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REGIMEN LABORAL PESQUERO
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REGIMEN LABORAL PESQUERO
Después de la reestructuración deCaja de Beneficios y Seguridad Social delPescadorse creó elComité Especial Multisectorial de Reestructuración, para quese encargue –entre otras funciones– de elaborar y aprobar un Plan deReestructuración así como elaborar un nuevo Estatuto para la CBSSP. Mediante elAcuerdo N° 012-002-2004-CEMRCBSSP (20/04/2004), fue aprobado el referido
estatuto, estableciéndose que en adelante, los empleadores armadores serían losresponsables de realizar el pago directo de los beneficios compensatorios y socialesde los trabajadores pescadores que la CBSSP venía recaudando y administrando.
También se dispuso que la CBSSP sería la institución encargada de supervisar elcumplimiento del pago de tales beneficios, debiendo comunicar a la AutoridadAdministrativa de Trabajo (AAT) correspondiente, en caso de que detecte unincumplimiento.
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MODALIDADES DE TRABAJO
Pesca de consumo
humano directo
Pesca artesanal
Armadoresartesanales
Comercializadorespesqueros
Procesadorespesquerosartesanales
En esta modalidad, los pescadores laboran en forma
permanente y/o temporal para su empleadorprincipal o armador pesquero, a cambio de unaremuneración.Están comprendidas en esta modalidad las personasnaturales que habitualmente extraen recursoshidrobiológicos de aguas marinas o continentales, con el usode embarcaciones pesqueras artesanales. Es independiente yno afecto a renta de 5º categoría.Están comprendidos en esta modalidad las personasnaturales que realizan el procesamiento de los recursoshidrobiológicos empleando instalaciones y técnicas simplescon predominio de trabajo manual. Independiente y noafecto a renta de 5º categoría
Esta modalidad está conformada por la personanatural propietaria o poseedora de una o másembarcaciones pesqueras artesanales.
Está conformada por la persona natural o jurídica ocualquier otra entidad que se dedica al comercio de
productos hidrobiológicos.
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CONTRATACION LABORAL
- La naturaleza deltrabajo pesquero es intermitente. Esto quiere decir, quedurante el vínculo laboral se presentan labores permanentes pero discontinuas.
- En tal sentido, tenemos que las modalidades de contratación más utilizadas enla actividad pesquera, son loscontratos de obra o servicio(para reparación deembarcaciones por ejemplo) y los denaturaleza intermitente.
PRESTACION DEL TRABAJO
En temporada de pesca, la duración de la jornada de trabajo de los pescadores, serála que se requiera para la ejecución de las tareas. Asimismo, la ejecución de lostrabajos de pesca se efectuará durante los días de la semana que establezca elMinisterio de Pesquería.
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4REMUNERACI
ONES
4REMUNERACI
ONES
Una participación por producción que,
según el tipo de pesca a que esté
destinada la respectiva embarcación, se
pagará según los sistemas de uso: unidad de peso (según la especie)
por unidad de pesca (según
especie o tamaño), por porcentaje sobre el precio de
venta del producto o por la
cantidad de pescado que llega al
puerto.
Una boniicación porespeciali!ación, a los
trabajadores pesqueros que
ejecuten trabajos
especiali!ados. por convenio de partes
motoristas durante once meses del año al tripulante cocinero durante los meses
de pesca.
"os sistemas que se utilice para determinar el peso,
calidad # tamaño del
producto de la pesca, según el
sistema # orma de pago de la
remuneración, será eectuado
por el $inisterio de %esquer&a
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REMUNERACIONES
FORMA DE PAGO
SEMANAL, A TRAVESDEL PATRON PARA LADISTRIBUCION ENTRELOS MIEMBROS DE LATRIPULACION, DEL
MONTO
PREVIAMENTEESTABLECIDO ENTRELAS PARTES
EN CASO DE QUE ELPESCADO ESTE EN
MALAS CONDICIONESPARA EL CONSUMOINMEDIATO O HAYAPESCA EN EXCESO,ESTO SERA
DESTINADO A LASFABRICAS DE HARINAO ACEITE DE PESCADO
PROTECCION DE LAREMUNERACIONPESQUERA
SOLO SE PODRANREALIZAR LOSSIGUIENTESDESCUENTOS:
* LAS QUE CORREPONDEPOR LEYES TRIBUTARIAS.* ORDENES JUDICIALES
* PACTOS COLECTIVOS.* DEUDAS CON LAEMPRESA PESQUERA.
