Quesolandia (1). 2

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QUESOLANDIA S.A. SHARON BARRIOS TATIANA CAMACHO MEJIA JULYE ESPERANZA ESPITIA ALEXANDRA MESA YENNY MUÑOZ INSTITUTO COLOMBIANO DE APRENDIZAJE INCAP LEGISLACION E INTRODUCCION A LA ADMINISTRACION FTP09 PYMES 1

Transcript of Quesolandia (1). 2

QUESOLANDIA S.A.

SHARON BARRIOS

TATIANA CAMACHO MEJIA

JULYE ESPERANZA ESPITIA

ALEXANDRA MESA

YENNY MUÑOZ

INSTITUTO COLOMBIANO DE APRENDIZAJE INCAP

LEGISLACION E INTRODUCCION A LA ADMINISTRACION FTP09

PYMES

BOGOTA

2014

1

QUESOLANDIA S.A.

ESTUDIANTES:

SHARON BARRIOS

TATIANA CAMACHO MEJIA

JULYE ESPERANZA ESPITIA

ALEXANDRA MESA

YENNY MUÑOZ

Creación de empresa por parte de estudiantes de diferentes áreas, la cual es para uso académico

FORMADOR: MARISOL OPSINA OSSO

INSTITUTO COLOMBIANO DE APRENDIZAJE INCAP

LEGISLACION E INTRODUCCION A LA ADMINISTRACION FTP09

PYMES

BOGOTA

2014

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Nota de aceptación

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______________________________

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Firma del presidente del jurado

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Firma del jurado

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Firma del jurado

INSTITUTO COLOMBIANO DE APRENDIZAJE INCAP

LEGISLACION E IN.TRODUCCION A LA ADMINISTRACION FTP09

PYMES

BOGOTA

2014

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DEDICATORIA

Primero y antes que nada, dar gracias a Dios, por estar con nosotros en cada paso que damos a nuestras familias por el apoyo brindado porque nos dan la alegría y la fortaleza para seguir adelante, a nuestra formadora por la colaboración, paciencia, apoyo y la amistad que nos brindó, por escucharnos y aconsejarnos cuando lo necesitamos.

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AGRADECIMIENTOS

Agradecemos los esfuerzos y dedicación que hemos recibido de nuestra formadora ya que con su apoyo hemos logrado un buen desempeño en nuestro proyecto y en nosotros mismos porque nos hemos dedicado a los perfeccionamientos para poder lograr los mejores resultados.

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INTRODUCCION

El mercado es la función empresarial que identifica las necesidades y los deseos de los clientes de una empresa, determinando así cuáles son sus necesidades y demandas, encaminado a un mejor servicio.Promovemos la generación de una nueva empresa que sea económicamente viable, ambientalmente sostenible y socialmente responsable; para lo cual se definirá una estrategia de autoempleo a través de capacitación del personal operativo en programas en torno a la formación para la generación de empleo y en temas empresariales tales como “Sensibilización al emprendimiento” y “Ser empresario”.Creamos una empresa productora y comercializadora de nuevos y mejorados quesos con diferentes sabores y especies para darle al consumidor la satisfacción a la hora de comerlo

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CONTENIDO

INTRODUCCIN……………………………………………………………..6

1. LA EMPRESA…………………………………………………….91.1 EVALUACIÓN DE IDEAS……………………………………...111.2 DESCRIPCIÓN DE LA IDEA…………………………………..111.3 CLASIFICACIÓN DE LA EMPRESA………………………… 12

1.3.1 Por su naturaleza jurídica………………………………..121.3.2 Por su objetivo ó finalidad………………………………..121.3.3 Según su actividad económica…………………………..12.1.3.4 Por la procedencia del capital……………………………121.3.5 Según su tamaño………………………………………….12.1.3.6 Por el número de propietarios……………………………121.3.7 Tipo de sociedad…………………………………………..12

1.4 NOMBRE DE LA EMPRESA……………………………………12 1.4.1 Razón Social……………………………………………...12 1.4.2 Nombre Comercial……………………………………….13

1.5 LOGOTIPO Y SLOGAN…………………………………………131.6 UBICACIÓN GEOGRÁFICA DEL ESTABLECIMIENTO…….141.7 FACTORES DE LA EMPRESA…………………………………15

1.7.1 Personas…………………………………………………….151.7.2 Capital………………………………………………………..161.7.3 Trabajo……………………………………………………….16

2. CONSTITUCIÓN Y LEGALIZACIÓN DE LA EMPRESA……..202.1 TRÁMITES COMERCIALES……………………………………...212.2 TRÁMITES TRIBUTARIOS……………………………………….222.3 TRÁMITES DE FUNCIONAMIENTO……………………………232.4 TRÁMITES DE ORDEN LABORAL……………………………...253. LA ADMINISTRACIÓN…………………………………………...373.1 TEORÍA ADMINISTRATIVA APLICADA AL PROYECTO…….373.2 TÉCNICA ADMINISTRATIVA APLICADA AL PROYECTO…..404. PLANEACIÓN……………………………………………………..414.1 PLANEACIÓN ESTRATÉGICA…………………………………..41

4.1.1 Misión………………………………………………………..414.1.2 Visión…………………………………………………………414.1.3 Objetivos……………………………………………………..424.1.4 Reglamento interno de trabajo…………………………….44

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4.1.5 Políticas institucionales……………………………………644.1.6 Diagnóstico DOFA…………………………………………654.1.7 Presupuesto de arranque…………………………………67

4.2 PLANEACIÓN TÁCTICA……………………………………………..674.2.1 Plan táctico……………………………………………………….674.3 PLANEACIÓN OPERATIVA……………………………………..674.3.1 Proceso……………………………………………………..…674.3.2 Diagrama de flujo……………………………………...……..684.3.3 Gráfica de Gantt…………………………………..………….69

5. ORGANIZACIÓN……………………………………………….…….715.1 ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO……………………………..….715.2 ORGANIZACIÓN DEL TIEMPO………………………………..…725.3 ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO………………………………...73

5.3.1 División del trabajo……………………………………..…735.3.2 Tipos de organización……………………………………..73

5.4 ORGANIGRAMA……………………………………………………735.5 MANUAL DE FUNCIONES………………………………………..746. CONCLUSIONES……………………………………………………….79GLOSARIO………………………………………………………………….80BIOGRAFIA…………………………………………………………………81ANEXOS…………………………………………………………………….82

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1. LA EMPRESA

1.1 EVALUACIÓN DE IDEAS

YENNY FERNANDA MUÑOZ Jabones para alopecia: Se utilizara en las personas que sufren de excesiva de la caída de cabello el cual vendrá medicado con el fin de disminuir la caída del cabello y que se regenere el folículo piloso.RECURSOS:

Investigación especializada (laboratorio químico ) Personal altamente calificado (químicos ) Materia prima de alta calidad

ALEXANDRA MESA Queso de sabores: Crear nuevos y mejorados quesos con diferentes sabores y especies para darle al consumidor satisfacción a la hora de comerlo. RECURSOS:

Leche Adictivos Empaque Pastilla de cuajo

JULYE ESPITIATenis con ventilación:

Un tenis que tenga apertura y cierre en partes laterales que al llover se cierre y cuando no se abre para evitarla transpiración del pie. RECURSOS:

Cuero Cremalleras

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SHARON BARRIOS Columpio eléctrico:Un columpio que funcione con un motor sin necesidad de balancear al niño. Permitiendo así una distracción y comodidad mejor.RECURSOS:

Motor Cadena Sillín

TATIANA CAMACHO Guantes con rejuvenecedores: Estos guantes serán utilizados para realizar aseo general sin dañar tus manos ya que contienen vitaminas que ayudaran a rejuvenecer las manos.RECURSOS:

Vitaminas Guantes de látex

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VENTANA DE IDEASPROBABILIDAD DE

ÉXITOESFUERZO NECESARIO ASIGNAR

CRITERIOS DE EVALUACIÓN1. MUY POCO

2. POCO3. RAZONABLE4. BASTANTE

5. MUCHO ¿R

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 NOMBRE AUTOR E

IDEA                           

1JENNY MUÑOZ

JABONES PARA LA ALOPECIA

3 1 1 2 3 2,0 5 4 5 5 5 4,8 2,0 4,8

2ALEXANDRA

MESA QUESOS DE SABORES

4 4 5 4 4 4,2 1 1 3 3 3 2,2 4,2 2,2

3TATIANA CAMCHO

GUANTES CON VITAMINAS

2 2 1 3 3 2,2 5 3 2 3 5 3,6 2,2 3,6

4JULYE ESPITIA

TENIS CON VENTILACION

2 2 2 1 3 2,0 4 3 5 4 5 4,2 2,0 4,2

5SHARON BARRIOS

CULUMPIOS ELECTRICOS

1 2 4 3 3 2,6 3 5 5 5 5 4,6 2,6 4,6

6   0,0 0,0

0,0 0,0

7   0,0 0,0

0,0 0,0

En la columna "Asignar", encontrará el promedio de Probabilidad de Éxito el cual mostrará de color verde el promedio más alto y en el Promedio de Esfuerzo Necesario, se mostrará de color rojo el promedio más bajo (ignorar los de valor 0.0), para que así puedan tomar la decisión más correcta.

1.2 DESCRIPCIÓN DE LA IDEANuestra idea es crear quesos de sabores, al realizar nuestra lluvia de ideas esta fue la mejor, ya que queremos implementar nueva variedad de tipos de quesos, en los cuales se manejara diversidad de sabores nuevos, decidimos el nombre de QUESOLANDIA, teniendo en cuenta que nuestro producto es el queso, el cual deseamos se distribuya en un principio a nivel nacional y a futuro internacional

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1.3 CLASIFICACIÓN DE LA EMPRESA

1.3.1 Por su naturaleza jurídicaNuestra empresa es de naturaleza jurídica de derecho porque cumplimos con todos los trámites legales para el buen desarrollo de la empresa.

1.3.2 Por su objetivo ó finalidadNuestro objetivo o finalidad es con ánimo de lucro porque todas las utilidades y ganancias son para los socios de la empresa.

1.3.3 Según su actividad económicaNuestra actividad económica es Industrial – artesanal porque se transforma una materia prima realiza manualmente solo interviene en el producto mano del hombre

1.3.4 Por la procedencia del capitalLa procedencia capital es privada porque todos los que conformamos la empresa somos socios particulares.

1.3.5 Según su tamañoNuestra empresa por su tamaño es microempresa porque somos 5 socios los que conformamos la empresa, aportando el espacio (propiedad en Facatativá), otros socios aportamos dinero el cual está en caja.

1.3.6 Por el número de propietariosNuestra empresa es sociedad porque la empresa la conformamos más de 2 socios.

1.3.7 Tipo de sociedad

Nuestro tipo de sociedad es anónima S.A. (Quesolandia S.A) Porque nuestra empresa está dispuesta a recibir nuevas conocimientos y aportes de las personas que estén interesadas en seguir creciendo con nosotros.

1.4 NOMBRE DE LA EMPRESA

1.4.1 Razón Social

QUESOLANDIA S.A El nombre de QUESOLANDIA S.A. Lo escogimos porque pensamos que es un nombre atractivo para el producto que deseamos vender, y las siglas S.A. porque

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nuestra empresa es Sociedad Anónima

1.4.2 Nombre ComercialDeseamos mantener el nombre comercial QUESOLANDIA puesto que fue decisión unánime entre los socios de nuestra empresa, nos gusta cómo se escucha tanto como lo comercial como para mantenerlo como razón social.

1.5LOGOTIPO Y SLOGAN

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El tipo de logotipo de nuestra empresa es ISOLOGOTIPO, puesto que contiene dibujo y tipografía.Los colores que nos identifica son:VERDE: lo colocamos porque queríamos reflejar parte de la Naturaleza.AMARILLO: nos hace atractivos a nuestros clientes.NARANJA: La diferencia entre los sabores y la textura. CAFÉ CLARO: comprende la necesidad de nuestros clientes en conocer nuevos productos en el mercado para su satisfacción.BLANCO: lo natural Y saludable de nuestro producto.

LOS DIBUJOS

Queso: provocación a nuestro producto.Ají, Canela y Hojas: definen los sabores que hacen de cada queso un producto especial.

1.6UBICACIÓN GEOGRÁFICA DEL ESTABLECIMIENTONuestra empresa se encuentra ubicada en el municipio de Facatativá… cerca de un tanque de almacenamiento de agua potable, donde tenemos los recursos necesarios para la fabricación de nuestro queso…Dirección: Calle 13S # 1, Facatativá, Cundinamarca, Colombia, a 1 hora y 7 minutos de nuestro lugar de capacitación INCAP

De Facatativá a la Calle 13S # 1, Facatativá, Cundinamarca, son 1.1km

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caminando son 15 minutos

De Facatativá a la Calle 13S # 1, Facatativá, Cundinamarca, son 1.1km caminando son 15 minutos

De Facatativá a la Calle 13S # 1, Facatativá, Cundinamarca, son 1.1km caminando son 15 minutos

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1.7FACTORES DE LA EMPRESA

1.7.1 Personas

Jenny MuñozGran capacidad de trabajo integración dinamismo excelente presencia experiencia laboral profesional contable de operación manual, aprende con rapidez y es colaboradora.

Alexandra MesaEs una persona responsable servicial con experiencia en la labor en el desarrollo de los objetos de producción venta de elementos gastronómicos, dinámica con y experiencia laboral para enfrentar desafíos superación personal.

Julye Espitia Persona dinámica servicial con buena presencia y con experiencia laboral persona responsable, puntual aspiraciones deseos de superación y metas basadas, experiencia en producción y trabajo en equipo.

Tatiana CamachoLíder, responsable buena presencia desarrolla objetivos y acepta sugerencias es una persona dinámica con metas experiencia profesional en gerencia conocimiento ventas y productos de consumo.

Sharon Barrios Persona responsable Capacidad de integración experiencia labor, trabajo en equipo optimiza recursos experiencia en venta, acepta sugerencias enfrenta desafíos plantea metas, y logros.

1.7.2 Capital

Tatiana Camacho aporto treinta millones de pesos ($30’000.000) en dinero para la empresa.

Julye Espitia aporto treinta millones de pesos ($30’000.000) en dinero para la empresa.

Alexandra Mesa aporto treinta millones de pesos ($30’000.000) en dinero para la empresa.

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Jenny Muñoz aporto treinta millones de pesos ($30’000.000) en dinero para la empresa.

