial efectiva.

LUCHO BARRIOS NO CALLA