REMUNERACIONCOMPUTABLE
A EFECTOS DECALCULO DEBENEFICIOS
COMPENSATORIOS YSOCIALES, SON
CONCIDERADO COMOTAL TODO LO QUE
PERCIBA EL PESCADORPOR LOS SERVICIOSPRESTADOS
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JORNADA LABORALTEMPORADAS DEPESCA
cuya duración serála que se requierapara la ejecuciónde las tareas,establecidas por la
Ley General dePesquería.
el armador o laempresapesqueraentregará unaasignacióndiaria
JORMADASACUMULATIV
AS Y
ROTATIVASQUE SUPERALAS 8 HORASDIARIAS –SUJETA A
JORNADAMAXIMALEGAL DE 48
HORASSEMANALES
Esta suma se incrementaráhastaen un 50% cuando la
jornada pesquera seprolongue por más dedieciocho horasconsecutivas y siempre queno se complete una jornadaadicional que dé lugar a unnuevo pago por el mismo
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OBLIGACIONES DEL EM PLEADOR: BENEFICIOS COM PENSAT
ORIOS Y SOCIALES
Estos beneficios sonrecaudados y
administrados por la
CBSSP y Son pagadosdirectamente por el
armador.
PORCENTAJE
BENEFICIOCOMPENSATORIO Y SOCIAL
8.33 % CTS
8.33 % VACACIONES
16.66 % GRATIFICACIONES LEGALES
los beneficios que no hubieransido declarados en la CBSSP y queaún se mantengan en poder de los
armadores pesqueros, serándepositados por estos en lascuentas bancarias que elija eltrabajador.
COMPUTABLES SOLO
POR DIASEFECTIVAMENTE
LABORADOS
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BENEFICIOS COMPENSATORIOS YSOCIALES
CTS
• PODRA SERRETIRADA 100% ENCASO DE CESE.(CONSTANCIAEMITIDA POR LA
CBSSP).
• RETIROSPARCIALESSIEMPRE QUE NOEXCEDA EL 50% DEESTOS.
• EL CALCULO SEREALIZA A LAFECHA EN QUESOLICITE A LAENTIDAD
BANCARIA ELRETIRO.
GRAFICICACIONES
PAGO MENSUALYPROPORCIONAL
A LAREMUNERACION COMPUTABLE(16.66% ) LO
QUE GENERAMAYOR
LIQUIDEZ PARAEL TRABAJADO,YA QUE SON DELIBREDISPOSICION
VACACIONES
GOZARAOBLIGATORIAMENTE DEUN MES DE VACACIONESDURANTE EL AÑO, LA
CUAL PUEDE SERFRACCIONADA
EL CUAL COINCIDIRA CONEL MES DE SUSPENSIÓNDE LA PESCA O CASOCONTRARIO SEGÚN LODETERMINE ARMADOR OEMPRESA PESQUERA
VACACIONES NODUSFRITADAS ---- DOBLE
REMUNERCIONORDINARIA .
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OPORTUNIDAD OFORMA DE PAGO
LOS BENEFICIOS SON DEPOSITADOSMENSUALMENTE EN LAS CUENTASBANCARIAS ABIERTAS POR ELEMPLEADOR O POR EL TRABAJOR
Dentro de los cinco (5) días hábiles de
iniciada la prestación de servicios, el
trabajador deberá comunicar a suempleador (armador pesquero o empresa
pesquera) el nombre de la Institución
bancaria elegida y los números de las
cuentas respectivas. En el caso que no lo
hiciera, el empleador efectuará los pagos
respectivos en la institución bancaria de suelección, bajo la modalidad de depósito a
plazo fijo por el periodo más largo
permitido.
el trabajador pesquero
deberá abrir dos (2)cuentas en la institución
bancaria de su elección,
con el objeto de recibir
por separado el pago de
la
CTS, de un lado, y de lasvacaciones y
gratificaciones, de otro
El empleador pesquero, dentrode los cinco (5) días hábiles del mes
siguiente,deberá depositar el monto
correspondiente a los beneficios
compensatorios y sociales del
trabajador, devengados en el mes
anterior, en cada una de las cuentas
correspondientes. Para tal efecto, laCBSSP deberá señalar los periodos
semanales que deben ser cancelados
en cada oportunidad
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DERECHOS LABORALES DELTRABAJADOR PESQUERO
CAPACITACIÓN
MINISTERIO DEPESQUERÍA
El armador oempresa le otorgaráno menos de 8 díasde licencia congoce de haber
• Durante el tiempo que no sea posible realizar faenasde pesca.
