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REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES Ley 1150 de 2007/Decreto 1464 de 2010

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REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES

Ley 1150 de 2007/Decreto 1464 de 2010

• Proponente: Persona natural o jurídica que aspira a celebrarcontratos con las entidades estatales.

• Registro: Es la anotación o asiento que realiza la Cámara decomercio en el Registro Único de Proponentes, previa solicitud deinscripción, renovación, actualización o cancelación.

• El certificado expedido por la Cámara de Comercio es plena pruebade los requisitos habilitantes del Proponente, la calificación y laclasificación.

• Principio de publicidad del registro: Cualquier persona tiene derechoa consultar los documentos que reposen en el registro, obtener copiade la información contenida en el registro y solicitar la expedición decertificados.

• La publicación de la inscripción, renovación y actualización se haráa través del portal del Registro Único Empresarial.

REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES

•Temporalidad de la norma.

•Actividad de los Proponentes frente al Registro: Inscripción,renovación, actualización.

•Principio de Universalidad: Constructores, Consultores, Proveedoresy otros – Ampliación del número de Proponentes.

•Verificación fáctica – Verificación documental.

•Las entidades estatales no podrán exigir a los proponentesinformación que se encuentre certificada en el registro por parte dela Cámara de Comercio, excepción hecha de información noverificada o la que se requiera para constatar requisitos adicionalescuando las características del objeto a contratar lo exija.

•Registro requisito – Registro habilitante.

REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES

1. Personas naturales nacionales.

2. Personas jurídicas nacionales.

3. Personas naturales extranjeras con domicilio enColombia.

4. Personas Jurídicas Extranjeras con Sucursal enColombia.

* Los Proponentes podrán estar inscritos en los RegistrosMercantil o de Entidades sin Ánimo de Lucro.

SUJETOS DESTINATARIOS DEL REGISTRO

Exclusiones:

• Contratación directa.

• Contratos para la prestación de servicios de salud.

• Contratos cuyo valor no supere el 10% de la menor cuantía de la respectiva entidad.

SUJETOS DESTINATARIOS DEL REGISTRO

Exclusiones:

• Para la enajenación de bienes del Estado.

• Contratos cuyo objeto sea la adquisición de productos deorigen o destinación agropecuaria que se ofrezcan en bolsasde productos legalmente constituidas.

• Los actos y contratos que tengan por objeto directo lasactividades comerciales e industriales propias de lasempresas industriales y comerciales del Estado y lassociedades de economía mixta.

• Los contratos de concesión.

• En estos eventos las entidades contratantes verificarán lascondiciones de los Proponentes.

SUJETOS DESTINATARIOS DEL REGISTRO

Exclusiones:

• Personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia.

• Personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia.

• En estos casos las entidades contratantes deberán verificardirectamente la información sobre la capacidad jurídica, ylas condiciones de experiencia, capacidad financiera y deorganización de estos proponentes.

SUJETOS DESTINATARIOS DEL REGISTRO

• En el respectivo pliego de condiciones deberán señalar lascondiciones que se exigen, los parámetros de verificación ylos documentos que deban ser presentados.