Sharon Barrios aporto treinta millones de pesos ($30’000.000) en dinero para la empresa.

En total la empresa tiene un capital de ciento cincuenta millones de pesos ($150’000.000) para el desarrollo de la empresa.

1.7.3 Trabajo

ADMINISTRACION….Tatiana Camacho (GERENTE)

Se encarga de supervisar a los gerentes de área.

*Estar enterado de cualquier anomalía que suceda en negocio o empresa para

poder solucionarla.

*Atender las quejas de los empleados, clientes  y proveedores, por pequeñas

que sean.

*Encargarse de que se supla cualquier puesto si es necesario.

*Atender a los clientes especiales y promover el buen desarrollo y

funcionamiento de la empresa o negocio.

*Conocer cada una de las áreas y el funcionamiento de éstas.

*Fijar consignas de trabajo.

*Establecer los planes de desarrollo de la empresa o negocio.

Jenny muñoz (PRODUCCION)

*Medición del trabajo. *Métodos del trabajo. Ingeniería de producción.*Análisis y control de fabricación o manufactura. *Planeación y distribución de instalaciones. *Administración de salarios. *Higiene y seguridad industrial. Control de la producción y de los inventarios. *Control de Calidad.

Alexandra Mesa (CONTABLIDAD)

*Suministra la información contable necesaria a las autoridades. a los entes que la requieran sobre la situación financiera.

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*Dirige y controla la aplicación y ejecución del sistema general de contabilidad

*Dirige, supervisa y controla el proceso contable de las unidades bajo su responsabilidad.

*Presenta informe ante el Director de Administración para hacer observaciones y sugerencias sobre la marcha de las actividades contables.

*Verifica los comprobantes de ingreso y órdenes de pago.

*Mantiene la contabilidad al día, de acuerdo con las normas generales que al efecto le sean impartidas por el supervisor inmediato.

*Presenta, el balance del mes anterior.

*Planifica, coordina, controla y ejecuta anualmente y conjuntamente con la Unidad de Inventario, un inventario general de los bienes activos del patrimonio universitario, comprobando sus costos, existencia física y su localización.

*Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la organización.

*Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.

*Elabora informes periódicos de las actividades realizadas.

*Realiza cualquier otra tarea a fin que le sea asignada.

Julye Espitia (FINANZAS)

*Se encarga de activos fijos para la producción de bienes y servicios. Se encarga de Inventarios para garantizar la producción y las ventas.*Otros en cuentas por cobrar y en cajas o en valores negociables, para asegurar las transacciones y la liquidez necesaria.*El gerente financiero se responsabiliza por: * Determinar el monto apropiado de fondos que debe manejar la organización (su tamaño y su crecimiento).* Definir el destino de los fondos hacia activos específicos de manera eficiente.* Obtener fondos en las mejores condiciones posibles, determinando la composición de los pasivos.

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Sharon Barrios (TAENTO HUMANO)

Normas de empleo público

*Nómina y prestaciones sociales

*Derecho administrativo*Derecho laboral*Elaboración de planes, programas y Proyectos* Sistemas office y Windows, Outlook* Gestión pública*Plan de Desarrollo*Identificación, formulación, y preparación de Proyectos.

2. CONSTITUCIÓN Y LEGALIZACIÓN DE LA EMPRESA

2.1 TRÁMITES COMERCIALES2.1.1CERTIFICADO DE HOMONIMIA

Nombre de nuestra empresa QUESOLANDIA S.A.

Razón social

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MINUTA

QUESOLANDIA.S.A.CONSTITUCION DE SOCIEDAD ANONIMA

Otorgantes Comparecientes con Minuta

BARRIOS SHARON, mujer colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad e identificado con la cédula de ciudadanía 1018485357 expedida en Bogotá de estado civil soltero sin unión marital de hecho.

TATIANA CAMACHO, mujer colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad e identificado con la cédula de ciudadanía 1012356632 expedida en Bogotá de estado civil soltero sin unión marital de hecho.

JULYE ESPITIA, mujer colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad e identificado con la cédula de ciudadanía 53179202 expedida en Bogotá de estado civil soltero sin unión marital de hecho.

LAURA MEDALLO, mujer colombiano, menor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad e identificado con la cédula de ciudadanía 96112307556 expedida en Bogotá de estado civil soltero sin unión marital de hecho.

ALEXANDRA MESA, mujer colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente

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en esta ciudad e identificado con la cédula de ciudadanía 1078370185 expedida en Tenjo de estado civil soltero sin unión marital de hecho

YENNYMUÑOZ, mujer colombiano, mayor de edad, domiciliado y residente en esta ciudad e identificado con la cédula de ciudadanía 53177599 expedida en Bogotá de estado civil soltero sin unión marital de hecho quienes manifestaron: Que constituyen una sociedad comercial de tipo anónima que se regirá por los siguientes ESTATUTOS:(LA SOCIEDAD ANONIMA NO PUEDE CONSTITUIRSE NI FUNCIONAR CON MENOS DE CINCO SOCIOS).

ARTICULO PRIMERO.- NOMBRE Y CLASE.- La sociedad que se constituye mediante la presente escritura pública se denomina QUESOLANDIA .S.A, objeto social es el de Elaboración de quesos con sabores y especias

SOCIEDAD ANOMINA, por lo cual su régimen será el establecido en estos estatutos y lo no dispuesto en ellos en lo que determina la ley.

ARTICULO SEGUNDO.- NACIONALIDAD Y DOMICILIO.- La sociedad es de nacionalidad colombiana y su domicilio es Facatativá, Cundinamarca, República de Colombia, en la CALLE13 S# 1; pero en desarrollo de su objeto social y con la aprobación de la Junta Directiva podrá abrir sucursales, agencias, filiales o factorías en cualquiera otra ciudad del territorio nacional o en el exterior.

Dirección para notificaciones judiciales y administrativas: CALLE13 S# 1 Facatativá.

ARTÍCULO TERCERO.- DURACION.- La sociedad tendrá una duración de 10 años, contados a partir de la fecha de otorgamiento de la presente escritura pública, pero podrá disolverse y liquidarse antes de la expiración del término, si así lo resolviere la Asamblea General de Accionistas; en las mismas condiciones, podrá ser prorrogada su duración.1 año.

ARTICULO CUARTO.- OBJETO SOCIAL: El objeto principal de la sociedad ser Elaboración de quesos con sabores y especias.

En desarrollo o incremento de su objeto social la sociedad podrá ocuparse válidamente en los siguientes actos: elaboración y venta vender, ceder, arrendar, dar , recibir dinero en mutuo con o sin interés, girar títulos valores Y En general, desarrollar, impulsar o incrementar cualquier otra actividad lícita de comercio que tienda al mejor logro de su objeto social.

CAPITULO SEGUNDO. - CAPITAL, ACCIONES Y ACCIONISTASARTICULO QUINTO.- CAPITAL.- La sociedad tendrá un capital autorizado de $60.000.000 sesenta millones de pesos representado en 60.000.000 m/te

"...CAPITAL AUTORIZADO, SUSCRITO Y PAGADO. ARTÍCULO 376 DEL CÓDIGO DE COMERCIO: AL CONSTITUIRSE LA SOCIEDAD DEBERA SUSCRIBIRSE NO MENOS DE CINCUENTA POR CIENTO DEL CAPITAL

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AUTORIZADO Y PAGARSE NO MENOS DE LA TERCERA PARTE DEL VALOR DE CADA ACCION DE CAPITAL QUE SE SUSCRIBA. $25.000.000AL DARSE A CONOCER EL CAPITAL AUTORIZADO SE DEBERA INDICAR, A LA VEZ, LA CIFRA DEL CAPITAL SUSCRITO Y LA DEL PAGADO."

ARTÍCULO SEXTO.- ACCIONISTAS Y NÚMERO DE ACCIONES.- La distribución de las acciones y del capital inicial, suscrito y pagado es el siguiente:

ACCIONISTAS No. ACCIONES VALOR (6) (10.000.000) cada uno.

PARAGRAFO: El capital social podrá ser aumentado en cualquier momento por decisión de la Asamblea General de Accionistas con el voto favorable previsto en los presentes estatutos. El Presidente de la Junta Directiva de la sociedad queda expresamente facultado para efectuar la respectiva emisión de acciones.

CAPITULO TERCERO.- ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD.- ORGANOS SOCIALES.- ------

ARTICULO SEPTIMO.- ORGANOS DE ADMINISTRACION DE LA SOCIEDAD. - Son órganos de administración de la sociedad.

a. la Asamblea General de Accionistas, b. la Junta Directiva, c. el Gerente con su Suplente (gerente: Tatiana Camacho, sub gerente: Julye Espitia), y cuyas funciones se determinarán en los artículos siguientes.

ARTICULO OCTAVO.- DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS.- Son funciones de la Asamblea General de Accionistas, además de las señaladas en la ley, las siguientes:

1) Determinar las políticas de la Compañía para el cabal cumplimiento del objeto social.

2) Determinar las reservas que deban efectuarse en cada ejercicio contable, además de las legales.

3) Determinar las utilidades de la sociedad, los dividendos que correspondan a cada acción, su forma de pago, plazo, todo con arreglo a la ley y a los estatutos sociales.

4) Ordenar las acciones privadas o judiciales que deban seguirse contra los administradores de la sociedad, sus funcionarios, el Revisor Fiscal, cuando no cumplan con sus funciones, o cuando se extralimiten en las mismas o por sus actuaciones den lugar a ellas.

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5) Designar o remover libremente a los miembros de la Junta Directiva y al Revisor Fiscal.

6) Reformar los estatutos sociales. 7) Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que deban rendir los administradores.

8) Disponer que emisión de acciones ordinarias pueden ser colocadas sin sujeción al derecho de preferencia, para lo cual se requerirá el voto favorable de por lo menos el setenta y cinco por ciento (75%) de las acciones que intervengan en la respectiva Asamblea. 9) Determinar la prórroga del contrato social antes de su expiración o decretar su disolución y liquidación, todo lo cual con arreglo a la ley y a los estatutosARTICULO NOVENO.- QUORUM.- La Asamblea General de Accionistas, podrá deliberar con un número plural de socios que represente por lo menos la mitad más una de las acciones suscritas, las decisiones se tomarán por la mayoría de votos presentes en la respectiva sesión, salvo que ley o los estatutos tengan previsto un quórum especial.

ARTICULO DECIMO.- REUNIONES ORDINARIAS.- Las reuniones ordinarias de la Asamblea General de Accionistas, deberán convocarse por el representante legal para dentro de los tres (3) primeros meses de cada año, mediante carta dirigida a la dirección registrada por los accionistas con una antelación no inferior a quince (15) días hábiles a la fecha de la reunión.

PARAGRAFO.- Cuando los accionistas no fueren convocados, se reunirán por derecho propio el primer día hábil del mes de abril en la sede social a las diez de la mañana (10. A.M. -13P.M.).

REUNIONES EXTRAORDINARIAS: La Asamblea General de Accionistas podrá ser convocada a sesiones extraordinarias por la Junta Directiva, el Gerente, el Revisor Fiscal y, en los casos previstos por la Ley, por el Superintendente de Sociedades. Igualmente se reunirá a solicitud de un número plural de accionistas que representen por lo menos la quinta parte de las acciones suscritas, caso en el cual la citación se hará' por la Junta Directiva, el Gerente o el revisor fiscal. Los solicitantes podrían acudir al Superintendente para que este funcionario ordene efectuarla si quienes están obligados no cumplen con este deber. En las reuniones extraordinarias la Asamblea únicamente podrá tomar decisiones relacionadas con los temas previstos en el orden del día incluido en la convocatoria.- No obstante, con el voto favorable por lo menos la mitad más una de las acciones representadas, la Asamblea podrá ocuparse de otros temas una vez agotado el Orden del Día.

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ARTICULO DECIMO PRIMERO.- JUNTA DIRECTIVA.- Conformación y Período.- La Junta Directiva de la sociedad, será compuesta por el gerente y subgerente miembros principales y su período es de un (1) año, contado desde la fecha de constitución de la sociedad.

ARTICULO DECIMO SEGUNDO.- SESIONES.- La Junta Directiva deberá sesionar por lo menos una vez al mes (1) mes y a sus reuniones podrá asistir el Revisor Fiscal; en las reuniones actuará como Presidente el designado por la Junta Directiva y un Secretario nombrado en cada reunión, quienes suscribirán las actas correspondientes a cada reunión. La Junta Directiva deliberará y decidirá válidamente con la presencia y los votos de la mayoría absoluta de sus miembros y podrá ser convocada por su Presidente, por el representante legal, por el Revisor Fiscal o por dos (2) de sus miembros que actúen como principales.

Reuniones no Presenciales. 

Cada vez que los Socios puedan deliberar por cualesquiera medios de telecomunicaciones, las decisiones tomadas en las conferencias serán válidas y jurídicamente vinculantes.

Las deliberaciones por telecomunicaciones deberán ser siempre sucesivas o simultáneas. La evidencia de la telecomunicación y de las resoluciones pertinentes, como una confirmación por fax o correo electrónico, se incluirá en las actas respectivas, de conformidad con los requisitos establecidos en estos Estatutos.

ARTICULO DECIMO TERCERO.- FUNCIONES.- La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones:

1) Dirigir, planear y coordinar los programas generales a ejecutar en el desarrollo del objeto social.2) Diseñar, desarrollar y evaluar los sistemas de control de la sociedad.3) Dirigir y evaluar la gestión de los administradores.4) Elaborar su propio reglamento.5) Nombrar, remover, establecer funciones y fijar la remuneración del Gerente, y de su Suplente y de los demás funcionarios de la sociedad. 6) Decretar la apertura de sucursales o agencias de la sociedad, así como determinar las facultades de los administradores.7) Crear los cargos que considere convenientes para la buena marcha de la sociedad.8) Determinar la estructura de la sociedad y las funciones de cada una de sus dependencias.9) En general, ordenar que se ejecute o celebre cualquier acto o contrato comprendido dentro del objeto social y tomar las determinaciones

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necesarias en orden a que la sociedad cumpla sus fines.10) Las funciones que le determine en forma expresa la Asamblea General de Accionistas, órgano supremo de la sociedad.11) Asumir la representación legal en cabeza de su Presidente en las faltas absolutas, temporales o accidentales del Gerente y su Suplente, la cual deberá constar en la correspondiente acta.12) Establecer las políticas de Balances, Dividendos y reservas.13) Elaborar los reglamentos de emisión y colocación de acciones. 14) Todas las demás funciones no atribuidas expresamente a otro órgano.

