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RECOMENDACIONES PARA LA ADECUACIÓN DEL
SISTEMA DE COMPRAS DE REPÚBLICA DOMINICANA
PARA UN MAYOR ACCESO DE LAS MIPYMES
Francisco Páez
Diciembre 2013
1
Tabla de contenidos
1 INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................... 3
2 PUNTOS NORMATIVOS A TOMAR EN CUENTA PARA EL DISEÑO DEL SISTEMA ......................... 3
2.1 Leyes 340-06 y 449-06 ......................................................................................................... 4
2.2 Ley No. 488-08 .................................................................................................................... 6
2.3 Decreto 543-12 .................................................................................................................... 9
2.4 Decreto 164-13 .................................................................................................................. 13
3 RECOMENDACIONES DE AJUSTES A HERRAMIENTAS PARA EL REGISTRO DE PROVEEDORES . 15
3.1 Registro de proveedores en línea ..................................................................................... 15
3.2 Catálogo de productos incorporado al Registro de Proveedores ..................................... 18
3.3 Interacción del proveedor con el Sistema de Compras .................................................... 18
3.4 Interacción del Sistema de Compras con otros Sistema ................................................... 19
3.5 Evaluación de proveedores ............................................................................................... 20
3.6 Generación de estadísticas ............................................................................................... 20
4 ADECUACIÓN DEL PORTAL PARA SIMPLIFICAR EL ACCESO A MIPYMES ................................... 20
4.1 Interacción del proveedor con el sistema ......................................................................... 21
4.2 Usabilidad del Sistema ...................................................................................................... 21
4.3 Brindar facilidad para los usuarios MIPYMES.................................................................... 24
4.3.1 Formularios electrónicos ........................................................................................... 24
4.3.2 Preguntas y respuestas a ser utilizado en todos los tipos proceso de contratación 25
4.3.3 Funcionalidad de subida y recuperación de archivos ............................................... 26
4.3.4 Funcionalidad para la búsqueda de ítems en el catálogo de productos ................... 26
4.3.5 Motor de búsqueda de procesos .............................................................................. 27
4.3.6 Invitación a participar a proveedores ....................................................................... 27
4.3.7 Motor de flujos de trabajo ........................................................................................ 28
4.4 Pasos obligatorios del Sistema .......................................................................................... 29
4.5 Implementación de nuevas herramientas de contratación .............................................. 29
4.5.1 Subasta inversa ......................................................................................................... 29
4.5.2 Procesos para MIPYMES ............................................................................................ 30
2
4.5.3 Ferias inclusivas ......................................................................................................... 31
5 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES .................................................................................... 33
6 ANEXOS ..................................................................................................................................... 35
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RECOMENDACIONES PARA LA ADECUACIÓN DEL SISTEMA DE
COMPRAS DE REPÚBLICA DOMINICANA PARA UN MAYOR ACCESO
DE LAS MIPYMES
1 INTRODUCCIÓN
El presente documento desarrolla diferentes funcionalidades que pueden ser
implementadas en el Sistema de Compras Públicas de República Dominicana,
incorporando recomendaciones a nivel del registro de proveedores y del sistema como tal
que serán de gran utilidad especialmente para las micro, pequeñas y medianas empresas
(MIPYMES).
Sin embargo, antes de realizar estas recomendaciones, es muy importante tomar en
cuenta el marco normativo con el que se debe trabajar, debido a que el Sistema debe
estar alineado él, razón por la cual primeramente se hace mencionan los puntos de la
reglamentación que permiten realizar los cambios propuestos, adicionando además
puntos a tomar en cuenta para el desarrollo del sistema.
Producto de éste análisis, a continuación se presentan las recomendaciones a ser tomadas
en cuenta para el registro de proveedores, para luego dar nuevas opciones en las que se
puede trabajar para fomentar la participación de las MIPYMES en la contratación pública.
En este sentido, mientras más sencillo y amigable sea un sistema, cualquier tipo de
usuario va a poder interactuar con él.
2 PUNTOS NORMATIVOS A TOMAR EN CUENTA PARA EL DISEÑO
DEL SISTEMA
El sistema de contratación pública de un país debe ser el reflejo de lo que la normativa
indica, no pudiendo las funcionalidades a implementar y más allá de lo que se indica en
ellas. Es por esto que a continuación se indica un resumen de la normativa vigente en
República Dominicana respecto a MIPYMES a partir de lo cual se puede ir construyendo un
conjunto de medidas que regule las compras de las instituciones públicas a este sector, y a
partir de ello proponer nuevas funcionalidades en el sistema de compras del país.
Para realizar esto se tomaron en cuenta los siguientes documentos:
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Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y
Concesiones con modificaciones de Ley 449-06
Ley No. 488-08, que establece un Régimen Regulatorio para el Desarrollo y
Competitividad de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES).
Publicada en G. O. No. 10502, del 30 de diciembre de 2008.
Decreto. No. 543-12 que establece el Reglamento de la Ley sobre Compras y
Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, firmado el 6 de
septiembre de 2012.
Decreto 164-13 que promueve la contratación de las MIPYMES y empresas de
producción Nacional.
A continuación se mencionarán solamente los artículos de ésta normativa que servirán
para delinear de mejor manera cómo se puede llegar a abarcar de una manera más
efectiva a las MIPYMES en la contratación pública. La normativa se indicará con letra
recursiva, indicando a continuación comentarios acerca de lo que se indica.
2.1 Leyes 340-06 y 449-06
“Art. 3.Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: […] 8) Principio Participación. El Estado procurará la participación del mayor número posible de personas físicas o jurídicas que tengan la competencia requerida. Al mismo tiempo, estimulará la participación de pequeñas y medianas empresas, no obstante reconocer su limitada capacidad financiera y tecnológica, con el objetivo de elevar su capacidad competitiva. […] Art 6. Se excluyen de la aplicación de la presente ley los procesos de compras y contrataciones relacionados con: […] PÁRRAFO. Serán considerados casos de excepción y no una violación a la ley, a condición de que no se utilicen como medio para vulnerar sus principios y se haga uso de los procedimientos establecidos en los reglamentos, las siguientes actividades:[…]
7. Las compras destinadas a promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas;[…]”
Como se puede ver en los arts. 3 y 6, los procedimientos de contratación para las MIPYMES deben ser definidos en el reglamento, lo que abre la parte para poder generar tipos de compra específicos para este sector.
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Art. 7. Las personas naturales o jurídicas interesadas en participar en cualquier proceso de compra o contratación deberán estar inscritas en el Registro de Proveedores del Estado, o conjuntamente con la entrega de ofertas deberán presentar su solicitud de inscripción. PÁRRAFO. Los reglamentos de esta ley establecerán la organización del Registro, sus funciones y procedimientos, incluyendo el de inhabilitación, siempre observando el criterio de simplificación administrativa. Art. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos:
1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato;
2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en
quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas;
4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. Los artículo 7 igualmente estipulan que el registro de proveedores debe ser normado en el reglamento, debiendo controlar especialmente lo indicado en el artículo 8. Esto indica que principalmente en este registro se requiere manejar información de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), Sistema Dominicano de Seguridad social (SDSS), y la Superintendencia de Sociedades. También se debería manejar una interacción con el Ministerio de educación superior, Ciencia y Tecnología a fin de obtener y validar información de los profesionales del país.
Art. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son:
1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. […]
2) Licitación Restringida: Es la invitación a participar a un número limitado de proveedores que pueden atender el requerimiento, debido a la especialidad de los bienes a adquirirse, de las obras a ejecutarse o de los servicios a prestarse, razón por la cual sólo puede obtenerse un número limitado de participantes En todo caso los proveedores, contratistas de obras o
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consultores, estarán registrados conforme a lo previsto en la presente ley y su reglamento, de los cuales se invitará un mínimo de cinco (5) cuando el registro sea mayor. No obstante ser una licitación restringida se hará de conocimiento público por los medios previstos;
3) Sorteo de Obras: Es la adjudicación al azar o aleatoria de un contrato entre participantes que cumplen con los requisitos necesarios para la ejecución de obras sujetas a diseño y precio predeterminados por la institución convocante;
4) Comparación de Precios: Es una amplia convocatoria a las personas naturales o jurídicas inscritas en el registro respectivo. Este proceso sólo aplica para la compra de bienes comunes con especificaciones estándares, adquisición de servicios y obras menores. Un procedimiento simplificado, establecido por un reglamento de la presente ley, será aplicable al caso de compras menores;
5) Subasta Inversa. Cuando la compra de bienes comunes con especificaciones estándares se realice por medios electrónicos, se seleccionará el oferente que presente la propuesta de menor precio. Este procedimiento debe posibilitar el conocimiento permanente del precio a que realizan las ofertas todos los participantes, así como del momento en que se adjudica y debe estar basado en la difusión de la programación de compras y contrataciones.
