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I. ¿PORQUE SE DICE QUE EL DERECHO ES UN SISTEMA?• La norma básica es la que  constituye la unidad del

sistema jurídico. Como señala García Amado la norma fundamental opera como criterio de  pertenencia de  todas las normas al sistema, o,  lo que  es lo mismo la norma fundamental tiene la función de constituir el sistema, pues  «todas las normas cuya validez puede ser referida a una  y  la misma norma fundamental constituyen un  orden o sistema normativo». A su vez  la norma fundamental es «la base  y razón de  la unidad del Estado y de  su soberanía»; y la unidad de  esos elementos (población, territorio) bajo un  mismo Estado es enteramente dependiente de la unidad  del sistema jurídico que  constituye ese  Estado y  que  se reconduce a la norma fundamental común de todo él.

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II. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR

SOCIEDAD DEL

CONOCIMIENTO?•

La noción de "sociedad del conocimiento" surgió hacia finales de los años 90 y es empleada particularmente en medios académicos como alternativa al concepto de "sociedad de la información". La UNESCO, en particular, ha adoptado la expresión "sociedad del conocimiento", o su variante "sociedades del saber", dentro de sus políticas institucionales. Ha desarrollado una reflexión en torno al tema, que busca incorporar una concepción más integral, no en relación únicamente con la dimensión económica.

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III.   ¿CUÁL ES LA RELACIÓN QUE USTED ENCUENTRA ENTRE EL DERECHO Y LOS AVANCES DE LA TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y CONOCIMIENTO (TICS)

• La presente tiene como objeto demostrar cómo la aplicación de la Tecnologías de Información y Comunicación se han hecho imprescindibles en diferentes áreas del derecho y que valiéndonos de ellas podemos tomar impulso como un “autorum” o una polea que dé impulso al mismo. Justiniano, padre del derecho, recopilador de glosadores y escribas en el Derecho Romano nunca imaginaría en el futuro a los juristas trabajando frente al computador y cómo estas tecnologías se han hecho indispensables para su difusión.

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IV.  SEGÚN SU CRITERIO, CUAL ES EL ROL DEL GOBIERNO EN RELACIÓN AL USO DE LAS TICS (SECTOR PÚBLICO)

• El uso de las TIC cambia radicalmente la forma en que los gobiernos administran y ejecutan sus procesos internos, y abre la posibilidad de mejorar e incrementar los canales de comunicación con los ciudadanos. Las TIC como recurso de la gestión pública, hacen del gobierno un prestador de servicios accesible que cumpla con las nuevas demandas de la ciudadanía, con bajos costos, mayor transparencia, eficiencia y eficacia.

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CONCLUSIONES

• PRIMERA: La tecnología de la información puede permitir cambios esenciales en la labor jurídica permitiendo que se cumplan las aspiraciones de celeridad, precisión, mayor conocimiento, transparencia, etc. Pero para lograrlo se necesita realizar un cambio difícil. Quizá la mejor estrategia consista en efectuar aplicaciones parciales, efectivas y de menor resistencia.

•SEGUNDA: Por su parte el derecho informático debe replantearse sus problemas generales. En un camino inverso a la informática jurídica, requiere una concepción general del sentido y la significación que en la sociedad han producido las tecnologías de la información, entendidas no como conjunto de medios para realizar las mismas tareas sino como productoras de transformaciones profundad en las posibilidades funcionales de la sociedad.

•TERCERA: Pero en ambos casos, tanto en la aplicación de la tecnología en la labor jurídica como en las transformaciones jurídicas necesarias para asumir los nuevos problemas lo que es claro es que solo se conseguirán resultados exitosos a través del pensamiento y la educación.