ARTICULO DECIMO CUARTO.- REPRESENTACION LEGAL.- La Representación Legal de la sociedad estará a cargo del Gerente, quien tendrá un suplente, (de acuerdo a lo creado en los órganos de administración de la sociedad) que con las mismas facultades del titular, lo reemplazará en sus faltas absolutas, temporales o accidentales, sin necesidad de autorización alguna por parte de órgano distinto de la sociedad y serán designados para períodos de un (1) año, reelegibles por la Junta Directiva.

ARTICULO DECIMO QUINTO.- FUNCIONES.- El Gerente y su suplente, tendrán las siguientes funciones: (de acuerdo a lo creado en los órganos de administración de la sociedad).

1) Ejercer la representación legal de la sociedad, tanto judicial como extrajudicial.2) Dirigir, planear, organizar, establecer políticas y controlar las operaciones en el desarrollo del objeto social de la sociedad. 3) Ejecutar o celebrar todos los actos o contratos comprendidos dentro del giro ordinario de los negocios sociales, sin limitación en la cuantía.4) Nombrar y remover los empleados de la sociedad cuya designación no corresponda a la Asamblea General de Accionistas o a la Junta Directiva.5) Cumplir las órdenes del máximo órgano social y de la Junta Directiva, así como vigilar el funcionamiento de la sociedad e impartir las instrucciones que sean necesarias para la buena marcha de la misma.6) Rendir cuentas soportadas de su gestión, cuando se lo exija la Asamblea General de Accionistas o la Junta Directiva.7) Presentar a treinta y uno (31) de Diciembre de cada año, el balance de la sociedad y un estado de pérdidas y ganancias para su examen por parte de la Asamblea General de Accionistas.8) Las demás funciones que le señale la Asamblea General de Accionistas o la Junta Directiva.

CAPITULO CUARTO.- FISCALIZACION DE LA SOCIEDAD, BALANCES Y DERECHO DE PREFERENCIA EN LA NEGOCIACION DE ACCIONES. 

ARTICULO DECIMO SEXTO.- REVISOR FISCAL.- La sociedad tendrá un Revisor Fiscal con un suplente, quienes cumplirán las funciones establecidas en la Ley.

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ARTICULO DECIMO SEPTIMO.- ESTADOS FINANCIEROS.- Anualmente, a treinta y uno (31) de Diciembre, la sociedad elaborará un balance general de sus negocios, un inventario de sus bienes y un estado de pérdidas y ganancias que el Gerente de la sociedad presentará a los accionistas en la Asamblea General y que deberá ir suscrito por dicho funcionario, por un contador público y por el Revisor Fiscal de la sociedad.

PARAGRAFO. RESERVAS. - El 10% de las utilidades líquidas después de impuestos se apropiará como reserva legal hasta completar como mínimo una cantidad equivalente al capital suscrito. La Asamblea de Accionistas constituirá las reservas que considere convenientes con destinación específica.

ARTICULO DECIMO OCTAVO.- DERECHO DE PREFERENCIA EN LA NEGOCIACION DE ACCIONES.- Los accionistas que deseen enajenar sus acciones, en todo o en parte, deberán ofrecerlas en primer término a los demás accionistas a través del representante legal, quienes contarán con diez (10) días hábiles a partir de la fecha en la cual se les comunique la propuesta para aceptarla y podrán ser adquiridas en proporción a sus aportes.

CAPITULO QUINTO.- DISOLUCION, LIQUIDACION, CLAUSULA COMPROMISORIA, DESIGNACIONES.

ARTICULO DECIMO NOVENO.- DISOLUCION Y LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD.- La sociedad se disuelve por el acaecimiento de las causas legales o por decisión de la Asamblea General de Accionistas, tomada con anterioridad al vencimiento del término contractual; a partir de ese momento, la compañía entrará en estado de liquidación, conforme a la ley, para lo cual se procederá de acuerdo a las leyes vigentes, por un liquidador que tendrá un suplente con las mismas facultades del principal, en casos de falta absoluta, temporal o definitiva, quienes deberán seguir las instrucciones que para el efecto imparta la Asamblea General de Accionistas.

ARTICULO VIGESIMO.- DIFERENCIAS.- Los socios aceptan solucionar sus diferencias por trámite conciliatorio en la Notaría Diez y Nueve (19) de Bogotá. En el evento que la conciliación resulte fallida, se obligan a someter sus diferencias a la decisión de un tribunal arbitral, renunciando a hacer sus pretensiones ante los jueces, designando tres (3) árbitros, quienes podrán transigir y fallarán en equidad en un plazo máximo de ocho (8) días calendario.

ARTICULO VIGESIMO PRIMERO.- DESIGNACIONES.- Para el primer período se designan como miembros de la Junta Directiva a las siguientes personas: 

PRINCIPALES SUPLENTES

26

Nombre: TATIANA CAMACHO C.C: 1012356632 Nombre JULYE ESPITIA C.C. 53179202.

Las personas designadas, manifiestan aceptar los cargos de miembros principales, suplentes y de la Junta Directiva de la sociedad.

El revisor fiscal y su Suplente, así como el tercer suplente de la Junta Directiva, serán nombrados posteriormente mediante Acta que se inscribirá en la Cámara de Comercio (si es el caso).

ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO.- NORMA TRANSITORIA.- Para el primer período los accionistas designan como Gerente de la sociedad Alexandra)identificado con tarjeta de identidad 96112307556 expedida en Bogotáy como su Suplente a (YENNY MUÑOZ), identificada con cédula de ciudadanía YENNY MUÑOZ. Expedida en Bogotá Presentes: manifiestan que ACEPTAN los nombramientos.

27

2.1TRÁMITES COMERCIALES

TRAMITE COMERCIAL

TRAMITE QUE ES PARA QUE SIRVE DONDE SE TRAMITA FORMULARIO PRECIO OBLIGADA S/N

CERTIFICADO HOMONIMIA Es un certificado

para conocer si el nombre de la empresa que se va ha crear

existe camara de comercio gratuito $2.500 si

REGISTRO MERCNTILes un registro de matricula de los

comerciantes

es la identificacion del comerciante y su establecimiento camara de comercio gratuito $4300 +$394.000 +$103.000 si

MINUTA

es un borrador del documento legal, que hacen los socios con la informacion personal aportesy

formas de administracion

en este documento se pactan acuerdos importantes de la

empresa como lo son fechas para la entrega de balances e

inventarios representados de la sociedad entre otros

en la misma empresa/ notaria gratuito N/A si

PRE INSCRIPCION AL RIT

mecanismos de identificacion, ubicación y clasificacion de los contribuyentes del impuestode

industria y comercio

para presentar las declaraciones del impuesto de renta, IVA y

retencion en la fuente

secretaria de hacienda distrital /

camara de comercioSolicitud de facturacion gratuito si

REGISTRO LIBROS

son registros de actas de socios y asambleas de accionistas. Libros de socios accionistas

es para resguardad la informacion de la empresa

registrando todos los movimientos realizados teniendo en cuenta los

acuerdos que quedan en las actas camara de comercio

solicitud de registro de libros 10.700 si

28

2.2 TRÁMITES TRIBUTARIOS

TRAMITE TRIBUTARIO

registro unico tributarioregistro de informacion

tributaria

controla las funciones administrativas de forma veraz dependiendo de propiedades de

cada persona DIAN INSCRIPCION RUT gratuito si

registro de informacion tributario impuesto

es un impuesto que se paga para poder poner avisos y

tableros DIAN inscripcion de establecimieto gratuito si

autorizacion numeracion facturacion

es un documento establecido por la DIAN

Expedición de la resolución de autorización de numeración de facturación, a aquella persona o entidad con calidad de comerciante, o que ejerce profesiones liberales o presta servicios inherentes a estas, o enajena bienes productos de la actividad agrícola o ganadera o que, por cualquier otro motivo, la requiere para poder expedir factura o documento equivalente en las operaciones que realiza. DIAN

solicitud de facturacion gratuito si

2.3 TRÁMITES DE FUNCIONAMIENTO

29

TRAMITE DE FUNCIONAMIENTO

sayco y acimpro

el requistro del negocio (Código 104)

Personas Jurídicas regidas con normas de propiedad horizontal. Usuarios de la música en áreas

comunes. (categoria 1)

para poder utilizar musica en el establecimento,Personas

Jurídicas regidas con normas depropiedad horizontal. Usuarios

de la música enaéreas comunes. Ejemplo:

Centroscomerciales, Aeropuertos,

Edificiossayco y cimpro

organización OSA solicitud de visita

0,39 Tarifa baseDe acuerdo a la ubicación y la categoría. La totalidad de la base de datos de las tarifas

bases anivel nacional se encuentra en la Dirección

General si

uso de sueloses un permiso para poder

construir para ver la seguridad del terreno

cudrilla urbana de localidad secretaria

distrital de planeacion o(Única de la Secretaría de

Desarrollo Urbano y Vivienda ubicada en

Insurgentes ) solicitu $42.500 si

certificado de bomberoscertificacion que hace la UAE par riesgos contra insendios

para prevenir cualquier riesgo de insendios en locales,

comerciales, indutrias, edificos y viviendas

unidad administrativa

especial de cuerpo oficial de bomberos solicitud de visita $39.300 x cada establecimiento si

patentes y registros

registro de marcas de productos y servicios e inventos(La patente es un privilegio de exclusividad,

que otorga el Estado a un inventor o a su causahabiente)

y sirve para que por un período determinado, el inventor explote su creación en su

provecho, tanto para si mismo como para otros con su

consentimiento.superintendencia de industria y comercio solicitud

EL VALOR DE LA SOLICITUD DE PATENTE DE

INVENCIÓN ES DE $540.000 si

30

31

TRAMITE DEPENDIENDO DE LA ACTIVIDAD

ECONOMICA

manupulacion de alimentos

curso que deben tener las personas que tienen contacto

con alimentos

para tener un control estricto sobre el manejo adecuado a la

hora de preparcionen camis o hospitales solicitud N/A $ 10.000 / $ 18.000 si

concepto sanitario

es un requisito obligatoria para los establecimentos de

alimentos ( es una constancia, resultado de la evaluación técnica de las condiciones

sanitarias del establecimiento.)

para tener conocimentos sobre la reglas y leyes que se deben

tener en cuenta en la manipulacion de estos

en la alcaldia o la secretaria de salud solicitud gratuito si

habilitaciones

es un certificado llegal para medicos, odontologas, farmacias

y esticas

para tener una vigilancia estricta de que el

establecimientos cumpla con los requeistos según la ley

secretaria distrital de salud solicitud gratuito no

licencia ambientalautorización que otorga la

autoridad ambiental competente un permiso para la ejecución de

una obra o actividad,

ministerio del medio ambiente

solicitud

Derechos de Licencia Ambiental, los cuales están estipulados de acuerdo al valor del

proyecto así:De 0 a $976.072.500.00...0,6% De

$976.072.500.00 a $3.903.367.000.00.....0,5%

Más de $3.903.367.000.00...0,4%valor por hoja de la publicación del auto de

iniciación de trámites $8.970.00.Publicación de la resolución por la cual se aprueba o niega la concesión $8.970.00,

por hoja. si

certificado INVIMA un permiso sanitario

para la fabricación, importación, distribución, venta de cualquier producto que sea

consumido por el ser humano o que al contacto con el cuerpo pueda significar un riesgo para

la salud.

invima

solicitud $ 0 SI

32

2.4TRÁMITES DE ORDEN LABORALTRAMITE DE ORDEN

LABORALaporte del empleador aporte del empleado total

afiliacion saludes un requisito legal de toda

empresa

para proteger al trabajador y a su nucleo familiar ( le garantice la cobertura al plan obligatorio

de salud POS a través de una red prestadora de servicios de salud-

IPS.) EPS afiliacion 8.5% empleador4.O% si

afiliacion pensiones un requisito legal de toda

empresa

Es una prestación económica que reciben mensualmente los trabajadores, dependientes o

independientes, en el momento de su retiro laboral con base en

los aportes que hicieron a un fondo de Pensiones Obligatorias

durante su vida laboral.Puede ser de vejez, cuando se

recibe al término de las semanas, años cotizados y valor

acumulado en el fondo de pensiones; de invalidez, cuando se está incapacitado en más del

50% para laborar; o de sobrevivencia, cuando el

trabajador muere y la reciben quienes lo sobreviven.

fondo de penciones y cesantias afiliacion

12/ 4% (más un 1% adicional si el ingreso base de cotización es superior a 4 salarios mínimos mensuales vigentes y hasta 16 salarios mínimos) si

afiliacion de ARLAdministración de Riesgos

Laboralesprevención de Riesgos

Laborales SURA /MAPFRE

afiliacion De acuerdo a la tarifa de riesgos que tenga el empleado, varía de acuerdo al nivel 0.522% si

afiliacion a caja de compensacion

es un requisito legal de toda empresa

un documento que le ofrece múltiples servicios y posibilidades.

caja de compensacion afilicion 4% 4%

contrato de trabajoconvención entre el empleador

y el trabajadorpara recibir una remuneracion

por los servicios prestados en las empresas contrato de trabajo 0.0% 0.0%

reglamento de higiene y seguridad industrial documento de normas

permite establecer las medidas necesarias de prevención de los accidentes y enfermedades de

trabajo en las empresasreglamento de

higiene 0.0% si

33

REGLAMENTO DEHIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL

NOMBRE DE LA EMPRESA: QUESOLANDIA S.A

CIUDADDEPARTAMENTO

DIRECCION

TELEFONO

Facatativá Cundinamarca

Calle 13S # 1

310 3050610

De acuerdo con el Decreto 1295 de 1994 y el 1607 de 2002

A.R.PNúmero Póliza

Clase de Riesgo

PagoCódigo Actividad Económica

LIBERTY 1154 I 0.522 1660201Sucursales: No tiene      

PRESCRIBE EL SIGUIENTE REGLAMENTO CONTENIDO EN LOS SIGUIENTESTERMINOS:

ARTÍCULO 1.- La empresa se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una adecuada y oportuna prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 217, 220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9a. de 1979, Resolución 2400 de 1979, Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Resolución 1016 de 1989, Resolución 6398 de 1991, Decreto 1295 de 1994 y demás normas que con tal fin se establezcan.