En este punto, el procedimiento de subasta inversa no ha sido implementado todavía en República Dominicana. Para esto es necesario que el sistema de Contratación Pública de República Dominicana sea transaccional en donde las entidades contratantes y proveedores interactúen a través del portal.
Art. 30. Para garantizar el fiel cumplimiento de sus obligaciones los oferentes, adjudicatarios y contratistas deberán constituir garantías en las formas y por los montos establecidos en la reglamentación de la presente ley. […] Párrafo II. Las garantías podrán consistir en pólizas de seguro o garantías bancarias, con las condiciones de ser incondicionales, irrevocables y renovables; se otorgarán en las mismas monedas de la oferta y se mantendrán vigentes hasta la liquidación del contrato; con excepción de la garantía por el buen uso del anticipo, la que se reducirá en la misma proporción en que se devengue dicho anticipo.
Claramente la ley indica que las garantías pueden ser o pólizas de seguros, o garantías bancarias, no son excluyentes. Sin embargo, mediante resoluciones y modelos de pliegos se está excluyendo a que sea una de las dos formas.
2.2 Ley No. 488-08
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Artículo 1.- Objeto de la ley. La presente ley tiene por objeto general, crear un
marco regulatorio y un organismo rector para promover el desarrollo social y
económico nacional a través del fortalecimiento competitivo de las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) del país; contribuir por su intermedio
a la creación de nuevos empleos productivos; y mejorar la distribución del ingreso,
mediante la actualización de la base institucional vigente de las mismas, y la
instauración de nuevos instrumentos que promuevan y faciliten su desarrollo
integral y su participación eficiente en la estructura productiva de la nación.
ARTÍCULO 2. Definiciones. Para todos los efectos, se entiende por micro, pequeña
y mediana empresa, toda unidad de explotación económica, realizada por
persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias,
industriales, comerciales o de servicio rural o urbano, que responda a los
siguientes parámetros: […]
Párrafo I. La clasificación de las empresas, establecida en este artículo, puede
actualizarse o readecuarse de la forma establecida en el reglamento que esta ley
autoriza a crear.
Párrafo II. Todas las MIPYMES que quieran aprovechar los beneficios de la
presente ley, deben cumplir los siguientes requisitos:
a) El cumplimiento de obligaciones tributarias.
b) El cumplimiento de formalización (de hecho o derecho).
c) Cumplimiento de obligaciones laborales.
Los artículos 1 y 2 de ésta ley se mencionan debido a que no se indica que se contemplará
específicamente a empresas que manejen unidades productivas, lo que sí se menciona en
el decreto 164-13, debiendo ser revisado este punto a fin de verificar a qué sector de las
MIPYMES efectivamente deben ir dirigidas las preferencias en la contratación pública de
República Dominicana.
Artículo 13.- Del Acceso a Financiamiento. Se crea el Fondo para la Micro,
Pequeña y Mediana Empresa (FOMIPYMES), el mismo tiene el objetivo de
promover el financiamiento a las micro, pequeñas y medianas empresas,
cuidadosamente seleccionadas, a través de la evaluación de los niveles
potenciales de rentabilidad y viabilidad de los proyectos a emprender.
Párrafo I.- La intermediación financiera de los recursos del FOMIPYMES se hace a
través de las cooperativas de ahorros y créditos, bancos comerciales y otras
entidades financieras avaladas por la Ley Monetaria y Financiera de la República
Dominicana.
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Párrafo II.- El FOMIPYMES, para los efectos de los servicios financieros, funcionará
como una entidad de primer y segundo piso, ejerciendo principalmente, el papel
de promotor de las actividades de crédito que beneficien directamente a las
MIPYMES, así como impulsor del mercado de servicios crediticios para este
sector.[…]
Párrafo IV.- El FOMIPYMES también podrá constituirse en promotor del
establecimiento de un Sistema de Garantías Recíprocas y Fondos de Garantías,
como forma de facilitar el acceso al crédito de una mayor cantidad de micro,
pequeñas y medianas empresas.
Este punto se recalca porque uno de los principales problemas en la contratación pública
de República Dominicana es la demora en los pagos a los proveedores, y con este fondo se
podrían analizar mecanismos en los cuales las MIPYMES tengan opciones de
financiamiento directo cuando participan y ganan procesos de contratación en el sector
público.
Artículo 21.- Concurrencia de las MIPYMES a los Mercados de Bienes y Servicios y de Factores que crea el Funcionamiento del Estado. Con la finalidad de promover la participación de las MIPYMES en los mercados de bienes y servicios que resulta de la operación del Estado como agente económico, el Consejo Nacional PROMIPYMES deberá:
1. Promover y apoyar la participación de las MIPYMES en las licitaciones que
emanen de la administración pública, proponiendo la preferencia de las
ofertas nacionales, bajo las normas de contratación administrativa que se
establezcan, acorde con los estándares de calidad exigidos en el mercado;
2. Promover, conforme a las necesidades y demandas de las instituciones
estatales, la participación de micro, pequeñas y medianas empresas como
proveedoras de los bienes y servicios que aquéllas demanden;
3. Procurar el establecimiento de procesos y procedimientos que faciliten a las
micro, pequeñas y medianas empresas, el cumplimento de los requisitos y
trámites relativos a pedidos, recepción de bienes o servicios, condiciones de
pago y acceso a la información, por medios idóneos, sobre los programas de
inversión y de gastos de las instituciones estatales;
4. Las entidades públicas, a nivel nacional, provincial o municipal, preferirán,
en condiciones de igual precio, calidad y capacidad de suministro y servicio, a
las MIPYMES del país.
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El artículo 21 igualmente indica que se fomente la participación de las MIPYMES en de la
contratación pública, dinamizando de esta forma la economía de éste sector y del país en
general.
Artículo 25.- Compras de Bienes y Servicios. Las instituciones estatales, al momento de realizar las compras de bienes y servicios, deben de efectuar el quince por ciento (15%) de las mismas a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), siempre que los bienes y servicios demandados por dichas instituciones sean ofertados por las MIPYMES.
Artículo 26.- MIPYMES dirigido por Mujeres. En caso de que las micro, pequeñas y medianas empresas sean dirigidas por mujeres, que tengan una participación accionaría o del capital social superior al 50%, las instituciones estatales, al momento de realizar las compras de bienes y servicios, deben efectuar el 20% de las mismas a éstas MIPYMES, siempre que los bienes y servicios demandados por dichas instituciones sean ofertados por las MIPYMES.
Los artículos 25 y 26 indican la reserva de mercado que debe existir para el sector.
2.3 Decreto 543-12
ARTÍCULO 3.- Serán considerados casos de excepción y no una violación a la ley,
las (situaciones) que se detallan a continuación, siempre y cuando se realicen de
conformidad
con los procedimientos que se establecen en el presente Reglamento:[…]
9. Las compras y contrataciones destinadas a promover el desarrollo de
las micros, pequeñas y medianas empresas. Son aquellos procesos que
deberán realizar las instituciones estatales destinadas al desarrollo de las
MIPYMES, según lo dispuesto en la Ley No. 488-08, que establece un
régimen regulatorio para el desarrollo y competitividad de las micros,
pequeñas y medianas empresas, las cuales deberán realizarse según lo que
establezca el presente Reglamento.[…]
ARTÍCULO 5.- De las micros, pequeñas y medianas empresas. La Entidad
Contratante al momento de hacer su formulación presupuestaria deberá reservar
el 20% que otorga la Ley núm. 488-08, sobre el Desarrollo y Competitividad de las
MIPYMES, en las partidas designadas para las compras y contrataciones de la
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institución, a fin de que los procedimientos de selección se destinen
exclusivamente a las MIPYMES. Los procesos que se seleccionen para el efecto,
serán aquellos en que se identifique la posibilidad de que
los bienes y servicios puedan ser ofertados por MIPYMES.