• Suspensión del trabajo pesquero.• Por causas de fuerza mayor.• En la oportunidad que señale el ministerio de
pesquería.
organi
ce debiendo
Los cursos seseguirán:
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REUBICACIÓN YPROMOCIÓN
REUBICACIÓN PROMOCIÓN
a)Que el puesto por cubrir este vacante.
b) Que no haya un tripulante porreubicar, apto para el puesto
por cubrir.
c)Que se efectúe con base en unconcurso de méritos entre lostripulantes que se presenten comocandidatos.
d) Es potestativo del tripulante tanto presentarse comocandidato, como renunciar al
nuevo puesto antes de haberloocupado.
a)Que el tripulante se encuentre temporalmente sin embarcación siempre que tenga vigente surelación laboral con el
armador o la empresa pesquera
b) Que en una embarcación
de similar o menor tonelaje a aquella en la que esté laborando exista el puesto vacante.
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VIÁTICOS
Los pescadores se encuentren en un puerto distinto al de su base de operaciones y deban, por indicación del armador oempresa, permanecer en aquel.
Los motoristas que en época se suspensión oficial de pesca o porparalización de la embarcación deban permanecer a bordo, enpuerto distinto (que se encuentre a más de 50 km. de distanciapor carretera) al de su base de operaciones.
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REPARACIÓNPOR PÉRDIDA
DEPERTENENCIAS
El armador o empresa pesquera deberáindemnizar al trabajador pesquero cuando seproduzcan contingencias marítimas quesignifiquen pérdidas de sus pertenencias.El monto por reparación será el que acuerdenlas partes.
LICENCIASTendrán derecho a que se les conceda licenciacon goce de haber, por tres días consecutivos,en caso de fallecimiento de su cónyuge,padres o hijos.
CONTRATACIÓNPREFERENTE
Los trabajadores pesqueros incapacitadosparcialmente por accidente de trabajo oenfermedad, tendrán preferencia para ocuparplazas vacantes que pudieran haber en los puestosde personal no embarcados del armador o empresa,siempre que el trabajo que deban ejercer seacompatible con su grado de inhabilitación.
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EXTINCIÓN DE LARELACIÓN LABORAL
El cese de los trabajadorespesqueros es efectuadodirectamente por el armadoro la empresa pesquera.
El cese de los motoristas y tripulanteses realizada también por el armador ola empresa pesquera, previo informeescrito del patrón y del delegado.
LA RESOLUCIÓN O EL INFORME DE LA MARINA
La terminación del contrato de trabajo delpatrón no dará lugar a la terminación delos contratos de trabajo pesquero de losdemás pescadores de la dotación de la
embarcación.
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CAUSALES DE DESPIDO
INDIRECTO DEL
TRABAJADOR
PESQUERO
El cambio unilateral depescador por el armador, aotra embarcación, quedetermine condiciones detrabajo ostensiblementeinferior para el pescador.
La reiterada falta de pago oportuno de lasremuneraciones, por tres veces
consecutivas o no consecutivas dentro deltérmino de sesenta días anteriores a lareclamación.
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SEGURIDAD SOCIAL
Ley Nº 26790, Ley deModernización de laSeguridad Social en
Saludy su Reglamento,aprobado por el
Decreto Supremo N°009-97-SA.
Ley N°27177
PESCADORES
Afiliados regulares delSeguro Social
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Prestaciones a cargo de
ESSALUDa) Beneficiarios
Los beneficiariosactivos
Los beneficiariosdirectos
Los beneficiariospasivos,Los beneficiariosfacultativos
b) Pago de la contribución:sujetos obligados
El armadorartesanal PAGO DE LASCONTRIBUCIONESA SU CARGO
Procesadorpesqueroartesanal
independiente
DEPOSITO DE LASCONTRIBUCIONES
MENSUALES
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c) Declaración y pago de lascontribuciones: sujetosobligados
d) Aportes
La entidad
responsable
Conforme
al formatoestablecidopor laSunat.