SUJETOS DESTINATARIOS DEL REGISTRO

1. Formulario.

2. Balance.

3. Certificaciones.

4. Acta de Grado de persona natural profesional, título, tarjeta.

5. Tarjeta Profesional de Revisor Fiscal y Certificación de vigencia dela Tarjeta Profesional.

6. Información de Entidades Estatales.

7. Declaración juramentada de domicilio de persona naturalextranjera.

8. Certificados provenientes de otras autoridades registrales.

9. Copia de documento de identidad.

10. Certificación de cumplimiento de obligaciones parafiscales.

11. Copia del RUT.

REFERENCIAS DOCUMENTALES

12. Acta de liquidación por mutuo acuerdo.

13. Acto administrativo de liquidación unilateral del contrato.

14. Acta de recibo final a satisfacción del bien, servicio u obra.

15. Copia de la licencia de construcción y/o urbanismo.

16. Copia de contrato ejecutado.

17. Documentos de conformación de consorcios y uniones temporales.

REFERENCIAS DOCUMENTALES

1. Verificación documental de calificación.

2. Verificación documental de clasificación.

3. Registro de la información proveniente de los Proponentes y de las Entidades Estatales.

4. Certificación.

5. Solución de contradicción.

ACTIVIDADES A CARGO DE LAS CÁMARAS DECOMERCIO, PROPIAS DEL RUP

1. Inscripción efectuada por el Proponente, con vigencia de un año.

2. Renovación de la inscripción efectuada por el Proponente dentro del mes anterior al vencimiento de la inscripción.

3. Actualización o modificación de datos del Proponente.

4. Cancelación efectuada por el Proponente.

5. Información correspondiente al inscrito, remitida por las Entidades Estatales sobre contratos que hayan sido adjudicados, en ejecución y ejecutados, multas y sanciones en firme.

ACTOS SOMETIDOS A REGISTRO

• Diligenciamiento de formularios: Inscripción, renovación oactualización.

• Obtención de certificaciones destinadas a la calificación yclasificación, e información de obligaciones parafiscales.

• Obtención de balances y estados de resultados.

• Obtención de certificados de existencia y representaciónlegal, cuando sea el caso.

ACTUACIONES DE LOS PROPONENTES

• Los documentos se deberán presentar en original y debidamente suscritos por el responsable de la informaciónque en los mismos conste y se presumirán auténticos. Podrán ser presentados igualmente en fotocopia autenticada por autoridad competente.

• Los balances certificados por contador público o revisor fiscal, según corresponda, además, copia de la tarjeta profesional de éstos y certificación de su vigencia expedida por la Junta Central de Contadores.

• Las declaraciones escritas correspondientes a clasificación se entenderán formuladas bajo la gravedad de juramento. Y los documentos que las acompañan podrán presentarse en copia simple.

ACTUACIONES DE LOS PROPONENTES/FORMALIDADES

• Envío a través de medios electrónicos de la información sobre contratos que hayan sido adjudicados, en ejecución y ejecutados, multas y sanciones en firme.

• Envío de la información general sobre las licitaciones públicas que la entidad pretenda abrir, remitida electrónicamente con antelación a la publicación del proyecto de pliego de condiciones con el fin de integrar el boletín mensual.

ACTUACIONES DE LAS ENTIDADES ESTATALES

K = FPI x Co { 1+(Cf + Ct + E)/1000}

K: Capacidad Máxima de Contratación.FPI: Factor de Paridad Internacional.Co: Capacidad de Organización.Cf: Capacidad Financiera.Ct: Capacidad Técnica.E: Experiencia Probable.

CALIFICACIÓN DE CONSTRUCTORES

• Personas Jurídicas. A partir de la fecha en que adquirieron la personería jurídica. Verificación: Certificado de existencia y representación legal.

• Personas Jurídicas con existencia inferior a 24 meses. Promedios aritméticos de tiempo en que hayan ejercido la profesión cada uno de sus socios. Verificación: Certificación. Modelo No. 8.

• Personas naturales profesionales. A partir de la fecha de grado. Verificación: Copia auténtica del Acta de Grado.

EXPERIENCIA PROBABLE PARA CONSTRUCTORES

1. Patrimonio. Verificación: Balance.

2. Liquidez: Activo corriente/Pasivo corriente. Verificación: Balance.

3. Nivel de endeudamiento: Pasivo total/Activo total. Verificación: Balance.

CAPACIDAD FINANCIERA PARA CONSTRUCTORES

• Socios.

• Personal profesional universitario.

• Personal administrativo.

• Personal tecnólogo.

• Personal operativo.

• Verificación: Certificación. Se contarán y promediarán con base en los dos mejores años de los últimos cinco. Modelos Nos. 5 y 6.