PARRAFO: Además de la reserva del 20%, se establece la posibilidad de presentar
ofertas parciales en el 80% restante, para ampliar sus oportunidades de
participación y competencia.
ARTÍCULO 7.- En la convocatoria, la Entidad Contratante señalará que la misma
se hace a favor de las MIPYMES y solicitará expresiones de interés en presentar
oferta, las que deberán entregarse en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles.
Si efectuada la convocatoria respectiva no se presentan al menos tres (3)
manifestaciones de interés de las MIPYMES, se procederá a convocar nuevamente
a todos los interesados a participar.
PARRAFO: Se establece el derecho de las MIPYMES de participar en los
procedimientos de selección a través de consorcios y/o asociaciones.
ARTÍCULO 8.- Para entender cumplidos los porcentajes a que se refieren los
artículos 25 y 26 de la Ley No. 488-08, se tomará en cuenta el valor de los
procesos convocados como se dispone en el Artículo 7 del presente Reglamento.
ARTÍCULO 9.- Las entidades contratantes deberán entregar a las MIPYMES que
resulten adjudicatarias de un contrato, un avance inicial correspondiente al veinte
por ciento (20%)
del valor del contrato, para fortalecer su capacidad económica, contra la
presentación de la garantía del buen uso del anticipo, establecida en el Artículo
113, del presente Reglamento.
ARTÍCULO 10.- En todos los procesos de compras y contrataciones de bienes,
servicios y obras, que realicen las entidades contratantes se deberán respetar los
lineamientos y políticas establecidos por la Dirección General de Contrataciones
Públicas para asegurar la
participación de las MIPYMES, conforme dispone la Ley No. 488-08, que establece
un régimen regulatorio para el desarrollo y competitividad de las micros,
pequeñas y medianas empresas (MIPYMES).
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Los artículos citados indican la forma en que se deberán realizar los procedimientos de
excepción respecto a MIPYMES, pudiendo de acuerdo a esto modificar el reglamento para
ampliar otras formas de compras encaminadas a fomentar el sector, para lo cual en el
presente documento se indicarán opciones que pueden ser implementadas a nivel
normativo y del sistema informático.
ARTÍCULO 11.- Acreditación condición de MIPYMES. Para recibir los beneficios
derivados de su condición, las MIPYMES deberán presentar la certificación que
otorga el Ministerio de Industria y Comercio, de que la misma satisface las
condiciones y requisitos establecidos para ser consideradas MIPYMES.
De acuerdo a éste artículo, la definición de las MIPYMES sólo la puede certificar el
Ministerio de Industrias y comercio.
ARTÍCULO 15.- Los proveedores que deseen inscribirse en el Registro de
Proveedores del Estado deberán completar el formulario de solicitud de
inscripción, adjuntando la documentación requerida de conformidad con las
disposiciones de la Dirección General de
Contrataciones Públicas.
PÁRRAFO: El formulario de inscripción deberá indicar la documentación
necesaria para los fines de formalizar el registro, siempre respetando el principio
de razonabilidad.
El artículo 15 no indica nada de estar en contraposición de realizar un registro de
proveedores en línea, para que con la entrega de los documentos se proceda con la
habilitación de los proveedores.
ARTÍCULO 30.- Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las compras
y contrataciones son: Licitación Pública Nacional o Internacional, Licitación
Restringida, Sorteos de Obras, Comparación de Precios, Compras Menores y
Subasta Inversa.
Serán consideradas etapas obligatorias a los procesos de selección:
a) Planificación.
b) Preparación.
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c) Convocatoria.
d) Instrucciones a los oferentes.
e) Presentación y apertura de ofertas.
f) Adjudicación.
g) Perfeccionamiento del contrato.
h) Gerenciamiento del contrato.
i) Pago.
Estos son los pasos mínimos que la normativa indica que se deben cumplir en los procesos
de contratación, y son a los que debe estar dirigido el sistema. En base a esto se
generarán las recomendaciones que el Sistema de Compras Públicas debe contemplar.
ARTÍCULO 59.- Del Fraccionamiento. Se presumirá que existe fraccionamiento,
del que serán responsables los funcionarios que hubieran autorizado y aprobado
los respectivos procedimientos de selección, cuando en un lapso menor de tres (3)
meses, contados a partir del primer día de la convocatoria, se realice otra
convocatoria para la compra o contratación de bienes, servicios u obras
pertenecientes al mismo rubro comercial.
PÁRRAFO I: Cuando se evidencien compras o contrataciones fraccionadas para
eludir un procedimiento de selección de mayor cuantía por parte de la Entidad
Contratante, los funcionarios que hubieren autorizado y aprobado los respectivos
procedimientos de selección, serán pasibles de las sanciones previstas en el
régimen de sanciones de la Ley de Compras y Contrataciones Públicas, sin
perjuicio de las sanciones penales de las que puedan ser objeto.
PÁRRAFO II: No se considerará fraccionamiento la adjudicación de las compras o
contrataciones por etapas, tramos o lotes posibles en función a la naturaleza del
objeto de la contratación o para propiciar la participación de las micros, pequeñas
y medianas empresas.
El artículo 59 define lo que es fraccionamiento. Actualmente existen problemas en las
instituciones públicas al, por ejemplo, en un proceso de contratación de adjudicación
parcial, no se adjudican ítems específico por no tener propuestas o no ajustarse a los
intereses de la institución. Como se lo está interpretando a la normativa, estos ítems no
pueden ser licitados nuevamente para no incumplir éste artículo. Sin embargo, para estos
casos, ya existió una aprobación sobre el total de los artículos, pudiendo reglamentar
mediante resolución que los ítems que no lograron ser adjudicados nuevamente se los
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vuelva a lanzar por estar aprobados su compra y que por motivos ajenos a la institución no
se los pudo adquirir.
2.4 Decreto 164-13
Artículo 1. Se instruye a las instituciones públicas sujetas al ámbito de aplicación
de la Ley No. 340-06, y sus modificaciones, a que las compras y contrataciones
que deben efectuar a las micro pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), por
mandato legal y reglamentario, sean exclusivamente de bienes y servicios de
origen, manufactura o producción nacional, siempre y cuando existan Mipymes
que puedan ofrecerlos.
Artículo 2. Para que los bienes y servicios adquiridos sean considerados de
“Producción Nacional”, deben cumplir lo siguiente:
a) En el caso de bienes primarios agrícolas y pecuarios, el cultivo o
nacimiento otorga la condición de producción nacional.
b) En el caso de productos manufacturados o industriales, de forma
provisiona y hasta que el Ministerio de Industria y Comercio termine de
elaborar el registro de productos nacionales, se considerarán de origen
nacional todos aquellos bienes cuyo valor total de insumos importados
no supere el 65% del precio de venta del producto. Este porcentaje se
obtiene dividendo el valor total de los insumos de origen externo, que
participan en la confección del bien, entre el precio de venta.
c) […]
d) En el caso de consultorías, se considerará nacional aquella que tenga un
componente de por lo menos el 70 por ciento nacional y un 30 por ciento
extranjero.
Artículo 3. En las compras y contrataciones de bienes y servicios, destinadas a
MIPYMES, se privilegiará también la contratación con micro, pequeñas y
medianas empresas, personas físicas, técnicos, profesionales y artesanos,
preferiblemente domiciliados en la región, provincia o municipio en el que se vaya
a realizar la compra o contratación, cuyos proveedores deberá acreditar tal
condición de acuerdo a las disposiciones que se establezcan en los pliegos de
condiciones.
PÁRRAFO I. De no existir en la provincia o municipio de la institución requirente,
MIPYMES que puedan ofertar los bienes y servicios de producción nacional que
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acrediten las condiciones indicadas en el Artículo 2, de este Decreto, las
instituciones podrán contratar con MIPYMES proveedoras de todas regiones o
municipios del país, lo que deberá estar debidamente documentado y justificado
en el expediente administrativo que corresponda.