ARTICULO 2.- La empresa se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional, de conformidad con lo establecido en el Decreto 614 de 1984, Resolución 2013 de 1986, Decreto 1295 de1994 y Resolución 1016 de 1989.

ARTÍCULO 3.- La empresa se compromete a destinar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes de conformidad con el programa de salud ocupacional, elaborada de acuerdo al Decreto 614 de 1984 y Resolución 1016 de 1989, el cual contempla como mínimo los siguientes aspectos:

a) Subprograma de medicina preventiva y del trabajo, Orientado a promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores, en todo los oficios, prevenir cualquier daño a su salud, ocasionado por las

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condiciones de trabajo, protegerlos en su empleo de los riesgos generados por la presencia de agentes y procedimientos nocivos, colocar y mantener al trabajador en una actividad acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicosociales.

b) Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial, dirigido a establecer las mejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientos que conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgos que se originen en los lugares de trabajo o que puedan ser causa de enfermedad, disconfort o accidente.

ARTÍCULO 4.- Los riesgos existentes en la empresa, están constituidos principalmente por:

1. RIESGOS FISICOSRuidoVibracionesRadiaciones no IonizantesRadiaciones ionizantesTemperaturas extremas (altas o bajas)IluminaciónPresión Anormal

2. RIESGOS QUIMICOSGasesVaporesAerosolesSólidosMaterial particuladoHumosLíquidosNieblas

3. RIESGOS BIOLOGICOS

4. RIESGO PSICOLABORALOrganizacionalSocialIndividualTarea

5. RIESGO ERGONOMICOHumosCarga EstáticaCarga DinámicaDiseño puesto de trabajoPeso y tamaño de objetos

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6. RIESGOS DE SEGURIDADMecánicoEléctricosLocativos

7. SANEAMIENTO BÁSICO AMBIENTAL

PARÁGRAFO.- A efecto que los riesgos contemplados en el presente Artículo, no se traduzca en accidente de trabajo o en enfermedad profesional, la empresa ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el programa de salud ocupacional de la empresa, el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella.

ARTÍCULO 5.- La empresa y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implantación de las actividades de medicina preventiva del trabajo, higiene y seguridad industrial, que sean concordantes con el presente Reglamento y con el programa de salud ocupacional de la empresa.

ARTÍCULO 6.- La empresa ha implantado un proceso de inducción del trabajador a las actividades que debe desempeñar, capacitándolo respecto a las medidas de prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a realizar.

ARTÍCULO 7.- Este reglamento permanecerá exhibido, en por lo menos dos lugares visibles de los locales de trabajo, junto con la Resolución aprobatoria, cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso.

ARTICULO 8.- El presente reglamento entra en vigencia a partir de la aprobación impartida por el MINISTERIO DE PROTECCION SOCIAL y durante el tiempo que la empresa conserve sin cambios sustanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación, tales como actividad económica, métodos de producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia.

DANENCY TATINANA CAMACHO MEJIANOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGALC.C. 1012356632 de BOGOTÁRepresentante Legal

36

3 .LA ADMINISTRACIÓN

3.1 TEORÍA ADMINISTRATIVA APLICADA AL PROYECTO

TEORIA CIENTIFICA DE TAYLOR

Usaremos los principios de la administración de Taylor PLANEACIÓN, PREPARACIÓN, CONTROL, EJECUCIÓN. PLANEACIÓN: Planearemos un método para identificar los objetivos y

como lograrlos. PREPARACIÓN: seleccionaremos a los mejores trabajadores los

capacitaremos para que den lo mejor de sí; así mismo prepararemos las maquinas equipos y herramientas de trabajo para el mejor funcionamiento de la empresa.

CONTROL: se controlara el trabajo para que todo se ejecute según las normas establecidas. He iremos de la mano con nuestro colaboradores para que todo sea un éxito.

EJECUCIÓN: distribuiremos de la mejor manera las responsabilidades a cada uno de los colaboradores para que la ejecución sea cada vez mejor.

PRINCIPIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE TAYLOR

PORQUÉ? Se llevara a cabo esta teoría científica de planeación, preparación, control y

ejecución Por qué planearemos el mejor método para identificar los objetivos y como

lograrlos. Prepararemos y capacitaremos a los trabajadores para que produzcan más y mejor.

Acondicionaremos las mejores máquinas y herramientas de trabajo. Controlaremos el trabajo para cerciorarnos de que se está llevando a cabo

las normas establecidas, iremos de la mano con los trabajadores para que la ejecución del trabajo sea mejor y distribuiremos diferencialmente las

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atribuciones a cada equipo de trabajo y direccionarlo para que la ejecución sea cada vez mejor.

TEORIA DE HENRRY FAYOL

Proponemos la teoría la teoría clásica de Henry Fayol.

Estructura que debe tener una organización para lograr la eficiencia.

FUNCIONES BÁSICAS DE LA EMPRESA Función técnica: la producción de bienes o servicios de la empresa. Funciones comerciales: la compra, venta o el intercambio. Función financiera: búsqueda y gerencia de capitales. Función de seguridad: protección y prevención de los bienes y personas. Función contable: los inventarios, los registros, los balances, los costos y

las estadísticas. Funciones administrativas: coordinan y sincronizan las demás funciones

de la empresa.

FUNCIONES ADMINISTRATIVAS Planear Organizar Dirigir Coordinar Controlar

PRINCIPIOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION División del trabajo Autoridad y responsabilidad Disciplina unidad de mando Unidad de dirección Orden Equidad Iniciativa Espíritu de equipo

PORQUE?

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Tomamos esta teoría porque con ella planearemos y organizaremos a nuestro empleados para que realicen un buen desempeño a nivel laboral demostrando sus mejores capacidades de trabajo en equipo y el orden demostrando así la calidad en nuestros productos.

TEORIA DEL COMPORTAMIENTO

Usaremos la teoría del comportamiento y dentro la de ella evaluaremos la teoría X y teoría Y que formulo Douglas Mcgregor: Vamos a comparar dos estilos de administrar: un estilo basado en la teoría tradicional, (teoría X), y el otro estilo basado en las concepciones modernas comportamiento humano (teoría Y).

TEORÍA X: Refleja un estilo de administración estricto, rígido y autocrático trabajen dentro de ciertos esquemas y estándares previamente planeados y organizados, es decir, representa un estilo de administración definido por la administración Taylor, por la teoría de Fayol y por la teoría Weber.

Supuestos de la Teoría X1. Las personas son perezosas e indolentes.2. Las personas rehúsen al trabajo.3. Las personas evaden la responsabilidad para sentirse más seguras.4. Las personas necesitan ser controladas y dirigidas.5. Las personas son ingenuas y no poseen iniciativa.

TEORÍA Y: Es la concepción moderna de la administración, de acuerdo con la teoría del comportamiento. La teoría Y propone un estilo de administración altamente participativo y democrático, basado en valores humanos y sociales, es el proceso de crear oportunidades, liberar potencialidades, remover obstáculos, impulsar el crecimiento intelectual y proporcionar orientación referente a los objetivos.

Supuestos de la Teoría Y1. Las personas se esfuerzan y les gusta estar ocupadas.2. El trabajo es una actividad tan natural como divertirse o descansar.3. Las personas buscan y aceptan responsabilidades y desafíos.4. Las personas pueden auto motivarse y auto dirigirse.

39

5. Las personas son creativas y competentes.

PORQUE?Tomaremos esta teoría del comportamiento porque utilizaremos la teoría Y ya que deseamos unos trabajadores más eficaces, más motivados por su trabajo, que están dispuestos a realizar y aceptar sus responsabilidades, y es una forma de democracia y así obtendremos una mejor productividad y una mejor calidad en el producto.

3.2 TÉCNICA ADMINISTRATIVA APLICADA AL PROYECTO

TECNICA DEL EMPOWERMENT

Quesolandia S.A. quiere trabajar aplicando la técnica del empowerment ya que esta se preocupa por el bienestar de todos los que conforman esta empresa.Para cada departamento designaremos un líder, su principal función será brindar seguridad, motivación, confianza, apoyo y respeto. Este líder se encargar de asesorar a los trabajadores frente a las funciones respectivas que tendrá que ejecutar para obtener un mejor desempeño laboral.Otra función del líder será recoger opiniones que contribuyan con el mejoramiento del producto, aportadas por los trabajadores. La empresa motivará a sus empleados cada dos meses con actividades recreativas elaboradas por la empresa y su personal, el objetivo es disminuir el estrés, crear un ambiente laboral sano a la hora de convivir.

Aumento de la flexibilidad de la organización y disminución de sus costos fijos.

JUST IN TIMEJusto a tiempo se escoge esta teoría este método ya que menos es más.Se puede producir lo necesario para cumplir las necesidades del cliente, reduciendo todo lo que nos implique desperdicio así eliminando la capacidad de almacenar logrando llegar justo a tiempo.

OUTSOURCING

40

Como aplicar el outsourcing en quesolandia s.a.

Que hace outsourcing en nuestra empresa: contratar y delegar a largo plazo procesos no críticos para nuestra empresa, a un proveedor altamente capacitado para conseguir una mayor efectividad….Usar outsourcing porque: Es más económico. Reducción y/o control del gasto de operación. Concentración de los negocios y disposición más apropiada de los fondos de capital debido a la reducción o no uso de los mismos en funciones no relacionadas con la razón de ser de la compañía. Acceso al dinero efectivo. Se puede incluir la transferencia de los activos del cliente al proveedor. Manejo más fácil de las funciones difíciles o que están fuera de control. Disposición de personal altamente capacitado. Mayor eficiencia.

Sus ventajas: Permite a la empresa responder con rapidez a los cambios del entorno. Incremento en los puntos fuertes de la empresa. Incrementa el compromiso hacia un tipo específico de tecnología que

permite mejorar el tiempo de entrega y la calidad de la información para las decisiones críticas.

Permite a la empresa poseer lo mejor de la tecnología sin la necesidad de entrenar personal de la organización para manejarla.

Permite disponer de servicios de información en forma rápida considerando las presiones competitivas.

Aplicación de talento y los recursos de la organización a las áreas claves.

4. PLANEACIÓN4.1 PLANEACIÓN ESTRATÉGICA

4.1.1 Misión

MISIÓN

Nuestra empresa se dedica a producir alimentos lácteos que permiten una sana alimentación ya que son elaborados a base de productos naturales.

.

4.1.2 Visión

41

VISIÓN

Seremos el mejor el producto en el mercado, marcando siempre la diferencia, manteniendo un alto nivel de exigencia para garantizar la calidad, y de tal manera posesionarnos y consolidarnos en el mercado a nivel nacional e internacional, contribuyendo al desarrollo del país.

4.1.3 Objetivos

Objetivos

Obtener $ 250.000.000 en ventas anualmente

Estrategia: extendernos en toda la ciudad

Táctica: Ubicar zonas de ventas Muestras gratis Catálogos Contratos de promotoresContrato de camiones

Expandirnos en otras ciudades

Estrategia: Buscar vendedores

Tácticas:Ubicar zonas de ventas Evaluarlos ControlarlosCapacitar vendedoresDarles metas Darles zonasCatálogosCanales de Tienda a Tienda

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Innovar en nuevos productos en 5%

Estrategia:Lanzar nuevos productos al mercado

Tácticas:Utilizar nuevas tecnologías para elaboración Capacitar al personalInvestigación del mercadoEnviar impulsadores a los almacenes de cadena

Aumentar la productividad en un 20%

Estrategia:Crear un canal con los clientes que lleve al mejoramiento del producto

Tácticas:EncuestasVisitasControl de calidadCapacitación de los operariosEstudio de mercado a los clientes

Producir materia prima

Estrategias:Comprar negocio al proveedor

Tácticas:Estudios de negocios Ubicar posibles proveedores

.

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4.1.4 Reglamento interno de trabajo

REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

CAPÍTULO I

ART. 1º—El presente reglamento interno de trabajo prescrito por la empresa QUSOLANDIA S.A domiciliada Calle 13S # 1 en Facatativá en el departamento de Cundinamarca y a sus disposiciones quedan sometidas tanto la empresa como todos sus trabajadores. Este reglamento hace parte de los contratos individuales de trabajo, celebrados o que se celebren con todos los trabajadores, salvo estipulaciones en contrario, que sin embargo sólo pueden ser favorables al trabajador.

CAPÍTULO IICondiciones de admisión

ART. 2º—Quien aspire a desempeñar un cargo en la empresa QUESOLANDIA S.A debe hacer la solicitud por escrito para su registro como aspirante y acompañar los siguientes documentos:a) Cédula de ciudadanía o tarjeta de identidad según sea el caso.

b) Autorización escrita del Ministerio de la Protección Social o en su defecto la primera autoridad local, a solicitud de los padres y, a falta de estos, el defensor de familia, cuando el aspirante sea menor de dieciocho (18) años.

c) Certificado del último empleador con quien haya trabajado en que conste el tiempo de servicio, la índole de la labor ejecutada y el salario devengado.

d) Certificado de personas honorables sobre su conducta y capacidad y en su caso del plantel de educación donde hubiere estudiado.

PAR.—El empleador podrá establecer en el reglamento, además de los documentos mencionados, todos aquellos que considere necesarios para admitir o no admitir al aspirante sin embargo, tales exigencias no deben incluir documentos, certificaciones o datos prohibidos expresamente por las normas jurídicas para tal efecto así, es prohibida la exigencia de la inclusión en formatos o cartas de solicitud de empleo “datos acerca del estado civil de las personas, número de hijos que tenga, la religión que profesan o el partido político al cual pertenezca” (L. 13/72, art. 1º); lo mismo que la exigencia de la prueba de gravidez para las mujeres, solo que se trate de actividades catalogadas como de alto riesgo (art. 43,

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C.N., arts. 1º y 2º, Convenio Nº 111 de la OIT, Res. 3941/94 del Ministerio de trabajo), el examen de sida (D.R. 559/91, art. 22), ni la libreta militar (D. 2150/95, art. 111).

Período de pruebaART. 3º—La empresa una vez admitido el aspirante podrá estipular con él un período inicial de prueba que tendrá por objeto apreciar por parte de la empresa, las aptitudes del trabajador y por parte de este, las conveniencias de las condiciones de trabajo (CST, art. 76).

ART. 4º—El período de prueba debe ser estipulado por escrito y en caso contrario los servicios se entienden regulados por las normas generales del contrato de trabajo (CST, art. 77, num. 1º).