CAPACIDAD TÉCNICA PARA CONSTRUCTORES

- Personas jurídicas con menos de 24 meses de constituidas.

- Personas naturales profesionales con menos de 24 meses de ejercicio de la profesión.

= Se tomará la información relacionada con el personal vinculado del último año.

- Las personas con menos de 12 meses de actividad tomarán la información del personal vinculado en el tiempo de actividad correspondiente.

CAPACIDAD TÉCNICA PARA CONSTRUCTORES

Se determina por los ingresos brutos operacionales relacionados con la actividad, tomando el promedio aritmético de los dos años de mayor facturación de los últimos cinco. Verificación: Certificación. Modelo No. 1.

Disposiciones especiales:

1. Personas Jurídicas con existencia inferior a 24 meses. Tomando el promedio aritmético de los ingresos brutos operacionales de cada uno de los socios relacionados con la actividad de construcción, correspondiente a los dos años de mayor facturación de los últimos cinco. Verificación: Certificación. Modelo No. 10.

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN PARA CONSTRUCTORES

2. Si el total o parte de los ingresos brutos operacionales pertenecen a una sociedad anterior, consorcio o unión temporal: Se tiene en cuenta el porcentaje que tenía el socio o proponente en la sociedad, consorcio o unión temporal. De no ser posible la determinación de la participación se toma el valor total dividido entre el número de participantes. Verificación: Certificación. Modelo No. 11.

3. Para personas naturales profesionales que hayan estado vinculadas con el Estado o empresa privada se tomará lo percibido en el año anterior a la inscripción por concepto de salarios y prestaciones, que adicionarán a la Co mínima. Verificación: Certificación. Modelo No. 12 + Certificación entidades contratantes.

4. Administración Delegada: Valor total de las obras ejecutadas. Se adiciona valor de honorarios de los dos mejores años de los últimos cinco. Verificación: Certificación. Modelo No. 16 + certificaciones expedidas por las entidades contratantes.

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN PARA CONSTRUCTORES

- Personas naturales profesionales recién egresadas. Verificación: Certificación. Modelo No. 15.

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN MÍNIMA PARA CONSTRUCTORES

K = FPI x Co { 1+(Cf + Ct + E)/1000}

K: Capacidad Máxima de Contratación.FPI: Factor de Paridad Internacional.Co: Capacidad de Organización.Cf: Capacidad Financiera.Ct: Capacidad Técnica.E: Experiencia Probable.

CALIFICACIÓN DE CONSULTORES

EXPERIENCIA PROBABLE PARA CONSULTORES

• Personas Jurídicas: A partir de la fecha en que adquirieron lapersonería jurídica. Verificación: Certificado de existencia yrepresentación legal.

•Personas Jurídicas con existencia inferior a 60 meses: Suma de lostiempos en que hayan ejercido la profesión sus socios. Verificación:Certificación. Modelo No. 7 + Certificación de Entidad Contratante.*

•Personas naturales profesionales: A partir de la fecha de grado +adición de años. Verificación: Copia auténtica del Acta de Grado.

•A los elementos anteriores se sumará el contrato de consultoría demayor valor. Verificación: Certificación de la Entidad Contratante(artículo 18, literal a, Decreto 4881 de 2008).

•Y el número de contratos de consultoría ejecutados. Verificación:Certificación. Modelo No. 9.

* Para las personas jurídicas con existencia inferior a 60 meses elcontrato de mayor valor podrá ser el ejecutado por cualquiera de lossocios y el número de contratos será la sumatoria de lo ejecutadopor todos ellos.

EXPERIENCIA PROBABLE PARA CONSULTORES

Personas naturales profesionales:

Para el cálculo de la antigüedad medida en número de años deejercicio profesional se adicionará:

•Por cada libro especializado publicado, un año de experiencia.Verificación: Certificación de la editorial donde conste el título, autor,tema y fecha de impresión.