PÁRRAFO II. En todos los casos, en el domicilio de elección deberá haber instalado
y en condiciones de operación una unidad económicamente productiva que refleje
el tipo de actividad relacionada con la obra, bien o servicio que se desee proveer,
y sea conocida como tal; lo que podrá ser demostrado por todos los medios
posibles, incluido un descenso al lugar por la entidad requirente.
PÁRRAFO III. La entidad requirente, al realizar el descenso levantará acta de la
visita realizada y para tale fines se hará acompañar de Notario (a) Público (a). La
comprobación de que no existe una unidad productiva será motivo suficiente para
su descalificación del proceso que se trate.
PÁRRAFO IV. La Dirección General de Contrataciones Públicas deberá concluir en
un período no mayor de tres (3) meses, el proceso de auditoría, mejora y
actualización del Registro de Proveedores del Estado; de manera tal, que el mismo
incluya información actualizada sobre los(as) proveedores(as), las MIPYMES y en
especial las MIPYMES de producción nacional y las lideradas por mujeres o en las
que las mujeres tengan un porcentaje de participación accionario superior al 50%.
[…]
Como se indicó anteriormente, el decreto 164-13 está encaminado a MIPYMES que
tengan producción nacional, lo que va en contraposición de la ley 488-08 que hace
referencia a todo tipo de MIPYMES, sea que tengan o no unidades productivas. Además,
en el artículo 2 se hace referencia a qué productos, servicios o consultorías pueden ser
catalogados como de producción nacional, definiendo que para que un producto sea
considerado de origen nacional, debe tener un componente nacional de mínimo el 35%,
para consultoría es el 70%, porcentajes que dependerán del sector productivo al que
pertenece pudiendo existir problemas por generalizar este porcentaje a todos los sectores
productivos.
Por otro lado, al no contar con información del sector productivo, no se puede validar en
el Sistema de Contratación Pública qué empresa tiene o no unidades productivas,
debiendo en una primera instancia participar en el proceso con la declaración que realice
el proveedor, siendo responsabilidad de la entidad contratante comprobar si tiene o no
unidad productiva.
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3 RECOMENDACIONES DE AJUSTES A HERRAMIENTAS PARA EL
REGISTRO DE PROVEEDORES
En base a la normativa analizada, a continuación se presentan recomendaciones a
implementarse en el registro de proveedores basados en las regulaciones vigentes.
3.1 Registro de proveedores en línea
Como se mencionó en el primer informe de la presente consultoría, es muy importante
que el sistema cuente con un registro en línea para los proveedores publicado en el portal,
de tal forma que ellos puedan ingresar sus datos directamente en el Sistema, sin depender
de una digitación posterior de su información en el Registro de Proveedores, corriendo el
riesgo con ello de tener posibles errores de tipeo. Para el registro de esta información, se
debe seguir mejores prácticas de usabilidad en los sistemas, las mismas que se indican en
el punto 3.2.
Siendo extensa la información a registrar y con el fin de no esperar a que toda ella se
ingrese completamente para tener que guardar, es recomendable realizar el registro por
pasos, siendo una opción la que se recomienda a continuación:
El primer paso debe ser la creación del usuario en el sistema, de tal forma que si
por cualquier causa se tuvo que interrumpir el proceso de registro, el usuario ya
podrá ingresar al Sistema para completar la información que en un inicio no lo
pudo hacer. Esta pantalla deberá tener básicamente:
Si la empresa es nacional o extranjera.
El número de registro del proveedor en la Dirección General de Impuestos
Internos (DGII) cuando es empresa nacional, debiendo este número ser
validado. Si es extranjera, el número de identificación de la empresa en su
país de origen.
La razón social (bien sea para persona natural o jurídica), tomando en
cuenta que si existe interconexión con la DGII, éste nombre debe ser
automáticamente recuperado de ésta Dirección.
El tipo de proveedor (natural, jurídica, Cooperativa, etc.).
La contraseña con la que ingresará al sistema con su confirmación. En este
punto es muy importante que con el ingreso del registro de impuestos
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internos, el sistema automáticamente recupere el nombre de la razón
social a fin de no existir diferencias en el nombre.
En el segundo paso se ingresaría toda la información relacionada con la razón
social:
Registro mercantil
Fecha en que inició operaciones
Certificación del registro de la empresa en el Ministerio de Industrias
(debería ser llenada esta información automáticamente del MIC indicando
si es micro, pequeña, mediana o gran empresa)
Si posee o no producción nacional
Ubicación geográfica (País, región, provincia, etc., siendo esta información
jerárquicamente validada),
Dirección,
Teléfonos,
Correo electrónico,
Página web
Accionistas de la empresa con su identificación, nombre, sexo y
participación accionaria (con esto se podrá calcular el porcentaje de
participación de las mujeres)
Contactos de la Empresa, constando identificación, nombre, cargo, correo
electrónico y teléfono. El contacto obligatorio debe ser el Representante
legal.
Sucursales de la Empresa que posee con su ubicación geográfica, dirección
y teléfono.
Gremios o asociaciones a las que pertenece, entre otras cosas.
Como tercer paso se puede ingresar:
El tipo de ventas que realiza (Bienes, servicios, obras consultorías),
Las categorías de productos que el proveedor puede ofertar, siendo
recomendable que ya correspondan al UNSPCS.
Como cuarto paso se podría incorporar estadísticas requeridas para el Registro,
por ejemplo: Número de empleados, Activos fijos, facturación anual, número de
computadoras que tiene, si posee o no internet en la oficina, entre otras cosas.
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Hay que tomar en cuenta que ésta información es con el fin de algún momento
poder obtener estadísticas.
Finalmente el Sistema con ésta información podrá generar para su impresión el
formulario de inscripción a fin de que el proveedor lo pueda firmar y entregar en la
DGCP con los requisitos que igualmente podrán ser impresos en la pantalla de
confirmación.
Como se vio en los 4 pasos, es muy importante que la información que sea posible
recuperar de otras Instituciones, se lo pueda realizar en línea, minimizando al máximo de
esta forma las inconsistencias que a futuro se podrían dar. Esta validación permitirá
incluso disminuir la solicitud de requisitos que de por sí ya estarían validados.
Una vez registrada esta información en el Sistema, el proveedor deberá ir a las oficinas de
la DGCP para entregarlo conjuntamente con los requisitos. En este momento el
funcionario de la DGCP solamente deberá validar y registrar en el Sistema los documentos
entregados (con una funcionalidad de Check list) y podrá habilitarlo inmediatamente
como proveedor del Estado. Se puede incluso llegar a tener la opción de escanear los
requisitos al momento de la entrega de los documentos, a fin de adjuntarlos al expediente
electrónico del proveedor, el mismo que podrá ser consultado por cualquier entidad
contratante el momento que lo requiera, evitando con ello que estas mismas instituciones
vuelvan a pedir la misma información.
En un inicio, mientras el proveedor no entregue sus requisitos (no esté habilitado), va
poder ingresar al Sistema y actualizar la información ingresada sin poder participar en los
procesos de contratación. Una vez entregados los requisitos y habilitado el proveedor,
habrá información que no podrá actualizar, por ejemplo, la razón social o el representante
legal, debiendo para ello el proveedor acercarse con los requisitos definidos por la DGCP
para realizar este tipo de actualización. Habrá información que si podrán actualizar en
línea como son las direcciones y los teléfonos. En este sentido la DGCP deberá validar la
actualización de información del proveedor que requiere documentos de respaldo, e
indicar a los proveedores para que puedan realizar el trámite.
Con éste último párrafo se puede ver la importancia de poder escanear los documentos
de los proveedores el momento que son ingresados a la DGCP, a fin de tener su
expediente completo digitalizado, por ejemplo, con todos los nombramientos del
Representante Legal, sin tener para ello que buscar estos documentos en el archivo físico.
Una vez que el proveedor está habilitado en el Sistema, se le abrirá las opciones del menú
para que pueda interactuar y participar en los procesos de contratación que sea de su
interés.