ART. 5º—El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses. En los contratos de trabajo a término fijo, cuya duración sea inferior a 1 año, el período de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos meses.

Cuando entre un mismo empleador y trabajador se celebren contratos de trabajo sucesivos, no es válida la estipulación del período de prueba, salvo para el primer contrato (L. 50/90, art. 7º).

ART. 6º—Durante el período de prueba, el contrato puede darse por terminado unilateralmente en cualquier momento y sin previo aviso, pero si expirado el período de prueba y el trabajador continuare al servicio del empleador, con consentimiento expreso o tácito, por ese solo hecho, los servicios prestados por aquel a este, se considerarán regulados por las normas del contrato de trabajo desde la iniciación de dicho período de prueba. Los trabajadores en período de prueba gozan de todas las prestaciones (CST, art. 80).

CAPÍTULO IIITrabajadores accidentales o transitorios

ART. 7º—Son meros trabajadores accidentales o transitorios, los que se ocupen en labores de corta duración no mayor de un mes y de índole distinta a las actividades normales de la empresa. Estos trabajadores tienen derecho, además del salario, al descanso remunerado en dominicales y festivos (CST, art. 6º).

CAPÍTULO IVHorario de trabajo

ART. 8º—Las horas de entrada y salida de los trabajadores son las que a continuación se expresan así:Días laborables. (Ejemplo: los días laborables para el personal administrativo son de lunes a sábado medio día y para el personal operativo de lunes a domingo).

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EjemplosPersonal administrativoLunes a viernesMañana:8:00 a.m. a 12:00 m.Hora de almuerzo:12:00 m. a 1:00 p.m.Tarde:1:00 p.m. a 5:00 p.m.SábadoHora de entrada:Hora de salida:Con períodos de descanso de diez minutos en cada turno de tales a tales horas.Personal operativo: Único turno:7:00 a.m. a 2:00 p.m.Con períodos de descanso de diez minutos.

PAR.—Para las empresas que laboran el día domingo. Por cada domingo o festivo trabajado se reconocerá un día compensatorio remunerado a la semana siguiente.

PAR. 1º—Cuando la empresa tenga más de cincuenta (50) trabajadores que laboren cuarenta y ocho (48) horas a la semana, estos tendrán derecho a que dos (2) horas de dicha jornada, por cuenta del empleador, se dediquen exclusivamente a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación (L. 50/90, art. 21).

PAR. 2º—Jornada laboral flexible. (L. 789/2002, art. 51) Modificó el inciso primero del literal C), incluyó el d) artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.

c) El empleador y el trabajador pueden acordar temporal o indefinidamente la organización de turnos de trabajo sucesivos, que permitan operar a la empresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana.

d) El empleador y el trabajador podrán acordar que la jornada semanal de cuarenta y ocho (48) horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana con un día de descanso obligatorio, que podrá coincidir con el domingo. En este, el número de horas de trabajo diario podrá repartirse de manera variable durante la respectiva semana y podrá ser de mínimo cuatro (4) horas continuas y hasta diez (10) horas diarias sin lugar a ningún recargo por trabajo suplementario, cuando el número de horas de trabajo no exceda el promedio de cuarenta y ocho (48) horas semanales dentro de la jornada ordinaria de 6 a.m. a 10 p.m. (L. 789/2002, art. 51).

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CAPÍTULO VLas horas extras y trabajo nocturno

ART. 9º—Trabajo ordinario y nocturno. Artículo 25 Ley 789 de 2002 que modificó el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo quedará así:

1. Trabajo ordinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.).

2. Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.). y las seis horas (6:00 a.m.).

ART. 10.—Trabajo suplementario o de horas extras es el que se excede de la jornada ordinaria y en todo caso el que excede la máxima legal (CST, art. 159).

ART. 11.—El trabajo suplementario o de horas extras, a excepción de los casos señalados en el artículo 163 del Código Sustantivo del Trabajo, sólo podrá efectuarse en dos (2) horas diarias y mediante autorización expresa del Ministerio de la Protección Social o de una autoridad delegada por este (D. 13/67, art. 1º).

ART. 12.—Tasas y liquidación de recargos.1. El trabajo nocturno, por el solo hecho de ser nocturno se remunera con un recargo del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno, con excepción del caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales prevista en el artículo 20 literal c) de la Ley 50 de 1990.

2. El trabajo extra diurno se remunera con un recargo del veinticinco por ciento (25%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

3. El trabajo extra nocturno se remunera con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno.

4. Cada uno de los recargos antedichos se produce de manera exclusiva, es decir, sin acumularlo con alguno otro (L. 50/90, art. 24).

PAR.—La empresa podrá implantar turnos especiales de trabajo nocturno, de acuerdo con lo previsto por el Decreto 2352 de 1965.

ART. 13.—La empresa no reconocerá trabajo suplementario o de horas extras sino cuando expresamente lo autorice a sus trabajadores de acuerdo con lo establecido para tal efecto en el artículo 11 de este reglamento.

PAR. 1º—En ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder de dos (2) horas diarias y doce (12) semanales.

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PAR. 2º—Descanso en día sábado. Pueden repartirse las cuarenta y ocho (48) horas semanales de trabajo ampliando la jornada ordinaria hasta por dos horas, por acuerdo entre las partes, pero con el fin exclusivo de permitir a los trabajadores el descanso durante todo el sábado. Esta ampliación no constituye trabajo suplementario o de horas extras.

CAPÍTULO VIDías de descanso legalmente obligatorios

ART. 14.—Serán de descanso obligatorio remunerado, los domingos y días de fiesta que sean reconocidos como tales en nuestra legislación laboral.

1. Todo trabajador, tiene derecho al descanso remunerado en los siguientes días de fiesta de carácter civil o religioso: 1º de enero, 6 de enero, 19 de marzo, 1º de mayo, 29 de junio, 20 de julio, 7 de agosto, 15 de agosto, 12 de octubre, 1º de noviembre, 11 de noviembre, 8 y 25 de diciembre, además de los días jueves y viernes santos, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús.

2. Pero el descanso remunerado del seis de enero, diecinueve de marzo, veintinueve de junio, quince de agosto, doce de octubre, primero de noviembre, once de noviembre, Ascensión del Señor, Corpus Christi y Sagrado Corazón de Jesús, cuando no caigan en día lunes se trasladarán al lunes siguiente a dicho día. Cuando las mencionadas festividades caigan en domingo, el descanso remunerado, igualmente se trasladará al lunes.

3. Las prestaciones y derechos que para el trabajador originen el trabajo en los días festivos, se reconocerá en relación al día de descanso remunerado establecido en el inciso anterior (L. 51, art. 1º, dic. 22/83).

PAR. 1º—Cuando la jornada de trabajo convenida por las partes, en días u horas, no implique la prestación de servicios en todos los días laborables de la semana, el trabajador tendrá derecho a la remuneración del descanso dominical en proporción al tiempo laborado (L. 50/90, art. 26, num. 5º).

PAR. 2º—Labores agropecuarias. Los trabajadores de empresas agrícolas, forestales y ganaderas que ejecuten actividades no susceptibles de interrupción, deben trabajar los domingos y días de fiesta remunerándose su trabajo en la forma prevista en el artículo 25 de la Ley 789 de 2002 y con derecho al descanso compensatorio (L. 50/90, art. 28).

PAR. 3º—Trabajo dominical y festivo. (L. 789/2002, art. 26) modificó artículo 179 del Código Sustantivo del Trabajo.

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1. El trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

2. Si con el domingo coincide otro día de descanso remunerado sólo tendrá derecho el trabajador, si trabaja, al recargo establecido en el numeral anterior.

3. Se exceptúa el caso de la jornada de treinta y seis (36) horas semanales previstas en el artículo 20 literal c) de la Ley 50 de 1990 (L. 789/2002, art. 26).

PAR. 3.1.—El trabajador podrá convenir con el empleador su día de descanso obligatorio el día sábado o domingo, que será reconocido en todos sus aspectos como descanso dominical obligatorio institucionalizado.

Interprétese la expresión dominical contenida en el régimen laboral en este sentido exclusivamente para el efecto del descanso obligatorio.

Las disposiciones contenidas en los artículos 25 y 26 de la Ley 789 del 2002 se aplazarán en su aplicación frente a los contratos celebrados antes de la vigencia de la presente ley hasta el 1º de abril del año 2003.

Aviso sobre trabajo dominical. Cuando se tratare de trabajos habituales o permanentes en domingo, el empleador debe fijar en lugar público del establecimiento, con anticipación de 12 horas lo menos, la relación del personal de trabajadores que por razones del servicio no pueden disponer el descanso dominical. En esta relación se incluirán también el día y las horas de descanso compensatorio (CST, art. 185).

ART. 15.—El descanso en los días domingos y los demás días expresados en el artículo 21 de este reglamento, tiene una duración mínima de 24 horas, salvo la excepción consagrada en el literal c) del artículo 20 de la Ley 50 de 1990 (L. 50/90, art. 25).

ART. 16.—Cuando por motivo de fiesta no determinada en la Ley 51 del 22 de diciembre de 1983, la empresa suspendiere el trabajo, está obligada a pagarlo como si se hubiere realizado. No está obligada a pagarlo cuando hubiere mediado convenio expreso para la suspensión o compensación o estuviere prevista en el reglamento, pacto, convención colectiva o fallo arbitral. Este trabajo compensatorio se remunerará sin que se entienda como trabajo suplementario o de horas extras (CST, art. 178).

Vacaciones remuneradasART. 17.—Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un (1) año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas (CST, art. 186, num. 1º).

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ART. 18.—La época de vacaciones debe ser señalada por la empresa a más tardar dentro del año subsiguiente y ellas deben ser concedidas oficiosamente o a petición del trabajador, sin perjudicar el servicio y la efectividad del descanso.

El empleador tiene que dar a conocer al trabajador con 15 días de anticipación la fecha en que le concederán las vacaciones (CST, art. 187).

ART. 19.—Si se presenta interrupción justificada en el disfrute de las vacaciones, el trabajador no pierde el derecho a reanudarlas (CST, art. 188).

ART. 20.—Se prohíbe compensar las vacaciones en dinero, pero el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social puede autorizar que se pague en dinero hasta la mitad de ellas en casos especiales de perjuicio para la economía nacional o la industria; cuando el contrato termina sin que el trabajador hubiere disfrutado de vacaciones, la compensación de estas en dinero procederá por un año cumplido de servicios y proporcionalmente por fracción de año. En todo caso para la compensación de vacaciones, se tendrá como base el último salario devengado por el trabajador (CST, art. 189).

ART. 21.—En todo caso, el trabajador gozará anualmente, por lo menos de seis (6) días hábiles continuos de vacaciones, los que no son acumulables.Las partes pueden convenir en acumular los días restantes de vacaciones hasta por 2 años.

La acumulación puede ser hasta por 4 años, cuando se trate de trabajadores técnicos, especializados, y de confianza (CST, art. 190).

ART. 22.—Durante el período de vacaciones el trabajador recibirá el salario ordinario que esté devengando el día que comience a disfrutar de ellas. En consecuencia, sólo se excluirán para la liquidación de las vacaciones el valor del trabajo en días de descanso obligatorio y el valor del trabajo suplementario o de horas extras. Cuando el salario sea variable, las vacaciones se liquidarán con el promedio de lo devengado por el trabajador en el año inmediatamente anterior a la fecha en que se concedan.

ART. 23.—Todo empleador llevará un registro de vacaciones en el que se anotará la fecha de ingreso de cada trabajador, fecha en que toma sus vacaciones, en que las termina y la remuneración de las mismas (D. 13/67, art. 5º).

PAR.—En los contratos a término fijo inferior a un (1) año, los trabajadores tendrán derecho al pago de vacaciones en proporción al tiempo laborado cualquiera que este sea (L. 50/90, art. 3º, par.).

Permisos

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ART. 24.—La empresa concederá a sus trabajadores los permisos necesarios para el ejercicio del derecho al sufragio y para el desempeño de cargos oficiales transitorios de forzosa aceptación, en caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada, para concurrir en su caso al servicio médico correspondiente, para desempeñar comisiones sindicales inherentes a la organización y para asistir al entierro de sus compañeros, siempre que avisen con la debida oportunidad a la empresa y a sus representantes y que en los dos últimos casos, el número de los que se ausenten no sea tal, que perjudiquen el funcionamiento del establecimiento. La concesión de los permisos antes dichos estará sujeta a las siguientes condiciones:

En caso de grave calamidad doméstica, la oportunidad del aviso puede ser anterior o posterior al hecho que lo constituye o al tiempo de ocurrir este, según lo permitan las circunstancias.

En caso de entierro de compañeros de trabajo, el aviso puede ser hasta con un día de anticipación y el permiso se concederá hasta el 10% de los trabajadores.

En los demás casos (sufragio, desempeño de cargos transitorios de forzosa aceptación y concurrencia al servicio médico correspondiente) el aviso se hará con la anticipación que las circunstancias lo permitan. Salvo convención en contrario y a excepción del caso de concurrencia al servicio médico correspondiente, el tiempo empleado en estos permisos puede descontarse al trabajador o compensarse con tiempo igual de trabajo efectivo en horas distintas a su jornada ordinaria, a opción de la empresa (CST, art. 57, num. 6º).

CAPÍTULO VIISalario mínimo, convencional, lugar, días, horas de pagos y períodos que lo

regulan

ART. 25.—Formas y libertad de estipulación:

1. El empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades como por unidad de tiempo, por obra, o a destajo y por tarea, etc., pero siempre respetando el salario mínimo legal o el fijado en los pactos, convenciones colectivas y fallos arbitrales.

2. No obstante lo dispuesto en los artículos 13, 14, 16, 21 y 340 del Código Sustantivo del Trabajo y las normas concordantes con estas, cuando el trabajador devengue un salario ordinario superior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales, valdrá la estipulación escrita de un salario que además de retribuir el trabajo ordinario, compense de antemano el valor de prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario o al dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus

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intereses, subsidios y suministros en especie; y, en general, las que se incluyan en dicha estipulación, excepto las vacaciones.

En ningún caso el salario integral podrá ser inferior al monto de 10 salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional correspondiente a la empresa que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) de dicha cuantía.