•Por cada semestre de docencia o investigación, un año deexperiencia. Verificación: Certificación de la entidad de educaciónsuperior donde conste el tiempo de docencia o investigación.

EXPERIENCIA PROBABLE PARA CONSULTORES

•Por cada post-grado o estudio de especialización, dos años deexperiencia . Verificación: Certificación de la entidad de educacióndonde conste cada post-grado o estudio de especialización.

•Por el primer lugar en concursos arquitectónicos y distincionesprofesionales nacionales o internacionales, tres años de experiencia.Verificación: Certificación de la entidad otorgante.

1. Patrimonio. Verificación: Balance.

2. Liquidez: Activo corriente/Pasivo corriente. Verificación: Balance.

3. Nivel de endeudamiento: Pasivo total/Activo total. Verificación: Balance.

CAPACIDAD FINANCIERA PARA CONSULTORES

-Socios.

-Personal profesional universitario.

-Personal administrativo.

-Personal tecnólogo.

-Personal operativo.

-Verificación: Certificación. Se contarán y promediarán con base en los dos mejores años de los últimos cinco. Modelos Nos. 5 y 6.

CAPACIDAD TÉCNICA PARA CONSULTORES

- Personas jurídicas con menos de 24 meses de constituidas.

- Personas naturales profesionales con menos de 24 meses de ejercicio de la profesión.

- Se tomará la información relacionada con el personal vinculado del último año.

- Las personas con menos de 12 meses de actividad tomarán la información del personal vinculado en el tiempo de actividad correspondiente.

CAPACIDAD TÉCNICA PARA CONSULTORES

Se determina por los ingresos brutos operacionalesrelacionados con la actividad de consultoría, tomando elpromedio aritmético de los dos años de mayor facturaciónde los últimos cinco. Verificación: Certificación. Modelo No.1.

- Disposiciones especiales:

1. Personas Jurídicas con existencia inferior a 24 meses.Tomando el promedio aritmético de los ingresos brutosoperacionales de cada uno de los socios relacionados con laactividad de consultoría, correspondiente a los dos años demayor facturación de los últimos cinco. Verificación:Certificación. Modelo No. 10.

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN PARA CONSULTORES

2. Si el total o parte de los ingresos brutos operacionalespertenecen a una sociedad anterior, consorcio o unióntemporal: Se tiene en cuenta el porcentaje que tenía elsocio o proponente en la sociedad, consorcio o unióntemporal. De no ser posible la determinación de laparticipación se toma el valor total dividido entre el númerode participantes. Verificación: Certificación. Modelo No. 11.

3. Para personas naturales profesionales vinculadas con elEstado o empresa privada se tomará lo percibido en el añoanterior a la inscripción por concepto de salarios yprestaciones, que adicionarán a la Co mínima. Verificación:Certificación. Modelo No. 12 + Certificación de EntidadEstatal o Privada.

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN PARA CONSULTORES

- Personas naturales profesionales recién egresadas. Verificación: Certificación. Modelo No. 15.

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN MÍNIMA PARA CONSULTORES

K = Co x [ 1+(E + Cf)/1000]

K: Capacidad Máxima de Contratación.Co: Capacidad de Organización.Cf: Capacidad Financiera.

E: Experiencia Probable.

CALIFICACIÓN DE PROVEEDORES

•Personas Jurídicas: A partir de la fecha en que adquirieron la personería jurídica. Verificación: Certificado de existencia y representación legal.

•Personas Jurídicas con existencia inferior a 24 meses: Promedios aritméticos de tiempo en que hayan ejercido la profesión cada uno de sus socios. Verificación: Certificación. Modelo No. 8.

•Personas naturales: Por el tiempo que hayan desarrollado el oficio.

EXPERIENCIA PROBABLE PARA PROVEEDORES

-Contrato acompañado de declaración firmada por el interesado, que se entenderá formulada bajo la gravedad del juramento, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 2150 de 1995, modificado por el artículo 25 de la Ley 962 de 2005, en la que se asegure su completa y cumplida ejecución.