18
3.2 Catálogo de productos incorporado al Registro de Proveedores
Es muy importante que los proveedores se puedan registrar en el catálogo de productos
que se defina en el Sistema porque en base a ello gira una serie de funcionalidades y
análisis de información que pueden ser explotadas de un Sistema de compras, como son:
Se conoce qué es lo que puede vender el proveedor. En base a ello las Entidades
Contratantes pueden buscar posibles proveedores de lo que requieren adquirir.
Se puede realizar invitaciones a participar a los proveedores de acuerdo a las
categorías en las que se inscribieron.
Se pueden obtener estadísticas por categorías, viendo en cuál de ellas hay pocos
proveedores, pudiendo hacer campañas para que se registren empresas de esos
sectores específicos. Para esto se pueden utilizar los gremios declarados por los
proveedores en su registro.
Se puede obtener proveedores con adjudicaciones más recurrentes por
categorías, realizando un análisis más detallado de la información.
Distribución de proveedores por regiones y por categorías de productos que
pueden vender.
Esto demuestra la importancia de poder contar con un catálogo de productos consolidado
en el Sistema de Compras, pudiendo con esto realizar una serie de estudios para una
mejor toma de decisiones en beneficio de las MIPYMES.
Es muy importante también que tanto entidades contratantes como proveedores puedan
familiarizarse con el catálogo de productos UNSPCS a ser utilizado, a fin de que se escoja
la categoría correcta para una compra, así como que los proveedores se cataloguen
correctamente en los productos que ofertan, debiendo para ello existir funcionalidades en
el Sistema que permitan realizar búsquedas sobre las categorías, así como poder
desplegar en pantalla un árbol jerárquico en donde se vaya desplegando los diferentes
niveles del clasificador, para un mejor entendimiento por parte de los usuarios.
3.3 Interacción del proveedor con el Sistema de Compras
Una vez registrado el proveedor y habilitado por la DGCP, los proveedores debe poder
participar interactivamente en el Sistema con la Entidad Contratante, dando con ello
19
mayores facilidades para participar en los procesos de contratación al poderlo hacer
electrónicamente, minimizando la participación presencial de los proveedores sino sólo
para lo estrictamente necesario. En los puntos siguientes del documento se detallará las
funcionalidades con la que los proveedores participarían en los diferentes procesos de
contratación.
Las Entidades Contratantes también se ven beneficiadas del ingreso de información
directo por parte de los proveedores, ya que por un lado no deberán registrar en el
Sistema la información entregada por ellos, y principalmente se podrán transparentar de
mejor manera los procesos de contratación al publicar información el momento que se lo
requiera, teniéndola con mayor detalle.
Por otro lado, esta interacción permitirá a la DGCP tener información de lo que realmente
está sucediendo en la contratación pública, mejorando el control sobre los procesos de
contratación, así como las estadísticas que pueden ser obtenidas, mejorando con ello la
toma decisiones para incentivar la contratación pública del país.
3.4 Interacción del Sistema de Compras con otros Sistema
Como se pudo observar en el registro del proveedor en línea, es muy importante la
interacción del Sistema de compras públicas con los diferentes sistemas del sector público
a fin de disminuir inconsistencias en la información, proveyendo información fiable
respecto a los proveedores. Esta interacción se lo deberá realizar principalmente con:
La Dirección General de Impuestos Internos, de quien se requiere la validación del
número de identificación, la razón social, el estado del proveedor respecto a sus
pagos y la facturación anual que la empresa ha declarado.
Sistema Dominicano de Seguridad social (SDSS), que podrá proveer estado de los
pagos, así como el número de empleados registrados.
Superintendencia de Sociedades, en donde se podrá validar el estado del
proveedor, el representante legal, los accionistas, entre otras cosas.
Ministerio de educación superior, Ciencia y Tecnología, pudiendo validar los
títulos académicos de de los profesionales que se registran como proveedores del
Estado
20
Ministerios de Industrias y Comercio que debe entregar la información del
registro de MIPYMES, porcentajes de valor agregado por categoría y registro de
proveedores que poseen producción nacional.
Ministerio de Finanzas, con quien se puede coordinar el intercambio de
información para recibir la disponibilidad presupuestaria para empezar un proceso
de contratación, así como el envío del trámite de pago, tanto para los anticipos,
como para los pagos finales una vez que el proveedor haya cumplido sus
obligaciones contractuales.
3.5 Evaluación de proveedores
Una vez adjudicado el proveedor y cumplido el contrato, basado en el desempeño del
proveedor en este último, se lo puede evaluar objetivamente de acuerdo al desempeño
que se observó en la ejecución del contrato, tomando en cuenta para ello: El
cumplimiento de plazos, el cumplimiento de las especificaciones técnicas ofertadas, el
número de veces que se ampliaron los tiempos del contrato, entre otras cosas. Esta
información se guardará en el historial de la Empresa para que pueda ser consultada por
las Entidades Contratantes.
3.6 Generación de estadísticas
Como se pudo observar, producto de toda la información generada por la Entidad
Contratante y por el proveedor, la obtención de estadísticas será mucho más amplia. Para
esto es necesario contar con herramientas especializadas en el tema, como son las de
inteligencias de negocio (Business Intelligence). Sea que se utilice o no este tipo de
sistemas, se debe asignar una área que garantice la emisión de informes mensuales
estándar que les permita a los usuarios del portal la generación de reportes seguros y
confiables.
4 ADECUACIÓN DEL PORTAL PARA SIMPLIFICAR EL ACCESO A
MIPYMES
21
Simplificar el acceso a las MIPYMES a través del portal de Compras se traduce en
desarrollar mejores funcionalidades al Sistema, de tal forma que los proveedores puedan
percibir mayores facilidades para participar en los procesos de contratación pública. Es así
que a continuación se presentan funcionalidades a fin de cumplir con éste objetivo.
4.1 Interacción del proveedor con el sistema
La forma más visible de simplificar el acceso de las MIPYMES a la contratación pública es
construyendo el sistema para que interactúen en él. Hay que tomar en cuenta que a éste
sector es la que más se lo debe apoyar con facilidades para que: pueda realizar preguntas
acerca de un proceso de contratación, pueda ingresar su oferta de forma sencilla y pueda
contestar preguntas que la entidad contratante tenga respecto a su oferta. Poder realizar
estas actividades en línea a través del Sistema significará que ya que no requiere
desplazarse al lugar para hacerlo, mas aún cuando en una microempresa, el que debe
realizar estas actividades muchas veces es el mismo gerente general. A veces también se
da casos que no se conoce cómo presentar ofertas, siendo de gran ayuda para los
proveedores el que el sistema les guíe en este trabajo.
Al interactuar con el sistema, éste sector ya podrá interactuar en los procesos,
ajustándose a formularios preestablecidos, por ejemplo, para realizar preguntas, y
obviamente la Entidad Contratante en el plazo preestablecido lo deberá responder a
través del mismo medio.
En la entrega de la oferta, el proveedor igualmente llenando un formulario estándar podrá
construir su oferta, desde donde podrá generar un documento con los datos ingresados
en el Sistema, y de ser el caso se lo pueda entregar físicamente firmado por el proveedor,
conjuntamente con los prerrequisitos que el sistema le informará que debe entregar en la
presentación de su oferta. De ahí una vez más la importancia que los proveedores puedan
interactuar con el Sistema de Compras Públicas.
4.2 Usabilidad del Sistema
En la construcción del Sistema, se deben aplicar técnicas de usabilidad del Sistema, con el
fin de dar mayor facilidad a los usuarios para que interactúen con él. Una de las reglas más
conocidas son las 10 reglas heurísticas de Jacob Nielsen, utilizas a nivel mundial como
mejores prácticas para sistemas web, las cuales se resumen en:
22
1. Visibilidad del estado del sistema: el sistema siempre debería mantener
informados a los usuarios de lo que está ocurriendo, a través de retroalimentación
apropiada dentro de un tiempo razonable.
2. Relación entre el sistema y el mundo real: el sistema debería hablar el lenguaje de
los usuarios mediante palabras, frases y conceptos que sean familiares al usuario,
más que con términos relacionados con el sistema. Seguir las convenciones del
mundo real, haciendo que la información aparezca en un orden natural y lógico.