A CARGO DELARMADOR
9% de la remuneraciónmensual del trabajadorpesquero
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e) Ente recaudador: Sunat
Las entidades empleadorasdeberán
registrar a los trabajadores
pesqueros a su cargo bajorelación de dependencia,y sus derechohabientes.
PDT Remuneraciones
(planilla electrónica),
MEDIO
g) Derecho de cobertura
f) Prestaciones
Reglamento de la Ley de Modernización de laSeguridad Socialen Salud, es decir, tendrán derecho a lasprestaciones médicas, económicas,
prevención y promoción de la salud.Siempre que cumplan contener dos (2) aportacionesmensuales consecutivas o noconsecutivas canceladasen los seis meses previos a lacontingencia.
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h) Derecho especial decobertura por desempleo
Ley N° 26790.
TAMBIÉN LLAMADOPERIODO DE LATENCIA.cinco (5) meses de aportación(consecutivos o no
consecutivos)durante los tres (3) añosprecedentes al cese
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{SISTEMAPENSIONARIO
Aportes
Problemas ydeficiencias
Problemas y deficiencias
Ingresos variables y egresosconstantes
Incompatibilidad entrepensiones otorgadas yaportes realizados
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SEGUROCOMPLEMENTARIO DETRABAJO DE RIESGO
(SCTR)
-el empleador deberá realizar el aportecorrespondiente e inscribirse en el Registro deEntidades Empleadoras que realizan actividades
riesgosas, a cargo del MTPE.
-los trabajadores pesqueros dependientes sonafiliados obligatorios del SCTR, contemplado en
la Ley N° 26790 y el Decreto Supremo N° 003-98-SA.
SEGURO DE VIDA
El encargado de la embarcación deberá presentaruna copia de la póliza establecida a favor de lostripulantes, así como el comprobante de pago dela prima, para el caso de los trabajadores quetengan cuatro (4) o mas años de servicios,conforme a lo establecido por el Decreto
Legislativo N° 688.
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SEGURIDAD Y SALUD EN ELTRABAJO
Conformar unComité de
Seguridad y Saluden el Trabajo
Contar con unReglamento Internode Seguridad ySalud en el Trabajo
Contar conregistros enmateria de
seguridad y saluden el trabajo
Implementar unplan de mejora
continua
Implementarcapacitaciones enmateria de
seguridad y saluden el trabajo
Verificar lascondiciones desalud y
seguridad de laembarcación
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LÍMITE MÁXIMO DECAPTURA POR
EMBARCACIÓN (LMCE)a) Programas de beneficios
Programa de Incentivos a laReconversión Laboral
• Bonificaciones por renunciavoluntaria.• Capacitación en carreras técnicaspara facilitar la reinserción en otrossectores productivos, la misma quepor su naturaleza no genera una
relación de índole laboral. • Entrega de subvencioneseconómicas temporales durante elperiodo de capacitación.• Asesoría para la reinserción en elmercado.
Programa de Desarrollo yPromoción de Mypes
• Bonificaciones por renuncia
voluntaria.• Capacitación en carreras técnicasvinculadas a la gestión de negociosque les permita iniciar o desarrollaruna micro o pequeña empresa, laque por su naturaleza no generauna relación de índole laboral.
• Entrega de subvencioneseconómicas temporales durante elperiodo de capacitación.• Asesoría especializada para elinicio de micro y pequeñasempresas o el fortalecimiento de
negocios en marcha.
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b) Consideraciones para elpago de bonificación porrenuncia voluntaria
c) Consideraciones para elpago de la subvención
económica temporal duranteel periodo de capacitación
d) Consideraciones para elpago de la subvención de
capacitación
e) Consideraciones para elpago de la subvencióntemporal por jubilación
adelantada
tendrán derecho a una bonificación especial porrenuncia voluntaria de carácter indemnizatorioequivalente a 2.25 remuneraciones mensualespor cada año trabajado con el último empleador.
tendrán derecho a una subvención mensual porcapacitación, de carácter excepcional, hasta porun máximo de dos (2) años.
tendrán derecho a acceder sin costo para ellos aestudios en instituciones técnicas o centros decapacitación técnica hasta por un máximo detres (3) años.
tendrá derecho a percibir como un beneficioextraordinario, una subvención económicamensual, de la que se deducirá el aporte a sufondo de jubilación
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