3. Este salario no estará exento de las cotizaciones a la seguridad social, ni de los aportes al SENA, ICBF, y cajas de compensación familiar, pero la base para efectuar los aportes parafiscales es el setenta por ciento (70%).

4. El trabajador que desee acogerse a esta estipulación, recibirá la liquidación definitiva de su auxilio de cesantía y demás prestaciones sociales causadas hasta esa fecha, sin que por ello se entienda terminado su contrato de trabajo (L. 50/90, art. 18).

ART. 26.—Se denomina jornal el salario estipulado por días y sueldo, el estipulado con períodos mayores (CST, art. 133).

ART. 27.—Salvo convenio por escrito, el pago de los salarios se efectuará en el lugar en donde el trabajador presta sus servicios durante el trabajo, o inmediatamente después del cese (CST, art. 138, num. 1º).Períodos de pago:Ejemplo: quincenales mensuales (uno de los dos o los dos).

ART. 28.—El salario se pagará al trabajador directamente o a la persona que él autorice por escrito así:

1. El salario en dinero debe pagarse por períodos iguales y vencidos. El período de pago para los jornales no puede ser mayores de una semana, y para sueldos no mayor de un mes.

2. El pago del trabajo suplementario o de horas extras y el recargo por trabajo nocturno debe efectuarse junto con el salario ordinario del período en que se han causado o a más tardar con el salario del período siguiente (CST, art. 134).

CAPÍTULO VIIIServicio médico, medidas de seguridad, riesgos profesionales, primeros auxilios

en caso de accidentes de trabajo, normas sobre labores en orden a la mayor higiene, regularidad y seguridad en el trabajo

ART. 29.—Es obligación del empleador velar por la salud, seguridad e higiene de los trabajadores a su cargo. Igualmente, es su obligación garantizar los recursos necesarios para implementar y ejecutar actividades permanentes en medicina preventiva y del trabajo, y en higiene y seguridad industrial, de conformidad al

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programa de salud ocupacional, y con el objeto de velar por la protección integral del trabajador.

ART. 30.—Los servicios médicos que requieran los trabajadores se prestarán por el Instituto de Seguros Sociales o EPS, ARP, a través de la IPS a la cual se encuentren asignados. En caso de no afiliación estará a cargo del empleador sin perjuicio de las acciones legales pertinentes.

ART. 31.—Todo trabajador dentro del mismo día en que se sienta enfermo deberá comunicarlo al empleador, su representante o a quien haga sus veces el cual hará lo conducente para que sea examinado por el médico correspondiente a fin de que certifique si puede continuar o no en el trabajo y en su caso determine la incapacidad y el tratamiento a que el trabajador debe someterse. Si este no diere aviso dentro del término indicado o no se sometiere al examen médico que se haya ordenado, su inasistencia al trabajo se tendrá como injustificada para los efectos a que haya lugar, a menos que demuestre que estuvo en absoluta imposibilidad para dar el aviso y someterse al examen en la oportunidad debida.

ART. 32.—Los trabajadores deben someterse a las instrucciones y tratamiento que ordena el médico que los haya examinado, así como a los exámenes y tratamientos preventivos que para todos o algunos de ellos ordena la empresa en determinados casos. El trabajador que sin justa causa se negare a someterse a los exámenes, instrucciones o tratamientos antes indicados, perderá el derecho a la prestación en dinero por la incapacidad que sobrevenga a consecuencia de esa negativa.

ART. 33.—Los trabajadores deberán someterse a todas las medidas de higiene y seguridad que prescriban las autoridades del ramo en general, y en particular a las que ordene la empresa para prevención de las enfermedades y de los riesgos en el manejo de las máquinas y demás elementos de trabajo especialmente para evitar los accidentes de trabajo.

PAR.—El grave incumplimiento por parte del trabajador de las instrucciones, reglamentos y determinaciones de prevención de riesgos, adoptados en forma general o específica, y que se encuentren dentro del programa de salud ocupacional de la respectiva empresa, que la hayan comunicado por escrito, facultan al empleador para la terminación del vínculo o relación laboral por justa causa, tanto para los trabajadores privados como los servidores públicos, previa autorización del Ministerio de la Protección Social, respetando el derecho de defensa (D. 1295/94, art. 91).

ART. 34.—En caso de accidente de trabajo, el jefe de la respectiva dependencia, o su representante, ordenará inmediatamente la prestación de los primeros auxilios, la remisión al médico y tomará todas las medidas que se consideren necesarias y suficientes para reducir al mínimo, las consecuencias del accidente,

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denunciando el mismo en los términos establecidos en el Decreto 1295 de 1994 ante la EPS y la ARP.

ART. 35.—En caso de accidente no mortal, aun el más leve o de apariencia insignificante, el trabajador lo comunicará inmediatamente al empleador, a su representante o a quien haga sus veces, para que se provea la asistencia médica y tratamiento oportuno según las disposiciones legales vigentes, indicará, las consecuencias del accidente y la fecha en que cese la incapacidad.

ART. 36.—Todas las empresas y las entidades administradoras de riesgos profesionales deberán llevar estadísticas de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales para lo cual deberán en cada caso determinar la gravedad y la frecuencia de los accidentes de trabajo o de las enfermedades profesionales de conformidad con el reglamento que se expida.

Todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que ocurra en una empresa o actividad  económica, deberá ser informado por el empleador a la entidad administradora de riesgos profesionales y a la entidad promotora de salud, en forma simultánea, dentro de los dos días hábiles siguientes de ocurrido el accidente o diagnosticada la enfermedad.

ART. 37.—En todo caso, en lo referente a los puntos de que trata este capítulo, tanto la empresa como los trabajadores, se someterán a las normas de riesgos profesionales del Código Sustantivo del Trabajo, a la Resolución 1016 de 1989 expedida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y las demás que con tal fin se establezcan. De la misma manera ambas partes están obligadas a sujetarse al Decreto-Ley 1295 de 1994, y la Ley 776 del 17 de diciembre de 2002, del sistema general de riesgos profesionales, de conformidad con los términos estipulados en los preceptos legales pertinentes y demás normas concordantes y reglamentarias antes mencionadas.

CAPÍTULO IXPrescripciones de orden

ART. 38.—Los trabajadores tienen como deberes los siguientes:a) Respeto y subordinación a los superiores.b) Respeto a sus compañeros de trabajo.c) Procurar completa armonía con sus superiores y compañeros de trabajo en las relaciones personales y en la ejecución de labores.d) Guardar buena conducta en todo sentido y obrar con espíritu de leal colaboración en el orden moral y disciplina general de la empresa.e) Ejecutar los trabajos que le confíen con honradez, buena voluntad y de la mejor manera posible.f) Hacer las observaciones, reclamos y solicitudes a que haya lugar por conducto del respectivo superior y de manera fundada, comedida y respetuosa.g) Recibir y aceptar las órdenes, instrucciones y correcciones relacionadas con el

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trabajo, con su verdadera intención que es en todo caso la de encaminar y perfeccionar los esfuerzos en provecho propio y de la empresa en general.h) Observar rigurosamente las medidas y precauciones que le indique su respectivo jefe para el manejo de las máquinas o instrumentos de trabajo.i) Permanecer durante la jornada de trabajo en el sitio o lugar en donde debe desempeñar las labores siendo prohibido salvo orden superior, pasar al puesto de trabajo de otros compañeros.

CAPÍTULO XOrden jerárquico

ART. 39.—El orden jerárquico de acuerdo con los cargos existentes en la empresa, es el siguiente: Ejemplo: gerente general, subgerente, director financiero, director talento humano director de operaciones, director comercial y director de calidad.

PAR.—De los cargos mencionados, tienen facultades para imponer sanciones disciplinarias a los trabajadores de la empresa: Ejemplo: el gerente y el director de talento humano.

CAPÍTULO XILabores prohibidas para mujeres y menores

ART. 40.—Queda  prohibido emplear a los menores de dieciocho (18) años y a las mujeres en trabajo de pintura industrial, que entrañen el empleo de la cerusa, del sulfato de plomo o de cualquier otro producto que contenga dichos pigmentos. Las mujeres sin distinción de edad y los menores de dieciocho (18) años no pueden ser empleados en trabajos subterráneos de las minas ni en general trabajar en labores peligrosas, insalubres o que requieran grandes esfuerzos (CST, art. 242, ords. 2º y 3º).

ART. 41.—Los menores no podrán ser empleados en los trabajos que a continuación se enumeran, por cuanto suponen exposición severa a riesgos para su salud o integridad física:1. Trabajos que tengan que ver con sustancias tóxicas o nocivas para la salud.2. Trabajos a temperaturas anormales o en ambientes contaminados o con insuficiente ventilación.3. Trabajos subterráneos de minería de toda índole y en los que confluyen agentes nocivos, tales como contaminantes, desequilibrios térmicos, deficiencia de oxígeno a consecuencia de la oxidación o la gasificación.4. Trabajos donde el menor de edad está expuesto a ruidos que sobrepasen ochenta (80) decibeles.5. Trabajos donde se tenga que manipular con sustancias radiactivas, pinturas luminiscentes, rayos X, o que impliquen exposición a radiaciones ultravioletas, infrarrojas y emisiones de radiofrecuencia.6. Todo tipo de labores que impliquen exposición a corrientes eléctricas de alto voltaje.

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7. Trabajos submarinos.8. Trabajo en basurero o en cualquier otro tipo de actividades donde se generen agentes biológicos patógenos.9. Actividades que impliquen el manejo de sustancias explosivas, inflamables o cáusticas.10. Trabajos en pañoleros o fogoneros, en los buques de transporte marítimo.11. Trabajos en pintura industrial que entrañen el empleo de la cerusa, del sulfato de plomo o de cualquier otro producto que contenga dichos elementos.12. Trabajos en máquinas esmeriladoras, afilado de herramientas, en muelas abrasivas de alta velocidad y en ocupaciones similares.13. Trabajos en altos hornos, horno de fundición de metales, fábrica de acero, talleres de laminación, trabajos de forja, y en prensa pesada de metales.14. Trabajos y operaciones que involucren la manipulación de cargas pesadas.15. Trabajos relacionados con cambios de correas de transmisión, aceite, engrasado y otros trabajos próximos a transmisiones pesadas o de alta velocidad.16. Trabajos en cizalladoras, cortadoras, laminadoras, tornos, fresadoras, troqueladoras, otras máquinas particularmente peligrosas.17. Trabajos de vidrio y alfarería, trituración y mezclado de materia prima, trabajo de hornos, pulido y esmerilado en seco de vidriería, operaciones de limpieza por chorro de arena, trabajo en locales de vidriado y grabado, trabajos en la industria cerámica.18. Trabajo de soldadura de gas y arco, corte con oxígeno en tanques o lugares confinados, en andamios o en molduras precalentadas.19. Trabajos en fábricas de ladrillos, tubos y similares, moldeado de ladrillos a mano, trabajo en las prensas y hornos de ladrillos.20. Trabajo en aquellas operaciones y/o procesos en donde se presenten altas temperaturas y humedad.21. Trabajo en la industria metalúrgica de hierro y demás metales, en las operaciones y/o procesos donde se desprenden vapores o polvos tóxicos y en plantas de cemento.22. Actividades agrícolas o agroindustriales que impliquen alto riesgo para la salud.23. Las demás que señalen en forma específica los reglamentos del Ministerio de la Protección Social.

PAR.—Los trabajadores menores de 18 años y mayores de catorce 14, que cursen estudios técnicos en el Servicio Nacional de Aprendizaje o en un instituto técnico especializado reconocido por el Ministerio de Educación Nacional o en una institución del sistema nacional de bienestar familiar autorizada para el efecto por el Ministerio de la Protección Social, o que obtenga el certificado de aptitud profesional expedido por el Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA”, podrán ser empleados en aquellas operaciones, ocupaciones o procedimientos señalados en este artículo, que a juicio del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, pueden ser desempeñados sin grave riesgo para la salud o la integridad física del menor mediante un adecuado entrenamiento y la aplicación de medidas de seguridad

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que garanticen plenamente la prevención de los riesgos anotados. Quedan prohibidos a los trabajadores menores de 18 años todo trabajo que afecte su moralidad. En especial le está prohibido el trabajo en casas de lenocinio y demás lugares de diversión donde se consuman bebidas alcohólicas. De igual modo se prohíbe su contratación para la reproducción de escenas pornográficas, muertes violentas, apología del delito u otros semejantes (D. 2737/89, arts. 245 y 246).

Queda prohibido el trabajo nocturno para los trabajadores menores, no obstante los mayores de dieciséis (16) años y menores de dieciocho (18) años podrán ser autorizados para trabajar hasta las ocho (8) de la noche siempre que no se afecte su asistencia regular en un centro docente, ni implique perjuicio para su salud física o moral (D. 2737/89, art. 243) .

CAPÍTULO XIIObligaciones especiales para la empresa y los trabajadores

ART. 42.—Son obligaciones especiales del empleador:1. Poner a disposición de los trabajadores, salvo estipulaciones en contrario, los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de las labores.2. Procurar a los trabajadores locales apropiados y elementos adecuados de protección contra accidentes y enfermedades profesionales en forma que se garanticen razonablemente la seguridad y la salud.3. Prestar de inmediato los primeros auxilios en caso de accidentes o enfermedad. Para este efecto, el establecimiento mantendrá lo necesario según reglamentación de las autoridades sanitarias.4. Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos.5. Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador y sus creencias y sentimientos.6. Conceder al trabajador las licencias necesarias para los fines y en los términos indicados en el artículo 24 de este reglamento.7. Dar al trabajador que lo solicite, a la expiración del contrato, una certificación en que conste el tiempo de servicio, índole de la labor y salario devengado, e igualmente si el trabajador lo solicita, hacerle practicar examen sanitario y darle certificación sobre el particular, si al ingreso o durante la permanencia en el trabajo hubiere sido sometido a examen médico. Se considerará que el trabajador por su culpa elude, dificulta o dilata el examen, cuando transcurridos 5 días a partir de su retiro no se presenta donde el médico respectivo para las prácticas del examen, a pesar de haber recibido la orden correspondiente.8. Pagar al trabajador los gastos razonables de venida y regreso, si para prestar su servicio lo hizo cambiar de residencia, salvo si la terminación del contrato se origina por culpa o voluntad del trabajador.Si el trabajador prefiere radicarse en otro lugar, el empleador le debe costear su traslado hasta concurrencia de los gastos que demandaría su regreso al lugar

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donde residía anteriormente. En los gastos de traslado del trabajador se entienden comprendidos los familiares que con él convivieren.9. Abrir y llevar al día los registros de horas extras.10. Conceder a las trabajadoras que estén en período de lactancia los descansos ordenados por el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo.11. Conservar el puesto a los trabajadores que estén disfrutando de los descansos remunerados, a que se refiere el numeral anterior, o de licencia de enfermedad motivada por el embarazo o parto. No producirá efecto alguno el despido que el empleador comunique a la trabajadora en tales períodos o que si acude a un preaviso, este expire durante los descansos o licencias mencionadas.12. Llevar un registro de inscripción de todas las personas menores de edad que emplee, con indicación de la fecha de nacimiento de las mismas.13. Cumplir este reglamento y mantener el orden, la moralidad y el respeto a las leyes.14. Además de las obligaciones especiales a cargo del empleador, este garantizará el acceso del trabajador menor de edad a la capacitación laboral y concederá licencia no remunerada cuando la actividad escolar así lo requiera. Será también obligación de su parte, afiliarlo al Sistema de Seguridad Social Integral, suministrarles cada 4 meses en forma gratuita, un par de zapatos y un vestido de labor, teniendo en cuenta que la remuneración mensual sea hasta dos veces el salario mínimo vigente en la empresa (CST, art. 57).