3. Control y libertad del usuario: hay ocasiones en que los usuarios elegirán las
funciones del sistema por error y necesitarán una “salida de emergencia”
claramente marcada para dejar el estado no deseado al que accedieron, sin tener
que pasar por una serie de pasos. Se deben apoyar las funciones de deshacer y
rehacer.
4. Consistencia y estándares: los usuarios no deberían cuestionarse si acciones,
situaciones o palabras diferentes significan en realidad la misma cosa; siga las
convenciones establecidas ya para la plataforma.
5. Prevención de errores: mucho mejor que un buen diseño de mensajes de error es
realizar un diseño cuidadoso que prevenga la ocurrencia de problemas.
6. Reconocimiento antes que recuerdo: se deben hacer visibles los objetos, acciones
y opciones, El usuario no tendría que recordar la información que se le da en una
parte del proceso, para seguir adelante. Las instrucciones para el uso del sistema
deben estar a la vista o ser fácilmente recuperables cuando sea necesario.
7. Flexibilidad y eficiencia de uso: la presencia de aceleradores, que no son vistos por
los usuarios novatos, puede ofrecer una interacción más rápida a los usuarios
expertos que la que el sistema puede proveer a los usuarios de todo tipo. Se debe
permitir que los usuarios adapte el sistema para usos frecuentes.
8. Estética y diseño minimalista: los diálogos no deben contener información que es
irrelevante o poco usada. Cada unidad extra de información en un diálogo,
compite con las unidades de información relevante y disminuye su visibilidad
relativa.
23
9. Ayudar a los usuarios a reconocer, diagnosticar y recuperarse de errores: los
mensajes de error se deben entregar en un lenguaje claro y simple, indicando en
forma precisa el problema y sugerir una solución constructiva al problema.
10. Ayuda y documentación: incluso en los casos en que el sistema pueda ser usado
sin documentación, podría ser necesario ofrecer ayuda y documentación. Dicha
información debería ser fácil de buscar, estar enfocada en las tareas del usuario,
con una lista concreta de pasos a desarrollar y no ser demasiado extensa.
En el Anexo 1 se adjunta un documento en el que se indica con ejemplos cada uno de
estos puntos.
De acuerdo a estos puntos a continuación se recomiendas ciertos puntos en los que
generalmente los sistemas de compras tienen problemas:
Para el desarrollo de la nueva versión es importante tomar en cuenta las
recomendaciones de usabilidad que se realizaron en el primer informe, indicando a
continuación un resumen de las mismas:
- En las pantallas no debe existir demasiada información, debiendo por esta razón
jerarquizar lo relevante, debiendo dar opciones para que toda la información
igualmente pueda ser vista en pantallas o popups secundarios.
- La alineación de los márgenes de las pantallas se lo debe realizar hacia la derecha,
a fin de que se le haga al usuario más fácil la visión (escaneo) de los formularios.
- El punto anterior va de la mano en centrar la atención del usuario en lo que es
importante en la pantalla, minimizando textos largos, especialmente de normativa,
que pueden ser incluidos como ayudas en el sistema en los sitios específicos.
- El diseño de las pantallas se deben centrar en las acciones principales del Sistema.
- En las pantallas se debe privilegiar lo más probable que suceda, excepciones se las
puede contemplar pero deben pasar a segundo plano.
- Se debe dar facilidad para que los usuarios completen la información en los
formularios, por ejemplo, actualmente existen opciones para maximizar y
minimizar registros detalle, lo que hace que el formulario pueda contener mayor
24
información de forma ordenada, y a su vez el usuario pueda revisar la información
que le interese de una manera más sencilla
- Las pantallas deben manejar la información esencial a fin de hacerles lo más
sencillas posible, logrando con ello la atención de los usuarios a lo que es
verdaderamente importante.
- La navegabilidad en el sistema debe ser completamente intuitiva, debiendo poder
navegar hacia atrás y delante de las pantallas en donde se encuentra el usuario, sin
tener para ello que regresarse que regresarse a la pantalla principal.
- También es importante que si el usuario ingresa a la pantalla de un concurso
específico, en todas las pantallas subsiguientes aparezca siempre la información
principal del proceso (código y descripción del proceso), a fin de que puedan
realizar las actividades en el formulario estando seguros que se está revisando y
trabajando en el proceso que es, sin tener que salirse del mismo para confirmar
esta información.
4.3 Brindar facilidad para los usuarios MIPYMES
Como se indicó en los puntos anteriores (3.1 y 3.2), es de gran utilidad para las MIPYMES
que los proveedores puedan interactuar en el sistema de compras, siguiendo las normas
de usabilidad descritas anteriormente. Desde este punto de vista, a continuación se indica
opciones que pueden ser implementadas y que son de gran ayuda para los proveedores,
especialmente MIPYMES.
4.3.1 Formularios electrónicos
Los formularios electrónicos no son más que plantillas de documentos que facilitan a los
usuarios la generación de documentación.
Desde este punto de vista es importante desarrollar una funcionalidad que permita
generar documentos de acuerdo a plantillas predefinidas. Es el mismo concepto que una
plantilla de Microsoft Word en donde se puede incorporar campos recuperados de la base
25
de datos para que el documento sólo sea modificado en estas partes, siendo el texto
restante un texto legal predefinido en donde, por ejemplo, el proveedor puede construir
su oferta sólo con llenar la cantidad del producto ofertado, su precio unitario, el tiempo
de entrega y la garantía.
Generar una funcionalidad de formularios electrónicos implica construir una funcionalidad
que permita crear plantillas para web y/o para generación de documentos PDF, en donde
se incorporará información estática y a su vez existirán campos que serán llenados
automáticamente con la información ingresada al sistema de compras, generando de esta
forma un documento personalizado. Las plantillas deben poder ser cambiadas por
usuarios administradores del sistema de acuerdo a lo que se requiera e indique la
normativa.
Una vez desarrollada ésta funcionalidad, podrá ser utilizada en los diferentes tipos de
compra del Sistema donde se requiera generación de documentos, por ejemplo, acta de
preguntas y respuestas, formularios de entrega de ofertas, acta de calificaciones, acta de
adjudicación, entre otros.
Con esto, el formulario de entrega de ofertas permitirá presentar para una MIPYME un
documento legal con tan sólo ingresar el monto de su oferta y las condiciones
comerciales, facilitando significativamente al proveedor la generación de éste documento.
Posteriormente se podrá llegar a generar estos documentos electrónicos, firmarlos
electrónicamente (utilizando firmas electrónicas) y grabarlos en el Sistema como un
documento legalmente válido, ya no siendo necesario entregarlo físicamente.
4.3.2 Preguntas y respuestas a ser utilizado en todos los tipos proceso de contratación
Todo proceso de contratación posee la etapa de preguntas y respuestas, en donde el
proveedor puede solicitar cualquier aclaración al proceso, siendo obligación de la entidad
contratante responderlo. Este paso se lo puede realizar electrónicamente, permitiendo
también a la entidad realizar aclaraciones sin que exista una pregunta de por medio.
Todas las contestaciones y aclaraciones deben permitir subir archivos en los que se aclare
en mayor detalle lo solicitado.
A su vez, también pueden existir una fase en el proceso de contratación después de que
las ofertas son entregadas por parte de los proveedores, en donde la entidad contratante
tiene preguntas acerca de la propuesta presentada, debiendo el proveedor responder en
caso que las existieran, pudiendo este mismo módulo poder trabajar para este
requerimiento siempre y cuando se lo parametrice de forma adecuada.
26
4.3.3 Funcionalidad de subida y recuperación de archivos
Durante las diferentes fases de un proceso de contratación es necesario subir documentos
de respaldo al Sistema. Para ello es importante desarrollar una funcionalidad que pueda
ser invocada desde cualquier pantalla y que permita la subida de archivos. Además debe
permitir visualizar los documentos subidos y recuperarlos con las correspondientes
seguridades para que no sean modificados.
El almacenamiento de los documentos normalmente se lo realiza a en el file system del
sistema operativo, existiendo un apuntador a este archivo almacenado en la base de datos
con información adicional del archivo. Normalmente en este tipo de almacenamiento se
categorizan a los documentos por el año y mes en el que es creado.