EXPERIENCIA PROBABLE PARA PROVEEDORES

1. Patrimonio. Verificación: Balance.

2. Liquidez: Activo corriente/Pasivo corriente. Verificación: Balance.

3. Índice de endeudamiento: Pasivo total/Activo total. Verificación: Balance.

CAPACIDAD FINANCIERA PARA PROVEEDORES

Determinada por los ingresos brutos operacionales, tomando elpromedio aritmético de los dos años de mayor facturación delos últimos cinco. Verificación: Certificación. Modelo No. 1.

Disposiciones especiales:

1. Proponente que acredita un período de actividad inferior a 24meses se tomará el mayor ingreso obtenido en un períodocontinuo de un año. Verificación: Certificación. Modelo No. 17.

2. Proponente cuyo tiempo de actividad sea inferior a un año, setomará el ingreso obtenido durante todo el tiempo deactividad. Verificación: Certificación. Modelo No. 18.

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN PARA PROVEEDORES

3. Personas Jurídicas con existencia inferior a 24 meses. Tomandoel promedio aritmético de los ingresos brutos operacionales decada uno de los socios inscritos en el RUP relacionados con laactividad de proveedor, correspondiente a los dos años demayor facturación de los últimos cinco. Verificación:Certificación. Modelo No. 10.

4. Si el total o parte de los ingresos brutos operacionalespertenecen a una sociedad anterior, consorcio o unióntemporal: Se tiene en cuenta el porcentaje que tenía el socio oproponente en la sociedad, consorcio o unión temporal. De noser posible la determinación de la participación se toma el valortotal dividido entre el número de participantes. Verificación:Certificación. Modelo No. 11.

CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN PARA PROVEEDORES

-Actividades: constructor (1), consultor (2), proveedor (3).

-Especialidades: Ver tablas.

-Grupos: Ver tablas.

-Verificación: Certificación expedida por entidad pública o

particular, persona natural o jurídica, en que conste objeto contractual, actividad y especialidad en el que tal objeto se ubica. O certificación laboral expedida por entidad pública o particular, persona natural o jurídica, en la que conste el cargo, funciones, tiempo de servicio y la actividad y especialidad que corresponda.

CLASIFICACIÓN DE LOS PROPONENTES

Verificación:

- Copia de acta de liquidación por mutuo acuerdo.

- Copia del acto administrativo de liquidación unilateral del contrato.

- Acta de recibo final a satisfacción del bien, servicio u obra.

Estos documentos serán suscritos o expedidos por entidad pública contratante.

CLASIFICACIÓN DE LOS PROPONENTES

- Copia de acta de liquidación.

- Acta de recibo final a satisfacción del bien, servicio u obra.

- O documento equivalente.

Estos documentos suscritos por el particular contratante, sea persona natural o jurídica.

En el documento deberá constar, como mínimo el objeto contractual.

Se acompañará declaración escrita del proponente en la que se señale la actividad y especialidad que corresponda.

CLASIFICACIÓN DE LOS PROPONENTES

- Copia de la licencia de construcción y/o urbanismo a nombre de quien se inscribe, o en la que se le señala como constructor y/o urbanizador, con declaración escrita del proponente en que conste la actividad y especialidad que corresponda.

- Copia del contrato ejecutado, cuando este no haya sido

liquidado, con declaración escrita del proponente en que conste la actividad y especialidad que corresponda, incluyendo la afirmación de su ejecución.

- Documentos a nombre de consorcios y uniones temporales, acompañados de copia del documento de conformación, e incluyendo declaración escrita del proponente en que conste la actividad y especialidad que corresponda.

CLASIFICACIÓN DE LOS PROPONENTES

- Para las personas jurídicas con menos de dos años de constituidas, la clasificación se ajustará a los documentos allegados por ella o por sus socios o asociados. En este último caso, a la misma se anexará certificación expedida por el representante legal de la sociedad, en la que se señale la condición de socio o asociado.