ART. 43.—Son obligaciones especiales del trabajador:1. Realizar personalmente la labor en los términos estipulados; observar los preceptos de este reglamento, acatar y cumplir las órdenes e instrucciones que de manera particular le imparta la empresa o sus representantes según el orden jerárquico establecido.2. No comunicar a terceros salvo autorización expresa las informaciones que sean de naturaleza reservada y cuya divulgación pueda ocasionar perjuicios a la empresa, lo que no obsta para denunciar delitos comunes o violaciones del contrato o de las normas legales de trabajo ante las autoridades competentes.3. Conservar y restituir en buen estado, salvo deterioro natural, los instrumentos y útiles que les hayan facilitado y las materias primas sobrantes.4. Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y compañeros.5. Comunicar oportunamente a la empresa las observaciones que estimen conducentes a evitarle daño y perjuicios.6. Prestar la colaboración posible en caso de siniestro o riesgo inminentes que afecten o amenacen las personas o las cosas de la empresa.7. Observar las medidas preventivas higiénicas prescritas por el médico de la empresa o por las autoridades del ramo y observar con suma diligencia y cuidados las instrucciones y órdenes preventivas de accidentes o de enfermedades profesionales.8. Registrar en las oficinas de la empresa su domicilio y dirección y dar aviso oportuno de cualquier cambio que ocurra (CST, art. 58).

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ART. 44.—Se prohíbe a la empresa:1. Deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que corresponda a los trabajadores sin autorización previa escrita de estos, para cada caso y sin mandamiento judicial, con excepción de los siguientes:a) Respecto de salarios pueden hacerse deducciones, retenciones o compensaciones en los casos autorizados por los artículos 113, 150, 151, 152 y 400 del Código Sustantivo de Trabajo.b) Las cooperativas pueden ordenar retenciones hasta del cincuenta por ciento (50%) de salarios y prestaciones, para cubrir sus créditos, en la forma y en los casos en que la ley los autorice.c) El Banco Popular, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley 24 de 1952, puede igualmente ordenar retenciones hasta de un cincuenta por ciento (50%) de salario y prestaciones, para cubrir sus créditos en la forma y en los casos en que la ley lo autoriza, y d) En cuanto a la cesantía y las pensiones de jubilación, la empresa puede retener el valor respectivo en los casos del artículo 250 del Código Sustantivo de Trabajo.

2. Obligar en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes que establezca la empresa.

3. Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se admita en el trabajo o por motivo cualquiera que se refiera a las condiciones de este.

4. Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores el ejercicio de su derecho de asociación.5. Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político o dificultarles o impedirles el ejercicio del derecho al sufragio.6. Hacer o autorizar propaganda política en los sitios de trabajo.7. Hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos sitios.8. Emplear en las certificaciones de que trata el ordinal 7º del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo signos convencionales que tiendan a perjudicar a los interesados o adoptar el sistema de “lista negra”, cualquiera que sea la modalidad que se utilice para que no se ocupe en otras empresas a los trabajadores que se separen o sean separados del servicio.9. Cerrar intempestivamente la empresa. Si lo hiciera además de incurrir en sanciones legales deberá pagar a los trabajadores los salarios, prestaciones, o indemnizaciones por el lapso que dure cerrada la empresa. Así mismo cuando se compruebe que el empleador en forma ilegal ha retenido o disminuido colectivamente los salarios a los trabajadores, la cesación de actividades de estos, será imputable a aquél y les dará derecho a reclamar los salarios correspondientes al tiempo de suspensión de labores.10. Despedir sin justa causa comprobada a los trabajadores que les hubieren

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presentado pliego de peticiones desde la fecha de presentación del pliego y durante los términos legales de las etapas establecidas para el arreglo del conflicto.11. Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores o que ofenda su dignidad (CST, art. 59).

ART. 45.—Se prohíbe a los trabajadores:1. Sustraer de la fábrica, taller o establecimiento los útiles de trabajo, las materias primas o productos elaborados sin permiso de la empresa.2. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcótico o de drogas enervantes.3. Conservar armas de cualquier clase en el sitio de trabajo a excepción de las que con autorización legal puedan llevar los celadores.4. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso de la empresa, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar de trabajo.5. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas del trabajo e incitar a su declaración o mantenimiento, sea que se participe o no en ellas.6. Hacer colectas, rifas o suscripciones o cualquier otra clase de propaganda en los lugares de trabajo.7. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar o para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en él o retirarse.8. Usar los útiles o herramientas suministradas por la empresa en objetivos distintos del trabajo contratado (CST, art. 60).

CAPÍTULO XIIIEscala de faltas y sanciones disciplinarias

ART. 46.—La empresa no puede imponer a sus trabajadores sanciones no previstas en este reglamento, en pactos, convenciones colectivas, fallos arbitrales o en el contrato de trabajo (CST, art. 114).

ART. 47—Se establecen las siguientes clases de faltas leves, y sus sanciones disciplinarias, así:

a) El retardo hasta de quince (15) minutos en la hora de entrada sin excusa suficiente, cuando no cause perjuicio de consideración a la empresa, implica por primera vez, multa de la décima parte del salario de un día; por la segunda vez, multa de la quinta parte del salario de un día; por tercera vez suspensión en el trabajo en la mañana o en la tarde según el turno en que ocurra, y por cuarta vez suspensión en el trabajo por tres días.b) La falta en el trabajo en la mañana, en la tarde o en el turno correspondiente, sin excusa suficiente cuando no causa perjuicio de consideración a la empresa, implica por primera vez suspensión en el trabajo hasta por tres días y por segunda

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vez suspensión en el trabajo hasta por ocho días.c) La falta total al trabajo durante el día sin excusa suficiente, cuando no cause perjuicio de consideración a la empresa, implica, por primera vez, suspensión en el trabajo hasta por ocho días y por segunda vez, suspensión en el trabajo hasta por dos meses.d) La violación leve por parte del trabajador de las obligaciones contractuales o reglamentarias implica por primera vez, suspensión en el trabajo hasta por ocho días y por segunda vez suspensión en el trabajo hasta por 2 meses.

La imposición de multas no impide que la empresa prescinda del pago del salario correspondiente al tiempo dejado de trabajar. El valor de las multas se consignará en cuenta especial para dedicarse exclusivamente a premios o regalos para los trabajadores del establecimiento que más puntual y eficientemente, cumplan sus obligaciones.

ART. 48.—Constituyen faltas graves:a) El retardo hasta de 15 minutos en la hora de entrada al trabajo sin excusa suficiente, por quinta vez.b) La falta total del trabajador en la mañana o en el turno correspondiente, sin excusa suficiente, por tercera vez.c) La falta total del trabajador a sus labores durante el día sin excusa suficiente, por tercera vez.d) Violación grave por parte del trabajador de las obligaciones contractuales o reglamentarias.Procedimientos para comprobación de faltas y formas de aplicación de las sanciones disciplinarias

ART. 49.—Antes de aplicarse una sanción disciplinaria, el empleador deberá oír al trabajador inculpado directamente y si este es sindicalizado deberá estar asistido por dos representantes de la organización sindical a que pertenezca. En todo caso se dejará constancia escrita de los hechos y de la decisión de la empresa de imponer o no, la sanción definitiva (CST, art. 115).

ART. 50.—No producirá efecto alguno la sanción disciplinaria impuesta con violación del trámite señalado en el anterior artículo (CST, art. 115).

CAPÍTULO XIVReclamos: personas ante quienes deben presentarse y su tramitación

ART. 51.—Los reclamos de los trabajadores se harán ante la persona que ocupe en la empresa el cargo de: Ejemplo: gerente, subgerente, quien los oirá y resolverá en justicia y equidad (diferente del que aplica las sanciones).

ART. 52.—Se deja claramente establecido que para efectos de los reclamos a que se refieren los artículos anteriores, el trabajador o trabajadores pueden asesorarse

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del sindicato respectivo.PAR.—En la empresa QUESOLANDIA S.A no existen prestaciones adicionales a las legalmente obligatorias.

CAPÍTULO XVPublicaciones

ART. 53.—Dentro de los quince (15) días siguientes al de la notificación de la resolución aprobatoria del presente reglamento, el empleador debe publicarlo en el lugar de trabajo, mediante la fijación de dos (2) copias de caracteres legibles, en dos (2) sitios distintos. Si hubiere varios lugares de trabajo separados, la fijación debe hacerse en cada uno de ellos. Con el reglamento debe fijarse la resolución aprobatoria (CST, art. 120).

CAPÍTULO XVIVigencia

ART. 54.—El presente reglamento entrará a regir 8 días después de su publicación hecha en la forma prescrita en el artículo anterior de este reglamento (CST, art. 121).

CAPÍTULO XVIIDisposiciones finales

ART. 55.—Desde la fecha que entra en vigencia este reglamento, quedan sin efecto las disposiciones del reglamento que antes de esta fecha haya tenido la empresa.

CAPÍTULO XVIIICláusulas ineficaces

ART. 56.—No producirán ningún efecto las cláusulas del reglamento que desmejoren las condiciones del trabajador en relación con lo establecido en las leyes, contratos individuales, pactos, convenciones colectivas o fallos arbitrales los cuales sustituyen las disposiciones del reglamento en cuanto fueren más favorables al trabajador (CST, art. 109).

CAPÍTULO XIXMecanismos de prevención del abuso laboral y procedimiento interno de solución

ART. 57.—Los mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral previstos por la empresa constituyen actividades tendientes a generar una conciencia colectiva convivente, que promueva el trabajo en condiciones dignas y justas, la armonía entre quienes comparten vida laboral empresarial y el buen ambiente en la empresa y proteja la intimidad, la honra, la salud mental y la

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libertad de las personas en el trabajo.

ART. 58.—En desarrollo del propósito a que se refiere el artículo anterior, la empresa ha previsto los siguientes mecanismos (a título de ejemplo):1. Información a los trabajadores sobre la Ley 1010 de 2006, que incluya campañas de divulgación preventiva, conversatorios y capacitaciones sobre el contenido de dicha ley, particularmente en relación con las conductas que constituyen acoso laboral, las que no, las circunstancias agravantes, las conductas atenuantes y el tratamiento sancionatorio.2. Espacios para el diálogo, círculos de participación o grupos de similar naturaleza para la evaluación periódica de vida laboral, con el fin de promover coherencia operativa y armonía funcional que faciliten y fomenten el buen trato al interior de la empresa.3. Diseño y aplicación de actividades con la participación de los trabajadores, a fin de:a) Establecer, mediante la construcción conjunta, valores y hábitos que promuevan vida laboral convivente.b) Formular las recomendaciones constructivas a que hubiere lugar en relación con situaciones empresariales que pudieren afectar el cumplimiento de tales valores y hábitos.c) Examinar conductas específicas que pudieren configurar acoso laboral u otros hostigamientos en la empresa, que afecten la dignidad de las personas, señalando las recomendaciones correspondientes.

4. Las demás actividades que en cualquier tiempo estableciere la empresa para desarrollar el propósito previsto en el artículo anterior.

ART. 59.—Para los efectos relacionados con la búsqueda de solución de las conductas de acoso laboral, se establece el siguiente procedimiento interno con el cual se pretende desarrollar las características de confidencialidad, efectividad y naturaleza conciliatoria señaladas por la ley para este procedimiento (a título de ejemplo):

1. La empresa tendrá un comité (u órgano de similar tenor), integrado en forma bipartita, por un representante de los trabajadores y un representante del empleador o su delegado. Este comité se denominará "comité de convivencia laboral".}

2. El comité de convivencia laboral realizará las siguientes actividades:a) Evaluar en cualquier tiempo la vida laboral de la empresa en relación con el buen ambiente y la armonía en las relaciones de trabajo, formulando a las áreas responsables o involucradas, las sugerencias y consideraciones que estimare necesarias.b) Promover el desarrollo efectivo de los mecanismos de prevención a que se refieren los artículos anteriores.

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c) Examinar de manera confidencial, cuando a ello hubiere lugar, los casos específicos o puntuales en los que se planteen situaciones que pudieren tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral.d) Formular las recomendaciones que se estimaren pertinentes para reconstruir, renovar y mantener vida laboral convivente en las situaciones presentadas, manteniendo el principio de la confidencialidad en los casos que así lo ameritaren.e) Hacer las sugerencias que considerare necesarias para la realización y desarrollo de los mecanismos de prevención, con énfasis en aquellas actividades que promuevan de manera más efectiva la eliminación de situaciones de acoso laboral, especialmente aquellas que tuvieren mayor ocurrencia al interior de la vida laboral de la empresa.f) Atender las conminaciones preventivas que formularen los inspectores de trabajo en desarrollo de lo previsto en el numeral 2º del artículo 9º de la Ley 1010 de 2006 y disponer las medidas que se estimaren pertinentes.g) Las demás actividades inherentes o conexas con las funciones anteriores.3. Este comité se reunirá por lo menos,.......... designará de su seno un coordinador ante quien podrán presentarse las solicitudes de evaluación de situaciones eventualmente configurantes de acoso laboral con destino al análisis que debe hacer el comité, así como las sugerencias que a través del comité realizaren los miembros de la comunidad empresarial para el mejoramiento de la vida laboral.4. Recibidas las solicitudes para evaluar posibles situaciones de acoso laboral, el comité en la sesión respectiva las examinará, escuchando, si a ello hubiere lugar, a las personas involucradas; construirá con tales personas la recuperación de tejido convivente, si fuere necesario; formulará las recomendaciones que estime indispensables y, en casos especiales, promoverá entre los involucrados compromisos de convivencia.5. Si como resultado de la actuación del comité, este considerare prudente adoptar medidas disciplinarias, dará traslado de las recomendaciones y sugerencias a los funcionarios o trabajadores competentes de la empresa, para que adelanten los procedimientos que correspondan de acuerdo con lo establecido para estos casos en la ley y en el presente reglamento.6. En todo caso, el procedimiento preventivo interno consagrado en este artículo, no impide o afecta el derecho de quien se considere víctima de acoso laboral para adelantar las acciones administrativas y judiciales establecidas para el efecto en la Ley 1010 de 2006.