Sin embargo, actualmente existen sistemas especializados en administración de
contenidos que pueden ser utilizados para optimizar el guardado y recuperación del
documento. Un ejemplo de este tipo de sistema es Sharepoint Portal Server de Microsoft.
Otro es Alfresco (www.alfresco.com) una herramienta de software libre que adicional a
predefinir cualquier número de índices por los que será buscado el documento, permite
también indexar su contenido (solo de documentos digitales no escaneados) a fin poder
realizar búsquedas con un mayor detalle, lo que permite dar mayores opciones de
búsquedas a los usuarios. Otra forma de hacer es utilizar búsquedas avanzadas de Google,
sin embargo ya no es un proceso propio del Sistema.
Este tipo de sistemas poseen funciones predefinidas a fin de que pueda interactuar con
cualquier Sistema que requiera manejar el almacenamiento de documentación, sin con
esto tener que desarrollar interfaces complejas para poder manejarlos.
Otra gran ventaja de éste tipo de funcionalidades es que se puede configurar éste
software en alta disponibilidad a fin de minimizar riesgos de pérdida de información.
El uso de este tipo de sistema, permitirá también guardar los documentos con control de
versión, por ejemplo, en el registro de los representantes legales de las empresas, en
donde, al subir un nuevo nombramiento de un mismo proveedor, el sistema detectará
que ya existe un documento igual, generando automáticamente una nueva versión del
mismo, guardando con esto todo el histórico de ese tipo de documento.
4.3.4 Funcionalidad para la búsqueda de ítems en el catálogo de productos
27
Esta funcionalidad permite interactuar con el catálogo de productos definido en el
Sistema. Está contemplado utilizar el catálogo UNSPCS de las Naciones Unidas, tomando
en cuento que esto llega a nivel de categorías, más no a nivel de producto como tal.
Adicional a esto, la herramienta debe permitir el ingreso de todos los productos que
pueden ser adquiridos por sector público, categorizándolo a cada uno de ellos a través del
UNSPCS. Como ejemplo, la categorización hasta su nivel 5 llegará a definir llantas o
neumáticos, sin embargo, el producto como tal será el tipo de neumático específico, que
puede ser R13 175/70.
Al realizar este trabajo de poder generar todos los productos genéricos que pueden ser
adquiridos por el sector público, al momento de crear un nuevo proceso de contratación,
se deberá escoger este producto específico, logrando con ello estandarizar de mejor
manera lo que se adquiere, pudiendo con ello obtener estadísticas más confiable, y en
algunos casos llegar a determinar precios referenciales en base a estadísticas de compras
anteriores.
4.3.5 Motor de búsqueda de procesos
Es una funcionalidad básica utilizada para todos los tipos de contratación, permite realizar
búsquedas sobre los procesos de contratación que se necesite consultar utilizando para
ello diferentes parámetros de búsqueda. A nivel de todo el sistema deben realizar
búsquedas de procesos estandarizadas (todas con un mismo formato) y fáciles de utilizar
para los usuarios.
Ante una funcionalidad sencilla de búsqueda de procesos de contratación, los usuarios
podrán acceder de mejor manera a participar en los procesos de contratación.
A partir de ellos se pueden generar nuevos tipos de consultas como:
Listado de procesos a los que ha sido invitado un proveedor
Listados de procesos publicados por una entidad contratante
4.3.6 Invitación a participar a proveedores
Una vez que se haya realizado la categorización de los proveedores según la UNSPCS, es
posible habilitar invitaciones a proveedores de tal forma que al ingresar al sistema, ellos
puedan ver los procesos específicos que son de su interés de acuerdo a la categorización
28
que ingresaron, fruto de las invitaciones a concursos que el sistema lo realizó
automáticamente. Esta invitación incluso puede llegar al proveedor a través del correo
electrónico.
Esto permite ver que mientras mayor información se conozca del proveedor, servicios más
personalizados se les puede brindar.
4.3.7 Motor de flujos de trabajo
Aunque éste módulo no cae directamente sobre funcionalidades que vayan directamente
en beneficio de las MIPYMES, la construcción del motor de flujos de trabajo es estratégico
para el control de los procesos de contratación e indirectamente ayudará para incluir los
controles necesarios en Sistema convirtiéndose en una guía para los proveedores. Para
esto es posible utilizar soluciones BPM (Business Process Management), sin embargo
cuando se requiere realizar sistemas transaccionales como son los sistemas de compras,
no es recomendable utilizar éste tipo de sistemas ya que repercute directamente en el
rendimiento del Sistema.
Es por esto que se recomienda implementar un motor de flujos de trabajo que permita
parametrizar el flujo a seguir por cada tipo de contratación definido en la normativa. Este
módulo debe contemplar las siguientes funcionalidades:
Configuración las actividades a seguir en cada tipo de contratación.
Tareas o acciones que debe cumplir en cada actividad.
Tiempos o intervalos de tiempo en los que se debe realizar cada actividad,
controlando tiempos máximos y mínimos en los que se las puede realizar de
acuerdo a lo que indica la normativa.
Definición de responsables que deben cumplir las actividades y/o tareas.
Configuración de mensajes de correo electrónico.
Relación de las pantallas en donde se realizará cada actividad, a fin de que el
sistema pueda invocar a las pantallas correspondientes de acuerdo al flujo que se
está siguiendo.
Cada actividad involucra un estado por el que debe pasar cada flujo.
Así como debe llevar el control de la definición de fechas para cada proceso,
también debe fechar el control de la fecha y hora en que realmente se ejecutó la
actividad.
29
Este cambio de estado puede ser cambiado bien sea a través de una acción
automática programada en el sistema, o por medio de una acción del usuario en el
sistema.
No se debe mezclar el flujo del proceso con los resultados que se obtienen producto de la
ejecución del proceso. Por ejemplo, el que un proceso sea adjudicado o declarado
desierto no debe mezclarse con el estado del flujo como tal, el cual debe llegar a un
estado terminado, pudiendo este proceso haber sido adjudicado o declarado desierto.
4.4 Pasos obligatorios del Sistema
Como indica el art. 30 del reglamento de contratación pública (decreto 543-12), los pasos
obligatorios a ser considerados en todo proceso de contratación son:
a) Planificación.
b) Preparación.
c) Convocatoria.
d) Instrucciones a los oferentes.
e) Presentación y apertura de ofertas.
f) Adjudicación.
g) Perfeccionamiento del contrato.
h) Gerenciamiento del contrato.
i) Pago.
Debiendo estas fases principalmente ser consideradas y automatizadas en el Sistema,
siendo muy importante que a nivel de resolución se especifique qué debe contemplar
cada punto a fin de que pueda ser implementado de esa forma en el Sistema Informático,
yendo de la mano lo definido en la normativa con la funcionalidad del Sistema.
4.5 Implementación de nuevas herramientas de contratación
4.5.1 Subasta inversa
La normativa de República Dominicana contempla el procedimiento de subasta inversa, la
misma que al momento no está implementada ya que para ello se requiere interacción del
proveedor en el sistema. Este tipo de compra debe ser utilizada para bienes y servicios
30
que puedan ser estandarizados de tal forma que sus características sean comparables,
debiendo existir una fase previa a la etapa de subasta como tal (denominada puja o
lances) en donde se califica a los proveedores la oferta técnica. Esta calificación se lo
realiza en base al cumplimiento o no (cumple o no cumple) de las especificaciones
técnicas solicitadas por la entidad contratante en los términos de referencia para la
compra del bien.
En esta fase de calificación es donde se puede dar prioridad a la producción nacional y a
las MIPYMES. Por ejemplo, en Ecuador cuando una empresa cumple con el porcentaje de
agregado nacional definido por el Ministerio de Industria, todas las demás que poseen
productos extranjeros son automáticamente deshabilitadas para participar en el proceso
de puja. Si producto de ello queda solamente una empresa, ésta pasa a etapa de
negociación para su posterior adjudicación. En caso de existir varios proveedores con
producción nacional, se continuará con la etapa de puja.