- Las personas extranjeras presentarán los documentos señalados o sus equivalentes. En este último caso acompañados de declaración escrita indicando que los documentos aportados equivalen a los solicitados, e incluirán la actividad y especialidad que corresponda.

- Quienes no cuenten con documentación para alguna actividad o especialidad se clasificarán con declaración escrita, indicándolas siempre que sean afines a su profesión, actividad comercial, oficio u objeto social.

CLASIFICACIÓN DE LOS PROPONENTES

1. Formulario diligenciado con tachones y/o enmendaduras.

2. Diferencias en la información diligenciada en el formulario y la contenida en los documentos soporte.

3. Cuando no se adjunten los documentos requeridos en el Decreto.

4. Cuando se adjunten los documentos sin cumplir las formalidades requeridas (copia auténtica).

5. Inconsistencia entre los datos diligenciados en el formulario y los que se encuentran en el Registro Mercantil o de Entidades sin Ánimo de Lucro.

CAUSALES DE DEVOLUCIÓN

6. Cuando los documentos presentados no contengan los datos e información que se exige para cada uno de ellos.

7. Cuando se presenten errores en el cálculo de las fórmulas, ya sea por incorrecta aplicación o por inconsistencia entre el resultado y los datos utilizados en ella.

8. Cuando el puntaje consignado en el formulario no coincida con el puntaje correspondiente según las tablas.

9. Cuando no se solicite el trámite procedente.

CAUSALES DE DEVOLUCIÓN

10. Cuando no se diligencie todos los campos del formulario en los que deba existir información, según se trate de inscripción, renovación o actualización.

11. Cuando no coincida el número de folios adjuntados con los anexos y/o documentos relacionados en el formulario.

12. El formulario y sus anexos no estén firmados por el proponente y demás responsables.

13. Cuando no coinciden los nombres y documentos de identidad entre el formulario y los documentos soporte.

CAUSALES DE DEVOLUCIÓN

14. Cuando en el formulario se exprese información numérica que no indique miles con puntos y decimales con comas.

15. Cuando quien se pretenda inscribir sea persona jurídica extranjera sin sucursal en Colombia.

16. Cuando quien se pretenda inscribir sea persona natural extranjera que no acredite domicilio en Colombia mediante declaración juramentada que informe tal situación.

17. Cuando quien solicite inscripción no tenga NIT.

18. Cuando la información suministrada por las Entidades Estatales no se ajuste a los requerimientos técnicos de presentación.

19. Cuando no se adjunte la información referente al cumplimiento de obligaciones parafiscales (parágrafo 3, artículo 50 de la Ley 789 de 2002).

CAUSALES DE DEVOLUCIÓN

20. Cuando la duración de la persona jurídica se encuentre vencida.

21. Cuando quien se pretenda inscribir ya se encuentre inscrito en otra Cámara de Comercio.

22. Falta de coherencia en la información financiera del proponente y la que se encuentra en el Registro Mercantil.

23. Cuando se solicite inscripción ante una Cámara de Comercio de municipio diferente al del domicilio del proponente.

CAUSALES DE DEVOLUCIÓN

1. Recurso de reposición interpuesto por los particulares.

- Plazo: Dentro de los 30 días siguientes a la publicación en el RUE.

- Formalidad: Escrito presentado personalmente ante la Cámara, o reconocido ante Juez o Notario.

- Pruebas: Las relacionadas en el artículo 44.

- Motivación: Verificación documental.

- Caución.

CONTRADICCIÓN

2. Impugnación presentada por Entidad Estatal.

- Plazo: En desarrollo de un proceso de selección.

- Formalidad: Escrito.

- Pruebas: Las señaladas en el artículo 45.

- Motivación: Verificación documental para impugnar la calificación y la clasificación del inscrito.

- Efecto: Suspensión del proceso de selección.

CONTRADICCIÓN

GRACIAS