Fecha: _____________Dirección: ____________Ciudad: ___Bogotá____________Departamento: _Cundinamarca__________Representante legal: ____TATIANA CAMACHO MEJIA________

4.1.5 Políticas institucionales

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Políticas institucionales

Cumplir y superar expectativa de nuestros consumidores así como las normas y especificaciones legales.

Identificar los puntos críticos de nuestros procesos para asegurar la calidad de nuestros productos.

Aspirar a la mejora continua apoyados por constante seguimientos donde se indique la calificación de los procesos y del personal.

Liderar en el mercado con productos saludables Y reconocidos por su sabor y calidad.

Disminuir continuamente las inconformidades mediante un seguimiento estadístico y aplicando acciones correctivas.

4.1.6 Diagnóstico DOFA

INTERNO

EXTERNO

FORTALEZAS Ubicación estrategia de

la empresa la empresa maneja buen

clima organizacional La empresa maneja un

nivel alto en la calidad de su producto

La empresa maneja soportes contables

La rentabilidad de la empresa en buena

Oportunidad de crecimiento de la empresa

Precios bajos

DEBILIDADES Deficiencia en el mercado Falta de compromiso de

los directivos Falta de planificación Descripción de funciones

poco claras Falta de investigación del

mercados Falta de liquides Trabajadores poco

capacitados Instalaciones mal

ubicadas

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OPRTUNIDADES

Incremento de demanda en el producto

Mejorar la calidad de los productos

Generar más empleo Fusionarse con otras

empresas Lanzar nuevos

productos al mercado

AMENAZAS Competencia Bajo grado de

satisfacción de los clientes

inestabilidad económica

desempleo

FO Promocionar la empresa

Con más publicidad Personal altamente

calificado en la producción

Mejora continua en los productos

Satisfacción a nuestros clientes

FA

mejora continua en el producto

satisfacción en el producto

competir con precios del mercado

estabilidad económica

DO Fortalecer la parte

administrativa de la empresa

Ampliar la cobertura del mercado

Ampliar el portafolio de servicios

excelente rentabilidad trabajadores capacitados

DA Elaborar juntas con los

directivos para fijar metas Rendimiento en la

producción Capacitación y

acompañamiento al personal

Incrementar oportunidades de trabajo

SISTEMA DOFA

FACTORES INTERNOS 1 2 3 4 5TALENTO HUMANO X

OPERATIVA x FINANCIERA X MERCADEO X MARKETING X

FACTORES EXTERNOS 1 2 3 4 5CLIENTES X

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PROVEEDORES XCOMPETENCIA x

AMBIENTE X RESTRICCIONES LEGALE Y SOCIALES X

CLIMA X VIAS x

TRANSPORTE xPOLITICAS GUBERNAMENTALES x

CANALES DE DISTRISBUSION x

4.1.7 Presupuesto de arranque

CAPITAL

Tatiana Camacho aporto treinta millones de pesos ($30’000.000) en dinero para la empresa.

Julye Espitia aporto treinta millones de pesos ($30’000.000) en dinero para la empresa.

Alexandra Mesa aporto treinta millones de pesos ($30’000.000) en dinero para la empresa.

Yenny Muñoz aporto treinta millones de pesos ($30.000) en dinero para la empresa.

Sharon Barrios aporto treinta millones de pesos ($30’000.000) en dinero para la empresa.

En total la empresa tiene un capital de ciento cincuenta millones de pesos ($150’000.000) para el desarrollo de la empresa.

4.2 PLANEACIÓN TÁCTICA4.2.1 Plan táctico

4.3 PLANEACIÓN OPERATIVA

67

4.3.1 Proceso

4.3.2 Diagrama de flujo

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69

70

4.3.3 Gráfica de Gantt

71

ACTIVIDADES OBJETIVOTIEMPO DE DURACIÓN EN DICIEMBRE

SEMANA 1 SEMANA SEMANA1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6 1 2 3 4 5 6

Conseguir un proveedor

Buscar un buen proveedor, que la calidad de la leche se buena y su estado este excelentes condiciones

Pastilla de coagulación

Realizar la mejor elección de la pasta que se utilizará para la coagulación de la leche

corte de la cuaja y agitación

Esperamos obtener resultados favorables para el corte de la cuaja.

Desuerado

Sacar todo el suero de tal manera que los resultados se vean reflejados en la cuaja.

Sazonado a aplicación del sabor natural

Aplicarle los productos naturales

Moldeado y procesadoDarle la forma que creemos que al público le va a gustar.

Envasado

Realizar el empacado de los quesos, cumpliendo con las normas de higiene y refrigeración.

5. ORGANIZACIÓN

5.1 ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO

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5.2 ORGANIZACIÓN DEL TIEMPO

ORGANIZACIÓN DEL TIEMPOACTIVIDADES

URGENTE NO URGENTEHigiene en todas las instalaciones Incorporación de nuevo personalRefrigeración de leche Capacitar al personal cada 6 mesesAgilizar los procesos de selección para entregar publicidad de la empresaRefrigeración de queso Entregar los pedidos a tiempo

Moderado Poco urgentePedidos con límite de entrega a 15 días Pedidos con límite de entrega a 20 díasResponder correspondencia Nuevas ofertas de productosVisitas a los clientes Atención al clientePago de nomina

73

5.3 ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO

5.3.1 División del trabajo5.3.2 Tipos de organización

AÉRAS ACTIVIDADES TAREAS RESPONSABLES

PERSONAL

RECLUTAMIENTOConseguir personal Jefe de Talento HumanoEntrenar personal Jefe de área

DesarrolloCapacitar al personal

Jefe de Talento HumanoDirigir al personalDefinir el área de trabajo a ocupar Jefe de área

PRODUCCION Elaboración

procesar leche Personal designados por el Jefes de Producción

seleccionar hierbas Verificación de formulas Químico puroIniciar producción de queso

Personal designados por el Jefes de ProducciónEmpaque

Refrigeración

MERCADEO

ComprasAdquisiciones de productos

Jefe de comprasRegistro de compras

Operación de Ventas

Búsqueda de nuevos clientes Vendedores y Jefes de mercadeoVisita a clientes

Recepción de pedidos Asistente de bodegasDistribución de producto Transporte

FINANZASFinanzas

Conseguir recursos Gerente General

Preparar presupuesto

ContabilidadRegistro de cuentas Auxiliar contablePago de cuentas Asistente de Finanzas

5.4 ORGANIGRAMA

74

5. 5 MANUAL DE FUNCIONES

MANUAL DE FUNCIONESQUESOLANDIA

NOMBRE Tatiana CamachoCARGO Gerente GeneralDEPARTAMENTO Administrativo

ACTIVIDAD /TAREA

Preparar descripción y objetivos individuales para para área Seleccionar personal competente Desarrollar programas de entrenamiento para potenciar capacidades Desarrollar un ambiente de trabajo que motive al personal Medir continuamente la ejecución y comparar resultados reales Atender a los clientes especiales y promover el buen desarrollo y

funcionamiento de la empresa o negocio Conocer cada una de las áreas y el funcionamiento de éstas Fijar consignas de trabajo Mantiene contacto continuo con proveedores

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Gerente General

Jefe de Talento Humano

Jefe de produccon

Jefe de Mercadeo

Finanzas

Contabilidad

Decide cuando un nuevo producto ha de ingresar al mercado Se encarga de la contratación y despido del personal

Autorizado a firmar cheque de la compañía sin límite de monto

NOMBRE YENNY Fernanda MuñozCARGO Jefe de producciónDEPARTAMENTO Plata de procesoJEFE INMEDIATO Gerente General

ACTIVIDAD /TAREA

Coordinar, orientar, dirigir y controlas todo lo referido a la producción Verificar reportes que le sean entregados sobre producción Verificar salida de producción Recibir todos los pedidos para la producción de quesos Supervisar la calidad de la leche y especias Reportar diariamente la calidad de leche que entregan los proveedores Escribir diariamente en el pizarrón de tareas del día producción y pedidos a

estregar Medición del trabajo Monitorear contantemente la producción Control de Calidad.

NOMBRE Alexandra MesaCARGO ContabilidadDEPARTAMENTO AdministraciónJEFE INMEDIATO Gerente General

ACTIVIDAD /TAREA Suministra la información contable necesaria a las autoridades. a los

entes que la requieran sobre la situación financiera. Dirige y controla la aplicación y ejecución del sistema general de

contabilidad Dirige, supervisa y controla el proceso contable de las unidades bajo su

responsabilidad.

76

Presenta informe ante el Director de Administración para hacer observaciones y sugerencias sobre la marcha de las actividades contables.

Verifica los comprobantes de ingreso y órdenes de pago. Mantiene la contabilidad al día, de acuerdo con las normas generales que

al efecto le sean impartidas por el supervisor inmediato. Presenta, el balance del mes anterior. Planifica, coordina, controla y ejecuta anualmente y conjuntamente con la

Unidad de Inventario, un inventario general de los bienes activos del patrimonio universitario, comprobando sus costos, existencia física y su localización.

Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la organización.

Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.

Elabora informes periódicos de las actividades realizadas. Realiza cualquier otra tarea a fin que le sea asignada.

NOMBRE Yulie EspitiaCARGO finanzasDEPARTAMENTO AdministraciónJEFE INMEDIATO Gerente General

ACTIVIDAD /TAREA Suministra la información contable necesaria a las autoridades. a los

entes que la requieran sobre la situación financiera. Dirige y controla la aplicación y ejecución del sistema general de

contabilidad Dirige, supervisa y controla el proceso contable de las unidades bajo su

responsabilidad. Presenta informe ante el Director de Administración para hacer

observaciones y sugerencias sobre la marcha de las actividades contables.

Verifica los comprobantes de ingreso y órdenes de pago. Mantiene la contabilidad al día, de acuerdo con las normas generales que

al efecto le sean impartidas por el supervisor inmediato. Presenta, el balance del mes anterior. Planifica, coordina, controla y ejecuta anualmente y conjuntamente con la

Unidad de Inventario, un inventario general de los bienes activos del

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patrimonio universitario, comprobando sus costos, existencia física y su localización.

Cumple con las normas y procedimientos en materia de seguridad integral, establecidos por la organización.

Mantiene en orden equipo y sitio de trabajo, reportando cualquier anomalía.

Elabora informes periódicos de las actividades realizadas. Realiza cualquier otra tarea a fin que le sea asignada.

NOMBRE SharonCARGO Jefe Talento HumanoDEPARTAMENTO AdministraciónJEFE INMEDIATO Gerente General

ACTIVIDAD /TAREA Normas de empleo público Nómina y prestaciones sociales Derecho administrativo Elaboración de planes, programas y proyecto para el personal de la

empresa Coordinar y realizar las investigaciones y preparar los informes de

acuerdo con las instrucciones recibidas Analizar proyectar perfeccionar y recomendar acciones que deban

adaptarse para el logro de objetivos y metas de la dependencia Coordinar y efectuar la supervisión de la prestación de servicios de la

caja de compensación Familiar y A. R.P a la que encuentre afiliada la entidad

Realizar la auditoria de los servicios de seguridad social que reciban funcionarios y empleados de la rama judicial

Dar cumplimientos a las políticas y directrices del COPASO nacional y seccional

Brindar asesoría en el área de desempeño de acuerdo con las políticas y disposiciones vigentes sobre la materia

Desempeñar las demás funciones que le sean asignadas por su superior

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79

CONCLUSIONES

Logramos darles a conocer una excelente organización para los Departamento y la empresa.

Logramos implementar estrategias acordes a la empresa para el buen funcionamiento de sus empleados y continuo mejoramiento.

Gracias al buen desarrollo de las unidades expuestas por el profesor logramos un excelente aprendizaje y elaboración de este proyecto.

Alcanzamos los objetivos propuestos para la organización de una buena empresa.

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GLOSARIO

Utilidad: es cualidad o propiedad de valor útil que se le otorga a una acción o un objeto de útil. El término 'utilidad' también significa provecho, conveniencia, interés fruto o ganancia que se obtiene de algo.

Accionistas: es aquella persona natural o jurídica que es propietaria de acciones de los distintos tipos de sociedades anónimas o comanditarias que pueden existir en el marco jurídico de cada país.

Teoría: Conjunto de reglas, principios y conocimientos acerca de una ciencia, una doctrina o una actividad, prescindiendo de sus posibles aplicaciones prácticas.Balances: informe financiero que refleja la situación del patrimonio de una entidad en un momento determinado.

Funciones: Una función se refiere a la actividad o al conjunto de actividades que pueden desempeñar uno o varios elementos a la vez, obviamente de manera complementaria, en orden a la consecución de un objetivo definido.

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BIBLIOGRAFIA

Extraído del módulo de INCAP área de Procesos Administrativos.www.wikiPedia.comwww.ccb.gov.cowww.shd.gov.cowww.bomberos.orgwww.dian.gov.co

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ANEXOS

Anexo 1Simulador de pagos de la matricula mercantil paso a pasoPaso 1

Anexo 2 Paso 2

83

Anexo 3Paso 3

Anexo 4 Opción

84

Anexo 5Paso 4 opcion1

Anexo 6

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Resultado 1

Anexo 7Paso 4 opción 2

Anexo 8 Resultado 2

86

Anexo 9Tramite de alimentos derivados del lácteos, se solicita análisis de laboratorio diferentes productos el costo es de cero ($0).

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Anexo10

Uso de suelos paso a pasoPaso 1

Anexo 11

Paso 2

88

Anexo 12 Paso 3

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