Otra forma de dar preferencia a las MIPYMES en este tipo de proceso es el entregar
márgenes de preferencia en la etapa de puja de tal forma que al realizar una oferta una
empresa grande, deberá mejorar en un porcentaje de un 5% más barato al precio que una
MIPYME pueda estar ingresando, equiparando con esto los descuentos que una empresa
grande puede conseguir respecto a una MIPYME. Estas preferencias pueden llegar al nivel
de tener márgenes para micro, pequeñas, medianas y grandes empresas.
También existen opciones para que una vez terminada la puja, se dé 5 minutos más para que sólo
las MIPYMES puedan mejorar el precio ingresado por las grandes empresas, privilegiando de esta
forma al sector.
De llegar a utilizarse este proceso de compra, se lo debe normar a través de resolución.
4.5.2 Procesos para MIPYMES
Según la normativa presentada, se debe dar preferencia a la contratación de MIPYMES de
la localidad, y si no existe invitar a proveedores de la provincia, región y a nivel nacional.
Esto se lo puede automatizar a través del Sistema, al conocer quiénes son los proveedores
de la localidad que proveen un producto específico (de ahí la importancia de tener
identificados los proveedores por localidad y por categorías de productos que venden).
Esto hace que el sistema pueda realizar invitaciones a estos proveedores específicos en
una primera etapa.
Si no existieron proveedores que presentaron ofertas o no cumplieron con los términos de
referencia, se vuelve a lanzar el proceso, pero esta vez invitando a los proveedores de la
31
provincia o región. Si luego de esto tampoco se da la adjudicación, se procede a invitar a
los proveedores nacionales, cumpliendo de esta forma con la normativa vigente.
Como se puede observación, estos cambios sin problema se los puede realizar vía
resolución de la DGCP y sería aplicable al 20% de los procesos en que sólo pueden
participar las MIPYMES.
Otra forma de entregar preferencias es dando puntuaciones en los parámetros de
calificaciones por ser una MIPYMES o a su vez por ser una empresa que tiene producción
nacional.
4.5.3 Ferias inclusivas
Es otro proceso que la normativa lo permitiría realizar, ya que se indica en la Ley que las
contrataciones a realizarse para MIPYMES serán normados en el reglamento, siendo éste
más sencillo modificarlo, aun cuando en el tema de MIPYMES es general, pudiendo con
esto normar a las ferias inclusivas mediante resolución, recalcando que este tipo de
procesos continúan siendo competitivos y por tal motivo no van en contra de lo indicado
por la normativa. La gran diferencia de este tipo de compra es que verdaderamente se
puede llegar a contratar a microempresarios e inclusive artesanos directos de localidades
específicas, cumpliendo de esta forma con uno de los objetivos principales de la
contratación pública que es el de dinamizar la economía del país.
Con este tipo de compras, por ejemplo, se puede abastecer de alimentos para la localidad,
de artesanías requeridas por el sector público, de uniformes, de servicios de limpieza
entre otras cosas, pudiendo llamarlo al proceso de diferente forma, siendo el nombre
indicado sólo una referencia.
En términos generales el proceso consiste en unir a entidades contratantes de una misma
localidad para realizar la feria, pudiendo una sola realizar el procedimiento. Las entidades
definen qué es lo que requieren comprar y lo publican en el portal, realizando la
convocatoria de cuando se realizará la feria, que no es más que una negociación
presencial entre la entidad contratante y el proveedor en una fecha y hora dada, en donde
la entidad expone lo que requiere comprar y el proveedor decide si quiere o no presentar
su oferta, de ahí el nombre de feria.
La gran diferencia con otros procesos de contratación es que, por ejemplo, si se requiere
1.000 uniformes, difícilmente un artesano va a tener la capacidad de realizar ese número
en un tiempo específico. Es así que la entidad contratante puede adjudicar a diferentes
32
proveedores el número de uniforme que puede cumplir de acuerdo a su capacidad de
producción.
Desde el punto de vista tecnológico, el sistema informático puede apoyar a este proceso
de la siguiente manera:
1. El sistema permite invitar a las diferentes entidad contratantes de la localidad a
participar de la feria, para lo cual cada entidad deberá generar su proceso interno
para la compra, tal cual como se lo realiza con los demás procesos.
2. Las entidades contratantes que aceptan la invitación, suben al sistema las
especificaciones técnicas de los productos que requieren, obteniendo con ello
previo al desarrollo de la feria el listado de productos que serán requeridos por las
entidades.
3. De acuerdo a esto, el Sistema realiza la invitación a los proveedores de la localidad
que venden los productos seleccionados por las Entidades. Como se puede
observar nuevamente, todos los cambios indicados anteriormente son ya
utilizados en la herramienta como tal.
4. Hasta antes de la feria, podrá existir una etapa de preguntas y respuestas en
donde los proveedores podrán consultar alguna inquietud que tengan.
5. Ya en el proceso de la feria como tal, que incluso se lo podrá realizar de forma
virtual, el proveedor tendrá la gran ayuda del sistema en la que sólo deberá
ingresar la cantidad que se compromete a cumplir, el tiempo en que lo realizará y
el costo por el que lo realizará. Puede existir también una opción de manejar un
costo estándar a nivel de todos los proveedores para un mismo producto o
servicio, de tal forma que sólo se tenga que definir la cantidad y el tiempo de
entrega. Ingresada esta información, el sistema automáticamente genera la oferta
a través del formulario electrónico construido para éste fin, facilitando
significativamente al proveedor la entrega de una propuesta formal. Este punto
como se lo puede realizar presencialmente, hasta puede ser ayudado por la
entidad contratante para la entrega de su propuesta.
6. Una vez llenados los cupos y terminada la feria, las entidades proceden a calificar
las ofertas recibidas y empiezan con la adjudicación a los proveedores, cumpliendo
de esta manera con los principios de competitividad. De ahí en adelante el trámite
sigue el mismo rumbo que los demás procesos.
33
5 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Toda mejora a nivel del Sistema Informático de Compras Públicas depende de lo
que permita realizar la normativa vigente, siendo lo primero poder analizar la
reglamentación antes de tomar una decisión de los cambios a realizar en el
Sistema.
De ahí la importancia de que exista un especialista funcional que conozca en
detalle la normativa y por otro lado domine el sistema, a fin de que pueda definir
lo que se necesita construir en el sistema, y una vez que esta funcionalidad es
desarrollada, poder validar que funciona de acuerdo a las especificaciones técnicas
solicitadas.
Las funcionalidades recomendadas en el presente documento legalmente son
factibles de implementarlo, empezando por el registro de proveedores,
implementar el catálogo de productos y desarrollar el sistema para que el
proveedor pueda interactuar en él.
Sobre el catálogo de productos UNSPCS es necesario desarrollar el listado de los
productos genéricos con el fin de poder tener estadísticas más precisas de lo que
se compra en el sector público.
Como se pudo observar, existen varias formas en las que se pueden implementar
preferencias a las MIPYMES, siendo otro camino el entregar incentivos como el
financiamiento.
El desarrollo de ésta funcionalidades va de la mano pensar en desarrollar una
nueva versión del software, ya que su implementación implica cambios fuertes a
nivel de diseño.
Cabe recalcar que una vez que el sistema es desarrollado para que los proveedores
puedan interactuar, es necesario asegurar la continuidad del Sistema, no pudiendo
éste presentar problemas, ya que estarán continuamente llevándose a cabo
procesos de contratación con tiempos que deben cumplirse. Si se suspende el
34
servicio del Portal constantemente, su credibilidad se va a ver muy afectada, ya
que normalmente los proveedores pensarán que se lo hizo a propósito.
Es común en querer incluir en los sistemas de compras del Estado textos con la
normativa que aplica para esa parte, los cuales en ocasiones son extensos.
Justamente este tipo de casos son los que, según las recomendaciones de
usabilidad, no hay que incluir, con el fin de da mayor sencillez a las pantallas. Este
tipo de textos distraen al usuario de lo realmente importante. Si se quiere incluir
estos textos normativos, hacerlo como links o popups mas no ponerlos
directamente en la pantalla.
En el diseño de las pantallas se debe privilegiar lo más probable que suceda. Las
excepciones se las puede contemplar pero debe pasar a un segundo plano,
teniendo cuidado que esto no le haga complejo al Sistema.
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6 ANEXOS